Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el libro de Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”. En su introducción, Alberdi analiza las distintas escuelas económicas y a cual pertenece la Constitución:
“Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:
1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.
2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.
3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.
Sobre cada uno de esos elementos ha surgido la siguiente cuestión, que ha dividido los sistemas económicos: – En e1 interés de la sociedad, ¿vale más la libertad que la regla, o es más fecunda la regla que la libertad? Para el desarrollo de la producción, ¿es mejor que cada uno disponga de su tierra, capital o trabajo a su entera libertad, o vale más que la ley contenga algunas de esas fuerzas y aumente otras? ¿Es preferible que cada uno las aplique a la industria que le diere gana, o conviene más que la ley ensanche la agricultura y restrinja el comercio, o viceversa? ¿Todos los productos deben ser libres, o algunos deben ser excluidos y prohibidos, con miras protectoras?
He ahí la cuestión más grave que contenga la economía política en sus relaciones con el derecho público. Un error de sistema en ese punto es asunto de prosperidad o ruina para un país. La España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad.
Veamos, ahora, cómo ha sido resuelta esta cuestión por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política.
La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo. Colbert formuló y codificó el sistema económico introducido en Europa por Carlos V y Felipe II. Esa escuela, perteneciente a la infancia de la economía, contemporánea del mayor despotismo político en los países de su origen galo-español representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria.
A esta escuela se aproxima la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Por motivos y con fines diversos, ellas se dan la mano en su tendencia a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.
Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina.
Enfrente de estas dos escuelas y al lado de la libertad, se halla la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.
La filosofía europea del siglo XVIII, tan ligada con los orígenes de nuestra revolución de América, dió a la luz la escuela physiocrática o de los economistas, que flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: – dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.
En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.
A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución.”
1) Haciendo un resumen de las ideas de Alberdi en la introducción a su libro, puedo mencionar que:
a) Deja en claro que la Constitución contiene un sistema completo de política económica (más que de economía política) al garantizar los principales agentes de la producción (tierra, trabajo, capital) y ratificar el equilibrio en la distribución de la riqueza, remarcando la importancia e interés de que se hagan conocidos los principios económicos de manera práctica.
b) Plantea la necesidad de seguir la doctrina económica desarrollada en el texto constitucional, y realiza una distinción entre las escuelas que profesan doctrinas opuestas y las que siguen el plan económico constitucional, con el fin de evitar el alejamiento de aquellos que desconozcan sus principios (por falta de conocimiento y una educación ignorante de la totalidad de las teorías).
c) Afirma, que la escuela de la libertad proclamada por Adam Smith es el único modelo a seguir por la Constitución, ya que, es la libertad económica en todos sus aspectos (y no la política) lo que genera la riqueza para satisfacer las necesidades más vitales de un país, aclarando que una vez lograda dicha satisfacción, es necesario averiguar la manera en la distribución entre quienes la producen, debiendo realizarse libremente por la voluntad de cada uno.
2) Haciendo un breve repaso por la historia económica política de nuestro país, se visualiza claramente que el sistema económico propuesto por Alberdi se ha dejado de lado en distintas etapas, algunas llevando al caos y en otras logrando el éxito, resultando novedoso el pragmatismo de su pensamiento en función de las distintas escuelas económicas, y la advertencia ante la posibilidad de que se alteren los principios económicos liberalistas con el paso del tiempo, siendo una gran proyección ante lo futuro y desconocido.
También es destacable la facilidad al hablar sobre los problemas acerca de las necesidades de carácter publico de nuestro país, ya que, hoy en día se siguen dando grandes debates económicos y políticos para encontrarle a dichos problemas que desde los orígenes de la formación de nuestro país nos acomplejan.
3)
a) Teniendo en cuenta los distintos modelos económicos planteados en nuestro país ¿Usted considera que sigue siendo el liberalismo económico la mejor opción para satisfacer las necesidades publicas?
b)Teniendo en cuenta la elevada tasa inflacionaria que se tiene en la actualidad ¿Usted cree que con las medidas propias del liberalismo se solucionaría?
c) Teniendo en cuenta la producción de la riqueza ¿Cómo resolvería actualmente la desigualdad en la percepción de acuerdo a la colaboración de cada uno?
