Alberdi define el Sistema económico de la Constitución y pregunta: ¿la riqueza la crea el Estado?

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos el texto de Juan Bautista Alberdi “El Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” donde el autor, quien inspirara nuestra Constitución, explica cuál es su contenido económico.

Alberdi 3

En principio, afirma que esta Constitución contiene un “sistema de política económica”. Tan sólo observar superficialmente la historia argentina nos da cuenta que este sistema no se sostuvo, aunque aún rige la Constitución con algunos cambios. Y así nos fue…

“La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos. Toda la materia económica se halla comprendida en estas tres grandes divisiones de los hechos que la constituyen.”

Luego comenta las distintas escuelas económicas. La mercantilista y la socialista no ‘pertenecen’ a este texto, y no tanto la fisiócrata. Distinto es la ‘industrial’:

“En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución”.

El país se encuentra, según Alberdi, en la pobreza. ¿Cómo y quién podrán sacarla de esa situación?

“En efecto, ¿quién hace la riqueza? ¿Es la riqueza obra del gobierno? ¿Se decreta la riqueza? El gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción, pero no es obra suya la creación de la riqueza.

La riqueza, es hija del trabajo, del capital y de la tierra; y como estas fuerzas, consideradas como instrumentos de producción, no son más que facultades que el hombre pone en ejercicio para crear los medios de satisfacer las necesidades de su naturaleza, la riqueza es obra del hombre, impuesta por el instinto de su conservación y mejora, y obtenida por las facultades de que se halla dotado para llenar su destino en el mundo.

En este sentido, ¿qué exige la riqueza de parte de la ley para producirse y crearse? Lo que Diógenes exigía de Alejandro; que no le haga sombra. Asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre; no excluir de esa libertad a ninguno, lo que constituye la igualdad civil a de todos los habitantes; proteger y asegurar a cada uno los resultados y frutos de su industria: he ahí toda la obra de la ley en la creación de la riqueza. Toda la gloria de Adam Smith, el Hornero de la verdadera economía, descansa en haber demostrado lo que otros habían sentido, – que el trabajo libre es el principio vital de las riquezas.

La libertad del trabajo, en este sentido, envuelve la de sus medios de acción, la tierra y el capital y todo el círculo de su triple empleo -la agricultura, el comercio, las manufacturas,- que no son más que variedades del trabajo.

Según esto, organizar el trabajo no es más que organizar la libertad; organizarlo en todos sus ramos, es organizar la libertad agrícola, la libertad de comercio, la libertad fabril. Esta organización es negativa en su mayor parte; consiste en la abstención reducida a sistema, en decretos paralelos de los del viejo sistema prohibitivo que lleven el precepto de dejar hacer a todos los puntos en que los otros hacían por sí, o impedían hacer.”

 

62 pensamientos en “Alberdi define el Sistema económico de la Constitución y pregunta: ¿la riqueza la crea el Estado?

  1. Resumen

    La Constitución Nacional garantiza la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción. La economía es universal. La economía es universal, cuando estudia los hechos económicos en su generalidad filosófica, y nacional o práctica, cuando se ocupa de las modificaciones que esos hechos reciben de la edad, suelo y condiciones especiales de un país determinado. Aquélla es la economía pura: ésta es la economía aplicada o positiva.

    Hay tres elementos que forman la riqueza: 1°) Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital. 2°) El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril. 3°) Los productos de la aplicación de esas fuerzas.

    La escuela mercantil sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo, representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria. Es similar a la economía socialista, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Ambas tienden a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza. Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución Nacional.

    La escuela physiocrática o de los economistas, flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero profesó la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: “Dejar hacer, dejar pasar”, por toda intervención en la industria.

    La gran escuela industrial liberal de Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones: agricultura, comercio, fábricas, como el principio esencial de toda riqueza.

    Aspectos relevantes

    Sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado. España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad. La escuela mercantil y la economía socialista son opuestas a la doctrina económica liberal que busca la Constitución Nacional. La escuela industrial de la libertad de Adam Smith es la mejor, por proclamar la absoluta y completa libertad, por ende debe ser la empleada por la doctrina económica de nuestra Constitución Nacional. La Constitución Nacional ha consagrado el principio de la libertad económica, por ser tradición política de la revolución de mayo de 1810 contra la dominación española, que hizo de esa libertad el motivo principal de guerra contra el sistema colonial o prohibitivo. La libertad de comercio con Inglaterra, que el virrey aceptó, le dió rentas a la Nación para enviarlo al otro continente. El gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción, pero no es obra suya la creación de la riqueza. Gobernar, es manejar la suerte de todos.

    Preguntas:

    1º) Alberdi: ¿Supongamos que renacieras, triunfaras en las elecciones presidenciales y tuvieras mayoría parlamentaria, qué soluciones institucionales tomarías para acercar nuestra actual Nación a tus ideales?

    2º) Alberdi: ¿Habría alguna forma de llegar a estimar cuántos años serían necesarios por medio de las soluciones institucionales para revertir todas las catástrofes económicas que se llevaron a cabo en los últimos 80 años?

    3º) Alberdi: En tu opinión personal, ¿Cuáles consideras que fueron los motivos que desencadenaron tomar esas nefastas decisiones económicas y políticas de los últimos 80 años?

  2. Resumen:
    La Constitución argentina recepta la teoría económica de Smith. Por un lado, la idea de la libertad de trabajo y, por otro lado, la del trabajo libre como fuente de toda riqueza. Regula tres elementos: La producción, la distribución y el consumo público. En todos estos elementos, establece la libertad como principio, organizada negativamente por medio de la abstención, interviniendo el Estado a través de la ley únicamente para hacer efectiva esa libertad. Esta organización negativa de la libertad asegura el trabajo libre, conjuntamente con la libre distribución de la producción, correspondiendo a cada productor su producto. En lo que respecta al consumo público, la legislación debe establecer un sistema en el que los impuestos terminen conformando un beneficio y no un perjuicio para los contribuyentes.

    Elementos Nuevos:
    La Constitución argentina no sólo recepta una teoría económica, sino que recepta la teoría económica del mismísimo Smith, lo cual muchos de quienes estudiamos la Constitución después de que los constituyentes de las distintas enmiendas, con negligencia, o temeridad, ignoraran la admonición de Alberdi, soslayamos inadvertidamente.

    Preguntas al Autor:
    1) ¿La Constitución de 1853 sufría de defectos estructurales que hicieron posible que se dejaran de lado los preceptos económicos establecidos por ésta, o ninguna legislación podría nunca estar completamente blindada en este sentido?
    2) ¿Cuál es el grado de compatibilidad entre la teoría económica de Smith receptada por la Constitución y las disposiciones del Artículo 14 Bis?
    3) ¿Las sucesivas crisis económicas que tuvo la Argentina durante las últimas décadas fueron originadas, en mayor o menor medida, por una indiferencia del Estado respecto de estos principios económicos?

  3. En su introducción, Alberdi determina que en la Constitución Nacional argentina podemos encontrar un sistema completo de política económica ya que la misma garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra; y es en este concepto de libertad que el autor determina la base para la prosperidad y la riqueza de las naciones. La Constitución Nacional pertenece dice el autor, a la doctrina económica de la escuela physiocrática y a la escuela industrial de Adam Smith, quiénes siguen la fórmula: «dejar hacer, dejar pasar»; propagando de esta manera la libertad del trabajo como fuente para el aumento de la riqueza, la cual se ve reducida por el consumo, tanto privado como público; y es solo en éste último donde el Estado puede entrometerse aplicando reglas y garantías. El conjunto de éstas forman lo que se conoce como «sistema rentístico y financiero de la Confederación».

    Considero que lo esencial que se plasma en la introducción es lo relativo a la libertad económica como base para la creación de la riqueza. Alberdi lo plasma muy bien al explicar que la riqueza es hija del trabajo, del capital y de la tierra; y como estas fuerzas son facultades del hombre, la ley debe asegurar una entera libertad al uso de esas facultades productivas del hombre: el trabajo libre es el principio vital de las riquezas. Por lo tanto, se opone a la organización del mismo porque organizarlo no es otra cosa que organizar la libertad.
    Casi al final del texto, exige la existencia de una correcta distribución del proceso productivo ya que si el productor no recibe la parte que le corresponde, deja de trabajar y la riqueza recae. Por lo tanto el tema central que plantea el autor es libertad económica sumado a la distribución o repartición correcta de la riqueza entre los que han colaborado para producirla.

    1. ¿Hasta qué punto es posible la libertad económica planteada en el texto?¿Existe algún tipo de límite para que la misma no genere fines no buscados?
    2. Frente a la desviación de los principios plasmados en la Constitución Nacional, ¿cuál sería la mejor solución para evitarlo?
    3. Comparando lo establecido en nuestra Constitución con la realidad económica del país, ¿podría decirse que la disminución de las riquezas a lo largo de los años se produjo debido a la intervención estatal en el manejo de los recursos de los ciudadanos? o ¿fue producto de la mala administración de los habitantes de esta «libertad económica»?

  4. Resumen

    Alberdi presenta su escrito como un trabajo de economía aplicada, es decir que busca anclarse en la edad, suelo y condiciones especiales de un país determinado. Parte desde la filosofía y las disposiciones de la Constitución Nacional para pensar la política económica tendiente a generar un país rico.
    Señala que la riqueza proviene de: 1) los factores productivos, trabajo, capital y tierra, 2) la aplicación de los factores, 3) los productos de la aplicación de esos factores. Desde este punto de partida nacen diferentes escuelas en función de la disyuntiva entre la regulación y la libertad. El autor busca como guía la filosofía de la Constitución Nacional. En ese sentido, señala que la escuela económica que reside en la Carta Magna es aquella de la libertad económica.

    Destacado

    Una de las cuestiones más interesantes es el hecho de que Alberdi adopte la decisión de pensar en nacional, es decir, no en búsqueda de formulaciones abstractas sino con el compromiso de arrojar luz sobre las necesidades y cuestiones particulares de la tierra para la que escribe.
    Del mismo modo es interesante cómo articula la ciencia económica con la jurídica, y más aún, como va a buscar en la norma jurídica preceptos que guíen la acción para la planificación de la política económica.

    Preguntas al Autor

    Siendo que reconoce la autoridad de Mariano Moreno para su generación económica, ¿Qué opina de su Plan Revolucionario de Operaciones, que formula un fuerte rol del Estado en la economía?

    Dada su filosofía económica de restringir la actividad del Estado en la planificación económica para no generar monopolios, ¿No existe la posibilidad de que fuertes capitales concentrados dominen la gran mayoría del mercado?

    ¿Cómo se relaciona el postulado del laissez faire con la soberanía?

  5. Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina
    Introducción
    Es un sistema completo de política económica que garantiza la libre acción de trabajo, del capital y de la tierra. Alberdi enumera los tres elementos para la formación de la riqueza. Y menciona las 4 escuelas de Economía Política: la escuela mercantil: que solo veía la riqueza en el dinero, la escuela económica socialista: sus bases sobre un nuevo orden social. La escuela psysiocratica: representada por Quesnay y la gran escuela industrial: de Adam Smith que proclama el trabajo libre y la dignidad del trabajo, a la que considera que pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina. Dice que la riqueza es hija del trabajo, del capital y de la tierra y asegura que la tierra exige una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre. Pero la misma exige que se le asegure una entera libertad, al uso de las facultades productivas del hombre. Para él la libertad económica no es la libertad política y considera que el aliciente más poderoso es la introducción de hombres y capitales extranjeros para así nutrir a otras libertades.
    Alberdi y su famosa frase “Gobernar es poblar” alega a la necesidad de la inmigración. Divide la libertad económica: trabajar, adquirir y la libertad política: es gobernar, votar. Plantea la Ley de Say : “ toda oferta crea su propia demanda y para demandar primero hay que producir y luego consumir». Para él es menester salir de pobre y tener un hogar, instrucción, gobierno, libertad, dignidad y civilización, algo que en nuestros días de ha perdido. Plantea el tema de cómo se reparte o distribuye y a su vez la cooperación, que el que no recibe lo que le corresponde se desmotiva y cada vez colabora menos. Es muy valioso el aporte que realiza Alberdi teniendo en cuenta que no contaban con los medios y tecnología que tenemos hoy. Y sin duda llama la atención la visión que tuvo, podemos decir que cualquier similitud con la realidad es pura coincidencia.
    ¿Puede funcionar la colaboración en nuestros días?
    ¿Cree que en la escuela industrial aun descansa la Constitución Argentina?
    ¿Qué es la riqueza para usted?

  6. En su obra Alberdi organiza la política económica a través de la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra como agentes de la producción. Cree fundamental el establecimiento de límites al consumo público para que no se devore las riquezas de nuestro país. Le da vital importancia a las rentas como camino hacia la prosperidad. Entiende que la estructura para lograr la riqueza se compone del trabajo, la tierra y el capital que serán aplicadas en la agricultura, el comercio y la industria fabril, y por último el producto, resultado de la aplicación de esas fuerzas. Nuestra Constitución Nacional se encuentra ligada a los postulados de Adam Smith y es en base a ella que adopta la libertad económica (en un inicio tradicionalmente contra la dominación española pero también porque nuestras tierras se encontraban desiertas). Consideraba que las prohibiciones o limitaciones eran negativas. La libertad será el gran manantial de riqueza del país. Decía que era necesario que el pobre abandone esa condición para tener hogar, instrucción, gobierno, libertad, etc. Por lo tanto, creía que la riqueza haría posible todo eso. El rol de la ley es justamente garantizar la libertad en la distribución, producción y consumo.
    Fue novedoso o más bien sorprendente para mi fue encontrar que Alberdi, hace muchísimos años atrás ya preveía las futuros descarrilamientos del poder. En su obra Alberdi que advertía que la constitución establecía EL camino a seguir en cuanto a la doctrina económica: “Ellos (los gobernantes) no pueden seguir otros principios, ni otra doctrina económica que los adoptados ya en la Constitución, si han de poner en planta esa Constitución, y no otra que no existe”. Ya preveía los descarrilamientos que podrían acontecer y que efectivamente acontecieron. Dice también que el legislador solo tiene que estudiar para seguir estos principios de forma obligatoria. Plasmo en su libro que Ensayar nuevos sistemas es desviarse de la Constitución y echar al país en el desorden y en el atraso. También me llamo la atención que Alberdi aclara que estos rumbos son los que los gobernantes deben adoptar sin importar el sistema o partido político anterior. Pareciera que ya tenía en su mente que la continuidad de las políticas(independientemente de los gobiernos) que se llevan a cabo posibilitara el crecimiento del país.

