Antes de discutir una reforma de impuestos, Juan B. Alberdi sobre la creación y destino de los fondos del Tesoro

Con los alumnos de la UBA Derecho continuamos viendo a Juan Bautista Alberdi, quien ahora trata cómo se debería manejar el Tesoro Público:

Alberdi 2

“El poder de crear, de manejar y de invertir el Tesoro público, es el resumen de todos los poderes, la función más ardua de la soberanía nacional. En la formación del Tesoro puede ser saqueado el país, desconocida la propiedad privada y hollada la seguridad personal; en la elección y cantidad de los gastos puede ser dilapidada la riqueza pública, embrutecido, oprimido, degradado el país.

¿Cómo evitar que el gobierno incurra en tales excesos al ejercer la soberanía del país delegada para crear el Tesoro y aplicarlo? ¿Hay garantías aplicables al remedio de esos abusos? ¿Cómo conseguir que los principios económicos y rentísticos de la Constitución prevalezcan en las leyes y en los actos del gobierno, encargado de hacer cumplir la Constitución? – La Inglaterra ha encontrado ese secreto a costa de muchos siglos de experiencias dolorosas, y lo ha enseñado al mundo parlamentario: consiste en dividir el poder rentístico en dos poderes accesorios e independientes, a saber, el poder de crear los recursos y votar los gastos públicos, y el poder de recaudar, administrar y emplear esos recursos en los gastos designados, ¿por quién? – Al poder legislativo, órgano más íntimo del país, es delegado el ejercicio de la primera atribución. y al ejecutivo el de la segunda por ser el Tesoro el principal medio de acción y de ejecución.. Tal es la teoría del gobierno parlamentario de Inglaterra, de que ha sido expresión práctica la Constitución argentina, a imitación de todas las conocidas en ambos mundos de medio siglo a esta parte.

Toda la libertad del país depende de la verdad en esa división del poder.

Ella constituye la principal y más importante tradición de la revolución de Mayo contra el gobierno de España.

En el acta del 25 de Mayo de 1810, inaugural del nuevo régimen, se previno que la. nueva junta, depositaria del Poder ejecutivo, no podría imponer contribuciones ni gravámenes al pueblo o sus vecinos sin previa consulta o conformidad del Cabildo, eco inmediato de la ciudad. (Artículo 9 dé dicha acta).

Los Estados Unidos de Norte-América debieron a su madre patria el legado de esa tradición de progreso y libertad. En la Gran Bretaña fué siempre de la Cámara de los comunes el privilegio de iniciar las contribuciones, por el principio de que procediendo del pueblo toda contribución, es justo que el pueblo sea quien se la imponga. Eso fuera cierto, decía Blackstone, si sólo el pueblo pagase contribuciones, y no la nobleza propietaria, que en realidad las soporta al igual del resto del país. La verdadera razón de ese privilegio de los representantes del pueblo inglés (Cámara de los comunes) residía en el peligro de promediarlo con la Cámara de los lores, elegida por el rey, a cuya influencia se la presumía sujeta por este motivo.

Sin que en América existieran esas causas, los Estados Unidos reservaron esa prerrogativa a la Cámara de diputados, presumida siempre más cercana del pueblo por el origen de su elección directa, que no el Senado elegido por las legislaturas de Estado. El hecho es que la Constitución argentina ha seguido el mismo ejemplo en ese punto.

Al Congreso pertenece. según su artículo 4, el poder de imponer contribuciones, y de decretar empréstitos y operaciones de crédito para atender a los gastos ordinarios y extraordinarios de la Nación.”

12 pensamientos en “Antes de discutir una reforma de impuestos, Juan B. Alberdi sobre la creación y destino de los fondos del Tesoro

