Juan Bautista Alberdi sobre los impuestos aduaneros: la tendencia debe ser a reducirlos

Con los alumnos de Derecho UBA vemos a Juan Bautista Alberdi en Sistema Económico y Rentístico, cuando trata sobre los recursos de fisco (impuestos), y en este caso sobre los impuestos aduaneros:

“Siendo la aduana argentina, tal como su Constitución la establece, un derecho o contribución, y de ningún modo un medio de protección, ni de exclusión, ¿cómo deberá reglarse esta contribución para que sea abundante? – La Constitución misma lo resuelve: – aumentando la población y dando extensión a la libertad de comercio.

A propósito de lo primero, ha dicho la Constitución, art. 25: – «El gobierno federal fomentará la inmigración europea; y no podrá restringir, limitar, ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias e introducir y enseñar las ciencias y las artes».

Como la libertad de entrar, circular y salir del país está asegurada a las personas por el art. 14 de la Constitución, no hay duda que la disposición del art. 25, que dejo citado, se refiere a la libre entrada de los objetos que traen los inmigrados para aplicar al laborío de la tierra, a la mejora de las industrias, al cultivo y propagación de las artes y ciencias. Según esto, las leyes de aduana reglamentarias del art. 25 deben eximir de todo impuesto las máquinas y utensilios para labrar la tierra, los instrumentos que traen alguna innovación útil en los métodos de industria fabril conocidos en el país; los que conducen a entablar las industrias desconocidas, las semillas, los libros, las imprentas, los instrumentos de física experimental y de ciencias exactas.

Pero, ¿hay un solo objeto de los que interna en estos países la Europa civilizada, que no conduzca a la mejora práctica de nuestra sociedad de un modo más o menos directo? – Si las cosas en sí mismas, si los productos de la civilización traen en su propia condición aventajada un principio de enseñanza y de mejora, ¿no es verdad que las leyes fiscales que gravan con un impuesto su internación, gravan la civilización misma de estos países llamados a mejorar por la acción viva de las cosas de la Europa? – Tal es realmente el carácter y resultado de la contribución de aduanas: es un gravamen fiscal impuesto sobre la cultura de estos países, aunque exigido por la necesidad de recursos para cubrir los gastos de su administración pública. Luego su tendencia natural y constante debe ser a disminuir su peso como impuesto; es decir, a dar ensanche a la libertad de comercio, establecida por la Constitución como fuente de rentas privadas, de progreso y bienestar general; pues, siendo la renta pública de aduana simple deducción de la renta particular obtenida en la producción de la industria mercantil, se sigue que el medio natural de agrandar la renta de aduana es agrandar las rentas del comercio, es decir, disminuir el impuesto de aduana.

Síguese de aquí que el medio más lógico y seguro de aumentar el producto de la contribución de aduana es rebajar el valor de la contribución, disminuir el impuesto en cuanto sea posible. En ningún punto la teoría económica ha recibido una confirmación más victoriosa de la experiencia de todos los países, que en la regla que prefiere muchos pocos a pocos muchos.”

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  1. ○ RESUMEN: En este nuevo capítulo, Alberdi analiza los recursos que forman el tesoro nacional, es decir, analiza el art. 4 de la Constitución. Es así que enumera y explica cuáles son los recursos que componen al Tesoro Nacional, entre ellos:
     El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas;
     El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional;
     La renta de correos;
     El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso
     El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional.
    En lo referente a las aduanas, el autor sostiene que éstas son nacionales y exteriores, y “quedan abolidas y prohibidas las aduanas de provincia”. Éstas son un derecho, una contribución, siendo la única reglamentación el aumento de población y la mayor extensión de la libertad de comercio.
    Esto significa que el camino que convendría tomarse para aumentar su “renta” es tomando medidas severas e importantes. Desde este punto de vista, el autor señala con fundamentos que es mucho más conveniente recibir “poco de muchos, que mucho de pocos”, y esto ya sea no obligando ni restringiendo la entrada de inmigrantes, ni de sus herramientas de trabajo, o disminuyendo y abaratando trámites de recaudación como “medio indirecto”, o concediendo el derecho de percibir esos impuestos, incluso las medidas que propone para aumentar la renta.
    Alberdi, en este sentido, considera que es posible extinguir tal tributo, por un tiempo determinado, como una especie de fomento, que a futuro acarreará numerosos beneficios al Tesoro Nacional, el cual, se utiliza para designar a aquellos recursos o elementos que un Estado tiene para hacer frente a diferentes actividades, acciones o medidas que busque llevar a cabo.
    Por último, en cuanto a las contribuciones, Alberdi nos enseña que las contribuciones opuestas a los fines y a las garantías esenciales de la Constitución (esto es, la propiedad, la libertad, la igualdad y la seguridad en su relación con la producción, distribución y el consumo de las riquezas) son contrarias al aumento del Tesoro nacional, que, según ella, tiene su raíz en la libertad y en el bienestar general.
    ○ LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE: me resulta novedoso que se le asigne al correo una vital importancia. No solo como fuente de ingresos, sino como una cuestión de valores de los ciudadanos a través del intercambio de información por las mismas mediante el respeto.
    Desde esta visión me llama la atención que este recurso, a tal punto que es uno de los elementos que hasta hoy en día, tal como lo expresa en art. 4 CN, sea uno de los principales y esenciales recursos que conforman el Tesoro Nacional.
    Con esto quiero decir que no existió ningún avance desde aquella época hasta en nuestros días actuales, dado que los recursos en su mayoría siguen siendo los mismos que los de aquellos años.
    ○ PREGUNTAS AL AUTOR
    1. ¿Cómo describiría el sistema de impuestos que reina en nuestro país en la actualidad?
    2. Actualmente, ¿Cree que hoy los impuestos son equitativos?
    3. ¿Cuál sería el resultado si se pusiese fin a los impuestos?, ¿y si se eliminaran las aduanas?

  2. En el capítulo, Alberdi menciona las maneras en que deben ser reglados los recursos que el Estado tiene a disposición, o podría adquirir. El sistema armamentístico, como hemos visto anteriormente, reposa en los principios de propiedad, libertad, igualdad y seguridad en sus relaciones de producción, distribución y consumo de las riquezas.
    Los recursos que tiene el Estado para aumentar su tesoro son: derecho de importación y exportación, renta de correos, renta de locación de tierras de propiedad estatal, producto de las contribuciones.
    La constitución Argentina establece que las aduanas son nacionales y exteriores, por lo que quedan prohibidas las aduanas provinciales.
    El autor define a las aduanas como, «un gravamen fiscal impuesto sobre la cultura de los países, exigido por la necesidad de recursos para cubrir los gastos públicos».
    La constitución regula las aduanas en una serie de artículos, estableciendo que no habrá mas aduanas que las nacionales, cuyas tarifas son fijadas por el congreso. También establece la prohibición de aduanas interiores, etc. La norma suprema garantiza una libre circulación y libre transito.

    1) El autor menciona que se debe eximir de impuesto a las maquinarias y utensilios que tengan por finalidad desarrollar la industria, ¿no debería también eximir de impuestos a los productos que sean necesarios importar para poder producir en el territorio Argentino?
    2) Cuando Alberdi menciona que hay recursos contrarios a las garantías económicas que establecen la Constitución y que son contrarios al aumento del tesoro nacional, ¿a que recursos re refiere?
    3) ¿Consideraría en la actualidad eliminar las aduanas con el fin de facilitar el comercio?

  3. Resumen:
    En este capitulo Alberdi habla de los principios y reglas según los cuales deben ser organizados los distintos recursos establecidos por la constitución para la formación del tesoro nacional; cómo éstos deben ser reglados por las leyes orgánicas para dar abundantes resultados al Tesoro, sin perjudicar las miras de libertad y de progreso impuestas por la misma constitución.
    Los recursos designados por el art. 4 de la Constitución federal para la formación del tesoro nacional son:
    1° El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas;
    2° El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional;
    3° La renta de correos;
    4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso;
    5° El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional.

    Novedoso:
    La contribución es para formar el tesoro nacional; el tesoro, como medio de ejecución, es para gobernar; el gobierno es para hacer cumplir la constitución; la constitución, tal lo dice su preámbulo, es para afirmar la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz, servir a la defensa común, promover el bienestar y asegurar los beneficios de la libertad. La contribución es, según esto, el precio con que se obtiene el goce de estos fines.
    Las contribuciones del pueblo forman parte del Tesoro público y deben ajustarse a los principios constitucionales para el cumplimiento de los fines de la CN. Pueden ser directas o indirectas, de las cuales estas últimas son más abundantes en producto fiscal. Si éstas fuesen contrarias a la CN, si fuesen exorbitantes, desproporcionadas o desiguales, son precisamente contrarias al aumento del Tesoro Nacional. El sistema argentino debe realizar una correcta distribución del peso de las contribuciones para aligerar el mismo en beneficio de los contribuyentes y así lograr su fin último.

    Preguntas:
    De los recursos (del art 4CN) que nutren al tesoro nacional: Cual es el que genera mayor riqueza?
    En la antiguedad, las aduanas eran la principal fuente de ingresos o actualmente lo siguen siendo?
    El art 4 CN se refiere a que el tesoro de la nación se formara por el producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente imponga el congreso, en su opinión las contribuciones son equitativas y proporcionales a los ingresos de los contribuyentes?

  4. Resumen: Para que el tesoro nacional llene su cometido, deberá respetar los principios de la Constitución, sin perjudicar la libertad y tendiendo al bienestar general. En su artículo 4 la Constitución enumera los recursos para la formación del tesoro: El producto de derechos de exportación y aduana, la renta o locación de propiedades nacionales, la renta de correos, el producto de la contribuciones que imponga el congreso y el de empresitos y operaciones de crédito que decrete el mismo ante urgencias de la nación.
    Al tratar el tema aduanero resuelve que el problema se resuelve no agregando aduanas, sino agregando población e incrementando el comercio. En relación a la venta o locación, Alberdi prefiere la venta, criticando a Rivadavia al prohibir la venta de terrenos públicos. En relación a la renta de correos considera que pueden ser una renta nacional, aunque en el momento haya dado perdida. Estas son los únicos métodos que menciona la Constitución, pero no los únicos que admite.
    Lo más interesante es que al hablar de aduanas Alberdi menciona que en el interior de la Republica es libre el derecho a la circulación de mercadería, en contraste con la actualidad en donde para pasar mercadería de una provincia a otra, se necesitan arduos requisitos y permisos, quitando gran parte de la riqueza generada, obteniendo el efecto contrario al buscado, dado a que al complicar la situación para los comerciantes, desincentiva la producción generando menos riquezas y por lo tanto cobrando menos impuestos.
    Preguntas: Hoy en día ¿mantendría su postura de vender tierras nacionales en vez de rentarlas?
    ¿Qué piensa de las aduanas y los impuestos a las importaciones de hoy en día?
    En relación a las contribuciones impuestas por el congreso: ¿piensa que el argentino promedio recibe a cambio de lo que aporta en impuestos beneficios proporcionales? O ¿podríamos obtener servicios más eficientes por parte del Estado recurriendo a otro tipo de recaudación?

  5. Alberdi analiza el artículo 4 de la Constitución, es decir, cómo se compondrán los recursos de la Confederación. Primero menciona las aduanas, y respecto a ellas explica que el medio más lógico para aumentar el producto de la contribución de las aduanas es rebajando el valor de la contribución y aumentando la población y por ende, alentando el libre comercio. Luego menciona, el producto de las rentas o locación de tierras de propiedad nacional. Alberdi se inclina por la venta de tierras más que por la locación, y critica duramente la ley de enfiteusis de Rivadavia. En cuanto a la renta de correos, explica que el servicio que más que una renta puede calificarse como un gasto público y que puede llegar a ser deficitario. Por último, se mencionan las contribuciones equitativas y proporcionales que establece el Congreso. Dichas contribuciones se dividen en indirectas y directas. El autor menciona algunas características que hacen de la indirecta la más propicia para el progreso de la nación. Entre ellas es abundante, impersonal, fácil de obtener, progresista, segura. Esto es así porque tales contribuciones son las que gravan los productos de consumo. Entonces, no requieren la tarea del fisco para obtenerlas del contribuyente de manera personal, sino que se incluye en el precio a pagar por el producto y esto hace todo más fácil para el ente recaudador. En cambio, las contribuciones directas son más difíciles de obtener ya que requieren de la voluntad del contribuyente de pagarlas en tiempo y forma. El autor destaca que no puede recaerse en la buena voluntad del contribuyente ya que es natural el evadir cuando no existe un control por parte de la administración. Es por ello que Alberdi da ciertas ideas sobre cómo debería conformarse el sistema tributario de la Confederación.

    Preguntas:
    1.¿Qué opina de la presión fiscal actual en el país?
    2.En el apartado del correo se menciona que en numerosas ocasiones el gasto fue mayor a los recursos con los que se contaban, ¿cree que el déficit es una característica cultural nuestra?
    3. ¿Cree que el sistema que propone el artículo 4 en cuanto a las coparticipación es el sistema con el que contamos en la actualidad?

  6. Cómo deben ser reglados los recursos para dar abundante resultado al tesoro? En este articulado se da mucha importancia y/o relevancia a la función de la aduana como una gran fuente de ingreso al fisco, también los son la locación o venta de tierras, la renta de correos y el derecho de importación y exportación. Claro está que al tener ingresos se debe tener en claro la forma de distribución de los mismos. Una forma es cuidar de ellos y aplicarlos de forma equitativa y otra forma es evitar una excesiva emisión de moneda.

    Lo más llamativo es cuando el autor dice que el artículo 14 de la Constitución asegura a las personas la libertad de entrar, circular y salir del país, no cabe duda de que la disposición del artículo 25 se refiere así también a la entrada de los objetos que traen los inmigrados para aplicar al trabajo de la tierra, a la industria, al cultivo y demás. Es muy notable esta parte porque al leerlo pareciera que toda herramienta que sirva y ayude al progreso de la Nación están exentos de impuestos, pero hoy en día se sabe que esto no es así.

    – Cree usted que la aversión sobre la venta de terrenos es un error económico?
    – Actualmente con el avance de la tecnología, cree usted que se respeta la privacidad, es decir, existe protección sobre nuestros datos y/o conversaciones, basándonos en el artículo 18 de la Constitución donde se impone la inviolabilidad de la correspondencia?
    – Hoy en día, cuáles son otras fuentes de ingreso al tesoro?

  7. 1-
    La renta pública consiste en las aduanas, que es un gravamen fiscal exigido por la necesidad de recursos para cubrir los gastos y se debe disminuir su peso como impuesto; la venta o locación de tierras públicas; la renta de correos; y el producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general.
    La contribución debe salir de donde salen sus demás gastos privados no de los fondos que la producen porque sino disminuyen los fondos originarios de la renta.
    Todas las industrias deben contribuir a sostener la ley, que garantiza su existencia y libertades. Repartir bien las contribuciones aligera el peso de los contribuyentes, y agranda su producto en favor del Tesoro nacional. Los medios que pueden emplearse se reducen a dos: se pide directamente al contribuyente una parte de su renta (contribución directa), o bien se le exige una suma sobre ciertos consumos que hace con su renta, sin inquirir su nombre ni mencionar su persona (contribución indirecta).
    El crédito es un miembro de los muchos que forman el Tesoro nacional, según el art. 4 de la Constitución argentina. Es el medio de repartir el peso de la contribución entre las generaciones sucesivas.

    2-
    Destaco como explica la necesidad de contribuir para formar el Tesoro nacional, pues es el precio con que se obtiene la justicia, se consolida la paz, se sirve a la defensa común, promueve el bienestar y asegura los beneficios de la libertad establecidos en la Constitución, los cuales necesitan al gobierno para poder asegurarlos; y que su erogación forma el gasto más precioso del hombre en sociedad.

    3-
    Teniendo en cuenta la situación actual del país, ¿es conveniente eliminar ciertos impuestos y/o aligerar la carga impositiva?
    ¿Qué habría que hacer para lograr una contribución acorde a las necesidades actuales del país?
    ¿Cuál sería el método adecuado para que todos contribuyan al Tesoro Nacional?

  8. RESUMEN:
    En este capítulo se ocupa de detallar los modos en que la ley debe reglar los recursos admitidos por la Constitución para la formación del Tesoro Nacional, de modo tal que éstos den abundancia, sin perjudicar la libertad y el progreso. La Constitución Nacional enumera en su artículo 4 los recursos designados para la formación del Tesoro Nacional:
    -En primer lugar, el producto de los derechos de importación y exportación de las aduanas. Éstas, deben ser nacionales y exteriores, quedando abolidas y prohibidas las aduanas provinciales. Además, deben simbolizar únicamente un derecho o contribución y de ningún modo, un medio de protección ni de exclusión. Por ello, ésta contribución, para que sea abundante, debe reglarse aumentando la población y dando extensión a la libertad de comercio. Por otro lado, las leyes de aduana deben eximir de todo impuesto las maquinas, utensilios, instrumentos que traen alguna innovación útil para aplicar a la tierra, industria, arte y ciencias. Luego, la tendencia de la contribución de aduana debe ser a disminuir su peso como impuesto, es decir, a ensanchar la libertad de comercio, para lograr el progreso nacional.
    -En segundo lugar, las tierras nacionales son un modo de contribuir al Tesoro. Estas están en manos del gobierno, pudiendo lograr el bienestar general agrandando la entrada fiscal para su utilización. Solo se requiere que el Estado haga lo correcto con ellas: las venda o las alquile. Estos terrenos, denominados baldíos, son aquellos que no son de dominio particular, son de precio bajo y no son de ningún provecho para el Estado. Alberdi expresa que los terrenos rinden mas en manos de los productores, ya sea mediante la compra o el arrendamiento, ya que estos darán una renta mayor al Estado mediante el uso y goce del terreno, que si estuviesen vacíos como meros terrenos baldíos.
    -También la renta de correos como una de las fuentes del Tesoro Nacional
    -Además, el articulo 4 alude a “las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general”. Alberdi expresa que “por la contribución desproporcionada atacas la igualdad civil, por el impuesto mal colocado, matas tal vez un germen de riqueza nacional y por el impuesto mal recaudado, alejas a las poblaciones asustadas de un Fisco armado bajo las herramientas de la inquisición”. Pueden ser directas e indirectas, pero el autor menciona que ésta ultima es la más abundante en producto fiscal, la más fácil, impersonal, progresista y segura.
    -Finalmente, también el articulo 4º se refiere a los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional.

    LO NOVEDOSO:
    Como bien dice Alberdi, la tendencia natural de la renta publica es a ser abundante. Pero establece el autor que la Constitución protege los derechos del hombre de ejercer sus facultades sobre los medios que generan esa renta. Es decir, la Constitución quiere que la ley rentística proteja los derechos en los que reposa dicho sistema y que no sean atacados. Estos son la propiedad, la libertad, la igualdad, la seguridad en sus relaciones practicas con la producción, distribución y consumo de riqueza. Esto me parece lo mas importante de lo que dijo Alberdi, en donde reposa todo su pensamiento.

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    – ¿Qué cambios introduciría en el sistema aduanero, considerando los cambios en el orden económico mundial?
    – ¿Cree que hacer acuerdos de libre comercio en el mundo actual con la mayoría de los países del mundo es una gran forma de generación de riqueza?
    -Considerando la cantidad de limitaciones que encuentra a la libre entrada de mercaderías desde el exterior, vía restricciones directas o indirectas, ¿cree usted que el respeto a la libre circulación de la mercadería proveniente del exterior está protegido?

  9. RESUMEN: En esta sección Alberdi explica sobre los recursos designados por el art. 4 de la CN para la formación del tesoro nacional y éstos son:
    -El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas: en primer lugar las aduanas argentinas son nacionales y exteriores, y resultan abolidas y prohibidas las aduanas provinciales. Los derechos de aduana son un impuesto y no una forma de proteger o de excluir. Para aumentar la recaudación total se deben bajar los derechos de aduana al mínimo y los trámites aduaneros deben ser simples y baratos. No deben gravar el ingreso de maquinarias para trabajar la tierra o la industria.
    -El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional: es preferible venderlas ya que esas tierras improductivas deben tener dueños que las cultiven y establezcan industrias, que las hagan productivas. Los precios de venta deben ser bajos para ser accesibles y sin trámites complicados. Si se dan en locación, que sea a largo plazo, que se respete el contrato en caso de enajenación, que se fomente las mejoras en la tierra, que sea un alquiler bajo. El Congreso tiene facultades para cederlas en propiedad como estímulo a las empresas de utilidad nacional o a colonos para que pueblen zonas especiales. Las tierras no sólo son un recurso fiscal sino fuente de riqueza que engendra otros recursos.
    -La renta de correos: en su condición actual bien puede ser un gasto público más propiamente que una renta, pero siendo el más reproductivo de los gastos de la Nación, su tendencia necesaria es a convertirse en renta y en renta abundante. La renta de correos es la más nacional de las rentas, por la razón de que la contribución que le sirve de origen es soportada por todos los puntos del territorio, no pagan transporte de cartas los corresponsales que viven dentro de un mismo lugar.
    -El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso: estas contribuciones pueden ser impuestas por tanto por el Congreso Nacional como por las legislaturas provinciales, sin perjuicio de la prelación del impuesto nacional en caso de conflicto. Deben ser establecidos juiciosamente ya que pueden atacar los propósitos de la Constitución. El impuesto exorbitante ataca los principios de libertad, propiedad, igualdad y seguridad. El impuesto desproporcionado ataca la igualdad civil. El impuesto debe pesar sobre todos igualmente pero sobre cada uno según sus fuerzas, eso es igualdad proporcional. La contribución debe ser baja para fomentar la creación de riqueza y aumentar el Tesoro Nacional. Hay dos tipos de impuestos: los directos que detraen parte de la renta del individuo o los indirectos que gravan ciertos consumos.
    -El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional: siendo el crédito público un recurso destinado para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional, como dice la Constitución, parece que ella hubiera querido considerarlo como recurso extraordinario, y lo es en cierto modo efectivamente. Pero si se considera que no hay situación más extraordinaria que la de un país que, como la Argentina, se admitirá que el crédito público, aun considerado como recurso extraordinario, entra en el número de los que pone la Constitución al servicio cotidiano del gobierno nacional de ese país.

    LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE: De esta sección del texto, me resulta sorprendente que Alberdi exponga que considere que para aumentar la renta de la aduana hay que bajar los impuestos de ella al mínimo y así poder fomentar el aumento de población y la libertad de comercio. Ya que hoy, los gobiernos en general promueven políticas que tienden a subir las rentas porque creen que así generarán más beneficio. Y creen que con precios muy altos se ganará más pero la realidad es que son menos las personas que adquirirán el bien o servicio, en cambio y a mi parecer, si se baja el precio se incentiva a que más personas lo adquieran y así puede llegar a recaudar más.

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    ¿Qué factores se tienen en cuenta para determinar el monto de los impuestos o aranceles que impone la aduana?
    ¿Considera que la aduana se convirtió en el sistema de protección y prohibitivo que advertía?
    ¿Qué le parece a usted el sistema progresivo de impuestos? En base a su respuesta y tomando en consideración lo dicho por usted en esta sección del texto “Que la contribución pese sobre todos igualmente, y sobre cada uno según sus fuerzas: he ahí la igualdad proporcional” ¿le parece que responde a la igualdad proporcional “según las fuerzas de cada uno”?

    • (corrijo)
      LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE: De esta sección del texto, me resulta sorprendente que Alberdi exponga que considere que para aumentar la renta de la aduana hay que bajar los impuestos de ella al mínimo y así poder fomentar el aumento de población y la libertad de comercio. Ya que hoy, los gobiernos en general promueven políticas que tienden a subir las rentas porque creen que así generarán más beneficio y recaudaran más pero son menos las personas que pueden contribuir con ello. Y vale agregar, si puedo hacer referencia al mercado y en base al tema, creen además que con precios muy altos se ganará más pero la realidad es que son menos las personas que adquirirán el bien o servicio, en cambio y a mi parecer, si se baja el precio se incentiva a que más personas lo adquieran y así puede llegar a recaudar más.

  10. Resumen:

    Alberdi en su capitulo De principios y reglas según los cuales deben ser organizados los recursos para la formación del tesoro examina de manera particular las fuentes del Tesoro Nacional. En primera instancia las A- Bases del Sistema Aduanero en la Argentina cómo debe ser la aduana para dar mucha renta al Tesoro nacional. Alberdi llega a la conclusión después de un extenso análisis Que las aduanas argentinas son nacionales y exteriores, quedando abolidas y prohibidas las aduanas de provincia; es un derecho o contribución y que no es un medio de protección tampoco prohibición. Para que esta contribución sea abundante se origina aumentando la población y dando extensión a la libertad de comercio. B-la venta o locación de tierras públicas como recurso del Tesoro nacional. Critica la aversión a la venta de los baldíos. Para Alberdi la base de todo crédito es la renta no la tierra de un país despoblado.
    C-La renta de los correos su origen y naturaleza es producto de una contribución indirecta establecida sobre un servicio que el Estado toma a su cargo en el interés del orden público, sin que la industria reporte menos ventaja de la unidad y regularidad, que sólo el Estado puede asegurar al transporte de la correspondencia .La correspondencia esta protegida por el articulo 18 de la constitución .Siendo este el gasto mas reproductivo, tendría una tenencia a convertirse en una renta abundante .
    D- Contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general
    Este recurso debe salir de la renta de los privados. La constitución admite dos métodos para exigir su pago: Pedir al contribuyente una parte de su renta denominada Contribución Directa , o exigirse una suma sobre ciertos consumos que hace con su renta denominada Contribución Indirecta. El uso ordinario de las contribuciones indirectas queda reservado a las provincias. Sostiene que tan importante como la existencia de una contribución equitativa es su recaudación.

    Novedoso-Importante:
    Cuando Alberdi destaca que las contribuciones directas deben ser extraordinarias y en caso de urgencia ya que sino seria un abuso de la facultad administrativa y además una afectación a la propiedad de la persona humana. Y además me parece importante como remarca la importancia de bajar los aranceles aduaneros como así también que habría que disminuir y abaratar los trámites vinculados a ellas. De esta manera se mejoraría la condición de los ciudadanos para los consumos y que disminuyan los impuestos que forman parte de su precio de venta.

    3 preguntas al Autor:

    1.¿Cuales son los criterios que se deben considerar para establecer una contribución sin que esta pueda ser considerada desproporcionada?
    2.el impuesto a las ganancias creado como una contribución directa creada extraordinariamente por que sigue vigente hoy en dia? es posible eliminarlo?
    3.¿Que significa igualdad impositiva?

  11. En el capitulo IV Alberdi nos enseña que para que el Tesoro llene su destino común con los demás propósitos de la Constitución, que es el bienestar general, debe respetar en su formación los principios de que depende ese bienestar. Analiza los recursos del art 4 que son: El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas, el de la renta o locación de tierras de propiedad nacional, la renta de correos, el producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso, el de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional. Hace hincapié en la nacionalización de las aduanas y las tarifas que las rigen que deberán ser sancionadas por el Congreso. Las aduanas argentinas serán nacionales y exteriores, quedando abolidas y prohibidas las aduanas de provincia, destacando la aduana como derecho de contribución. Las aduanas deberán servir a los intereses de la libertad y de la población, en tanto contribuirán al crecimiento del tesoro, en congruencia con la libre navegación de los ríos interiores. Las provincias para crecer deberán aumentar su población y dar extensión a la libertad de comercio, la CN promueve la inmigración Europea y las leyes de aduana deben eximir todo impuesto, las maquinas y utensillos para labrar la tierra y los instrumentos que traen innovación en los métodos de industria fabril, las semillas, los libros, las imprentas, los instrumentos de física experimental y de ciencias exactas. La venta o locación de tierras nacionales, según Alberdi es preferible la venta, y la venta en porciones pequeñas de tierra. También, la renta de correos, la más nacional de las rentas. Además, el producto de otras contribuciones que imponga el Congreso, que no están expresamente nombradas en la Constitución, sino que es facultad del legislador establecerlas de acuerdo a las normas y principios constitucionales. Por último, los empréstitos y operaciones de crédito, de carácter excepcional y utilidad en caso de urgencias de la Nación.
    Me resulto novedoso todo lo referido a la formación del Tesoro, esto es el articulo 4 de la Constitución Nacional. En este capitulo, Alberdi nos enseña que existe una gran disponibilidad de recursos en la Nacion. Contar con esos recursos no es una tarea sencilla, sin embargo, lo que no tenemos es una administración que los ordene y explote en beneficio de la Nacion, siendo esta una tarea mucho mas sencilla que contar con ellos. A su vez, también me llama la atención que este libro fue escrito hace una gran cantidad de años y las cosas que expone Alberdi son muy revolucionarias para esa época.Por último, me resulta interesante la distinción que hace entre las contribuciones indirectas y directas.
    ¿Usted consideraría en la actualidad agregar otro recurso para la formación del Tesoro Nacional? ¿En la actualidad, cuál sería el recurso más importante?
    ¿Usted considera que en la actualidad hay mayores contribuciones directas o indirectas? ¿Cuál impuesto aporta una mayor recaudación el directo o indirecto?
    ¿ Usted considera que el sistema de aduanas de hoy beneficia al pais? ¿Cuál sería la manera de mejorar el funcionamiento de las aduanas?

  12. RESUMEN:
    En este capítulo, Alberdi explica cómo deberían ser organizados los recursos designados por el artículo 4 de la Constitución a fin de dar abundantes resultados al Tesoro sin perjudicar las miras de libertad y progreso.
    En primer lugar, y refiriéndose al régimen aduanero, sostiene que la aduana (nacional y exterior, prohibida la aduana de provincia) es un derecho o contribución. Para que sea abundante, es necesario aumentar la población y extender la libertad de comercio (artículos 14 y 25 vinculados al fomento de la inmigración europea), considerando que hay que disminuir el impuesto en cuanto sea posible (“la regla que prefiere muchos pocos a pocos muchos”).
    En cuanto a la expansión de la entrada fiscal a través de la venta de tierras públicas, el autor entiende que conviene establecer un modo expeditivo y fácil para que el Estado venda como los particulares, debiéndose vender los terrenos baldíos: siendo ajenos, producirán millones de renta. Posteriormente, hace referencia al sistema mediante el que se deben locar las tierras públicas, manifestando que se deben establecer incentivos para que los detentadores de la tierra trabajen en la mejora del suelo pensando a futuro.
    Luego, explica que la renta de correos tenderá a ser abundante, dependiendo de distintos aspectos tales como la geografía política en materia de navegación y comercio, mejora de caminos, entre otros.
    Finalmente, hace alusión a las demás contribuciones determinadas por el articulo 4 para formar el Tesoro, analizando, entre otros temas, cómo pueden ser atacados los propósitos constitucionales de progreso a través de contribuciones exorbitantes, desproporcionadas, impuestos mal colocados, mal recaudados. Concluye que, la contribución debe pesar sobre todos igualmente y sobre cada uno según sus fuerzas.

    NOVEDOSO:
    – “Si el impuesto bajo es tan fecundo en resultados con referencia a las aduanas, su total supresión por un término perentorio podría servir.”
    – “La historia de los terrenos baldíos y del derecho pecuario en España y sus antiguos dominios contiene una de las llaves que explican sus destinos y los nuestros, en el desarrollo de nuestra civilización común, y en las resistencias que la detienen o extravían.”

    PREGUNTAS:
    – ¿Qué medidas adoptaría para reducir las maniobras de evasión fiscal?
    – ¿Qué opina sobre el porcentaje que ocupan los salarios del sector público en el presupuesto?
    – Actualmente, ¿es relevante la renta de correos?

  13. Alberdi explica cómo deberían ser organizados los recursos en relación al Tesoro Nacional, sin perjudicar el progreso y la libertad, por lo que procede a analizar sus fuentes y como se alimenta al mismo.
En particular, el autor expone sobre el régimen aduanero, sosteniendo que la aduana puede ser considerada un derecho o una contribución.

    Ahora bien, para que sea el primer caso, el autor expone la necesidad del incremento de población y libertad de comercio, ya que si se carece de estos aspectos, los impuestos crecerían, cosa que no es el objetivo de ningún país.

    
También se expone en relación a la renta de correos, actividad común para la época, y que la misma dependía de los caminos geográficos, por lo que los mismos deben ser mejorados.

Respecto de las contribuciones directas, las mismas requieren de la voluntad del ciudadano para que sean abonadas en tiempo y forma legal, por lo que no se puede confiar en que los contribuyentes sean honestos con este tópico y no procedan a evadir impuestos.


    
Concluye, siguiendo con el análisis de los tributos, con una especie de deseo, consistente en que dichas contribuciones pesen sobre los ciudadanos de manera más equitativa y según la capacidad que cada uno tenga de soportar los mismos, cosa que incluso hasta el día de hoy no sucede.





    Preguntas:

    
- Pasando los días el Correo se usa cada vez menos… hay algún método alternativo que pueda abastecer a los fondos de la Nación? 



    – Que supuesto utópico se podría dar para que un Estado no cobre contribuciones?

    

- Que mecanismos de pueden adoptar para evitar la evasión fiscal, tanto desde la perspectiva del Estado como la del contribuyente?


  14. Alberdi comienza ponderando el articulo 4 y los medios que brinda este para financiar el tesoro publico, las cuales son: El producto de derechos de exportación y aduana, la renta o locación de propiedades nacionales, la renta de correos, el producto de la contribuciones que imponga el congreso y el de empresitos y operaciones de crédito que decrete el mismo ante urgencias de la nación. A lo largo del texto el autor destaca las contribuciones indirectas, ya que estas afectan al consumo y por consiguiente se facilita su recaudación, en el caso contrario, los impuestos directos requieren de la voluntad del contribuyente si no existe un sistema que persiga correctamente su cobro, estos deben darse solo en situaciones de urgencia. En un mismo sentido considera que en los impuestos aduaneros, es importante prohibir aquellos provinciales y los nacionales bajarlos de forma sustancial, para así recaudar aun mas teniendo en cuenta que es mejor poco de muchos que mucho de pocos, aplicando analógicamente la curva de Laffer.
    Hace referencia también a la venta de terrenos públicos, teniendo en cuenta la época en la que escribe el autor, se supone lógica la consideración de esos terrenos para llenar el tesoro nacional, hoy en día la situación parecería distinta.
    Por ultimo, la renta de correos lo considera una renta multiplicadora que necesitaría de infraestructura para convertirse en una renta abundante,
    1) Como valora la presión impositiva actual?
    2) Cree que se podría recaudar mas con una reforma impositiva?
    3) Se podría quitar cualquier tipo de arancel a las importaciones?

  15. Resumen
    Alberdi en este capítulo analiza el articulo 4 de la constitución. Menciona como se componen los recursos que forman el tesoro nacional. En primer lugar está el producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas, en segundo el de la renta o la nación de tierras de propiedad nacional, en tercer lugar la renta de correos, en cuarto el producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el congreso y por último el de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional. Sobre la importancia de las aduanas explica que el medio mas lógico para aumentar el producto de la contribución de las aduanas es rebajando el valor de la contribución y aumentando el de la población y por ende, alentando el libre comercio.
    Novedoso
    Es como la constitución quiere que la ley proteja los derechos en los que reposa dicho sistema y que no sean atacados. Derechos como ser la propiedad, la libertad, la igualdad, básicamente los que trata en capítulos anteriores. Es raro también como Alberdi busca que se bajen los aranceles de importación, cuestión que en el presente lo único que se busca es aumentarlos.
    Preguntas
    ¿Hoy en día como deberías calcular el valor del impuesto aduanero para que no sea desproporcionado?
    ¿Existen mayores contribuciones directas o indirectas, y cual genera mas ingresos?
    ¿Cuál seria el método que se necesita emplear para que todos contribuyan al tesoro nacional?

  16. I. RESUMEN.
    En el capítulo cuarto Alberdi estudia cómo deben ser reglados por la ley orgánicas los recursos para la formación del Tesoro. Estos recursos están designados por el artículo 4 de la Constitución y son:
    – El producto de los derechos de importación y de exportación de las aduanas. Respecto a este punto el analiza cómo debe ser la aduana para dar mucha renta al Tesoro nacional. Para ello toma una serie de artículos del texto constitucional llegando a dos conclusiones; en primer lugar que las aduanas son nacionales y exteriores, quedando abolidas y prohibidas las aduanas interiores; y en segundo, que la aduana es un derecho o contribución y de ningún modo un medio de protección ni mucho menos de prohibición – principios de libre circulación y libre tránsito –. Según Alberdi, el medio más lógico y seguro de aumentar el producto de la contribución de aduana es rebajar su valor, admite incluso la posibilidad de suspenderla absolutamente por un tiempo determinado para lograr efectos positivos a futuro.
    – El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional. Respecto a este recurso, él cree que es preferible la venta aunque admite aversión que existe al respecto de dicho acto. Y luego de un análisis de dicha aversión, concluye con las ventajas de hacerlo. Explica que el sistema de venta deberá determinarse a partir de la experiencia, que de nada serviría imitar a otros países, y que no convendrá un sistema uniforme, sino que deberá tenerse en cuenta la situación geográfica, población e industria de las provincias donde se encuentre el terreno. En cuanto a los arrendamientos determina que: deben ser a largos términos, deben estar al abrigo contra toda recisión por causa de enajenación, no deben comprometer el derecho de mejoras e impensas de los arrendatarios del Estado, deben hacerse en pequeñas porciones para evitar el agio, y con un alquiler bajo y de fácil tramitación.
    – La renta de correos. Si bien cree que en la condición en que se encontraba en ese momento podía ser más un gasto público que una renta propiamente dicha, se trataba del gasto más reproductivo, con tendencia a convertirse en renta abundante si se reunían determinadas condiciones. La primera condición es la geografía política, hace una comparación con la aduana y afirma que se debe tratar de un sistema de arcas nacionales. La libertad es la segunda condición, porque la renta de correos no puede existir donde existe el despotismo. Como tercera condición, es necesario bajar la contribución de su porte, porque hacerlo es aumentar el producto de su renta pública. Finaliza este punto ahondando en el tema de los caminos y cómo su mejora conduciría al desarrollo de la renta de correo.
    – El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso. Alberdi, luego de analizar cómo deben darse los cambios en materia de contribuciones, se centra en los riesgos que implican las mismas para la libertad, la propiedad, la seguridad y la igualdad. Determina que las contribuciones no deben ser exorbitantes ni desproporcionadas, no deben estar mal colocadas ni ser mal recaudadas. Para él bajarlas generará un aumento al Tesoro, claro que no de manera instantánea sino a largo plazo. Por último, hace una distinción entre las contribuciones indirectas como fuente ordinaria de las rentas y las contribuciones directas enfatizando el carácter extraordinario que le da la Constitución a las mismas.
    – El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional.

    II. LO NOVEDOSO.
    Me gustaría destacar el análisis que hace el autor del origen del déficit. Él dice “…no es la rebaja del impuesto lo que origina el déficit, sino la dificultad de hacer pagar la nueva contribución contra la tendencia instintiva del hombre a eludir esa como cualquier otra carga…” Continúa diciendo que para el contribuyente es mejor el pago de una contribución a la que ya está acostumbrado y afirma que por esto, lo más conveniente es conservar todo lo que sea conservable. Para respaldar sus afirmaciones más adelante en el mismo punto expuso el ejemplo de cómo en un intento de “actualizar” el impuesto al diezmo terminaron disminuyendo los recursos que ingresaban al Tesoro.

    III. PREGUNTAS AL AUTOR.

    Teniendo en cuenta los avances tecnológicos y el hecho de que la renta de correos ha quedado obsoleta, ¿se le ocurre otra forma de conseguir recursos relacionada con este tema?

    ¿Qué opina de la retención que se hace de una parte del salario en concepto de impuesto a las ganancias?

    ¿Qué otros medios, más allá de la buena fe del contribuyente, se podrían utilizar para lograr imponer un solo impuesto?

    Considerando el énfasis que usted hace en que el uso ordinario de las contribuciones directas está reservado al tesoro de las provincias, ¿qué opina de que el Estado Nacional eche mano de este tipo de contribuciones por tiempo indeterminado?

  17. . RESUMEN:
    En este capítulo IV, alberdi comienza a redactar retomando a los 3 agentes que forman la Riqueza para un Pais, pero en este caso, su punto central es la tierra, la cual la describe como uno de los agente mas importantes para que se generen los demas, ya que sin ella y su explotacion de la mano del hombre, no existiria el trabajo, el capital y por lo tanto la riqueza que de ellas se extrae, siendo utlizada como base de impuestos para solventar los gastos de la nacion como garantia de deuda y credito publico, pero esta explotación de la tierra no solo tiene el derecho de realizarlo el nativo argentino, sino tambien lo puede realizar cualquier persona extranjera que desee habitar el desierto argentino, ya que ello esta permitido por los articulos 4,14, 17 y 20 de la Constitución haciendo respetar el principio de igualdad civil de las personas en el suelo argentino, lo que de esta manera en el pais se generaría mayor trabajo, mayor capital y por tanto mayor riqueza.
    . LO NOVEDOSO:
    Si bien desde sus comienzos la Constitución favorecia al deseo de poblar el suelo desierto para que con ello se genere mayor riqueza en el pias, y a la vez regular la posesion de esas tierras para poder pagar el gasto publico de la Nación, utilizando estos recursos para poder lograrlo, pero de alguna manera la constitución asi como brinda cierta protección a la tierra dada por la propiedad privada (a traves de un título) para que nadie se apropie de ella, tambien por otro lado por esa tierra que es utilizada se debe pagar un impuesto.

    PREGUNTAS PARA EL AUTOR:
    1. ¿Cuán alto debe ser el impuesto a pagar por las tierras?
    2. ¿ La Propiedad Privada que expresa el articulo 17 de la Constitución, hasta que punto es privada?
    3. La tierra, ¿hasta que punto es un factor determinante para lograr un mayor progreso y bienestar en la población?

  18. Alberdi desarrolla en este capítulo sobre la forma de organizar, a partir de leyes orgánicas, la explotación de aquellos recursos tomados por la constitución para desembocar en un tesoro nación lo más abundante posible. Alberdi nos recuerda que para el desarrollo del sistema rentístico público siempre se debe tener presente los principios de libertad, propiedad, seguridad, igualdad. Siempre que el objetivo primario de la constitución es generar el bienestar general a partir de la consolidación una nación rica que permita a su vez el desarrollo de un creciente tesoro público. el art. 4 de la Constitución expresa cuales son los recursos seleccionados para la formación del tesoro nacional;” 1° El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas; 2° El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional; 3° La renta de correos; 4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso; 5° El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional”. en lo referente al primero Alberdi ya señala que la forma de organizar los derechos de importación y exportación de las aduanas no es más que la necesidad de promover el más libre sistema de comercio , es decir tender a la disminución de impuestos aduaneros para promover la renta privada y a si desarrollar en mayor medida la pública. Respecto a la renta nacida por la venta de propiedad nacional , Alberdi explica el error histórico que significo la conservación de los terrenos baldios como garantía de la deuda publica . en sus palabras “Es un error gravísimo, a mi ver, el creer que la tierra baldía, es decir, ociosa y sin valor, de un país desierto, pueda ser base de su crédito público. La base real y fecunda de todo crédito es la renta” se debe fomentar la inmigración y el desarrollo de la industria , la agricultura , comercio a partir de la consolidación del un derecho de propiedad en cabeza de los particulares. Con respecto al correo Alberdi considera la necesidad de fomentar las postales internacionales e interoceánicas y por supuesto tender al aumento de la renta a partir la disminución de las contribuciones.
    interesante: “Trasladada en América y sobre todo en las provincia argentinas la legislación pecuaria que había contribuido a la ruina del cultivo territorial en España, tuvimos como resultado natural suyo al gaucho, edición indiana del Visigodo, pastor semi-bárbaro, por su aversión al cultivo de la tierra y su predilección a la crianza de ganados que le permite llevar vida ociosa y errante. De ahí las disposiciones sanguinarias, los hábitos de holgazanería, la afición a la vida errante, la indisciplina, la altivez del Español campesino en los dos mundos, sobre todo en el pastor de las campañas de Buenos Aires, que el sabio Azara describió hace cincuenta años con los colores de una verdad que se mantiene intacta hasta hoy mismo.”
    ¿Alberdi explica lo virtuoso de la explotación de la industria de mensajería o de correo por parte del estado, esto no sería contradictorio con otras prescripciones, por ej cuando esté entiende que el estado empresario implica una tergiversación de su rol constitucional?

  19. RESUMEN

    En el presente capítulo Alberdi nos presenta el artículo 4 de la Constitución Nacional, en el cual encontramos los recursos para formar el tesoro nacional: el producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas, el de la renta o locación de tierras de propiedad nacional, la renta de correos, el producto de demás contribuciones que imponga el Congreso, y el de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el Congreso para urgencias o empresas de utilidad nacional.
    El autor nos destaca que las aduanas serán solamente nacionales y exteriores, asimismo es de vital importancia entender la aduana como una contribución y no como un medio de prohibición o de protección, como ya vimos en capítulos anteriores.
    Respecto de las tierras, Alberdi sostiene que será conveniente la venta de las tierras, y entiendo que mejor en proporciones pequeñas para tener una mayor cantidad de productores. Con las rentas de correos se entiende que dependerá de la infraestructura que la acompañe para maximizar su renta.
    Por último, Alberdi concluye con que las contribuciones deberán pesar sobre los ciudadanos equitativamente y según lo que pueda soportar cada uno.

    NOVEDOSO/SORPRENDENTE

    Alberdi dice que para aumentar el para aumentar el producto de la contribución de las aduanas hay que rebajar el valor de la contribución y aumentar el de la población y por ende, alentar el libre comercio. Esto me hace reflexionar una vez más en la forma en que Alberdi entendía al Estado y cómo debía ser. No podemos imaginar un Estado muy grande y presente en todos los aspectos del país, siendo intervencionista y teniendo un rol importante en la economía nacional si debía limitarse a que se cumplan las leyes que incentiven el libre comercio.
    Claro está que a día de hoy es muy simple ver la diferencia, con el tamaño de nuestro Estado, no sólo el nacional sino también las provincias, con un gasto público muy alto. Ya sea bien por subsidios y la cantidad de empleados públicos, pero el mayor atentado a la libertad de comercio entiendo a las asignaciones de planes que quitan el incentivo de la persona a incorporarse al sistema productivo nacional.
    Veo que no solo con impuestos y aduanas puede corromperse la CN, si no también con medios de subsidios a la población (aunque claro está, estos últimos influyen sobre los primeros por motivos lógicos).

    PREGUNTAS

    1) ¿Cree que es necesario aumentar la recaudación del Estado? ¿No sería lo primero disminuir el gasto público que además va en contra del espíritu libertario de la Constitución?
    2) ¿Considera a día de hoy alto el impuesto aduanero?
    3) ¿La evasión fiscal, no es una señal por parte del pueblo de que el sistema impositivo está desbalanceado? (Relación a las economías informales, De Soto)

  20. En este capítulo Alberdi desarrolla como deben ser reglados los recursos para el tesoro nacional, el autor posteriormente aclara que la tendencia de la renta publica es de agrandarse, por ellos señala que la abundancia de la renta publica depende del respeto de los derechos naturales del hombre (propiedad, libertad, igualdad, seguridad), y que la constitución quiere que la ley fiscal los respete y proteja, no que los ataque. También cita el artículo 4 de la constitución el cual enuncia como debe formarse el tesoro: 1° El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas; 2° El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional; 3° La renta de correos; 4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso; 5° El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional. Después el autor analiza respecto la aduana señala que si bien estas buscan aumentar la recaudación fiscal, lo conveniente generar incentivos para aumentar la renta atreves de la población y la libertad. Posteriormente desarrolla otros recursos, donde señala que prefiere la venta de tierras frente a la locación, también desarrolla la renta del correo y la categoriza como esencialmente nacional. Y por ultimo desarrolla las contribuciones que el congreso le imponga a la población, con carácter equitativo y proporcional.

    Me pareció novedoso el análisis de Alberdi respecto que deben ser regulados los recursos para dar abundantes resultados al tesoro , pero sin perjudicar la libertad y el progreso y a su vez este nos dice la tendencia natural de la renta publica es ser grande y copiosa, por esto es fundamental el respeto de los derechos , ya que esto conlleva un límite al estado , el cual al agrandar el tesoro puede terminar perjudicando el bienestar general, el cual es el fin del tesoro , al igual que los demás propósitos de la constitución. Y posteriormente señala que una ley orgánica de un recurso fiscal ,puede atacar los derechos esenciales para la generación de riqueza, por ello los recursos contrarios a las garantías económicas de la constitución , son justamente contrarios al aumento del tesoro nacional.
    ¿En la actualidad cuales son los recursos ideales para financiar al tesoro nacional?
    ¿Cree que el congreso ha sido equitativo y proporcional en las contribuciones que impuso?
    ¿ Cuál es su análisis respecto las retenciones sobre las exportaciones?

  21. Capituo IMPUESTOS
    En este capitulo Alberdi nos entrega por enésima vez su queja contra el pdoer de Buenos Aires en el manejo de la Aduana y los recursos de ella obtenidos.
    No pierde oportunidad de descargar pesada tinta sobre el tirano Rosas que sumió ne la pobreza al interior quedándose con la renta producida por la aduana empeorando seguramente el modelo colonial,
    Insiste en la postura de la apertura de los ríos interiores como puertos internacionales y a la baja de tasas en sus exportaciones como dinamizador de las mismas. Postula el principio que la baja de impuestos nominales llevaría aun aumento global de la recaudación. Promueve la eliminacion de impuestos de alcabala que seria una especie de ingreso bruto, es decir por el hecho de comerciar. En cuanto a la venta de las tierras fiscales Alberdi propone un sistema de venta ponderando la distancia a los puertos y la potencialidad de los suelos. No deja de tener en cuenta a la mineria como factor. La renta de los correos Alberdi la entiende como factor de apertura y desarrollo de vias de comunicación, es decir como algo mas que solo el llevar y traer. En cuanto alas cargas fiscales a la población Alberdi nos habla de equidad y defiende el punto de la defensa del derecho de propiedad ante impuestos confiscatorios.
    Encuentro novedoso el estimulo a la baja de aranceles e impuestos como factor dinamizador y la distribución a que todos paguen poco para que entre todos se pague mas. Definitivamente la promoción del desarrollo comercial a traves de la baja hasta casi su extinción temporaria de los aranceles.
    Le pediria a Alberdi que me explique que es un PUBLICISTA a fines del siglo XIX, figura que compara con estadistas y legisladores

  22. Capitulo GASTO
    Alberdi remarca en este capitulo el destino del gasto que esta marcado por las funciones que asigna la constitución nacional al estado. a saber constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover al bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad. Nos marca que la evasión no solo es un delito contra el estado sino contra cada uno de nosotros los ciudadanos contribuyentes que solventamos dicho estado.Insiste como a lo largo de toda su obra en la federalizacion de la administración de los recursos. Plantea la apertura de gastos ordinarios y extraordinarios y nos da un «plan de cuentas» abierto en 3 servicios: interior, hacienda y relaciones exteriores y 2 ministerios: justicia, culto e instrucción y por otro lado ministerio de guerra y marina.
    Le asigna al ministerio del interior el objetivo de estrechar la unión nacional consolidar la paz interior, promover el bienestar general y le asigna los gasto conducidos por las miras de la constitución. Enfatiza en el concepto de eficiencia. Gasto ministerio relaciones extranjeras. Alberdi siempre tuvo en mente que la apertura y los tratados que se firmaran con otras naciones asegurarían libertades y crecimiento.Los gastos del ministerio de hacienda deberían ser mínimos y serian multiplicador es a la hora de obtener los beneficios de una correcta administración. Sostiene Alberdi la necesidad de «sostener» el culto católico apostólico romano, en partidas de sueldos para sus ministros, construcción mantenimiento y refacción de templos. Hace una extraña referencia al gasto en educación mostrando refracción al gasto universitario y de paso hace mención a las practicas tiránicas de juramentar lealtad a la causa nacional de la Federación para que no caiga sobre el profesional la pena de nulidad de titulo.Gastos de ministerio de guerra y marina para proveer la defensa común radicar la unión nacional y consolidar la paz interior. Las cargas para la población para el sostenimiento de los ejércitos serán a través de contribuciones y la disponibilidad personal de enlistarse cuando la patria lo necesite. Hace una acabada defensa a los procesos políticos pacíficos y a la superflua necesidad de ejércitos cuando reina la paz exterior. También menciona que la industria belica es impulsada por los que viven de ella por ejemplo militares de carrera.
    Los gastos extraordinarios Alberdi los reivindica cuando se trata de gastos de infraestructura por lo generador de mejoras a largo plazo y su retorno económico. Nos refresca la historia recordándonos que todavía en esa época la acechanza de los malones era un riesgo muy presente y que se debía atender desde los gastos de la defensa. Hace una referencia a las distintas características de las sociedades del norte imbuidas del espíritu protestante que no ven reparo en la contribución al bien publico contra el egoísmo latino y la diferencia entre la pujanza de ambas sociedades.

  23. Estimdo Dr. Krause El capitulo del crédito publico de acuerdo a las notas que tengo sobre el texto del libro, ya lo entregue. Lamentablemente, como lo escribo directamente en el blog, no conservo copia. Le pido, que si no lo encuentra me lo haga saber que lo vuelvo a cargar.
    Por otro lado, me quede pensando en todo lo aprendido con Ustedes y específicamente en el «precio» como mensaje que le da el mercado a las empresas.
    En nuestro mercado, el precio es la nota, muy claramente asignada en las evaluaciones multiple choice, pero en el caso del blog este mensaje del mercado ha sido escatimado por el Estado (la catedra) impidiendo al mercado a superarse.
    De esta manera refuerzo mi reclamo que le hiciera ayer por mail.
    Muchas gracias por todo lo que nos transmitió.
    Saludos
    Fernando Rial

  24. CAPITULO III DE LOS CONSUMOS O GASTO PUBLICO
    Todas las constituciones argentinas hasta ese momento admitieron el crédito publico entre los primeros elementos del naciente Tesoro argentino. Los pactos preexistentes señalaron la deuda o crédito publico ya contraídos y que se debían honrar. Menciona contra el centralismo porteño la posibilidad de cubrir déficit vía los recursos que administraba de la nación y que usaba para financiar la provincia. Sumada la posibilidad de imprimir papel moneda. Nos comenta las distintas versiones de empréstito que se utilizaban en aquellas épocas a saber: Emprestito propiamente dicho, Fondos públicos con interes, Fondos públicos sin interés, Deuda consolidada, Deuda no consolidada, Deuda flotante, Papel moneda. y nos detalla un poco cada uno. Sucintamente
    Aptitud de la confederación para contraer empréstitos. rescato el siguiente párrafo: No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor tiene vida inmortal en la tierra, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas publicas, que inevitablemente tienen que ser mas ricas y abundantes de año en año… nos cometa sobre esta bicicleta financiera, que alcanza con tener para los intereses…que con la revalorizacion de las tierras algún día se pagará el capital, siendo que es la nación la que se endeuda y no el gobierno que solicita el crédito. Nos lleva tranquilidad a partir de la paz interior lograda después de Caseros como garantía de solvencia. A continuación nos comenta el sistema de emisión nos enseña la posibilidad de endeudarnos vía la emisión de títulos públicos un sistema que desarrollaron en Inglaterra. Es muy difícil tratar de resumir en 10 lineas lo que es estar leyendo que un ilustre de la patria nos explica las bondades del endeudamiento publico y la bicicleta financiera por la que caímos en default mas de una vez….Deuda consolidada, deuda no consolidada, deuda flotante, y bla, bla…Una nota interesante e s la historia de la tansformacion del banco de las Provincias Unidas del Rio de la Plata en el Banco nacional. Aparece en la historia en la época de 1825 que la legislatura de Bs As reconoce deuda publica como propia . Nos cuenta Alberdi las épocas oscuras en donde el papel moneda dejo de tener respaldo metálico y paso a ser obligado aceptar en una opresión terrorista…Para ir cerrando, me encanta la arenga «llevad con orgullo, argentinos, vuestra pobreza de in día; llevadla con la satisfacción del minero que se para andrajoso…El que no sabe ser pobre a su tiempo, no sabe ser libre, porque no sabe ser rico. Le pregunto al Sr Alberdi, que quiere decir con esto? Llanamente Sr. Alberdi, explíquele al pobre que tiene que seguir sufriendo y al rico que derroche un poco menos y de esa manera quizás el día de mañana estemos mejor.

  25. RESUMEN:
    En este capítulo, Alberdi hablará sobre los principios que debe cumplir la formación del Tesoro Nacional. El mismo puede ser formado por los recursos designados por el art. 4 de la Constitución federal, que son: 1° El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas (Sólo en el ámbito nacional, cuyas tarifas las establecerá el Congreso. Están prohibidas las aduanas provinciales); 2° El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional; 3° La renta de correos; 4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso; 5° El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional. Las contribuciones de aduana y de correos son las únicas que nombra expresamente el artículo 4 de la Constitución argentina, pero no las únicas que admite, pues también designa para la formación del Tesoro nacional el producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general. Esto quiere decir que el Congreso está habilitado en todo momento a recaudar mediante nuevos impuestos para concurrir a la formación del Tesoro Nacional

    REFLEXIÓN:
    Es interesante tener presente el hecho de que el Congreso puede, de repente, sancionar un nuevo impuesto con el objetivo de recaudar para la formación del Tesoro. Lamentablemente en Argentina la carga impositiva es demasiado alta, de lo contrario, no estaría mal visto aportar a la creación de dicho organismo para ser utilizado en la mantención del gasto público

    PREGUNTAS:
    1) ¿Debería el Congreso aumentar la carga impositiva?
    2) ¿O, como mencioné en preguntas anteriores, es preferible reducir esta carga para poder cobrarle a una cantidad mayor de contribuyentes?
    3) ¿Existen Estados donde se cobre aduana por trasladarse de una jurisdicción a otra?

  26. RESUMEN
    En este capitulo Alberdi habla de como deben ser reglados los recursos para dar abundantes resultados al Tesoro, sin perjudicar la libertad y el progreso.
    Los recursos designados por el art. 4 de la Constitución federal para la formación del tesoro nacional son:
    1° El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas;
    2° El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional;
    3° La renta de correos;
    4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso;
    5° El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional.
    Luego habla sobre las aduanas, y dice que solo habrá aduanas nacionales y se regirán por las tarifas que sancione el Congreso (quedan prohibidas las aduanas de provincia); también que en el interior hay libertad de circulación.
    También trata el tema de las ventas o locación de tierras publicas como un recurso del Tesoro Nacional, y dice que el sistema que más conviene al progreso de la riqueza pública y bienestar general del país, es el medio de agrandar la entrada fiscal procedente de la venta o locación de tierras públicas.
    Trata también de la renta de correos como otro recurso; y de otras contribuciones, que no las nombra pero dice «En cuanto a las demás contribuciones deferidas a la competencia del Congreso nacional, absteniéndose la Constitución de mencionarlas por su nombre y de limitarlas a determinado número, ha querido dejar al legislador la facultad de adoptar todas las que reconoce la ciencia, con tal que por su índole y efectos se acomoden a los principios de la Constitución».

    NOVEDOSO O SORPRENDENTE
    Resalto como a lo largo de todo el libro, Alberdi resalta la importancia de que vengan extranjeros a trabajar a nuestro país, en esta sección de lectura: «ha dicho la Constitución, art. 25: – «El gobierno federal fomentará la inmigración europea; y no podrá restringir, limitar, ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias e introducir y enseñar las ciencias y las artes».
    Como la libertad de entrar, circular y salir del país está asegurada a las personas por el art. 14 de la Constitución, no hay duda que la disposición del art. 25, que dejo citado, se refiere a la libre entrada de los objetos que traen los inmigrados para aplicar al laborío de la tierra, a la mejora de las industrias, al cultivo y propagación de las artes y ciencias. Según esto, las leyes de aduana reglamentarias del art. 25 deben eximir de todo impuesto las máquinas y utensilios para labrar la tierra, los instrumentos que traen alguna innovación útil en los métodos de industria fabril conocidos en el país; los que conducen a entablar las industrias desconocidas, las semillas, los libros, las imprentas, los instrumentos de física experimental y de ciencias exactas».

    PREGUNTAS
    1)¿Los recursos del Tesoro Nacional siguen siendo los mismos en la actualidad o han variado con los años?
    2)¿De que depende el porcentaje que se cobra de impuestos, que es lo que se tiene en cuenta al determinar el monto?
    3)¿Seria posible eliminar las aduanas?¿Cual seria su consecuencia?

  27. En este capitulo Alberdi expone la manera de aumentar el Tesoro sin afectar la libertad económica y los principios de la Constitución.
    Establece los métodos para dar abundantes resultados al tesoro son:
    -El producto de derechos de importación y exportación de las aduanas. La Constitución establece la nacionalización de las aduanas, la libre circulación y el libre tránsito. Para agrandar la renta de la aduana, Alberdi plantea que se deben agrandar la rentas del comercio y para esto es necesaria a disminución de los impuestos aduaneros (es preferible muchos pocos a pocos muchos) y el aumento de la población. Para el fomento de la inmigración se debe garantizar la libre entrada de las personas y de los objetos que traen para el trabajo de la tierra, industria, arte y ciencias.
    -La renta o locación de tierras del Estado. Los terrenos baldíos no generan riqueza a la Nacion, por lo tanto se debe dejar atrás esa concepción y enajenar las tierras. La renta es la base del crédito, que se agranda por la población y el desarrollo de la industria. Las tierras habitadas por productores generan mas riquezas que las tierras vacías o pobladas por ‘gauchos’.
    -La renta del correo. El correo es el gasto publico mas reproductivo de los gastos de la Nación. Es un servicio de orden público, solo el estado puede administrarlo correctamente. El correo favorece el desarrollo productivo, comunicando a la gente y creando intereses comunes dentro y fuera del país.

    -2-
    Es interesante la visión de Alberdi en relación a la manera de recaudar riqueza para el Tesoro Nacional. Plantea que el ingreso no dependen directamente de las contribuciones sino de la actividad productiva del país.
    Expone que la abundancia de la renta publica depende del respeto asegurado a los derechos del hombre para que éstos puedan producir. También depende de la población, siendo necesario que ésta aumente para lograr mas cantidad de productividad.

    -¿Cree que en la actualidad seria mas eficiente para recaudar cobrar impuestos mas bajos, logrando así que mas ciudadanos contribuyan? De ser correcto ¿porque nos e aplica esta idea?
    -¿Cree que es mas eficiente que el Estado explote las tierras o que lo hagan agentes privados? ¿Cual genera mas riqueza a la Nación?

  28. 1) En esta sección se enumera los recursos establecidos por el artículo 4 de la Constitución Nacional para fomentar el tesoro. Aquellos son: el producto de derechos de exportación y aduana, la renta o locación de propiedades nacionales, la renta de correos, el producto de las contribuciones que imponga el congreso y el de empresitos, y operaciones de crédito que decrete el mismo ante urgencias de la nación.
    Las aduanas son definidas por el autor como un gravamen fiscal impuesto sobre la cultura de los países, exigido por la necesidad de recursos para cubrir los gastos públicos, y se caracterizan por ser nacionales y no provinciales.
    2) Me parece interesante la crítica que hace el autor hacia Rivadavia por la prohibición de venta de terrenos públicos y la libre circulación de mercadería entre las provincia sin la imposición de aduanas dentro del país.
    3) ¿Qué factores se tienen en cuenta para determinar el monto de los impuestos o aranceles que impone la aduana?. ¿ Hoy en día mantendría su postura de vender tierras nacionales en vez de rentarlas?. ¿Los recursos del Tesoro Nacional siguen siendo los mismos en la actualidad o han variado con los años?.

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