Juan Bautista Alberdi: Muchachos, no era ‘combatiendo al capital’, sino ‘promoviendo al capital’

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi, Sistema Económico y Rentístico, en referencia a los capitales:

AlberdiLos capitales no son el dinero precisamente; son los valores aplicados a la producción, sea cual fuere el objeto en que consistan. Para pasar de una mano a otra, se con vierten ordinariamente en dinero, en cuyo caso el dinero sólo hace de instrumento del cambio o traslación de los capitales, pero no constituye el capital propiamente dicho.

Los capitales pueden trasformarse y convertirse en muelles, en buques de vapor, en ferrocarriles, puentes, pozos artesianos, canales, fábricas, máquinas de vapor y de todo género para beneficiar metales y acelerar la producción agrícola, así como pueden consistir en dinero y mantenerse ocupados en hacer circular otros capitales por su intermedio.

Bajo cualquiera de estas formas o trasformaciones que se consideren los capitales en la Confederación Argentina, ellos constituyen la vida, el progreso y la civilización material de ese país.

La Constitución federal argentina es la primera en Sud-América que, habiendo comprendido el rol económico de ese agente de prosperidad en la civilización de estos países, ha consagrado principios dirigidos a proteger directamente el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros.

Esa mira alta y sabia está expresada por el art. 64, inciso 16 de la Constitución Federal, que atribuye al Congreso el poder obligatorio en cierto modo de: «Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración del país, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo».

El art. 104 de la Constitución, comprendiendo que los capitales son una necesidad de cada provincia, al paso que de toda la Confederación, atribuye aquellas mismas facultades a los gobiernos de provincia, sirviéndose de las mismas expresiones.

Se ve que la Constitución considera como cosas conducentes a la prosperidad del país la industria, la inmigración, los ferrocarriles y canales, la colonización de tierras nacionales. Y como todas estas cosas conducentes a la prosperidad no son más que trasformaciones del capital, la Constitución cuida de colocar a la cabeza de esas cosas y al frente de los medios de promover las la importación de capitales extranjeros.

Ella señala como medio de provocar esta importación de capitales, la sanción de leyes protectoras de este fin y las concesiones temporales’ de privilegios y recompensas de estímulo.

Toca a las leyes orgánicas, de la Constitución satisfacer y servir su pensamiento de atraer capitales extranjeros, empleando para ello los medios de protección y de estímulo más eficaces que reconozca la ciencia económica, y que la Constitución misma haga admisibles por sus principios fundamentales de derecho económico.

54 pensamientos en “Juan Bautista Alberdi: Muchachos, no era ‘combatiendo al capital’, sino ‘promoviendo al capital’

  1. Muchachos no era «promoviendo al capital» a costa del TRABAJO sino a costa de la RENTA de la TIERRA…
    Así se tergiversa el sistema económico y rentístico para triunfo del antiguo régimen esclavista en nombre de la libertad
    La ley tributaria es el arma del despotismo, para que unos hombres en nombre del estado puedan atacar a otros hombres.
    Sin sistema Rentístico -1,5% del valor de la tierra libre de mejoras- que reemplace a los 93 impuestos al trabajo, no hay justicia, ni derechos individuales, ni libertad, ni igualdad, ni fraternidad, ni democracia, ni república, ni federación.
    LUCHE Y VUELVE el sistema económico y rentístico de nuestra Constitución, según el derecho enfitéutico de la Revolución de MAYO DE 1810

  2. En cuanto a la segunda parte del capitulo, se puede ver cómo era necesaria la incorporación de Buenos Aires como centro de la organización nacional, ya que de ella se podía desprender la estructura administrativa necesaria para la formación e implementación del Tesoro Nacional. Retoma, además, una breve explicación de la composición de tal Tesoro, en cuanto le corresponde los valores nacionales (consistentes en propiedades, créditos, establecimientos y tierras de utilidad nacional), rentas percibidas por locación a particulares, y las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso Nacional, y de forma exclusiva (es decir, que no pueden ser percibidas primeramente por las provincias) el derecho de aduanas, la renta de correos, y los derechos de tonelaje y amonedación.

    En cuanto a lo importante, Alberdi comienza a destacar cada uno de estos recursos con los que se conformará el Tesoro, siendo el primero de ellos la productividad de las tierras públicas.
    En primer lugar, destaca que las tierras nacionales son comparativamente mas útiles como recursos fiscales, es decir, que el Estado percibirá valores más altos si permite que sus habitantes generen recursos a partir de su utilización y así poder imponer ciertos impuestos sin interferir en estas actividades.
    También considera que la Confederación cuenta con la libertad de navegación interior que permite a las provincias y a los países de Europa acceder mediante ciertos pasos fluviales (por ejemplo, el Paraná) para llegar a los puertos, facilitando la circulación de bienes, tanto locales como extranjeros. Esta cuestión era distinta en los periodos coloniales, ya que las regulaciones en ese entonces sólo permitía el desembarco por el Puerto de Buenos Aires.

    Preguntas

    – Hasta ese momento, la Confederación Argentina no contaba con deuda pública propia, sino que Buenos Aires por su cuenta la tomaba, siendo ella la responsable de la misma, ¿considera un buen recurso haber tomado deuda pública, siendo que el Estado contaba con la explotación de otros medios, antes de llegar al mismo?
    – Usted considera que la tierra perteneciente a nuestro país es rica, no por lo que genera naturalmente, sino por su potencialidad, siempre y cuando sea intervenida por el factor trabajo, ¿ha sido aprovechada esa potencialidad o no?
    – ¿Supone usted una ventaja que la producción agrícola argentina se sustente mayormente en la exportación de un solo producto, como la soja, o preferiría una diversificación?

  3. RESUMEN:
    En cuanto al interés y a la renta del capital como otro de los modos de distribución de la riqueza como incentivo no sólo a seguir produciendo sino también para invertir,Alberdi nos dice que el capital en sino es el «Dinero»en si,en realidad son los Valores apricados a la producción de bienes y servicios sea cual fuere el objeto que luego necesariamente se convierten en dinero,como medio de intercambio y movilizador de ámbitos al capital.esto conlleva de un modo u otro al progreso de la nación por medio de apoyo legislativo y demás como establece el art 75 Inc 16 de la CN. Garantizando accesoriamente otras garantías protectorias como la libertad,la igualdad, la propiedad privada y la seguridad. Independientemente de que el capital ya es bastante poderoso por si mismo «No hace falta que la ley le haga sombra». Cabe agregar la necesidad del capital que nos da el art 104 de la CN y todo aquello que sirva de estímulo al capital como las concesiones y recompensas del estado a tal fin.

    IMPORTANTE :
    Considero que la idea de que el capital es realmente fuerte por si solo quedó demostrado que en realidad no es tan real ya que en la década del 30′ el mundo a rebalsado a causa del capital utilizado descontroladamente,por ello considero que está en lo cierto en cuanto a la regulación del mismo hasta dicho punto en que la ley no llegue a alterarlo o como dice Alberdi «hacerle sombra» pero la historia simpre demustra que se hace totalmente lo contrario con economías sin salida o con ciclos buenos o malos como la República Argentina, con tan solo comparar la década de 1990 y su década siguiente.

    PREGUNTAS :
    ¿Que país considera que lleva una economía con óptimo en la regulación de sus capitales y extranjeros?
    ¿Cree que la Argentina hace un mal uso de los capitales internos y externos?
    ¿Cree que las economías regionales bastan para levantar una economía que osila entre buenas y malas etapas?

  4. Resumen:
    En estos dos capítulos Alberdi habla de la importancia de los capitales como valores aplicados a la producción. Los capitales no sólo es dinero, el dinero sirve para trasladar el capital de mano en mano, pero el capital es mucho más que eso. Los capitales como dice Alberdi pueden transformarse en muelles, buques de vapor, ferrocarriles, etc. Son el medio para el desarrollo de un país, constituyen la vida, el progreso y la civilización material del país.
    Cita los artículos 64 inciso 16 y articulo 104 donde la Constitución obliga al Congreso a «proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias…», lo conducente sería la industria, la inmigración, los ferrocarriles y canales, la colonización de tierras nacionales. Esto se garantiza mediante la libertad, la seguridad y la igualdad.

    Importante:
    Hay que destacar los principios que Alberdi enumera para preservar el capital: libertad, seguridad e igualdad.
    Sin aquellos es muy difícil que entes nacionales e internacionales quieran invertir en el país si no poseen la libertad de hacer lo que quieran con sus capitales, la seguridad de que las reglas de juego no van a cambiar y que la inversión va a devolver los frutos y la igualdad de todos aquellos que quieran tomar el riesgo. Estos principios son el estimulo para que el país se pueda desarrollar de la mano de los que más tienen, es una cuestión de confianza. Alberdi deja a merced del mercado las regulaciones con respecto al capital, no hay nada más justo que las partes del contrato para arreglar los intereses de los préstamos, pactando un precio justo para ambos.

    Tres preguntas:
    1. Los intereses que establece el banco para sus prestamos, ¿los debe regir el Estado en favor de los particulares o los bancos deben ser libres de decidir sus condiciones?
    2. ¿Cómo cree que se puede superar una relación que generó desconfianza con otras naciones a raíz del incumplimiento de los pagos por prestamos solicitados?
    3. ¿Cuándo se puede decir que un interés es excesivamente oneroso? quién pone limite a los excesos?

  5. GUIA DE DISCUSION CAPITULO III Y IV SEGUNDA PARTE

    RESUMEN: Alberdi dice que los capitales son los valores aplicados a la producción que para pasar de una mano a otra se convierten en dinero que es el instrumento de cambio del capital. La Constitución en el articulo 64 inc. 16 y el 104 en lo relativo a la provincia entienden que son el capital y sus transformaciones (ferrrocarriles,canales,etc) lo que le dan prosperidad al país, por eso es que en ella se establecen medios para atraerlos que son básicamente la libertad, la seguridad, la igualdad. La libertad respecto del capital se da en cuanto a la tasa de interés ya sus aplicaciones o empleos. Para el autor el precio del capital no se decreta por ley, sino que queda librado a los agentes del mercado que son aquellos que asumen los riesgos. En cuanto a la industria también considera que debe ser privada ya que el gobierno no cuenta ni con el tiempo, ni con los capitales, ni con la organización suficiente para actuar como empresario porque la Constitución ha distribuido sus facultades y deberes para que administre el Estado. Alberdi ve en la política exterior a través de la firma de tratados con las potencias extranjeras una forma de generar confianza y de atraer capitales al país, un país que en ese entonces contaba con la tierra como el principal recurso pero que estaba despoblado y que carecía de desarrollo industrial y comercial.

    IMPORTANTE: Me parece que en este texto el autor muestra claramente las preocupaciones que él tenia respecto al desarrollo de nuestro país por eso es que recalca la importancia de los capitales privados como medio de generar riqueza e infraestructura que le iban a traer al país prosperidad y progreso. Destaca los recursos naturales de la Argentina pero entiende también que gobernar es poblar y siente preocupación por la gran extensión de tierra que se encontraba deshabitada, en ese entonces había aproximadamente un millón de habitantes que era realmente muy poco. Entiende que para el desarrollo de la industria el Estado debe brindar igualdad a nacionales y extranjeros con la esperanza de poder atraer capitales e inmigrantes europeos que traigan además sus conocimientos en lo que a actividad industrial se refiere.

    PREGUNTAS: ¿Considera que la política exterior actual del gobierno favorece la entrada al país de capitales extranjeros? En el caso que no sea así ¿ que cambios deberían implementarse?

    La existencia de monopolios estatales ¿le da menos incentivos a los inversores privados para invertir sus capitales en la actividad económica?

    En el articulo 64 inc. 16 (hoy 75 inc. 18) de la CN se establece la cláusula de prosperidad que le ordena al Congreso dictar toda la normativa necesaria que sea conducente al progreso del país ¿ha cumplido el poder legislativo con esa manda constitucional o no?

  6. Alejandro Fabián Dávila
    Alberdi nos habla sobre los beneficios del capital al momento que se lo aplica a la producción, en tanto que pueda ser utilizado de manera segura e ilimitada, la Constitución facultó al congreso a proveer de todo lo conducente a la prosperidad del país, éste debe legislar en su favor, creando leyes que atraigan al capital extranjero, se le deben dar garantías al extranjero que desee invertir en nuestro territorio, el capital debe tener absoluta libertad de acción y de aplicación, las leyes antiguas alejan el ingreso del capital y posponen el avance económico de la nación.
    El capital ingresante no debe correr riesgos al establecerse en nuestras tierras, sólo requiere de garantías, el resto lo hace él sólo, la Constitución le garantiza al capitalista la posibilidad de aplicar un interés y una tasa al préstamo que realice, todo esto forma parte de la libertad de comercio, el interés aplicado se basa en dos tipos de compensaciones, una es el precio del préstamo y la otra es el pago del riesgo que tiene el prestador de no recuperar todo o parte del capital prestado, el prestador debe ser libre al momento de fijar el valor de ambas compensaciones, dependiendo el valor de las mismas del riesgo del negocio a realizarse.
    El prestador debe tener garantías al momento de prestar su capital, la imperfección de nuestras leyes, la justicia lenta al momento de reclamar el capital prestado y la imposibilidad de pactar libremente el interés del préstamo según el riesgo a correr, ponen en la ruina al capital extranjero, es necesario derogar toda norma que considere que el préstamo debe hacerse a título gratuito y no onerosamente y que considera al préstamo a interés como algo hostil y negativo.
    El capital ingresante, debe contar con legislación que le permita una expansión completa e ilimitada, abarcando todas las operaciones que se relacionen con la industria, el préstamo es el medio de circulación del capital aplicado a la industria, el préstamo es más frecuente y económico a medida que es más seguro, la confianza entre las partes es esencial.
    Toda normativa que coloque en manos del Estado el ejercicio de actividades industriales, quitándoselas al capital particular, ataca las libertades constitucionalmente otorgadas, si se colocan las actividades industriales bajo la figura de monopolios exclusivos del Estado, el gobierno deja de cumplir el rol que la Constitución le dio y se avasalla el derecho privado. La libertad de acción del capital ingresante, debe estar garantizada no solamente por legislación interna, sino que también por la firma de tratados internacionales que le otorguen al inversor firmes garantías, que le aseguren el pago de los deudores de mala fe.
    El préstamo puede darse de dos formas (personal y real), el primero se basa fundamentalmente en la confianza mientras que el crédito real tiene por base la responsabilidad de alguna propiedad, y acá es donde el prestador corre el riesgo de no recuperar su dinero, ya que lo prestado resulta ser de mayor cantidad que el valor de la hipoteca, para evitar que se produzcan estos conflictos se crearon dos medios (la especialidad y la publicidad de la hipoteca), que benefician tanto al que presta como al que recibe, en tanto que su resultado es un interés y seguro bajo.
    La Confederación Argentina posee como agente de producción a la tierra, es el instrumento supremo para poder hacer circular el capital y el trabajo que traerá progreso y prosperidad, es obligación de todo gobierno invertir presupuesto nacional en explorar el territorio para saber que beneficios puede traer nuestro suelo, el territorio argentino cuenta con excelentes y variados climas, amplios ríos de gran extensión y de vías altamente navegables, zonas fértiles, praderas extensas, sectores en donde es posible extraer valiosos minerales, pero a todas estas riquezas naturales se opone la existencia de vastas zonas despobladas en manos improductivas, para ocupar esas tierras es de urgente necesidad sancionar leyes agrarias que deroguen viejas normas coloniales, dándole paso a una legislación que concuerde con los intereses manifiestos de la nueva Constitución, una legislación que le dé al extranjero que quiera invertir en nuestro suelo, el derecho de poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos. No importa quién sea el dueño de la tierra, toda la tierra existente en el territorio argentino debe tener como único destino ser poblada por manos productivas, los legisladores deben derogar toda normativa colonial que vaya en contra de esto, deben velar por el interés de la población, la propiedad debe ser de libre adquisición, transmisión y empleo., sin distinción alguna de nacionalidad.

    Lo importante
    Alberdi plantea un sistema de manejo del capital suficientemente atractivo para todo aquel inversor extranjero, su modelo refleja la suprema necesidad de inversión que el país requiere para progresar, el préstamo es sinónimo de progreso, el capital ocioso es contraproducente para el avance de una nación, es necesario que circule y se industrialice, es lógico quitarle la posesión de la tierra a todo aquel que obtuvo el poder sobre esas tierras de manera arbitraria y que a la vez no produzca nada.

    Preguntas
    ¿Qué pensaría Alberdi de la aplicación del presupuesto público y la intervención del gobierno en la construcción de obras públicas?
    ¿No piensa Alberdi, que permitir el cobro de intereses ilimitados al momento de prestar capital, podría llevar a un abuso por parte del prestador?
    ¿Qué pensaría Alberdi, de todo aquel que obtiene ganancias exclusivamente con la compra y venta de divisas sin producir nada?

  7. RESUMEN:
    Alberdi plantea que los capitales son los valores aplicados a la producción, los que para pasar de una mano a otra, se convierten en dinero, siendo éste un mero instrumento de cambio; es el capital el que se aplica a la industria, los ferrocarriles y canales, la colonización de tierras nacionales, siendo siempre necesario cual medio de protección la libertad, la seguridad y la igualdad.
    Entre los romanos, el contrato de préstamo era gratuito, con el préstamo de capital para usarlo en la producción de riquezas, esto hizo legítimo el pago de un interés, consecuencia del riesgo que corre de recuperar todo o parte, lo que depende de la inseguridad del prestador, la que a su vez dependerá del empleo arriesgado de los capitales, las faltas de hábitos de puntualidad y de nuestra legislación y administración incompletas y embrionarias.
    Los medios indirectos son los apropiados para atraer manos y crecer como Confederación, tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, concesión amplia y completa de los derechos civiles de libertad, igualdad, propiedad y seguridad a todos, sin exclusión.
    La aduana es un mal inevitable pero deberán ser reguladas sus tarifas, su producto concurre a la formación del Tesoro, destinado al sostenimiento de los gastos de la Nación junto con la recaudación impositiva.

    IMPORTANTE:
    Destacable su capacidad para sostener y fundamentar a lo largo de los capítulos de su obra el hecho de que para prosperar como Confederación no debemos seguir el modelo de los romanos, el cual a su vez fue el seguido por España.
    Por otro lado, nuevamente sobre la necesidad de atraer capitales extranjeros, estimularlos otorgándoles las garantías para seguridad y de la importancia de la limitación de los gobiernos, los cuales no deben entrometerse.
    Notable su punto de vista sobre la usura, su relación de puntos mencionados con Tratados Internacionales y de las garantías varias a asegurar a extranjeros para atraerlos a nuestra Confederación.

    PREGUNTAS:
    1) ¿No consideró que además de las cargas impositivas y lo recaudado por aduana podría haber otra fuente de ingresos para formar el tesoro?
    2) ¿Qué opina de la situación actual de nuestro país respecto en lo que a inmigración refiere?
    3) ¿En base a la situación actual, suprimiría o agregaría alguna garantía nueva?