  1. Resumen:
    El crédito público es el recurso de los países pobres por razón de su juventud, su porvenir mismo forma su grande y prestigiosa hipoteca. El gobierno necesita estar organizado, seguro, respetado, fuerte y provisto de recursos para pagar los intereses del capital que toma prestado para gastar; y solo a estas condiciones gozará de crédito público abundante y fácil. El empréstito directo a nombre de la Nación, es un medio de emplear el crédito del Estado, diez veces preferible a la emisión oficial de billetes de banco. Es el medio de repartir el peso de la contribución entre las generaciones sucesivas llamadas a disfrutar de la patria común. El uso del capital prestado es más barato, a medida que el país es más culto, que su industria y su origen político estas más sólidamente establecidos. En el crédito público, lo mismo que en el privado, la confianza del prestamista es doble, cuando ve que sus fondos, en lugar de gastarse estérilmente, se conservan invertidos útilmente en poder del deudor, manteniéndose solvente poseedor de los medios de pagar sus deudas. El crédito público es un recurso tan indispensable al Tesoro, es menester cuidar de no comprometerlo. El resultado desastroso es la emisión de la deuda pública en forma de papel moneda; toda alteración grave en el valor de esa mercancía intermediaria del cambio de las otras, introduce una perturbación en el comercio. El poder de crear, de manejar y de invertir el Tesoro, es el resumen de todos los poderes, la función, más ardua de la soberanía nacional. Consiste en dividir el poder rentístico en poderes accesorios e independientes, (el poder de crear los recursos y votar los gatos públicos, Legislativo; y el poder de recaudar, administrar y emplear esos recursos en los gastos designados, Ejecutivo). Toda la libertad del país depende de la verdad en esa división del poder.

    Novedoso:
    Por un lado, encuentro novedoso, la etapa de esplendor que tuvo nuestro país en aquella época, donde Alberdi expresa que el gobierno cuenta, (haciendo alusión a sus tiempos), con paz estable como base y garantía de su crédito público, y que posee igualmente el respeto de sus deberes, es sensible al honor del pagador puntual, y puede sostener el noble habito de amortizar deudas. Cuestiones que si las traemos a la actualidad son difíciles de creer debido a la historia posterior. Y por otro lado, llamó mi atención el rol que le atribuye Alberdi al crédito privado, al explicar su importancia transcendental, como medio de agrandar la actividad de los capitales, reconocidos por la Constitución como el instrumento llamado a poblar, enriquecer y civilizar el suelo de ese país. De ahí que, lejos de contrariar o invadir sus dominios, el gobierno debe dejar que le preceda en el orden normal de su formación y desarrollo en el país. Mucho antes de que este existiese, ya era conocido el crédito privado.

    Preguntas que le haría al autor:
    1) ¿Por qué dentro de los recursos fiscales, el crédito público, debe ser el último a su organización definitiva para Alberdi? ¿Esto sigue viéndose así actualmente?
    2) ¿Es una política viable la creación de una caja de amortización que permita comprar todos los años una porción de su deuda circulante?
    3) Actualmente el presupuesto, ¿Cumple el propósito que intentó esbozar Alberdi como garantía de publicidad? ¿Tenemos conciencia de que implica un sacrificio anual de nuestro bolsillo?

  2. RESUMEN
    En este fragmento Alberdi aborda la cuestión del crédito público entendiendo este como un medio imposible de desestimar para la constitución real del Estado argentino.
    Sin embargo, entiende que tiene sus limitaciones propias de las condiciones de Argentina. Primero, la falta de una acumulación de capital en el país nos impide elegir entre un endeudamiento interno o externo como sí pueden hacer Inglaterra o Francia. Segundo, la tasa de interés inevitablemente será más alta para Argentina debido al traslado que supone los costos de transacción por el riesgo de prestar a una Nación sin instituciones y riqueza nacional consolidadas.
    Por otro lado, aborda la cuestión de la ubicación en la división de poderes en que la Constitución ubica la formulación del presupuesto anual y la estimación de los ingresos anuales. En este sentido, entiende que es el Congreso el más idóneo para representar los intereses de toda la sociedad en una medida tan riesgosa como la imposición de tributos y la asignación de dichos recursos.
    Igualmente reserva al Ejecutivo la posibilidad de la formulación de proyectos de presupuesto y tributos que remita al Congreso para su aprobación, y la posibilidad del veto para evitar tributos excesivos o desfinanciar al Estado.

    NOVEDADES
    Me resultó novedoso en este fragmento que Alberdi tenga una visión tan clara respecto de cómo la falta de instituciones en una Nación traslada los costos de transacción al interés del dinero que se presta.
    Aún hoy en el debate legislativo se pierde la noción respecto de la relevancia de las instituciones sólidas al momento de definir un precio por el traslado de riesgos al incumplimiento y los esfuerzos por exigir su cumplimiento. Esta distinción es la explicación a la diferencia de interés que pagan por deuda distintas Naciones a pesar de que objetivamente el precio del dinero sería aproximadamente el mismo para todos, la diferencia se compone por este riesgo.

