Con los alumnos de la UBA Derecho, seguimos leyendo el texto de Alberdi “Sistema Económico y Rentístico”, cuando se refiere nada menos que a la distribución del ingreso. Lamentablemente, y tendrá que ver con la visión de la época, no se reconocía un derecho a quienes las estuvieran ocupando, aunque puede ser que fuera difícil delimitar sus posesiones si eran nómadas. De todas formas, no se respetaba su propiedad, y se violaron derechos. De todas formas, quienes reclamen ahora tierras usurpadas en su momento, debería probar y no sería conveniente volver al violar ese derecho a quienes ahora lo poseen de buena fe. Así trata el tema de la renta de la tierra:
“Todos los extranjeros disfrutan en el territorio argentino deL derecho de poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos, según el art. 20 de su Constitución.
En apoyo de estas garantías privadas, la Constitución protege el principio de propiedad territorial por las siguientes limitaciones impuestas al poder de legislar sobre su ejercicio.
Ninguna legislatura nacional o de provincia podrá conceder al Ejecutivo facultades extraordinarias, sumisiones o supremacías que pongan las fortunas privadas a merced del gobierno. (Artículo 29).
El art. 28 establece que los principios, garantías y derechos reconocidos por la Constitución (en favor de la propiedad territorial, a la par que de otras garantías) no pueden ser adulterados por leyes que reglamenten su ejercicio.
He aquí una parte del derecho fundamental argentino en materia agraria, no toda.
¿Estas limitaciones son un obstáculo tan absoluto que quiten al legislador el poder de reglar la propiedad agraria del modo más ventajoso a la riqueza pública?
No: todos los derechos asegurados por la Constitución están subordinados, o más bien encaminados, al bienestar general, que es uno de sus propósitos supremos, expresados a la cabeza de su texto.
El camino de ese bienestar general está trazado por la Constitución misma (art. 64, inciso 16), que conduce a él por el brazo de la civilización material o económica, es decir, promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines. . .
¿ Qué reglas, qué exigencias se deducen del interés de esta civilización material o económica al estilo anglo-sajón. para la sanción y reforma de la legislación orgánica argentina de carácter agrario? Entremos en su estudio, y veamos por él cómo la propiedad y la libertad pueden cambiar concesiones con la riqueza, para llegar juntas y de consuno al bienestar general.
En tanto que se estudian y demarcan las tierras de propiedad nacional, que, según la Constitución, han de emplearse por medio de la venta y locación, como instrumento de renta pública y como agente de población y riqueza, preguntaremos ¿si será indispensable que haya tierras públicas, para atraer inmigrantes y colonos?
¿Podría llegar el caso de que los inmigrantes careciesen de tierra para instalarse en un país que posee doscientasa mil leguas cuadradas, habitadas por una población que no alcanza a un millón de habitantes, y donde cada legua cuadrada, capaz de alojar doscientos cuarenta, sólo hospeda seis?b .
¿Será indispensable que el colono, que el inmigrado, que el labrador de cualquier parte, que deseen poseer y trabajar una tierra argentina, la obtengan de manos del Estado, y no de particulares?
Así sentadas las cuestiones, no lo son, como fácilmente se echa de ver.
Sea quien fuere el que resulte dueño de las tierras al presente despobladas, es decir, de las nueve décimas partes del suelo argentino, pertenezcan al Estado o a particulares, de todos modos ellas están destinadas a poblarse y trabajarse por habitantes que han de venir, pues por hoy están despobladasc.
¿ Qué podrán hacer las leyes orgánicas, sin salir de la Constitución, para facilitar al poblador y al inmigrante la adquisición y uso de la tierra, sea pública o particular? – Pongámonos en el -caso de que toda la tierra disponible sea de particulares, que será el caso que acabe por ser definitivo y permanente; y veamos lo que las leyes podrán hacer en el interés de la distribución de la tierra y de sus ventajas. No olvidemos, sin embargo, que sólo por una hipótesis violenta se pueden presumir de propiedad particular las tierras despobladas que comprende la Confederación Argentina. Sabido es que en ella sucede lo que en Chile, que la porción más feraz y hermosa de su suelo se halla todavía en poder de los indígenas. En el norte del territorio, la parte oriental más inmediata a los ríos navegables, es el Chaco; en el Sud, la porción más vecina de los Andes, cuyas aguas abundantes dan a esas regiones la fertilidad asombrosa que Azara reconoce en San Juan y Mendoza, se hallan hasta hoy en poder de los indígenas, y pertenecen indudablemente al patrimonio de la Nación, así como infinitas islas de los ríos, y grandes porciones de territorios en cada una de las provincias que integran el de la República. Pero volvamos a la hipótesis de que no hubiere más tierra que las poseídas actualmente por particulares. La República Argentina tiene necesidad de leyes y de instituciones que favorezcan el empleo más útil posible de la tierra, por ser el más poderoso y casi el único de los instrumentos de producción que hoy día existan a su alcance.
Los legisladores no deben olvidar que hay leyes que quitan a la tierra su poder productivo, y la esterilizan en manos de sus poseedores. Tales son las que no dejan al detentador actual un interés suficiente para sacrificar el presente al porvenir. Por consiguiente, ellas deben tomar por base indeclinable de toda sanción agraria la siguiente regla: «Importa rechazar o derogar toda ley que quite a los detentadores de la tierra el deseo de sacrificar el presente al porvenir, y de trabajar en la mejora del suelo».
A este número pertenecen las leyes españolas que nos legó el antiguo régimen sobre mayorazgos, fideicomisos, sustituciones, cuartas falcidia y trebeliánica, derecho de retracto, etc., etc., legislación de origen romano alterada y exagerada por el feudalismo en la España de la edad media, y basada toda en los privilegios y pasiones aristocráticas de las familias patricias de Roma y nobiliarias de España. Tales leyes enredan la propiedad territorial en un dédalo de dificultades, que traban la libertad de su circulación, y la inmovilizan en cierto modo, sustrayéndola al comercio civil, dejándola estéril para la producción nacional.
Haciendo incompleto, restringiendo, limitando el derecho de propiedad, esa legislación se opone abiertamente a los art. 14 y 17 de la Constitución argentina, que garantiza a todo habitante el derecho de usar y disponer de su propiedad y su completa inviolabilidad. Por su tendencia aristocrática, esa legislación se opone al art. 16 de la Constitución, que no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento, y declara a todos iguales ante la ley; y al art. 1, que adopta la forma republicana de gobierno.
Toda ley que quita al poseedor o detentador actual el estímulo de la propiedad completa y absoluta, le vuelve indolente porque nada le deja que excite su actividad; le hace perezoso por la incertidumbre en que deja su propiedad o tenencia; le hace devastador y dispendioso, formándole un interés en consumir lo que debe arrebatarle el sucesor impuesto.”
RESUMEN: en el presente capítulo, Alberdi trata sobre las garantías que menciona la Constitución que protegen la tierra, afirma que de los tres agentes que reconocen la riqueza (tierra, capital y trabajo), nuestro país solo posee la tierra. Dice que es el instrumento supremo para emprender la población, la organización política, su riqueza y civilización. La Constitución le otorga al gobierno el deber de proveer lo conducente a la prosperidad del país y el gobierno podrá hacer servir la tierra como base de impuestos, como garantía de la deuda y del crédito público. Nuestro país tiene riquezas naturales, alguna de ellas son: el clima, los ríos y lagos, los minerales, etc. Que, cuando el hombre no los produce por su trabajo, la naturaleza los propaga y los extiende por sí misma. Para el beneficio de la tierra y la distribución de la renta, la Constitución ha sentado los principios de propiedad, libertad, igualdad y seguridad. En cuanto a la propiedad privada, la ley suprema reconoce que los principios, garantías y derechos reconocidos, no pueden ser adulterados por leyes que reglamenten su ejercicio, luego ofrece unos principios para reorganizar el arrendamiento territorial, cree por ejemplo que el arrendamiento sea por tiempo ilimitado. Partiendo del principio de igualdad, cualquier persona, sea nacional o extranjero tiene acceso a la propiedad territorial.
En cuanto a la población, lo principal es la distribución de las riquezas para que se aspire a aumentar la población, para cumplir este objetivo, la Constitución utiliza el medio directo ya que menciona en varios de sus artículos, el fomento de la inmigración. Pero los medios indirectos, son los más eficaces porque protege la población espontánea, como por ejemplo: la institución de la igualdad de los derechos civiles, propiedad y seguridad para todos los habitantes de la Nación. Menciona que hay trabas al advenimiento de la población, una de ellas es la aduana, que si bien se trata de un impuesto a las importaciones y exportaciones, suele generar un medio de exclusión cuando prohíbe la entrada absoluta e indirectamente, cuando sus costos son muy altos.
ANALISIS: Llevando el texto a la actualidad, haciendo referencia a la aduana, considero que la utilización de ese instituto se desvirtuó del objetivo principal y comenzó a formar una barrera para el ingreso de bienes y de inmigrantes.
PREGUNTAS: La conocida ley de alquileres, cree que restringe con sus disposiciones, el derecho de propiedad?
Cree que los impuestos que gravan a la compraventa de inmuebles, son un impedimento para promover el comercio inmobiliario?
RESUMEN
Alberdi comienza haciendo unas consideraciones previas respecto de lo que es la tierra en la Argentina a los fines de construir, desde ahí, el sistema que la Constitución prevé para el uso de las tierras. Destaco que entiende que de los tres agentes de producción, lo único que posee la Argentina es la tierra, y que desde ahí deberá construirse la base que permita el ingreso del capital y del trabajo. Para ello, la Constitución obliga al Congreso a impulsar la exploración y explotación de los territorios argentinos, cuestión vedada por el gobierno español. Luego continúa hablando sobre como todo el entramado de derechos civiles relativos a la propiedad, a la limitación de la tiranía y a la igualdad del extranjero con el argentino hace a su vez a la creación de incentivos de expandir las fronteras, poblarlas y trabajarlas. También reafirma la necesidad de derogar una amplia amalgama de normas españolas o pos independencia que atentan contra las finalidades de la República naciente, haciendo particular énfasis en una reforma de arrendamientos rurales con mayores beneficios al arrendatario. Entiende que una de los primeros criterios a la hora de acceso a la tierra tiene que ser que este se dé basado en principios de igualdad, claramente referidos al acceso de extranjeros al mismo. Cuando habla de las políticas poblacionales, el descarta el maltusianismo imperante de la época y el socialismo por igual, entendiendo que no tienen fundamento contextual en nuestro país. También dice su renombrada frase “gobernar es poblar”, entendiendo que la mejor chance de éxito que tiene nuestro país es si se logra llenar de mano de obra que ponga en marcha el sistema productivo; por ende, el sistema jurídico debe contribuir a tal fin. Para ello, utiliza métodos directos (fomentar por la vía estatal la inmigración) e indirectos (fomentar la inmigración y la natalidad de manera espontánea), entendiendo que los indirectos son los más eficaces. Siempre será, a su juicio, más eficaz que los europeos vengan a la Argentina por el éxito de sus conocidos en estas tierras que por la existencia de una oficina comercial de la República en las naciones europeas. Argentina tiene que ser una tierra de libertad y oportunidad, que permita a los europeos abandonar sus miserias y crear una nueva y fructífera vida aquí. En base a todo lo expuesto, Alberdi comienza a detallar el programa de acción legislativa para derogar la legislación española, en especial la derogación del pasaporte (aduana de las personas) y la aduana (el pasaporte de las cosas). Respecto de la aduana, según él solo debe comportarse como un impuesto, de bajas proporciones, y nunca como una política proteccionista o como un mecanismo de política interna entendida a la luz del conflicto entre unitarios y federales. Por último, la última garantía que el menciona para el crecimiento espontáneo de la población es aquél que refiere a la seguridad: tanto para los bienes como para las personas, rescatando entonces los límites del Estado a matar a sus ciudadanos o confiscarles sus bienes. No tanto entendida la seguridad como la entendemos hoy en día, sino eliminando la mayor fuente de riesgo que para Alberdi es el despotismo y la anarquía. Por ende, instituciones y limitaciones fuertes al poder son la solución. Es decir, el vigor político no puede contrariar la libertad civil, criticando así la constitución conservadora de chile.
