Con los alumnos de Economía e Instituciones vemos algunas propuestas para limitar el poder, y al final de ese capítulo, las limitaciones «constitucionales» o sistémicas que hicieron algunos economistas. Luego de ver algunas propuestas específicas.
No obstante, algunas de estas fundamentales contribuciones no fueron suficientes para prevenirse contra el crecimiento del Estado y el avasallamiento de las libertades individuales; otras no fueron ni siquiera aplicadas. Algunos economistas han desarrollado modelos más generales y completos —si se quiere “utopías”— sobre cómo organizar una sociedad. En este sentido, analizaremos solo algunas, entre las que destacaremos las contribuciones de Hayek, Buchanan, Frey, Rothbard y David Friedman.
Hayek
Para Hayek, la separación de poderes y las otras medidas mencionadas solamente serán efectivas cuando los valores y la cultura predominantes en una sociedad así lo demanden. Ningún tipo de diseño constitucional podrá reemplazar estos valores sobre el poder gubernamental. Argentina es un ejemplo de esto: con la misma Constitución —aprobada en 1853—[1], el país recorrió setenta años en una dirección y los siguientes setenta en la dirección opuesta.
La evolución cultural es lo que en última instancia determina las limitaciones existentes al poder. En Suiza, aunque también ha habido cambios en el último par de siglos y el Estado benefactor ha crecido como en todos los demás países, ciertos principios básicos de limitación del poder siguen siendo parte importante de los valores y la cultura de sus habitantes[2].
No obstante, no descarta Hayek todo tipo de diseño constitucional, aunque dando prioridad a los procesos evolutivos, y presenta un modelo de organización que permitiría un predominio de las normas que son el resultado de esos procesos, a diferencia de las que son el resultado de decisiones políticas formales. Como las reglas formales que favorecen los procesos evolutivos son normas de carácter “general” que se aplican a todos los ciudadanos por igual, imagina un proceso legislativo que pueda aislar la elaboración de ese tipo de normas de las presiones de los grupos de interés que buscan un beneficio particular. Esta preocupación proviene de entender que las legislaturas modernas están sujetas a estos intereses desde que se han ocupado del diseño de políticas específicas. Una legislatura que tenga a su cargo ambas tareas —diseño de políticas y reglas generales— terminará dominada por las primeras. Para ello imagina un poder legislativo constituido por dos asambleas, que se acomode a la diferencia entre “leyes” y “comandos”. La primera, —la Asamblea Legislativa— se ocupa de las reglas generales y de la extensión del poder gubernamental, mientras la segunda, —Asamblea Gubernamental— se ocupa de las políticas públicas, teniendo primacía la primera sobre la segunda.
La Asamblea Legislativa debería estar constituida de tal forma que garantice el cumplimiento de esa función. Para ello Hayek considera un mecanismo de elección que evite la llegada de políticos profesionales, por lo que aquellos electos a la Asamblea Gubernamental no podrían acceder a la Legislativa. Sugiere que los miembros de esta deberían ser elegidos a una cierta “edad madura” y por periodos relativamente largos, como de quince años, debido a lo cual no estarían preocupados por su reelección. En cierta forma, como sucede con los miembros de una Corte Suprema de Justicia. También sugiere que los votantes que los elegirían sean mayores en edad que los que participan en la elección de las demás posiciones en el Ejecutivo o en la Asamblea Gubernamental. La experiencia y la sabiduría adquiridas con los años, más su independencia respecto a una “carrera política”, tenderían a centrar su atención en las reglas generales y en los beneficios a largo plazo.
Es decir: la Asamblea Gubernamental estaría formada por políticos profesionales que buscarían su reelección y estarían interesados en atender a los intereses inmediatos o puntuales de los votantes o de distintos grupos de interés, mientras que los de la Asamblea Legislativa constituirían algo así como un grupo de sabios y prudentes, que se ocuparían de velar por las normas que protegen los derechos de todos.