    Si pudiese preguntarle a Alberdi, me gustaría saber cuál es su opinión, o en que parte de su esquema económico aparece la propiedad intelectual?(Científicos, Inventores, escritores, etc.) Ya que los mismos son importantes hoy en día para lograr procesos más efectivos, cultivos más resistentes, agilizar procesos, etc.)
    ¿Qué opina sobre otras formas de obtener riquezas a partir de la inversión en acciones en la bolsa, vivir de retas cobrando alquileres y otras formas de lograr obtener dinero, que están lejos de los ejes que el plantea?
    ¿Cree que es necesario diversificar las fuentes de riquezas del país? ¿De qué manera? Supongo que la industria y el campo son dos de las opciones, pero ¿incorporaría alguna otra? (la diversificación como forma de asegurarse el progreso en caso de que alguna de fuentes de riqueza no esté funcionando como corresponde. Ej: tensiones con el campo.)
    Sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado.

  7. Alberdi, al inicio de su obra, hace referencia a que la Constitución Federal Argentina de 1853 consagra, fundamentalmente, el principio de libertad económica. También hace mención a las principales escuelas en que se divide la economía política: mercantil, socialista, fisiocrática e industrial. Las dos primeras se oponen a la doctrina económica en que descansa la Constitución Argentina y, por ende, a la visión de Alberdi, mientras que es a la escuela industrial, a la que pertenece la doctrina económica de la Constitución, siendo la misma afín a la escuela fisiocrática. Estas condenan el proteccionismo y la intervención estatal en la producción. Alberdi considera, además, que existen distintos elementos que componen la riqueza: los factores de producción: trabajo, tierra y capital; las industrias: agricultura, fábricas y comercio; y, finalmente, los productos. Es a través de la Constitución Argentina que se establecen los derechos y garantías de dichos factores de producción con el fin de asegurar las fuentes de riqueza. Y pese a que la misma no es obra del gobierno, este cuenta con el poder de ayudar a su creación o dificultarla.

    Alberdi hace amplia referencia a los tres grandes temas económicos: producción, distribución y consumo, distinguiendo a este último en público y privado, procurando respecto al primero que la riqueza sea bien distribuida, y asegurando la libertad respecto al segundo. Un concepto que el autor constantemente destaca es el de libertad económica. La Constitución Argentina busca garantizar la misma ya que es la que permite la producción y, por ende, la generación de riquezas. Pero también hace referencia a que en materia de educación, el gasto público puede tener importante presencia.

    Entonces, a partir de la lectura realizada, me surgen ciertas preguntas para el autor tales como: teniendo en cuenta el contexto actual, ¿Cree que deberían realizarse reformas a la Constitución Argentina? Aun hoy en día, ¿El eje central de la misma debe de ser la libertad económica? Y ¿Está de acuerdo, en base a la preponderancia que le otorga a tal principio, por ejemplo, con las trabas a las importaciones?

  8. RESUMEN:

    La Constitución Nacional habla de «libertad» ya sea para trabajar, producir, vender, como también para elegir de que manera hacerlo. Alberdi sostiene que para lograr la riqueza es necesario que el trabajo se aplique en la agricultura, el comercio y las industrias. De esta forma, con el trabajo de las personas, es que el estado también puede subsistir. Así se comienza a financiar un estado, creciendo así la población ergo la producción generandole ingresos al mismo. Es como una rueda de funcionamiento estatal.
    El productor al producir algo y ser de él, éste se emerará para ir mejorándolo y aumentando su producción constantemente.
    La Constitución Nacional tiene plasmada ideales y principios de la libertad económica, aquellos que Adam Smith sostenía.-

    Opinión personal:
    Todo esto es destacable, ya que se comprende que la propiedad privada de dicha producción generará aspectos positivos y motivadores del productor para mejorar y aumentar su producción, la que beneficiará al estado y como éste se financiara a través de la producción/venta/consumo de dichos productos. El derecho se entromete en la economía tratando de generar confianza y reglas claras para que este sistema funcione. No me queda muy claro cual es el papel que juega la industria en nuestro país, una olvidada y poco financiada a mi entender.

    Preguntas:
    1) ¿La libertad económica es tal en el mercado diario?
    2) ¿Es realmente de uno todo lo que produce, o con el afan de recaudar a veces el estado retiene parte de la producción para sus propias arcas?
    3) ¿Debería modificarse la base de la Constitución Nacional en el ideal de libertad económica? ¿Cual adoptaría?

  9. Resumen
    Alberdi sostiene que la Constitución Federal Nacional incorpora el principio de la libertad económica, conforme a la Escuela Industrial de Adam Smith, a raíz de la revolución de mayo de 1810, y el sistema de política económica garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como principales agentes de la producción. En la introducción explica que quiere plasmar en su libro la Economía aplicada o positiva, la cual se ocupa de las modificaciones de los hechos económicos: por la edad, las condiciones de especialización, en un país determinado, distinta de la Economía Pura que solo estudia los hechos de manera general.Sostiene que la política económica es un caos, un litigio interminable, dice que la riqueza tiene el objeto de satisfacer necesidades y que el consumo es el fin de la riqueza.

    Lo más importante
    El principio de libertad económico plasmado en la constitución,contiene un sistema completo de política económica, considera que la ley nada tiene que hacer en los consumos privados. Tiene una visión de derecho negativo, en el sentido de que el derecho debe abstenerse de interferir en el derecho del otro. Existe una vinculación entre la producción y distribución con el objeto de la riqueza: satisfacer las necesidades de los hombres. Alberdi dice que su libro es más de política económica que de economía política y diferencia que la libertad económica no significa la libertad política, ya que, gobernar es manejar la suerte de todos.
    Al legislador, hombre de estado le toca estudiar economía de la Constitución, como guía obligatoria y dice que al ser un caos la economía política, es fácil que alteren sus principios.

    Preguntas al autor:
    1- ¿ Si el Estado interviene en la economía en esa época, por ejemplo producto de una crisis, viola la constitución?
    2- ¿ En base a que números de artículos de la Constitución Federal se baso Alberdi para afirmar el principio de libertad económica, y así poder comparar con la constitución actual?
    3- Si la economía política es un caos, ¿se refiere a los constantes cambios, información dispersa existente?

  10. Resumen
    Alberdi en el texto de la introducción nos comenta que la Constitución Nacional presenta un sistema de política económica completo relacionando la libre acción del trabajo, el capital y la tierra con los agentes de la producción, la distribución de la riqueza y los consumos públicos.
    Establece que la riqueza es importante al momento de conseguir que la Nación crezca.
    Explica que hay tres elementos que confluyen a la configuración de la riqueza que son tanto los agentes productores (trabajo, capital y tierra); el modo de aplicar estas fuerzas (agricultura, comercio e industria fabril) y los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    Seguido, comenta acerca de las cuatro principales escuelas económicas donde se encuentran:
    – la escuela mercantil, protagonizada por Colbert que seguía un sistema protector y restrictivo
    – la economía socialista: donde el Estado es intervencionista en la organización de la industria
    – la escuela physiocrática, representada por Quesnay, y
    – la escuela de Adam Smith.
    Estas dos últimas se basaban en la libertad como principio de política económica. Y nuestra Constitución se asemeja a la última de las escuelas, proclamando el principio de libertad económica para lograr así la prosperidad del país.
    La riqueza surge para satisfacer las necesidades de los hombres, así ésta es obra de los mismos. Es necesario que la ley permita la libertad del hombre de producir, no excluyendo a ninguno y asegurando los resultados de su esfuerzo. El trabajo libre es esencial para la riqueza.
    Nuestra Constitución asimila la libertad económica a la libertad civil.
    El sistema rentístico o financiero de la Confederación surge al garantizar que el gasto del Estado no abrase la riqueza del país, que el Tesoro nacional se aplique en utilidad de la Nación y que no perjudique a los contribuyentes.

    Aspectos relevantes
    Considero que lo más importante de la introducción es cómo nuestra Constitución Nacional continúa la línea de Adam Smith, en cuanto a la libertad en relación al trabajo y cómo desde entonces se han cambiado las políticas económicas del país, dejando completamente de lado. Llama mi atención, por otra parte, cómo el autor considera que adoptar o ensayar un sistema distinto sería llevar el país al desorden, y me permite compararlo con los monopolios legales, donde estructurarnos a una sola cosa, impide la innovación de ideas.

    Alberdi ¿se le podría ocurrir un sistema diferente al plasmado en la Constitución Nacional que resultare más efectivo?
    ¿Por qué los gobiernos adoptan políticas económicas diferentes a la Constitución Nacional si esta los guía para que el país prospere?
    ¿Cuál podría ser un cuarto elemento para generar riqueza?

  11. Alberdi confirma que la Escuela a la que pertenece nuestra Constitución es la Escuela Industrial de Adam Smith que tenia como principio esencial de toda riqueza a el trabajo en todas sus aplicaciones. El autor considera que la riqueza importa a la prosperidad de la Nación, y que los elementos que la forman son las fuerzas o agentes de producción, el modo de aplicación de la fuerza, y los productos de la aplicación de esas fuerzas. Por tales motivo considera que «la riqueza es hija del trabajo, del capital y de la tierra… la riqueza es obra del hombre». Esta riqueza exige a la ley entera libertad para su producción, distribución y consumo, solo acepta que se puede establecer reglas y garantías para los consumos públicos, y de esta forma evitar que estos se devoren la riqueza del país. Estas garantías forman el sistema rentístico o financiero de la Confederación. Es decir la intervención de la ley en la producción, distribución y consumo de la riqueza publica y privada se reduce pura y sencillamente a garantizar su mas completa independencia y libertad.
    Es interesante comparar que pasaría si la ley modifica la forma de producción, distribución, y consumo, es decir si deja de lado la libertad y somete a la riqueza a un determinado sistema de distribución, lo cual afectaría la forma de producir, ya que dejaría de cumplir su objetivo que es satisfacer las necesidades del hombre, o si la ley no pone limite al consumo publico lo cual provocaría la destrucción de las riquezas del país. Alberdi considera que salirse de la doctrina en la que se creo la Constitución es destruir el país, y por eso me pregunto ¿Qué opinaría él del modelo actual de gobierno, donde se condiciona la forma de distribución de las riquezas y no tiene limites el gasto publico? ¿Cuál seria el formato la Constitución si se redactara en este momento y él estuviese de acuerdo con este sistema económico? y por último ¿Cómo seria si se redactara en este momento pero con una ideología neoliberal?

  12. En la introducción del libro nos encontramos en primer lugar que Alberdi nos hinca en la noción de que la Constitución Federal contiene un sistema completo de política económica al garantizar, la libre acción del trabajo, del capital, y la tierra, elementos que conforman la riqueza, al preguntarse quien hace la riqueza, nos dice que es obra del hombre como respuesta a sus con el objeto de satisfacer las necesidades.
    Le da la directiva a los legisladores que a la hora de legislar deben tomar por guía obligatoria los principios económicos de la Constitución, que no seguirlos implicaría llevar al país al desorden y al atraso.
    Nos dice que la Constitución, consagro el Principio de Libertad Económica, siguiendo a la Escuela Industrial de Adam Smith que profesaba la dignidad del trabajo libre, como el principio esencial de toda riqueza. Esta riqueza exige por parte de la ley que «no le haga sombra», es decir, asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre. Destaca que organizar el trabajo es organizar la libertad la cual es un Derecho Negativo manifestado en un «dejar hacer».
    En cuanto a la Distribución, nos dice que se lleva a cabo en virtud de lo que se produjo; que si el productor no percibe la parte que le corresponde, trabajara débilmente y como consecuencia la riqueza caera, y con ella la prosperidad de la Nación. Para evitarlo es preciso que cada productor sea dueño de la utilidad correspondiente al servicio de su trabajo, de su capital o de su tierra, en la producción de la riqueza común y partible.
    Finalmente hace la distinción entre Consumo publico y privado, diciendo que nada tiene que hacer el Estado en el consumo privado, pero en cuanto al publico puede establecer reglas y garantías para que estos no devoren la riqueza del país.
    En conclusión establece que tanto en la Producción, la Distribución y el Consumo requieren por parte de la ley la máxima libertad.

    Preguntas:
    ¿ En que medida se desvió la Nación de los principios establecidos por la Constitución de 1810?, ¿Cual cree Usted que es el camino para retornar a esos principios? y Viendo la Nación de esta época ¿Sigue sosteniendo los mismos principios?

  13. RESUMEN

    Alberdi coincide con Adam Smith en que la riqueza tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre; y de allí parte para establecer los tres elementos que concurren a la formación de la riqueza: 1- Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital; 2- El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril; 3- Los productos de aplicación de esas fuerzas. Más adelante, marca que una vez que la riqueza existe es necesario establecer como se distribuye entre sus productores, y si el productor no percibe la parte que le corresponde por su colaboración, dejará de colaborar en lo sucesivo; es por esto que también debe haber total libertad en la distribución de los provechos, dejándola librada a la voluntad de cada uno. Finalmente, deja asentado que el consumo es el termino de la riqueza, y la ley nada tiene que hacer en los consumos privados, pero sí podrían establecerse reglas para que el Tesoro Nacional en bien y utilidad de la Nación y no en daño de los contribuyentes, estas garantías forman el sistema rentístico o financiero de la Confederación.

    ASPECTOS RELEVANTES

    Alberdi reconoce que es dentro de la escuela industrial de Adam Smith adonde pertenece la Constitución Argentina de 1853, por consagrar el principio de la libertad económica, que ya venía forjándose desde la Revolución de 1810 con la necesidad imperiosa de liberarnos económicamente de España para, por ejemplo, poder celebrar el comercio con Inglaterra, ya que las demás libertades (gobierno, instrucción, civilización, etc) se adquieren y se conservan por medio de la riqueza; y al garantizar: 1- La libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción; 2- Ratificar la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza; 3- Encerrar en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.

