Alberdi buscaba atraer los recursos escasos: capital y trabajadores. Entonces, gobernar era poblar

Con los alumnos de la UBA Derecho estamos leyendo a Juan Bautista Alberdi en “Sistema Económico y Rentístico”. Ahora nos toca ver un tema que sería una de las principales banderas del autor, con la que todos, incluso quienes no lo han leído, lo vinculan. En ese momento, Argentina tenía recursos naturales en abundancia, pero no tenía capitales ni recursos humanos. Alberdi, hemos visto antes, quería crear las condiciones para que el capital llegara. Y también la gente:

Alberdi 3

“En materia de población, más que en ninguno de los otros objetos comprendidos en la división de la ciencia económica que trata de la distribución de las riquezas, son inaplicables a la América del Sud ciertas doctrinas que han debido su inspiración en Europa al vicio de un orden social, que se distingue por la desproporción entre la población y las subsistencias. Este es el punto de la política económica en que están más expuestos a caer en equivocaciones desoladoras para Sud América, tanto los publicistas de aquí, como los de Europa, que no se dan cuenta de las diferencias sustanciales que existen entre ambos continentes respecto a población y subsistencia. Allí la opulencia, concentrada en pocas manos privilegiadas, viviendo enfrente de una muchedumbre despedazada por la miseria, hizo nacer dos grandes opiniones rivales, sobre el medio de distribuir con más! equidad los beneficios de la riqueza. Cada condición concibió el remedio según su interés.

La opulencia dijo: -Es menester disminuir la población. La miseria dijo: -Es preciso demoler esas torres de opulencia. La doctrina de Malthus fue la expresión de la primera; los socialistas expresaron la segunda. Ambas soluciones son incompletas por egoístas. Pero sea de ello lo que fuere, ambas son impertinentes para América, y esto es lo que nos interesa reconocer.

Aquí no tenemos necesidad de impedir que nazca el hombre por temor de que perezca de hambre, porque el alimento sobra; ni que deshacer hacinamientos de fortuna porque no existen. Por el contrario, la población que allá es el origen de la mala distribución de la riqueza por su exuberancia, aquí en América lo es por su escasez. Luego en América aumentar la población es extender el bienestar.

Expresión de esta necesidad suprema de un país desierto, la Constitución argentina aspiró ante todo a poblarlo. Midió el suelo, contó la población que debían regir sus preceptos; y hallando que cada legua cuadrada contenía seis habitantes, es decir, que el país que iba a recibirla era un desierto, comprendió que en el desierto el gobierno no tiene otro fin serio y urgente, que el de poblarlo a gran prisa.

La Constitución argentina es la primera, en Sud América, que haya comprendido, sentado y resuelto la cuestión del gobierno fundamental en estos términos. ¿Por qué recién? Tal vez por la época de su sanción. Desligados sus autores de la tradición constitucional del tiempo de la guerra de la Independencia contra España, en que los intereses económicos fueron desatendidos para contraerse al gran propósito de ese tiempo -alejar la dominación europea y fundar la soberanía del pueblo americano- tomando por punto de partida los nuevos intereses de la América independiente que son los intereses económicos, la Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país. A este fin consagró veintiuno de sus artículos, que contienen todo un sistema de política económica en servicio del desarrollo de la población’.

Admitido el principio de que en América gobernar es poblar, convenidos en que la Constitución argentina es la expresión fiel de ese principio, viene ahora esta cuestión, a saber: -¿Cómo poblar? ¿Por qué sistema, según qué método, por cuáles medios atraer y agrandar la población, que todos creemos necesaria? – Esta cuestión práctica es del dominio de las leyes orgánicas, y a ellas toca resolverla.

Pero toda ley orgánica debe hacer pie en la Constitución; de ella debe tomar sus fines y sus medios.”

33 pensamientos en “Alberdi buscaba atraer los recursos escasos: capital y trabajadores. Entonces, gobernar era poblar

  1. Resumen:
    DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION ARGENTINA QUE SE REFIEREN A LA POBLACION
    Aquí no tenemos necesidad de impedir que nazca el hombre por temor de que perezca de hambre, porque el alimento sobra. Por el contrario, la población que allá es el origen de la mala distribución de la riqueza por su exuberancia, aquí en América lo es por su escasez. Luego en América aumentar la población es extender el bienestar.
    Expresión de esta necesidad suprema de un país desierto, la Constitución argentina aspiró ante todo a poblarlo. Midió el suelo, contó la población que debían regir sus preceptos; y hallando que cada legua cuadrada contenía seis habitantes, es decir, que el país que iba a recibirla era un desierto, comprendió que en el desierto el gobierno no tiene otro fin serio y urgente, que el de poblarlo a gran prisa.
    La Constitución ofrece dos sistemas: el de la población artificial y el de la población espontánea.
    En la ciencia y en la Constitución esos medios se reducen a dos clases principales. Unos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias. Otros son indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea.
    La Constitución consagra el sistema de población por medios directos, en sus art. 25, 64 (inciso 16) y 104.
    «El gobierno federal (dice el art. 25) fomentará la inmigración europea, y no podrá restringir, limitar, ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias e introducir y enseñar las ciencias y las artes». El art. 64, inciso 16, atribuye al Congreso la facultad de proveer lo conducente a la prosperidad del país, promoviendo la inmigración y la colonización de tierras de propiedad nacional… por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo. El art. 104 da esa misma facultad a los gobiernos locales de provincias
    Los medios realmente poderosos son los medios indirectos, los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, en lugar de colonizar tierras desiertas. Es doblemente eficaz y preferible el sistema indirecto, que protege la población espontánea, porque es el de la naturaleza. Ese sistema entrega el fenómeno de la población a las leyes económicas que son inherentes a su desarrollo normal.
    Reflexión:
    Alberdi habla de lo bondadosa que es la Constitución Argentina con los extranjeros. Compara con otras de América y del mundo. Y el creía que su estabilidad y permanencia dará por resultado en breves años el aumento y prosperidad de su población en dimensiones colosales. Esto vemos que no pasó pero puede atribuirse quizás a leyes que fueron en contra de la Constitución.
    Alberdi prefiere la protección indirecta y toma como ejemplo a Estados Unidos en cuanto a cómo atraer inmigrantes. Y en cuanto a la legislación dice que tenemos una legislación hecha para despoblar. De modo que en vez de servir para poner en ejercicio la Constitución, en ese punto, sólo sirve para impedir su ejercicio, para violar sus principios protectores de la población.
    Por último habla de la aduana y dice que es un impuesto, no un medio proteccionista ni exclusivo. Debe ser bajo el impuesto, y fácil la tramitación para no despoblar.
    La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población, porque hace vivir mal, comer mal pan, beber mal vino, vestir ropa mal hecha, usar muebles grotescos, todo en obsequio de la industria local, que permanece siempre atrasada por lo mismo que cuenta con el apoyo de un monopolio que la dispensa de mortificarse en mejorar sus productos.
    Preguntas:
    ¿Cómo cree que se encuentra la Aduana argentina ahora?
    ¿Cree en las trabas a las importaciones?
    ¿Por qué creemos en la sustitución de importaciones?

  2. Resumen:
    En este capítulo, Alberdi nos explica la importancia de atraer la población para el desarrollo del país. La constitución Argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país. En América gobernar es poblar. Y para ello, La constitución nos ofrece dos sistemas: 1) el de la población artificial por medios directos y consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias. La constitución consagra, en su art.25 fomentar la inmigración europea… art. 64, inc.16, atribuye al congreso la facultad de proveer lo conducente a la prosperidad del país, promoviendo la inmigración y la colonización de tierras de propiedad nacional… y en art. 104 da esa misma facultad a los gobiernos locales. 2) y el de la población espontanea por medios indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontanea. Esos medios residen en los siguientes principios, consagrados en la constitución sus arts. 4 y 64 favorecen la población fijando el carácter de la aduana, que es, según ellos, un impuesto, y no un medio de protección y de exclusión. Los arts. 14 y 21 favorecen, por una concesión amplia y completa de derechos civiles de libertad, igualdad, propiedad y seguridad a todos los habitantes. Este sistema es doblemente eficaz y preferible. Importante: me pareció importante la inaplicabilidad de ciertas doctrinas en materia de población. Alberdi explica, el porqué? Así, el autor nos dice que en materia de la población más que en ninguno de otros objetos comprendidos en la división de la ciencia económica, son inaplicables a la América del sud ciertas doctrinas que han debido su inspiración en Europa al vicio de un orden social, que se distingue por la desproporción entre la población y las subsistencias. Tanto los publicistas de argentina como las de Europa no se dan cuenta de las diferencias que existe entre ambos continentes respecto de la población y la subsistencia. Allí la opulencia, concentrada en pocas manos privilegiadas, viviendo enfrente de una muchedumbre despedazada por la miseria, hizo nacer dos grandes opiniones rivales, sobre el medio de distribuir con más equidad los beneficios de la riqueza. Cada condición coincidió el remedio según su interés. La opulencia: es menester disminuir la población.
    La miseria dijo: es preciso demoler esas torres de opulencia. Ambas soluciones son incompatibles por egoísta, y ambas son impertinentes para América. Aquí no tenemos necesidad de impedir que nazca el hombre por temor de que perezca de hambre, porque el alimento sobra; ni que deshacer hacinamientos de fortuna, porque no existen. La mala distribución de la riqueza es por su escasez. En América aumentar la población es extender el bienestar. Expresión de esta necesidad suprema de un país desierta, la constitución aspiro ante todo a poblarlo.
    Preguntas:
    1) ¿La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población?
    2) ¿Qué es la aduana estéril y de despoblación?
    3) ¿la confederación argentina ha tomado el camino correcto para acrecentar su población?

  3. DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION ARGENTINA QUE SE REFIEREN A LA POBLACION.

    “…gobernar es poblar…” esas eran las palabras de Alberdi, lo que el trataba de expresar es que el único medio disponible, en ese momento determinado, era poblar los suelos desiertos, atrayendo a forasteros, porque América del Sud no tenía dificultades para distribuir la riqueza por su opulencia o su miseria, dado que no había en quienes repartirla, primero debía aumentarse la cantidad de pobladores, lo que significaría un bienestar general y civilización. Era menester seguir los nuevos lineamientos de la Carta Magna de 1853. Ahora bien, es preciso determinar cuál era el medio adecuado para poblar el territorio, si el directo con medidas tendientes a atraer inmigrantes con medidas específicas y especiales, o el indirecto y espontáneo. Diría que Alberdi se inclina por el segundo, si bien reconoce que nuestra Constitución alberga los dos caminos, y quizá el directo se muestra prometedor, él cree que el correcto es el espontáneo, que alberga en su base el principio de libertad, fomentando las corrientes inmigratorias europeas, que tenderán a multiplicarse, el hombre se mueve si es libre y no está limitado. Es el gobierno quien posee la fuerza coactiva para despoblar un territorio, pero no tiene ese poder de violencia para atraer a nuevos habitantes, por ello es mediante el reconocimiento de garantías constitucionales, el mejor camino a seguir. Como en sus otros capítulos, el autor cree necesario derogar las leyes del antiguo régimen que contraríen los principios de la CN., y toda medida tomada en miras de limitar o restringir al extranjero, verbigracia, el pasaporte. La igualdad y libertad que se le garantiza al forastero es amplia, va desde el derecho a transitar libremente, hasta profesar su culto, para no incurrir en tradiciones de países con raíces discriminatorias que alejan al extranjero. Alberdi le otorga el carácter de tributo a la Aduana Arg., es decir que la reconoce como un impuesto más, y no como un medio proteccionista ni exclusivo. Debe ser bajo el impuesto, y de fácil la tramitación para que no se transforme en una herramienta de despoblar. El derecho de importación y exportación así reconocido solamente a nivel Nacional, contribuye a la formación del Tesoro destinado a cubrir el gasto público. Pero lo importante es según el autor, evitar la aduana de despoblación, aquella que prohíbe mediante la exclusión absoluta (directa), o por establecer contribuciones exorbitadas (indirecta). Por último Alberdi refuerza el fomento de la población analizando las garantías constitucionales que sirven de sustento a la libertad económica. (Arts.14,15,16,17,18,20 CN. las cuales me limito a mencionar por haberse tratado en capítulos anteriores).

    Me resultó llamativa la apreciación que hace Alberdi respecto del derecho de Aduanas. Considerándolo como un medio de restricción, como un mal inevitable. Para él no existe una aduana proteccionista, sino que es opuesta al progreso de la población,”… porque hace vivir mal, comer mal pan, beber mal vino, vestir ropa mal hecha, usar muebles grotescos, todo en obsequio de la industria local, que permanece siempre atrasada por lo mismo que cuenta con el apoyo de un monopolio que la dispensa de mortificarse en mejorar sus productos. ¿Qué inmigrado será tan estoico para venir a establecerse en país extranjero en que es preciso llevar vida de perros, con la esperanza de que sus bisnietos tengan la gloria de vivir brillantemente sin depender de la industria extranjera?…”. Teniendo en cuenta las excesivas restricciones a la importación que sufrimos hasta hace poco, he de compartir el pensamiento de Alberdi, porque una Aduana proteccionista, que limita la libertad de comercio, no hace más que limitarnos, restringirnos, y atrasarnos como sociedad.

    ¿Qué opinaría Alberdi del “manual” que hay que seguir de la AFIP para poder importar productos y los engorrosos trámites que han de realizarse?.

    ¿Qué diría de las medidas adoptadas por La secretaria de comercio, en la cual exige a los importadores que exporten para que les desbloqueen mercadería?

    ¿Qué otros medios propone para proteger la industria Nac. que no sea mediante contribuciones aduaneras?

  4. 1_ En este segmento se aborda la cuestión referida a la población, es así que Alberdi indica que la Constitución fomenta crecimiento poblacional para de este modo alcanzar la civilización y el bienestar del país. Es así que afirma que no existe Constitución en el mundo que demuestre tanta hospitalidad y fraternidad para con el extranjero, con este presupuesto, claro, se buscaba el aumento prospero de la población. Es así que explica que las leyes internas en cuánto al ejercicio del culto y enseñanza por ejemplo, son ley suprema del país ya que dichas libertades fomentan la migración hacia el país, lo mismo sucede con la libertad de industria que la Constitución garantiza, caso opuesto a lo que ocurría en Europa dónde el dinero estaba en manos de los poderosos. Cierra el capítulo apuntando a que la aduana sólo concurre a formar el tesoro de la Nación y, que no debe servir como medio proteccionista y de exclusión del extranjero, ya que este sistema sería opuesto al progreso de la población. Finaliza explicando que la paz es esencial para el aumento de la población, ya que el terror aleja a las personas hasta que el mismo cese.
    2_ Me parece sorprendente que el tema de la población haya significado una problemática a resolver en aquellos días y que hoy siga vigente para la Argentina, en el sentido que el amplísimo territorio Nacional en su gran mayoría tienen escasa población, ya que el mayor porcentaje de la misma se encuentra acumulada en Bs. As., y el sur del país se encuentra poco habitado. En este sentido creo que deberían implementarse políticas tendientes a desarrollar industrias prósperas en aquellos sectores del país con escasa población para lograr redistribuir la población en todo el país y que el mismo se pueda desarrollar en forma homogénea.
    3_ a) ¿Qué medidas propondría para incentivar hoy la inmigración?
    b) ¿En qué medida un desarrollo industrial en todo el país podría equilibrar la gran disparidad existente de población en el territorio nacional?
    c) ¿Es preferible una aduana proteccionista para proteger la industria nacional o una liberal para el acceso a los diferentes bienes producidos en otros países?cap

  5. Alberdi, en esta parte de su libro, nos cuenta que poblar la República debería ser el fin inmediato de la Constitución ya que vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país. Él, en su interpretación de la constitución, dice que ella ofrece dos sistemas o medios para ayudar a que se cumpla dicho propósito, a saber: los medios directos, que ayudan a la creación de la población artificial y los indirectos, ayudan a la creación de la población espontánea.
    La constitución en su articulado comprende tanto los medios directos como los indirectos, aunque Alberdi dice que es doblemente eficaz y preferible el sistema indirecto, que protege la población espontánea, antes que el directo. Dice que para atraer población es necesario que se brinde a las personas un sistema de garantías para atraerlos ya que no está en las manos del estado atraer gente con la violencia.
    Alberdi dice además que para que la población crezca, es necesario que las garantías contenidas en la constitución sean efectivamente aplicables en la realidad, por ello es necesario el cambio de legislación que contraríe las garantías constitucionales al respecto. Alberdi critica el sistema español porque coarta y limita la libertad religiosa e impone impuestos exorbitantes en la aduana: ello comprende medios para despoblar territorios.
    Respecto de la aduana, Alberdi dice que es un mal necesario y que, no deberían existir o, de ser absolutamente necesarias para solventar los gastos de la nación, los impuestos de la aduana deberían ser razonablemente bajos a fin de atraer población.
    Por último menciona que, para que el país logre incrementar su población es necesario que se observen las garantías de seguridad establecidas en los artículos 17 y 18 de la constitución. “Si la seguridad de la persona y propiedad deja de ser una verdad, la población se irá espontáneamente del suelo que los atrajo con artificios y en que ni halló lo que buscaba.”
    Reflexión
    Es interesante el trato que le da a la aduana en su libro. La considera como un medio utilizado para despoblar, critica por ello el sistema español, pero a la vez la considera necesaria y aprueba la existencia de ésta. Logra que los principios de la constitución (destinados a buscar el crecimiento de la población) estén en armonía con el cobro de impuestos en la aduana (método que Alberdi considera como nefasto para ayudar al crecimiento de la población) estableciendo que deberían ser bajos los impuestos por ella establecidos.
    Además, me es interesante que Alberdi busca poblar la República Argentina pero creo que discrimina el tipo de persona que quiere que habite el suelo argentino. Busca atraer personas extranjeras y no considera a los indios o pobladores oriundos del propio país.
    Preguntas
    ¿No cree que las garantías que promueven el crecimiento de la población en el país deberían ser transitorias para evitar la superpoblación en el futuro?
    ¿Qué es lo que fomenta la teoría de Malthus?
    ¿cuál de las dos teorías – Malthus o socialismo – cree es la mas razonable?

  6. RESUMEN
    El capítulo V del libro «Sistema Económico y Rentístico» trata sobre las disposiciones de la Constitución que se refiere a la población y acerca de sí conviene poblar o despoblar el país. La Constitución aspiró a poblarlo más allá de que continuara la desigualdad en la distribución de la riqueza. El autor sostiene que la Constitución veía en la población el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior que es la civilización y el bienestar del país Los medios para fomentar la población son directos: medidas y expedientes especiales que tienden a traer poblaciones y fundar colonias y medios indirectos: sistemas de instituciones encaminadas a formar corrientes de población espontánea .El autor ,está a favor de la inmigración ,de las tierras infundadas y en contra de la aduana ,ya que es un impuesto y por tanto un factor de despoblación.

    NOVEDOSO
    Lo que me llamó la atención del capítulo V de la obra,es que así como lo planteaba Alberdí en aquella época ,la Aduana ,continúa siendo en la actualidad , un impuesto que restringe las posibilidades de poblar el país y por lo tanto ,crea imposibilidad de alcanzar la civilización y el bienestar común Las leyes orgánicas que regulan la Aduana continúan teniendo por fundamento la protección de la producción nacional,cuando en realidad no es así. Lo único que se logra a través de altas contribuciones es restringir la libertad de las personas ,tal como lo establecía el autor en su obra.»la Aduana estéril,la aduana de la despoblación,conoce dos medios de prohibir:uno directo ,por la exclusión absoluta otro indirecto,por la contribución elevada,´por el impuesto exorbitante.Cuando el primero cae bajo los golpes de la libertad,suele quedar el segundo coexistiendo con ella bajo el disfraz de la protección a la industria nacional » y que los gobiernos continúen utilizando los mismos argumentos .

    PREGUNTAS QUE LE HARÍA AL AUTOR:
    – ¿Actualmente considera que se da un sistema de protección indirecto?
    – ¿A qué se refiere con hacinamientos de fortuna ?
    – ¿ Cree que es posible quitar el impuesto de Aduana ?¿De qué manera?

  7. a. Resumen del texto

    Alberdi advierte que no se deben aplicar automáticamente las políticas europeas en nuestro país pues la problemática de la población y la distribución de la riqueza es distinta. Nuestro país tiene escasa población es y por eso la Constitución tiene como fin inmediato aumentarla para lograr el desarrollo.
    Fomenta la población por medios directos (trayendo pobladores y fundando colonias): para ello otorga al Congreso la facultad de promover la inmigración y la colonización y prohíbe gravámenes al ingreso de los extranjeros que quieran dedicarse a las actividades agrícolas, industriales o a la educación.
    También utiliza medios indirectos que según el autor son los más eficaces pues abren corrientes inmigratorias, agrandan las ciudades y fomentan la población espontánea. La Carta Magna garantiza a los extranjeros: libertad, seguridad jurídica, inviolabilidad de la propiedad privada, e igualdad civil. Estos medios son los preferibles pues la población se mueve según las leyes económicas.
    El primer paso es derogar las viejas leyes que van en sentido contrario. Las leyes españolas restringían la libertad religiosa desalentando la inmigración y trabando con sus regulaciones la navegación, el tránsito y el comercio. Obtaculizaban el derecho al trabajo y a disponer libremente de la propiedad fruto de ese trabajo.
    Luego Alberdi se refiere a la Aduana y al efecto nefasto que puede tener sobre la población. Dice que la Constitución prevé su existencia pues es un mal inevitable, pero sus efectos deben ser reducidos al mínimo. Sólo el Congreso podrá establecer por ley los derechos de importación y exportación. Su fin es el de financiar los gastos del Estado y no puede ser utillizado como medio de protección de la industria nacional.
    No se pueden imponer aduanas interiores ni derechos de tránsito en el interior del país ni entorpecer la libre navegación de los ríos.
    La Constitución fomenta la población ofreciendo garantías a los extranjeros y por ende, el régimen aduanero no puede ir en contra. No debe prohibir el ingreso/egreso de personas o mercancías, ni imponer contribuciones desmedidas ni tampoco obstaculizar imponiendo trámites complicados.

    b. Novedoso o importante

    Me parece novedoso que Alberdi ya en esa época se diera cuenta de la «opción de salida» que tienen las personas. La Constitución ofrecería garantías al individuo para su pleno desarrollo personal y económico a través de los principios de libertad, propiedad, igualdad y seguridad. Advierte que la población sigue las leyes económicas, o sea, la población irá al país que ofrezca más oportunidades para su propio desarrollo.

    c. Tres preguntas que le haría al autor

    1.Qué opina usted de la actual ola inmigratoria proveniente de países latinoamericanos?
    2.Necesita Argentina todavía más población?
    3.Cree usted que se debería restringir la inmigración en Argentina buscando una inmigración más calificada?

  8. Alberdi en el capítulo IV dice que la Constitución argentina contiene todos los medios de fomentar la población que reconoce la ciencia. En la ciencia y en la Constitución esos medios se reducen a dos clases principales. Unos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias. Otros son indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea. La Constitución consagra el sistema de población por medios directos.
    Expresión de esta necesidad suprema de un país desierto, la Constitución argentina aspiró ante todo a poblarlo. Midió el suelo, contó la población que debían regir sus preceptos; y hallando que cada legua cuadrada contenía seis habitantes, es decir, que el país que iba a recibirla era un desierto, comprendió que en el desierto el gobierno no tiene otro fin serio y urgente, que el de poblarlo a gran prisa.
    Los medios realmente poderosos son los medios indirectos, los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea.
    Es doblemente eficaz y preferible el sistema indirecto, que protege la población espontánea, porque es el de la naturaleza. Ese sistema entrega el fenómeno de la población a las leyes económicas que son inherentes a su desarrollo normal. Porque la población es un movimiento instintivo, normal de la naturaleza del hombre, que se desenvuelve y progresa con tal que no se le resista. Las naciones no son la creación, sino las creadoras del gobierno. El poder de despoblar que éste posee no es la medida del que le asiste para poblar. Posee el poder material de despoblar, porque puede desterrar, oprimir, perseguir, vejar a los que habitan el suelo de su mando; pero como no tiene igual poder en los que están fuera, no está en su mano atraerlos por la violencia, sino por las garantías.
    Alberdi comenta que en efecto, en presencia de una Constitución hecha para poblar, tenemos una legislación hecha para despoblar. La aduana es, sobre todo, el medio que ha mantenido al mundo español desierto y silencioso como una eterna Necrópolis. A la España pertenece la restauración en la Europa moderna de esta máquina de guerra industrial. Ella aspira a la población, y comprende que sólo puede obtenerla por la libertad. He aquí sus dos bases de que debe partir el régimen aduanero, en cuanto a la regulación de sus tarifas, para no comprometer la población y su vehículo la libertad, tan protegida por la Constitución argentina.
    Sería un error pernicioso al aumento de la población, el comprender la aduana proteccionista en el número de los medios de proteger el establecimiento de nuevas industrias que autoriza la Constitución. En materia de población, la Constitución argentina ha de ponerse en guardia contra las derogaciones del derecho orgánico colonial.
    La seguridad prometida por la Constitución al poblador puede fallar por muchas causas: o bien porque la Constitución carezca de leyes que la pongan en ejercicio; o bien porque las leyes, en vez de reglar su ejercicio, la alteren o anulen; o bien porque las leyes no se observen.
    Importante:
    El legislador no debe olvidar que la libertad religiosa tiene un fin económico en la República Argentina: es dirigida a poblar el país del poblador más Útil a la libertad y a la industria.
    La tolerancia no es suficiente garantía en países cuya legislación anterior persiguió con saña las creencias disidentes. Se requiere entonces una garantía más completa, la que reside en la libertad convertida en derecho perfecto y exigible.
    Alberdi dice: art. 14 de la Constitución habla , el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio, argentino. Para que este artículo surta su efecto natural, de favorecer el aumento de población, bastará que las leyes orgánicas y reglamentos de policía lo conviertan en verdad práctica; ¿esto es así; en la actualidad se cumple?
    ¿ Cómo se instrumentaría la aduana para favorecer ahora a la población?
    El autor comenta que a aduana entra, en el número de los males inevitables de la República Argentina, ¿habría que eliminarla? Si no es así. ¿ qué modificaciones le haría ?

