Para Alberdi era fundamental distinguir entre promover la riqueza y prosperidad de la nación y promover la del fisco

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en Sistema Económico y Rentístico. En la Primera Parte del texto se refiere a las disposiciones sobre la producción de las riquezas. Lamentablemente, la interpretación de las legislaciones está sujeta a cambios, en cierta forma inevitables. Cuando Alberdi hablaba de “proteger” la producción seguramente no pensaba en el proteccionismo comercial que luego tuvimos, y cuando hablara de “promover” la industria no estaría pensando en subsidios. De todas formas aclara que se trata de promover la riqueza nacional…, por sobre la riqueza del Tesoro, una definición clave que no ha sido respetada por décadas. Aquí algunos párrafos:

“La libertad cuyos beneficios procura asegurar la Constitución, no es la política exclusivamente, sino la libertad de todo género, tanto la civil como la religiosa, tanto la económica como la inteligente, pues de otro modo no la prometería a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino.

Todos los intereses contribuyen al bienestar general, pero ninguno de un modo tan inmediato como los intereses materiales. Este principio, que es verdadero en Londres y París, el seno de la opulencia europea, lo es doblemente en países desiertos en que el bienestar material es el punto de partida y el resumen de la prosperidad presente.

Por esta razón la Constitución argentina (artículo 64, inciso 16), dando al gobierno legislativo el poder de realizar todo lo que puede ser conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias y al progreso de la ilustración, le demarca y señala terminantemente, como medios conducentes a esos fines de bienestar y mejoramiento de todo género, «el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines».

Como la industria, es decir, el trabajo, como la inmigración y colonización, es decir los brazos, como los capitales no son más que los agentes o instrumentos de la producción de las riquezas, se infiere que las leyes protectoras de esos medios son otras tantas leyes protectoras de la producción.

Las leyes protectoras de la producción tienen ya sus principios en la Constitución; no pueden ser arbitrarias, ni deben ser otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional. – En el curso de esta primera parte vamos a exponer los principios que la Constitución reconoce y garantiza como orígenes de la producción argentina.

Pero, antes de pasar adelante, detengámonos en la observación de un hecho, que constituye el cambio más profundo y fundamental que la Constitución haya introducido en el derecho económico argentino. Ese hecho consiste en la escala o rango preponderante que la Constitución da a la producción de la riqueza nacional, sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal. ¿Quién creyera que a los cuarenta años de principiada la revolución fundamental fuese esto una novedad en la América antes española?

La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno; y que, mirando a la última como rama accesoria de la primera halla que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.”

23 pensamientos en “Para Alberdi era fundamental distinguir entre promover la riqueza y prosperidad de la nación y promover la del fisco

  1. RESUMEN.
    En el primer capítulo de la obra, el autor hace referencia al Preámbulo de la Constitución, el cual, establece que se debe promover el bienestar general, y asegurar la libertad de todo género. Además, Alberdi, señala que los intereses materiales, contribuyen de forma inmediata al bienestar general, es por eso que la Constitución marca que se debe fomentar y proteger la producción. También, hace una distinción entre la riqueza del fisco, y la riqueza de la Nación.
    Por otro lado, en el segundo capítulo, el autor enumera, al trabajo, el capital, y la tierra, como agentes por los que opera la producción de riquezas, y a la agricultura, fábricas, y comercio, como modos de producirla.
    Finalmente, el autor continúa haciendo un análisis, y relacionando la producción de riquezas con las garantías comunes a todo género de industria, que son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad, y la instrucción.

    NOVEDOSO.
    Lo que me pareció más novedoso del texto leído fue como el autor logra relacionar derechos consagrados en la Constitución Nacional, como la libertad de culto, la libertad de enseñar y aprender, o de publicar por la prensa, con la producción de las riquezas, y como interpreta, y le encuentra a todos esos derechos su aspecto económico.
    Otra cosa que me pareció interesante es la estrecha relación que existe entre el trabajo, el capital y la tierra, y la importancia que tiene, ya que no puede funcionar correctamente una sin la otra, por ende, no se podría generar riqueza.

    PREGUNTAS.
    En la Constitución actual, con sus modificaciones, ¿Encuentra alguna otra garantía protectoria de la producción de riquezas?
    ¿Qué medidas se podrían adoptar para evitar el exceso en el enriquecimiento del fisco?
    ¿Sigue sosteniendo que la agricultura, las fábricas y el comercio son los únicos modos de producir riqueza?

  2. En la lectura de esta semana se analizan el capitulo 1 y parte del 2 del libro, el primer capítulo contiene la explicación de las consideraciones generales, en el cual de describen las grandes intenciones que tiene la constitución de cómo debe ser el estado, haciendo especial énfasis en el bienestar general y la libertad en sentido amplio, en la producción nacional y la distinción entre riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno, en el capítulo 2 se analizan los derechos y las garantías protectoras de la producción, dice que la producción de las riquezas se fundan en la interrelación de los agentes el trabajo, el capital y la tierra en forma de agricultura, fábricas y comercio.
    El articulo 1 define como las garantías de la producción la protección de la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción, tanto en su aspecto moral y político, y el material y económico, luego definiendo y explicando pormenorizadamente el contenido presente en cada una de las garantías antes descriptas.
    El punto que destaco de la unidad leida es la preponderancia de la importancia de la libertad en sentido amplio que contiene el texto como una línea principal y referente del sistema.
    ¿Cree usted que la protección económica de la constitución actual defiende la industria y la producción?
    ¿Qué deficiencia encuentra respecto a la defensa de la producción en la redacción de la constitución actual?
    ¿Con la aparición de múltiples y renovadas teorías económicas, creería que las riquezas parten de los mismos 3 agentes o renovaría la teoría?

  3. RESUMEN

    Alberdi compone la libertad de todo género además de la política (civil, religiosa, económica e inteligente) pues de otro modo no la prometería a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo Argentino.

    El interés material es el principio rector que contribuye al bienestar general , razón por la cuál nuestra Constitución Argentina dió al gobierno legislativo el poder de realizar lo que puede ser conducente a la prosperidad del país : “fomentando la industria, inmigración , construcción de ferrocarriles y canales navegables, colonización de tierras de propiedad nacional, importación de capitales extranjeros por leyes protectoras de estos fines”.

    Las leyes protectoras de la producción tienen sus principios en la Constitución y no pueden ser arbitrarias sino leyes orgánicas de la economía constitucional.
    El literato define una evolución medular que la Constitución ha introducido en el derecho económico Argentino el cuál consiste en la escala preponderante que le da a la producción de la riqueza nacional sobre la formación de la riqueza fiscal .
    La Constitución Argentina bifurca la riqueza de la Nación y del gobierno , ésta última como accesoria, halla que el verdadero medio de adquirir abundancia es hacer rica y opulenta a la primera.

    LO NOVEDOSO

    Resulta destacable del texto de Alberdi en su primera parte del libro “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” , cuando dispone “proteger” a la producción fomentando el crecimiento de la industria en los aspectos descriptos fueron reemplazados por “proteccionismo” como política económica en la actualidad e impactó negativamente en el comercio , en muchos casos, inlcuso , perjudicando a los trabajadores de ambos países en dónde fue aplicado.

    PREGUNTAS

    ¿Qué opina de las medidas proteccionistas que ha tomado el último gobierno populista?

    ¿Cuál es el proyecto económico a largo plazo que podría dar solución a la problemática actual respecto a las consecuencias de las medidas proteccionistas?

    ¿Cree que hemos alcanzado como Nación la libertad económica?

  4. resumen:
    La constitución procura asegurar los beneficios de la libertad para todos los hombres del mundo que quieran habitar el país.
    Alberdi expone que La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de 3 agentes: El trabajo, El capital Y la tierra y que La acción combinada de estos 3 agentes se opera de tres formas del trabajo industrial: La agricultura, Las fábricas Y el comercio.
    Alberdi enumera las garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial:
    La LIBERTAD, consagrada de modo amplio en el art. 14 de la Constitución, por el cual todos los habitantes de la Confederación gozan de las mismas libertades conforme a las leyes.
    La libertad económica es para todos los habitantes, ya que eran necesaria la aptitud e inteligencia que asistían al trabajador extranjero y faltaban al argentino, por el artículo 15, en la Confederación Argentina no hay esclavos, La libertad del trabajo recibe su última sanción del artículo 19.
    La IGUALDAD: contenido fundamentalmente en el artículo 16.
    nuestro derecho fundamental económico desconoce las distinciones del antiguo derecho realista, que dividía las personas, para los efectos económicos, por ejemplo, en Libres y esclavos o Nobles y plebeyos, etc.
    La PROPIEDAD, “La propiedad es inviolable…” (art.17) La Constitución no se ha contentado con entablar el principio de propiedad, sino que ha dado también los remedios para curar y prevenir los males en que suele perecer la propiedad. (ej.: se exige que el Congreso califique por ley la necesidad de la expropiación)
    SEGURIDAD: art. 18: “ningún habitante de la Confederación puede ser penado sin juicio previo […]”, etc., Art.17: Ningún servicio personal es exigible sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. El art. 19 completa la inviolabilidad del hogar
    INSTRUCCIÓN: El artículo 59 quiere que cada provincia asegure por medio de su constitución local la educación primaria gratuita. Con la instrucción general y la educación gratuita se buscaba producir el efecto de servir a la prosperidad y bienestar material del país.
    Con respecto a la agricultura, Alberdi sostenía que “Organizar la agricultura según la mente de la Constitución moderna es organizar su libertad.” (régimen de dejar hacer, de no estorbar).

    LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE: es la relación entre los principios que la Constitución reconoce y garantiza, como la libertad, la igualdad, etcétera, y la economía y la producción, dado que nunca los había contemplado tan íntimamente relacionados. la economía absorbe todos los aspectos de la vida.

    TRES PREGUNTAS AL AUTOR:
    1.En un país como el nuestro donde abundan las riquezas naturales, ¿que piensa de la distribución desigual de estas?
    2. ¿por que considera a la libertad de enseñar como «industria productiva» y como medio de perfeccionar y de extender la «educación industrial»?
    3. ¿qué significa ser un país de complexión fiscal?

  5. Guia de discusion nº II
    Resumen: En la primer parte de su libro (capitulo primero) Alberdi explica que ya desde el preámbulo se le da un grado de importancia a la LIBERTAD en todo género, sin hacer ningún tipo de distinciones para toda persona que quiera habitar el suelo argentino. Luego expresa que hay tres agentes que combinados conllevan a la producción de la riqueza (el trabajo, el capital y la tierra) los cuales tienen ciertas garantías comunes plasmadas en la Constitución, a través de la libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción. Y detalla como son receptadas mediante los artículos 14, 15, 16, 18, 19 y 29 de la Constitución Nacional.
    Novedades. Lo que más llamo mi atención es que nunca había analizado las libertades expresadas en el artículo 14 de la Constitución desde el punto de vista económico, lo cual me resultó interesante y me hizo comenzar a verla desde otro punto de vista.
    También que La constitución Argentina haya sido la primera en distinguir la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno. Rescato además la vigencia de sus frases “Después de ser colonos de España los hemos sido de nuestros gobiernos patrios. Siempre maquinas serviles de rentas que jamás llegan porque la miseria y el atraso no pueden redituar”
    Preguntas que le haría al autor: Viendo la actualidad de nuestro país ¿Cree que este sistema económico ha fortalecido su teoría de que la riqueza del gobierno hace rica y opulenta a la riqueza de la nación?
    ¿Qué opina de que Argentina sea uno de los países con mayor carga impositiva?
    Usted dice que el despotismo y la tiranía aniquilan el trabajo libre, lo que trae aparejada a la pobreza, teniendo en cuenta los índices de pobreza actual del país. ¿Se lo adjudica a alguna restricción de alguna libertad en particular?

  6. Resumen | El autor establece que el bienestar general es un atributo intrinseco de los intereses materiales de la nacion. Ergo, va a centrar su analisis en este ultimo. Los intereses materiales son la produccion de riqueza de una Nacion (que la distingue de la riqueza del fisco) y que requiere de la accion del trabajo,capital y tierra, que combinadas estas ultimas dan como resultado a la agricultura,las fabricas y el comercio. Las garantias de las que va a disponer dicha produccion de riqueza son – entre otras – la Libertad y la Igualdad entendida en sus aspectos material y economico. La Libertad prohibira entre otras cosas, el trabajo esclavo, promovera asociaciones de capiales, de circulacion etc, y la Igualdad podra darle al nativo como al extranjero los mismos derechos civiles, prohibiendo tambien la distincion que realizaba el regimen colonial (ej. nobles, esclavos, trabajadores y ociosos por clase y nacimiento) estableciendo una base tributaria acorde a tal dispocision.Cualquier interpretacion contraria a estas garantias atentan contra la Constitucion y la Riqueza Nacional.

    Novedoso | A mi parecer, lo novedoso es la distincion entre riqueza del fisco y riqueza de la Nacion. Lo perjudicial que es el fisco que actua restringiendo las garantias de la produccion de riqueza de la Nacion y el limite que gravita sobre los legisladores (que son quienes deben ejecutar los principios constitucionales) respecto a los habitos coloniales. Es decir, la otra novedad es que en la ideologia hay un espiritu de Libertad e Igualdad propios del »constitucionalismo economico», pero en lo concreto sigue habiendo practicas coloniales como lo es, la de enriquecer el fisco perjudicando la riqueza de la Nacion (MODELO ECONOMICO COLONIAL). Esto es uno de los factores que impide la ejecucion adecuada de los principios constitucinales y que por ende, atentan contra ellos.

    Preguntas | a.¿A que autor -si es que lo hay- hiciste referencia para resaltar »instinto y rutina de nuestra economia colonial,que gobierna nuestros habitos ya que no nuestros espiritus»?
    b. (…)»el trabajo del extranjero,mas adelantado que nosotros, a la par que fecundo en productos por ser mas inteligente,activo y capaz,contribuye con su ejemplo a la educacion del productor nacional»(…). En relacion con esto ¿Pensas que contribuyo a ello las grandes olas inmigratorias en Argentina?
    c. Al considerar a la Tierra como un factor de la Riqueza Nacinal y por ende la garantia de la libertad para ser explotada, ¿como garantizarlo despues de la ley de enfiteusis de 1826 promovidas por Bernardino Rivadavia?

  7. RESUMEN
    Alberdi consagra en el preámbulo de la Constitución Nacional, dos aspectos que consideraba fundamentales. El primero fue “promover el bienestar general” entendiendo que, para la coyuntura del momento, no había aspecto que resultara más favorable para el “Bienestar General” en la inmediatez, que los intereses materiales. Y, por otro lado, deja en claro que la riqueza de la nación es opuesta a la riqueza del gobierno; remarcando justamente, que el peor enemigo de la riqueza del país había sido hasta el momento, la riqueza del fisco. Para él, la riqueza se logra a través de la acción combinada de tres agentes o instrumentos que son: el trabajo, el capital y la tierra. De esta forma, establece 5 garantías para protegerlos: La libertad, Igualdad, Propiedad, Seguridad y la Instrucción. Y muestra, como las mismas están dispersas en distintos artículos de la primera parte de la Constitución; y de qué manera operan, procurando la protección de estos 3 elementos que son productores de riqueza.

    ASPECTO NOVEDOSO
    La forma a través de la cual, a lo largo de la Primera Parte de la Constitución, delimitó distintas medidas para atraer a inmigrantes europeos. A estos, les daba una importancia central para el desarrollo del país, no solo por la escasa población que el país ostentaba y por consecuente la necesidad de poblarlo; sino esencialmente, por los conocimientos y técnicas que ellos traerían consigo para desenvolver en nuestras tierras. Al mismo tiempo, Alberdi consideraba que servirían de reflejo y modelo a seguir para la población local. La forma que halló para atraerlos, fue ofreciéndoles algo que, en aquel momento en Europa, no tenían, una total Libertad para llevar a cabo sus oficios y profesiones, amparados por la Constitución Nacional, y sin la intervención o fiscalización del estado, o de otro instituto (como el Rey o la Nobleza) que se le asimilara.

