Soluciones «voluntarias», o comunitarias a supuestas «fallas de mercado». Provisión privada de bienes públicos

Con los alumnos de OMMA Madrid, en la material Economía e Instituciones, vemos la provisión voluntaria de bienes públicos, del capítulo “Soluciones Institucionales”:

En cuanto a la provisión de bienes públicos, la respuesta casi inmediata es que deben ser provistos por el Estado, ya que el mercado sería incapaz de hacerlo. El caso típico, presentado por distintos economistas, es el de un faro, en relación con el cual la imposibilidad de excluir a quien no pague, una vez que la luz es emitida, daría como resultado una conducta de free rider, que trataría  de evitar el pago, dado que es imposible evitar que vea la señal de todas formas. El ejemplo aparece en John Stuart Mill, Henry Sidgwick y Alfred C. Pigou, con ese mismo argumento de la “no exclusión”, y reaparece en Paul Samuelson con otro adicional, según el cual no tendría sentido excluir a los que no pagan, ya que no hay congestionamiento en el servicio; es decir, no hay ningún costo extra, si un barco más observa la señal del faro para guiarse. En este caso no solamente sería improbable que el sector privado proveyera los faros, sino que, de poder hacerlo, no sería conveniente, ya que cada barco desincentivado para navegar por dichas aguas debido al pago del peaje por los servicios del faro, representaría una pérdida económica social

Conocida es la respuesta de Coase (1974) a este ejemplo, después de estudiar la historia de los faros en Inglaterra y demostrando que durante varios siglos fueron financiados y administrados por los dueños de barcos y emprendedores privados. Durante varios siglos, en Gran Bretaña, los faros fueron construidos y mantenidos por Trinity House (Inglaterra y Gales), los Comisionados de Faros del Norte (Escocia) y los Comisionados de Faros en Irlanda, cuyo presupuesto provenía del Fondo General de Faros, formado a su vez por los cargos que pagaban los armadores de buques. Esto en cuanto se refiere a los faros que ayudaban a la navegación general, ya que los faros de tipo “local” eran financiados por los puertos, que recuperaban los gastos en que incurrían mediante los cargos que hacían a quienes los utilizaban.

Había pocos faros antes del siglo XVII. Trinity House era una institución que evolucionó desde un gremio de navegantes en la Edad Media, que en 1566 obtuvo el derecho a proveer y regular las ayudas a la navegación, que incluyen, además de los faros, boyas, balizas y otras marcas.

Coase (p. 360) sostiene que “a comienzos del siglo diecisiete, Trinity House estableció faros en Caister y Lowestoft. Pero no fue sino hasta fines de ese siglo que construyó otro. Entretanto la construcción de faros había sido realizada por individuos particulares. De 1610 a 1675 Trinity House no construyó ningún faro nuevo. Por lo menos diez fueron construidos por individuos particulares”. Trinity House se oponía a estas iniciativas privadas, pero los particulares evitaban el incumplimiento del control de tal organización obteniendo una patente de la Corona, que les permitía construir el faro y cobrar el peaje a los barcos que supuestamente se beneficiaban del mismo.

La intervención de la “Corona” y el cobro de un “peaje” parece indicar la participación estatal, por más que el faro fuera construido por algún particular. Es decir: se necesitaría el poder estatal para tener la posibilidad de cobrar peajes, en forma coercitiva, a los barcos que transitaran por tal ruta marítima. Pero no era este el caso. Coase subraya que el particular presentaba una petición de los armadores y operadores de buques sobre la necesidad del faro, el beneficio que obtendrían con él y su voluntad para pagar el peaje, por lo que se trataba de una operación voluntaria y el Estado participaba simplemente porque se había adueñado de la autoridad para erigirlos, ya que el acuerdo entre armadores y operadores y el particular se podría haber realizado de todas formas, sin seguir obligatoriamente ese camino, pues los primeros aceptaban voluntariamente el pago y no actuaban como free riders.

He aquí un tema importante, ya que, según la teoría de los bienes públicos de Mill/Sigdwick/Pigou/Samuelson, todos buscarían su beneficio inmediato, consistente en no tener que pagar dicho peaje, sabiendo que, una vez que el faro estuviera allí, no podrían excluirlos de su uso, y que, actuando todos de esa forma, el cobro del peaje y la provisión privada serían imposibles. Sin embargo, esto no ocurría; evidentemente había otros elementos que llevaban a una conducta diferente, entre los cuales podemos destacar dos: un sentido de cooperación entre los armadores, aunque fueran competidores entre sí, o que no se le diera importancia al hecho de que algunos pasarían por allí y recibirían el servicio gratuitamente.