  9. Resumen:
    En el capitulo V Alberdi explica por qué la población ha sido el principal propósito de la CN. Explica que en materia de población no se pueden aplicar las doctrinas de distribución de riquezas inspiradas en Europa, ya que existen diferencias sustanciales entre los continentes respecto a su población y subsistencia. Considera que en América aumentar la población es extender el bienestar, ya que el problema de la mala distribución de riquezas se debe a la escasez, por lo que la CN aspiro a poblar el país entendiendo que era ese el fin urgente del gobierno.
    Otra vez vemos que la CN es la primera de Sudamérica que comprenda, siente y resuelva alguna cuestión, en este caso, el de la población. Una vez superada la guerra de la Independencia, la Ley Suprema entendió que la población era su fin inmediato por considerarla el medio mas poderoso para alcanzar su fin ulterior: civilización y bienestar del país. Para ello destinó 21 artículos que contienen un sistema de política económica en servicio del desarrollo de la población. El principio en América Latina es que gobernar es poblar. La forma de hacerlo y el sistema que utilice será resuelto por las leyes orgánicas, siempre haciendo pie en la CN, tomando sus fines y sus medios.
    Se consagra el sistema de población por medios directos, que consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias, esto es, fomentando la inmigración. Los medios indirectos tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades y multiplicar la población de las campañas en lugar de colonizar tierras desiertas. A continuación, explica cómo los artículos de la Constitución protegen a la población e inmigración, siendo el sistema poblador por excelencia admitido amplia y completamente, y que debe ser adoptado por la ley orgánica. Considera que la nuestra es la CN con mayor espíritu de hospitalidad y fraternidad hacia el extranjero, por lo que confía en que su estabilidad y permanencia dará por resultado en poco tiempo el aumento y prosperidad de su población.
    Ademas de una CN hecha para poblar, tenemos una legislación para despoblar, por lo que en vez de servir para poner en ejercicio a la Norma Suprema, sólo sirve para impedir su ejecución y violar sus principios protectores. Se deben remover todas las leyes e instituciones capaces de despoblar el país por su acción indirecta y contraria a la economía de la CN. El articulo 28 condena a desaparecer todas las leyes coloniales que molesten a la población extranjera; el legislador deberá dejarse conducir por los principios protectores de la población espontánea, en dirección paralela y reaccionaria de la legislación española, protectora de la población insensible. En España se excluyó al extranjero, algo que en Argentina no sucederá por la protección que la Constitución les brinda. Para que la población aumente con eficacia el derecho orgánico debe convertir en realidad la libertad de industria que la CN ofrece al extranjero en su Art 20; el Art 14 asegura el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio y para que surta el efecto natural de favorecer el aumento de población debe ser convertido en verdad práctica.
    La Convención francesa inventó el pasaporte, considerado por Alberdi como un medio de espantar la población convirtiendo en cárcel el territorio de la Nación. La Confederación ha abolido esa traba que derogaba la libertad de entrar y salir.
    El autor expresa que la aduana es un instrumento de despoblación que ha sido el medio que mantuvo al territorio español desierto. La considera un mal inevitable de la República Argentina, un legado doloroso de errores de otros siglos. El legislador debe reducirla a sus menores dimensiones, poniéndola en armonía con los propósitos económicos de nuestra Ley Suprema, que los coloca primero y mas alto que a los intereses del fisco. La aduana es un impuesto cuyo producto concurre a la formación del tesoro y ninguna ley puede hacer de ella un medio de protección, menos aun de exclusión y prohibición sin alterar y contravenir a la CN. Poniendo a la aduana como una mera contribución, se ha querido que esté en armonía con la libertad de comercio (arts. 14 y 20). Luego de explicar algunos artículos, dictamina que la aduana interior o provincial no puede existir en la Confederación Argentina, ni como impuesto, prohibición, protección, derecho o arbitrio municipal, ni bajo cualquier otra denominación que encubra un derecho aduanero. Explica cómo la aduana puede perjudicar la población y la libertad de comercio e industria, exponiendo que la CN condena virtualmente el impuesto aduanero exorbitante, por todos sus artículos en que la población y la libertad figuran como los propósitos dominantes y supremos de su texto. El impuesto aduanero es doblemente desventajoso para todo país que debe formarse con elementos venidos de afuera. Tal era el papel del impuesto aduanero en la despoblada República Argentina y en general en toda América del Sur, por lo que sería necesario debilitar su influjo, ya que no es posible suprimirlo totalmente por estar admitido en todas las naciones.
    La CN autoriza todos los medios conocidos de protección en favor de la industria con tal que no sea a expensas de la libertad; la aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población, ya que cuanto más civilizado y próspero es un país, más necesita depender del extranjero.
    Muestra cómo protegen a la población y la inmigración espontánea las garantías de seguridad dadas a la propiedad y a la persona. La seguridad es la libertad misma considerada en sus efectos prácticos y en sus resultados positivos. La inmigración espontánea subirá o bajará según la puntualidad con que se observen las garantías de seguridad que describe: Derecho de propiedad (art. 17) y los derechos de defensa en juicio(art. 18). Toda causa de inseguridad lo es al mismo tiempo de despoblación y esto puede darse porque las leyes en vez de regular el ejercicio de la libertad, la alteren o anulen.
    Para finalizar muestra las diferencias entre nuestra Constitución y la de Chile.

    Sorprendente:
    Sigo encontrando sorprendente que nuestra CN haya sido la primera en Sud América en ver tantos aspectos que se debían proteger y perfeccionar. No es tarea fácil imaginar a una Argentina despoblada, pero que así y todo ha sido superior a la hora de armar una Ley Suprema.
    Algo que me parece novedoso es descubrir que nuestra CN ha dedicado tantos artículos (21) a la protección de la población, y el énfasis que pone en los inmigrantes.

    Preguntas:
    1- ¿Considera que nos sobrepasamos con el aumento y prosperidad de la población, o estamos justamente como se pretendía?
    2- ¿El motivo por el que no se abolió la Aduana como se hizo con el pasaporte es únicamente económico, o podríamos encontrar uno distinto?
    3- ¿La diferencia entre nuestra CN y la de Chile es meramente por el pasado de cada Nación y es sólo por eso que necesariamente deben ser distintas?

  10. Resumen
    En esta sección de la obra, Alberdi trata el tema que lo ha vuelto célebre; la cuestión de la población. Sostiene con firmeza que aumentar la población en América es extender su bienestar, y que la población, siendo el fin inmediato de la CN, es el medio más poderoso para alcanzar la prosperidad. Establecido esto, existen dos medios para fomentar la población: el directo (medidas y expedientes especiales) y el indirecto (sistema de instituciones). La Constitución contiene normas directas en sus artículos, pero los medios realmente poderosos son los indirectos, ya que protegen la población espontánea y porque resultan de la naturaleza del hombre, que se mueve instintivamente. Poblar el país se logra con garantías de libertad, igualdad y seguridad a todos los habitantes, sin exclusión de extranjeros. En el plano práctico, la forma más expedita de lograr este fin último de la Constitución, es derogar aquellas leyes heredadas de España sesgadas por la intolerancia religiosa, y así poblar el país con poblaciones favorables a la industria. Por otro lado, el autor señala con contundencia que la aduana es el instrumento por excelencia de despoblación. En paralelo al análisis hecho por Flores Estrada, sostiene que la aduana es uno de los males inevitables dados por razones históricas, y que, ante la dificultad de eliminarla, se debe reducirla a sus menores dimensiones. Según Alberdi, la aduana es un impuesto y no un medio proteccionista ni exclusivo. Las prohibiciones directas por la exclusión y las indirectas, por medio de impuestos exorbitantes y de complejos trámites, conforman la “aduana de desolación”. La baja de Tarifa no sólo va a permitir un mayor flujo de recursos y personas sino también va a eliminar el contrabando. Por último, las diferentes garantías en cuanto a la seguridad, como las garantías de la propiedad y de defensa en juicio, van a favorecer a la población espontánea.

    Novedoso o importante
    Es sumamente interesante que Alberdi haya consagrado como el medio idóneo para poblar el país, el método indirecto, y en cuanto a su fundamento, se resume en las siguientes palabras: “No está en su mano atraerlos por la violencia, sino por las garantías. A la abstención del ejercicio de la violencia se reduce el poder que el gobierno tiene para poblar: es un poder negativo, que consiste en dejar ser libre…”. Alberdi destaca el espíritu de hospitalidad y de fraternidad hacia el extranjero que muestra la Constitución Nacional, lo cual constituye una muestra del objetivo inmediato que persigue el autor; poblar las tierras, como medio de alcanzar el fin último, que es la civilización y el bienestar del país. Es novedoso que haya considerado la Aduana y el pasaporte como medios de despoblación, ya que impedirían la libertad de entrar, salir, permanecer y transitar en el territorio argentino.
    Preguntas
    1) Si bien es importante atraer la población extranjera al país, ¿Cómo se incentiva la permanencia en Argentina de los ya residentes en el país?
    2) ¿Qué finalidad tenían las “inquisiciones aduaneras” españolas? ¿Por qué se prohibía el libre comercio que ofrece tantas ventajas?
    3) ¿Cuáles son los ejemplos de prohibición, no por un impuesto exorbitante, sino por medio de la complicación y multiplicidad de los trámites? ¿Qué bienes se encuentran prohibidos implícitamente en la práctica?

  11. Resumen:

    En materia de población, la distribución de las riquezas, son inaplicables a la América del Sud. Ciertas doctrinas que se inspiraron en Europa al vicio de un orden social que se distingue por la desproporción entre la población y las subsistencias.
    Por un lado la opulencia sostiene que es menester disminuir la población y la miseria sostiene que es preciso demoler esas torres de opulencia, el autor compara la doctrina de Malthus con la opulencia,dice que es la expresión de ella y los socialistas expresaron la otra, sin embargo ambas soluciones son incompletas por egoista y son ademas impertinentes para américa, ya que la población que allá es el origen de la mala distribución de la riqueza por su exuberancia aquí en américa lo es por su escasez.
    Luego el autor hace referencia a la América que surgió luego de su independencia de España, en cuanto a sus intereses de la América Independiente, que son los intereses económicos, La constitución argentina de 1853, hizo de la población su fin inmediato porque vio el medio mas poderoso para alcanzar ese fin ulterior que es la civilización y el bienestar del país en la consagración de esos 21 artículos que contienen todos un sistema de política económica en servicio del desarrollo de la población.

    Novedoso:

    «No tenemos necesidad de impedir que nazca el hombre por temor de que perezca de hambre,porque el alimento sobra; ni que deshacer hacinamientos de fortunas porque no existen, por el contrario, la población que allá es el origen de la mala distribución de la riqueza por su exuberancia, aquí en América lo es por su escasez».

    Me resulta interesante el análisis que hace el autor respecto al crecimiento de la población y la escasez de la subsistencia, que no surge respecto de la desproporción de la misma sino necesariamente de la escasez.

    Preguntas:

    1) ¿la desproporción entre la población y las subsistencias tiene que ver necesariamente con la escasez?

    2)¿Las leyes orgánicas resuelven para usted las cuestiones plasmadas en la constitución Nacional respecto a la población?

    3)¿Porque el gobierno tenia como fin serio y urgente poblar el suelo?

