Alberdi sobre los impuestos y las «contribuciones exorbitantes» que atacan a la industria y el comercio

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos Sistema Económico y Rentístico de Juan Bautista Alberdi, sobre los impuestos, y las “contribuciones exorbitantes”:

“Por la contribución exorbitante atacáis la libertad de industria y de comercio, creando prohibiciones y exclusiones, que son equivalentes del impuesto excesivo; atacáis la propiedad de todo género, llevando la contribución más allá de los límites de la renta; atacáis la seguridad, por la persecución de los efugios naturales de defensa apellidados fraude, que son hijos naturales del rigor fiscal; atacáis la igualdad, disminuyendo las entradas y goces del pobre. Tales son los resultados del impuesto exorbitante: todos contrarios a las miras generosas de la Constitución, expresadas en su preámbulo.

Por la contribución desproporcionada atacáis la igualdad civil, dada como base del impuesto por los art. 4 y 16 de la Constitución.

Por el impuesto mal colocado, matáis tal vez un germen de riqueza nacional.

Por el impuesto mal recaudado, eleváis la contribución de que forma un gasto adicional; atacáis la seguridad, formáis enemigos al gobierno, a la Constitución y al país, alejando las poblaciones asustadas de un fisco armado en nombre de la República de todas las herramientas de la inquisición.

Las contribuciones opuestas a los fines y garantías de la Constitución son contrarias precisamente al aumento del Tesoro nacional, que según ella tiene su gran surtidero en la libertad y en el bienestar general. – Por esta regla, jamás desmentida, bajar la contribución, es aumentar el Tesoro nacional: regla que no produce tal efecto en el instante, pero que jamás deja de producirlo a su tiempo, como el trigo no produce al otro día que se siembra, pero rara vez deja de producir al cabo de cierto tiempo.

¿No puede darse a la contribución un asiento tal, que le permita servir los destinos que le asigna la Constitución sin salir de ellos? ¿Dónde colocar el impuesto para que no dañe al bienestar general tan protegido por la Constitución? ¿La ciencia lo conoce? – Sí. – La contribución, como gasto público de cada particular, debe salir de donde salen sus demás gastos privados: de la renta, de la utilidad de sus fondos, no de los fondos que la producen porque así disminuís los fondos originarios de la renta, empobrecéis a los particulares, cuya riqueza, colectiva forma la riqueza de la Nación, de la cual es parásita la del fisco. El que gasta de su principal para vivir, camina a la pobreza: es preciso vivir de las ganancias; y para tener ganancias, es preciso hacer trabajar los fondos que las producen. El Estado está comprendido en esta ley natural de la riqueza: debe subsistir de la renta colectiva de los particulares que le forman, no de sus fondos. He ahí el asiento de toda contribución juiciosa: de toda contribución que sirva para enriquecer la Nación y no para empobrecerla.

Salir de ahí, echar mano de los fondos productivos, exigir capitales, tierras, servicios por vía de contribución, es entrar en una crisis de destrucción, que sólo un extremo puede legitimar, a saber: – la necesidad de no sucumbir: antes de tener fortuna, es preciso tener existencia. La fortuna se hace; lo que no se hace dos veces es la patria.

Procediendo la contribución de una parte de la renta o utilidad privada de los habitantes del país, importa conocer los parajes en que la renta existe, para exigirle pago de su deuda al gasto público.

La renta, como la riqueza de que es vástago frutal, debe su creación a uno de estos tres agentes o fuerzas productoras:

La tierra,

El trabajo,

El capital.

Estos tres instrumentos de renta, obren juntos o separados, siempre proceden de alguno de los tres modos siguientes para producir su utilidad imponible:

La agricultura,

El comercio,

Las fábricas.

De aquí tantos asientos para la contribución como el número y la forma de las rentas o utilidades de los particulares contribuyentes.

Luego la contribución es imponible:

En la renta de la tierra, que es el alquiler;

En la renta del trabajo, que es el salario;

En la renta del capital, que es el interés.

Luego la Constitución debe buscar esas rentas en los’ tres campos de su elaboración, que son la agricultura, el comercio, la industria fabril.”

12 pensamientos en “Alberdi sobre los impuestos y las «contribuciones exorbitantes» que atacan a la industria y el comercio

  1. Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina. Juan B. Alberdi.

    Resumen de la cuarta parte (hasta el capítulo 5).
    Alberdi realiza un paralelismo entre la venta o locación de tierras públicas como recurso del Tesoro nacional y el recurso de las aduanas como sistemas que permiten el progreso de la riqueza pública con el fin de garantizar el bienestar general del país. Aclara que los arrendamientos territoriales realizados por el Estado deben ser por un tiempo prolongado en pequeñas porciones con un alquiler bajo de tramitación simple. Asimismo, la Constitución nacional introduce en las fuentes del Tesoro nacional a las contribuciones que equitativa y proporcionalmente le imponga a la población el Congreso nacional, independientemente de los tributos propios de las provincias. Estas contribuciones permiten afirmar la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz, servir a la defensa común, promover el bienestar y asegurar los beneficios de la libertad.