    PREGUNTAS
    1. ¿Hasta qué punto la inestabilidad institucional de la Argentina es la causa de nuestra falta de desarrollo y atractivo en el mercado de capitales?
    2. Teniendo en cuenta las condiciones actuales de la Argentina ¿es factible una mejora institucional en el corto plazo o es inevitable tener que aspirar a cambios graduales que tengan efectos reales en el largo plazo?
    3. La formulación del presupuesto sin lugar a dudas supone el acto de organización más relevante en el país y el momento de mayores tensiones con la deliberación política ¿cree que deben proporcionarse un mayor involucramiento de los ciudadanos en este proceso con experiencias como el presupuesto participativo?

    Federico Esswein
    34.705.227

  3. 1) Haciendo un resumen de las ideas de Alberdi puedo mencionar que:
    a) Aclara que no se debe olvidar el carácter extraordinario, ligado a la urgencia, del crédito púbico, pese a su posible confusión por la duración e importancia del mismo frente a los demás recursos, siendo carácter propio, de los países en jóvenes en formación o desarrollo, los cuales necesitan indispensablemente de dicho recurso para organizarse como Nación y eliminar su pobreza; y destaca la situación favorable de la Confederación, para la obtención de la necesaria confianza proveniente de los prestamistas, en la cual, la estabilidad, permanencia del tesoro, posesión de los medios suficientes y el respeto a sus deberes, son la base y garantía del crédito publico. También destaca el beneficio de los empréstitos provenientes de los acreedores extranjeros, a diferencia de los obtenidos en el país, por la sensatez y confiabilidad del europeo, y la necesariedad en miras de los intereses de la Constitución.
    b) Centra su análisis en las potestades de formación y administración del Tesoro publico, reconociendo su importancia como función de la soberanía nacional, y se pregunta como hacer para que prevalezcan los principios económicos y rentisticos de la Constitución, ante el exceso del poder por parte de quien cree y administre los recursos contenidos en el art. 4, encontrando su respuesta a partir de la imitación del sistema adoptado por el parlamento inglés (desde la revolución de mayo y reafirmado en la ley fundamental) el cual se basaba en la división del poder rentístico en dos poderes independientes, el de creación de los recursos y elección de los gastos públicos (en cabeza del poder legislativo), y la recaudación, administración y empleo de los recursos (en cabeza del poder ejecutivo).
    c) Enumera las amplias potestades del Congreso del art. 64 del texto constitucional, en lo que respecta a lo dicho anteriormente acerca de las facultades del poder legislativo imitadas del sistema ingles, y destaca el deber del mismo, de fijar anualmente el presupuesto de entradas y gastos , y aprobación de la cuenta de inversión de la Nación (desde el concepto amplio, ya que, solo se hace mención al presupuesto de gastos) actuando como garantía de orden y economía en la pureza del manejo del Tesoro nacional, siempre que, el país tenga un sistema regular y permanente de hacienda organizada.

    2) Destaco como novedoso, la conciencia de Alberdi, en el uso que se le debía dar al crédito público, detallando un uso claro y acorde a la situación, formalmente extraordinario, pero realmente ordinario y necesario para el desarrollo de una Nación joven y empobrecida, con gran potencial de recursos, y apta para la atracción de inversiones extranjeras. Es importante tener hoy en día esta visión consciente y teniendo en cuenta la situación de necesidad de un país, en el sentido, de que se debe pensar un poco mas en frió, la condición extraordinaria u ordinaria del crédito publico, no siendo su uso normalmente aceptable en todos los momentos económicos sufridos por un país. Ademas destaco como novedoso para la época, su pensamiento acerca de las condiciones necesarias para la generación de confianza en la masa de acreedores, cuestión que en la actualidad pesa ante aquellos estados con marcos institucionales débiles.

    3)
    a) Teniendo en cuenta lo mencionado acerca de las condiciones favorables de la Confederación para la confianza de los acreedores ¿Cuál cree que fue la causa originaria de la perdida de confianza para la atracción de las inversiones en nuestro país?
    b) Teniendo en cuenta lo mencionado acerca de la preferencia de acreedores extranjeros ¿Seguiria afirmando en la actualidad, la sensatez de los mismos como soldados de la causa del orden publico?
    c) Teniendo en cuenta la importancia de las potestades del Congreso en la elaboración del presupuesto anual como mecanismo de protección del Tesoro nacional ¿Qué opina acerca del juego de intereses que se da en la época de formación del presupuesto anual en nuestro país? ¿Se da realmente un control efectivo por parte del poder legislativo?

  4. El sexto y último fragmento del capítulo cuarto de la tercera parte del texto de Alberdi, refiere a los empréstitos y operaciones de crédito como recurso extraordinario, pero inexorable para una nación en desarrollo. Para acceder de manera razonable se debe contar con medios de pago, organización y seguridad, como así también demostrar afecto al cumplimiento de promesa. Nos brinda los ejemplos de Francia y Chile en la materia. Resalta el carácter del crédito de agrandar la actividad de los capitales. También hace mención de las estipulaciones acerca de la conformación de bancos tanto de la nación como del sector privado, y advierte la responsabilidad que debe haber en la emisión con respaldo (plata y oro como patrón de la época).
    Luego en el capítulo quinto nos habla de la importancia de las atribuciones conferidas a los poderes de gobierno para la creación de recursos, siendo el congreso por carácter, el encargado de crearlos y fijar las contribuciones al respecto. El ejecutivo como administrador los percibe y efectúa gastos solo cuando son previamente autorizados legalmente (ergo, por el congreso); y es el poder de veto una llave importante para evitar las legislaciones demagógicas en la materia que desvirtúen el mandato constitucional protectorio de la riqueza nacional. Esta división de poderes tiene su inspiración en el parlamentarismo inglés y la experiencia norteamericana donde los órganos colegiados electos por voto directo regulan en la materia.
    En lo novedoso, la lectura del texto ya avanzada no deja de sorprender en cuanto la audacia de Alberdi para plantear una visión moderna sobre el estado, su economía y política. A la vez sin caer en inocentes planteos meramente teóricos; ya que muestra una notable sagacidad para prever los vicios que pueden suscitarse en la práctica, en la realidad nacional. Por otro lado la actualidad de las problemáticas planteadas muestra un deambular nacional tragicómico, que se deberá solucionar apelando a la siembra de este enorme autor.
    Preguntas:
    ¿Se puede encontrar nuevos mecanismos republicanos para torcer la tendencia a desvirtuar el mandato constitucional acerca de la afectación presupuestaria?
    ¿La tecnología que maneja hoy en día el país y el carácter de las infraestructuras que se precisan, hacen inexorablemente necesario contar con crédito externo, o se puede ya apostar a construir con lo propio?
    ¿Cómo considera a la utilización del crédito en la actualidad, se encuentra como una herramienta conveniente para países con baja calidad institucional?

  5. Guía N°12 Capítulo IV Y V.
    Síntesis
    Los empréstitos y las operaciones de crédito deberían utilizarse como recurso extraordinario y para difundir confianza al prestamista el gobierno debe tener medios para pagar los intereses de sus deudas por el capital que toma prestado. Con respecto a la deuda pública llamada papel moneda en Buenos Aires, Alberdi considera prudente la creación de un Banco como el previsto por la CN (art. 64) bajo la condición de una garantía en dinero efectivo para pagar a la vista los billetes emitidos. La amortización por otro lado es la cancelación gradual de las deudas y por ello es condición esencial a la vida del crédito público, ya que la idea de una deuda perpetua y perdurable es desagradable para la imaginación del hombre. Para que aumente la confianza, es necesario que el Estado efectúe pagos con fondos reales y verdaderos (contribuciones, tierras y bienes nacionales). Además los fondos ajenos deben invertirse en obras públicas, y debe mediar una suma prudente y moderación discreta y hábil para conseguir el crédito. El Capítulo V platea como evitar excesos al ejercer el poder soberano y destaca la división de poderes, uno que puede crear los recursos (mediante leyes y facultades que corresponden al Congreso) y otro que los administra, el PE. Destaca la importancia de limitar al gobierno en su poder de gastar para evitar abusos.

    Novedoso
    Como el empréstito y la deuda pública son el modo de repartir el peso de la contribución entre generaciones sucesivas es importante se mantenga la equidad y se realicen obras públicas, se invierta en instituciones y en la prosperidad nacional. Sea cual fuere la forma en que el Estado haga uso de sus créditos para obtener fondos aplicables a sus gastos, sea se valga de empréstitos, emisión de fondos o promesas de la tesorería, hay condiciones comunes a todas ellas que el gobierno debe consultar para que el crédito público sea un recurso real y positivo, y no fantástico. Es novedoso como Alberdi se alarma ante la posibilidad de que la formación del Tesoro termine saqueando al país y como en la elección y cantidad de gastos puede ser dilapidada la riqueza pública ya que de estos poderes dependerá el sacrificio que será sobre el bolsillo del pueblo.

    Preguntas
    1. Cómo podemos evitar que la facilidad con la que nuestros representantes decretan gastos sin asignar fondos perjudiquen nuestro bolsillo? Que método se le ocurriría al autor?
    2. Hay observancia hoy en día a la rendición de cuentas, la ley de presupuestos es precisa?
    3. Como es posible que la demagogia de la que habla Alberdi siga un orden legal que queda justificada a la vista de todos?

  6. En los capítulos que hoy nos competen, Alberdi, comienza explicando el modo en que la Constitución Nacional trata la posibilidad de contraer empréstitos, como forma valida de ejercer el poder soberano. Sin embargo, el autor nos advierte que este recurso es de carácter extraordinario, pero califica de esta misma forma al contexto en el que se encontraba nuestro país en ese momento, de modo que ve con buenos ojos el endeudamiento para poder cambiar esa realidad de atraso y exclusión que vivía nuestro país durante el siglo XIX. Luego, en el capítulo V se ocupa de diferenciar tajantemente las distintas autoridades que deben intervenir en la creación y destino de los fondos del tesoro. Este pasaje es bien conocido por todos, aquí JBA propone un modelo de separación de poderes, de modo que el Congreso sea quien impone las contribuciones y contraer empréstitos por ser el órgano inmediato al pueblo de la Nación. Y por su parte, el Poder Ejecutivo tendrá la tarea de administrar esos ingresos.

    Lo que más novedoso me resulta, en esta ocasión, es la enérgica oposición que expone el autor a la emisión de papel moneda. Incluso llega a decir que contraer deuda es “10 veces preferible a emitir”, y eso lo sustenta con el orden de prelación que presenta nuestra Constitución sobre los medios de financiamiento de la Administración Publica. Sin dudas, sus argumentos (expone otros) son convincentes, mucho más que los de los que profesan las ideas opuestas. Por otro lado, también en materia de empréstitos sostiene que ellos permiten la aplicación de la igualdad en materia tributaria. Este enfoque, muchas veces no se tiene en cuenta y debiera ser uno de los más sólidos cuando se quisiera defender una operación de esta naturaleza. Finalmente, me resulta interesante la explicación de por qué diversas Constituciones soslayan el aspecto de ingresos al momento de ser redactadas y si explicitan la facultad de “fijar anualmente los gastos de la administración pública”. Este detalle, me había pasado inadvertido cada vez que me propuse leer ciertos pasajes de nuestra Carta Magna.

    1) Cuando sostiene que el veto es un instituto que permite contener ciertos males que podrían originarse en el seno del Congreso. ¿No le parece que la inclusión, en 1994, del veto parcial de las leyes originó un mal dentro del Ejecutivo, quien puede promulgar leyes desnaturalizando la propuesta original del Congreso?
    2) ¿Cree que con los avances tecnológicos que hoy tenemos y con el desarrollo y perfeccionamiento de los medios de cobro, sería posible calcular con mayor o menor certeza el cálculo de entradas de la administración pública?
    3) Al ser el Congreso un órgano con un gran poder económico y rentístico ¿No cree que sus miembros deberían tener, aunque sea, una básica noción en la materia?

  7. RESUMEN (Tercera Parte: Capítulo IV –punto VI– y Capítulo V)
    En esta parte del libro se habla en primer lugar del crédito público específicamente como recurso de los fondos del tesoro nacional, la forma en que se contrae ya sea vía empréstitos u otras operaciones de crédito y cómo debe organizarse para servir a las miras de la constitución (principios y condiciones con que debe emplearse). En segundo lugar se habla del tesoro público nacional, la creación y destino de los fondos que lo integran, su administración y ejecución, de acuerdo a lo establecido en las disposiciones de la constitución. La creación de recursos que integran el Tesoro como el destino que deben tener los fondos del mismo está en manos del Poder Legislativo, ya que le atribuye al Congreso dicha facultad. Ningún recurso debe ser creado sino por intermedio de una ley. Y el poder de recaudar, administrar y emplear esos recursos en los gastos designados corresponde al Poder Ejecutivo, siendo el Tesoro su principal medio de acción y ejecución.
    NOVEDOSO
    La constitución estipula a través de su art. 64 que: “Corresponde al congreso… fijar anualmente el presupuesto de gastos de la Confederación, y aprobar o desechar la cuenta de inversión”. Esta ley de presupuesto es la sanción que da el Congreso, o bien sea, es el consentimiento que presta el país al programa o presupuesto de entradas y gastos de la administración general, formado y ofrecido en proyecto por el P. Ejecutivo, como jefe de la administración, que la constitución pone a su cargo, y conocedor inmediato de las necesidades del servicio administrativo. Dada la ley, el Ejecutivo no percibir recurso, ni efectuar gasto que no estén mencionados o autorizados en ella. Dos elementos esenciales concurren a la formación de esa ley: el cálculo de las entradas o rentas, y el de los gastos en que deben ser invertidas. Sin embargo, la constitución habla de presupuesto de gastos, y nada dice de presupuesto de entradas; esto último, debido a que era muy difícil determinar un cálculo seguro de entradas en dicha época a causa del movimiento incesante de una sociedad en formación.
    PREGUNTAS
    1) Sobre la ley de presupuesto nacional: ¿usted cree que, tanto en la actualidad como desde la última reforma constitucional del año 1994, los distintos gobiernos la cumplieron o cumplen? ¿se respeta y se ejecuta lo determinado en ella?
    2) Respecto al crédito público (deuda pública): ¿existe un sistema eficaz de amortización de la deuda (cancelación gradual) de manera de bajar los servicios de la deuda (monto de intereses que se pagan) y poder destinar esos montos a fines más útiles?
    3) ¿Considera que existe un sistema de control eficiente, eficaz y efectivo de lo producido con los fondos (recursos) del Tesoro Nacional?

  8. Domingo 12 de noviembre
    Guía de discusión N°12: Capítulos 4 (punto6) y 5

    Resumen
    El artículo 49 de la Constitución argentina concluye los fondos que asigna para la formación del Tesoro nacional; mencionando el producto de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional. El crédito es un miembro de los muchos que forman el Tesoro nacional, según el art. 4 de la Constitución argentina. El crédito del gobierno o crédito público está sujeto a las mismas leyes naturales que el crédito de los particulares. Para infundir confianza al prestamista, el gobierno necesita, como cualquier deudor privado, tener medios de pagar los intereses de su deuda; lo que vale decir, que el gobierno necesita estar organizado, seguro, respetado, fuerte y provisto de recursos para pagar los intereses del capital que toma prestado para gastar en casos de urgencias y en grandes empresas de utilidad nacional; y que sólo a estas condiciones gozará de crédito público abundante y fácil.
    El empréstito, o bien sea la deuda pública, es el medio de repartir el peso de la contribución entre las generaciones sucesivas llamadas a disfrutar del señorío inextinguible de la patria común.
    Y el capitulo V hace referencia a que el poder de crear, de manejar y de invertir el Tesoro público, es el resumen de todos los poderes, la función más ardua de la soberanía nacional. La respuesta consiste en dividir el poder rentistico en dos poderes accesorios e independientes, a saber, el poder de crear los recursos y votar los gastos públicos, y el poder de recaudar, administrar y emplear esos recursos en los gastos designados.

    Lo que me resulto novedoso del texto de Alberdi es que el ya tenia en claro que uso deberían darle al crédito del gobierno, para que prospere el desarrollo de una nación. Ademas es novedoso su pensamiento acerca de las condiciones necesarias para la generación de confianza del gobierno.

    Preguntas para el autor

    1) ¿Que opinaría Alberdi al respecto de la utilización del crédito en la actualidad?
    2) ¿Cree que hoy en día el gobierno logro generar confianza para pedir un préstamo?
    3) ¿Cuan importante es la confianza que brinda el gobierno a la hora de tomar un préstamo?

  9. En este texto Alberdi plantea la necesidad de endeudarse que tienen los países con menos recursos y la necesidad de que esta deuda sea inteligentemente manejada porque eso redundará en un mayor prestigio hacia el acreedor que podría traducirse, por ejemplo, en que el crédito tenga menores intereses en función de un menor riesgo. Sólo en buenas condiciones gozará de crédito público abundante y fácil.
    El autor se refiere a la conformación de bancos tanto de la nación como del sector privado, y advierte la responsabilidad que debe haber en la emisión de moneda con respaldo (plata y oro como patrón de la época), y los peligros de hacerlos sin que esto se tenga en cuenta.
    Plantea que los fondos ajenos deben invertirse en obras públicas, y debe mediar una suma prudente y moderación discreta y hábil para conseguir el crédito.

    También sostiene que es el Congreso el órgano más idóneo para representar los intereses de toda la sociedad en una medida tan riesgosa como la imposición de tributos y la asignación de dichos recursos y dice que el Poder Ejecutivo tiene la posibilidad de la formulación de proyectos de presupuesto y tributos que remita al Congreso para su aprobación, y la posibilidad del veto para evitar tributos excesivos o desfinanciar al Estado.

    Novedoso:
    La claridad conceptual al exponer sobre la necesidad de la separación de los poderes a la hora de manejar temas tan delicados cmoo los presupuestarios. El Congreso de la Naci{on es el {único garante de que la voluntad popular (representada en la cámara ed Ciputados) y la voluntad de los Estados Provinciales (representada en el senado) pueda ser respetada y los resultados puedan ser lo más equitativos posibles.
    Es importante el rol que le atribuye Alberdi al crédito privado, al explicar su importancia transcendental, como medio de agrandar la actividad de los capitales

    Preguntas que le haría al autor:
    1) ¿Los decretos de necesidad y urgencia sobre temas relativos a impuestos deben ser considerados?
    2) ¿Es mejor endeudarse o emitir sin respaldo…qué genera mayor inequidad o problemas para la economía?
    3) Cómo puede un adminitrador darse cuenta si está frente a un capita especulativo o a un productivo?

  10. En esta parte del libro, Alberdi establece que el producto de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el Congreso son también recursos para formar el Tesoro Nacional, acorde el art. 4 de la Constitución, será un recurso extraordinario ya que se requerirá para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional.
    Considera que el gobierno argentino contaba con la paz como base y garantía de su crédito público, poseía el respeto a sus deberes, era sensible al honor de pagador puntual, y podría sostener el noble hábito de amortizar sus deudas, porque las provincias no estaban corrompidas por la fiebre de disipación y de lujo. Subraya que la confianza del prestamista es doble, cuando ve que sus fondos, en lugar de gastarse estérilmente, se conservan invertidos útilmente en poder del deudor.
    Por último, señala las autoridades que intervienen en la creación y destino de los fondos del tesoro. El Poder Legislativo crea los recursos y vota los gastos públicos, específicamente la Cámara de diputados (la más inmediata al pueblo) será la única que inicia las contribuciones, mientras que el Poder Ejecutivo recauda, administra y emplea esos recursos en los gastos designados.
    Lo novedoso es el hecho que se reconoce que el crédito público estaba siendo utilizado al servicio cotidiano, justificado tal vez como una urgencia de la Nación para lograr consolidar su gobierno. Sin embargo, se resalta que no hay que olvidar su carácter extraordinario, bajo cuyo aspecto no puede ser centro y símbolo de los demás recursos rentísticos.

    1- Actualmente, ¿considera que es posible hacer un cálculo más eficiente del valor y naturaleza de las entradas?
    2- ¿Cómo debería ser realizada la amortización de la deuda pública?
    3- ¿Cuál sería su solución si en determinado año una ley de presupuesto no es llevada a cabo?

  11. En esta última parte del Capítulo IV, Alberdi habla sobre los empréstitos y operaciones de créditos que son otros de los recursos que forman el Tesoro público de la Nación. Éstos poseen una característica particular en relación a los analizados anteriormente: son un recurso extraordinario, destinado sólo para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional. La situación de la Argentina pobre de aquella época es considerada por el autor extraordinaria, ya que el país se encuentra en un proceso de consolidación de su gobierno, de afianzar la paz interior, de crear el Tesoro fiscal y hacer crecer la riqueza pública para el desarrollo de la Nación. Para ello, el crédito público es recurso fundamental que ayudará a organizar la patria. Éste requiere para su obtención que el país infunda confianza, seguridad y respeto y que cumpla con sus promesas de pago para gozar de crédito público abundante. De esta manera, este instrumento permite llevar a cabo los objetivos de la CN: poblar, enriquecer y civilizar, sin dañar los principios fundamentales que establece.
    En el siguiente Capítulo, Alberdi habla de una de las garantías fundamentales para nuestro sistema constitucional: la división de poderes, elemento fundamental para evitar que el gobierno incurra en excesos como saquear el país, desconocer la propiedad privada y violarla, atacando la seguridad personal de sus habitantes. Para ello, es necesario dividir el poder rentístico: por un lado el poder de crear los recursos y votar los gastos públicos y por el otro, recaudar, administrar y emplear esos recursos en los gastos de acuerdo a los establecido por el poder legislativo en el presupuesto nacional.
    Cumpliendo así con esta garantía de la división de poderes y alcanzando la eficacia en la creación, en el manejo y en la inversión del Tesoro público, es posible conformar una Nación confiable y segura y obtener crédito público para su desarrollo y crecimiento.

    Es interesante el énfasis que hace el autor sobre la confianza que debe infundir la Argentina para la obtención del crédito. Teniendo en cuenta las numerosas crisis sufridas y la inestabilidad e inseguridad atravesadas tanto en lo político como en lo económico y social, como consecuencia de los golpes de estado, de los ataques a la propiedad privada y a la seguridad jurídica, el resultado obtenido fue un país abarrotado, debilitado y de poca credibilidad, alejado de todos los presupuestos planteados por la CN y expuestos por Alberdi, que causó el aislamiento del país en el contexto internacional, cada vez más globalizado. Debemos tener como uno de los objetivos primordiales recuperar esa confianza en el país para poder lograr los objetivos que establece la CN.

    1) Cuál sería su opinión acerca del mecanismo actual para obtener las entradas del Tesoro público?
    2) Se cumple hoy en día esta garantía fundamental de la división de poderes en relación al manejo del Tesoro público?
    3) Qué propuesta tendría para recuperar la confianza que alguna vez tuvo el país para la obtención del crédito público?

  12. En el presente fragmento el autor aborda sobre los empréstitos y las operaciones de crédito para la formación del Tesoro Nacional por un lado y por el otro los requisitos, con fundamento en la libertad, que intervienen para la creación y destino de los fondos del Tesoro. En primer lugar el crédito público, es de carácter extraordinario al ser un recurso que se puede utilizar únicamente para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional y resulta propio de los países en formación o en desarrollo para que puedan avanzar. Por otro lado los empréstitos extranjeros resultan importantes ya que atraen capitales e inversión. El Tesoro público es el resumen de todos los poderes, en palabras del autor, la función más ardua de la soberanía nacional. Es imprescindible que el gobierno no lo saquee ni abuse de él y sea capaz de administrarlo eficiente y eficazmente. Por último destaca el deber del poder legislativo de fijar anualmente el presupuesto y las cuentas de inversión de la Nación, mientras que el poder ejecutivo administra tales tareas.
    NOVEDOSO
    Me resulta novedoso como el autor descalifica la idea de emitir papel moneda, la cual resulta incluso diez veces peor que contraer deuda para financiar el Tesoro Público, hace énfasis en contraer deuda para salir adelante, lo cual es sumamente revolucionario para la época. Por otro lado, en referencia a los créditos es interesante su perspectiva en cuanto a la confianza que debe tener el país y el uso que se le debe dar a éstos.
    PREGUNTAS
    1.- ¿A lo largo de la historia argentina, cuál cree que fue el desencadenante para que hoy en día no podamos afrontar las deudas externas por su gran tasa de interés?
    2.- Ud expone que por medio de la Constitución se le atribuye como facultad exclusiva al Congreso crear los recursos para la caja del Tesoro Nacional.. ¿Considera que actualmente se cumple el control por parte del Poder Legislativo?
    3.- ¿Debería la Constitución diferenciar entre presupuesto de gastos y presupuesto de entradas para un mecanismo más eficiente?

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