  12. En este. Capítulo habla de las disposiciones de la construcción que se refiere a la población. Comienza explicando que la población ha sido el principal propósito. En. Materia de población son inaplicables a la América ciertas disposiciones que han debido su inspiración en Europa. Este es el punto de la política económica en que están más expuestos a caer en equivocaciones desoladoras para sud américa, no se dan cuenta que las diferencias sustanciales que existen entre ambos continentes respecto de la población y subsistencia. Allí la opulencia concentrada en pocas manos privilegiadas, viviendo enfrente de la miseria, crearon rivalidades. Aquí no existe eso, no hay necesidad de impedir que nazca e hombre por temor de que parezca de hambre porque el alimento sobra, ni deshacer hacinamiento de fortuna porque no existen
    La constitución hizo de la población su fin inmediato porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país
    Luego explica que la legislación vigente es contraria al fin de la Constitución y por lo cual, hay que derogarla todo, remover todas nuestras leyes e instituciones contrarias
    Y por último comienza a hablar de la aduana como un instrumento de despoblación. “Máquina de guerra industrial, inventada por el despotismo romano”. La aduana es uno de los males inevitables de la Nación. Según la constitución es un derecho de importación y exportación es decir, un impuesto cuyo producto es la formación del Tesoro
    Y por último la seguridad como principio de la población espontánea y las garantías que da la constitución a este fin respecto de la aduana

    Lo que más me intereso
    Sin dudarlo, lo que más me llamo la atención es la consideración que tiene de la aduana como instrumento de despoblación. Alberdi realiza todo un análisis de porque cree que la aduana atenta contra la entrada y salida de las personas y no fomenta la población. No creo que sea correcta esa perspectiva, al contrario, creo que la aduana puede ser un instrumento que responsa de manera muy favorable a su pensamiento y objetivo. Ya que protege el comercio de alguna manera, o lo regula.
    Luego dice que la aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población, porque hace vivir mal, comer mal, beber mal, vestirse mal, etc. No creo que deba ser así. A través de la aduana también se puede fomentar el comercio libre pero reglado. Creo que es necesaria y que es un instrumento que si se sabe manejar, puede ayudar a desarrollar el plan de Alberdi respecto de la Nación

    Preguntas
    ¿Por qué cree que es un medio indirecto, para fomentar la población espontanea, la fijación del carácter de la aduana?
    Si como dice Alberdi, aquí no está el problema de la Europa donde hay riqueza concentrada por un lado, y por otra pobreza y mísera, porque no hay población ¿Cómo regularías el tema de la población para luego no tener que soportar ese problema? ¿Cómo evitarías la concentración de riqueza y la miseria?
    ¿Por qué relaciona a la aduana (que regula la circulación de bienes) con la entrada y salida, con la despoblación del país? Y si cree eso ¿Por qué piensa que existen en todos los países?

  13. Resumen:
    La Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato,
    porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país.
    La pregunta era ¿Como poblar?
    La Constitución ofrece dos sistemas, por un lado un sistema directo, que consiste en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias, por otro lado un sistema indirecto, el cual forma un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea.
    Para Alberdi, los mas importantes, son los medios indirectos, los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, en lugar de colonizar tierras desiertas.
    No Obstante, a pesar de tener una Constitución hecha para poblar, tenemos una legislación hecha para despoblar. Alberdi sostiene la necesidad de remover todas las leyes e instituciones capaces de despoblar, por su acción indirecta y contraria a la economía de la Constitución. Alberdi, pone atención en el rol que tiene las aduanas y en como puede perjudicar esta, la finalidad de poblar el suelo argentino.
    Novedoso:
    Me resulto interesante, el análisis que Alberdi realiza, sobre como España se fue despoblando. Por un lado, se excluyeron a una gran cantidad de extranjeros por intolerancia y persecución ideológica, por otro, se obligo a gran cantidad de nacionales industriales a emigrar a países mas favorables para ejercer la industria. Alberdi, señala que la Argentina no puede cometer los mismo errores que cometió España, si su objetivo es poblar su territorio.
    Preguntas:
    ¿Si no se puede proteger a la industria nacional con impuestos aduaneros, de que forma se la puede proteger?
    ¿Que impuestos considera como excesivos actualmente?
    ¿Considera que la inmigración que arribo a nuestro país fue la mas calificada?

  14. i. Resumen

    En este capítulo, Alberdi, explica los motivos por los que le da importancia en sus textos a la necesidad de poblar el territorio. En principio, destaca que las condiciones que existen en Europa son muy distintas a las del continente americano, porque en América “el alimento sobra” entendiendo que aumentar la población del territorio es mejorar el bienestar. Ya en las anteriores lecturas, el autor adelantó que poblar sería un elemento principal en aumentar la riqueza de la nación y que la Constitución argentina, fue la primera en américa latina que nació brindando las condiciones para que eso suceda; entendiendo que “gobernar es poblar”, en su teoría, esto se debe a la época de su sanción ya que puso por encima el crecimiento económico como motor para crear un país independiente. Para este fin, distingue dos métodos constitucionales: los directos (artículos 25, 64.16 y 104), con el objeto que vengan inmigrantes y funden sus colonias. Y otro indirecto, que implica la formación de instituciones para que desee venir población espontáneamente.
    La constitución, de manera directa obligaba al gobierno a fomentar la inmigración europea y no turbar con impuestos, complementándose con la facultad del congreso de legislar en miras a la prosperidad del país, promoviendo la inmigración y de mismo modo a los gobiernos provinciales. A los medios indirectos, les da una importancia principal, ya que la Constitución mediante la enunciación de ciertos principios buscaba provocar corrientes de inmigración que se asienten en el país logrando agrandar las ciudades; esto lográndolo mediante la abolición de aduanas interiores, la calificación a la aduana como un impuesto y diciendo que la circulación y navegación dentro del territorio es completamente libre. Respecto a los derechos civiles, el reconocimiento de que los mismos se extienden a todos las personas que quieran habitar el suelo argentino.
    Por otro lado, argumenta que la Constitución fomentaba la inmigración y que era menester derogar la legislación heredada de España porque boicoteaba ese fin. Para graficar esta cuestión, distingue que España había logrado despoblarse al restringir derechos excluyendo a los extranjeros en materia religiosa, por ese motivo es que nuestra Constitución reconoce el derecho a todos los habitantes de profesar libremente su culto, a cuya libertad asigna un “fin económico” y no una elección del sistema sino una necesidad. Aplica un sistema inverso al de las restricciones que despobló España, porque el fin era el de atraer población, por ende, se le atribuye a los extranjeros las mismas libertades que a los nacionales y el derecho de entrar, transitar y salir del territorio.
    La aduana para Alberdi fue un motivo fundamental en la despoblación de España, con origen en Roma, por este motivo afirma que el congreso debe reducir la aduana a lo mínimo con el único fin de ser una contribución al tesoro. Destaca que no es un medio de protección ni prohibición y que debe estar en armonía con la libertad de comercio. En este sentido enuncia los artículos 11 y 12 de la Constitución que prohíben que se cobre impuestos por la circulación de mercancías de una provincia o se obligue a los buques a pagar derechos de tránsito.
    Advierte que la aduana puede perjudicar a la población mediante la exclusión absoluta en detrimento de la libertad, de forma directa o por impuestos altos y trámites extensos, de forma indirecta. Afirma que la tarifa baja es la única manera para exterminar el contrabando. Entiende que una aduana proteccionista está en contra del progreso de la población y la libertad de los ciudadanos, por ello, explica que este pensamiento es heredado del sistema español, que mediante el poder de policía interviene la libertad en razón de una supuesta protección.
    Concluye desarrollando acerca de cómo la Constitución asegura la libertad en la práctica. En primer lugar se refiere al artículo 17 que reconoce la propiedad privada limitando a que su afectación sólo puede darse en virtud de sentencia fundada en ley, indemnizada o por expropiación, por causa de utilidad pública emanada de la ley e indemnizada previamente. Prohibiendo la confiscación y consagrando el derecho a la propiedad intelectual; que se conecta y complementa con el artículo 18 que enmarca los derechos de seguridad personal. En el final hace referencia a las diferencias existentes entre las Constituciones de Argentina y Chile en materia de garantías.

    II. Reflexión

    Me pareció interesante lo que planteó el autor en la lectura al referirse a que las restricciones a las importaciones van en contra del bienestar, hacen vivir mal y no dejan progresar al país. Creo que si la industria nacional no puede competir con las importaciones tiene el deber de reinventarse y buscar satisfacer otras necesidades, que son infinitas. Es decir, considero que lo que nos va a hacer crecer como país no es tener una industria que realiza o ensambla productos iguales o peores que los fabricados y distribuidos por otros países sino una industria que mediante el ingenio y la creación pueda optimizar sus recursos para satisfacer las nuevas necesidades que van surgiendo. No lo veo únicamente desde el lugar de la competencia sino que pienso que las restricciones no sirven para el progreso, que en mi forma de verlo, sería producir en vistas a lo que necesitamos o necesita el mundo y no hay.

    iii. Preguntas

    1. Muchos libros de historia afirman que las inmigraciones no generaron los efectos esperados ¿Es cierto? ¿Qué falló?
    2. ¿Qué medidas propone para fomentar la población del interior del país?
    3. ¿Hay diferencias prácticas entre levantar las restricciones a las importaciones de forma rápida o gradualmente? ¿Por qué?

  15. DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION ARGENTINA QUE SE REFIEREN A LA POBLACION
    La Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país. Alberdi sostiene el principio: gobernar es poblar.
    Hay dos medios para fomentar la población: Unos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias. Otros son indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea. La constitución consagra los medios directos, pero Alberdi considera más poderosos los medios indirectos, que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, en lugar de colonizar tierras desiertas.
    Además de una CN hecha para poblar, tenemos una legislación para despoblar, por lo que en vez de servir para poner en ejercicio a la Norma Suprema, sólo sirve para impedir su ejecución y violar sus principios protectores. Se deben remover todas las leyes e instituciones capaces de despoblar el país por su acción indirecta y contraria a la economía de la CN. A su vez, Alberdi se refería a las aduanas, que son un factor de despoblación. Dice que la Constitución prevé su existencia pues es un mal inevitable, pero sus efectos deben ser reducidos al mínimo. Sólo el Congreso podrá establecer por ley los derechos de importación y exportación. Su fin es el de financiar los gastos del Estado y no puede ser utilizado como medio de protección de la industria nacional.
    Novedoso: me parece correcta la idea de Alberdi de poblar para satisfacer el desarrollo del país, pero que se generó una corriente poblacional en algunos sectores del país y en otros no, producto creo yo de la falta de recursos para provechosos para una gran cantidad de personas.
    ¿Sigue siendo la aduana un mal inevitable para la república? ¿O genera ingresos?
    ¿Qué opinaría usted de la última inmigración proveniente de países latinoamericanos? ¿Es necesario?
    ¿El impuesto a la aduana, no protege nuestra industria?

  16. RESUMEN:
    En este capítulo, Alberdi nos habla de la población, y comienza realizando una comparación entre América y España. Dice que en España, existían la opulencia (conformada por la minoría) y la miseria (mayoría), y ambos se encontraban enfrentados. Pero en cambio, en Argentina, esta no era la realidad, sino que por el contrario, aquí no había temor a que nazcan los hombres por el hambre, porque había alimentos de sobra; ni tampoco solucionar el tema de la opulencia, porque aquí no había fortuna. Nuestro país se encontraba desierto, por lo tanto había que poblarlo. Y Alberdi, se encarga de regularlo en la Constitución Nacional; haciendo de la misma su fin inmediato poblar el territorio, porque mediante la población alcanzaremos el fin ulterior que es la civilización y bienestar. Es esencial que la legislación orgánica, respete a rajatabla los mandatos constitucionales.
    SORPRENDE:
    Los dos medios principales de población son dos: los directos (medidas a encaminadas a traer pobladores y fundar colonias) y los indirectos (mediante instituciones se forman poblaciones espontáneas). El medio más eficaz es el indirecto, ya que su fin es abrir paso a la inmigración, multiplicar la población, y no colonizar las tierras. Pero para lograr este fin, es menester reformar la legislación, porque estamos en presencia de una Constitución hecha para poblar, y nuestra legislación estaba hecha para despoblar (ya que conservamos las leyes coloniales) por lo tanto había que tomar medidas sobre ese aspecto. Para lograr tales fines, también es necesario abolir a la aduana, ya que es un instrumento de despoblación en tanto que el pasaporte “es un medio de espantar a la población, convirtiendo en cárcel el territorio de la Nación”. Por último, para lograr su objetivo final, debemos proteger a la población con garantías de seguridad; ya que es el complemento de la libertad para que la población se desarrolle por sí misma.
    PREGUNTAS:
    1- ¿Existen en la actualidad otros medios además de los directos e indirectos para atraer población?
    2- Alberdi propiciaba mucho la hospitalidad y fraternidad hacia el extranjero y su libre tránsito dentro del territorio; ¿podría decirse que hoy en día ya no es lo que se busca, sino más bien, se lo rechaza?
    3- ¿Por qué Alberdi se refiere como “extranjero” a los indígenas autóctonos de nuestro país?