  8. Comentario sobre la Segunda Parte, Capítulos III y IV

    • Resumen

    El capital es el medio necesario para el desarrollo de la vida, el progreso y la civilización de la Confederación. Esta solo cuenta con el recurso tierra, que es vasto y rico, pero insuficiente, por lo que necesita procurarse de capitales y trabajo para producir riqueza. Esos capitales vendrán den extrajero si los promovemos con privilegios y protección tales como el libre establecimiento de un interés que cubra los numerosos riesgos existentes, buenas leyes de hipoteca y quiebras, garantías del libre empleo del mismo a través de tratados internacionales y un sistema judicial garante del cumplimiento de los contratos y normativas. La tierra tiene condiciones naturales extremadamente favorables. Resta explorarlas y poblarlas para producir riqueza. Para promover la inmigración, es necesaria una ley de arrendamientos que estimule la concesión de tierras para su explotación, así como también garantizar derechos sobre las mejoras para los arrendatarios. Igualmente importante es consagrar la igualdad entre extranjeros y nacionales y eliminar privilegios impositivos y de derechos sobre las tierras para incentivar su colonización.

    • Cuestiones Relevantes

    El capital sigue siendo la esencia del desarrollo y la prosperidad en la actualidad. 150 años pasaron y hoy nuestros candidatos presidenciales tienen como preocupación el pago de la deuda, bajar la inflación y dar ventajas impositivas, todo con el solo objeto de atraer inversiones. Alberdi habla del interés como precio del dinero y como seguro del préstamo, necesario debido a los distintos peligros existentes. Hoy en día, si bien distamos de tener una guerra civil o sufrir una invasión indígena, seguimos sufriendo las consecuencias (poca oferta y altas tasas) de ser poco previsibles y ofrecer escasa seguridad jurídica. No solo no garantizamos libertad, seguridad e igualdad al capital, sino que lo ahogamos con alta presión impositiva y restricciones administrativas de cualquier índole y no somos capaces de ver que no es al “cipayo” o a los “buitres” a los que ahuyentamos, sino a nuestro propio desarrollo y las perspectivas de tener un futuro próspero acorde a las grandes posibilidades que por naturaleza tenemos.

    • Preguntas

    1. ¿Por qué después de 150 años seguimos discutiendo lo mismo? ¿Por qué vemos en capital un enemigo y no el fruto de nuestro desarrollo y futuro?

    2. La Argentina sigue teniendo millones de hectáreas sin poblar para poner al servicio de la producción. ¿Cuál cree que es el motivo por el cual nunca se realizaron obras , como sistemas de riego, para aprovecharlas? ¿Qué desalienta la presente falta de inversión?

    3. ¿Qué importancia le da al origen de los capitales que vengan a la Argentina? ¿Cree que China puede ser un socio estratégico para la región?

  9. TEXTO
    Alberdi, en la Constitución, presenta los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad que están presentes en la distribución de la riqueza, como así también en el fenómeno de producción. Y, a través de la industria, como así también de los ferrocarriles, la libre navegación de los ríos, colonización de las tierras nacionales, como medio para lograrlo; llama a los capitales extranjeros, dándole a estos recompensas y privilegios que son el pago al riesgo que corren por establecerse en nuestro territorio. Leyes protectoras a ese fin, con un derecho civil para todos los habitantes del país, nacionales y extranjeros, en igualdad de condiciones, para adquirir la propiedad territorial nacional, ya que el mismo tiene como fin poblar la Nación. También tiene en cuenta que el Estado debe percibir las rentas por las locaciones de particulares y las contribuciones, que solamente pueda imponer el Congreso Nacional, o sea un Tesoro Nacional (propiedad, crédito y tierra). Y Buenos Aires tiene que ser el centro de la organización y estructura administrativa.

    IMPORTANTE
    Nuestra Constitución presenta tres fuerzas de producción, tierra, trabajo y capital; es punta de flecha en América del Sur, establece la necesidad de poblar el suelo argentino, ya que tiene el territorio extenso , y la exploración de los ríos interiores lo que trae como consecuencia exploración de la tierra. Nos promete el bienestar general en un pie de igualdad y llama a los capitales extranjeros, dando a los mismos garantías de los riesgos a través de intereses
    (el precio por el uso). Importante es poder establecer que las regulaciones de esos intereses se deje al mercado, sin embargo considero que el capital tiene una fuerza o poder propio que deben ser debidamente regulado por las leyes sancionadas por el Congreso Nacional.

    PREGUNTAS
    Los principios de la Constitución Nacional, libertad e igualdad, son ideales supremos, en la práctica ¿no dan lugar a los abusos operados por capitales o empresas que tenemos en el país?
    ¿Cuáles considera las medidas más apropiadas para atraer capitales hacia la fuerza del trabajo y la producción?
    Las tierras nacionales, ¿no deberían ser entregadas a quienes tienen interés en explotarla en beneficio propio y del país?

  10. Resumen:
    Los capitales no son el dinero precisamente sino más bien son los valores aplicados a la producción. A su vez, pueden transformarse en puentes, ferrocarriles, muelles y demás cosas o consistir en dinero y ocuparse de que éste circule. Sea la forma en la que se exterioricen, no pierden su característica fundamental consistente en ser generador del progreso, la vida y la civilización de este país.
    Precisamente por ello es que la Constitución de la Nación Argentina ha sido la primera en Sud-América que comprendiendo la importancia que dicho capital conlleva, consagró principios primordiales para proteger el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros. Esto último no se logra de otra manera que no sea garantizando la libertad, seguridad e igualdad para todos aquellos que, sean o no habitantes, desarrollen este tipo de actividades.

    Novedoso o importante:
    La tierra es el instrumento -supremo por sobre todas las cosas- y con que cuenta hoy en día nuestro país para alcanzar la obra de su población, su organización política, riqueza y civilización. No obstante y si bien se han realizado grandes estudios respecto a ella, todos referían a las conquistas de carácter español pero carecía de referencias a cuestiones económicas, que termina siendo el gran interés de nuestra actualidad.
    Teniendo en cuenta todas estas cuestiones, Alberdi sostiene que todo gobierno argentino, con algún sesgo de inteligencia y que supiera administrar el Tesoro público, destinará siempre alguna parte de su presupuesto nacional al estudio y exploración de carácter territorial.

    Tres preguntas al autor:
    1)- ¿Pueden ser las economías regionales un camino posible que traiga solución a alguno de los problemas económicos con los que contamos en la actualidad?
    2)- ¿Cuál sería el primer paso a seguir para poder reencauzar el país y cumplir con esta idea de que la tierra es el producto más valioso que tenemos para el crecimiento y desarrollo?
    3)- ¿Los acuerdos con China pueden traer reales beneficios para nuestro país?

  11. RESUMEN
    El autor fija su atención sobre la obtención de capitales como fuente del progreso de un país y establece que el mismo puede verse reflejado tanto en dinero en circulación como en infraestructura dentro de la nación. Define al capital como medio aplicado de producción y hace referencia a que para lograr atraerlos es necesario mostrar regulaciones que garanticen libertad, seguridad e igualdad. De otra forma, las empresas extranjeras no se ven confiadas de tomar el riesgo e invertir su riqueza en un determinado sector. Sin embargo, Alberdi deja de lado la posibilidad de ofrecer la protección de estos conceptos a través de cuerpo legales y considera que la regulación respecto de las inversiones privadas debe darse espontáneamente dentro del marco de un mercado que fluctúe según las curvas de oferta y demanda. Se habla de la gran cantidad de recursos naturales con la que cuenta nuestro país, pero se destaca que resulta un despropósito poseerla si no existe una cierta ocupación del territorio que permita explotarla y hacerla productiva.

    LO IMPORTANTE O NOVEDOSO
    Alberdi enuncia los recursos con los que cree que debe estar conformado el Tesoro Nacional, destacando la productividad de las tierras como un factor indispensable. Establece que el Estado debe dar la oportunidad a los individuos de generar recursos a partir de su explotación económica (sin intervención alguna) y de esta forma se obtendrán mejores resultados que dejando el aprovechamiento productivo del territorio en manos del Estado Nacional. Se destacan a los capitales y transformaciones como el medio de progreso económico de una nación, la cual es consciente de que la fórmula económica adecuada se ve reflejada en la suma de abundantes recursos naturales y una política exterior que atraiga a aquellos países con altos niveles de capital y falta de recursos naturales (o, en su defecto, recursos ya óptimamente aprovechados). Esta fórmula, sin embargo, sólo podrá resultar realmente exitosa si se da en un contexto de libertad económica que permita el desenvolvimiento natural del mercado en base a la oferta y demanda existentes en el extranjero.

    TRES PREGUNTAS AL AUTOR
    – ¿En qué medida la atracción de capitales extranjeros puede terminar desmotivando la creación de una industria nacional en lugar de activarla?

    – ¿No resulta, de alguna manera, contraproducente permitir el cobro de intereses ilimitados por parte de los inversores extranjeros dentro de países que no cuentan con grandes riquezas y sólo pueden ofrecer sus recursos naturales a la ecuación?

    – ¿De qué otra manera podrían aquellos países con altos niveles de capital y bajos niveles de recursos naturales generar producción en caso de no encontrar un territorio en el cual invertir racionalmente su dinero?

  12. Alumna: María Luján Tomasino.

    Guía de discusión: Segunda Parte. Capítulos III y IV.

    Resumen:

    En el capítulo tercero de esta segunda parte, podemos ver como la Constitución otorga principios de libertad, seguridad, igualdad protectorios al ingreso, establecimiento y desarrollo de capitales extranjeros. Así mismo para lograr su importación, señala como medios la sanción de leyes y la concesión de privilegios o estímulos.
    La Constitución, protege el capital con la libertad a través de la tasa de sus provechos e intereses; de las aplicaciones y empleos industriales de capital; y por medio de la libertad de trabajar y ejercer toda industria, es decir, aplicar los valores a la producción, transformándolos y convirtiéndolos para beneficiarla y acelerarla y así constituir la vida, el progreso y la civilización material del país.
    Para poder llegara este fin, es necesario proceder a la derogación de toda ley, reglamento o estatuto que saque de la mano de los particulares las operaciones industriales y hace de él un servicio exclusivo del Estado, atacando las libertades constitucionales. Tal como señala Alberdi, la mayor sabiduría de las Constitución está en haber hecho de la industria un derecho civil común a todos los habitantes.
    La libertad de acción dada al capital, es necesario asegurarla a través de tratados internacionales de comercio,a favor de dichos capitales extranjeros para así colocarlos al abrigo de los peligros que los rodean, fijándolos en el país y obteniendo una baja en el interés por una disminución en los riesgos.
    Otro medio empleado para atraer los capitales, es otorgar la seguridad de que el alcance va a ser para todos en beneficio de la producción y así llegar al bienestar común, estipulando convenciones internacionales de comercio, agricultura, que especifiquen las libertades concedidas a los nacionales, afianzando, de esta manera, la paz y el comercio con potencias extranjeras, que el gobierno federal debe respetar.
    Finalmente, en el capítulo cuarto, Alberdi nos presenta las consideraciones que nuestra Constitución tiene sobre la tierra. Según ella, es el instrumento supremo para emprender la obra de su población, organización política, riqueza y civilización. Nos muestra como debido a la presencia de sus fuerzas o agentes de producción, nuestra Constitución sienta los mismos principios reguladores del trabajo y capital, garantías referentes a la inviolabilidad, distribución,colocación y empleo dela tierra.

    Importante o Novedoso:

    Me parece importante resaltar fundamentalmente el concepto que Alberdi nos presenta como tierra, y de ahí en más tener presente los agentes y fuerzas de producción de la misma para poder proceder a su protección tanto cada uno personalmente desde su ámbito de ciudadano, como procurando que el gobierno, conforme al pensamiento de nuestra Constitución logre emplear el Tesoro público para la explotación y cuidado del mismo y no olvide que existen leyes que no hacen más que quitarle su poder productivo y esterilizarla en manos de unos pocos poseedores.
    Para ello, es necesario tener en cuenta su destino final, los beneficios que naturalmente regala a la sociedad, los derechos que nuestra Constitución nos otorga a nosotros como habitantes de la misma y las limitaciones que a la hora de explotarla debemos tener presentes, pero por sobre todas las cosas saber el valor de progreso y riqueza que como país sólo la tierra puede otorgarnos.

    Tres preguntas al autor:

    1- ¿ Cómo ve, hoy en día, la aplicación por parte del gobierno de los distintos modos de protección del capital?

    2- ¿ Qué medida económica internacional se debería tomar para poder atraer capitales extranjeros y poder invertirlos para el crecimiento de la Nación? ¿ Qué medidas internas se deben tomar para evitar su monopolización?

    3- ¿ Cuál es su visión respecto al tema de las retenciones? ¿ Cómo considera que deberían eliminarse por completo?

  13. El dinero sólo es el instrumento de traslación de capitales, estos últimos se transforman constituyendo la vida, el progreso y la civilización material de ese país. La Constitución señala como medio de provocar esta importación de capitales, la sanción de leyes protectoras de este fin y las concesiones temporales’ de privilegios y recompensas de estímulo. Siendo estos la libertad, la segurida y la igualdad. El capital no quiere más apoyo de la ley que el que le da la Constitución. El interés es el precio con que se paga el uso o alquiler de un capital prestado. El capital se alquila, como se alquila la tierra o se alquila el trabajo. Así como no hay precio legal, ni salario legal, tampoco hay interés legal. Con los progresos de la industria y del comercio, el préstamo tuvo otros destinos; se prestó el capital para usarle en la producción de nuevas riquezas, así fue que hizo legítimo el pago de un interés o alquiler por un préstamo. El interés incluye el precio del préstamo y el riesgo que corre el prestador de no volver a recuperar el todo o parte de su capital. La ley debe dejar que esos riesgos se paguen libremente según sus dimensiones.
    La Constitución argentina, colocó entre los derechos civiles de sus habitantes el de ejercer toda industria y todo trabajo, de navegar y comerciar, de entrar, salir y transitar el territorio, de usar y disponer de su propiedad. Conceder todo esto es hacer de la industria un derecho civil de todos los habitantes del país, porque todo eso forma el ejercicio de la industria y no es más.
    El préstamo es el medio por el cual entran en acción y circulación los capitales aplicados a la industria. El préstamo es más fácil, frecuente y barato a medida que es más seguro, es decir, a medida que el prestador tiene mayor confianza en el reembolso, prometido por el que toma prestado. Esta confianza es el crédito. Tiene mayor crédito el que más confianza inspira. La organización de medios de seguridad en favor del prestador, se llama el sistema hipotecario. Pero la hipoteca no es toda la garantía del capital prestado. El crédito comercial descansa en seguridades que dependen en mucha parte de una buena legislación de comercio.
    La ciencia nos dirá más tarde cuáles son las fuerzas y aptitudes del suelo argentino para la producción de la riqueza industrial. En la construcción de canales, ferrocarriles y caminos ordinarios, los trabajos de nivelación abrazan las más veces una mitad de los capitales invertidos.
    Los legisladores no deben olvidar que hay leyes que quitan a la tierra su poder productivo, y la esterilizan en manos de sus poseedores. Tales son las que no dejan al detentador actual un interés suficiente para sacrificar el presente al porvenir.

    Importante : Es clara la idea que va escribiendo Alberdi de cuales son los mecanismos para llegar a la riqueza del país y atraer las inversiones extranjeras. y´para que esto ocurra es necesario otorgarle garantías y seguridad jurídica. Recalca la necesidad de garantizar la seguridad, la libertad y la igualdad. Describe el interés como precio y como seguro del préstamo.
    Preguntas :
    1) Con la importancia que usted le da a nuestros ríos, que opina de la contaminación de nuestras agua producto de la desidia o de las empresas como por ejemplo lo ocurrido en San Juan?
    2) Que opinión le merece esta Argentina de hoy que no tiene créditos para su pueblo o su industria y la pérdida de credibilidad del país que nos ha dejado sin línea de crédito mundial ?
    3) Que estrategias implementaría en la Argentina de hoy para fomentar la industria, el crédto y la utilización del suelo ?

  14. Juliana E. Naya – DNI: 37.032.256
    Resumen del texto:
    En estos capítulos Alberdi nos habla de la importancia de los capitales. Señala que ellos no son el dinero, sino los valores aplicados a la producción, y los que se convierten en dinero para pasar de una mano a otra, haciendo de instrumento de intercambio o traslación. Así la Constitución establece principios que protegen el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros en el país, como los de libertad, seguridad e igualdad asegurados a todos los habitantes o ausentes del país, que introduzcan y establezcan en él sus capitales, y establece que los medios para ese fin consisten en la sanción de leyes protectoras y de las concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo. En el ámbito de la libertad, ella protege al capital de dos modos: con la tasa de sus provechos e intereses, y con las aplicaciones y empleos industriales; también se encuentra en los Arts.14 y 20, que aseguran la libertad de trabajar y ejercer toda industria; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles, y demás. En cuanto a la seguridad, implica poner los capitales al alcance de todos, para fecundar la producción y multiplicar el bienestar común. Para ello se utiliza el préstamo, el que será más frecuente a medida que sea más seguro, es decir, en la medida en que se tenga mayor confianza en el reembolso prometido; y esa confianza es el crédito. Por eso se utiliza a la hipoteca, que teniendo por objeto dar eficacia y seguridad al reembolso, su resultado es la baja del interés y del seguro, y la abundancia de los capitales aplicados a la producción industrial. Así la CN asegura estos capitales a través de los tratados internacionales (Art.27). Luego nos habla que de los tres agentes de producción, Argentina sólo posee a la tierra que representa toda su actualidad económica; por eso es que a través de la carencia de trabajo, la CN invita a poblar al país, y le impone al Congreso el deber de proveer lo conducente a su prosperidad y a la colonización de las tierras (Art.64, Inc.16). Así surge la necesidad de que se creen leyes e instituciones que favorezcan el empleo más útil posible de la tierra. Por ello se imponen como bases económicas del nuevo sistema de locación territorial: la posibilidad de arrendamientos por término ilimitado, la extinción y prohibición del derecho de alcabala, que estorba la adquisición fácil de la tierra al inmigrante, y que la ley adjudique al arrendatario el derecho de impensas y mejoras.

    Lo importante/ novedoso:
    Me parece importante el hecho de que Alberdi señale los principios de libertad, seguridad e igualdad como medios para atraer a los capitales extranjeros. De esta manera todos aquéllos que quieran traer sus capitales e invertirlos dentro del país verían asegurados sus créditos y también a través de la confianza que le pudieran llegar a generar los prestamistas. Entiendo que a pesar de estos principios, en la actualidad puede verse como los acreedores extranjeros no encuentran en nuestro país la seguridad y confianza que necesitan para sus créditos, a diferencia de lo que sucede con los países del llamado primer mundo, en los que suele apreciarse que si bien poseen un gran endeudamiento, se vuelven confiables porque siempre devuelven aquéllos créditos que obtuvieron.

    Preguntas al autor:
    1.- Al momento de escribir el libro usted consideraba a la tierra como la que representaba toda la actividad económica del país ¿Actualmente cree que la tierra sea el único instrumento o el más importante con que cuenta la Argentina para el sostén de dicha actividad?
    2.- ¿Qué políticas, principios o medios podría mencionarnos de aquellos países que si logran la debida confianza para atraer a los capitales extranjeros? ¿Qué defectos podría señalar en el sistema económico actual de nuestro país que hacen que no sea confiable para la atracción de inversores extranjeros?
    3.- En el texto usted dice que “La tierra es un tesoro que tiene esto de particular: cuanto mayor es el número de los que asisten a su explotación, mayor es el provecho que a cada uno toca”, hoy apreciamos que la mayoría de esas grandes extensiones están en manos de particulares ¿Qué medidas podrían tomarse para que el capital obtenido de la producción de esas tierras contribuya al bienestar común si consideramos que gran parte del producto de ellas se exporta?

  15. RESUMEN
    En esta oportunidad, Alberdi se refiere al tema del capital y la tierra y sus intereses y sus implicancias fundamentales en el desarrollo y prosperidad del país como así también, a las disposiciones constitucionales que garantizan y protegen estos factores en el alcance de sus objetivos.
    Comienza el cap. 3, definiendo qué son los capitales y como ellos constituyen la vida, el progreso y la civilización material del país y como la constitución instaura principios dirigidos no solo a proteger los capitales, sino también a captarlos, en particular los extranjeros, plasmado expresamente en la “cláusula del progreso”, como atribución del Congreso de dictar leyes conducentes a esos fines, como así también otorgar concesiones temporales y recompensas de estímulo.
    Estos medios de protección, son nuevamente, la libertad, la igualdad, la seguridad, entendidas como libertad de acción y aplicación, seguridad para el capital y sus beneficios y la igualdad contra privilegios, y que si no se cumplen, terminará por alejar a los capitales y atrasar al país.
    Por otro lado, el cap. 4, pone énfasis en la fuerza de producción tierra, que es el único de los tres agentes que reconoce la riqueza creada que posee la Argentina, y es por esto que la Constitución consagra tareas fundamentales como la colonización de tierras de propiedad nacional, exploración de ríos interiores y atribuye al Congreso la obligación de dictar leyes protectoras de ellas.
    En los diferentes puntos que toca, describe que se entiende como tierra, sus elementos, el rol de nuestra constitución en el tema respecto de otras de Sudamérica, los principios que rigen y protegen la tierra y como las leyes orgánicas deberían seguirlos.

    NOVEDOSO
    Como la Constitución protege al capital con leyes favorables a la libertad, en la tasa de interés y en su aplicación, ya que no debería el Estado entrometerse con políticas destinadas a controlar aquella ni dirigir éstas, porque el interés lo establece la demanda, no lo debe decretar el Estado ya que forma parte de la libertad del comercio.
    Este interés del capital, que está conformado por el precio del préstamo y el precio del seguro deben estar debidamente garantizados para favorecer la entrada de éstas inversiones, en especial las extranjeras, que son las conducentes al desarrollo y prosperidad del país.
    A medida que determinado territorio aumenta en el riesgo de no devolución del capital prestado, mayor será el interés y el seguro a pagar.
    Este riesgo, dependerá del empleo arriesgado de ese capital, falta de hábitos de puntualidad y de legislaciones deficientes. Para evadir éstos obstáculos, y reducir el precio de los préstamos, a través de la reducción del seguro e interés, es que se deben conducir los esfuerzos hacia un sistema de garantías que den confianza a los capitales externos.
    Estas garantías son ni más ni menos que la educación y cultura en el cumplimiento puntual de las obligaciones, libertad de aplicación y negociación de la tasa, no intervención del Estado sino solo para asegurar éstas libertades, perfeccionamiento de las leyes, rapidez de los trámites judiciales.

    PREGUNTAS
    1) ¿Se encuentran debidamente protegidos los capitales extranjeros por las leyes actuales?
    2) ¿La reticencia al pago de nuestro país de manera continua y los tratos agresivos hacia los inversionistas extranjeros y organizaciones internacionales, hacen difícil el pedido de préstamos o inversiones? ¿Son muy elevadas las tasas de interés con respecto a las de otros países?
    3) ¿El gobierno respeta la no intervención del Estado pregonada por Alberdi en las tasas de interés?

  16. RESUMEN
    El dinero sólo hace de instrumento del cambio o traslación de los capitales, pero no constituye el capital propiamente dicho, estos capitales constituyen la vida, el progreso y la civilización material del país.
    La Constitución ha consagrado principios dirigidos a proteger directamente el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros. Toca a las leyes orgánicas de la Constitución satisfacer y servir su pensamiento de atraer capitales extranjeros, empleando para ello los medios de protección y de estímulo más eficaces que reconozca la ciencia económica, y que la Constitución misma haga admisibles por sus principios fundamentales de derecho económico.
    El único medio de asegurar capitales extranjeros es la estipulación de tratados internacionales de comercio, de agricultura y de fabricación, en que se especifiquen y califiquen por su nombre, una por una, las libertades concedidas a los nacionales del país extranjero signatario del tratado usando en ello de los derechos concedidos por la Constitución a todos los habitantes, sin que puedan ser revocados por ley alguna, según la Constitución misma, art. 28.
    La ley orgánica debe atraer capitales extranjeros y así ponerlos al alcance de todos para fecundar la producción y multiplicar el bienestar común.

    IMPORTANTE
    Para Alberdi el préstamo es el medio por el cual entran en acción y circulación los capitales aplicados a la industria.
    Comenta que la tierra es el instrumento que la Confederación tiene para poder poblar el país, organizarse políticamente y ampliar la riqueza y civilización.
    Además aclara que conviene que la industria privada, mantenga su existencia independiente de la acción del gobierno, porque el gobierno que se hace banquero o empresario de industria en vías de comunicación, sale de su rol constitucional.
    Todo gobierno argentino que sepa emplear el Tesoro público conforme al pensamiento de la Constitución y al interés del país, comprenderá siempre en el presupuesto de gastos nacionales una suma destinada al pago de los trabajos de exploración territorial. Pocos gastos serán más fructíferos que ése para la renta y la prosperidad de la Nación.

    PREGUNTAS
    1. ¿se invierte lo suficiente para la exploración territorial de Argentina?
    2. ¿la inversión del gobierno en el área de comunicación afecta el desempeño del rol constitucional del país?
    3. ¿el derecho tributario al estar regulado, se opone al art. 16 de la Constitución?

  17. Camila Leone

    Resumen
    Los capitales no son el dinero precisamente, son los valores aplicados a la producción. El dinero solo hace de instrumento del cambio o traslación de capitales.
    Es importante ademas, promover la importación de capitales extranjeros mediante la sanción de leyes protectoras de este fin y las concesiones temporales de privilegios y recompensas de estimulo.
    La libertad protege al capital de muchos modos; pero hay dos principales: -la tasa de intereses, -empleos industriales de capital.
    La Constitución atrae los capitales por la libertad absoluta de su empleo, por ejemplo en los articulo 14 y 20 de la Constitución Nacional que aseguran a todos los habitantes “la libertad de trabajar y ejercer toda industria; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles, etc”.

    Lo mas importante
    Alberdi considera que hay ciertos elementos que son fundamentales para el desarrollo de un país, entre ellos menciona el capital.
    Enumera ademas algunos principios que son esenciales para proteger a dicho capital, y estos son: libertad, seguridad e igualdad. Estos son los que van a dar seguridad a todos los que introduzcan y establezcan sus capitales, sean habitantes o estén ausentes del país.
    Es importante promover la importación de capitales extranjeros mediante la sanción de leyes que protejan este fin.
    Hace hincapié en lo importantes que es dar seguridad a los capitales, y que esto no funciona solo como medio de atraerlos, si no de ponerlos al alcance de todos, para fecundar la producción y el bien común, por la baja de intereses y del seguro, que es un resultado de la seguridad.

    Preguntas
    Alberdi menciona que las tres fuerzas de producción son: tierra, trabajo y capital
    y que Argentina solo posee el primero en la época presente.
    ¿Como cree que se puede revertir esta situación?
    ¿A que medios se puede recurrir para fomentar el desarrollo de las otras dos fuerzas de producción?
    ¿Se respetan los principios de propiedad, libertad, igualdad y seguridad que enumera Alberdi respecto del capital?

  18. JUAN BAUTISTA ALBERDI – PABLO ALTMANN – COMISIÓN 0682
    SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA
    CAPITULO III – “DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN QUE SE REFIEREN AL INTERÉS O RENTA DE LOS CAPITALES Y SUS BENEFICIOS”
    1.- “LOS CAPITALES SON LA CIVILIZACIÓN ARGENTINA, SEGÚN SU CONSTITUCION”.
    “MEDIOS QUE ESTA EMPLEA PARA ATRAERLOS”.

    LA MARCHA PERONISTA EXPRESA TEXTUALMENTE: “COMBATIENDO AL CAPITAL…”

    DICOTOMÍAS QUE LE DICEN…
    ENTONCES, EN NUESTROS DÍAS, AÑO 2015, GOBIERNO KIRCHNERISTA, QUE DICE TENER BASES PERONISTAS, Y EN UNA ARGENTINA QUE CONMEMORA EL BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA, VEMOS CON DOLOR Y RESIGNACIÓN, QUE POCO A POCO SE VA CONVIRTIENDO EN RABIA, HACIA DONDE SE HAN DIRIGIDO LOS ESFUERZOS DE TODA NUESTRA EXISTENCIA.
    ANTAGONISMOS Y ANTINOMIAS, COMO SIEMPRE EXISTIERON EN LA HISTORIA ARGENTINA
    BLANCO O NEGRO, LOS GRISES, LOS GRISES NO EXISTEN…
    ¿O SI?
    LOS CAPITALES EN MI CONCEPTO SON EL MOTOR DE LAS NACIONES
    EL PUNTO ES QUE DEBEN ADMINISTRARLO PERSONAS HONESTAS.
    ¿QUE DIJE? PERSONAS HONESTAS, UNA TONTERÍA, PUES PARECE QUE EN NUESTROS DIAS LAS PERSONAS HONESTAS YA NO EXISTEN
    ESE ES EL PUNTO DON ALBERDI, POR MAS QUE USTED CON SU GENIALIDAD HAYA “PREVISTO EL FUTURO”, EL FUTURO SIN PERSONAS HONESTAS NO SIRVE PARA NADA, TODO SE DILUYE EN EL POZO NEGRO DE LA CORRUPCIÓN, Y EL DESGANO Y LA MOLICIE INVADEN TODOS LOS RINCONES DE LA PATRIA.
    LA CONSTITUCIÓN FEDERAL ARGENTINA HABIENDO COMPRENDIDO EL ROL ÚNICO DEL CAPITAL HA CONSAGRADO EL PRINCIPIO DIRIGIDO A PROTEGER EL INGRESO Y ESTABLECIMIENTO DE CAPITALES EXTRANJEROS
    EL ARTÍCULO 64 INCISO 16 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, QUE ATRIBUYE AL CONGRESO EL PODER OBLIGATORIO, EN CIERTO MODO, DE: “PROVEERLO CONDUCENTE A LA PROSPERIDAD DEL PAÍS, AL ADELANTO Y BIENESTAR DE TODAS LAS PROVINCIAS, Y AL PROGRESO DE LA ILUSTRACIÓN DEL PAIS, DICTANDO PLANES DE INSTRUCCION GENERAL Y UNIVERSITARIA, Y PROMOVIENDO LA INDUSTRIA, LA INMIGRACIÓN, LA CONSTRUCCIÓN DE FERROCARRILES Y CANALES NAVEGABLES, LA COLONIZACIÓN DE TIERRAS DE PROPIEDAD NACIONAL, LA INTRODUCCIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE NUEVAS INDUSTRIAS, LA IMPORTACIÓN DE CAPITALES EXTRANJEROS Y LA EXPLORACIÓN DE LOS RIOS INTERIORES, POR LEYES PROTECTORAS DE ESTOS FINES Y POR CONCESIONES TEMPORALES DE PRIVILEGIOS Y RECOMPENSAS DE ESTIMULO”.
    LAS PROVINCIAS ESTAN HUNDIDAS PORQUE LA COPARTICIPACION NO FUNCIONA DE ACURDO A COMO FUE INSTITUIDA CONVIRTIENDOSE LA AUTORIDAD DEL EJECUTIVO EN UN CASTIGO A LOS DESOBEDIENTES Y UN PREMIO A LOS SERVILES APLAUDIDORES.
    DE ACUERDO A LAS PRUEBAS PISA ENTRE OTRAS, LA EDUCACIÓN EN ARGENTINA A DECAÍDO A NIVELES INSOSTENIBLES. LA ILUSTRACIÓN ES COSA DEL PASADO Y LA CHATURA INVADE TODOS LOS RINCONES DEL PAIS.
    LOS MUELLES ESTAN DOMINADOS POR MAFIAS Y GREMIOS QUE SE DISPUTAN EL PODER DEMORANDO Y EXTORSIONANDO EL PROCESO DE CARGAS Y DESCARGAS DONDE LAS MEDIDAS DE FUERZA CUANDO NO CON MEDIDAS PÉRFIDAS DEL PERSONAL ADUANERO Y DE LOS EMPLEADOS DE LAS TERMINALES DE CARGAS. LAS COIMAS ESTAN A LA ORDEN DEL DIA
    LOS BUQUES TARDAN DÍAS Y HASTA SEMANAS ENTERAS EN TRATAR DE CARGAR Y DESCARGAR DEBIDO A LOS PAROS Y MEDIDAS EXTORSIVAS DE LOS DIFERENTES GREMIOS ENVUELTOS EN LA OPERATORIA DE LA CARGA Y DESCARGA. ESTO VA TANTO PARA LOS BUQUES GRANELEROS COMO PARA LOS PORTACONTENEDORES. EL PERSONAL DE REMOLCADORES ESTÁ TAMBIÉN INCLUÍDO EN LAS TRABAS AL LIBRE COMERCIO Y LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACION GENERANDO CIFRAS ASTRONÓMICAS POR LAS DEMORAS EN CONCEPTO DE MULTAS Y RECARGOS. LA SINCRONIZADA OPERATORIA Y TODA LA LOGÍSTICA SE DESMORONAN ANTE ESTOS INCONVENIENTES
    LOS SECRETARIOS GREMIALES EXTORSIONAN A LAS EMPRESAS NAVIERAS Y LUCRAN EN SU PROPIO BENEFICIO. LAS DEMORAS REPRESENTAN ENORMES EROGACIONES PARA LAS EMPRESAS NAVIERAS Y GRAVES PÉRDIDAS.
    MUCHAS NAVIERAS Y ARMADORES YA NO QUIEREN VENIR A NUESTRO PAÍS
    LAS TIERRAS FISCALES SON ADQUIRIDAS POR FAMILIARES, AMIGOS Y POR PERSONAJES QUE CONDUCEN A NUESTRO PAÍS, POR MONEDAS, EN VEZ DE SER DESTINADAS A LOS DESIGNIOS PENSADOS POR ALBERDI. UNOS POCOS SE SIRVEN DE LAS RIQUEZAS DE LA NACIÓN QUE PERTENECEN A TODOS LOS ARGENTINOS.
    ALBERDI NO PUEDO PREVEER , NI HACER FUTUROLOGIA, SOBRE LAS CANTIDAD DE INDIVIDUOS QUE PONEN “PALOS EN LA RUEDA AL BUEN DESEMPEÑO DE TODOS LOS FACTORES QUE ESTAN INVOLUCRADOS EN HACER QUE LAS COSAS SALGAN BIEN . NO ES SUFI CIENTE CON ATRAER A LOS CAPITALES, NI TAMPOCO BRINDARLES LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL CUANDO EL FACTOR HUMANO TRAICIONA LOS BUENOS PRINCIPIOS (EN LAS EMPRESAS NOS REFERIMOS AL AFECTIO SOCIETATIS) QUE DEBE PRIMAR PARA TENER ÉXITO EN LOS EMPRENDIMIENTOS.
    LA ANTIPATRIA ESTA VISIBLE EN TODOS LOS RINCONES Y CORROE AL PAÍS Y A LAS BUENAS IDEAS Y VALORES DE ALBERDI.
    LA INDUSTRIA ARGENTINA DE FABRICACIÓN DE BARCOS, LOS ASTILLEROS, HA SIDO DIEZMADA. NUESTRA EMPRESA NAVIERA ESTATAL , ELMA, QUE HABÍA SIDO UN EJEMPLO EN EL MUNDO, RESPETADA Y QUERIDA EN EL ÁMBITO NAVIERO, YA NO ES LO QUE ERA. QUEDAN SÓLO SUS DESPOJOS.
    Y QUE SUCEDE CON NUESTRO ORGULLO, EL ALMIRANTE IRÍZAR. MESES PARA REPARARLO. Y A QUIÉN LE IMPORTA. OTRORA ORGULLO DE NUESTOS VIAJES AL CONTINENTE ANTÁRTICO. APOYO ESENCIAL A NUESTRAS BASES ANTÁRTICAS Y A SU PERSONAL . SOSTÉN DE NUESTRA SOBERANÍA. ¿A QUIÉN LE INTERESA HOY? . A NUESTROS GOBIERNOS NO, NO LE INTERESAN…
    NUESTRO FERROCARRILES ESTAN DESTROZADOS, LAS VIAS FÉRREAS QUE CONSTRUYERAN LOS INGLESES ESTÁN DESTRUÍDAS. LOS RAMALES ABANDONADOS. LOS PUEBLOS FANTASMAS SURGEN POR DOQUIER.
    SÍ, SE HAN TRAÍDO VAGONES CHINOS, CON SOBREPRECIOS, POR SUPUESTO…
    Y DÓNDE HAN QUEDADO LAS LOCOMOTORAS Y LOS VAGONES DESTINADOS AL TRASPORTE DE CARGAS. DIEZMADOS, ABANDONADOS, PRIORIZANDO EL TRANSPORTE DE CAMIONES POR CARRETERAS, MAS CARO Y SIN UNA RED VIAL QUE SE SOSTENGA EN EL TIEMPO. SIEMPRE EL BENEFCIO A UNOS POCOS EN DESMEDRO DE LA GRANDEZA DE NUESTRO PAÍS. NUEVAMENTE, LOS INDIVIDUOS DESHONESTOS Y LA PERVERSIDAD DEL SISTEMA.
    TODO LO CONTRARIO AL GRAN SUEÑO DE ALBERDI: LA PATRIA GRANDE PARA TODOS SUS HABITANTES…EL PROGRESO, EL FUTURO…
    EL CORTOPLACISMO INVADE TODO Y LA CORRUPCIÓN Y LOS ACOMODOS, Y LAS PREBENDAS ESTAN A LA HORA DEL DIA
    EL TRANSPORTE POR CAMIONES ES MÁS CARO Y LAS CARGAS NO LLEGAN EN TIEMPO Y EN FORMA COMO CON EL FERROCARRIL. CORRIJO, COMO LAS TRANSPORTABA EL ANTIGUO FERROCARRIL.
    LOS CANALES Y LAS HIDROVÍAS NO SON DRAGADOS COMO SE DEBE. LOS RECLAMOS DE NUESTROS HERMANOS PARAGUAYOS Y URUGUAYOS ESTÁN SOBRE EL TAPETE. LOS IGNORAMOS METÓDICAMENTE. LOS ARMADORES PARAGUAYOS YA NO QUIEREN TRABAJAR EN FORMA CONSENSUADA CON NOSOTROS, LOS HEMOS DEFRAUDADO, NUEVAMENTE…
    EL URUGUAY HA MANIFESTADO SU DESAGRADO POR LA FALTA DE COLABORACIÓN DE LAS AUTORIDADES ARGENTINAS, ESPECIALMENTE POR EL DRAGADO DEL CANAL CERCANO A LA ISLA MARTÍN GARCÍA.
    LOS CANALES AL NO SER CORRECTAMENTE DRAGADOS, EN TIEMPO Y EN FORMA, HACEN QUE LOS BUQUES NO PUEDAN SUBIR A LA ZONA DE ROSARIO Y SANTA FÉ. QUEDANDO VARADOS POR LA FALTA DE CALADO.
    LAS FÁBRICAS HAN CERRADOS. MILES DE OBREROS Y EMPLEADOS HAN SIDO ECHADOS O SUSPENDIDOS.
    VARIAS MULTINACIONALES HAN ABANDONADO EL PAÍS.
    MUCHAS EMPRESAS DE GRANDES MARCAS SE HAN IDO A OTROS PAISES
    EL CAMPO SE HA TRANSFORMADO POR DESIGNIO DEL GOBIERNO EN UN ENEMIGO
    EL AGRO ESTA ASFIXIADO POR LAS RETENCIONES, LA FALTA DE DIVISAS, LOS ENORMES PRECIO DEL GAS OIL Y LA CONSTANTE DIATRIBA EN SU CONTRA POR PARTE DEL GOBIERNO.
    EL CAMPO, LA GANADERIA Y LA AGRICULTURA NO SON RENTABLES EN NUESTROS DÍAS. MILES DE TAMBOS HAN CERRADO, LA LECHE ES DERRAMADA COMO PROTESTA POR LA FALTA DE PRECIOS Y RENDIMIENTO NEGATIVO.
    LAS ECONOMÍAS REGIONALES ESTÁN QUEBRADAS
    LOS CÍTRICOS EN EL LITORAL, LAS PERAS Y MANZANAS EN RÍO NEGRO Y NEUQUÉN LOS OLIVARES EN CATAMARCA, LA RIOJA, MENDOZA, LA UVA Y LAS FRUTAS SECAS Y LA VITIVINICULTURA EN SAN JUAN, MENDOZA SALTA, RIO NEGRO, NEUQUÉN. TODO DESTRUIDO, Y NO PRECISAMENTE POR LAS PERSONAS QUE TRABAJAN (O TRABAJABAN) EN ESTE METIER, NO, HAN SIDO LAS MALAS POLÍTICAS DEL GOBIERNO LAS QUE LAS HAN DESTRUÍDO
    LAS ECONONOMÍAS REGIONALES ESTÁN ASFIXIADAS, SU CRÍSIS ES TERMINAL.
    EN SÍNTESIS:
    LA VISIÓN Y LA GRANDEZA DE ALBERDI NOS HAN INDICADO, NOS HAN SEÑALADO COMO PODIAMOS SACAR ADELANTE A NUESTRA QUERIDA ARGENTINA.
    A LO LARGO DE NUESTRA HISTORIA, LOS MISMOS ARGENTINOS SE HAN ENCARGADO DE BASTARDEAR A LA CONSTITUCIÓN. NO HECHEMOS LA CULPA AL EXTRANJERO, AL CAPITAL EXTRANJERO. LOS CULPABLES DE NUESTRAS DESGRACIAS SOMOS NOSOTROS, LOS ARGENTINOS, Y NADIE MÁS QUE LOS ARGENTINOS