    PREGUNTAS
    1.Teniendo en cuenta su premisa de que “el peor enemigo de la riqueza de la nación, es la riqueza del fisco” ¿Qué opinión tiene sobre que el Porcentaje del Impuesto al Valor Agregado sea uno de los más altos en el mundo?
    2. ¿Considera que hoy en día, la inmigración, seguiría siendo necesaria para lograr el crecimiento del país?
    3. Tomando en consideración los problemas económicos que afronta el país en la actualidad, y sin dejar de lado la historia económica que afrontó, ¿El “dejar hacer, dejar pasar”, debería seguir siendo el único deber que la legislación debe respetar?

  8. RESUMEN:
    La Constitución, desde su preámbulo, se anuncia en miras a asegurar la libertad en forma amplia y el bienestar general, el cual parte del bienestar material. Se prioriza la riqueza de la Nación antes que la del fisco. En sus disposiciones se pueden encontrar garantías y derechos que sirven a la la libertad económica y la productividad del país, en principio los arts. 14, 15, 16, 17, 19, 29 se pueden aplicar a los medios productivos en general. Se pretende guiar las leyes en base a principios de libertad, igualdad, seguridad, inviolabilidad de la propiedad, universalidad de la instrucción, de forma que se apoye la atracción de capitales, de inmigrantes que trabajen y enseñen, que se motive la exploración de tierras, sin dar privilegios en particular, sino beneficios gozados por todos los habitantes en tanto no se perjudiquen los derechos ajenos.

    NOVEDOSO/LLAMATIVO:
    Me llamó la atención que el autor insinúe que esta constitución es la primera en diferenciar la riqueza de la Nación de la del Gobierno, y que Argentina ha pasado de servir al fisco español, a ser dominada por el fisco nacional.

    PREGUNTAS:
    -¿Los limites al fisco se pueden deducir de las disposiciones que tratan la libertad de producción o no es suficiente?
    -¿Qué causó que esta Constitución fuera la primera en distinguir la riqueza de la nación de la del gobierno? ¿Cómo era el razonamiento anterior?
    -¿Hay alguna garantía constitucional ligada a la libre producción que se haya dejado de lado con la reforma de 1994?

    COMISIÓN 682

  9. RESUMEN
    La producción de las riquezas comprende: el trabajo, el capital y la tierra.
    Fuerzas productoras: la agricultura, la fábrica y el comercio.
    Garantías de la producción en general:
    o La libertad: consagrada en la Constitución como un Derecho. Es principio y manantialde riqueza pública y privada, y condición de bienestar moral. Toda ley que la restringe ataca la riqueza.
    o La igualdad: la Constitución refiere a la igualdad ante la ley civil, económica y fiscal e incluso hace esta igualdad extensiva a los extranjeros. Sin embargo, los derechos diferenciales en el derecho marítimo argentino, por razones de la nacionalidad extranjera del comerciante, sería un contrasentido con el art. 20 que asimila la condición de civil industrial extranjero con la nacional, como medio para multiplicar fuerzas y facultades de producción nacional.
    o La propiedad: es esencial para la riqueza. Es inviolable pero puede ser atacada por el Estado en nombre de la “utilidad pública” muchas veces arbitrariamente.
    o La seguridad: por el art. 18 la Constitución cuida establecer las bases de un enjuiciamiento que no deje a la ley, ni a la autoridad el medio de ejercer contra las personas tiranía con viso de legalidad.
    o La instrucción: para que la instrucción y la educación gratuita produzca el efecto deseado por la Constitución ese esencial instruir a las nuevas generaciones.
    LO NOVEDOSO
    Las garantías de la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción que hoy en día estudiamos como si fueran garantías y derechos esenciales para la vida digna y justa en sociedad, son explicadas desde su “por qué” económico. Son expuestas con su intima relación con el plan económico que tiene la Constitución.
    De vuelta, el libre desarrollo del trabajo, la industria y el comercio en la Republica Argentina parece ser la clave para su prosperidad y crecimiento. Esto debe estar acompañado de la seguridad y el derecho a la propiedad.
    Si bien la igualdad también se define como necesaria para los fines del proyecto de la Constitución, el autor hace una salvedad que parece ser la excepción a la regla: en el derecho marítimo argentino, la figura del comerciante argentino y la del extranjero no parece ser igual.
    Aparece la instrucción y educación gratuita a las nuevas generaciones como deber estatal para mantener a lo largo de la historia de la Republica el crecimiento.
    PREGUNTAS:
    1. ¿Qué otras fuerzas productoras y riquezas podría distinguir hoy en día?
    2. ¿El enriquecimiento excesivo del fisco (si así lo considera) se da por mala utilización de los institutos existentes para su control o por falta de institutos?
    3. Desde los comienzos la educación se consideró un medio para el progreso y el desarrollo del país. ¿En qué momento cree que comenzó a ser vista como un gasto que no produciría retorno?

  10. RESUMEN
    En la introducción Alberdi habla del preámbulo de la Constitución Nacional y cómo pretende garantizar ciertos derechos a todos.los ciudadanos que habitan su suelo. Garantizando el bienestar general
    Protegiendo e incentivando la producción. Distingue entre la riqueza de los contribuyentes y la riqueza de la Nación en sí misma. Describe cómo es que el trabajo, el capital y la tierra son factores que fomentan la producción de riquezas y la agricultura, comercio y fábricas son modos de producir esas riquezas.
    LO NOVEDOSO
    Me resultó novedoso la distinción que realiza Alberdi entre la riqueza del fisco y la riqueza de la Nación. Y otra cosa, de cómo les encuentra su aspecto económico a derechos consagrados en la Constitución y su preámbulo. Tales como la libertad de culto por ejemplo.
    PREGUNTAS
    ¿Qué piensa de la desigual distribución de las riquezas en nuestro país?
    ¿Qué estructura económica podría revertir este problema?
    Después de algunas reformas constitucionales¿hay alguna otra garantía protectora de la producción de riquezas?

  11. Alberdi enumera las bases que contiene el preámbulo de la constitución: promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino ya que esto sera conducente a la prosperidad del país y para el un pueblo próspero es un pueblo rico donde la Nación sea más rica que el gobierno. La producción de las riquezas se genera por el capital, el trabajo y la tierra. Y esta acción debe estar combinada con estas fuerzas productoras de tres modos: La agricultura, Las fábricas Y el comercio, fuera de estas no hay otras. Son garantías comunes a toda la industria las siguientes: La libertad plasmada en el articulo 14 (libertad económica es para todos los habitantes, para nacionales y extranjeros,ejercer toda industria lícita,ejercer toda industria lícita, ejercer toda industria lícita, ejercer toda industria lícita, de asociación, profesar libremente su culto, enseñar y aprender, ), La igualdad, La propiedad, La seguridad, La instrucción.
    Novedoso
    Es interesante como Alberdi da cuenta que el medio para el crecimiento del país es pensar en su gente, en la población que lo habita garantizándole mediante artículos en la constitución igualdad, tanto a nacionales como extranjeros, adhiero a su idea ya que la riqueza de un país lo generan quienes lo habitan. También manifiesta que la constitución pone a la Nación completamente antes que al fisco generando así la riqueza y El Progreso así Establece un cAmbio del sistema colonial.
    Preguntas
    ¿Por qué cree que las políticas económicas no fueron en la dirección que usted planteó ?
    ¿Cuales serían las planteos que le haría a nuestros gobernadores para dirigir el país hacia El Progreso y la riqueza que nunca llegó ?
    En base al descontento social que hoy vivimos, ¿Que modificaciones le haría ala constitución para conseguir mayores garantías que sean favorables hacia el bienestar de la sociedad ?

  12. En el texto propuesto para esta semana, Alberdi expondrá los principios que la propia Constitución reconoce y garantiza como orígenes y pilares de la producción argentina.-
    Dichos principios son los que consideramos como de todo género y de pleno ejercicio para cualquiera de nuestros derechos, pero vistos desde la óptica de la fuerza industrial y la producción económica, son los siguientes:
    La libertad económica, consagrada y garantizada para todos los habitantes de la República, nacionales y extranjeros. De haber sido coartado dicho principio fundamental solo para nacionales, nos habremos visto en un contexto de «esterilización del manantial de la riqueza».-
    La igualdad vendrá a desconocer de manera absoluta las distinciones del antiguo derecho real, sistema que distinguía a los ciudadanos en estratos para los efectos económicos. Visto esto desde la mirada actual podríamos pasar horas y días discutiendo sobre si este principio quedó olvidado y solo plasmado como teoría abstracta, o si verdaderamente esa igualdad se llega a cumplir.-
    El autor a lo largo de su obra irá nombrando y detallando, como bien dije en un comienzo, todas aquellas garantías que la Constitución toma como principios fundamentales para la proyección de sus normativas.-
    La propiedad, la seguridad y la instrucción serán los últimos, pero no por eso menos importantes, principios-garantías que Alberdi detallará.-
    Explicará asimismo que estas garantías cuentan con dos aspectos: uno moral y político, y otro material y económico.-
    En esta oportunidad, si tuviera la posibilidad de poder charlar con el autor, consultaría si él, viendo la redacción de la originaria Constitución, y sus proyecciones a futuro, puede ver la realidad actual plasmada en las normativas vigentes, o en el ejercicio de la producción económica actual.-

  13. Resumen: Alberdi intenta plasmar en la primer parte de su libro, la relevancia que le otorga la Constitución Nacional a la libertad, no exclusivamente entendida como libertad en sentido político, sino también abarcando la económica, religiosa, de prensa, de propiedad privada, de culto, de trabajo, entre otras, para todos los que deseen habitar el suelo argentino.
    Critica fuertemente al Socialismo, insistiendo en la importancia que tiene la libertad de la propiedad privada, ya que restringir su uso y disponibilidad generaría una limitación a su independencia y libertad personal. Los principios constitucionales protegen estas libertades y las leyes no deberían ser arbitrarias ni contrarias a la misma.
    Considera que la Constitución ampara a la producción de la riqueza, que esta es un medio y que procura ser distribuida de manera proporcional para lograr el bienestar de los ciudadanos, teniendo en miras a la sociedad en su conjunto y no a grupos particulares.
    Lo novedoso o sorprendente:
    Me resulta sorprendente la manera en que la Constitución intenta abordar la libertad en sentido amplio, excluyendo todo tipo de distinciones y privilegios entre los habitantes, hechos que antes no ocurrían.
    Preguntas al autor:
    Dado la ola inmigratoria a nivel mundial, sean por las guerras, por situaciones económicas, por terrorismo, etc. En un país como Argentina donde no hay una estabilidad económica constante sino más bien cíclica, usted considera que la llegada de extranjeros en masa es favorable para nuestra nación? ¿O podría generarse un desequilibrio que afecte no solo a nuestro país sino también a la región?
    ¿Qué propondría para que hoy en día se distribuyan las riquezas de manera eficiente?
    En Argentina donde existen tantos impuestos ¿es factible que el país pueda generar inversores reales en nuestra economía dado que las condiciones que se crean son adversas para los mismos? ¿No sería más favorable para ellos que vuelquen sus capitales a plazos fijos, a moneda extranjera (más estable) o bonos emitidos por nuestro país (Lebacs), en vez de volcarlos al crecimiento económico del país?

  14. Alberdi cree fundamental y prioritario la riqueza de los individuos que componen la Nación ante la riqueza del Tesoro de la Nación, y es en presencia de la primera que puede pensarse en la segunda.
    La riqueza de la Nación será posible por medio de la obtención de intereses materiales. Éstos se desarrollarán con el impulso de la industria, el trabajo, el fomento de la inmigración y colonización.
    La Constitución Nacional impulsa la producción de estos intereses materiales en su artículo 64, inciso 16 –norma orgánica de la economía constitucional- que hace viable el plan de Alberdi.
    Con este esquema, se afirma que primero se debe asegurar el crecimiento de la Nación, para que luego sea posible la riqueza del gobierno.

    Lo novedoso:
    Normalmente uno puede pensar que un país es próspero si el gobierno es rico. Pero en este artículo Alberdi demuestra que pasa todo lo contrario; es cuando los ciudadanos produzcan, y obtengan recursos a gran nivel cuando se puede representar a un gobierno rico. Por eso la importancia que se le da al desarrollo de intereses materiales en la Constitución.

    Preguntas:
    -¿Usted opina que el gobierno de hoy toma en consideración la riqueza de la Nación como prioridad ante la riqueza del Gobierno?
    -¿Qué gobierno fue el que más se acercó a esta idea?
    -¿Cree que en la situación en la que se encuentra actualmente el país es posible llevar adelante un modelo económico que priorice la riqueza de la Nación? ¿Cuáles cree que serían las medidas a llevar a cabo?

  15. RESUMEN
    En este capítulo se busca acentuar el concepto de riqueza y libertad y de cómo la constitución la regulaba en ese entonces. La riqueza es el principio de todo, busca satisfacer las necesidades generando así la rueda del trabajo, capital y consumo para ello. Luego como consecuencia la distribución y los miles de interrogativos para saber cuál es la manera más eficaz para repartir esa riqueza generada.
    Por otro lado trata el concepto de libertad y desglosa sus diversas ramas, trata de la libertad económica, política y de las asociaciones. Todas son necesarias pero con sus respectivos limites, siendo las más importante, la económica. Esta es reconocida para todos los habitantes, en cuanto pueden ellos tener su propiedad, explotarla o así también la libertad de trabajo, eligiendo obligarse a ofrecer sus servicios a otras personas; así logrando el objetivo principal que es la satisfacción de sus necesidades.

    LO NOVEDOSO
    Uno de los puntos más destacados a mi parecer es el concepto de la propiedad, determina que la libertad de la misma es la solución a todos los conflictos y en cuento el Estado viene a limitarla o atacarla sacrifica la mejora del futuro.
    Con ello el concepto de expropiación en donde determina que esta no existe sin una previa indemnización

    PREGUNTAS AL AUTOR
    ¿Qué motivos son suficientes para que el Estado determine la expropiación?
    ¿Qué parámetros se tienen en cuenta para establecer los daños causados por la expropiación, y la indemnización que esta abarque?
    ¿Qué quiere decir con la frase: la distribución de la riqueza debe ser libre y opera por si sola?

  16. Resumen:
    En el libro de Alberdi, se plantea como asegurar los beneficios de la Constitución, siendo estos la libertad en sentido amplio como la Civil, religiosa, economía. Contribuyendo así al bienestar general.
    Exponiendo también el articulo 64, inciso 16 de la Constitución Nacional, el cual da al gobierno legislativo el camino hacia la prosperidad tanto del país como el bienestar de todas las provincias. Citando al autor , “el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines”.
    El autor hace hincapié en dos puntos importantes 1- que las leyes protectoras de la producción, al tener sus principios en la Constitución no pueden ni deben ser arbitrarias; 2 que la Constitución Argentina es la primera en distinguir la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno, la cual es un medio para obtener contribuciones abundantes, la cual contribuye a la riqueza de la Nación.
    Novedoso:
    Es que Alberdi plantea proteger la producción, con los principios proteccionistas plasmados en la Constitución Nacional, los cuales son muy amplios ya desde la concepción de esa época, hasta la actualidad.
    Preguntas:
    Estas medidas proteccionistas han afectado actualmente las políticas económicas?
    Que diferencias nota en estas medidas entre esa época y la actualidad?

  17. Alberdi comienza a descifrar el espíritu de la ley , de la Constitución Argentina ,su significado o lo que el pretendía que fuera para un futuro, empieza con lo que es el preámbulo , donde explica como la Libertad es lo que le va a dar prosperidad y riqueza a la nación , hace una diferencia entre lo que es la riqueza de la nación y la riqueza del gobierno , entendiendo que sin riqueza en la nación no hay progreso no hay gobierno , sin la acumulación de capital en un sentido amplio incluyen do también a los extranjeros que quieran habitar suelo argentino , como brazos para extraer la riqueza del país , luego hace una reseña de todas las garantías constitucionales su relación con cada uno de los elementos económicos y políticos , y por que son importantes para el progreso del Pais .-
    Lo novedoso ; es tal vez encontrar a un político que si bien el no podría ver los resultados de su trabajo como el decía no se pueden ejecutar con decreto , sabia que era lo mejor para el País lucho por que sus ideas puedan ver la luz y dar sus frutos .-
    Preguntas :
    ?cuanto tiempo le tomo a la Argentina ver los frutos de las ideas de Alberdi plasmadas en la CN ?
    ?que opinaría Alberdi acerca de la excesiva presión tributaria y regulación Argentina actual ?
    ? Cuando fue que torcimos el camino de las ideas de Alberdi ? ? o que hechos fueron los mas significativos ?

  18. DISPOCISIONES Y PRINCIPIOS DE LA CONSTITUCION ARGENTINA REFERENTES A LA PRODUCCION DE LAS RIQUEZAS

    El capitulo refiere al preámbulo de la constitución en donde expresa :promover el bienestar general ,y asegurar los beneficios de la libertad para los argentinos y para todos los hombres que quieran habitar el suelo argentino.
    La libertad ,cuyos beneficios procura asegurar la constitución es la libertad de todo genero,tanto la civil como la económica,religiosa,de otro modo no lo prometería a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino.
    La constitución argentina en su art 64 inc 16 dando al gobierno legislativo el poder de realizar todo lo conducente a la prosperidad del país y progreso de la ilustración.
    El fomento de la industria ,la inmigración ,la construcción de ferrocarriles,la importación de capitales extranjeros ect.Como la industria ,es decir,trabajo,inmigración y colonización,como los capitales no son mas que instrumentos de la producción de riquezas ,se infiere que las leyes protectoras de esos medios son otras leyes protectoras de producción.
    La contitucion es la primera que distingue la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno ,esta ultima es accesoria de la primera .Es la que hace mas rica a la nación .
    LO NOVEDOSO:La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes que son :TRABAJO,CAPITAL Y TIERRA .Se opera tres formas de trabajo industrial que son AGRICULTURA ,FABRICAS Y EL COMERCIO .
    No hay otros modos de producción ni división de la industria del hombre fueras de estas .
    Alberdi en su libro divide cuatro artículos que tratan:
    1)DE LAS GARANTIAS DE LA PRODUCCION EN GENERAL
    2)RELATIVAS A LA PRODUCCION AGRICOLA
    3)PRODUCCION FABRIL
    4)PRODUCCION COMERCIAL
    1)Son garantías comunes a todo genero de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial:
    LA LIBERTAD, LA IGUALDAD ,LA PROPIEDAD ,LA SEGURIDAD,LA INSTRUCCIÓN.
    Estas garantías tienen 2 aspectos uno MORAL Y POLITICO y Otro MATERIAL Y ECONOMICO
    2)Esta consagrada en la constitución en el art 14 derecho a TRABAJAR Y EJERCER TODA INDUSTRIA LICITA ECT….
    3)En los términos en que la constitución establece el principio de igualdad dan a esta garantía un inmenso influjo en la distribución y producción de las riquezas ,como son los art 14 , 15 , 16 y 20
    3 PREGUNTAS QUE LE HARIA AL AUTOR :
    1)PIENSA QUE SON RESPETADAS LAS GARANTIAS DE LIBERTAD Y BIENESTAR GENERAL ASEGURADAS EN LA CONSTITUCION ACTUALMENTE?
    2)A QUE SE REFIERE CUANDO HACE DISTINSION ENTRE RIQUEZA DE LA NACION Y RIQUEZA DEL GOBIERNO?
    3)QUE MEDIDAS TOMARIA PARA BAJAR EL INDICE DE INFLACION ?

  19. Resumen:
    Alberdi explica que principios apuntó a motivar en la Constitución, siendo éstos la libertad, tanto civil como religiosa, y económica, para todo aquel que quiera habitar el suelo argentino.
    Dado por el fomento a la industria, la inmigración, construcción de ferrocarriles y canales navegables, colonización de tierras, etc. Conduciendo así a la prosperidad del país por vía del poder legislativo, quien tiene demarcado y señalado cuáles son sus medios conducentes a esos fines de bienestar y mejoramiento en todo género.
    Señalando cuáles son las leyes que protectoras de esos principios, como aquellas que protegen la producción y derivan de la propia Constitución. Considera fundamental que se distinga la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno, viendo esta última como rama accesoria de la primera, siendo que el objetivo y verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.
    Lo novedoso:
    Novedoso para la época, y acertado en cuanto a la formación y el crecimiento del Estado Argentino. Son principios que compartía Alberdi con la llamada “generación del 37”. Resulta muy inteligente y necesaria para la época la idea de poblar el país, recorrer sus ríos, fomentar la inmigración, el establecimiento de nuevas industrias, y la importación de capitales extranjeros, siendo muy consciente que así es como ese naciente país, a pocas décadas de la Revolución de Mayo, iba a generar sus riquezas.
    Son principios que bien tendrían que tenerse en cuenta hoy en día, en tanto y en cuanto, se vé como el 33% de la población total del país se encuentra aglomerada en el área metropolitana de Buenos Aires y poco desarrollo del interior, pese a que también hay centros urbanos importantes, son insuficientes, y la inmigración también se concentra en dicha zona, en lugar de retomarse esos principios de “poblar la tierra, navegar los ríos”.
    Preguntas al autor:
    -¿Qué haría Alberdi en la Argentina de hoy, en cuanto a las medidas proteccionistas vigentes, y aquellas que aplican gravámenes sobre determinadas actividades, en un contexto de déficit?
    -¿Cree que en la Argentina de hoy hace falta más libertad y menos intervención del Estado?

