La relación entre libertad económica y progreso es mucho más importante de lo que normalmente se mide

La libertad económica es fundamental para progresar y resulta evidente cuando relacionamos variables como PIB per cápita con los índices de libertad económica. No obstante, parece que el impacto es aún mayor a lo que puede medirse de esa forma. Es lo que exploran en este paper: Alvarez, Sean y Scheck, Macy  del Political Economy Research Institute y Geloso, Vincent de George Mason University, “Economic Freedom Matters A Lot More for Economic Development Than You Think!” (February 23, 2023). GMU Working Paper in Economics No. 23-14, Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=4368623  or http://dx.doi.org/10.2139/ssrn.4368623

“La literatura que relaciona los índices de libertad económica con los niveles de ingresos y el crecimiento generalmente apunta en la dirección de una asociación positiva. En este documento, argumentamos que este hallazgo es muy conservador ya que los datos están muy sesgados en contra de encontrar algún efecto. El sesgo surge como resultado de la tendencia de los regímenes dictatoriales a exagerar su nivel de PIB. Las dictaduras también tienden a tener puntajes más bajos de libertad económica. Esto sesga a la baja cualquier estimación de la relación entre ingreso y libertad económica. En este documento, usamos correcciones recientes a las cifras del PIB, basadas en la intensidad de la luz nocturna, para estimar el sesgo. Encontramos que los verdaderos efectos de la libertad económica en su componente sobre los niveles de ingresos son entre 1,1 y 1,33 veces mayores de lo que comúnmente se estima. Para el crecimiento económico, el sesgo es mucho menor y solo parece ser relevante para algunos componentes individuales, como el tamaño del gobierno y los derechos de propiedad.”

La libertad política requiere de libertad económica y respeto a la propiedad. ¿Alguno más que otro?

¿Es necesario el capitalismo para tener libertad política? ¿La libertad económica y el respeto a la propiedad? Estos temas fueron planteados afirmativamente en su momento por Hayek y por Friedman. En este paper los autores plantean que las hipótesis de uno u otro son relativamente distintas y busca comprobar si se confirma la de Hayek. La respuesta es afirmativa. El artículo es:

Reinarts, Nicholas and Benzecry, Gabriel and Smith, Daniel J., “You Have Nothing to Lose but Your Chains? Re-examining the Hayek-Friedman Hypothesis on the Relationship Between Capitalism and Political Freedom” (January 5, 2023). Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=4318664

“¿Es el capitalismo una condición necesaria para la libertad política? Friedrich Hayek argumentó que el capitalismo es necesario para la libertad política en lo que ahora se conoce como la hipótesis de Hayek-Friedman. Si bien el trabajo empírico previo que utilizó la libertad económica como indicador del capitalismo ha confirmado en cierta medida la hipótesis, estos resultados son sensibles a la definición de capitalismo y libertad política. Argumentamos que mientras Milton Friedman afirmó que la libertad política no podría existir sin la libertad económica, Hayek argumentó que la libertad política no podría existir sin la propiedad privada de los medios de producción. Dado que los índices de libertad económica incluyen factores que van más allá de la propiedad estatal de los medios de producción, esta distinción podría afectar los resultados empíricos. Probamos la hipótesis de Hayek utilizando la medida de propiedad estatal de la economía de V-Dem y su índice de libertades civiles políticas, que proporciona datos anuales que se remontan a 1789. la economía mantuvo la libertad política: Bielorrusia durante la caída de la Unión Soviética en 1991. Relajar nuestra definición para incluir economías mixtas con una propiedad moderada a fuerte de la economía también confirma abrumadoramente la Hipótesis de Hayek con solo unos pocos infractores fuertes.”

Fuerte relación entre libertad económica e indicadores de prosperidad. Más libertad, menos pobreza

Antes comenté la presentación de la edición 2022 del Índice de Libertad Económica del Cato Institute. Aquí lo comenta Ian Vásquez, quien destaca por un lado la caída de la libertad durante la pandemia, y también que en los países más libres la pobreza es menor: https://www.cato.org/blog/global-economic-freedom-declined-sharply-wake-pandemic

“El declive ha sido amplio y dramático. Aproximadamente 146 de 165 jurisdicciones vieron caer sus puntajes de 2019 a 2020, el año más reciente para el cual hay datos comparables internacionalmente. Algunas de las razones de la disminución incluyen «aumentos masivos en el gasto público, expansión monetaria, restricciones de viaje [y] mandatos regulatorios sobre las empresas». Y aunque el informe no toma una posición sobre la eficacia de las respuestas políticas a la pandemia, encuentra que la disminución “borra el valor de una década de mejora en el promedio global y es más de tres veces mayor que la disminución global presenciada en el 2008. /09 crisis financiera. La pandemia del coronavirus fue sin duda una catástrofe para la libertad económica”.

La calificación de EE. UU. cayó al igual que su clasificación, del quinto lugar en 2019 al séptimo en 2020. Como siempre, los autores (James Gwartney, Robert Lawson, Joshua Hall y Ryan Murphy) encuentran que existe una fuerte relación entre la libertad económica y los indicadores de prosperidad. Por ejemplo, el siguiente gráfico muestra cómo la libertad económica beneficia a los pobres.

El informe de este año incluye un capítulo de Robert Lawson que revisa 721 artículos académicos revisados ​​por pares que analizan el impacto de la libertad económica. La mayor parte de la literatura académica encuentra una relación positiva entre la libertad económica y buenos resultados (por ejemplo, crecimiento, menos conflicto, derechos humanos, etc.) y solo una minoría (alrededor del 5%) encuentra una relación negativa.

Otro capítulo de Simeon Djankov, creador del ampliamente utilizado informe Doing Business que ha sido descontinuado por el Banco Mundial, propone cómo llevar a cabo ese importante proyecto fuera de los auspicios del Banco de una manera mejorada.”

 

Cato presenta la nueva edición del Índice de Libertad Económica: Argentina y Venezuela entre los peores

Cato Institute ha dado a conocer la edición 2022 de su índice de Libertad Económica, señalando que la pandemia ocasionó una profunda caída en todos los países. Es las 26ª edición del ranking que evalúa a 165 países, y trae la mala noticia que dos países de la región se encuentran entre los peores: Argentina y Venezuela (Cuba no aparece en el índice por la falta de información confiable).

Aquí puede consultarse: https://www.cato.org/economic-freedom-world/2022

Así es presentado:

“Esta es la edición número 26 de Libertad económica en el mundo y la publicación de este año clasifica 165 países y territorios para 2020, el año más reciente para el que hay datos disponibles. La libertad económica global disminuyó significativamente a raíz de la pandemia de coronavirus. La caída afectó a 146 de las 165 jurisdicciones del índice y es más de tres veces mayor que la caída global provocada por la crisis financiera de 2008/2009.

Hong Kong permanece en la primera posición, aunque su calificación cayó 0,28 puntos adicionales. Singapur, una vez más, ocupa el segundo lugar. Las siguientes naciones con la puntuación más alta son Suiza, Nueva Zelanda, Dinamarca, Australia, Estados Unidos, Estonia, Mauricio e Irlanda.

Las clasificaciones de otras grandes economías en el índice de este año son Japón (12), Canadá (14), Alemania (25), Italia (44), Francia (54), México (64), India (89), Rusia (94) , Brasil (114) y China (116). Los diez países con la calificación más baja son: República Democrática del Congo, Argelia, República del Congo, Irán, Libia, Argentina, Siria, Zimbabue, Sudán y, por último, Venezuela.

Las naciones en el cuartil superior de la libertad económica tenían un PIB per cápita promedio de $ 48,251 en 2020, en comparación con $ 6,542 para las naciones del cuartil inferior (PPA constante de 2017, $ internacionales). Además, el ingreso promedio del 10% más pobre en las naciones económicamente más libres es más del doble del ingreso per cápita promedio en las naciones menos libres. La esperanza de vida es de 80,4 años en el cuartil superior frente a 66 años en el cuartil inferior.