    NO TENGO NADA QUE PREGUNTARLE A ALBERDI, LO ÚNICO QUE PUEDO HACER ES:
    PEDIRLE DISCULPAS…

  19. Almaraz Vittone Carolina
    DNI: 38070179
    Comisión: 0682
    Guía de discusión

    Resumen:
    Alberdi analiza todo lo referido a los capitales y a la tierra, destaca la importancia de los capitales para el progreso y protege tanto capitales nacionales como extranjeros (ingreso y establecimiento), los cuales son libres, ya que estos son muy importantes para nuestro desarrollo. Con respecto a la libertad, los capitales gozan de ella al momento de fijar sus tasas de beneficios y la forma de su aplicación, establece la plena libertad para fijar las tasas de interés. Critica la intromisión del Estado en la industria ya que esta fue concedida a los privados y establece la celebración de Tratados internacionales de comercio para proteger la libertad de acción del capital. Dar seguridad, garantía contemplada en la Constitución, a los capitales es importante ya que esto permite el descenso de la tasa de interés ya que el riesgo es contemplado para fijar el mismo, relacionado con los prestamos y los dos tipos de crédito, como sinónimo de confianza: personal y real. La tierra, el recurso más importante, requería de un estudio que no se le había brindado durante la época colonial, Alberdi lo impulsa y nos relata todos los recursos que poseíamos en las distintas zonas del país. La tierra y su beneficio o distribución también están alcanzados por los principios de libertad, igualdad (para todos los nacionales y extranjeros), propiedad (uso, goce, disponibilidad e inviolabilidad de la misma para nacionales y extranjeros) y seguridad.

    Lo más importante:
    Hubo varios puntos que me parecieron destacables, en primer lugar, cuando Alberdi nos explica que nuestro país no gozaba de confianza o créditos para adquirir prestamos y que eso se veía reflejado en la tasa de interés, esta reflejaba el precio del préstamo y el pago del riesgo que corre el prestador de no volver a recuperar el todo o parte de su capital, las cuales eran altas, me hace considerar que esta situación no cambio ya que nuestro país sigue sin brindar confianza al momento del préstamo, lo que me hace ver que no hemos evolucionado. Otro punto que me parece relevante es que Alberdi ya preveía la concertación de tratados internacionales comerciales para asegurar el ingreso del capital y su visión de la importancia con las relaciones con otros países, cosa que en el día de hoy, no se ve ya que nosotros por ejemplo tan solo a nivel regional gozamos de una unión aduanera imperfecta como es el Mercosur, mientras que Europa goza de una unión económica y monetaria, se vuelve a demostrar nuestra falta de avance y que no se siguieron los mandatos de nuestra Constitución, que tanta importancia le dio a la relación con los extranjeros. Por último voy hacer referencia a con que malos ojos veía Alberdi que el gobierno se saliera de su rol y se entrometiera en el campo de los privados, impidiendo que los particulares se encarguen de esto.

    Preguntas:
    1- Teniendo en cuenta la posición de Alberdi, de que el Estado no debe desviarse de su rol y dejarle la actividad a los privados, ¿Cuál es su opinión con respecto a la provisión de bienes públicos por parte del Estado?
    2- ¿Qué opinaría Alberdi respecto de nuestra participación en el Mercosur?
    3- ¿Consideraría Alberdi que se ha logrado un correcto estudio de la tierra y sus recursos y se le ha dado un buen uso a los mismos al día de hoy?

  20. El autor clasificó las formas, que contempla La Constitución Argentina, de distribuir la riqueza en tres:
    1) A través del salario por medio del trabajo.
    2) A través de la renta obtenida bien por la tierra, el capital y el interés.
    3) A través de la población debido a sus fuerzas ´productoras
    Ya hemos analizado la primera, por lo tanto resta ver la importancia que otorga el autor a la libertad cuanto a la renta y el interés.
    Conforme al pensamiento de Alberdi, la civilización viene del Capital. Entendido a este como VALORES aplicados a la producción, que, para su intercambio, requieren de la utilización del dinero como medio/ instrumento de cambio.
    De allí que para que el capital cobre espacio dentro de nuestro país, era preciso otorgar privilegios temporales y/o recompensas (mediante la seguridad jurídica y social: deberes del PE, PJ, y PL) y por medio de leyes protectoras que garanticen la libertad, la seguridad para atraer el capital extranjero.
    En cuanto al primero de estos medios, cobra relevancia la TASA de interés a cobrar por el préstamo de dinero u otros capitales. Cuyo fin es destinarlos a la producción por parte de quien adquiere el crédito o recurso.: por lo tanto, este debe ser libre debido a su carácter legítimo de derecho a fijar el precio y el pago por el riesgo en prestarlo a un tercero. Aquí se distingue la diferencia entre el INTERES propiamente dicho – que es el precio por aquel préstamo, que surge de no tener la liquides de lo prestado- por lo cual no debe incriminarse al que cobra por prestar a otro lo que el otro necesita para su propio progreso, y el Interés como PAGO POR EL RIESGO de no poder recuperar en forma total o parcial lo prestado, sea porque hay inestabilidad en el país, sea por la impuntualidad del deudor, porque cayó en desgracia o por la mala fe de este. Pero además de permitir que las partes fijen libremente el interés a percibir por el préstamo, el Estado no debe limitar los usos y aplicaciones del capital, lo que puede ocurrir, por ejemplo, restringiendo el marco de actuación de ciertas industrias, o tomándolas a estas como exclusivas del Estado. Puesto que este último debe limitarse a legislar, gobernar y juzgar. Cuando mucho, debe inmiscuirse en el comercio por medio de celebrar tratados internaciones a los fines de favorecer el comercio y dar mayores seguridades jurídicas que fomenten la llegada de capitales. Todas estas cuestiones harán que los préstamos sean viables, porque ellos se basan en la confianza y la libertad. Será mayor la confianza cuanto mayor cumplimiento tenga la palabra de quien recibe el préstamo – crédito personal- o cuantas mayores garantías de por recibirlos, -crédito real. De esta forma es importante que aquella garantía lo sea, por lo tanto, no pueden varios acreedores gozar del mismo derecho sobre la cosa dada en garantía por el total de ella, de allí la necesidad de facilitar la inscripción de hipotecas a fin de dar mayor respaldo a la obligación y de dar publicidad a la misma. Si ello se puede pactar libremente, entonces habrá más posibilidades de que lleguen capitales y que sean menores los interés a cambio.
    En cuanto a la renta, que se obtiene gracias a la tierra, único factor de fuerza de producción con lo que contaba la argentina al tiempo de Alberdi, es necesario que se fomente su exploración y explotación, aprovechando la favorable geografía con la que contaba nuestro suelo y las condiciones meteorológicas. Entonces no debe ponerse límites a la adquisición de la tierra y a su arrendamiento.
    LO NOVEDOSO
    Es interesante ver como el autor da un concepto más amplio a lo que se entiende por capital, como factor de producción, destacando que este abarca al valor agregado a un producto. Y que ello hace a la civilización, al progreso de una nación, tan anhelado por Alberdi.
    Por otro lado, la distinción que realiza en cuanto al INTERES por el préstamo, en cuanto a la evolución del concepto y su uso en la sociedad. Es claro que el Préstamo no tenía la misma naturaleza en la época de Alberdi como lo tenía para los romanos, y en la actualidad el uso que se le da al préstamo coincide con el explicado por el autor. Pues desde que las sociedad se industrializo la mayoría de los préstamos se piden para algún fin específico que lleve a obtener algo que suma valor& bienes para uno. Ello justifica el precio que se paga por él , aunque uno sienta que puede ser excesivo, pero siempre está latente el riesgo que corre quien lo da, porque forma parte de nuestra cultura incumplir promesas& obligaciones, o no poder hacerlas en virtud de la inestabilidad económica que se afronta a raíz de las políticas económicas que el gobierno toma. Creo que es importante analizar lo que cada una de las partes da y recibe a cambio de ello. Como también lo es entender que la obligación es la misma sea que la contraiga una persona física, jurídica, como así también el propio Estado. Es que la consecuencia d ella falta de confianza & credibilidad acarrea mayores costos. Lo vemos a nivel país, en lo que se mide como RIESGO PAIS, el Default y la exigencia por parte del Fondo Monetario Internacional al otorgarnos crédito, que claramente no es la misma que a países más estables en su economía y política. Esto no es un problema propio del gobierno actual, es un problema que arrastra nuestro país, de la cultura española colonial que tomaba las ideas romanas en cuanto a la naturaleza del crédito y su precio.
    PREGUNTAS AL AUTOR
    1- Cuando refiere a la necesidad de no restringir la aplicación de los capitales Ud. Menciona que ello podría vulnerarse si el Estado toma una industria y/o actividad como exclusiva de su competencia y actuación. Pero, no podría justificarse esta manera de obrar cuando se presenta una falla del mercado por la cual el Estado, eventualmente, tuviera que tomar a su cargo la provisión de estos bienes o servicios por ser estos bienes públicos, que deba brindar el Estado?
    2- Considerando el desarrollo que ha tenido nuestro país desde sus comienzos a la actualidad, no cree que que el factor de produccion TIERRA ya no es la única fuerza de producción, sino que hoy contamos con otras como lo es el avance de las tecnologías que crean industrias que no requieren de espacios físicos para su desarrollo, pero sin embargo tienen gran incidencia en la economía de un país (sea a través de servicios de informática, por ejemplo)?
    3- Cuando hizo mención a que podría vulnerarse la libertad poniendo límites a la tasa de interés al determinar el precio por el uso o alquiler en vez de dejar que lo determine la propia oferta –demanda. Y que ello sería semejable a hacer lo mismo en cuanto a los salarios y precios por los productos. Entonces Ud. Considera que lo que ha ocurrido, no solo en nuestro país, y no solo en lo que va de este siglo, respecto a que diversos convenios colectivos de trabajo que fijan una escala salarial para cada actividad y cargo, es igual de restrictivo que el limite a la fijación libre de la tasa de interés ?

  21. RESUMEN.
    La Constitución, garantiza el derecho al trabajo para todos los habitantes y el beneficio que puedan obtener como consecuencia de ello. Pero, lo que no regula, es un salario específico que le corresponde al trabajador por el trabajo brindado. Por otro lado, tampoco está garantizado que cada trabajador obtendrá trabajo en el mercado, lo cual sería contradictorio al principio de igualdad. Para que el trabajo prospere, es fundamental la regulación del libre comercio entre países.

    En otros términos, para que un país triunfe económicamente se necesita tanto herramientas de trabajo como maquinarias, equipos de trabajo, y también mano de obra, hombres capaces de brindar su fuerza de trabajo, lo cual es escaso en nuestro país. La demanda de trabajo, superaba la oferta laboral ya que, al haber poca mano de obra, pocos trabajadores estaban dispuestos a brindar su fuerza de trabajo, con lo cual los empleadores trataban de retener a su trabajador. Los inmigrantes, cumplirían un papel fundamental: serán los que brindaran su fuerza de trabajo y ofrecerán el trabajo que el país demanda.

    DESTACADO.

    En lo concerniente al factor trabajo, es de destacar que no todos los hombres gozan de iguales cualidades. Es decir, algunos hombres están capacitados para realizar ciertas tareas y otros no. Esto, dependerá de las cualidades innatas de cada persona: situación que sólo puede reflejarse a la luz de cada caso concreto.

    PREGUNTAS AL AUTOR.

    – En la actualidad, ¿Considera que existe una proporción razonable entre oferta y demanda laboral?

    -¿De qué manera fomentaría usted la inmigración?

    – En las leyes vigentes, ¿Se regula con precisión tanto el libre comercio como la inmigración, el capital y la mano de obra extranjera para lograr una mejor economía?

  22. RESUMEN
    Los capitales son la civilización argentina. Alberdi pone atención en los capitales y en la forma de atraerlos. Establece que los capitales son los valores aplicados a la producción, que pasando de mano en mano se convierten en dinero. Éstos capitales pueden tomar la forma de ferrocarriles, canales, fábricas, maquinas de vapor y de todo instrumento necesario para beneficiar y acelerar la producción agrícola, constituyendo esto la vida y el progreso del país. La Constitución Nacional establece principios dirigidos a proteger el ingreso de capitales extranjeros en los arts. 64 inciso 16 y 104, considerando ésta como cosas conducentes a la prosperidad del país los canales, la industria, los ferrocarriles, la colonización de tierras nacionales, que no son más que formaciones de capital. Luego Alberdi establece los medios prácticos para proteger el capital, y sostiene que la libertad protege al capital a través de la tasa o provecho de sus intereses, el interés es un fenómeno en que la ley no debe intervenir, éste es fijado por la demanda. Otro medio para estimular la venida de los capitales extranjeros es el trabajo, ejercer la industria, usar y disponer de la propiedad, etc., Otro de los medios es la seguridad a los capitales, poniéndolos al alcance de todos para fecundar la producción y el bienestar común.
    IMPORTANTE
    Me parece importante destacar el tema de los tratados internacionales de lo que hace mención Alberdi. El establece que se deben estipular tratados internacionales de comercio, de agricultura y de fabricación en los que se especifique las libertades concedidas a los nacionales del país extranjero signatario del tratado, de establecer bancos, construir y explotar ferrocarriles, puentes y canales, de explotar minas, gozando de los derechos concedidos por la constitución, sin que ninguno de ellos puedan se revocados por ley alguna. Éstos tratados constituyen un medio para afianzar las relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras.
    PREGUNTAS
    – Con la importancia que le da a las tierras y recursos naturales ¿Qué opina sobre el derrame de cianuro provocado en mina valadero?
    – En otra época Argentina fue nombrado como “el granero del mundo”, ¿Qué opina actualmente sobre el estado de las tierras y los recursos naturales en el país?
    – ¿Qué opina sobre el estado actual de Argentina con respecto a la posibilidad de crédito

  23. RESUMEN:
    En este capítulo, Alberdi nos habla sobre el capital, su significado concreto y las formas que puede adoptar y como se convierte en dinero para que pueda circular de mano en mano. Es nuestra Constitución la primera en América del Sur la que reconoce y comprende el rol económico del capital como agente de prosperidad y lo protege directamente el ingreso y establecimiento de capitales, dando las garantías y estímulos necesarios para que sean cada vez más.
    Es el capital la base de la riqueza y el congreso el encargado de proveer el camino hacia la prosperidad del país a través del mismo y fomentar su crecimiento.
    Nos explica sobre la conformación del Tesoro Nacional, la consideración de la industria, como algo privado, los créditos, las rentas, los intereses y cómo manejarlos y del beneficio de la tierra, cuya renta es componente del capital.

    IMPORTANTE:
    Como el autor destaca la importancia y el cuidado de los capitales extranjeros como fuente de generación de riqueza para el progreso del país.
    Cómo explica el rol que debe desarrollar el Estado para no llevar al país a la pobreza y hundirlo en la arbitrariedad.
    El uso que el gobierno debe dar al Tesoro Público para su propio crecimiento y que debe recordar controlar las leyes que lo dañan en su rol de fuente de producción.
    Todos los temas siempre están enmarcados dentro de las garantías que reciben, la libertad y la igualdad como base de un desarrollo equitativo.

    PREGUNTAS:
    1- Considera usted que hoy sigue siendo el ingreso de los capitales extranjeros la base de la prosperidad del país? Se los protege como es debido?
    2- Cree que los gobiernos actuales actúan de acuerdo a sus consideraciones en cuanto a su intervención en ciertos trabajos que usted menciona en el apartado III?
    3- Los gobiernos nacionales han invertido lo necesario del tesoro nacional para la exploración del territorio? Lo han hecho alguna vez?

  24. En el presente artículo J.B. Alberdi comienza su desarrollo indicando que los capitales son aquellos valores aplicados a la producción indistintamente cual fuera el objeto en que consistan; aclara que estos mismos capitales podrán convertirse en dinero siempre y cuando se los haga circular. Constituyen en su conjunto el progreso del país, y así los ha consagrado la Constitución Federal en su artículo 64 inc 16 (proveer lo conducente a la prosperidad del país…) y en su art 104 cuando afirma “los capitales son una necesidad de cada provincia”. Alberdi afirma además que la Constitución habilita como medio para la entrada de capitales la sanción de leyes que protejan este fin, y será deber de estas leyes orgánicas el atraerlos. De esta manera se garantiza el principio de libertad, seguridad e igualdad.
    En cuanto a la libertad protege al capital de dos modos a través de una tasa de intereses (donde la ley no debe intervenir sino para asegurar la más completa libertad al desarrollo del capital) y por medio del empleo industrial del capital.
    También se emplea como medio para la venida de capitales extranjeros “la expansión ilimitada y completa “consagrados por el arti 14 y 20.
    Al momento de hablar de la industria entiende que pertenece al derecho privado en cuanto cada habitante de ejercer toda industria y todo trabajo…
    Además de la libertad , la Constitución debe proveer de otros medios como lo es la Seguridad, esto quiere decir que la ley deberá dar garantía para que la captación de nuevos capitales sea efectivo, pero no solo para atraerlos sino para que estén al alcance de todos. Las inseguridades mas grandes estaban radicadas en el empleo de esos fondos, por ejemplo teniendo en cuanta que si bien el préstamo es el medio por el cual entran en circulación los capitales la confianza que se tenía es lo que facilitaba y derivaba en el crédito ya que de lo contrario los intereses iban a ser más altos y el acceso al mismo iba a ser menos viable por lo tanto que haya seguridad en el crédito depende mucho de una buena legislación al respecto.
    Afirma Alberdi además que los tratados con el extranjero son un medio de afianzar las relaciones de paz y generar el comercio, debido a que entiende que nuestra confederación goza de los elementos necesarios para el crecimiento de la riqueza como por ejemplo la tierra como el instrumento supremo, pero el hecho de otorgar seguridad en las relación lograría el crecimiento del tesoro en grados exponenciales.

    Lo que me pareció novedoso es cuando se refiere al gobierno y el porqué la industria debe ser privado y lo iguala a un mal agricultor un pésimo comerciante un deficiente fabricante, porque siendo estas cosas ajenas a la materia gubernamental ni las atiende el gobierno ni tiene el tiempo ni está organizado para comprenderlas.

    1- Teniendo en cuenta lo que usted indicaba sobre el gobierno como el peor administrador de la industria, podría decirse que en la actualidad esto suceda con las industrias en manos del Estado?
    2- Cuan alta es la protección que se le otorga al extranjero para que traigan sus capitales a nuestros suelos?
    3- En cuanto a la deuda externa y los altos intereses aplicado para el pago de la misma, no cree usted que si bien se graban tasas como el seguro a su reembolso, y hay libertad en la fijación de los mismos , esto se extralimita en muchos casos?

  25. Manuel Morales DNI 90005989

    El Interés o Renta de los Capitales
    Resumen
    En este capitulo Alberdi trata el tema de El Capital, entendiendo este como los valores aplicados a la producción, sea cual fuere el objeto en que consistan. Los capitales no son el dinero precisamente, el dinero se utiliza como instrumento del cambio o traslación de los capitales, pero no constituye el capital propiamente dicho.
    Los capitales pueden trasformarse y convertirse en muelles, en buques de vapor, en ferrocarriles, puentes, pozos artesianos, canales, fábricas, máquinas de vapor y de todo género para beneficiar metales y acelerar la producción agrícola, así como pueden consistir en dinero y mantenerse ocupados en hacer circular otros capitales por su intermedio.
    La Constitución federal argentina es la primera en Sud-América que, habiendo comprendido el rol económico de ese agente de prosperidad en la civilización de estos países, ha consagrado principios dirigidos a proteger directamente el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros.
    Esa mira alta y sabia está expresada por el art. 64, inciso 16 de la Constitución Federal, que atribuye al Congreso el poder obligatorio en cierto modo de: «Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración del país, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo».
    Ella señala como medio de provocar esta importación de capitales, la sanción de leyes protectoras de este fin y las concesiones temporales’ de privilegios y recompensas de estímulo. Esos medios de protección, esos principios de estímulo, no son otros que la libertad, la seguridad, la igualdad, asegurados a todos los que, habitantes o ausentes del país, introduzcan y establezcan en él sus capitales.
    Según esto, proteger el capital por los medios designados por la Constitución, es dejarle su amplia y entera libertad de acción y de aplicación, es darle seguridad para su principal y para sus beneficios e intereses: es colocarle bajo el amparo de la igualdad contra los privilegios y monopolios de todo género.
    La libertad protege el capital de muchos modos; pero hay dos principalmente en que ella se identifica con sus beneficios, a saber: 1° la tasa de sus provechos e intereses; 29 las aplicaciones y empleos industriales del capital. La Constitución Argentina garantiza a los capitales su libertad completa en la tasa de sus beneficios y en la forma de sus aplicaciones. El interés es el precio con que se paga el uso o alquiler de un capital prestado. El capital se alquila, como se alquila la tierra o se alquila el trabajo.
    Así como no hay precio legal, ni salario legal, tampoco hay interés legal, así como precio del capital prestado o alquilado, el interés no se decreta, lo establece la demanda.
    Lo que se llama de ordinario interés del capital, comprende dos compensaciones esencialmente diferentes, que conviene no confundir: una constituye el precio del préstamo, y se llama interés propiamente dicho; otra es el pago del riesgo que corre el prestador de no volver a recuperar el todo o parte de su capital. El alza del seguro o precio del riesgo del capital prestado depende naturalmente de la inseguridad que tiene el prestador. El préstamo es más fácil, frecuente y barato a medida que es más seguro, es decir, a medida que el prestador tiene mayor confianza en el reembolso, prometido por el que toma prestado. Esta confianza es el crédito. Tiene mayor crédito el que más confianza inspira.

    Novedoso
    Me resultó de mucha importancia el entender al capital como el valor aplicado a la producción, y no visto como sumar de dinero invertidas en maquinaria y tecnología. Comprendiendo el dinero como solo un intermediario para traspasar bienes de capital me permite entender mejor como funciona la economía y la importancia de atraer capitales extranjeros, obviamente el capital es traidor en dinero por ser el método para traspasarlo de un país a otro.
    También considero novedoso el hecho de que se puedan imponer privilegios a capitales extranjeros y que vengan a invertir en el país en mejores posibilidades que un nacional, entiendo que en el momento donde era mas importante la atracción de capitales extranjeros era mas importante que lo nacional pudo haber sido un buena estrategia. En la actualidad, cuando estos capitales extranjeros son son prácticamente capitales golondrina, en donde solo vienen para instalarse por un tiempo sin hacer mayor inversión en bienes de capital duraderos que ayuden al progreso de un país, no considero que razonable el hecho que se les brindé privilegios mayores que a los nacionales.
    otra tema muy importante es sobre la libertad para fijar las tasas de interés, es entendible dejar libre la negociación a las partes para fijar la tasa de interés sobre el préstamo de un capial cuando ambas partes están en un plano de igualdad que les permita ejercer presión para lograr un acuerdo beneficioso para ambas partes, pero cuando pensamos en entidades dedicadas a dar prestamos o individuos prestamistas, usualmente son entidades mucho mas poderosas y capaces de imponer sus discusiones cuando de la otra parte tenemos individuos necesitados de poder acceder a un crédito que les permita comenzar un negocio o bien comprar bienes inmuebles, en este caso debe haber un limite para proteger a la parte que se encuentra en una posición desventajosa.
    Preguntas:
    1. ¿Los Bienes de capital son los que permitan a un país progresar y desarrollarse, por lo tanto, no sería mas factible atraer a los capitales extranjero para invertir en nuestro país pero solo en estos bienes de capital?
    2. ¿Es beneficioso para el país que capitales extranjeros vengan a invertir en actividades pasajeros o de corto plazo?
    3. ¿ hay un limite que permita proteger a los necesitados de crédito frente a entidades financieras poderosas capaces de imponer sus discusiones sin restringir la libertad de comercio?

  26. Acuña Micaela Soledad
    36511240

    Resumen: Alberdi habla de los capitales, entendidos como los valores aplicados a la producción sea cual fuere el objeto en que consistan, y nos dice que ellos son la fuente de progreso del país. Las leyes deben proteger la importación de capitales y estimular su llegada con privilegios y recompensas ( seguro con que la nación paga el riesgo que corren los capitales que viene a establecerse).
    La Constitución Argentina garantiza a los capitales su libertad completa en la tasa de sus beneficios (el interés lo debe fijar la demanda) y en la forma de sus aplicaciones (libertad de emplearse en todos los ramos y en todos los trabajos que pertenecen al dominio de la industria)
    Otro de los medios que la constitución utiliza para garantizar la llegada de capitales es la seguridad, seguridad que se obtiene a través del sistema hipotecario (que da eficacia y seguridad al reembolso) y el reembolso (que debe ser pronto, fácil y barato)
    En el capitulo siguiente Alberdi habla de la tierra como el mas poderosos y casi único de los instrumentos de producción que existen en la Argentina. Y por lo tanto es necesario su estudio y posterior aprovechamiento ya que es el único instrumento que el país posee para comenzar la obra múltiple de su riqueza, población, crédito y gobierno.

    Lo más importante: La industria forma un derecho privado. Todo gobierno que tome dentro de sus atribuciones a la industria sale de su rol constitucional (legislar juzgar y gobernar). Al estado le conviene que la industria sea privada pues este carece de tiempo, de capital, ni tampoco las entiende. Es incluso por esto que ciertos estados entregan a particulares construcciones trabajos y fabricaciones que son para su utilidad exclusiva.
    La mayor sabiduría de la Constitución Argentina está en haber hecho de la industria un derecho civil común a todos sus habitantes. Esto se da sobre todo porque el derecho a la industria envuelve la libertad que tienen los capitales de emplearse en cualquier tipo de rama o trabajo que pertenezca a la industria

    Tres preguntas: ¿Considera a la Argentina un país riesgoso (poco atractivo) para la llegada de capital extranjero? ¿Porque?
    ¿Considera que se ha explotado la tierra de la mejor manera posible?
    ¿ Cree que se han logrado desarrollar las tres fuerzas de producción?

  27. Mitac Dámaris
    D.N.I.: 35368953
    Comisión: 746

    RESUMEN
    En esta parte del libro, Alberdi explica que los capitales, bajo cualquier forma, constituyen la vida, el progreso y la civilización material del país. Y que para pasarlo de una mano a otra, explica, se convierten en dinero, por ser un instrumento de cambio. Y que sus resultados traerán beneficios en general.
    En principio, lo que se tiene al alcance es la tierra. Instrumento supremo para emprender una obra, porque contiene los agentes o fuerzas naturales de producción. Es decir, que hay gran cantidad de recursos con lo que cuenta el país.

    IMPORTANTE
    Alberdi hace referencia a la importancia de los capitales. Menciona a la tierra como el instrumento básico, con el cual se cuenta para iniciar el progreso.
    Y siempre tiene presente que “el camino al bienestar general está trazado por la Constitución misma”, siendo este bienestar general el propósito supremo.
    Es relevante cuando menciona que “los legisladores no deben olvidar que hay leyes que quitan a la tierra su poder productivo, y la esterilizan en manos de sus poseedores”

    PREGUNTAS
    1)Hoy en Argentina, el capital ¿tiene el mismo papel que el que usted explica?
    2)En cuanto a los intereses, ¿cree que hoy existe un abuso, que perjudique en sí a las relaciones comerciales?
    3)¿Podría mencionar, a su parecer, cuáles fueron los más relevantes hechos o decisiones que se han tomado, y como resultado dieron que hoy la tierra, como instrumento, no sea el mejor explotado, o no produzca tanto como debería hacerlo?

  28. En este capítulo Alberdi define que son los capitales y cómo influyen y se distribuyen para la riqueza de la nación, no son el dinero, el capital son los valores aplicados a la producción, el dinero solo hace de instrumento del cambio o traslación de los capitales, así mismo esos capitales se transforman y convierten en muelles, buques, ferrocarriles, todo esto constituye la vida, el progreso de nuestro país. Todo esto está referido en nuestra constitución cuando dice que hay que fomentar la importación de capitales extranjeros y promover la industria, y son las leyes orgánicas de la constitución las encargadas de garantizarlas, estos medios de protección, estos principios de estímulo no son otro que la libertad, la seguridad y la igualdad.
    La libertad de proteger el capital principalmente se logra a través del interés, el interés el precio que se paga el uso o alquiler de un capital prestado. Es la constitución la que además tiene que proteger y dictar disposiciones referida a los beneficios y rentas que genera la tierra.
    IMPORTARTE: En estos capítulos el estudio realizado de los capitales que constituyen al progreso y civilización de nuestra nación, y llegar a asegura la circularizacion de los capitales genera más crecimiento y desarrollo, es por eso que nuestra constitución y leyes orgánicas deben garantizar la libertad y seguridad de los capitales. También es importante la industria como libertad y derecho común para todos. Hay que proteger los agentes o fuerzas naturales que ayudan a la producción, que son los ríos, los lagos, que compren la tierra, por eso en el interés de la población, el bienestar y la prosperidad de la nación se debe reglar un sistema de modo que sirva para colocar la tierra al alcance los las personas, y todo esto lleva al crecimiento y desarrollo de una nación que se encuentra en crecimiento y necesita de capitales y su circularizacion para lograr sus propósitos.
    ¿Si la tierra es tan importante y debe ser protegida, porque se aplican políticas económicas que llevan al deterioro y a la falta de producción actual?
    ¿Por qué se toman medidas económicas que llevan a la falta de inversión de capitales extranjeros? ¿Qué medidas políticas se deberían tomar para fomentar la llegada de capitales extranjeros?
    ¿Qué medidas se deberían tomar para bajar la tasa de interés para préstamos personales o hipotecarios y sean más accesibles?

  29. Resumen:
    En este capítulo Alberdi hace referencia al aprovechamiento del capital en la medida que se invierta en la producción. Para lograr este cometido, la CN tiene como fin supremo lograr la prosperidad del país. Para lograrlo se pueden detectar cruciales que no pueden ser dejados de lado.Con el fin de atraer el capital extranjero se deben dictar leyes que promuevan esto. Estas leyes le dan seguridad al extranjero que desee invertir en el país, es por esto que es necesario derogar toda norma que considere que el préstamo debe hacerse a título gratuito. Asimismo, el capital que ingresa al país debe contar con toda legislación que permita su libertad de acción sin restricciones junto con garantías que permitan al capitalista aplicar un interés y una tasa al préstamo que este vaya a realizar. También, Alberdi hace referencia a que se ataca las libertades constitucionales el hecho de poner en manos del Estado las actividades industriales ya que se le esta coartando la producción a los capitales particulares. Finalmente el autor hace referencia a que el progreso del país esta fuertemente relacionado con la producción de la tierra lo cual logra la circulación de capital y trabajo. Se destaca como importante que la tierra sea explotada por manos productivas, independientemente quien realice esto. Es por esto que la CN debe darle al extranjero que desee invertir en la Argentina derechos de propiedad.

    Importante:
    Alberdi destaca como un factor fundamental para el progreso del país la productividad de la tierra. Este sostiene que el gobierno debe impulsarla invirtiendo en la explotación de estas para ver que beneficios trae el suelo. Bien es sabido que se cuenta con diversos recursos naturales los cuales otros países no tienen a su favor por lo cual es menester que las zonas que se encuentran sin actividad comiencen a generar activos, lo cual seria prudente que pueda explotarlas (y de esta manera invertir en el país) el extranjero. Para lograr este cometido se le debe otorgar al extranjero garantías que le den confianza para invertir su capital.

    Preguntas:
    1. ¿el capital extranjero solamente debe ser invertido en las aéreas que aun no están explotadas?
    2. ¿no sería mas productivo hoy en día que la Argentina no permita que produzca el extranjero con recursos limitados en su suelo sino venderle a este el producto?
    3. ¿Qué puntos de la legislación argentina considera que hoy en dia desmotivan la inversión extranjera?

  30. Alberdi en este capítulo señala que los capitales no son el dinero, sino que son los valores aplicados a la producción, sea cual fuere el objeto en que consistan. Para pasar de una mano a otra se convierten en dinero, el mismo solo hace de instrumento del cambio o traslación de los capitales, pero no son el capital propiamente dicho.
    Los capitales pueden transformarse y convertirse en diversas cosas, ellos constituyen la vida, el progreso y la civilización material del país.
    La Constitución Federal ha consagrado principios dirigidos a proteger el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros. Este aspecto se encuentra reflejado en el artículo 64 inc. 16 de la Constitución Federal y allí establece: «Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración del país, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo».
    Toca a las leyes orgánicas, de la Constitución satisfacer y servir su pensamiento de atraer capitales extranjeros, empleando para ello los medios de protección y de estímulo más eficaces que reconozca la ciencia económica, y que la Constitución misma haga admisibles por sus principios fundamentales de derecho económico. Esos medios y estímulos son la libertad, la seguridad y la igualdad.
    Novedoso
    Me parece importante destacar la valoración que hace Alberdi sobre el ingreso de capitales extranjeros, ya que los mismos generan trabajo y riqueza en el país. Pero para que esto suceda son esenciales los medios y estímulos que menciona el autor, ya que funcionan como garantía para aquellos extranjeros que quieren invertir en Argentina.
    Además de sancionar leyes que promuevan en ingreso y protección de dichos capitales extranjeros.
    Preguntas
    ¿Cree que actualmente existen esos medios y estímulos en nuestro país?
    ¿Qué otros medios emplearía para atraer capitales extranjeros?
    ¿Alguna ley actual desprotege a los capitales extranjeros que hay en nuestro país?

