Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi, Sistema Económico y Rentístico, donde habla de cómo habrá de pagarse el endeudamiento del estado:
“De lo dicho hasta aquí resulta, que toda la cuestión de la posibilidad del crédito público para la Confederación se reduce a saber si ella es capaz de pagar los intereses o rentas de sus fondos públicos, y de gastar sumas menores que esas rentas en la amortización de los capitales de su deuda.
No puede caber duda de que tiene facultades o medios suficientes para ello, desde que puede tener más de dos millones de entradas generales efectivas, inmensas tierras exentas de gravamen y la posesión de un nuevo régimen de gobierno interior y exterior, que le asegura un porvenir abundante y próspero.
Estas ventajas dejarían de ser garantías verdaderas y capaces de sustentar el crédito público de la Confederación, si no tuvieran la firmeza y estabilidad que deben a la Constitución sancionada para toda la República en 1853, y sobre todo a los tratados de libre navegación fluvial celebrados con la Inglaterra, la Francia y los Estados Unidos, que hacen irrevocable el nuevo régimen económico y rentístico de la Constitución de 1853, que pone en manos de las provincias el goce real de su Tesoro nacional.
El ejercicio del crédito, hecho posible por ese régimen de cosas, servirá a su vez para consolidado; la deuda pública y la civilización argentina organizada en su Constitución se servirán de mutuo apoyo. Cuanto mayor sea la deuda, mayor será el número de los prestamistas que ofrezcan su dinero. La deuda pública, empeñando a todo el mundo en la estabilidad del deudor común, que es el gobierno, constituye una de las garantías más poderosas en favor de la paz: cada acreedor, cada poseedor de un fondo público es un centinela del orden.
Así, el nuevo orden económico de cosas, la Constitución que lo consagra y los tratados internacionales que lo garantizan indirecta pero eficazmente, hacen posible la renta pública y practicables los recursos para su formación, porque dan garantías de desarrollo a las rentas particulares del trabajo, del capital y de la tierra, en todos los ramos de la industria, de las cuales es derivación la renta fiscal.
Ella crea el impuesto creando la materia imponible: es el método de la verdad en la filiación de las rentas.
Toda renta pública o privada viene con la constancia en la labor. El que planta un gajo de álamo espera diez años para convertir en un peso fuerte la madera del árbol que se ha formado de ese gajo, con una sola condición: – esperar diez años. La viña, la morera, el trigo, el ganado, todo sigue la misma ley de formación: el tiempo entra en ello como una condición de su vida. La renta pública, parásita de la privada, sigue la ley de formación de toda riqueza producida. La constancia exige fe. El que no cree en la libertad como fuente de riqueza, ni merece ser libre, ni sabe ser rico. La Constitución que se han dado los pueblos argentinos es un criadero de oro y plata. Cada libertad es una boca mina, cada garantía es un venero. Estas son figuras de retórica para el vulgo, pero es geometría práctica para hombres como Adam Smith. Llevad con orgullo, argentinos, vuestra pobreza de un día; llevadla con esa satisfacción del minero que se para andrajoso y altivo sobre sus palacios de plata sepultados en la montaña, porque sabe que sus harapos de hoy serán reemplazados mañana por las telas de Cachemira y de Sedán. – La Constitución es un título de propiedad que os llama al goce de una opulencia de mañana. El que no sabe ser pobre a su tiempo, no sabe ser libre, porque no sabe ser rico.”
Sistema económico y rentístico…
Tercera parte
CAP 3, Arts. VI al XII
Continuando la cuestión del consumo, en esta oportunidad Alberdi hace referencia a los ingresos sobre los cuales la Confederación ha de solventar los gastos de su ejercicio, puntualmente la recaudación aduanera y el crédito público. Desarrolla ambos medios de manera histórica, para enfatizar lo que significaron para Buenos Aires y la Confederación en la época de Rosas, su actualidad y por último el objetivo a lograr, sustentado por la Constitución.
Buenos Aires, durante el gobierno de Rosas, no solo controlaba el único puerto de la Argentina, sino que también se quedaba con los ingresos obtenidos por los impuestos a las importaciones y exportaciones, pese a que legalmente correspondía la distribución entre las provincias. Justificaba tal decisión en la necesidad de pagar el Empréstito Ingles, un préstamo solicitado en el exterior, el cual originalmente tubo la finalidad de financiar la remodelación del Puerto de Buenos Aires, y otras obras publicas en esa provincia. Pero, dada la guerra del Brasil, esos fondos fueron desviados a esta campaña; es por este fin a favor de Argentina, y no exclusivo de Buenos Aires, que esta provincia debidamente descontaba de los ingresos “nacionales” el pago de las cuotas del Empréstito.