  17. CAPITULO V
    DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION ARGENTINA QUE SE REFIEREN A LA POBLACION

    De los tres factores de producción, la República Argentina sólo contaba con un extenso territorio potencialmente próspero y cuyas riquezas naturales asegurarían el éxito de cualquier empresa, pero con ausencia evidente del factor trabajo, por ser la población muy escasa. Con el capital ocurría lo mismo que con el trabajo. Por todo esto, como primer paso para el desarrollo económico, el Dr. Alberdi entiende que es necesario poblar el extenso territorio para que muchos brazos puedan extraer y transformar de la tierra todo su potencial económico que, a su vez, podrá convertirse en capitales o atraerlos, con lo cual se completaría el esquema de generación de riqueza y por ende, prosperidad para sus habitantes y para la Nación.

    La máxima “gobernar es poblar” resulta muy elocuente y la Constitución determina ésta acción que debe desarrollarse dentro de varios ejes coordinados entre sí:
    1- Promover la inmigración;
    2- Sistema de garantías (Libertad/propiedad/seguridad/igualdad);
    3- Armonización legislativa;
    1- Poblar el país: En materia económica, un país tan extenso y tan desierto como el nuestro, a pesar de sus riquezas y recursos, resulta inviable sin la fuerza transformadora del trabajo; para ello se necesitan brazos y por ende, población. Una población cuyo desarrollo armónico abarque todo el territorio, asegurando así el mayor aprovechamiento de los recursos. Esto se logra promoviendo el desarrollo espontáneo de la población, sin interferencias de leyes y reglamentos que restrinjan la entrada a a la inmigración. Así, la libertad de trabajo, de entrar y permanecer en el país, de ejercer toda industria lícita, de enseñar y aprender operan como los estímulos necesarios para la radicación definitiva de individuos de los más diversos credos y de las culturas más industriosas, que son portadoras de aquellos conocimientos que permitirán el mejor aprovechamiento de los recursos.
    2- El sistema de garantías constitucionales opera brindando la seguridad jurídica que todo habitante requiere para asentarse en el país e integrarse definitivamente a él en un plano de igualdad en cuanto a sus derechos civiles, que le permitirán desarrollar su profesión, industria lícita, arte u oficio, teniendo la certeza de que sus derechos –y los de sus descendientes- serán respetados, su propiedad protegida y que su libertad será inviolable, así como su persona, sus efectos personales y sus papeles privados. En éste aspecto es claro el rol de las garantías constitucionales operando como instrumento para la civilización.
    3- En cuanto a la legislación, resultan incompatibles con la Constitución Nacional todas aquellas leyes derivadas de la institucionalización de la cultura colonial, tan proclive a los privilegios, a los fueros, a las reglamentaciones excesivas del trabajo y de toda actividad económica, que les impiden desarrollar sus efectos propios al subordinarla a la arbitrariedad de los funcionarios, generando atraso económico y miseria. Esto desalienta el ingreso y la radicación de población extranjera así como las migraciones internas, y por ende impide el desarrollo económico armónico del territorio. En éste sentido, también se hace referencia a los tratados internacionales como legislación supranacional, ajena a la arbitrariedad política, para brindar mayor seguridad jurídica.

    Una mención especial que hace Alberdi, en materia tributaria, es sobre el cobro de la “aduana” como impuesto para financiar el Tesoro de la Nación y no con propósito disuasivo de actividad económica, como originalmente fue concebido en la época del imperio romano. Establece que su monto debe ser mínimo, de manera de no afectar la riqueza de los sujetos obligados, pero también expresamente establece la prohibición de aplicarse sobre las personas, para no desalentar inmigración. La Constitución Nacional también prohíbe las aduanas interiores con el claro propósito de promover las migraciones internas, para una mejor distribución de la población a lo largo del territorio y, por ende, para la generación armónica de riqueza.

    Elemento curioso/novedoso:
    Una frase me llamó mucho la atención y que me resulta muy curiosa es cuando el Dr. Alberdi expresa, en la pág. 102, tercer párrafo, última parte: “Todo movimiento capaz de retardar a la población es un ataque directo a la Libertad”

    Preguntas:
    1- Dr. Alberdi, ¿Cuál es el alcance de la frase “Todo movimiento capaz de retardar a la población es un ataque directo a la Libertad”? (pág. 102, tercer párrafo, última parte)
    2- Cuando en el texto expresa que “La Constitución ofrece dos sistemas: el de la población artificial y el de la población espontánea”, ¿A qué se refiere el concepto de “población artificial”?
    3- Dentro del siguiente párrafo:
    “Porque la población es un movimiento instintivo, normal de la naturaleza del hombre, que se desenvuelve y progresa con tal que no se le resista. Las naciones no son la creación, sino las creadoras del gobierno. El poder de despoblar que éste posee no es la medida del que le asiste para poblar. Posee el poder material de despoblar, porque puede desterrar, oprimir, perseguir, vejar a los que habitan el suelo de su mando; pero como no tiene igual poder en los que están fuera, no está en su mano atraerlos por la violencia, sino por las garantías”

    ¿Cuál es el significado de la frase “Las naciones no son la creación, sino las creadoras del gobierno” dentro del contexto de una Argentina despoblada, sin industrias ni capitales y en donde es la Constitución Nacional la herramienta para subsanar todas esas carencias?

  18. Explica que no era lo mismo la situación Europea caracterizada por la hambruna de su población, ya que en argentina todos tenian alimento disponible porque el pais era rico en tierras y producción de alimentos. Segun Alberdi la Constitucion busca que aumente la poblacion porque ello lleva al bienestar.
    Pasa a señalar los medios directos (fomento de la inmigración mediante creación de colonias y destinando territorio para tal fin) e indirectos que a vista del autor son mejores pues consisten en generar el clima adecuado para que la inmigración se dé de forma espontanea. Por ejemplo, agrandar las ciudades.
    Propone cambiar la legislación Española de espíritu despoblador de todo extranjero e instaurar una acorde al texto constitucional.
    Considera a la aduana como la cima de este sistema despoblador cuya utilidad unica debe ser impositiva.
    Cree que la demagogia, el despotismo y la anarquia son los grandes contribuyentes a la inseguridad, que es elemental como principio protector en materia aduanera, si buscamos que la gente efectivamente cruce la frontera.

    Comentario
    Alberdi considera que “cuantos mas seamos mas felices”, es decir, abraza la inmigracion, el incremento de la población ya que considera que si hay algo que falta en el pais es brazos que trabajen y lo hagan grande. Recordemos su perspectiva hacia el problema de vagancia que menciona el autor, en el que básicamente ilustra la necesidad de mas trabajadores.
    No cree en el proteccionismo, y recomienda crear leyes que faciliten el flujo de inmigrantes.
    Señala que la aduana no es una herramienta para limitar al pais, sino mas bien un medio de recaudación de impuestos. Y recuerda que heredamos un sistema de España muy distinto en espirtu a la nueva CN, y en este caso particular , el problema poblacional no es la excepción.

    ¿Cuales son las diferencias entre los medios directos e indirectos?
    ¿Cual es el rol de la anarquia cuando habla de esta perjudicando la seguridad?
    ¿Como interviene en el problema la opinión publica?¿Tiene relevancia?

  19. En este capítulo Alberdi se focaliza en las disposiciones de la CN que se refieren a la población. Expresa que la CN hizo de la población su fin inmediato, ya que es el medio más poderoso para alcanzar la civilización y el bienestar del país. Dice que en nuestro país, comparativamente con Europa, no hay necesidad de impedir que nazca el hombre por temor al hambre, porque el alimento sobra. Por el contrario, la población que allí es el origen de la mala distribución de la riqueza por su exuberancia, aquí en América lo es por su escasez. Se pregunta qué método debería utilizarse para poblar, a lo que responde que hay dos modos: 1) Directos: consisten en medidas encaminadas a traer pobladores y fundar colonias. 2) Indirectos: los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea, y es este último modo el que consagra la CN. Los medios indirectos son los realmente poderosos, son los que tienen por objeto abrir las corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población, en lugar de colonizar tierras desiertas. No es la finalidad de la CN atraer a los inmigrantes por la violencia, sino por las garantías. Es un poder negativo que consiste en dejar ser libre, en dejar gozar del derecho de propiedad, en respetar la creencia, la persona, la industria del hombre, en ser justo. Para ejemplificar lo dicho expresa que dos grandes pruebas de este sistema en la historia son EEUU, que se ha poblado al favor del sistema de protección indirecta, y el contraejemplo de España, que se ha despoblado por el sistema diametralmente opuesto. En presencia de una CN hecha para poblar tenemos una legislación para despoblar, en este sentido deberá promoverse la reforma de la legislación vigente, haciendo desaparecer todas las leyes coloniales que obstruyen la población extranjera. Para saber cómo poblar, bastará indagar como hizo España para despoblarse y despoblarnos, manteniendo estacionaria y escasa la población de América por la exclusión sistemática que siempre hizo del extranjero, especialmente por la intolerancia y la persecución religiosa, causa que no será capaz de quitar un solo habitante de la República Argentina. Argentina ha tomado el camino contrario que España para acrecentar su población, asegurando a todos los habitantes el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio, asegurando a los extranjeros el derecho de ejercer libremente su industria, comercio, profesión, poseer bienes raíces, comprarlos, enajenarlos, testar, casarse, etc. Luego se refiere a la aduana como instrumento de despoblación. Dice que en nuestro país, la aduana es un legado doloroso de los errores de otros siglos. Sin embargo, el carácter económico de la aduana, según la CN es el de un impuesto y no el de un medio proteccionista y exclusivo. Es decir, una mera contribución cuyo producto concurre a la formación del Tesoro. Ciñendo a la aduana a una mera contribución, lo que la CN ha querido es ponerla en armonía con la libertad de comercio, de la cual son enemigas los impuestos aduaneros. Para que dicho impuesto no perjudique a la población, ni la libertad de comercio e industria, no debe excluir absolutamente, su contribución no debe ser elevada. La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población. Otro punto importante para favorecer la inmigración espontánea es la seguridad, que es un complemento de la libertad, o más bien la libertad misma. Para asegurarla, la CN ofrece garantías (arts 17 y 18) Toda causa de inseguridad es motivo de despoblación.
    Novedoso-Importante: Personalmente creo que para las necesidades del país al momento de sancionar la CN, todos los propósitos de Alberdi referidos población tenían una justificada motivación. En un país ciertamente despoblado, atrasado, desaprovechado en cuanto a su riqueza natural, entre otras cosas, era lógico pensar que uno de los pilares básicos para conseguir el progreso sería en primer término poblar el territorio nacional. Pero aun así, Alberdi aspiraba a que el extranjero que llegara a nuestras tierras sea provechoso, como una especie de puente entre el retraso de nuestra América y los conocimientos y progresos que nos podían ofrecer los inmigrantes de continentes más avanzados en industria, en trabajo, en disciplina, en conocimientos tecnológicos, etc. Por distintos factores (especialmente por las guerras), a lo largo de los años, las aspiraciones de Alberdi se fueron concretando en la realidad, la finalidad de poblar nuestro territorio se cumplió bastamente. Es cierto que la inmigración extranjera de aquellos tiempos fue muy positiva para el crecimiento de nuestro país, contribuyó a su progreso, con esfuerzo, sacrificio, trabajo, conducta, valores. Sin embargo, hoy por hoy creo que deberíamos ser más estrictos en cuanto a los controles migratorios, nuestro país es demasiado permeable a la inmigración improductiva. Sin caer en la xenofobia, tampoco se trata de dejar el tema en cuestión en manos de la desidia. Tan simplemente deberíamos fijar nuestros intereses, establecer los costos y los beneficios de la inmigración, promover aquella que sea beneficiosa para cumplir con nuestros propósitos, regularla, ejercer controles. En fin, nada más ni nada menos que los recaudos que toman cualquiera de los países desarrollados, para que nuestra nación no se vuelva el gran colador del mundo.
    Preguntas:
    1) ¿Cuál sería el carácter que tiene hoy día los impuestos aduaneros? Cree Ud. que son más bien una contribución o un medio proteccionista?
    2) ¿Cree Ud. al igual que Alberdi que cuanto más civilizado y próspero es un país más se necesita del extranjero?
    3) ¿Considera Ud. que la llegada indiscriminada de inmigrantes a nuestro país es beneficiosa? ¿No sería Necesario adoptar controles migratorios más rigurosos?

