¿Ausencia y (?) exceso de derechos de propiedad?: tragedia de los comunes y de los anti-comunes

Con los alumnos de Law & Economics completamos el análisis de los derechos de propiedad y su ausencia, ahora viendo el caso contrario, cuando los hay en exceso. Si la primera situación es llamada “tragedia de los comunes”, esta otra ha sido llamada “tragedia de los anti-comunes”. Consideramos, para ello, un artículo de Alfredo Canavese que se titula “Temas en el Análisis Económico de los Derechos de Propiedad”. Sus conclusiones:

“David Schmidtz (2004) afirma que “La evolución del derecho de la propiedad obedece a una constante búsqueda de formas de internalizar externalidades ….”. Esto es así en el caso de las tragedias simétricas de los comunes y de los anticomunes. La ausencia de derechos de propiedad completos en el caso de la tragedia de los comunes lleva a que cada agente decida la intensidad de uso del recurso en base a su beneficio e ignora, entonces, que cada uso adicional que él hace impone un costo al resto de los usuarios imponiéndoles una externalidad negativa que implica una utilización ineficiente del recurso. Del mismo modo, en la tragedia de los anticomunes cada agente decide el precio que cobrará por el acceso al recurso en base a su propio beneficio ignorando que cada suba de precio que imponga genera un costo para el resto de los “excluidores” en la forma de una externalidad negativa que induce un uso ineficiente del recurso. Sólo cuando se otorgan derechos de propiedad completos (uso y exclusión) se internalizan todas las externalidades y el recurso se explota eficientemente.

La forma en que se estructuran los derechos de propiedad en una sociedad influye en los niveles de riqueza que se obtienen de la explotación de los recursos con que ella ha sido dotada. La existencia de derechos de propiedad completos alienta comportamientos que generan asignaciones de recursos eficientes y esto quiere decir que se maximiza la riqueza de la sociedad. La existencia de derechos de propiedad incompletos induce conductas que llevan a la sobreexplotación o a la subexplotación de recursos generando entonces niveles de riqueza inferiores a los potencialmente obtenibles.

Es útil considerar la bibliografía citada:

Buchanan, James y Yoon, Yong (2000)- “Symmetric Tragedies: Commons and Anticommons”, The Journal of Law and Economics, vol. XLIII (1), 1-13.

Cooter, Robert y Ulen, Thomas (1997)- Law and Economics, Addison- Wesley, Reading, Mass.

Hardin, Garrett (1968)- “The Tragedy of the Commons”, Science.

Heller, Michael A. (1998)- “The Tragedy of the Anticommons: Property in the Transition from Marx to Markets” , Harvard Law Review.

Heller, Michael A. y Eisenberg, Rebecca (1998)- “Can Patents Deter Innovation ? The Anticommons in Biomedical Research”, Science.

Miceli, Thomas J. (1997)- Economics of the Law, Oxford University Press, Oxford.

Posner, Richard A. (1998)- Economic Analysis of Law, Aspen Publishers, New York.

Schmidtz, David. (2004). “El Derecho de la Propiedad”,en Spector, H. (ed.), Elementos de Análisis Económico del Derecho”, Rubinzal-Culzoni, Buenos Aires.

Ulen, Thomas S. (2002)- “A Nobel Prize in Legal Science: Theory, Empirical Work and the Scientific Method in the Study of Law”, mimeo, College of Law, University of Illinois at Urbana-Champaign

2 pensamientos en “¿Ausencia y (?) exceso de derechos de propiedad?: tragedia de los comunes y de los anti-comunes

  1. La lectura nos establece como primer punto importante como se entiende el criterio de eficiencia de Pareto, entendiéndose tal como la asignación resulta de una forma imposible mejorarla de al menos uno de los agentes sin perjudicar la de algún otro. Desde el punto de vista de Kaldor Hicks, la asignación eficiente se da cuando se maximiza el bienestar global, asociándose para el efecto, el bienestar global con el nivel de riqueza agregada con las comparaciones interpersonales y riqueza. Además de lo anterior la lectura nos establece la justificación de la existencia de derechos de propiedad, entiendose que el goce de derechos de propiedad completos genera los incentivos necesarios para el comportamiento racional para la eficiencia de los recursos y la existencia de derechos de propiedad incompletos lleva a usos ineficientes que derivan la “tragedia de los comunes”. Lo anterior de conformidad con lo propuesto por Garret Hardin se puede utilizar para ver los derechos de uso y exclusión de un agente y en los casos de ausencia de exclusión.
    Preguntas.

    1. Solo cuando se otorgan derechos de propiedad completos se internalizan todas las externalidades?
    2. Se puede concluir que solo cuando se otorgan derechos de propeidad completo los recursos se explotan de forma eficiente?
    3. La ausencia de derechos de propiedad genera conductas de sobreexplotación sobre los recursos?

  2. El tema focal de este Analisis Economico de los derechos de propiedad esta en describir que las normas jurídicas generan costos y beneficios para la realización de acciones específicas, por lo que el derecho se convierte en un factor vinculante con la teoría económica. Específicamente trata de analizar los derechos de propiedad tanto desde el aspecto mismo del derecho como el de la teoría económica resultando en analizar el efecto que tiene la existencia de los derechos de propiedad en la asignación de recursos, es decir la eficiencia según Pareto y Kaldor-Hicks. Respecto a estos puntos de vista la eficiencia se considera como una asignación eficiente que ya no puede mejorar la situación excepto por que los agentes que hacen el intercambio decidan perjudicar la situación del otro.
    Lo novedoso es la intención de maximizar el bienestar global y su asociación con el nivel de riqueza y se producen mejoras debido a que un aumento de la riqueza agregada produce una mejora de lo cual resultan beneficiados y perjudicados. Pero existe la excepción de que si la compensación entre beneficiados a los perjudicados se realiza existe una mejora Paretiana. También se menciona que cuando se goza de derechos de propiedad completos se generan incentivos que hacen que se promueva el uso eficiente de los recursos, que de no producirse se producen tragedias denominadas “tragedia de los comunes y las de los anticomunes”.
    1. Existirá una mayor o menor tragedia de acuerdo a la asignación no definida claramente de los derechos de propiedad.
    2. Beneficia los derechos de patente a una sociedad?
    3. Siendo la estructura de los derechos de propiedad universales, que haría que el beneficio no sea el mismo para todos?

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