Buscando algún ejemplo más cercano en el tiempo y el espacio, ya vimos que los residentes de Buenos Aires no tienen que ir más lejos del río junto al que se asienta su ciudad. Allí, en el canal por el que el río Luján desemboca en el Río de la Plata, hay una serie de boyas con la inscripción “UNEN” y una numeración. Esta sigla significa “Unión Nacional de Entidades Náuticas”, que reúne a los distintos clubes náuticos privados. La provisión de esta señalización proviene de aportes voluntarios privados, que realizan estos clubes, y en definitiva de las cuotas sociales que pagan sus socios. No parece que estos actúen como free riders e incluso, si algún barco pasa por allí y no pertenece a ninguno de esos clubes, ello no constituye impedimento para que los demás se organicen, y provean y mantengan este sistema de señales. Y no solo eso: los mismos clubes tienen en sus entradas sobre la costa balizas rojas y verdes, con el obvio fin de ayudar a sus socios en la maniobra de entrada y salida, pero brindando también un servicio gratuito a quienes pasan por allí. Nuevamente, la existencia de estos free riders no frena o limita la provisión de tales servicios.

¿Habría más señales de ese tipo, si pudiera cobrar a esos free riders? Depende de con qué se lo compare: si es con una supuesta condición ideal, parecería que sí, y en tal caso esa comparación daría como resultado una “falla” del mercado, pero Coase y Demsetz (en Cowen, pp. 107-120) denominan a esto “el enfoque Nirvana”: es decir, algo así como comparar las imperfecciones de este mundo con el ideal del Paraíso, dado que lo que corresponde es comparar arreglos institucionales alternativos; en este caso, esta provisión voluntaria privada, con una posible provisión estatal. En el caso de las boyas UNEN mencionadas, su misma existencia es una demostración del “fracaso de la provisión estatal”, ya que los clubes lo han hecho ante la inacción pública al respecto.

Comenta Coase una historia de notable espíritu emprendedor, relacionada con el famoso faro de Eddystone, erigido en un peñasco, a veinte kilómetros de Plymouth. El Almirantazgo británico recibió un pedido para construir un faro y Trinity House consideró que era imposible; pero en 1692 el emprendedor Walter Whitfield hizo un acuerdo con Trinity House, por el que se comprometía a construirlo y a compartir las ganancias. Nunca llegó a construirlo, pero sus derechos fueron transferidos a Henry Winstanley, que negoció un acuerdo mejor: recibiría todas las ganancias durante los primeros cinco años y luego los repartiría en partes iguales con Trinity House, durante otros cincuenta años. Construyó primero una torre y luego la reemplazó por otra, cuya conclusión tuvo lugar en 1699, pero una gran tormenta lo destruyó en 1703, cobrándose la vida de Winstanley y de algunos de sus trabajadores. Dice Coase (p. 364): “Si la construcción de faros hubiera quedado solamente en manos de hombres motivados por el interés público, Eddystone hubiera permanecido sin faro por largo tiempo. Pero la perspectiva de ganancias privadas asomó nuevamente su horrible cara”.

Otros dos emprendedores, Lovett y Rudyerd, decidieron construirlo de nuevo, y el acuerdo se pactó en mejores términos: una concesión por noventa y nueve años, con una renta anual de cien libras y el cien por cien de las ganancias para los constructores. El nuevo faro se completó en 1709 y operó hasta 1755, cuando fue destruido por un incendio. La concesión, que tenía todavía unos cincuenta años por delante, había pasado a otras manos y los nuevos propietarios decidieron construirlo nuevamente, para lo que contrataron al mejor ingeniero de esos tiempos, John Smeaton, que completó una nueva estructura de piedra en 1759, que se mantuvo operando hasta 1882, cuando fue reemplazado por una estructura nueva, elaborada por Trinity House.

