Federalismo fiscal: los recursos de las provincias y los de la Nación según la Constitución y Alberdi

Con los alumnos de la UBA Derecho, vemos el Sistema Económico y Rentístico de Alberdi, donde habla sobre el federalismo fiscal y comenta la división de recursos fiscales entre las provincias y el gobierno nacional:

Alberdi

“Las provincias no abandonan, no enajenan, ni se desprenden de la porción de su renta, que entregan al Tesoro nacional. Este Tesoro nacional es tan propio y peculiar de las provincias reunidas en cuerpo de nación, como lo es de cada una el de su distrito. No abandonan un ápice de su renta en esa delegación. Respecto de una porción de ella, sólo ceden a la Confederación un modo local de crear y de invertir esa renta, en cambio de otro modo nacional de crear y de invertir esa misma porción de su renta, que abandonan en apariencia, pero que en realidad toman. El Tesoro nacional no es un tesoro independiente y ajeno de las provincias. Formado de las contribuciones pagadas por todas ellas, de los fondos en tierras y en valores que a todas pertenecen, de los créditos contraídos bajo su responsabilidad unida, el Tesoro nacional pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación, y está destinado a invertirse en las necesidades de un gobierno elegido, creado, costeado por las provincias, cual es su gobierno común y nacional, que es gobierno tan suyo como es de cada provincia su gobierno local.

Toda la diferencia está en que, en vez de pertenecer a cada provincia aisladamente, el Tesoro nacional pertenece a todas juntas reunidas en cuerpo de nación. Así cada provincia, en vez de tener un tesoro, tiene dos: el de su localidad y el de la Nación. Los dos son invertidos en su provecho: el uno en sostén del gobierno encargado de hacer cumplir la Constitución general, y el otro en sostener al gobierno que tiene a su cargo el orden local de la provincia; el uno se invierte en el gasto que cuesta sostener la independencia nacional, el otro en el gasto ocasionado por la necesidad de mantener la independencia y soberanía relativas y domésticas de cada provincia. Uno y otro tesoro son creados por el pueblo de cada provincia: en ambos existen las contribuciones salidas de su bolsillo; de los dos dispone el pue-blo contribuyente; por sus representantes en el Congreso general vota el impuesto y el gasto nacional, y por su Legislatura de provincia dispone de su tesoro reservado y local. La formación de un tesoro nacional es un mecanismo por el cual los Cordobeses y Riojanos, v, g., perciben contribuciones en Buenos Aires, y recíprocamente Buenos Aires, en Córdoba y La Rioja. Delegando recursos, las provincias no hacen más que aumentar su tesoro. Aisladas, cada una dispone de dos o trescientos mil pesos anuales; reunidos sus recursos, dispone de tres o cuatro millones de pesos fuertes por cada año. Celebrar esta unión de rentas, es lo que se llama nacionalizar sus contribuciones, crear un Tesoro nacional; lo que vale decir, constituir un gobierno nacional, componer un Estado, formar una patriaa, en lugar de ser un grupo disperso e inconexo de pueblos sin nombre. común, sin crédito exterior, sin figura respetable en la familia de las naciones.

«Quien divide sus fuerzas, dice Cormenin, las pierde; quien apetece la libertad, desea el orden; quien quiere el orden, quiere un pueblo arreglado; quien quiere un pueblo arreglado, quiere un gobierno fuerte; y quien quiere un gobierno fuerte, quiere gobierno nacionalb. Añadid que no hay gobierno central, ni orden constitucional, ni libertad, sin unión de rentas, sin Tesoro nacional, porque el Tesoro es el poder mismo, es el instrumento de orden y de libertad, y no hay Tesoro capaz de esos efectos vitales si no hay unión y consolidación de rentas.

Muy juiciosa ha sido, pues, la Constitución argentina en dar principio a la organización de un gobierno nacional por la creación de un Tesoro nacional, formándole de recursos que con igual sensatez ha declarado nacionales en su art. 4; porque lo son por su naturaleza, origen y destino, y lo fueron siempre en el suelo argentino por sus leyes- fiscales antiguas y modernas de carácter nacional.”

53 pensamientos en “Federalismo fiscal: los recursos de las provincias y los de la Nación según la Constitución y Alberdi

  1. La producción de riqueza al igual que su distribución y el consumo, se encuentran los tres objetos correlativamente unidos entre sí, los principios que la Constitución menciona son los mismos para los tres objetos.
    Al aplicar los principios, la Constitución sigue la premisa que la riqueza se busca por el camino de la libertad de tender al bienestar general de que la renta del estado aumente cuando aumenta la renta del gobernado, todo esto es el sistema rentístico.
    El hombre produce riqueza para satisfacer sus necesidades, esto se llama en economía, consumo, la Constitución garantiza este derecho esencial del hombre, el consumo tiene leyes propias que apoyan su conservación y desarrollo, el hombre sabe por instinto hasta que punto puede consumir sin quedar en la pobreza, no necesita de leyes que le digan que y como consumir, en cambio el gasto público distinto al gasto privado que hace el hombre, deben existir leyes que ubiquen los fondos recaudados por el estado, en lo verdaderos destinos que el bienestar general requiere.
    Al hablar de gasto se debe considerar un sólo gasto que tiene por único aportante al hombre en sociedad, el hombre realiza un gasto privado para satisfacer sus necesidades y un gasto o consumo público por intermedio de su gobierno, para satisfacer necesidades generales de la comunidad. La Constitución garantiza el derecho al consumo privado, las normas no deben atacar la libertad de consumo, ni el considerado improductivo ni el productivo atacar éste último es atacar la producción, conduciendo a un empobrecimiento del país, las leyes de aduana son un claro ejemplo de ataque al consumo improductivo, ya que no permiten a la población disfrutar de productos extranjeros por los altos impuestos a los que son sometidos.
    Toda Nación para ser realmente soberana necesita de un gobierno, para darle existencia es necesario crear un tesoro nacional, no es posible un gobierno gratis, el país que no puede costear un gobierno no debe existir como nación independiente, el gobierno requiere de empleados a los que se le debe pagar sueldo, el sueldo es garantía que los empleados no se corromperán, en el país existe un tesoro nacional para costear el gobierno, esto está determinado en el art. 4 de la Constitución, en donde detalla el origen de los fondos útiles a su formación. Alberdi comenta el problema que el país sufre tras la separación de la provincia de Buenos Aires del resto de las provincias, pero asegura que la Confederación puede perfectamente costearse su gobierno, esperanzado en que en poco tiempo Buenos Aires se unirá nuevamente al resto del país, debiendo devolver determinadas ventajas que corresponden a la nación toda.
    Alberdi dice que los recursos necesarios para formar el tesoro nacional, deben ser nacionalizados, siempre en todo gobierno fueron recursos nacionales, ventajosos para conservar la independencia del territorio.
    Cuando falto una autoridad central, cada provincia dispuso como propia, las rentas obtenidas dentro de sus territorios, olvidándose que debe existir una renta nacional.
    La Constitución aparte de la existencia de un tesoro nacional, reconoce la presencia de un tesoro por cada una de las provincias, cada uno de ellos se compone de los recursos provinciales no delegados a la nación, la formación de esos tesoros se debe dar con la recolección de impuestos que no se superpongan con los impuestos nacionales y en caso de superposición, constitucionalmente la permanencia del impuesto corre a favor de la nación, de todos modos cuando las provincias entregan parte de su renta a la formación del tesoro nacional no se desprenden de ella, ya que el tesoro nacional no es ajeno a las provincias pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación.
    La elaboración de un sistema rentístico nacional requiere de la participación de los ministros de hacienda, que deben organizar, establecer y distribuir las contribuciones que el pueblo debe pagar, todo esto debe contar con infraestructura edilicia, funcionarios, empleados, al centralizar la renta es lograr la unidad política de la república.

    Lo importante
    Producir riqueza, distribuirla equitativamente y permitir que el hombre común consuma sin restricciones que obstaculicen sus derechos, dan la posibilidad que el hombre pueda aportar una parte de su renta en beneficio de un tesoro nacional fuerte sin empobrecerlo, esa es la receta más efectiva para que una nación de mantenga libre y soberana, las divisiones entre las distintas regiones que conforman el país, resultan nocivas para una nación que pretende estar unida.

    Tres preguntas
    ¿Qué pensaría Alberdi de la Ley de Coparticipación Federal y de los premios o castigos provenientes del tesoro nacional que los gobiernos de turno usan para manejar a los gobernadores?
    ¿Cómo vería Alberdi el hecho que la coparticipación Federal comenzó con un porcentaje a favor de la nación del 42.34 % y el 54,66 m% para las provincias y en los últimos años bajo al 33 % a favor de esta últimas?
    ¿Si Alberdi viviera las diferentes crisis que padeció el país, justificaría para defender las fuentes de empleo locales, aplicar políticas proteccionistas transitorias como ser aranceles elevados para la importación de productos?

  2. «Si no se implementa la reforma tributaria la democracia será explosiva» Roque Sáenz Peña 1912
    12 AÑOS sin hacer LA REFORMA TRIBUTARIA que soluciona la DESIGUALDAD y el acceso a TIERRA, TECHO Y TRABAJO, tiene su costo: FINAL PARA EL KIRCHNERISMO como fue el final para Irigoyen. Perón, Alfonsín y Menem por traicionar el principio fundante y fecundante de la Revolución de Mayo de 1810.

    LUCHE Y VUELVE el sistema económico y rentístico de nuestra Constitución, según el derecho enfitéutico de la Revolución de mayo de 1810, inspirado en Dios -levítico 25:23- fuente de toda razón y justicia, como tienen Australia, Canadá, Nueva Zelanda, Hong Kong, Singapur y Dinamarca
    Estimulemos a los intelectuales y pronto habrá un nuevo despertar.
    Los conservadores lograron -vía inquisición, guerra de aniquilamiento y educación obligatoria- la homologación del antiguo régimen tributario y esclavista en nombre de la libertad de la nación, luego los medios y los Think Tanks culminaron la faena. El kirchnerismo cae por conservador.

    Sin sistema Rentístico -1,5% del valor de la tierra libre de mejoras- que reemplace a los 93 impuestos al trabajo, no hay justicia, ni derechos individuales, ni libertad, ni igualdad, ni fraternidad, ni democracia, ni república, ni federación, ni paz

  3. SABRINA DE SARIO DNI:38129237
    Resumen:
    Alberdi desarrolla a lo largo de todo el texto las disposiciones de la Constitución que se refieren a la producción de las riquezas, las relativas a su distribución, y a los consumos, y expresa que son tres funciones correlativas que componen la riqueza. La Constitución ha sido fiel a su sistema de buscar la riqueza por el camino de la libertad; de servir al interés del fisco por medio del bienestar general; de obtener el aumento de la riqueza del gobierno por el aumento de la riqueza de los gobernados. El conjunto de estas reglas y garantías forma lo que se llama el sistema rentístico. El consumo es cuando el ciudadano destina su riqueza a satisfacer sus necesidades, derecho esencial del hombre. Ese instinto le enseña a consumir sin empobrecer, lo cual constituye la economía, que no es sino el juicio en los gastos. En el gasto privado, el estado debe procurar su abstención completa; un apoyo negativo que no le estorbe, que no le restrinja su libertad. En el gasto público, todo el apoyo que exige de la ley, es que ella intervenga sólo para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien general. Son los mismos los principios que gobiernan el gasto público y el gasto privado. El autor expresa que se llama gasto o consumo público al que el hombre efectúa por el intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva, que consiste en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales.

    Lo novedoso/ importante del texto:
    Destaco la expresión del autor cuando desarrolla que gastar o consumir con juicio, es satisfacer las necesidades de hoy sin desatender las necesidades de mañana, considerando esta facultad como parte del instinto de conservación del hombre. El autor desarrolla la diferencia entre el gasto improductivo, es decir lo que se consume hoy para satisfacer una necesidad, y el gasto reproductivo, que es cuando se gasta para conservar o agrandar la reproducción del valor. Expresa con un firmeza que restringir la libertad del consumo industrial, es atacar la producción riqueza, es empobrecer el país , y se suelen cometer estos ataques por todas las leyes y reglamentos que intervienen en la producción. Estorbar el consumo improductivo es atentar contra la libertad de usar y disponer de su propiedad que concede el art. 14 de la C.N. Para el autor las leyes y reglamentos de aduana que, por proteger industrias nacionales, obligan particulares a consumir los malos productos del país.
    Por otro lado, Alberdi desarrolla la cuestión del tesoro Nacional, expresado en el art 4 CN, lo cual permite a un estado ser soberano y libre, adoptando un sistema de centralización. El estado necesita del gasto público, no puede haber gobierno gratis, pero tampoco debe ser el más caro. Pero además la CN admite el tesoro provincial, compuesto por todos los poderes no delegados a la Nación. Sin embargo, para evitar la doble imposición, apoyando personalmente el planteo del autor, las provincias deben participar al gobierno Nacional porque no es independiente y ajeno al tesoro de las provincias, sino que le pertenece a todas en su conjunto. Por ello las provincias tienen dos tesoros el local y el nacional. Para finalizar, vale la pena agregar la conclusión que plantea el autor, el cual expresa que en nuestro país recursos hay , pero lo que falta es una adecuada administración , problema que en la actualidad sigue estando presente.
    Tres preguntas al autor:
    – En la actualidad hay una limitación al consumo de los bienes importados y por lo tanto esto obliga a los ciudadanos a un obligado consumo nacional, ¿esto realmente es útil para proteger las industrias nacionales? ¿tiene verdaderas consecuencias positivas sobre el producto nacional o sólo es útil como una solución temporal a corto plazo?
    – ¿Considera que la ley de coparticipación federal de recursos fiscales realmente cumple con las disposiciones constitucionales ? ¿Qué opina sobre los porcentajes fijos que expresa la ley?
    – ¿ Este sistema de centralización en el gobierno nacional del tesoro nacional , garantiza realmente una equitativa distribución entre las provincias? ¿No hay ciertos “favoritismos” a partir de acuerdos con el gobierno de turno en los cuales algunas provincias reciben más recursos que otras que de verdad lo necesitan debido a que sus tesoros provinciales no son suficientes?

  4. Resumen
    En esta tercera parte, Alberdi trata sobre la formación del tesoro nacional y su posterior empleo, volviendo a recalcar que los principios que rigen al consumo son los mismos que los aplicados a la producción y distribución de la riqueza, léase: libertad, seguridad, igualdad, propiedad, y recordando que la riqueza de la Nación es preferible sobre la riqueza del fisco.
    No obstante, asegura que el consumo tiene leyes de conservación y desarrollo propias que el hombre observa, por ejemplo, consumir sin empobrecerse.
    Seguidamente, distingue entre el consumo público y el privado, donde la ley juega en el primera un rol de de impedir que se distraiga de su destino, es decir, el bien general (es el gasto público), y en la segunda, el rol de una completa abstención de intervención. Y luego realiza un segunda distinción, entre consumo productivo e improductivo, siendo este último el que va a analizar y definiéndolo como aquel que se hace sin miras de ganar, es decir, el gasto que se hace en vivir.
    Por último, hace un repaso por los medios que la constitución consagra para formar el tesoro con que existirá el gobierno y su organización, es decir, lo necesario para el ejercicio de la soberanía, porque quién no puede costear un gobierno, no es independiente. Y traza paralelismos, diferencias, relaciones y pactos entre la provincia de Buenos Aires y la demás que componen la Confederación.

    Novedoso

    La posición que toma Alberdi respecto a la situación de independencia de la provincia de Buenos Aires. Sin rodeos en sus palabras, está seguro que es un mal profundo y grave para el país la descentralización política y que la solución (pues debe ser solucionado) no debe ser a través de las armas sino de la diplomacia y que no puede realizarse de un día para el otro ya que las costumbre arraigadas son mucho más difíciles de derogar que una ley, y teniendo en cuenta, claro, que la incorporación rentística no sería tarea fácil, ya que Buenos Aires debería entregar determinados derechos que poseía como los de importación y exportación, entre otros.
    Por lo expuesto, la decisión de incorporarse a la confederación y así formar una unidad política y rentística no era nada fácil, desprenderse de los derechos de acuñar moneda, reglar el comercio, aduanas, hacían dudar de si convenía a esa provincia ser parte de la unidad del tesoro nacional.
    Según Alberdi, hacerlo, solo le traería satisfacciones ya que multiplicaría sus ingresos delegando determinados poderes, pero conservando otros. De esta manera, se produciría una nacionalización de sus contribuciones, un tesoro nacional, por lo tanto, la constitución de un verdadero gobierno nacional.

    Preguntas
    1) ¿Consume nuestro país “con juicio”? es decir, ¿satisface las necesidades de hoy sin desatender las de mañana?
    2) ¿las restricciones a la importación y exportación no son contrarias a la libertad de consumo? ¿Por qué los candidatos actuales hablan de eliminar las restricciones de los productos agrícolas excepto el de la soja?
    3) ¿realmente impidiendo las importaciones se defiende la industria nacional? ¿Qué políticas podrían implementarse para permitirlas y a la vez no desproteger la industria?

  5. Comentario sobre la Tercera Parte, Capítulos I, II y III (acápites I, II y III)

    • Resumen

    Esta parte trata sobre la conformación, organización y administración de un tesoro Nacional que tiene como objeto proveer de los recursos necesarios para sufragar los gastos de mantenimiento del Estado. Las Provincias Unidas así lo han decidido al respetar los pactos preexistentes a la Constitución. De esta forma, se ceden (léase nacionalizan) recursos a la Nación tales como las rentas aduaneras y el crédito. Esta unidad rentística, preexistente de tiempos coloniales, es esencial para proveer al Tesoro, que es condición sine qua non de la conformación de una Nación. El nacional no es el único Tesoro, sino que existen los provinciales, conformado por toda la riqueza no delegada al primero. No es la falta de recursos lo que sufre el Tesoro Nacional, sino de una organización y administración, que es la ventaja con la que corre Buenos Aires. Una vez creado el aparato estatal y contratados los funcionarios, la organización permitirá recolectar los infinitos recursos que tiene la Nación y que serán la base de su desarrollo y progreso

    • Cuestiones Relevantes

    Alberdi entendía que la riqueza del Tesoro Nacional sería infinitamente mayor en cuanto mayor sea la riqueza de los individuos. En ese sentido, la libertad para hacer y producir era esencial para lograr este resultado. La realidad actual de la Nación comprueba empíricamente esta proposición: Hoy en día tenemos un Tesoro sumamente organizado con agencias altamente especializadas y de gran alcance (AFIP, ARBA, AGIP,etc). Sin embargo, la recaudación es cada vez menor, paralelo a que la presión fiscal es cada vez mayor. Esto se debe, entiendo, a que Alberdi ha sido completamente ignorado. Las regulaciones y presiones excesivas han ahuyentado la inversión y promocionado los mercados paralelos y la economía informal. “No fue magia”, sino producto de políticas deficientes que tienen estancado al país hace más de cuatro años. La constitución tiene más de 150 años, quizá sea hora de prestarle atención.

