Ronald Coase discute a Pigou y presenta lo que sería su Teorema: externalidades y derechos de propiedad

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico y Social, UCEMA, vemos uno de los artículos más citados aunque no podamos decir que forma parte del «mainstream» de la economía, ya que pocos economistas toman nota o hacen caso de sus conclusiones: «El Problema del Costo Social», de Ronald Coase.

Coase fue Premio Nobel de Economía 1991. Comenzó su carrera académica como Profesor en la London School of Economics en Gran Bretaña y en las Universidades de Buffalo y Virginia en Estados Unidos. Desde 1964 se desempeñó en la Universidad de Chicago, específicamente en la Escuela de Derecho, de la cual fue Profesor Emérito en la cátedra Clifton R. Musser.

1. El problema a examinar

Este trabajo se refiere a las actividades de una empresa que tienen efectos perjudiciales en otras. El ejemplo más común es el del humo de una fábrica que provoca efectos nocivos en los que ocupan las propiedades vecinas. El análisis económico de tal situación se ha realizado usualmente en términos de una divergencia entre el producto privado y social de la fábrica, siguiendo el tratamiento de Pigou en The Economics of Welfare. La conclusión a la que parece haber conducido este tipo de análisis a la mayoría de los economistas es que sería deseable responsabilizar al dueño de la fábrica por el daño causado a los afectados por el humo, o, alternativamente, fijar un impuesto variable al propietario de la fábrica según la cantidad de humo producido, equivalente en términos monetarios al daño que causa, o, finalmente, excluir a las fábricas de los distritos residenciales (y presumiblemente de otras zonas en las que el humo tendría efectos perjudiciales).

Mi opinión es que los cursos de acción sugeridos son inadecuados porque llevan a resultados que no son necesariamente deseables.”

Y Concluye:

Si los factores productivos son considerados como derechos, se hace más fácil comprender que el derecho a hacer algo que tenga un efecto dañino (tal como la creación de humo, ruido, olor, etc.) es también un factor de producción. Así como podemos usar un pedazo de tierra de forma tal que evite que alguien cruce por ella, o estacione su auto, o construya su casa, también podemos usarla de forma tal que le neguemos a ese alguien un panorama, o la quietud, o el aire puro. El costo de ejercitar un derecho (de usar un factor de producción) es siempre la pérdida que sufre la otra parte como consecuencia del ejercicio de ese derecho: la incapacidad para cruzar la tierra, estacionar el auto, construir una casa, disfrutar de un paisaje, tener paz y quietud, o respirar aire puro.

Sería deseable que las únicas acciones desarrolladas fueran aquellas en que lo que se ganase tuviere un mayor valor que lo que se perdiese. Pero al elegir entre ordenamientos sociales, en el contexto en el que las decisiones individuales son tomadas, debemos tener en mente que un cambio del sistema existente que conduzca a un mejoramiento en algunas decisiones puede muy bien conducir a un empeoramiento de otras. Además, debemos considerar los costos involucrados en operar los distintos ordenamientos sociales (ya sea el funcionamiento de un mercado o de un departamento de Gobierno), como también los costos que demandará la adopción de un nuevo sistema. Al diseñar y elegir entre ordenamientos sociales debemos considerar el efecto total. Este es el cambio de enfoque que estoy proponiendo.

35 pensamientos en “Ronald Coase discute a Pigou y presenta lo que sería su Teorema: externalidades y derechos de propiedad

  1. ### Resumen
    En «El Problema del Costo Social», R. Coase se centra en realizar una completa contraargumentación hacia la solución propuesta por Pigou para las externalidades negativas. El veía a las externalidades negativas, como fallas del mercado y la solución comprendía de la intervención estatal a través de impuestos o subsidios. Teniendo en cuenta la reciprocidad de los derechos, el argumento central de Coase, es que en el caso de que los costos de interactuar en el mercado sean bajos y que los derechos de propiedad estén definidos, las partes intercambiaran derechos y estarán en una mejor situación. Esto se da independientemente de quien posea el derecho y cuando los costos de oportunidad son menores a internalizar las «fallas del mercado». Si los costos son elevados, la intervención del juez debe fallar a favor del máximo producto social.
    ### Novedoso
    A pesar de no concebir su análisis estrictamente bajo la teoría subjetiva del valor y teniendo en cuenta que el articulo este basado en una terminología neoclásica, considero que el mayor aporte del artículo es explicar el rol de las instituciones sociales para solucionar los costos de la vida en sociedad (todo el tiempo nos encontramos internalizando externalidades) y derrocar el criterio intervencionista pigouviano. Teniendo en cuenta los casos más realistas, donde existen costos de transacción, que podemos considerar como costos de información, considero que la tesis de Coase sería compatible con explicación austriaca de las instituciones. A través de la utilización de normas que han evolucionado espontáneamente, se minimiza el costo de obtener la información, mejor que a través de cualquier solución central, ya que estas reglas son la cristalización de la interacción subjetiva entre los individuos. Sin embargo, para que suceda esta cooperación de conocimiento disperso a través de las instituciones, necesitamos que el conocimiento sea libre y no se encuentre manipulado.
    ### Preguntas
    – ¿Teniendo en cuenta la imposibilidad de agregar utilidades o valoraciones subjetivas, como un juez tendría la información necesaria para minimizar el costo social, podrían revelarse las preferencias tal que se tome una mejor decisión?
    – ¿Para Coase, serían inútiles las instituciones sociales en la ausencia de costos de transacción, ya que la solución a través del intercambio sería la óptima?
    – ¿Dejando de lado los ingresos monetarios, se corrobora de igual manera el hecho de que se da una mejor situación social independientemente de quien posea el derecho de propiedad?

  2. RESUMEN
    Para empezar, dentro del texto de Coase se hace hincapié en el intervencionismo de Estado, al momento de emplear cierta mejora en el sector privado, donde se analiza si la eficiencia asignativa es realmente útil o no. Para ello, necesariamente el Estado tendrá que llegar a una solución dejando efectos económicos de por medio.

    Por un lado, el autor propone cuestionar el rol del Estado, que tiene el poder de asignar o quitar determinados derechos esenciales. En su defecto, se considera que se debería tener en cuenta la determinación de dos hipótesis principales: la idea de poder resolver un desacuerdo entre ambas partes sea posible, sin tener la necesidad de factores externos de intervención y, por consiguiente, saber tomar el control de que siempre algo se pierde y no hay que actuar de forma impulsiva con una persona que ha ocasionado daño. Para ello, es necesario actuar de acuerdo a ambas hipótesis, llegando al fin de que los efectos siempre estarán, siendo algunos primarios y otros secundarios, pudiendo transitar distintos períodos de tiempo y enfocándose en los estímulos probables que pueden interferir en los individuos.

    Por otro lado, se critica la idea de Pigou, quien expresaba que los errores cometidos por una persona deberían ser solventados con impuestos, para poder sanar esa herida en la misma medida que fue provocada. También, en caso contrario, si se generan efectos positivos de una persona, sin haber tenido la intención de hacerlo, el Estado en sí debería ofrecer cierto subsidio. Debido a esto, el autor explica que no sería la solución óptima, ya que el Estado no tiene conocimiento sobre las ideas de cada individuo y de sus prioridades. Entonces, sería correcto individualizar cada caso, para poder llevar a cabo una solución esperada. Por eso, a veces ocurre que el Estado, como partidario de ser el organismo con mayor poder, interviene de manera superior a la que debería dentro del sector privado.

    Por último, se concluye que la idea expuesta por el autor es, hacer un análisis más profundo, exponiendo los efectos secundarios asociado al intervencionismo. Entonces, se podría hacer un correcto ajuste, teniendo en cuenta las características mencionadas anteriormente.

    LO SORPRENDENTE
    Bajo mi punto de vista, es destacable la explicación acerca del intervencionismo estatal, dentro de un mundo predominantemente keynesiano. Mediante su explicación, es profunda la idea de que se tiene que dejar de pensar que los costos siempre tienen que ser cubiertos con otros, cuando debería ser una idea más regulada y transitoria, existiendo la posibilidad de que no haya reparación posible. Sin embargo, dentro de muchos lugares existe una gran intervención y poder, donde el Estado dio pie para que eso pase.

    Por último, se hace hincapié en el concepto de reciprocidad, donde a veces no se toma en consideración si la otra persona está sacando provecho de la misma manera que vos. Simplemente nos fijamos en nuestras ideas y en que el intercambio sea digno para nosotros, siendo una reciprocidad no solidaria a veces. De esta forma, aunque realmente no lo hagas a propósito o con la mente focalizada específicamente en eso, es común decir que no estamos siendo malos con el otro cuando la acción es la misma que decir que no quieres dar algo a cambio.

    PREGUNTAS
    – ¿Usted considera que es más apropiado exponer hipótesis con una conclusión ya dada o, poder expresar un conjunto de ideas para llegar a una hipótesis que aún no cuenta con efectividad en la conclusión?
    – ¿Considera que podría existir algún caso en el que utilizar impuestos pigouvianos sea lo correcto? ¿Por qué hoy en día se siguen utilizando?
    – Suponiendo un mundo en el que existan costos de transacción dentro del mercado, encontrándonos con esto en nuestro día a día, ¿hay posibilidad de que esta idea sea perjudicial para aumentar la cantidad de influyentes en el mercado por el incremente que esto tendría efectuarlo?

  3. Resumen:
    En el texto Coase se refiere al ordenamiento social y la política que se debería tomar en cuanto al daño a terceros por parte de la actividad privada. A diferencia del enfoque tradicional, que busca restringir a aquel que causa el daño, el autor sostiene que, desde un enfoque puramente económico, se debería buscar maximizar el valor de la producción total.
    Si no existieran costos por transacción, afirma el autor, esto sería solucionado espontáneamente mediante acuerdos entre privados, sin importar que determine la justicia. La delimitación legal inicial de los derechos podría ser modificada por transacciones de mercado. Pero llevar a cabo transacciones de este estilo conlleva costos, los cuales en algunos casos pueden ser tan altos que impidan que se re realicen. La maquinaria del gobierno no necesariamente trae mejores resultados o menores costos, pero ante la imposibilidad de acuerdos privados, el ordenamiento de los derechos que esta establezca determinara la distribución de los recursos. Es por esto por lo que Coase aboga por un sistema judicial que considere las consecuencias económicas de sus decisiones, comparando utilidad y daño producido. Lo que debe decidirse es si la ganancia por evitar el daño es mayor que la perdida que se sufriría como resultado de mantener la acción que ejerce el mismo. Remarca la importancia de que no se fije una regla para todos los casos, sino que exista un marco legal que permita decidir en cada caso particular utilizando un enfoque centrado en el costo de oportunidad para decidir los ordenamientos sociales más beneficiosos.

    Interesante/novedoso:
    Hasta ahora venimos estudiando como los autores clásicos siempre defendieron la superioridad del mercado para la distribución más optima de los recursos y la maximización de la producción. Pero aquí se presenta una contradicción a esto al mostrar que los costos del ordenamiento más optimo del mercado pueden ser tan altos que este nunca se lleve a cabo. De aquí que surja la necesidad de que el Estado de forma «autoritaria» moldee el sistema jurídico para ayudar a «asegurar el máximo beneficio social». También me parece interesante como remarca que muchas situaciones que uno podría considerar que necesitan de una acción correctiva del gobierno, en realidad son resultado de su accionar.
    Lo que me resulto más disruptivo es su posición en cuanto a los factores de producción, es decir los derechos de propiedad, afirmando que no existe propiedad sobre una entidad física, como la tierra, sino más bien un derecho limitado para desarrollar ciertas actividades. De este punto criticaría la legitimación de toda actividad autorizada por el Estado y la concepción de que, si esta permite maximizar la producción total, no se la debe responsabilizar por sus daños. Desde mi punto de vista, esta idea legitima el avance del Estado sobre los derechos de propiedad de los dignificados, siendo moralmente cuestionable, y sus efectos son debatibles en la práctica, dadas las señales que esto enviaría al mercado.

    Preguntas:
    1) Al no responsabilizar a las empresas por los daños causados a otros con la excusa de que su actividad está autorizada por el Estado, como se vio en los juicios citados, o que la misma maximiza la producción total, como defiende Coase, ¿No se estaría desincentivando la actividad privada ante la incertidumbre de que en cualquier momento la autoridad podría decidir utilizar determinada zona «en pos del beneficio social»? ¿No sería mejor tener un sistema legal con los derechos de propiedad y las limitaciones de acción bien delimitados, de tal forma que se tenga certeza que una actividad no será terminada por la decisión autoritaria?
    2) ¿Es siempre correcta la búsqueda de la maximización de la producción por sobre todo lo demás?
    3) ¿Es posible medir correctamente todos los daños que determinada actividad genera, teniendo en cuenta que esto se realiza mediante calculo económico, el cual, como ya vimos en el texto de Mises, si bien en una muy buena herramienta, se basa únicamente en los valores de intercambio?

  4. Resumen
    En este texto, Coase muestra, con muchos ejemplos, cómo puede ser la mejor forma de resolver las llamadas “externalidades” en la economía. Al principio ejemplifica con casos donde no existen los costos de transacción (modelos algo alejados de la realidad) y expone cómo ambas partes pueden lograr un acuerdo que beneficie a ambos y basar sus decisiones de producción contemplando estos asuntos en forma de costos económicos. Finalmente, bajo estas suposiciones se elige la opción de distribución de recursos que maximiza el ingreso.
    Para añadir, resalta la importancia de los derechos legales y de propiedad en el sistema económico. En las organizaciones más cercanas a la realidad, con costos de transacción y estructuras mucho más complejas, el papel que juega un ordenamiento adecuado de los derechos es importante para alcanzar la producción más óptima posible, generando una situación de decidir entre las ganancias que genera una actividad y las “molestias” que esta misma ocasiona en la sociedad.

    Novedoso:
    Me resulta interesante el planteo que realiza el autor sobre el papel de los derechos en la economía, ya que es algo en lo que los autores analizados anteriormente no hicieron tanto énfasis y lo entiendo como algo relevante para un análisis completo en la economía.
    También, la decisión propuesta por Coase entre decidir qué pesa más en la sociedad: si la ganancia de evitar ese daño o molestia causada o seguir con esa acción en el caso que se considere como una pérdida necesaria para mejorar la condición. La solución a este asunto no siempre es la intervención del Estado como se piensa comúnmente, ya que puede actuar de forma irracional, condicionada o puede no considerar los efectos totales de las acciones realizadas.
    Los ejemplos propuestos al principio son de gran ayuda para entender la idea del economista e introducir el concepto de externalidad.

    Preguntas:
    1)¿En qué casos puede el gobierno intervenir acertadamente?
    2)¿Es posible cuantificar en términos económicos todos los costos que incurren en una actividad?¿Que pasaría en el caso de una situación dónde no sean cuantificables y comparables los efectos producidos?
    3)¿Con qué vara se considera a una “molestia” cómo válida?

  5. María del Rosario Bruno
    El problema del costo social – Ronald Coase

    1.
    Coase argumenta que si viviéramos en una sociedad donde no se den los costos de transacción, la gente negociaría unos con otros para llegar a un acuerdo con una mejor distribución de los recursos. Sin embargo, en la sociedad con costos de transacción altos, como el ámbito de externalidades ambientales, la negociación es dejada de lado ya que no hay una combinación optima de derechos que permita satisfacer a las partes y es donde el autor manifiesta que una intervención estatal puede estar justificada.
    Es así que, Coase explica como en un mundo con la negociación como “centro” sin costos de transacción, los resultados de la asignación de recursos maximizasen el valor de la producción, dejando de lado la intervención de un tercero. De esta forma, los agentes llegan a un acuerdo si los derechos de propiedad estar asignados, igualdad entre las partes, costos de negociación nulos o muy bajos, entre otros que aseguran el resultado eficiente llegando a un equilibrio optimo. Con este teorema el autor trae una nueva solución a un problema donde históricamente se lleva a castigar a una parte por decisión que toma un tercero, el estado.

    2.
    Es un tema que uno al vivir en sociedad y convivencia tiene presente, llevando a un ejemplo como hace el autor, una persona debe trabajar y/o estudiar en silencio para realizar su tarea de forma eficiente y a su vez otra persona debe hacer su tarea que genera ruido e inevitable se llega a la pregunta de ¿Quién debe continuar con su tarea y quien no? Y ahí es el punto que me llama la atención de como el autor encuentra un teorema que compara las utilidades de cada uno (o ganancia si es trabajo es más claro) y lleva la pregunta a ¿a quién debería permitírsele perjudicar a otro?
    De esta forma el autor encuentra una “solución” que intenta combinar al derecho con los beneficios económicos para lograr ese equilibrio en el problema del costo social.
    Otro punto interesante, es como Coase no está en total desacuerdo con autores como Pigou que buscan una “solución” en penalizar a quien es, desde el punto de vista de la ley, el culpable (fabrica que contamina). Sino que Coase busca un equilibrio ideal que se daría en un mundo con otros costos de transacción y que en base a ello se intente ir mejorando la realidad.

    3.
    – Los jueces y/o quienes analicen la penalización, ¿No deberían tomar en consideración este teorema? ¿Por qué no lo hacen?
    – En una sociedad donde los progresos tecnológicos permiten hacer que una fábrica sea “amigable con el ambiente”, ¿considera que en lugar de penalizar no se podrían bajar los impuestos a dicha fabrica para que invierta en ser menos contaminante?
    – Siguiendo la línea de que el Estado en ocasiones interviene siendo autoritario, ¿Cree que sería mejor que una institución autónoma decida la penalización y si es beneficiosa que se aplique? ¿Considera que podría ser autoritaria de todas formas?

  6. RESUMEN: “EL PROBLEMA DEL COSTO SOCIAL”.

    En “El problema del costo social”, Coase plantea que, en presencia de las externalidades, si los costos de transacción son cero y los derechos de propiedad están bien definidos, se llegara a una producción eficiente en donde podrán maximizar el valor de producción (eficiencia en términos de Pareto).

    El problema resulta cuando identifica que la existencia de las externalidades puede generar inconvenientes para ambas partes activas en la interacción, debido a que los costos de transacción nunca son iguales a cero. Es decir que, en cualquier actividad existirán beneficios o perjuicios, tanto en asuntos privados como sociales. Estos problemas resultan cuando la libertad del individuo o mejor dicho, de todos los individuos no son respetadas.

    Para comprender esto, el presenta varios ejemplos en donde existen conflictos como: problemas en la negociación entre privados y juicios en los que necesariamente interviene la ley o el Estado. Debido a esto, plantea que el principal error de la mayoría de los economistas es pensar que los gobiernos pueden corregir las fallas de mercado sin ningún tipo de costo. Es decir, que ante una externalidad, el Estado puede intervenir y ayudar a ambas partes o correr el riesgo de profundizar el problema. Por ello, el autor concluye, diferenciándose de Pigou, que la mayoría de las intervenciones que intenten mejorar la situación, en términos económicos, van a terminar siendo más perjudiciales que en el caso de no existir tal intervención. Una supuesta solución seria que el Estado, en vez de intervenir o actuar como dios, podría incentivar a que los individuos establezcan acuerdos para que no sufran consecuencias negativas debido a la intervención.

    RESUMEN: “LA NATURALEZA DE LA EMPRESA”

    Ronald H. Coase comprendía, como Hayek, al sistema económico como un organismo. En “La Naturaleza de la empresa” explico que, dentro de un mercado libre, donde hay libre competencia, los recursos son coordinados por el sistema de precios. Este sistema de precios permite que los agentes económicos puedan tomar decisiones económicas racionales.

    Por otra parte, planteaba que las empresas estaban inmersas en el mercado como “islas de poder consciente”, siguiendo un criterio de organización, no un sistema de precios. Remarca que estas surgen de forma voluntaria, formadas por relaciones contractuales libres entre sus integrantes. Estas buscan la cantidad optima de planificación, asignando recursos dentro de la misma (criterio de jerarquía-autoridad). Es decir, que el mercado y la firma son mecanismos de coordinación alternativos.

    Pero ¿Por qué surgen las firmas? Esto se debe a que “utilizar” el sistema de precios y el mercado, tiene costos de transacción, como, por ejemplo: descubrir el precio relevante, saber cuáles son los costos de negociar y cerrar contrato por cada transacción. Es decir que, debido a los costos y a la incertidumbre en el uso del mercado, aparecen las firmas.

    El límite de estas se encuentra en los costos de organización. La firma crecerá hasta que el costo marginal de una transacción dentro de la firma sea igual al costo marginal de una transacción en el mercado (deje de ser eficiente). Básicamente, la firma traza un límite donde es eficiente el mecanismo de precios para asignar recursos, o donde es mas eficiente el empresario como coordinador.

    SORPRENDENTE:

    Por un lado, de “La Naturaleza de la empresa” me llamo la atención como el autor nota que en competencia perfecta, como los costos de transacción son cero, no hay motivación para que aparezcan nuevas firmas.

    Por otra lado, de “El problema del costo social” me llamo la atención como muchas veces estamos limitados por el derecho y las sanciones que nos imponen, las cuales pueden llegar a perjudicar, en términos agregados, la mejor distribución de recursos dentro de un mercado. Además, me resulto muy interesante como Coase explica el altísimo costo de mantener un Estado que interviene en las actividades agregadas, perjudicando asi a las actividades individuales. Es decir que, debido a costumbre (más en Argentina) o por imposición, muchos creen que el mejor organismo para solucionar las externalidades de alguna actividad económica/social es el Estado y perdemos la noción sobre cuál es el costo social de mantener dicho organismo, sin antes pensar cuales son los beneficios y cuanto costo nos ahorraríamos si tal solución nos la daría el sector privado.

    PREGUNTAS:

    ¿Qué criterio deberían utilizar para saber que agente esta “perdiendo” mas que el otro? (Obviamente no nos deberíamos limitar únicamente a los términos económicos).

    Coase no se limitó a pensar que el Estado siempre empeora la situación al intervenir. ¿Cree que la intervención afecta (todavía más) en términos económicos y sociales SIEMPRE? ¿O de vez en cuando la intervención es buena? ¿Cuál podría ser el caso?

    ¿Cree que la definición “Falla de mercado” existe? ¿Cree que es causada por los agentes económicos que interactúan en el mercado o por los intervencionistas?

  7. Resumen:
    Coase comienza ilustrándonos como el problema del costo social se suele plantear de manera tradicional acerca de como se debe reparar el perjuicio de A a B, cuando en realidad este mantendría una relación reciproca. Es decir, restringir el daño a B perjudica a A. Además, explica que la elección de a quien se debe restringir se debe tomar en base al valor de lo que se obtiene y el valor de lo que se sacrifica para obtenerlo.
    Luego comienza su análisis mediante el caso de que el negocio que daña paga los daños causados y el sistema de precios funciona correctamente (operación sin costos de transacción) con una eficaz distribución de recursos, compensaría los daños causados entre A y B mediante la distribución de factores o la abstención en el uso de estos cuando el daño llegue a determinado nivel. Inmediatamente explica el caso donde el negocio que causa el daño no lo paga, llegando al mismo resultado final debido a ala ausencia de costos de transacción, agregando luego que el daño puede tomar diversas formas (como un edificio tapando con su sombra el solárium de un hotel) desarrollando en el caso del doctor vs el panadero como el litigio resultante no seria igual al resultado en la distribución que si ambos negociaran por su cuenta.
    Algo positivo que rescata de un sistema de transacciones sin costos es como la baja del valor de producción producto de un daño implica un costo para ambas partes, explayando luego que en caso de presentarse un litigio sería deseable que las cortes comprendan las consecuencias económicas de sus decisiones y puedan tomar en cuenta estas consecuencias cuando adoptan sus decisiones, explicando que el estado benefactor en los litigios extenderá una inmunidad de responsabilidad ante daños, que los economistas condenan pero asumen que es un síntoma de poca intromisión estatal en el sistema económico, siendo en ultima instancia mucho mejor la negociación entre pares por la maximización en la distribución de factores antes que resolver la disputa mediante un litigio.
    Lo novedoso:
    Me llamo mucho la atención la manera en la que Coase descarta la explicación tradicional para resolver un conflicto ante daños, la cual parte de una perspectiva legalista de un estado hobbesiano responsable de vigilar y castigar, proponiendo en su lugar que este método lejos de reparar el daño termina perjudicando a ambas partes y argumentando que la intervención del estado desestabiliza los costos de transacción, haciendo que la mejor opción sea la negociación libre de las partes involucradas ya que así se maximizan sus valores de producción. Curiosamente, este enfoque me resulto muy similar a algunos argumentos del agorismo (entendiendo a la negociación entre las partes como una forma de contra economía y al litigio como el “mercado blanco” aprobado por el estado) acerca de los perjuicios de la intromisión estatal en el sistema económico.
    Preguntas
    Ante un daño accidental a la propiedad de B cuya fuente fue dentro de la propiedad de A ¿sería necesario un litigio antes que la negociación entre pares?
    ¿El caso del doctor y el panadero seria extrapolable al ámbito de convivencia domestica? (vecinos ruidosos). En caso de serlo, ¿Debería variar la respuesta (litigio o negociación) según el tipo de viviendas involucradas?
    ¿Cómo se podría aplicar el concepto del problema del costo social ante la propiedad común o cuando se hace presente la tragedia de los comunes?

  8. Resumen:
    Coase aborda el problema de las externalidades, a diferencia de Pigou, como un problema que surge por derechos de propiedad mal asignados o que no están asignados. Argumenta que estas externalidades, en un mercado libre y sin costos de transacción, son resueltas de una manera mas eficiente que mediante la imposición de impuestos por parte del estado. En caso de que haya una distribución de los derechos de propiedad sub-óptima o inexistencia de derechos de propiedad, se deberá resolver en la justicia para procurar la maximización del Producto Social. Otro motivo por el que se opone a los ‘impuestos Pigouvianos’ es que esos impuestos no se suelen utilizar para compensar a la parte damnificada y, por el contrario, en un sistema de mercado con derechos de propiedad correctamente asignados si se compensa directamente a quienes sufren el perjuicio.

    Novedoso/Interesante:
    Me pareció muy interesante el enfoque de Coase sobre el Producto social e intentar resolver las externalidades desde un enfoque Paretiano, maximizando el bienestar de todos, evitando perjudicar a quien producía la externalidad negativa. De eso se deduce que en varias situaciones la intervención del estado puede parecer positiva a simple vista pero en realidad está generando distorsiones que reducen el bienestar social. Un aspecto interesante es su pensamiento del estado como una ‘’super empresa’’ que tiene suficiente poder para hacer cumplir las medidas, aunque advierte que el costo administrativo suele ser muy alto y los resultados de la regulación suelen ser ineficientes. Por otra parte, entiende que los factores de producción no son únicamente objetos físicos, sino el derecho de desarrollar acciones para producir. Estas acciones probablemente entren en conflicto con los derechos de terceros, por lo tanto, es fundamental que los derechos de propiedad estén correctamente asignados.

    Preguntas:
    1) Incluso en un entorno de libre mercado y bajos costos de transacción, ¿habrían incentivos para cooperar entre las partes?
    2) En situaciones donde el daño es difícil de cuantificar y ambas partes intentan maximizar su ganancia, ¿cómo se podría resolver el conflicto?
    3) ¿Como se podría determinar cuándo una externalidad negativa es lo suficientemente nociva como para que el damnificado posea el derecho a ser indemnizado?

  9. Resumen:
    Ronald H. Coase realiza un análisis del efecto de las externalidades negativas en la economía, poniendo en perspectiva contraria a Pigou.
    Según el autor, considerar al gobierno como una fuerza correctiva de las fallas de los mercados que no tiene costos no es correcto.El análisis económico de tal situación se ha realizado usualmente en términos de una divergencia entre el producto privado y social de la fábrica,El coste social ocurre cuando la actividad de un agente económico, sea un ciudadano privado o el Gobierno, provoca interferencias ilegítimas sobre los derechos de propiedad de otro.
    El principal problema a analizar se refiere a las actividades de una empresa que tienen efectos perjudiciales en otras. Teniendo en cuenta uno de los ejemplos del texto “es el humo de una fábrica que provoca efectos nocivos en los que ocupan las propiedades vecinas”, para el autor la solución no es penar a la fábrica como plantea Pigou, ya que los resultados a los que se llegaron no son los deseables, por lo cual este comportamiento es inadecuado. La solución sería evitar el daño, y esto se puede generar basándose en los ingresos de las empresas en cuestión y en los costos que les producen los daños, establecer que es más beneficioso “permitir” dependiendo de si el sistema de precios funciona correctamente, y si existe o no responsabilidad de los daños causados.
    Volviendo al ejemplo nombrado en un principio, se establece que ambas partes tienen responsabilidad en cuanto al daño.El que genera el daño no es necesariamente quien debe responsabilizarse. El gobierno en vez de intervenir, debería establecer acuerdos entre las partes para que no haya efectos negativos en la economía por las medidas de intervención.
    Por último el autor desarrolla el “Teorema de Coase”, el cual sostiene que en la medida que los costes de transacción sean bajos o inexistentes y que los derechos de propiedad establecidos en los fallos judiciales no permitan una solución económica eficiente, se producirá una reasignación de estos derechos hacia aquellos que los valoran más, aunque las cortes fallen en contra de estos.

    Lo más llamativo:

    Lo que más me llamó la atención fue la forma en que las ideas de las externalidades se relacionan en un principio, las diferentes resoluciones al problema que se le dio desde lo económico y lo jurídico en su contraparte.
    En la actualidad es algo que se sigue discutiendo a mi parecer, más teniendo en cuenta en el país donde nos encontramos. La conclusión que se plantea es muy interesante ya que nos da a saber que los extremos no son buenos y la idea de intervención o no intervención necesita una gran investigación y análisis para ver si es algo positivo o negativo hacia el problema ya que la intervención termina perjudicando el correcto funcionamiento del mercado. El gobierno debería implementar pautas para que las partes puedan llevar a mejores acuerdos privados. El mercado sin intervención es la mejor respuesta, y así al largo plazo las empresas van a tender a acomodarse sin conflictos.

    Preguntas:
    ¿Por qué cree que hasta el día de hoy muchas personas siguen siendo seguidoras de las ideas de pigou ya habiéndo demostrado el lado negativo de dichas intervenciones?
    En el caso de que en el ámbito privado no se lleguen a resolver los conflictos mediante un acuerdo, ¿qué solución se le podría dar? qué tan factible es alcanzar soluciones privadas en un mundo tan cambiante como el actual?
    ¿Cómo se puede evaluar el costo de oportunidad en situaciones como las planteadas?
    ¿Se considera necesaria la intervención estatal para la regulación del calentamiento global por ejemplo?

  10. Resumen:
    En el texto «El problema del costo social», Coase critica la visión de Pigou sobre las externalidades y sus posibles soluciones, en la que se ve al gobierno como una fuerza correctiva de las fallas del mercado, a traves de impuestos o subsidos, sin tener en cuenta los costos que esto trae aparejado.
    Para Coase, si una empresa A daña a una empresa B, la solucion ideal no seria castigar a A, ya que esto lee afectaria, sino que debe encontrarse la manera de evitar el mayor daño posible.
    Si los costos de transaccion son bajos o inexistentes y los derechos de propiedad no son economicamente eficientes, entonces se va a producir una reasignación de estos derechos hacia aquellos que lo valoran mas, es a esto a lo que se conoce como Teorema de Coase, el cual parece solucionar este problema.
    Novedoso/Sorprendente:
    Me resulta interesante la idea de que en ocasiones lo mejor no es castigar a quien realiza el daño sino que deben considerarse las ganancias de cada uno para poder establecer quien es el que genera mayor valor a la economia. Esta visión me es totalmente soprendente ya que siempre se busca compensar a la persona dañada en perjuicio de aquella que realiza el daño y jamas habia considerado que podria no castigarse a la misma si esta produce un mayor valor a la economia que aquella que recibe el daño.
    Por otro lado tambien me llamo la atención el hecho de que Coase considere que no siempre el Estado pueda solucionar estas «fallas del mercado» ya que el mismo actua sin tener en cuenta los costos, y en ocasiones estos problemas se pueden solucionar perfectamente a traves de la negociación de los privados, sin que sea necesaria la intromisión del Estado.
    Preguntas:
    ¿Sería posible un mundo en el que el Estado sea totalmente innecesario y los problemas de las externalidades sean totalmente resueltos a traves de las negociaciones entre los privados?
    ¿Por que el Teorema de Cose fue tan invisibilizado en la practica, aplicandose en casi todos los casos la idea de que quien realiza el daño es quien debe pagar?
    ¿Como se podria establecer en que casos la solución estatal seria economicamente eficiente y en cuales no?

  11. El problema del costo social- Coase

    RESUMEN
    El eje fundamental del texto recae en analizar el problema del costo social.
    El autor busca analizar el vínculo y el accionar de la política en términos económicos, y explica como cada una de las soluciones que pueden llegar a presentarse implica un costo.
    El hecho de que ciertos economistas consideren que el Estado no enfrente un costo al momento de corregir las fallas de mercado es un error fatal. Coase critica las teorías de mercado, ya que las mismas ignorar los costos del gobierno en su totalidad.
    A problemas se refiere a aquellos tanto causados por agentes privados y si los mismos deben ser los que afronten dichos gastos o si es el estado el que debe estar ahogándose en solucionar.
    Son los costos lo que permanecen siempre presentes.
    Su conclusión recae en que deben considerarse los efectos totales (incluyendo costos sociales) al momento de vincular la política con la economía.
    Coase no considera que el Estado debe tener una intervención exhaustiva (impuestos y subsidios) como consideraba Pigou, sino que se debían definir límites y permitir que la partes sean capaces de negociar entre sí.

    NOVEDOSO
    Me resulta novedoso la contra postura que Coase plantea en base a las creencias de Pigou. Pese a que critica las teorías sobre el no considerar los costos del estado, no considera que se debe ir de un extremo al otro.
    No considera que a pesar de que las teorías “no consideraron el rol de estado” ahora el Estado debe tener un rol sumamente principal.
    Además no castigar con impuestos a aquellos entes que generaron “daños” sino limitar la cantidad de daños.
    No busca ahogar a los agentes en gastos, pero si reconocerle a los estados los costos que conllevan los errores del mismo.
    Y por último, es novedoso como en cierto sentido, luego de que la economía se haya vuelto una rama por si sola, se la ha tendido a “separar” del área legal, en cierto sentido ha comenzado a ganar independencia, pero es en casos como este necesario traer la delimitación de derechos.

    PREGUNTAS
    1. ¿Cuál parámetro plantea Couse sobre la extremidad de la situación para permitirle al Estado intervenir? ¿En dónde se fija ese límite de intervención o la no intervención del Estado?
    2. ¿Es posible reducir el costo social a dimensión Interestatal? Ya que en caso de la reducción de contaminación, son muchas veces los Gobiernos o la competitividad internacional la que nubla los intentos de reducción de costo social con tal de maximizar ganancias.
    3. ¿Qué ocurre cuando los costos sociales se dan de manera no cuantificables? Por ejemplo los daños psicológicos en el caso de situaciones extremas.

  12. Preguntas para el autor:
    1. Si no existieran los costos de transacción ¿las partes siempre llegarían a un acuerdo o puede ser que no lo hagan? ¿Qué sucedería en este caso? ¿aparece el estado?
    2. El autor menciona como estas externalidades afectan la maximización de la producción y esto debe ser evitado, pero suponiendo un ejemplo donde la producción crece a costas de sacrificar demanda, ¿cómo se llevaría a cabo dicha situación en el sistema judicial?
    3. ¿podría el estado ejercer un rol que sea un punto medio entre lo planteado por Coase y la propuesta de Pigou? ¿Cómo funcionaria esto?
    Aquello novedoso o que me llamó la atención:
    En primer lugar, el hecho de que el autor plantee las externalidades como algo reciproco y como el daño no es culpa solo de una de las partes, sino que de ambas y que debido a esto podrán en ciertas circunstancias particulares llegar o no a un acuerdo.
    Otro hecho a remarcar radica en como el autor a diferencia de otros no dice que el mercado regulará todo y que el estado debe apartarse totalmente, sino que lo que hace es proponer que el estado si tenga un cierto grado de intervención pero que lo haga desde un “approach” diferente al que lo venía haciendo y proponía Pigou. Con un sistema judicial que no debe basarse tanto en la jurisprudencia, pero sin tener un marco legal, maximizando de esta manera el beneficio social.
    Texto Resumen:
    El autor arranca describiendo el efecto que tienen las externalidades de carácter negativo en la economía y propone una solución diferente ante estas situaciones y como el estado debe encargarse de ellas. Argumenta como pensar al gobierno como quien debe corregir las fallas de mercado no es lo mejor, sino que resulta un error, cuestionando así la idea de Pigou.
    Para explicar esto el autor da ejemplos con los efectos perjudiciales que tienen las medidas tomadas por una empresa hacia otras empresas. Ante una situación que una empresa esté perjudicando o dañando a la otra, si regulamos o modificamos a aquella que perjudicó, la estaríamos dañando con tal de no perjudicar a la otra.
    Según el autor ambas partes tienen cierta responsabilidad en el daño ocasionado, argumenta esto con ejemplos claros. Por lo que dice que antes de que venga el estado a intervenir sería mejor que las partes establecieran un acuerdo entre ellas para evitar los efectos negativos en la economía que podrían ser ocasionados por las medidas regulatorias del gobierno, esto se daría de manera “espontanea” si no existieran los costos por transacción.
    Como esto no sucede, el autor propone un sistema judicial que evalúe los casos y tome la decisión en base a comparar el daño producido contra la utilidad o perdida de esta. Hace un énfasis en que cada caso es diferente y no debemos establecer una regla general.

  13. Resumen
    Coase plantea el problema de las externalidades y el intercambio entre los efectos individuales versus el bienestar social. Partiendo de la intervención judicial y las definiciones del derecho, postula en primer lugar una búsqueda por el menor mal como consecuencia de la producción, las ganancias y los costos tanto de los agentes como de los resultantes de producir un determinado daño a terceros. De este análisis termina por explicar que cuando un agente paga por dichos daños causados, el pago se equipará con costos de producción, lo que a la larga termina reduciendo el valor de producción. En cuanto a la posesión de derechos legales, y ejemplificando con casos como el de la ciudad que construye un aeropuerto o el de la locomotora que produce chispas, concluye que el hecho de ser propietario de un derecho juega a favor en las decisiones de los juzgados, si bien no modifica las leyes de mercados. Por otro lado, al elevarse los valores de producción, se obtiene una reasignación de derechos. Este reordenamiento de los derechos se da, si el aumento en el valor de producción supera los costos. Además, para el autor las regulaciones impuestas por la intervención estatal, no necesariamente generan mejores resultados, criticando así a Pigou, quien apoya la intervención estatal y la imposición del sistema de impuestos por generar daños o subsidios por evitarlos. Esto se debe a la diferencia entre forzar una indemnización por daño que pagar un impuesto por daño. Para concluir, también define que la existencia de un sistema de precios conduce al empleo de factores donde el valor del producto es mayor al costo total.

    ¿Qué llamó mi atención?
    A partir de este texto pude comprender el concepto de externalidades, como costos o beneficios en los que se incurre al producir un determinado bien y que no están incluidos en los precios de mercado. Además, es interesante la diferenciación a partir de que la maximización del bienestar de cada individuo no conduce al máximo bienestar social. También, el hecho de que las fuente de externalidad estén bien definidas siempre y cuando la cantidad de agentes afectados sea limitada, resultando en menores o más bajos costes de negociación entre las partes, determinando que la solución eficiente se llega independientemente de la determinada asignación de los derechos de propiedad, en la medida que se le otorgue a alguno de los agentes ese derecho de propiedad.

    Preguntas
    ¿Cómo explicaría el autor los casos en los que a pesar de que los agentes hayan alcanzado un acuerdo por sus medios, la regulación estatal decide intervenir por su propio interés?
    ¿Hay alguna forma de identificar cuando la intervención del estado cruza la línea de racionalidad, resultando excesiva o autoritaria?
    ¿Cómo podemos medir específicamente un daño a ser compensado por una ganancia?

  14. Resumen
    En esta ocasión, el texto estudiado trata sobre las externalidades generadas por el mercado, o dicho de otra manera “a las actividades de una empresa que tienen efectos perjudiciales en otras”. Las soluciones que se les suele dar a las externalidades es control estatal, como por ejemplo desventajas impositivas a las empresas contaminantes. Sin embargo, Coase argumenta que este remedio puede ser peor que la enfermedad. Los problemas por lo general se pueden resumir en “¿Se debería dañar a la persona A para evitar daños a B, o se debería no restringir a A y generar daños a B?, y lo importante, dice Coase, es distinguir que daño es mayor para poder evitarlo. Para solucionar esto, A podría pagarle a B lo que pierde por los daños, y viceversa. El problema es que este supuesto es de difícil aplicación en la realidad, ya que estos costos podrían superar los ingresos de los que tienen que pagar por los daños, corriendo el riesgo de terminar con su actividad. Otra solución podría ser la intervención del gobierno, pues el Estado tiene ciertas ventajas sobre las empresas, por lo que los costos quizás serían menores. Sin embargo, el aparato estatal si tiene un costo enorme, y la aplicación de medidas podría ser tranquilamente muy costosa como para ser puesta en práctica: intervenir no necesariamente es beneficioso para el gobierno. Por otro lado, Coase se opone a los dichos de Pigou pues clasifica a la doctrina de Pigou como “defectuosa”, pecando tanto de análisis como de conclusiones incorrectas. Como conclusión, Coase propone simplemente cambiar de enfoque para evitar los errores de análisis por parte de los economistas.
    Novedoso
    Un punto que me llama la atención es la importancia que le da Coase a los ejemplos, tanto los que el mismo propone como los que son propuestos por las personas con las que no coincide (Pigou). Otro punto interesante del texto de Coase es la pertinencia que se le da a los costos. En mi experiencia como lector, muchos autores que proponen la intervención del mercado parecen no considerar los costos de tales intervenciones; pues parecen estar convencidos que el mercado simplemente va a aceptar las leyes que se le impongan porque sí. Es importante que estén mas a la luz los costos de imponer y de controlar, y Coase colabora en esta labor. Por último, me pareció llamativo la idea que tiene Coase sobre los análisis de los economistas en general: cree que están mal direccionados desde su punto de partida. Por eso mismo, no es llamativo que como conclusión proponga simplemente “un cambio de enfoque”.
    Preguntas:
    • ¿Es lo mismo un sistema que castigue externalidades a un sistema que recompense a industrias que las evitan?
    • ¿Como se resolverían conflictos cuyo daño es de cálculo difícil -Por ejemplo, contaminación de las napas de una comunidad; enfermedades-?
    • ¿Es posible encontrar una solución general para todas las externalidades? ¿O sería mejor que la sociedad encuentre una solución para cada caso particular?

  15. EL PROBLEMA DEL COSTO SOCIAL – Ronald H. Coase

    Resumen
    El texto de habla acerca de la forma en la que ciertas acciones de una empresa pueden repercutir en otras, y como esto representa un costo social, y cuál es la mejor forma de abordar, tanto económica como legalmente, estas cuestiones. El problema es que es un caso de naturaleza recíproca, ya que, si la empresa “dañina” se ve forzada a frenar con dichas actividades, esta está a su vez siendo dañada mediante esta restricción. ¿A quien se le debe permitir hacer daño? ¿A quien cuya acción resulta en si misma dañina o a quien se está limitando y obstaculizando su actividad? La respuesta lógica es, a la que más daño genere, pero la respuesta a esto no es tan sencilla ni objetiva.
    Al mismo tiempo, el texto explica que el gobierno representa un papel de “súper empresa”, que cuenta con poderes que le permiten obtener ciertas cosas que otro tipo de organización no puede. Coase sostiene que el mayor error de análisis de los economistas es considerar al gobierno como una fuerza correctiva de las fallas de mercados que no tiene costos, sino que por el contrario los tiene y muchas veces son muy altos.
    El Gobierno puede, mediante leyes o a través de un organismo administrativo, encararse del problema y decretar la forma de procedencia al respecto. Sin embargo, la regulación gubernamental no necesariamente presentará mejores resultados que la solución de mercado o la que se genera a través de la empresa.

    Sorprendente
    Me resultó muy sorpréndete el punto de vista del autor en cuanto a la reciprocidad del daño en este tipo de confrontaciones. El pensar que la empresa que está generando un disturbio es a su vez victima de impedimento frente a su producción me resulto un concepto interesante y quizás incluso contra intuitivo.
    Al mismo tiempo me pareció sorprendente todas las distinciones que supo hacer frente a los distintos casos de acciones yuxtapuestas.
    Me llamo la atención una de las cosas que se explicaban con respecto a Pigou. Como su análisis estaba en lo correcto, pero no las conclusiones a las que llega, y como esto se debe a su forma errónea de ver el problema en cuestión. No se trata de buscar evitar el problema existente, sino de decidir cuál es la manera óptima de actuar frente a estos.

    Preguntas
    – ¿Por qué se tiene a Pigou en tan alta estima si su teoría esta tan errada?
    – En un ejemplo como el del médico y el panadero, ¿cuál sería la solución si las dos partes involucradas no llegan a un acuerdo?
    – ¿Qué ocurre con los daños que se generan en el largo plazo y no son visibles en un principio como podrían serlos los debidos a la contaminación?

  16. Resumen
    Coase se dedica a analizar las externalidades negativas dentro del área de fallas del mercado, y cómo se puede llegar a resultados óptimos o subóptimos. Es primordial para esto que existan costos de transacción bajos (o nulos) y un sistema de precios eficiente. La principal crítica es hacia la visión de Pigou.
    El autor comienza ejemplificando las típicas situaciones de externalidades y explica dos casos: cuando el que hace daño tiene la responsabilidad de pagar los mismos y cuando el que hace daño no tiene que hacerlo. Argumenta que, habiendo un sistema de precios que funcione correctamente y ausencia de costos de transacción, el mercado va a asignar los recursos de la mejor manera para solucionar la externalidad. Es aquí que se excluye la obligatoriedad de la presencia del estado y sus intervenciones en dichas transacciones. No hay motivos para creer que generaría beneficios.
    Por último, hay una breve explicación de por qué la visión de Pigou es incorrecta. Al cobrarle un impuesto al causante de una externalidad no se llega al mejor resultado posible solamente con eso. Explaya que la forma de solucionarlo es redistribuyendo ese impuesto cobrado hacia las personas que se vieron perjudicadas por la externalidad.

    Novedoso
    Me resulta muy interesante el planteamiento del origen de la firma como una solución al problema de los altos costos transaccionales. Su existencia internaliza la reasignación de los factores productivos, eliminando la necesidad de contratos o convenios costosos. Por supuesto esta solución también enfrenta costos y se realizaría únicamente en la medida que los costos administrativos correspondientes de la firma sean menores a los costos de transacción. Es de máxima importancia entender que toda acción se ejecutaría en caso de ser fructuosa, por lo que en este caso se compararian los costos y se tomaría la decisión más acertada teniendo en cuenta las diferentes variables en juego. Esta interpretación abre camino al análisis de las fusiones de las firmas, sus efectos beneficiosos para la sociedad y sus implicancias sobre la competencia.

    ¿Cree usted que se pueden disminuir los costos de transacción en un futuro no tan lejano? De ser afirmativa la respuesta, ¿Mediante qué mecanismo?
    Debería el estado entrometerse en asuntos tales como la salud, la educación, la seguridad?
    ¿Propondría las mismas soluciones aquí detalladas para los casos donde se presente una externalidad positiva?

  17. Demsetz: Hacia una teoría económica de los derechos de propiedad

    RESUMEN
    Principalmente, dentro de este texto se trata el tema acerca de la propiedad privada y sus derechos. El autor destaca la importancia, que muchas veces no se toma en consideración cuando se acciona, la idea de la transferencia de valores en este accionar. Es relevante la idea de realizar un análisis sobre los derechos de propiedad, donde al tenerlos, se cuenta con el “poder” de actuar de diversas maneras, teniendo la opción de ser beneficiado o perjudicado, siendo producto de factores externos. Estos factores no internos cuentan con costos o beneficios, recalcando que esta funcionalidad genera incentivos en busca de obtención de profundización de externalidades.

    Por otro lado, Demsetz intenta investigar el progreso del concepto inducido, que afirma que genera nuevos conceptos con todo lo que conlleva, sus costos, beneficios y externalidades. Inclusive, se destaca la idea de que los derechos son desarrollados en el momento que se genera lo económico, para los individuos que se ven afectados por factores externos.

    Para concluir, el autor enfatiza desde lo más profundo para explicar la evolución, desde el pasado hasta estos días, haciendo referencia a lo que cada individuo puede lograr con la propiedad privada. Recalca que, dentro de la misma, se busca maximizar beneficios, intentando transitar los menores costos posibles. Sin embargo, es necesario contar que, a pesar de que se intente hacer la mejor inversión posible, esto genera factores externos, que serán las que internalizan eficientemente. Además, dentro del derecho de venta, si esta se prohíbe, no hay posibilidad de hacer una internalización de costo / beneficio, sin poder hacer un cambio de derechos eficaz.

    LO SORPRENDENTE
    Lo destacable de este texto es el trasfondo con el que cuentan los derechos de propiedad, cuya existencia es mucho más antigua a la llegada de lo que hoy la fomenta, el llamado capitalismo. Además, hay una conexión entre los textos de Coase y Demsetz, contando con el pensamiento de internalización de costos y beneficios cuando los costos transaccionales van en disminución. La idea de acomodar una situación de una manera es tan simple, sin embargo hubiésemos pensado que era necesario una intervención más profunda que solo un acomodo dentro del mercado de agentes.

    Por último, la importancia que le da al concepto de externalidad es sorprendente, explicando detalladamente los efectos y las posibles decisiones de las personas, que complicaría o mejorarían la situación. Además, explica la diferencia entre propiedad estatal, privada y comunal, introduciendo ejemplos para diferenciar esto, en donde lo que es privado implica reconocer el derecho individual, a diferencia de lo estatal, donde el Estado ese el que tiene el poder sobre la misma.

    PREGUNTAS
    – ¿Es posible establecer un sistema de justicia bajo un sistema de propiedad comunal? ¿Cómo se implementaría?
    – ¿Es posible que todos los factores externos puedan adaptarse internamente?
    – ¿Cuál considera que es la forma más adecuada para buscar disminuir costos de internalización? ¿Cree que en Argentina es posible hacerlo?

  18. En el texto «El Problema del Costo Social», Coase busca responder al análisis hecho por Pigou. El texto podría dividirse en dos, una primera parte en la que Coase se explaya sobre las externalidades producidas por las empresas, y una segunda parte en la que directamente argumenta sobre el texto de Pigou. Como bien comenta Coase al inicio del texto, el consenso general entre los economistas tendía a ser la visión de Pigou acerca de la intervención estatal y la penalización a quien produzca externalidades negativas o subsidiar, como proponía Pigou que me resulta interesante, a quienes por su prudencia no generan daño en los demás con los llamados «servicios sin cargo», de este modo corrigiendo el sistema ya existente. A la conclusión que Coase llega es que, tanto gobernantes como economistas suelen ignorar los efectos que el actuar contra la externalidad originaria tuvo en la sociedad, que en ocasiones es en detrimento de ella más que en su beneficio.

    Aquello que me resultó más sorprendente es el análisis en sí de las externalidades por parte de Coase, quien explica que el costo de ejercitar un derecho siempre le está restringiendo a un tercero algo. Podría decirse que, entonces, estos casos son situaciones de economía de suma cero, al menos en el horizonte limitado en el que se evalúa si una fábrica genera humo sin contemplar su externalidad positiva de ofrecer empleo o bienes económicos. Por lo que, considero que, en continuación a lo que dicho en el texto, si bien el Estado busca el bienestar general, como todo lo recaudado en penalización al causante de las externalidades negativas queda en manos burócratas, este sistema lo único que genera es un malestar equitativo en ambas partes, entonces el gobierno no hace más que estorbar en estos casos.

    Preguntas:
    1) Me gustaría un poco más de claridad en el término de daño, ya que, por lo proveído por el textos, una externalidad negativa puede ser todo aquello que genere un descontento o un reclamo, ergo, un grupo de ambientalistas puede considerar a la venta de carne como un daño. Entonces, ¿qué es y que no es una externalidad negativa?
    2) Volviendo a la cuestión de los servicios sin cargo de Pigou en lo que consideraba que un subsidio era mejor que una penalización, ¿no sería contraproducente el efecto en su totalidad, porque para ello, el Estado debería cobrar mayores impuestos los que en definitiva elevarían el costo de los productos o el costo de vida?
    3) Supongamos la construcción de un metro el que, una vez finalizado generará un gran bienestar sin generar externalidades negativas pero que, mientras dure su construcción generará grandes molestias a los vecinos. ¿Qué debería regir en este caso?

  19. El problema del costo social – Coase
    RESUMEN: Coase realiza un análisis sobre las “externalidades negativas”, es decir sobre los efectos nocivos que puede generar la actividad privada (por ejemplo: daños ambientales). Coase está en desacuerdo con el accionar común para actuar contra dichas externalidades, el cual generalmente incluye restricciones a cierta actividad. Plantea que la solución recae en maximizar la producción total, tomando un marco legal como factor fundamental. Dice que el obstáculo principal está en los elevados costos de transacción. Según Coase el mercado mismo podría solucionar los daños vía acuerdos entre las partes si: los derechos de propiedad están bien asignados, las partes tienen poder de negociación parecido y los costos de transacción permanecen bajos. Dentro de este marco legal los agentes privados podrían interactuar sin necesidad de intervención estatal. La conclusión es que el costo de oportunidad de las firmas por causar daños debe ser mayor al de no generarlos. Dicho de otra forma, que se prefiera una ganancia por evitar los daños, antes que una pérdida por causarlos.
    LO LLAMATIVO: Creo que el contenido del texto es de gran valor para el debate económico. Principalmente porque a través del tema de las externalidades negativas muchos suelen justificar la intromisión del Estado en la actividad económica, lo cual a largo plazo trae más problemas que soluciones. Por esto me parece altamente valioso el rol que le asigna Coase a la institucionalidad como mecanismo para garantizar el buen funcionamiento de la sociedad. Podría decirse que Coase nos muestra como para hablar de economía no podemos dejar de lado el derecho y el marco legal de una sociedad cualquiera. Precisamente lo que remarca el autor es que con una buena base institucional el propio mercado es el que puede hacer frente a las externalidades.
    – ¿Por qué considera que la solución de Pigou es a la que más se recurre?
    – ¿Puede decirse que los costos que genera el gobierno son siempre mayores a los que genera el mercado?
    – ¿Cree que los gobiernos optan por la intervención antes que por la institucionalidad porque creen que así pueden maximizar su recaudación? ¿Puede estar el principio de Laffer implícito en este debate?

  20. En “El Problema del Costo Social” Ronald Coase explica que el enfoque que le dan los economistas al caso en el que un individuo perjudica a otro, es errado. Él afirma que si un individuo A realiza una actividad que perjudica a otro individuo B, la solución histórica es que A pague por los daños realizados al individuo B. Sin embargo, Coase sostiene que no se tienen en cuenta una serie de factores que deberían considerarse. Para empezar, hay que analizar si la actividad perjudicial es responsable del daño causado. Luego, habría que verificar quien es responsable del daño, ¿A o B? Por último, Coase concluye que “El costo de ejercitar un derecho (de usar un factor de producción) es siempre la pérdida que sufre la otra parte como consecuencia del ejercicio de ese derecho”. Los aportes de Coase abren un nuevo panorama tanto para los economistas, como para el derecho.

    Lo novedoso del texto es que Coase plantea su teorema, conocido como Teorema de Coase, en el cual, frente a una externalidad negativa, se puede llegar a un acuerdo entre las partes (privadas) en la cual se maximiza el valor de producción. Es decir, la solución más eficiente se llega entre los individuos, sin la intervención de una corte o del sistema judicial. Algo que resulta interesante del texto es ver como Coase explica su teorema y su percepción del problema mediante la presentación de ejemplos, y va sumando conceptos con cada nuevo ejemplo. El ejemplo que más me llamó la atención es el de Bryant vs. Lefever, en el cual dos vecinos discuten sobre el humo de la chimenea. En este ejemplo, se llega a una conclusión realmente sorprendente: es el vecino que demanda, el cual prende la chimenea, el responsable del daño que se hace a sí mismo. O sea que él debe mover su chimenea por estar cerca de la pared de su vecino, a pesar de que claramente fue el demandado el que construyó una pared lo suficientemente alta como para que el humo se vuelva a meter en la casa del primero.

    Preguntas:
    Coase sostiene que su teorema funciona si los costos de transacción son nulos y que los derechos de propiedad están bien definidos. Si esto se cumple, ¿se puede justificar la presencia de la corte para solucionar el problema?
    ¿Cómo se puede determinar quién es el culpable del daño que se produce? Tomando como ejemplo el caso Bryant vs. Lefever, por ejemplo.
    ¿Se pueden tener en cuenta las utilidades a la hora de definir cuál es el factor que más valor de producción tiene? Por ejemplo, si tomamos el ejemplo de la chimenea, ¿qué da más valor? ¿Que un vecino prenda la chimenea o que el otro no tenga que soportar el humo?

  21. Resumen:
    En su texto, Coase aborda una de las cuestiones aún sin resolver de la ciencia económica: el de las externalidades negativas. Esto lo hace cuestionando la postura de Pigou, cuya propuesta se centraba, esencialmente, en la intervención estatal, ya sea mediante restricciones, impuestos o subsidios al damnificador.
    Empezando su análisis, el autor hace una distinción entre las transacciones sin y con costo, argumentando que en las primeras cualquier acción de las cortes (o el gobierno) sería irrelevante, puesto que en este caso siempre es posible modificar los límites de los derechos de propiedad de la manera más eficiente. Sin embargo, este es un supuesto irreal.
    Cuando se consideran los costos de las transacciones, este reordenamiento de los derechos sólo tendrá lugar si el aumento del valor de producción es mayor al valor de los costos. Allí es donde entra el Gobierno. Sin embargo, no necesariamente su accionar conduzca a una solución de mayor eficiencia económica.
    Por lo tanto, el Gobierno no debe atenerse a restringir a los responsables de los daños, sino, en primer lugar, delimitar los derechos y, posteriormente, decidir si la ganancia por evitar el daño es mayor a la pérdida por detener la acción causante del daño.

    Lo novedoso/sorprendente:
    De por sí, creo que es más que fructífero leer un enfoque distinto al «tradicional». Incluso con sus limitaciones y aspectos en los que no siempre la definición es clara, la explicación de Pigou es la que prevalece en la mayoría de los casos.
    Un aspecto que me resulta novedoso es cómo Coase encara la cuestión, no únicamente desde un punto de vista “moral” o, mejor dicho, pensando cómo debería ser; sino también cómo verdaderamente es y funciona, desde un punto de vista más bien jurídico. Y esto demostrado con una gran cantidad de casos que ejemplifican muy claramente el punto del autor.
    Otro aspecto novedoso es, sin duda, la definición que Coase aporta de los factores de producción, derechos para desarrollar determinadas acciones. Si bien no parece una diferencia trascendental, es sobre esta que descansa su Teorema, y permite interpretar la cuestión de forma distinta.

    Preguntas
    • Siendo en esta cuestión la economía y el derecho dos áreas muy interrelacionadas, como lo demuestra Coase a lo largo de su texto, ¿de dónde o por qué motivo cree que tanto los economistas como las cortes suelen ignorar los aspectos ajenos a su área?
    • En un contexto de transacciones con costo, ¿qué consecuencias traería, además de la ineficiencia, un hipotético caso en el que la delimitación inicial de los derechos no sea la indicada? ¿Cómo podría solucionarse?
    • ¿Qué es lo que ocurre cuando la externalidad es originada por el propio Estado? ¿Cómo se justifica? Bajo el pensamiento de Pigou, ¿quién debe pagar por ese daño?

  22. RESUMEN
    En el texto «El problema del costo social» de Ronald Coase, el autor desarrolla la idea de que no necesariamente lo más eficiente es penalizar o castigar a un agente económico que, al ejercer la actividad a la que se dedica, perjudica a un tercero. Básicamente, primero deben conocerse tanto el valor que se pierde de penalizar una actividad, como el valor extra de la actividad que se vio perjudicada en un principio, que ahora que no está siendo perjudicada se hace efectivo. Coase propone replantear el tema de las externalidades, y darle una visión distinta. Hay que dejar de pensar en cómo restringir a cierta actividad que perjudica a otra, y considerar efectivamente si conviene evitar o permitir dicha acción, según el valor de ambas actividades. Debe mirarse el efecto total.
    NOVEDOSO/SORPRENDENTE
    En esta ocasión, considero novedosa toda la idea de Coase. La idea de que la solución más eficiente no es responsabilizar al agente económico que perjudica a otro, así como planteaba “Coase sostiene que en estos casos las cortes deben intentar minimizar los costos asociados a sus fallos, siempre que ello no altere la tesis de la ley”. La intervención estatal genera una asignación ineficiente de recursos, algo que se soluciona permitiendo que las partes involucradas en esta situación lleguen a un acuerdo. Algo que me llamó la atención fueron los ejemplos que usa el autor, principalmente el del ganadero y el granjero que operan en propiedades vecinas. Si inevitablemente una parte del ganado termina arruinando los cultivos del granjero, aumentar la cantidad de ganado implica una reducción de la cosecha. Si se abordase este problema desde la perspectiva de Pigou, el granjero debería pagar un monto x por los daños ocasionados por su ganado. Por otro lado, Coase plantea solucionar esta situación mediante un acuerdo entre ganadero y granjero, donde ambos logren minimizar el costo y maximizar el valor de la producción.
    PREGUNTAS
    1) ¿Qué sucede si los agentes involucrados no logran llegar a un acuerdo? Es decir, que, ante todas las posibles soluciones, alguno de los agentes considere como menos costosa o más beneficiosa la solución de Pigou.
    2) ¿Cómo se aplica la teoría de Coase a situaciones donde los agentes involucrados no tienen la capacidad de comunicarse entre sí para llegar a un acuerdo mutuamente beneficioso? ¿El accionar de la corte debería estar basado en la actividad que genere más valor? (penalizar al que perjudica en caso de que la actividad perjudicada sea más valiosa, y no penalizarlo en el caso contrario)
    3) Suponiendo que la forma menos dañina de intervención estatal ante este tipo de situaciones es penalizar al que perjudica en caso de que la actividad perjudicada sea más valiosa, y no penalizarlo en el caso contrario. ¿Qué accionar tomaría la corte cuando estos valores no sean cuantificables?

  23. 1)
    El texto de Coase desarrolla principalmente la idea sobre las externalidades tanto positivas como negativas. Explica como hace frente una empresa ante una externalidad negativa y como la mejor solución posible es a partir de un acuerdo entre las partes y no por terceros. Un ejemplo muy claro de una externalidad negativa puede ser la contaminación de un rio provocada por una fabrica a orillas de este.
    Sin embargo, Coase detalla que una forma eficiente de lidiar con los problemas es maximizar la producción (también aclara que un obstáculo son los altos costos de transacción impuestos). Coase considera que para obtener la solución mas eficiente es imprescindible hacer un acuerdo únicamente entre las partes involucradas y no es necesario la participación de terceros como puede llegar a ser la intervención estatal.
    2)
    Lo sorprendente del texto fue encontrar la gran diversidad de ejemplos que podemos encontrar hoy en día en nuestra sociedad donde siempre es posible encontrar a organismos involucrados en un debate por un percance que afecta a ambos. Otro punto para destacar es la cantidad de entes y organizaciones (ya sean privadas como estatales) creadas con el fin de resolver acuerdos entre las partes, contrario al pensamiento de Coase.
    Me llamo la atención como el Estado suele estar presente ante externalidades negativas de toda índole y muchas veces con el fin de multar o penalizar a una institución para su beneficio y dejar de lado la cuestión mas importante, es decir, la solución del problema ya sea desde un punto de vista moral como también desde el ámbito jurídico.

    3)
    ¿En cuales casos se cree necesario la intervención de un tercero para solucionar un problema?
    ¿Hoy en día, la intervención estatal tiene el fin de obtener un beneficio por la externalidad o únicamente se enfoca en la solución del problema?
    Coase considera que una solución al problema es maximizando la producción. ¿Puede ser que para maximizar la producción tengamos que fomentar o utilizar una externalidad negativa?

  24. RESUMEN
    Ronald Coase realiza un análisis sobre los derechos de accionar de empresas que tienen efectos perjudiciales en otras.
    Coase opina que los economistas se equivocan al creer que el gobierno es una fuerza correctiva de las fallas de mercados. El Teorema de Coase expone que, al generarse conflictos de intereses entre el uso de recursos de diferentes empresas el propio mercado es el que genera en el equilibrio de largo plazo una reasignación de estos derechos (o como él prefiere llamarlos “factores de producción”) hacia los agentes que los valoren más.
    A lo largo del texto, el autor ejemplifica esta Tesis con múltiples ejemplos, llegando a la conclusión de que, en la mayor parte de los casos, lo más beneficioso para los agentes involucrados es formalizar un acuerdo mutuamente satisfactorio en el que se maximice la producción total. Es decir, que la regulación gubernamental directa no siempre presenta mejores resultados que la solución de mercado (Como opina Pigou).
    En conclusión, la clave es hacer un balance entre las ganancias que se producirían por la eliminación de estos efectos dañinos con las ganancias que se perciben por permitir que continúen.

    SORPRENDENTE
    Para el autor, los cursos de acción que implican multar al “culpable” de los daños, no son los óptimos ni los que generan un mayor beneficio. El enfoque tradicional parte de que “A ocasiona un daño a B”, sin embargo, este ignora que “evitar el daño a B ocasiona un daño a A”. En este sentido, lo que debe minimizarse es el daño total. Este punto de vista relativo, que implica pensar los conflictos como un choque de intereses más que como un villano y una víctima, me parece muy revelador en las ciencias económicas.
    A su vez, Coase explica que el fracaso de los economistas en alcanzar las respuestas se debe a defectos básicas en el enfoque actual de los problemas. Él opina que lo mejor sería utilizar el enfoque de costo de oportunidad (escenarios relativos) para manejar cuestiones de política económica y comparar el beneficio total que se obtiene en los distintos ordenamientos sociales. De esta manera, se podría minimizar el daño total en los ya mencionados conflictos de intereses.
    Por último, el autor concluye en que para comprender esta problemática, deberíamos considerar a los factores productivos como “derechos”. “El costo de usar un factor productivo es siempre la pérdida que sufre la otra parte como consecuencia del ejercicio de ese derecho: la incapacidad para cruzar la tierra, estacionar el auto, construir una casa, disfrutar un paisaje, tener paz y quietud o respirar aire puro”.

    PREGUNTAS
    “Igualmente no hay razón por la que, en ocasiones, tal regulación administrativa gubernamental no deba conducir a un aumento de la eficiencia económica. Esto parecerìa particularmente probable cuando… un gran número de personas son afectadas y en el que los costos de manejar el problema a través del mercado o la empresa pueden ser altos” ¿Cuál es por ejemplo, un caso en el que esto sea más beneficioso económicamente que la solución de mercado?
    Coase se pregunta “¿Es el valor de los peces perdidos mayor o menos que el valor del producto que origina la contaminación del arroyo?” ¿Qué pasa entonces con la problemática ambiental que lidera la agenda hoy en día?
    ¿Qué hay de los costos o percances que se generarán en un muy largo plazo? ¿Sigue siendo posible contemplarlas en los ordenamientos sociales alternativos que propone el autor?

  25. En el escenario teórico de la llamada competencia perfecta sin externalidades, los costos privados son iguales a los sociales. Puesto que la información está dada, no hay costos de transacción y los factores gravitan hacia los usos más provechosos sin resistencia. Ronald Coase describe este modelo y, como Mises con la economía su economía de giro uniforme, lo toma para compararlo con el apasionante desorden espontáneo de la realidad. Así, en su trabajo sobre El Problema del Costo Social, el Nobel busca una solución al problema que se presenta cuando el costo privado no se iguala al social. Dando un paso atrás en la discusión, Pigou hubiera propuesto internalizar los costos sociales a través del régimen fiscal. Coase, sin embargo, va más profundo. Entiende que la solución óptima depende de cómo esté dada la información. Siendo así la visión, existen dos casos a tener en cuenta. Por un lado, los costos de transacción son bajos y, la información sobre las preferencias es, en términos misianos, objeto del cálculo económico. Bajo este marco, los derechos aparecen como factores de producción que los agentes privados asignarían, guiándose por los precios relativos de los bienes de orden inferior. En contraste y segundo lugar, la solución no es tan sencilla cuando la información es menos clara y los costos de llegar al mismo acuerdo aumentan. En este último caso, de acuerdo con Coase, la mano visible del Estado es la responsable de resolver el problema de asignación. Su rol será determinar “razonablemente” qué actor aporta más socialmente, de acuerdo a la tradición del sistema judicial (common law).

    Ya lo había notado mi papá: para pelear hacen falta dos. Dudo que Coase se haya inspirado en él, pero lo que más llamó mi atención del texto es cómo el Nobel traslada el mismo concepto de mi papá al análisis institucional. En su trabajo, la externalidad es descrita como una relación recíproca. Es decir, no aparece la tradicional diferencia entre víctima y victimario del derecho penal. Sumado a esto, me resultó novedoso como el autor sostiene su sistema teórico sobre la maximización de la utilidad social. En este sentido, Coase va mucho más allá del consecuencialismo que puede encontrarse en algunos austríacos: pretende determinar las normas sociales de acuerdo a su nivel utilidad. Llegando al punto de afirmar que las cortes debieran deteterminar las sentencias de acuerdo a sus consecuencias.

    De acuerdo con Coase, ¿tendría que tener la evolución del common law alguna racionalidad implícita que lo guíe hacia un marco institucional determinado? (Como en Hayek es la Sociedad Abierta o en Mises, más remotamente, la Western Civilization)

    De acuerdo con la visión de Coase y teniendo en cuenta el alto costo de recolectar la información necesaria para realizar el contrato ¿debería el Estado regular el matrimonio?

    En casos de externalidades donde, de acuerdo con Coase, debe intervenir el Estado ¿Cuál es el mecanismo de feedback que indica al sistema judicial si la sentencia fue correcta en términos de “utilidad social”?

  26. Resumen: En el texto de Coase, se discuten los efectos y potenciales soluciones de las externalidades en la sociedad. Plantea que la manera con la que se discuten las externalidades entre economistas es quizás vaga, dejando de lado análisis profundos en pos de generalizaciones que faciliten y simplifiquen las “soluciones”. Para evitar esto plantea que se deben analizar si realmente la actividad implica un costo a la sociedad, quien es el responsable de ese costo, por ejemplo. Por otro lado, plantea que el costo de ejercitar un derecho, está asociado a la perdida de la otra parte como consecuencia del ejercicio de este derecho, como dejo en claro con ejemplos de los vecinos y el humo o con el caso de las fabricas y su costo social. De esta manera, para sacar el mayor beneficio social posible de una externalidad negativa, lo conveniente será que ambas partes hagan un acuerdo privado en el que se regulen las condiciones del conflicto y así, evitar un costo mas alto para el que hace el daño y un menor beneficio para el damnificado, que se daría lugar si el estado interviniese.

    Relevante: Es interesante el planteamiento que, en realidad al intervenir el estado, lo que se logra es que el costo social no solo no sea menor, sino que hasta incremente. Además, las criticas a el abordaje generalista y mas bien trivial de algunos economistas son interesantes, por un lado, creo que estos abordajes con casos generales como lo son las fabricas y su humo o los faros son necesarios ya que, suponiendo que la intervención es gubernamental es necesaria, no se puede controlar todas las aristas y esquinas de una economía. Pero como mencione anteriormente, si se condice este enfoque de análisis profundo de cada situación con la no intervención estatal y la resolución por privados. Por último, me parece destacable el planteamiento de que la mejor solución posible a un conflicto entre dos partes es evitar el daño mayor, esto debido a la naturaleza reciproca del problema en el que algún individuo terminara en mejores condiciones que antes de resolver el problema y el otro en peores.

    Preguntas: ¿considera que en todas las situaciones un acuerdo prudencial entre privados será posible para solucionar conflictos?
    Si existiera un mecanismo con el cual se puedan medir los costos sociales de un determinado accionar ¿Qué tan viable seria la intervención del estado en este caso?
    Frente a un caso en el que ni el estado ni los privados lleguen a una solución óptima ¿Qué otra solución podría existir?

  27. El autor desarrolla su artículo a partir de un análisis de la solución que un autor anterior, Pigou, había propuesto para resolver el problema de las externalidades. Lo que propuso este último para mitigar el problema de los efectos externos fue aplicar subsidios (premios) o impuestos (castigos) para internalizar las externalidades negativas. Coase nos propone su análisis con el objetivo de contrastar a Pigou, y la desarrolla en varios puntos.
    En primer lugar, el autor desecha la idea del estado de bienestar, ya que considera que los derechos de propiedad, siendo bien aplicados, serán los que permitirán un equilibrio entre los actores del conflicto. Además, el sistema propuesto por Pigou termina generando sobrecostos para la producción o perjuicios para alguna de las dos partes.
    En segundo lugar, Coase cambia el enfoque del problema, explicando con premisas generales que no siempre es correcto que el causante de un daño pague subsidios al receptor: para el autor es importante evitar el juicio moral y favorecer alternativas racionales para resolver el daño. El cálculo racional de costos y beneficios permite asignar los recursos de manera que la economía resulte más productiva. De su análisis deduce que sin costos de transacción el sistema terminará asignando esos recursos de manera más eficiente. Nos explica también que, existiendo algún tipo de costo de transacción, es importante que este último sea lo más acotado posible.
    Finalmente, Coase plantea que la intervención estatal sólo se necesita cuando los costos de transacción son altos, por lo demás las dos partes deben propiciar el acuerdo entre ellas mismas, sin la intervención del Estado, para que se pueda lograr la correcta asignación de recursos.

    Me resulta interesante destacar la habilidad de Coase en contemplar la cuestión jurídica sin alejarla del contexto económico, y también en demostrar que no siempre es cierto que un daño se pueda reparar con una sanción. A partir de su análisis logré entender que existiendo costos de transacción, la delimitación de los derechos legales tiene efectos directos en la eficiencia del sistema económico. Asimismo se entiende perfectamente que Pigou no considera que en su sistema los impuestos no se destinarán necesariamente al sujeto dañado y que de esa manera se altera y distorsiona el objetivo de los beneficios. Finalmente, considero importante destacar que de todos modos una legislación sobre los daños tiene varios aspectos positivos, de hecho es una garantía y protección de las actividades desarrolladas en el mercado.

    ¿Sería posible la existencia de una institución imparcial capaz de regular las transacciones del mercado?
    Si Coase demostró que las ideas propuestas por Pigou producen daños al sistema económico, ¿por qué sus ideas están tan reconocidas?
    Ya que el valor económico es subjetivo, ¿podría esto ser un problema para el cálculo del valor de un daño o una molestia?

  28. 1) En el presente texto, Coase presenta el problema de las externalidades. En este propone una solución entre partes privadas para los problemas de externalidades tales como, “si una fábrica contamina al médico de al lado, el dueño de esta fábrica debería pagarle una remuneración por dicha contaminación”
    Utilizando un ejemplo entre dos productores agropecuarios, en el cuál el aumento del ganado de uno destruía parte de la cosecha del otro, mediante un modelo de competencia perfecta, demuestra que se podría llegar a acuerdos entre partes privadas donde ambos se beneficiaran de dicho aumento del ganado.
    2) Me parece sorprendente la forma de explicar estos temas desde el ojo del liberalismo. Si bien se propone mediante un modelo de competencia perfecta, estos temas de externalidades suelen ser principalmente explicadas las soluciones mediante intervencionismo, en la mayoría de los casos.
    Sin embargo, el autor demuestra que puede haber otros métodos para combatirlas.
    3) ¿podría intervenir el gobierno en otros casos?
    ¿Qué opina el autor sobre privatizar las costas para que empresas no contaminen el mar con desechos de la producción?
    ¿sería la contaminación una externalidad necesaria para el bien de la producción y el bienestar general?

  29. GUIA DE DISCUSION
    Coase
    1) RESUMEN:
    El texto de R. Coase habla sobre las “externalidades” que se presentan en una economía. Parte de la idea de que una empresa genera efectos perjudiciales para otras y decide plasmar tal problemática de la mano de muchos ejemplos. Por un lado, nos presenta ejemplos de una economía sin costos de transacción, donde concluye que el resultado esperado es que las partes negocien entre ellas para llegar a maximizar su bienestar. Por otro lado, nos habla de economías con costo de transacción, allí es cuando entra en juego el papel del Estado/gobierno y su tendencia intervencionista (la cual el critica de cierta forma debido a sus resultados inesperados). Nos demuestra como en este estado la resolución a la que se tiende es a responsabilizar a una de las partes en conflicto, normalmente por una decisión que toma el Estado. Concluye su texto haciendo énfasis a la importancia de ver los factores productivos como derechos y como el costo de ejercitar un derecho es siempre la perdida que sufre la otra parte como consecuencia de esa puesta en práctica.
    2) NOVEDOSO/INTERESANTE:
    Principalmente lo que me resultó más interesante es la aplicación del Derecho como disciplina para comprender los conceptos desarrollados en el texto. Esto se puede ver reflejado principalmente en la enorme cantidad de ejemplos que nos trae el autor a la mesa, evaluando los mismos a partir de “demandados” y “demandantes” y el gran papel que la ley tiene en la resolución de dichos conflictos es sumamente interesante para destacar. De la mano de esto entiendo además que el papel de la moral y la justicia es de gran importancia dentro de las resoluciones.
    Por otro lado, rescato el debate sobre la intervención (o no) Estatal y la forma de Coase de erradicar esta idea o tendencia clásica de apelar al Estado para la resolución de tales problemáticas, haciendo entender que la intervención Estatal puede derivar en resultados inesperados que pueden conllevar a una situación más problemática que la original.
    3) PREGUNTAS:
    • Usted cuestiona la intervención Estatal como respuesta ante todo ¿En que casos cree es fructífera?
    • Usted habla sobre cuantificar los daños causados ¿Cree realmente que todo daño es cuantificable? ¡Que sucede con aquellos daños no materiales?
    • ¿Cree que una posible resolución de las situaciones-problema sea a través del uso de la teoría de juegos? Esto implica siempre actores racionales ¿Cree que por este axioma directamente se puede descartar su aplicación?

  30. 1. A lo largo del texto, Coase hace un desarrollo sobre lo que hoy conocemos como externalidades, discutiendo y argumentando contra algunos planteos que a comienzo del siglo XX desarrolló Arthur Pigou sobre su «Economia del Bienestar».
    El planteo principal de Coase es que, en el caso de que unas actividades impliquen perjuicios o beneficios para con otras personas ajenas al proceso, soluciones de mercado entre las partes llegarán a una situación, si no mejor, igual que si se aplicaran premios o castigos (impuestos o subsidios) a esa parte perjudicadora. A lo largo de la argumentación hace un estudio sobre jurisprudencia y algunos casos en la historia del Reino Unidos y otros casos norteamericanos, para ejemplificar que de no haber tales sentencias el problema económico se hubiera resuelto de la manera pensada por él y que la mayoría de las veces el problema económico difiere del problema jurídico-legal.

    2. Me resulta novedoso ver cómo Coase relaciona economía y derecho y leyes y su argumentación en contra de las intervenciones generalizadas del gobierno. Es interesante su punto de que ante altos costos de transacción para lograr el óptimo sin intervención, es justificada la acción de esa empresa especial llamada Gobierno; también su crítica a los economistas que sólo piensan en términos de impuestos al «demandado» sin considerar que quizá sea óptimo no hacer lugar y que sean los demandantes quienes cambien sus acciones. Desde un país con un sistema de derecho romano, codificado y tipificado, es interesante adentrarse en los fallos y la jurisprudencia del Common Law y el derecho consuetudinario. Y siempre al pensar en eso me surge la duda de cómo sería aplicar un sistema así en nuestro país, dejando de lado el derecho romano.

    3.
    Se afirma en la importancia del sistemas de precios para lograr ese óptimo fuera de la intervención gubernamental, ¿podría lograrse ese óptimo con intervenciones vía sistema de precios?

    ¿Sería beneficioso formar economistas con conocimientos de derecho y abogados con conocimientos económicos?¿O bien es mejor dejar ambas ramas separadas y con sus problemas individualizados?

    ¿Es aplicable en toda sociedad un sistema de derecho consuetudinario?

  31. Resumen
    En el problema del costo social, el autor Coase deja explícito el efecto de las externalidades negativas dentro de la economía y propone diferentes formas para poder acabar con las mismas.
    El autor analiza los efectos y consecuencias de las acciones de x empresa sobre otra. Mantiene que es necesario indagar sobre cómo evitar el mayor daño posible, a partir de los ingresos que tiene cada empresa y considerando que pérdidas tendría cada empresa en caso de ser perjudicada. Para poder reflejar esto a lo largo de su escrito da diferentes ejemplos, llegando a la afirmación de que siempre ambas empresas van a tener algo de responsabilidad en cuanto al daño ocasionado.
    Además, en cuanto al estado, mantiene que en caso de haber problemas entre dos partes, no es bueno que intervenga el gobierno ya que sus medidas pueden tener efectos negativos sobre la economía, está constantemente el peligro de que el estado intervenga mucho en la economía de las empresas y así regule mayoritariamente la economía de un estado.
    Por último, remarca que independientemente de cuáles sean los costos de transacción, las partes involucradas en una externalidad pueden llegar a un acuerdo que sea beneficioso para ambas sin la necesidad de acudir a un tercero.

    Lo novedoso
    Algo que me llamó la atención fue la relación que hace Coase entre economía y justicia, tanto en los ejemplos que explica a lo largo de su escrito, como también en la explicación de su nueva visión económica para poder lidiar con las externalidades negativas. Hace una gran relación entre el sistema legal y como él mismo sitúa los diferentes casos económicos dentro de su campo de trabajo.
    Además me parecieron muy interesantes todos los ejemplos de casos judiciales que utiliza para poder ilustrar su pensamiento, tales como el caso del panadero y el médico o el ganado que se desbanda y destruye los sembrados de campos vecinos

    3 preguntas al autor
    ¿Es posible que ONGs o actores no-estatales puedan tomar acción dentro de las externalidades negativas entre diferentes empresas?
    ¿Considera que haya alguna situación o momento extremo donde es necesaria la intervención del estado en la economía de las empresas?
    ¿Cuáles crees que son los factores más determinantes a la hora de analizar el costo de daños?

  32. Hacia una teoría económica de los derechos de propiedad – Demsetz
    RESUMEN: En su texto Demsetz busca desarrollar el concepto del derecho de propiedad y la importancia del mismo en el ámbito de la economía. Dice que cuando los individuos realizan transacciones, estos están intercambiando derechos de propiedad. Dicho esto, es justamente el valor del derecho de propiedad lo que determina el valor del bien a intercambiar. No obstante, Demsetz cree que la clave se encuentra en el tema de las externalidades. Argumenta que los derechos de propiedad permiten “internalizar las externalidades”. Esto se debe a que el propietario es dueño de las ganancias, pero también de las pérdidas y externalidades negativas (daños a terceros). Demsetz sostiene que la propiedad privada es la mejor manera de minimizar las externalidades, no solo por una cuestión empírica, sino también porque solo con la propiedad privada hay un responsable claro (propietario) al cual se le pueden cobrar las externalidades.
    LO LLAMATIVO: Me pareció muy destacable el rol que le asigna Demsetz a los derechos de propiedad dentro de la economía. Sobre todo, cuando destaca el tema de la eficiencia de la propiedad privada por sobre la pública. Es común escuchar que la propiedad privada es un concepto egoísta que beneficia solo a una persona, y que se debe optar por la propiedad pública para que todos vivamos mejor. El punto de Demsetz de que la propiedad privada (los derechos de propiedad) permiten reducir al mínimo el costo social, es decir, las externalidades, puesto que permiten internalizarlas más fácilmente, creo que desmiente esta popular creencia. Ser el propietario no solo conlleva los beneficios, sino también la responsabilidad de las pérdidas y los daños a terceros.
    – ¿Cuál es la mejor manera de garantizar los derechos de propiedad en una sociedad?
    – ¿La propiedad pública siempre será menos eficiente que la privada? ¿Está condenada al fracaso?
    – ¿Considera que la sociedad en general es consciente de los problemas de la propiedad pública y las ventajas de la privada?

  33. Demsetz

    Resumen:
    En este texto, Demsetz realiza una exposición acerca de cómo surgen necesariamente los derechos de la propiedad en nuestra sociedad, las ventajas que estos significan y bajo qué contextos son indispensables para una correcta organización económica y social. Para ejemplificar, utiliza la implementación de derechos de caza en las comunidades aborígenes en las montañas de Quebec, dónde al surgir el comercio de pieles de animal, como contrapartida se imponen derechos para poder utilizar ciertos territorios (los cuales a menudo podían transferirse por herencia).
    La idea del autor es que el ejercicio de la propiedad privada es indispensable para lograr una mejor internalización de las externalidades generadas al reducir considerablemente los costos de negociación, y a su vez es importante para concentrar beneficios y generar incentivos en los propietarios a ser más eficientes.

    Novedoso:
    Me pareció buena la comparación que realiza entre las propiedades ejercidas en la montaña y las llanuras, ya que en la segunda puede verse reflejado lo que explica en varias ocasiones: “los derechos de propiedad se desarrollan para internalizar externalidades cuándo las ganancias de internalización son mayores que sus costos”. En el caso de los terrenos llanos, los animales que habitan esas zonas suelen moverse a lo largo de grandes extensiones de tierras, por lo que no sería tan rentable cercar o establecer un derecho sobre tal sector; pero en el caso de los territorios montañosos, los animales se mueven por zonas más pequeñas y la utilidad de cada propiedad es más alta, por lo que sí sería rentable ejercer una internalización de la externalidad.
    También, considero que los incentivos a desarrollar nuevas ideas tienen una relación lineal con los derechos a la propiedad, ya que existirá mayor seguridad de poder disfrutar los beneficios de haber creado algo nuevo que mejore la sociedad, algo que sería impensado en una organización con derechos comunales.

    Preguntas:
    1)¿Cómo surgieron posteriormente los derechos a la propiedad privada en los territorios más extensos?¿Bajaron los costos de negociación con el pasar del tiempo?¿Debido a qué?
    2) ¿Por qué dice que los derechos de propiedad estarán en función de cambios en los precios relativos?
    3)¿Que opinaría el autor sobre el derecho de propiedad en las calles, veredas, plazas, etc?

  34. En primer lugar, el autor ya en un primer momento refiere al objetivo de dicho trabajo, el cual esta relacionado con la corrección de un concepto erróneo por parte de los políticos y es el de comprender al gobierno como un organismo el cual debería tener la capacidad de corregir los errores del mercado mediante el establecimiento de leyes o políticas, dado que se conceda dicho poder, las medidas pueden tener graves efectos sobre la economía. A lo largo del texto, realizado detalladas descripciones de ejemplos e ideas, desarrolla y explica el Teorema de Coase, el cual comprende que: “… en la medida que los costos de transacción sean bajos o inexistentes y que los derechos de propiedad establecidos en los fallos judiciales no permitan una solución económica eficiente, se producirá una reasignación de estos derechos hacia aquellos que los valoran más, aunque las cortes fallen en contra de éstos.”
    En cuanto a lo novedoso me llamo mucho la atención el desarrollo del concepto erróneo por parte de los políticos, coincido con la idea de que el gobierno no debe tener el poder para imponer sanciones frente a conflictos en el mercado, ya que esto contribuiría al agravamiento de la situación. Por otro lado, me resulta curioso cuando se propone la idea de determinar cual es el daño mayor y que a partir de ello aplicar las sanciones o multas correspondientes. Esto me lleva a considerar una temática actual referida a todas las empresas que contribuyen a la contaminación, mediante el uso de materiales que reducen los costos de producción para así poder lograr bajar los precios para satisfacer los deseos de los consumidores, y obviamente maximizar las ganancias. Partiendo de esta base, como alguien podría determinar si efectivamente tiene una mayor preponderancia la satisfacción de los precios bajos de los consumidores contra la posibilidad de que las futuras generaciones puedan habitar nuestro planeta.
    1. ¿De que manera se podría evaluar que costos son mayores si se habla de daños futuros que no dependen de variables económicas?
    2. ¿Existe algún caso en el cual corresponda que el estado intervenga?
    3. ¿Cree que todas las personas que estén vinculadas al ámbito político deberían tener estudios en economía?

  35. Hacia una Teoría de los Derechos de Propiedad – Harold Demsetz

    Resumen:
    Los derechos de propiedad son un instrumento que se ve plasmado en las leyes y costumbres de una sociedad, cuyo propietario posee el consentimiento de sus pares para actuar de cierta manera. Asimismo, estos conllevan el derecho a beneficiarse o perjudicarse, a uno mismo o a terceros, permitiendo responsabilizar a cada uno por sus acciones y la internalización de las externalidades.
    Dada esta función esencial, estos derechos surgen para internalizar externalidades, cuando las ganancias de esta acción son mayores a los costos. Se da como resultado de cambios en los valores económicos (nuevas tecnologías, mercados), para los cuales los viejos derechos de propiedad no son indicados. Esto no es necesariamente un cambio consciente.
    Por último, existen tres tipos idealizaos de propiedad: privada, comunal y estatal, siendo la primera de ellas la que cuenta con mayores ventajas.
    La propiedad comunal no posibilita concentrar los costos asociados con el ejercicio del derecho, por lo que las externalidades resultantes serán internalizadas en gran parte por la propiedad privada. En cambio, en esta última sí existe dicha concentración, permitiendo la exclusión de terceros. Además, las externalidades no afectan a todos los propietarios, y los costos de negociación se ven reducidos.

    Lo novedoso/sorprendente:
    Si bien Demsetz no parece introducir ningún concepto enteramente nuevo, logra articular una teoría sobre los derechos de propiedad, concisa pero aun así cumplida, que sirve para comprender un poco mejor no sólo los propios derechos, sino también otra cuestión adyacente, la de las externalidades.
    Es interesante notar ciertas similitudes en algunos aspectos con la lectura previa de “El Problema del Costo Social” de Coase. Es más, tendría sentido pensar que este texto de Demsetz sería una de las “bases teóricas” sobre las cuales Coase se apoya para formular su Teorema.
    Si bien Demsetz no presenta un enfoque tan práctico, en el sentido de que, a diferencia de él, Coase ejemplifica con numerosos casos judiciales de la vida real, sí presenta un ejemplo que llama mucho la atención: la propiedad privada de los aborígenes. Es interesante, no sólo por su claridad, sino porque además da a entender que la teoría no se limita únicamente al sistema capitalista e incluso podría considerárselo una de las condiciones precursoras del mismo.

    Preguntas
    • Con el ejemplo del servicio militar obligatorio, ¿por qué cree casos como este no suelen ser reconocidos como externalidades?
    • Si nuevos derechos de propiedad surgen como consecuencia de cambios en los valores económicos, ¿puede la intervención estatal mejorar o acelerar estas “tendencias naturales”? ¿O este ajuste lleva a la reasignación más eficiente posible?
    • ¿Debe la propiedad comunal tener algún tipo de límite en un sistema o sociedad?

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