Buchanan
James Buchanan, por el contrario, fundamenta su análisis en la filosofía política contractualista, por lo que es más escéptico respecto a las normas de origen evolutivo espontáneo y, con un enfoque más racionalista, concentra su análisis en la forma de modificar los incentivos vigentes en la política, con especial énfasis en los niveles de mayorías necesarias para distinto tipo de normas. Inspirado en el análisis del economista sueco Knut Wicksell (1851-1926), sostiene que el óptimo sería la unanimidad. Ya hemos visto esto en el capítulo 4, cuando analizamos los problemas para la agregación de preferencias expresadas a través del voto. La unanimidad garantizaría que nadie se vería perjudicado por la aprobación de una cierta norma; es decir, ninguna mayoría podría violar los derechos de una minoría, incluso ni la de una sola persona. También vimos allí que la unanimidad generaría el statu quo total; sería prácticamente modificar cualquier norma, dados los altos costos de alcanzar la unanimidad. La respuesta de Buchanan es diferenciar entre normas de rango constitucional, que protegen derechos individuales y limitan las potenciales acciones abusivas de un gobierno, de aquellas que se refieren a cuestiones más coyunturales o de contenido administrativo, relacionadas con la gestión de tal gobierno. Para modificar las primeras, se requerirían mayorías especiales, mientras que para modificar las segundas bastaría con mayorías simples. Qué asuntos requerirían, según Buchanan, mayorías especiales lo veremos más adelante.
Frey
Bruno Frey (2005) presenta una propuesta a la que llama FOCJ, por sus siglas en inglés: jurisdicciones funcionales, superpuestas, en competencia. Desde su perspectiva, el federalismo permite acercar la provisión de bienes públicos a las preferencias específicas de distintos grupos en la sociedad, pero para hacerlo deben cumplirse dos principios básicos: la equivalencia fiscal, es decir que los fondos para pagar el gasto público de una jurisdicción se obtengan de los ciudadanos de esa misma jurisdicción; y equivalencia política, o sea que los funcionarios sean electos nada más por los votantes de la misma jurisdicción.
Las jurisdicciones propuestas tendrían estas características:
Funcionales: se extenderían sobre áreas geográficas definidas por las tareas o funciones que cumplen.
Superpuestas: habría distintas jurisdicciones gubernamentales extendiéndose sobre distintas áreas.
En competencia: los gobiernos locales, y en algunos casos los ciudadanos, podrían elegir a qué jurisdicción pertenecer.
Jurisdicciones: serían jurisdicciones con poder gubernamental para cobrar impuestos.
El argumento básico es que las jurisdicciones geográficas no necesariamente coinciden con la extensión geográfica que propone la economía de escala de un cierto servicio. Por ejemplo: una red de electricidad puede abarcar una cierta zona, pero el servicio de defensa que brinda un regimiento puede abarcar otra, con lo cual cada una tendría un área geográfica diferente. Los servicios de un hospital podrían abarcar a ciudadanos de más de una jurisdicción política actual, creando problemas de usuarios gratuitos; la jurisdicción en este caso se extendería sobre la división política, para abarcar a todos los usuarios. Obviamente, distintas jurisdicciones se superpondrían, incluso brindando algunas de ellas el mismo tipo de servicios. Los ciudadanos podrían elegir entre las mismas, aunque “deberían” elegir, ya que se trata de jurisdicciones gubernamentales. La competencia sería fomentada por la acción de “salida”, aunque no tendría que ser geográfica: las personas o los gobiernos locales podrían cambiar de afiliación a esas diferentes jurisdicciones, sin tener que mudarse a otra jurisdicción geográfica para hacerlo.
El autor menciona como ejemplo a la Liga Hanseática, un grupo funcional que brindaba normas comerciales comunes, aunque no tenía ningún tipo de vinculación geográfica. Eran miembros de la liga ciudades como Lübeck, Bremen y Colonia (hoy Alemania), Stettin y Danzig (hoy Polonia), Kaliningrado (hoy Rusia), Riga (Letonia), Reval (hoy Tallinn, Estonia) y Dorpat (hoy Tartu, Estonia), Groningen y Deventer (hoy Holanda). Londres (Inglaterra), Brujas y Amberes (Bélgica) y Novgorod (Rusia) eran miembros asociados. En los Estados Unidos hay “distritos especiales”. En Suiza hay 26 cantones y unas 8,000 comunas de distinto tipo, de las cuales 2,940 definen la ciudadanía política (los ciudadanos lo son de las comunas, no de “Suiza”). Hay comunas educativas que ofrecen servicios a más de un gobierno local.
Esta profunda descentralización y división de poderes actuaría como un límite al abuso de poder y permitiría la participación ciudadana en la toma de decisiones, sobre todo asociado al uso de mecanismos de democracia directa.