Resumen:
Alberdi destaca la importancia que causa la Constitución en materia económica. Es la codificación de una doctrina económica con raigambre en el estandarte de la Libertad. Establece que la Riqueza “importa a la prosperidad de la Nación y la existencia de poder”, sin ella no hay Estado. Debemos estudiar los principios adoptados por nuestra Constitución, y tenerlos presentes para no caer en principios opuestos a donde la vorágine nos puede desembocar; es aquí donde nuestro autor destaca a Adam Smith y su escuela de la Libertad. Nuestra Carta Magna es la expresión de una revolución de Libertad, le debemos a Smith nuestra doctrina. Consagramos este principio por ser tradición política de la revolución de mayo de 1810 contra la dominación española, como el motivo principal de guerra. Es el motor para escapar del atraso, es reflejo de la dignidad del trabajo en todas sus aplicaciones. Y para satisfacer nuestras necesidades públicas, como civilización, dignidad, hogar, primero necesitamos de la Riqueza (hija del trabajo, del capital, y de la tierra) y ella solo se logra garantizando una completa independencia y Libertad.
Novedoso:
Debo destacar mi asombro por tal visión en una época como la de 1853. Alberdi despejó todo tipo de interpretaciones abstractas que se pudieran hacer. Es un hito expresar que la Constitución contenga toda esta riqueza económica. Comprende una intervención en la producción, distribución y consumo de la riqueza, que en definitiva, es generada pura y sencillamente por la Libertad.
Y por otro lado, es novedoso el análisis que hace acerca de que cualquier necesidad pública va a depender primero de una necesidad económica. No hay hogares o instrucción, por el simple hecho de que no está el medio para sustentarlo. Es lo primero en que hay que ocuparse y lo remarca. Solo se puede escapar del atraso con una libertad concedida ampliamente, la cual se organiza a través del trabajo en todas sus dimensiones, y vuelve a enfatizar la idea de Adam Smith (omnipotencia y dignidad del trabajo). La riqueza es obra del hombre, no de un gobierno; he aquí la importancia de saber diferenciar la libertad de la que habla la Constitución, la libertad civil.
Preguntas que le haría al autor:
1) ¿Literalmente, lanzarse en el terreno de las novedades, implica desviarse del sentido de las disposiciones de la constitución? ¿En cierto grado moderado, no implicaría nutrirlas, sin alterarlas?
2) La Economía de la Constitución, no debería depender de un partido político interior, pero ¿Por qué no de un “sistema” que lleve de estandarte la Libertad?
3) ¿El concepto de ley natural en la distribución de la riqueza, es pasible de explicación lógica? ¿Cómo se interrelaciona con los consumos públicos, donde sí se establecen reglas?
RESUMEN
En la introducción de su obra, Alberdi establece que la Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica ya que garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, siendo estos principales agentes de la producción de dependencia mutua.
Por otra parte, establece que hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas: a) agentes productore; b) modo de aplicación de esas fuerzas, el cual consta de tres fases; c) los productos de aplicación de esas fuerzas. Sobre cada uno de esos elementos surgieron cuestiones que dividieron los sistemas económicos, los cuales fueron resueltas por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política: escuela mercantil, escuela socialista, escuela physiocratica y escuela industrial.
Fue esta última escuela industrial de Adam Smith la doctrina económica seguida por nuestra Constitución, la cual se basa en la omnipotencia y la dignidad del trabajo, el trabajo libre y en todas sus aplicaciones, como el principio esencial de toda riqueza.
LO NOVEDOSO
Alberdi manifiesta que la prosperidad de la argentina no depende de ningún sistema ni partido político ya que la Republica, no tiene ni tendrá otro camino para escapar del desierto, de la pobreza y del atraso, que la libertad concedida del modo más amplio al trabajo industrial en todas sus fuerzas. El sistema económico que establece la Constitución es la facción que la distingue y coloca sobre todas las constituciones republicanas de la América del Sud pues interpreta que son económicas las necesidades más vitales del país, y los medios para satisfacer aquellas necesidades dependerán de la acción del Estado.
Esto es desde mi punto de vista algo novedoso planteado en aquel entonces, teniendo en cuenta que ya ha pasado más de un siglo y podríamos seguir sosteniendo que son económicas las necesidades más vitales del país ya que con el correr del tiempo el nivel de pobreza se fue incrementando.