  20. RESUMEN
    Alberdi destaca el contenido del preámbulo y la importancia que le da a la libertad. Sus intereses contribuyen al bienestar general, siendo los intereses materiales los más importantes. También menciona los medios conducentes a la prosperidad y bienestar de todas las provincias: tales como el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles, etc. Una distinción importante que realiza, es la que se refiere a la Constitución Argentina como la primera que distingue la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno. En tal sentido, el objetivo debe ser hacer rica y opulenta a la nación para tener contribuciones abundantes. Es decir, que para que el gobierno sea rico, primero debe ser rica la nación. Por ello, destaca las garantías y libertades comunes a los factores de riqueza y a los modos de producción, ellos son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.
    NOVEDOSO DEL TEXTO
    Tomando una postura con respecto a las contribuciones, es novedoso que Alberdi tuviera en aquellos tiempos una postura tan clara, al destacar que primero era necesario hacer rica a la nación para que el gobierno luego establezca las bases de su riqueza. En tal sentido, desarrolló el verdadero concepto de libertad económica, donde el Estado primero debe “dejar hacer” la actividad generadora de riqueza, una vez consolidada, podrá exigir una proporción de esta riqueza en impuestos. No hay verdadera libertad, si antes de desarrollar las actividades que llevaran a generar riqueza, el Estado pone trabas a este desarrollo.
    PREGUNTAS
    1) ¿Las bases de la riqueza de un gobierno solo deben constituirse a través de la generación de impuestos?
    2) La igualdad en los impuestos en tanto proporcionalidad según el ingreso de riquezas. ¿Debe ser una prioridad para generar la riqueza de la nación?
    3) La constitución habla de instrucción primaria pública y gratuita pero no menciona la educación secundaria. ¿Qué lugar se le debe dar a esta etapa educativa para el desarrollo de la nación?

  21. Resumen:
    En los capítulos 1 y 2 de la Lectura, Alberdi hace una exhaustiva referencia a los preámbulos de la Constitución Nacional, exponiendo los reales objetivos por la que fue creada. Destaca en particular el contenido del preámbulo y cómo éste contribuye al bienestar general, tanto de la nación como de las diferentes provincias.
    Alberdi realiza una concreta distinción, que se refiere a que la Constitución Argentina fue la primera en distinguir la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno. Y en tal sentido, para la que le gobierno sea rico, la Nación debe ser rica en primer instancia. Por último, destaca las garantías y libertades comunes a los factores de riqueza y a los modos de producción, ellos son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.

    NOVEDOSO:
    Personalemente, lo que más me sorprende es la claridad y visión en la que el Señor Alberdi interpretaba la economía, y tantos años atrás ya tener bien claro qué era lo que iba a hacer que nuestro país prospere.

    PREGUNTAS:
    1- En el contexto de défifit y crisis del país hoy en día, ¿qué haría el Señor Alberdi?
    2- ¿La Nación debería ser más liberal y no tan intervencionista?
    3- ¿Qué opina sobre la excesiva presión fiscal actual?

  22. Alberdi hace referencia en este capitulo al preámbulo de la Constitución, y la importancia que este le da a la libertad. Sus intereses contribuyen al bienestar general, siendo los intereses materiales los más importantes.
    La libertad se logra mediante el fomento a la industria, la inmigración, construcción de ferrocarriles y canales navegables, colonización de tierras, etc.
    La constitución, relata Alberdi, distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del Gobierno, por lo tanto para que el gobierno sea rico, primero debe ser rica la nación.
    Para eso, destaca las garantías y libertades comunes a los factores de riqueza y a los modos de producción, ellos son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.

    Lo novedoso, es que tanto Alberdi como la constitución optan por la libertad para prosperar como país.

    Preguntas:
    ¿como la libertad generaría riquezas?
    ¿porque cree que hace años nuestro país esta estancado económicamente?

  23. RESUMEN: En este primer capítulo, Alberdi repara sobre el Preámbulo de la Constitución, que primordialmente establece que se debe promover el bienestar general, y asegurar la libertad de todo género. También señala que los intereses materiales, impactan de manera directa en el bienestar general, no es casualidad que la Constitución haga hincapié en fomentar y proteger la producción. También, distingue la riqueza del fisco con la riqueza de la Nación. Por otro lado, en el segundo capítulo, menciona al trabajo, el capital, y la tierra, como agentes que hacen posible la producción de riquezas, y a la agricultura, fábricas, y comercio, como modos de producirla. Finalmente, el autor continúa mencionando las garantías y principios comunes a los distintos géneros de industria, como son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad, y la instrucción, relacionando intrínsecamente con la producción de riquezas.

    NOVEDOSO: Lo que me pareció más novedoso de este capítulo es la especial importancia que le da el autor a la relación entre los derechos consagrados en la Constitución Nacional, como la libertad de culto, la libertad de enseñar y aprender, la libertad de prensa, con la producción de las riquezas, y como ve que en cada uno de esos derechos hay un componente que impacta en su economía. Otra cosa que resulta interesante es la importancia a la relación triangular tierra; trabajo; capital que le da Alberdi, ya que sin estos no cree posible la producción de riquezas.

    PREGUNTAS:¿En la actualidad cree que los agentes de la producción de la riqueza siguen siendo los mismos o se han modificado?

    ¿Cree que hoy en día son respetados estos principios por los que vela la constitución en relación a la producción de riquezas?

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