Rothbard y Friedman
Finalmente, Murray Rothbard (2002) y David Friedman (1989) presentan un modelo también con jurisdicciones funcionales, en competencia y superpuestas, pero, a diferencia de Frey, se trata solamente de agencias privadas. Según esta visión “libertaria”, todos los bienes y servicios serían provistos por el mercado, ya que este puede hacerlo, si bien no en forma perfecta, superior a la provisión estatal. Así, ambos autores analizan cada uno de los servicios que actualmente proveen los Estados y cómo los podría proveer el mercado. Las propuestas de uno y otro son similares en cuanto a la provisión de todos los bienes y servicios por el mercado, con algunas diferencias, sobre todo relacionadas con los fundamentos filosóficos —una filosofía moral iusnaturalista, en el caso de Rothbard, y consecuencialista, en el de Friedman— y a una hipótesis sobre el posible nacimiento de una sociedad anarcocapitalista, como la que proponen —un contrato social, donde las partes consentirían un código legal, en el caso de Rothbard, y un enfoque incremental, en el caso de Friedman—.
En el caso tal vez más complejo de todos —la seguridad personal y la defensa—, critica la visión predominante de que el Estado debe proveer protección policial, como si fuera una entidad única y absoluta, consistente en una cantidad fija que se brinda a todos por igual. Ese tipo de bien general no existiría, de la misma forma que no existe un bien “comida” o “vivienda”[3]. Por lo tanto, el Estado debería asignar un recurso escaso, sujeto a las ineficiencias de la política y la burocracia. Para Rothbard, los individuos deberían contratar este servicio, como los demás, en el mercado, y lo harían según sus preferencias específicas: desde la patrulla de un policía cuando sea necesaria, hasta protección personal durante las veinticuatro horas. Se argumentará que, en tal caso, los consumidores deberían pagar algo que ahora reciben gratis, pero es necesario tener en cuenta que en el modelo libertario no habría impuestos, así que los recursos que la población destina, en un determinado momento, con ese fin, estarían disponibles directa o indirectamente para contratar ese tipo de servicios.
El modelo no considera que cada persona tendría que salir a contratar un agente privado, en caso de haber sido robada o atacada, sino que, como ocurre actualmente en muchos barrios abiertos o cerrados, contrataría una compañía que le brindaría ese servicio. Es bastante probable, además, que los servicios fueran ofrecidos por empresas de seguros, ya que, si se ha asegurado, por ejemplo, una casa contra robo, la protección podría ser parte del servicio del seguro[4]. La competencia se transformaría en eficiencia y control por parte de los consumidores, ya que podrían cambiar de agencia en caso de no estar contentos con el servicio que reciben, algo que no pueden hacer ahora por tratarse de un servicio monopólico, del cual se recibe simplemente lo que toque.
[1]. Dice Alberdi ([1854] 1993): “Al legislador, al hombre de Estado, al publicista, al escritor, sólo toca estudiar los principios económicos adoptados por la Constitución, para tomarlos por guía obligatoria y reglamentaria. Ellos no pueden seguir otros principios, ni otra doctrina económica que los adoptados ya en la Constitución, si han de poner en planta esa Constitución, y no otra que no existe. Ensayar nuevos sistemas, lanzarse en el terreno de las novedades, es desviarse de la Constitución en el punto en que debe ser mejor observada, falsear el sentido hermoso de sus disposiciones, y echar el país en desorden y en el atraso, entorpeciendo los intereses materiales, que son los llamados a sacarlos de la posición oscura y subalterna en que se encuentra” (p. 2).
[2]. Dice Willy Linder, editora económica del Neue Züricher Zeitung: “Los suizos siguen siendo suficientemente generosos y sensibles para votar a veces a favor de cuestiones que parecen ir en contra de su propio interés. Sin embargo, en el largo plazo, estas actitudes han contribuido a la estabilidad política y económica de Suiza. Durante los tres últimos años, por ejemplo, los suizos, por márgenes excediendo generalmente 3 a 1, han decidido en referéndums no cobrar impuestos especiales a los ricos y los que ganan altos sueldos, no otorgar a los trabajadores suizos participación en la administración de las empresas, no reducir la edad mínima para ingresar en el generoso sistema de pensiones, no permitir al gobierno central que recaude fondos para compensar tendencias locales recesivas, y finalmente no permitir al gobierno central que tenga déficit”. Fortune, diciembre 18 de 1978; citado en “President’s Essay”, Washington DC: The Heritage Foundation, 2011.
[3]. “A cualquier persona o negocio, la policía puede proveerle desde un oficial que haga una ronda una vez por noche, dos policías que patrullen constantemente cada cuadra, otros que lleven a cabo la vigilancia en un móvil, hasta uno o incluso varios guardaespaldas personales permanentes. Además, debe tomar muchas otras decisiones cuya complejidad se hace evidente tan pronto como levantamos el velo del mito de la “protección” absoluta. ¿Cómo podría la policía asignar adecuadamente sus fondos, que por supuesto son siempre limitados, como lo son los de todos los individuos, organizaciones y agencias? ¿Cuánto debería invertir en equipamiento electrónico? ¿En equipos para tomar huellas dactilares? ¿En detectives o en policías uniformados? ¿En patrulleros o en agentes que prestan servicio a pie, etcétera?”. (Rothbard 2002, p. 268).
[4]. “Esta debería ser la primera respuesta simple a la pregunta típica que expresa el temor de la gente a la que se le habla por primera vez de una policía totalmente privada: “Bueno, eso significa que si a uno lo atacan o le roban, tiene que apresurarse a encontrar un policía y comenzar a negociar acerca de cuánto le costará que lo defienda”. Bastaría un momento de reflexión para darse cuenta de que ningún servicio se suministra de esa manera en el libre mercado. Es obvio que la persona que quiere estar protegida por la Agencia A o la Compañía Aseguradora B pagará primas regulares en lugar de esperar a ser atacada antes de comprar la protección. “Pero supongamos que se produce una emergencia y el policía de la Compañía A ve que alguien es asaltado; ¿se detendría a preguntar si la víctima adquirió el seguro de la Compañía A?” En primer lugar, este tipo de asalto callejero estaría, como ya lo hemos señalado, dentro de la jurisdicción de la policía contratada por el dueño de la calle en cuestión. Pero ¿qué ocurriría en la situación, poco probable, de que un barrio no tuviera servicio policial, y que un policía de la Compañía A viera casualmente que alguien es atacado? ¿Saldría en defensa de la víctima? Eso, por supuesto, dependería de la Compañía A, pero es casi inconcebible que las compañías de policía privada no cultivaran la buena voluntad estableciendo, como política, la ayuda gratuita a las víctimas en situaciones de emergencia y, quizá, pidiendo luego a la persona rescatada un aporte voluntario. En el caso de un propietario que sufriera un asalto o un ataque, por supuesto recurriría a la compañía policial que hubiera contratado. Llamaría a la Compañía Policial A en lugar de a “la policía”, como lo hace ahora”. (Rothbard 2002, p. 270).
• Resumen
En este capítulo se analizan las posibles limitaciones al oportunismo político, fomentado por la monopolización del Estado, y a los incentivos de los lobbys. El primer mecanismo que se analiza para limitar el poder de los gobiernos son las cartas de derechos. El principal problema que surgía con las mismas eran las diferentes interpretaciones que se les daban. Otro mecanismo para limitar el poder es dividirlo, tanto horizontalmente (ejecutivo, legislativo y judicial) como verticalmente (federalismo y descentralización). De esta manera el poder quedará más descentralizado y quedará más controlado. El último mecanismo que se cita es el de la revolución o la resistencia social (incentivada hoy en día por el surgimiento de las redes sociales) para usar el poder colectivo con el objetivo de limitar el poder político.
A continuación se enumeran una serie de limitaciones al oportunismo político entre las que podemos citar los límites al crecimiento del gasto público, al endeudamiento, a la reelección de los políticos o al trato favorecido que los políticos reciben de la ley entre otras.
• Temas novedosos o importantes
Quizá el tema más importante aquí es el “cómo” aplicar limitaciones al poder político al margen del mismo, dado que normalmente quien tiene más poder de limitarlo es el propio poder político.
• Tres preguntas que le haría al autor
1) ¿Por qué mucha gente está desencantada con el poder político pero poca gente se plantea limitar su poder?
2) ¿El primer paso para limitar el poder político en cualquier país es “convencer” a la gente?