PREGUNTAS AL AUTOR.
1) ¿Considera que hoy en día sigue siendo el sistema económico la facción que distingue a la Constitución Argentina sobre todas las constituciones republicanas de América del Sud?
2) ¿Cree usted que sigue siendo viable en la actualidad el sistema económico adoptado por la CN de 1853?
3) ¿Podria sostener que sigue siendo la escuela industrial de Adam Smith la doctrina económica a la cual pertenece la Constitucion Argentina o considera que sería la escuela de la economía socialista?
La introducción que Juan Bautista Alberdi brinda a su libro “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” da un marco político a su obra.
Enuncia lo que él entiende como elementos concurrentes en la producción de riquezas: Trabajo, Tierra y Capital como fuerzas o agentes productores. El agro, el comercio, y la industria fabril como las fases del modo de aplicación. Y los productos de dicha aplicación como tercer elemento. Definidos estos, analiza las distintas disyuntivas que dan lugar a diferentes puntos de vista sistematizados al momento.
De manera retórica pregunta, enfrentando regulación y libertad en cada ítem elemental. Busca de esta forma desnudar el encuentro crítico entre economía política y derecho público. Realiza una descripción sucinta de las principales escuelas económicas y las soluciones que cada una dio a esos interrogantes.
Luego estipula como propia de la escuela liberal a la Constitución Nacional, y la impermeabilidad de esta a instrumentos complementarios para el ordenamiento legal derivado.
Lo novedoso del texto de Alberdi se vislumbra en la incorporación de elementos de análisis modernos. La industrialización en ciernes y la política en estado de alta volatilidad apremian a definiciones que den certidumbre, así parece entenderlo.
Son novedosas también las valoraciones que hace en clave social al sistema liberal y su rol en la conformación de un estado con obligaciones esenciales.
Por último cabe destacar la complejidad en su bogar por una organización estatal garante de un derecho público inteligente que no atente contra sí mismo.
Las preguntas para hacerle serían.
¿Entiende hoy en día a la riqueza como objetivo primario para la subsecuente distribución?
De serlo. ¿No termina siendo un deambular destructivo?
¿Casi dos siglos después, como se podrían reformular los postulados liberales de su época?
En la introducción al “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, Juan Bautista Alberdi, procura darle un cuerpo sistemático a las diversas disposiciones relativas al orden económico y fiscal que se encuentran previstas en nuestra Constitución. De esta manera, el autor intenta dejar cimientos extremadamente claros respecto de la orientación ideologica de debe seguir el naciente país toda vez que el Estado, a través de sus representantes, deba tomar decisiones. Para lograr esto, se desarrolla brevemente cuales son los tres elementos que concurren a la formación de riquezas y también una caracterización de las diversas escuelas en las que se dividían los economistas al momento de escribirse este libro. Tras esto, Alberdi toma partido dentro de la escuela liberal. Con una gran confianza de que esta es la única escuela que logrará procurarle la riqueza que nuestros fundadores nos deseaban.
Lo primero que me llamó la atención en el escrito alberdiano es el profundo pragmatismo que profesa al escribir este texto. Tal era su confianza en los poderes de la libertad y del progreso, que sostiene que no tiene relevancia la política en este sentido. No importa si son unitarios o federales, solo la libertad económica podrá hacernos escapar del atraso y la pobreza. Esta idea es algo que, 150 años después, parecemos haber olvidado. Por otro lado, me interesó el afán cientificista que tiene en algunos pasajes de la introducción, en muchos momentos habla de principios económicos como si se trata de leyes tan inobjetables como las de las matemáticas o de la física. Sin dudas en eso, y en la forma en que el autor sostiene que las riquezas se crean a través de los principios del trabajo libre y la abstención estatal, se ve la gran influencia que tuvo Adam Smith en este trabajo.
Para finalizar, las preguntas que le haría son:
1) ¿Cómo conciliar la creación de riquezas, y los principios de abstención estatal, con la posible distribución inequitativa que podría producirse?
