Alquiler de vientres: no todo tiene que estar en un Código o una ley, un contrato es suficiente

Los abogados, y jueces, tienen su lenguaje propio. A veces cuesta entenderlo desde la perspectiva de la economía, en particular de la economía de los contratos, y de la filosofía política.

El diario Clarín publica una noticia respecto a un fallo judicial relacionado con una relación contractual, en la que una pareja acuerda con una amiga que lleve adelante la gestión de un hijo/a producto de la fecundación de esperma del padre y óvulo de una donante anónima. En fin, se trata de un contrato de “alquiler de vientre” que, en esta ocasión, se reconoce. Pero lo curioso es que en ningún momento alguien se atreve a señalar que se trata simplemente de eso, del cumplimiento de un contrato. El artículo dice que la situación “no está contemplada en la legislación vigente”; pero no tiene que estarlo, es, simplemente, parte del derecho de contratos.

Aquí la noticia:

“Un tribunal reconoció como madre a una mujer que no aportó óvulos ni tuvo al bebé en su vientre, pero sí manifestó junto con su marido la voluntad de procrear -y lo consiguió- mediante técnicas de reproducción asistida.

El fallo explica que el niño fue “gestado con material genético del marido del matrimonio que desea tener un hijo y ovocitos de donante anónima, en el vientre de una amiga de los cónyuges”.

La situación no estaba contemplada en la legislación vigente al momento del embarazo y el parto, por lo que un dictamen fiscal sostuvo que debía reconocerse como madre a la mujer gestante. Pero la jueza en lo civil Myriam Cataldi declaró “el emplazamiento del niño como hijo del matrimonio que prestó su voluntad procreacional” y reivindicó el “derecho a la identidad”, pues determinó que los padres tienen la “obligación de hacerle saber la manera en que fue concebido y gestado”.

Además, ordenó al centro médico de fertilización asistida “que proceda al debido resguardo de los datos de la donante de óvulos que intervino en la presente técnica de reproducción humana”.

“Es preciso legislar de modo que cuando nazca un niño pueda ser inmediatamente inscripto como hijo de quienes quieren ser sus progenitores o progenitor conforme al elemento volitivo expresado, ya que el interés superior del niño comprometido merece ser atendido con la máxima diligencia y premura”, sostuvo la jueza.

El fallo, que ya quedó firme, advirtió que “la mujer gestante obró con pleno y libre consentimiento por cuestiones de solidaridad y humanismo decidió, con el asentimiento de su pareja conviviente y padre de sus dos hijos, llevar adelante el embarazo para dar una vida hacia sus amigos que naturalmente no pueden tener hijos”.

La pareja ahora reconocida como padres de la criatura, que nació el 14 de julio de 2014, vive en Córdoba, en tanto que la mujer que lo llevó en su vientre es de la Capital Federal. Los óvulos de la madre no pudieron ser utilizados pues “ya no tenían buena calidad debido a su edad, por lo que debieron recurrir a la ovodonación”.

http://www.clarin.com/sociedad/reconocen-madre-ovulos-gesto-bebe_0_1682831782.html

 

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