3) ¿Cuál sería el primer paso para limitar el poder político en un país (España) donde muchos artículos de su Constitución empiezan por “Los poderes públicos garantizarán…” o “Los poderes públicos promoverán…”?
Resumen.
En el capitulo 8 de “El Foro y el Bazar”, denominado “Límites al oportunismo político”, se analizan los límites al oportunismo político, que, a su vez, constituyen un límite a las fallas políticas. Algunas de las limitaciones son la división de poderes, la carta de garantías, los derechos individuales y la descentralización.
Diferentes economistas como Hayek, Rothbard, Friedman, Buchanan y Frey han propuestos distintos modelos políticos para limitar las fallas públicas. Estos modelos consisten principalmente en una propuesta institucional para limitar los abusos políticos.
Otras propuestas, más específicas, se relacionan con limites al endeudamiento, al déficit fiscal, a nuevos impuestos y/o tasas, y a la emisión monetaria.
Un aspecto destacable son los tratados internacionales, como la carta de derechos humanos de la ONU, que limitan los abusos del poder interno.
Finalmente, la eliminación de privilegios de los políticos y la reducción de regulaciones que fomentan los lobbies son de suma importancia.
Temas.
Algunos de los temas interesantes de este capítulo son los distintos límites al oportunismo político y el análisis de los lobbies
Debido a los inventivos que genera la política para los representantes que la ejercen, se proponen una serie de limites para evitar una conducta “manipulada” por esos incentivos. Algunos de los limites mas destacados son: el limite al déficit fiscal; el límite al crecimiento del gasto público; la aprobación electoral de nuevos impuestos; el limite al endeudamiento; la renovación de mandatos y los tratados internacionales.
En cuanto al lobby, se explica que su origen se debe a la existencia y crecimiento de un Estado regulador. Una forma de reducir la actividad del lobby es eliminar su necesidad, disminuyendo el número de áreas reguladas.
Preguntas.
¿En la actualidad, se llevan a cabo correctamente los límites al oportunismo político?
¿Cuál es la peor consecuencia de la existencia de lobbies?
¿Cuál es la principal ventaja de los tratados internacionales?
Limites al oportunismo político
Resumen:
En esta lección analizamos los limites al poder del Estado. Luego de un rápido resumen de como han surgido diferentes imperios en la historia mundial se identifican mecanismos que se han ideado para intentar poner frenos al poder publico. Así se pasa por el concepto de republica, constitucionalismo, carta de derechos individuales, división de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), federalismo y, confederación. Por ultimo se menciona la posibilidad de revoluciones o resistencia civil como limite ultimo al abuso de poder.
Luego se pasa revista por una serie de instrumentos mas operativos para controlar la vocación expansiva del soberano, tales como el establecimiento de limites al déficit fiscal, gasto publico endeudamiento estatal, la aprobación por parte del legislativo de nuevos impuestos, técnicas presupuestarias, diferentes mecanismos para controlar la oferta monetaria con el objetivo de limitar la inflación, el rol de la democracia directa como mecanismo de revelación de preferencias mas especificas, etc.
También el papel de los tratados internaciones como limite a la actividad estatal.
Por ultimo se analizan propuestas mas radicales de reforma constitucional dado el fracaso de las constituciones actuales como barreras de contención.
Temas novedosos:
– La división que hace Buchanan entre unanimidad, mayorías especiales o simples para dictar o modificar diferentes tipos de normas.
– La democracia directa suiza como ejemplo de limitación al poder publico.
– Intentar hacer el impuesto lo mas explicito posible y vinculado al servicio recibido.
– Las diferencias entre federación y confederación.
– La debilidad de los diferentes mecanismos implementados para ir conteniendo el crecimiento del Estado.
Preguntas:
– Te parece que el liberalismo clásico o miniarqusita es un proyecto fallido dada la imposibilidad de encontrar soluciones institucionales robustas para limitar al poder publico?
– Crees que la dolarización sin una reforma fiscal que limite el déficit tiene sentido? Y si la reforma fiscal es exitosa en limitar el déficit para que hace falta entonces dolarizar?
– Si la decisión de un país es organizarse de manera federal: existe un numero optimo o ideal de provincias?
Límites al oportunismo político
El poder del estado y su capacidad de abusar sobre el interés común para beneficiar grupo de interés particularmente direccionados inspira la necesidad de que las funciones sean delimitadas y vigiladas por instituciones que corrijan estoy fallos.
La definición o institucionalización de ideas y valores son determinantes en el buen manejo del diseño institucional del Estado. Sobre el diseño institucional las formas que permiten corregir o mitigar el abuso se pueden enlistar de la siguiente manera:
Cartas de derechos, como los principios rectores con los cuales el ciudadano puede defenderse del gobernante
Separación de poderes, mediante la cual quien gobierna, juzga y legisla están debidamente en cabeza de diferentes representantes. Donde el mal ejercicio del lobby se dificulta.
Federación, subgobernación o gobiernos locales. Atribuciones legales que impiden al gobierno central intervenir en asuntos específicos.
Resistencia civil y redes sociales, mecanismo civiles para derrocar los gobiernos o inviabilizar su gobernabilidad.
Limites al gobierno, delimitación de las funciones y políticas públicas con restricciones presupuestarias.
Control de lobbies.
Propuestas constitucionales, perspectiva de Hayek, Frey, Buchanan, Rothbard y Friedman
Temas de interés
Interés particular sobre el poder del Estado y el Lobby
El control de los Lobbies en Alemania.
Preguntas
¿Hay legitimidad de un estado sin que sus ciudadanos cumplan con sus valores y que las instituciones funcionen?
La atomización del poder en regiones o territorios más pequeños ¿como imposición o como decisión, ¿por qué no una cataluña separada de España?
¿Qué es más poderoso las redes sociales o los medios tradicionales?
Las límitaciones últimas al poder político son los valores e ideas de una sociedad, las cuales determinan el cambio institucional. Ya hemos estudiado que las instituciones son pautas de comportamiento generalizadas, destancando : el derecho de propiedad, el lenguaje, la libertad contractual, el dinero y el cumplimiento de la palabra dada. En este línea de idea, HAYEK señala que la evolución cultural es lo que en úlima instancia determina las limitaciones existentes al poder. Ahora bien, los principales instrumentos de limitación del poder se desarrollan dentro del concepto de «república» o «democracia limitada» con la aparición de: 1) carta de derechos civiles y políticos, 2) separación de poderes, 3) estados federados o cofederados, 4) mecanismos de defensa civil (derecho a protestar), 5) límites al oportunismo político (límites al deficit fiscal, al gasto público, nuevos impuestos, endeudamientos,entre otros) y 6) control de los lobbies.
TEMAS NOVEDOSOS:
El desarrollo esquemático de los límites al oportunismo político ha sido un tema novedoso, que se ha presentado de manera clara. Asimismo, las Propuestas Constitucionales de Hayek, Buchanan, Bruno Frey, Murray Rothbard y David Friedman han sido muy ilustrativas, resultando relevante, en mi opinión, una camara de representantes que supervise toda norma que trate de modificar directa o indirectamente las normas de carácter general, lo cual imposibilitaría la existena de lobbies. Por otra parte, las propuestas de Murray Rothbard y David Friedman sobre un modelo con jurisdicciones funcionales, en competencia y superpuestas, pero a diferencia de Frey, a cargo de empresas privadas, resulta muy interesante.
PREGUNTAS:
¿No es contradictorio buscar límites al poder político a través de una ley, cuando ella misma es la expresión del estado? ¿eso no supone partir del supuesto de que el estado puede hacer muchas cosas, pero que hay que limitarlas, cuándo debría ser lo contrario?
¿Las propuestas constitucionales de Hayek y Rothbard son realmente útopicas o es que los valores e ideas que proponen no se han masificado para realizar el cambio institucional?
Resumen
Es interesante ver que el capitulo correspondiente a los Limites del Poder comience entre sus primeras oraciones con la cita a Edmund Burke “para que triunfe el mal, solo hace falta que los buenos no hagan nada”. Esta oración tan simple podría sintetizar el grueso del capítulo 8 del libro. Esto se debe a que es a lo largo del capítulo que se abordan diferentes preguntas referentes a como es que se pueden evitar los diversos abusos de poder y lo que se podría llegar a una tiranía de las mayorías/minorías en el contexto socio-democrático contemporáneo. Mientras que se presentan diversas teorías y propuestas que abarcan desde los constructos constitucionales hasta las limitantes sistemáticas estructurales (como lo serían los límites al endeudamiento, vigencia de las leyes, elección de funcionarios públicos por sorteo y normas supranacionales como legislaciones internacionales, tratados y adhesión a monedas externas), es importante señalar que todas tienen como objetivo principal el delimitar y dejar de forma explícita la relación gobernado-gobernante.
Idea principal
Esto porque sin importar el tipo de legislación, estructura o límites que se busque imponer para limitar el poder de un gobernante, estos serán inútiles ante una sociedad apática a la vida política, como expresa la cita a Hayek en las últimas páginas del capítulo. La desconexión política entre los votantes y los políticos electos/a ser elegidos deriva en una laxa rendición de cuentas o “accountability”. Mientras que no ser capaz de diferenciar los costos y beneficios derivados de las acciones políticas incentivan la apatía política al no haber un beneficio evidente o incentivo para la participación activa; generando así un ciclo vicioso. Por ello pregunto:
1. Si el buen gobierno se reduce al grado de involucramiento civil y la calidad del votante. ¿No sería más efectivo limitar la participación civil?
2. ¿Las democracias censitarias son factibles dentro de un marco liberal y/o libertario?
3. Asumiendo nuevamente que la base de un buen gobierno reside en la sociedad y que su grado de involucramiento tendrá consecuencia directa en la calidad. ¿Los esfuerzos en involucrar a la población civil en la vida política a través de la educación civil no podrían derivar en adoctrinamiento o culto hacia el Estado?
RESUMEN
Siendo el Estado un monopolio de coerción, es evidente que es imprescindible la existencia de mecanismos para limitar su poder. La mayoría de los existentes se desarrollaron dentro del concepto de «república».
Los más destacados entre ellos son: las cartas de derechos, que se relacionan con los derechos individuales (la de 1689 en INglaterra, la primera enmienda de la constitución de los EE.UU. o la declaración de derechos del hombre en Francia), la separación de poderes, federación/confederación y revolución/resistencia civil.
Hay muchos mecanismos para limitar el oportunismo político que se traduce en déficit fiscal y endeudamiento. Entre ellos: limitar el déficit fiscal, el gasto público y el endeudamiento por ley, aprobación electoral expreso ante cada propuesta de subida de impuestos, impuestos explícitos, regla monetaria constitucional para evitar uno de los mayores fraudes provocados por el Estado como es la pérdida de valor de la moneda.
Cuanto mayor es el Estado y en consecuencia las regulaciones, mayor será la actividad de los lobbies. Para intentar limitarla, hay tres enfoques: regulación de su actividad, competencia entre lobbies y reducción de las regulaciones.
Un cierto número de economistas han desarrollado modelos para organizar la Sociedad. Hayek preconiza una organización que permita el predonimio de las normas resultantes de procesos evolutivos. Buchanan diferencia entre normas constitucionales que limitan los abusos al individuo o a las minorías y las de contenido administrativo. Modificar las primeras necesitaría mayorías especiales pero no así las segundas. Rothbard y Friedman sostienen que todos los bienes y servicios pueden ser suministrados por el mercado: anarcocapitalismo.
TEMAS NOVEDOSOS O IMPORTANTES
– A partir de la célebre cita de Burke: «para que triunfe el mal, solo hace falta que los buenos no hagan nada», la importancia de la cultura de la libertad como freno al poder del Estado
Y muchas novedades interesantes para mí:
– Los costos de transacción derivados de la división de poderes como freno al ejercicio del «lobby»
– El mecanismo de coparticipación inversa
– La elección de gobernantes por sorteo en Atenas y Venecia
– La legislación temporal
– Asignación individual de cuentas presupuestarias
PREGUNTAS
– A la vista de la falta de incentivos para informarse correctamente antes de votar y de propuestas para que solo los que pagan impuestos puedan votar, el principio de «un hombre, un voto» debe seguir siendo una verdad de fe laica sin posibilidad de discusión?
– El IVA de los productos y servicios suele aparecer en las facturas. ES el único caso que conozco de impuesto explícito. Existen otros casos?
– Es el anarcocapitalismo una absoluta utopía o tiene alguna posibilidad de implantarse y funcionar de forma perenne?
Cap 8. El foro y el bazar
En este capítulo se estudia sistemas como el federal o republicano así como fallas de la política. Se ve cual podría ofrecer soluciones más pronto a los ciudadanos y también con la evidencia empírica de algunas ciudades en Suiza, por ejemplo. Se ve la importancia de limitar el poder y cómo los grupos de presión tienen influencia en decisiones no precisamente en favor de la mayoría y unas reglas para limitar el oportunismo político. Finalmente se detallan las tres propuestas resumidas en este blog.
Me ha interesado la influencia que pueden tener las redes sociales para lograr una movilización así como para transparentar información. Pienso, imprescindible, la necesidad de limitar el deficit público, un mal del que carecen muchos países en latinoamerica. Nunca había escuchado el tema de elección por sorteo, ¿será posible?
-¿Es posible la separación de poderes es países con tan poca institucionalidad?
-¿Qué es la deuda estructurada? Los ingresos deben ir a pagar deuda o a la inversión
-Como lograr una democracia representativa sin el voto de funcionarios públicos que son el 20% de la clase trabajadora
RESUMEN:
A lo largo de la historia se ha intentando limitar el poder del estado, y se ha intentado establecer una separación entre gobierno y gobernantes que antiguamente no existía. Grecia y Roma fueron las sociedades que mas avances presentaron en lo relacionado a esta separación. En la antigüedad se realizaron controles para limitar el poder de los gobernantes mediante el concepto de república o democracia limitada. Por ejemplo para prevenir abusos de los funcionarios se crearon mecanismos de control mediante la doble administración en Egipto, inspectores itinerantes en Roma y China.
El bien común no puede tener limites, entonces, como se puede limitar el poder y que garantice derechos?
Se menciona: 1. Creación de la Carta Magna donde se delinean los derechos individuales que son los que limitan el poder de la mayoría sobre las minorías. 2. La separación de poderes mediante la competencia y descentralización horizontal entre distintas ramas del estado (ejecutivo, legislativo, y judicial) 3. La Federación o confederación que es una separación vertical entre el estado y subestados. 4. La revolución, resistencia civil y redes sociales que cuestionan al monopolio estatal.
Existen también otras formas de limitar al estado mediante politicas fiscales que limitan el deficit fiscal, limitan el gasto publico, limitan el endeudamiento, limitan la expansion de los impuestos, limites a la re-elección de funcionarios públicos, tratados internacionales entre otros.
Tambien se busca como limitar los abusos de privilegios que otorga el monopolio estatal: regulación de lobbies, crear competencia entre grupos de lobby e intentar eliminar la necesidad de actividades de lobby desregularizando para disminuir la necesidad de permisos por ejemplo y reduciendo el tamaño del estado.
TEMAS INTERESANTES
– La competencia entre estados federados y confederaciones como en Suiza.
– Minimizar el estado y desregularizar para evitar la necesidad de lobbies.
– El desarrollo de las redes sociales como un medio que limita el poder del estado.
Preguntas
1. ¿Como se puede convencer a la sociedad de la importancia de limitar el estado?
2. ¿Que beneficios inmediatos se podrían obtener limitando al estado?
3. ¿Que tipo de regulaciones son las mas comunes y mas dañinas en los estados del países en desarrollo?
RESUMEN:
Este capítulo trata de los instrumentos que se utilizan para limitar el poder del Estado para que este no pueda sobrepasarse, y dar solución a las fallas que presenta el sistema. Para mencionar algunas medidas están la carta de derechos, donde se detalla los derechos de cada individuo. La separación de poderes, al separar los poderes del Estado no hay manera que se concentre el poder. Esta división se da de manera horizontal (poderes ejecutivo, legislativo y judicial) y vertical (federalismo y descentralización). Hay países que al ser federados consiguen un nivel un poco más alto de descentralización que países unitarios. La revolución es el límite más conocido ya que es donde el pueblo se opone al abuso del poder por parte del gobierno. Algunos economistas han planteado una diversidad de modelos para contrarrestarlas fallas existentes, algunas propuestas sugieren limitar el endeudamiento, reducir el déficit fiscal, crear nuevos impuestos, controlar la emisión de la moneda entre otras.
Temas relevantes:
Estados federados vs. Estados unitarios
Alcance de las redes sociales en la organización de las manifestaciones
Preguntas:
¿Sería viable que los organismos que dan créditos a países, redujeran los créditos, para que los países funcionen bajo una realidad?
¿Sería viable que todos los países en desarrollo se dolarizaran?
¿Los tratados internacionales de verdad detienen los abusos por parte de los gobiernos?