El planeta de los simios. Derechos para los chimpances como «personas no humanas». ¿Porqué no?

Este no es un tema económico, sino de filosofía del derecho, aunque se vincula con los temas que estamos viendo a través del derecho de propiedad. Tiene que ver con la propiedad sobre animales y, en este caso, sobre chimpancés y otros monos. Seguro que los alumnos de Derecho, sobre todo, tendrán mucho para decir, pero les aconsejo ser cautos con el tema, no lanzarse de una vez a favor de los orangutanes y gorilas. Hay que ver el tema con prudencia. En mi caso, me causa simpatía esta causa y esbozaré una opinión al final.

Chimpances

El artículo en La Nación es muy interesante: http://www.lanacion.com.ar/1725226-personas-no-humanas-el-pedido-por-los-chimpances-que-analiza-la-justicia

“Una oleada de inéditos pedidos de hábeas corpus en los tribunales de varios países -entre ellos, los argentinos- salió a cuestionar, con argumentos científicos y jurídicos, el confinamiento en zoológicos de animales con altas capacidades cognitivas y probada inteligencia, como son los chimpancés, y a exigir una actualización en la jurisprudencia para otorgarles estatus jurídico, de manera que se les puedan garantizar tres derechos básicos: a la vida, a la libertad y a no ser maltratados ni física ni psicológicamente.

Los planteos de conservacionistas se orientan a que se cese en el «afán abusivo y arbitrario» de someter y de aislar a seres inteligentes que «mantienen lazos afectivos, razonan, sienten, se frustran con el encierro, toman decisiones, poseen autoconciencia y percepción del tiempo, lloran las pérdidas, aprenden, se comunican y son capaces de transmitir lo aprendido en sistemas culturales complejos como el de los humanos», rezan los planteos -similares en la argumentación- presentados ante la Justicia en Córdoba, Río Negro, Santiago del Estero y Entre Ríos. El objetivo no es otorgarles plena autonomía ni equipararlos a los humanos -aducen las presentaciones judiciales-, sino que puedan ser trasladados a santuarios para vivir en semilibertad entre sus congéneres, lejos del estrés del confinamiento y de los lugares inadecuados.”

Este es el tema, en esencia, aunque más desarrollado en el artículo. El descubrimiento científico no ha de llamarnos la atención, sobre todo a quienes sustentamos con énfasis las teorías evolutivas, tanto en el ámbito social como en el natural, ya que si todos somos resultado de la evolución, está claro que no hubo un corto seco entre “animal” y “humano” sino un largo proceso entre uno y otro, y los simios son claramente un eslabón de ese proceso.

Hasta ahora se solía argumentar que los derechos son frutos de la razón, y que ésta solamente el ser humano la tiene, pero las nuevas teorías nos dicen que los simios tienen algo, ni tanto ni tan poco. De nuevo, esto es algo de esperar en un proceso evolutivo. Así que este argumento pierde peso.

Pero hay otro que no lo pierde tanto. Todo derecho implica una responsabilidad y esta es la de respetar el mismo derecho en los demás. Esto puede traer algún problema con los animales. Pensemos en un gorila: si yo acepto que tiene derecho a la vida y a no ser maltratado físicamente, ¿estará el también dispuesto no maltratarme a mí, si me encuentra algún día en la selva? El ejemplo parece tonto pero la esencia del problema no la es.

Estas “personas no humanas” como quieren llamarlas pueden tener derechos porque nosotros entendemos que debemos respetarlos, porque también nosotros los tenemos, pero no está claro que ellos hagan lo mismo.

Esto no significa, sin embargo, que los seres humanos tengan derecho a maltratarlos. Tal vez podríamos acercar su tratamiento jurídico como al de los menores. Tienen derechos que no pueden ser violados, pero también tienen “tutores” que son quienes los controlan y asumen la responsabilidad en el caso de que estos hagan algún daño. ¿Podría aplicarse algo así?

Esto hace referencia al tema de la “propiedad”. En una nota complementaria, el constitucionalista Daniel Sabsay, plantea el tema señalando: “El status de los animales como «propiedad» afecta muchas áreas del derecho, y en especial del Derecho Animal”. Pero la propiedad tiene sus grados, y lo peor que le podría pasar a los simios es que no hubiera ninguna, esto los hundiría en la “tragedia de los comunes”. Tendrían muchos cazadores y pocos “protectores”. Tal vez podría haber una figura de propiedad limitada, en el sentido de no poder disponer de su vida, o maltratarlos, pero al mismo tiempo tener incentivos suficientes como para cuidarlos y favorecer su reproducción.