IMPORTANTE
Quisiera arrancar haciendo una crítica, osando querer ser más libertario que Alberdi: no es necesario que el Congreso deba promover la exploración de los territorios del sur. Basta con levantar las restricciones para que la iniciativa “privada” florezca, como el caso de Darwin y su exploración con el HMS Beagle. Verdad, la iniciativa estaba financiada en parte por el estado británico, pero al menos no hubo dinero público argentino en la iniciativa. Veo particularmente que en este capítulo hay una mayor interrelación con los contenidos de los textos de Fortune o inclusive del Foro y el Bazar, mediante el cuál Alberdi tiene clarísimo que lo que importa es perfeccionar, delinear y extender, lo más posible, los derechos de propiedad, como único incentivo a que la tierra finalmente traccione trabajo y, consigo, capital. Otro de los puntos que me fascinan del autor es esta constante contradicción, entre lo que leo de Alberdi y lo que se dice de Alberdi. Por ejemplo, como ya se ha visto en otros pasajes del libro, por más que mis contemporáneos lo acusen de europeísta, por más que él reconoce su predilección por los modos y costumbres de Europa, principalmente del modelo anglosajón, él nunca pretende importar aquél modelo “en abstracto”. Al revés. Es muy consciente de la distinta realidad que se vive respecto del mundo europeo, y por ello todo tipo de inspiración en Europa contiene su cuidadoso análisis respecto de si es o no aplicable a nuestro país, inclusive advirtiendo a otros no pretender aplicar ideas europeas en la Argentina sin antes considerar nuestra realidad. Quizá como pensamiento más general de toda la obra, me sorprende ver lo avanzado que estaba Alberdi en el concepto de entender los incentivos que generan los marcos jurídicos. Estar constantemente pensando no solo en la norma, y su aparente justicia en abstracto, sino siempre en qué incentivo generará la norma; pensamiento que falta en los actuales despachos legislativos. Otra máxima que enseña, que también está en falta el día de hoy es la que la Nación crea al gobierno y no al revés. Que es la espalda privada la que debe fomentar el crecimiento y el desarrollo para poder consolidar el gobierno y no de otra forma. Si este fue el espíritu de nuestra Constitución, ¿por qué no se mantuvo? Otro punto interesante es el resalto que hace Alberdi del progreso de Chile. Aún me sorprende que luego nosotros fuimos potencia mientras que Chile miró desde atrás y hoy volvemos a la misma situación de 1853.
PREGUNTAS
Ya que estamos hablando sobre la respuesta a la pregunta ¿a quién pertenece el suelo argentino?, le consulto, ¿qué opina de la reforma agraria, propuesta por Grabois, mediante la cual se dividen los latifundios para repartirlos en parcelas más chicas?
Habla usted sobre las bases mediante la cual el Estado debe repartir sus tierras fiscales. ¿Por qué es justo repartir aquella tierra que el Estado tiene en su dominio, y no aquella que se encuentra en manos privadas? Cuando al Estado se le agote la posibilidad de seguir repartiendo tierras, ¿será justo que ya no haya más tierra para repartirle a otros? ¿Es justo el mecanismo de “first come first serve”?
Usted rescata la necesidad de hacer una reforma para los arrendamientos rurales a favor del arrendatario. ¿Eso no implicaría disminuir los derechos de propiedad del propietario, que a su vez usted quiere perfeccionar?
Es increíble ya el rechazo que usted siente por España y su imperio, llegando al nivel de considerarla una necrópolis. ¿Rescata usted algo de nuestra tradición española?
No desarrolla usted porque cree que es imposible derogar el impuesto aduanero, sino que hay que mantenerlo a niveles ínfimos. ¿Por qué no se podría derogar tal impuesto?
Si Chile es un modelo de progreso, ¿por qué no imitar su Constitución o su modelo conservador más que arrancar una nueva tradición política? ¿Es tan distinta la realidad de Chile con la Argentina, siendo que fuimos hermanos a la hora de enmanciparnos?
RESUMEN: En este apartado el Autor va a desarrollar las disposiciones constitucionales que protegen los beneficios y renta de la tierra.
Menciona como consideraciones previas que la tierra es una de las tres fuerzas de producción, y que es al presente el único instrumento que el país posee para comenzar la obra múltiple de su riqueza, población, crédito y gobierno.
Denuncia que es desconocido el territorio argentino, ya que la España se abstuvo de estudiar la tierra, e insiste en que la exploración territorial y su estudio son un deber implícito de los gobiernos argentinos, tal como lo dispone la Constitucion Nacional, y que es el gasto más fructífero del Tesoro público para la renta y la prosperidad de la Nación.
Es necesaria la exploración de las fuerzas naturales de producción, a saber el clima y la latitud, los ríos y lagos, los florestales, la padrerias, los minerales y el nivel u horizontalidad del suelo, y la extensión y composición química del suelo, ya que se revelara así cuales son las fuerzas y aptitudes del suelo argentino para la producción de la riqueza industrial
La Constitución nacional se dio cuenta que es necesario poblar el suelo argentino porque cuanto mayor es el número de los que asisten a su explotación, mayor es el provecho que a cada uno le toca. En este sentido analiza cuales son las bases constitucionales del derecho agrario argentino.
Como en los capítulos leídos, Alberdi nos recuerda la transversalidad de los principios de propiedad, libertad, igualdad y seguridad que deben estar presentes en cualquier ley que ponga en ejecución la Constitución federal, como asimismo la derogación de todo régimen colonial en esta materia.
Sostiene que el legislador debe poner en ejecución las garantías constitucionales referentes a la distribución, colocación y empleo de la tierra, debiendo legislar la propiedad agraria del modo más ventajoso a la riqueza pública.
El bienestar general como propósito supremo abraza la civilización material y económica, por lo que las tierras de propiedad nacional han de emplearse por medio de la venta y la locación, como instrumento de renta pública y como agente de población y riqueza.
Remarca que sea quien fuere el dueño de las tierras despobladas, particulares o el estado, de todas formas están destinadas a poblarse y trabajarse por habitantes que han de venir, y a emplearse lo más útilmente. Las leyes nuevas deben derogar toda ley que quite a los detentadores de la tierra el deseo de sacrificar el presente al porvenir, y de trabajar en la mejora del suelo, volviendo a la propiedad territorial estéril para la producción nacional.
Además, en interés de la población y del bienestar y prosperidad de la república se debe reorganizar el sistema del arrendamiento territorial de modo que sirva para colocar la tierra al alcance de los inmigrantes y nuevos pobladores, no en provecho del propietario ocioso.
Nos recuerda además, que la propiedad territorial debe ser tan accesible al extranjero como al nacional, como consecuencia territorial del principio de igualdad civil.
NOVEDOSO: encontré interesante la lectura de este apartado ya que no lo encuentro atemporal a la realidad actual, seguimos siendo un país que tiene a la tierra como un recurso ocioso, sin trabajar y otros lugares sobre explotados.
PREGUNTAS:
1. ¿Que opina el autor sobre la reforma del CCCN en cuanto a el instituto de la Legitima?
2. ¿Que opina el autor sobre los la reforma agraria postulada por el abogado Juan Grabois?
3. ¿Que opina el autor sobre las tierras que actualmente se encuentran ocupadas por poblaciones indígenas? ¿Considera que el Gobierno debería disponer de esas tierras para arrendarlas?
Segunda parte – Capítulos IV y V
Resumen
En el capítulo cuarto el texto versa sobre las disposiciones de la constitución que protegen los beneficios y rentas de la tierra. Caracteriza a la tierra como única fuerza de producción de la época y como un instrumento que posee el país para comenzar con la obra múltiple de riqueza, población, crédito y gobierno. Para esto la legislación argentina, en su derecho agrario, debe y utilizó garantías y principios para poder atraer y poblar la República. Estas garantías son las que ya el autor viene mencionando, la propiedad, la libertad, igualdad y seguridad; todas orientadas al bienestar general.
En el quino capítulo empieza con las disposiciones de la constitución que se refieren a la población. Habla de dos posturas, la doctrina Malthus que persigue la disminución de la población y la postura socialista que pretende demoler a la anterior. La Constitución de 1853 hizo de la población su fin inmediato porque la vio como una poderosa herramienta para alcanzar el fin, que era la civilización y el bienestar del país.
Novedoso
La forma de ver a la tierra como un tesoro, según el cual a mayor número de población (gente que asiste a su explotación) mayor es el provecho que a cada uno le toca. Valora el recurso humano.
Preguntas
1. ¿Cree que se logró el objetivo de poblar correctamente?
2. Frente a la desigual distribución de la población del país en la actualidad ¿habría que tomar alguna medida como incentivo para poblar zonas desiertas?
3. ¿Considera que deben tomarse algunos requisitos o medidas restrictivas para los extranjeros que deseen ingresar al país en la actualidad?
Esta vez , Alberdi nos explica acerca de las garantías y principios constitucionales que rigen nuestro ordenamiento con respecto a la protección de la tierra y la propiedad.
Nos comenta que la primera es una de las tres fuerzas de producción y que todas las limitaciones en cuanto a su reglamentación que hizo el legislador fueron exclusivamente hechas con el fin de proteger el bien común y el bienestar general. Para poder lograr dicho bienestar se necesitará , entre otras cosas, promover la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional,etc.
Si retomamos el tema del poder productivo de la tierra, el autor nos señala, y muy acertadamente, que el legislador no debería cerrarse y limitar el acceso a esta ya que nos encontramos frente a una despoblación de la misma y lo más importante sería de alguna manera poder poblar y generar así las riquezas tan codiciadas… sin importar de donde provenga la mano de obra( extranjera o nacional).
Aspecto interesante:
Este capítulo me resultó interesante y considero que puede ser fácilmente relacionado con los tiempos en los que vivimos… en donde nos encontramos ante autoridades que a pesar de que manifiestan las necesidades que,como Nación, tenemos a la hora de poner todo esto en práctica no lo resuelven de la manera más favorable a la población.
Preguntas al autor:
Cuando nos comenta el ejemplo de nuestro país vecino Chile…¿Considera que si seguimos el modelo de ellos nos veríamos beneficiados?
¿Le parece a usted correcto afirmar que el principal problema en cuanto a la distribución de la población tan irregular rige en la importancia que se le ha dado a nuestra Capital?
¿Que sucedería si el Estado tomara las tierras ocupadas y trabajadas por los grupos aborígenes a lo largo de nuestro territorio?
1) Alberdi en estos capítulos desarrolla un poco lo referido a que es exactamente la tierra,y el uso y su distribución,cómo agente de producción y fuente de renta. Comenta que en nuestra confederación solo existe la tierra descartando al trabajo y al capital.
Luego hace mención sobre cuáles son las ventajas que hoy forman la riqueza increada o natural. Comentando también un poco a cerca del clima que presenta muestro país,los ríos que tenemos,los andes,los ferrocarriles,las ventas y la locación,la propiedad,los derechos reales,y de los beneficios de la tierra como principio de igualdad aparejado con la distribución de las riquezas ,la aduana y sus funciones.
2) Lo que me pareció más importante de los capítulos fue que,son agentes de producción,el clima y la latitud,los ríos y lagos,las praderas,las florestas y los liberales.
La constitución ha sembrado como bases de la legislación,los mismos principios reguladores del provecho del trabajo y el capital que son,la propiedad,la libertad,igualdad y seguridad,(teniendo presente que todos los derechos de nuestra constitución están subordinados y encaminados al bienestar general),promoviendo todas las bases que considera para lograrlo,también me parece importante que la población tenga dos tipos artificial, y espontánea.
3)* cree que hay que poner más barreras para lograr que la propiedad territorial no sea tan fácilmente adquirida por los extranjeros? Y si es así que implementaría?
* Que se llama exactamente población artificial?
*Porque cree que nuestra legislación está hecha para despoblar?
Resumen:
Alberdi analiza a la tierra como fuente de riqueza, único instrumento para multiplicarla al momento y desarrolla sus beneficios, los que solo podrán ser aprovechados aplicando los principios de libertad, igualdad y propiedad privada, y conociendo las ventajas de la riqueza natural de nuestro país. Confía la explotación, el uso y su disposición a los individuos y principalmente a los extranjeros, debiendo promoverse tierras libres de contribuciones, el acceso sin privilegios y para todos y la correspondiente exclusión respetando la inviolabilidad de la propiedad. Ese es el camino por el que indica, se logrará el bienestar general, haciendo productiva la tierra y poblando nuestro desierto país. Respecto a este último aspecto, al que considera fundamental para el progreso, entiende será logrado otorgando la más completa libertad a sus habitantes de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio; y que su fomento si bien es permitido por la constitución tanto por un sistema directo como indirecto, señala al segundo como más eficaz por su propia naturaleza, bajo el juicio de “las naciones como creadoras del gobierno”.
Además nuevamente, explica que tomando por medio de la experiencia, las causas por las que España se “despobló” –intolerancia, persecución, exclusión del extranjero-, se deben interpretar y disponer las eventualmente medidas, cuestión que justifica la importancia de la seguridad personal y las garantías del debido proceso, así como el papel que debe cumplir la aduana: un impuesto con base en la libertad y la igualdad y no un medio proteccionista.
Aspectos importantes/destacables:
Frente a una tendencia controladora y proteccionista actual, Alberdi podría resultarnos hasta progresista o idealista si nos centramos en la extrema confianza que deposita en la libertad de los individuos como medio para conseguir en este caso, el productivo uso de la tierra y el crecimiento de la población. Hoy, proponiendo un juego de palabras, aquella pareciera dejarse de considerar un medio para manifestarse en un “miedo”, uno que acecha a cada una de las decisiones políticas y las hacen acabar en leyes demagógicas que restringen y prohíben la movilidad de bienes y personas, cuya triste consecuencia es una actitud evasiva de los ciudadanos que reaccionan contra al ataque de tan fundamental derecho, como es su libertad, ubicándonos cada vez más de la prosperidad anhelada.
Preguntas:
1) ¿Cuál sería su postura o propuesta de solución frente a la desigual ocupación de tierras que existe en el territorio argentino, comparando por ejemplo, la concentración excesiva de población en el gran buenos aires y las extensas porciones de tierras poco pobladas ya en el interior de la misma provincia y en el resto del país? ¿Se estarán bien aprovechando?
2) Declara “Hoy la población solo puede ser retardada o entorpecida por la inseguridad de la anarquía” ¿Podría encuadrar cuestiones actuales bajo esa causa?
3) El otorgamiento de subsidios a determinadas producciones del campo argentino, como en el caso de la soja en determinadas regiones ¿constituiría una forma de injerencia del Estado, eligiendo según sus palabras “el camino de llegar a la riqueza”?
1) RESUMEN: En esta parte del libro, Alberdi, habla sobre el derecho a la propiedad y la posesión de tierras deshabitadas. El derecho a la propiedad es un derecho protegido por la Constitución Nacional, mediante limitaciones al poder legislativo y debe ser protegido porque lo único que posee el país es la tierra, a partir de ella es que se puede generar la riqueza y la prosperidad de la Nación. Hay que garantizarle a quienes vengan a poblar las tierras de Argentina el derecho a usar, gozar y disponer de su propiedad. Según dice Alberdi, los derechos y garantías que se reconocer en favor de la propiedad no podrán ser adulterados por leyes que reglamenten su ejercicio y por otro lado dice que tanto los nacionales como los extranjeros tienen derecho al acceso a la propiedad territorial. Vuelve a insistir el autor con el hecho de que para que todo esto se de en la realidad es necesario cambiar las leyes de raíces españolas que lo único que hacen es limitar el derecho a la propiedad.
2) NOVEDOSO: Lo que me llama la atención es como aún seguimos ignorando la importancia de trabajar la tierra, ya que es el recurso más importante que tiene nuestro país y que no sabemos aprovecharlo. Aun en la actualidad siguen habiendo amplias extensiones de territorio despoblado que no son explotados y que parece que va a continuar siendo así. Sabiendo lo que tenemos y para lo que somos buenos, siempre se priorizan otras actividades en vez de enfocarse en la actividad que puede sacar adelante al país, que es la actividad agraria, el trabajo de la tierra.
3) PREGUNTAS AL AUTOR:
Teniendo en cuenta la situación económica actual ¿Debería el Estado entregar tierras para que sean trabajadas por particulares?
¿Es el Estado el que debe fomentar el trabajo de la tierra?
¿Qué opina el autor acerca de los privilegios otorgados al sector del campo?
RESUMEN:
En este capítulo de la segunda parte, Alberdi habla sobre el uso y distribución de la tierra. La tierra es el instrumento supremo para emprender la obra de la población, de la organización política, de la riqueza y la civilización. Son agentes o fuerzas naturales de producción, que los economistas comprenden bajo la denominación de tierra: el clima y latitud, los ríos y lagos, las florestas, las praderías, los minerales, el nivel u horizontalidad del suelo, y extensión y composición química del terreno. Son elementos de riqueza natural.
Con respecto al derecho agrario argentino, Alberdi señala que cuanto mayor es el número de los que asisten a la explotación de la tierra, mayor es el provecho que a cada uno le toca. El derecho agrario es llamado a poblar la desierta República Argentina ya que la tierra es el único instrumento que el país posee para comenzar la obra múltiple de su riqueza, población, crédito y gobierno.
Luego, el autor establece que la Argentina tiene necesidad de leyes y de instituciones que favorezcan el empleo más útil posible de la tierra, por ser el más poderoso y casi el único de los instrumentos de producción que hoy día existen a su alcance. Con relación al principio de igualdad, el artículo 20 dice que la propiedad territorial sea tan accesible al extranjero como al nacional, a favor de la distribución amplia y libre del primer agente de producción, por tratados internacionales.
NOVEDOSO:
Lo que me resultó interesante de esta parte del texto es que Alberdi pensaba que todo gobierno argentino que supiera emplear el Tesoro público conforme al pensamiento de la Constitución y al interés del país, comprenderá que siempre en el presupuesto de gastos nacionales debe haber una suma destinada al pago de los trabajos de exploración territorial. El suelo argentino en esa época era lo más importante y por lo tanto, podía sacar el país adelante si se ponía principal atención en él.
PREGUNTAS:
¿Qué opina de la manera en que es explotada la tierra actualmente? Y con respecto a eso, ¿de la manera en que es derrochada? ¿Cree que se debería frenar la producción de soja?
Resumen
De todos los factores de producción, la Argentina de la época de Alberdi solo poseía la tierra, la cual era necesario explorar y poblar.
Entre los elementos de riqueza natural de la tierra argentina de encuentran el clima, los ríos, los minerales, el nivel del suelo y su composición, etc.
En palabras de Alberdi el derecho agrario estaba llamado a poblar la desierta República Argentina, por la razón de que la tierra es al presente el único instrumento que el país posee para comenzar la obra múltiple de su riqueza, población, crédito y gobierno.
Resultaba necesario colocar la tierra al alcance de los inmigrantes y nuevos pobladores.
Alberdi expresa la necesidad de poblar el suelo argentino, ya que es la población el medio para lograr la civilización, progreso y bienestar general. El autor realiza una distinción entre dos sistemas existentes en la Constitución Nacional para fomentar la población: los medios directos y los medios indirectos. Los primeros hacen referencia a medidas destinadas a colonizar y a atraer pobladores, por ejemplo, el incentivo a la inmigración europea, establecido en el artículo 25 CN. Por su parte, los medios indirectos, los cuales son más eficaces, consisten en la formación de instituciones dirigidas a crear corrientes de población espontánea. Entre estos se pueden nombrar la abolición de aduanas interiores y las garantías de libertad, igualdad, propiedad y seguridad de todos los habitantes (arts. 14 a 21 CN), otorgando también dichos derechos a los extranjeros.
Novedoso
Para Alberdi, “gobernar es poblar”, y para lograr este objetivo, considera conveniente que el fenómeno “población” se guíe por las leyes económicas y por sus propios instintos. Por su parte, el gobierno debería establecer garantías a tales fines, no obstante, tal como lo menciona el autor, los gobiernos suelen invertir parte de su potencial en oprimir, desterrar, perseguir, y utilizar la violencia para despoblar.
Preguntas
¿Qué piensa de la distribución actual de la población en el territorio argentino?
¿La tierra sigue siendo nuestra arma mas poderosa para llegar a obtener la prosperidad del país?
¿Como se podria reorganizar el país para generar mas riqueza?
Resumen:
Alberdi plantea que Argentina solo posee a la tierra como agente de producción, ya que sin población y sin industria, ha carecido del trabajo que supone la población, y del capital, que es el trabajo acumulado. Explica que España se abstuvo de estudiar la tierra de Sudamérica, y que no se tenía conocimiento de los elementos naturales de Argentina, pero pese a esto, había ventajas que estaban a la vista, y se conocía que nuestro país era una de las tierras más ricas del mundo por el simple hecho de poseerla en herencia y no debido a la mano del trabajo. El problema que tenía el país era el ser un suelo despoblado, había falta y necesidad de atraer a la población, a los extranjeros, y ese fue uno de los puntos de partida de la Constitución, la tierra es un tesoro cuanto mayor es el número de los que asisten a su explotación, mayor es el provecho que a cada uno toca, y por ese motivo, se les debe asegurar la libertad secundado con la seguridad. Advierte a legisladores que no deben olvidar que hay leyes que quitan a la tierra su poder productivo, y la esterilizan en manos de sus poseedores, y estas son las leyes coloniales.
Lo interesante:
Me pareció interesante que planteara que la tierra era el agente de producción fuerte de nuestro país, y que apenas estaba poblada, por lo cual la población es el principal propósito, y a partir de eso, asegura en la Constitución que el beneficio de la tierra estaría regido por los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Resalta que importa rechazar o derogar toda ley colonial que quite a los detentores de la tierra el deseo de sacrificar el presente al porvenir, y de trabajar en la mejora del suelo. El fin ulterior, es la civilización y el bienestar del país. En Argentina gobernar es poblar, y la Nación es la creadora del gobierno, se atraerá a la población por medio de las garantías, se busca a la población espontanea. Me llamó la atención la critica que hizo de las aduanas, que es un mal inevitable de Argentina, pero que el legislador debe reducirlas a sus menores dimensiones, en la que sólo sea un impuesto y no un medio proteccionista o exclusivo, solo debe concurrir a la formación del tesoro.
Preguntas para el autor:
-¿Cree usted que existe la posibilidad de reducir el nivel de impuestos que actualmente hostiga a la población?.
-¿Piensa que la tierra sigue siendo el mejor agente de producción que tiene nuestro país?.
-¿Considera que se hace un mal uso de los recursos naturales del país, que no se los explota lo suficiente para obtener mayores beneficios?.
RESUMEN: Inicia Alberdi, declarando que la Tierra constituye para la nueva República su único instrumento para la producción de riqueza, para su organización política, y obra de su población. Denuncia, que debido al accionar del gobierno español durante el periodo que fue colonizador del territorio, las tierras han permanecido inexploradas en su totalidad, debiendo entonces, ser estudiadas en sus aspectos geográficos y geológicos, a los fines de su mas provechosa explotación. Para esto el Gobierno, deberá destinar, según se lo impone la CN, una parte de los gastos nacionales al pago del trabajo de exploración. Es necesario que la ciencia indique las fuerzas y aptitudes del suelo Argentino, para la producción de la riqueza.
Destaca la importancia de poblar el suelo Argentino, para la producción de la riqueza, y del instituto de la propiedad privada para la correcta explotación. Dice que basado en la CN, el legislador, deberá instrumentar las garantías de protección de ese derecho a poseer, y también destaca la importancia de respetar el principio de igualdad que garantice el acceso a las tierras tanto para los nacionales como para los extranjeros que traigan su fuerza productiva.
Alberdi indica que la propiedad privada y la libertad son parte fundamental del camino para el bienestar general. El legislador, debe abstenerse de toda ley que desaliente la posesión de la propiedad, y/o la libertad de disponer de ella.
Siguiendo, en el capitulo quinto, Alberdi, retoma la importancia de poblar el suelo Argentino, ya que es ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país. Pero, ¿como poblar? pues plantea dos sistemas: el primero consiste en medidas encaminadas a traer pobladores y fundar colonias. El segundo supone formar un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea, es decir fomentar que la población se establezca en tal o cual porción del territorio.Dice que es preferible, inclinarse por este ultimo sistema.
Por ultimo, hace un análisis de la aduana como instituto proteccionista, dado que, en ese sentido, fomenta a la despoblación, pues ¿que inmigrante se establecerá en el territorio si no podrá nunca disfrutar del producto de la industria extranjera?. Dice Alberdi que la aduana debe limitarse a cumplir su rol de impuesto y mantener sus proporciones bajas para no tener injerencia negativa en el desarrollo y progreso económico y social de la república.
ANÁLISIS: Habiendo realizado un análisis profundo de los textos encomendados para el primer parcial recientemente, resulta imposible no encontrar la destacada similitud en los puntos de vista de los autores leídos y Alberdi sobre la importancia de la propiedad privada como incentivo para el buen desarrollo y funcionamiento económico. Creo que desde entonces, Alberdi ya comprendía que la protección de este instituto es fundamental para el buen funcionamiento del mercado y la producción.
Por otro lado, también me resulta llamativo el descargo que realiza sobre el funcionamiento de la aduana y sus fines. Entiendo que tal institución y su uso, ha variado con los gobiernos y sus visiones políticas, pues dependiendo de estas, las restricciones han crecido o disminuido. Creo que coincido con la visión de Alberdi, pues entiendo que quitar o restringir lo mas posible, la posibilidad de intercambios con los mercados extranjeros, en miras de la protección de la industria nacional, no solo contribuye a dañar la competencia, sino que en muchos casos, también daña a la industria nacional, en tanto esta precisara de intercambios con el extranjero para producir.
PREGUNTAS: – ¿Considera que en la actualidad la población esta correctamente distribuida en el territorio para la provechosa explotación de este?
– ¿No cree seria alentador para la economía prescindir de la aduana?
Resumen
En este capítulo Alberdi comienza explicando la situación del país con respecto a la tierra capital y trabajo, resaltando que en argentina solo se cuenta con la tierra. Por lo tanto expresa la necesidad del estudio de la misma ya que se desconocen las potencialidades de esta porque España se negó desde un principio a dicho estudio ya que baso su enriquecimiento en la extracción de oro en Perú y México. La Constitución hace de este estudio un deber implícito de los gobiernos de Argentina mencionado en el art 64 inciso 16. Y dar importancia al derecho agrario que es la base para poblar le desierta Republica argentina. La tierra es el único instrumento con el que cuenta el país para comenzar la multiplicación de la población de la riqueza y crédito y gobierno. Habla también de la propiedad de la tierra de los derechos sobre la misma de la libertad e igualdad, de la forma de fomentar el número de la población. Basado siempre en lo expresado por la Constitución.
Novedoso
Interesante es la lectura que hace Alberdi de las realidades de América y Europa. En la comparación el destaca en todo momento las limitaciones de una Europa de marcada diferencia entre los que viven en la abundancia y los pobres. Que no cuentan como en América con la posibilidad de auto abastecerse ya que en estas latitudes la tierra es más abundante y fecunda .Por lo tanto no es necesario restringir el desarrollo de la población sino por el contrario hay que fomentarla. Y La Constitución se encarga de establecer las bases para facilitar el desarrollo en número de población. Tales como el sistema de población artificial y el sistema de población espontanea dándole a ambas el respaldo de las leyes que faciliten su aplicación.
Preguntas
¿Cree usted que la Constitución protegió realmente los derechos individuales de todos los habitantes de la época?
¿Considera justa la forma de repartir la tierra, se ajustó correctamente a lo que la Constitución expresa?
Considerando el número de habitantes la Argentina actual, cree que el sistema para fomentar la población dio resultado?
Resumen:
En este capitulo el tema a tratar es la tierra en la Argentina; no en si como territorio, mas bien como aquellas tierras que pueden poseer la población, considerarla como su propiedad privada.
indica Alberdi: «Todo gobierno argentino que sepa emplear el Tesoro público conforme al pensamiento de la Constitución y al interés del país, comprenderá siempre en el presupuesto de gastos nacionales una suma destinada al pago de los trabajos de exploración territorial.Pocos gastos serán más fructíferos que ése para la renta y la prosperidad de la Nación.»
Durante el capitulo se describen distintos agentes o fuerzas naturales con los que cuenta el país. Es así que se nombra «En los ramos superiores de esos ríos poseen las provincias de Corrientes, Salta, Tucumán, Jujuy y el Chaco, florestas en que se conocen hasta hoy ochenta especies de maderas útiles, de una abundancia y espesor inagotables en tres siglos de construcciones activísimas.»
Sigue en el texto, la explicación sobre los beneficios de la tierra en sus relaciones con los principios de prosperidad y de libertad civil. Hace hincapié aquí en los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional.
«El art. 14 da a todos los habitantes del país, entre otros derechos civiles, el de usar y disponer de su propiedad, en cuyo dominio entra la tierra como uno de tantos bienes. El art. 17 declara inviolable la propiedad, cuya garantía favorece naturalmente a la tierra, por ser la propiedad más expuesta a violaciones.
Todos los extranjeros disfrutan en el territorio argentino del derecho de poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos, según el art. 20 de su Constitución.
En apoyo de estas garantías privadas, la Constitución protege el principio de propiedad territorial por las siguientes limitaciones impuestas al poder de legislar sobre su ejercicio.
Ninguna legislatura nacional o de provincia podrá conceder al Ejecutivo facultades extraordinarias, sumisiones o supremacías que pongan las fortunas privadas a merced del gobierno. (Artículo 29).»
Me parece interesante:
«Que la propiedad territorial sea tan accesible al extranjero como al nacional. El artículo 20 repite y corrobora ese principio, garantido en favor de la distribución amplia y libre del primer agente de producción, por tratados internacionales de término indefinido.»
Muestra acá como se buscaba poblar al país, no simplemente entregando tierras, mas bien con la necesaria contraprestación de trabajar y aprovechar todo lo que nos puede dar.
Es una mirada interesante comparada con la actualidad, donde no se tiene una concepción a dar tan fácilmente parte de nuestro terreno, esto así por la ya formación como país que tenemos, pero la idea inicial tiene su fundamento y esta bien implementada por la época en la que surge.
Preguntas al autor:
– Fue la entrega de tierras la mejor idea para atraer extranjeros?
– Como observa hoy en día la propiedad privada, su legislación, su concepción actual?
– Cual es su opinión sobre aquellos que reclaman tierras actualmente y las mismas están en manos de dueños nuevos?
Resumen
En esta parte Alberdi habla sobre cuál era el panorama de la propiedad en vista de su posible uso como medio de producción de riquezas, dice que los territorios más fértiles estaban en manos de los primeros poseedores que eran los indígenas siendo ese un impedimento para que el estado se apropiara de ella , la solución fue que no se respetaría el derecho de propiedad originario ya que eso iba en detrimento de la economía del país se debía hacer uso de esas tierras por lo cual el estado simplemente las tomo para provecho de la mayoría y las minorías fueron despojadas de ella la justificación es que debían ser producidas y no estar infértiles bajo el dominio de sus legítimos poseedores , se le daría a personas que pudieran producirla ,gente que contará con ese conocimiento y espíritu de ir hacia el desarrollo para esto se consagró el principio de igualdad todos tenían igual derecho a poseer tierras tanto el nacional como la l extranjero.
Novedoso
Cuando Alberdi dice que si se hubiese respetado el derecho de propiedad originario no podría el estado disponer de aquella es curioso ya que hoy en día hay muchas personas que tienen muchas tierras y no las trabajan entonces quedaría preguntarnos si esas tierras tendrían que pasar a manos que las puedan producir porque tanto entonces como ahora el país agonizaba por falta de instrucción , los empleados son a veces los que más conocimiento tienen acerca de cómo hacer funcionar una empresa como producir como comerciar , no sería justo darles la oportunidad de hacer crecer al país por medio del otorgamiento de tierras que están infértiles ? Tierras cuyos dueños solo se preocupan en sumar más tierras para quedar estancadas mientras que personas dispuestas a trabajarlas no tienen posibilidad de acceder a este medio de producción de riquezas no sería más beneficioso? Porque para los poseedores originarios y para los dueños actuales la riqueza está en tener muchas tierras y no en hacerlas trabajar y eso perjudica la economía .
Preguntas al autor
1 Cree que sería posible un crecimiento económico si se diesen tierras a personas que están desocupadas para que las produzcan o no habría ninguna diferencia?
2 cree que es posible que todos puedan tener acceso real a la tierra o cada vez estará más concentrado en unas pocas personas?
3 cree que es justo que no se les reconozca el derecho de propiedad a las personas nativas en pos de que no lo saben usar pero que existe un reconocimiento por ley pero es violado por las autoridades?
Alberdi termina la segunda parte tratando, por un lado la protección de beneficios y rentas de la tierra, y por otro, acerca de las disposiciones constitucionales sobre la población. Desarrolla la riqueza que tiene la Argentina en cuanto a su tierra, recursos y extensión y la manera en la que debe proteger para que sirva para la riqueza y prosperidad de la Nación. Luego trata el derecho agrario argentino, explicando que también se le aplican los principios de propiedad, libertad, igualdad y seguridad para su protección. “Porque la tierra es un tesoro que tiene esto de particular: cuanto mayor es el número de los que asisten a su explotación, mayor es el provecho que a cada uno toca.” En el quinto capítulo, desarrolla y compara los sistemas poblacionales para Argentina. Plantea que hay medios directos e indirectos, siendo secundarios y los más poderosos respectivamente. Compara las situaciones de América y Europa respecto a la población, riqueza y contexto de cada uno. Destaca el rol de la legislación posterior en el proceso poblacional. Asimismo, trata la función de la aduana y su rol en el desenvolvimiento poblacional del país. Y cómo es que los impuestos aduaneros son males inevitables, y que por eso deben mantenerse en niveles mínimos.
En esta parte, lo más interesante puede resultar el desarrollo que Alberdi hace sobre la población y los sistemas para implementar en Argentina, y su posterior incidencia en el desarrollo y riqueza del país. Por una parte, cómo establece el contexto en el que se encuentra América en su época respecto a Europa. Y por otra, cuáles son los mejores métodos y sistemas para llevarlo a cabo. Acerca del sistema elegido por la Constitución, Alberdi plantea: “No tengo noticia de que Constitución alguna de ambas Américas, ni de ningún país del mundo, iguale a la Argentina en espíritu de hospitalidad y de fraternidad hacia el extranjero; por cuyo motivo abrigo la firme convicción de su estabilidad y permanencia dará por resultado en breves años el aumento y prosperidad de su población en dimensiones colosales”. El tiempo le dio una vez más la razón, hacia fines del siglo XIX y principios del XX, Argentina se encontraba en los primeros puestos de PBI del mundo, incluso alcanzando el número uno.
1. Bastante tiempo después de la sanción de la Constitución, y con el gran desarrollo del comercio internacional, ¿seguiría considerando que los impuestos de aduana son un “mal inevitable” y que no se pueden suprimir totalmente?
2. ¿Cómo aprecia los resultados actuales del sistema poblacional y la legislación que incide en ello? ¿Qué elementos deberían modificarse?
RESUMEN:
Durante este tramo del libro, Alberdi se dispone a desarrollar la temática de la tierra y las formas en que esta debería ser tratada y distribuida. Inicia el capítulo haciendo una breve descripción acerca de la situación en que se encontraba dicho recurso en aquel momento. Al no contar con capital ni con trabajo, la tierra consistía en la única fuerza de producción disponible en el país. Además, remarca las variadas riquezas con las que cuenta el territorio argentino, desde los números ríos interiores, que atraviesan los mas variados climas, hasta las riquezas del mineral que se encuentran a los largo de los Andes argentinos. Luego, se plantea la incógnita principal: teniendo en cuenta que tan solo una ínfima parte del territorio esta poblada, ¿A quién pertenece esa inmenso territorio? ¿Al Estado o a los particulares?
Alberdi destaca la importancia de la institución de la propiedad privada y menciona las disposiciones que se encuentran en la Constitución, tendientes a protegerla. Dice que es esencial la protección de la propiedad, como así también del derecho a disfrutar y disponer de lo producido, de otro modo, dice Alberdi, el propietario perdería todo estímulo a trabajarla, en la misma línea con la teoría de la tragedia de los bienes públicos. A su vez, con relación al derecho de igualdad, la tierra debe ser igual de accesible para el extranjero como para el nacional y se deben abolir los mayorazgos y fideicomisos que priven a la tierra de su poder productivo.
INTERESANTE:
Es interesante como Alberdi pone el foco, en cuanto a la mayor productividad de la tierra, en los incentivos con los que debe contar el propietario, en similitud con lo que expresan pensadores contemporáneos. El hecho de no poder gozar de lo producido es una amenaza latente, tanto si quien se apropiara de ello fuera el Estado u otra persona física, y cuando la posibilidad es mayor, menor será el incentivo a producir la tierra. Sin embargo, es firme la Constitución en este sentido, siendo múltiples las disposiciones que refieren al derecho de propiedad, principal protección frente a estas posibilidades.
PREGUNTAS:
1- Teniendo en cuenta que, en la Argentina, hay un cierto nivel de concentración en la propiedad de las tierras, ¿Cree que fallo el método de distribución de estas?
2- ¿No cree que intervenir a través de la ley en los arreglos entre privados sea contrario al principio de libertad y voluntad de las partes?
3- En cuanto a la situación actual, ¿seria una reforma agraria producente para el crecimiento del país?
INTRODUCCIÓN
En esta parte Alberdi trata sobre el trabajo, el capital y la tierra. Como el primero no puede existir sin el hombre, el segundo es considerado una fuerza productora de la riqueza como resultado del trabajo anterior, y la tierra que sin el hombre es considerada estéril. De esto surge que los nombrados anteriormente no van a poder desarrollar sus funciones productoras, si el hombre no se ve asegurado, es decir su persona por el apoyo de la Constitución ya sea contra agresiones de la ley, autoridad y el interés individual. A partir de ello, la Constitución ha sancionado en favor de la seguridad individual en los artículos 18, 19 y demás.
Entonces se puede decir que la Constitución interviene en favor de la producción, con el objetivo de garantizar y asegurar el libre y amplio ejercicio de el trabajo, el capital y la tierra.
Posteriormente comienza a desarrollar en cuanto a la instrucción publica gratuita, la cual debe ser variada en sus ramas y material y necesidades que la vida social presente, es decir que la materia industrial tiene derecho a ocupar un lugar de suma importancia en la educación primaria.
NOVEDOSO
Me resulto importante destacar, cuando hace referencia a que la Constitución crea principios con el fin de reorganizar el arrendamiento territorial, como por ejemplo, que el arrendamiento sea por un tiempo determinado, de esta manera esta reconociendo que la propiedad privada no puede ser modificada ni alterada por leyes que reglamenten su ejercicio.
PREGUNTAS
¿Esta de acuerdo usted, con que el principal objetivo de la población sea la distribución de riquezas?¿porque?¿Qué opina de los medios indirectos?
Continuando el texto de Alberdi, vemos que hace hincapié respecto a la tierra. La cual relaciona con el derecho constitucional de la igualdad. Aquí el autor considera que debe haber una misma posibilidad de acceso tanto para el nativo, como para el inmigrante. Y destaca la idea de que la tierra es el único factor de los agentes de producción de riqueza que nuestro país tiene. Esta debe ser trabajada para contribuir al aumento de la población, y según él, el arrendamiento puede ser por tiempo ilimitado. También para incentivar el aumento de la población Alberdi considera esencial la distribución de la riqueza y sera este país, el lugar donde los Europeos deberían venir a formar su nueva vida aprovechando todos los recursos que posee. Por otra parte, comenta que una forma de no contribuir a todo lo planteado anteriormente es el alto costo de la Aduana (tanto para las personas, como para las cosas) ya que por sus impuestos, termina siendo nocivo para el ingreso de los extranjeros. Por esto, para él la aduana debe comportarse como un impuesto bajo.
Novedoso: me llama la atención que tantos años después, y aún hoy estando abiertos plenamente a la inmigración, no se haya logrado explotar la tierra de la forma que Alberdi planteaba.. Realmente fue algo que surtió efecto? Hoy considero que seguimos teniendo grandes cantidades de tierra sin explotar, mientras que tenemos niveles muy altos de inmigración que terminan realizando otras labores.
Preguntas:
Considera que deberiamos seguir teniendo tanta tolerancia a la inmigración?
Hoy en día cree que Alberdi seguiría favoreciendo a tal inmigración?
Que medida propondría el autor hoy para realmente lograr el desarrollo de la producción de la tierra?
Alumno: Ignacio Fernández Diaz
Resumen:
En el capítulo en cuestión, Alberdi comenta sobre los derechos y beneficios que otorga la Constitución Nacional respecto de la tierra y la renta. Considera que de los tres agentes de la riqueza, la Confederación solo disponía de la tierra y seguido analiza el agente en cuestión, describiendo los recursos disponibles y los cauces que podían ser explotados. Continúa con respecto al derecho agrario, el cual debía servir como vehículo para poblar un territorio casi desierto en relación a su gran extensión. Alberdi considera que el Estado, en razón de poblar el territorio y de generar riqueza, no debe sancionar legislación que limite de alguna forma la libertad de trabajar la tierra de quien la posee (artículos 14 y 17 de la Constitución) y por ello ejemplifica con el caso español, cuyas leyes de tinte feudal incluían institutos que limitaban dicha libertad. Por último, destaca la importancia de la igualdad entre los extranjeros y los locales respecto de la adquisición de tierras estableciendo que además debería formarse un nuevo sistema de locación territorial.
Sorprendente:
El análisis que el autor hace respecto del problema poblacional resulta aplicable en la actualidad. A pesar de que hoy en Argentina habitan millones de personas más que en la época que Alberdi escribió este libro, aún así nuestra pirámide poblacional se expande a un ritmo mucho más inferior del que debiera considerando la gran extensión territorial. Estableciendo comparaciones, tenemos casi la misma población que un país como España, cuya superficie es equiparable a la suma de las superficies de las provincias de Buenos Aires y Córdoba, es decir de apenas dos provincias de un total de veintitrés. Es realmente llamativo como a pesar del paso de los años la población nacional todavía se concentra en los mismos focos poblacionales, dejando un inmenso territorio sin explotar.
Preguntas:
1) ¿Considera que la sanción de una ley que reglamente la utilización de fitosanitarios atenta contra los principios defendidos por usted en el capítulo tratado?
2) Con respecto a la propiedad, ¿qué argumentos utilizaría contra quienes consideran que el territorio nacional fue robado a los pueblos originarios?
3) ¿Qué medidas tomaría para lograr que la población se distribuya mejor por el territorio y así lograr su explotación?
Resumen:
Para finalizar la segunda parte, Alberdi analiza el capitulo IV relacionado al territorio y el capitulo V relacionado a la población.
Respecto al territorio comienza anunciando que este es el instrumento supremo que la confederación tiene a su alcance para emprender la obra de su población, organización política, de su riqueza y civilización y realiza un análisis sobre los elementos de la naturaleza, los cuales son ventajosos para la producción.
Luego comenta que la Constitución, sobre la cuestión del derecho agrario argentino, ha sentado como bases de legislación los mismos principios reguladores del provecho del trabajo y del capital (propiedad, libertad, igualdad y seguridad ) y los beneficios que estos producen al bienestar general si no se alteran o prohíben por medio de la ley orgánica.
En el capitulo V se refiere a la población que según la constitución es el fin inmediato porque vio en ella el medio mas poderoso de alcanzar el fin ulterior que es la civilización y el bienestar del país.
Ademas menciona los medios para proteger la población que son los directos(encaminados a traer pobladores y fundar colonias por medio de medidas y expedientes especiales) e indirectos (forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontanea), concluyendo que los últimos son mas poderosos porque es el de la naturaleza ya que entrega el fenómeno de la población a las leyes económicas que son inherentes a su desarrollo normal.
También realiza un análisis sobre como las aduanas contribuyen a despoblar y que estas son condenadas por la constitución pero esta la quiso poner en armonía con la libertad de comercio como muestra el articulo 9 que declara que no hay mas aduanas mas que las nacionales.
Finalmente resalta la importancia del principio de seguridad como garantía de la población espontanea lo cual se vera reflejado en el incremente o disminución de la inmigración si este principio se respeta o no.
Interesante:
Me resulto interesante el análisis que Alberdi realiza con relación a los medios prácticos de proteger la población y concuerdo en la eficacia y preferencia del sistema indirecto ya que este garantiza la libertad de los individuos y derechos de propiedad al protegerlos del poder de los gobiernos lo cual genera un atractivo para los ojos de los que quieran habitar un país y esto se comprueba revisando la historia, cuando se avasallaron libertades y derechos de propiedad de manera considerable se produjeron grandes movimientos migratorios, sin ir mas lejos uno de los últimos casos donde esto se produjo fue en Venezuela .
Preguntas:
1- ¿Cree positivo la existencia de aduanas internas con el fin de que los fondos recaudados se utilicen para infraestructuras relacionadas al comercio?
2- Actualmente, con el desarrollo tecnológico ¿considera que la tierra sigue siendo un elemento fundamental para la economía?
3-¿Cree que los recursos naturales de un país también influye en cuestiones migratorias?
CARLOS ESPINOZA
COM.0962
De los capítulos IV Y V puedo decir que Alberdi propone el uso y distribución de la tierra como motores de producción, fuente de renta y generación de riqueza existente en la confederación. Afirma que es poco conocida la región especialmente por España, ya que entendieron que no era posible que existan metales preciosos como por ejemplo en Perú, además previo a la constitución de 1953 no existió mucho interés en hacer un serio estudio de la tierra y sus recursos pero posterior a ello y con ese antecedente escribe en el art. 64 inc. 16 sus fundamentos y el marco jurídico para el desarrollo de ese gran proyecto, ya que cree que será más fructífero tanto para la nación como para las industrias. Para que este proyecto se lleve a cabo el gobierno debe clasificar las tierras que sean públicas y las que son privadas a efectos de aprovechar los frutos que se obtengan en provecho del país algo que no hizo Rosas durante su mandato.
Alberdi está convencido que las tierras de nuestro país son las más ricas y fructíferas a nivel mundial por diversas características que poseen como lo es su clima y sus vastos ríos lo que se ve reflejado en la variedad de productos que cada provincia produce proveniente de sus ricos suelos caso del algodón e incluso oro y plata. Por eso entiende se deben poblar abriendo las fronteras y crear un derecho agrario al respecto para que permita organizar la población, el crédito y el gobierno en pos de afianzar la riqueza. Dice que la venta y locación de tierras del estado vía el congreso para su uso y enajenación se armonicen con el derecho de propiedad y su inviolabilidad salvo en virtud de sentencia fundada en ley así como el uso y disposición tanto para los connacionales como a los extranjeros que quieran habitar nuestro territorio como reza el Art. 20 de la CN que le otorga el marco jurídico. Vale aclarar que Alberdi toma en cuenta las tierras habitadas por poblaciones indígenas pero dice que forma parte del patrimonio del estado, osea que lo puede disponer como si no habría nadie?
El autor menciona el bienestar general del preámbulo como un objetivo a alcanzar con buenas leyes así como de instituciones que garanticen un optimo aprovechamiento de las tierras en este sentido deja un claro mensaje al legislador respecto de la creación o mala interpretación de leyes que vayan en contra de su proyecto como lo fueron las leyes de indias, por eso plantea la creación de una ley orgánica para terminar con los resabios de la legislación feudal que viola derechos fundamentales.
También Alberdi deja bien claro que la propiedad deba ser accesible, por el principio de igualdad, al extranjero como al connacional, habla al legislador para que dicte leyes en beneficio de los que trabajen la tierra y obtengan sus frutos garantice su continuidad a sus herederos así terminar con los modelos feudales. También basándose en el principio de igualdad ante la ley sea aplicado al tributar la tierra. Tanto los beneficios de la tierra con los principios de prosperidad no podía alcanzar su objetivo sin la abolición de la esclavitud característico en el feudalismo.
A modo de reflexión, Alberdi decía sobre el derecho de propiedad que no bastaba reconocerla como derecho inviolable ya que podía ser respetada en su principio pero desconocida y atacada respecto del uso y disponibilidad de sus ventajas, excusa de los tiranos para embargar la propiedad que no se atrevían a desconocer, al parecer no se podía aplicar este criterio al habitante indígena, teniendo en cuenta su derecho de propiedad y además derecho adquirido como quedando a merced de lo que decida el estado.
Preguntas. 1.- Se ha sacado algún provecho concreto con el estudio de la tierra que El decía que no se realizo previo a la creación de la constitución que se vea reflejado en la actualidad tal como el lo planteaba y si se logro el objetivo?. 2.- Qué opinión le merece el conflicto entre la empresa italiana Benetton y la comunidad Mapuche sobre la restitución de sus tierras que el estado las vendió?. 3.- Fue la “conquista del desierto” una campaña del estado como titular de las tierras públicas y detentor del uso de la fuerza?
RESUMEN
En estos capítulos Alberdi habla sobre el trabajo y como no pude existir sin el hombre, el capital que es una fuerza productora de la riqueza como resultado de las acciones de los hombres desarrolladas en el trabajo y la tierra que también la manipula el hombre.
En nuestro país se destaca la gran cantidad de tierra que poseemos. La constitución plantea bases para obligar a impulsar la explotación de nuestros territorios. Que tienen que existir principios de igualdad, refiriéndose especialmente a los extranjeros. También menciona que “gobernar es poblar” y que existen métodos directos, referidos a la inmigración de parte estatal e indirectos fomentar la inmigración espontáneamente, estos últimos los menciona como más eficaces.
INTERESANTE
En nuestra actualidad todavía no somos conscientes de lo importante que es trabajar la tierra salvo ciertos sectores seleccionados para ello, que igualmente, se encargan de ciertos lugares específicos. Sin embargo, me sorprende que aun así el Estado no se ponga en juego a la hora de buscar lo más beneficioso para la población.
PREGUNTAS
¿Es correcta la distribución de la población en Argentina?
¿Se explota la tierra de forma correcta actualmente?
¿El estado debería generar políticas públicas para fomentar
En es apartado el autor parte desde el reconocimiento de las 3 fuerzas de produccion, la tierra; el capital y el trabajo. Pero sobretodo hace enfasis en el recurso que considera pricipal, la tierra (La Confederacion), dado que para el autor es el unico que existe realmente. El autor menciona que la Argentina carecia de trabajo, que es la nota caracteristica para tener poblacion y capital. Por lo tanto solo contamos con el recurso para obtener riquezas «tierra». Solo la mencionada tierra representaba toda la actualidad economica de la Argentina. Pero el territorio argentino se encontraba por esas epocas desconocido. Esto era asi porque la corona Españpla siendo argentina colonia, siempre se mantuvo al margen de estudiar la tierra y la mantuvo oculta, considerando segun se desprende del texto que no era util, que no servia. Con el tiempo, esto es revertido y empiezan a estudiar el recurso tierra y las dimensionesgeograficas y la riqueza que poseia, especialmente el basto recurso natural que que se presentaba. Se hace especial memcion a lo importante en cuanto a la investigacion geografica y geologica, y un cambio en el Derecho agrario para poder hacer poblar el gran territorio, en este derecho debe aplicarse el principio de propiuedad, libertad, seguridad e igualdad que son las bases para lograr la distribucion esperada de manera equitativa de la renta o de los beneficios propios de la tierra. Es de destacar el principio de igualdad que versa en este tema, para extranjeros y nacionales.
Novedoso: la argentina es uno de los paises mas grandes en territorio, geografia, clima y variedad de recursos, y aun hoy la lectura es actual, grandes concentraciones de poblaciones, pueblos que se mantienen de empleo publico, tierras sin trabajar, y el alto indice de hambre y pobreza. La propiedad de las tierras que no producen ni para el propio ni para el pais, no tendrian mejor provecho con otro tipo de regulacion?
Preguntas: estableceria algun tipo de modalidad de trabajo a la tierra no explotada en el interior, otorgando incentivos de capacitacion y de inversion a familias? seria posible establcer algun tipo de regulacion sobre las propiedades privadas pero no explotadas, sin alterar el derecho a la propiedad, tal vez solo generando produccion y trabajo para quienes necesitan y sin quitar el dominio de estas?
PAOLA CORRADINI
CAPITULO IV Y V
En estos capítulos, Alberdi plantea las disposiciones referida a las rentas de la tierra. Dentro de los tres agentes de producción, es la única que abunda en la Confederación Argentina, siendo escasa su población e industria. Este recurso no ha sido debidamente explotado por la indiferencia de la corona española, siendo así, necesario que que una parte del tesoro público se destine al pago de los trabajos de exploración territorial. El suelo argentino presenta muchas ventajas en cuanto a su clima y latitud. Siendo tan privilegiado el territorio argentino, y siendo el instrumento de riqueza del país, es fundamental promover su utilización lo más útil posible. Alberdi señala que, cuanto mayor es el numero de exploradores, mayor es el provecho que a cada uno toca, por lo tanto «construir, organizar, y gobernar el suelo es probarlo. Para ello, La Constitución, sienta los principios rectores, como la propiedad, la libertad, la igualdad y la seguridad. se debe fomentar que haya un interés suficiente para sacrificar el presente al porvenir, y debe abstenerse de dictar leyes que quiten a la tierra su valor productivo. Todas la leyes legadas por el antiguo régimen, que vayan en contra de los principios constitucionales, deben ser derogadas por ser nefastas a la producción nacional, dejando estéril el suelo argentino
LO NOVEDOSO
Es sorprendente como Alberdi podía ver las riquezas de nuestro suelo y nuestro clima, y como su intención fue proteger esa riqueza, que en la actualidad no se sabe aprovechar en su totalidad.
PREGUNTAS AL AUTOR:
1.- Que medida implementaría en la actualidad para poder aprovechar toda esa riqueza desperdiciada y así fomentar la economía?
2.- Sacaría las retenciones establecidas, para una mayor producción?
3.- Alcanzaría en la actualidad, una buena explotación de las tierras? o es superada por la tecnología?
Resumen: En esta parte, el autor se enfoca en lo que es la Tierra y el papel que cumple, siendo este el único instrumento para alcanzar la riqueza que posee el país y, a su vez, destaca el sistema que la Constitución dispone para proteger los beneficios y renta de la misma. Vuelve a destacar las garantías que nos dirigen al bienestar ya mencionadas, libertad, propiedad, igualdad y seguridad.
Luego, señala que las tierras están destinadas a poblarse por habitantes que luego las trabajarán empleándolas de la forma más útil. Por último, Alberdi sostiene que debe haber igualdad tanto para los nacionales como para los extranjeros en relación al acceso a las tierras, y que en pos del bienestar se debería modificar el funcionamiento de la aduana.
Novedoso: A lo largo de cada capítulo me sigue sorprendiendo los principios que sostenía Alberdi para la República hace tantos años. Cada tema se sigue enfocando en la igualdad y en poder explotar los medios que tenemos, en nuestro caso las tierras, para poder llegar a la riqueza; es decir, se destaca el fomento constante al trabajo para no solo llegar a la riqueza, pero tmabien para generar productividad en la población. Asi, también, la inmigración sería más constante y creciente.
Preguntas:
¿Considera que hoy en día se encuentra bien regulado el sistema aduanero?
¿Por qué cree que todavía no se ha logrado explotar las tierras de nuestro país logrando una mayor riqueza? ¿Qué manera sería más eficiente?
Resumen:
Alberdi en los capítulos IV y V de la segunda parte analiza, por un lado, las disposiciones constitucionales que tienen como objetivo la protección de los beneficios y la renta de la tierra, y, por otro lado, las que se refieren a la población.
En cuanto al primer tema, entendió que el derecho agrario debía tener como objetivo poblar nuestro país porque la tierra era el único instrumento que el país poseía para comenzar alcanzar los objetivos propuestos en la Constitución, como son la riqueza y el crédito. Los beneficios obtenidos de ese recurso deben distribuirse conforme a los principios o bases de legislación, que son la propiedad, la libertad, la igualdad y la seguridad. Alberdi señala cada uno de los beneficios de la tierra en relación a ellos.
En cuanto a la población, considera que la a Constitución posee medios para fomentar la población y aquellos son todos los que reconoce la ciencia. Pueden entenderse dos clases de medios, unos son directos y los otros son los indirectos. Los primeros consisten en medidas y disposiciones especiales encaminados a atraer pobladores y fundar colonias; los segundos, forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea.
La Constitución consagra el sistema de población por medios directos, en sus artículos 25, inc. 16 del 64, y 104; y medios indirectos en los principios previstos en los principios del Art, 4 y 64, 9 a 13, 14 a 21, 20, 24, 26, 27 y 27. Considerando que los últimos son los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, en lugar de colonizar tierras desiertas.
Lo interesante:
Me pareció interesante el análisis que hace de la aduana, entendida en el sentido de la Constitución como un derecho de importación y exportación, es decir un impuesto. Alberdi considera que es uno de los males inevitables de nuestro país, que también se presenta en los paises mas libres.
La aduana no colabora a la población, y puede entenderse que tiene dos medios para prohibir: uno directo, por la exclusión absoluta: otro indirecto por la contribución elevada, por el impuesto exorbitante. Como solución a ello Alberdi entiende que es necesario debilitar su influjo, porque no es posible suprimirle totalmente.
Preguntas:
¿Cree que podrían seguir utilizándose las mismas medidas para promover la explotación de las riquezas?
Dado que los habitantes de la Argentina buscan desarrollar su vida en las ciudades, ¿Cree que la distribución de la población de ayuda a la explotación de la tierra?
Teniendo en cuenta que Alberdi considera que hasta en los países más libres se encuentran presentes las aduanas, en la realidad, ¿Existen países que no las tengan?
RESUMEN:
En este capitulo Alberdi nos va hablar de los principios constitucionales y las garantias que nuestro sistema recepta con el fin de brindar asi proteccion a la propiedad y a las tierras. Hace un profundo desarrollo sobre el uso de la tierra y su distribución, y a la tierra como agente de produccion y fuente de rentas. Por otro lado hace referencia a la necesidad de poblar nuestras tierras para asi poder aprovecharlas, y la necesidad de capitales para asi poder explotarlas. Ademas hace mencion a los rios y lagos, al clima y la latitud, a la extensión y composicion quimica de las tierras,, y a los minerales, entre otras cosas, como agentes o fuerzas naturales de produccion.
En el capitulo quinto habla sobre dos distintos sistemas para asi poder poblar nuestras tierras: el primero consiste en medidas encaminadas a traer pobladores y fundar colonias; mientras que el segundo busca formar un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontanea. Alberdi sostiene que es preferible adoptar este segundo sistema. Finalmente el autor hace una critica a la aduana por considerarla un instituto proteccionista. Dice que la aduana fomenta la despoblación, entonces que por eso ella solo debe ceñirse a cumplir su rol de impuesto y mantener sus proporciones bajas para no tener impacto negativa en el desarrollo y progreso de la república.
NOVEDOSO: me resulto interesante y novedoso que se consideren tan importantes a los agentes de producción como el clima, los minerales, etc.
PREGUNTAS:
– nuestra legislación esta hecha para despoblar?
– cree que nuestro país esta desaprovechando y haciendo un mal uso de los recursos naturales con los que cuentas?
– mirando la actualidad del pais, cree que tanta inmigración es contraproducente?
Resumen:
Argentina tiene una infinidad de recursos que la tornan viable para lograr riquezas de forma inmediata, en un plazo corto de tiempo. Es necesario dar una amplitud de beneficios y garantías sobre la libertad y la propiedad privada para que los que tienen las tierras, logren fructificar y desarrollar esta nación a través de lo producido.
Cuando se habla de libertades, es en referencia a que se deje trabajar y no impongan tantas trabas al extranjero , que es el que aporta el conocimiento y la mano de obra especializada. Rever los privilegios que hay sobre algunos a la hora de obtener tierras, que no hay sobre el extranjeros, que es el que logrará el progreso. Entre más fácil sea el ingreso y la estadía para el extranjero, con más facilidad se poblara y progresará esta tierra.
No sé puede caer en la intolerancia que cayó España, la cual provocó el exilio delos habitantes de su nación.
Entre más seguridad jurídica y más instituciones fuertes tengamos, más fácil será el progreso. “AMPLIAR LA LIBERTAD Y ASEGURAR LA PROPIEDAD PRIVADA”.
NOVEDESO:
Alberdi entendía que en las manos del extranjero estaba el progreso y en las manos del legislador el poder de limitarlo. Es por ello que buscaba a través de cada principio CN demostrar que el tenerlos escrito no significaba nada, lo ideal era que fueran amplísimos, que a la hora de regular, no se cayera en la imprudencia del egoísmo tosco que destruiría y quitaría toda posibilidad de prosperidad. Trata de traer siempre el claro ejemplo de lo que sucedió en España, para que Argentina evitara ese trastorno social y económico que tanto progreso le quitó.
Preguntas:
Es el legislador el único culpable de las restricciones a la libertad y la economía o existen otros?
Cuanto tiempo le llevaría a Argentina poblar con el número ideal para ser potencia?
La cantidad de habitante hace al progreso ¿
En este capítulo Alberdi hace un análisis de la principal fuente de riqueza de Argentina: la tierra. Sostiene que la única forma de incrementar los beneficios es garantizando los principios constitucionales (desarrollados por el autor en sus capítulos anteriores) tales como la libertad, la propiedad privada e igualdad.
Asimismo al centrar su análisis en la tierra como fuente de riqueza, desarrolla el uso de la misma y el modo de su distribución. Asigna como rol trascendental, para poblar, disponer y aprovechar la explotación de las tierras del país, a los individuos pero en particular a los extranjeros. Para ello debe asegurarse la inviolabilidad de la propiedad.
Vuelve a centrar su atención en la necesidad de promover la inmigración y permitir el libre ingreso de individuos extranjeros a los fines de poblar las tierras del país y de esa forma incrementar la riqueza y alcanzar el bienestar general. Plantea dos sistemas para alcanzarlo: por un lado, atraer pobladores y fundar colonias, por el otro, crear un sistema de instituciones que espontáneamente atraerá a los pobladores.
Conforme a su postura, concibe a la aduana como un límite para poblar la tierra, la igualdad y la libertad.
NOVEDOSO/INTERESANTE
Lo interesante es que para Alberdi la riqueza y bienestar general dependía de la población y trabajo de la tierra. Siendo entonces necesario atraer población dada la escasez de la misma y llevar a cabo medidas e incentivos que permitan el ingreso de extranjeros.
Preguntas
¿Considera que la distribución de la tierra en la actualidad imposibilita el desarrollo de la riqueza? ¿Están mal distribuidos los recursos naturales?
Conforme a su concepción sobre la aduana ¿Por qué cree que la gran mayoría de los Estado fijan una?
¿Qué opina de la reforma agraria?
RESUMEN:
En este capítulo, Alberdi trata sobre las garantías y los principios constitucionales que rigen la protección de la tierra y el derecho de propiedad, de sus beneficios y rentas de la tierra, describiendo a esta última como una gran fuerza de producción y un medio que posee el país para acrecentar sus riqueza, población, etc.
Considerando que debe ser el estado el órgano encargado de la regulación de su explotación y aprovechamiento buscando siempre mantener una equidad entre su uso, la conservación y el bien común general de su población, esto siempre mediante los principios de libertad, igualdad y propiedad privada, y conociendo las riquezas naturales de nuestro país.
PREGUNTAS:
¿Considera que en la actualidad nuestro país explota de manera óptima sus recursos naturales?
En la actualidad ¿Considera que con solo la explotación de la tierra es suficiente para lograr una desarrollo y prosperidad de un país?
¿Está bien que actualmente la tierra siga siendo nuestra principal herramienta de prosperidad?
En estos capítulos Alberdi analiza las disposiciones de la constitución que protegen los beneficios y rentas de la tierra. Nos dice que la tierra representa toda su actualidad económica, por consiguiente pocos gastos, como el de exploración territorial, serán más fructíferos que ese para la renta y la prosperidad de la nación. La industria sacara ventajas infinitas de un estudio que dé a conocer todas las fuerzas y aptitudes productoras del suelo argentino, por investigaciones sabias en los tres reinos, mineral, animal y vegetal.
Es un suelo despoblado, pues su población guarda con su superficie, estimada en doscientas mil leguas cuadradas, la proporción de seis habitantes por cada legua cuadrada, que en Europa corresponde a doscientos cuarenta. El derecho agrario está llamado a poblar la desierta Republica Argentina, de que la tierra es al presente el único instrumento que el país posee para comenzar la obra múltiple de su riqueza, población, crédito y gobierno. En la distribución de la renta o beneficio de la tierra, la constitución ha sentado, como bases de legislación, los mismos principios reguladores del provecho del trabajo y del capital, a saber: propiedad, igualdad y seguridad. Sea quien fuere el que resulte dueño de las tierras al presente despobladas, es decir, de las nueve decimas partes del suelo argentino, pertenezcan al Estado o a particulares, de todos modos ellas están destinadas a poblarse y trabajarse por habitantes que han de venir, pues hoy están despobladas. Importa rechazar o derogar toda ley que quite a los detentadores de la tierra el deseo de sacrificar el presente al porvenir, y de trabajar en la mejora del suelo.
En el interés de la población y del bienestar de la Republica Argentina, propósitos supremos de su constitución vigente, la ley orgánica, inspirada en esas miras, debe reglar el sistema del arrendamiento territorial, de modo que sirva para colocar la tierra al alcance de los inmigrantes y nuevos pobladores. En presencia de una Constitución hecha para poblar, tenemos una legislación hecha para despoblar. De modo que en vez de servir para poner en ejercicio la Constitución, en ese punto, solo sirve para impedir su ejercicio, para violar sus principios protectores de la población. La aduana entra, en el número de los males inevitables de la Republica Argentina, como figura en las rentas de los países más libres de la tierra. Es un legado doloroso de los errores de otros siglos. Al legislador le incumbe reducirlo a sus menores dimensiones.
¿Sigue siendo hoy en día la explotación del territorio la fuente primaria de sus riquezas? ¿En estos párrafos se refiere a la aduana interna de lo que hoy se conoce como la Republica Argentina?
Resumen
El autor comienza explicando lo que es la tierra en nuestro País, para de esa manera poder entender mejor el desarrollo del capítulo. Entiende que en ese momento la tierra representa toda la actualidad económica, siendo lo más importante que tiene la confederación para lograr el crecimiento.
También dice que todo gobierno argentino debe aplicar al presupuesto general de gastos una suma que este destinada a la exploración del territorio porque sería el gasto más importante para la prosperidad de la nación.
La Constitución marco bases de legislación sobre la tierra, que son: la propiedad, libertad, igualdad y seguridad.
Por otro lado, el autor habla de la población destacando que la constitución de 1853 hizo de la población su fin inmediato, encontrando en ella el futuro del bienestar del País. De esta manera se ofrecen dos sistemas, el artificial y el de la población espontanea.
Nuestra Carta Magna contiene un medio directo para fomentar la población, a través de traer pobladores y fundar colonias y otro indirecto formando un sistema de instituciones para traer corrientes de población espontanea. Nuestro sistema esta creado para poblar pero el autor también reconoce que la legislación no fue de la mano con él, sino que ella estaba hecha más para despoblar. Por eso entiende que el modo más efectivo de lograr el cumplimiento de la Constitución es remover las leyes que llevan a despoblar.
Interesante
Es muy interesante la necesidad de que exista una legislación que acompañe a la carta magna y permita que puedan ejercerse sus derechos, no solamente en este ámbito, sino en todos. Observando que como una legislación puede ser un freno para el desarrollo y el crecimiento de la sociedad cuando va en contra de la Constitución. En este caso las leyes existentes no permitían ejercer fuertemente el principio constitucional de poblar la tierra, siendo que esto era lo que iba a permitir lograr el bienestar general del País.
Además, es importante como el autor destaca que en ese momento la tierra era la única y principal actividad económica, y que de tal manera los gobiernos debían prestarle especial atención.
Preguntas
1. Cree usted que fue bien aprovechada la extensión de la tierra para poblar?
2. Piensa que los gobiernos destinaron las partidas presupuestarias necesarias para la exploración del territorio?
3. Existe en la actualidad legislación que sea para despoblar y no para poblar?
Resumen:
El autor comienza el capítulo señalando las condiciones y aptitudes que posee la confederación como la Tierra que representaba en ese momento toda su economía. La constitución ha sentado bases sobre la distribución de la renta o
Beneficio de la tierra y utilizó los mimos principios reguladores del provecho del trabajo y del capital que son propiedad, libertad, igualdad y seguridad. Menciona en qué artículos de la constitución hace referencia a la facultad de disponer del uso y enajenación de tierras por el congreso, el derecho de uso de los habitantes.
Menciona cuáles deben ser las bases económicas del nuevo sistema de locación territorial:
•la posibilidad de arrendamientos por término ilimitado.
•la extinción y prohibición del derecho de alcabala, que estorba la adquisición fácil de la tierra al inmigrante.
Entre las disposiciones dirigidas a la población la constitución habla de dos sistemas el de población artificial y el de población espontánea, la aduana que y su rol actuando como un derecho de importación y exportación.
Interesante:
“Los dos grandes enemigos de la seguridad, en Sud-América, suelen ser el despotismo y la anarquía. Por veinte años la inseguridad ha nacido del despotismo en la República Argentina; su población ha disminuido o permanecido estacionaría por resultado de esa inseguridad. Hoy la población sólo puede ser retardada o entorpecida por la inseguridad de la anarquía.”
Preguntas:
1- Considera que se le dio la importancia debida al recurso de la tierra ? Debería ser el costo menor para los habitantes argentinos ?
2- debería haber algún tipo de límites para la compra y explotación de tierras a capitales extranjeros?
3- debería haber más facilidades del gobierno para la adquisición y locación de tierras a argentinos?
En este capítulo, el tema central es la tierra. Entiende que en ese momento era el único agente de producción que tiene la confederación y que debe primero estudiarse la geografía física y la formación geológica en relación con su función de agente de producción de riquezas.
Plantea que estos estudios van a servir para la creación de la riqueza industrial pero que además ya tiene una riqueza natural que se por el clima, la latitud, los ríos, lagos, las florestas, las praderías, los minerales, el nivel u horizontalidad del suelo, la extensión y composición química del suelo.
Lo mas importante para aprovechar las riquezas es poblar las tierras, las leyes orgánicas deben tener ese objetivo con los principios de propiedad, libertad, seguridad e igualdad.
Estas leyes deben dar seguridad a los detentores de la tierra para motivar su trabajo.
Establece que todos, tanto nacionales como extranjeros deben poder acceder a la propiedad territorial.
Alberdi, entiende que en américa no puede haber problemas de desigual distribución de la riqueza ya lo que se necesita es población para generar riquezas. Para poblar la nación la constitución ofrece dos sistemas, uno directo, que es promover medidas especiales para traer pobladores y fundar colonias y otro indirecto, este tiene por objeto crear corrientes de inmigración, agrandar las ciudades, fomentar la población espontanea etc
Por último, plantea que la aduana no debe ser un obstáculo para poblar.
Sorprendente
Me sorprende la incapacidad que tuvo y tiene la Argentina para poder crecer. Las características de la capacidad del país en cuanto a la riqueza natural no han variado y hay una población 40 veces mayor. La concentración en pocas manos del producto de la tierra (se calcula que el 20 % de los que intervienen obtiene el 80 % de lo que se produce) la poca incentivación de transformar los productos primarios a través de la industria, entiendo son algunos de los problemas que tenemos
¿Debe el estado intervenir en el cuidado de los habitantes por el mal uso de técnicas que contaminan?
¿Cómo se puede hacer para que sea más accesible al trabajo para producir riquezas? ¿Deben distribuirse mejor las tierras? ¿deben distribuirse distinto los beneficios?
¿Qué opina de la inmigración por parte de los países latinoamericanos?
Alberdi realiza un análisis de la tierra, como el único instrumento que en aquel entonces poseía la Confederación. Destaca la importancia de la riqueza natural del país y de la necesidad de aplicación de los principios de libertad propiedad e igualdad para su aprovechamiento. Dado el sentido en que corren los ríos y su consecuente uso como medio de transporte económico por sobre el ferrocarril, la fertilidad del suelo, los recursos mineros
Como en otras ocasiones, destaca la importancia de los extranjeros para la explotación de la tierra y el consecuente desarrollo del país, y el otorgamiento a los mismos de todos los derechos garantizados a los naturales del país, a diferencia de lo ocurrido en España que llevó a su despoblamiento.
Con relación a la necesidad de ocupar las tierras despobladas, que representan 9/10 del total del país, Alberdi recalca la necesidad de leyes y de instituciones que favorezcan el empleo más útil posible de la tierra, por ser el más poderoso y casi el único de los instrumentos de producción que hoy día existan al alcance de la república. Es así como la ley orgánica, inspirada en el interés de la población y del bienestar y prosperidad de la República Argentina, propósitos supremos de su Constitución vigente, debe reglar el sistema del arrendamiento territorial, mediante la posibilidad de arrendamientos por término ilimitado, el derecho a efectuar mejoras de modo que sirva para colocar la tierra al alcance de los inmigrantes y nuevos pobladores, haciéndolo de modo favorable al arrendatario, no del propietario explotador.
Destacable.
Desde las épocas de Alberdi la explotación de la tierra era fundamental para el desarrollo del país, sin embargo, como el menciona, la industria es la que impulsa el desarrollo a gran escala de la economía. Es lamentable ver como han transcurrido 170 años y nos encontramos en el mismo punto.
Muchas fueron las oportunidades de tomar provecho de las ventajas naturales que se extienden por todo el país, pero siempre han sido frustradas por políticas erradas, por mencionar un ejemplo, en los años 2006-2008 los precios de la soja eran altísimos y la explotación de este recurso produjo una gran entrada de divisas al país, pero el gobierno decidió cerrar la economía en vez de abrazar los beneficios del libre comercio.
Preguntas.
¿Qué opina de un impuesto a la tierra libre de mejoras?
¿Por qué cree que falló la distribución de la tierra en Argentina y terminó en manos de pocas personas?
¿En que falló la distribución de las tierras producto de la «Conquista del Desierto»?