  31. Andres Schreiber

    Alberdi como en capítulos pasados habla sobre la necesariedad de impedir límites a las tasas de interés, ya que el interés no es mas que un seguro del prestamista, diferenciándolo del precio del préstamo. Más tarde habla de que al existir más seguridad en el país, como la hay en países más desarrollados, las tasas bajaran como consecuencia natural.
    Otra forma de bajar las tasas de interés, es promover los créditos reales, ya que otorgan más seguridad.
    Luego, Alberdi habla de cuestiones en que el estado no debería interferir y dejar a los particulares. Expresamente dice que de deben formar tratados con naciones “amigas” para otorgar inmunidad a empresas de dichas países, como bancos y muelles.
    Alberdi dice que la única forma de realmente promover seguridad es con los tratados con las potencias, ya que como se dijo antes, los capitales son extranjeros.
    Hace menciones sobre como el derecho de igualdad civil influye en nosotros, prohibiendo por ejemplo, el mayorazgo, o el derecho de tercio.
    Para terminar, compara la legislación del Estado de Luisiana con la Constitución Argentina que prohíbe la esclavitud

    LO DESTACADO:
    Me resulta destacable cuando Alberdi defiende lo que hoy es visto como usura, o altos intereses ya que para el solo es la libertad contractual en acción.
    También me resulta destacable como propone otorgar inmunidades a empresas foráneas para conseguir el aumento en el desarrollo del país.

    Tres Preguntas al autor:

    ¿Qué opina de obras grandes, como por ejemplo el canal entre argentina y chile, hechas por el estado?
    ¿Es útil la regulación a las tasas de interés, legislación presente en casi todos los países del mundo?
    ¿Qué opina de la doctrina Saavedra Lamas, según la cual no se puede utilizar violencia para el cobro de préstamos internacionales?

  32. RESUMEN.
    La segunda parte del texto de Alberdi, denominada “Disposiciones de la Constitución que se refieren al fenómeno de la distribución de las riquezas”, tiene como tema central a la distribución de la riqueza. Sostiene que la distribución opera por sí sola con mayor efectividad cuando el estado no le impone reglas. Defiende el libre ingreso de capitales y de fijación de la tasa de interés. Los tratados internacionales de comercio, deben ser una ley fundamental para la nación. El liberalismo económico, sólo cede ante la protección de la actividad agrícola y las leyes reglamentarias de este tipo. Establece cómo los beneficios de estimular la inmigración europea y la Constitución Argentina (y sus disposiciones al respecto) favorecen la radicación de nuevos pobladores.
    Los capitales, son tanto dinero como valores aplicados a la producción.
    Continúa diciendo, acerca del trabajo, que no hay que preocuparse ya que, quien tiene el poder, es el trabajo. Había mucha demanda de trabajo, con lo cual, se debía buscar al trabajador y tratar de retenerlo.

    ASPECTOS RELEVANTES.
    Me llamó la atención que Alberdi considera que el factor trabajo es un bien más en el mercado. A mi criterio, es necesaria la imposición de nuevas reglas aplicadas a la relación entre el empleador y trabajador, ya que claro está que hay una desigualdad notoria entre ambos.

    PREGUNTAS AL AUTOR.
    -¿Qué más agregaría como fuente principal de la riqueza?
    -Hoy en día, nuestro país está repleto de demanda laboral. Por lo tanto, ¿Considera que el empleador cumple con las leyes laborales así como con lo dispuesto por nuestra Constitución?
    -En relación con la pregunta anterior y en un país donde existe una amplia irregularidad laboral, ¿Sigue apoyando la importancia de la libre determinación del trabajo?

  33. Resumen: Alberdi habla en estos capítulos de la importancia de los capitales como valores aplicados a la producción. Nos dice que los capitales no son el dinero precisamente sino que para pasar de una mano a otra, se convierten ordinariamente en dinero, en cuyo caso el dinero sólo hace de instrumento del cambio o traslación de los capitales, pero no constituye el capital propiamente dicho. La Constitución considera como cosas conducentes a la prosperidad del país: la industria, la inmigración, los ferrocarriles y canales, la colonización de tierras nacionales. Y como todas estas cosas conducentes a la prosperidad no son más que trasformaciones del capital, la Constitución cuida de colocar a la cabeza de esas cosas y al frente de los medios de promoverlas la importación de capitales extranjeros. Ella señala como medio de provocar esta importación de capitales, la sanción de leyes protectoras de este fin y las concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo. Toca a las leyes orgánicas, de la Constitución satisfacer y servir su pensamiento de atraer capitales extranjeros, empleando para ello los medios de protección y de estímulo más eficaces que reconozca la ciencia económica, y que la Constitución misma haga admisibles por sus principios fundamentales de derecho económico.

    Lo importante: La Constitución nos ha dado el parámetro fundamental para el crecimiento del país, que es el estímulo a los capitales extranjeros. Gracias a ellos pudimos crecer enormemente, con gobiernos que supieron considerarlo y aceptar que solo así podíamos crecer y formar parte del mundo, que nos conozcan por la gran tierra que tenemos, como dice Alberdi una de las más ricas ya que contamos con una inmensidad de recursos que nos fueron dados naturalmente. Lo más difícil es saber aprovecharlos. Nos convertimos en un momento de la historia en el granero del mundo. Los países nos veían como una gran fuente de producción. Sin embargo en los últimos años otros países cercanos nos han superado en este rol, y no porque no tengamos los medios necesarios, sino porque no los han aprovechado de la manera correcta. Estimular la industria nacional es muy bueno y necesario, pero lo que no es bueno es rechazar completamente los capitales extranjeros ni cortar relaciones con países del mundo. Es necesario que volvamos a hacerlo y así alcanzaríamos a los países del primer mundo. Tenemos todos los recursos para serlo, lo único que necesitamos es saber aprovecharlos de la manera correcta.

    Preguntas al autor:
    1- ¿Considera que han aprovechado correctamente la riqueza de la tierra en nuestro país?
    2- Usted considera que debería haber libertad en las tasas de interés de los préstamos pero, ¿no debería alguien controlar para que no se vuelvan excesivos?
    3- ¿Considera que las retenciones aplicadas al sector agrario son una quita de incentivos para la producción?

  34. Resumen:
    Alberdi parte de la idea de promover el capital. Desarrolla que los capitales no son el dinero precisamente; son los valores aplicados a la producción, sea cual fuere el objeto en que consistan. el dinero sólo hace de instrumento del cambio o traslación de los capitales, pero no constituye el capital propiamente dicho. Pueden adoptar todo tipo de formas o trasformaciones los capitales pero ellos constituyen la vida, el progreso y la civilización material de ese país. la Constitución cuida de colocar a la cabeza de esas cosas y al frente de los medios de promover las la importación de capitales extranjeros, por medio de la sanción de leyes protectoras de este fin y las concesiones temporales’ de privilegios y recompensas de estímulo. Estos estímulos que se refiere Alberdi son la libertad, la seguridad, la igualdad, asegurados a todos los que, habitantes o ausentes del país, introduzcan y establezcan en él sus capitales. La libertad por ejemplo, protege el capital de muchos modos; pero hay dos principalmente en que ella se identifica con sus beneficio: una es la tasa de sus provechos e intereses; y otra por medio de las aplicaciones y empleos industriales del capital. Alberdi , partiendo que el derecho a ejercer la industria es un derecho privado, el estado se debe limitar a según la C.N. a juzgar, a legislar y gobernar y nunca a ejercer industrias de dominio privado, porque es ineficiente, y por ello las disposiciones Constitucionales lo dejan en manos de particulares, evitando el monopolio estatal.

    Lo Novedoso/ Importante:
    Lo que destaco personalmente es como el autor divide el precio del capital en dos compensaciones diferentes: una constituye el precio del préstamo, y se llama interés propiamente dicho; otra es el pago del riesgo que corre el prestador de no volver a recuperar el todo o parte de su capital, denominado “precio del seguro”. Expresa el autor que como precio del capital prestado o alquilado, el interés no se decreta, sino que lo debe establecer la demanda, porque forma parte de la libertad de comercio. Alberdi se enfoca en el “precio del seguro” del capital, expresando que el alza depende naturalmente de la inseguridad que tiene el prestador, y esta inseguridad depende del empleo arriesgado de los capitales, de la falta de hábitos de puntualidad, y de la legislación y administración. La puntualidad en el cumplimiento de las promesas él la ve como el resultado de una educación regular y el fruto de una civilización muy adelantada. No sólo son las legislaciones, sino que son los hábitos e instintos hostiles al interés, las grandes barreras de ignorancia y de atraso. Muy íntimamente relacionado con la libertad, está la seguridad como otro de los medios que la Constitución emplea para atraer los capitales extranjeros, para ponerlos al alcance de todos, fecundar la producción y multiplicar el bienestar común .El préstamo es más fácil, frecuente y barato a medida que es más seguro.
    Lo que destaco también es la importancia que el autor le atribuye , teniendo en cuenta el contexto , a poblar las tierras “ricas” que posee nuestro país , considerando como medio esencial las disposiciones constitucionales que reformaron las leyes coloniales sobre el derecho agrario.

    Preguntas al autor:

    -Cuando en la actualidad nuestro país critica a los denominados “fondos buitres” por ser abusivos, ¿considera usted que los altos y elevados montos de los intereses son a causa del riesgo de cobro que nuestro país representa para ellos? ¿está justificado o realmente hay un abuso por parte de éstos?
    -Cuando usted plantea: “Están muy lejos nuestras sociedades sudamericanas de llegar a este grado; entretanto es preciso que los capitales se hagan pagar el riesgo que corren, prestándose a manos poco habituadas a devolver lo ajeno puntualmente.” ¿Cuáles cree usted que son los motivos por los cuales los países sudamericanos en la actualidad continúan con el hábito de no devolver préstamos a tiempo pactado? ¿Es cultural o solo se ven impedidos por sus economías subdesarrolladas?
    -Usted expresó en el texto que la Confederación Argentina sólo poseía en aquella época uno de los tres factores de producción , que era la tierra, debido a que sin población y sin industria, ha carecido del trabajo, que supone la población, y del capital, que es el trabajo acumulado. Actualmente nuestro país cuenta con los tres factores de producción, ¿Cuál es el que está fallando en mayor medida? ¿ Cuál sería la solución que usted propone?

  35. María de Lourdes Domato
    DNI 38.012.797
    Comisión 0682

    Segunda Parte, Capítulos III y IV – Sistema Económico y Rentístico – Juan Bautista Alberdi

    Resumen del texto

    El texto trata sobre la importancia de los capitales y de la tierra, como agentes de producción, tendientes a generar riqueza y progreso en la Nación. Alberdi alude a ciertas garantías referidas a la libertad, seguridad e igualdad, útiles para alcanzar la protección de los capitales, los cuales pueden plasmarse en muelles, ferrocarriles, puentes y fábricas, entre otros. Cabe destacar como uno de los medios para lograr esta protección al fomento del ingreso y establecimiento de capitales extranjeros, el cual se encuentra amparado en diversas disposiciones constitucionales y requiere de la sanción de leyes y de concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo. El autor enfatiza que es necesario el desarrollo de la libertad para que los contratantes (y no el Estado) estipulen la tasa de interés y las aplicaciones que le van a dar a los capitales, y de esta forma, sea posible la atracción de capitales extranjeros. A su vez, en el Capítulo III se hace especial hincapié en el desarrollo del sistema hipotecario como base de la organización del crédito privado y en la sanción de una correcta legislación de quiebras con el objetivo de brindar seguridad a los capitales extranjeros. Para Alberdi, además, es imprescindible tener en miras la celebración de tratados internacionales dirigidos a estos fines. Con respecto al Capítulo IV, se detallan todas las ventajas y la abundancia de recursos presentes en las tierras argentinas. Se establece como fundamental poblar al país con inmigrantes para hacerlo opulento, proveerlo de leyes e instituciones destinadas a emplear las tierras útilmente y derogar aquellas propias del régimen colonial.

    Aspectos novedosos o importantes del texto

    En primer lugar, me llamaron la atención ciertas limitaciones que se le imponen al Estado relacionadas con la aplicación y el empleo de los capitales. Alberdi establece que es esencial que ciertas operaciones industriales (como el manejo y construcción de bancos, casas de seguros, ferrocarriles, canales, puentes, etc.) sean explotadas únicamente por capitales particulares y que el Estado se encargue sólo de legislar, juzgar y gobernar, sin constituir un monopolio de industrias privadas ni inmiscuirse en el comercio, agricultura o manufacturas. Claramente, este punto se ve muy controvertido hoy en día, momento en el que el Estado intenta bridar cada vez más soluciones a las fallas del mercado mediante políticas públicas, que podrían finalmente resultar ineficientes. Por otro lado, otra cuestión a destacar del texto es la recurrente trascendencia que le otorga el autor a la figura de los extranjeros, quienes son imprescindibles para poblar, trabajar en el país y llevarlo a la prosperidad; quienes deben invertir y establecer sus capitales en estas tierras; y con quienes se debe celebrar tratados internacionales, con el fin de lograr el progreso nacional. Nuevamente, como se ha visto a lo largo de la obra, pueden encontrarse ciertos puntos que demuestran las falencias actuales del país. Éste podría considerarse como un país autónomo respecto de las grandes potencias, y en cierto sentido, se encuentra reticente a la firma tratados de libre comercio, por ejemplo, entre el Mercosur y la Unión Europea.

    Preguntas que le haría al autor

    1) A su entender, ¿es necesario ampliar la política exterior de Argentina o los tratados internaciones de comercio, agricultura y fabricación que ha celebrado con otros Estados fueron eficientes a la hora de conceder libertades a los extranjeros y de generar riquezas para el país?
    2) ¿Actualmente existen operaciones industriales que sean monopolio exclusivo del Estado o se han logrado los fines alberdianos de atribuir estas operaciones a los habitantes de la Nación?
    3) ¿Cuáles fueron los obstáculos para que Argentina, que teniendo tantos recursos naturales en el país – tales como una gran cantidad de ríos navegables, minas de oro y plata, infinitas praderas, tierras fértiles y un clima ideal – no se convirtiera hoy en día en una de las mayores potencias a nivel mundial?

  36. Resumen
    En estos capítulos el autor define a los capitales distinguiéndolos del dinero.
    Notando que nuestra constitución fue la primera en Sud- América en entender a este agente como fundamento para la prosperidad del país y para atraer capitales extranjeros por medio de leyes orgánicas que sigan los principios fundamentales de la misma (Libertad, Seguridad e Igualdad).
    Para Alberdi el precio del capital no se decreta por ley, sino que queda librado a los agentes de mercado que son aquellos que asumen el riesgo, también considera que debe ser privada la industria, ya que el gobierno no cuenta con capitales, organización ni tiempo para actuar como empresario.
    Importante y Novedoso
    Encuentro como novedoso cuando el autor señala la necesidad de atraer capitales extranjeros otorgándole garantías y la importancia de limitar a los gobiernos.
    Como importante creo que es poder establecer que las regulaciones de los intereses se dejen al mercado, creo que esto es una pieza fundamental para el crecimiento y para atraer capitales.
    Preguntas
    1¿Cree usted que una economía intervencionista como la de estos últimos años limita los postulados de Alberdi?
    2¿Cuales son en la actualidad las medidas utilizadas como protección del capital?

  37. Resumen
    Los capitales son valores aplicados a la producción, que para pasar de una mano a otra se convierten en dinero. La CN protege el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros, los capitales. Para la importación de capitales se necesita la sanción de leyes protectoras y concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo. Estos medios no son otros que la libertad, la seguridad, la igualdad, asegurados a todos los que, habitantes o ausentes del país introduzcan y establezcan sus capitales. Esa así que para proteger el capital es menester la amplia y entera libertad de acción y de aplicación. La industria forma un derecho privado, colocando entre los derechos civiles de sus habitantes el de ejercer toda industria y todo trabajo de navegar y comer de entrar, salir y transitar el territorio, de usar y dispone de su propiedad. Conceder todo eso es hacer de la industria un derecho civil de todos los habitantes, porque todo esto forma el ejercicio de la industria.es decir que toda ley que saca de manos delos particulares su ejercicio y hace de él un monopolio o servicio exclusivo del Estado ataca las libertades de la CN
    Resumen de los más importante
    La libertad protege al capital a través de intereses y su tasa, y las aplicaciones y empleos industriales del capital. El interés y su tasa es un fenómeno que la ley no debe intervenir sino para asegurar la más completa libertad al desarrollo del mismo. Para los romanos el contrato de préstamo era gratuito de ahí que parecía ilegal todo interés exigido. Con el progreso de la industria y del comercio el préstamo se destinó a la producción de nuevas riquezas y esto hizo legitimo el pago de un interés o alquiler por un préstamo que tenía por objeto hacer más rico; constituye el pago del riesgo que corre el prestador de no volver a recuperar el capital, formando el precio de un seguro. La inseguridad depende del empleo arriesgado de los capitales, de la falta de hábitos de puntualidad y de la legislación y administración incompletas. La ley debe dejar que esos riesgos se paguen libremente según sus dimensiones.
    Preguntas que le haría al autor
    1) ¿Despojar a los indignas de sus tierras por ser las más productivas no violaría el derecho establecido en la CN de usar y disponer de sus propiedades e inviolabilidad de las mismas?
    2) ¿Por qué considera que el único factor productivo en Argentina era la tierra?
    3) ¿Cuál consideraría usted que sería el parámetro para medir el riesgo de los prestamos según sus dimensiones?

  38. En los capítulos III y IV de esta Segunda Parte de Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina, Alberdi comenta acerca de los beneficios y rentas de los Capitales y la Tierra.
    Comienza hablando sobre los capitales, entendiendo como tales a los valores aplicados a la producción. Y, dándole a estos, un rol económico fundamental para la vida, prosperidad y progreso del país. Es por eso, que la Constitución Argentina ha buscado proteger el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros (Arts. 64 inc 16 y 104 CN)
    Entiende que proteger el capital significa no más ni menos que brindarle la más amplia y libertad de acción y aplicación. Por un lado entonces, completa libertad en la tasa de sus beneficios y provechos, y por otra parte, libertad ilimitada y completa para su empleo y la aplicación (Arts. 14 y 20 CN)
    Luego entonces nos hablará acerca de la tierra. Antes de abordar directamente las disposiciones constitucionales, dedica unas líneas para hablar de la tierra como instrumento supremo que nuestro país tiene a su alcance. De los agentes de producción es el único que poseíamos en aquel entonces, pero que nos posicionaba entre las tierras más ricas, por las excelentes condiciones que presenta, climas, ríos, extensión y composición química del suelo, minerales, entre tantas otras. Advierte una vez más la escasa población y la necesidad justamente de poblarlo. Por último se encargará de relacionar con el tema, una vez más los tan mencionados principios de igualdad (Arts. 15 y 16) y de prosperidad y libertad (Arts. 15 y 16)

    Destaco del texto, el principio de justicia que Alberdi ve en la libre tasa del interés del capital y como la concebía. Interesante, que haya tenido esa visión hace más de un siglo y medio atrás. La tasa no era una simple compensación por el beneficio y utilidad que se obtenía del uso o alquiler de un capital prestado (Precio del préstamo). Alberdi entendía que la tasa implicaba algo más. Ese algo más era el precio del seguro, y ¿esto por qué? Simplemente por el riesgo que corre el prestador de no volver a recuperar el todo o parte de su capital. De esta manera la inseguridad que tiene el prestador se ve cubierta. Y aquí entonces ese principio de justicia.

    – Sostenía en aquella época que el único agente de producción que poseía la Argentina era la tierra ¿Qué opina acerca de los agentes o fuerzas de producción hoy en día?
    – Hoy día, ¿Considera que la industria privada debe mantener su existencia de modo independiente de la acción del gobierno?
    – Actualmente, ¿seguiría optando por una legislación que fomente y brinde propiedad territorial en mismas condiciones a extranjeros que a nacionales?

  39. RESUMEN:
    En el capítulo III Alberdi hará un análisis sobre las disposiciones constitucionales que refieren a los capitales, sus intereses y beneficios. Explica que los capitales son los valores aplicados a la producción y que recién cuando se produce el intercambio de una mano a otra se convierten ordinariamente en dinero. El autor dirá que en cualquier aspecto que se los considere a los capitales siempre aportarán al progreso y a la civilización de nuestro país, por lo tanto será tarea de la Constitución Nacional legislar en relación a los mismos para promover su desarrollo y proteger su ingreso desde el exterior al país.
    En cuanto a la protección mencionada anteriormente los medios encargados de llevarla a cabo no serán ni más ni menos que los principios de libertad, igualdad y seguridad sobre los que se vino ahondando a lo largo de toda la obra. Con respecto a la libertad puntualmente, tal garantía protegerá al capital de varias formas, una de ellas es no estableciendo ningún tipo de límite a la tasa de interés, dejando actuar a los prestadores en total libertad para estipular el valor de la misma, y por otro lado dando plena libertad a su inversión y empleo. En relación a la garantía de seguridad, el constituyente pretenderá regular la utilización arriesgada de los capitales, aquello que es tan común en países como el nuestro por la simple falta de hábitos y legislación al respecto, causa por la cual también es dificultoso obtener créditos prestados de otros países. Por último, en referencia al principio de igualdad, Alberdi mencionará al finalizar el cap. IV sobre el derecho de igualdad a adquirir los beneficios de la propiedad territorial, equiparando en la accesibilidad a nacionales como extranjeros, y repudiando todo tipo de mayorazgos, fideicomisos etc.

    IMPORTANTE:
    Creo importante a destacar la valoración que hace el autor con respecto a la tierra, reconociéndola como el único agente productivo con el que nuestro país contaba y en base a la cual se construyó toda riqueza de la Nación, además sobre la necesidad de explotarla para poder obtener los incontables beneficios que ésta nos puede brindar a lo largo de toda su amplitud geográfica, ya sea por su diversidad de climas, especies vegetales y animales, ecosistemas, minerales etc.
    Alberdi, si bien reconocía lo fructíferos que eran nuestros suelos, notaba también que aquellos se encontraban despoblados, veía la falta de “brazos” para trabajar las tierras y la escasez de capitales para invertir en cualquier fuerza productiva (aunque en especial desarrollábamos la agricultura) lo que nos llevaba a ejercer una fuerte demanda de los mismos hacia los demás países. Sean quien fuere los dueños de las tierras (Estado o particulares) el destino final de las mismas eran ser pobladas y trabajadas ya que esa era la necesidad primera de nuestra Nación para obtener riqueza. Por lo mencionado resulta interesante resaltar también el deber de los legisladores en derogar toda ley que quite a los detentadores de la tierra el deseo de sacrificar el presente al porvenir y de trabajar en la mejora del suelo, por el contrario, se necesitan leyes que favorezcan al empleo útil de la tierra.

    PREGUNTAS AL AUTOR:

    1- ¿Estaría conforme con la actual explotación que se ejerce sobre nuestros recursos? ¿Cree que son aprovechados al máximo o muchas veces se los desperdicia y hasta en algunos casos se los deteriora?

    2-¿Sigue siendo hoy la tierra nuestro principal agente productivo o el progreso de nuestra industria a lo largo de los años ha podido equipararla?

    3-¿Han podido los tratados internacionales asegurar la libertad de acción de los capitales que usted deseaba?

  40. Alumno: Maximiliano Lopez Caballero.
    DNI 30.035.620
    Comisión: 682
    Aula: 25

    SISTEMA ECONOMICO Y RENTISTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA SEGUN SU CONSTITUCION DE 1853. Juan Bautista Alberdi.

    GUIA DE DISCUSION: SEGUNDA PARTE. Capítulo III y Capitulo IV
    PUNTO 1: Resumen del texto en 10 renglones
    PUNTO 2: Novedoso o importante que me llamo la atención en 10 renglones
    PUNTO 3: Tres preguntas que le haría al autor

    PUNTO 1: Resumen del texto en 10 renglones.

    Alberdi en el Capítulo III y IV, cuenta que la Constitución protege la renta de los capitales y de la tierra.

    Los capitales permiten el desarrollo y el progreso de la Nación, y que nuestra Constitución sea la primera en Sudamérica que las protege al ingreso y establecimiento de capitales extranjeros. La constitución establece la obligación al legislador que sancionar leyes que protejan los capitales, a través de los principios de la libertad, la seguridad y la igualdad, plasmadas en las leyes, para no alejar los capitales y atrasar la producción de riquezas en el país.

    Con respecto a la tierra, Alberdi dice que no tiene que existir leyes que limiten a los propietarios el aprovechamiento del poder productivo, y la posibilidad de uso y disponibilidad de las tierras

    PUNTO 2: Novedoso o importante que me llamo la atención en 10 renglones

    Me llama la atención sobre la propuesta de Alberdi de promover los Capitales extranjeros y su implementación actual en la Economía Argentina.

    Por un lado, tenemos una economía donde no hay impuesto a la renta financiera (para atraer capitales extranjeros y que hagan negocios en Argentina). Pero por el otro, no hay seguridad jurídica que garantice la protección y el mantenimiento de estos capitales (caso Repsol -YPF, como también la limitación de las filiales locales de empresas multinacionales de poder girar dólares a las casas centrales).

    Si bien es importante la industria nacional y el proteccionismo significa defender la soberanía, también es positivo atraer capitales extranjeros. Y claramente la Argentina está pasando un momento difícil con respecto a este punto.

    PUNTO 3: Tres preguntas que le haría al autor

    PREGUNTA 1: ¿Qué opina de la propuesta del candidato presidencial Sergio Massa, que promete gravar la renta financiera?

    PREGUNTA 2: ¿Qué opina de la retención diferencial (y mayor) que tiene la soja con respecto a otros cultivos, no genera que el estado decida el sistema de producción y desaliente su producción (o al contrario, tener voracidad fiscal)?

    PREGUNTA 3: ¿Qué opina de los juicios que mantiene Argentina con los llamados “Fondos Buitre”?. ¿Cree que Argentina respeto las normas internacionales a las cuales se comprometió?

  41. 1- El presente texto habla en primer lugar sobre el capital y su importancia para el país y su correspondiente progreso, desarrollo, bienestar y todo lo que conlleva generar capital. El autor explica que el capital no es precisamente el dinero, sino que van a ser los valores aplicados a la producción sea cual fuere su objeto; en general el dinero es un instrumento de traslación para el intercambio de capitales y dice que el capital se transforma en ferrocarriles, caminos, puentes, etc.
    Le da una importancia fundamental al capital como un medio que sirve para alcanzar la civilización material del país, su progreso y el bienestar general. El autor describe los diferentes modos que tiene la CN para atraer y proteger estos capitales , mayormente atraer capitales extranjeros a un país despoblado, que tuvo varias guerras civiles y no posee la cultura de la puntualidad para pagar ni otras cosas necesarias para generar la confianza en los inversionistas; transcribe los artículos de la CN que están destinados a que proteger esos capitales por medio de la igualdad, seguridad y libertad para que los que vengan a invertir sus capitales al país dándoles una seguridad jurídica por medio de intereses ya que quien pone capitales se arriesga y merece una compensación a cambio de ese riesgo.
    Por último en esta primer parte recomienda eliminar todas las leyes que sean contrarias a la inversión de capitales, préstamos, libertades y todo lo que conduzca al atraso de la Nación.
    La segunda parte habla sobre la protección de los beneficios que genera la renta y explica que el país en ese momento de los 3 tipos de producción, poseía la Tierra como generador exclusivo de su economía y que es un país con mucha riqueza y diversidad el cual merece ser explotado para poder generar riquezas. Al ser el país despoblado la CN se debe encargar de atraer a la mayor cantidad de extranjeros posibles para que aprovechen este tesoro ya que la tierra produce más cuando más la explotan.

    2- Me resulto interesante la importancia que le da a los préstamos, interés y la seguridad que debe darle el país y el marco jurídico a los inversores extranjeros para que puedan y quieran venir a invertir a una Nación desolada como era la Argentina de ese entonces. Pero esto no va a ser tan sencillo debido a que las naciones sudamericanas no tienen los hábitos de puntualidad y exactitud para pagar los créditos tan arraigados como las naciones europeas que ya tienen una reputación y confianza ganadas, para poder mejorar esto se va a necesitar mucho tiempo ya que las leyes solo intervienen de forma indirecta.
    Otra cosa interesante es como recomienda usar los tratados internacionales para asegurar el comercio, paz, seguridad comercial con las naciones extranjeras y no solo quedarse con lo que dice la CN.
    Por último me pareció interesante la forma de explicar cómo la industria tenía un derecho nuevo y este derecho estaba al alcance de todos, que era privado, libre e igual para todos y se trata del derecho civil que a su vez también está protegido por la CN en varios artículos, 14, 16, 17 . Y de como las leyes se deben encargar de proteger la propiedad privada y evitar que el Estado intervenga en el mercado ya que este no fue creado para eso sino para legislar, juzgar y ejecutar

    3- ¿No cree que si se deja a las partes pactar el monto del interés por los presamos dados sin control alguno del Estado, se pueden generar abusos y usura por parte de la persona más fuerte del negocio?

    Usted dijo que el Estado no debe tener industrias de ningún tipo ¿Cómo puede industrializarse una Nación si un Gobierno no maneja industrias?

    Qué pensaría usted con el tema de los fondos buitres ¿Debería el país pagar su deuda?

  42. Resumen
    En esta parte Alberdi nos habla sobre capitales, que son los valores aplicados a la producción y que para pasar de mano en mano deben convertirse en dinero, instrumentos de cambio, que pueden transformarse o convertirse en ferrocarriles, puentes, fábricas; instrumentos que constituyen a la vida, el progreso y la civilización material del país.
    Nos dice que la Constitución federal Argentina consagra en su art. 64 inc. 16 atribuciones al Congreso para que éste provea todo lo necesario para la prosperidad del país, el adelanto y bienestar, promoviendo la industria, la inmigración y la importación de capitales extranjeros. Para ella consagra normas protectoras basadas en los principios de propiedad, libertad, seguridad e igualdad.

    Importante o novedoso
    Como a Alberdi le preocupaba el desarrollo argentino y creía que el ingreso de capital privado extranjero debía ser protegido ya que lo veía como medio de generar riqueza para progreso y prosperidad del país. También hace referencia al recurso natural con que contaba el país, grandes extensiones de tierra que se encontraban despobladas, por eso incentiva la inmigración extranjera y para ello el estado debe igualar en derechos al nacional como al extranjero, esperando atraer al inmigante con sus capitales y conocimientos industriales.

    Preguntas

    ¿Cree que en la actualidad el estado posee políticas de atracción para capitales extranjeros?
    ¿Siendo en su momento la tierra el único recurso del país, considera que fue bien explotado en beneficio del desarrollo y progreso nacional?
    ¿Cómo cree poder revertir la desconfianza de los inversores extranjeros al momento de traer sus capitales, si el estado al no cumplir con sus obligaciones crediticias entro en default?

  43. RESUMEN:
    Alberdi consideraba capitales a lo valores aplicados a la producción, es decir, no consideraba capital exclusivamente al dinero. En este sentido, la Contitución Nacional de 1853 busca el ingreso y establecimiento de los capitales extranjeros necesarios para la producción, en este caso de riqueza, en el país.
    La CN da tres medios para proteger el ingreso de los capitales que propone: Libertad, Seguridad e Igualdad.
    La Libertad, como medio de protección está referida:
    A- A la completa libertad con que gozan las partes para establecer la tasa de beneficio de su capital.
    B- A la formas en que se decide aplicar el capital propio.
    C- A las ilimitadas y completas aplicaciones a las que se puede someter al capital.
    La Seguridad hace referencia a los medios para bajar el costo de capital (tasa de interés), para, así, lograr la verdadera universalidad del mismo (en cuanto al alcance de los beneficios). El autor recomendaba como medio para limitar el riesgo del capital, el desarrollo de mecanismos civiles y comerciales que reduzcan los costos relacionados a la inseguridad jurídica propia de toda transacción que involucre grandes sumas de capital.
    La Igualdad refiere a que no pueden existir privilegios en cuanto al prestamo o uso de capitales, con excepción de aquellos que hacen a la consolidación de la seguridad jurída de los préstamos (caso de hipoteca, en el que el acreedor goza con un beneficio sobre el resto de los acreedores para cobrar su crédito).
    Al analizar las disposiciones constitucionales relativas a la protección de los beneficios y renta de la tierra, Alberdi comienza afirmando que el único factor real de producción con que cuenta el país es la Tierra.
    El Gobierno de la Nación debe darse al estudio de la riqueza existente en el territorio nacional para lograr así la explotación de todos los recursos naturales del país de forma efectiva. Por su parte, el derecho agrario que en su momento debía darse en la Nación estaba llamado a ser el arma de mayor eficacia para poblar el país.
    La Igualdad debía ser el sustento sobre el que debía basarse la verdadera distribución de tierras que asegurara una uniforme población del país.
    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1- Librar los costos del capital a las fuerzas del mercado no es contraproducente? Es decir, como todo mercado funcionaría con fallas que lo llevarían a distorsiones innecesarias que haría aún más costoso el acceso al capital.
    2- Por qué si en un pasaje del libro usted afirma que al Gobierno sólo le corresponde legislar, juzgar y gobernar, le asigna un rol activo al momento de realizar el relevamiento de las tierras del país?
    3- Hay forma de que se dicten normas que aseguren eliminar los costos relacionados a la inseguridad en los préstamos de capital?

  44. Los capitales son la civilización argentina, según su Constitución. – Medios que ésta emplea para atraerlos. El capital no es el dinero sino el valor que toma el objeto que fuere. El dinero es su representación en el intercambia. La CN Federal en su artículo 64 fomenta la atracción de capitales extranjeros para crecimiento de la Nación. Es así que promueve la importación de capitales extranjeros, a través de leyes protectorias de este fin y estímulos. Esos medios de protección, esos principios de estímulo, no son otros que la libertad, la seguridad, la igualdad, asegurados a todos los que, habitantes o ausentes del país, introduzcan y establezcan en él sus capitales. La Constitución los establece por sus artículos 14, 15, 16, 17, 18, 20, 26, 27 y 28-. Todo gobierno argentino que sepa emplear el Tesoro público conforme al pensamiento de la Constitución y al interés del país, comprenderá siempre en el presupuesto de gastos nacionales una suma destinada al pago de los trabajos de exploración territorial. Pocos gastos serán más fructíferos que ése para la renta y la prosperidad de la Nación.
    LO DESTACADO:
    *La Constitución llama recompensas y privilegios de estímulo para atraer los capitales, son un verdadero seguro con que la Nación paga el riesgo que corren los capitales que vienen a establecerse en servicio de su civilización en medio de los infinitos peligros que son inherentes al desierto, al atraso del país y a la ineficacia de las leyes y de las autoridades nacientes para proteger el derecho privado.
    *El capital no quiere más apoyo de la ley que el que le da la Constitución.
    *art 64 inc 16: deber de proveer lo conducente a la prosperidad del país… a la colonización de tierras de propiedad nacional… y a la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines…
    PREGUNTAS:
    1) ¿ Considera que en la actualidad el sentido de las bases constitucionales se sostiene?
    2) ¿Qué modificaría hoy para lograr resaltar el espíritu constitucional de atracción de capitales extranjeros en pos del crecimiento de la riqueza Nacional?
    3) ¿Cómo ve hoy los medios (libertad, seguridad, igualdad) respecto la atracción de capitales?

  45. MOHADEB, Nicolas DNI 38.029.062
    RESUMEN
    En esta parte del capitulo, Alberdi, hace referencia a los capitales no como la mera representación en dinero, pero también por su representación dentro del esquema economico. Este concepto se sustenta en e hecho que se considera capital tanto al dinero liquido, como así también al aplicado, ya sea en industrias, maquinarias, bienes u obras publicas. El concepto de capital, según la connotación que le impregna Alberdi, es el factor económico capaz de producir rentabilidad. Es por esto que la Constitucion Nacional delega en las provincias la facultad de disponer de los capitales, dado que es un recurso fundamental para el prospero desarrollo de las mismas.

    CONCLUSION
    La forma en la cual es conveniente que se regule el capital es a través de la regla conocida como laissez faire. Esto se refleja en el hecho de que el mercado de capitales debe ser regulado por el juego de la oferta y la demanda y no por factores externos que limiten o restrinjan el libre intercambio. De todos modos, esto no significa que los estados deban mantenerse al margen de los mercados, sino que su función es proporcionar un ambiente confiable para que se fomente el comercio. A través de la provisión de la seguridad jurídica, la libertad de contratación y la igualdad entre las partes, los estados tienen la facultad para lograr que el mercado de capitales este en funcionamiento y no colapse.

    1-¿Cual fue el principal factor que generó la crisis inmobiliaria del 2008, la desconfianza de los actores del mercado o el exceso de capitales desregulados?
    2-¿Como se logra atraer capitales a mercados que no los poseen ni tienen la capacidad productiva para generar productos atractivos a la inversión?
    3-¿Es productiva la inyección extra de capitales en un mercado que se encuentra en equilibrio, con el fin de maximizar su productividad?

  46. Daniel Saal
    PUNTO 1:
    Alberdi en estos dos capítulos, habla acerca de los capitales. El capital es el medio necesario para el desarrollo de la vida, el progreso y la civilización de la Confederación. El dinero hace posible el traspaso de capital de mano en mano, por lo tanto podemos decir que el dinero es un instrumento de cambio. El capital es aquel que se aplica para el desarrollo de una industria, para la construcción de ferrocarriles, buques, etc. Constituyen el verdadero crecimiento y desarrollo de un país. Alberdi remarca que es fundamental que se cumplan tres principios o garantías que son la protección de la libertad, la seguridad y la igualdad. La atracción de capital extranjero es de suma importancia y solo desearan desembarcar en este nuevo país si esas tres garantías se cumplen. Las parcelas de tierra en este país sobraban por lo que era necesario poblarlas, y la manera de hacerlo era fomentando la inmigración.
    PUNTO 2:
    Lo que resulta interesante es como Alberdi, emplea diferentes leyes, garantías, que servían de estímulo para cada uno de los objetivos que se requeria cumplimentar. Por ejemplo, para fomentar la inmigración con el objetivo de poblar las tierras y que aporten trabajo sobre ellas y de esta manera generar riqueza, hace referencia a que debe haber una ley que facilite el arrendamiento de campos para su explotación asi como también establecer una igualdad entre nativos y extranjeros con respecto a estos beneficios. A pesar de la gran cantidad de años que pasaron, en nuestros días aun se continúan utilizando estrategias (obviamente actualizadas a las necesidades de la época) para promover capital extranjero.
    PUNTO 3:
    -Que opinaría con respecto al pago de la deuda externa, si la negación a pagar genera una desconfianza para futuros prestamos?
    -Sostendría Alberdi, que la falta de libertad, traducida como intervencionismo es la causa de la situación actual de la economía del país?
    -Apostaria a un mayor desarrollo de la ganadería y la agricultura o implementaría un estímulo para generar mayores industrias?

  47. Interés/renta de los capitales:
    Dice Alberdi que son valores aplicados a la producción. Pueden transformarse en trenes, canales, muelles, industria, etc. Los principios para protegerlos están en la CN y son los art.64 inc. 16 y el art. 104. EL progreso del país depende entre muchas cosas de atraer capitales para la industria, inmigración, construir ferrocarriles y canales en el basto territorio argentino. Los medios son solo los de la CN: libertad, seguridad e igualdad (art.14; 15; 16; 17; 18; 20; 26; 27 y 28 CN).
    Aclara que debe imperar la libertad a la hora de establecer las tasas de interés al capital. La demanda debe encargarse de ello, no las leyes. No existe el interés legal. Los principioss del interés son el interés como precio del préstamo y el seguro de cobrar lo que se prestó. Asume que entregar en préstamo en Sud América nunca fue seguro, debido a causas como la imperfección de leyes civiles, hipotecas ocultas, malas leyes de quiebra, entre otras. Al ser el riesgo tan alto, nos dice el autor que ese riesgo hay que valorarlo y lo hará la demanda misma, no las leyes. También propone derogar todas las leyes anti-préstamo como además cambiar los hábitos culturales obtenidos a través de largos años de coloniaje español, perjudiciales a la hora de recibir capital extranjero.
    Además de la libertad en las tasas de interés, propone la libertad de aplicación del capital (art.14 y 20 CN). Toda operación industrial es privada, particular, civil y debe estar al alcance del capital extranjero. La industria depende de ello. El estado no debe apropiarse de eso, solo debe legislar, juzgar y administrar. El monopolio del estado no debe apropiarse de la industria nacional. Esa libertad debe asegurarse por medio de Tratados Internacionales, como los que se firmaron en aquella época con Inglaterra, USA y Francia.
    Respecto de la seguridad, le da suma importancia a una de las causas de inseguridad del país que son las leyes viciosas. El accionar de la ley sobre si misma como medio para dar seguridad. Y asi proteger los prestamos y a los prestadores. Cuando más barato, mas fácil y frecuente el préstamo, más seguro. Propone un correcto sistema de hipotecas asi como una nueva ley de quiebras que evite verlas como un negocio redituable. Y promulga por asegurar el capital contra el despotismo del legislador. Cómo? A través de la firma de Tratados Internacionales, que es una obligación del estado conforme al art. 27 de la CN.
    Beneficios de la Tierra:
    Remarca la importancia de los art.64 inc 16 (deber de exploración de ríos interiores y tierra, colonización, etc) y art.4 y 64 ( la tierra como base de impuestos, garantía de deuda y crédito publico, fuente del Tesoro Nacional, agente de población. En su época, Argentina solo contaba con 1 de los 3 factores de riqueza y es justamente el factor tierra. Industria y población escaseaban. Propone brindarle la tierra argentina a la industria europea a través de la inmigración.
    Luego remarca las garantías privadas dentro de las libertades civiles, haciendo referencia a los art. 4; 64 inc 4 y 16; 14;17;20; 29; 28. Todas ellas garantías que llevaran al bienestar general de la población siempre y cuando se respeten y los individuos gocen de plena libertad para alcanzar la tierra, venderla, alquilarla, usarla, trabajarla, protegerla, etc. Así como también es importante la igualdad entre nacionales y extranjeros a la hora de conseguirla. Y ningún reglamento debe ir en contra de esos principios fundamentales de la CN.
    Libertad de industria: en base a la Propiedad y la Libertad se llega al bienestar general. Remarca la necesidad de leyes e instituciones que favorezcan el empleo más útil de la tierra y derogar toda ley española que la aleje del comercio civil. Propone reformar el sistema romano-feudal de arrendamiento nacional por uno a favor del arrendatario y no a favor del propietario explotador basado en la figura del señor feudal de la Edad Media. Aquel sistema romano veía a la industria como algo accesorio a la tierra. Este sistema detenta contra el arrendatario que busca la tierra para trabajarla y generar riqueza. Deben respetarse las garantías del art. 14, 17 y 20 de la CN.

    Igualdad: art.15; 16 y 20 CN. Respecto del acceso libre a la tierra, la distribución libre, prohibición de mayorazgos, fideicomisos, testadores en rol de legisladores domésticos, igualdad en la tributación de tierras y la prohibición a la esclavitud.

    PD: profesor, le debo algunos trabajos que llegaron al mail de la facultad y yo no estaba enterado… en la semana se los mando completos. Le pido disculpas.
    Emiliano Pagola 34.000.765

  48. BLANCO, Fabiola.-

    SEGUNDA PARTE: CAPITULOS III Y IV
    RESUMEN:
    La CN Argentina, la primera en Sudamérica que ha consagrado principios dirigidos a proteger directamente el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros, como también así las garantías sobre las tierras. Cita los artículos donde se atribuye al Congreso, como también a las provincias por necesitar éstas el mismo desarrollo para al alcanzar el progreso, todo aquello conducente a la atracción del capital (No considerado solo como dinero si no como medio para aplicarlo a toda actividad productiva), los medios de protección como estímulos y sostiene que no son otros que la libertad, la seguridad, la igualdad, para todos los que introduzcan y establezcan en él sus capitales analizando las formas de aplicación para alcanzar dicho fin. Lo que requiere el capital es la garantía de los ppios. Por lo riesgoso que puede ser implementarse en el país por lo naciente del mismo y no para alcanzar ganancias ya que tiene suficiente poderío. “La mayor sabiduría de la Constitución Argentina está en haber hecho de la industria un derecho civil común a todos sus habitantes”, (no convertirse en su monopolio en ninguno de sus ramos). En sus consideraciones sobre la tierra, sostiene que era el único elemento del cual disponía nuestro país en esa época: “el instrumento supremo que la Confederación tenga a su alcance, para emprender la obra de su población, de su organización política, de su riqueza y civilización”. Porque la tierra es un tesoro que tiene esto de particular: cuanto mayor es el número de los que asisten a su explotación, mayor es el provecho que a cada uno toca. Analiza cuáles son las bases constitucionales del derecho agrario argentino, a la distribución, colocación, empleo y goce de la tierra, como instrumento de producción y renta. –
    IMPORTANTE, SORPRENDENTE:
    Para Alberdi el capital constituye la vida, el progreso y la civilización material del país. La importación de capitales extranjeros, ya era exponencial para lograr la prosperidad. Analiza el rol de las leyes para regular lo previsto en la CN (sea nueva o antigua), si se aparta de los ppios. De protección y estimulo con otras reglas económicas quebrantarían la constitución, alejarían los capitales y atrasarían el país, embruteciéndolo. La libertad de establecer el precio y el seguro del alquiler como un juego de oferta y demanda. “Es preciso que los capitales se hagan pagar el riesgo que corren, prestándose a manos poco habituadas a devolver lo ajeno puntualmente”. No ve con buenos ojos el ejercicio de la industria del estado, sosteniendo que el estado no tiene que alterar las funciones que le ha concedido la CN y dejar hacer a los ciudadanos, no quitarles la fuente que tienen para generar la riqueza en el país, aplicado también en oportunidad de referirse a la tierra, que el Estado no se entrometa de modo que deje hacer a quienes pueden. Rara vez son propios los capitales aplicados a la producción, el que los tiene los presta para que quien no disponga de ellos los emplee. Remarca la importancia de la celebración de tratados internacionales para asegurar la confianza con los países. Se refiere a la tierra y a los recursos naturales que la componen, considerando a nuestro país como un virtuoso al respecto, analizando todos los climas que poseemos, las áreas geográficas de todo tipo, y la importancia del saber emplear cada una.

    PREGUNTAS:
    Ya que para Alberdi eran necesarios para la prosperidad del país la atracción de Capitales extranjeros y como medio de alcance, la sanción de leyes protectoras y las concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo, considera que es cumplida esta disposición por los poderes constituidos?
    Al referirse a la puntualidad y exactitud de los pactos, que no pueden ser regulados por ley sino de manera indirecta y constituyen hábitos que nos vienen dados, no cree que hoy en día no siendo un país naciente ya, continuamos como país incumpliendo esos pactos a nivel internacional? Considera alguna vía de solución o prevención?
    Cómo cree que se revierten los principios de la Constitución de garantizar el bienestar general en pos de los intereses particulares de aquellos que llegan al poder? Qué manera considera viable para reducir ese efecto buscado por unos pocos?

  49. Resumen:
    El autor comienza definiendo al «capital» como los valores aplicados a la producción, sea cual fuere el objeto que consistan y que el dinero no es mas que un medio para transferirlos. Comenta que pueden ser transformados en muelles buques de vapor, ferrocarriles, puentes, pozos artesianos, canales, fabricas, maquinas a vapor como también en dinero manteniéndose ocupado en circular otros capitales por su intermedio, pero afirmando que son los que constituyen el progreso, la vida y la civilización material del país.
    Alberdi resalta como a través del articulo 64 inc. 16 de la Constitución Federal y el art 104 de la Constitución con respecto a las provincias, promueven fervientemente tomar todas las medidas necesarias para el desarrollo de la industria y la producción a través de la exploración, construcción, la atracción de capitales extranjeros, el dictado de leyes protectoras de estos fines concediendo privilegios y recompensas.
    Remarca el asunto de los capitales extranjeros debido a la situación de Argentina en el momento, y remarca como las leyes orgánicas deben ser formuladas empleando medios de protección y estímulo como asegurando los derechos de igualdad, propiedad, libertad y seguridad.
    El autor cierra afirmando que la única necesidad que tiene el desarrollo de la industria y capital dentro del país con respecto a las leyes, es asegurar su funcionamiento libre de arbitrariedades garantizando los derechos amparados por la Constitución.
    Importante:
    Lo que resalta en este texto es la visión social que se vive y promueve hoy en día en el país relacionada a los capitales extranjeros, calificándolos como interruptoresy «ladrones» de nuestra economía. Es notable como a través de todo el texto de Alberdi, se evidencia la manipulación de los principios económicos como estrategia política o de gobierno.
    Preguntas:
    – Cree que hoy en día se puede abrir la economía del país sin provocar grandes crisis?
    – En que se diferencia, la sociedad de estos días con la de aquellos en cuanto a la estimulación de la atracción a los capitales extranjeros?
    – Cree que hoy estamos tapados de sentimientos que nos impiden tener una mirada objetiva de la economía?

  50. RESUMEN:
    En el capitulo III, Alberdi habla sobre la importancia de los capitales y de la tierra, como agentes de producción, tendientes a generar riqueza y progreso en la Nación.
    Hace un análisis sobre las disposiciones constitucionales, que se refieren a los capitales, sus intereses y beneficios.
    Sostiene que los capitales aportan al progreso y a la civilización de nuestro país, por lo que es tarea fundamental de nuestra Constitución, legislar en relación a los mismos para promover su desarrollo y proteger su ingreso desde el exterior al país.
    Para realizar dicha protección, hace referencia a tres principios fundamentales:
    – LIBERTAD: esta garantía puntualmente, protegerá al capital de varias formas, por ejemplo una de ellas es no estableciendo ningún tipo de límite a la tasa de interés, dejando actuar a los prestadores con libertad absoluta para estipular el valor de la misma, y también dando plena libertad a su inversión y empleo.
    – IGUALDAD: en cuanto a esta garantía, habla acerca de la igualdad que se le reconoce a los habitantes para adquirir los beneficios de la propiedad territorial, equipando en iguales condiciones tanto a nacionales como extranjeros, repudiando todo tipo de mayorazgos, fideicomisos, etc.
    – SEGURIDAD: hace referencia a los medios para bajar el costo del capital, para así poder lograr la verdadera universalidad del mismo, en cuanto al alcance de los beneficios.

    LO MÁS IMPORTANTE:
    Me parece interesante el interés de Alberdi por el desarrollo económico argentino, y como hace refería al capital extranjero como un punto fundamental, para el crecimiento y prosperidad de la Nación, y la importancia de protegerlo.

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1) ¿Usted cree que en nuestro país le han dado una correcta utilización a la riqueza de nuestras tierras?
    2) ¿Cree que hoy en día nuestra tierra sigue siendo el principal agente productivo?
    3) ¿Hoy en día le sigue pareciendo tan imprescindible el ingreso de capitales extranjeros al país?

  51. En estos dos capítulos Alberdi habla de la importancia del capital para el progreso de la Nación y señala que no es el “dinero” en sí, sino los valores aplicados a la producción de bienes y servicios sea cual fuere el objeto.
    La Constitución en el articulo 64 inc. 16 y el 104 en lo relativo a las provincias entienden que son el capital y sus transformaciones lo que le dan prosperidad al país, por eso es que en ella se establecen medios para atraerlos que son básicamente el respeto de los principios de libertad, seguridad, igualdad, y la propiedad privada.
    Alberdi ve en la política exterior a través de la firma de tratados con las potencias extranjeras una forma de generar confianza y de atraer capitales al país, un país que en ese entonces contaba con la tierra como el principal recurso pero que estaba despoblado y que carecía de desarrollo industrial y comercial.
    Importante
    Alberdi comprende que para el desarrollo y promoción de la industria el Estado debe brindar garantías y derechos en condiciones de igualdad a los nacionales y extranjeros con la finalidad de convertirse en un foco de inversión de capital extranjero.
    ¿cómo califica el uso de capitales que realiza nuestro Estado?
    ¿cuándo un interés es considerado excesivamente oneroso?
    ¿qué políticas considera adecuadas para atraer capitales?

  52. En el capitulo III se trata las disposiciones de la Constitución que se refieren al interés o renta de los capitales y a sus beneficios.
    En este capitulo el autor nos muestra como los capitales no son el dinero sino los valores aplicados a la producción, sea cual fuera el objeto en el que consistan, así, el dinero solo hace de instrumento de cambio o traslación de los capitales, que pueden transformarse y convertirse en muelles, buques de vapor, ferrocarriles, etc. Los capitales constituyen la vida, el progreso y la civilización material del país.
    La Constitución ha consagrado principios dirigidos a proteger el ingreso y establecimiento de capitales extranjeros, así lo expresa en los artículos 64 inc. 16 y 104.
    Para el autor, la Constitución+on considera como cosas conducentes al prosperidad del país la industria, la inmigración los ferrocarriles y canales, la colonización de tierras nacionales, ya que las mismas no son mas que transformaciones del capital.
    Las leyes organizas son las encargadas de atraer capitales extranjeros, empleando para ello los medios de protección y estímulo mas eficaces que reconozca la ciencia económica , esos son la libertad, la seguridad, la igualdad, asegurada a todos los que , habitantes o ausentes del país, introduzcan y establezcan en el sus capitales. Los establece en sus art. 14, 15, 16, 17, 18, 20, 26,27 y 28.
    1) Cree que en los últimos años las leyes orgánicas fomentan la atracción de capitales extranjeros? Cuales habría que cambiar?
    2) Como juega en estos casos el crédito internacional?
    3) Cual seria el limite para tomar los mismos teniendo en cuenta las consecuencias económicas que tuvo el país ?

  53. RESUMEN:
    Alberdi trata sobre los beneficios del capital al momento que son aplicados a la produccion. Los capitales como dice Alberdi pueden transformarse en muelles, buques de vapor, ferrocarrile. Este concepto se sustenta en el hecho que se considera capital tanto al dinero liquido, como así también al aplicado, ya sea en industrias, maquinarias, bienes u obras publicas.Los principios para protegerlos están en la CN y son los art.64 inc. 16 y el art. 104.
    EL progreso del país depende entre muchas cosas de atraer capitales para la industria, inmigración, construir ferrocarriles.
    Recomienda eliminar todas las leyes que sean contrarias a la inversión de capitales, préstamos, libertades y todo lo que conduzca al atraso de la Nación.

    LO IMPORTANTE:
    Dice que es esencial que ciertas operaciones industriales ( construcción de bancos, casas de seguros, ferrocarriles, canales, puentes, etc.) sean explotadas por capitales particulares y que el Estado se encargue sólo de legislar, juzgar y gobernar, sin constituir un monopolio de industrias privadas ni inmiscuirse en el comercio, agricultura o manufacturas. Que la CN tiene tres fuerzas de produccion, tierra, trabajo y capital, establece la necesidad d poblar el suelo argentino, ya que es un territorio extenso.Por eso incentiva la inmigración extranjera y para ello el estado debe igualar en derechos al nacional como al extranjero .

    PREGUNTAS
    – Cree se le dio una correcta utilazacion al suelo como riqueza en nuestro pais?
    – Que medidas economicas se deberian implementar para atraer capitales extranjeros?
    – Se respetan hoy en dia los principios de segurida, libertad , propiedad e igualda que hace referencia Alberdi?

  54. Alberdi analiza los componentes del gasto público dividiendolos en provinciales y nacionales. Distinguiendo entre estos últimos los ocasionados en las provincias.Es critico con la descentralización discreta. Política y no administrativa.
    También los divide en ordinarios y extraordinarios según su regularidad. Cree fundamental traducir las normas del orden jurídico a los idiomas de los recientes inmigrantes de Europa.
    Apuesta a la firma de tratados con las naciones vecinas.
    No se opone al mantenimiento de la Iglesia católica pero propina un Estado sin creencia religiosa.
    Promueve la libre enseñanza alentando erogaciones a tal fin.
    Cree conveniente mantener fuerzas militares para la defensa lamentándose por como esos fondos se privan al camino de la prosperidad pero es crítico frente a pasadas fuertes internas y los liderazgos caudillistas de Rosas o Quiroga.
    Preguntas:
    ¿Cómo analiza el camino del federalismo y su resultado en el régimen de coparticipación actual.?
    ¿Cómo repondría el carácter fundador y primordial declara provincias en un país cuyos gobernadores esperan el permiso presidencial atados a la llegada de fondos.
    ¿Desaconsejaría la utilización de los ATN para disciplinar a los gobernadores ?
    ¿Apoyaría un régimen de sistemas fiscales independientes para las provincias como manera de liberarse de la arbitraria asignación centralizada?

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