  20. Resumen
    Alberdi dice que no hay que seguir el ejemplo de España. En América gobernar es poblar y la Constitución es la expresio fiel de ese principio. Esta ofrece dos sistemas: el de la población artificial y el de la espontánea y ofrece los medios de comentarla ya sean directos o indirectos. El recomienda los indirectos que forman un sistema de instituciones encaminadas a formar corrientes de población espontánea. El gobierno posee el poder de despoblar porque puede desterrar, oprimir, perseguir. La abstención del ejercicio de la violencia y así dejar ser libre, dejar gozar del derecho de propiedad, respetar las creencias es el modo de atraer la poblacion. Novedad: consideraba que la aduana proteccionista podía perjudicar el libre comercio Y a la población. Sólo debía ser un impuesto bajo y no un medio de exclusión o prohibición. La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población.
    Preguntas:
    Alberdi consideraba que en pocos años se poblaria la Argentina. Porque esto no fue así?
    Decía que debía haber garantias de seguridad dadas a la propiedad y a las personas. Cuál falló?
    Aún seguimos teniendo leyes proteccionistas?

  21. RESUMEN:
    En su quinto capitulo, Alberdi, desarrolla las disposiciones de la Constitución que hacen referencia a la población. En primer termino, dicho autor dice que no hay necesidad de impedir que nazca el hombre por temor a que perezca de hambre, porque aquí el alimento sobra; y que en América, poblar es extender el bienestar.
    La población es el fin inmediato de la Constitución de 1853 porque es el medio para lograr la civilización y el bienestar del país.
    ¿Cómo poblar? Se pregunta, y la respuesta tiene que venir de las leyes orgánicas.
    La constitución, en sus artículos 25, 64 inc. 16 y 104, consagra el sistema de población por medios directos, consistentes en medidas y expedientes especiales encaminados a traer pobladores y fundar colonias. Sin embargo, Alberdi, considera más eficaces y poderosos a los medios indirectos, que son los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontanea, agrandar las ciudades, etc. Para lograr dicho fin, el Estado, debe garantizar la libertad de gozar del derecho de propiedad, respetar la creencia, la persona, la industria del hombre y ser justo.
    En efecto, tenemos una Constitución diseñada para poblar, pero leyes que se encargan de hacer todo lo contrario, por lo que es de significativa importancia derogar dicha legislación. Y que de este modo, las nuevas leyes conviertan en realidad, en verdad de hecho, la libertad de industria que la Constitución ofrece al extranjero.
    Finaliza el capitulo haciendo alusión a un factor determinante a la hora de poblar el suelo argentino, la seguridad. Consagrada en los artículos 17, 18 y 19 de la Constitución. Estas garantías de seguridad, dadas a la propiedad y a la persona, son las encargadas de velar por la población y la inmigración espontanea.
    IMPORTANTE
    Hace referencia a la aduana, como una herencia del régimen colonial, afirma que ésta contribuye a la despoblación y que lamentablemente estamos destinados a convivir con ella.
    Los impuestos aduaneros que tienen por objeto prohibir la introducción o extracción de ciertos productos, con miras de protección a la industria nacional, o a determinadas producciones, son enemigos ruinosos de la libertad de comercio que persigue la Constitución, específicamente en sus artículos 14 y 20. Para que estos impuestos no afecten el aumento de la población, tienen que ser bajos, de ligero trámite y trasparentes.
    Alberdi se opone profundamente a la aduana proteccionista, porque la considera contraria al progreso de la población, debido a que termina produciendo un monopolio, el cual genera la disminución de incentivos en el productor para mejorar sus productos.
    PREGUNTAS:
    1- Si las retenciones al sector agrario se hubiesen mantenido durante más tiempo, ¿Podrían haber generado el fenómeno de despoblación?
    2- ¿Lo que sucede hoy en Siria seria un ejemplo de que la conmoción pública hace retroceder la población de un país?
    3- ¿Cual es la situación actual de la aduana? Tomando en consideración las tarifas cobradas, su rapidez administrativa y su transparencia.

  22. Resumen: Alberdi nos explica la importancia de la población para el desarrollo del país. La constitución 1853 hizo de la población su fin inmediato, expresión de esta necesidad era un país desierto, la constitución aspiro ante todo a poblarlo. Se midió el suelo, se contó la población y cada legua cuadrada tenía seis habitantes, el gobierno no tiene otro fin urgente que poblar el país. Alberdi indica que de este modo se alcanza la civilización y el bienestar del país. No existe otra constitución que demuestre tanta hospitalidad y fraternidad para con el extranjero.
    La constitución ofrece dos sistemas: 1) el de la población artificial por medios directos que consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias. La constitución consagra, en su art.25 fomentar la inmigración europea… art. 64, inc.16, atribuye al congreso la facultad de proveer lo conducente a la prosperidad del país, promoviendo la inmigración y la colonización de tierras de propiedad nacional… y en art. 104 da esa misma facultad a los gobiernos locales. 2) el de la población espontanea indirecto, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontanea. Esos medios residen en los siguientes principios, consagrados en la constitución sus arts. 4 y 64 favorecen la población fijando el carácter de la aduana, que es, según ellos, un impuesto, y no un medio de protección y de exclusión. Los arts. 14 y 21 favorecen, por una concesión amplia y completa de derechos civiles de libertad, igualdad, propiedad y seguridad a todos los habitantes.
    Respecto de la aduana, dice que es un mal necesario, Los impuestos de las aduanas deberían ser bajos para atraer más población. Por ultimo menciona que para lograr incrementar la poblacion es necesario que se observen las garantías de seguridad del articulo 17 y 18.
    Importante: Alberdi prefiere la protección indirecta y tomo de ejemplo a EEUU en cuanto a cómo atraer inmigrantes. Dice que nuestra legislación está hecha para despoblar, no sirve para poner en ejercicio a la constitución
    Preguntas:
    a) ¿Los inmigrantes que ingresaron al país eran los buscados?
    b) ¿La aduana que traba la importación, desfavorece la población?
    c) ¿hoy se debería restringir la inmigración?

  23. Resumen: el capitulo número cinco de la segunda parte de Alberdi se centra en la población y las disposiciones que la constitución tiene en cuanto a ella, indicá que especialmente en América del sur hay una desproporción entre la población y las subsistencias. La constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato porque la ve como un medio para alcanzar la civilización y el bienestar del país por eso a través de sus artículos se intenta promover el desarrollo de la población. La constitución ofrece dos sistemas el de la población artificial y el de la población espontanea ambos a través tanto de medios directos como las medidas para traer pobladores como indirectos en los artículos 25, 64 y 104. Para fomentar aun más la inmigración se le otorgan a los extranjeros todos los derechos civiles del ciudadano como una muestra de hospitalidad y fraternidad hacia el extranjero, cualidad que no tiene otra constitución de América. Por último Alberdi hace hincapié en las aduanas y las ve como un instrumento de despoblación, según la constitución argentina la aduana es un impuesto, no un medio proteccionista ni exclusivo y por lo tanto el impuesto debe ser bajo y de fácil tramitación porque sino la consecuencia no deseada es la falta de población.
    Novedoso o sorprendente: me resultaron interesantes todas las concesiones que da la constitución Argentina a los extranjeros con el claro objetivo de poblar el país, ya que según la visión de Alberdi el país estaba despoblado y en esas condiciones no podía funcionar correctamente un gobierno, entre las concesiones se encuentran la igualdad de derechos que se le otorgan a los extranjeros respecto de los nacionales, en cuanto al trabajo, ejercer su industria y poseer bienes por ejemplo y también le asegura a todos los habitantes entre ellos y principalmente a los extranjeros con sus diferentes cultos, los derechos de profesar libremente su culto( libertad de culto) y de enseñar y de aprender. Además la constitución argentina a diferencia de otras constituciones les otorga también a los extranjeros el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino a través de un pasaporte. Es interesante la forma que tiene de ver a la aduana como un instrumento de despoblación y a través del artículo número cuatro de la constitución establece que el producto de los derechos de exportación y importación de los aduanas son fuente del tesoro nacional y del articulo 64 surge el poder que tiene el congreso de legislar sobre ellas.
    Preguntas:
    1- ¿Aunque argentina necesita efectivamente mas población, hay además problemas en relación a como se distribuye está en el territorio argentino (concentración en capital federal y el Sur de nuestro país casi despoblado) que solución propondría a estos problemas?
    2- ¿Cree que la argentina le brinda actualmente las seguridades necesarias a los extranjeros para que estos vengan a poblar a nuestro país?
    3- ¿Actualmente las aduanas son consideradas solamente como un medio de imponer impuestos, que función cumplen?

  24. RESUMEN: como Alberdi establece que «gobernar es poblar», en este capítulo se propone responder a las siguientes preguntas: ¿como poblar? ¿que método utilizar? ¿que medios atraen y agrandan la población?
    La Constitución Argentina, reconoce dos medios para fomentar la inmigración: 1)Directa: medidas especiales encaminadas a traer población y fundar colonias, las de los art 25, 64 inc 16 y 104; 2)Indirectos: es un sistema de institutos encaminados a formar corrientes de población espontánea, es el medio más poderoso, y reside en los siguientes principios:
    A. Aduana (será un instrumentobde despoblación a menos que la tarifa sea baja y fácil tramitación, y no ser proteccionista);
    B. Eliminación de aduanas internas;
    C. Dar derechos civiles a los extranjeros;
    D. Obtención de nacionalidad luego de dos años de residencia continua;
    Al igual que en los temas anteriores, Alberdi considera que se debe crear una nueva legislación guiándose por los principios anteriormente mencionados sumado a lo contrario que hizo España para despoblarse, es decir: profesar libremente el culto; derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio; derecho de ejercer industria, comercio y profesión, poseer bienes, comprarlos y enajenarlos; navegar rios y costas; testar y casasrse.
    Como último punto, considera que donde quiera que la seguridad de las personas y la propiedad exista como un hecho inviolable, la población se desarrollará por si misma. La Constitución lo plasma en los art 17, 18 y 49. También en este sentido es condición esencial el orden y la paz.

    NOVEDOSO/CURIOSO: Considero curioso el planteo de que cerrar las aduanas con el pretexto de proteger la industria nacional es negativo, ya que en los últimos tiempos lo que se planteaba era todo lo contrario. A mi entender, considero que los extremos siempre son malos y que el cierre total es completamente negativo y la apertura total, aunque tiene aspectos positivos como la competencia, también termina resultando negativo.

    PREGUNTAS:
    1) ¿Que el sistema de salud en nuestro país sea gratuito fue otra medida para fomentar la inmigración o mera coincidencia?
    2) ¿Por que cuanto más civilizado y próspero es un país más necesita depender del extranjero?
    3) Alberdi plantea que la aduana es un instrumento para despoblarse pero explica en su mayor parte como afecta al intercambio de bienes, entonces además de que si cobran mucho para el ingreso de personas al territorio ¿de que otro modo genea despoblación?

  25. CAPITULO V DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION ARGENTINA QUE SE REFIEREN A LA POBLACION –
    RESUMEN
    Apartado I, la población, que en Europa es el origen de la mala distribución de la riqueza por su exuberancia, en América lo es por su escasez. La Constitución Argentina en 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país.
    Apartado II, hace referencia a los sistemas contenidos en la CN para fomentar la población. Estos son: Directos, consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias. Indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontanea; los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontanea, etc.
    Apartado III, la legislación española vigente hasta la época, protectora de la despoblación insensible, debía ser derogada. El dictado de leyes reglamentarias de la CN, el legislador debe dejarse conducir por los principios protectores de la población espontanea.
    Apartado IV, entiende a la aduana como una figura que no incentiva a la población, la considera anti económica, uno de los males inevitables para la República Argentina; sin embargo, al legislador le incumbe reducirlo a sus menores dimensiones, dándole el carácter preciso que tiene por la Constitución, en armonía, como interés fiscal, con los propósitos económicos.
    Apartado V, la función de la aduana es entendida como un derecho de importación y exportación, un impuesto, destinado al sostenimiento de la Nación. Pero fuera de ello, ninguna ley de aduanas puede hacer de ellas un medio de protección, ni de exclusión o prohibición. Debe consagrar la libertad necesaria a la población, debiendo estar en armonía con la libertad de comercio.
    Apartado VI, no hay que considerar a la aduana con un fin proteccionista de las nuevas industrias; la CN autoriza todos los medios conocidos en favor de la industria, siempre que no sea a expensas de la libertad.
    Apartado VII, se requiera una seguridad Constitucional, tanto para la persona y de la propiedad de aquella, lo cual sea un hecho inviolable, así la población se desarrolla por sí misma. Se desarrollan distintas garantías de seguridad: la propiedad (art. 17), derecho de defensa (art. 18).