Según Coase, un informe del Comité de faros de 1834 reporta la existencia de cuarenta y dos faros en manos de Trinity House, tres concesionados por ella a individuos, siete concesionados por la Corona a individuos particulares, cuatro en manos de propietarios según distintos permisos, un total de cincuenta y seis, de los cuales catorce estaban en manos privadas, amparados por distintos acuerdos de propiedad. Trinity House, recelosa de la competencia, y argumentando que bajo su égida los peajes serían más bajos, terminó consiguiendo el monopolio de los faros y todos quedaron bajo su órbita.

En una respuesta directa a Mill, Sidgwick, Pigou y Samuelson, Coase concluye: “… los economistas no deberían utilizar los faros como un ejemplo de servicio que puede ser provisto solamente por el Estado. Pero en este trabajo no se intenta resolver la cuestión de cómo debería organizarse y financiarse el servicio de faros. Eso deberá esperar estudios más detallados. Entretanto, los economistas que deseen señalar un servicio como mejor provisto por el Estado, deberían utilizar un ejemplo que tenga más fundamento” .

6 pensamientos en “Soluciones «voluntarias», o comunitarias a supuestas «fallas de mercado». Provisión privada de bienes públicos

  1. RESUMEN
    Las fallas de mercado que justifican la intervención estatal pueden resolverse desde la sociedad misma, mientras que las fallas políticas deben resolverse desde una alta calidad institucional que provea de oportunidades para alcanzar los fines subjetivos deseados por los individuos. Las instituciones pueden minimizar los costes de transacción para internalizar las externalidades, delimitando los derechos de propiedad para que las partes negocien una solución, ya sea con asistencia regulatoria o de manera informal. Los bienes públicos pueden y deben proveerse desde la iniciativa privada (ejemplo de los servicios marítimos de Coase), lo que junto a otros ejemplos (los ‘servicios en red’ o, simplemente, el comercio internacional) muestra la debilidad de la teoría de los bienes públicos que pone al Estado como proveedor único. El problema de la información asimétrica se reduce para el mercado a un asunto de relaciones con el proveedor y competencia por la reputación y el buen nombre en el mercado. Por otro lado, muchos bienes provistos desde el Estado obedecen a la tradición y no cumplen con los requisitos de la definición de bien público. Lejos de proveerlos de forma eficiente, distorsionan las señales del mercado, como muestran los ejemplos históricos del transporte terrestre.

    TEMAS NUEVOS
    La intervención estatal como algo ‘limitado’, o el criterio para establecer los límites.

    PREGUNTAS
    -Hayek indica en otros trabajos que el Estado implica corrupción, a partir de cuyo momento el economista se desentiende de su labor como ‘verificador’ del impacto económico de la intervención estatal. ¿Realmente puede coexistir una autoridad reguladora que profese un respeto absoluto al orden espontáneo de las negociaciones individuales e informales?

  2. Tanto el mercado como el proceso político presentan fallos, para poder reducirlos o eliminarlos surgirán las soluciones institucionales. En el mercado se llegan a acuerdos para evitar las externalidades aunque en muchos casos conviene que el Estado colabore para que se pueda llegar a el acuerdo o recurrir a un impuesto. Ante los problemas del Estado (el colapso de los tribunales y el abuso de poder por ejemplo) han surgido los tribunales privados en lugares marginales en el que la potestad de juzgar se la otorgan las partes a alguien de prestigio para la comunidad que puede ser sustituido, del mismo modo se hace a otro nivel para las grandes transacciones internacionales mediante el arbitraje internacional (y de inversiones cuando se sienta al Estado en el banquillo), la separación de poderes y la democracia han contribuido a reducir los abusos que se pueden hacer desde el poder ejecutivo.

    Coase nos ha dejado un gran legado con sus breves textos sobre las externalidades, los costes de transacción y la provisión privada de bienes públicos, particularmente interesante esta última al ser una andanada en la linea de flotación de la teoría de los bienes públicos ya que estos al combinarse su cobro con la de un “bien privado” permiten que estos se puedan seguir produciendo, en algunos casos se producen voluntariamente sin pensar en el beneficio económico.

    En el campo de la política tanto la separación de poderes como institución de ingeniera política de Montesquieu y la división de poderes de Alexis de Tocqueville junto con la democracia directa de la Antigua Grecia y la tradición constitucional americana son grandes soluciones institucionales para los problemas del Estado.

    ¿No cree que es distinta la defensa (a escala moderna sobre todo) a los “bienes públicos” que se han podido financiar de forma privada?

    ¿Eliminar la financiación pública de los partidos políticos no debería ser una institución a aplicar en muchos países donde son financiados con impuestos?

    ¿Cómo podemos (si cree que es posible) reducir/eliminar la información asimétrica a la que se enfrentan los electores?

  3. RESUMEN DEL TEXTO
    Toda solución institucional es una oportunidad de solución privada. El hecho diferenciador radica en quién se provee del beneficio. El Estado tiende a parcelar los derechos para su propio beneficio. El archiconocido caso de los faros como medida de solución institucional es erróneo ya que en el instante en que se permitió que el emprendimiento individual pudiera favorecerse de los beneficios que se podían extraer en construcción, la iniciativa privada e individual se activa y corrige al Estado. Un caso similar podría darse (y se da) en las cárceles. En EE.UU. han pasado a manos de actividades empresariales que cuidan de los presos mejor que lo hiciera el Estado ya que minimiza sus gastos y aumenta espectacularmente sus beneficios. Recientemente, en Inglaterra, un propietario de tierras, decidió realizar una carretera que cruzaba sus tierras que permitía a los coches ahorrarse 45 minutos de viaje diario a Londres a través del pago de un peaje. Hoy es millonario.
    Las soluciones institucionales que basan sus argumentos en los fallos de mercado son falaces pues están erigidas sobre sus normativas que impiden la iniciativa privada. Una limpieza de los bosques para evitar incendios podría ser una iniciativa privada si el Estado permitiese a la iniciativa privada hallar beneficios extraordinarios en su conservación mediante la limpieza. Sin embargo, en tanto en cuanto, ponga trabas gubernamentales y normativas que impidan la obtención de beneficios, la iniciativa privada no se dará.
    Es aquí donde se inicia la obtención de rentas extraordinarias por parte del Estado. El impedimento a soluciones privadas le permite (o justifica) incrementar las rentas rapiñadoras a través de impuestos y tasas. En realidad, es recurrir siempre al mismo punto. El poder coercitivo derivado de un monopolio de la violencia le permite al Estado encontrar a través de la sociedad de nichos de mercado que los convierte en monopolísticos bajo el estandarte de los supuestos “fallos de mercado”

    TEMAS NUEVOS O NOVEDOSOS
    1. Los supuestos fallos de mercado son los cimientos de las oportunidades de beneficio privado del Estado a través de la subordinación del pago a todos los súbditos.
    2. Las soluciones institucionales son, en realidad, soluciones privadas en manos del Estado que obliga el pago a todos los agentes económicos independientemente de si obtienen o no un beneficio en el servicio
    3. Es el Estado quien impide la iniciativa privada que podría subsanar las supuestas fallas mediante impuestos y tasas.
    4. El Estado no entiende que una iniciativa privada puede estar compuesta por una sociedad con diez mil accionistas unidos en la inversión de una tarea. Siempre tiende a identificar, y así lo publicita, al emprendedor con un solo individuo aislado (normalmente pobre que emprende desde un garaje), y por tanto argumenta su intervención bajo la consideración de que ciertas obras no las puede ejercer el individuo por sí solo. De ahí que las obras faraónicas que ha ejercido en las últimas décadas y que han terminado arruinadas y olvidadas, bajo iniciativa privada, no se habrían producido
    PREGUNTAS
    1. ¿Puede el Estado competir sin el monopolio de la violencia en un mercado libre?
    2. ¿Puede verse en un futuro la transmisión de la soberanía de la tierra en favor de un mercado libre?

  4. RESUMEN DEL TEXTO

    Los defensores de la teoría de las «fallas de mercado» en muchas ocasiones obvian las «fallas de Estado» –o de la política– que se derivan de la aplicación políticas públicas. A lo largo de la historia, quienes han detectado estas últimas fallas han ido proponiendo algunos mecanismos con el fin de limitar el poder de los políticos y, de esta forma, las «fallas de la política». Algunos ejemplos son las cartas de derechos, la separación de poderes horizontal –ejecutivo, legislativo y judicial– y vertical –federalismo y descentralización, y, en última instancia, la revolución.

    El crecimiento de los Estados –con avances y retrocesos– desde su creación hasta la actualidad deja patente que, si bien estos mecanismos han podido –quizás– ralentizar el proceso, han fracasado en numerosas ocasiones a la hora de limitar el poder de los gobernantes. Es por ello que, en las últimas décadas, algunos autores han seguido proponiendo nuevas medidas con este fin. Algunos ejemplos los encontramos en Hayek –asamblea legislativa y asamblea gubernamental–, Buchanan –mayorías especiales, incluso unanimidad, para normas de rango constitucional–, Frey –jurisdicciones funcionales superpuestas en competencia– y, finalmente, Rothbard y Friedman –jurisdicciones funcionales superpuestas en competencia pero, en este caso, agencias privadas–.

    TEMAS NOVEDOSOS O IMPORTANTES

    1. Coparticipación inversa: que sean las jurisdicciones sub-nacionales o locales las que cobren los impuestos y luego transfieran los fondos recaudados a las jurisdicciones superiores.

    2. Legislación temporal: que toda ley o regulación emitida tenga fecha de vencimiento y que no se renueve.

    3. Doble legislatura: que las leyes no entren en vigor hasta que sean aprobadas por dos legislaturas sucesivas.

    TRES PREGUNTAS AL AUTOR

    1. En el epígrafe de «federación o confederación» la centralización se mide mediante el porcentaje del gasto del gobierno central sobre gasto público total. ¿Cree habría que tener en cuenta también cuál es el gasto público total? Parece que el poder está más centralizado en países en desarrollo. ¿Se podría deber esto, en parte, a que justamente los gastos que más a menudo se descentralizan son aquellos que un país en desarrollo se puede permitir en menor medida –v. gr. los ligados al llamado estado del bienestar–?

    2. ¿Cree que la competencia entre lobbies puede limitar de forma efectiva el poder de los mismos? ¿Cree que la concentración de ganancias y difusión de costes de las políticas públicas hará que la balanza se decante hacia los lobbies favorables al gasto en detrimento de los lobbies de los contribuyentes?

    3. ¿Que opina de la propuesta de Hayek de establecer dos asambleas: una legislativa y otra gubernamental? ¿Cree que el límite inferior de edad en los electores de la legislativa la haría menos moldeable por los grupos de interés? ¿No son los pensionistas uno de los colectivos más interesados en el aumento de algunas de las mayores partidas de gasto público en los Estados actuales (pensiones, sanidad, etc.), tal y como se expone en el capítulo?

  5. Los que afirman que los fallos del mercado producen situaciones insalvables sin la aparición del Estado olvidan que durante milenios el ser humano ha podido vivir sin Estado y que muchos de los problemas derivados de los supuestos bienes públicos ya tenían una solución privada desde hace mucho tiempo. El ejemplo de Pigou de los faros quedó definitivamente refutado por la investigación de Coase, que muestra cómo algo que es aparentemente un bien público era gestionado por manos privadas. Las instituciones privadas son, pues, modelos de respuesta ante problemas de este tipo y por eso atacarlas reproduce esos problemas e impide solucionarlos por completo.

    Me han resultado innovadoras todas las soluciones privadas los problemas tradicionalmente públicos que han aparecido durante todo el capítulo.

    Haría tres preguntas:
    ¿Es posible que el Estado solamente sea una institución intermedia entre unas insatisfactorias instituciones antiguas y unas nuevas por venir?
    ¿Es posible que la mayor dificultad para la implementación de la soluciones de mercado sea la lentitud de estas en hacerse efectivas?
    En línea con la pregunta anterior, ¿cómo podemos convencer a alguien con una necesidad urgente de que espere a la acción del mercado?

  6. Los teóricos que defienden las «fallas de mercado» y la provisión y atención sobre dichas fallas por parte del Estado, han obviado que tanto el mercado como el Estado son mecanismos de carácter imperfecto para determinar cuales son las preferencias de las personas y las acciones a tomar para satisfacerlas.

    Tanto el Estado como el mercado tienen sus fallas, las cuales pueden resolverse de manera cooperativa voluntariamente o mediante estructuras de gobernabilidad. Las instituciones como mecanismo para resolver dichas fallas dependerán de una combinación y conjunto de soluciones voluntarias como de políticas públicas enfocadas en dichas fallas, por ende, no hay un modelo a seguir, tal y como lo mostraron los diversos ejemplos en el texto, es cuestión de analizar cada caso concreto y establecer el mejor mecanismo para internalizar las externalidades.

    TEMAS NUEVOS

    El enfoque de la vivienda informal como un fracaso del gobierno y no del mercado.

    Que para los economistas austríacos los costos de transacción también son subjetivos.

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