Con los alumnos de OMMA Madrid, en la material Economía e Instituciones, vemos la provisión voluntaria de bienes públicos, del capítulos “Soluciones Institucionales”:
En cuanto a la provisión de bienes públicos, la respuesta casi inmediata es que deben ser provistos por el Estado, ya que el mercado sería incapaz de hacerlo. El caso típico, presentado por distintos economistas, es el de un faro, en relación con el cual la imposibilidad de excluir a quien no pague, una vez que la luz es emitida, daría como resultado una conducta de free rider, que trataría de evitar el pago, dado que es imposible evitar que vea la señal de todas formas. El ejemplo aparece en John Stuart Mill, Henry Sidgwick y Alfred C. Pigou, con ese mismo argumento de la “no exclusión”, y reaparece en Paul Samuelson con otro adicional, según el cual no tendría sentido excluir a los que no pagan, ya que no hay congestionamiento en el servicio; es decir, no hay ningún costo extra, si un barco más observa la señal del faro para guiarse. En este caso no solamente sería improbable que el sector privado proveyera los faros, sino que, de poder hacerlo, no sería conveniente, ya que cada barco desincentivado para navegar por dichas aguas debido al pago del peaje por los servicios del faro, representaría una pérdida económica social
Conocida es la respuesta de Coase (1974) a este ejemplo, después de estudiar la historia de los faros en Inglaterra y demostrando que durante varios siglos fueron financiados y administrados por los dueños de barcos y emprendedores privados. Durante varios siglos, en Gran Bretaña, los faros fueron construidos y mantenidos por Trinity House (Inglaterra y Gales), los Comisionados de Faros del Norte (Escocia) y los Comisionados de Faros en Irlanda, cuyo presupuesto provenía del Fondo General de Faros, formado a su vez por los cargos que pagaban los armadores de buques. Esto en cuanto se refiere a los faros que ayudaban a la navegación general, ya que los faros de tipo “local” eran financiados por los puertos, que recuperaban los gastos en que incurrían mediante los cargos que hacían a quienes los utilizaban.
Había pocos faros antes del siglo XVII. Trinity House era una institución que evolucionó desde un gremio de navegantes en la Edad Media, que en 1566 obtuvo el derecho a proveer y regular las ayudas a la navegación, que incluyen, además de los faros, boyas, balizas y otras marcas.
Coase (p. 360) sostiene que “a comienzos del siglo diecisiete, Trinity House estableció faros en Caister y Lowestoft. Pero no fue sino hasta fines de ese siglo que construyó otro. Entretanto la construcción de faros había sido realizada por individuos particulares. De 1610 a 1675 Trinity House no construyó ningún faro nuevo. Por lo menos diez fueron construidos por individuos particulares”. Trinity House se oponía a estas iniciativas privadas, pero los particulares evitaban el incumplimiento del control de tal organización obteniendo una patente de la Corona, que les permitía construir el faro y cobrar el peaje a los barcos que supuestamente se beneficiaban del mismo.
La intervención de la “Corona” y el cobro de un “peaje” parece indicar la participación estatal, por más que el faro fuera construido por algún particular. Es decir: se necesitaría el poder estatal para tener la posibilidad de cobrar peajes, en forma coercitiva, a los barcos que transitaran por tal ruta marítima. Pero no era este el caso. Coase subraya que el particular presentaba una petición de los armadores y operadores de buques sobre la necesidad del faro, el beneficio que obtendrían con él y su voluntad para pagar el peaje, por lo que se trataba de una operación voluntaria y el Estado participaba simplemente porque se había adueñado de la autoridad para erigirlos, ya que el acuerdo entre armadores y operadores y el particular se podría haber realizado de todas formas, sin seguir obligatoriamente ese camino, pues los primeros aceptaban voluntariamente el pago y no actuaban como free riders.
He aquí un tema importante, ya que, según la teoría de los bienes públicos de Mill/Sigdwick/Pigou/Samuelson, todos buscarían su beneficio inmediato, consistente en no tener que pagar dicho peaje, sabiendo que, una vez que el faro estuviera allí, no podrían excluirlos de su uso, y que, actuando todos de esa forma, el cobro del peaje y la provisión privada serían imposibles. Sin embargo, esto no ocurría; evidentemente había otros elementos que llevaban a una conducta diferente, entre los cuales podemos destacar dos: un sentido de cooperación entre los armadores, aunque fueran competidores entre sí, o que no se le diera importancia al hecho de que algunos pasarían por allí y recibirían el servicio gratuitamente.
Buscando algún ejemplo más cercano en el tiempo y el espacio, ya vimos que los residentes de Buenos Aires no tienen que ir más lejos del río junto al que se asienta su ciudad. Allí, en el canal por el que el río Luján desemboca en el Río de la Plata, hay una serie de boyas con la inscripción “UNEN” y una numeración. Esta sigla significa “Unión Nacional de Entidades Náuticas”, que reúne a los distintos clubes náuticos privados. La provisión de esta señalización proviene de aportes voluntarios privados, que realizan estos clubes, y en definitiva de las cuotas sociales que pagan sus socios. No parece que estos actúen como free riders e incluso, si algún barco pasa por allí y no pertenece a ninguno de esos clubes, ello no constituye impedimento para que los demás se organicen, y provean y mantengan este sistema de señales. Y no solo eso: los mismos clubes tienen en sus entradas sobre la costa balizas rojas y verdes, con el obvio fin de ayudar a sus socios en la maniobra de entrada y salida, pero brindando también un servicio gratuito a quienes pasan por allí. Nuevamente, la existencia de estos free riders no frena o limita la provisión de tales servicios.
¿Habría más señales de ese tipo, si pudiera cobrar a esos free riders? Depende de con qué se lo compare: si es con una supuesta condición ideal, parecería que sí, y en tal caso esa comparación daría como resultado una “falla” del mercado, pero Coase y Demsetz (en Cowen, pp. 107-120) denominan a esto “el enfoque Nirvana”: es decir, algo así como comparar las imperfecciones de este mundo con el ideal del Paraíso, dado que lo que corresponde es comparar arreglos institucionales alternativos; en este caso, esta provisión voluntaria privada, con una posible provisión estatal. En el caso de las boyas UNEN mencionadas, su misma existencia es una demostración del “fracaso de la provisión estatal”, ya que los clubes lo han hecho ante la inacción pública al respecto.
Comenta Coase una historia de notable espíritu emprendedor, relacionada con el famoso faro de Eddystone, erigido en un peñasco, a veinte kilómetros de Plymouth. El Almirantazgo británico recibió un pedido para construir un faro y Trinity House consideró que era imposible; pero en 1692 el emprendedor Walter Whitfield hizo un acuerdo con Trinity House, por el que se comprometía a construirlo y a compartir las ganancias. Nunca llegó a construirlo, pero sus derechos fueron transferidos a Henry Winstanley, que negoció un acuerdo mejor: recibiría todas las ganancias durante los primeros cinco años y luego los repartiría en partes iguales con Trinity House, durante otros cincuenta años. Construyó primero una torre y luego la reemplazó por otra, cuya conclusión tuvo lugar en 1699, pero una gran tormenta lo destruyó en 1703, cobrándose la vida de Winstanley y de algunos de sus trabajadores. Dice Coase (p. 364): “Si la construcción de faros hubiera quedado solamente en manos de hombres motivados por el interés público, Eddystone hubiera permanecido sin faro por largo tiempo. Pero la perspectiva de ganancias privadas asomó nuevamente su horrible cara”.
Otros dos emprendedores, Lovett y Rudyerd, decidieron construirlo de nuevo, y el acuerdo se pactó en mejores términos: una concesión por noventa y nueve años, con una renta anual de cien libras y el cien por cien de las ganancias para los constructores. El nuevo faro se completó en 1709 y operó hasta 1755, cuando fue destruido por un incendio. La concesión, que tenía todavía unos cincuenta años por delante, había pasado a otras manos y los nuevos propietarios decidieron construirlo nuevamente, para lo que contrataron al mejor ingeniero de esos tiempos, John Smeaton, que completó una nueva estructura de piedra en 1759, que se mantuvo operando hasta 1882, cuando fue reemplazado por una estructura nueva, elaborada por Trinity House.
Según Coase, un informe del Comité de faros de 1834 reporta la existencia de cuarenta y dos faros en manos de Trinity House, tres concesionados por ella a individuos, siete concesionados por la Corona a individuos particulares, cuatro en manos de propietarios según distintos permisos, un total de cincuenta y seis, de los cuales catorce estaban en manos privadas, amparados por distintos acuerdos de propiedad. Trinity House, recelosa de la competencia, y argumentando que bajo su égida los peajes serían más bajos, terminó consiguiendo el monopolio de los faros y todos quedaron bajo su órbita.
En una respuesta directa a Mill, Sidgwick, Pigou y Samuelson, Coase concluye: “… los economistas no deberían utilizar los faros como un ejemplo de servicio que puede ser provisto solamente por el Estado. Pero en este trabajo no se intenta resolver la cuestión de cómo debería organizarse y financiarse el servicio de faros. Eso deberá esperar estudios más detallados. Entretanto, los economistas que deseen señalar un servicio como mejor provisto por el Estado, deberían utilizar un ejemplo que tenga más fundamento” .
Resumen:
El capítulo 7 es uno que busca dar soluciones ALTERNATIVAS a las fallas de mercado y de la política -vistos en capítulos anteriores-; siendo que, para que se den estas es imprescindible la presencia INSTITUCIONES en la Sociedad -una sociedad sin ellas, no podría tenerlas-. Evidentemente, eliminar las fallas es imposible –porque vivimos en mundo en constante movimiento-, pero sí es posible mitigar gran cantidad de fallas y eso lo puede hacer el Libre Mercado (el privado).
Como es lógico, uno de los modos de eliminar fallas es ABRIR LA COMPETENCIA para que más competidores puedan acceder al mercado y bajar precios; no obstante, también situaciones donde la ganancia no es tan clara y tenemos el Teorema de Coase que nos explica como derechos claros y costos bajos de transacción ayudan a que las partes lleguen a acuerdos satisfactorios para ambos y así se utilicen mejor lo recursos existentes; aunque, si bien es cierto que esto podría ayudar, esto es una teoría objetiva puesto que da por sentado que las partes intercambiaran conforme mejor sea para ellos, pero sin tomar en cuenta las teorías subjetivas del valor que podría hacer que alguien valore más algo de manera espiritual. Siempre estará la subjetividad de por medio y será un punto a tener en consideración.
En cuanto a los bienes públicos, la cuestión es clara: Lejos de, como se cree, el Estado es el mejor provisor de servicios públicos, esto no es así muchas veces puesto que se pueden generar situaciones en las que los privados deseen asumir estos bienes públicos en post de alguna otra ganancia.
Novedoso:
Considerar que el mercado y el ánimo de competencia es tan vivo que, aun en situaciones en las que parece que el estado provee mejor los servicios o podría proveerlos mejor, esto no es así y el privado termina proveyendo de bienes públicos a la Sociedad y, aun no pudiendo generar rivalidad en el consumo o exclusividad sobre el mismo, da ganancias para quien invirtió en ellos. Eso es clara muestra de que el libre mercado siempre se abrirá paso aun a pesar del Estado y dará soluciones sin un ente regulador de por medio.
Preguntas:
¿Es mejor una vida sin estado y con algunas fallas de mercado o una presencia mínima de estado y con algunas fallas políticas?
¿Podría llegar a considerar que la provisión de bienes públicos por el privado es más rentable para la sociedad que la provisión por parte del estado?
Si el privado puede darse a basto con la provisión de bienes públicos, ¿Qué rol queda al Estado?
Resumen
En el capítulo de Soluciones Institucionales de Krause, nos muestra como la asignación de los derechos de propiedad son el pilar fundamental para la resolución de conflictos sin necesidad de las subvenciones e impuestos piguvianos. De acuerdo a esto, argumenta como Coase responde a varios autores con diferentes ejemplos los cuales representan, como de acuerdo a quien tiene el derecho de propiedad sobre determinado bien, los agentes solucionan las externalidades de manera eficiente. Así mismo estudia tomando estudios de diferentes autores, como se dan las soluciones en barrios marginales donde no hay un aparato coercitivo, y explica como la resolución de conflictos sin intermediarios, los contratos informales y la reputación de los líderes comunitarios toman validez dentro de las comunidades que no poseen derechos de propiedad. También trata ampliamente el tema de bienes públicos y sus características, demostrando mediante Coase como agentes privados pueden proveer bienes que según la teoría clásica solo lo podría otorgar el estado.
Novedoso o importante
Es muy interesante el tema de la provisión de bienes públicos por parte de privados y la manera en que Krause hace hincapié en la importancia de la historia y cultura de las sociedades. El ejemplo de la telefonía en Rusia, donde para las personas sería impensable que el servicio telefónico fuera otorgado por un privado es muy clarificador y nos motiva a quitar paradigmas sobre la naturaleza de los bienes. Esto es muy relevante, ya que es ahí donde están las oportunidades del innovador y del emprendedor, el cual es quien ve esas “fallas de mercado” y rompe la estructura clásica de la economía, generando mercados nuevos y avanzando en temas de suma importancia para las comunidades.
Pregunta
A Krause le preguntaría:
¿La provisión de bienes públicos por parte de privados debería limitarse (Ejemplo del petróleo, donde unas pocas empresas a nivel global manejan este recurso “público”)? ¿Qué recursos debería administrar el estado (salud, educación)? ¿Cómo establecer derechos de propiedad eficientes y claros sin tener constituciones muy largas?
Guía 7.
1. Resumen.
Para evitar el abuso político es esencial limitar convenientemente el poder estatal. Para hacerlo se han utilizado diversos mecanismos: las cartas de derechos, la separación de poderes (aumenta la competencia y los costes de transacción para los lobbies), la federación o confederación, la revolución o resistencia civil, las redes sociales, los límites al oportunismo político (como límites al déficit fiscal, límites al crecimiento del gasto público, limitación para crear nuevos impuestos o de subir las cuotas de los existentes, impuestos explícitos, límites al establecimiento de aranceles y barreras, límites al endeudamiento, el establecimiento de una regla monetaria, límites a la renovación de mandatos, establecimiento de mayorías especiales para ciertas modificaciones, así como otros muchos mecanismos. También importante, cómo controlar que los lobbies no ejerzan presión: mediante regulación de la actividad de lobby, competencia o reducción de la esfera de actividades reguladas. Se han realizado muchas propuestas constitucionales para mejorar el proceso democrático, dignas de atención.
2. Importancia.
Me ha sorprendido mucho la cantidad de medidas que hay para limitar el poder político. Muchas de ellas se aplican actualmente, y eso, en cierta medida, permite explicar la evolución de la humanidad. Ciertamente, en lo que respecta a los lobbies, parece que el mejor mecanismo para que no existan es el hecho de reducir al máximo las posibilidades de actuación del gobierno, para que así los lobbies ni siquiera puedan influir en los gobernantes. Son interesantes, además, las aportaciones de David Friedman y Murray Newton Rothbard, por cuanto establecen incluso la no necesidad de gobernantes.
3. Preguntas.
a) ¿Podría explicar más detalladamente el modelo de Frey?
b) ¿Cuál de las propuestas constitucionales le parece más acertada?
c) Entre los límites al poder político del tema ¿diría que es el establecimiento de una regla monetaria el más importante?
SOLUCIONES INSTITUCIONALES
1.Resumen
Los humanos vivimos en sociedad y cada uno de nosotros tenemos nuestros fines e intereses. Existen dos medios para establecer jerarquías de valoraciones o marcos procedimentales. Como describe Franz Oppenheimer: los medios políticos y los medios económicos. Los segundos son las interacciones voluntarias que se dan en el mercado, donde se dan los resultados de las preferencias reveladas de los participantes. El sistema no es perfecto, pero hemos leído ejemplos como establecimiento de derechos de propiedad, soluciones emprendedoras etc que funcionan de un modo voluntario y por lo tanto no coercitivo. Los medios políticos son los de la fuerza, los que emplea el Estado. El Estado también tiene sus problemáticas y sus dinámicas que condicionan su capacidad de gestionar sus ámbitos. Diferentes sistemas políticos y de justicia controlan mejor esos incentivos que otros. La calidad conjunta de las soluciones ya dadas por medios políticos como económicos forman la calidad institucional de una sociedad.
2. Lo más importante
Lo que más me ha llamado la atención de este capítulo ha sido la descripción de cómo funcionaban los sistemas de adjudicación de propiedad y de justicia (contratos etc) en las zonas subdesarrolladas. Podría decirse, que la ausencia de documentos de propiedad y de estándares hoy considerados esenciales en términos administrativos lleva a un caos. Nada más lejos de la realidad. Existe una anarquía funcional, en el sentido de ausencia de autoridad suprema, que funciona gracias al interés de los participantes y de su buena fe por se los primeros interesados en disfrutar de estos mecanismos que engrasan las fricciones que surgen en el día a día de la vida en sociedad. En definitiva, creo que se constata cómo las soluciones bottom up que se dan de manera espontánea y evolutiva pueden tener matices según las áreas donde se desarrollan que las hagan tan beneficiosas para dichas áreas permitiendo diferentes sistemas institucionales.
3. Preguntas al autor
¿Es posible que los países africanos no hayan progresado como se esperaba porque no han llegado a desarrollar instituciones propias mercantiles y de derecho, ya que las colonias exportaron las instituciones europeas directamente erradicando las existentes?
b) Si tuviera que priorizar, que consideraría más importante ¿ la independice judicial, o la descentralización extrema?
c) ¿ Cree que en los años próximos se establecerá una doctrina concreta en cuanto a los derechos de propiedad orientados a la escisión de partes de un Estado que desean convertirse en un Estado propio para auto organizarse ?
Sección 7.
El capitulo hace algunas referencias importantes hace los derechos de propiedad de las personas y de los estados, y como no es absolutamente necesario la intervención en la operación de soluciones por parte del estado para brindar respuestas o servicios que beneficien a las personas.
Vemos ejemplos concretos por todas partes de bienes que son publico privados y que han tenido mantenimiento o operaciones largas y duraderas siempre y cuando el estado les autorice su operación, por lo que la intervención del estado idealmente a mi parecer debería de detenerse en regualar dichas autorizaciones garantizando que se brinde un servicio adecuado dentro de los parámetros de la ley. Pude entender de manera mas clara el tama de la resolución de conflictos sin necesidad de intermediarios y como la palabra de las personas (contratos informales) muchas veces puede tener un peso social mayor a de documentos legales. Que podrían ser infringidos.
Queda claro que el sistema en este momento ni en el pasado ha sido perfecto pero podemos ver que en realidad si lo dejamos que madure y evolucione de manera autónoma este podrá dar resultados muy positivos.
LO NOVEDOSO
Cada vez que me adentro mas y mas en la economía entiendo de poco en poco el por que de algunos puntos. Como lo es el aprovechamiento y free rides de algunos consumidores. Por cualquier pensamiento racional uno podría llegar a pensar que si las personas tienen la oportunidad de no pagar por un servicio no lo harían, pero tenemos que considerar presiones adicionales como la social el valor de uso y de re uso de un servició que cada quien la da a las cosas. Es algo que Samuelson no logro explicar a su cabalidad.
me llama la atención mucho ese tema ya que lo he visto en funcionamiento en sociedades indígenas y espacios sin gobernabilidad dentro de mi país.
PREGUNTAS.
1. Consideraría usted que el gobierno debe de intervenir en la regulación de permisos para la operación y ejecución de servicios que beneficiarían a la comunidad o dejamos que el mercado se las arregle por si solo.
2. En que momento consideraría apropiado la intervención del estado en la regulación de espacios que están en peligro.
3. Si tuviéramos que diseñar una ley de para la concesión por parte del estado de permisos para brindar servicios públicos cuales tendrían que ser las partes mas importantes de esta?
Capítulo 7. Soluciones institucionales.
Resumen.
En capítulos anteriores el autor explicó cómo tanto en el mercado como en la política existían fallas a la hora de proporcionar los bienes y servicios. En el presente analiza distintas soluciones a estas fallas como por ejemplo: a) medidas para facilitar la apertura de la competencia, permitiendo el ingreso de nuevos competidores y de esta forma dando más posibilidades de elección a los consumidores; b) aplicación e interpretación del teorema de Coase para solucionar las externalidades negativas, dando más relevancia al acuerdo entre las partes, que ante costos de transacción bajos, pueden internalizar las externalidades, en función de la valoración que cada uno haga de los recursos o su uso en disputa; c) Provisión voluntaria de bienes públicos, donde el autor cuestiona en base a evidencia histórica que ciertos bienes hayan de ser únicamente proporcionados por el Estado, cuando existen ejemplos en el pasado donde fueron proporcionados de forma privada (faros, caminos); d) La reputación y los intermediaros mitigando los problemas de información asimétrica; e) Las “externalidades de red” como solución para los problemas de estándares y “dependencia del camino”, donde el valor de los bienes depende del número de usuarios y del servicio que presta versus su eficiencia técnica. Y finalmente el autor destaca que, como elemento fundamental y necesario para la aplicación de estas soluciones, es necesaria la existencia de unas instituciones de calidad, que puede favorecerse mediante una democracia directa y/o con independencia judicial entre otros factores.
Lo más novedoso.
La apertura de la discusión sobre si los bienes considerados públicos pueden proporcionarse voluntariamente en el mercado de manera más efectiva. Existen demasiados prejuicios contra el mercado, cuando, tal y como se demuestra en el capítulo, la historia demuestra una vez más, que mediante el diálogo y la apertura mental se pueden satisfacer las demandas de los consumidores de forma más efectiva (o al menos de la misma forma) desde el mercado.
Preguntas al autor.
1.- Entiendo que, a pesar de que defiende que muchos bienes actualmente proporcionados por Estado se pueden proporcionar por el mercado, es necesario la existencia de una estructura del Estado que garantice ciertos pilares como la justicia y la calidad de las instituciones. ¿Corriente minarquista?
2.- ¿Cuáles son de su punto de vista los principales escollos para la apertura del debate sobre la transmisión de la provisión de bienes considerados públicos actualmente del Estado al mercado más allá de los incentivos de los políticos y funcionarios vistos en capítulos anteriores?
3.- ¿Existe algún país sin democracia donde la provisión de bienes sea predominante en el mercado versus el estado? (Singapur, Chile bajo Pinochet, etc)