Este tema es importante, aunque parezca muy abstracto y alejado de las discusiones políticas y económicas de todos los días. ¿Cuál debería ser el criterio para determinar si el objetivo de la sociedad será que los individuos que la componen puedan satisfacer las preferencias que tengan, o tal vez, en verdad no reflejan cuáles son sus verdaderas preferencias cada vez que eligen? En el primero de los casos, la propuesta “normativa” es generar el mayor grado de libertad de elección para que cada uno “revele” en su elección cuáles son sus preferencias subjetivas. En el segundo de los casos, como en las decisiones del individuo éste puede estar “sesgado” o “influenciado” por el entorno social, no estaría eligiendo aquello que son sus verdaderas preferencias y, por lo tanto, se abre el campo al paternalismo regulatorio para guiar esas acciones hacia ellas.
Obviamente, esto tiene mucho que ver con la libertad de elección como un valor supremo o con algún otro tipo de objetivo, como el “bienestar común” que debería buscar alcanzarse. En fin, es un tema de enorme importancia, y lo trata Guilhem Lecouteux en un paper titulado “Reconciling normative and behavioural economics: the problem that cannot be solved”. Sina Badiei; Agnès Grivaux. The Positive and the Normative in Economic Thought, Routledge, inPress. halshs-03418228. https://halshs.archives-ouvertes.fr/halshs-03418228
Al margen de la posición del autor, el tema es de suma importancia, ya que tomando una u otra interpretación terminaremos en un modelo de sociedad totalmente diferente. Dice el autor:
“La economía del bienestar tradicional se basa en el supuesto de que los individuos tienen preferencias estables e independientes del contexto y utiliza la satisfacción de preferencias como criterio normativo. Al cuestionar este supuesto, la economía del comportamiento [BE] plantea problemas fundamentales para la economía normativa: si es probable que las preferencias de las personas cambien con el tiempo o dependan de aspectos aparentemente irrelevantes de la situación de elección, ¿podemos seguir formando juicios normativos sobre las elecciones de las personas en función de sus preferencias reveladas? El problema de la reconciliación requiere aclarar si el principio tradicional de la soberanía del consumidor (que equiparo aquí con el criterio de satisfacción de preferencias [PS]) debe preservarse incluso en presencia de elecciones y comportamientos aparentemente incoherentes.”
Es decir, lo que está en juego es el valor de la “soberanía del consumidor”, al cual la economía neoclásica no le hace un buen favor, aunque diga defenderlo, cuando afirma la necesidad de que las preferencias sean estables, monotónicas, etc, siendo que claramente no lo son, como lo muestra la economía de la conducta. Ésta, luego se monta sobre eso para proponer todo tipo de soluciones paternalistas. Citando a Hausman menciona cuatro interpretaciones para la idea de “preferencia”:
- Comparación de disfrute: decir que Anna prefiere x a y significa que Anna disfruta más de x que de y. Las preferencias como comparación del disfrute suelen ser una cuestión de gusto, como preferir el sabor del café al sabor del té.
- Evaluaciones comparativas: decir que Bob prefiere x a y significa que Bob juzga x como mejor que y en algún aspecto (según un criterio específico o relevante). Bob, por ejemplo, puede preferir beber su café sin azúcar porque es más saludable (incluso si prefiere, en términos de comparación de disfrute, beber su café con azúcar).
- Favorecer: si un partido político defiende una política de “preferencia nacional” en términos de empleo, entonces un nativo tiene más posibilidades de ser contratado que un inmigrante ceteris paribus. Por lo tanto, se prefiere (favorece) una clase específica de individuos, pero sin referencia a una comparación de disfrute o una evaluación comparativa.
- Clasificación de elección: decir que Carla prefiere x a y significa que elegirá x si tiene que elegir entre x e y. Cuando un camarero le pregunta a Carla si prefiere café o té, solo quiere saber su elección y no le pide que proporcione una clasificación en términos de comparación de disfrute o evaluación comparativa.
1 y 2 parecen no tener mayor sentido, solamente la 4: si elijo el café sobre el té lo único que puedo decir es que en ese momento (no en otro) mi preferencia era el café sobre el té, nada más. Es el criterio de las preferencias subjetivas de los austriacos. Pero si empezamos a embrollar esto, y a pensar que hay otras preferencias, que no son las que expresamos en la acción, abrimos la caja de Pandora al paternalismo.