    • Preguntas

    1. ¿Cómo evalúa la organización actual del Tesoro Nacional?
    2. ¿Qué opinión le merece la ley vigente de coparticipación Federal?
    3. ¿Qué cambios considera deben hacerse para reducir la excesiva centralización de recursos en Bs As y promover el desarrollo de todas las riquezas que tiene el interior?

  6. BLANCO, Fabiola

    TERCERA PARTE (Cap. 1, 2, 3 – subtítulos I, II, III)
    RESUMEN:
    Alberdi comienza a analizar el sistema rentístico de la CN, en virtud de la aplicación de los ppios.(libertad, igualdad, propiedad y seguridad) Ya aplicados a la producción y distribución. La riqueza del hombre tiene por fin satisfacer sus necesidades, destino natural al que llamamos consumo. Distingue el gasto privado y el público, teniendo ambos como denominador común el hombre en la Sociedad siendo el primero para satisfacer necesidades propias y de los suyos y el segundo para las necesidades del colectivo común que integra. El hombre espera de las leyes que no intervengan en su criterio de conservación y que no distorsionen el destino del gasto público. En lo que respecta al consumo privado distingue el gasto improductivo y el reproductivo, sosteniendo que de ninguna manera puede la Ley desvirtuar la libertad. “El tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente” el Estado una vez erigido necesita medios para su existencia, nada se supone gratuito. Sostiene que la forma prevista por la CN para formar el Tesoro es legítima y cuestiona la independencia relativa de Bs. As. “No hay soberanía Nacional donde la ley no emana del mayor numero”. Se refiere a la formación de la Unidad rentística por parte de los pactos que han dado en llamar federales; El art. 4 CN, sustento el tesoro y perteneció al país con todos los gobiernos, incluso a las provincias todas ellas reunidas en nombre de la Nación. “Centralizar la renta, crear un Tesoro Nacional”.-
    IMPORTANTE, SORPRENDENTE:
    Prioriza la riqueza de los gobernados por sobre la del fisco, sostiene que es fundamental que la riqueza esté en manos de éstos dándoles la posibilidad de producirla y distribuirla para luego confluir todos en la contribución a la formación del Tesoro Nacional. La Constitución debe garantizar la libertad, como correlato de las leyes naturales que rigen el consumo. Habla del instinto del hombre y de la razón de ser de la economía, el no confundir la política económica (de gastos y consumos) con el sistema de rentas y la hacienda fiscal. Es en el sistema de Gasto Público donde reside el sistema de rentas y hacienda de la Nación. “Consumir implica indirectamente producir”, porque incentiva la producción para poder satisfacer las necesidades, es una forma de generar riqueza, de ahí la importancia tal de la libertad. No limitar con leyes el consumo improductivo porque implica desconocer derechos tales como “usar y disponer de la propiedad”. Si un gobierno no puede asegurar la existencia de modo de garantizar su independencia y libertad, implica darlo a manos extranjeras cuando no la esclavitud misma. A la Confederación no le faltan recursos sino un sistema administrativo que sepa organizarlos y utilizarlos, aun con una de las provincias aisladas.-
    PREGUNTAS:
    Ya que se prioriza la generación de riqueza de los gobernados para luego así y posteriormente enriquecer el fisco, de qué manera legal podemos revertir la situación que se da cuando el fisco “saca” de nuestros bolsillos grandes sumas sin nosotros sentirnos retribuidos?
    Cuál es el fin que en última instancia persiguen los gobernantes al sancionar leyes que nos limitan en nuestro “consumo privado improductivo o estéril” con la justificación de la producción de la industria nacional por ejemplo, entre otras?
    Si las provincias forman parte del tesoro en la unidad de la Nación, como se explica que pueda desconocerse la constitución, cuando no se cumple con la coparticipación y hay provincias que reciben poco y hasta a veces nada para sustentarse?

  7. RESUMEN
    En la tercera y ultima parte de su libro Alberdi nos cuanta su vision hacerca del consumo y formacion del tesoro nacional la constitucion Argentina en todos sus aspectos fue fiel a los principios de libertad,igualdad,propiedad privada y seguridad las cuales son aplicables del mismo modo que a la producción al consumo o al modo de disponer de la riqueza para satisfacer necesidades propias o familiares de manera privada pero además de ello Alberdi nos hace referencia al consumo publico que hacen las personas es decir aquel que se hace por medio del gobierno para satisfacer necesidades colectivas como ser defendido,respetado,y protegido.
    Por ello, nos señana el modo de sufragar esos gastos ya que no puede haber un gobierno gratuito. Y no hay otro modo que el de crear un tesoro nacional correlativo a la funcion gobernadora para que se cumplan los intereses generales del pueblo,ejecer la soberania sobre su territorio y ser libre totalmente frente a otros paises.
    No reconocer este deber es abdicar la libertad o de otro modo entregar el gobierno a quien pueda soportar sus gastos. Garantizandole también a las provincias la potestad de crear sus tesoros regionales y siendo coparticipe del tesoro nacional es decir que pertenece a todas juntas reunidas en cuerpo de nacion.
    Por ello parte del consumo debe ser destinado por los habitantes como contribución al fisco para las necesidades colectivas. Siendo este el modo de crear la unificación política de la República Argentina.

    IMPORTANTE
    Considero relevante la vision de alberdi en que el pueblo de algún modo debe soportar a su gobierno,pero lo importante aqui seria que el dinero no sea desviado a otros fines como en la realidad ocurre,o que se le deba a la provincia de Córdoba y demas provincias 4 años seguidos de su parte de la renta nacional. Para solvemtar sus gastos pienso que alberdi tiene una idea hacertada de lo que deberia ser pero que en la realidad se hace uso y abuso de los impuestos no solo en general sino tambien en materia comercial y demas.
    Y lo generado con ello no se utiliza o se utiliza para fines innecesarios contrario a los fines de Alberdi.

    PREGUNTAS
    ¿Que piensa hacerca de que a las proviqncias de Córdoba y generalmente norteñas se le debe 4 años de su cuota de la renta nacional?
    ¿Cree que argentina alguna vez hizo un buen uso general de la renta del tesoro nacional?
    ¿Piensa que es justificado utilizar los fondos para otros fines no previstos pero que tengan en su vision el bien común?

  8. Resumen:
    En este capítulo Alberdi habla sobre cómo se forma el tesoro nacional. En principio define qué es el consumo, y dice que es el juicio de los gastos, es decir cómo se eligen gastar los recursos disponibles. El diferencia entre dos tipos de gastos, el privado y el público, estos se basan en un derecho natural del hombre de gastar o consumir según su criterio, y en servicio de sus intereses de conservación y de progreso. Estos gastos no son dos gastos distintos, sino dos modos de un mismo gasto. El gasto privado lo realiza el hombre particular para saciar las necesidades propias y de su familia. El gasto público es es que se utiliza para satisfacer necesidades colectivas y se realiza por intermedio del gobierno.
    Dentro del gasto privado diferencia dos tipos, el improductivo (para la subsistencia diaria) y el reproductivo (para conservar o agrandar por la reproducción, es una inversión para mañana).
    Sobre el gasto público establece que debe realizarse mediante un tesoro nacional, el cual es un elemento esencial de un gobierno. “el país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía, es decir, no poder existir independientemente, no poder ser libre.”
    Importante:
    Quiero destacar que Alberdi remarca constantemente los principios que deben regir cada una de las instituciones que desarrolla la constitución. En esta parte habla sobre el consumo, el gasto, y el mismo debe estar regido por los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad. En la actualidad de nuestro país podemos ver cómo se vulneran constantemente estos principios, al no dejar que ingresen y egresen ciertos productos se limita el consumo del particular y de los emprendedores. Cómo uno puede ser libre de gastar sus recursos si te limitan lo que podés y lo que no podés comprar e imponen retenciones al ingreso de ciertos productos de ciertos países. Creo yo que las barreras del comercio deben levantarse para así tener libertad de elección en lo que uno quiere gastar o invertir.
    Tres preguntas:
    1-¿Actualmente hay una distribución equitativa del tesoro nacional entre las provincias?
    2-¿Deberían recibir más porcentaje de la coparticipación aquellas provincias que más aportan con su producción?
    3- ¿Debería dejar de ser Buenos Aires la capital administrativa del país y mudarse a otra provincia para generar otro centro y desarrollar así otras provincias?

  9. Consumir la riqueza es un derecho esencial del hombre en sociedad. El arte de gastar forma parte del arte de enriquecer. A la ciencia de la riqueza se la llama economía. Se llama gasto o consumo privado el que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades de familia, téngala propia o sea soltero; y se llama gasto o consumo público el que ese mismo hombre efectúa por el intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva, que consiste en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales.
    Los ataques que la ley puede hacer a la libertad de los consumos privados, son de tantas especies como los consumos mismos. El instinto de su conservación propia hace conocer del hombre la regla sencilla gastar o consumir con juicio. El gasto puede ser improductivo o productivo. Estorbar el consumo estéril es no solamente atentar contra la libertad de usar y disponer de su propiedad, que concede el art. 14 de la Constitución, sino entristecer, marchitar esa flor de existencia fantástica, que hace el esplendor de los pueblos cultos, y constituye un manantial indirecto de su producción y riqueza general.
    La política debe buscar el bien común de la República, no el amalgama instantáneo de intereses puestos en oposición por desaciertos anteriores que no es del caso juzgar, sino en el progreso, en la población y bienestar de que son igualmente capaces las dos grandes divisiones transitorias de la República, encerrándolas no obstante en la unidad nacional.
    Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al. gobierno federal. Algunos de estos recursos provinciales delegados. el Tesoro nacional pertenece a todas las provincias.
    Importante :
    Alberdi en estas líneas destaca que el consumir genera riqueza, reitera entonces desde otro punto la importancia de generar riqueza en un país. Para que esto ocurra el considera que no se le debe aplicar limitaciones ala consumo. Explica que el gasto debe ser con cuidado , con juicio, y que el hombre esto lo conoce porque pertenece a su instinto de supervivencia. Describe también que las presiones impositivas desalientan la inversión y en consecuencia promueven la instalación de mercados paralelos o informales.
    Preguntas:
    1 ) qué opinión le merece la ley de coparticipación ?
    2) qué políticas económicas podríamos implementar para generar más inversiones ?
    3) que opinión le merece la distribución de dinero que se viene realizando en las leyes de presupuesto de la última década ?

  10. En cuanto al siguiente capítulo, se puede ver cómo era necesaria la incorporación de Buenos Aires como centro de la organización nacional, ya que de ella se podía desprender la estructura administrativa necesaria para la formación e implementación del Tesoro Nacional. Retoma, además, una breve explicación de la composición de tal Tesoro, en cuanto le corresponde los valores nacionales (consistentes en propiedades, créditos, establecimientos y tierras de utilidad nacional), rentas percibidas por locación a particulares, y las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso Nacional, y de forma exclusiva (es decir, que no pueden ser percibidas primeramente por las provincias) el derecho de aduanas, la renta de correos, y los derechos de tonelaje y amonedación.

    En cuanto a lo importante, Alberdi comienza a destacar cada uno de estos recursos con los que se conformará el Tesoro, siendo el primero de ellos la productividad de las tierras públicas.
    En primer lugar, destaca que las tierras nacionales son comparativamente mas útiles como recursos fiscales, es decir, que el Estado percibirá valores más altos si permite que sus habitantes generen recursos a partir de su utilización y así poder imponer ciertos impuestos sin interferir en estas actividades.
    También considera que la Confederación cuenta con la libertad de navegación interior que permite a las provincias y a los países de Europa acceder mediante ciertos pasos fluviales (por ejemplo, el Paraná) para llegar a los puertos, facilitando la circulación de bienes, tanto locales como extranjeros. Esta cuestión era distinta en los periodos coloniales, ya que las regulaciones en ese entonces sólo permitía el desembarco por el Puerto de Buenos Aires.

    Preguntas

    – Hasta ese momento, la Confederación Argentina no contaba con deuda pública propia, sino que Buenos Aires por su cuenta la tomaba, siendo ella la responsable de la misma, ¿considera un buen recurso haber tomado deuda pública, siendo que el Estado contaba con la explotación de otros medios, antes de llegar al mismo?
    – Usted considera que la tierra perteneciente a nuestro país es rica, no por lo que genera naturalmente, sino por su potencialidad, siempre y cuando sea intervenida por el factor trabajo, ¿ha sido aprovechada esa potencialidad o no?
    – ¿Supone usted una ventaja que la producción agrícola argentina se sustente mayormente en la exportación de un solo producto, como la soja, o preferiría una diversificación?

  11. Resumen:
    La riqueza que tiene origen en el trabajo del hombre no tiene otro objeto o fin que no sea el de satisfacer sus necesidades puesto que se considera uno de los derechos más importantes que aquel posee para promover a su desarrollo y existencia. En este punto, la Constitución juega un papel central dado que garantiza este derecho por medio de los principios, tantas veces mencionados de propiedad, libertad, seguridad e igualdad. Por otra parte es relevante señalar que atacar o restringir esta libertad de consumo que pesa sobre los individuos no es más que empobrecer el país.

    Novedoso o importante:
    Me parece importante destacar los dichos del autor cuando se refiere al hecho de que constituir un gobierno supone también brindarle las herramientas y medios de existir esto es, formar un Tesoro nacional. La imposibilidad de hacer frente a los costos que un gobierno demanda significa no poder existir como nación independiente, lo que a su vez supone no poder ejercer su soberanía terminando por entregarse a aquel o aquellos que si puedan costearlo.
    Por último y como otro de los puntos que entiendo importantes de mencionar, es el relativo a las maneras en las que debería formarse aquel tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional, enumerados todos en el artículo 4 de la Constitución Nacional para concluir finalmente, en que no son recursos precisamente los que faltan sino más bien un sistema administrativo que sepa dar cuenta de la infinidad de recursos existentes para con posterioridad, ordenarlos y recolectarlos en un arca común y nacional.

    Tres preguntas al autor:
    1)- Dada la situación económica y financiera actual ¿Existe la posibilidad de que el gobierno entrante no pueda ejercer plenamente su soberanía de acuerdo a los dichos de Alberdi?
    2)- A lo largo de la historia ¿Se logró que algún gobierno pudiera instaurar un sistema que administrara los recursos existentes y a su vez estos se maximizaran?
    3)- ¿Es eficaz la manera en la que se lleva a cabo el gasto público en la actualidad?

  12. TEXTO
    En la Tercera Parte, Alberdi nos enseña que la producción de la riqueza, su distribución y el consumo son tres funciones correlativas que la Constitución Nacional somete a los mismos principios. La Constitución busca que la riqueza sea por el camino de la libertad y lograr el bienestar general, que el gobierno debe obtener su riqueza a partir de la riqueza de quienes gobierna. También hace una diferencia entre el consumo privado, para satisfacer las necesidades propias, llamada gasto improductivo, y el consumo o gasto público, destinado a satisfacer las necesidades colectivas en busca del bien general.Considera que ese consumo improductivo es un instinto que el hombre puede consumir sin empobrecer, ésto es lo que constituye la economía. Estos dos modos de un mismo gasto tienen en el hombre su centro. La ley no debe interferir en su criterio de conservación ni en el gasto público sino solamente para impedir que se distraiga su verdadero fin.
    Una Nación necesita de un gobierno que para lograr su organización y costear sus gasto requiere de un tesoro nacional que es establecido en la Constitución y lo diferencia de un tesoro provincial, ambos son para su provecho. Se hace mención a los pactos de la Provincia de Buenos Aires y las provincias que conforman la Confederación, afirmando que la Confederación posee recursos, lo que le hace falta es un sistema administrativo.

    IMPORTANTE
    Consumir implica satisfacer las necesidades, o sea que se incentiva la producción. Ésa es una forma de generar riquezas, de ahí la importancia del ejercicio de la libertad y por tanto las leyes no deben afectar el consumo, sino se están afectando derechos.
    La Constitución Argentina organiza un gobierno nacional con la creación de un Tesoro Nacional, cuyos recursos establece en el art. 4, producto de las aduanas, de las rentas, de correos, de los derechos de tonelaje, de la amonedación; las provincias conservan todo el poder no delegado conforme la Constitución al gobierno federal y otros son delegados a medias. La renta y la locación de tierras públicas, las contribuciones directas e indirectas y el crédito. Sin que ello implique una doble imposición.

    Preguntas:

    1) ¿Qué explicación puede darse a la falta de cumplimiento de la ley de coparticipación?
    2) ¿Qué cambios deberían hacerse para que la ley de coparticipación fuera verdaderamente equitativa?
    3) El tesoro nacional ¿Es un verdadero poder?

  13. RESUMEN:
    Alberdi plantea que libertad, bienestar general, formación y aumento de la riqueza, igualdad, propiedad y seguridad, inversiones, el conjunto de estas reglas y garantías es el sistema de finanzas de la Constitución
    Distingue el gasto privado, al que no se debe estorbar ni restringir su libertad de gastar o consumir al hombre, en satisfacción de sus necesidades; el gasto público requiere apoyo de la ley, en protección del bien general. Estos son dos modos de un mismo gasto, que tiene por único sufragante al hombre en sociedad.
    Lo que consumís hoy para satisfacer una necesidad, se llama gasto improductivo, lo que gastas para conservar o agrandar por la reproducción el valor que aplicaras mañana a la necesidad de vivir, es el gasto reproductivo que puede verse perjudicado, por ejemplo mediante leyes o reglamentos de aduana que por proteger lo nacional obliguen a los particulares a consumir productos nacionales de baja calidad, consecuencia de productos extranjeros encarecidos por los impuestos excesivos.
    Luego que se erige un gobierno, es menester darle medios de existir, formarle un Tesoro, hombres en el servicio de la administración, sueldos, edificios, todos gastos a expensas del Estado.
    Admitiéndose por la Constitución la existencia de gobiernos provinciales soberanos por su poder no delegado al Gobierno Federal, eran necesarios tesoros provinciales, otros que bajo ningún aspecto podrían delegarse y pertenecen forman el tesoro Nacional que no es independiente y ajeno de las provincias.

    IMPORTANTE:
    Me resultaron muy simples de comprender las diferenciaciones que realizó entre conceptos que ensamblados forman la postura liberal con tinte de federalismo tan marcada de Alberdi como lo referido a tesoros y gastos.
    Notable lo referido a los medios empleados para lograr acuerdos, sean tratados nacionales o internacionales.
    Importante la manera en la que a través de sus capítulos realiza un marco cronológico de la manera en que formar el país una vez lograda la independencia de España
    Su siempre presente ambición por el progreso que lo llevaba a cuestionar y rechazar los gastos innecesarios y perjudiciales tanto para el sujeto como individuo como a su vez para la Confederación entendida como la suma de éstos, tal como lo menciona en el caso de las fiestas y su desprecio por Rosas, considerado traidor debido a no tener una postura marcada entre el unitarismo y la federalismo.

    PREGUNTAS:
    1) ¿Cuál sería según su postura el peor mal para la Confederación en momento de su formación?
    2) ¿Cuáles considera que son actualmente los errores que perjudican nuestra economía?
    3) ¿Agregaría alguna otra garantía en la formación del sistema de finanzas actual?

  14. RESUMEN:
    Es interesante cómo Alberdi comienza analizando los tipos de gastos que puede realizar un ciudadano, y el papel que debe asumir el Estado frente a éstos. Cuando se trata de consumos privados, el autor estima, en sintonía con lo expuesto hasta aquí en el libro, que el Gobierno debe adoptar una posicion de abstención, que no restrinja la libertad de gastar y consumir que poseen los ciudadanos. En cambio, cuando se trata de consumos públicos, considera que éstos deben estar limitados por las leyes, y sólo admite como válidos todos aquellos que estén destinados al bienestar general de población.
    Cuando profundiza en los consumos públicos, inevitablemente, el autor debe focalizarse de dónde extrará el Gobierno los recursos para sustentarlos. Encuentra cuatro fuentes principales, a saber:
    1- Valores capitales o bienes nacionales (entendidos como tierras u otros valores nacionales).
    2- Las rentas de los valores capitales.
    3- Las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso Nacional.
    4- Los crédito y valores obtenidos a préstamo por el Gobierno Federal.
    Alberdi entendía que los recuersos antes mencionados hacían al mantenimiento de las necesidades vitales de país, por lo que se hacía necesario que el Gobierno central se hiciera cargo de ellos.
    Frente a los Tesoros Provinciales, la situacuón cambiaba, ya que, por expreso mandato constitucional, las provincias podían asumir todos los recursos que no hubieran sido delegados al Tesoro de la Nación. Sin embargo, frente a conflictos entre las imposiciones de la Nación y de las Provincias en materia que podía ser gravada por ambas entidades, la Constitución resuelve darle supremacía a las contribuciones que imponga la Gobierno Nacional.
    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1- No considera contrario al principio federal de Gobierno su recomendación de que las provincias deleguen en el Gobierno Federal recursos para su posterior distribución?
    2- Cómo considera la actual distribucion de los gravámenes entre las disntintas entidades (nacional, provincial y municipal)? Se ajustan al mandato constitucional?
    3- No fomentaría la creacion de riqueza que exista un único ente centralizado encargado de imponer gravámenes en todo el territorio nacional? A modo de evitar superposiciones que pueden distorsionar las cadenas de valor.

  15. GUIA DE DISCUSION TERCERA PARTE: Capítulos I, II y III

    RESUMEN: Alberdi expresa que en el Sistema de la Constitución Argentina debe primar la libertad en materia de consumo. Distingue entre consumo o gasto privado, en el cual el gobierno debe abstenerse de intervenir dando libertad a los particulares para consumir y el gasto publico que va a tener su limite en la ley y que es efectuado por el gobierno. Habla también de gasto improductivo que son aquellos que se hacen para satisfacer necesidades vitales y de gasto reproductivo es el que se realiza en bienes de capital que se utilizan para producir bienes y servicios. Luego expresa que no hay gobierno sin tesoro porque el país que no puede costear su gobierno no puede ser un país independiente y soberano. Además, dice que la Constitución centraliza el sistema de rentas a través de la nacionalización de aduanas, los terrenos baldíos, el poder de imponer contribuciones, etc. Todo esto conforma el tesoro nacional cuyo contenido esta en el articulo 4 de CN. Hay también tesoros provinciales formados por todo lo que no ha sido delegado expresamente en la CN y destaca que para ellas resulta conveniente unirse a la confederación ya que así tienen dos tesoros: el propio y el nacional que pertenece al cuerpo de la nación, a todos las provincias juntas; y critica a la provincia de Buenos Aires que en ese momento estaba separada de la Confederación por no ver esto y rehusarse a nacionalizar su aduana.

    IMPORTANTE: Si bien Alberdi destaca la libertad en el consumo privado, creo que actualmente esto no se respeta ya que con las trabas que hay en las importaciones hay productos que no se producen en el país y no se pueden conseguir con lo cual se termina vulnerando la libertad de los individuos para consumir los bienes que desean porque el gobierno impone aranceles elevados y trabas a la importación.

    PREGUNTAS: ¿Tiene la Constitución garantías suficientes para controlar la forma en que se realiza el gasto publico y evitar casos de corrupción de funcionarios públicos?

    Con la alta presión tributaria que existe actualmente ¿no se ha transformado el fisco en enemigo de la producción nacional y de la riqueza del país en pos de un aumento del Tesoro Nacional?

    ¿Por qué si los sistemas proteccionistas van en contra de nuestra ley suprema según Alberdi son muchas veces aplicados por los gobiernos?

  16. Alumna: María Luján Tomasino.

    Guía de discusión: Capítulo V, Tercera Parte, Capítulo I, II y III (puntos I, II y III).

    Resumen:

    Una de las tres funciones, junto con la producción y distribución, que componen la riqueza del país es el consumo, por lo cual la Constitución ha dado garantías especiales para su protección en relación con los principios característicos de dicha norma: libertad, igualdad, propiedad y seguridad.
    En estos capítulos, Alberdi nos muestra cómo fueron aplicadas las garantías económicas de la Constitución a los gastos o consumos privados, es decir, a aquellos que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades de familia, siendo puestos estos bajo el amparo de dichas garantías e interesando que las leyes orgánicas se abstengan de alterar el espíritu de la Constitución. Esto puede darse en numerosos ataques a la libertad de los consumos privados, en los que las leyes y reglamentos intervengan en la producción, limitando los usos del capital y trabajo; restringiendo y alterando la libertad de los consumos improductivos, es decir aquellos que se utilizan para satisfacer una necesidad de la vida con un instinto de conservación presente. Son ejemplo de ellos, las leyes industriales y de policía, de aduana, los privilegios ilimitados de fabricación e invención. Por contraposición, uno de los medios indirectos para restringirlos es la educación.
    Alberdi sostiene que una vez que se organiza un gobierno, es indispensable formarle un Tesoro nacional, para así mediante sus fondos se lo provea para la satisfacción de todos aquellos gastos públicos que el hombre efectúa a través del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva y exigidos por el sostenimiento del gobierno.
    La Constitución, no podía dejar de nacionalizar ciertos recursos integrantes del Tesoro para de esta manera, constituir la unidad nacional y cumplir con los pactos preexistentes que tenían por fin la integridad de la Nación, tan importante como la de su Tesoro y rentas.
    A la admisión por parte de la Constitución de la existencia de gobiernos provinciales soberanos, le siguió la de los tesoros provinciales y de contribución y recursos locales, destinados al sostenimiento de cada provincia. De esta forma, se establece que el gobierno federal les garantiza el goce y ejercicio de sus instituciones, principio que funda la primacía de la ley nacional sobre estas, siendo importante la participación de este en la promulgación de una ley local dispositiva de una contribución o recurso delegado a la Confederación.
    De esta forma, podemos observar la coexistencia de dos tesoros, uno para el sostén del gobierno encargado de hacer cumplir la Constitución en general y el otro al gobierno que tiene a su cargo el orden local de la provincia.
    Concluye Alberdi que es importante que exista un sistema capaz de darse cuenta de los infinitos recursos que la Confederación posee, para así ordenarlos y encerrarlos en un arca común y nacional, centro de dirección y gobierno, estableciendo y distribuyendo las contribuciones que deba pagar todo el pueblo para el sostenimiento de su administración.

    Importante o novedoso:

    En primer lugar, me parece importante destacar los conceptos que Alberdi nos presenta, al mostrarnos que la Constitución ha sido fiel a un sistema cuyo fin es servir al interés del fisco por medio del bienestar general, generando riqueza en los gobernados, poniendo en primer lugar a la Nación sobre el fisco, necesitando de un gobierno establecido para poder administrar los recursos del pueblo y de esta manera, respetando las garantías constitucionales, satisfacer todas las necesidades que surjan en la vida colectiva.
    Se destaca también la importancia que le da a la educación como medio indirecto para actuar sobre las costumbres, en relación al consumo y a las leyes y reglamentos que puedan atacar su libertad. Y como último punto, podemos resaltar la solución entablada frente al conflicto de doble imposición, en donde una ley nacional se contrapone con una provincial, necesitando una mejora institucional para evitar la afectación del principio de supremacía de la ley nacional y para que las autoridades de cada provincia cumplan con la obligación que se les fue conferida por la Constitución.

    Tres preguntas al autor:

    1- ¿Qué modificaciones considera se deberían realizar a la Ley de Coparticipación Federal?

    2- ¿En la actualidad, qué medidas económicas piensa que están siendo un ataque directo a la libertad de consumo?

    3- ¿Cuál es su visión respecto a los impuestos sobre las ganancias de los trabajadores? ¿Considera se deberían reducir o sacar por completo?

  17. Resumen del texto:
    En la tercera parte Alberdi nos habla sobre el consumo, el cual es resultado de la riqueza que el hombre elabora, y que tiene por objeto satisfacer sus necesidades. Éste, tanto como la producción y distribución, son garantizados por la Constitución a través de los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad. En el consumo la riqueza tiene leyes de conservación y desarrollo que el hombre observa por el instinto de su conservación; ese instinto le enseña a consumir sin empobrecer, lo cual constituye la economía, que no es sino el juicio en los gastos. A su vez el hombre exige el apoyo de la ley, en el gasto privado, el de su abstención completa, que no le restrinja su libertad de gastar o consumir; y en el gasto público, que intervenga sólo para impedir que se distraiga de su destino que es el bien general. Los economistas llaman gasto estéril o improductivo a todo el que se hace sin mira de ganar. Pero ese consumo podría ser alterado por leyes o reglamentos, por ej. a través de las suntuarias o restrictivas del lujo que dividían a la sociedad en clases para el ejercicio de los consumos o gastos privados, para ello la CN estableció el principio de igualdad de clases (Arts.14 y 16). También puede ser alterado por las leyes industriales y de policía, como por ej. las de aduana que, por proteger industrias nacionales, obligan a los particulares a consumir los malos productos del país, en lugar de los productos extranjeros. Posteriormente nos habla de que al organizarse un gobierno, es necesario formarle un tesoro nacional; éstos son hechos correlativos, porque un país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. Pero el tesoro nacional no es único, ya que la CN al admitir la existencia de gobiernos provinciales que no hayan delegado su poder a la Nación, permite la posibilidad de tesoros provinciales y de contribuciones y recursos locales (Art.101). Sin embargo la existencia de un tesoro nacional, no implica que las provincias se desprendan de la porción de su renta que le entregan a aquél, sino que en vez de pertenecer a cada una aisladamente, el tesoro pertenece a todas. Por eso es que todas se han prestado a restablecer la unidad tradicional de sus rentas, a excepción de Buenos Aires. Finalmente el autor expresa que no son recursos los que faltan a la Confederación, sino un sistema administrativo que sepa dar cuenta de los infinitos recursos que posee, para ordenarlos en un arca común y nacional, y para ello ya tiene la base que es la existencia de un gobierno central, investido de la facultad de traer los recursos dispersos a un centro común de dirección y gobierno.

    Lo importante/ novedoso:
    Me parece importante que Alberdi al hablarnos del consumo nos recalque la protección de esos cuatro principios constitucionales tanto para éste como para la producción y distribución, pero tal como el autor lo escribe, entiendo que éstos son vulnerados en reiteradas oportunidades por el Estado cuando interviene en el gasto privado como por ejemplo a través de las aduanas, o de los diversos impuestos que se le aplican a los sectores de producción impidiendo que dispongan de sus recursos como ellos quieran, o también el cepo cambiario que restringe al consumo. También es notable destacar la libertad que debe haber en la producción y distribución de la riqueza que producen las provincias, a fin de ellas hagan lo que consideren viable para el bien común de su población, para que posteriormente ese bien común se extienda en todo el país mediante la creación de un tesoro nacional, para ello es que también se propone la incorporación de Buenos Aires y que se deje de lado esa descentralización que posee.

    Preguntas al autor:
    1.- Teniendo en cuenta los porcentajes que establece nuestra Ley de Coparticipación Federal ¿Cree que son adecuados para hacer frente a las mínimas necesidades de cada provincia? ¿De qué manera podría evitarse que los gobiernos distribuyan la riqueza nacional de acuerdo a su conveniencia o arreglo político con determinadas provincias?
    2.- Sin perjuicio de que el Estado debe velar por la protección de las industrias nacionales frente al posible ingreso de productos extranjeros ¿Cómo podría protegerse a dicha industria sin que se vulnere el principio constitucional que garantiza la libertad de consumo a todos los habitantes y que permite la libre elección de los productos que la población prefiera?
    3.- En el texto propone la incorporación de Buenos Aires para la formación del tesoro nacional ¿Aún considera viable esta posibilidad dadas las condiciones actuales, o cree que sería preferible que se aplique una descentralización similar en cada provincia?

  18. RESUMEN
    La riqueza, tiene por objeto y fin satisfacer las necesidades del ser humano. Consumir la riqueza, es ejercer el derecho más precioso que tenga el hombre a su respecto, porque no es más que alimentar y desenvolver su existencia física y moral.
    En el consumo, lo mismo que en su producción y distribución, la riqueza tiene leyes de conservación y desarrollo que le son propias, y que el hombre conoce y observa por el instinto de su conservación misma. – Ese instinto le enseña a consumir sin empobrecer, lo cual constituye la economía, que no es sino el juicio en los gastos. De modo que el arte de gastar forma parte del arte de enriquecer, y parte tan esencial, que ha dado su nombre a toda la ciencia de la riqueza, que se deja llamar economía. – Así también la política económica, es decir, la política de los gastos y consumos, el sistema de rentas, viene a ser tan importante ramo de la ciencia de la riqueza, que el vulgo tiene disculpa, aunque no razón, para confundirla con el plan de hacienda o riqueza fiscal.
    Llámase gasto o consumo privado el que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades de familia, téngala propia o sea soltero; y se llama gasto o consumo público el que ese mismo hombre efectúa por el intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva, que consiste en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales.
    La Constitución argentina ha puesto los derechos del hombre, en cuanto al ejercicio de los gastos o consumos privados, bajo -el amparo de sus garantías de libertad, propiedad, igualdad, seguridad.

    IMPORTANTE
    Alberdi comenta que el país que no puede costear su gobierno no podrá existir como nación independiente porque no ejercerá su soberanía ya que no tiene los medios suficientes para hacerlo, además es un país que no podrá ser libre.
    El Tesoro nacional pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación, y está destinado a invertirse en las necesidades de un gobierno elegido por las provincias. La diferencia radica en que en vez de pertenecer a cada provincia aisladamente, el Tesoro nacional pertenece a todas juntas reunidas en cuerpo de nación.
    Según el art. 4 de la Constitución, el tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional debiera formarse:
    1° De valores capitales o bienes nacionales.
    2° De las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares.
    3° Del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso
    4° Por fin, del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.

    PREGUNTAS

    1. ¿cree que sea favorable obtener una mayor recaudación de impuestos para aumentar la riqueza fiscal?
    2. Si un gobierno no tiene los medios suficientes para costear su soberanía, ¿recomendaría aliarse con otro país para lograr su independencia o aconseja directamente el crédito para solventar su propia soberanía?
    3. ¿Qué opina del redistribucionismo que se puede generar en cuanto a utilizar fondos del tesoro nacional?

  19. Almaraz Vittone Carolina
    DNI: 38070179
    Comisión: 0682

    Resumen:
    En esta tercera parte Alberdi, se dedica a analizar todo lo relativo al Tesoro Nacional, nos enumera cuales son las reglas que conforman el sistema rentístico, y nos explica que el consumo también se encuentra protegido por los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Habla del gasto privado y el gasto publico que es el que un hombre que vive en sociedad efectúa por intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva, que consiste en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales, este requiere que la ley intervenga solo para impedir que se pierda de miras el bienestar general, como del gasto improductivo y el reproductivo relacionado con la garantía de la libertad. Es imprescindible para el desarrollo de un país y el mantenimiento de su soberanía e independencia la creación de un tesoro nacional, la Constitución, en su artículo 4 establece como se va a conformar el mismo. A la par analiza el lugar de Buenos Aires en la confederación, como también la conformación del tesoro nacional y provincial respecto a sus recursos y si los mismos se habían delegado o no al tesoro federal. Por último nos explica que el tesoro nacional pertenece a todas las provincias, por lo cual estas tienen este y el propio, uno para la soberanía nacional y otro para la soberanía domestica.

    Lo importante:
    Me llamo la atención lo que indica Alberdi al comienzo de esta tercera parte con respecto a la necesidad de obtener el aumento de la riqueza del gobierno por el aumento de la riqueza de los gobernados que contribuyen a formarla, ya que hoy en día es difícil ver esta lógica tan simple aplicada al desarrollo del país, una vez más nuestro autor vuelve a explicar que el Estado no debe entrometerse en el gasto privado (el que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades de familia) y que el mismo debe ser regido por la naturaleza del mismo, esta libertad no es común hoy en día ya que hay algunas restricciones (protección de la industria nacional a través de la restricción a los productos internacionales con distintas medidas, entre otras) que impiden que este consumo sea libre tal como lo anhelaba Alberdi. Por último me pareció destacable la importancia del tesoro nacional para que el Estado tenga soberanía e independencia, lo cual me lleva a pensar cuál es nuestra situación hoy por hoy, ya que no se si podemos cumplir con esta premisa.