2) ¿Qué opinaría de las leyes paternalistas de los gobiernos contemporáneos que se inmiscuyen en los consumos privados de los ciudadanos? (Por ejemplo, uber, o la prohibición de poner saleros en las mesas de los restaurantes)
3) Si la riqueza es creada únicamente por obra de los ciudadanos y no del gobierno: ¿sería justo que el Estado funde empresas de servicios que compitan con empresas privadas ofreciendo lo mismo? (Por ejemplo: YPF o Aerolineas Argentinas)
Resumen
En la introducción Alberdi establece cuáles son las cuatro principales escuelas en que se divide la ciencia economía: por un lado, la mercantil y la socialista y, por el otro, la physiocrática y la industrial. A ésta última, la escuela industrial de Adam Smith, pertenece la doctrina económica que adopta la Constitución Nacional de 1853, la cual se basa en la libertad concedida al trabajo industrial en todas sus fuerzas y en todas sus aplicaciones como principio esencial de toda riqueza.
Se establece que son económicas las necesidades fundamentales de un país, por lo que “la riqueza importa a la prosperidad de la Nación y a la existencia del poder”. Esta riqueza es generada por la población quien debe actuar en un ámbito de libertad para producirla y para la distribución de los provechos, así como para el consumo privado. Ahora bien, la ley puede establecer reglas y garantías para el consumo público, lo que se llamara el sistema rentístico.
Novedoso
Es interesante que en 1853 se entienda que la libertad e igualdad civil es un pilar para generar riqueza en el país, ya que de esa manera todas las personas tendrán la posibilidad de trabajar y ejercer toda industria lícita. Sin embargo, mas allá de que el gobierno no sea el productor de esa riqueza, es menester recordar que tiene el poder de inmiscuirse en su producción.
Preguntas
1) ¿En qué época cree que los principios de la escuela industrial estipulados en la Constitución fueron respetados en nuestro país?
2) ¿Cree que actualmente los que han colaborado en formar la riqueza del país perciben la parte que corresponde a su contribución?
3) En el hipotético caso que hoy en día le dieran la posibilidad de elegir solamente una materia en la cual realizar gasto publico ¿En cuál sería? ¿Por qué?.
Resumen de la Introducción
En la introducción de esta obra que analizaremos de Juan Bautista Alberdi, el autor propone el estudio y análisis de la política económica que subyace bajo el texto de la Constitución Federal Argentina de 1853. Alberdi plantea que la Constitución es “la expresión de una revolución de libertad, la consagración de la revolución social de América”; es decir que, el principio consagrado en ella es el de libertad económica. Las disposiciones que establece la misma garantizan una completa libertad al uso de las facultades productivas del hombre: trabajar, adquirir, y enajenar bienes privados libremente, y todo ello para la obtención de riqueza y prosperidad de la Nación. El conjunto de estas garantías basadas en esta política económica influenciada por la escuela de Adam Smith forma lo que se llama el sistema rentístico de la Confederación. Según Alberdi, desviarse de este sistema implica contradecir la Constitución.
Novedoso
Alberdi plantea que el sistema de libertad económica que establece la Constitución implica la igualdad civil de todos los habitantes, la protección y la garantía de que cada uno obtenga los resultados y frutos de su industria. Hoy en día es claro que este tipo de política económica no puede darse en nuestra sociedad. Es más, una política de completa libertad supone la desigualdad económica de los habitantes en perjuicio de una gran mayoría y, por ende, una desigualdad civil y política.
Es interesante observar la evolución de la interpretación del texto de la Constitución a lo largo de los años, la cual fue limitando cada vez más ese ámbito de libertad que posee cada uno de los individuos pero que en ningún modo significa contrariar la Constitución.
Preguntas
Si el autor estuviese vivo y pudiese analizar las sociedades de hoy en día, ¿seguiría creyendo en el sistema económico que plantea?
¿Qué piensa hoy de una economía socialista? ¿Debería ser opuesta a la doctrina económica que establece la Constitución?
¿Reformaría la Constitución Federal Argentina que inspiró?
En cuanto a un resumen sobre el libro, la Constitución Nacional establece una serie de principios para el desarrollo de una economía sustentable, fija los elementos básicos, tales como el trabajo, la tierra y el capital, que se necesitan para empezar a ser un hacedor de la misma. Se basa estableciendo la libertad económica para que todo ciudadano pueda participar de la misma, también hace referencia a como la ley juega un rol fundamental para su existencia, y a la vez plantea el cuestionario de si realmente la sociedad hace algo para que esta avance.
En cuanto a lo novedoso de la lectura fue que el autor declara que la Argentina posee los elementos básicos de la economía, así como la tierra que produce la seda y el algodón, que posee rios navegables, pero que por falta de capital que ayude a crecer y a levantar esa producción, la economía se estanca.
Las preguntas que se le haría al autor son:
– Cree usted que la riqueza se distribuye correctamente?
– Considera que la ley realmente establece normas que son equitativas a la hora de distribuir la riqueza de un país?
– Si la libertad económica es la base de un país; no considera que se le hayan puesto trabas a la misma?.
RESUMEN
En la introducción esbozada por Alberdi, este se esfuerza por encasillar su impronta política y económica al momento de analizar el texto de la Constitución de la Nación. El autor denota que no existe distinción alguna entre la fuente liberal de derechos con la escuela económica que inspiró al constituyente.
En consecuencia, la Constitución es liberal en los derechos políticos y también en su aplicación económica.
Lo interesante es que Alberdi no tiene una perspectiva dogmática del liberalismo sino que esgrime motivos pragmáticos. Considera que la Confederación debe aprender de las consecuencias de las políticas paternalistas del Reino de España que concluyeron con aniquilar su posible desarrollo como nación industrial.
NOVEDOSO
Resulta, a mi entender, una novedad que Alberdi haya tenido un profundo conocimiento de la escuela económica que hoy conocemos como clásica o liberal. Esto devela cómo la inspiración de las ideas políticas que dieron origen a la Constitución tienen un componente económico explícito.
Cuando uno leía la premisa constitucional de la libertad de industria, debía leer ahí mismo la expresión que el sector privado tiene el monopolio de la creación de la riqueza. Sin embargo, las posiciones asumidas por Alberdi en su interpretación económica del texto constitucional fueron olvidadas con el paso del tiempo y con el cambio en las necesidades de la Argentina.
PREGUNTAS
1. Teniendo en cuenta las enormes dificultades de ser una Nación sin un proceso industrial en curso y estando sentenciados a iniciar el proceso de la tierra al capital 100 años más tarde que Europa ¿cómo lograr que la Confederación sortee las dificultades sociales que genera la conversión a una economía internacional?
2. ¿La falta de orden político y social en la Confederación cuánto influyó en la adopción de una posición económica netamente liberal?
3. ¿La competencia permanente con Buenos Aires volvería inviable todo intento de la Confederación de acceder a los mercados internacionales?
Juan Bautista Alberdi introductoriamente analiza en su texto «Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina» de 1853, las distintas escuelas económicas existentes a tal fecha y a la cual perteneció nuestra Constitución Nacional a la hora de ser creada.
Expone que más allá de que no se encuentre explícito en el cuerpo de nuestra carta magna, su impronta económica liberal bien se puede diferenciar y, por ende, teme a los peligros políticos y económicos que acarrearía el hecho de que el gobierno se desvíe del sistema para la que fue pensada por no ser correctamente observada, lo cual, manifiesta ser sumamente fácil.
Desde la doctrina de los sistemas clásicos se oponen la libertad y la regla como formas de administrar los 3 ejes más importantes en una economía: la producción, la distribución y el consumo. El autor brevemente detalla la manera en que cada escuela económica intentó resolver tal división así como garantiza que la escuela liberal de Adam Smith proclamada en la Constitución traerá prosperidad no solo a la Nación, sino a todo América del Sur.
Lo novedoso o lo que despierta mi atención es el hecho de que Alberdi, 164 años después de haber escrito el texto y cumpliéndose el bicentenario de nuestro país, haya tenido razón en el hecho de que haber optado durante el siglo pasado una inmesidad de corrientes económicas distintas a lo largo de los gobiernos que se sucedían y no interpretar la Constitución fue uno de los factores determinantes que condenó el atraso del país. En mi opinión su doctrina aún puede considerarse actual y me encuentro deseosa de avanzar con los puntos a desarrollar.
Preguntas al autor:
1.- ¿En qué se diferencia la política económica de la economía política?
2.- Teniendo en cuenta las circunstancias actuales de nuestra Nación, la globalización y por los caminos que hemos pasado ¿seguiría sosteniendo que el liberalismo económico trae la prosperidad?
3.- ¿Su doctrina de pensamiento no admite ningún tipo de intervención estatal o restricción? ¿Cómo se materializa?
RESUMEN
En la introducción de su libro “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, Juan Bautista Alberdi deja en claro que la Constitución Federal Argentina (1853) contiene un sistema completo de política económica. Y que dicho sistema está comprendido por tres grandes divisiones: ‘producción’, ‘distribución’ y ‘consumo’ de la riqueza pública y privada.
Señala que hay tres elementos que concurren a la formación/producción de las riquezas: a) fuerzas o agentes productores (trabajo, tierra y capital); b) modo de aplicación de esas fuerzas (agricultura, comercio e industria fabril); c) los productos de la aplicación de esas fuerzas.
Establece que su libro es de política económica que se ocupa del estudio de las reglas y principios señalados por la ley constitucional argentina al desarrollo de los hechos que interesan a la riqueza de aquel país. A su vez, expresa, que la doctrina económica de la Constitución Argentina pertenece a la escuela industrial de Adam Smith.
NOVEDOSO
La referencia que hace Alberdi sobre la ‘libertad económica’, diciendo que es el manantial que la ciencia reconoce a la riqueza de las naciones. Y que la misma, convenía esencialmente a las necesidades de la Argentina para atraer con ella población, capitales, industrias. Y que la República para lograr una prosperidad económica, debe seguir el camino de la libertad concedida del modo más amplio al trabajo industrial en todas sus fuerzas (tierra, capital y trabajo) y en todas sus aplicaciones (agricultura, comercio y fábricas).
La referencia que se hace al sistema económico de la constitución argentina, diciendo que es la facción que la distingue y coloca sobre todas las constituciones republicanas de América del Sur. Esto en parte, debido a que entiende que son económicas las necesidades más vitales del país y de Sudamérica.
PREGUNTAS
1)¿Qué opinión le merece la intervención del Estado en la Economía? ¿Qué sectores de la misma usted cree que el Estado debe regular?
2)¿Usted cree que la Argentina logró la prosperidad económica enunciada? ¿Por qué?
3)¿Hay gastos del Estado que usted considere improductivos?
En la introducción de la obra “ Sistema Económico y Rentistico de la Confederación Argentina según su constitución de 1853″ de Juan Bautista Alberdi, el autor explica el sistema económico que sostiene la Constitución Nacional.
En principio, determina los elementos que concurren a la formación de las riquezas: 1) los agentes productores que son el trabajo, la tierra y el capital; 2) las fases del modo de aplicación que son la agricultura, el comercio y la industria fabril; 3) los productos de la aplicación de esas fuerzas. De la distinción de estos elementos, surgieron cuestiones que dividieron los sistemas económicos. Estas fueron resueltas por las cuatro escuelas en que se divide la economía: la mercantil, la socialista, la physiocratica y la industrial. A la escuela industrial de Adam Smith, pertenece la doctrina económica que adopta la Constitución Nacional de 1853, la cual se basa en la libertad concedida al trabajo industrial en todas sus fuerzas y en todas sus aplicaciones como principio esencial de toda riqueza.
Lo novedoso del texto es que en la época de 1853, Alberdi tenia en claro que la producción de la riqueza es generada por la libertad. Entiende el futuro de la Argentina no depende de ningún partido político, sino bien depende de la libertad. También destaco que siendo una obra de muchos años atrás, los problemas que plantea de la economía siguen siendo los mismos que son en la actualidad.
Preguntas para el autor
Sigue siendo la escuela industrial a la que pertenece la constitución nacional ? O bien crearía una escuela diferente?
Piensa usted que un sistema económico adoptado en el año 1853, podría servir en la actualidad?
Si pudiera transmitir sus conocimientos y puntos de vista para prosperar como sociedad. Cuales serian?