    PREGUNTAS

    ¿Considera que, con las reformas hechas a la Constitución Agentina, aún se mantienen los principios sentados por la escuela industrial de Adam Smith?
    ¿Considera que con las políticas económicas restrictivas implementadas por el gobierno en los últimos años se está estorbando a la producción de la riqueza? Y de ser afirmativa su respuesta, ¿cómo podríamos revertir esta situación?

  14. Alberdi se encuentra ante una situación de un país sin prosperidad. Primero analiza los factores generadores de la riqueza, llegando a la conclusión de que no es el Estado quien la provee, sino el trabajo libre en todas sus condiciones. La ley debe garantizar de no estorbar esta generación de riqueza, de aquí nace la igualdad civil y la propiedad privada (incentivos).
    Argumenta que la Constitución Nacional, en forma dispersa en su articulado, garantiza dicha independencia y libertad de la ley, respecto de los factores de generación de riqueza. Esgrime que nada debe hacer la ley en el consumo privado, pero si debe reglar el consumo público para evitar que el Estado obre contra la prosperidad económica y, por ende, contra los contribuyentes.

    ¿Existe la idea del equilibrio? ¿Es posible? ¿Podemos hablar de libertad cuando existe intervencionismo? Esas son las tres preguntas que le formularía a Alberdi.

    Alberdi habla de la libertad del individuo como motor para la generación de riqueza. Hoy en día «interés empresario», «egoísmo» y «capitalismo», son solo peyorativos. En algún momento se creyó que la fuerza humana era la medida de su espíritu para transformar la materia y crear prosperidad en la propia vida. Luego quisieron «salvar» al capitalismo. Ahora la sociedad actúa como si los recursos necesarios para la subsistencia hubiesen existido siempre en dicho estado en la naturaleza. Estamos en la época del temor ante la posibilidad del individualismo. Creemos que es necesaria la protección de un Estado superior. Alberdi postula que debemos ser más fuertes con el tiempo. Nos hemos vuelto más débiles.

  15. Resumen:

    El objetivo del escrito de Alberdi es el estudio de la economía aplicada y política económica, entendiendo que la teoría económica (la libertad del trabajo) ya esta establecida en la Constitución. Ensayar nuevos sistemas económicos es desviarse de ella y conducir al desorden, y esto suele darse cuando el legislador es influenciado por doctrinas económicas distintas a la que inspiró las disposiciones constitucionales.
    En un breve análisis de las cuestiones que diferencian a las escuelas, Alberdi demuestra que la discusión suele centrarse en la necesidad de la intervención estatal: por un lado, la escuela mercantil y la socialista; por el otro, la fisiocrática y la industrial. Esta ultima escuela, fuente de la filosofía de la Constitución, proclama la dignidad del trabajo, y a la libertad económica como el camino a la prosperidad argentina. La riqueza, necesaria para el desarrollo nacional, no puede ser creada por el gobierno sino que produce por si misma, cuando el primero no la estorba: el trabajo libre es el principio vital de las riquezas.

    Me resulta novedosa e interesante la vinculación que el autor realiza entre la apertura del comercio de Inglaterra con los hacendados de la colonia, y la eventual expulsión del virrey. En definitiva, le esta reconociendo a la percepción de rentas un papel prácticamente revolucionario. Sin embargo, me genera un interrogante que desarrollo a continuación.

    Preguntas:

    El autor menciona que la libertad y la no-intervención en la producción son presupuestos de la generación de la riqueza. Sin embargo, y según sus propias palabras, parecería que en el caso español (mencionado en el párrafo anterior) fue precisamente la apertura comercial la desencadenante de la pérdida de sus colonias, y con ellas, las ganancias que generaban a la Corona. Por su parte, el Imperio Británico, considerado el más rico de la historia, supo mantener sus conquistas hasta mediados del siglo XX a base de la dominación económica, social y política. ¿Cómo conciliaría Alberdi esta contradicción entre la teoría y los hechos?

    Por otro lado, en lo que refiere a la distribución de las riquezas, las rentas suelen superar a las remuneraciones al trabajo. Aquellas requieren indispensablemente el respeto a la propiedad privada, lo cual supone un Estado que la proteja. ¿No representa la propiedad privada (y su protección estatal) un límite a la libertad del trabajo? ¿Qué sucede si un hacendado decidiera no trabajar sus tierras, o trabajarlas de modo ineficiente?

    Alberdi entiende que las diferencias entre los hombres son causal suficiente para justificar el limite a la libertad política. Pero si aceptamos que algunos hombres son más capaces que otros, ¿no es eso un argumento en contra de la irrestricta libertad económica?.

  16. Resumen

    Alberdi, en la introducción de su texto “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” refiere a la Constitución Nacional Argentina de 1853, la cual garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra. La libertad económica es un principio fundamental derivado de la teoría de Adam Smith, que podemos encontrarlo por ejemplo en la producción, la distribución y el consumo público. En cuanto a este último Alberdi indica que es de gran importante establecer límites para que no se pierdan las riquezas del país. Es a través de este principio que se lograra obtener prosperidad y la riqueza de las naciones. El autor explica que la riqueza proviene de tres factores productivos: trabajo, capital y tierra; la aplicación de los factores y los productos de la aplicación de estos factores. Es con esta base que surgen cuatro escuelas: la escuela mercantil, la escuela económica socialista, la escuela psysiocratica y la escuela industrial. Esta última es la adoptada por la doctrina económica de la Constitución, basada en la dignidad del trabajo y el trabajo libre.

    Aspectos relevantes:

    Considero como uno de los aspectos más relevantes el hincapié que hace el autor sobre el principio de libertad económica proclamado por nuestra Constitución Nacional, basándose en la teoría de Adam Smith como base de la riqueza, y es fundamental que exista una distribución correcta de la riqueza. De esta manera logra una muy buena combinación entre la economía y el derecho, indicando que son las normas las que deben asegurar libertad al hombre respecto de sus facultades productivas, es decir el libre trabajo.

    Preguntas:

    1-¿Podría afirmarse que la intervención del estado en la economía Argentina es la causa principal de tantas crisis que hemos sufrido?
    2- ¿Se puede decir que el principio de libertad económica establecido en la constitución Nacional de 1853 se ha puesto en práctica por nuestro país?
    3- En caso de que los hechos demuestren una respuesta negativa a la pregunta anterior, ¿cuál sería el modo de remediarlo?

  17. La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica que: garantiza la libre acción de los agentes de la producción, asegura la distribución de la riqueza generada por éstos y limita los consumos públicos.
    Este sistema está pensado para construir una Nación próspera, cuya riqueza hace a la existencia misma del estado. Para ello consagra el principio de la libertad económica, siendo el fin de la ley garantizar la independencia y la libertad en la producción, distribución y el consumo.
    Para evitar que el legislador se desvíe de estas premisas debe tener siempre presente la escuela de libertad económica de autores como Quesnay, Adam Smith, Juan Bautista Say.
    Me parece importante la idea básica de que la riqueza viene de la libre acción de los agentes de la producción. La conciencia de que a través de las leyes se puede desvirtuar el espíritu de la Constitución, como si hubiera intuido lo que ocurriría a posteriori, y también la convicción de que no habría crecimiento económico sin un marco institucional que lo respalde y propicie.
    Le pregunto Dr. Alberdi, viendo cómo hoy en día las regulaciones redujeron casi a letra muerta los principios de libertad consagrados en nuestra Constitución, modificaría algo en ella para limitar la posibilidad de que los gobernantes los desnaturalicen? Porqué creyó que los legisladores y publicistas se iban a atener a los ideales que Ud. plantea y no tratarían de plasmar otros a los cuáles ellos eran fieles? Cree que tal vez el aporte cultural de los inmigrantes pudo haber sido uno de los factores del apartamiento de esas ideas?

  18. SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA.
    INTRODUCCIÓN
    La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.
    La Constitución es, la expresión de una revolución de libertad, la consagración de la revolución social de América. Y, en efecto, la Constitución ha consagrado el principio de la libertad económica porque convenía esencialmente a las necesidades de la desierta República Argentina, para escapar del desierto, de la pobreza y del atraso ¿Qué exige la riqueza de parte de la ley para producirse y crearse? Asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre; no excluir de esa libertad a ninguno, lo que constituye la igualdad civil de todos los habitantes; proteger y asegurar a cada uno los resultados y frutos de su industria.
    La ley puede establecer reglas y garantías para que los consumos públicos o gastos del Estado no devoren la riqueza del país; para que el Tesoro nacional, destinado a sufragarlos, se forme, administre y aplique en bien y utilidad de la Nación, y nunca en daño de los contribuyentes. El conjunto de estas garantías forma lo que se llama el sistema rentístico o financiero de la Confederación. He ahí todo el ministerio de la ley, todo el círculo de su intervención en la producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada: se reduce pura y sencillamente a garantizar su más completa independencia y libertad, en el ejercicio de esas tres grandes funciones del organismo económico argentino.

    PREGUNTAS:
    1) ¿Que tipos de reglas se pueden establecer para que los consumos públicos no devoren la riqueza del país?
    2) ¿Cómo se produce la riqueza?
    3) ¿Cómo interviene la ley en la producción de la riqueza?

  19. RESUMEN:

    La Constitución Nacional Argentina, dice Alberdi, contiene a través de sus disposiciones un sistema económico que garantiza el libre intercambio de todos los factores de producción: tierra, capital y trabajo. Explica, que esta organización es determinante ya que permite producir la base de la sustentación del Estado: riqueza. En ella, sienta los ejes que han de seguirse en materia económica, de manera que el legislador tendrá que crear leyes teniendo en cuenta los parámetros económicos allí establecidos, sin apartarse hacia otras teorías (de las cuales hace una breve mención y explicación en la introducción), ya que de hacerlo, llevarían al desorden y atraso. Su faro, son las ideas de Adam Smith. La libertad económica, asimilada a la libertad civil, es clave para lograr el proceso de riqueza, y como prerrequisito debe haber propiedad privada. El rol de los preceptos constitucionales económicos es coordinar producción, distribución y consumo respetando siempre las ideas antes mencionadas.

    Comentario:

    Nunca había leído nada sobre Alberdi, y realmente me sorprende lo visionario que era respecto a sus ideas (o quizás es que no le hicieron mucho caso y por eso nos encontramos prácticamente en el mismo lugar). De todas maneras, cualquiera sea la respuesta, destaco su premisa fundamental para poder lograr riquezas: libertad económica. Y libertad entendida en todos los aspectos, tanto producción, consumo, y además intercambio. Iluminado entendedor para su época respecto de la propiedad privada como requisito trascendental para poder generar incentivos. Y fundamentalmente, me gustaría quedarme con una frase que, a mi entender, describe a la perfección la actualidad: «El gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción, pero no es obra suya la creación de la riqueza»

    Preguntas:

    1- ¿Como explica usted las continuas crisis cíclicas, en períodos más cortos de lo normal, que tuvo Argentina hasta ahora? ¿Remite su respuesta al alejamiento de las disposiciones establecidas en la Constitución?
    2- En el actual contexto internacional, ¿continúa pensando que hay que regirse sin ningún límite en el ámbito económico?
    3- ¿Cual es su opinión respecto de la actual Organización Internacional del Trabajo?

  20. Resumen del texto:
    Alberdi comienza aclarando que el escrito es más bien un libro de política económica que de economía política. Plantea que el trabajo está dirigido al escritor, publicista, legislador y hombre de Estado que lo tienen que tomar como guía y no desviarse de la Constitución.
    Sabiendo del caos de la economía política y los problemas hermenéuticos que podrían surgir, enumera los elementos que concurren en la formación de riqueza y cuáles son las escuelas económicas que se encuentran en pugna. El autor desecha las escuelas mercantilista y socialista y se inclina por la gran escuela industrialista de Adam Smith. (sin desvalorar la influencia de la escuela fisiocrática que pertenece a un estadio inferior).
    En los últimos párrafos, el Padre de la Constitución, destaca la escuela libertaria que propone, recordando a J.B.Say y que debe traer la prosperidad a la Argentina. Deja asentado que la riqueza exige que el Estado no le haga sombra al ciudadano y nos presenta una anticipo de cómo estará estructurado el libro: producción de la riqueza, distribución de la misma y consumos públicos.

    Lo que considero más importante:
    Encuentro al texto como profético para su tiempo, es muy lúcido en el análisis de las escuelas económicas propio de un estadista. Previó pero no pudo evitar que las ideas plasmadas en la constitución fueran tergiversadas por interpretación de diferentes sistemas económicos modificando el hermoso sentido de sus disposiciones como augura.
    Destaco la pasión de exponer sus ideas y su fuerte republicanismo, la prosperidad argentina no depende de sistema ni de partido político interior. Solo la máxima libertad podrá sacar del atraso a la Nación. Pensaba en un país del futuro del que él no lo iba a disfrutar, se interrogaba, comparaba instituciones pensando solo en la prosperidad al país. Considero también interesante en la Introducción como se refleja el respeto por la libertad individual en el autor, en el caso de la libertad económica, la ley nadie tiene que hacer en los consumos privados plantea.

    ¿Considera a la visión de Keynes como una nueva escuela económica? ¿Qué opina sobre la misma?
    ¿En qué momento de la historia argentina considera que se aplicaron mejor los principios plasmados en el escrito?
    ¿Qué opinión tiene sobre la Reforma de la Constitución de 1994?¿Qué le parece la política económica aplicada desde 1983?

  21. Resumen
    Alberdi comienza su «Introducción» diciendo que la Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, donde garantiza la libertad de trabajo, de capital y de la tierra, como principales agentes de la producción, la ley natural de equilibrio para la distribución de la riqueza y limita los consumos públicos.
    Hace una breve referencia a las escuelas en que se divide la economía política: escuela mercantil, la economía socialista, la escuela physiocrática y la escuela industrial de Adam Smith, en cuya doctrina económica está basada la Constitución Argentina : el principio de toda riqueza es el trabajo libre, la ley natural que hace a cada productor dueño de su utilidad y por esa misma ley se debe distribuir la riqueza. No debe haber leyes para los consumos privados pero sí para los gastos del Estado. Estas leyes deben ser para evitar daños a los contribuyentes.
    El conjunto de estas garantías es el sistema rentístico de la Confederación.

    Es interesante el párrafo donde dice que desviarse de la Constitución puede llevar al país al desorden y al atraso, situación que lamentablemente nuestro país tuvo que padecer con el transcurso del tiempo, pero también entiende que el legislador puede desviarse sin desearlo porque la economía es complicada y no hay dos escuelas que entiendan o definan igual sobre el mismo tema y deja escrito que la escuela que la escuela elegida por él, es la escuela industria de Adam Smith.

    1- ¿Cuándo escribió este libro, pasó por su mente alguna de las políticas que se aplicaron en el país y que provocaron la pérdida de su prosperidad?
    2- ¿Qué cambios implementaría en la economía para tener nuevamente un país próspero?
    3- ¿Cómo debe ser la distribución de la riqueza actual,¿por la ley natural o debe haber leyes que la regulen?

  22. Resumen:
    Nuestra Constitución de 1853 contiene un sistema completo de política económica que garantiza la libre acción del trabajo,del capital y de la tierra como agentes de producción. La riqueza permite que una Nación prospere, cuyos 3 elementos son:1)la fuerza o los agentes productores; 2)el modo de aplicar esas fuerzas y 3)los productos de esas fuerzas.Y es el hombre quien crea riquezas con los medios de producción a fin de satisfacer sus necesidades y no el gobierno.
    Se menciona a la escuela industrial de A. Smith como la doctrina económica sobre la que descansa la CN, que consagra la libertad del trabajo en todas sus aplicaciones como el principio esencial de riquezas.La ley debe intervenir en la producción, consumo y distribución de la riqueza tanto publica como privada a efectos de garantizar su independencia y libertad.

    Aspecto relevante: la consagración por nuestra constitución del principio de libertad económica que nos permitió salir del dominio español y posterior apertura comercial con países de otros continentes, como Inglaterra.

    preguntas a Alberdi:
    1¿Qué plan económico aplicaría para que Argentina se convirtiera en potencia Mundial?
    2.¿La Constitución Nacional de 1853 se adecua al modelo económico actual?
    3.¿Que medida adoptaría para que la distribución de las riquezas se mas equitativa?

  23. Resumen

    A juicio de Alberdi, nuestro orden económico a partir de la Constitución de 1853, tenía que ser constituido en los hechos para reemplazar al entonces existente, derivado en gran parte de la época en que esa sociedad era una colonia española. Sostuvo de manera preclara la necesidad de organizar la nación a partir de una constitución jurídica que sentara las bases de un orden económico fundado en la libertad: la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, como principales agentes de la producción. Ensayar nuevos sistemas seria desviarse de la Constitución y echar al país en el desorden y en el atraso.
    Para Alberdi, la libertad económica era mas importante que la libertad política. Libertad política es la facultad para formar gobierno, mientras que la libertad económica consiste en la posibilidad real de que cada uno pueda contribuir con su trabajo en la producción de bienes y servicios.

    Cuestiones relevantes

    El núcleo del problema social era establecer un orden económico fundado en la libertad de los habitantes. Por ello, Alberdi quiere prevenir se constituya un orden económico contrario al que manda a constituir la Constitución. Quiere que se haga la revolución social que promete su preámbulo político: sustituir la base material de la sociedad (la economía) argentina pos colonial por el orden económico que necesitaba nuestro país para ser una nación moderna. Sabe que se han establecido poderes políticos y sabe que en cumplimiento de su tarea organizadora han de dictar un nuevo ordenamiento jurídico. Pero sabe también que esta actividad ineludible está amenazada por el peso de la tradición (de lo que se aprendió como «ciencia económica» cuando el país era colonia o vivía en estado de convulsión).

    Preguntas

    Si la Constitución contenía todas las disposiciones jurídicas necesarias para establecer un orden económico superior ¿por qué Alberdi se tomó el trabajo de explicarlas? ¿Acaso temía que no se aplicara en los hechos aquellos principios?

    Para Alberdi, la libertad económica es «el manantial que la ciencia reconoce a la riqueza de las naciones», un principio del cual ningún legislador u hombre del Estado argentino debió haberse apartado, ¿por qué entonces, nos hemos apartado? ¿Y cómo hemos de volver?

  24. Florencia Alvarez
    36749262
    Guia de discusión: Introducción
    Sistema económico y rentístico de la Constitución de 1853
    Resumen:
    Alberdi en su introducción comienza contando de que se va a tratar el libro, a quienes está dirigido y en qué sentido ahí que leerlo ubicándonos en contexto. Luego de comentar cuales son los principios rectores que rigen la política económica del país se encarga de informar al lector cuales serian los medios empleados para llegar a los fines pensados por el legislador para el progreso económico de la República. Una vez individualizados los medios, expone sucintamente las escuelas económicas mas relevantes tanto europeas como anglosajonas y como estas han vinculado sus elementos a fin de explicar cómo debería relacionarse los medios de producción y las finalidades que pretende conseguir, y cuál sería el rol del estado en cada una de ellas. Explica luego los motivos por los cuales Argentina deberá avocarse a un sistema de liberalismo económico Smithiano y como los pilares de la libertad de comercio, distribución de riqueza y consumo permitirán la prosperidad de la incipiente Nación Argentina

    Lo más importante:
    La Constitución nacional tiene su política económica basada en tres pilares fundamentales que son, EL LIBERALISMO ECONOMICO, LA VIGENCIA DE LA LEY NATURAL, y LA DISTRIBUCION DE LA RIQUEZA. Aunque estos principios se encuentren dentro del texto legal y de los fines del legislador al querer cuadrar los principios elementales, no es menos cierto que el texto no es más que ideas expuestas en papel, por lo cual pueden ser susceptibles de los problemas del lenguaje. El legislador futuro puede separarse de aquellas ideas amparándose en la ambigüedad de las palabras y con ello cambiar el rumbo de lo impuesto, para eso está este libro, donde Alberdi indica que deben seguirse los principios de la escuela liberalista económica para la aplicación de premisas constitucionales en materia comercial. Solo sobre esa base la república Argentina lograra salir de la pobreza en la que está inmersa, solo con producción podrá abrirse camino al crecimiento y permitirá darle vigencia a las palabras de codificador originario.
    Preguntas:
    1) ¿Por qué considera que las cuestiones económicas son las necesidades más vitales del país?
    2) ¿De qué manera se podrá controlar que el Estado no devore la riqueza de la Nación en el caso de los consumos públicos?
    3) De los Principios que enuncia en esta introducción ¿Usted diría que son los medios para lograr la riqueza del país? ¿O son la finalidad a la que tenemos que arribar?

  25. Guía de discusión sobre Introducción de El sistema económico y rentístico… de Alberdi

    Resumen

    Quizás el primer párrafo sea el mejor resumen de la Introducción. Allí Alberdi reseña que la Constitución dispone, establece, la libre acción de: 1) el trabajo; 2) el capital; y 3) la tierra, que son los “agentes de la producción”. Toda la materia económica de que se compone la Constitución está abarcada por estas tres grandes “divisiones de hechos”. Una es la producción –ya mencionada –, la otra es la distribución de la riqueza y por último se encuentran los consumos públicos.
    Aunque Alberdi sostiene que la Constitución no posee un sistema de economía política (como ciencia) sino uno de política económica, sin embargo cree conveniente precisar cuál es la “doctrina económica de la Constitución”. Así, la Constitución no es tanto parte de las escuelas mercantilista o socialista como de la fisiocrática o, sobre todo, de la industrial (Adam Smith).
    Concluye que la riqueza no es obra del Estado, del gobierno ni de la ley, sino del hombre. Lo único que debe hacer la ley es organizar el trabajo libre, no estorbarlo: se trata de una “organización negativa”, caracterizada por la abstención de intervención del Estado en la economía.

    Aspectos novedosos o importantes

    Encuentro novedoso el concepto de distribución de la riqueza. Uno, como lector de nuestra época, tiende a relacionarlo con la justicia social, es decir, aquella distribución que se efectúa ya una vez que la riqueza ha sido generada. Empero, en la inteligencia de Alberdi, el concepto se vincula con la libertad, como era de esperarse para un autor de ese momento histórico: para él, la riqueza primero existe y luego se reparte o distribuye “entre los que han concurrido a producirla”. El hincapié está hecho en la producción, esa es la verdadera distribución de la que se habla. En una nota al pie se explica mejor: “La ganancia como el líquido tiende a nivelarse por una ley, que le es inherente y que se realiza por sí misma, siempre que no la estorba el despotismo de la ley o el crimen del particular”. Claro está que este hombre había sentado las bases para la organización económica de un territorio casi virgen en lo que a explotación económica concierne, y es en ese sentido que escribía sus textos; todavía no era tiempo de ocuparse de distribuir los productos de la actividad económica.

    Preguntas al autor

    1) Siendo que las libertades económicas pueden ser más fácilmente conculcadas que las civiles o las políticas, ¿realmente cree usted suficiente establecer en una Constitución los principios que vayan a regular la vida económica de un país, o será necesario también instaurar un organismo de control que, en lugar de “controlar” la economía, tenga por objeto garantizar la libertad de la producción?

    2) En un país que desde los tiempos de la colonia estuvo acostumbrado a tomar de la tierra lo que en la tierra se encontraba y toda vez que ese modo de proceder constituyó toda su ciencia productiva, ¿qué sistema institucional establecería para que la aplicación de las fuerzas productoras (trabajo, capital y tierra) se distribuya de forma equitativa y conveniente entre los tres modos de aplicación que usted refiere (agricultura, comercio e industria fabril)?

    3) Si el principio de la distribución de las riquezas existentes en un país responde a la razón de garantizar la libertad de las fuerzas productoras, ¿cree usted que basta para organizar la producción que los bienes se entreguen para su explotación a quien los encontró primero?

  26. RESUMEN:
    La Constitución Federal Argentina garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como principales agentes de producción, ratifica la ley natural de equilibrio como distribución de la riqueza y encierra actos relacionados a los consumos públicos. El Estado necesita riquezas y para la formación de aquellas se necesitan: 1) las fuerzas: trabajo, tierra y capital 2) modo de aplicación de esas fuerzas 3) los productos de la aplicación de esas fuerzas. No es el gobierno el que crea la riqueza sino que, es el individuo el que la crea en base a lo explicando anteriormente.
    Nuestra Constitución, es el reflejo de la escuela industrial presentada por Adam Smith, donde la libertad es el elemento más importante. Se habla de libertad económica no así de política.

    ASPECTOS RELEVANTES:
    El surgimiento de la riqueza, no surge del gobierno sino del trabajo, el capital y la tierra. Eso es algo que me pareció bastante relevante porque yo, personalmente, creía que era el gobierno el que se encargaba de hacerlo.
    Otro aspecto importante, es el hincapié que hace sobre la libertad. Se necesita una completa libertad por parte del hombre y no excluir a nadie. Con esto surge, el tema de la igualdad civil. Todo esto hace al surgimiento de la riqueza.
    Por último, el otro aspecto relevante es la distinción que hace entre libertad política y económica. La primera, es simplemente gobernar y la segunda, es la que adopta nuestra Constitución asimilándola con la libertad civil concebida a todos los habitantes del país sean nacionales o extranjeros.
    Por último, es la misma ley la que se encarga de garantizar la independencia y libertad necesarias para el funcionamiento de la Constitución.

    PREGUNTAS:
    1)Todo lo expuesto es en base a la Constitución de 1853, Alberdi ¿Usted seguiría sosteniendo los mismos argumentos con la Constitución de 1994?
    2) Usted sostiene que la economía es un caos y que no hay dos escuelas que se entiendan, ¿Se podrá llegar hasta un punto en donde ya no sea un caos y se logren entender y unificar las escuelas?
    3) Como están las cosas hoy en el país, ¿Usted considera que hay libertad económica? Si la respuesta es negativa, ¿Cómo se podría llegar a obtener una?

  27. Resumen Las politica de J B Alberdi permitio inaugurar «El Palacio de las Aguas» las politicas aplicadas desde el 45 para aca ( distintos matices Keynesianos ) logro inaugurar una Canilla de Agua en una Villa miseria

  28. La constitución nacional garantiza la libre acción del trabajo, el capital y la tierra como principales fuentes de la producción. Describe a su escrito perteneciente a la economía aplicada y ser caracterizado por ser un libro de política económica.
    Alberdi menciona que hay tres elementos que concurren a la formación de la riqueza 1) el trabajo, la tierra y el capital. 2) el modo de aplicación de esas fuerzas con 3 fases: la agricultura, el comercio y la industria fabril. 3) los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    Nombra 4 escuelas que divide la económica política por un lado la mercantil que solo veía la riqueza en el dinero, obteniéndola por medio del comercio y las manufacturas. Seguía un sistema protector y restrictivo.
    A esta se le asimila la socialista que pidió la intervención del Estado en la organización de la industria. Ambas escuelas tienden a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza. , se halla la Por otro lado se encuentra la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, que no reconocía mas fuente de riqueza que la tierra. Y la escuela de Adam Smith basándose en la libertad economía como principio de riqueza,descansando en esta ultima la Constitución Argentina.
    Aspecto relevante:
    Lo que más me llamo la atención es que Alberdi haya mencionado que el hombre debe solo estudiar principios económicos adoptados por la constitución, sin poder seguir otros principios u otra doctrina diferente a la adoptada por las constitución ya que esto llevaría al país al desorden y al atraso.
    Preguntas:
    De acuerdo a la realidad de hoy ¿qué tipo de constitución consideraría acorde? ¿en qué principios se basaría?
    ¿Qué medidas adoptaría para terminar con la pobreza?
    ¿Qué piensa de la intervención del estado en la economía en cuanto a la limitación en las importaciones?

  29. Resumen
    “La Constitución Federal Argentina contiene un sistema de política económica, garantiza, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites los consumos públicos. Luego comenta las distintas escuelas económicas: la mercantilista y la socialista (proteccionistas), y con una concepción distinta la physiocrática (tierra) y la ‘industrial’: Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. El gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción, pero no es obra suya la creación de la riqueza, sino del hombre.

    Importante: me parece un punto relevante el párrafo que cito a continuación:

    «La riqueza no nace por nacer: tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre, que la forma. Así es que luego que existe, ocurre averiguar cómo se reparte o distribuye entre los que han concurrido a producirla. Para esto es producida; y si el productor no percibe la parte que corresponde a su colaboración, deja de colaborar en lo sucesivo, o trabaja débilmente, la riqueza decae y con ella
    la prosperidad de la Nación. Luego es preciso que se cumpla la ley natural, que hace a cada productor dueño de la utilidad o provecho correspondiente al servicio de su trabajo, de su capital o de su tierra, en la producción de la riqueza común y partible.»

    Preguntas:
    1. ¿Por qué creyó que este sistema económico iba a perdurar incólume en el tiempo, pese a los cambios que afronta o crea toda sociedad?
    2. ¿Cree que el Estado hoy en día pone trabas indebidas a las libertades?
    3. ¿Cree que es justa o correcta la distribución de la riqueza en nuestro país?

  30. Resumen
    La Constitución Argentina contiene un sistema completo de política económica que garantiza, la libre acción del trabajo, el capital y la tierra como principales agentes de la producción. Para Alberdi la ley debía garantizar pura y sencillamente la más completa independencia y libertad de la producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada. Y señalo que deben establecerse reglas y garantías para que el gasto del Estado no devore la riqueza del país. Asimismo, la distribución de la riqueza debería realizarse entre los que contribuyeron a producirla.
    Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre del trabajo en todas sus aplicaciones, la agricultura, el comercio, las fábricas, como principio esencial de toda riqueza. Para Alberdi es la escuela más acorde a la doctrina económica de nuestra Constitución y no hay que buscar ningún otro medio auxiliar fuera de ella.
    Lo más relevante
    Debo destacar que lo más novedoso del texto me pareció que según las elucubraciones de Alberdi, nuestra Constitución ya contenía un modelo económico y lo primordial para el autor era establecer pautas para no apartarse del modelo económico Constitucional.
    El doctor Mariano Moreno, quien fuera el principal agente de nuestra Revolución escribió el programa de regeneración económica en un célebre Memorial, que presento al último virrey español, a nombre de los hacendados de Buenos Aires, pidiendo la libertad del comercio con Inglaterra, que el desavisado virrey acepto con un resultado que nos dio rentas para despedirle al otro continente.

    Preguntas
    ¿En qué se aparta el populismo de las pautas económicas de la Constitución del año 1853?
    ¿Cuáles serían para Usted los mecanismos adecuados para limitar el gasto público?
    ¿De qué modo se podría en este sistema federal efectuar una distribución de la riqueza nacional?

  31. Alberdi, en la introducción de su libro, nos explica como la Escuela de la Libertad, de Adam Smith, ha sido plasmada en la Constitución Nacional de 1853. Según el autor, la riqueza es fundamental para el desarrollo y prosperidad de La nación y el Estado. Si bien la riqueza no es producida por el gobierno, este puede beneficiarla o perjudicarla mediante su intervención. La riqueza es producida por los individuos con el objetivo de satisfacer sus necesidades, utilizando los instrumentos de producción como medios. La distribución queda reservada a libertad de la «ley natural», así como el consumo privado. La ley solo debería ocuparse del consumo y gastos públicos del estado, para que se destine de forma tal de no afectar a contribuyentes. En lo demás, la ley debe servir como garantía de libertad e igualdad.

    Lo que encuentro de interesante es como el Estado puede interferir en la producción de riquezas de un país, favoreciendolo o perjudicando, aún cuando no es quien las genera. Además, la libertad en la distribución de la riqueza, confiando en la cooperación, así como lo estudiamos en el Dilema del prisionero, donde la cotidianidad de las relaciones entre los seres humanos «no nos permitirían traicionarnos los unos a los otros», permitiendo así la prosperidad.

    Preguntas:
    1 – ¿Es posible hoy en día, dejar librado a la ley natural la distribución de la riqueza, visto que existen muchos trabajadores en condiciones irregulares, con sueldos por debajo del mínimo, que siguen realizando esos trabajos por necesidad?
    2 – Cree usted que la escuela de Smith podría aplicarse para solucionar los problemas económicos actuales del país? ¿De que manera lo haría?
    3 – Por último, ¿Cuál es su fundamento por el cual el consumo público debe estar regulado por ley, en favor de no perjudicar a los contribuyentes? Usted cree que los gobernantes, «educados», no podrían tener libertad para administrarlos en pos del bien de los mismos?

  32. Resumen:
    La constitución argentina garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como los principales agentes de la producción, conteniendo un sistema completo de política económica.
    La riqueza importa a la prosperidad de la Nación y a la existencia del poder. Se dice que sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado. Los 3 elementos que concurren a la formación de las riquezas son el trabajo, la tierra y el capital. El modo de aplicación de esas fuerzas son la agricultura, el comercio y la industria fabril y por ultimo la aplicación de tales.
    Los principios económicos adoptados por la Constitución deben servir como guía obligatoria, sin desviarse hacia otros principios. Que la Constitución consagra el principio de libertad económica, por tradición política de la Revolución de Mayo de 1810 con el Doctor Moreno, quien pidió la libertad de comercio con Inglaterra.
    » No se le debe atribuir al gobierno la creación de la riqueza, él solo tiene el poder de contribuir o no en ayudar a la producción. La riqueza es hija del trabajo, del capital y de la tierra. La riqueza es obra del hombre impuesta por el instinto de conservación y mejora y ésta nace porque se deben satisfacer las necesidades del hombre que las forma, siendo el consumo el fin y el término de la riqueza «.
    Lo escrito entre comillas es la parte que mas interesante me pareció, su visión es muy destacable y aplicable a cualquier época en la que se lo sitúe, por el grado de realidad que enmarcan sus palabras.
    El sistema rentístico o financiera de la confederación es el conjunto de garantías que la ley brinda para que los gastos del Estado no devoren la riqueza del país, para formar el tesoro nacional, se administre y se aplique en bien y utilidad de la Nación.
    Preguntas:
    ¿Que opina de la situación económica actual?
    ¿Es posible salir adelante, teniendo en cuenta que arrastramos desde años la «cultura de no trabajar»?
    ¿Como revertir una situación en la que abundan planes sociales en lugar de trabajo genuino?

  33. Guía de Discusión

    Sistema económico y rentístico

    Introducción

    1) Resumen 10 renglones
    2) Lo nuevo o lo importante 10 renglones
    3) 3 preguntas al autor

    1) Resumen
    Alberdi nos detalla que su libro será de política económica, y no de economía política. Será así porque hablará de los principios constitucionales establecidos para la formación, distribución y consumo público de la riqueza que genere la Nación. Dice que cualquier ley o norma deberá apuntar a consolidar esos prin-cipios económicos constitucionales para desarrollar la política económica in-corporada en la Ley Fundamental. También habla brevemente de la eterna dis-cusión de si más reglas o más libertad a la hora del papel del Estado en la economía. Por último, también considera que la riqueza se forma en un proce-so de tres partes: con las fuerzas productoras (trabajo, tierra y capital), con el modo de aplicación de esta riqueza (Agricultura, comercio e industria) y con sus productos finales.

    2) Lo importante
    Para Alberdi, está claro que la importancia de su libro recaerá en el proceso de formación de la riqueza en la Nación argentina, pero también en cómo será distribuida para no generar desincentivos en las fuerzas productoras que pro-duzcan una caída o deterioro en la generación de la riqueza. Explica que el gobierno jamás crea riqueza, sino que es un ente o factor que interviene de dos maneras: ayudando a la producción, o estorbándola. De allí que Alberdi piensa en que la regla deberá ser la libertad económica asociada a la libertad civil porque así lo consagra la Constitución Nacional. Dice también que la riqueza se forma para satisfacer las necesidades del hombre y desaparece en servicio de esas necesidades.

    3) Tres preguntas al autor
    Señor Alberdi, usted considera que la regla será la libertad económica y que el gobierno debe ayudar y no estorbar la producción. ¿Cómo resolverá el proble-ma de los monopolios? ¿Considera que esta falla del mercado la resolverán las fuerzas productoras por sí mismas? ¿Piensa, tal vez, que en un caso como este el gobierno deba intervenir decisivamente para regular una falla como es-ta?

    Alumno: Axel Vargas Machuca

  34. La Constitución refleja el principio de libertad económica, y reconoce al Estado liberal como el único camino para la prosperidad Argentina Esta libertad es la base para la acumulación de la riqueza nacional la Constitución da derechos y garantiza esta libertad económica , permite la producción para que se genere riqueza. a traves de las fuerzas productivas del Capital, el Trabajo y la Tierra que a su vez son impulsadas por los modos de producción existentes la agricultura,las fabricas o el comercio ,esta producción surge para la satisfacción de las necesidades del hombre; luego la riqueza generada se reparte o distribuye Alberdi sostiene que , la organización del trabajo o de los medios de producción no es más que organizar la libertad. El estado no es el responsable de la creación de la riqueza, sino que con sus acciones puede ayudar o dificultar esta creación La riqueza se produce por si misma a través del trabajo libre ,que es el principio de la riqueza
    1) Que reforma le haría a la actual constitución?
    2)Considera que La crisis económica que sufre la Argentina es porque el Estado no tiene en cuenta estos principios económicos ?
    3)Un país con baja calidad institucional puede poner en practica una eficiente política económica?

  35. El Preámbulo de la Constitución Nacional consagra entre otras, dos premisas: promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. Por libertad se entiende la de todo género, político, civil, religioso de manera que pueda contener a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. En cuanto a los intereses que contribuyen al bienestar general, son fundamentalmente los intereses materiales. En función de ello, faculta al Poder Legislativo a legislar propendiendo a la prosperidad del país, al adelanto de todas las provincias y al progreso de la ilustración. Las leyes que se dicten no pueden ser arbitrarias sino orgánicas a los principios económicos constitucionales que respeten el rango preponderante que la carta fundamental da a la producción de la riqueza nacional. Para que esto sea posible, es menester un cambio cultural respecto de pasar de ser un estado fiscal a una nación rica.
    Me parece destacable la idea de la libertad como supuesto del progreso y la innovación, debiendo las leyes resguardarla antes que restringirla. También rescato la convicción de que un fisco rico es enemigo de una nación rica y el cambio de paradigma que propone de que el ciudadano se piense como productor de riqueza y no como mero aportante de rentas fiscales, reconociendo que es un proceso paulatino.
    Le pregunto Dr. Alberdi: Cuánto tiempo cree que llevaría que nuevamente un cambio cultural que permita volver a los principios liberales de nuestra Constitución? Para sostener el cambio de paradigma propuesto, no hubiera sido necesario otorgar a la educación igual impulso y resguardo que el que le da a la producción? Con qué economista argentino de la actualidad trabajaría en conjunto para proponer un paquete de medidas que vuelva a la Argentina de aqueli destino de Nación rica que Ud. imaginó?

  36. Lo que me pareció importante de destacar del texto:
    La Constitución garantiza la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción.
    La Constitución da los principios en cuyo sentido se han de resolver todas las cuestiones económicas, cambiar el modelo implicara llevar al país a un grave desorden.
    Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas: 1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital. 2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril. 3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas
    La Constitución consagra el principio de la libertad económica que lleva a la riqueza de las naciones; porque la libertad convenía a las necesidades del país. Se debe atraer la población, los capitales, las industrias. La economía de la Constitución es libertad al trabajo. La Constitución basa su sistema económico comprendiendo que son económicas las necesidades más vitales del país y la misma constitución señala los medios de satisfacer esas necesidades. La Constitución protege la riqueza (los capitales, la población) y la rodear de garantías y seguridades.
    La riqueza se genera por el trabajo, el capital y la tierra y estas fuerzas son facultades del hombre y las ponen en ejercicio para satisfacer sus necesidades. Debe haber libertad al uso de las facultades productivas del hombre; no excluir de esa libertad a ninguno, lo que constituye la igualdad de todos los habitantes; proteger y asegurar a cada uno los resultados y frutos de su industria, el trabajo libre es el principio vital de las riquezas. Ejercer la libertad económica es trabajar, adquirir, enajenar bienes privados. La riqueza tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre. Pero se debe determinar cómo se reparte o distribuye entre los que han concurrido a producirla. Y si el productor no percibe la parte que corresponde a su colaboración, deja de colaborar en lo sucesivo, o trabaja débilmente, la riqueza decae y con ella la prosperidad de la Nación.
    Cada productor es dueño de la utilidad o provecho correspondiente al servicio de su trabajo, de su capital o de su tierra, en la producción de la riqueza común y partible la producción. La libertad del hombre hace que la ley se abstenga de regular el provecho, que obedece en su distribución a la justicia acordada libremente por la voluntad de cada uno. El consumo es el fin de la riqueza, que tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre, o la utilidad de su propia reproducción. La ley nada tiene que ver en consumos privados. Esto no quita que puede establecer reglas y garantías para regular los consumos públicos. Es decir que debe haber una intervención en la producción, distribución y consumo de la riqueza pública.
    PREGUNTAS: ¿Por qué un cambio en el modelo implicaría un desorden en el país?
    ¿Cómo se determina la libertad economía de un país y cuales son las garantías que establece la constitución para protegerla?
    ¿Que determina la distribución de la riqueza producida por el hombre?

  37. Resumen del texto:
    La Constitución garantiza la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra; la ley natural de equilibrio en la distribución de la riqueza; y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos. Los principios económicos adoptados por la Constitución no pueden seguir otros principios, ni otra doctrina económica que los adoptados ya en la misma. La Constitución Argentina pertenece a la doctrina económica que enfatiza la idea de libertad: la escuela physiocrática (Quesnay) y la escuela industrial (Adam Smith). Nuestra revolución abrazó la libertad económica, porque ella es el manantial que la ciencia reconoce a la riqueza de las naciones. Con ella se atrae población, capitales e industria. La constitución garantiza el no estorbo del gobierno en la producción. La riqueza, en definitiva, es obra del hombre, impuesta por su instinto (natural y espontaneo) de conservación y mejora.
    Lo más novedoso o importante:
    La Constitución Federal Argentina adopta las teorías económicas de la escuela physiocrática (Quesnay; escuela que “flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos “dejar hacer, dejar pasar”, por toda intervención en la industria.”) y la escuela industrial (Adam Smith; “proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza”). Es en virtud de estas teorías económicas (y no de otras; ej: “Colbert” y “Economía socialista”) que la Constitución debe ser interpretada.
    Tres preguntas que le haría al autor:
    1) ¿Cómo se explica que, a pesar de los pocos cambios sustanciales que la Constitución Federal ha sufrido desde 1853 hasta la fecha, a lo largo de la historia argentina existieron gobiernos cuyas políticas económicas parecerían ir a contra mano de las teorías que la propia Constitución adopta? ¿Acaso dichas medidas económicas podrían ser tildadas de “inconstitucionales” (en el sentido jurídico de este término)?
    2) Dado que en el texto se sostiene que “es preciso que se cumpla la ley natural, que hace a cada productor dueño de la utilidad o provecho correspondiente al servicio de su trabajo, de su capital o de su tierra, en la producción de la riqueza común”, ¿implicaría ello que no exista NINGÚN mecanismo de RE-distribución de la riqueza?
    3) Ante el actual paradigma vigente e imperante de la “valorización financiera” en el ámbito de la economía mundial, ¿considera usted que las teorías económicas en las que se basa nuestra Constitución constituyen una ideología apropiada para la constitución de un “proyecto país” basado en el mismo?

  38. Resumen
    Alberdi efectúa una especie de explicación sobre los lineamientos económicos que imprimió a lo largo del texto constitucional. Pregona la convicción de que se deben seguir fielmente los preceptos económicos trazados en la constitución, analizándolos desde una corriente específica (la de Smith, Escuela Industrial) ya que todo estudio desviado de este marco teórico solo llevará a desvirtuar el objetivo final de la ley fundamental. Esta escuela defiende recelosamente la libertad económica contra la intervención estatal, la cual debe estrictamente limitarse a asegurar ejercicio independiente y libre de la producción, distribución y consumo que culminará en la generación de riqueza. Es decir, que los ciudadanos trabajando, contando con tierras y capitales, obren en pos de la satisfacción de sus necesidades, para así luego distribuir lo producido y finalmente consumirlo concretando tales necesidades. Para Alberdi este proceso, fomentado por la acción del hombre y no por los sistemas políticos, es vital para la Nación. El desarrollo económico generaría riqueza y, últimamente, el progreso y prosperidad del país.
    Lo más novedoso
    Habiendo leído “Bases”, debo admitir que no implicaron sorpresa alguna las ideas expresadas en la introducción por Alberdi. Pero sí reconozco que el hecho de que alineara la organización económica constitucional bajo la Escuela Industrial de Smith, conllevó cierto asombro ya que no había reparado en tal conexión. El paralelismo del ámbito industrial con la precariedad del territorio de aquel entonces me pareció hasta absurdo. Sin embargo, al recordar los objetivos tenidos en mira por Alberdi, comenzó a cobrar sentido: lograr desarrollo económico para alcanzar el progreso, sólo posible dejando a los hombres ejercer sus fuerzas productivas libremente. Conociendo y considerando el contexto histórico, cosa que creo que es importante tener en cuenta al analizar al autor, es vital no olvidar la fórmula principal de todo: lograr riqueza que lleve a la prosperidad, únicamente posible de alcanzar con un gobierno que se limite a asegurar la producción, distribución y el consumo libre y en igualdad de condiciones. Así, la inmigración, la inversión y los capitales son los primeros pasos para activar la economía.
    Preguntas
    – ¿Cuáles fueron los criterios tenidos en cuenta al momento de optar por la doctrina de Smith para delinear el sistema económico constitucional?
    – ¿Cómo se puede compatibilizar un poder político no intervencionista con un contexto histórico y geográfico caótico que requiere un poder fuerte que se imponga para la organización de un país?
    – Teniendo en cuenta la teoría económica seguida en las letras constitucionales ¿no es dable pensar que ésta sólo es viable para un primer momento de desarrollo? Alcanzado el fin, ¿corresponde su reforma?

  39. Guía de Estudio sobre la Introducción

    {Resumen}:
    Alberdi plantea que hay tres libertades que contribuyen a la riqueza de la Nación: la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra. Y que para lograr la prosperidad de una República se necesita población, vialidad terrestre y fluvial, importación de capitales y de industrias.
    Sin embargo, para que la riqueza quede asegurada, la intervención gubernamental sólo tiene que ser negativa, en el sentido de “dejar hacer”, de lo contrario seguiría el “viejo sistema prohibitivo” del virreinato.
    Siguiendo la escuela industrial de Adam Smith, que sirvió de base para la Constitución, el autor reduce la intervención en garantizar la independencia y libertad en las 3 funciones de producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada.

    {Lo más relevante del texto}:
    Considero que hay una frase a destacar: “La riqueza importa a la prosperidad de la Nación, y a la existencia del poder. Sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado.” El hecho de plantear la necesidad de capitales, población extranjera nos indica que forma parte de la corriente histórica de la Generación del 37, donde escritores como Esteban Echeverría, Sarmiento, José Mármol; debatían sobre el futuro luego de la Revolución de Mayo, que abarcaba la revolución de ideas, dejando las viejas estructuras coloniales de lado.

    En cuanto a la libertad de las facultades productivas del hombre, no excluirla a ningún habitante constituye la igualdad civil de todos los habitantes; es decir que la Constitución asimila la libertad económica a la civil.

    {Preguntas al autor}:
    -¿Por qué plantea que solamente hay que favorecer a la inmigración europea? ¿No hay antecedentes (por así decirlo) de países limítrofes con población emprendedora, que quiera producir en nuestro suelo?
    -¿Cuáles serían las propuestas para no caer nuevamente en el viejo modelo prohibitivo colonial? ¿Cómo podría asegurar que no fracase el modelo liberal económico inspirado en la escuela de Adam Smith?
    -Esta pregunta se relaciona con la anterior: ¿Cómo podrían mantenerse estables los principios económicos en el texto constitucional frente a los cambios gubernamentales?

  40. INTRODUCCION:
    Resumen:
    En la introducción el autor establece que la Constitución Nacional Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, como principales agentes de la producción, rectifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza. Hay tres elementos que concurren en la formación de las riquezas:
    1°Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital
    2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.
    3° Y, por fin, los productores de la aplicación de esas fuerzas.
    Ensayar nuevos sistemas, lanzarse en el terreno de las novedades, es desviarse de la constitución en el punto en que debe ser mejor observada, falsear el sentido hermoso de sus disposiciones, y echar al país en el desorden y en el atraso, entorpeciendo los intereses materiales, que son los llamados a sacarlo de la posición oscura y subalterna en que se encuentra.
    Lo más Novedoso o importante:
    La Constitución Argentina, dando al gobierno legislativo el poder de realizar todo lo que puede llegar a ser conducente a la prosperidad del país, al adelanto y prosperidad de todas las provincias y al progreso de la ilustración, le demarca y señala terminantemente, como medios conducentes a esos fines de bienestar y mejoramiento de todo género, “el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles (…)
    Como la industria, es decir, el trabajo, como la inmigración y colonización, es decir los brazos, como los capitales no son más que los agentes o instrumentos de producción de las riquezas, se infiere que las leyes protectoras de esos medios son otras tantas leyes protectoras de la producción.
    Las leyes protectoras de la producción tienen ya sus principios en la Constitución; no pueden ser arbitrarias, ni deben ser otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional.
    Preguntas:
    1-¿Cuáles serían los requisitos adecuados que debería presentar la ley para producir y mantener la riqueza?
    2-¿Cómo se reparte o distribuye la riqueza entre los que la han producido?
    3-¿Cuáles serían los efectos de ensayar un nuevo modelo Constitucional en el País?

  41. Me resulta totalmente interesante el análisis que hace Alberdi con respecto a la Constitución Nacional en su introducción.
    Nos hace reflexionar acerca de que la economía aplicada y positiva, y a su vez a que doctrina política pertenece la Constitución Nacional. Y establece las bases de la manera en que los ciudadanos nos dirigíamos, la manera de manejar la economía y las consecuencias.
    La obra de Alberdi es un trabajo sobre política económica pensado para un país en formación. Fue una situación financiera que sufría el gobierno lo que llevo a este autor a lanzar este escrito.
    El texto “Sistema Económico y Rentístico” se basa en el estudio de las reglas y principios de la Constitución Argentina al desarrollo de los hechos que interesan a la riqueza: el trabajo, el capital y la tierra. Ella posee un sistema completo de política económica que garantiza la libre acción de estos tres agentes de producción.
    La constitución es, en materia económica, la expresión de una revolución de libertad y la ley escrita debe ser fiel a la ley natural. Ningún legislador Puede seguir otros principios ni otra doctrina económica que los establecidos. Posee un control de constitucionalidad donde las leyes son condenables por la corte e irrevocables por el Congreso.
    La economía de la Constitución Nacional es la expresión fiel de la economía real y normal que debe traer la prosperidad del país. La Constitución estudio y se dio cuenta de los manantiales de la riqueza, y fue guiada por los consejos de la ciencia, que ha demostrado y señalado la naturaleza y lugar de esos orígenes, rodear de garantía y seguridades su curso espontáneo y natural.
    La riqueza exige que el hombre no le haga sombra; asegurar de una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre. No excluir a ninguno: libertad civil. De allí la posibilidad de que el hombre extranjero ocupe nuestro país. El trabajo libre es el principio vital de la riqueza.
    La libertad económica no es la libertad política: la primera se basa en trabajar, adquirir y enajenar bienes privados. En cambio la segunda es tomar parte del gobierno, gobernar requiere educación.

    – Me resulta totalmente nuevo el análisis que realiza el autor con respecto a la política económica que pertenece la Constitución: durante mis años de estudio tanto en la secundaria como ahora en la facultad, nunca hice un análisis de que teoría económica aplica la Constitución o bien la escuela económica.

    – Que la Constitución Nacional es la expresión fiel de la economía real y normal que debe traer la prosperidad a la Argentina.

    – Que la elaboración de la Constitución Nacional no haya sido solo establecer las bases de la organización Nacional; sino además de ello, brindar una apertura para aprovechar los recursos naturales que tiene nuestro país.

    – Me pareció interesante el tema de la protección de la Constitución Nacional justamente para salvar la libertad comercial de los cambios donde se establece que el gobierno federal esta obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de la Constitución Nacional ( articulo 27).
    Preguntas
    ¿Cual de los tres agentes de producción es más rentístico?
    ¿Hay algún aspecto de la libertad comercial que tendría que tener otro tipo de límite o freno?
    ¿Cual considera que seria el mejor plan económico?

  42. Resumen:
    La economía es universal cuando estudia los hechos económicos en su generalidad filosófica, y nacional o práctica, cuando se ocupa de las modificaciones que esos hechos reciben de la edad, suelo y condiciones especiales de un país determinado. Aquélla es la economía pura: ésta es la economía aplicada o positiva.
    La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política
    económica, en cuanto garantiza, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.
    Se mencionan las siguientes escuelas:
    * La escuela mercantil, representada por Colbert, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo.
    * La escuela socialista ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Su tendencia era limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.
    * La escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, sostuvo como fuente de riqueza a la tierra y profesó la libertad como principio de su
    política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: dejar hacer, dejar
    pasar, por toda intervención en la industria.
    * La escuela industrial, de Adam Smith, proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones (agricultura, comercio, fábricas) como el principio esencial de toda riqueza.

    Lo Novedoso o Importante:
    La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política
    económica, en cuanto garantiza, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.

    Preguntas a Alberdi:
    1) ¿Por que sostiene que la Constitución escrita es una expresión fiel de la economía real?
    2) ¿Una plena libertad al uso de las facultades productivas del hombre, no puede llevar al abuso de los que más tienen por sobre los que menos tienen, alejandonos asi de la igualdad y, así garantizar la desigualdad?
    3) ¿Por que considera que la ley no tiene nada que hacer con los consumos privados?

  43. Me resulta totalmente interesante el análisis que hace Alberdi con respecto a la Constitución Nacional en su introducción.
    Nos hace reflexionar acerca de que la economía aplicada y positiva, y a su vez a que doctrina política pertenece la Constitución Nacional. Y establece las bases de la manera en que los ciudadanos nos dirigíamos, la manea de manejar la economía y las consecuencias.
    La obra de Alberdi es un trabajo sobre política económica pensado para un país en formación. Fue una situación financiera que sufría el gobierno lo que llevo a este autor a lanzar este escrito.
    El texto “Sistema Económico y Rentístico” se basa en el estudio de las reglas y principios de la Constitución Argentina al desarrollo de los hechos que interesan a la riqueza: el trabajo, el capital y la tierra. Ella posee un sistema completo de política económica que garantiza la libre acción de estos tres agentes de producción.
    La constitución es, en materia económica, la expresión de una revolución de libertad y la ley escrita debe ser fiel a la ley natural. Ningún legislador Puede seguir otros principios ni otra doctrina económica que los establecidos. Posee un control de constitucionalidad donde las leyes son condenables por la corte e irrevocables por el Congreso.
    La economía de la Constitución Nacional es la expresión fiel de la economía real y normal que debe traer la prosperidad del país. La Constitución estudio y se dio cuenta de los manantiales de la riqueza, y fue guiada por los consejos de la ciencia, que ha demostrado y señalado la naturaleza y lugar de esos orígenes, rodear de garantía y seguridades su curso espontáneo y natural.
    La riqueza exige que el hombre no le haga sombra; asegurar de una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre. No excluir a ninguno: libertad civil. De allí la posibilidad de que el hombre extranjero ocupe nuestro país. El trabajo libre es el principio vital de la riqueza.
    La libertad económica no es la libertad política: la primera se basa en trabajar, adquirir y enajenar bienes privados. En cambio la segunda es tomar parte del gobierno, gobernar requiere educación.

    – Me resulta totalmente nuevo el análisis que realiza el autor con respecto a la política económica que pertenece la Constitución: durante mis años de estudio tanto en la secundaria como ahora en la facultad, nunca hice un análisis de que teoria económica aplica la Constitución o bien la escuela económica.

    – Que la Constitución Nacional es la expresión fiel de la economía real y normal que debe traer la prosperidad a la Argentina.

    – Que la elaboración de la Constitución Nacional no haya sido solo establecer las bases de la organización Nacional; sino además de ello, brindar una apertura para aprovechar los recursos naturales que tiene nuestro país.

    – Me pareció interesante el tema de la protección de la Constitución Nacional justamente para salvar la libertad comercial de los cambios donde se establece que el gobierno federal esta obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de la Constitución Nacional ( articulo 27).

    Preguntas
    ¿Cual de los tres agentes de producción es más rentístico?
    ¿Hay algún aspecto de la libertad comercial que tendría que tener otro tipo de límite o freno?
    ¿Cual considera que seria el mejor plan económico?

  44. 0) INTRODUCCIÓN

    A) Resumen

    Dada la circunstancia en la cual Alberdi escribe su texto, la de un país emergente, en un continente que recientemente se ha liberado de sus conquistadores, enfatiza que toda necesidad pública que existe en el país en ese momento, es consecuencia de una previa necesidad económica, y que a su vez para satisfacer necesidades económicas es necesario generar riqueza, y no existe otra forma de generar riqueza que a través de los medios de producción, que son el capital, el trabajo y la tierra. Siendo consecuente con la realidad que vivía Suramérica, Alberdi hace hincapié en que la mejor forma de fomentar dichos medios de producción (y por lo tanto la riqueza), es a través de la libertad del trabajo en todas sus formas, ya que no es un gobierno quién produce riqueza, sino que es el hombre en sí, y la ley lo que debe proteger es que dicha libertad sea total a toda la población, y no estorbar en ella.

    B) Lo novedoso o importante del texto

    Lo novedoso del texto radica principalmente en la función que la Ley tiene tanto en la producción de la riqueza, su distribución y el consumo. Según Alberdi uno de los tantos riesgos del estancamiento económico o de los medios productivos, es la ideología de los legisladores que reglamentan el derecho de la Constitución, e indica que no deberían alejarse en lo absoluto de dichos principios, que consagran la libertad como principio rector. La ley no debe ser sancionada en pos de intervenir, sino en pos de garantizar la absoluta libertad e independencia en dichas 3 funciones económicas, la ley no debe acatar otros principios que los establecidos en la Constitución, no debe valerse de medios auxiliares para organizar el derecho, porque la Constitución fue dictada en pos de ser la Ley Suprema rectora de principios que deberían respetarse a rajatabla a la hora de sancionar leyes.

    C) Preguntas para el autor

    1) ¿Cómo se garantizarían derechos fundamentales a parte de la población, quienes, aún dentro del ejercicio de su libertad, se vieran imposibilitados de garantizarlos por sí mismos, aún si la ley protege su libertad para intentarlo?

    2) ¿Cómo podría el Estado, sin intervenir en la economía, determinar la justicia en la percepción de rentas impositivas según la capacidad del contribuyente?

    3) ¿Qué solución encontraría el Estado ante mayorías legislativas pertenecientes a un mismo partido, del cual su pensamiento económico, varié del de la Constitución?

  45. Alberdi en la introducción de su obra habla principalmente de la riqueza, entiende que ella importa a la prosperidad de la Nación. y a la existencia del poder, que sin ella no hay gobierno; y sin gobierno, sin población, y sin capitales, no hay Estado. Dice que hay tres elementos que concurren a obtener dicha riqueza: la fuerza de producción, el modo de aplicarlas y el producto de las mismas, que no son más que las facultades que el hombre tiene para satisfacer sus necesidades y entiende que la ley para garantizar dicha riqueza debe asegurar la entera libertad a esas facultades y asegurarle el resultado de sus frutos, que ello lleva consigo la igualdad. Nuestra constitución siguiendo las ideas liberales de la escuela de Adam Smith a consagrado la expresión de una revolución de libertad, la consagración de la revolución social de América.

    Lo más relevante está dado por la explicación que da del fuerte ideal de libertad que consagra a su entender nuestra constitución, de la escuela de la que se desprenden dichos ideales que permiten darle un marco para poder entender por qué nuestra constitución es liberal, por que adopta estas medidas y no otras, porque la necesidad de poblar el territorio de garantizar el trabajo y los frutos del mismo y como ello lleva a la acumulación de riqueza que hace a la prosperidad de la nación.

    con relación a eso mis preguntas son:
    ¿no ha de llegar un punto donde tal libertad genere desigualdad?
    ¿no es necesario que el estado intervenga para evitar aquellas posibles desigualdades?
    ¿cuando entiende que las leyes interfieren verdaderamente en las políticas económicas afectando el ideal liberal?

  46. Resumen:
    Hay tres elementos que son necesarios para la formación de las riquezas, y Alberdi los llama: trabajo, tierra y capital. Según el modo de aplicación del trabajo surge la agricultura, el comercio o la industria fabril y de allí los productos. Luego divide entre distintas escuelas económicas. La mercantil, que solo veía riqueza en el dinero, la escuela fisiocrática, que solo conocía como fuente de riqueza la tierra por eso no tuvo mucho éxito aunque luchó contra los monopolios. La economía socialista, que cree que es necesaria una mayor intervención del Estado en la economía. Y por último esta la escuela liberal en la que se habla de trabajo libre, trabajo en todas sus aplicaciones, como el principio esencial de la riqueza. A esta escuela es la que pertenece la política económica de la Constitución Argentina.

    Lo mas novedoso o importante:
    La constitución nacional consagró el principio de la libertad económica, es la expresión de una revolución de libertad. Mañana 25 de Mayo de 2015 se cumplen 205 de la Revolución de Mayo de la que habla Alberdi.
    La riqueza, no es mas que producto del trabajo, del capital y de la tierra, y como ellas, no son mas que medios que tiene el hombre para satisfacer sus necesidades, la riqueza es obra del hombre, originada por su instinto de mejora, por su ambición. Pero una vez producida, si el productor no percibe su parte, deja de colaborar, o trabaja menos, por lo que la riqueza decae, esto es importante destacar para el sistema de distribución de la riqueza en el país hoy en día.

    Preguntas al autor:
    1.- Como cree Alberdi que se podría cambiar nuestro sistema actual para mejorar la situación del país, en especial en cuanto a la administración de la riqueza.
    2.- Que opina de las reformas que le hicieron a la Constitución y que le modificaría.
    3.-Que le hizo pensar que ese modelo podría ser el mas eficiente y no otro. Ahora, cual se ajustaría mejor a nuestra situación.

  47. Resumen del texto.
    Alberdi plantea el problema de interpretación que surge de la Constitución Nacional, según la formación del intérprete.
    Hace un repaso de las escuelas económicas y de cuál el cree que tomó nuestra Constitución, por lo que debería interpretarse todas sus cláusulas en base a esa.
    Interpretarla según otra escuela sería desnaturalizar la Constitución y todo su plan económico, que, dice Alberdi, es un plan completo de política económica.
    Según Alberdi, la Constitución adopta la escuela liberal de Adam Smith, por lo que se requiere una libertad económica casi total, salvo para los bienes públicos.
    Lo más novedoso o interesante.
    Me resulto sumamente interesante la preparación en materia económica que parece tener Alberdi, yo creía que se limitaba al ámbito jurídico.
    Esgrime buenos argumentos a la hora de defender su postura en esta primera parte, haciendo un breve repaso de las escuelas económicas y el contexto histórico, lo que es sumamente útil para entender los capítulos siguientes.

    Preguntas al autor.
    Asumiendo que su punto de vista es el mas cercano a la realidad
    ¿Cómo solucionaría el problema de los desvíos en la interpretación, sabiendo que es totalmente subjetiva y sesgada por los intereses de los particulares?
    Teniendo en cuenta que la ley debe generar las condiciones propicias para el desarrollo económico, y esto es no estorbar, ¿Qué tipo de impuestos cree que serían los mas eficientes?
    ¿No hay ningún punto de las otras escuelas económicas que puedan ser rescatados y aplicados?

  48. Me parece muy interesante el análisis de Alberdi en su introducción, pensando en ese momento en un Pais en formación. La Constitución Nacional garantiza la libre acción del trabajo, del capital y la tierra como principales agentes de producción. La Constitución Nacional es en materia económica lo que en todas las ramas del derecho Público la expresión de una revolución de libertad, la consagración de la revolución social de América. Ha consagrado el principio de la libertad económica por ser traducción política de la Revolución de mayo de 1810 contra la domincaión española. Nuestra Revolución abrazo la libertad económica porque ella es el manantial que la ciencia reconoce la riqueza de las naciones. La libertad convenia esencialmente a las necesidades de la desierta República Argentina que debe atraer con ella la población, los capitales y las industrias.
    – A que llama Riqueza?
    – Que opina de la reforma de la Constitución?
    – Que haría usted con la distribución de la riqueza en este momento?

  49. Es muy interesante el análisis de Alberdi en su intoducción pensado para un País en formación. La Constitución Nacional garantiza la libre acción del trabajo, del capital y la tierra como principales agentes de producción. La Constitución Nacional es en materia económica lo que en todas las ramas del Derecho Público la expresión de una revolución de libertad, la consagración de la revolución social de América. La Constitución ha consagrado el principio de la libertad económica por su tradición política de la Revolución de Mayo de 1810 contra la dominación Española. Nuestra Revolución abrazó la libertad económica porque ella es el manantial que la ciencia reconoce a la riqueza de las naciones porque la libertad convenia esencialmente a las necesidades de la desierta República Argentina que debe atraer con ella la población, los capitales y las industrias.
    – A que llama riqueza
    – Que opina de la reforma de la Constitución Nacional?
    – Que haria usted con la distribución de las riquezas en este momento?

  50. Alberdi en su obra realiza un trabajo de economía aplicada, es decir, busca anclarse en la edad, suelo y condiciones de un país determinado, la Argentina. Parte desde la filosofía y las disposiciones de la Constitución Nacional para pensar la política económica tendiente a generar un país rico, basándose en tres principios: la fuerza de producción, el modo de aplicarlas y el producto de las mismas, no existe otra forma de generar riqueza que a través de los medios de producción. Cualquier ley o norma deberá apuntar a consolidar estos principios económicos constitucionales para desarrollar la política económica incorporada en la Ley Fundamental, y para garantizar dicha riqueza debe asegurar a su población la entera libertad a esas facultades y asegurarle el resultado de sus frutos, que ello lleva consigo la igualdad.
    Alberdi se apoya en la escuela liberal de Adam Smith para planear la economía establecida en la Constitución Argentina, la que habla de trabajo libre, trabajo en todas sus aplicaciones, como el principio esencial o «principio general» de la riqueza, un proceso que debe ser fomentado por la acción del hombre y no por los sistemas políticos, generando el progreso y la prosperidad del país.
    Creo que lo mas relevante de todas sus obras ha sido la capacidad de «imaginar el futuro», mencionando estrictamente cuales son los limites a seguir.
    preguntas:
    1- ¿Cree que dichos limites han sido cumplidos por los gobernantes o han sido distorsionados?
    2- ¿ Que opina de los manejos actuales del Gobierno y por ende, la famosa «brecha social»?
    3- ¿ La gran crisis económica y social que se vive hoy en día, ha sido producto de no haber seguido los principios económicos?

  51. Como dice Alberdi en su introducción La Constitución Nacional garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como principales agentes de producción. Hace mención a las cuatro escuelas de Economía Política. Alberdi cree que es fundamental el establecimiento de limítes al consumo público, le da mucha importancia a las rentas. Sostiene que para lograr la riqueza es necesario que el trabajo se aplique en la agricultura, el comercio y las industrias.
    Sostiene que la riqueza es importante al momento de conseguir que la Nación crezca. Nos habla de tres elementos que forman la riqueza
    1)Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.
    2)El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.
    3)Los productos de la aplicación de esas fuerzas
    Nuestra Constitución recepta la teoría económica de Adam Smith. Por un lado, la idea de la libertad de trabajo y, por otro lado, la del trabajo libre como fuente de toda riqueza
    Este análisis que hace Alberdi es muy importante pensando en el momento
    en que lo escribió.
    Preguntas a Alberdi
    1) Podría mencionar otro elemento para generar riqueza?
    2) Que entiende por riqueza?
    3) Como se produce la misma?

  52. 1) Resumen :

    Los principios Económicos planteados por Alberdi en la Constitución Nacional tienen que ver con tres cuestiones fundamentales sobre las que debe basarse la economía en nuestro Sistema: La libertad en la producción de trabajo , del capital y de la Tierra. Dichos principios deben ir acompañados por un desarrollo científico que garantice que no haya atraso económico y efectuando una redistribución de los productos obtenidos de la aplicación de ésos recursos que permita un crecimiento sustentable y que el productor obtenga una ganancia acorde. Alberdi critica otros Sistemas como el de la escuela mercantilista y Socialista que postulan como riqueza al valor del dinero y de la intervención del Estado respectivamente. El Sistema adoptado por la Constitución Argentina , en cambio , es el de la escuela physiocrática , con Adam Smith como exponente principal , basado en la libertad en todos los órdenes de la política económica y en contra de todos los monopolios.Se valora la libertad en el trabajo y en todas sus aplicaciones (agricultura , comercio y fábricas) como el principio de toda riqueza y ello va asociado al desarrollo de la ciencia para conseguir dichos fines.

    2) Lo más Importante:

    El Sistema que plantea la Constitución Nacional según Alberdi es el Sistema physiocrático que se basa en la libertad en todas las esferas tanto en el Capital , como en el trabajo y en la Tierra (principios fundamentales de la política económica) a través del desarrollo de la Ciencia y de los avances en los medios de producción que dejen de lado el atraso con que se encontraba la Nación en ése momento. A su vez éste criterio liberal se debe al enorme cambio que se quiere plasmar para dar un salto diferenciador con respecto a la política económica de la dominación española. También se admite que el Estado intervenga en la economía pero no limitando sino ayudando a la producción y evitando a su vez que el consumo público o gastos del Estado no destruyan la riqueza del país.

    Preguntas al Autor:

    1) ¿Porque debe obecerse siempre a la letra de lo que dice la Constitución y no contemplar otras posibilidades de desarrollo económico?
    2) La excesiva regulación y agrupamiento en una única ciencia económica sustentable no contradice en cierta medida los ideales liberales que usted postula respecto al mejor desarrollo del Sistema Económico?
    3)¿Cómo podría aplicarse el Sistema Liberal hoy en día en nuestro país sin un desarrollo científico sustentable?

  53. Resumen del texto:
    En la introducción Alberdi resalta el hecho de que la Constitución provee un sistema de política económica que el legislador deberá tener obligatoriamente en consideración al momento de legislar. Divide la materia económica en tres grandes grupos: agentes de producción, distribución de la riqueza y consumo. Además indica que la Constitución toma como principio económico la libertad. Toma este principio porque reconoce que la libertad económica es la fuente de la riqueza, la cual es esencial para el desarrollo y prosperidad del país; sin riqueza no hay Estado. La riqueza es producto del trabajo, capital y tierra, por lo que el gobierno no puede crearla, pero sí estorbar o ayudar a su producción. Por lo tanto, la riqueza exige de la ley que ésta le conceda su libertad.

    Novedoso o importante del texto:
    Lo que me parece relevante del texto es el énfasis que Alberdi pone sobre la necesidad del legislador de respetar los principios que la Constitución establece en materia económica, y el hecho de que incluso existiendo estos principios exista la realidad de que los legisladores se aparten de ellos. Alberdi explica esta situación estableciendo que al existir distintas escuelas, no hay un acuerdo unánime sobre el modo de comprender y definir ciertos conceptos, lo que lleva a que dependiendo de la escuela que se sigue, se interprete lo establecido por la Constitución de maneras notablemente opuestas.

    Preguntas al autor:
    1) ¿Considera que puede adaptarse la política económica a los constantes cambios que se producen en la realidad si está basada en principios que se mantienen estáticos en la Constitución?
    2) ¿Cómo puede evitarse la diferente interpretación que se realiza de la Constitución en base a las distintas escuelas económicas?
    3) ¿Considera que de existir una plena libertad en el ámbito de la distribución de la riqueza siempre se respetaría la distribución equitativa entre los participantes o cree que se daría lugar al abuso del poder de uno sobre el otro para obtener un beneficio mayor al que le corresponda?

  54. Resumen:
    La introducción del libro de Alberdi, Sistema económico y rentista de la Confederación Argentina, preceptúa que su Constitución de 1853, garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como principales agentes de la producción. Este trabajo es de economía aplicada y positiva.
    Él estipula que la economía política es un caos, no hay 2 escuelas que comprendan y definan; la riqueza, la producción, etc. Hay 4 escuelas principales en que se divide la economía política: la escuela mercantil, la economía socialista, la physiocrática y la escuela industrial.
    La Constitución consagra el principio de libertad económica, comprendiendo que son económicas las necesidades más vitales del país. Hay que rodear de garantías y seguridades los manantiales de riqueza. La libertad económica no es la libertad política.
    Lo más novedoso o importante:
    “La riqueza es hija del trabajo, del capital y de la tierra”; según esta frase Argentina ha perdido la brújula, conforme a la riqueza, porque la cultura del trabajo cada vez es menor, los capitales se fugan, y al campo lo apalean.
    Lo que me parece interesante es que Alberdi, el creador de la Constitución de nuestro país, la haya enfocado a ésta hacia una orientación liberal, y hoy en día veamos que nuestros dirigentes, llevan a la misma Constitución, (con algunas modificaciones, pero no de su esencia), hacia el sentido contrapuesto.
    Por otro lado, considero que lo sustancial de un país es la educación; “Usar de la libertad política es tomar parte del gobierno, gobernar, aunque no sea más que por el sufragio, requiere educación…” y en la actualidad la educación ni siquiera se puede decir que la han dejado en un papel secundario; la despedazaron.
    Preguntas:
    1) Al principio de toda la introducción dice “La constitución federal Argentina…” y posteriormente en la página 4 “…pues la República, unitaria o federal (la forma no hace al caso)…”; entonces en ¿Qué quedamos, es relevante, ser federal o es lo mismo el unitarismo?
    2) ¿Cómo se siente que varios de los puntos que ha destacado, para seguir un camino, han sido llevados a cabo en la dirección contraria?
    3) ¿Cuál sería su modelo de Estado ideal?

  55. En cuanto al resumen de la introducción del texto de Alberdi, conviene comenzar diciendo que el autor dice que la Constitución argentina consagra la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra; y dice que la ley natural del equilibrio preside la distribución de la riqueza. Dice que la ciencia económica se encuentra dividida en cuatro escuelas, y que la Constitución se encuentra bajo la escuela de Adam Smith, que proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones como el principio esencial de toda riqueza. La constitución es la expresión de una revolución de libertad. Luego Alberdi dice que la riqueza es hija del trabajo, del capital y de la fuerza, que son facultades que el hombre desarrolla para satisfacer sus necesidades. La riqueza exige de la ley que esta asegure la libertad del uso de las facultades productivas del hombre (lo que produce igualdad civil) y asegurar a cada uno los resultados. La riqueza tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre, que la forma.

    En cuanto a lo más novedoso o más importante de la introducción, creo que en este caso lo más llamativo es que Alberdi hace énfasis en que la libertad económica y las distintas libertades derivadas de ella son la clave de la Constitución argentina y llevan a la satisfacción de las necesidades de los hombres. Pero Alberdi opina que por suerte la libertad económica no es libertad política ya que gobernar es manejar la suerte de todos, lo que es más complicado que manejar un destino individual y privado. El consumo es el fin y término de la riqueza y su objetivo es cumplir las necesidades y goces del hombre, o la utilidad de su propia reproducción. Por ello se divide el consumo en privado y público. La ley no debe hacer nada en los consumos privados, pero puede establecer reglas y garantías para que los consumos públicos o gastos del Estado no devoren la riqueza del país y para que el Tesoro nacional se forme, administre y aplique en bien y utilidad de la Nación.

    Las tres preguntas que le haría al autor serían:
    ¿Considera que hoy en dia las leyes impiden que los gastos del estado devoren la riqueza el país?
    Si considera que no, ¿Qué medida tomaría al respecto?
    ¿Por qué razones considera que su libro es más de política económica que de economía política?

  56. resumen del texto:

    Alberdi sostiene que la Costitucion se organiza en un sistema economico compuesto por la libre accion de trabajo, el capital y la tierra como principales agentes de la produccion, junto con una natural distribucion de las riquezas y un justo consumo publico. Aplica una concepcion pura de la economia.
    Al legislador le corresponde estudiar la economia constitucional y aplicarla como guia obligatoria en su tarea legislativa. nos dice que nuestra constitucion se basa en los pensamientos de las escuelas economicas de Quesnay y Smith, la escuela de libertad, en oposicion a las escuelas economicas coloniales españolas. sostiene que el creador de riquezas no es el gobierno, quien puede ayudar o estorbar, sino del hombre por su instinto de conservacion y de mejorar. la riqueza es hija del trabajo, el capital y la tierra. nos dice que la libertad economica no es libertad politica. equipara a la libertad economica en libertad civil para garantizar igualdad entre nacionales y extranjeros. el ministerio de la ley y su intevencion en la economia se reduce a garantizar completa libertad en la produccion, distribucion y consumo de la riqueza publica y privada.

    lo mas novedoso o importante:

    considero que Alberdi proporciona las bases para el desarrollo economico del pais en base a los principios de la Libertad, consagrando la ideologia politica y economica originada en 1810 en contra del colonialismo español.
    consagra la inciativa del individuo como creador de riqueza y la limitacion del gobierno para ayudar a tal fin, imponiendo al legislador como guia obligatoria la direccion economica que precepta la ley fundamental.
    me parece relevante la funcion del consumo privado en armonia con el consumo publico para no perjudicar las riquezas obtenidas, bien utilizados y nunca en desmedro del contribuyente como garantias que conforman un sistema rentistico como el que nos describre aqui Alberdi.

    preguntas:

    ¿no cree que lo cultural podria repercutir en este sistema a futuro?
    ¿como podria justificar hoy la no intervencion estatal en la economia y la distribucion de las riquezas?
    ¿pudo haber imaginado tantas riquezas en pocas manos privadas y tanta desigualdad entre ricos y pobres?

    ¿

  57. Alberdi sostiene que la Constitución Nacional (CN) contiene un sistema de política económica que garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como principales agentes de producción. Explica que la economía política se divide en cuatro escuelas, la escuela mercantil, la de economía socialista (estas dos son opuestas a la doctrina económica donde esta la CN) y después están las escuelas que están del lado de la libertad que son la physiocrática y la industrial de Adam Smith (a esta última pertenece la doctrina económica de la CN). Alberdi sostiene que la libertad económica es la fuente de la riqueza y ésta es indispensable para llevar adelante un país, por eso es tan importante respetar la libertad económica.

    Personalmente toda la introducción en sí me resulto sumamente interesante, si bien siempre entendí que nuestra CN tiene un fuerte ideal liberal nunca había imaginado la importancia e impacto de esto en la economía.

    Preguntas:
    1- ¿Qué opina de la reforma constitucional?
    2- ¿Qué entiende por riqueza?
    3- ¿Considera que las crisis económicas tienen su origen en la desobediencia de los principios de libertad consagrados en la CN?

  58. RESUMEN (DE LA INTRODUCCIÓN)
    La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica que garantiza la libre acción de los principales agentes de la producción y ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza. Me propongo reunir esas disposiciones en un cuerpo metódico de ciencia, con el fin de generalizar el conocimiento y facilitar la ejecución de la Constitución, independientemente del gobierno que la aplique, en la parte que más interesa a los destinos actuales y futuros de la República Argentina: la riqueza. Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas: 1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital. 2° El modo de aplicación de esas fuerzas: la agricultura, el comercio y la industria fabril. 3° Y los productos de la aplicación de esas fuerzas. La doctrina económica en que descansa la Constitución argentina es la escuela industrial de Adam Smith. La ley nada tiene que hacer en los consumos privados; pero puede establecer reglas y garantías para que los consumos públicos o gastos del Estado no devoren la riqueza del país.

    LO MÁS NOVEDOSO
    “La riqueza no nace por nacer: tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre, que la forma. Así es que luego que existe, ocurre averiguar cómo se reparte o distribuye entre los que han concurrido a producirla. Para esto es producida; y si el productor no percibe la parte que corresponde a su colaboración, deja de colaborar en lo sucesivo, o trabaja débilmente, la riqueza decae y con ella la prosperidad de la Nación”. Cito este fragmento porque considero que explica claramente el descontento actual de quienes producen para lograr un beneficio individual, y por consiguiente un beneficio para la Nación. La disconformidad surge, porque quien aporta un mayor esfuerzo para generar un plus de riqueza, no recibe en igual proporción el fruto de su trabajo, sino que en sentido contrario, debe pagar más impuestos.

    PREGUNTAS AL AUTOR – ¿Cree usted que en el período 1989-1999 hubo un intento fallido de llevar a cabo los principios de la Constitución de 1853 en materia económica? – ¿Cuánto tiempo considera usted que podrán sostenerse las políticas económicas de redistribución que está aplicando el gobierno actual? – ¿Por qué considera que el sistema económico por usted planteado puede ser aplicado a lo largo del tiempo independientemente del sistema de gobierno vigente?

  59. Como resumen de la introducción del libro de Alberdi, éste nos señala que los agentes de producción de una nación son el capital, el trabajo y la tierra. La base fundacional de la riqueza no es más que los anteriores conceptos, los cuales deben ser aplicados al comercio. A su vez, nos enseña como las disposiciones que contienen carácter prohibitivo no son en líneas generales positivas. Continúa su análisis exponiendo que la Constitución Nacional es receptora de las ideas de Adam Smith. Asimismo, le da mucha importancia al consumo público e indica que que la ley debe limitarlo para que no sea depradado.

    Lo que me parece más interesante de esta introducción es la idea de que la Constitución contiene un programa acabado (bueno o no) de una economía política que debe ser aplicada en pos del progreso de la Nación. A su vez, la situación del individuo como creador de la riqueza parece absolutamente novedosa en épocas de fortalecimientos de los Estados con cada vez más facultades y campos de actuación. Permite su primer análisis, pensar que no es más que los propios individuos los que componen el conjunto de la Nación, y la riqueza de éste último depende en forma directa de la creación de los primeros.

    Preguntas:

    1) ¿Considera que los gobernantes argentinos actuales realmente respetan los líneamientos y límites establecidos por la Constitución?

    2) ¿Es el programa establecido en la Constitución un plan aplicable económicamente hoy en día, o debe adaptarse y reinterpretarse debido a los cambios producidos en 150 años?

    3) ¿Que opina con respecto a la Constitución ideada por el gobierno peronista de de la década del 50, es superadora o retrograda en relación a la de un siglo anterior?

  60. Resúmen:
    En su Introducción Alberdi propone, a lo largo de toda su obra, analizar el sistema económico receptado por nuestra Constitución. Para el autor hay 3 elementos que conforman la Riqueza, y ellos son: El trabajo, la forma de aplicarlo, y el producto que resulta de su aplicación. Se hace una serie de preguntas al respecto y busca la respuesta en 4 escuelas económicas, 2 de ellas opuestas a lo establecido en nuestra C.N: la Mercantilista y La economía Socialista, En frente de estas dos escuelas y al lado de la Libertad encontramos a la escuela Fisiocrata y a la Gran Escuela Industrial de Adam Smith. La primera aportó los rasgos de Libertad en Política Económica y la Segunda garantizó la Dignidad en el trabajo. Alberdi expone sobre la importancia que adquiere la Libertad para una economía real y normal que tiene como fin adquirir prosperidad y conviene en que la libertad en todos sus sentidos y sin ningún tipo de dependencias lleva directo a la riqueza. Asi el liberalismo económico se incorpora a nuestra Constitución. Por ello, hay pautas que son básicas para que se desenvuelva el quehacer económico del país bajo aquellas ideas.
    Aporte:
    Alberdi considera que la Libertad Económica es fundamental para la Riqueza de la Nación, descalifica las dos primeras escuelas y destaca la labor de Adam Smith, pero entiendo que en la Constitución hay artículos en los que esa Libertad se ve restringida por la intervención del Estado. Como ser la Intervención Federal, me cuesta mucho asociar esto a los Principios que Alberdi consagra en su obra, aún entendiendo que el mismo (Intervención) es de carácter subsidiario,

    Preguntas:
    Aún con la economía Argentina actual considera que debemos seguir teniendo una libertad Económica? Qué opinión le merece los países en los que el trabajo no está regulado como en la Argentina y aún así hay mejores salarios y menos desocupación? Consideraría que la Nueva Constitución sigue consagrando los mismos principios de Libertad? O solo en el Preámbulo?

  61. Con haber leído «El socialismo» de Ludwig Von Misses, en esta nota se percibe la visión de libertad y desarrollo potencial que vislumbraba Alberdi.

Responder a Manuelita Diaz Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *