Hayek sobre la competencia y la regulación de la competencia en la era digital. Libro online

El Institute of Economic Affairs de Londres Vuelve a presenter un libro interesante, con acceso online gratuito. Se trata de “Hayek on Competition: A liberal antitrust for a digital age?” por el DR CENTO VELJANOVSKI: https://iea.org.uk/publications/hayek-on-competition-a-liberal-antitrust-for-a-digital-age/

Su contenido:

“La competencia es un proceso de descubrimiento entre empresas rivales y solo puede explicarse si la información es imperfecta.

La competencia es la forma más eficaz de coordinar la actividad económica mediante la difusión de la información y el conocimiento que poseen los participantes del mercado en un mundo de ignorancia y cambio generalizados.

El libre mercado y las leyes consuetudinarias evolucionadas que operan dentro del estado de derecho crean un orden espontáneo necesario y sujeto a la libertad individual.

Hayek no fue un defensor del laissez-faire o la libertad desenfrenada de contrato. Vio la necesidad de la intervención estatal para fomentar la competencia, brindar servicios y garantizar la libertad individual.

La competencia no significa que un mercado tendrá muchas empresas. El monopolio y el oligopolio pueden ser más eficientes, proporcionar bienes más baratos y una mayor innovación, y por lo general estarán bajo constante desafío. La clave de la noción de competencia y política de competencia de Hayek es la competencia o competencia potencial.

Una política activa a favor de la competencia es consistente con el liberalismo que elimina las barreras gubernamentales a la entrada, reduce la protección legal otorgada a la propiedad intelectual (patentes, derechos de autor, marcas registradas) y corporaciones, y un sistema fiscal y monetario de apoyo.

El mantra «lo grande es malo» que ahora influye en la política de competencia fue rechazado por Hayek por producir «conclusiones esencialmente antiliberales extraídas de premisas liberales».

Hayek propuso una ley de competencia modesta que prohibiría la discriminación de precios excluyente por parte de los monopolios y haría inaplicables los contratos que restringen el comercio. Estas prohibiciones se harían cumplir en privado al otorgar a los perjudicados el derecho a demandar por «daños múltiples» respaldados por abogados a quienes se les pagan honorarios de contingencia.

El enfoque de Hayek en el procesamiento de la información y el conocimiento debería hacer que su enfoque sea relevante y adaptable a las tendencias que ahora se experimentan en el sector digital.”

¿Hay que controlar y disciplinar a las gigantes plataformas que gestionan las redes sociales?

¿Los gigantes de las redes sociales son monopolios que es necesario controlar? Es el tema que trata Michael C. Munger en este artículo de la revista Constitutional Political Economy: Munger, M.C. “Giants among us: do we need a new antitrust paradigm?”. Const Polit Econ 33, 445–460 (2022). https://doi.org/10.1007/s10602-021-09350-w

La política antimonopolio tradicional se formuló para controlar las decisiones de precios y producción que no estaban disciplinadas por las fuerzas competitivas, ya sea debido al poder del monopolio o a acuerdos que restringían el comercio. Debido a que no existe un criterio único para evaluar los resultados de las políticas políticas, los reguladores antimonopolio finalmente se decidieron por el «estándar de bienestar del consumidor», reconociendo correctamente que cualquier otro estándar era incoherente. Recientemente, las “plataformas” (definidas aquí como empresas o aplicaciones que resuelven los problemas clave de costos de transacción de triangulación, transferencia y confianza) han tendido hacia el gigantismo. Esto había dado lugar a llamados a un nuevo enfoque antimonopolio, restaurando el antiguo conjunto múltiple de objetivos. Pero cada plataforma, por definición, define una industria y es un monopolio dentro de esa industria. Tales economías de red o ventajas en la gestión de la confianza son las razones por las que existen las plataformas en primer lugar. Este documento revisa la historia de las leyes antimonopolio, define las plataformas y los problemas del “gigantismo” y sugiere algunas políticas que ciertamente no funcionarán y deberían abandonarse. El problema es el poder, no el monopolio. Entonces, el poder es lo que el “nuevo paradigma” debe abordar.”

¿Hay nuevos monopolios tecnológicos que controlan toda nuestra información, y eventualmente nuestras vidas?

¿Estamos amenazados por unos nuevos monopolios tecnológicos que controlan toda nuestra información y, puede ser, nuestras vidas?

Con la decisión de la Unión Europea de multar a Google se ha vuelto a reabrir este debate. Para refrescar el tema volví a lo que me parece es el mejor análisis que he visto hasta el momento, la conferencia de Juan Ramón Rallo en la última Universidad de Verano del Instituto Juan de Mariana, en Madrid.

Se tituló: Google, Amazon o Facebook, ¿los nuevos monopolios?

Pueden verla aquí: https://www.juandemariana.org/ijm-media/video/juan-ramon-rallo-google-amazon-o-facebook-los-nuevos-monopolios

 

La teoría de la regulación y el problema del cálculo económico en el socialismo. El mismo problema del conocimento

Con los alumnos de OMMA Madrid vemos los Caps. 2 y 3 de El Foro y El Bazar donde se analizan las distintas políticas públicas sugeridas para resolver problemas de ‘fallas de mercado’ y sus propuestas de solución. Consideramos allí los aportes de la “teoría de la regulación’, y la extensión a ese campo del fracaso del cálculo económico en el socialismo:

 Y pese a lo interesante de todas estas teorías, que describen los procesos políticos que llevan a la implementación de regulaciones y al “control” del ente regulador por los mismos intereses que supuestamente han de ser regulados, lo cierto es que existe un problema todavía mayor: la posibilidad misma de que el regulador pueda cumplir con la tarea que se le ha encomendado.

Pese a la relativa novedad de todas estas cuestiones (los trabajos de Stigler, Peltzman y Posner pertenecen a la década de los años 70), lo cierto es que la cuestión básica por considerar ya había sido tratada en la década del 20 cuando Ludwig von Mises (1881-1973) demostró la imposibilidad teórica de realizar la planificación en una economía socialista. Y si bien los argumentos de Mises se refieren a la planificación socialista y no a la regulación, se pueden extender  a esta misma circunstancia con las salvedades del caso.

Para von Mises (1949), el elemento fundamental del socialismo era la propiedad colectiva de los medios de producción; de esto se desprende que no existe un mercado para esos factores, ya que sin propiedad privada no puede haber intercambios entre sus legítimos propietarios, y sin intercambios no puede haber relaciones relativas entre factores, esto es, precios. Ésta es, por ejemplo, la situación en la que se encuentra la propiedad del espectro electromagnético, las frecuencias por las que se transmiten señales de radio, televisión o telefonía celular entre otras cosas. Este es un «medio de producción» de propiedad estatal. Mises señaló, en su momento, la dificultad intrínseca de la planificación, ya que ante la ausencia de precios los planificadores no tienen términos de referencia sobre la importancia económica relativa de cada bien o servicio para un uso alternativo. En nuestro caso, el uso de una frecuencia radioeléctrica para transmisión de radio FM o telefonía celular no puede ser valorado económicamente porque no existen precios como para poder hacerlo.

Según Mises, los planificadores socialistas no pueden saber si la asignación de un recurso para un determinado fin es más o menos deseable que la de otro. No es de extrañar que en la realidad los funcionarios de los burós planificadores en los países socialistas tomaran como referencia los precios de las economías de mercado. No obstante ello, como los precios varían constantemente reflejando las preferencias de los consumidores o las disponibilidades de la oferta, la planificación nunca podía modificarse para copiar la modificación instantánea que el mercado provee. Finalmente, las malasignaciones explican el colapso del sistema. En el caso de las regulaciones, el planificador utilizará otros criterios para la asignación, muchas veces “políticos” y, por cierto, conflictivos. 

El proceso competitivo del mercado es necesario, por un lado, para movilizar el conocimiento disponible, y por otro, para generar el descubrimiento de nuevas oportunidades que hasta entonces no se hayan descubierto. La intervención gubernamental, entonces, interfiere en este proceso de descubrimiento. 

 

En definitiva, la acción del ente regulador interfiere con el proceso de mercado, y como no le es posible obtener la información necesaria para cumplir su tarea, debe depender para ello de lo que le provean los mismos sectores regulados. Termina así siendo cautivo de sus propios intereses. Por otro lado, desvía la atención de los emprendedores hacia su propio interés e impide el descubrimiento de nuevas oportunidades en beneficio de los consumidores.

Tomemos el caso del monopolio natural. Si en determinado momento hay un solo proveedor de servicios de comunicaciones y no existen restricciones para el ingreso de competidores, esto significa que el mencionado proveedor satisface las necesidades de la mejor forma posible. El mecanismo de descubrimiento de nuevas oportunidades (nuevas tecnologías, nuevos servicios) se encuentra en funcionamiento y cualquier descuido del proveedor al ofrecer la última tecnología o precios adecuados será aprovechado por otros para hacerlo y minar así su condición monopólica.

Se arguye contra ello que los costos de ingreso son muy elevados en este sector. Pero lo cierto es que estos costos existen en todas las actividades, y esto no ha frenado la competencia en ellas. Por el contrario, los mismos costos de ingreso elevados desatan la creatividad para estudiar su reducción. Por otra parte, con el avance tecnológico y la eliminación de las áreas monopólicas, la competencia puede ser inmediata.

Concentración del mercado y competencia

Un alumno comenta sobre el grado de concentración de las empresas y el poder de las multinacionales. Esto trae a referencia el tema de la competencia en los mercados. Se mencionan dos mercados en los cuales no hay más de 10 empresas (exportadoras de cereales y cementeras) en la Argentina, y luego sobre las multinacionales cerealeras:

“En el año 2010, había 80.000 empresas transnacionales en todo el mundo, que controlaban 810.000 compañías filiales. Eso sí, a pesar de que existen miles de transnacionales en el mercado global, apenas unos cientos de ellas controlan a las demás: 737 multinacionales monopolizan el valor accionarial del 80% de total de las grandes compañías del mundo, y solo 147 controlan el 40% de todas ellas.”

Lamentablemente no se menciona la fuente para poder verificar los datos, pero asumamos que fueran ciertos. ¿Qué nos dicen? El uso de la palabra “monopolizan” es erróneo ya que “monopolio” quiere decir uno solo, y tanto 737 como 147 están lejos de eso. No hay datos para poder afirmar que alguna de esas sea monopólica en algún mercado en particular. Además, el valor accionarial se refiere a empresas que cotizan en bolsa, hay muchas empresas que no lo hacen. En fin, al no haber fuente no podemos verificar eso.

Pero aún si hubiera una alta “concentración”, ¿qué es lo que nos dice respecto a un cierto mercado? Por ejemplo, en el caso de las cementeras argentinas, fueron acusadas de actuar como un “cartel”, es decir, llegar a acuerdos para actuar al unísono, como si fueran en verdad un monopolio.

Los carteles nunca se sostienen por mucho tiempo. Existen fuertes incentivos por parte de los integrantes para traicionar al cartel: mientras los demás cumplen, por ejemplo, una cuota de producción acordada para restringir la producción, cada uno tiene el incentivo a no cumplirla y aprovechar ese mayor precio con un mayor volumen de producción. Con el tiempo, se caen.

Tomemos un caso por todos conocido con un número menor a diez, el de los buscadores en Internet. Son pocos, pueden cartelizarse, ¿acaso nos están perjudicando?

Concentración mercado

En verdad, los usamos gratuitamente, nos dan un servicio que consultamos todos los días. ¿Cómo podríamos decir que hay abuso?

Lo cierto es que no importa que en un mercado haya uno, cinco o treinta, lo importante es si tienen la capacidad de imponer “precios de monopolio”. Puede haber pocos pero competir duramente entre sí. Puede haber pocos pero en realidad porque los consumidores decidieron que así fuera, porque son buenos y ellos los eligen. Incluso puede haber uno solo pero no poder cobrar “precios de monopolio” por la amenaza de que ingresen competidores si así lo hace. Entonces, estaríamos en presencia de un solo proveedor, pero actuando “competitivamente”.

El problema, entonces, parece estar en otro lado, no en la cantidad de participantes. Sugiero que hay que mirar la capacidad de ingresar al mercado, y si existen barreras de algún tipo. Y esas barreras son algunas veces por cuestiones técnicas o de escala, y otras regulatorias. Esto puede llevarnos a poner la mira en otro lado: muchas de las barreras de ingreso son resultado de regulaciones (buscadas por los que ya están en el mercado en mucho casos), para que otros no puedan ingresar.