El primer Informe sobre la Libertad Económica en el Mundo, publicado en 1996, fue el resultado de una década de investigación realizada por un equipo que incluía a varios premios Nobel y más de 60 destacados académicos en una amplia gama de campos, desde la economía hasta las ciencias políticas, y desde derecho a la filosofía.”

Castro Videla y Maqueda, dos juristas sobre el derecho a la propiedad privada y la libertad económica

Aunque tiene varios años ya, por suerte me llega desde la página Academia este artículo de dos grandes juristas jóvenes de Argentina. Se titula: “El derecho de propiedad privada y libertad económica. Algunos elementos legales, filosóficos y económicos para una teoría general”, por Santiago Castro Videla y Santiago Maqueda, publicado en Ius Humani. Revista de Derecho, Vol. 4 (2014/2015), págs. 77-113: https://www.academia.edu/30590990/El_derecho_de_propiedad_privada_y_libertad_econ%C3%B3mica_Algunos_elementos_legales_filos%C3%B3ficos_y_econ%C3%B3micos_para_una_teor%C3%ADa_general?email_work_card=view-paper

Vale la pena leerlo:

“Este artículo ofrece diversos elementos legales, filosóficos y económicos para una teoría general del derecho de propiedad y libertad económica, que permita explicar por qué es un derecho fundamental. En primer lugar, plantea una visión unificada del derecho de propiedad privada y libertad económica, el que debe distinguirse analíticamente de los distintos derechos de propiedad susceptibles de reglamentación y expropiación estatal. En segundo lugar, explica, desde la teoría tomista del derecho natural, en qué sentido este derecho es un derecho natural secundario. En tercer lugar, señala, desde la teoría austríaca del proceso de mercado, cómo la protección del derecho de propiedad privada y libertad económica da lugar a un proceso virtuoso que genera mayor desarrollo, reducción de la pobreza y paz social. Y finalmente, explica también cómo la violación de dicho derecho genera los efectos contrarios: subdesarrollo, pobreza y conflicto social.”

Un estudio muestra que por cada punto de caída en la libertad económica se pierden entre 0, 3 y 1,6 puntos de crecimiento

Tal vez no hace falta que nos digan que al limitar la libertad individual, y como parte de ella la libertad económica, se resiente y perjudica el crecimiento. Pero nunca está demás que alguien lo vuelva a investigar y muestre sus resultados. Esto es lo que hacen Rafael A Acevedo, IEI – Creighton University; Econintech y Maria Lorca-Susino, University of Miami en

Acevedo, Rafael A and Lorca-Susino, Maria, The Short-Run Consequences of Economic Freedom Erosion on Growth and Institutions in Latin America: An Unorthodox Experimental Review for the XXI Century (January 4, 2022). Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=4060389  or http://dx.doi.org/10.2139/ssrn.4060389

“Entre 2000 y 2019 los gobiernos latinoamericanos han aumentado y disminuido la libertad económica en un ciclo continuo. Combinando diferencias en la erosión de la libertad económica con diferencias en el crecimiento económico y un conjunto de variables institucionales, para una muestra de 19 países latinoamericanos, los resultados sugieren que por cada punto porcentual que un país erosiona la libertad económica, al año siguiente, su crecimiento económico la tasa es entre 0.3 a 1.6 puntos porcentuales más baja, y sufre un empeoramiento de instituciones como democracia, corrupción, leyes transparentes, esfuerzo de censura en los medios y restricciones judiciales en comparación con países que no la erosionaron.”

¿Conclusiones?

“Estos hallazgos son importantes porque muestran un camino posible para alcanzar el nivel de prosperidad y fortaleza institucional que requieren los países latinoamericanos. En conclusión, un entorno económico más libre no solo beneficiaría a los países de América Latina en el corto plazo con un mayor crecimiento económico, menor corrupción y una democracia más fuerte y saludable, sino que también podría impactar a la región en otras variables en el largo plazo, sin embargo , el análisis del impacto de un choque positivo generalizado de libertad económica en la Región será abordado en futuras investigaciones.”

Alberdi y la libertad en sus relaciones con la producción económica

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos el texto de Alberdi «Sistema Economico y Rentístico» cuando se refiere a las garantías de la Constitución que son comunes a la producción agrícola, comercial e industrial:

De la libertad en sus relaciones con la producción económica 

Ella es consagrada de un modo amplísimo por el articule 14 de la Constitución Argentina, que dispone lo siguiente: – Todos los habitantes de la Confederación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, a saber: – de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y de aprender. 

Consideremos estos derechos en su aplicación económica y en sus resultados prácticos a la riqueza argentina. 

La libertad económica es para todos los habitantes, para nacionales y extranjeros, y así debía de ser. Ceñirla a sólo los hijos del país, habría sido esterilizar este manantial de riqueza, supuesto que el uso de la libertad económica, más que el de la libertad política, exige, para ser productivo y fecundo, la aptitud e inteligencia que de ordinario asisten al trabajador extranjero y faltan al trabajador argentino de esta época. 

Derecho es el nombre y rango que la Constitución da a la libertad económica, lo cual es de inmenso resultado, pues la libertad, como dice Guizot, es un don ilusorio cuando no es un derecho exigible con la Constitución en la mano. Ni la ley, ni poder alguno pueden arrancar a la industria argentina su derecho a la libertad constitucional. 

Conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, es concedido el goce de las libertades económicas. La reserva deja en manos del legislador, que ha sido colono español, el peligro grandísimo de derogar la Constitución por medio de los reglamentos, con sólo ceder al instinto y rutina de nuestra economía colonial, que gobierna nuestros hábitos ya que no nuestros espíritus. Reglamentar la libertad no es encadenarla. Cuando la Constitución ha sujetado su ejercicio a reglas, no ha querido que estas reglas sean un medio de esclavizar su vuelo y movimientos, pues en tal caso la libertad sería una promesa mentirosa, y la Constitución libre en las palabras sería opresora en la realidad.

 

Libertad económica: donde el gobierno dirige y ordena todo, todas las libertades son ilusorias

En Junio de 1959, Ludwig von Mises dictó seis conferencias en Buenos Aires. Éstas fueron luego publicadas y las estaremos considerando con los alumnos de la UBA en Derecho. Su segunda conferencia se tituló “Socialismo”. Pero comienza hablando de las libertades, y la libertad económica:

Mises4

“¿Qué es la Economía Libre? ¿Qué significa este sistema de libertad económica? La respuesta es simple: es la economía de mercado. Es el sistema en el cual la cooperación de los individuos en la división del trabajo en la sociedad es obtenida por el mercado. Este mercado no es un lugar; es un proceso, es la manera en la cual, comprando y vendiendo, produciendo y consumiendo, los individuos contribuyen al funcionamiento de la sociedad.

Cuando nos ocupamos de este sistema de organización económica – la economía de mercado – empleamos el término ‘libertad económica’. Muy a menudo, la gente malinterpreta lo que significa, creyendo que la libertad económica es algo que está muy separada de las otras libertades, y que estas otras libertades – que consideran son más importantes – pueden ser preservadas aún en ausencia de la libertad económica. El significado de la libertad económica es que el individuo esté en posición de elegir la manera en la cual desea integrarse en la totalidad de la sociedad. El individuo puede elegir su carrera, es libre de hacer lo que desea hacer.

Esto desde ya no significa, algún sentido de los que mucha gente adjunta a la palabra libertad en la actualidad; se la interpreta en el sentido que, a través de la libertad económica, el hombre es liberado de las condiciones naturales. En la naturaleza no hay nada que pueda ser identificado como libertad, existe solamente la regularidad de las leyes de la naturaleza que el hombre debe obedecer si desea alcanzar algo.

Usando el término libertad aplicado a los seres humanos, pensamos solamente en la libertad dentro de la sociedad. Sin embargo, en la actualidad, las libertades sociales son consideradas por mucha gente como independientes una de otra. Aquellos que hoy se llaman a sí mismos ‘liberales’ están reclamando políticas que son precisamente lo opuesto a aquellas políticas por las que los liberales del Siglo XIX abogaban en sus programas liberales. Los así llamados ‘liberales’ de hoy tienen la muy popular idea que la libertad de expresión, de pensamiento, de prensa, la libertad religiosa, la libertad para no estar prisionero sin juicio previo – que todas estas libertades pueden ser preservadas en ausencia de lo que se llama libertad económica. No se dan cuenta que en un sistema donde no existe el mercado, donde el gobierno dirige y ordena todo, todas las otras libertades son ilusorias, aún cuando hayan sido definidas por las leyes y se encuentren escritas en las constituciones.

Tomemos una libertad, la libertad de prensa. Si el gobierno es propietario de todas las imprentas, el gobierno determinará lo que debe imprimirse y lo que no debe imprimirse. Y si el gobierno es propietario de todas las imprentas y determina lo que puede y lo que no puede ser impreso, entonces la posibilidad de imprimir cualquier tipo de argumentos opuestos, es decir contrarios a las ideas del gobierno, se convierte prácticamente en inexistente. La libertad de prensa desaparece. Y lo mismo ocurre con todas las otras libertades.”

Alberdi se plantea cómo mantener los principios económicos de la Constitución. No fue suficiente

Vemos con los alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires el texto de Alberdi: «Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina».

Rige en Argentina la Constitución de 1853 inspirada por Alberdi. Está claro que poco tiene que ver la organización actual de la sociedad argentina con los principios que inspiraron a quien inspirara esa constitución. Sin embargo, para Alberdi, ella contenía “un sistema completo de política económica”. Así lo dice:

Alberdi 2

“La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos. Toda la materia económica se halla comprendida en estas tres grandes divisiones de los hechos que la constituyen.”

“Esparcidas en varios lugares de la Constitución, sus disposiciones no aparecen allí como piezas de un sistema, sin embargo de que le forman tan completo como no lo presenta tal vez constitución alguna de las conocidas en ambos mundos.”

¿Acaso no se dio cuenta Alberdi que el espíritu de esa Constitución podía ser alterado luego por las leyes y otras medidas gubernamentales que se aprobaran. Al respecto, esto dice:

“Conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, es concedido el goce de las libertades económicas. La reserva deja en manos del legislador, que ha sido colono español, el peligro grandísimo de derogar la Constitución por medio de los reglamentos, con sólo ceder al instinto y rutina de nuestra economía colonial, que gobierna nuestros hábitos ya que no nuestros espíritus. Reglamentar la libertad no es encadenarla. Cuando la Constitución ha sujetado su ejercicio a reglas, no ha querido que estas reglas sean un medio de esclavizar su vuelo y movimientos, pues en tal caso la libertad sería una promesa mentirosa, y la Constitución libre en las palabras sería opresora en la realidad.”

“Todo reglamento que es pretexto de organizar la libertad económica en su ejercicio, la restringe y embaraza, comete un doble atentado contra la Constitución y contra la riqueza nacional, que en esa libertad tiene su principio más fecundo.”

Este tema es toda una preocupación en esta obra. Más adelante, en una sección titulada “Garantías de la Constitución contra las derogaciones de la ley orgánica – Base constitucional de toda ley económica”, dice:

“De dos medios se ha servido la Constitución para colocar sus garantías económicas al abrigo de los ataques derogatorios de la ley orgánica: primero ha declarado los principios que deben ser bases constitucionales y obligatorios de toda ley; después ha repetido para mayor claridad explícita y terminantemente, que no se podrá dar ley que altere o limite esos principios, derechos y garantías con motivo de reglamentar su ejercicio.”

No obstante, esto no le parecía suficiente, y más adelante agrega:

“En efecto, el sistema económico de la Constitución argentina debe buscar su más fuerte garantía de estabilidad y solidez en el sistema económico de su política exterior, el cual debe ser Un medio orgánico del primero, y residir en tratados de comercio, de navegación, de industria agrícola y fabril con las naciones extranjeras. Sin esa garantía internacional la libertad económica argentina se verá siempre expuesta a quedar en palabras escritas y vanas.”

Aun así todo eso fue insuficiente. Hemos visto en otros posts la importancia de los valores e ideas en la evolución de las sociedades. Si estos cambian, no hay ninguna disposición constitucional o tratado internacional que pueda detener esa marea de cambio. No lo pudo en el caso de la Argentina. Otros valores e ideas comenzaron a prevalecer en la sociedad y, tarde o temprano, el cambio se produjo (y también cien años de estancamiento y retroceso).

Alberdi quiso garantizar la permanencia de un Sistema de política económica. No fue suficiente

Los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I en la UBA leen a Alberdi:

Alberdi, Juan B, “Sistema Económico y rentístico de la Confederación Argentina”: Introducción, Caps 1, 2 y 3 (Art. Primero): http://www.eumed.net/cursecon/textos/2004/alberdi-sistema.pdf

Rige en Argentina la Constitución de 1853 inspirada por Alberdi. Está claro que poco tiene que ver la organización actual de la sociedad argentina con los principios que inspiraron a quien inspirara esa constitución. Sin embargo, para Alberdi, ella contenía “un sistema completo de política económica”. Así lo dice:

Alberdi 2

“La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos. Toda la materia económica se halla comprendida en estas tres grandes divisiones de los hechos que la constituyen.”

“Esparcidas en varios lugares de la Constitución, sus disposiciones no aparecen allí como piezas de un sistema, sin embargo de que le forman tan completo como no lo presenta tal vez constitución alguna de las conocidas en ambos mundos.”

¿Acaso no se dio cuenta Alberdi que el espíritu de esa Constitución podía ser alterado luego por las leyes y otras medidas gubernamentales que se aprobaran. Al respecto, esto dice:

“Conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, es concedido el goce de las libertades económicas. La reserva deja en manos del legislador, que ha sido colono español, el peligro grandísimo de derogar la Constitución por medio de los reglamentos, con sólo ceder al instinto y rutina de nuestra economía colonial, que gobierna nuestros hábitos ya que no nuestros espíritus. Reglamentar la libertad no es encadenarla. Cuando la Constitución ha sujetado su ejercicio a reglas, no ha querido que estas reglas sean un medio de esclavizar su vuelo y movimientos, pues en tal caso la libertad sería una promesa mentirosa, y la Constitución libre en las palabras sería opresora en la realidad.”

“Todo reglamento que es pretexto de organizar la libertad económica en su ejercicio, la restringe y embaraza, comete un doble atentado contra la Constitución y contra la riqueza nacional, que en esa libertad tiene su principio más fecundo.”

Este tema es toda una preocupación en esta obra. Más adelante, en una sección titulada “Garantías de la Constitución contra las derogaciones de la ley orgánica – Base constitucional de toda ley económica”, dice:

“De dos medios se ha servido la Constitución para colocar sus garantías económicas al abrigo de los ataques derogatorios de la ley orgánica: primero ha declarado los principios que deben ser bases constitucionales y obligatorios de toda ley; después ha repetido para mayor claridad explícita y terminantemente, que no se podrá dar ley que altere o limite esos principios, derechos y garantías con motivo de reglamentar su ejercicio.”

No obstante, esto no le parecía suficiente, y más adelante agrega:

“En efecto, el sistema económico de la Constitución argentina debe buscar su más fuerte garantía de estabilidad y solidez en el sistema económico de su política exterior, el cual debe ser Un medio orgánico del primero, y residir en tratados de comercio, de navegación, de industria agrícola y fabril con las naciones extranjeras. Sin esa garantía internacional la libertad económica argentina se verá siempre expuesta a quedar en palabras escritas y vanas.”

Aun así todo eso fue insuficiente. Hemos visto en otros posts la importancia de los valores e ideas en la evolución de las sociedades. Si estos cambian, no hay ninguna disposición constitucional o tratado internacional que pueda detener esa marea de cambio. No lo pudo en el caso de la Argentina. Otros valores e ideas comenzaron a prevalecer en la sociedad y, tarde o temprano, el cambio se produjo (y también cien años de estancamiento y retroceso).