    Preguntas:
    1- Teniendo en cuenta nuestra actual situación, ¿consideraría que hay libertad en los consumos?
    2- Si pensamos en la relación que existe entre la soberanía y la independencia y su estrecha relación con un tesoro nacional adecuado, ¿Cuál es nuestra situación actual con respecto al mismo?
    3- La ley o el Estado no debe entrometerse en el consumo privado y si en el publico para velar que este cumpla con su destino, que es el bien general, ¿considera que en la actualidad es estado ha invertido esta premisa, es decir se entromete mas la ley en el consumo privado que en el publico?

  20. Resumen
    Alberdi comienza definiendo al consumo y que nuestro país no puede dejar de garantizar la producción y distribución de riquezas.
    Tener leyes de conservación y desarrollo del consumo para que los habitantes sepan como enriquecerse y como gastar, el interés general es la libertad para que cada hombre pueda consumir según su criterio. Interesa para la protección, que las leyes sean expresión fiel de la constitución nacional y que se abstengan de alterarla en su reglamentación.
    El autor diferencia entre gasto reproductivo (el que hacen las maquinas, la tierra etc.) i improductivo (ej. gastos de alimentación) y nota que la limitación del consumo reproductivo, es atacar la riqueza y empobrecer al país. En cuanto al consumo improductivo, las leyes solo pueden tener incidencia por medios indirectos para corregir las costumbres sociales de gastos ociosos.
    Sobre los bienes públicos comienza el capitulo con la idea de formar un tesoro nacional, luego de la creación de un gobierno, como dos hechos correlativos, para pagar sueldos de sus propios empleados que consumen y esto se refleja en el Articulo 4 de la constitución.
    Novedoso
    Encuentro como novedoso dentro del texto cuando el autor desarrolla que gastar o consumir moderadamente, es satisfacer las necesidades de hoy sin descuidar las necesidades de mañana, considerando esta facultad como parte del instituto de conservación del hombre.
    Preguntas
    1 ¿Qué opinión le merece la limitación a las importaciones?
    2 La reglamentación a la que refiere la pregunta anterior ¿Limita el libre consumo?

  21. Para Alberdi el sistema rentistico ( eje central de su obra), conforme Lo delimita la propia CN , se basa en el enriquecimiento de la Nación antes que en enriquecimiento del fisco. Porque la Nacion Está conformada por lo gobernados, entonces todo debe ser en beneficio de ellos. Por lo tanto se necesita de la plena libertad para producir, distribuir y consumir.
    El autor distingue entre dos categorías de consumo: el privado y el publico. En el primero se encuentra todo gasto necesarío para satisfacer necesidades propias, por lo tanto el Estado ( mediante las leyes) no debe entrometerse en el. En base a ello la CN brinda garantías para asegurar la libertad a este respecto.
    Si embarco el gasto privado tiene dos aplicaciones, como gasto improductivo( que es aquel que tiede a la subsistencia) y reproductivo (es aquel que mira al futuro y busca conservar o agrandar lo que se tiene, ej, comprar maquinarias).
    el consumo de uno favorece a la riqueza de la nacion. Es por ello que el Estado debe mantenerse al margen en la medida del consumo privado. Todo lo contrario a las leyes Españolas que vedaban el consumo de ciertos productos productos a determinados sectores sociales, como cuando un plebeyo adquiría vestimenta de calidad. Tendencia que había sido copiada por un gobernador argentino que limitó a sólo dos coches para acompañar el complejo funebre.
    Pese a ello esas intromisiones se seguían dando como limitativo de libertad de consumo cuando se dictaban leyes y/o reglamentos de aduana que no permiten el ingreso de productos importados o les aplican a estos elevados impuestos. Alberdi dudaba de la legitimidad de tales acciones y criticaba dichas medidas que obligaban a consumir productos de baja calidad o deficientes, solo porque eran producidos aca.
    Cómo consideraba que el Estado no debía controlar el consumo privado, decía que solamente a traves de la moral social o consejos religiosos se podía orientar a las personas a consumir de manera conciente. Las leyes sólo deben servir Para educar o castigar el ocio.
    Por otra parte, Alberdi hacía mención a otra categoría de gasto: el público. que tienen como fin satisfacer necesidades colectivas, como la defensa del territorio. Por lo tanto el gobierno necesita hacerse de recursos que pueda destinar a ello. Los que forman el Tesoro Nacional. Sin ellos, no hay nación independiente.
    El tesoro nacional se forma con lo obtenido de los derechos de importación y exportacion, contribuciones determinadas por el congreso5, etc. Ideales que vienen de antes de la CN, porque ya estaban plasmados en los diversos pactos federales que proponían la existencia existencia de una administración central para satisfacer las necesidades de toda la población en argentina.
    El mayor problema en la época del autor era que Buenos Aires se resistía a compartir su ingresos con el resto de las provincias.
    Lo novedoso:
    llama la atención notar como este principio básico de libertad en el consumo es vulnerado casi en lo cotidiano. En la sociedad argentina siempre fue costumbre que las familias o parejas realizar compras mensuales para poder organizar mejor su economia, sin embargo desde hace un tiempo el Estado comenzó a meterse en como gastamos nuestros ingresos, puesto que al ir a supermercado y comprar por mas de mil pesos ( que con el nivel de inflacon que tenemos eso se gasta comprando muy pocos productos) en cierta manera uno debe » pedir permiso» para ello. En este ejemplo se ve al consumo improductivo pero también se mete en el consumo productivo, cuando uno compra moneda extanjera, porque se le aplica un impuesto en el orden del 35%, cuando ese consumo se hace con miras a mantener el nivel adquisitivo, ahorrar o invertir en el mediano o largo plazo.
    estas limitaciones de libertad no sólo afectan al ciudadano en forma individual, sino a toda la sociedad. Es sabido que varias industriade sé han visto afectadas al punto de que varias empresas han tenido la necesidad de concursarse o se encuentran en estado de quiebra debido a las decisiones económicas adoptadas por el Estado. ningún país puede subsistir sin interactuar con otras economias, y lo que ha hecho argentina de cerrar sus fronteras a determinadas industrias ha afectado gravemente a varias empresas que negociaban con productos que traían de afuera o los necesitaban para poder desarrollar su industria. Obligando, como bien indica el autor, a consumir productos de baja calidad, porque se tomaron decisiones de gran trascendencia sin hacer impulsado un sustituto en el mercado interno que cumpla con los mismos estándares de calidad.
    preguntas al autor:
    1)al hacer mención de los gasto que Si deberían ser controlados Ud. mencionó la necesidad de controlar la cantidad e fiestas «patrias» que representaban una manera de desperdiciar el fruto del trabajo. Sin embargo: no cree que en la actualidad estas celebraciones fomentan otras industrias que favorecen a la sociedad, como todas aquellas relacionadas al turismo?
    2) cuando la CN en su artículo 4, indica que elementos conforman el tesoro nacional y entre ellos menciona a la monedad. considera que las provincias, durante la crisis del 2001, vulnerarno los pactos federales al emitir cuasi monedas locales como lo fueron los patacones, lecop, entre otros? que consecuencias económicas trajo ese circulante de moneda?
    3) cuando Buenos Aires entró a la confederación tuvo que distribuir sus ingresos fiscales con el resto de las provincias, de las cuales Muchas de ellas no hacían un aporte considerable para el tesoro nacional por carecer d actividad productiva, no cree que esa decisión afecto el desarrollo de Buenos aires? se podría asimilar este hecho con las consecuencias que sufren determinados países que celebran convenciones internacionales como el Mercosur o el mercado común europeo donde países desarrollados o que toman decisiones de política económica más acertadas cargan con los déficit de otros Estados Parte?

  22. JUAN BAUTISTA ALBERDI – PABLO ALTMANN – COMISIÓN 0682
    SISTEMA ECONOMICO Y RENTISTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA
    TERCERA PARTE – DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN QUE SE REFIEREN AL FENÓMENO DE LOS CONSUMOS PÚBLICOS, O SEA DE LA FORMACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EMPLEO DEL TESORO NACIONAL

    LA PRODUCCIÓN DE LAS RIQUEZAS, SU DISTRIBUCIÓN Y LOS CONSUMOS SON LOS OBJETOS DE LA POLÍTICA ECONÓMICA
    LA CONSTITUCIÓN “BUSCA” LAS RIQUEZAS POR EL CAMINO DE LA LIBERTAD.
    COMO SE LOGRA QUE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN UN PAIS SE SIENTAN SEGUROS Y FELICES AL PRODUCIR LA RIQUEZA NECESARIA PARA SU BIENESTAR PERSONAL Y EL DE SUS FAMILIARES Y AMIGOS.
    PARA MÍ, SINTIÉNDOSE CÓMODOS Y EN LIBERTAD. PROTEGIDOS POR EL ESTADO Y NO SUFRIENDO IMPUESTOS AGOBIANTES QUE TERMINEN POR ASFIXIAR A SUS EMPRENDIMIENTOS Y A SU ÁNIMO (EL ANIMUS DE LA ANTIGUA ROMA).
    HE VISTO EN VARIOS PAISES QUE SUS GOBIERNOS APLICAN UN MUY BAJO VAT (EL EQUIVALENTE A NUESTRO IVA) A FIN DE MOTIVAR A SUS HABITANTES .
    PAGANDO IMPUESTOS BAJOS SERIA UN TONTERÍA LA EVASIÓN.
    CONTRARIAMENTE A LO QUE SUCEDE EN LA ARGENTINA, DONDE LOS ALTOS IMPUESTOS ASFIXIAN LITERALMENTE A LOS FABRICANTES, COMERCIANTES Y EMPRENDEDORES Y DONDE DE ALGUNA MANERA “SE LOS INVITA” A EVADIR POR CUANTO MUCHOS DE ELLOS “NO AGUANTAN” LA CARGA IMPOSITIVA.
    SIEMPRE ESTAN “LOS VIVOS” QUE EVADEN POR DEPORTE, PERO ESE ES OTRO TEMA.
    A FIN DE LOGRAR ÉXITO EN CUANTO A LAS DISPOSICIONES QUE SE REFIEREN AL CONSUMO DE LAS RIQUEZAS DEBE HABER UN PRINCIPIO GENERAL QUE GUÍE LA POLÍTICA SOBRE CONSUMOS, REGLAS CONSTITUCIONALES QUE RIJAN LOS GASTOS O CONSUMOS PRIVADOS.
    “COMO DEBEN SER REGLADOS LOS IMPUESTOS, CUAL ES LA AUTORIDAD QUE VOTA LOS IMPUESTOS Y DECRETA LOS GASTOS PÚBLICOS, CUÁL ES LA AUTORIDAD QUE RECAUDA, ADMINISTRA Y APLICA EL TESORO, A QUÉ SE DESTINA, QUÉ OBJETOS TIENE, QUÉ PRINCIPIOS RESPETA EL GASTO PUBLICO”.
    AHIRA BIEN, EN LA ARGENTINA DEL 2015, CUMPLIR CON ESTAS DISPOSICIONES YA ES HARINA DE OTRO COSTAL.
    DIJE EN OTRO TRABAJO, QUE PARA QUE LAS COSAS SE CUMPLAN, EN ESTA VIDA NECESITAMOS PERSONAS HONESTAS, Y , COSA MAS DIFÍCIL AÚN: FUNCIONARIOS HONESTOS. ESPECIALMENTE…

    SI LA CABEZA DE DETERMINADO GOBIERNO, ORDENA HACER COSAS DESHONESTAS, Y ELLA MISMA NO RESPETA LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ¿QUÉ QUEDA PARA LOS CIUDADANOS? ¿SERAN HONESTOS? YO NO LO CREO.
    EN LA ARGENTINA DE LOS GOBIERNOS DESHONESTOS, DONDE GOBIERNAN LOS PEORES: LA KAKISTOCRACIA, LOS IMPUESTOS SON REGLADOS DE MANERA QUE ASFIXIEN A LA POBLACION.
    LA AUTORIDAD QUE VOTA LOS IMPUESTOS RECIBE LAS ÓRDENES PARA VOTAR DE DETERMINADA MANERA, CONVENCIENDO, COOPTANDO Y VOTANDO EN CONTRA DEL MANDATO CONFERIDO POR EL PUEBLO.
    LOS GASTOS PÚBLICOS SE REPARTEN EN PREBENDAS, Y CON EL LÁTIGO EN LA MANO CASTIGANDO A LOS RENUENTES Y OPOSITORES…(ESPECIALMENTE CUANDO HABLAMOS DE LAS PROVINCIAS (LOS GOBERNADORES, LOS INTENDENTES) Y LA COPARTICIPACIÓN. LAS OBRAS PÚBLICAS SUFREN POR ESTE DESMADRE HACE AÑARES
    LA APLICACIÓN DEL TESORO RECORRE LA MISMA VÍA QUE EL PÁRRAFO ANTERIOR.
    LOS OBJETOS SON ESPURIOS, LOS PRINCIPIOS QUE SE RESPETAN SON MERAMENTE LOS INTERESES DEL EJECUTIVO.

    DON ALBERDI, A PARTIR DE OCTUBRE DEL 2015, UNA PEQUEÑA LUZ DE ESPERANZA HA APARECIDO SOBRE EL CIELO DE LA PATRIA.
    ES FACTIBLE, SOLO FACTIBLE, QUE EL PUEBLO ARGENTINO, ADORMECIDO Y TEMEROSO, SE HAYA UNIDO A FIN DE DECIR BASTA ,Y CON PERSONAS Y DIRIGENTES NUEVOS, Y QUE PIENSAN EN UN FUTURO DE UNIÓN Y LIBERTAD, PARA TODOS LOS ARGENTINOS (ESTA VEZ PARA TODOS LOS ARGENTINOS EN SERIO Y NO SOLO DECLAMANDO) NOS LLEVEN HACIA UN DESTINO MEJOR.
    ESE DESTINO MEJOR LLEVA IMPLÍCITO EL TOTAL RESPETO A LA CONSTITUCIÓN Y A LOS PRINCIPIOS QUE USTED, CON GRANDEZA Y VISIÓN DE FUTURO INTUYERA HACE TANTOS AÑOS…
    ESPERO LO MEJOR PARA NUESTRA ARGENTINA, ASI COMO USTED, DESEARA A TRAVES DE SUS ESCRITOS, LO MEJOR PARA LA ARGENTINA Y PARA TODOS SUS CIUDADANOS, ARGENTINOS Y EXTRANJEROS.
    DON ALBERDI, DENTRO DE UN MES LE CUENTO, MIENTRAS TANTO; SOMOS MAYORÍA LOS ARGENTINOS QUE TENEMOS ESPERANZA Y SOÑAMOS CON LA PATRIA GRANDE.
    ¿QUE ES LO TENGO PARA PREGUNTARLE? NADA, HOY NADA
    SOLO TRATAR HUMILDEMENTE DE PONER MI GRANO DE ARENA EN EL PRESENTE A FIN QUE LAS FUTURAS GENERACIONES VIVAN EN UN PAIS MEJOR.
    ¿Y SABE PORQUÉ? PORQUE LOS ARGENTINOS SE MERECEN VIVIR EN UN PAIS MEJOR…

  23. Resumen
    En el ámbito de los consumos la Constitución busca la riqueza por el camino de la libertad, de servir al interés del fisco por medio del bienestar general, de obtener el aumento de la riqueza del gobierno por el aumento de la riqueza de los gobernados que contribuyen a formarla, de agrandar las rentas del Estado por el aumento de las rentas de los particulares, etc.
    el conjunto de estas garantías es lo que se llama el sistema rentistico.
    la riqueza tiene por objeto y fin satisfacer las necesidades de su ser. esta aplicación a su destino natural recibe en la economía el nombre de consumo .
    Alberdi distingue entre consumo publico y consumo privado, en relación al primero establece que la ley solo debe intervenir solo para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien general.
    y en relación al segundo, el de su abstención completa, que nada restrinja su libertad de gastar o consumir.
    por otro lado, Alberdi también distingue dos tipos de consumo, mencionando el improductivo, y el reproductivo.
    El primero es el que se relaciona con satisfacer necesidades de la vida, y el segundo tiene que ver con conservar o agrandar el valor.

    Importante
    Alberdi puntualiza en la importancia que tiene el consumo, ya que es la manera que tiene el hombre de desenvolver su existencia física y moral.
    también menciona que el instinto del hombre enseña a consumir pero sin empobrecer y esto es lo que denominamos economía.
    A lo largo de estos capítulos, sigue haciendo hincapié en las aduanas, y establece sobre este tema que son contrarias a la libertad del consumo improductivo de los habitantes.
    Hace una distinción entre los consumos privados y los públicos y menciona como la Constitución, mediante garantías protege a los primeros, y como la ley debe intervenir en los segundos solo para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien general.
    Por ultimo, cabe mencionar la importancia de crear un Tesoro Nacional, del cual participan todas las provincias unidas en un cuerpo de Nación.

    Preguntas
    Que opinaría Alberdi de nuestra actual Ley de Coparticipacion Federal?
    Porque habría leyes que limiten el consumo improductivo?
    Cual seria el fin de las mismas?
    Hay alguna ley de este tipo vigente hoy en día?

  24. Artola Romina
    DNI: 36644333

    La riqueza, fruto del trabajo humano, tiene por objeto y fin la satisfacción de sus necesidades a través del consumo. Se trata de un derecho esencial del hombre en sociedad, que se halla protegido por la Constitución por los mismos principios que garantizan la producción y distribución de la riqueza, es decir, por los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad.
    En el consumo, la riqueza tiene leyes de conservación y desarrollo que le son propias, y que el hombre conoce y observa por el instinto de su conservación misma, lo que le lleva a consumir sin empobrecerse, lo cual constituye la economía, juicio en los gastos. Es por este motivo que en lo que respecta al gasto privado, la ley debe abstenerse de interferir en el marco de su libertad de consumo.
    El gasto público, es decir aquel que el hombre efectúa por intermedio del gobierno en satisfacción de las necesidades de existencia colectiva, requiere del apoyo de la ley. Ésta debe intervenir sólo para impedir que se distraiga de su verdadero destino y exceda su objeto, que es el bien general; y para cuidar que el impuesto levantado para sufragarlo no atropelle la libertad, ni esterilice la riqueza. Esos fondos que se destinan al sostenimiento del gobierno y conforman el Tesoro Nacional son necesarios e inherentes a conformación de la República, de un Estado soberano y libre.
    Importante.
    La Constitución establece un sistema que favorece la riqueza a través de las disposiciones relativas al consumo, la cual constituye una función esencial al progreso y desarrollo de la misma. Según él, toda ley orgánica que se ligue al fenómeno de los gastos públicos o privados, ha de tener por término y punto de partida los derechos naturales del hombre en la función de gastar o consumir según su criterio, con intervención de su voz y en servicio de sus intereses de conservación y de progreso.

    ¿Cumple la ley de coparticipación federal con los presupuestos básicos y necesarios?
    ¿Quién controla a los gobernantes cuando se trata de la riqueza de la Nación? ¿Actúan con juicio?
    El sistema de centralización, ¿garantiza una equitativa y justa distribución de la riqueza a nivel nacional?

  25. María de Lourdes Domato
    D.N.I. 38.012.797
    Comisión 0682

    Tercera Parte – Capítulos I, I y III (apartados I, II y III)

    Resumen del texto

    El texto trata sobre ciertos aspectos referidos a los consumos o gastos públicos y privados y a las garantías establecidas constitucionalmente que conforman el sistema rentístico. Alberdi distingue entre gasto o consumo privado -aquel realizado para satisfacer necesidades de familia-, y gasto o consumo público -efectuado por los hombres a través del gobierno para lograr la satisfacción de necesidades colectivas-. Con respecto al primero, el autor enfatiza en la necesidad de eliminar todo tipo de ley orgánica o traba impuesta a la libertad de los consumos privados, principalmente a los consumos reproductivos, que son aquellas inversiones en bienes de capital que van a permitir cubrir más necesidades a futuro. También reconoce que los gastos improductivos, hechos en el presente por ejemplo para vivir y comer, pueden ser afectados en su uso y disponibilidad por diversas leyes y reglamentos. Finalmente, en el capítulo III, el autor señala la importancia de la formación de un Tesoro Nacional para proveer, a través de distintos fondos, a los gastos nacionales y de tener un gobierno costeado por su país para poder ser independiente y libre. A su vez, alude a la contienda entre Unitarios y Federales y a la secesión de Buenos Aires, que se negaba a repartir con las demás provincias los recursos aduaneros y la renta nacional. A pesar de que la Constitución admite la existencia de un tesoro local de cada provincia, se menciona como fundamental el establecimiento de un plan de hacienda para centralizar la renta y administrar los recursos y contribuciones.

    Aspectos importantes o novedosos del texto

    Resulta novedoso destacar el mal que provoca la separación rentística de Buenos Aires, generada luego de la Batalla de Caseros, momento en el que se produce una especie de guerra entre Buenos Aires y las demás provincias. Pese a que la Constitución establecía la nacionalización de ciertos recursos con el fin de afirmar la integridad de la República y la formación de un Tesoro Nacional mediante las contribuciones de todos los habitantes, Buenos Aires, se negó a dividir la renta aduanera y a que las rentas nacionales percibidas allí ingresen en el Tesoro Nacional. Se observa que cuando faltó la autoridad central, las demás provincias hicieron lo mismo con las tierras nacionales bajo su jurisdicción y se consideraron propietarias de ellas. Podría comprenderse este hecho como uno de los tantos otros en que Buenos Aires termina fagocitando a las demás provincias y nos hace plantear si realmente existe el ansiado federalismo que deseaba Alberdi. Asimismo, considero de gran importancia la necesidad que nombra el autor de unir las rentas para lograr el bienestar del país, es decir, de formar un Tesoro Nacional a partir de las contribuciones pagadas por los habitantes de las provincias, que va a repercutir en provecho de todos. No obstante, la historia nos ha demostrado también que no siempre las contribuciones provenientes del bolsillo de la comunidad se han utilizado para el bien de todas y cada una de las provincias, las cuales, comparativamente, hoy en día presentan grandes desigualdades económicas, sociales y culturales.

    Preguntas que le haría al autor

    1) ¿Qué ocurriría si determinada parte del país se opusiera a ser pagar las contribuciones destinadas a la defensa del territorio, conservación de la independencia y al bienestar nacional?
    2) ¿A través de qué medios o procedimientos se establece la cuantía de las contribuciones que deben pagar todos los habitantes, que conforman uno de los fondos para la formación del Tesoro Nacional?
    3) ¿Por qué Buenos Aires se encontraba reticente a la unificación y distribución de las rentas nacionales?

  26. RESUMEN
    ALBERDI SOSTIENE QUE TANTO LA PRODUCCIÓN DE RIQUEZAS Y DISTRIBUCIÓN, COMO ASÍ EL CONSUMO CONFORMAN LA POLÍTICA ECONÓMICA DEL PAÍS Y ASÍ SU RIQUEZA. EL CONSUMO TIENE POR FINALIDAD SATISFACER LAS NECESIDADES DEL HOMBRE, DESENVOLVER SU EXISTENCIA FÍSICA Y MORAL. LA CONSTITUCIÓN CONSAGRA LOS PRINCIPIOS DE LIBERTAD, IGUALDAD, PROPIEDAD Y SEGURIDAD A ÉSTE DERECHO TAN ESENCIAL DEL HOMBRE EN LA SOCIEDAD. LA ECONOMÍA SEGÚN ÉL ES EL JUICIO DE LOS GASTOS, DE MODO QUE EL ARTE DE GASTAR FORMA PARTE DEL ARTE DE ENRIQUECER Y LA POLÍTICA ECONÓMICA ES LA POLÍTICA DE GASTOS Y CONSUMOS. EN CUANTO AL CONSUMO PRIVADO ES EL QUE HACE EL HOMBRE EN SATISFACCIÓN DE SUS NECESIDADES DE FAMILIA O YA SEA LAS PROPIAS, ÉSTE SERÍA EL GASTO IMPRODUCTIVO Y POR OTRO LADO SE ENCUENTRA EL GASTO REPRODUCTIVO, ES EL QUE SE HACE PRODUCIR, UTILIZANDO TIERRAS, MÁQUINAS, ETC. RESTRINGIR LA LIBERTAD DEL CONSUMO INDUSTRIAL ES ATACAR LA RIQUEZA, EMPOBRECER EL PAÍS. EN CUANTO AL CONSUMO O GASTO PÚBLICO, ALBERDI SOSTIENE QUE LUEGO DE QUE SE ORGANIZA UN GOBIERNO ES NECESARIO FORMARLE UN TESORO NACIONAL, EL PAÍS QUE NO PUEDE COSTEAR SU GOBIERNO, NO PUEDE EXISTIR COMO NACIÓN INDEPENDIENTE, ES NO TENER MEDIOS PARA EJERCER SU SOBERANÍA, ES NO PODER SER LIBRE. LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA PROVEYÓ EL MEDIO DE LLENAR LOS GASTOS O CONSUMOS EXIGIDOS POR EL SOSTENIMIENTO DEL GOBIERNO QUE SE DABA EN CUMPLIMIENTO DE LOS PACTOS PREEXISTENTES DE SER NACIÓN INDEPENDIENTE ESTABLECIENDO EN EL ART. 4 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL QUE ESTABLECE QUE LOS GASTOS DE LA NACIÓN SE PROVEEN A TRAVÉS DEL TESORO NACIONAL Y QUE ÉSTE A SU VEZ SE ENCUENTRA CONFORMADO POR EL PRODUCTO DE DERECHOS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE LAS ADUANAS, DEL DE LA RENTA O LOCACIÓN DE LAS TIERRAS NACIONALES, DE LA RENTA DE CORREOS Y DEMÁS CONTRIBUCIONES QUE ESTABLEZCA EL CONGRESO Y ASÍ LOS EMPRÉSTITOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO QUE PESTE MISMO DECRETE PARA URGENCIAS DE LA NACIÓN O EMPRESAS DE UTILIDAD NACIONAL.
    POR OTRO LADO LA CONSTITUCIÓN ESTABLECE LA EXISTENCIA DE GOBIERNOS PROVINCIALES SOBERANOS, CON TESORO PROPIO QUE ESTABA COMPUESTO POR TODOS LOS RECURSOS NO DELEGADOS A LA CONFEDERACIÓN, ESTABLECIDO EN EL ART. 101 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL.
    IMPORTANTE
    UN TEMA MUY IMPORTANTE QUE SE SUELE DAR EN LA REALIDAD ES EL DE LA DOBLE IMPOSICIÓN, QUE SE DA ENTRE EL PODER NACIONAL Y EL PODER PROVINCIAL Y ME PARECE MUY IMPORTANTE EL LÍMITE QUE LA CONSTITUCIÓN ESTABLECE EN EL ART. 31, PUESTO QUE ASÍ LAS LEYES QUE DICTE EL CONGRESO, SON CONSIDERADAS LEYES SUPREMAS DE LA NACIÓN, Y LAS AUTORIDADES PROVINCIALES DEBEN CONFORMARSE CON ELLAS, NO OBSTANTE CUALQUIER DISPOSICIÓN EN CONTRARIO QUE CONTENGAN LAS LEYES O CONSTITUCIONES PROVINCIALES.
    PREGUNTAS
    1- ¿Porque en la actualidad se suscitan tantos conflictos en relación a los impuesto? ¿Se trata de abusos por parte del poder publico?
    2- ¿Considera que la ley de presupuesto dictada éste año se ajusta a la normativa vigente y de ser así eficaz?
    3- ¿Qué tipo de leyes actualmente considera que podrían limitar el consumo privado?

  27. RESUMEN
    Alberdi nos habla de la formación y destino del Tesoro Nacional desde el principio de libertad, seguridad, igualdad y propiedad, todo respaldado por la Constitución.
    De cómo las provincias aportan para su formación y de los derechos que tienen sobre le mismo. Hace incapié en el consumo de las riquezas tanto privadas como públicas, destacando que el Estado no debe intervenir en el control o limitación del consumo privado.
    Nos explica que la riqueza tiene como fin la satisfacción de las necesidades privadas y públicas. Que el tesoro nacional tiene como objetivo satisfacer las necesidades del gobierno para que desempeñe sus funciones, ya que nada es gratuito, pero que hay que controlar que el destino de ese dinero no se desvíe de su camino.
    Y de cómo se respetaron los pactos preexistentes federales para la formación de una unidad rentística que sea de provecho para una nación y sus contribuyentes, que son las provincias a través de sus propios habitantes que son quienes aportan a través de su riqueza obtenida del trabajo.

    IMPORTANTE
    Da prioridad a la riqueza del hombre individual ante la del estado, ya que es quien conforma este tesoro a través de sus contribuciones y debe siempre disponer de los medios y garantías para generar esa riqueza.
    Le da al consumo un papel fundamental en la economía, ya que nos dice que consumir es producir. Es el pueblo el que conforma el Tesoro Nacional y por lo tanto hay que cuidar que se utilice solo para su fin estipulado.
    En todo los temas tratado por Alberdi, nos marca los principios que deben regir cada uno de ellos. Además destaca que el mismo Estado debe también producir y generar renta por medio de las tierras públicas, permitiendo a sus habitantes generar recursos a partir de su uso y así percibir ingresos con ciertos impuestos, pero que no debe interferir en esas actividades.

    PREGUNTAS
    1- Tomando en referencia sus dichos sobre la potestad de las provincias sobre el tesoro nacional, cree que se cumple actualmente con la ayuda que el estado debe dar a las provincias según la ley de coparticipación?
    2- Qué cambios cree convenientes para nuestra realidad actual, en cuanto al control de los gastos del tesoro nacional? Se controla su real utilización?
    3- Podría decirme si algún gobierno ha utilizado eficazmente el tesoro nacional y ha logrado su incrementación?

  28. Manuel Morales 90005989

    En estos capitulo trata sobre las disposiciones dela Constitución que se refieren al Consumo y los recursos del Estado para hacer frente a su función de promover el bienestar general.
    El mérito del sistema de la Constitución, que ha dado esta’ prelación o preferencia a la riqueza de la Nación sobre la riqueza del fisco: prelación que lejos de tener por mira la disminución de los recursos del poder, se dirige a fecundarlos y a ensancharlos, dándoles en la legislación la fuente que los alimenta en la realidad de los hechos económicos.
    La riqueza, tan penosamente elaborada por el hombre con el sudor de su frente, tiene por objeto y fin satisfacer las necesidades de su ser. Esta aplicación a su destino natural recibe en la economía el nombre de consumo.
    Pero esas garantías residen en los mismos principios que la Constitución asegura en favor de la producción y distribución de la riqueza. Esos principios son siempre la libertad, igualdad, propiedad y seguridad, que hemos visto al frente de las funciones económicas de la producción y distribución
    Ese instinto le enseña a consumir sin empobrecer, lo cual constituye la economía, que no es sino el juicio en los gastos. En el gasto público, todo el apoyo que exige de la ley, es que ella intervenga sólo para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien general; para impedir que exceda este objeto, y para cuidar que el impuesto levantado para sufragarlo no atropelle la libertad, ni esterilice la riqueza.
    Lo que consumís hoy para satisfacer una necesidad de la vida, real o fantástica, que todas son vitales, se llama gasto improductivo (si tal puede llamarse el que regenera y alimenta la existencia, base de toda riqueza). Lo que gastáis para conservar o agrandar por la reproducción el valor que aplicaréis mañana al colmo de la necesidad de vivir, se llama gasto reproductivo. Por ejemplo, llámase estéril o improductivo en economía el gasto que hacéis en comer y vivir; y reproductivo el que hacéis en tierras, en máquinas, en salarios, para producir, por la acción de estos agentes, nuevos valores, que os permitan satisfacer las necesidades de mañana.
    Limitar el consumo reproductivo, es embarazar la producción, o bien sea la libertad de la industria, con menoscabo de la Constitución que garantiza esa libertad, y de la riqueza que tiene en ella su manantial más fecundo Restringir la libertad del consumo industrial, es atacar la riqueza, es empobrecer el país. A la moral y a la religión pertenece restringir los gastos estériles por el consejo y la admonición, no a la ley ni a los reglamentos orgánicos de la Constitución.
    La elaboración de ese sistema, tarea primordial de los ministros de hacienda por mucho tiempo, forma la porción más interesante de la organización política de la República. Consistirá en el establecimiento y distribución de las contribuciones que deba pagar todo el pueblo de la Confederación, para el sostén de su administración general, en la creación de un sistema de oficinas y de una jerarquía de funcionarios o empleados fiscales, para la recolección, contabilidad y guarda del Tesoro procedente de esas contribuciones. Crear un Tesoro nacional, es precisamente lo que forma la obra de la unidad política de la Republica, término y no punto de partida de su organización.
    Las contribuciones, otro de los manantiales designados por el art. 49 de la Constitución para la formación del Tesoro nacional, las contribuciones, Es la unión de las porciones de rentas que los particulares satisfacen al cuerpo social en que viven, para asegurar el orden, que les protege el resto de su renta, el capital, la vida, la persona y su bienestar.
    Para que el Tesoro llene su destino común con los demás propósitos de la Constitución, que es el bienestar general, debe respetar en su formación los principios de que depende ese bienestar. El estadista debe tener presente que esos derechos, manantiales originarios de toda riqueza, pueden ser atacados, por la ley orgánica de un recurso fiscal, y derogada de ese modo la Constitución que los consagra precisamente en el interés de la riqueza y del bienestar común. Siendo la aduana argentina, tal como su Constitución la establece, un derecho o contribución, y de ningún modo un medio de protección, ni de exclusión. Síguese de aquí que el medio más lógico y seguro de aumentar el producto de la contribución de aduana es rebajar el valor de la contribución, disminuir el impuesto en cuanto sea posible
    El artículo 4° de la Constitución hace afluir al Tesoro nacional el producto de la venta o locación de tierras de propiedad nacional. Las tierras pueden ser en manos del gobierno, no sólo recurso de renta pública, sino manantial de otros recursos aplicables al fomento del bienestar general. a renta de correos es la más legítima hija de la libertad, y no puede existir donde existe el despotismo. La seguridad religiosa, la inviolabilidad más completa de la correspondencia depositada en la estafeta pública, es la condición que la hace existir en todas partes. Penetrada de este principio tan verdadero en hacienda como en política, la Constitución, art. 18, ha declarado inviolable la correspondencia epistolar y los papeles privados.
    Lo Importante:
    En particular lo que me llamo la atención fue la libertad que dice Alberdi con la que deben manejarse las aduanas, bajando los impuestos o tazas a las importaciones y exportaciones para permitir que las persona que vengas con herramientas para aumenta la producción no tengan trabas en las aduanas para introducir esas herramientas.
    También es interesante el desarrollo que hace sobre las maneras que tiene el estado de dotarse de recursos a travez de la venta de tierras fiscales o arrendarlas. De los cuales Alberdi prefiere que Estado las venda de tal manera que las tierra, siendo un recurso tan importante para la producción esté en manos privadas y no en manos del estado, y de tal manera que El Estado se aboque a sus actividades principales.
    Preguntas:
    1. ¿El Estado debe ser austero con respecto a sus gastos?
    2. ¿Está bien que los impuestos sean mas altos a los que obtienen mas ganancias?
    3. ¿Al dejar tan libres las Aduanas, no es peligroso cuando se quiere proteger flora y fauna nacional debido a que pueden introducir especies que pondrían en peligro nuestras especies?

  29. Resumen
    En este artículo Alberdi nos explica sobre la distribución federal de ingresos y la cooparticipación de las provincias.
    Esto surge a partir del artículo 4 de la constitución nacional.
    Entonces cada provincia va a tener dos tesoros, estos son el nacional y el local, el local está compuesto por los ingresos que la provincia obtiene por sí misma, y el nacional el que tiene todo el país, pero de ese monto se destina una parte a cada provincia anualmente.
    El tesoro nacional está compuesto por tributos que dan las provincias al estado, pero hay que aclarar que este dinero no lo pierde la provincia, ya que en algún momento le va a volver, dando así un proyecto país.

    Destacado
    Me llama la atención que si bien todo suena muy bien, la distribución de los fondos a cada provincia varié tanto, que en algunas puede inclusive sobrar y en otras es tan bajo que prácticamente no se logra cubrir nada, por lo que me pregunto si será por ideología política que se realiza la distribución favoreciendo al del mismo partido y perjudicando a los rivales

    Preguntas
    ¿No cree que el artículo 4 de la constitución es insuficiente porque no menciona la forma en que se llevara a cabo la distribución?
    ¿Qué criterio se tiene actualmente para decidir que monto le corresponde a cada provincia?
    ¿No cree que el estado podría sobrevivir sin el aporte de las provincias?

  30. RESUMEN
    En este capítulo el autor pone especial énfasis en el sistema de centralización que deberíamos adoptar para administrar correctamente nuestros recursos. Establece que nuestro país cuenta con muchos de ellos pero lo que nos ha jugado en contra a lo largo de la historia es la ignorancia respecto de cómo aprovecharlos, debido a fallas administrativas. En base a esto, considera la determinación de Buenos Aires como centro de organización para la creación de un Tesoro Nacional. Vuelve a un concepto tratado en títulos anteriores en su obra y destaca que las tierras nacionales son más útiles como recursos fiscales: si los ciudadanos tienen la posibilidad de generar recursos a partir de ellas, se podrán imponer impuestos más altos y la recaudación estatal será superior. Por otro lado, define a la Economía como el juicio en los gastos. Realiza una distinción entre gasto público y privado, definiendo al primero como el que el hombre realiza a través del gobierno, buscando satisfacer necesidades colectivas, que lo afectan tanto a él como al círculo en que se mueve. El gasto privado, en contraposición, se refiere al realizado en busca de satisfacer necesidades particulares, propias y de los suyos. En base a esto, el sistema de centralización presenta la idea de centralizar –valga la redundancia- la renta: el gasto público es necesario para sustentar el Estado pero debe haber un equilibrio que mantenga sus niveles dentro de lo razonable.

    LO NOVEDOSO O IMPORTANTE
    Uno de los conceptos que considero más relevantes del texto es el de la composición de la riqueza por sus tres funciones correlativas: producción, distribución y consumo. Alberdi toma esta idea y muestra cómo la Constitución Nacional se encarga de regular para garantizar el curso natural de estas funciones. Establece que es justamente el conjunto de esas reglas y garantías lo que conforma el sistema rentístico, concepción clave dentro de su obra. Determina que dada la diferenciación entre gasto público y privado, el Estado debe intervenir en el primer caso sólo para evitar que se distraiga de su objetivo principal, que es el bien general y colectivo. Con respecto al privado, y siguiendo con su ideología de libertad económica, indica que el Estado debe abstenerse casi completamente, realizando un apoyo que no restrinja en ninguna medida las libertades individuales y permita librarlo al juicio propio y el instinto de conservación del hombre. Define y distingue el gasto improductivo del reproductivo: el improductivo es el realizado para satisfacer una necesidad actual que de ninguna forma impacta en el consumo de mañana, mientras el gasto reproductivo se efectúa para conservar o ampliar la reproducción del valor. De aquí nace la afirmación que establece que consumir puede ser, indirectamente, producir.

    TRES PREGUNTAS AL AUTOR
    – ¿Qué medidas podrían tomarse para generar un mayor interés de los gobiernos provinciales por la administración del Tesoro Nacional?
    – ¿Cómo se llegaría al máximo aprovechamiento de nuestros abundantes recursos nacionales?
    – ¿Puede confundirse, en algún punto, el interés por las necesidades colectivas con el interés por las individuales que establece la diferencia entre el gasto público y privado según el autor?

  31. Resumen
    La riqueza tiene por objeto y fin satisfacer las necesidades del hombre, esto recibe el nombre de consumo, que es el derecho más precioso, porque no es más que alimentar y desenvolver su existencia física y moral. En el consumo la riqueza tiene leyes de conservación y desarrollo que le son propias y que el hombre conoce y observa por el instinto de su conservación misma y esto le enseña a producir y enriquecer; es decir el gasto público y privado. Por eso la ley tiene que abstenerse completamente de manera que no restrinja la libertad de gastar o consumir. En el gasto público todo el apoyo que exige la ley es que ella intervenga solo para impedir que se distraiga de su verdadero instinto, que es el bien general. Gasto o consumo privado o improductivo es aquel que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades de familia tenga o no; y se llama gasto o consumo público o reproductivo aquel que el mismo hombre efectúa por el intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de existencia colectiva, es decir lo que se gasta para conservar o agrandar.
    Resumen de lo más importante
    El tesoro nacional y gobierno son hecho consecutivos para que exista una nación, un gobierno independiente, soberano y libre. El gobierno provee los gastos de la Nación con los fondos del tesoro nacional formado por el producto de los derechos de importación y exportaciones, de la renta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos y demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a su población imponga el Congreso y de los demás empréstitos y operaciones de créditos. Aunque el tesoro nacional sea ilimitado y supremo en ciertos aspectos no es único. La existencia de gobiernos provinciales soberanos en todo lo no delegado a la Confederación hacia a la posibilidad de que hubiera tesoros provinciales, contribuciones y recursos locales destinados al mantenimiento de dicho gobierno provincial. Pero lo cierto es que el Tesoro Nacional no es independiente y ajeno de las provincias ya éste pertenece a las provincias y está destinado a invertirse en las necesidades del gobierno. De esta manera cada provincia en ver de tener un tesoro tiene dos el nacional y provincial y los dos son invertidos en su provecho.
    Preguntas que le haría al autor
    1) Si son contrarias a la libertad de consumo las leyes de aduana para proteger la industria nacional. ¿De qué otra manera se puede protegerla?
    2) ¿Por qué los privilegios ilimitados de fabricación y de invención restringen y alteran las libertades que concede a la inversión y empleos de la propiedad?
    3) ¿Por qué poner restricción a las importaciones y exportaciones es posible, si según la CN éste es uno de los elementos para la conformación del tesoro nacional?

  32. Shirly Jufe

    Resumen:
    A lo largo de su obra, Alberdi hace referencia a los factores que encausan la prosperidad de la Nacion, trayéndole riqueza a la misma, – previstos en la CN- que son la producción de riquezas, la distribución y los consumos.
    Como eje central en este capitulo, se prioriza el enriquecimiento de la Nacion, teniendo en cuenta que la riqueza se obtiene mediante la libertad, por lo cual de esta manera se beneficia a los gobernados. Siguiendo esta línea, Alberdi concluye que se necesita plena libertad para producir, distribuir y consumir. Esta idea de “libertad” para lograr el bienestar de la población es lo que se denomina el “sistema rentístico”.
    Ahora bien, en lo que respecta al consumo, Alberdi hace una clara distinción entre el Privado y el Público.
    En primer lugar, se encuentra el consumo privado, este consta en el dinero que emplea el ciudadano a satisfacer sus necesidades. Es menester que el Estado no intervenga en el, evitando coartar la libertado del ciudadano. Esto se ve sustentado en la CN.
    En segundo lugar se encuentra el gasto público. Este busca satisfacer las necesidades de todos los ciudadanos, velando por el bien general. Se llama entonces gasto público al que se realiza por medio del gobierno para satisfacer las necesidades colectivas que constan en ser respetado, defendido y que se vean protegidos sus bienes y derechos. Para poder lograr estos fines el gobierno se hace de recursos que forman al tesoro nacional.
    Para lograr la obtención de recursos que conformen al Tesoro Nacional, la CN establece que estos deberán ser obtenidos por los derechos de importación y exportación, junto con las contribuciones establecidas por el congreso.
    Importante:
    Es fundamental para el estado poder contar con recursos para satisfacer las necesidades que implican el gasto publico. Asimismo cada provincia necesita su propio tesoro, pero pese a esto, estas deben participar en la contribución al gobierno nacional. El tesoro nacional tiene como fin invertirse en las necesidades que el gobierno considere. Cada provincia entonces cuenta con su propio tesoro y el de la nación, contribuyendo en ambos.
    Considero que actualmente al desarrollarse el presupuesto y asignársele que recursos serán dispuestos a cada provincia, muchas veces esta asignación tiene una connotación política, perjudicando a los habitantes que deberían ser por el contrario beneficiados ya que estos tienen derechos al ser también contribuyentes.

    Preguntas:
    1. ¿Considera que es justa la distribución de riquezas que se realiza en el congreso al aprobar el presupuesto que se le asignara a cada provincia?
    2. ¿Qué cambios considera que deben realizarse en relación a la intervención que realiza el estado en el consumo de los particulares?
    3. ¿los altos tributos producen la evasión fiscal y por esto decrece el tesoro nacional?

  33. RESUMEN:
    En la tercera parte de su obra Alberdi hablará sobre las disposiciones de la Constitución que refieren a los consumos públicos, la formación, administración y empleo del tesoro Nacional.
    Mencionará en los dos primeros capítulos lo referido al consumo, estableciendo que uno de los derechos más preciados que el hombre puede tener es consumir la propia riqueza que con tanto trabajo y esfuerzo produce para satisfacer sus necesidades. Además también aludirá a los principios que resguardan la producción y distribución de la misma (libertad-seguridad-propiedad- igualdad) junto con las leyes y la reglamentación necesaria para gastar o consumir con justo juicio los recursos, siempre en miras de conservar y favorecer la economía de todo el territorio nacional. Por las razones planteadas el autor distingue dos tipos de gastos, el privado por un lado (gasto improductivo) y el público por otro (gasto reproductivo), de esta forma reconoce que el modo de consumir incide en los modos de producir y de enriquecer el país, de manera tal que restringir la libertad de consumo empobrecería la Nación.
    Alberdi sostiene la necesidad ferviente de formarle a todo gobierno un Tesoro nacional, cree en la importancia de otorgar medios para existir ya que no poder costear su gobierno, es no tener herramientas para ejercer soberanía, es decir, es no poder existir independientemente ni libremente, dicho principio se encuentra garantizado por la CN en su art.4 donde se mencionan los recursos con los que el gobierno federal financiará los gastos de la Nación, recursos, ingresos que pertenecerán a todas las provincias unidas en cuerpo de Nación, el Tesoro nacional no es independiente ni ajeno a las provincias sino que les pertenece a todas juntas y por igual.

    IMPORTANTE:
    Me resulta interesante destacar lo contraproducente que para Alberdi era la organización que se había conformado en la Argentina como producto de la independencia de la corona española. Veía como un mal profundo para la República la descentralización política que se había dado para esa época, aquella que dividía por un lado a un número de provincias organizadas bajo Confederación y por el otro a la provincia de Buenos Aires la cual se encontraba en independencia “relativa” de las demás y con una serie de poderes y atribuciones que de cierto modo le generaban y hasta la posicionaban en un sitio más beneficioso.
    El autor era consciente de que lo mencionado procedía de causas antiguas y, modernas también, las cuales se perpetuarían de manera crónica en nuestro país, lo que en llegado caso podría combatirse (no de manera instantánea) a través de pactos federales que contribuyeran a la unidad Nacional .El constituyente si bien conocía la cantidad de recursos con los que contaba Bs.As y a la vez reconocía la extensión de población y territorio que poseía la Confederación, se preguntaba si ambas por separado podrían costear los gastos de un gobierno, a lo que terminaba concluyendo de manera negativa, ya que en Bs.As se contaba con la amplia capacitación administrativa aquello que no sucedía en la Confederación pero en la cual sí se superaban la cantidad de recursos en comparación con la independiente provincia. Por todo lo dicho Alberdi creía que lo conveniente para la prosperidad de nuestro país sería celebrar la unión de las rentas de cada provincia, es decir nacionalizar las contribuciones, crear un Tesoro Nacional, tesoro que pertenecería a todas las provincias unidas en Nación.

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1) ¿Podría decir que en la actualidad los ingresos son distribuidos de manera equitativa de acuerdo a lo pactado entre las provincias? ¿O se nota cierto abuso de la provincia de Buenos Aires para tal reparto? ¿Dónde se concentran las mayores distribuciones del Tesoro Nacional?

    2) ¿Estaría hoy de acuerdo con las limitaciones que plantea la ley de coparticipación Federal en cuanto a la imposibilidad de las provincias a ejercer su potestad impositiva estableciendo impuestos análogos?

    3) ¿Qué opinión le merece la cantidad de gasto público que se produce en la economía actual de nuestro país? ¿Coincide tal gasto con el que usted consideraba como gasto productivo?

  34. Acuña Micaela Soledad
    36511240

    Resumen: Alberdi dedica esta tercera parte al consumo, al cual se le aplican los mismos principios que a la producción y distribución de la riqueza, estos son la libertad, igualdad, propiedad y seguridad. La ley debe respetar estos principios, por lo tanto en relación al gasto privado no debe entrometerse y con relación al gasto público debe hacerlo solo en la medida de asegurar que este gasto se destine al bien general.
    En lo que respecta al consumo privado, el cual se divide en consumo improductivo y reproductivo, limitarlo en este último caso es poner trabas a la industria a la producción, con respecto al primero dejar q las leyes avancen sobre el es dejar q avancen sobre todo tipo de consumo
    En lo que se refiere al gasto público este se costea con el tesoro nacional, requisito indispensable para un gobierno ya que no poder costear su gobierno, es no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente. L a constitución en su Art. 4 proveyó los medios de llenar los gastos exigidos para el sostenimiento del gobierno.

    Lo mas importante: Las provincias de la confederación tiene la aptitud y los medios para costear y sostener su gobierno, tal como quedo demostrado a partir de la independencia de Buenos Aires de la confederación.
    La rentas mencionadas en el Art. 4 de la constitución tienen carácter nacional por su naturaleza, origen y destino político. Sin embargo a la par del tesoro nacional existen tesoros provinciales conformados por todos aquellos recursos que las provincias no delegan para la conformación del primero. Todas las provincias poseen entonces dos tesoros el propio y el nacional, las provincias no abandonan ni se desprenden de esta renta que sigue perteneciendo a ellas pero a ellas como miembro de la nación

    Tres preguntas:
    Hoy en día aparte de las aduanas ¿Que otra forma de restringir el consumo privado existe?
    ¿Considera correcta la forma de distribuir el tesoro nacional existente hoy en día?
    ¿Considera que el gasto publico hoy en día esta adecuado a la búsqueda del bien común o hay un exceso de este o pro el contrario se destinan pocos recursos a tal fin?

  35. Resumen
    En la tercera parte de su libro Alberdi habla del sistema rentístico, del plan de hacienda o sistema de finanzas que tiene la Constitución Argentina. Diferencia lo que es el gasto privado y el público. En cuanto al primero dice que es el que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades y de su familia, y el gasto público es el que ese mismo hombre efectúa por el intermedio del gobierno en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva. El sistema que garantiza la Constitución es el del federalismo fiscal. Existen dos tesoros públicos, el federal y el de las provincias. Este último se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación de acuerdo a la Constitución. El tesoro nacional pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación, y a su vez cada provincia tiene su propio tesoro. Así cada provincia tiene dos tesoros: el de su localidad y el de la Nación.

    Lo importante
    Alberdi nos dice que la ley en cuanto al gasto privado debe abstenerse completamente, que no lo debe estorbar y que no debe de ninguna manera restringir la libertad de gastar o consumir. Y en cuanto al gasto público exige todo el apoyo de la ley, que intervenga para impedir que su objetivo no sea el bien general, para que cuide que el impuesto levantado para sufragarlo no atropelle la libertad ni la riqueza de la Nación. Estoy de acuerdo con Alberdi en esta postura, pero sin embargo considero que los gobiernos no lo cumplen en un 100%. En primer lugar hay un gran obstáculo al consumo con los precios de los productos, la inflación es cada vez más alta. Hace que nos tengamos que cuidar en lo que gastamos, que no podamos llegar a los productos que queremos, o que tengamos que resignar algunos por otros. Es decir, en forma indirecta nos restringen nuestra libertad de consumo. Y por otro lado, existen impuestos tan altos que también restringen el consumo de las personas como es el impuesto de las ganancias. Que restringe una parte de su salario, que podrían usarlo con total libertad en consumir los bienes o servicios que consideren adecuados a sus necesidades y gustos.

    Preguntas al autor
    1-¿Qué opina del sistema de la ley de coparticipación federal?
    2- ¿Considera que deben actualizarse los porcentajes de esa ley o que se debe cambiar de sistema completamente?
    3- ¿Considera eficiente el gasto público que se realiza hoy en nuestro país?

  36. Alumno: Maximiliano Lopez Caballero.
    DNI 30.035.620
    Comisión: 682
    Aula: 25

    SISTEMA ECONOMICO Y RENTISTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA SEGUN SU CONSTITUCION DE 1853. Juan Bautista Alberdi.

    GUIA DE DISCUSION: Tercera Parte. Capítulo I, Capitulo II y Capitulo III (punto I, II y III).

    PUNTO 1: Resumen del texto en 10 renglones
    PUNTO 2: Novedoso o importante que me llamo la atención en 10 renglones
    PUNTO 3: Tres preguntas que le haría al autor

    PUNTO 1: Resumen del texto en 10 renglones

    Alberdi sostiene que es un mérito de la Constitución, dar prelación o preferencia a la riqueza de la nación, por sobre la riqueza del fisco, para fecundar y ensanchar los recursos del poder.

    El consumo es la satisfacción de las necesidades del hombre. Y el gasto público es el que realiza el hombre por intermedio del gobierno, en la satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva.

    El país que no puede costear su gobierno, no puede ejercer la soberanía. La Constitución permite nacionalizar los recursos, para poder seguir siendo soberana.
    Más importante que si los recursos son suficientes o no para el consumo o gasto público, es el sistema administrativo del gobierno central que sepa darse cuenta de los infinitos recursos que posee, para atraer los recursos dispersos a un centro común de dirección y gobierno.

    PUNTO 2: Novedoso o importante que me llamo la atención en 10 renglones

    Me llama la atención la explicación de la soberanía y la nacionalización de los recursos. En Argentina se privatizaron servicios públicos en gran medida a partir de 1989. El argumento con el cual se estuvo a favor de privatizar empresas del estado fueron: necesidad de reducir el déficit fiscal; necesidad de estabilidad; que el estado no podía financiar las inversiones que se necesitaban para desarrollar las obras de modernización; y la corrupción y burocracia de las empresas que prestaban los servicios.

    Teniendo en cuenta el concepto de soberanía de Alberdi, parecería que el gobierno al no poder costear su propio gobierno, encuentra la solución en privatizar empresas de servicios públicos. En definitiva, el mismo gobierno acepta su incompetencia en administrar sus recursos, y como premio a la incompetencia, renuncia a su soberanía mediante la privatización.

    PUNTO 3: Tres preguntas que le haría al autor

    Pregunta 1: ¿Que opina sobre los rumores de la ola de privatizaciones que supone la victoria en caso de que Mauricio Macri sea elegido presidente? ¿Cree que esto es viable, o solo son estrategias políticas para desprestigiarlo?