    NOVEDOSO/REFLEXION
    Quisiera hacer referencia a cerca de la imposición aduanera, considerada para Alberdi como un mal económico para el desarrollo de la población de la Argentina, y por lo tanto para el desarrollo económico del país; como esta percepción negativa de Alberdi a cerca de la aduana, ha sido dejada de lado por los gobernantes de nuestro país, al menos en los últimos mandatos presidenciales, y el giro que se está dando, mas tendiente a la mirada de Alberdi, con el gobierno presidencial actual.

    PREGUNTAS
    1) ¿Qué análisis se puede hacer a la quita de impuestos a las exportaciones hechas por el actual gobierno nacional?
    2) ¿Cree que las olas migratorias que llegan al país, es calificada o “útil” para el desarrollo económico del país?
    3) ¿Cree que sigue siendo prioridad para el país atraer población calificada?, ¿o es preferible una mayor capacitación de la población ya existente en suelo argentino?

  26. Por GUIDO ANTONIO CURTO

    Capitulo 5, parte 3

     

    Resumen del texto:

    comienza desarrollando como la poblacion ha sido el principal objetivo de la CN, y xq ha sido esto, ubicando el fenomeno en la materia de la distribucion de las riqeuzas. Habla de la relacion de la miseria y la poblacion en europa, y establece al respecto un binomio de oposicion entre malthus y los socialistas. Desarrolla el problema del desierto, xq no fue tratado durante la independencia y el «gobernar es poblar».  Desarrolla las alternativas de la poblacion artificialy la poblacion espontanea, junto con los medios directos e indirectos de atraer poblacion al pais. Los desarrolla articulo por articulo, como mediante medidas expeditivas especiales o mediante un sistema institucional, la CN busca resolver el problema del «desierto». Destaca la inmigracion europea y los medios indirectos. Algunos de ellos son: libertades de comercio, internas y externas, derechos civiles, propiedad, ciudadania, libertad del servicio militar, libre navegacion interior, Desarrolla la eficacia del sistema indireto y las libertades. Seniala los ejemplos opuestos de EEUU, siguiendo el ejemplo del sistema indirecto, contra Espania, siguiendo el sistema directo. Luego, pasa a desarrollar el plan de legislacion para promover la inmigracion espntanea, y la legislacion espaniola vigente, que seniala como la causal del despoblamiento. Destaca la exclusion del extranjero por parte de la legislacion espaniola, sobre todo de aquella poblacion «util para la industria’ y sobre todo por motivos religiosos: es por ello que apunta a una reforma en este sentido orientada hacia la libertad. Destaca el fin economico de la libertad religiosa y su importancia con varios ejemplos de varios paises y poblaciones.  Luego, pasa a desarrollar como, segun el, las aduanas son un instrumento de despoblacion.  Cmienza identificando el origen de las aduanas con el despotismo de los emperadores de Roma. Efectua un analisis historico en este tenor y destaca la importancia de reformar este sistema. Posteriormente, pasa a desarrollar el caracter economico de la aduana segun la CN, como un impuesto y no un medio proteccionista, y porque  es conveniente la ultima opcion para fines de poblamiento. Seniala que la ley de aduanas debe considerarla como un impuesto, no como una medida de proteccion, siendo esto ultimo decisivamente anti constitucional y contrario al desarrollo y el poblamiento del pais, destacando la libertaad de navegacion interna y la prohibicion de aduanas internas. Luego, continua desarrollando como la constitucion condena las aduanas como forma de proteccion, protegiendo el interes del pais, ya que tal «proteccion» es a expensas de la libertad, y significa prohibir la entrada de lo que se busca atraer. Critica fuertemente el proteccionismo, ya que empeora la calidad de la vida de la poblacio, protegiendo a un sector q no se esfuerza en mejorar. Luego, desarrolla la seguridad como principio de poblacion esponanea, y las garantias que otorga la CN al respecto. Destaca la importancia de la seguridad en cuanto a los derechos de propiedad, para la industria,, pero tambien la seguridad personal y garantias contra el estado. Destaca la prosperidad de la tierr y del suelo, y como no se necesita mas estimulo q ese,

     

     

    Nuevo/sorprendente:

     

    La inmigracion europea de la que habla alberdi, en el pais sucedio, posteriormente. No era el unico, al menos posteriormente, con esa vision. Pero la inmigracion sucedio no del tipo de europeo que buscaba alberdi. O al menos, algunos de quienes sostenian ese hilo de argumentacion. Alberdi pensaba en anglosajones y alemanes, por ser «pueblos industriales» y, varios de quienes pensaban en la misma linea, sobre todo en esa epoca, desdeniaban a los espanioles y demases. Es decir,  parte de ese pensamiento  vislumbraba europeos del norte, no del sur. Quizas desdeniaban a los europeos del sur, por relacionarse con los sistemas que criticaban. Por ejemplo, la influencia de espania en el sur de italia ha sido muy clara, y ha marcado tanto a espania como a italia. Si se critica al sitema realista….quizas este es un motivo? no pueden ver con buenos ojos al reino de las dos siclias, defendiendo las ideas liberales. O tal vez si? era un sistema realista, sin embargo. Claro, el reino de las dos sicilias era una potencia prospera y una de las principales en el mundo, sobre todo luego de las reformas de Carlos III. Sin embargo, Alberdi detesta todo el linaje de la realeza espaniola y todo lo que representa. con razon, posiblemente, pero quizas esto le impida ver determinadas cuestiones. Traigo a caso el ejemplo del reino de las 2 sicilias, osea el sur de italia, pues, luego de la unificacion de italia, fue salvajemente saqueada por el norte de italia, destruidas sus industrias, y saboteados sus tesoros para pagar la deuda publica del norte de italia,. Con esta destruccion de la productividad e infraestructura, se buscaba mantener al sur sojuzgado para que no recobrara su anterior independencia, y asi sostener el nuevo gobierno central, licuando los problemas economicos del norte. Esto ocasiono una fuga enorme de poblacion desde el sur de italia hasta el norte y hasta america…y la Argentina fue uno de los principales destinos., Por ello, el principal componente de la inmigracion de la que habla Alberdi, fue italiana, y hasta algun punto, espaniola. Claro, el caso espaniol quizas se debio al desmoronamiento del imperio espaniol y su posterior crisis. Pero no se produjo la masiva inmigracion anglo sajona teutona que esperaban alberdi y quienes sostenian ese tipo de pensamiento, simplemente porque esas gentes no tenian incentivos para salir de sus paises. Si, por ejemplo, los rusos, que han sido otro componente demografico importante. Pero no tanto ni ingleses ni alemanes. Esto, para quienes sostenian ese hilo argumentativo, hubiese significado un no progreso del pais. Pero esto ha demostrado ser falso.Con la «poblacion de segunda» de los italianos y espanioles, la argentina logro ser, para cuando hubiere terminado la gran onda imnigratoria, uno de los principales paises del mundo, a tal punto que tenia una de las industrias mas avanzadas del mundo, y era vista como ejemplo de prosperidad en europa  y el mundo…y eso incluia a EEUU, que veia al pais como una seria amenaza a su hegemonia en la region., Todo esto, de la mano de las ideas que posteriormente fueron demonizadas una y otra vez en la historia nacional. Esto demuestra que la idea de ver a los europeos del sur como una poblacion de segunda, ha sido una equivocacion absoluta: es con esa poblacion que la argentina supo ser potencia mundial. Ahora bien, este argumento ha sido posteriormente retomado, haciendo un paralelismo entre las poblaciones italianas y espaniolas en argentina, con los fenomenos de mussolini y franco en europa, para significar que la decadencia argentina y varias expresiones autoritarias y fascistas se deben a «lo peor de europa» y la idea de «poblaciones de segunda’. Esta idea no resiste el menor analisis. No solamente porque lo supuestamente «mejor» de europa tenia a hitler, vichy, y los colaboracionismos nazis en los paises nordicos, sino porque, posteriormente a la segunda guerra, estos paises resurgieron como democracias con institucionalidades fuertes, basadas en sistemas de libertades,y han producido verdaderos milagros economicos en la segunda mitad del siglo XX, a tal punto que Italia supero a alemania en casi todas las estadisticas imaginables hasta aproximadamente 2008. Ergo, queda demostrado, el problema de la argentina, no es ese componente de poblacion europea. Y esa poblacion europea no resulta menos productiva ni inventiva que «la otra» poblacion europa. El problema de la posterior decadencia de la argentina no se debe a la poblacion proveniente del sur de europa. Mucho mas probable es, sin embargo, que esa decadencia se deba a cuestiones politicas, morales, filosoficas, entre otros…

     

    Que 3 preguntas le haria al autor?

     

    1) Viendo la historia argentina desde 1940 al dia de la fecha, que opina acerca de la «proteccion a la industria nacional», su constitucinalidad y sus resultados?

     

    2) Cree que la Argentna hoy en dia sigue teniendo problemas de poblamieto? si es asi, explique las razones y detalle medidas para solucionar el problema, teniendo en cuenta el tratamiento historico que recibio el problema.

     

    3) Teniendo en cuenta el enorme progreso vivido por la argentina hasta, aproximadamente, los anios 30 o hasta 1945, con una poblacion que, proviene de la imnigracion europea, pero no de los ingleses y alemanes que tanto anioraba, y teniendo en cuenta la historia hasta hoy, sigue aniorando el modelo de los anglosajones y alemanes? lo reconsideraria? a quienes inluiria y porque?

  27. Disposiciones de la Constitución que se refieren a la población
    Europa se encontraba dividida entre dos grandes clases: la opulencia concentrada en pocas manos privilegiadas y la miseria, aquellos que vivían despedazados por la primera.
    Se discutía sobre el medio de distribuir con más equidad los beneficios de la riqueza.
    Los ricos decían que era menester disminuir la población (doctrina de Malthus) y los pobres que era preciso demoler esas torres de opulencia (socialistas).
    Dijo Alberdi que en nuestro país no tenemos necesidad de impedir que el hombre nazca ya que el alimento sobra, ni destruir a la opulencia porque no existe.
    La Constitución Argentina de 1853 hizo de su población su fin inmediato porque vió en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior que es la civilización y el bienestar del país. Para fomentar la población ofrece dos sistemas: el de la población artificial y el de la población espontánea.
    -directos: medidas y expedientes especiales encaminados a traer pobladores y fundar colonias (arts 25, 64,16 y 104).
    -indirectos: sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea (arts 4, 9, 13, 14, 21, 24, 27 y 28).
    Alberdi considera doblemente eficaces los medios indirectos que protege la población espontánea porque es el de la naturaleza. La legislación vigente de esa época despobló España por tanto es necesario remover todas nuestras leyes e instituciones capaces de despoblarlo.
    España excluyó al extranjero por la intolerancia y persecución religiosa en detrimento de su población.
    Esta causa de despoblación no ocurrirá en la Argentina porque nuestra Constitución asegura a todos los habitantes la libertad de culto.
    Con respecto a las aduanas al legislador le incumbe reducirla considerándola un impuesto y no un medio proteccionista ni exclusivo y de fácil tramitación para evitar despoblar.
    La seguridad de la persona y de la propiedad es el complemento de la libertad, facilitando el desarrollo de la población.
    Novedoso:
    Comparto con Alberdi la necesidad de abolir toda restricción al desarrollo de la población considerando primordialmente la que impone la aduana para el crecimiento de la industria, ya que como consecuencia de las restricciones aduaneras que existen actualmente en nuestro país, se está produciendo una importante emigración de argentinos a países que firmaron tratados de libre comercio con grandes potencias extranjeras entre ellos Chile, Uruguay y Brasil disminuyendo el consumo interno y por tanto la producción nacional.
    Preguntas:
    1-¿Cómo resolvería el problema del ingreso ilegal de extranjeros a la Argentina?
    2- ¿La restricción aduanera es causa del atraso económico de nuestro país?
    3-¿El intervencionismo estatal es un medio eficaz para corregir las fluctuaciones de la economía?

  28. Ante el problema de la poblacion, la Constitucion Nacional es la primera en hacer de la poblacion su fin inmediato porque vio en ello el medio mas poderoso para alcanzar la civilizacion y el bienestar del pais. La Constitucion Nacional plantea un sistema de poblacion por medios directos, fomentando la inmigracion europea para labrar la tierra, mejorar industrias. Mas alla de eso, hay una legislacion hecha para despoblar. España por ejemplo excluyo al extranjero por la persecucion religiosa, no siguio el ejemplo de la Argentina. Alberdi considera la aduana como un impuesto que lleva a la formacion del Tesoro.Los impuestos de las aduanas deberían ser bajos para atraer más población.

    Me parece interesante la idea de atraer a los extranjeros para labrar la tierra, para mejorar las industrias y no para que generen ocio. Es un tema que en muchos paises ha dado que hablar y no han podido tolerar y progresar y me parece que en ese sentido nuestro pais ya desde ese entonces demuestra la inclusion hacia todas las regiones del mundo.No cree en el proteccionismo, y recomienda crear leyes que faciliten el flujo de inmigrantes. Señala que la aduana no es una herramienta para limitar al pais, sino mas bien un medio de recaudación de impuestos. Y recuerda que heredamos un sistema de España muy distinto en espirtu a la nueva CN.

    1) Es correcta esa vision inclusiva para el contexto actual?
    2) Es realmente la Aduana un impuesto?
    3) Es mas conveniente un sistema por medios directos o indirectos?

  29. Resumen del libro “Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina”. Capítulo V, segunda parte “DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION ARGENTINA QUE SE REFIEREN A LA POBLACION”

    En capítulo V, Alberdi menciona que la Constitución Nacional, tiene como uno de los principales propósitos el crecimiento poblacional. Resalta el principio de que en América “gobernar es poblar” y la Constitución Argentina es la expresión fiel de ese principio. La Constitución Argentina contiene todos los medios de fomentar la población que reconoce la ciencia. En la ciencia y en la CN esos medios se reducen a 2 clases principales. Unos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias. Otros son indirectos los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontanea. Es doblemente eficaz y preferible el sistema indirecto, dice Alberdi, que protege la población espontanea porque es el de la naturaleza, ya que la población es un movimiento instintivo, normal de la naturaleza del hombre, que se desenvuelve y progresa con tal que no se resista. Las Naciones no son la creación, sino las creadoras de gobierno. Alberdi así mismo dice que no tiene noticia de que otra Constitución de América o de algún país del mundo, iguale a la Argentina en espíritu de hospitalidad y de paternidad hacia el extranjero.

    Interesante/Novedoso
    Me parece interesante uno de los temas que tanto afecta a la mayoría de los países que es el control de la inmigración; tema tan discutido y con falta de regulación en la actualidad. Si bien Alberdi estaba totalmente a favor de la llegada de extranjeros al país y consideraba a la aduana como uno de los peores males de una Nación, considero que es necesario que exista un control y que se regule de alguna manera, no para que disminuya sino para que aquellos que quieran trasladarse de una jurisdicción a otra, lo puedan hacer bajo el amparo de la ley.

    Preguntas:
    1) ¿Considera que es necesario el fomento de la inmigración, aún contemplada en nuestra Constitución?
    2) ¿Qué modificaciones legislativas realizaría para una mejor redistribución de la población?
    3) ¿Qué tan importante resultaría hoy su máxima “gobernar es poblar”?

  30. SISTEMA ECONÒMICO Y RENTÌSTICO DE LA CONFEDERACIÒN ARGENTINA SEGÙN SU CONSTITUCIÒN DE 1853
    Capìtulo V DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÒN ARGENTINA QUE SE REFIEREN A LA POBLACIÒN

    RESÙMEN: Nos dice que la población ha sido el principal motivo de la distribuciòn de las riqueezas pues antes los países eran de poblaciones muy pobres por eso es que venìa tanta migración al nuestro para formar colonias, la aduana era muy importante para la entrada y salida de cosas en el mercado esto genera un impuestoq ue sostiene al estado, nos dice que la poblaciòin puede ser artificial y espontánea, hubo un plan de legrislaciòn para promover la inmigraciòn espontánea lo que logrò despoblar la Espeña de esa època. Por otro lado como dijimos la aduana debe ser un impuesto bajo y fácil de tramitaciòn para no despoblar, esto fue condenado por la constituciòn por el interés de poblar el país, pero también brinda garantìas a la población espontánea puesto que les otorga los derechos civiles a los hombres.

    NOVEDOSO O SORPRENDENTE: Me parece sorprendente que en la època de la cual habla Alberdi la aduana jugaba un rol principal como lo es ahora con l.a gran diferencia que se creía que cerrando las exportaciones se iba a vivir mejor y a lo contrario de lo que sucede hoy en día sobre todo con el gobierno que asumió recientemente se considerà que para que el país crezca deben abrirse todas las fronteras para traer màs beneficios, por otro lado esto se debe a los cambios que a habìdo en el mundo y a los mismos que ha sufrido la economía, como podemos observar las cosas van cambiando según donde lleva la corriente y en bveneficio de lo que se cree mejor para el momento y la situaciòn.

    PREGUNTAS QUE LE HARÌA AL AUTOR:
    1.- La aduana favorece a la población?
    2.- La migración de esa època es la misma de hoy en día? A què se debe eel cambio?
    3.- En comparación con otros países cree que el nuestro toma los recaudos necesarios a la hora de brindar seguridad respecto de quienes emigran?

  31. En este capitulo Alberdi habla de la población de la Confederación y como debía acompañarse este proposito para que pueda concretarse.
    Segun el autor, poseiamos una diferencia abismal con Europa en donde existia población pero no contaban con suficiente alimento como para poder mantenerla. Esto no sucedía en nuestro país, ya que contaba con gran cantidad de alimento pero sobre todo con las tierras necesarias para la creación de este.
    Alberdi partia del principio de “gobernar es poblar” es por eso que focalizó mucho sus ideas a este fin. Este fin inmediato de poblar, era el medio para su fin máximo que era la civilización y el bienestar del país.
    Sostenia que existian dos medios para fomentarla: uno directo: que se trataban de medidas y expedientes especiales para atraer población, que podemos verlo reflejados en los art. 25, 64 inc. 16 y art. 104); y por el otro uno indirecto: donde se desarrolle un sistema de instituciones destinadas a formar corrientes de población espontánea.
    Los medios más importantes para él son los indirectos, ya que su objeto es abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, colonizar tierras desiertas.
    Otro de los principios esenciales para Alberdi, es el que se consagra en nuestro texto constitucional, cuando declara que todos los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles que los habitantes de la nación. Por ende, para él la legislación debía acompañar esta decisión de poblar, ya que como dice el art. 28: “ los principios, derechos y garantías reconocidos por los anteriores articulos, no podrán ser alterados por leyes que reglamenten su ejercicio”.
    Para el autor, debiamos dejarnos conducir sólo por principios protectores de la población espontánea.
    Por otro lado, para que se produjera esta corriente inmigratoria, debiamos actuar para ello, por eso Alberdi sostuvo que la forma de obtenerla, era realizando lo opuesto a lo que había hecho España. La corona española para despoblar sus tierras, realizó una exclusión sistemática hacia los extranjeros. También existieron problemas entre las distintas religiones que profesaban, y esto fue un claro punto que llevo a la exclusión de muchas personas de dichas tierras. Este conflicto no pudo ni podrá desarrollarse en nuestro país, ya que el texto constitucional en sus art. 14 y 20 resguarda estos derechos y los protege.
    Por otro lado, encontramos el conflicto de la aduana, que para la nación constituye un impuesto necesario para la creación del Tesoro nacional, y es una gran fuente económica; pero Alberdi sostenía que era una medida antieconómica; y que perjudicaba a la libertad de comercio que pregona nuestra constitución.
    Es fundamental tener en cuenta que ALberdi, le da una gran importancia a la seguridad que debe brindar el país para poder atraer población; ya que el sostiene que libertad y seguridad van de la mano. Para el autor, donde haya seguridad y la propiedad sea un hecho inviolable, la población de desarrollará por si misma.

    Lo que me llamo la atención:
    Es como el autor comprende las necesidades que debe brindar una nación para que las corrientes migratorias elijan instalarse, pero además de ello, considero que esta idea debería ser tomada realmente en cuenta en nuestros tiempos, para que todos podamos vivir mejor.

    Preguntas: 1) ¿De que forma obtendría esa gran masa de dinero que provee la aduana, para poder redistribuirla hacia la sociedad?
    2) ¿No considera que actualmente esta idea de seguridad y población colicinan, ya que en las afueras de la CABA existen asentamientos y villas que no poseen esta seguridad, pero aun así no deciden mudarse hacia otro sitio en el cual puedan desarrollarse?
    3) Continuando la pregunta anterior, ¿no considera que además de seguridad, debía existir la fuente de alimento necesaria para que estas personas puedan mudarse, algo que no abunda o al menos encarece día a día?

  32. SISTEMA ECONOMICO Y RESTISTICO DE LA CONF. ARG. J.B.ALBERDI.
    MINGRONE, Noelia.
    GUIA DE DISCUSIÓN: «Alberdi buscaba atraer los recursos escasos: capital y trabajadores. Entonces gobernar era poblar.»
    1º PARTE: RESUMEN: Argentina tenía recursos naturales en abundancia, pero no tenía capitales ni recursos humanos, por lo que quería crear las condiciones para que el capital llegara.
    En materia de población, objeto en la división económica que trata la distribución de las riquezas, vicio de un orden social que se distingue por la desproporción entre la población y las subsistencias.
    Nacen dos grandes opiniones rivales, sobre el medio de distribuir con más equidad los beneficios de la riqueza: 1) La opulencia: «es menester disminuir la población» (Doctina Malthus) y la miseria: » es preciso demoler esas torres de opulencia» (Los socialistas). Ambas soluciones son incompletas por egoístas e impertinentes para América.
    Aquí no tenemos necesidad de impedir que nazca el hombre por temor de que perezca de hambre, porque el alimento sobra, ni deshacer hacinamientos porque no existen. La población en América es de orígen por la escasez. La Constitución Argentina, aspiró a poblar el país, el gobierno no tiene otro fin serio y urgente, que el de poblarlo. La Constitución Argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vió en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país.
    La Constitución creó un sistema de política económica en servicio del desarrollo de la población. En América gobernar es poblar.

    2º PARTE: IMPORTANTE: Alberdi en este capítulo deja ver «la maximización en el empleo de los recursos» y como la población, el hombre, es el recurso económico más vital e importante.
    El hombre como agente de produciión «trabajo» es fuente de riqueza y su desarrollo enmarcado por la libertad plasmada en las disposiciones de la Constitución, llevan al bienestar y al desarrollo de la población.
    Tenemos un país rico en recursos naturales propios, pero queda demostrado en este capítulo que no nos independizamos del todo de Europa, porque necesitamos del recurso del capital que es el que mueve a la tierra y al trabajo.

    3º PARTE: PREGUNTAS AL AUTOR:
    1) ¿Por qué dependemos como país de la inversión de capital europeo si tenemos un país rico en recursos como para generarlo?
    2) ¿Por qué dice que no tenemos recursos humanos, si siempre se contó con el hombre como medio de generar riqueza?
    3) ¿A qué se refiere cuando dice que la Constitución de 1853 su fin ulterior es que a través de la población se consiga la civilización y el bienestar del país?

  33. RESUMEN:
    En esta parte del libro, Alberdi aborda el tema de la población. En primer lugar, hace una comparación con España, mencionando la opulencia y la miseria existentes allí, diciendo que en la Confederación Argentina, a diferencia del caso anterior, se debe aumentar la población para extender el bienestar – fin ulterior de la Constitución Nacional – junto al avance de la civilización. Aquí «no había temor a que no nazcan hombres por el hambre», por ser un país desierto que debe ser poblado.
    Para fomentar la población, existen los métodos directos que son las medidas y expedientes especiales amparadas en las leyes orgánicas de un país, sin embargo, el autor se va a inclinar los métodos indirectos – sistema de instituciones – que son los de más poder y protegen a la población espontánea. Para garantizar la población, se debe otorgar a quienes vengan libertad, igualdad y seguridad como valores (en la práctica se debe derogar el sistema de legislación española). También, a resaltar, menciona a la aduana como instrumento de despoblación ya que considera que si la tarifa aduanera baja va a permitir una mayor corriente de recursos y personas y un menor contrabando.
    Finalmente, habla de que las garantías en cuanto a la seguridad (art. 17, 18 y 19 CN) como la propiedad y la defensa en juicio favorecen a la población esontánea.

    NOVEDOSO/SORPRENDENTE:
    El autor consagró al método indirecto como el medio ideal, aunque destaca el espíritu de hospitalidad hacia el extranjero que muestra la CN – poblar tierras para alcanzar un fin último-.También dice que además de seguir a la CN, se debe complementar la tarea con un cambio respecto de la legislación anterior (España), que tenía el fin absolutamente opuesto – despoblar-.
    También considero novedoso como el autor enuncia a la Aduana y al pasaporte como medios de despoblación: considera que no permite la libertad de comercio que persigue la carta magna y que para que no afecte estos ideales, los impuestos del mismo deben ser más bajos, de ligero trámite y transparente.

    PREGUNTAS:
    ¿Se considera a Argentina un país al cual se debe seguir llamando a poblar actualmente?
    En casos en los que se traspase el límite, ¿qué medidas se pueden tomar para evitar una superpoblación?
    Si la aduana es negativa para el progreso de la industria nacional, ¿ de qué otra forma se la podría proteger?

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