Guía de discusión N°1
Alumna: Santamaría Samanta
Texto: Sistema Económico y rentístico de la Confederación Argentina según CN de 1853. (J.B. Alberdi)
Síntesis:
En la Introducción, Alberdi ratifica el fenómeno de la distribución de la riqueza, destacando en materia económica tres grandes divisiones: las fuerzas o agentes productores (trabajo, tierra y capital); el modo de aplicación de esas fuerzas (agricultura, comercio e industria) y los productos de la aplicación de esas fuerzas. Nuestra Constitución consagra el principio de libertad económica que busca la prosperidad del país y comprende que son de carácter económico aquellas necesidades más vitales de la población. Considera vital organizar el trabajo sin excluir a ningún habitante para que exista la igualdad civil (Art°14) y concluye que ejercer la libertad económica es trabajar, mientras que utilizar la libertad política es tomar parte del gobierno, mediante el sufragio. Por último se plantea cómo se debe repartir la riqueza: postula un conjunto de garantías que denomina “Sistema rentístico o financiero de la Confederación” donde la ley pasa a tomar intervención en la producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada.
Aspecto novedoso:
Si bien nuestra Constitución profesa la libertad reaccionando contra los monopolios y proclamando la dignidad del trabajo libre en todas sus formas, como el principio esencial de toda riqueza, también otorga al Estado la acción de satisfacer las necesidades de carácter público, y es en ese momento donde no podemos resolver la falta de medios para cumplirlas. Como gobernar es manejar la suerte de todos y muchas veces existe el peligro de que los legisladores desvíen y alteren principios y miras económicas contempladas en la Constitución, me genera inquietud este aspecto: hasta qué punto la ley debe abstenerse en regular el provecho del particular, tanto público como privado. Cuantas más necesidades se consideren públicas, más gasto publico generará el Estado y deberá utilizar todas las fuentes de ingresos públicos, entre ellas los tributos. Creo que ya no gozamos de plena libertad porque según nuestra capacidad contributiva somos llamados a tributar en mayor o menor medida para que el Estado pueda cumplir con los requerimientos.
Preguntas:
Le preguntaría a J.B. Alberdi:
1. ¿Seguiría sosteniendo que el consumo es el fin y termino de la riqueza?
2. ¿Modificaría el concepto de consumo improductivo?
3. ¿Cómo haría en la actualidad, para reafirmar los principios constitucionales que se refieren a la distribución de la riqueza y que se ven vulnerados por ejemplo por Decretos de Necesidad y Urgencia mal utilizados por el PE?
Alberdi plantea en este texto la importancia de la elección de una filosofía económica como definitoria de la suerte del desarrollo de un país y sostiene que la escuela que fundamenta los principios de la Constitución de 1853 es la “industrial” de Adam Smith, la cual se basa en la libertad concedida al trabajo industrial en todas sus fuerzas y en todas sus aplicaciones como principio esencial de toda riqueza. Estas ideas las señala opuestas a los conceptos de la economía socialista de esos días y de su antecesora, la escuela mercantil representada por Colbert.
Explica las relaciones que hay entre las reglas y la libertad, la relación entre economía política y el derecho público, y desde allí explica cómo estas cuatro principales escuelas económicas encaran este asunto.
Alberdi establece que la Constitución contiene un sistema completo de política económica ya que garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, siendo estos principales agentes de la producción.
También describe los elementos que sirven a la formación de la riqueza: los agentes productores el modo de aplicación de esas fuerzas y los productos de aplicación de esas fuerzas.
De esta forma Alberdi sostiene que es la libertad económica, en todos sus aspectos y etapas, la que genera la riqueza para satisfacer las necesidades de un país.
NOVEDOSO:
Más allá de los contenidos discutibles aún en su época con las información disponible y la historia hasta entonces transcurridas, me parece novedoso y destacable lo que me ocurre al leer a otros filósofos políticos y económicos que han pasado a la historia: la visión estratégica y la capacidad de escapar de la coyuntura al momento de analizar cuestiones tan elementales como puede ser en este caso la matriz embionaria de una carta magna. Obviamente Alberdi quiere destacar el carácter liberal de nuestra consticución y lo logra explicando que ese mismo rumbo que sigue responde a conceptos económicos estratégicos que, según su modo de ver, nos llevarán al éxito como nación.
PREGUNTAS AL AUTOR.
¿Considera que la participación del Estado realmente se debe restringir a la Educación, la Salud, la Seguridad y la Justicia como plantean generalmente los liberales o calcula que un Estado inteligente y bien administrado puede ser un útil y más justo atendiendo otras cuestiones?
¿Qué cree, en su época, que le falta a la Constitución? Qué cambios, que de no ser por presiones e intereses de ese momento, hubiera introducido?
¿Qué rescata del socialismo y qué critica de liberalismo?