El autor realiza un paralelismo entre Buenos Aires y la Confederación, donde el primero al concentrar la mayoría de los ingresos aduaneros, pudo desarrollar un sistema económico estable, que brindaba seguridad y confiabilidad a los acreedores de los títulos que componían su crédito público, así como crear una moneda aceptada. Por su parte, la Confederación carecía de ingresos aduaneros, y con una economía pobre y débil se le dificultaba pedir préstamos, ya que no disponía de ingresos suficientes que garanticen la devolución como para animar a sus posibles acreedores. Si bien la Constitución de 1853 consagraba la libre navegación, pudiendo las provincias comerciar desde sus propias aduanas con el exterior, e ingresando a sus propios Tesoros lo recaudado, seguían sin lograr la estabilidad de Buenos Aires.
Los objetivos que propone el autor se basan en alcanzar la estabilidad económica producto de afianzar la confianza y seguridad. Para ello requiere obtener los ingresos necesarios para afrontar sus obligaciones y reducir el gasto público. A modo de efecto cadena, tendrá más demanda de los créditos que emita, revalorizando los mismos, pudiendo establecer inclusive una moneda.
Sr. Alberdi, usted habla reiteradamente del potencial de las provincias de la Confederación para lograr riquezas, ¿Por qué buscaron continuamente la incorporación de Buenos Aires, en lugar de apartarse definitivamente? ¿Cómo hubiese resultado dicha separación? Siguiendo su idea del desarrollo económico en medida de las exportaciones que se realicen, ¿Existió algún tipo de ayuda o fomento económico a quienes podían producir en las provincias, por ejemplo préstamos privados desde alguna institución pública?
Alberdi en el capitulo 3, en las secciones referidas a deuda publica, considera a esta como un medio un medio relevante de financiacion. La confederacion adopto el sistema de deuda publica conocido como FONDO PUBLICO, el cual habia adoptado previamente Buenos Aires (cuyo origen es ingles), este consiste en: en que el ESTADO abra un libro en que reconozca ser deudor de un fondo de 5 millones o mas y promete el pago sin obligarse a reembolsar el capital inicial. La renta sera a favor de aquel que aparezca como acreedor en los libros del Estado, a su vez sera acreedor aquel que posea billetes o vales emitidos por el Estado que representan el prestamo. A su vez como garantia de pago al acreedor se brinda una hipoteca de la renta y los bienes ordinarios del pais (este es el sistema de deuda consolidada- que el autor considera mas efectivo que el sistema de la deuda no consolidada-). Considera Alberdi que los billetes pueden servir para el gasto publico. Es tal el punto que se le brinda a la deuda publica como medio de financiacion que se considera a esta como medio para mantener el orden nacional, puesta que al ser el gobierno un deudor comun los acreedores haran todo lo posible en mantener el orden para asegurar el pago.
La historia de la deuda en nuestro pais es muy compleja y con el paso del tiempo fue creciendo cada vez mas hasta producirse el default en el 2001 produciendo una crisis financiera. Teniendo en cuenta ello: ¿es la emision de deuda el mejor metodo de financiamiento?
El autor en el capitulo 3, en las secciones VI-XII, habla sobre como financianzarse a travez de emprestitos, como asegurar la financiacion y como pagar los mismos. La confederacion al igual que la provincia de Buenos Aires el sistema de fondo publico, el cual consiste en: en que el Estado se reconoce como deudor de 5 millones, 10 millones o mas, bajo la promesa del pago periodico de una renta sin comprometerse al reembolso del capital . (figurando como deudor en el libro del Estado). Dicha renta sera a favor de todo aquel que concienta ser plasmado como acreedor en los libros de deuda publica del Estado, por el valor de los billetes o cedulas el cual este adquirio a patir del pago al Estado o a un vendedor paritucular. Estos vales o billetes tienen un valor entre 50 y 200 pesos. Como garantia al acreedor se constituye una hipote en las rentas o bienes ordinarios del Estado nacional. La confederacion se baso en el sistema adoptado por Buenos aires, que a su vez se baso en el sistema de finanzas ingles. Alberdi considera que la emision de bonos, ademas de medio para obtener financiacion, lo vislumbra como elemento para asegurar el orden en la Nacion. Esto debido a que los acreedores no permitiran irregularidades economicas puesto que estan resultan una amenaza para el pago de los creditos. Otra garantia al acreedor para el pago de deuda es la reduccion del gasto publico, el creador de las bases considera que este es un sacrificio necesario puesto que a partir de la financiacion externa el pais obtendra los recursos que carece para asegurar su crecimiento.
PREGUNTA: En su articulo plantea las ventajas que se producen apartir de la financiacion por deuda. ¿Que opinion tiene usted sobre el megacanje y el desenlace de este?
La Constitución Nacional admite al crédito como un recurso del tesoro nacional, entendiendo a este como un elemento moderno de gobierno y de progreso industrial. La Constitución argentina comprende en el recurso del crédito nacional los empréstitos y las operaciones de crédito, con lo cual admite el ejercicio de todos los medios conocidos de levantar fondos por medio del crédito del Estado.
Para obtener estos empréstitos o préstamos, el Estado debe infundir confianza, ser puntual y fiel en sus promesas; y demostrar que es un país estable en el que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores. Además, el gobierno no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de la deuda, sino que le bastará tener el necesario para pagar los intereses.
Por otro lado, también Alberdi entiende como viables los empréstitos directos, con la emisión de títulos por el Estado. En estos, el Estado se reconoce deudor por una suma determinada; y promete el pago de una renta periódica instrumentada por billetes o vales que se libran a la circulación. Entiende este sistema como uno ingenioso, practicable y eficaz.
Otra opción son las deudas flotantes o emisión de billetes de las oficinas del Tesoro Nacional por contribuciones pagadas con anticipación. Esta es una de las variantes más seguras con las que contamos.
En beneficio de la Nación, no existe la posibilidad de emitir papel moneda como crédito estatal. Este falso crédito desestabilizaría el orden. Para la emisión se necesita siempre un respaldo de base metálica, real y positiva (actualmente también se admiten monedas extranjeras fuertes).
Me sorprendió la claridad con la que Alberdi esboza los peligros de perder o manchar el honor argentino con el incumplimiento del pago de una deuda. Creo que sus palabras, aunque tienen sus años, siguen siendo aplicables hoy en día. Él entendía que el Estado Argentino necesitaba de la conjunción de varios factores para poder progresar y paradójicamente, muchos de estos se encontraban fuera de nuestro territorio (inmigrantes, inversores, capitales, etc.). Concretamente expresa que los gobiernos argentinos debían ser muy ciegos para desconocer, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse. Algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre.
¿Cómo podría un gobierno asegurar que las deudas contraídas durante un mandato sean respetadas por el siguiente? ¿Considera que legislar sobre este asunto sería de ayuda?
¿Qué países considera usted que actualmente infunden la confianza necesaria para contraer deuda?
¿Cuánto tiempo le llevaría a la Argentina posicionarse como un país estable que cumplirá con sus deudas contraídas?
Alberdi en esté capitulo aborda lo que es la deuda pública y se puede notar en el capítulo que entiende de manera positiva que el Estado Nacional tome deuda pública debido a que tiene formas de pagarlas, por lo cuál no será un incoveniente para los tiempos próximos debido a que tiene varios respaldos y garantías que lo autirizarían. Alberdi ve principalmente de manera positiva adquirir prestamos debido a que entiende que estos le permitirán a la Argentina un desarrollo y una incorporación importante en el orden mundial que se está estableciendo y perdura por los próximos años. Por último Alberdi invoca al obrero y todo tipo de ciudadano a ser paciente en la pobreza y hacer un esfuerzo por su país en este momento, debido a que en el futuro el y logicámente todos nos veremos beneficiados.
Lo interesante sería entender si lo que está proponiendo la gestión macrista al día de hoy no es muy distinto a lo que Alberdi vío en su momento. Una oportunidad de adquirir deuda y pedirle al pueblo que sea paciente en la pobreza para beneficiarse en un futuro.
¿Ve alguna similitud entre lo que usted escribío y lo que Macri propone al pueblo argentino con respecto a ser pacientes en la pobreza? ¿Por qué? ¿Cuál cree que es el límite que debe tener una Nación a la hora de endeudarse? ¿Cree que el pueblo fue paciente en la pobreza y eso permitío unos años de riqueza en la Argentina a comparación de América Latina que duraron hasta los años 70?