    Aspectos novedosos.
    Alberdi, contrariamente a la creencia popular, asegura que la venta o locación de tierras públicas colabora al progreso material de los países, sobre todo si la venta se realiza en pequeñas porciones de tierra. Por su parte, me sorprendió que Alberdi afirmara que la renta de correos (contribución indirecta de fuente ordinaria) es la más legitima hija de la libertad debido a que solo puede preservarse la inviolabilidad de la correspondencia en los sistemas democráticos y, a partir de un análisis de las disposiciones de la Constitución nacional le fue posible interpretar que cualquier vulneración a esa garantía es un ataque al Tesoro nacional.

    Preguntas al autor.
    Actualmente, ¿considera que la renta de correos puede ser reconocida una fuente del Tesoro nacional o simplemente continúa contribuyendo al gasto público?
    ¿Puede el Banco Central respaldar y justificar la constante emisión monetaria y las sucesivas modificaciones de los billetes?
    Por ejemplo, ¿los impuestos que buscan desalentar el consumo de cigarrillos pueden ser reconocidos como exorbitantes?

  2. RESUMEN:

    En esta nueva lectura, el Dr. Alberdi continúa con el análisis de los demás recursos para la formación del Tesoro nacional, establecidos por el art. 4 de la CN y, particularmente, de cómo deben ser reglados a fin de que el tesoro público abunde por la abundancia de la riqueza en general.

    En cuanto al segundo de los recursos enunciados por la norma, en igual sentido que la aduana, el sistema que más conviene al progreso de la riqueza pública y, consecuentemente, al bienestar general del país es, precisamente, el medio de agrandar la entrada fiscal de la venta o locación de tierras públicas.

    Entre la venta o locación o arrendamiento, como medio de emplear las tierras públicas, Alberdi cree preferible la venta de terrenos; ello no sólo en interés de la abundancia del tesoro público, sino también y fundamentalmente en interés de la población de las provincias más desiertas para su consecuente su civilización.

    En el caso de la renta de los correos, la CN ha establecido la facultad privativa del Congreso nacional de arreglar y establecer las postas y correos generales de la Confederación. En la posta, como en la aduana, bajar la contribución de su porte importa aumentar su renta pública. Por ese medio se previene el contrabando o transporte clandestino de cartas, se extiende el uso de la posta y con ello se hace mayor el producto de muchas entradas pequeñas, más que el de pocas grandes.

    Si bien las contribuciones de aduana y correos son las únicas que menciona expresamente el art. 4, no son las únicas que admite, puesto que también designa para la formación del Tesoro nacional el producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general. Estas últimas se diferencian de las primeras porque pueden ser impuestas por las legislaturas provinciales en conjunto con el Congreso nacional.

    LO NOVEDOSO:

    Me pareció interesante la idea o mecanismo que propone Alberdi, que resulta aplicable tanto a la renta de aduana como a la de los correos, y que consiste en rebajar la contribución para generar una mayor abundancia del Tesoro público y, consecuentemente, de la riqueza del país. Esto es importante porque, justamente, muchos de los gobiernos argentinos han promovido y promueven políticas que tienden a subir las rentas porque creen que así generarán un mayor beneficio. Pero, en realidad, lo que genera un mayor incentivo es precisamente lo contrario: si las contribuciones se van rebajando en forma progresiva, ello generará un mayor incentivo en los contribuyentes y, con ello, se llega a recaudar más.

    Por otro lado, también me pareció importante el hecho de que haya resaltado el valor que tenía la venta de tierras públicas en el tiempo en que escribió. Es decir, la venta de terrenos era trascendental para fomentar la civilización de las provincias más desiertas en ese entonces. También constituía el medio por excelencia para fomentar el cultivo de las tierras y generar aún más abundancia en la riqueza general.

    PREGUNTAS:

    ¿Qué recurso cree que tiene menos peso en la actualidad, la renta de los correos o la locación de tierras públicas?

    Siendo que la renta de los correos ha perdido peso en relación a la importancia que tenía en el tiempo en que escribió, ¿se le ocurre algún medio alternativo para abastecer hoy en día esos fondos de la Nación?

    ¿Qué opina particularmente sobre las retenciones a las exportaciones?

  3. Resumen de lo leído:
    En este texto se hace una continuación de los medios por los cuales se obtienen recursos para el estado nacional: menciona la venta o locación de tierras públicas planteando un nuevo sistema de venta conveniente para la nación basándose en la experiencia el cual debe ser acomodado y relativo a las necesidades de cada una de las provincias criticando así la política del estado respecto a los baldíos y las tierras der dominio público ; otro recurso son las rentas de correo que si bien al momento de la publicación libro era un gasto público Alberdi entiende que será una renta abundante que dependerá de la geografía política dada por la confederación por su régimen constitucional ; las demás contribuciones donde constitución se abstuvo de mencionar dejándole al legislador la facultad de adoptar las que reconoce la ciencia, por otro lado hace un análisis de las contribuciones directas(deben ser de carácter temporal y excepcional) e indirectas ; y por último los empréstitos y las operaciones de crédito considerados fondos del tesoro nacional, cubren las urgencias de la Nación y empresas útiles para la nación, estabilizan la república, de aquí su carácter de recurso extraordinario. Son una forma de repartir el peso de la contribución entre generaciones.
    Lo novedoso o sorprendente:
    Lo que me sorprende es que Alberdi tiene una crítica bastante importante sobre los terrenos baldíos y los terrenos públicos planteando un nuevo sistema para organizarlos pero que en la práctica no se concretó si más bien se siguió un sistema parecido al que se tenía en la colonia; otra cuestión que me llama la atención es el análisis que realiza Alberdi acerca de que los fines pueden ser atacados por la misma contribución, al mencionar que no hay ninguna garantía de la CN que no pueda ser atacada por la contribución.
    Preguntas:
    ¿Qué piensa de los impuestos en la actualidad?
    ¿Qué reformas haría al actual sistema tributario?
    ¿Qué opina de los sistemas de mensajería entendido como un método de acercamiento a las personas y como el correo podría aprovéchalo para ser más rentable?

  4. Resumen:
    En esta parte de su obra, Alberdi termina de analizar los recursos del tesoro Nacional en concordancia con las disposiciones de la Constitución. Sobre la venta o locación de tierras públicas, menciona a la primera como la más conveniente.
    Luego, sobre las demás contribuciones, realiza una conexión entre ellas y las disposiciones constitucionales, haciendo hincapié en que éstas últimas no deben ser dejalas de lado al determinar los impuestos. Es decir, la recaudación no debe ser exorbitante, desproporcionada o mal colocada, porque no cumplirían el fin de aumentar el tesoro nacional.

    Lo interesante o novedoso:
    Me pareció muy interesante el fragmento del texto donde Alberdi se refiere a cómo debe ser la contribución. Considerando que hoy en día los impuestos son exorbitantes, desproporcionados, mal colocados y mal recaudados, podemos apreciar una vez más cómo las advertencias que realiza el autor en el texto se hacen realidad en nuestro país.

    Preguntas al autor:
    Teniendo en cuenta la regla «bajar la contribución es aumentar el tesoro nacional» ¿cómo funciona esta relación?
    ¿Cómo funciona la emisión de deuda pública en forma de papel moneda?
    ¿Qué es el agio de tierras?

  5. Sistema Económico y Rentistico.J.B.Alberdi. Capítulo 4.
    Resumen.
    En el punto II del mencionado capitulo, Alberdi se refiere a las ventajas de la venta o locación de tierras para el progreso de la riqueza publica y para integrar el Tesoro Nacional tal como lo dice la Constitución en su art. 49. Se trata en particular de la colocación de los llamados baldíos en poder de los particulares. El autor realiza dos consideraciones importantes en sus primeros renglones, por un lado señala que entre locación y las ventas es mejor esta ultima ya que favorece la población del país. Y en segundo lugar, analiza la raíz etimológica de la palabra baldío que significa bakda o cosa de poquísimo valor; esto proviene de la economía agraria española que en realidad hacia el siglo XXI, prefería el pastoreo a las tierras cultivadas, llevando esto a la despoblación rural o en manos improductivas de pastores semi barbaros. Este modelo pecuario fue trasladado a América y dio como resultado, dice el autor, al gaucho y su aversión al cultivo de la tierra. Sin embargo, luego de la Independencia, esto no se revierte y por el contrario hubieron decretos que prohibían la enajenación de tierras publicas, siendo incluso sometidas a hipoteca y seguridad de su crédito publico (como en 1826 ) y por consiguiente la prohibición expresa de su enajenación. Para Alberdi este es un error, por un lado, se dijo en lecturas anteriores que no hay tierras en las provincias del territorio nacional que se consideren improductivas, ya que por el contrario, todas son potencialmente productivas y basta que cuente con la fuerza del trabajo, la población y la iniciativa. Por otro lado, el autor sostiene que la base de todo crédito debe ser la renta, que proviene justamente de la población y de la industria.
    La venta puede ser por cualquier método, como al contado, plazo fijo, en grandes o pequeñas porciones, a colonos o a pobladores individuales. La tierra además, es fuente de otros recursos para el fomento del bienestar. Por eso, el Congreso podrá disponer también ceder la propiedad de la tierra como un estimulo para atraer colonos que la trabajen, inmigrantes que se incorporen con sus conocimientos sobre el trabajo de la tierra y así favorecer la riqueza, la producción y la población. Para que esto suceda “ se requiere que el Estado deje de ser dueño de los terrenos baldíos a gran prisa, en beneficio de una población industriosa y abundante(…)”
    Otra de las fuentes del Tesoro establecida por la Constitución, es la renta de correos que, por aquellos tiempos, Alberdi la consideraba una renta abundante, producto de una contribución indirecta que el Estado asegura en función del interés del orden publico y para garantizar el transporte de la correspondencia.
    En el aumento de la renta de correo se dan una serie de condiciones, como la geografía política en cuanto al cambio sobre la libre navegación de los ríos y el comercio estableciendo así a través del Congreso, las postas”(…)arreglar y establecer las postas y correos generales de la Confederación (…)” .Otra circunstancia favorecedora del correo es la extensión de las vías férreas, como el ferrocarril entre Rosario/ Córdoba, también la mejora en los caminos, el establecimiento de guardias para la seguridad y el surgimiento de posadas y casa de postas. Aunque la Constitución menciona expresamente a las fuentes del Tesoro: la aduana y el correo, también nos remite a las otras contribuciones que pueden ser establecidas por el Congreso Nacional y por las legislaturas provinciales con la reserva de la prelación entre un impuesto nacional y otro provincial.
    Alberdi sostiene que en materia de impuestos, conviene conservar todo lo que se puede conciliar con los”…principios rentísticos y económicos de la Moderna Constitución.” En esta línea menciona el autor una serie de impuestos del antiguo régimen español como los portazgos o puertas, pontazgos o puentes, quintas (impuesto agrícola) composición de pulperías (patente anual que debía pagar cada pulpería) entre otros.
    Para Alberdi, la conformación del Tesoro Nacional es necesaria para gobernar y a su vez para garantizar los principios y derechos consagrados por la Constitución Nacional. Una forma de atacar dichos principios es establecer contribuciones exorbitantes que atacan así la libertad de el la propiedad, la seguridad, y la igualdad y hacen daño por la desproporción y desigualdad.
    La renta debe su creación a tres fuerzas productoras: la tierra, el trabajo y el capital, los cuales proceden de la agricultura, el comercio y las fabricas respectivamente. “(…)luego la contribución es imponible: en la renta de la tierra, que es el alquiler. En la renta del trabajo, que es el salario. En la renta del capital, que es el interés(…)”.
    Las contribuciones mejor repartidas favorecen al Tesoro nacional y los mejores estímulos para la producción son las contribuciones en un espacio de libertad, de seguridad y de tranquilidad. Alberdi señala que hay dos sistemas de contribuciones : la directa y la indirecta. El art 4 CN menciona por su nombre a dos contribuciones indirectas; las aduanas y los correos. En cuanto a las directas, la Constitución las admite con el carácter de contribuciones extraordinarias, por tiempo determinado, proporcionalmente iguales “ siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan (…)”
    El autor menciona una serie de “atributos” de las contribuciones indirectas, a saber : – es abundante en producto fiscal ( como por ejemplo la aduana) – es mas fácil, ya que paga la contribución en el precio de lo que adquiere, -es mas libre y voluntaria, ya que cada uno es dueño de pagarla o no a través de lo que decida consumir. – es impersonal, es decir, gravita sobre el producto. – es la mas cómoda ya que a diferencia de la contribución directa no requiere de tanto examen para calcular el valor de la renta y también porque se paga poco a poco con la compra de las cosas de consumo.- es la mas progresista ya que el legislador puede favorecer con el gravamen los consumos mas útiles para el progreso del país.- es mas segura ya que la adquisición y consumo siempre son necesarios. Observa que fue un acierto constitucional dejar en mano de las provincias el uso de la contribución directa ya que es una manera de lograr estabilidad de los gobiernos locales.
    En cuanto al crédito; como se dijo anteriormente, el art.4 CN lo admite entre los recursos del Tesoro Nacional. Ese crédito, para el autor, es un medio genérico extraordinario y “un elemento moderno de Gobierno y de progreso industrial” que se concreta en los empréstitos y las operaciones de crédito.( ▪︎Empréstito ▪︎Fondos públicos con interés ▪︎Fondos Públicos sin interés▪︎Deuda Consolidada▪︎Deuda no consolidada▪︎ Deuda flotante ▪︎ Papel moneda.) La Confederación a partir de las garantías constitucionales y de su legitimidad, reúne las condiciones de confianza para cumplir con las obligaciones, tiene fuentes abundantes de renta publica y solo le bastara tener los fondos suficientes para pagar los intereses o renta puntualmente. La confianza también proviene del propósito de bienestar general y todos los principios que lo hacen posible: la propiedad, la libertad, la igualdad, la seguridad, distribución y consumo de las riquezas. La abundancia de la renta publica dependerá del respeto de estos principios y de los derechos naturales del hombre en sus máximas potencialidades de producción; en esto se fundamenta el sistema rentístico.
    El art. 4 CN expresa “(…)empréstitos y operaciones de crédito que decrete el Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional (…)” . Claramente, el crédito público está reservado a atender urgencias o utilidades de la nación, por ello, el autor considera que atender la necesidad de estabilidad, crecimiento, desarrollo productivo, población etc tras largas décadas de atraso estaría configurado el requisito del crédito por una necesidad “extraordinaria” sin perjuicio de los demás recursos rentísticos y de los muchos otros recursos, ya mencionados, que forman el Tesoro Nacional. El crédito público debe contar con las mismas garantías del crédito privado, a saber : la confianza, contar con los medios para pagar los intereses, brindar seguridad en el cumplimiento. “(…)el gobierno necesita estar organizado,seguro,respetado,fuerte y provisto de recursos para pagar los intereses de capital que toma prestado (…)” . Recordemos que Alberdi sostiene que la Confederación Argentina cuenta con las tres grandes bases de su crédito público: la estabilidad política(fin de la guerra civil), la estabilidad económica ya que cuenta con un Tesoro Nacional que puede responder por las obligaciones y además ese Tesoro, se nutre de un comercio y navegación libre.
    El autor también señala que son más favorables a la Constitución los empréstitos conseguidos en el extranjero ya que impulsa la inversión de capitales extranjeros que a su vez el Congreso, a través de leyes protectoras debe promover y estimular para el progreso del país. Sin embargo, el autor advierte que siendo el crédito público “un recurso tan indispensable al Tesoro Nacional” es importante no comprometerlo, como por ejemplo a través de la emisión de deuda pública en forma de papel moneda. “Siendo la moneda el instrumento con que se opera el cambio de nuestros productos por los artefactos en que Europa nos trae su civilización, toda alteración grave en el valor de esa mercancía, introduce una perturbación en el comercio (…)”
    •Lo Novedoso.
    Dos cuestiones me resultaron Novedosas; la primera es la relación entre la baja de impuestos y el aumento de la recaudación, lo cual tiene lógica : así lo expresa Alberdi: “(…) el medio más lógico y seguro de aumentar el producto de la contribución de aduana es rebajar el valor de la contribución, disminuir el impuesto cuanto sea posible(…) Llevado a la actualidad, si hoy los argentinos tuviéramos menos impuestos directos que pagar o bien de menor valor habría una mayor recaudación ya que en general habría un mayor cumplimiento en el pago y no habría tanta evasión o incumplimientos.
    Lo segundo que llamó mi atención es como claramente Alberdi ya por aquellos años diferencia las contribuciones directas e indirectas; las primeras gravan los bienes o rentas de las personas y las segundas, el consumo que las personas realizan con sus bienes o rentas. Hoy, un ejemplo de contribución directa es el Impuesto a las Ganancias y Bienes personales y una contribución indirecta, el Impuesto al Valor Agregado, que grava los consumos que las personas realizan.
    •Preguntas al Autor.
    -El art. 75.2 CN establece que las contribuciones directas son “ por tiempo determinado”. Teniendo en cuenta que el Impuesto a las Ganancias tiene una extensa permanencia, Considera que se podría declarar su Inconstitucionalidad?
    –Que podría decir sobre las ocupaciones de tierras para el surgimiento de los llamados “ barrios populares”
    -Hoy se podría seguir apostando a “la buena fe del contribuyente”?

  6. Resumen:
    Al referirse a lo dispuesto en el Art.4 de la CN sobre las distintas formas de recaudar la renta con destino al Tesoro Nacional, el mismo artículo menciona a la venta o alquiler de tierras de dominio público como medio de producir renta estatal, pero expone la inconsistencia con las prohibiciones impuestas por los gobiernos como método de garantía para los créditos públicos; a su vez el mencionado artículo habla sobre las rentas por el correo, pero lamentablemente para el Estado no fue un medio de recaudar capital, al revés se convirtió en un gasto público. En razón de esto, por acierto del legislador se dejó abierta la posibilidad de demás formas de recaudar rentas para solventar al Estado Nacional, como lo son los impuestos, tasas y contribuciones, pero con la salvedad que deben utilizarse de manera adecuada y en un pie de igualdad y teniendo en cuenta el poder contributivo de los ciudadanos.

    Lo novedoso:
    Ciertamente en la actualidad la venta o alquiler de tierras de dominio público es casi nula, al igual que el poco uso del correo nacional; por lo que, al Estado Argentino le quedó muy pocas formas de recaudar rentas para solventar el gasto público, que reitero en mi modo de ver es excesivo y desmesurado, entonces la creación de impuestos, tasas y contribuciones se volvió algo cotidiano, llegando al extremo que Argentina se ha vuelto uno de los paises mas impositivos de Latinoamérica,
    He aquí el gran dilema, cómo hacer que el tesoro nacional se mantenga y se llegue a aumentar sin la necesidad de ahogar al contribuyente, ya que sin cambios en este sentido el capital extranjero no va a llegar simplemente porque no les conviene, y con esto la producción interna no se va a fomentar.

    Preguntas:
    ¿Cree que la venta de terrenos estatales baldíos es necesaria en este momento?
    ¿Qué otro recurso cree que se puede implementar para recaudar renta al Estado?
    ¿Cree que las mismas prohibiciones y restricciones en materia económica afecta la renta del Estado?

  7. Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina. Juan B. Alberdi.
    Resumen del capilo IV (desde punto II pagina 154 al final del capitulo)

    Resumen:
    En este capitulo Alberdi continua con el estudio de los recursos del tesoro nacional establecidos en el art. 4 de la CN. Se va explicando recurso por recurso de manera individual. Hace incapie en como deben regulados.
    Recordamos que los recursos del tesoro nacional establecidos en el art. 4 de la CN son:
    1° El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas;
    2° El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional;
    3° La renta de correos;
    4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población
    imponga el Congreso;
    5° El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional.

    *En relacion a la la venta o locación de tierras públicas como recurso del Tesoro nacional, Alberdi considera en su parecer que es mas productiva la venta de las tierras publicas que la locacion de las mismas, alegando que la aversión argentina a la venta de los baldíos es uno de los errores económicos más contrarios al progreso material de estos países.
    Asimismo, considera que la tierra baldía, ociosa y sin valor, de un país desierto, pueda ser base de su crédito público.
    La base real y fecunda de todo crédito es la renta, que se agranda naturalmente con la población y con el desarrollo de la industria.
    – En relacion a la venta de las tierras, hace una comparacion con el sistema de EEUU, Alberdi considera que conviene que el Estado venda como los particulares, de un modo expeditivo y fácil, sin trámites ni expedientes molestos.
    Ademas Alberdi considera que las tierras pueden ser en manos del gobierno, no sólo recurso de renta pública, sino manantial de otros recursos aplicables al fomento del bienestar general.
    * La renta de correos es la más nacional de las rentas, la más peculiar del Tesoro de toda la Nación, por la razón sencilla de que la contribución que le sirve de origen es soportada por todos los puntos del territorio, pues no pagan transporte de cartas los corresponsales que viven dentro de un mismo lugar.
    Alberdi entiende que sera renta abudante para el tesoro nacional dependiente de la geografia politica.
    *Por ultimo hace una recopilación de los demás contribuciones, estas contribuciones deferidas a la competencia del Congreso nacional, absteniéndose la Constitución de mencionarlas por su nombre y de limitarlas a determinado número, ha querido dejar al legislador la facultad de adoptar todas las que reconoce la ciencia, con tal que por su índole y efectos se acomoden a los principios de la Constitución.
    Posteriormente hace una distinción entre contribuciones directas e indirectas. Asimismo, menciona a los emprestitos y las operaciones de créditos como fondos del tesoro nacional

    PREGUNTAS:
    ¿Considera que en la actualidad la renta de los correos sigue teniendo importancia? Con que otro recurso se podría suplantar?
    ¿Que opina en relación a la venta o locación de los terrenos baldíos en la actualidad?

  8. RESUMEN
    Alberdi realiza un análisis sobre los recursos que se obtienen en favor del Tesoro Nacional, entre ellos se encuentran la venta y locación de tierras públicas. El autor señala que la venta es el recurso más conveniente y el que favorece a la población. Sumado a ello, refiere a las demás contribuciones, realizando una conexión con lo dispuesto en la Constitución. Sobre ello, indica que otros de los recursos del Tesoro es la renta de correos, la cual era una contribución indirecta que servía para garantizar el transporte de la correspondencia. Asimismo, nuestra Constitución establece como fuentes del Tesoro la aduana y el correo, así como también otras que pueden ser establecidas por el Congreso y legislaturas provinciales. En conclusión, según Alberdi, todo lo mencionado dan lugar a la unión nacional, la consolidación de la paz, de la justicia, defensa común, promoción del bienestar y aseguración de la libertad.

    CUESTIONES NOVEDOSAS/IMPORTANTES
    Me parece interesante cómo se advierte que por la época en la cual realizó el análisis,considera que la venta de tierras es el recurso con mayor valor, ya que en ese momento la venta de los terrenos era necesaria para la civilización de los lugares más rurales, para fomentar la agricultura y así generar ganancias. Además, en cuanto a los baldíos y las tierras públicas, propone un sistema para organizarlos, el cual no es aplicado en la realidad. Igualmente, hoy en día la venta de tierras públicas casi ya no existe así como tampoco el correo nacional. En este sentido, el Estado posee menos recursos para recaudar y así poder pagar el gasto público. Por tal motivo, opino que se crean cada vez más impuestos y otras contribuciones.

    PREGUNTAS
    1- ¿Qué análisis puede realizar acerca de los impuestos que surgen en la actualidad?
    2- ¿Qué otros medios cree que pueden ser utilizados en virtud de abastecer los fondos de la Nación?
    3- ¿Cree que se debe seguir considerando a la venta de tierras públicas y la renta de correos como fuentes del Tesoro Nacional?

  9. En esta parte del texto Alberdi analiza los recursos que obtiene el Tesoro Nacional con la venta y la locación de tierras pública.
    Establece que la venta es, a su modo de ver, el recurso mas conveniente y habla de los terrenos baldíos como otra posibilidad de dar mas ganancia al Tesoro.
    Habla de que el gobierno de Buenos Aires prohibió la enajenación de terrenos públicos por dos decretos de los años 1822.
    La Confederación podría vender pero no con un sistema uniforme sino acomodado a las circunstancias de cada provincia, al contado, plazo fijo, grandes porciones, porciones pequeñas .
    Mas adelante habla de la renta de correos como recurso del Tesoro Nacional Argentina. Y dice que la renta de correos puede ser una fuente de renta y de renta esencialmente nacional. Es la mas nacional de las rentas la mas peculiar del Tesoro de toda la Nación por la razón sencilla de que la contribución que le sirve de origen es soportada por todos los puntos del territorio pues no pagan transporte de cartas los corresponsales que viven dentro de un mismo lugar.
    Alberdi cuenta que bajo la tiranía de Rosas los argentinos temblaban de comunicarse hasta la palabra, y que la correspondencia epistolar encontró su mejor garantía en cesar del todo y con ella la renta de correos.
    Nombra también un serie de impuestos que fueron los mas conocidos bajo el gobierno español el de portazgos , el de pesquerías, el de alcabalas y varios mas .Luego algunos impuestos fueron suprimidos durante la revolución de Mayo. Para terminar hace una recopilación de las demás contribuciones impuestas por el Congreso General y que la Constitución se abstiene de mencionarlas por su nombre porque le deja al legislador la facultad de adoptar todas las que reconoce la ciencia con tal que por su índole se acomoden a los principios de dicha Constitución.
    Lo novedoso: Lo que me llamo la atención en esta parte del libro de Alberdi es que establezca que la renta de correos sea la mas nacional de todas las rentas, pero si después tenemos en cuenta que es porque la contribución que le sirve de origen es soportada por todos los puntos del territorio, y que su aumento depende de la geografía política empezaría a tener mas sentido;
    Preguntas al autor:
    1) ¿ Considera que la renta de correos como la renta como la de locación de tierras publicas sigen teniendo importancia al día de hoy?
    2)¿ Como explicaría y solucionaría los problemas que hay en materia impuestos en la Argentina actual?
    3) A su parecer ¿ Sigue vigente la venta o locación de tierras públicas como recurso del Tesoro Nacional?

  10. Alberdi en este capítulo se refiere, como el medio más conveniente para agrandar la entrada fiscal, a la venta o locación de tierras públicas que surge del art 4 de la CN
    En particular el autor prefiere la venta de tierras en lugar de la locación, y explica la resistencia a esto es uno de los errores económicos con un doble origen, Español de los tiempos de la colonia y otro nacional del tiempo de la revolución republicana.
    Con relación a la venta de terrenos hace una comparación con EEUU, y concluye que lo conveniente sería que el Estado venda a los particulares de un modo expeditivo y fácil, sin mucho tramites.
    Luego habla sobre la renta de correos considerando que debe transformarse de dar perdidas a dar reales ganancias y explica cómo se podría dar esa transformación. Una de las condiciones para dicha transformación es la nueva geografía política en materia de navegación y comercio ese sistema favorece el uso del correo con nuevos contactos entre la confederación y pueblos extranjeros acrecentando la eficiencia del sistema de correos.
    Menciona lo importante que es la privacidad del correo para evitar el despotismo y la libertad política, por ello la garantía constitucional del art. 18 sobre la inviolabilidad de correspondencia epistolar y los papeles privados.
    Por último menciona las demás contribuciones otorgadas por la CN exclusivamente al Congreso Nacional, absteniéndose de mencionarlas por su nombre y de limitarlas para que el legislados pueda adaptarlas a las necesidades de la nación siempre respetando los derechos y garantías establecidos en la carta magna.
    Novedoso
    Como se aplican los conceptos e ideas de Alberdi hoy en día, en cuanto como deben ser esas contribuciones y como hacer para agrandarlas, lejos de eso hoy por hoy la única idea de los gobiernos de turno es recaudar a través de impuestos sin pensar como se podría generar las condiciones para que la economía crezca sostenidamente.
    Preguntas
    1. ¿Qué otro recurso podría suplantar a la renta de correos?
    2. ¿Sobre los terrenos, le parece bien la distribución actual de tierra productiva?
    3. ¿Preferiría minifundios a latifundios?

  11. Resumen: Alberdi realiza un análisis sobre qué modalidad de las otorgas por la constitución para la financiación del tesoso es la más adecuada. Entre las primeras aboga por la venta, en su defecto locación, de tierras del estado nacional. Cree él que la primer opción es la más ventajosa en tanto y en cuanto promover la llegada de población inmigrante y hacer productiva los baldíos. Es útil copiar el modelo estadounidense por el cual un inmigrante puede comprar una propiedad tan fácil como si «comprase un asiento de teatro». Además Alberdi realiza una análisis sobre qué metodología impositiva y de recaudación sería lo más adecuada, la más justa y más acorde a los principios constitucionales considerando que la contribución indirecta que recae sobre el consumo final, es de las más justas posibles.

    Novedoso: Es llamativo como Alberdi, en su defensa constante del individuo y de las garantías frente al estado y gobernante, considera como un método legítimo el que Estado emita deuda por variadas vías, considerando la inestabilidad continúa de la confederación para la época; reconociendo además que en la misma Europa estos métodos eran vistos de manera desconfiada y que él mismo describe cómo se debe apelar a la suma prudencia, moderación y austeridad para que este mecanismo de financiación sea efectivo y duradero en el tiempo. Más allá del entusiasmo que pudo haber generado el espíritu de la época, es sorprendente cómo describiendo de manera tan exacta el carácter latino, no haya previsto que este mecanismo del estado es una espada de doble filo.

    Preguntas al autor.

    ¿Habría que, amén de una reforma impositiva, unificar y simplificar el sistema de tributos que utiliza la república?
    ¿Qué mecanismo se podría utilizar para evitar el despilfarro del tesoro que es tan común a nuestro país?
    ¿Seguiría creyendo la tributación indirecta es la más igualitaria?

  12. Alberdi analiza los medios por los cuales se obtiene recursos para el estado nacional sobre ventas o locación de tierras públicas, para él las ventas es más beneficiosa para el estado ya que favorece la población del país. La venta puede por cualquier método, al contado, en grandes o pequeñas parcelas a extranjeros o pobladores individuales. La tierra es fuente de otros recursos para el bienestar general, al estar despoblada gran partes de las tierras del país, se puede invitar a poblar a los extranjeros o inmigrantes para que se incorporen con su experiencia laboral, así fomentar la producción, la riqueza y poblar el país.
    Alberdi sostiene que la argentina cuenta con tres grandes bases de crédito público que son la estabilidad política, la estabilidad económica y la navegación libre. En el artículo 4 de la Constitución sobre distintas formas de recaudar la renta con destinos al tesoro nacional, dicho artículo dice a la venta o alquiler de tierras de dominio público como medio de producir renta estatal.
    El correo se convirtió en un gasto público ya que no recaudaba capital, sino generaba pérdidas, la expansión de tierras sería beneficiosa para el mismo que la renta de correos es la más Nacional de las rentas, ya que la contribución que le sirve es soportada por todas las provincias del territorio.
    Alberdi hace una distinción entre contribuciones directas e indirectas, menciona a los empréstitos y las operaciones de créditos como fondo del tesoro nacional.
    Novedoso:
    Me parece novedoso que las formas de recaudar que tenía el estado nacional hoy son de poco uso, ya que la tecnología está reemplazando en comparación al uso del servicio de correo. El estado posee menos recursos para recaudar comparando con lo que se utilizan en esa época para solventar el gasto público.
    Preguntas
    1 ¿La tecnología afecta la recaudación del Estado?
    2. ¿Cómo aumentaría la recaudación del Estado?
    3 ¿Cambiaría las formas de recaudar?

Responder a Estefanía Velkavrh Rotter Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *