Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en el Sistema Económico y Rentístico. Pensaba que la Constitución era una barrera insalvable para limitar el abuso del estado. Si pudiera ahora ver nuestra historia de los últimos tiempos…
Aquí algunos de sus párrafos del Cap I:
“Pero, antes de pasar adelante, detengámonos en la observación de un hecho, que constituye el cambio más profundo y fundamental que la Constitución haya introducido en el derecho económico argentino. Ese hecho consiste en la escala o rango preponderante que la Constitución da a la producción de la riqueza nacional, sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal. ¿Quién creyera que a los cuarenta años de principiada la revolución fundamental fuese esto una novedad en la América antes española?
La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno; y que, mirando a la última como rama accesoria de la primera halla que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.
Y, en efecto, ¿puede haber fisco rico de país desierto y pobre? Enriquecer el país, poblarlo, llenarlo de capitales. ¿Es otra cosa que agrandar el Tesoro fiscal? ¿Hay otro medio de nutrir el brazo, que engordar el cuerpo de que es miembro? ¿O la Nación es hecha para el fisco y no el fisco para la Nación?
Importaba consignar este hecho en el código fundamental de la República, porque él solo constituye casi toda la revolución argentina contra España y su régimen colonial.
Hasta aquí el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco. Debemos al antiguo régimen colonial el legado de este error fundamental de su economía española. Somos países de complexión fiscal, pueblos organizados para producir rentas reales. Simples tributarios o colonos, por espacio de tres siglos, somos hasta hoy la obra de ese antecedente, que tiene más poder que nuestras constituciones escritas. Después de ser máquinas del fisco español, hemos pasado a serlo del fisco nacional: he ahí toda la diferencia. Después de ser colonos de España, lo hemos sido de nuestros gobiernos patrios: siempre estados fiscales, siempre máquinas serviles de rentas, que jamás llegan, porque la miseria y el atraso nada pueden redituar.
El sistema económico de la Constitución argentina hiere a muerte a este principio de nuestro antiguo y moderno aniquilamiento, colocando la Nación primero que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal. Pero en economía, más que en otro ramo, es nada consagrar el principio; lo que más importa, lo más arduo es ponerlo en ejecución. No se aniquila un régimen por un decreto, aunque sea constitucional, sino por la acción lenta de otro nuevo, cuya creación cuesta el tiempo mismo que costó la formación del malo, y muchas veces más, porque el destruir y olvidar es otro trabajo anterior. El moderno régimen está en nuestros corazones, pero el colonial en nuestros hábitos, más poderosos de ordinario que el deseo abstracto de lo mejor.
Hay, pues, un escollo en que puede sucumbir el hermoso sistema de la Constitución argentina, si no lo toma en cuenta el legislador que debe reglar la ejecución del nuevo sistema en sus relaciones con la producción de la riqueza nacional.”
El Dr. Alberdi en la Primera Parte de su libro comienza hablando de las miras que presiden a las preposiciones del preámbulo de la Constitución Nacional. No solo lo que éste enumera sino lo que se refleja detrás del texto, realizando también una breve comparación con el continente europeo. Luego expone su opinión, muy crítica, al Tesoro fiscal, Fisco, o Riqueza del Fisco (como se refiere indistintamente). En el capítulo dos explica los tres agentes de la producción de las riquezas (trabajo, capital y tierra) destacando que las riquezas naturales “abundan admirablemente la República Argentina”, y, describe que la acción de estos tres agentes se opera de la siguiente manera: mediante la agricultura, fábricas y comercio. Así en el Artículo Primero desarrolla las garantías y libertades comunes a esos instrumentos y modos de producción mencionados. Ellas son: libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción. Explica cada una conforme a la Constitución Nacional.
Me pareció sumamente novedoso que la Constitución argentina sea la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno. Tal como describe el autor. Asimismo, destaco la fuerte crítica que hace a la riqueza del fisco, describiéndola como enemigo, error fundamental de la economía española, y que si bien “el moderno régimen está en nuestros corazones, pero el colonial en nuestros hábitos”. Más tarde pone en énfasis cómo se refleja la grande escuela de Adam Smith en el artículo 14 de nuestra Constitución Nacional al decir, por ejemplo, “ el derecho al trabajo y de ejercer toda industria lícita”, ya que para el autor mencionado el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza creada. Lo mismo ocurre con el Derecho de Propiedad, como principio general de la riqueza, lo explica desde un aspecto jurídico y moral y otro económico y material. Habla de propiedad en un sentido amplio refiriéndose también a la propiedad intelectual y del trabajo.
¿A qué se refiere con que “somos países de complexión fiscal”? ¿Por qué el autor se refiere a “la propiedad como garantía de derecho público”, y no como garantía de derecho privado de los individuos? Con la globalización y evolucionada tecnología que existe actualmente, ¿el autor hablaría hoy de otros agentes o instrumentos de producción de riquezas así como de otros modos o formas del trabajo industrial?
Alberdi nos explica que la forma de alcanzar la prosperidad del país y el bienestar de las provincias es mediante el fomento de la industria, esto es del trabajo, de la inmigración y también de la importación de capitales extranjeros. Siendo la Constitución Nacional la que otorga al Congreso el poder para la consecución de tal bienestar. Además de establecer ella misma una serie de garantías como lo son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción que protegen y aseguran tanto a los instrumentos de producción( trabajo, tierra y capital), como a los modos de producción (agricultura, fábricas y comercios). También Alberdi analiza cómo estas garantías protegen a la producción, fuente de toda riqueza de una Nación.
Lo que llamo mi atención es como la Constitución ha ido dándole protección a derechos fundamentales de la persona como lo son la propiedad, la igualdad, la educación o, lo que es lo mismo, la instrucción, la seguridad personal, regulando todos los aspectos de los mismos, siendo aquella una sociedad en la que quizás estos derechos eran inconcebibles o no respetados. También llama mi atención el hecho de que la Constitución, al considerar necesaria la inmigración, como forma de poblar la Nación, de educar a los nacionales, de incentivar las inversiones extranjeras, igualo en cuanto a derechos y garantías tanto a nacionales como extranjeros, lo cual a mi entender resultaría un hecho innovador y avanzado para aquel entonces.
PREGUNTAS QUE LE HARÍA AL AUTOR:
¿A que apunta cuando dice que “la Constitución Argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno? ¿Por Nación se debe entender solo a la población y al territorio y el Gobierno debe ser entendido como algo relacionado a las ideas políticas?
¿Cómo el Congreso podrá cumplir con su tarea de fomentar la inmigración europea? ¿Solo mediante la creación de garantías que aseguren y protejan los derechos de estos?
¿En qué circunstancia se encontraba el país en aquel entonces que el trabajador argentino estaba en gran desventaja respecto al trabajador europeo?
Alberdi señala los principios que tiene en mira y entre ellos destaca la Libertad como medio para lograr en bien estr general en todos sus aspectos.Luego señala los tres elementos de la produccion de la riqueza y a sus tres modos de produccion, teniendo en cuenta que la riqueza se hara protegiendo la libertad y para ello la constitucion le da poder al legislador.Luego aborda el tema de la Riqueza del Fisco como enemigo de la riqueza de La Nacion.
En el siguoente capi. Aborda las garantias comunes a los tres elementos de la produccion la libertad en el art 14 CN en todas sus dimenciones y sus limites en art 15 y 19 de la CN.En el art 2 Se tiene en cuenta la igualdad como garantias de los elementos complentandose a la.libertad.
Novedad: Me parece interesante El tema de la inmigracion como una de las bases para la produccion de riqueza y la proteccion por la ligualdad para que brazos extranjeros puedan hacerla posible.
¿ Cual es la diferencia entre la riqueza del gobierno y de la Nacion?
¿A que llama Complexion Fiscal?
¿ como evitariamos la riqueza del fisco a costilla de la Nacion?
En el capítulo primero, Alberdi destaca la importancia del bienestar material para la prosperidad del país, y cita a la Constitución en tanto ésta le confiere al Congreso la facultad de dictar leyes protectoras de la producción. Luego, sostiene que la Constitución distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno, y que ésta última es accesoria a ésta primera. Afirma que no puede haber fisco rico en país pobre y que el peor enemigo de la riqueza del país hasta ese entonces fue la riqueza del Fisco.
En el capítulo dos, procede a explicar cómo la Constitución protege a la producción, para ello, analiza las libertades consagradas en el artículo 14, 15 y 19 de la Constitución, y concluye que estas libertades son el manantial de la riqueza.
Luego, destaca la importancia del principio de igualdad en tanto que la eliminación de la esclavitud, de la distinción entre extranjeros y nacionales y de los mayorazgos y segundones, impulsa a la producción de riqueza, y toda ley contraria a este principio, perjudica al bienestar del país.
Lo más sorprende es la definición que hace Alberdi en el capítulo primero cuando hace la distinción entre fisco y Nación y expresa que “el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco”, pues Alberdi tenía claro que Nación y fisco son dos cosas distintas y la riqueza pública no es la riqueza del fisco.
Llama a la reflexión las preguntas que hace Alberdi para demostrar la accesoriedad del fisco, ¿puede haber fisco rico de país desierto y pobre? ¿Hay otro medio de nutrir el brazo, que engordar el cuerpo de que es miembro? De esta forma, nos revela que la única manera de que se enriquezca el fisco, es a través del enriquecimiento de la Nación.
Preguntas:
1) ¿Qué tan grande debe ser el fisco? ¿Hay algún parámetro que permita definir qué tan grande debe ser?
2) ¿Cuándo la libertad estaría siendo reglamentada y cuándo “encadenada”?
3) ¿La igualdad social debe ceder ante la libertad, o son ambos compatibles?
En la primera parte del libro el Dr. Alberdi comienza haciendo un análisis del Preámbulo de la Constitución Argentina y pone de relieve ciertos principios allí consagrados. Estos principios se ven claramente plasmados en las leyes protectoras de la producción, las cuales no deben ser arbitrarias y responden a la calificación de leyes orgánicas de la economía constitucional. Con posterioridad, ya adentrándose en el segundo capítulo, se comienzan a estudiar los derechos y garantías protectores de la producción. Esta última, como bien sabemos, tiene lugar por la acción de tres agentes, a saber: el trabajo, el capital y la tierra. Y, a su vez, la acción de estos agentes se da de tres formas: la agricultura, las fábricas y el comercio. El Dr. Alberdi desarrolla estos conceptos y luego comienza a explicar cuáles son los principios que se vinculan tanto a los instrumentos de producción como a los modos de la misma, teniendo en cuenta que también existen disposiciones que se aplican de manera separada para cada modo de producción.
Nuevamente el autor se enfoca en el hombre como individuo indispensable para la economía. El sujeto de estudio es el hombre y a él se pretende proteger con estos principios económicos plasmados en la Constitución Argentina. “El trabajo no puede existir sin el hombre, porque no es más que la acción de las facultades humanas aplicada a la producción de la riqueza […]”, es interesante como el autor nos hace reflexionar sobre estos puntos teniendo en cuenta que el trabajo, el capital y la tierra, que si bien son agentes principales de la economía, de nada sirven si el hombre no ve garantizados sus derechos, y por ello la importancia de plasmar a través del articulado constitucional derechos tales como: el derecho al trabajo licito, la libertad de usar y disponer de su propiedad, el derecho de igualdad, la seguridad personal del hombre, entre otros. Me resulta interesante como el autor entrelaza estos principios en relación a la producción de riquezas y cuan importantes ellos son para la prosperidad económica de la Nación.
Tres preguntas: ¿Es fácticamente posible que la Nación sea rica, sin que el fisco también se enriquezca a costa de ella? En caso que el fisco se enriquezca por encima de la Nación, es posible revertir o equilibrar la situación? ¿Considera que la Constitución, en conjunto con las leyes nacionales, abarca los principios y derechos necesarios para promover la libre producción, o deja afuera algún otro?
En este primer capítulo Alberdi realiza unas consideraciones generales sobre las disposiciones y principios de la Constitución Nacional referentes a la producción de las riquezas, destacando la libertad de todo género como principio fundamental conducente a la prosperidad de la Nación. Por consiguiente hace referencia al rango predominante que la Constitución Nacional reconoce a la producción de la riqueza nacional sobre la formación del Tesoro, y afirma que la riqueza del Fisco es el peor enemigo de la riqueza del país, siendo necesario buscar un cambio al pensamiento que arrastramos desde la colonia.
Como segundo punto, enumera una serie de garantías a los tres instrumentos (el trabajo, el capital, y la tierra) y a los tres modos de producción (la agricultura, las fábricas, y el comercio).
Estas son: La libertad, La igualdad, La propiedad, La seguridad, La instrucción. Por ejemplo sobre la igualdad, opina que todos son iguales ante la ley del trabajo y que toda ley o reglamento contrarios a este principio son dañinos a la riqueza de la Nación. De la propiedad destaca su rol de ser el móvil y estímulo de la producción, y advierte que no basta con reconocerla como derecho inviolable, sino garantizar su pleno uso y disponibilidad. Los peligros que la rodean, por lo general provenientes por parte del Estado, son prevenidos por la Constitución Nacional a través de ciertos mecanismos como en el caso de la expropiación. En cuanto a la seguridad, señala que el hombre no puede desarrollar su producción si no se ve asegurado contra las agresiones de la ley, de la autoridad y del interés individual. Por último, sobre la instrucción, destaca la importancia de instituir a las nuevas generaciones en el ejercicio práctico de los medios de producción, de manera gratuita y general.
Lo que más me llamo la atención fue unas de las frases de Alberdi que llamaron mi atención en el texto es cuando dice:” Después de ser colonos de España, lo hemos sido de nuestros gobiernos patrios: siempre estados fiscales, siempre máquinas serviles de rentas, que jamás llegan, porque la miseria y el atraso nada pueden redituar”; entiendo que esto hoy aún se cumple y que lamentablemente esta desigualdad entre ambas riquezas se ve acentuada más hacia un lado o hacia el otro según el gobierno de turno que se encuentre. Por lo que la historia argentina demuestra que aumenta la recaudación del “fisco” a costa del empobrecimiento y atraso de clase menos pudientes. Por eso me gustaría saber:
¿Qué rol tiene el fisco hoy y en qué situación encuentra a la Nación?
¿Qué beneficios traería a nuestro país hoy seguir con las políticas económicas liberales que postulaba usted en aquellos momentos?
¿Del abanico de derechos y garantías que están amparados en nuestra constitución, cuáles de ellos ve que no se cumplen o se cumplen a medias?
Desde el preámbulo ya la constitución promueve consideraciones generales tendientes a garantizar la libertad en todos sus géneros; todos los intereses asegurados contribuyen al bienestar general aunque el mas inmediato de ellos es el interés material por esta razón la Constitución le da al poder legislativo la facultad de realizar todo acto que de lugar a su prosperidad generando así las llamadas leyes protectoras de la producción. Conforme a las fuerzas productoras ya mencionadas anteriormente y sus modos de explotación la Constitución determina garantías y libertades cada una de ellas con su aspecto moral y político como así también su aspecto material y económico.
La libertad es consagrada de un modo amplísimo por el articulo 14. En su aspecto económico es para todos los habitantes de la Nación tanto nacionales como extranjeros que habiten en ella; conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio la Constitución pone determinadas reglas y como principio el trabajo libre. A lo largo de la norma encontramos derechos garantizados por ésta por ejemplo el derecho de petición, derecho de locomoción, derecho de asociación entre otros tantos.
La igualdad establecida en el ya citado articulo 14 aunque el articulo 16 es el más explícito, hoy día ante la ley todos somos iguales y resulta de esta igualdad económica un medio de enriquecimiento y de prosperidad para el país.
La propiedad es una garantía del derecho público y como principio de la riqueza es consagrada en el articulo 17 como un derecho exclusivo de cada hombre de usar y disponer ampliamente de ella para satisfacer sus necesidades.
La seguridad personal reconocida en el articulo 18 al igual que en el articulo 29 que priva al poder legislativo como al ejecutivo de facultades extraordinarias que pongan la vida de el hombre a merced de un gobierno o persona, ya que la libertad del hombre debe ser plena y de no serlo la producción no sería útil en su máximo nivel.
Y como última garantía Alberdi nombra la instrucción la cual debe ser variada y completa. Para que esta instrucción tenga sus efectos es preciso instruir a las nuevas generaciones en el ejercicio de la producción con el fin de que la riqueza se pueda seguir desarrollando a largo plazo.
Considero que en los tiempos que corren garantizar estas libertades por parte del estado no debe ser nada sencillo por que al transitar la realidad de cada día los ciudadanos pueden afrontar trabas a la hora de desarrollar libremente su producción y así ver afectada su riqueza; por ejemplo cuando nos encontramos frente a una protesta o manifestación vemos infringido el derecho de locomoción, el cual permite desarrollar libremente el comercio que promueve el consumo y como fin la satisfacción de las necesidades de todos y cada uno de los ciudadanos. Si bien no podemos negar el derecho a huelga también reconocido por la constitución muchas veces se extralimita su uso dañando los derechos del otro lo cual hace pensar que no todos los ciudadanos son consientes de que cada uno es libre de ejercer sus derechos hasta que esa acción infrinja el derecho del otro.
¿Cree que el hombre es capaz de ejercer solo sus libertades sin dañar las del otro o la instrucción debe dar esa capacidad a lo largo del tiempo? ¿Un gobierno con aristas o resabios autoritarios concluye siempre en miseria y escases? ¿O puede evitarlo con determinadas políticas económicas?
En la parte primera de obra de Alberdi, se aborda el tema de las disposiciones y principios relativos a la producción de la riqueza en la constitución argentina. En la cual se hace mención de los artículos: 14, 15, 16, 18, 19 y 20 de la Constitución Nacional, en estos se refleja la influencia del liberalismo económico de Adam Smith al consagrar las libertades y la propiedad individuales relacionándolas con la generación de la riqueza.
En el capítulo I de la primera parte, se hace la distinción entre la riqueza de la Nación y la riqueza del fisco, estableciendo que los tributos debe dictarlos el poder legislativo para evitar que el fisco mediante presión tributaria impida la generación de riqueza de la Nación a través de la iniciativa privada. También se hace mención de cómo la Constitución Nacional en los artículos señalados contribuye a estimular los factores de producción tierra, capital y trabajo a través de garantías comunes y otras específicas para los modos de relación de estas fuerzas: comercio, agricultura y fábricas.
En el capítulo II, artículo I, trata sobre las garantías comunes de los modos de producción que son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Se establece que al consagrar la libertad de circulación, de ejercer industria licita, de prensa así como también la inviolabilidad de la propiedad privada, la igualdad ante las cargas públicas y el debido proceso; se darían las condiciones económicas para atraer inmigración Europea, según Alberdi la mano de obra más capacitada de época, como también la inversión de capitales extranjeros, lo que haría que la Nación se desarrolle.
Con respecto a las garantías específicas, para la agricultura, tratadas en el artículo II, Alberdi establece que la única debe estar en el dejar hacer y el dejar pasar, evidenciando la influencia de escuela de los fisiócratas.
¿como se financiaría el Estado para cubrir los gran cantidad de servicios que presta en la actualidad, por ejemplo salud y educación con pocos impuestos?
¿Alberdi estaría de acuerdo a un esquema tributario progresivo?
¿el dinero recaudado de los tributos administrado de manera adecuada contribuye al desarrollo económico del Estado?
En la primera parte del libro Alberdi comienza desarrollando el preámbulo de la constitución en el cual prevé el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para todos los hombres que quieran habitar el suelo argentino. En donde la constitución le da el poder a los gobernantes a hacer todo lo necesario para conducir a ese bienestar general, al progreso, fomento de la producción y de la industria, donde es allí donde se desglosan las leyes protectoras de la producción encontrando su origen en los derechos y garantías protectoras de la producción que desarrolla en el capítulo siguiente. En el capítulo II dice que la producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres instrumentos, que son: El trabajo, El capital, Y la tierra, en donde la acción, de estas tres fuerzas productoras, se opera de tres modos o formas del trabajo industrial, que son: la agricultura, las fábrica, y el comercio en donde cada uno tiene su reflejo en la constitución y su protección. En el art 1 de su libro establece que en el caso de la industria se establecen como garantía: la libertad en todos sus géneros reflejado en el artículo 14 de la CN, sobre todo la económica reflejada en la teorías de Adam Smith; la igualdad de todos ente la ley tanto nacionales como extranjeros, da a la producción nacional un envión, porque el trabajo del extranjero, según su visión es más adelantado, contribuyendo a la educación del productor nacional. ; la propiedad en los art 17 , el derecho exclusivo que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo; la seguridad (en los artículos 18,19 y 29), y finalmente la instrucción que debe ser tan variada en sus ramos ,materias, objetos y necesidades que presenta la sociedad , en todas las generaciones para procurar generar mayores riquezas . En donde toda restricción o limitación de estas garantías son dañinas a las riquezas y bienestar dejando al estado sumergido en la periferia y pobreza , disminuyendo la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y por supuesto al progreso del país. Lo que me pareció más destacado es lo que dice el autor acerca de la tiranía “El despotismo y la tiranía, sean del poder, de las leyes o de los reglamentos, aniquilan en su origen el manantial de la riqueza -que es el trabajo libre-, son causas de miseria y de escasez para el país, y origen de todas las degradaciones que trae consigo la pobreza” donde una vez más defiende el liberalismo y libertades de todos (tanto civil, económica, política). También cuando establece que la Constitución Argentina como la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno.
Alberdi hace una fuerte crítica a la riqueza del fisco, describiéndola como enemigo, por ello le preguntaría que análisis haría de la presión impositiva de la actualidad ya que su origen es mantener en pie servicios esenciales para los ciudadanos como la educación, seguridad, salud etc. ? ,a que se refiere cuando dice que las garantías tienen un aspecto moral? y finalmente según su punto de vista se distingue la riqueza de la Nación y la del gobierno ,¿ en qué se diferencian ?
En el Capítulo I y II; Art. 1°; Alberdi explica el contenido del preámbulo y los artículos de la Constitución Nacional (CN), donde se protege al individuo y a los sistemas de producción nacional, destacando que para su cumplimiento debe existir un Estado que haga cumplir las leyes. Promueve la inmigración, para organizar los distintos medios de producción. Es el Poder Legislativo, a través de sus leyes, quién garantiza una Nación próspera. Aclara que todos los intereses contribuyen al bienestar general pero afirma que el interés material es el más inmediato. La CN otorga un rango destacado a la producción y distingue la riqueza nacional, por sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal. Esto, es opuesto a lo que hacía España antes de la Revolución de Mayo de 1810. Alerta que el sistema puede sucumbir, si no es tomado en cuenta por el Legislador. La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos: El trabajo, El capital y la tierra, combinados con el trabajo industrial y sus tres componentes: La agricultura, Las fábricas y el comercio. Para ello, se deben promover las garantías fundamentales: libertad, igualdad, propiedad, seguridad y la instrucción.
COMENTARIO:
El Autor, da una pormenorizada explicación y fundamenta cada párrafo del texto de la CN desde el Preámbulo, en todo lo que atañe a los varios modos de producción, en pos de la prosperidad del país, se encarga de desligar a la Argentina de España por un Código escrito, destacando que para lograr el propósito de esta Constitución se debe poner en práctica todo lo que la misma pregona, ya que los hábitos desarrollados con el gobierno anterior a la Revolución de Mayo de 1810, están incorporados a las personas y son difícil de quitar, si no se pone en marcha el nuevo sistema. Destaca que era necesaria la inmigración europea, ya que a éstos, los suponía con mano de obra especializada que, podían instruir a los individuos nacionales dotándolos de capacidades para ocupar un puestos de trabajo en los distintos medios de producción. Señala que el Estado debe estar presente para proteger y garantizar la seguridad de los trabajadores libres y los modos de producción.
PREGUNTAS AL AUTOR:
1.- Hoy en muchas líneas de producción industrial, el trabajo del hombre es sustituido por sistemas robotizados. Ante esta realidad, cuál sería el rol a desempeñar por el obrero en la industria?
2.- Pasado más de un siglo y medio desde que se promulgó la CN, considera que se aplica totalmente el nuevo sistema en el país?
3.- El hombre actual, está bien protegido contra las agresiones de la autoridad y del interés individual de los que detentan el poder?
Continuando con la lectura del Capítulo I – Disposiciones y Principios de la Constitución Argentina referentes a la Producción de las Riquezas y del Capítulo II artículo 1ro. Garantías y libertades comunes a los tres instrumentos de modos de producción, Alberdi destaca que la Constitución Argentina da al gobierno legislativo, para que este lo tome en cuenta, el poder realizar todo lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias y les señala terminantemente cuales son los medios conducentes a esos fines de bienestar y producción de riqueza, destacando el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines. Refiere que el moderno régimen constitucional puede sucumbir si el legislador no toma en cuenta el nuevo sistema por continuar influenciado por hábitos coloniales. Reafirma además que la producción de la riqueza se opera por la acción combinada del trabajo, el capital y la tierra y que las garantías concedidas a dicha producción comprenden los derechos de libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.
Encontre como novedoso, que dicho texto constitucional al referirse al concepto de libertad, pone un limite al legislador, que ha sido colono español, en cuanto manda que “…Ni la Ley, ni poder alguno pueden arrancar a la industria argentina su derecho a la libertad constitucional…”
También me resultó novedoso para la época, el gran avance por el cual se consideraba que la libertad económica es para todos los habitantes, nacionales y extranjeros; dando especial énfasis a la instrucción relacionada con la producción económica, refiriendo que debe ser variada en sus ramos y materias, como los objetos y necesidades que presenta la vida social. Hace referencia de utilizar el método de educación que más conviene a nuestras clases industriales y que la mejor escuela del productor argentino en ese momento era el ejemplo práctico del productor europeo, po lo cual encarga al Congreso de promover la inmigración y negándole el poder de restringir, limitar, ni gravar con impuesto alguno la entrada al territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias e introducir las ciencias y las artes.
Le preguntaría al autor: ¿Si consideraba posible que el poder social dominante de la época, abusando del conocimiento restringiera el principio de libertad y de igualdad con impuestos abusivos que enriquezcan al gobierno sobre la Nación?; ¿Si esta convencido que en la realidad, la Constitución Argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno?; ¿Porqué considera que el Bienestar Material es el punto de partida y el resumen de la prosperidad presente?
Alberdi comienza su primer capitulo afirmando de que la Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno. Establece la critica que Después de ser máquinas del fisco español, hemos pasado a serlo del fisco nacional, siempre maquinas serviles de las rentas. nos dice que se debe colocar a la Nación primero que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal. también opina que el legislador debe reglar la ejecución del nuevo sistema en sus relaciones con la producción de la riqueza nacional.
en su segundo capitulo nos explica que la producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, que son: El trabajo, El capital, Y la tierra.
luego este capitulo lo divide en Articulos, en el primero de ellos divide a su vez este mismo en diferentes ítems. explica que la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad, la instrucción son las garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial y establece la relación de estas con la producción economica.
Me pareció novedoso la afirmación que da Alberdi cuando en su texto dice «la libertad económica es para todos los habitantes, para nacionales y extranjeros, y así debía de ser. Ceñirla a sólo los hijos del país, habría sido esterilizar este manantial de riqueza, supuesto que el uso de la libertad económica, más que el de la libertad política, exige, para ser productivo y fecundo, la aptitud e inteligencia que de ordinario asisten al trabajador extranjero y faltan al trabajador argentino de esta época»
Me parecio también novedoso las distinciones del antiguo derecho realista, que dividía las personas, para los efectos económicos, en:
Libres y esclavos,
Nobles y plebeyos,
Comunes y privilegiados,
Trabajadores y ociosos por clase y nacimiento, Extranjeros y nacionales,
Tributarios y libres de cargas y pechos, Mayorazgos y segundones, etc. y hoy son todos son iguales hoy día ante la ley del trabajo, que preside a la producción de las riquezas.
Elevando al esclavo al nivel del hombre libre.
Lo que le preguntaría a Alberdi es:
Alberdi en su texto afirma el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco. El sistema económico de la Constitución argentina hiere a muerte a este principio de nuestro antiguo y moderno aniquilamiento, colocando la Nación primero que el gobierno. y dice que el moderno régimen está en nuestros corazones, pero el colonial en nuestros hábitos. Estos cambios de hábitos y políticas económicas son siempre cambios ‘’a largo plazo”?
?cuales medidas específicamente puede implementar un estado para cambiar estos hábitos y establecer el moderno régimen y dejar de lado el colonial?
?es solamente algo que involucra al legislador o también la sociedad tiene influencia en este punto?
Según Alberdi, la producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, que son: El trabajo, el capital y la tierra. La acción, casi siempre combinada, de estos tres agentes o fuerzas productoras, se opera de tres modos o formas del trabajo industrial, que son: I) La agricultura, II) Las fábricas, III) El comercio. No existen otros modos de producción. A su vez, Alberdi sostiene que son garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial: A) La libertad, consagrada de un modo amplísimo por el articulo 14 de la Constitución Argentina de 1853; B) La igualdad, que es mas bien un medio de enriquecimiento y de prosperidad que un fin; C) La propiedad, pilar fundamental para la generación de riquezas; D) La seguridad personal; E) La instrucción. Estas garantías tienen dos aspectos, uno moral y político, y otro material y económico.
Me pareció novedosa la distinción que hace Alberdi entre la riqueza de la Nación y la riqueza del gobierno, y el hincapié que hace en que “…el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco…”. Asimismo, me resulto muy interesante su frase “…Después de ser máquinas del fisco español, hemos pasado a serlo del fisco nacional: he ahí toda la diferencia. Después de ser colonos de España, lo hemos sido de nuestros gobiernos patrios: siempre estados fiscales, siempre máquinas serviles de rentas, que jamás llegan, porque la miseria y el atraso nada pueden redituar…” y como entiende que la Constitución Nacional viene a solucionar estos problemas.
¿Como se financiaría el Estado con pocos impuestos? ¿Considera que la cantidad de tributos que se pagan actualmente son adecuados o excesivos? De las garantías comunes a todo genero de industria que enumera, ¿cual le parece la mas importante o básica para la generación de riquezas en el país?
Resumen: en esta parte del libro Alberdi se enfoca en los derechos y garantías que protegen los diferentes modelos de producción. Resalta incansablemente que la producción de las riquezas resulta de la acción de tres instrumentos: trabajo, capital y tierra. La acción combinada de estos se opera de tres formas del trabajo industrial: la agricultura, las fábricas y el comercio. El trabajo no existe sin el hombre, porque no es más que la acción de las facultades humanas aplicada a la producción de la riqueza. El capital es resultado del trabajo y la tierra es inútil sin el trabajo y el capital. Las garantías a todos los modos de producción: libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción. La libertad económica está consagrada en el artículo 14, siendo esta para todos los habitantes, nacionales o extranjeros. La libertad a la que se refiere la constitución en todos sus aspectos es principio y origen de la riqueza pública y privada, tanto como condición de bienestar moral.
Novedoso/Importante: si bien el autor se enfoca plenamente en la libertad en todos los aspectos también destaca que reglamentarla no es encadenarla, cuando la sujeta a reglas su ejercicio no es el propósito esclavizar su fluidez. Otro punto importante que se menciona es el hecho de que todos son iguales ante la ley del trabajo, es quien preside a la producción de las riquezas. La constitución hace que el ciudadano vaya por el camino de su independencia y libertad personal, y el trabajo es fuente de la fortuna, por ese medio se constituye seño de sí mismo. Igualando al ciudadano extranjero con el nacional en el goce de los derechos civiles para ejercer industria, trabajo y profesión la constitución le da a la producción nacional un impulso muy importante, porque el trabajo extranjero está más adelantado al nuestro y contribuye con su ejemplo a la educación del productor nacional.
Preguntas: Considera que la libertad económica tanto para nacionales y extranjeros en igualdad para ambos hoy puede estar desfavoreciendo al comercio nacional? Como afecta la presión tributaria a la producción de la riqueza de los ciudadanos? Las prohibiciones indirectas son realmente contrarias al principio de igualdad económica o es solo una política económica para una situación determinada?
En la primera parte de la obra el Dr. Alberdi comienza hablando sobre el Preámbulo de la Constitución y expone los principios allí consagrados. Luego expone su opinión sobre la Riqueza del Fisco y la Riqueza de la Nación, diciendo que el peor enemigo de la Riqueza del País ha sido la Riqueza del Fisco y también menciona que se lo debemos al antiguo régimen colonial y que luego de ser colonos de España siempre hemos sido estados fiscales, siempre máquinas serviles de rentas, que jamás llegan, porque la miseria y el atraso nada pueden redituar. El sistema económico de la Constitución Argentina dice Alberdi hiere este principio porque pone a la Nación por encima del Gobierno, y la riqueza del país por encima de la riqueza de la Nación. En economía lo más difícil e importante es poner este principio en ejecución.
Ya adentrándose en el Capítulo II, el Dr. Alberdi expone Los Derechos y Garantías Protectoras de la Producción; comienza diciendo que la producción de las riquezas opera por la acción de tres instrumentos que son: el trabajo, el capital y la tierra. Luego hace una importante mención de los Art 14,15, 16, 17, 18,19 de la Constitución Nacional y los principios en ellos consagrados. Es interesante ver como el individuo en este Sistema económico es muy importante ya que sin individuo no habría trabajo porque sus facultades son aplicadas a la producción lo que genera riqueza y que la Constitución interviene a favor de la producción, solo para garantizar y asegurar la el libre ejercicio de los instrumentos arriba mencionados que son el trabajo, el capital y la tierra. Si el hombre no viera garantizados todos los derechos que se exponen en los artículos mencionados anteriormente, el trabajo, el capital y la tierra no podrían desempeñar sus funciones productoras y por lo tanto la riqueza no podría tener desarrollo.
1. De ser posible ¿Cómo se podría equilibrar la riqueza del fisco y la riqueza de la nación?
2. ¿Cree usted que se cumplen realmente los derechos consagrados en los Art 14,15, 16, 17, 18,19?
3. ¿El desequilibrio que existe entre la riqueza del fisco y la riqueza de la Nación perjudican al individuo en sus tareas de producción?
El autor en cuestión inicia mencionando el preámbulo de nuestra carta magna, haciendo especial hincapié en que ésta pretende la “promoción del bienestar general”. Alberdi interpreta tal bienestar como una forma efectiva de que se vean asegurados a todos los ciudadanos argentinos y a los extranjeros que estén en tierras Argentinas, los beneficios de la libertad (tanto de la civil, religiosa,política,económica,etc). Para obtener tal bienestar, es imprescindible que el pueblo argentino ponga su esfuerzo en producir la mayor cantidad de riquezas posibles, siendo este último producto de la conjunción del TRABAJO – CAPITAL – TIERRA. El mismo Alberdi deja asentado que sólo existen tres modos para hacer posible tal producción de riquezas: la AGRICULTURA, las FÁBRICAS y el COMERCIO. Creo fundamental destacar que para el autor en cuestión existen una serie de principios que van a regir tales modos de producción, los cuales serán comunes a los tres tipos anteriormente mencionados. Estos principios son la LIBERTAD, la IGUALDAD, la PROPIEDAD, la SEGURIDAD y la INSTRUCCIÓN.
Me resulta lógico que según el párrafo anterior, el principio de libertad aparezca plasmado en varios artículos de nuestra carta magna. Por ejemplo el artículo 14 de la constitución nacional, donde entre otras cosas los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; “a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender”. Es así como la carta magna, hace referencia a la LIBERTAD, estableciendo que ésta última es un derecho de los hombres que habiten suelo Argentino.
Simultáneamente, de todo el texto escrito por Alberdi, se infiere una premisa básica de la denominada «escuela Austríaca», que es el «INDIVIDUALISMO METODOLÓGICO». Esto implica que la ciencia económica tiene como objeto de estudio central el individuo y su accionar (a través de sus acciones, recién ahí, conoceremos las preferencias y obtendremos información sobre el mercado).
PREGUNTAS:
1) Si Alberdi estuviera vivo actualmente ¿mantendría los tres modos de producción que estableció en su época (agricultura/fabricas/comercio, o incorporaría modos más modernos?
2) ¿no considera reduccionista decir que para Smith y su escuela el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza creada?
3) ¿Por qué considera usted que los gobiernos que se han sucedido en los últimos años se han apartado de la esencia liberal de la constitución nacional?
En el capitulo primero, Alberdi, inicia aludiendo a lo que el preámbulo de la Constitución expresa cuando enumera entre otras varias “promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino”. Para el autor la libertad cuyos beneficios procura asegurar la Constitución, no es la política exclusivamente, sino la libertad de todo género. Ahora bien, se deduce claramente que el bienestar o interés mas importante es el referente a los intereses materiales. Sigue mencionando que las leyes protectoras de la producción tienen ya sus principios en la Constitución, pero estas no pueden ser arbitrarias, ni deben ser otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional. En su segundo capitulo inicia Alberdi comentando que la producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos (el trabajo, el capital y la tierra) y que la acción de estas fuerzas productoras se opera de tres modos o formas del trabajo industrial, que son: la agricultura, las fábricas y el comercio. Finalmente el autor desarrolla las garantías que el considera comunes a el ejercicio de la fuerza industrial, tales como la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.
Dentro de lo novedoso se puede resaltar que al hablar de libertas se interpreta que habla de libertades como la civil y como la religiosa, tanto la económica como la inteligente, haciendo referencia al espíritu de influir en las poblaciones inmigrantes, es decir para todos los hombres del mundo que quisieran venir al país. El mismo Alberdi dice que la Constitución nacional es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno; y además analiza este punto concluyendo que la prioridad es hacer rica y opulenta a la Nación. Por lo tanto el autor plantea interrogantes como por ejemplo si puede acaso haber fisco rico de país desierto y pobre, o si la Nación es hecha para el fisco y no el fisco para la Nación. Queda en evidencia las criticas sobre la riqueza del fisco en contrapartida de la riqueza de la Nación.
Preguntas al autor:
– ¿Cree usted que hoy en día se puede solamente hablar de la agricultura, las fábricas y el comercio como únicos medios para operar el trabajo, el capital y la tierra?
– ¿Cuál debería ser para usted la labor del fisco hoy en día?
– ¿Nota alguna diferencia entre el fisco de épocas de surgimiento del Estado Nacional y el actual?
Alberdi comienza el primer capítulo de su libro rezando que el bienestar general es el punto de partida y la base de la prosperidad. Para ello, la Constitución Nacional (CN) lo asegura mediante el aseguramiento y la protección de las fuerzas de producción. Alberdi señala como cambio más radical en la economía argentina el de otorgarle un rango preponderante a la producción de la riqueza nacional por sobre el Tesoro o la riqueza fiscal. Dicho autor reconoce que los principios son vacíos si no se aplican; para ello analiza las garantías otorgadas por la CN desde la perspectiva económica, que son el derecho a la libertad, base del sistema liberal económico, destacando que el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza; también la igualdad en sus fases civil, económica, fiscal y política; como medio de enriquecimiento o prosperidad más que como un fin en sí mismo; la propiedad, sin la cual se hace imposible la riqueza; la intervención del hombre y su seguridad personal sin la cual no es posible concebir la producción; la educación, como forma de asegurar los anteriores fines; haciendo especial mención a la agricultura, a la cual considera que se debe aplicar las fórmulas de la industria.
Considero sorprendente el análisis que realiza Alberdi de la primera parte de la CN, sus garantías y libertades, pudiendo aplicarle a cada una, una interpretación liberal, económica, que hoy en día es difícil imaginar a la luz del actual estado de cosas. Por otro lado, es interesante ver cómo era rol, para Alberdi, de los tributos y la riqueza del fisco, el cual no relevante a la hora de medir la riqueza de la Nación, y el freno que impone a los impuestos, en relación tanto a las libertades personales como a la igualdad. Además, es llamativo que Alberdi con relación a la expropiación, que aún sigue contemplada así en la actual CN, prefiera llamarla enajenación forzosa. Con respecto al principio liberal, laisser faire, laisser passer, Alberdi lo establece claramente como deber principal de la CN. Por último, es interesante ver cómo, más de 150 años después, la agricultura sigue siendo la industria por excelencia de la Argentina.
Si tuviera la posibilidad de preguntarle al Dr. Alberdi y que me respondiera, le haría las siguientes preguntas:
¿Puede concebir máquinas inteligentes que funcionen sin la intervención del hombre y se repongan y creen por sí mismas? ¿Si esto ocurriera, qué rol tendría la mano del hombre en el proceso de producción?
¿Ha fracasado el modelo liberal económico que se propuso para la Argentina?
¿Cómo ve actualmente el rol del fisco en la recaudación impositiva, y la imposición de los impuestos a todos los procesos de producción? ¿Está de acuerdo con el peaje, que no se considera un tributo?
Alberdi en su primer capítulo y el segundo la primera parte hablan de La libertad cuyos beneficios procura asegurar la Constitución; en los art. 14 ,15 y 19 desarrolla, además de la política, la libertad de todo género, tanto la civil como la religiosa, tanto la económica como la inteligente, pues de otro modo las constitución, no la prometería a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. Las leyes protectoras de la producción tienen ya sus principios en la Constitución ; no pueden ser arbitrarias, ni deben ser otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional. – reconoce y garantiza los orígenes de la producción. La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, que son: El trabajo, El capital, Y la tierra. Habla de las garantías comunes de la industria: La libertad, La igualdad, La propiedad, La seguridad, La instrucción. De la libertad en sus relaciones con la producción económica se en el art. 14, habla de las libertades, la libertad de todos los habitantes, nacionales y extranjeros. Libertad de trabajo etc. En el Art 15 especifica que en la república argentina No hay esclavos… A partir de ese momento queda prohibido vender o comprar personas. También menciona el art. 19 Que ningún habitante de la Confederación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe. Lo que más impacto me genero en estos párrafos es saber como toda la escuela de Adam Smith está reducida a demostrar que el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza creada. El cómo se refiere a la libertad de culto y la importancia que tiene esta libertad, en cuanto a propagar por medio de esa libertad la producción y la riqueza, la importancia también de la asociación y de la producción económica moderna, la libertada de enseñanza y aprendizaje. Me gusto mucho el último párrafo en donde dice:” Toda ley, según esto, todo decreto, todo acto, que de algún modo restringe o compromete el principio de libertad es un ataque más o menos serio a la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y al progreso material del país “que la tiranía o despotismo traen consigo miseria y escasez para el país y pobreza.
Preguntas : ¿Qué quiere decir con nivelar el trabajo del imbécil con el trabajo del genio? ¿Cómo haría para diferenciar la riqueza publica de la del fisco? teniendo en cuenta el rol que cumple el fisco en la actualidad. ¿Cómo podemos dejar de ser maquinas del fisco nacional?
La constitución argentina tiene como objeto promover al bienestar general, asegurar los beneficios dela libertad para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. Por otra parte, el bienestar material es el punto de partida y el resumen de prosperidad presente. La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes, el trabajo, el capital y la tierra, y tres formas de trabajo, industrial o modos que son agricultura, las fábricas y el comercio.
La libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad, la instrucción son garantías concedidas a la producción de la riqueza argentina, con dos aspectos moral-político, material-económico. La libertad económica es para todos los habitantes nacionales, extranjeros, y el derecho al trabo y de ejercer la industria lícita es una libertad que alcanza a todos los medios de producción argentinos.
Lo que llamó más mi atención fue cuando habla que reglamentar la libertad no es encadena la constitución, sería libre en palabras, y opresora de la realidad.
La escuela de Adam Smith está reducida a demostrar que el trabajo libre es el principio esencial de toda la riqueza creada, ofrece el cambio de obtener la ejecución de la ley, que protege el capital, la tierra y el trabajo.
La constitución no especifica cual es la ley ante la cual sean iguales todos los habitantes, lo cual demuestra que se refiere a la ley civil, económica y fiscal, lo mismo que a la ley política respecto de los naturales del país. Nuestro derecho fundamental económico desconoce las distinciones del antiguo derecho realista. El trabajo es la fuente de la fortuna, por cuyo medio el hombre sacude todo yugo civil y se constituye verdadero señor de sí mismo.
1. ¿A qué se refiere con reglamentar la libertad en su texto Alberdi?
2. ¿Qué significa la frase dejar hacer, dejar pasar?
3. ¿Qué quiere decir la frase “ni la ley, ni poder alguno pueden arrancar a la industria argentina su derecho a la libertad constitucional”?
El Autor realiza la distinción entre la riqueza de la nación y la riqueza del fisco, nos dice que esta diferenciación la lleva acabo la misma constitución estableciendo que la riqueza del fisco es accesoria a la riqueza de la nación.
Según el autor somos un pueblo de complexión física, un pueblo organizado para producir rentas o tributos, ya que anteriormente se le respondía al fisco Español y posteriormente se sigue respondiendo pero al fisco nacional; en palabras del autor, “Después de ser colonos de España, lo hemos sido de nuestros gobiernos patrios” Esta la realidad que plantea el autor.
La constitución argentina va en contra de esta realidad, colocando a la nación primero que al gobierno, a la riqueza publica antes que la riqueza fiscal. Este es un arduo trabajo de llevar adelante, puesto que es muy difícil cambiar una costumbre que se tiene tan arraigada en el centro de nuestra historia. Como afirma el autor “el moderno régimen está en nuestros corazones, pero el colonial en nuestros hábitos”
Preguntas para el autor:
– ¿A qué se refiere con países de complexión física?
– ¿Qué medidas ve que se han llevado acabo para pasar del antiguo régimen colonial al que establece la constitución?
– ¿Por qué sigue afirmando que el peor enemigo de la riqueza de un país es la riqueza del fisco, aun cuando ese fisco sea el nacional y ya no el español?
En el capítulo primero Alberdi empieza introduciéndonos un poco sobre qué clase de ideales liberales refleja el preámbulo y que es y cómo es posible para el llegar a un bienestar general. Hace una crítica sobre las riquezas del país haciendo una clara distinción entre la riqueza de la nación y la de su gobierno. Según su visión el sistema económico de la Constitución argentina pretende colocar a la nación por encima de la del gobierno y para ello es necesario un sistema de garantías constitucionales protectoras de la producción, en el segundo capítulo primer artículo comienza a explicar detallar brevemente que es la riqueza y como está conformada (tierra, trabajo y capital) y empieza a explicarnos detalladamente que garantías conforman la industria (libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción) analizando brevemente donde se encuentran reguladas en los artículos 14, 15, 19 entre otros que establecen un amplio espectro de libertades.
Lo que me pareció muy interesante es saber que Argentina fue el primer país en introducir en su preámbulo y articulado un conjunto de principios amplios que aseguran la libertad e igualdad de todos sus habitantes, incluyendo a los que venían desde afuera. Fue probablemente el más innovador de su época y Alberti se muestra muy seguro de sí mismo de que este es el sistema ideal para que el país crezca. Otra cosa para destacar fue su crítica respecto de las riquezas entre el fisco y el tesoro nacional haciéndome preguntar qué tipo de riquezas había en esa época y que tan grande era aquellas que pertenecían al fisco para tener una postura tan fuerte contra ellas. En este capítulo es muy significativo el enfoque y fuerza que toma la idea de la producción y como fabricar riquezas para que el país pueda prosperar, tanto en su economía como en el desarrollo de garantías proteccionistas para la sociedad para poder lograr el ideal de bienestar general. Mis preguntas para el autor serian las siguientes: – En los términos que se plantean al principio del capítulo primero ¿Es realmente posible llegar al bienestar general absoluto cuando a menudo interés propio de los gobernantes entre en conflicto con los intereses generales?
– ¿Qué tipo de papel usted piensa que recae en los inmigrantes dentro de este sistema de garantías enunciadas?
– ¿Es posible erradicar la riqueza del fisco y que solo exista la riqueza de la nación o ambos deben coexistir para que el país pueda crecer?
Resumen:
Con el transcurso del tiempo se ha desvirtuado el concepto de riqueza del país a tal punto que se enfocó en aumentar el caudal tributario de modo que, no solo se infló la recaudación sino que además se evitó aumentar la producción sosteniendo, aumentando y/o creando fuentes de real riqueza. Es evidente que no hubo crecimiento desde hace muchas décadas porque solo se centraron en elevar la carga tributaria a los ciudadanos y con solo ese accionar se “creó” riqueza. La recaudación fiscal es la variable que fue en aumento a través de todos los gobiernos y la que otrora fuera una Nación rica en potencia por sus innumerables recursos ha quedado relegada en todo plano frente al conjunto de naciones globales porque no puede competir (por falta de desarrollo). Es un despropósito que se haya omitido propender al desarrollo de una nación rica y solo se haya “impuesto” mayores cargas tributarias a los ciudadanos. Es harto evidente que las distintas clases gobernantes han subido al poder para enriquecerse ellos mismos, sus familiares y amigos (sabido es que en Argentina existe nepotismo y corrupción desde tiempos inmemoriables). Lamentablemente Argentina, no ha podido dejar atrás los sesgos del pasado: de ser una colonia de España, que con sus riquezas, metales y tributos mantenía a la Corona, pasó a ser una suerte de colonia interna sosteniendo, manteniendo y pagando tributos a los gobernantes de turno.
Opinión personal:
De hecho, todo se fue naturalizando de tal modo que ya nadie se cuestionaba cada vez que surgía un nuevo tributo, recuerdo cuando se implementó el IVA y así tantos más… si bien, muchas de esas innovaciones provienen de naciones avanzadas donde se han ido implementando, como en este caso, el “value added tax” VAT o IVA, (aplicado en Estadio Unidos) no se puede extrapolar que en Argentina, el gobierno haga un uso apropiado de esos recursos tributarios. Muy por el contrario es un modo de sustraer algo mas de los bolsillos de los ciudadanos, de un modo indirecto y luego, sabe Dios en que se emplea. Muy lejos estamos de suponer que los impuestos se emplean en mejores autopistas, servicios, rutas, caminos, etc., todo lo que redundara en una elevada calidad de vida. Evidentemente se ha puesto el carro delante del caballo y aumentando la presión impositiva se ha producido una ilusión de riqueza que solo “contribuye” a mantener en el poder a clases que no tienen en consideración un desarrollo real que produzca verdadera riqueza.
Preguntas:
1. ¿Se puede retrotraer este estado de opresión fiscal sobre los ciudadanos y emprender un desarrollo real que lleve a la Argentina a crear verdadera riqueza?
2. ¿Los asesores legales de los legisladores y gobernantes, así como los mismos gobernantes y legisladores tienen alguna preparación acerca de estos principios de modo que su accionar incline la balanza eventualmente al justo medio?
3. ¿Cómo un país tan rico potencialmente como Argentina termina en manos de personas que no tienen valores y la arrastran por una barranca abajo casi sin posibilidad de recomponerse?¿Existe aún una oportunidad de éxito para este país? ¿Cúal es la avenida?
Breve resumen
El capitulo 1 y 2 del sistema económico y rentístico, relata los principios básicos económicos para el desarrollo de la confederación del rio de la platas, estos principios son garantías que a criterio del Alberdi son elementales para atraer la riqueza al despoblado territorio de la republica argentina. Alberdi en su texto defiende y explica la importancia de establecer garantías al capital, la tierra y el trabajo, no solo agrazando los mismo desde la constitución de la nación, si no estableciendo límites a las leyes que los puedan regular, así como limites los diferentes poderes que pudieran verse tentados de de avanzar sobre el derecho a libertad, libertad que no sería tal de no existir plenas garantías por parte de la ley magna a su ejercicio y goce.
Estas regulaciones no solo aspiran a ser limites a los legisladores, máximo órgano de representación, sino también un límite a las idea externas como el socialismo que contaminan y limitan toda posibilidad de crecimiento y generación de riqueza por parte de las personas entendiendo a la riqueza como una fuente de la libertad personal por medio del trabajo, como fuerza de liberación personal.
Que me sorprendió
Me sorprendieron varias cosas aunque una de las que más me sorprende son las referencias tan tajantes que tiene para con el socialismo y su interés para proteger a la republica de este. Realmente se percibe en cada línea su pensamiento liberal en el sentido más profundo de la palabra, y se disfruta en cada párrafo de la defensa a ultranza de libertad y como a través del reconocimiento de los derechos económicos se evidencia y se sustancia el sentido de la misma de la mano de la libertad económica, redefiniendo el sentido de la riqueza y la propiedad para el hombre en función de su libertad, siendo el trabajo libre una herramienta para la esta. Me sorprende la amplitud de pensamiento, para pensar una republica desde sus base concibiendo los males heredados y poniendo en la practica una constitución para el estado, que guía y plasme en el imaginario de quien la lea un modelo de país, enfocado en el desarrollo del territorio, de la población y de la capacidad productiva, con un amplio reconocimiento y garantía para todos los hombre del mundo que quieran habitar el suelo argentino.
Preguntas
En su libro manifieta que mediante el trabajo el ciudadano se constituye en su camino a la verdadera independencia y libertad personal, sacudiendo todo yugo servil. Hoy 163 años mas tarde;¿ considera que un trabajador del campo, de la construcción, etc se sacudió del yugo servil de sus empleadores?,¿ un trabajador es una persona independiente y libre en el sentido de desarrollo y progreso que se deja persibir en su obra?
Una de sus preocupaciones eran como hacer un país rico con un fisco fuerte y no un fisco fuerte con un estado pobre, ¿hoy argentina de que lado esta? ¿se pudieron quebrar estas tendencias coloniales?
Como considera que fue el resultado de las ¿ Las leyes que reglamente su ejercicio? Se respeto la garantía y defensa de la libertad económica o nos hemos constituido en un estado intervencionista y distorsionador de la realidad económica al punto de igualar al imbécil con el capaz, uno de los males del socialismo seg
En la primera parte, Alberdi comienza analizando el Preámbulo de la C.N que entre los objetivos está promover el bienestar general y asegurar la libertad, no solo politica sino de todo género. Habla de la importancia de los intereses, pero que el interes que contribuye de manera mas inmediata al bienestar general, es el material.
Tambien habla de la diferencia entre la riqueza de la Nación y la del fisco, a esta ultima se refiere como el peor enemigo de la riqueza de la Nación.
En la segunda parte habla de las garantías comunes dadas a los tres modos de producción, esas garantías son: la libertad (en su relacion con la producción económica), la igualdad (en su relacion con la producción), de la propiedad (en su relación con la producción industrial), la seguridad(en su relacion con la producción de la riqueza) y de la instucción(en su relación con la producción economica).
Me parecio interesante (en la Primera Parte) que se haya garantizado en la C.N la libertad a todos habitantes, tanto nacionales como extranjeros, porque es una manera de asegurar a los extranjeros que quieran venir a trabajar o invertir en el pais, de que su produccion o sus bienes seran protegidos como los de un ciudadano nativo y de que tampoco se les impondra un modo de vida o religioso diferente al que ya tenian en sus paises.
Preguntas al autor:
¿hay alguna manera de reducir la riqueza del fisco y a la vez aumentar la de la Nacion?
Haber asegurado las mismas garantias a los extranjeros que a los nacionales ¿se debió a la formación profesional?
¿un paiscomo la Argentina sufriria un retroceso económico si se restringen esas garantias a los extranjeros?
Alberti, a partir del capítulo primero de la primera parte de su libro, se focaliza sobre el tema de la producción de la riqueza. Antes de todo, hace una distinción fundamental que caracteriza la Constitución argentina que es la de la riqueza de la Nación y la del gobierno: la segunda solo debe ser una “rama accesoria de la primera”. Eso se entiende por las razones históricas de la formación del Estado argentino: después de haber sido “maquinas del fisco español”, la Constitución argentina quiso acabar con este sistema y poner la riqueza de la Nación ante todo. Por eso precisamente, la Constitución garantiza la producción de la riqueza de la Nación argentina, y son esas disposiciones que Alberdi analiza desde el capítulo dos. Después de recordarnos que la producción de las riquezas se opera por la acción de tres fuerzas productoras – la agricultura, las fábricas y el comercio – nos explica como ellas son garantizadas por las cinco garantías fundamentales de toda fuerza industrial – la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción – a través de varios artículos de la Constitución argentina como los artículos 14, 15 o 18 entre otros.
Lo que me llamó la atención fue esta distinción entre la riqueza de la Nación y la riqueza del gobierno, y más precisamente sus razones históricas. A diferencia de la Constitución francesa, que no tuvo sus raíces en la necesidad de afirmar una cualquier independencia económica francesa respecto a otro país, la de Argentina fue la ocasión de instaurar un nuevo sistema económico independiente de España, y eso me parece muy interesante. Además, según Alberdi, la Constitución argentina fue la primera a instaurar esta distinción entre las dos riquezas, lo que me parece muy innovador y demuestra la importancia de la Constitución argentina como modo de protección de los derechos de todos los argentinos.
Las preguntas que haría a Alberdi serían:
-¿Podemos decir que hoy, siempre prevalece esta riqueza de la Nación, o las diferentes políticas estatales a veces favorezcan la riqueza del Gobierno?
-¿Aunque la Constitución argentina fue la primera a hacer esta distinción, hay otros países de América Latina/del mundo que eligieron hacer la misma?
-¿Cuál es la de las cinco garantías que es la más respetada/la más bien aplicada hoy en Argentina? ¿Y la menos?
Alberdi relata la búsqueda del bienestar general y de cómo la constitución enmarca leyes protectoras de la producción para alcanzar la riqueza. Explica como heredamos de nuestros antiguos colonizadores el error de tornar la mirada en la riqueza del fisco. Aunque las ideas de las normas de nuestra constitución sean otras, han quedado en los hábitos el régimen colonial español (se debe diferenciar la riqueza de la Nación y la riqueza del gobierno).
La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, que son: el trabajo, el capital, y la tierra. Hay riquezas que no pueden ser producidas pero la argentina tiene la ventaja de poseer riquezas naturales. El trabajo para generar riqueza será la agricultura, las fábricas y el comercio. Ante esos tres elementos y esos modos para generar riqueza, la constitución plasma garantías para poder llevar a cabo el modelo ideal. En principio serian la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. La libertad económica tendría que ser para todos igual y se consagra como un derecho en nuestra constitución aunque a veces esa libertad quiera ser reprimida por intereses políticos, económicos, o sociales. El derecho al trabajo es otra base fundamental. La libertad y los derechos van de la mano. Toda ley que de algún modo restringe o compromete el principio de libertad es un ataque a la riqueza del ciudadano, al Estado y al progreso de la Argentina. La constitución pone al ciudadano en el camino de su verdadera independencia y libertad personal, pues el trabajo es la fuente de la fortuna. Se habla de ciudadano, ya que el término va a ensamblar la garantía de los derechos tanto para argentinos como para extranjeros que quieran habitar nuestra tierra. La propiedad será el móvil, estímulo de la producción y del trabajo, y un término remuneratorio de los afanes de la industria. Por último y en mi consideración el factor más importante, se encuentra la educación. La enseñanza a la población de tomar conciencia de todas las herramientas que se poseen para un futuro prospero mediante el trabajo como productor de riqueza.
Al autor le preguntaría:
¿Cree que hoy en día la constitución con sus reformas pero en esencia la misma de esos tiempos garantiza en la práctica la libertad económica?
En relación a la seguridad, ¿Hay desigualdad a la hora de proteger las agresiones de la ley, de la autoridad o de intereses individuales?
¿Cómo es posible llevar a cabo la instrucción en las nuevas generaciones teniendo en cuenta las diversas condiciones sociales?
Alberdi nos presenta los fundamentos de la escala o rango que otorga la Const. Nac. a la producción de la riqueza nacional. Su punto de partida es el dictado de leyes protectoras de la producción, priorizando y distinguiendo la formación del tesoro como riqueza pública, y excluyendo la riqueza del gobierno, fiscal.
Establece que es propicio ejecutar una serie de reglas que permitan activar un nuevo sistema económico en sus relaciones con la producción de la riqueza nacional.
Es por medio de las garantías y libertades establecidas en los Arts., 14,15,16,18,19, etc. que desarrollan la libertad, la igualdad, la propiedad, la instrucción, desde el aspecto moral, político y económico, verbigracia la igualdad económica, el fomento de la educación industrial, la abolición de la esclavitud, que la CN asegura la fuente de riqueza y bienestar material del país.
Lo llamativo de lo expuesto por Alberdi, es el trasfondo económico que plantea en cada garantía constitucional, y como estas sirven o tienen en mira el fin principal que es la producción de riqueza.
Particularmente me llamo la atención en el principio de igualdad, cuando considera al extranjero como una persona más “adelantada” que nosotros, más capaz e inteligente, y como este ha de servir como ejemplo para la educación del productor nacional.
También me parece importante destacar que en el principio de propiedad, Alberdi deja bien en claro su tinte liberal, poniendo un freno al avance del socialismo al plasmar el derecho amplísimo de usar y disponer de la propiedad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Nacional.
¿Actualmente cree que es conveniente la inmigración extranjera para el desarrollo del país?
¿Sigue considerando al trabajador extranjeros como motor de la producción nacional?
¿A qué se refiere cuando expresa: “…la libertad de asociación supone el ejercicio de las otras libertades económicas? ¿Cuáles son las otras libertades económicas?
I- El preámbulo de la Constitución expresa sumariamente los principales objetivos que son la esencia de las disposiciones. Entre ellos La libertad cuyos beneficios procura asegurar la Constitución, no es la política exclusivamente, sino la libertad de todo género, Religioso, Económica. Todos estos objetivos apuntan al bienestar general, pero ninguno de un modo tan inmediato como los intereses materiales. La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno; y que, mirando a la última como rama accesoria de la primera halla que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación. Luego de ser oprimidos por el Fisco Español pasamos a serlo del Fisco Nacional, Siempre Estados Fiscales, maquinas serviles a la rentas
II- El sistema económico de la Constitución argentina hiere a muerte a este principio colocando la Nación primero que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal. Ese hecho consiste en la escala o rango preponderante que la Constitución da a la producción de la riqueza nacional, sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal. La riqueza publica se logra combinando 3 agentes, el Trabajo, El Capital y La Tierra. La acción, casi siempre combinada, de estos tres agente o fuerzas productoras, se opera de tres modos o formas del trabajo industrial, que son: La agricultura, Las fábricas, Y el comercio
III- ¿ creee que verdaderamente se ha dejado de ser un país donde son se prioriza la riqueza fiscal?
¿cree que están equitativamente definidos losaportes fiscales de los miembros de la sociedad?
¿cree que se protege el agente tierra, donde se da la riqueza natural?
La propiedad como garantía de derecho público tienen dos aspectos, uno jurídico y moral, otro económico y material puramente. Por otra parte la riqueza tiene tres instrumentos o agentes: el trabajo, el capital, y la tierra. Propiedad del derecho exclusivo que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo, de su capital y de sus tierras para producir lo conveniente a sus necesidades y goces. El trabajo no puede existir sin el hombre porque no es más que la acción de las facultades humanas aplicadas. La producción de la riqueza y el capital es la segunda fuerza productora de riqueza, la tierra por su parte es impotente y estéril sin el trabajo y el capital, si el auxilio del hombre que la hace producir por medio de aquellas fuerzas.
La peor inseguridad para las personas es que nace del vicio de las leyes y de la arbitrariedad de los magistrados, porque a la fuerza insuperable de poder público reúne el prestigio moral de la autoridad.
1- ¿A qué se refiere con que la propiedad propiedad como garantía tiene dos aspectos jurídico, moral, otro económico y material?
2- ¿Qué quiere decir con que la propiedad puede ser atacada en nombre de un servicio necesario a la república? ¿Y qué clase de servicio serían en ese caso?
3- ¿Cuándo el hombre no ve asegurado el señorío de su persona?
Nuestro autor comienza su capítulo hablando sobre las miras del preámbulo de la Constitución Nacional y de las leyes protectoras de la producción. Entre los principios que señala destaca la libertad y la propiedad, como de suma importancia para la prosperidad del país.
Continúa su exposición realizando una crítica al tesoro fiscal y distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno, siendo esta accesoria y considerándola como el peor enemigo de la misma.
En el capítulo siguiente Alberdi explica de qué manera nuestra Constitución protege la producción y como la producción de las riquezas resulta de la acción de tres instrumentos: trabajo, capital y tierra.
Me pareció interesante como se aseguran la libertad e igualdad a través de los principios de la Constitución Argentina de aquel entonces y la fuerte idea que transmite el autor de cómo crece la producción de las riquezas. También me parece interesante destacar como pone primero a la Nación y a la riqueza de la misma por sobre al gobierno y a la riqueza fiscal
Mis preguntas al autor son:
1- Teniendo en cuenta los instrumentos que producción de riquezas ¿Cuál es hoy nuestro mayor agente de producción?
2- ¿Es posible que en la actualidad no se enriquezca el fisco a cosa de la Nación?
3- ¿Cómo ve el sistema impositivo de nuestro país y cómo influye este en la idea de “riqueza de la nación?»
El capítulo I de la primera parte del libro expresa: la Libertad como un principio asegurado por la Constitución Nacional para todos hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. Con el propósito de fomentar la industria, inmigración, importación de capitales extranjeros entre otros, la Carta Magna otorga la facultad al Poder Legislativo de realizar todo lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar.
En el Capítulo II Alberdi considera que la producción de la riquezas se opera por la acción combinada del trabajo, el capital y la tierra; y la acción de estos tres agentes se opera de tres modos de trabajo industrial: Agricultura, fábricas y comercio. Los tres instrumentos y los tres modos de producción están protegidos por garantías como: La libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción. Al respecto la Constitución establece en sus artículos 14 y 19 el principio de libertad y en el 16 el principio de igualdad. En el Art. 20 otorga a los extranjeros todos los derechos civiles de un ciudadano de la Confederación.
NOVEDOSO
El texto expresa que la Constitución Argentina distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del Gobierno y que considerando a la última como rama accesoria de la primera, halla que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes es hacer rica a la Nación. El peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del fisco.
Otro punto a destacar es el derecho a profesar libremente su culto como una garantía que importa a la producción de la riqueza Argentina, debido a que la Nación no tendrá inmigración siempre que exija de los inmigrantes disidentes, que son los más aptos para la industria, en sacrificio y moral de lealtad en que han sido educados, como si la religión aprendida en la edad madura fuera capaz de reemplazar la que se ha aprendido desde niño.
¿Habría justicia en la remuneración al trabajador, es decir, el salario era equivalente a su esfuerzo?
A pesar de la igualdad declarada por la Constitución, ¿No sería este el principio más vulnerado y fuente de la miseria de los ciudadanos y del país?
La Constitución federal señala una serie de garantías para dar seguridad económica, ¿Estas garantías estaban más destinadas al capital o al trabajo?