    Pregunta 2: Siendo Aerolíneas Argentina una empresa estatal, ¿que opina que un argentino pueda pagar un viaje en avión a cualquier parte del mundo en 18 cuotas sin interés?

    Pregunta 3: ¿Cómo cree que se encuentra la coparticipación federal actualmente en la Argentina? ¿Se debe redistribuir los recursos de otra manera?

  37. RESUMEN:
    En esta parte de su libro Alberdi habla acerca del gasto público, de la importancia de la riqueza para poder satisfacer las necesidades del hombre y de cómo se conforma, se administra y se organiza el Tesoro Nacional, refiriéndose a este ultimo como el medio necesario para hacerle frente a los gastos del Estado.
    Los principales elementos que generan la prosperidad de la Nación, generando su riqueza y de esa manera incrementando el Tesoro Nacional son la producción de las riquezas, la distribución y los consumos.
    Para obtener dichas riquezas es necesario gozar de plena libertad para producir , distribuir y consumir, y es aquí donde comienza a hablar del gasto público y privado, aquellos gastos que el hombre hace en satisfacción propia y de su familia donde las leyes tienen que abstenerse de manera que no se vea restringida dicha libertar de producción y consumo y por otro lado se encuentra el gasto publico que es aquel que realiza el gobierno para poder satisfacer las necesidades colectivas, en donde las leyes deben intervenir lo justo y necesario para evitar que el gasto publico sea empleado para otras necesidades y no para su principal objetivo que es el bienestar general.
    Este gasto publico que el gobierno utiliza en pos de un beneficio colectivo de la sociedad, se hace de recursos que conforman al Tesoro Nacional, estos recursos se obtienen a través de los derechos de importación y exportación, como por otras contribuciones que establece el congreso, como que las provincias deben ceder recursos a la Nación, como por ejemplo las rentas aduaneras y créditos entre otros.
    LO MÁS IMPORTANTE:
    En este capítulo del libro lo más relevante en mi opinión es la importancia que tiene el Tesoro Nacional, ya que es un elemento indispensable para conformar una Nación.
    El gobierno, empleando sus facultades de manera correcta, solventa los gastos de toda la Nación con los fondos del Tesoro Nacional.
    Cabe destacar que el Tesoro Nacional, si bien es ilimitado, no es único, ya que la Nación está conformada por las Provincias Unidas, y estas con su gobierno provincial , solventan con sus contribuciones y recursos locales las necesidades principales y especificas de dicha provincia , es por eso que cada provincia que conforma la Nación en vez de tener solo un Tesoro de donde hacerse de los recursos necesarios, tiene dos , el Tesoro Nacional y el Provincial, y los dos se utilizan de manera entrelazada para un mejor aprovechamiento.
    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1) ¿Cómo cree que se deberían aprovechar nuestros recursos nacionales, para así obtener un mayor Tesoro Nacional?
    2) ¿La distribución del Tesoro Nacional es equitativa? ¿No considera que ciertas provincias con menor desarrollo son perjudicas?
    3) ¿Considera que hoy en día el gobierno hace un correcto uso del Tesoro Nacional? ¿Cree que las leyes vigentes controlan realmente que el mismo no sea utilizado para otras necesidades beneficiosas para los gobernantes en vez de ser utilizado para el bienestar común?

  38. RESUMEN
    En este capitulo Alberdi hace referencia primicialmente al tesoro nacional. Su análisis se centra en un primer enfoque en la formación de un tesoro, el cual será aportado por todas las provincias y administrado por el Estado Nacional. Con relación a esto, intenta expresar que las provincias no pierden parte de su patrimonio, sino que por el contrario lo expanden en gran medida dado que se hacen de los aportes que realizan todas las provincias de la confederación. Lo que intenta explicar es que el tesoro nacional no es una masa económica administrada por un tercero, Estado Nacional, ajeno a las provincias que lo componen, sino que el Estado es la representación de todas las provincias en pos de que esa administración sea mejor desempeñada.
    CONCLUSION
    A lo largo de toda su obra Alberdi utiliza como eje principal de su discurso los elementos que son fundamentales para un correcto desarrollo de la economía del país. En este capitulo, al hacer referencia al consumo de los particulares y al gasto del estado, pone el énfasis en la necesidad del estado de brindar a los ciudadanos seguridad jurídica para así incentivar la mayor cantidad posible de transacciones, como a su vez, garantiza la libertad, igualdad y los derechos de propiedad a los que ha hecho hincapié a lo largo de su obra.-
    1-¿Cuál es el camino a seguir para que los recursos del tesoro nacional no se vean dilapidados por los subsidios que otorga el estado nacional a las provincias que no son autosuficientes?
    2-¿Cuál es la correcta proporción en la cual deben participar las provincias en la formación del Tesoro Nacional?
    3-¿Cuál sería un correcto aprovechamiento de los recursos del Tesoro Nacional?

  39. 1- El presente texto habla sobre el consumo, tesoro nacional, administración, empleo y formación del mismo en la CN. Empieza hablando sobre el consumo y da una definición básica del mismo y que es los gastos que hace el hombre para satisfacer sus necesidades, este consumo tiene principios y garantías que lo protegen de las leyes y que serán los mismos que vimos en la producción y distribución de la riqueza; solo que se aplican de una manera diferente.
    Se hablan de dos tipos de consumos el reproductivo y el improductivo, diferenciando en que el primero es el que genera más riqueza a futuro y el segundo es el que por ejemplo lo que se gasta para vivir día a día; para poder realizar esto la ley debe proteger el consumo de las personas tanto privado (Absteniéndose) como el público (llegar al bienestar general). Es decir que deben eliminarse todas las leyes que atenten contra la libertad de consumo hacia las personas, como por ejemplo las aduanas que imponen impuestos excesivos y privan de consumir productos extranjeros a los nacionales y que gran parte de estas son herencias Españolas que se arraigaron en la costumbre de los locales.
    Por ultimo habla sobre el tesoro nacional y como se conformó este, explicando cómo era la Nación antes de que Buenos Aires se uniera a la confederación y como fue después, cuando todos dieron parte de sus recursos a la Nación reservándose unos pocos. En este punto le da mucha importancia al tesoro nacional, ya que sin este no existiría ningún país y por eso nuestra CN lo tiene de manera concreta en el art. 4 , de la misma manera explica que les pertenece a las provincias y que es de la Nación

    2- Algo interesante es la forma que tiene de ver los gastos y como los clasifica en improductivos y en reproductivos, en este último trata a los Salarios como algo productivo pero no entiendo si esto sería productivo para el Capitalista ya que este siempre buscará maximizar sus beneficios con un menor costo o si se refiere a los salarios que pagará el Estado a las personas para poder funcionar como tal.
    Otra cosa interesante es la forma en la que el habla sobre las leyes que prohíben el consumo y nombra a las que privilegian la fabricación e invención ya que restringen la libertad, pero si estas leyes no existieran muchas personas no investigarían ni fabricarían ya que no podrían sacar ningún beneficio si todos lo usaran sin ningún costo

    3- Usted habla sobre los gastos reproductivos y nombra como ejemplo a los salarios ¿A qué tipo de salarios se refiere al que pagan los dueños de los medios de producción, o a los que paga el Estado para funcionar como tal? . Ya que yo entendería si fuera un empresario a los salarios como un gasto improductivo más que productivo porque en cierta medida disminuyen mi patrimonio
    Usted dice que no debe haber ninguna ley que restrinja el consumo, ya que la misma sería tirana ¿Es el cepo al dólar una ley tirana, que restringe la disponibilidad del mismo?

    Por último habla sobre las leyes que privilegian la fabricación e invención y dice que restringen la libertad ¿Cómo podría incentivarse a las personas a que fabriquen e investiguen, si no pueden explotar por un tiempo lo que ellos crearon o investigaron?

  40. Mitac Damaris – 35.368.953
    Comisión 746

    Esta parte del texto trata de las disposiciones que tienen relación con los consumos. Resalta la importancia que tiene la riqueza de la Nación. Las riquezas tienen el fin de satisfacer las necesidades: Consumo. Como un derecho del hombre, esencial por cuanto lo lleva a desenvolver su existencia física.
    Y los mismos principios de la Constitución en favor de la producción y la distribución de la riqueza, son los que lo garantizan. Los principios: libertad, igualdad, propiedad y seguridad, están presentes desde que se consume la riqueza hasta que se consume. Y la economía viene a ser como un juicio en los gastos.
    Por un lado se hallan los gastos privados, siendo éstos los que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades familiares.
    Si bien las provincias tienen una renta, no se desprenden de ella, sino que perteneciéndoles, ceden la oportunidad de crear e invertir. El tesoro nacional pertenece a todas las provincias.

    Novedoso o Importante
    Me parece importante señalar que nuestra Constitución tiene constantemente presente el bien común, siempre teniendo en primer lugar la Nación. Ya que resalta el hecho de formar un tesoro nacional, importante cuando se erige un Gobierno.

    Preguntas
    1) ¿Considera que al día de hoy, se ha destinado bien las riquezas destinadas para el gasto público?
    2) ¿Cuál sería su perspectiva hoy del Tesoro Nacional?
    3) Nuestra Economía Argentina actual tiene errores y aciertos, explicados por muchos. ¿Cuál diría usted que son los más visibles?

  41. Resumen
    En ésta parte del texto Alberdi nos habla sobre la formación del tesoro nacional. En principio nos dice que es el consumo, o sea, la forma de gastar los recursos disponibles para la subsistencia del hombre. La Constitución no podía dejar sin garantías especiales éste derecho esencial del hombre en sociedad, garantías basadas en los principios aplicados a la producción y distribución de la riqueza, ellos son libertad, igualdad, propiedad privada y seguridad.
    Alberdi diferencia dos tipos de gastos: el gasto o consumo privado, el que hace el hombre para satisfacer sus necesidades y el gasto o consumo público, es el que realiza ese mismo hombre por medio del gobierno para la satisfacción de sus necesidades de existencia colectiva, el hecho de verse defendido, respetado y protegido en el goce de su persona, bienes y derechos.
    Al organizar un gobierno es necesario darle medios para su existencia, debe formarsele un Tesoro Nacional, pues un país que no puede solventar su gobierno, no puede existir como Nación independiente, porque el gobierno no es mas que el ejercicio de su soberanía por si mismo, es decir, no poder ser libre.
    Importante o Novedoso
    Lo importante que expresa Alberdi en el texto, es que todas las disposiciones constitucionales deben estar basadas en los principios esenciales: libertad, igualdad, propiedad y seguridad.
    También me pareció importante destacar su expresión cuando dice que hay que gastar o consumir con juicio, satisfacer las necesidades de hoy sin desatender las necesidades del mañana, considerando esto como facultad del instinto de conservación del hombre.
    Preguntas
    ¿Considera que restringiendo la importación se protege la industria nacional?
    ¿Cree que en la actualidad hay una equitativa distribución del Tesoro Nacional entre las provincias?
    ¿Cree que las leyes de presupuesto de los últimos años tienen una buena distribución de dinero?

  42. RESUMEN:
    Alberdi trata el tema de la producción de la riqueza, su distribucion y a los consumos, dice que son tres funciones que componen a la riqueza.
    Los principios de libertad, seguridad, igualdad, propiedad, diciendo que la riqueza de la Nación es mejor que la riqueza del fisco.
    Dice que la riqueza del hombre tiene por finalidad satisfacer sus necesidades al que llama consumo.consumo. También hace una diferencia entre el consumo privado, que satisface necesidades propias llamado gasto improductivo. El gasto publico destinado a satisfacer necesidades colectivas.
    La Nación necesita de un gobierno para lograr su organización y costear el gasto, se necesita de un Tesoro Nacional.

    LO IMPORTANTE:
    Afirma la protección de los cuatro principios constitucionales, tanto para la producción , como la distribución, pero entiende que son vulnerados por el Estado.
    Por eso considera de gran importancia la necesidad de unir las rentas para lograr el bienestar del país, de formar un Tesoro Nacional a partir de las contribuciones de los habitantes de las provincias.

    PREGUNTAS :
    – Cuales cambios son convenientes para el control de los gastos del Tesoro Nacional?
    – Que medios deberían utilizarse para un mejor control de los gobiernos provinciales por la administración del Tesoro Nacional?
    – Por que hay tanta limitación hoy en día a la importaciones ?

  43. Economía Política y Economía Argentina
    Oscar D. Almaras
    Comisión 0746

    Resumen:
    En esta tercera parte, Alberdi nos habla de cómo se forman los recursos del tesoro nacional y su aplicación, destacando que para esto, aplican los mismos principios y garantías (libertad, igualdad, propiedad y seguridad), establecidos por la Constitución Argentina para los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza.
    Continúa con la defensa de la prelación o preferencia de la riqueza de la Nación sobre la riqueza del fisco y describe las reglas constitucionales que rigen los gastos o consumos privados; haciendo la distinción entre consumo improductivo o reproductivo.
    En lo que respecta a la formación y administración del Tesoro Nacional, señala las diferencias entre que el mismo pertenezca a las provincias unidas en un cuerpo de nación o que pertenezca a cada una de ellas aisladamente, y como éste es destinado a invertirse en las necesidades de los gobiernos central y de cada una de las provincias.

    Lo Novedoso:
    La importancia que para él representa el consumo, ya que ve en ello, la manera que tiene el hombre de desenvolver su existencia física y moral, pero también destaca la trascendencia del gasto público en el desarrollo de la nación, ponderando la regulación que exige de la ley; respecto al primero haciendo la distinción entre consumo improductivo o reproductivo y enumerando las garantías con que se protege a los mismos, en tanto que respecto del gasto público señala que la ley solo debe intervenir para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien común o bien general.

    Preguntas:
    1.- ¿Las restricciones impuestas por el gobierno para la adquisición de moneda extranjera, no configura un ataque a la libertad de consumo privado?
    2.- ¿El sistema de coparticipación federal vigente, en los hechos, dista bastante del propósito tenido en miras por la Constitución Nacional?
    3.- ¿Puede pensarse en un sistema de recaudación donde las provincias no queden a merced de la voluntad del gobierno central para recibir fondos?

  44. En el presente capitulo Alberdi introduce al tema del consumo y habla desde el punto de la concepción de riqueza generada por el hombre tiene por objeto satisfacer necesidades y en su aplicación económica recibe el nombre de consumo, este último se encuentra reglamentado por leyes de conservación y desarrollo. Para que no se alteren las garantías establecidas se debe asegurar la libertad para el consumo y estas leyes no deben limitar el ejercicio. Hace a la vez una distinción en cuando al gasto o consumo público y gasto o consumo privado que dista uno de otro básicamente con respecto a quien está dirigida la satisfacción de necesidades, si es a una colectividad o a un interés personal.
    Al momento de hacer mención sobre gasto improductivo, alude al consumo para necesidades básicas de la vida y que son esenciales para la existencia distinto es el gasto reproductivo que es empleado para producir y satisfacer necesidades del mañana, agregando además que la limitación al consumo reproductivo causa perjuicios a la producción y altera la garantías establecidas en la constitución y atacar la riqueza por lo que esto solo lleva a empobrecer el país.
    Cuestiona a Buenos Aires la independencia respecto de la confederación a la que pertenece, y alega que la descentralización política es grave para toda la nación. En cuanto a la centralización de la que habla la Constitución entiende que a esta se llega con la nacionalización de las aduanas, los terrenos baldíos el crédito y el poder de imponer contribuciones. Existen como declara el artículo 4 un tesoro nacional que se diferencia del tesoro de las provincias que es todo aquello que no delegaron a la Nación, conservan aun esas facultades para si
    Destaca que el Tesoro y el gobierno son dos hechos que son correlativos, el gobierno no puede existir por si solo como Nación independiente ya que de otro modo no podría ejercer realmente su Soberanía si no tiene medios para costearlo.

    Destaco como importante que si bien hay que organizar un gobierno lo esencial es otorgarle los medios y herramientas necesarias para su funcionamiento, conformar un fondo (tesoro) para que pueda cumplir con las actividades que le sean competentes.
    Y me detengo en el siguiente párrafo que me parece de gran valor, “Quien divide sus fuerzas , las pierde , quien apetece libertad desea el orden , quien quiere un orden quiere un pueblo arreglado , quien quiere un pueblo arreglado quiere un gobierno fuerte , quien quiere un gobierno fuerte quiere un Gobierno Nacional”
    -NO HAY GOBIERNO CENTRAL NI ORDEN CONSTITUCIONAL, NI LIBERTAD SIN UNION DE RENTAS, sin tesoro Nacional porque el TESORO ES EL PODER MISMO es instrumento de orden y de libertad y no será esto capaz si no hay UNION Y CONSOLIDACION DE RENTAS –

    Qué tipo de reglamentación se podría aplicar al consumo que no atente con las garantías de la libertad? teniendo en cuenta que en la práctica es ampliamente vulnerado
    Que más podría agregar sobre la critica que se realiza a BUENOS AIRES en cuanto a la concepción de que la descentralización política es grave para toda la nación?

    Que podría agregar sobre el gasto o consumo reproductivo?

  45. Resumen.

    Aquí, nos cuenta que las provincias deben entregar una porción de su renta al tesoro nacional, pero este dinero no lo pierde sino que lo percibirán a futuro.
    Lo único que se cede, es la forma en que se va a invertir esa renta, debido a que queda en manos de la nación marcar como se llevara a cabo y no de la provincia.
    Nos explica que el tesoro nacional no es ajeno a las provincias, sino que todo lo contrario; los dueños de ese tesoro, justamente son todas las provincias.
    Nos hace una aclaración muy importante, diciéndonos que hay otro segundo fondo que será local y ese si será exclusivo de cada provincia, decidiendo cada una de estas como invertirlo.
    Esto, proviene del art 4 de la C.N.

    Sorprendente.

    Me sorprende que, si bien se dice que cada provincia no cede su renta, en la realidad, considero que no es así, porque será la nación la que dirá en que se invierte. Por lo tanto, si la provincia no comparte ese criterio, seria como haber perdido el dinero. En lo personal, yo no me sentiría dueño de un dinero que no me dejan invertir en lo que yo crea conveniente, y para mi es equivalente a perder la renta.

    Preguntas.

    ¿No cree que, inclusive actualmente, esté mal regulada la distribución del tesoro nacional entre las provincias?
    ¿No sería mejor que primero el estado nos diga en que piensa invertir y que las provincias conformes recién ahí manden su dinero solo si están de acuerdo?
    La distribución, ¿tendría que ser en partes iguales a cada provincia o en forma proporcional entre el territorio y la población de cada una de estas?

  46. En esta tercera parte Alberdi analiza las disposiciones de las Constitución que se refieren al consumo.
    La riqueza elaborada por el hombre a través de su trabajo, tiene por objeto satisfacer sus necesidades, esto es el consumo. Es decir que consumir la riqueza es ejercer un derecho esencial para el hombre, ya que no es más que alimentar y desenvolver su existencia física y moral. Los principios que lo garantizan son la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad.
    En efecto, en el consumo, lo mismo que en su producción y distribución, la riqueza tiene leyes de conservación y desarrollo que le son propias, y que el hombre conoce y observa por el instinto de su conservación misma. Ese instinto le enseña a consumir sin empobrecer, lo cual constituye la economía, que no es sino el juicio en los gastos. De modo que el arte de gastar forma parte del arte de enriquecer, y parte tan esencial, que ha dado su nombre a toda la ciencia de la riqueza, que se deja llamar economía.
    El apoyo que le brinda la ley al hombre en el gasto privado consiste en no obstaculizar su consumo y que sea libre; y en el gasto público que no atropella su libertad, ni esterilice la riqueza.
    NOVEDOSO
    Me parece interesante destacar la importancia del consumo, ya que esto incentiva a los ciudadanos para que trabajen y tengan derechos de propiedad, de esta forma lograr riqueza a nivel personal y colectivo.
    Que las leyes no obstaculicen el consumo personal de cada persona, para que lo ejerzan libremente y a la vez lograr un bienestar colectivo a través del pago de impuestos sin que estos sean abusivos y perjudiquen al hombre.
    PREGUNTAS
    ¿Qué opinión merece a su criterio los controles que realiza la AFIP?
    ¿Cree que los consumidores están protegidos en la actualidad?
    ¿Cree que el impuesto a las ganancias cobrado a los trabajadores perjudica a los mismos?

  47. El tercer capítulo, Alberdi desarrolla lo relacionado con el consumo, tanto la producción y la distribución, estos tres objetos de la política económica no son independientes entre sí, sino tres funciones correlativas que componen la vida de la riqueza, la riqueza elaborado por el sudor del hombre tiene por objeto satisfacer las necesidades de su ser, y es por eso que recibe el nombre de consumo. Son los mismos principios que la constitución garantiza para la producción y distribución de la riqueza los cuales hay que tener en cuenta y aplicarlos al consumo, como la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. También Alberdi realiza una separación entre gastos improductivos y reproductivos, y enfatiza en que no hay que restringir la libertad de consumo industrial, ya que sería atacar la riqueza y empobrecer al país.
    Desarrolla la importancia de una nación que pueda costearse a sí misma, de lo contrario no podría existir una nación independiente, y como es importante la colaboración entre las provincia y la nacionalización de recursos para lograrlo y la falta de una buena administración.

    IMPORTANTE: La caracterización que realiza Alberdi sobre los gastos improductivos y productivos, teniendo en cuenta que gastar o consumir con juicio, es satisfacer las necesidades de hoy sin desatender las necesidades de mañana. Ubica a los gastos improductivos como los gastos de comer y vivir y a los productivos a los realizados a la tierra, en máquinas, salarios para producir. Debemos dejar de lado y no estorbar al consumo, es decir al goce al placer y no atentar contra el uso y disposición de la propiedad que concede el art. 4 de la constitución. Hay que tener cuidado con las leyes que se aplican y no caer en el despotismo republicano que heredo de Maquiavelo de dar al pueblo cien fiestas en cambio de cada libertad que se le arranca, es importante no dejarnos engañar por el gobierno y perder a cada paso un derecho, es por eso que es tan importante que se garanticen los derechos consagrados por nuestra constitución.

    ¿Sirven las políticas económicas que incentivan el consumo para salir de una crisis económica?
    ¿La ley de coparticipación federal Argentina, en la actualidad cumple con su fin?
    Teniendo en cuenta las grandes riquezas que tiene nuestra nación, y lo importante que es la buena administración. ¿Cuáles son las principales fallas de este gobierno en cuanto a la administración de fondos, que llevaron a este estado económico actual?

  48. En este capítulo Alberdi nos habla sobre el consumo, el derecho más precioso del hombre de satisfacer sus necesidades, tanto privado como público.
    Los principios que regulan al consumo deberán ser lo mismos que regulan la producción y distribución de la riqueza: libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Propone librar de leyes intervencionistas al consumo privado (nadie como el hombre sabe lo que debe consumir en base a su propio instinto de conservación) y por otro lado acepta la regulación del consumo/gasto publico pero solo para que no lo alejen del principal objetivo que es el bienestar general.
    Alerta sobre el peligro de las leyes que limitan tanto el consumo productivo/industrial como el consumo improductivo. Limitar las primeras es embarazar a la industria nacional y al progreso de un país. Limitar las segundas, es el principio para luego limitar las primeras. Dejar al Estado definir cuestiones como “el lujo “ha sido motivo de una consecuente violación y restricción a todas las libertades individuales del hombre.
    Más adelante, nos aproxima al artículo 4 de la CN sobre los gastos públicos y el Tesoro Nacional. Aclara que poder solventar los gastos públicos y tener a disposición un tesoro nacional es parte de la independencia de un pueblo soberano y libre. Sin ello, no hay libertad. Pero hay un mal que la afecta crónicamente: la independencia relativa/domestica de Buenos Aires de la Confederación. Mal que no se solucionara a través de la guerra sino a través del paso del tiempo. Y luego propone demostrar que la Confederación tiene los medios rentísticos necesarios para prosperar y que solo luego de algún tiempo en que lo demuestre, será posible la incorporación de Buenos Aires a ella.
    Tal como lo hacían los llamados Pactos Federales, la CN propone la nacionalización de recursos, la centralización rentística. Formar un Tesoro Nacional en base al art.4 de la misma, donde las provincias delegan su poder en todo, en parte o se reservan el derecho de hacerlo. Es decir, la CN propone unir las rentas en un Tesoro que no le pertenezca a nadie sino a todas las provincias.
    Para finalizar, encuentra el gran problema a todo esto en Buenos Aires. Ya que la Confederación ya posee un sistema de administración del requerido en líneas anteriores pero solo lo posee en manos de Buenos Aires, antigua capital rentística del país. La Confederación deberá entrar en posesión de esos recursos para reemplazar al antiguo régimen de Hacienda. Sera su objetivo romper con la idea de Rivadavia y construir un gobierno aceptado por toda la Nación, que construya los cimientos, en base a la preciada CN de 1853 y su sistema económico y rentístico.

    PREGUNTAS:
    1) ¿Qué incentivos al consumo (en vez de prohibiciones) nos aconsejaría el autor?
    2) Teniendo en cuenta factores como la desigualdad o la fuga de divisas ¿No cabe la posibilidad de que la total desregulación del consumo privado tenga malas consecuencias sobre el resto de la población?
    3) ¿Cuál podría ser un “ justo “ sistema de coparticipación federal?

  49. Barreiro Díaz María Sol
    dni:31089729
    El Tesoro nacional pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación, y está destinado a invertirse en las necesidades de un gobierno elegido, creado, costeado por las provincias, cual es su gobierno común y nacional, que es gobierno tan suyo como es de cada provincia su gobierno local. Cada provincia tiene dos TESOROS: el de su localidad y el de la Nación. Los dos son invertidos en su provecho: el uno en sostén del gobierno encargado de hacer cumplir la Constitución general, y el otro en sostener al gobierno que tiene a su cargo el orden local de la provincia; el uno se invierte en el gasto que cuesta sostener la independencia nacional, el otro en el gasto ocasionado por la necesidad de mantener la independencia y soberanía relativas y domésticas de cada provincia. Añadid que no hay gobierno central, ni orden constitucional, ni libertad, sin unión de rentas, sin Tesoro nacional, porque el Tesoro es el poder mismo, es el instrumento de orden y de libertad, y no hay Tesoro capaz de esos efectos vitales si no hay unión y consolidación de rentas.
    LO IMPORTANTE
    Alberdi desarrolla la cuestión del tesoro Nacional, expresado en el art 4 CN, lo cual permite a un estado ser soberano y libre, adoptando un sistema de centralización.
    El autor expresa que en nuestro país hay recursos, pero no una adecuada administración.
    PREGUNTAS
    1)¿Cómo se refleja esto en la actual situación de la Ley de Coparticipacion de la las provincias?
    2)Desde esta óptica. ¿ Las actuales políticas de gobierno llevan a aumentar el consumo y a disminuir la riqueza?
    3)¿No debería reformarse o crearse una ley complementaria que asigne a su vez las necesidades básicas de cada provincia para luego redistribuir la riqueza de una modo más equitativo a largo del páis?

  50. Resumen:

    En primer lugar, Alberdi distingue entre la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno, mirando a ésta última como accesoria de la primera, señala que el verdadero modo de contribuciones abundantes es haciendo rica y opulenta a la Nación.
    También, señala que el tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente, ya que , según Alberdi, el país que no puede costear su gobierno no puede existir como Nación independiente, ya que, el gobierno no es más que el ejercicio de la soberanía por sí mismo, y no tener los medios para ejercerla significa que no puede existir independiente, es decir, no puede ser libre.

    A su vez, Alberdi define a la renta pública como una parte de la renta privada de los habitantes del país destinadas a satisfacer y proteger el cuerpo social en que viven. La abundancia del erario público depende del respeto a los derechos constitucionales de los contribuyentes, ya que las contribuciones es el precio que hay que pagar para el goce de éstas.
    Alberdi, establece que la contribución debe pesar sobre todos igualmente, y sobre «cada uno según sus fuerzas»: consagrando así una igualdad proporcional, consagrada en el artículo 16 de la Constitución Nacional.

    En segundo lugar, Alberdi realiza una segunda distinción de las rentas públicas, las que pueden ser Nacionales y Provinciales, las primeras son las que las Provincias expresamente le hayan delegado en la CN (conforme artículo 4 cn) y sujetas a la reglamentación del Congreso por medio de leyes Nacionales, y las segundas las que hubieren conservado en forma única y exclusiva. A su vez, señala que la existencia de un erario público Nacional no limita la autonomía de las Provincias, sino que las fortalece.

    Por último, en el presente capítulo Alberdi nos señala como estos ingresos que obtiene el Estado Nacional, se gastan, a lo cual denomina como gasto público, que considera que es el que el mismo hombre efectúa por intermedio del gobierno, en satisfacción de necesidades de su existencia colectiva. El cual se constituye de todo lo que cuesta el «constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, promover la defensa común, el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad». Todo el dinero público gastado con otros objetos es dinero malversado y malgastado, de ahí la importancia de la existencia de leyes de la cuales de apoyen quienes están destinados a administrarlo.

    Lo importante:
    De éstas distinciones que realiza Alberdi, las cuales sirven de bases para el funcionamiento de nuestro sistema fiscal, cabe señalar , como lo hizo Alberdi , que no son recursos los que le faltan a nuestro país, sino confianza en el Estado centra u provincial, ya que nada nos asegura que nuestros derechos serán o no respetados, o que lo que no aportamos no será igualmente objeto de otro nuevo impuesto, o el doble gravamen sobre la misma materia. Si bien, existen garantías constitucionales, no hay efectividad en ellas ya que siempre hay una ley reglamentaria que afecta en forma directa o indirecta el ejercicio de nuestros derechos (como por ejemplo el alto costo que implica sustanciar un proceso judicial tendiente a obtener el cobro de un impuesto injustamente cobrado o cobrado en exceso). Hasta tanto no exista claridad y respuesta a los derechos constitucionalmente consagrados del sector privado, este problema no podrá ser solucionado.

    Preguntas:
    1 – ¿Qué considera usted de nuestra aún vigente ley de coparticipación federal? ¿Qué estrategia recomendaría a fin de apaciguar las diferencias nacionales y provinciales para sancionar una nuevas, y que cambiaría de la actualmente vigente?

    2- En un régimen donde las sanción de una ley deviene de Congreso, el cual ya no cumple la función para la cual no fue originariamente creado, sino que representa los intereses partidarios con los cuales llego a ocupar su banca, ¿Considera usted que la población debería tener algún tipo de participación (ej:referéndum o consulta popular) en la formación anual de la Ley de Presupuesto?

    3- ¿ Que cosas positivas considera que se encuentran en nuestro actual sistema fiscal, y qué otras cosas ve usted que deberían cambiarse en futuras reformas?

  51. Resumen: En tos capitulos Alberdi habla sobre, en primer lugar del consumo y en segundo lugar sobre el federalismo. En la partes primeras habla sobre que parte de enriquecerece es saber gastar, o saber el arte de gastar, y luego hace expresas menciones a el gasto improductivo, o todo aquel no destinado a incrementar la riqueza, tal vez hoy seria dicho como inversión, y leyes que lo limitan. Claramente, dice Alberdi, limitar el gasto improductivo seria limitar el derecho de propiedad.
    En el tercero capitulo Alberdi habla sobre que mas alla de ser federal, Argentina es una sola, tiene una sola frontera por lo que tiene una sola Aduana, y que una forma de aumentar el recurso provisional es hacerlo uno con el de otras provincias; esto es respecto de la «nacionalización» de terrenos baldíos, entre otros. Tambien aclara que todo lo no delega es el tesoro provincial, junto a lo delegado en parte.

    Lo novedoso:
    Me resulta novedoso que Alberdi no haya hablado de Inversion si no de gastos productivos. Tambien su forma de defender el gasto improductivo, cuando tal vez limitarlo para aumentar la inversion pueda ser provechoso para el pais a la larga.

    3 preguntas

    1. Cree que seria util limitar el consumo para fomentar iversion?
    2. cree que hacerlo seria constitucional, o hacerlo de forma indirecta como alterar las tasas de interes?
    3. Que opina sobre las medidas ue toma China para fomentar el consumo interno y asi dejar de ser un mercado de exportacion o tan marcadamente de exportacion?

  52. Resumen:
    Alberdi aqui describe los distintos modos de relación que hay economicamente hablando entre las provincias y el Tesoro nacional. Es decir, enumera varios artículos que determinan los recursos que las provincias deben delegar, los que no, y los que debe delegar a medias al Tesoro Nacional. Los que figuran en esta última categoría son los que crean el conflicto, y se trata de los frutos rentísticos y de locación de las tierras.
    El autor explica que al delegar estos recursos, las provincias no los pierden, sino que al reunirlos todos en el Tesoro Nacional, los potencian y terminan teniendo dos Tesoros a falta de uno. De esta forma tienen un respaldo y motor nacional que hacen a la unión de la Confederación. Comenta que de todas maneras, es un factor común de disputa hasta en las Confederaciones mas organizadas (EEUU) pero que deberían resolver estos conflictos inclusive antes de llegar a materializarse en uno. Es decir, deberían las provincias antes de promulgar una ley local, que participe al gobierno nacional.
    Alberdi afirma con seguridad que «no hay gobierno central, ni orden constitucional, ni libertad, sin unión de rentas, sin Tesoro nacional, porque el Tesoro es el poder mismo, es el instrumento de orden y de libertad, y no hay Tesoro capaz de esos efectos vitales si no hay unión y consolidación de rentas».

    Importante:
    Lo que se puede resaltar de este texto, es la importancia de la cooperación en grupo y como te puede llevar a un mayor resultado que el de guardar todo para uno por mas que a primer instinto no de esa sensación. Que a través de las libertades y seguridad garantizada dentro de la organización (en este caso Confederación), unidos los recursos se potencian y producen beneficios mucho mayores.

    Preguntas:
    – Cree que hoy en dia se da el fenómeno que usted defendía en su momento? o se necesitan mas elementos para asegurarlo?
    – Piensa que se ve reflejado el Tesoro Nacional de la misma manera en todas las provincias?
    – Que debería cambiar para que esto suceda?

  53. DANIEL SAAL
    PUNTO 1
    Alberdi en esta tercera parte, habla acerca de la conformacion del tesoro nacional, su organización y su administracion, estableciendo como principios aquellos mismos que se aplican a la producción, que son igualdad, libertad propiedad y seguridad. Alberdi sostenia que a mayor riqueza de las personas, de manera proporcional va a ser el aumento de la riqueza del tesoro nacional. Es por dicha razón que tiene fundamento los principios mencionados. La libertad para producir es escencial para que las personas generen riquezas y de esta manera beneficiar al tesoro. Una vez creado el estado, éste genera gastos para su subsistencia y la manera de financiar esos gastos es por medio de recursos que provienen del tesoro. Seguidamente Alberdi, hace una distinción entre dos tipos de consumo, el privado y el público. El privado es aquel en que el estado no tiene intervención alguna ya que corresponde a satisfacer necesidades propias de la persona que realiza la erogación y el consumo público, que es el gasto publico, el estado tiene un rol activo de que se realice dentro de los limites de su destino. Y la otra distinción que realiza dentro del consumo privado es la del gasto productivo e improductivo. Las provincias forman parte del tesoro en la unidad de de la Nación.

    PUNTO 2
    Me resultó novedoso una frase particular que versa, “Consumir implica indirectamente producir”, ya que como consecuencia directa del consumo es la producción, y ésta es traducida como riqueza. Por lo tanto aquella distinción entre consumo porductivo e imporductivo no tendria diferencias respecto a esta premisa, ya que ambos tipos de consumo generan la necesidad de producir y esto es en beneficio del estado, por lo tanto el estado debe abstenerse de limitar los consumos privado improductivos. Alberdi destaca que no faltaban recursos si no un sistema administrativo que pueda tomar las riendas de los recursos del estado, ordenandolos y reclctandolos en un único Tesoro.
    Tomando como ejemplo la realidad de nuestro tiempos, creo que todos aquellos planes sociales y los programas lanzados por el gobierno nacional, como por ejemplo Ahora 12, cuyas compras en establecimientos adheridos gozan de doce cuotas financiadas por el estado y similares, son medidas que se realizan con miras a incentivar el consumo y por ende la mayor produccion, con todo lo que ello conlleva (empleo, generación de riquezas, etc).

    PUNTO 3
    La emison monetaria es una medida para incentivar el consumo? Que perjucios podria generarle al estado?
    Como se podria limitar la realización de gastos de manera que desperdician recursos?
    Que pensaria Alberdi con respecto a la falta de una distribución equitativa entre las provincias?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *