Alberdi sobre la emisión de moneda: la Constitución nunca otorgó ese poder. ¿Cuándo la reformaron?

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos “El Sistema Económico y Rentístico…” de Alberdi. Aquí lo que el inspirador de la Constitución dice respecto a la emisión de moneda:

Alberdi 2

“Respecto a la manera de emplear el crédito público por la emisión de papel moneda al estilo de Buenos Aires, la Confederación tiene la ventaja inapreciable de no poder ejercer, aunque quiera, ese terrible medio de arruinar la libertad política, la moralidad de la industria y la hacienda del Estado. Es una ventaja positiva para las rentas de la Confederación la impotencia en que se halla de hacer admitir como valor efectivo un papel, sin más valor ni garantía que el producto de contribuciones tan inciertas como la estabilidad del orden, y que jamás alcanzaría para amortizar una deuda que se agranda por su misma facilidad de dilatación, y que ensanchándose da al gobierno el hábito de una dilapidación para la que no bastarán después todas las rentas del mundo.

La falta de este medio de ejercer el crédito del Estado aumenta en la Confederación la posibilidad de ejercer los anteriores con mayor ventaja. En Buenos Aires, la deuda del papel moneda ha desacreditado la deuda de los fondos públicos. En todas partes el falso crédito es el enemigo del verdadero crédito.

El poco éxito que ha tenido la tentativa de la Confederación para fundar el papel moneda, no prueba que tenga menores garantías de crédito público que Buenos Aires, poseedor de un papel moneda aceptado, de cualquier modo que sea, como medio circulante. El mal éxito ha nacido de que la Confederación no dió a su papel moneda la base real y positiva en que descansa todo papel de crédito, destinado a circular como moneda corriente; y dejó de dársela, no por imposibilidad, sino porque desconoció las causas especiales que hacen existir al papel moneda de Buenos Aires sin base metálica ni obligación de pagar a la vista.

La misma Buenos Aires con todas sus rentas no habría sido capaz de establecer de nuevo su papel moneda en la forma que lo intentó la Confederación. Importa no olvidar cómo le vino al papel monetario de Buenos Aires el valor de que disfruta, sea cual fuere. Ese papel debió su origen a un Banco de particulares, fundado por una sociedad de accionistas, con los privilegios que obtuvo por ley de 22 de junio de 1822. Dió principio a sus operaciones con un capital de un millón de pesos fuertes. Pagados en dinero sus billetes con puntualidad religiosa por espacio de algunos años, el público se acostumbró a considerarlos como dinero efectivo

El Banco particular de descuentos, que creó el papel de Buenos Aires, fué refundido en el Banco de las Provincias Unidas del Río de la Plata, fundado por ley de 28 de enero de 1826, con un capital nominal de diez millones de pesos fuertes, los cuales se integraron en -parte con el millón de duros del Banco de descuentos, y tres millones que procedían del empréstito obtenido en Inglaterra. Con esa base metálica, real y positiva, el papel moneda siguió convirtiéndose en dinero efectivo por el moderno Banco nacional, que afirmó en algunos años la costumbre del público de reputarle como dinero efectivo. La falta del capital prometido de diez millones que nunca llegó a integrarse, y las emisiones extraordinarias para suplir las rentas de aduana que paralizó la guerra del Brasil, fuente de nuevos gastos, fueron la primera causa de que el valor comparativo del papel comenzase a descender, habiendo obtenido el Banco el permiso temporal de suspender el pago de sus billetes, por ley del Congreso de 5 de mayo de 1826. – Cuando se acercaba el término de dos años fijado a la suspensión, una ley de la Sala de Buenos Aires de 14 de agosto de 1828 relevó al Banco de la obligación de cambiar sus notas por metálico, sin designación de término, y con la sola garantía de que la emisión de billetes quedaría cerrada en lo futuro hasta el balance de 1° de setiembre de 1827, en que el papel emitido por el Banco ascendía a la cantidad de diez millones doscientos mil pesos. Sin embargo de que al mes siguiente la misma Legislatura decretó dos emisiones de billetes, el papel conservó su valor relativo, en fuerza de la declaración que hizo la Legislatura de Buenos Aires por ley de 3 de noviembre de 1828, en que la provincia reconoció como suya la deuda contraída con el Banco por el gobierno general y por el de la provincia, la garantizó con todas sus rentas y propiedades, y reconoció el papel como moneda corriente. Los billetes contenían siempre la promesa de pagar su valor en metálico, promesa qué, aunque nominal, dejaba la esperanza de un reembolso futuro. Eso duró hasta 1838, en que Rosas, ejerciendo el poder omnímodo de Buenos Aires, declaró disuelto el Banco Nacional desde la fecha de su decreto de 30 de mayo de 1836, y mandó comprar a sus accionistas la casa de moneda. Constituido así el gobierno único e inmediato amonedador del papel circulante, dió principio esa moneda al vuelo de Icaro que recorre hasta hoy; los billetes dejaron de prometer re-embolso, y se redujeron a un simple reconocimiento de deuda sin garantía. Pero para tomar ese vuelo, para establecerse y vivir en el aire ese papel, tuvo que andar primero catorce años por una base metálica de más en menos positiva, pero siempre verdadera en algún modo. El terror reemplazó a las garantías; pues una repulsa del papel declarado moneda obligatoria por orden del dictador, se habría considerado delito de rebelión contra la patria, digno del último suplicio. Catorce años de garantías verdaderas y otros catorce de terrorismo, han dado al papel moneda de Buenos Aires su existencia facticia que hoy debe a la costumbre y al imperio de esos antecedentes, que no es fácil repetir.”

 

58 pensamientos en “Alberdi sobre la emisión de moneda: la Constitución nunca otorgó ese poder. ¿Cuándo la reformaron?

  1. Resumen
    En este capítulo Alberdi analiza la relación que tienen con los consumos con la vida política,respecto al crédito público y al papel moneda. De aquí es que los principios y garantías que la Constitución Argentina establece con relación a los consumos, son los mismos que, rigen los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza. Alberdi hace referencia a la Administración General del País bajo el sistema federal y como se puede arreglar, ya que el fracaso del papel moneda se debe a que no tenía base real y positiva que debe tener todo papel de crédito que circula como moneda corriente. Menciona el espíritu de la prensa periódica y todos sus servicios, lo mismo que los servicios del crédito público, que los mismos deben ser nacionales los que deben ser considerados al tratar el arreglo de la Administración General del País.
    Acerca del tesoro nacional lo asemeja a la deuda pública, como productora, que solo se preocupa por el equilibrio a corto plazo. Y en el caso del crédito público en el que ve la verdadera riqueza del Estado. Es sin duda la sociedad la que tiene el poder apoyado en el cumplimiento de la ley y perfección de la especie humana. Respecto de la administración del crédito público, asegura que el gobierno debe ejercer su parte en la industria, dando una dirección activa a los capitales sociales y aplicándolos a los objetos públicos que más demande la industria general de la Nación.
    Aspectos Relevantes:

    Es interesante ver como hace un análisis económico por menorizado de cuáles son las causas que hacen que el papel moneda comience a descender defiende el poder conservado por las provincias conforme la Constitución Nación y refiere que el poder entra también su dosis de poder económico y rentístico, que tiene por límites las restricciones rentísticas que traza la misma constitución. Me llamo la atención cuando dice “el terror reemplazó a las garantías; pues una repulsa del papel declarado moneda obligatoria por orden del dictador”, y refiere a Rosas.
    El Sistema Económico Rentístico mantiene hoy vigencia en sus puntos más importantes. Este texto es sumamente interesante en todo lo que describe Alberdi sobre las causas del atraso que tenia aquella nueva Nación Argentina, permanecen aun hoy en vigencia , pero estas son causas jamás resueltas o superadas, y en la actualidad condicionantes del progreso y funcionamiento de nuestra sociedad.
    Preguntas:

    1- ¿Cuáles son las monedas metálicas que actualmente tienen poder liberatorio?
    2- ¿Que similitudes encuentra entre Buenos Aires de 1853 y la actual, referente a la manera de emplear el crédito público en la emisión de papel moneda?
    3- En la actualidad ¿Cree usted que se puede consumir sin empobrecer?

  2. Nos cuenta Alberdi que Luego de que se organiza es necesario darle medios para su existencia: formarle un Tesoro nacional. No poder costear su gobierno es equivalente a no tener medios de ejercer su soberanía y ser libre.El autor se plantea también si Argentina sin Buenos Aires puede salir adelante, pero nos brinda argumentos a favor y además establece que luego de que el resto de la confederación muestre que es capaz de funcionar sin Bs.As será posible la unión de la provincia disidente. Nos remonta a los tiempos en los que faltaba la autoridad central durante los cuales cada provincia dispuso por si mismo todo aquello referente a su subsistencia para explicarnos que fue en esa oportunidad cuando Bs.As tomo en sus manos el puerto y la correspondiente Aduana. A la vez nos explica que el art.4 de la CN nos indica cómo se componen los recursos de la Argentina. Aclara que los recursos de las provincias son aquellos que no fueron delegados (Art.101).
    El tesoro se compone: 1° De valores capitales o bienes nacionales; en lo que entran las tierras baldías, los edificios públicos, los valores adeudados a la República, los establecimientos, obras y trabajos públicos de su propiedad y dominio, etc. 2° De las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares. 3° Del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso; en lo que entran de un modo exclusivo los derechos de aduanas, la renta de correos. Los derechos de tonelaje y de amonedación; y conjuntivamente can el poder rentístico de provincia, la generalidad de las contribuciones y de los recursos del crédito público. 4° Por fin, del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República. En cuanto al primer componente: Es un gran recurso ya que hoy en día las tierras baldías son numerosas y extensas. El tercer componente consiste en las contribuciones que deba pagar todo el pueblo de la confederación. La renta publica es la unión de las porciones de rentas que los particulares satisfacen al cuerpo social en que viven, para asegurar el orden, que les protege el resto de su renta, el capital, la vida, la persona y su bienestar. Se genera a partir de las actividades que llevan a cabo, su consumo, etc. Deja en claro que ese beneficio que tenia Buenos Aires de comerciar directamente con el extranjero ahora lo tienen todas las provincias, gracias a la libertad de navegación de todos los ríos. Para poder subsistir antes habían creado aduanas locales. Analiza también al crédito público como fuente de recursos: Saca todo tipo de dudas sobre su impracticabilidad ya que existió 33 años antes de que se publique esta obra. Y además se suma la libertad de tráfico por agua. Además la confederación cuenta con garantías de orden y estabilidad, de las que carecía Bs.As cuando obtuvo el préstamo. Aclara también que La Confederación no tiene parte en la deuda de Buenos Aires ya que La misma ley de su creación dió a esa deuda el nombre de deuda de la provincia, como lo es hasta hoy; y por tal la tiene su propio gobierno y además la contrajo mientras se encontraba aislada. En cuanto CREDITO: dice que es el recurso más practicable pero sin precedente en el sistema colonial y ante la duda de cómo ejecutar este recurso nace la duda sobre su praticabilidad. Todas las formas en las que puede endeudarse la nación son modificaciones del empréstito o préstamo. Al estar los plazos de pago pautados, lo más importante aquí es la confianza y estabilidad que debe infundir el país y su gobierno para poder colocar los títulos. El gobierno que toma prestado no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda. Le bastará tener el necesario para pagar los intereses o renta puntualmente. Este interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor tiene vida inmortal en la tierra, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas, que inevitablemente tienen que ser más ricas y abundantes de año en año.
    Lo que más me llamo la atención fue que Alberdi llama CIEGOS a aquellos que falten a los deberes de pago de los intereses de la deuda. “es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre”, dice el autor. Además pone mucha importancia en el ahorro y el juicio de los gastos del gobierno. Dice que lo que destruye la riqueza privada no es la contribución ya que esto la defiende y conserva, mientras que lo que destruye la riqueza es el pillaje que hace el despotismo para los excesos de gasto”
    Le preguntaría a Alberdi si haría el caso que se nos presenta en nuestros días sobre los Fondos Buitres. Quisiera saber también que medidas económicas tomaría para poder recuperar la confianza del país para obtener deuda con menor Interés. Y por último, quisiera saber hasta qué punto es conveniente tomar prestamos, ya que el abuso nunca es conveniente, y además, como hemos visto, la rotación de gobiernos genera un aumento de la deuda para tener beneficios a corto plazo y que el pago recaiga en futuros gobiernos.

  3. En este capitulo Alberdi explica que luego que se organiza o erige un gobierno, es necesario darle medios de existir, formarle un Tesoro nacional. La Confederación Argentina tuvo esto presente al constituirse en la forma que hoy tiene. Muy juiciosa ha sido, pues, la Constitución argentina en dar principio a la organización de un gobierno nacional por la creación de un Tesoro nacional. Según el art. 4 de la Constitución, el tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional debiera formarse: 1° De valores capitales o bienes nacionales; en lo que entran las tierras baldías, los edificios públicos, los valores adeudados a la República, los establecimientos, obras y trabajos públicos de su propiedad y dominio, etc. 2° De las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares. 3° Del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso; en lo que entran de un modo exclusivo los derechos de aduanas, la renta de correos. los derechos de tonelaje y de amonedación; y conjuntivamente con el poder rentístico de provincia, la generalidad de las contribuciones y de los recursos del crédito público. 4° Por fin, del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.
    Según el art. 4 de la Constitución argentina, la contribución es para formar el Tesoro nacional; el Tesoro, como medio de ejecución, es para gobernar; el gobierno es para hacer cumplir la Constitución. Los recursos designados por el art. 4 de la Constitución federal para la formación del tesoro nacional son: 1° El producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas; 2° El de la renta o locación de tierras de propiedad nacional; 3° La renta de correos; 4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso; 5° El de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la nación o para empresas de utilidad nacional.
    Alberdi dice que la Constitución ha sido sensata en dar a un gobierno naciente, como el de la Confederación, el uso ordinario de la contribución más adecuada al estado de cosas de un país que principia la reorganización de su integridad nacional, interrumpida por largos años de aislamiento y de indisciplina
    Para que el Tesoro llene su destino común con los demás propósitos de la Constitución, que es el bienestar general, debe respetar en su formación los principios de que depende ese bienestar. Esos principios, deben tenerlos a la vista todo legislador, todo estadista, todo publicista argentino, cada vez que pongan la, mano en la organización de un recurso fiscal o rentístico. La tendencia natural de la renta pública. es a ser grande y copiosa; pero en la doctrina económica de la Constitución argentina, la abundancia de la renta pública depende del respeto asegurado a los derechos naturales del hombre, en el empleo de sus facultades destinadas a producir los medios de satisfacer las necesidades de su ser. Esos derechos, en que reposa el sistema rentístico, el plan de hacienda o de finanzas, que es parte accesoria del sistema económico del país, son la propiedad, la libertad, la igualdad, la seguridad en sus relaciones prácticas con la producción, distribución y consumo de las riquezas. La Constitución quiere que la ley fiscal o rentística respete y proteja esos derechos, lejos de atacarlos.
    Le preguntaría a Alberdi:
    ¿como cree que se han manejado los gobiernos de los últimos años como deudor?
    En la actualidad: ¿cree que son aplicados efectivamente los principios admitidos en la constitución para la formación del Tesoro? y ¿que opina de la manera de emplear el crédito publico por la emisión de papel moneda?

  4. Resumen
    En este capítulo Alberdi hablará de los recursos que tiene la Confederación para cubrir los gastos públicos. La Constitución ha declarado nacionales los recursos que lo son por su naturaleza y por la tradición política argentina. Opina Alberdi que un país que no puede cubrir los gastos de su gobierno no puede existir como nación independiente, ya que no podría ejercer su soberanía por sí mismo; y así no podría ser libre. Alberdi cree que los fondos que la Constitución designa para la formación del Tesoro de la Confederación son prudentes. Aparte, dice que la incorporación rentística de Buenos Aires a la Confederación en su calidad de provincia igual a las demás, la entrega de una serie de derechos que pertenecen al Tesoro nacional. Además, a través de una serie de medidas, la Constitución ha confirmado la integridad de la República Argentina en materia de rentas. Alberdi enumerará y describirá los recursos que posee la Confederación (tierras públicas, aduanas, crédito público, etc) y dirá que no son recursos los que faltan a la Confederación, sino que necesita un sistema administrativo que ordene, colecte y encierre los infinitos recursos que posee; al tener la base de este sistema en la posesión de un gobierno central, con la facultad de atraer los recursos dispersos.

    Aspectos relevantes
    Lo que me ha llamado poderosamente la atención en este capítulo se encuentra en la sección “De las varias especies de fondos públicos que pueden componer la deuda de la Confederación”. Aquí Alberdi festeja (que no se aplique) y a la vez rechaza la manera de emplear el crédito público con la emisión de papel moneda que utiliza Buenos Aires. Dice que la Confederación tiene la ventaja de no poder ejercer ese medio con el que se arruinaría, según él, la libertad política, la moralidad de la industria y la hacienda del Estado. Es una ventaja para las rentas de la Confederación el no poder admitir como valor efectivo un papel que no tiene valor ni garantía más que el del producto de contribuciones inciertas que jamás alcanzaría para amortizar una deuda que se agranda por su misma capacidad de agrandarse. Dice Alberdi que el falso crédito es el enemigo del verdadero crédito. Por último cree Alberdi que la deuda pública constituye una de las garantías más poderosas en favor de la paz: cada acreedor o cada poseedor de un fondo público será un defensor del orden.

    Preguntas al autor:
    ¿Cree usted que en la actualidad se ha desarrollado algún nuevo recurso que le sirvan a la República para sustentarse?
    ¿Encuentra coincidencias entre la provincia de Buenos Aires de esa época y la actual?
    ¿En qué momento cree usted que se empezó a emitir papel moneda del modo que usted despreciaba?

  5. En esta lectura Alberdi hace referencia a la formación, administración y empleo del Tesoro Nacional. Sobre este tema dice «el Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente… No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no poder ser libre.» Por este motivo se estableció la unidad rentística, ya que Buenos Aires hasta ese momento administraba sus rentas de manera independiente al resto de las provincias, se busca la integridad nacional. El Tesoro Nacional esta compuesto por recursos provinciales pero, no por todos, solo por los recursos delegados como las aduanas, las rentas de correos, los derechos de tonelaje, de la amonedacion, y la renta y locación de tierras publicas, entre otros. «El Tesoro nacional pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación, y está destinado a invertirse en las necesidades de un gobierno elegido, creado, costeado por las provincias».
    Lo interesante de este tema es analizar los problemas que tuvo Buenos Aires con el resto de las provincias. Como su oposición a integrar el Tesoro Nacional, el desacuerdo con la libre navegación de los ríos y la apertura de aduanas en las demás provincias. Ademas de analizar qué hubiese pasado con Buenos Aires por las deudas contraídas de no haberse unido a la República. Sobre este punto me gustaría preguntarle al autor, ¿Buenos Aires de no haberse integrado corría riesgo de ser nuevamente colonia de un país europeo? ¿Que opina sobre las políticas actuales llevadas por el gobierno? ¿Hay una correlación entre el Tesoro Nacional y las provincias?

  6. Resumen
    Considerando que una vez organizado un gobierno, este requiere medios para su subsistencia, es primordial la constitución de un tesoro nacional para solventar la subsistencia de las tareas, metas, fines y garantías que el Estado debe cumplir, como resultado de las directivas constitucionales. Si no se puede costear el gobierno, el país no puede existir como nación independiente lo que implica que es carente de soberanía y libertad, sostiene Alberdi en este pasaje de su libro. Se erige como ferviente crítico de la separación de Buenos Aires de la Confederación (que retenía la mayor cantidad de ingresos aduaneros en forma de impuestos por exportación e importaciones), como origen de las graves consecuencias, para la nación, de la descentralización política. Así, solo se perjudicaba a la nación privándola de una gran cantidad de dinero que debería invertirse en el sostenimiento del país, el bien común, el progreso y poblamiento. Es por eso que se debía contemplar la integridad de la República que pregona la Constitución.
    Lo más importante
    En lo que respecta a la formación del Tesoro, Alberdi estudia como de hecho hay disponibilidad de recursos en el país, pero que lo que no hay es una administración que los ordene y explote en beneficio de la Nación. Como se cuenta con tierras públicas en las que reside potencial de riqueza, como se pueden obtener impuestos y contribuciones para formar renta pública de las rentas y capitales privados, de la aduana (centro de la política argentina en aquel entonces por su trascendencia y magnitud de recaudación), deben emplearse esos medios para contribuir al país y no abusar de ellos y del crédito público, cargando a la nación con deudas impagables. Una de las cosas más llamativas del capítulo resulto ser la posibilidad de admitir el crédito como recurso del Tesoro, innovador para esa época. Ejercitando la confianza en el Estado, para obtener los fondos ajenas y permitir el desarrollo de políticas.
    Preguntas
    1. En vistas de su postura en el tema rentístico y manejo de tales fondos, ¿qué opina del constante déficit de los Estados?¿Que políticas deberían ejercitarse para evitar esa situación?
    2. Teniendo en cuenta que la emisión monetaria para sostener el gasto público como modo de financiamiento del Estado llevo a las grandes crisis económicas e institucionales de la historia, ¿cómo palearía estas prácticas gubernamentales que llevaron a las miserias más grandes?
    3. Si Alberdi viviera en la actualidad, ¿cómo cree que reaccionaría frente a las terribles crisis económicas que tienen causa en endeudamientos desmesurados e irresponsables de los gobiernos de turno?

  7. Alberdi comienza diferenciando la riqueza de la nacional de la riqueza del gobierno y considera a esta última como una rama accesoria de la primera. El país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo.
    Según el art. 4 de la Constitución argentina, la contribución es para formar el Tesoro nacional; el Tesoro, como medio de ejecución, es para gobernar; el gobierno es para hacer cumplir la Constitución y los fines que menciona el preámbulo. Las contribuciones opuestas a los fines y garantías de la Constitución son contrarias precisamente al aumento del Tesoro nacional, que según ella tiene su gran surtidero en la libertad y en el bienestar general.
    Luego Alberdi analizará distintas situaciones que pueden acontecer según el tipo de contribución (exorbitante desproporcionada, mal colocado, mal recaudado) y como pueden afectar la propiedad, la seguridad, la igualdad, etc. Estas contribuciones, según Alberdi, deben provenir de la renta, de la utilidad de sus fondos, pero no de los fondos que lo producen porque así se disminuiría los fondos originarios de la renta, empobreciendo a los particulares.
    Lo más importante en relación a estas contribuciones radica en la idea de EQUIDAD PROPORCIONAL, esto implica que la contribución pese sobre todos igualmente, y sobre cada uno según sus fuerzas: he ahí la igualdad proporcional. No debe haber tierra, capital ni trabajo que no contribuya con su parte de utilidad a soportar el gasto que cuesta el mantener la ley, que los protege: todas las industrias deben contribuir a sostener la ley.
    Luego Alberdi vuelve a mencionar el rol exclusivo del Estado y nuevamente hace énfasis en que el estado no debe ocuparse de actividad privada, sino que debe remitirse a sus 3 funciones básicas.
    Finalizara Alberdi analizando cuestiones relacionadas a las Aduanas y a los aranceles y cupos que protejan ciertos géneros de producción.

    Si Alberdi considera correcto que tanto la tierra, el capital y el trabajo contribuyan al Tesoro Nacional, ¿Qué opinión le merecería los reclamos actuales del sector de los trabajadores en relación al impuesto a las ganancias?
    ¿Qué otros medios consideraría Alberdi para promover y lograr un correcto desarrollo de industrias determinadas, como políticas de estado, en función de que no cree correcto otorgarles una protección sobre los mismos productos importados?
    ¿Qué opinión tendría acerca de acuerdos de libre comercio como el Mercosur (aunque no se hayan logrado cumplir con su espíritu de la libre circulación de personas, bienes y capitales)?

  8. Resumen

    Para la organización del país es necesario formar un Tesoro nacional con el fin de tener medios para ejercer soberanía y ser libres. Los recursos de las provincias son aquellos que no fueron delegados a la Nación. El tesoro está compuesto por valores capitales o bienes nacionales; en lo que entran las tierras baldías, los edificios públicos, los valores adeudados a la República, los establecimientos, obras y trabajos públicos de su propiedad y dominio, las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares, también, las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso; los derechos de aduanas y la renta de correos. Los derechos de tonelaje y de amonedación; el poder rentístico de las provincias, la generalidad de las contribuciones y de los recursos del crédito público, el crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República. Las tierras baldías son un gran recurso por ser numerosas y extensas. Otro componente del tesoro son las contribuciones que debe pagar todo el pueblo.

    Aspectos importantes

    La renta pública es la unión de las porciones de rentas que los particulares brindan al cuerpo social en el que viven, con el fin de asegurar el orden para proteger su renta, el capital, la vida, la persona y su bienestar del resto de las personas. La renta se genera a partir del consumo de todos. La libertad de navegación permite comerciar directamente con el extranjero.

    Como en el crédito público los plazos de pago están pautados, es indispensable que el país y su gobierno brinden plena confianza y estabilidad para poder colocar los títulos a la tasa de interés más baja posible. El gobierno no necesita tener los fondos para reembolsar toda la deuda, alcanza simplemente con tener los fondos necesarios para pagar los intereses o renta en forma puntual. El interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor es inmortal, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas, que inevitablemente serán más ricas y abundantes año tras año.

    Son ciegos aquellos que falten a los deberes de pago de los intereses de la deuda, es más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. Es muy importante ahorrar y que el gobierno tengan un gran juicio a la hora de determinar sus gastos. La contribución defiende y conserva a la riqueza privada, lo que la destruye es el pillaje que hace el despotismo por los excesos en gastos.

    Preguntas

    1º) Alberdi: Relacionado con el hecho de que el Gobierno debe ser mesurado al momento de gastar, ¿Los subsidios son un gasto realmente necesario?

    2º) Alberdi: Más allá de que la renta de los países bien administrados aumente año tras año, ¿Realmente te parece una buena idea pagar intereses de forma perpetua?

    3º) Alberdi: ¿Cuál sería la mejor forma de obtener las tasas de interés más bajas posibles?

  9. Resumen – Alberdi en este capítulo, hace un análisis pormenorizado, de los recursos y de las formas de obtener riqueza y fondos de un estado. Siendo esto, (la creación de un tesoro nacional) indispensable y troncal en la constitución de un gobierno y un estado soberano e independiente, a tal punto esto es así que el autor postula, la inexistencia absoluta de independencia, soberanía y libertad de un gobierno sin tesoro nacional, su existencia entonces se supone ¨mutuamente¨. Esta simbiosis, entre tesoro nacional y gobierno se ve plasmada en la CN en su Art. 4, en donde se detallan los fondos que están designados para la formación del tesoro de aquel entonces de la confederación, en su texto los caracteriza como legítimos, posibles y practicables, y con referencia a esto ultimo en el capitulo se detalla la posibilidad de cada uno de los posibles fondos postulados para servir como un efectivo fondo a los fines del tesoro nacional.

    Lo más novedoso o importante del texto – En referencia a esto ultimo, Alberdi nos introduce la posibilidad de contar con un fondo (entre los otros que menciona) para el tesoro nacional que es el crédito público, y más aun califica a éste como la verdadera riqueza del estado, es decir, aprueba la posibilidad de endeudarse del estado siempre y cuando la estabilidad y confianza sean requisito obligatorio en el país para la exitosa colocación de esos títulos. Mas tarde analizará las contribuciones y la posibilidad de la renta publica y la renta privada, lo cual acepta y le parece positivo, como aspecto negativo más allá de la descentralización que marca como un mal necesario en la confederación nos dice que la correcta armonía entre gastos y ahorros del estado será la clave para generar ingresos y sostener el tesoro nacional.

    Preguntas – En vistas de lo que ha sucedido con los hold outs en nuestro país y del fallo del juez Griesa, Qué opinión tiene acerca del mismo?

    Qué tipo de politicas se le ocurren para que Argentina pueda colocar títulos en el exterior en la actualidad?

    Considera correcta la relación gasto publico – ahorro del gobierno? Que observaciones podrían hacersele?

  10. Resumen
    Una vez que un gobierno es constituido y organizado, en necesario que cuente con medios para existir y por esta razón se debe formar un Tesoro Nacional.
    La Confederación Argentina proveyó al medio de llenar los gastos o consumos exigidos por el sostenimiento del gobierno, así el art. 4 establece que el gobierno federal provee de los gastos a la Nación con los fondos del Tesoro Nacional y establece las diferentes formas de que el mismo puede ser formado.
    La independencia de Buenos Aires respecto de la Confederación es una descentralización política que es grave para toda la nación. Si Buenos Aires fuera incorporado a la Confederación en su calidad de provincia o de Estado igual a los demás debería devolver la entrega del poder de establecer derechos de importación y exportación, de crear derechos de tonelaje, acuñar moneda, entre otros. La integridad del país quiere decir la integridad de su Tesoro público y de sus rentas, tales rentas fueron siempre nacionales.
    La autoridad central que reemplazó al virreinato hizo que cada provincia dispusiera de las rentas causadas en su territorio como propias y el ejercicio continuado hizo olvidar el carácter de nacionales de las mismas. Así también cada provincia creó su aduana interior en la frontera doméstica pero incluso así no se dividió entre ellas la renta aduanera percibida en Buenos Aires.
    El Tesoro de provincia se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación. Algunos se han delegado en absoluto, otros a medias y otro no se han delegado al Tesoro nacional de ningún modo.
    Las provincias no abandonan, ni enajenan la porción de su renta que entregan al Tesoro Nacional. Este no es un Tesoro independiente ajeno de las provincias, pertenece a todas las provincias juntas reunidas en cuerpo de nación. Si las provincias reúnen sus rentas, nacionalizan sus contribuciones y crean el Tesoro nacional.
    El Tesoro nacional debe formarse de valores capitales o bienes nacionales, de rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares, del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso y de los créditos y valores obtenidos por el gobierno federal sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.
    Las tierras interiores, de las provincias, por el sistema de libre navegación de los ríos interiores se permitió el comercio directo de las éstas y Europa permitiendo que las tierras argentinas suban el valor.
    La renta pública es una parte de la renta privada de los habitantes del país, es la porción de rentas que los particulares satisfacen al cuerpo social en que viven, para asegurar el orden, que les protege el resto de su renta, el capital, la vida, la persona y su bienestar.
    Y la renta privada es la utilidad o ganancia que deja el empleo de la tierra del capital y del trabajo.
    Quitarle la contribución al gobierno es fundar el despotismo.
    Otro modo de contribuir al Tesoro Nacional es por medio de los derechos de importación y exportación de las aduanas. Son una contribución indirecta que aumentó cuando se estableció la libre navegación de los ríos interiores, ya que si no todo el comercio se realizaba por medio del puerto de Buenos Aires haciendo que sólo ahí se recaudara la contribución de la aduana exterior.
    El crédito público es otro modo de contribuir al tesoro nacional. Donde haya más pobladores, hay mayor base de crédito.
    Buenos Aires solía pagar parte de su deuda propia y provincial con rentas pertenecientes a las provincias de la Confederación, así la renta argentina se utilizaba para amortizar las deudas de Buenos Aires. Amortizar es un medio de extinguir la deuda pública comprando las obligaciones del Estado al precio con que circulan en el mercado para destruirlas si se obtuvieron caras o revenderlas si se consiguieron baratas. Con el gobierno de Rosas, la amortización dejó de ser real para poder sostener su gobierno, y el resultado fue un mayor deuda de Buenos Aires. En vez de amortizarse con las rentas públicas, se amortizaba con la emisión de papel moneda y así se compraba una deuda con otra.
    Otro medio que menciona la CN para constituir el Tesoro Nacional es el crédito público. Por medio de éste la confederación contrae empréstitos donde se hacen entregas graduales de dinero, las cuales producen títulos que se negocian por los directores del empréstito para lavar los fondos con que deben realizar las entregas sucesivas.
    El gobierno que toma prestado debe tener lo necesario para pagar los intereses o renta puntualmente, y estos forman el precio de la deuda del Estado.
    La Confederación tiene la capacidad notorio de ahorra una nueva probabilidad de tener renta suficiente para llenar su gasto y la CN nos llama al goce de la opulencia del mañana.
    Aspectos relevantes:
    En esta capítulo, Alberdi nos habla sobre los distintos medios que tiene la República para crear su Tesoro nacional. Considero relevante la gran diferencia que provocó la libre navegación de los ríos interiores del país para permitir que las provincias pudieran negociar de manera directa con los países, sin tener de intermediario el puerto de Buenos Aires, que se quedaba con toda la recaudación de los derechos aduaneros.
    Estoy de acuerdo que no son los recursos para poder contribuir al Tesoro Nacional de lo que carece la República, sino un buen sistema para administrarlos. Ya que este tesoro es lo que permite al gobierno llevar a cabo sus funciones.
    Coincido en que el aislamiento de Buenos Aires, que se dio durante el gobierno de Rosas, perjudicaba muchísimo a la Confederación, haciendo que las provincias pagaran las deudas de Buenos Aires. Además con el sistema de amortización que implementó el gobernador, donde no se pagada la deuda, sino que se financiaba a su gobierno despótico, hacía que la misma fuese cada vez más grande.
    Y por último considero que es más factible que las provincias puedan contraer empréstitos al no poder emitir su moneda, que crea una alta credibilidad para con éstas y es una ventaja considerable.

    Preguntas:
    Alberdi, ¿por qué cree que quitarle el sustento al gobierno es llevarlo al despotismo? ¿No cree que el gobierno crearía otras fuentes para alimentarse?
    Si bien la libre navegación de los ríos permitió el comercio directo de las provincias con los países europeos, considerando la situación actual, ¿por qué siguen habiendo provincias “pobres”?
    ¿Qué otra forma de amortizar la deuda podría darse que no fuera emitiendo papel o por medio de la renta pública?

  11. Resumen
    En el capítulo en cuestión Alberdi explica la importancia del empleo del Tesoro Nacional al momento en que se crea o bien nace un Gobierno como medio de subsistencia. Menciona que existe una relación o bien una semejanza con la deuda pública. Alberdi también menciona que los recursos para cubrir los gastos públicos son aquellos presentes en la distribución de la riqueza. Explica que un país no puede ser soberano si no llega a cubrir el gasto público, es decir, no puede ser libre ni existir como nación independiente. Los derechos que obtiene Buenos Aires por su incorporación a la Confederación en concepto de igualdad de provincia pertenecen al Tesoro Nacional y describen algunos de los recursos con los que cuenta la Confederación como ser aduanas, crédito público, etc., haciendo referencia que necesita de un sistema administrativo y de formación que ordene dichos recursos.

    Aspectos relevantes
    Entre los aspectos más importantes, lo interesante para analizar es la posibilidad de aceptar el crédito como recurso del Tesoro. Alberdi estudia como sí existe disponibilidad de recursos en el país, pero lo que realmente hace falta es una administración que pueda ordenarlos en beneficio de la Nación. Alberdi repudia y rechaza la forma en que se emplea el crédito público en base a la emisión de papel moneda que se utiliza en Buenos Aires. Explica que es una ventaja el hecho de no poder aceptar como valor un papel que no tiene garantía más allá de las brindadas por las contribuciones. Aunque sumado a esto menciona que muy posiblemente nunca alcancen para lograr amortizar una deuda que se incrementa por su propia capacidad de incrementarse.

    Preguntas
    1-¿Que políticas o acciones se podrían utilizar hoy en día frente a la economía actual del país la cual está en crisis?
    2-¿Encuentra relaciones entre la situación actual de la economía y la presente en el año 1853? ¿Considera que se han hecho mejoras considerables?
    3-Respecto al problema actual y de los últimos tiempos con los llamados “fondos buitres”. ¿Cree que se podría haber evitado esta situación? ¿De qué manera?

  12. Alberdi comienza esta tercera parte dividiendo al gasto privado del gasto público. Por un lado, el gasto privado es aquel que realiza el hombre para satisfacer sus necesidades mas básicas, en cambio el gasto publico es el que se realiza para lograr el bien estar general. En el caso del gasto privado, es el hombre con su instinto quien decide que gasto realiza para satisfacer sus necesidades, rige el principio de libertad de consumir consagrado por la constitución, sin intervención de la ley, pero en el caso del gasto público la ley debe regular la forma en que se realizara este gasto. Pero la ley puede atacar la libertad de los consumos privados. Llama gasto improductivo a los que gasta diariamente el hombre para satisfacer sus necesidades, y llama gasto reproductivo a lo que el hombre conserva para mañana. Limitar el consumo es limitar la producción. Consumir es producir, es enriquecer, sin productos no se tiene ganancia y sin gastos no se tiene productos, restringir la libertad del consumo es atacar la riqueza y empobrecer el país. Las leyes comenten estos ataques interviniendo en la producción con el pretexto de reglamentar el consumo. La ley no debe restringir el ejercicio del gasto improductivo; estorbar el consumo es atentar contra la libertad de usar y disponer de su propiedad y contra la producción y riqueza general. Las leyes pueden alterar o restringir la libertad del consumo consagrado por la constitución.
    Luego Alberdi menciona como gasto publico los gastos del Estado, por ejemplo en armas, oficinas, sueldos de trabajadores, etc. No hay gobierno gratis. Se deben procurar los medios de llenar los gastos o consumos exigidos por el sostenimiento del gobierno.

    La Constitución nacionaliza los recursos para constituir la unidad nacional que tiene por objeto preparar los medios de reorganizar la integridad nacional, la reorganización del centralismo. Se pretende que Argentina sea un solo Estado político, una unidad rentística, constituciones unitarias, hay objetivos de la independencia, integridad, seguridad, defensa y prosperidad nacional, una ley fundamental centralista, reorganización centralista, se busca la integridad de la República.
    La supremacía o prelación de la ley nacional sobre la de provincia, entran en conflicto ya que el gobierno federal garantiza a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones
    El Tesoro nacional no es un tesoro independiente y ajeno de las provincias, esta formado de las contribuciones pagadas por todas ellas mas la Nacion.
    Según la Constitución, el tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional debiera formarse:
    1° De valores capitales o bienes nacionales; en lo que entran las tierras baldías, los edificios públicos, los valores adeudados a la República, los establecimientos, obras y trabajos públicos de su propiedad y dominio, etc.
    2° De las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares.
    3° Del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso; en lo que entran de un modo exclusivo los derechos de aduanas, la renta de correos. los derechos de tonelaje y de amonedación; y conjuntivamente can el poder rentístico de provincia, la generalidad de las contribuciones y de los recursos del crédito público.
    4° Por fin, del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.
    Hay tierras baldías de cuya venta y locación pueda sacar un producto fiscal, que tienen un valor y utilidad comparativamente mayores como recurso fiscal, ya que estan al alcance de todos. Las tierras baldías son numerosas y extensas, Son más útiles como manantial de renta pública y son más útiles como base de crédito público
    Estas Tierras baldias son aptas para producir y para la crianza de toda especie de ganados útiles, etc, dan una gran ventaja como fuente de renta y base de crédito público.
    Las contribuciones que forman el Tesoro nacional, pueden dar renta pública, que es una parte de la renta privada de los habitantes del país.
    La renta privada o particular es la utilidad o ganancia que deja el empleo de la tierra, del capital y del trabajo, agentes de la producción de toda riqueza, en la agricultura, en el comercio, en la industria fabril.
    Hay consumos privados, porque no se produce sino a causa de la necesidad de consumir para vivir: si el hombre no tuviera necesidades, no se tomaría el trabajo de producir.
    Por otro lado, Alberdi menciona que el Tesoro debe respetar los principios de bien estar general al que refiere la constitución.
    Alberdi sostiene que deben respetarse los derechos de los hombres, como la propiedad, la libertad, la igualdad, la seguridad en sus relaciones prácticas con la producción, distribución y consumo de las riquezas, consagrados por la constitución para producir libremente, según sus facultades inherentes a cada uno de ellos, y para satisfacer sus necesidades básicas.

    preguntas:

    ¿como podrian aprovecharse esos terrenos baldios para que formen parte del tesoro nacional?
    ¿se respeta el art. de la constitucion que enumera el teresoro naional? ¿o por lo general los enunciados en este art. no son tomados como tesoro nacional?
    ¿como la ley puede atacar la libertad de los consumos privados?

  13. En la tercera parte de la obra, Alberdi se dedica a la parte rentística propiamente dicha, o el plan de hacienda o sistema de finanzas que preveía la Constitución de 1853.dice que el poder de Buenos aires sobre la nación se debe a que BSAS, posee además de la aduana una burocracia impositiva heredada del régimen colonial: “Todas las provincias argentinas se han prestado a restablecer la unidad tradicional de sus rentas…Sólo Buenos Aires se opone a que las rentas nacionales, percibidas en el territorio de su provincia, entren en el tesoro común de las provincias unidas”. Todos estos antecedentes, conocidos por él, lo llevan a dar consejos precisos sobre los pasos a seguir por la Confederación al mando de Urquiza. El establecimiento de una administración impositiva propia, y la creación de un Banco o Tesoro Nacional propio y efectivo, considera que son los pasos urgentes a ser tomados para hacer viable al nuevo estado.
    Habla al final de la libertad de navegación de los ríos interiores, y de reconocer al gobierno de La Confederación Argentina para salvaguardar al comercio, y generar progreso y bienestar materiales. Si “la Constitución Argentina se ha mostrado juiciosa, no es precisamente por haber escrito esas libertades civiles en términos magníficos sino porque, a mas de escribirlas, ha buscado y consagrado las garantías convenientes para reducirlas a verdad y práctica”.
    En cuanto a lo más importante creo que se trata de que, menciona la necesidad de captar impuestos en manos de un estado nacional y de lo visionario que fue al notar la necesidad imperiosa de organizar una administración impositiva y un banco nacional.
    Preguntas al autor.
    ¿si bien es necesario que los impuestos sean administrados en un estado federal por el estado nacional, para poder atender a las necesidades de todas las provincias, no le parece que en este caso se estaría hablando de redistribución contradiciendo todas las libertades de las que ha hablado?

  14. RESUMEN

    El Tesoro y el gobierno son correlativos, ninguno puede existir sin el otro. No hay gobierno gratuito, ya que si lo hubiera no podría ejercer su soberanía. No sería libre, no pudiendo otorgar beneficios al país entero, entre ellos promover la importación y exportación, de acuñar moneda, de reglar el comercio interior y exterior. Y para todo ello, dice Alberdi, es esencial que exista el apoyo político; la existencia de leyes que avale la soberanía Nacional.
    Suma a la lista de elementos para promover la soberanía, a la nacionalización (confirmación de su nacionalidad tradicional, en palabras de Alberdi) de determinados recursos como las aduanas, los terrenos baldíos, el crédito y el poder de imponer contribuciones. En adición a esto, remarca la necesidad del cumplimiento de pactos preexistentes.
    Continúa el texto, analizando estas rentas nombradas en el párrafo anterior, que la Constitución pone al alcance del gobierno nacional para sostener los gastos de su administración. Y para el cumplimiento de las mismas, establece por supuesto, la creación de un sistema de oficinas y de una jerarquía de funcionarios o empleados fiscales, que lleven adelante su organización.

    LO QUE DESTACO:

    Me pareció interesante el análisis que hace acerca del impuesto posible cuando existe materia imponible. La Constitución en su art. 49, establece las contribuciones como bases para la formación del Tesoro Nacional, a lo que Alberdi se pregunta si las mismas pueden dar renta pública; y para ellos define a la misma: una parte de la renta privada de los habitantes del país; asegurando de esta manera, el orden. Y a su vez, la renta privada es la utilidad o ganancia que deja el empleo de la tierra, del capital y del trabajo (hay ganancias hechas de la agricultura, en el comercio, en las fabricaciones de toda especie).
    Los impuestos son un medio de generar ingresos para mantener el gobierno en funcionamiento; los habitantes deben contribuir para el crecimiento de la Nación, y esto, en relación a la desigualdad económica, genera una problemática para el Estado ya que cuando esta desigualdad es muy alta, las posibilidades de evadir el pago de impuestos puede darse en aumento, provocando bajos niveles de recaudación. La contribución dice Alberdi, no agota ni destruye la riqueza privada, todo lo contrario, la defiende y la protege.

    1.¿Cómo se podría regular la tasa tributaria de manera que el gobierno no se extralimite y pueda recaudar lo necesario para promover el progreso nacional?
    2.En la actualidad, ¿seguiría tomando los mismos parámetros de recaudación tributaria que analiza en el texto?
    3.Alberdi remarca que toda renta, ya sea privada o pública, aumenta de manera lenta, que es necesario el transcurso de cierta cantidad de tiempo para que puedan apreciarse sus frutos, ¿cuál es la principal causa de que esto no haya sucedido a lo largo de los años en nuestro país?¿es la baja calidad institucional el principal motivo?

  15. Resumen del texto:
    Todo gobierno de un país independiente, libre y soberano necesita de un Tesoro Nacional para costear por sí mismo el desarrollo de las funciones que le son propias. El artículo 4 de nuestra Constitución Nacional versa sobre la composición de dicho “Tesoro nacional”: derechos de importación y de exportación de las aduanas, renta o locación de tierras de propiedad nacional, renta de correos, demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a su población imponga el Congreso federal (ante existencia de “materia imponible”) y empréstitos y operaciones de créditos que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional. Según Alberdi, estas rentas “a disposición del gobierno nacional para los gastos de su servicio, tuvieron siempre el mismo destino, bajo todos los sistemas de gobierno; fueron siempre rentas nacionales, como lo son hoy mismo por su naturaleza, origen y destino político”.
    Por su parte, “el tesoro de provincia se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación”. La diferencia entre el Tesoro nacional y el provincial es que el primero de ellos, “en vez de pertenecer a cada provincia aisladamente, pertenece a todas juntas reunidas en cuerpo de nación”.
    Lo más novedoso o importante:
    Alberdi, entre otras cuestiones, pone un acento particular en lo que refiere al tema aduanero. Menciona que en 1851 la aduana argentina de Buenos Aires recogía (debido al sistema de “puerto único” y al mantenimiento de la “clausura colonial de los ríos”, vigentes por aquella época) las “dos terceras partes de la renta pública perteneciente a toda la República”. Las mismas “quedaban totalmente en las arcas provinciales de Buenos Aires para servicio de su provincia”. El resto de las provincias de la Confederación sólo podían comerciar con el extranjero por el puerto de Buenos Aires; “en ese puerto único se percibía toda la contribución indirecta de aduana exterior”. Así, no sólo se dejaba en una sola provincia todo el producto de la contribución, sino que además el resto de las provincias “no tenían la menor injerencia en la regulación del comercio interior, ni en la sanción de la tarifa de los derechos”. En virtud de esta circunstancia, las provincias para reemplazar su parte de renta de aduana (de que necesitaban para pagar el servicio de sus gobiernos locales) establecieron aduanas interiores en cada frontera de provincia.
    Posteriormente, con la Constitución de 1853, “la Confederación comercia hoy directamente con el extranjero por todos sus puertos y recoge su renta de aduana sin el intermedio de la aduana de Buenos Aires; la parte de renta que ingresaba en ésta (…), empieza desde ahora a ingresar en las arcas del Tesoro nacional”. Asimismo, quedan vedadas constitucionalmente las “aduanas interiores”.
    Tres preguntas que le haría al autor:
    1) ¿Qué opinión le merece el actual régimen de coparticipación federal (tanto en la teoría como en la práctica)? ¿Consideraría apropiado modificarlo?
    2) ¿Considera conveniente poseer un sistema monetario donde el papel moneda posea una “base real y positiva”; una “base metálica”?
    3) Concibiendo al crédito del Estado como “el recurso más positivo de que pueda disponer en (una) época anormal y extraordinaria” (como el de creación y formación del propio Estado), ¿qué consideraciones le merece un gobierno que acude a este tipo de recurso con habitualidad y en circunstancias diferentes a las anteriormente mencionadas?

  16. Alberdi se refiere a la necesidad de costear los gobiernos, y como estos costos deben ser afrontados por los habitantes de las naciones que pretenden la soberanía.
    La Argentina, al menos al momento de redactar el texto, goza de los recursos necesarios para su manutención, pero no de un sistema administrativo que sepa ordenarlos y volcarlos al arca común. Elaborar un sistema organizado para la recolección y contabilidad del Tesoro es una de las tareas primordiales de la organización nacional.
    La renta pública, de la que se nutre el Estado, es la suma de porciones de las rentas privadas, que son las utilidades que deja el empleo de la tierra, el capital y el trabajo, fuentes de riqueza. A través de las contribuciones, se extrae una porción de estas rentas privadas para satisfacer las necesidades del Estado, por lo que el tamaño de la renta pública siempre será proporcional al tamaño de las rentas privadas.

    La idea de que la Argentina goza de copiosos recursos, pero no de un sistema que pueda explotarlos de la mejor manera, es hoy en día conocida y compartida por prácticamente cualquier economista serio, y esta visión probablemente tiene su génesis en el texto analizado.
    Resulta también interesante la idea del autor en cuanto a que financiar un Estado que sustenta la libertad de la gente es un deber a cumplir, so pena de caer en el despotismo. «El gobierno libre come lo mismo que el gobierno tirano, y de eso vive. La contribución es su alimento; arrebatársela es fundar el despotismo, y perder toda la fortuna por haber querido ahorrar una pequeña parte.»

    Preguntas

    ¿Opinaría el autor que en la actualidad la Argentina goza de un sistema rentístico/impositivo moderno y eficaz?

    ¿Cual consideraría que es el factor, o factores, que diferencian un sistema recaudatorio eficiente de uno persecutorio?

    Existe una posición entre los politólogos por la cual se vincula el establecimiento de sistemas impositivos eficientes, con el acaecimiento de guerras en el territorio nacional, las cuales generan la necesidad de una mayor extracción de renta para solventarlas. Así, pueden mencionarse como ejemplos las reformas impositivas en Estados Unidos con motivo de la Guerra Civil (1861-65), o las reformas aduaneras en Prusia luego de las invasiones napoleónicas (culminadas en 1833). ¿Suscribe Ud. a esta posición? ¿Considera que el hecho de que nuestro país no haya tenido un extenso historial bélico nos ha jugado en contra a la hora de establecer un sistema impositivo eficiente?

  17. En estas líneas Alberdi expone que un gobierno (o yendo más allá; el estado en general) no puede subsistir sí no es con los medios suficientes. Es por esto que se hace necesaria la creación de un Tesoro. Continúa su análisis explicando las funciones que debe tener tal Tesoro y como debe estar conformado, cuáles deben ser las fuentes de su financiamiento. Asimismo, puntualiza que un país que no puede hacerse cargo de sus deudas, no es en definitiva un país soberano propiamente dicho, por estar en todo momento dependiendo de otras naciones. A su vez, realiza una mención a la Ciudad de Buenos Aires, la cual se endeuda para emitir moneda, generando así, más deuda.

    Aspectos relevantes
    Lo que quiero resaltar de este capítulo de Alberdi, es justamente lo mencionado precedentemente, en cuanto a que endeudarse para emitir moneda, no puede derivar en otra cosa que más endeudamiento. Hay formas, y objetivos de endeudamiento, pero ninguno de ellos es neutral. Generar deuda para gastos de capital, no puede ser lo mismo que generarla para gastos corrientes; su finalidad es, desde el vamos, bien distinta. Asimismo, el hecho de pedir prestado a otros países, deriva indudablemente en una merma de soberanía e independencia, puesto que obliga a estar siempre bajo las disposiciones del prestamista.

    Preguntas:
    1) ¿Que opina Alberdi de la ley de convertibilidad vigente en nuestro país por más de 10 años?
    2) ¿Son los holdouts realmente buitres, o simples financistas?
    3) ¿Que candidato a presidente 2015 representa mejor las ideas de Alberdi?

  18. El Gobierno Nacional ha de subsistir y costear sus gastos a través del Tesoro nacional, lo que le permitirá tener independencia nacional y ejercer su soberanía. Dicho tesoro estará compuesto por: 1) valores capitales o bienes nacionales (tierras publicas); 2) rentas de los valores dados en locación y enfiteusis a particulares; 3) de las contribuciones directa e indirectas que el Congreso imponga (derechos de aduanas y de tonelaje, rentas de correos, etc.) y 4) créditos y valores obtenidos a por préstamos por el gobierno (art. 4 CN).
    En lo que respecta a las provincias su tesoro se compone de todo los recursos no delegados por estas al gobierno federal (art.101 CN).
    Relevante
    La confianza que un gobierno inspira al grado de que se le otorguen préstamos sin que este tenga los fondos necesarios para posteriormente devolverlos, solo basta que tenga el dinero para pagar los intereses o rentas puntualmente. No importa que la deuda sea eterna si se sabe que el Estado deudor es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas que año tras año deben ser más ricas y abundantes. Dicha confianza se crea sobre la base de que el Estado deudor pagara puntualmente los interese, cumplirá fielmente sus promesas, brindar estabilidad y que sus sucesores no desconocerán la deuda contraída.

    Preguntas
    1 ¿Cómo ve el sistema rentístico actual comparado con el de 1853?
    2 ¿Qué causas llevan a que siendo un país que cuenta con grandes extensiones de terrenos baldíos no se aprovechen?
    3 ¿Cómo encararía el tema de los fondos buitres?

  19. RESUMEN PARTE 3, CAPITULO 3
    El gobierno, luego de organizarse, necesita medios para subsistir y poder desarrollarse. Lo principal, es que tenga un Tesoro Nacional. Por ello, la Constitución nacionalizó un montón de esos recursos para constituir la unidad nacional. Pero, no hay que pasar por alto, que el Tesoro Nacional no es el único que existe: están los provinciales con sus gobiernos y las atribuciones no delegadas a la Confederación.
    El Tesoro Nacional, se conforma de los siguientes recursos: valores capitales o bienes nacionales, renta de esos valores, del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso y del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal.
    La Confederación, ya no necesita más recursos, sino un sistema administrativo que sepa organirzarlos en un arca común y nacional.

    ASPECTOS RELEVANTES
    Lo que me llamó la atención fue, la correlación entre Gobierno y Tesoro. Porque, un gobierno no puede ser muy fuerte ni estar bien constituido si no poseé un Tesoro Nacional para hacerle frente, no podrá ejercer su soberanía. Pero, a la vez, ese gobierno, será deudor de esa contribución.
    Todas las provincias, se comprometieron a restablecer la unidad tradicional de sus rentas, con docilidad, excepto Buenos Aires, que quiso retenerlas para sí. Por ejemplo, con las tierras baldías que poseé dentro de ella que tienen un valor y utilidad fiscal mayor por encontrarse próximas a ríos navegables. Lo que Buenos Aires no registró, es que el nuevo sistema de navegación interior de los ríos, que recorre distintas provincias, hace que sus territorios sean importantes para el comercio también y no de manera exclusiva Buenos Aires.

    PREGUNTAS
    1) ¿Creé que la suba o baja del dólar afecta de manera directa o indirecta al Tesoro Nacional?
    2) ¿Creé que sería víable, que en algún momento Buenos Aires deje de ser la capital del país para que lo sea otra?
    3) ¿Qué otra u otras provincias poseén o podrían poseer las condiciones para ser capital?

  20. Alberti, en el capitulo III, nos explica que, cuando surge un gobierno, es necesario formarle un Tesoro nacional. Ello es importante para que pueda ejercer sus funciones libremente, es decir, ejercer su soberanía por si mismo costeando su propio Gobierno con sus medios. Ya que de no ser así, no podría existir como nación independiente.
    La Constitución dispuso que el Gobierno Federal proveería sus gastos mediante los fondos del Tesoro de la Nación. Ese Tesoro estaría formado del producto de derechos de importación y de exportación, renta o locación de tierras de propiedad nacional, renta de correos, otras contribuciones que imponga el Congreso federal y de los empréstitos y créditos por urgencias o utilidad de la Nación. Estos fondos que la Constitución designa para la formación del Tesoro de la Confederación, son legítimos.

    Un aspecto importante es que Alberdi nos explica que, la importancia no radica en la disponibilidad de recursos con los que cuenta la Confederación, sino en la forma en que el sistema administrativo pueda ordenarlos, y sacar beneficios para la nación. Por último, la Constitución argentina comprende en el recurso de los créditos y empréstitos, como medio para aumentar los fondos. Las formas más ordinarias del empréstito de fondos hechos a la Nación son: 1° Empréstito propiamente dicho. 2° Fondos públicos con interés. 3° Fondos públicos sin interés. 4° Deuda consolidada. 5° Deuda no consolidada. 6° Deuda flotante, o billetes de oficinas del Tesoro por contribuciones anticipadas. 7° Papel moneda.

    De todas las formas contempladas en la Constitución Nacional para obtener fondos ¿Cuál es la menos perjudicial para la Nación?

    ¿Qué opina del sistema impositivo de Argentina?

    ¿Piensa que el Gobierno de Argentina es idóneo en la administración de los recursos que posee para aumentar el Tesoro Nacional? ¿Cuáles son sus falencias?

  21. Resumen
    Alberdi en este capítulo 3 analiza la importancia del Tesoro Nacional y los recursos que tiene la Confederación para cubrir los gastos públicos. Se preocupa de que: no son recursos los que faltan a la Confederación, sino que necesita un sistema administrativo que ordene, colecte y encierre los infinitos recursos que posee; al tener la base de este sistema en la posesión de un gobierno central, con la facultad de atraer los recursos dispersos. el Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente. La cuestión no es sólo de finanzas o rentas; es de independencia y de libertad. El país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente. No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no poder ser libre. Considera que la deuda pública constituye una de las garantías más poderosas en favor de la paz.

    Aspectos relevantes
    Alberdi sostiene que la Administración General del País bajo el sistema federal y como se puede arreglar, ya que el fracaso del papel moneda se debe a que no tenía base real y positiva que debe tener todo papel de crédito que circula como moneda corriente. Me sorprendió más cuando leí lo siguiente: “Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria por ser de creación y formación, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre”.La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraído por el gobierno es garantía que acompaña a los del gobierno actual de la Confederación Argentina, por ser constitucional y enteramente legítima su existencia, lo cual hace que sea la Nación misma.
    Preguntas al autor
    1- Cree Usted que en la actualidad, con respecto a la emisión monetaria ¿ los nuevos billetes de 100 Y DE 50 con la cara de Evita y la figura de Malvinas, son una excusa más para emitir en mayor cantidad moneda y así generar un falso crédito?
    2- 2- Cuando sostiene que no poder costear su soberanía es no ser independiente y no ser libre,¿ que opina acerca de los años 90 cuando el país era de libre mercado y las empresas transnacionales con complicidad de Cavallo y Carlos privatizaron todo y el desempleo y la deuda comenzaron a subir? Endeudarse con el FMI no es acaso no ser libre ni independiente?
    3- Que opinaría si supiera el caso de los fondos buitres, quienes compraron aprovechando una crisis en Argentina en el año 2001, para comprar bonos desde 0,60 centavos y pretenden cobrar el cuádruple del valor nominal que les figura? Seguiría sosteniendo que La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraído por el gobierno es garantía?

  22. En esta tercera parte Alberdi se dedica al análisis de los principios constitucionales en relación con los consumos públicos, que son los mismos que gobiernan la producción y la distribución, pero aplicados a la organización y administración de la hacienda pública. En esto la Constitución ha sido fiel a su sistema de buscar la riqueza por el camino de la libertad, así como también la idea de que la riqueza del Estado se basa en el crecimiento de la riqueza de los ciudadanos. En este sentido la inversión pública debe estar sometida a las mismas reglas de prudencia de que depende el aumento de las rentas privadas.
    Respecto de los principios consagrados en la Constitución en materia de consumo son los mismos que para asegurar la producción y la distribución: la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad. El consumo tiene leyes propias de conservación y desarrollo: consumir sin empobrecer. El arte de gastar forma parte del arte de enriquecer. Para ese fin, la ley debe dar un apoyo negativo al gasto privado, absteniéndose por completo de restringir su libertad, y en cuanto al gasto público, la ley debe impedir que se distraiga de su verdadero destino que es el bien general, no perdiendo de vista que el gasto privado y el gasto público son dos modos de una misma erogación que tiene como sufragante al ciudadano.
    La Constitución garantiza la libertad del hombre en sus gastos sean estos de existencia como para producir y las leyes no deben intervenir bajo el pretexto de reglamentar el mejor uso de los factores de producción: el art. 14 declara el derecho de usar y disponer libremente de la propiedad.
    También señala la Constitución con qué recursos atender a los consumos públicos: los fondos del Tesoro Nacional se forman con lo recaudado por la aduana y las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente imponga el Congreso Federal, como también de los empréstitos y operaciones de crédito que éste autorice. El Tesoro Nacional no es el único admitido. Los gobiernos provinciales se sostienen con todos los recursos no delegados por la Constitución al gobierno federal, quedando definidos éstos por exclusión. El Tesoro Nacional no es independiente, sino que pertenece a todas las provincias juntas y así cada una de ellas tiene dos tesoros: el local y el de la Nación.
    Así como garantiza la libertad, la ley debe establecer un orden como forma de su ejercicio. Pero dicho orden no debe ser menoscabado por escrúpulos hipócritas. Quedan establecidos constitucionalmente los requisitos que deben cumplir las autoridades en la recaudación, manejo y empleo de la hacienda pública.
    Otra fuente de los consumos o gastos públicos son los que encara la sociedad para satisfacer sus necesidades de orden público en la mejora, comodidad y perfeccionamiento de sus ciudades, socorro y alivio de las clases desfavorecidas sin intermedio de la autoridad, y solo dependiendo de la disposición y aptitud de sus ciudadanos en unirse para realizar el bien común. De la ausencia de este rasgo no se puede responsabilizar al gobierno sino más vale a una falencia cultural de la sociedad.
    La organización del país está en la organización de la propia persona: la libertad demanda del individuo asumir responsablemente los compromisos que ella implica, o, en la perfecta definición de Montesquieu: “El gobierno de la libertad es el más caro de los gobiernos”.
    Como en los otros comentarios, insisto en destacar el convencimiento de Alberdi de que la libertad es el camino para lograr la riqueza. Y también destaco la idea de que el éxito de la propuesta constitucional solo se asegura si el individuo ejerce esa libertad responsablemente, siendo que el orden de la sociedad será un reflejo de lo ordenados quesean los individuos que la componen. Incluyo como destacada por su actualidad la cita de Maquiavelo sobre dar al pueblo cien fiestas por cada libertad que se le arranca. “Así somos y así nos va” diría el Dr. Carlos Mira.
    Le pregunto Dr. Alberdi, si es que de una forma u otra ya no se lo he preguntado, a qué atribuye la idiosincrasia si se quiere cómoda del argentino, que marca desde 1853 hasta ahora un camino de entrega de sus libertades individuales sin prisa y sin pausa, y sin conciencia de ello? La prodigalidad del medio en que le ha tocado desarrollarse? La inmigración mayormente latina y católica? Cree que a través de una educación basada en la libertad y el estímulo al juicio crítico con el tiempo pudiera revertirse esa característica?

  23. Alberdi en la tercera parte de su obra nos habla de la importancia del tesoro nacional, fundamental para la existencia de un gobierno. Gracias al tesoro nacional la nación puede costear sus costos, lo que le permite tener soberanía.
    Pero no solo esta el tesoro nacional, también están los tesoros provinciales con sus gobiernos y atribuciones no delegadas a la confederacion.
    Luego Alberdi describe los recursos designados en el ART 4 de la Constitución Nacional para la formación del tesoro nacional: producto de derechos de importación y exportación de aduanas, renta o locación de tierras de propiedad nacional, renta de correos, producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el congreso, empréstitos y operaciones de créditos.

    Este capítulo me dejo ver la cantidad de recursos que tiene nuestro país. Por ende he llegado a la conclusión de que si a veces no alcanza el dinero es exclusivamente por la PÉSIMA administración de estos recursos.

    Preguntas:
    ¿Considera que hay una mala administración de recursos?
    ¿Considera que se respeta lo que la Constituvion Nacional consagra en su ART 4 respecto al tesoro nacional y los recursos administrados para la formación de este? ¿No cree que muchos tributos resultan claramente confiscatorios?
    ¿Qué opina del sistema tributario argentino?

  24. Alberdi plantea las diferentes formas y necesidades que tienen una Nación o un proyecto de Nación para poder ser creada y subsistir. Clave será la forma en la que logrará obtener financiación y a través de que instituciones logrará éstas. Así es como Alberdi manifiesta la necesidad de la creación del Tesoro, que se encargará de recibir, organizar y utilizar los ingresos que la Nación tenga.
    Los modos de obtener la financiación para que el Estado funcione como tal es a través de aduanas y sus tasas a abonar, tierras fiscales, rentas de éstas entre otras.
    Las provincias tendrán a la par sus propias arcas con todo aquello que no deleguen al estado Nacional. No hay que olvidar que también podrá financiarse a través de préstamos que la Nación pueda conseguir, demostrando confianza a sus prestamistas, a pesar que no tenga el dinero para reponer el préstamo teniendo una extensión de tierra importante y productiva ya será suficiente para ser confiable.

    Alberdi nunca cuestiona como conseguir el dinero para que la Nación funcione, sino que hace hincapié en como lograr administrarlo correctamente y que éste logre su fin (financiar el Estado Nacional en manera efectiva).
    Sorprendido por el énfasis de Alberdi en lograr créditos sin improtar incluso si estos son eternos. La confianza de la Nación y su capacidad de producción será vital para lograr ésta forma de financiación estatal/gubernamental ya que si el Estado es pobre al gobierno de turno le costará muchísimo poder llevar adelante las diferentes políticas que desee aplicar. Es por esto que relaciono Estado con Gobierno de turno.
    La importancia de la confianza al crédito pasará únicamente por si el deudor puede abonar el interés en tiempo y forma.

    ¿Sirve endeudarse eternamente (como parece estarlo la Argentina) para el beneficio de un periodo determinado?
    El tesoro nacional debería cambiar sus políticas de obtención de crédito para financiar a la nación?
    ¿Cual es su opinión sobre el IVA del 21%? ¿No es un % excesivo?

  25. La tercera parte de la obra de Alberdi, está dedicada al sistema de finanzas que preveía la Constitución Argentina, a la parte rentística propiamente dicha. Hace hincapié en el escamoteo fiscal al que la provincia de Buenos Aires había sometido a la nación, el cual se posibilitó por el hecho que la primera, aparte de monopolizar la única aduana fluvial, contaba con una “burocracia impositiva” heredada del régimen colonial. Dice que “todas las provincias argentinas se han prestado a restablecer la unidad tradicional de sus rentas. Sólo Buenos Aires se opone a que las rentas nacionales, percibidas en el territorio de su provincia, entren en el tesoro común de las provincias unidas”. Esos sucesos lo llevan a considerar fundamental, el establecimiento de una administración impositiva propia, y la creación de un Tesoro Nacional propio y efectivo ya que considera que son los pasos necesarios a ser tomados para hacer posible al nuevo estado, que se encontraba enfrentado a los rentistas de la provincia de Buenos Aires. Menciona que dicho Tesoro debe componerse de valores capitales o bienes nacionales, de las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares, del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso, y del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.

    De la lectura del texto surgen muy claras y contundentes definiciones de Alberdi, como cuando define la necesidad e importancia de hacerse cargo del gobierno, «el país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente» y agrega, «no hay gobierno central, ni orden constitucional, ni libertad, sin unión de rentas, sin Tesoro nacional». También que «si matáis por hambre al gobierno legítimo, le reemplaza el despotismo, que con sable en mano os arrebata el pan de la boca y os reduce a desnudez».

    Sin duda, Alberdi comprendía que la unidad económica era imprescindible para lograr la unidad política del país y, por lo tanto, ve en el alejamiento de Buenos Aires un problema que se debe solucionar. Atribuye su comportamiento a causas que residen en las instituciones fundamentales de Buenos Aires, «no de ayer sino de toda su existencia colonial y republicana», por ello, «la política juiciosa debe comprenderlo y tomarlo de ese modo» y advierte que la solución no es someter la Confederación a Buenos Aires, o Buenos Aires a la Confederación, por la obra de las armas, y que la política «debe tomarse para su curación tanto tiempo como el mal tiene de existencia». Aquí podemos apreciar, claramente, la dimensión de estadista de Alberdi, que comprende la importancia de integrar a Buenos Aires de manera plena y pacífica. Lamentablemente, esto no sucede y Buenos Aires derrota a la Confederación en la Batalla de Pavón, con lo cual desaparece la Confederación y se establece la hegemonía centralista de Buenos Aires. Las consecuencias de este centralismo aún las estamos sufriendo.

    Otro aspecto interesante es el cuestionamiento que hace a Rosas, el caudillo federal, como jefe de Buenos Aires, de quien dice «representaba dos intereses parciales: el suyo de tirano, y el de la concentración de ventajas políticas y rentísticas en el pueblo de su mando, cuyo último interés no servía por patriotismo, sino porque entonces formaba parte del suyo propio» y concluye que «Rosas, mantuvo la clausura colonial de los ríos, precisamente porque le daba rentas desproporcionadas para oprimir y dilapidar la provincia de su inmediato mando de veinte años, y más o menos toda la Confederación».

    Me surgen varias preguntas para el autor:
    1) ¿Considera que actualmente los «intereses particulares de Buenos Aires», que denuncia, siguen vigentes en desmedro del resto del país?

    2) ¿Cree que la modificación constitucional de la elección de los Senadores (por el voto directo de los ciudadanos), debilitó la representación de los intereses institucionales de las Provincias?

    3) ¿Cree que es correcta la política de la Argentina de desendeudamiento en relación a su PBI (33%) y la posición frente a los «fondos buitres», en defensa los acuerdos alcanzado con el 93% de los tenedores de bonos, considerando que éstos solo actúan basados en extorciones financieras para obtener desproporcionadas ganancias especulativas?

  26. Sinopsis:

    En este capítulo, Alberdi explica sus ideas transitando entre los equilibrios existentes entre los dos polos de dos ejes:
    1) El eje de la necesidad del Estado:
    El equilibrio del eje de la necesidad del Estado se establece entre los polos de:
    I) La existencia del Estado.
    II) La efectivización de las garantías de la libertades individuales.
    El Estado existe. Y es necesario que exista. La razón de esto es que la efectivización de las libertades individuales necesita de un Estado que las garantice. Al mismo tiempo, ése es el límite a su existencia: Toda existencia del Estado, y de sus ramificaciones, más allá de la necesaria para la efectivización de las libertades individuales es innecesaria, y debe ser eliminada.
    2) El eje de la necesidad de un Tesoro Nacional:
    El equilibrio del eje de la necesidad de un Tesoro Nacional se establece entre los polos de:
    I) La existencia del Tesoro Nacional.
    II) La contrapartida económica del cumplimiento de las funciones estatales.
    El Tesoro Nacional existe. Y es necesario que exista. La razón de esto es que el cumplimiento de las funciones estatales, y, específicamente, la efectivización de las libertades individuales por parte del Estado, necesita de un Tesoro Nacional que las solvente. Al mismo tiempo, ése es el límite a su existencia: Toda erogación del Estado, y de sus ramificaciones, más allá de la necesaria para el cumplimiento de las funciones estatales, y, específicamente, de la necesaria para la efectivización de las libertades individuales por parte del Estado es innecesaria, y debe ser eliminada.
    En correlación con esta idea, Alberdi enumera, en el artículo 4° de la Constitución, las fuentes del Tesoro Nacional:
    1) Ingresos fiscales.
    2) Créditos internacionales.
    3) Activos provenientes de tierras de propiedad del Estado.

    Cariz Curioso:

    Una característica de este Capítulo, y de todo el libro “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, que se repite en forma singularmente curiosa es la minuciosa previsión con que Alberdi se adelantó a muchos, sino a todos, los problemas económicos que sufriría Argentina, como un científico loco del año 3000, que habiendo inventado una máquina del tiempo, regresa mil doscientos años al pasado y escribe un libro para que su país no cometa los errores que cometería. Como contrapartida, encuentro igualmente curioso que, pese a esto, Argentina haya cometido todos los errores que Alberdi previó que cometería, como si ningún político se hubiese tomado el trabajo de leer su libro (que, después de todo, no es tan largo), o que lo hubieran hecho, pero para hacer exactamente lo contrario; que Alberdi, el científico loco del año 3000 haya regresado con su máquina del tiempo a los inicios de la historia de la Argentina para salvarla, pero que, como en un cuento de Bradbury, el final continúe siendo terrible.

    Dudas:

    1) Siendo el Estado un pésimo administrador, ¿tiene alguna idea sobre qué podría reemplazarlo en esta función?
    2) ¿No piensa que la garantía del artículo 4 de la Constitución es insuficiente para evitar abusos de las políticas fiscales y crediticias?
    3) Última pregunta, del comentario de hoy, y última pregunta en general: Pensando en la importancia nula que el Estado argentino le ha dado a su libro, ¿se arrepiente de haber perdido su tiempo escribiéndolo?, ¿no hubiera preferido, en su lugar, pasarlo tocando el piano, como tanto le gustaba?

  27. Alberdi comienza el capitulo con la base de que todo país que proclama su independencia a la faz de las naciones, y asume el ejercicio de su propia soberanía, admite la condición de estos hechos, que es tener un gobierno costeado por él en razón de que ello hace existir el doble hecho de la independencia nacional y el ejercicio de la soberanía. la constitución a dotado de la fuente para obtener aquellos recursos que han de ser usados para mantener al estado. la base de ello la podemos encontrar en su art 4.pero para ello es necesario un sistema que ha de recaudar los infinitos recursos con que la nacion cuenta, de los que menciona la tierra que tan fertil es para generar ganancias que han de dar riquezas que le permiten al gobierno obtener rentas de sus ciudadanos para mantener al estado que ha de garantizar esas riquezas es a decir de las ganancias particulares ha de depender la recaudación publica.se ha obtener también dicha recaudación por medio de exportaciones e importaciones, de los créditos públicos y la emisión de bonos de deuda publica. una vez comprendido aquello ha de ser el estado quien le de un correcto uso a la riqueza que el país tiene para no olvidar el objetivo que es garantizar el bienestar de sus habitantes

    los mas destacado a mi entender pasa por la idea de que el hombre y el gobierno se han de necesitar mutuamente que el hombre necesita de un gobierno que ha de ser capaz de garantizar su bienestar a través de la igualdad la libertad y garantizarle que la obtención de los frutos de su trabajo que han de generar su riqueza, que le permitirá su sustento, y directamente el estado ha de necesitar de la riqueza privada para hacerse del sustento necesario para organizarse y garantizar aquellos principios que la constitución consagra para todos los argentino.

    preguntas
    1- cree que el estado puede de obtener recursos de otros medios mas eficaces que los que la constitución ha creado
    2- no cree que el estado bao esta teoría incurre en abusos sobre sus ciudadanos generando cargas impositivas tan grandes que solo lo oprimen económicamente
    3- no es injusto el sistema en la medida en que no es el ciudadano quien decide sobre los impuestos y la utilización que se da a los recursos

  28. En este capítulo, Alberdi nos habla de los consumos y los gastos públicos y de lo importante que es la formación de un Tesoro Nacional. La importancia de la unión de Buenos Aires a la Confederación y la ventaja que le proporcionaran a los rentistas. La constitución ya brinda un marco con un gobierno aceptado por toda la Nación. A continuación, enumera las ventajas económicas de cada provincia y lo importante de que la navegación que ya no se haga indirectamente por Buenos Aires para la prosperidad de las mismas. Por último, analiza de cómo el crédito público puede ser un recurso practicable y posible. Con la posesión de las rentas de la aduana y por tratados con Estados extranjeros en materia de navegación y comercio es posible amortizar el crédito. Finalizando hacia un comparación de las diferentes maneras de amortización que aplicaron tanto Rivadavia como Rosas.

    Lo más importante considero que es la crítica que se hace de periodo rosista en lo referente al manejo de las finanzas con la emisión de papel moneda amortizando así la deuda pública. Esto explica Alberdi se pudo realizar por un poderoso resorte de despotismo y terror. Destaco la solución que brinda en párrafos siguientes: la renta efectiva es el imán del crédito, ésta viaja despacio como la confianza. En ultimo termino, el crédito es el recurso más positivo del que el Estado pueda disponer: “será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento” esto último resulta premonitorio, es triste que esta tema tenga una vigencia actual y como Nación no hayamos podido encontrar el camino de prosperidad propuesto por Alberdi si no que paradójicamente hiciéramos casi todo lo contrario haciendo realidad la fatídicas predicciones de este gran estadista.

    ¿Qué opina de organismos de crédito tales como el FMI?
    ¿Qué opinión le merecen los mercados comunes tales como el Mercosur?
    ¿Considera que es acertada la política de deseudendamiento?

  29. Se llama gasto publico o consumo público al que efectúa el hombre por intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de existencia colectiva, que consiste en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales. El gasto público nacional argentino se compone de todo lo que cuesta el conservar su constitución y reducir a verdades de hecho los objetos que tuvieron en miras al sancionarla.
    A pesar de estar encerrado en el límite del tesoro nacional, tiene un fin supremo, quien no lo cumple, ya sea el gobierno cuando lo invierte mal, cuando el ciudadano roba o defrauda la contribución que le impone la ley. Esta última, en el gasto público, interviene solo para impedir que se desvíe de su destino (bien general), para impedir que exceda este objeto y para cuidar que el impuesto levantado para sufragarlo no atropelle la libertad, ni esterilice la riqueza.
    El tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional, según el artículo 4, debiera formarse de valores capitales o bienes nacionales, de las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis particulares, del producto de las contribuciones directas e indirectas y del crédito y valores obtenidos a préstamos por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la republica. A partir de ello ¿qué es la renta pública? es una parte de la renta privada de los habitantes del país, es la unión de las porciones de renta que los particulares satisfacen al cuerpo social en que viven para asegurar el orden. ¿Qué es la renta privada? Es la utilidad o ganancia que deja el empleo de la tierra, del capital y del trabajo.
    En cuanto al crédito público podemos decir que es el recurso más practicable y fecundo que posee la confederación a su alcance. Es un recurso introducido en las rentas argentinas. La constitución nacional comprende en cuanto al crédito, los empréstitos y las operaciones de crédito.
    Muchas son las formas que puede tomar la deuda pública, muchos los modos de que se puede endeudar a la nación, pero todos ellos son modificaciones del empréstito o préstamo que es el medio común de poner en ejercicio la confianza del estado para obtener los fondos que el publico nacional o extranjero pone a su disposición. Las formas más ordinarias del empréstito de fondos hechos a la nación son: el empréstito propiamente dicho, los fondos públicos con intereses, los fondos públicos sin intereses, deuda consolidada y deuda no consolidada, deuda flotante y papel moneda.
    Por último, a modo de conclusión, me gustaría manifestar, que Alberdi, en el sistema económico y rentístico plantea puntos económicos y políticos muy interesantes, que a pesar de que pasaron años, algunos siguen siendo cuestionados en la actualidad y problemas que siguen estando vigentes.

    Preguntas:

    Ya que estamos en momentos electorales, ¿considera usted que la proyección del gasto publico a principio de año tiene en cuenta la enorme cuantía de dinero que hace falta para sobrellevar las compañías electorales? Y las obras publicas que se llevan a cabo en dicho momento? Cree usted que en dicha proyección tienen en cuenta al ciudadano?

    ¿Considera necesario el hecho de solicitar préstamos para solventar gastos corrientes como ser obras publicas o mejorar escuelas, hospitales, etc.?

    ¿Quién controla el gasto público? ¿Existe algún tipo de sanción para cuando no se cumple, es decir se supera la proyección?

  30. El gasto público se realiza por intermedio del Estado, en satisfacción de las necesidades de la existencia colectiva,.”Según la Constitución el gasto público se compone de todo los factores necesarios para constituir la unión nacional, afianzar la justicia,consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad
    Alberdi se declara en contra de toda actividad del Estado que no sea puramente política o para el mantenimiento del orden , y condena la figura de Estado regulador o productor en cuanto a la industria, la banca, el seguro, el transporte y las obras públicas . Asimismo,también critica el rol regulador del Estado en cuanto a la actividad privada y aconseja vender las tierras públicas a favor del tesoro nacional

    Dice Alberdi : Todo dinero público gastado en otros objetos que no sean los que la Constitución señala como objetos de la asociación política argentina, es dinero malgastado y malversado. Temía y anticipaba que las leyes futuras, incluyendo el Código Civil, pudieran afectar las garantías a las libertades y derechos de los habitantes

    La Constitución habla de contribuciones, trata a los ciudadanos como habitantes libres
    ¿Cree que ya perdimos toda libertad? ¿La cultura tributaria impuesta no estaría violando la Constitución? ¿ Que hacer para que los gobernantes no malversen el dinero?

    .
    .

  31. Resumen

    Luego que se organiza o erige un gobierno, es necesario darle medios para existir, a través de la formación del Tesoro nacional, la Constitución Nacional Argentina dispone en su artículo 4 cuales son los medios para solventa el Gasto Público «El gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional, formado del producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas, del de la renta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a su población imponga el Congreso federal y de los empréstitos y operaciones de créditos que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional». Para llevar a cabo la administración de esos recursos es necesaria la implementación de un sistema administrativo que sepa darse cuenta de los infinitos recursos que se poseen, para ello deberá ordenarlos, recolectarlos y encerrarlos en un arca común y nacional. La elaboración de este sistema, es tarea primordial de los ministros de hacienda.
    El poder de crear, de manejar y de invertir el Tesoro público, es el resumen de todos los poderes, la función más ardua de la soberanía nacional. En la elección y cantidad de los gastos puede ser dilapidada la riqueza pública, degradando el país. El país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no poder ser libre.

    Lo más relevante:
    Todo país que proclama su independencia a las demás naciones, y asume el ejercicio de su propia soberanía, admite la responsabilidad de tener un gobierno costeado por él, y tenerlo sin limitación de medios para costearlo y sostenerlo. Así establecido, es el gobierno la condición que hace existir el doble hecho de la independencia nacional y el ejercicio de la soberanía delegada en sus poderes públicos. Desconocer este deber, es hollar el juramento de ser independientes y libres, es abdicar la libertad y entregar el gobierno del país al extranjero, o a cualquiera que tenga dinero para costearlo.
    Respecto a la deuda pública lo que mas me llamo la atención es la claridad que el autor posee al sostener que el gobierno que toma prestado no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda. Le bastará tener el necesario para pagar los intereses o renta puntualmente. Este interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. Para generar confianza a aquellos que vayan a comprar estos títulos, basta que el interés o renta estipulados en ellos se pague puntualmente, lo cual depende, en el crédito público, que el gobierno deudor tenga con qué pagar los intereses y respeto a la puntualidad de sus promesas. Necesita, a más de ser puntual y fiel en sus promesas, tener seguridad de ser estable y de que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores.
    Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. El gobierno argentino acaba de dar una prueba de que comprende esta verdad.

    Preguntas:
    ¿Que opinión le merece la posición Argentina respecto de la deuda contraída con los Holdouts?
    ¿Que critica podría efectuar respecto del nivel de Gasto Público que este gobierno ha generado?
    ¿Que opinión le merece el hecho el actual gobierno tenga como política la prorrogar de la Emergencia Pública (la cual carece de los requisito legales) como herramienta para solventar el excesivo Gasto Público?

  32. resumen
    en esta tercera parte alberdi hace mension de como el gobierno debe costearse a si mismo para eregir su soberania, a lo que agrega que la confederacion tiene los medios para cumplir ese requsito. Indica luego cuales son estos medios que permiten la autofinanciacion, en primera medida, las rentas
    y como la constitucion y las leyes preexistentes tambien lo contemplan.
    Parte de la base de la existencia del tesoro nacional pero reconoce tambien que cada provincia debe tener un tesoro para si , aunque los dos son invertidos en su provecho.

    Luego enumera cuales son los medios de autosustentacion del tesoro nacional pero se pregunta si estos son suficientes o mismo si son reales. llega la conclusion que solo tendan eficacia mientras la administracion de los mismos se correcta
    No obstante todas estas enumeraciones da un valor importante a la ganancia de la tierra como recurso fiscal. otro punto aun mas importante es, segun el autor, las aduanas y el producto de las importaciones y exportaciones de la misma
    para ilustrar esto da datos acerca de su implicacia en el tesoro y como es necesario evitar la monopolizacion de este recurso a manos de Bs As asegurando al libre navegacion y entrada del comercio por todos los rios navegables.
    Por ultimo el autor se explaya acerca del credito como ultimo recurso de la confederacion,indicando sus caracteristicas en aquella epoca,

    Cuales serian otros métodos de financiación del estado?
    El dinero del estado deberia gastarse para solventar las necesidades basicas de los habitantes , en que medida?
    solamente en que momentos es necesario salir a buscar prestamos extranjeros?

  33. RESUMEN

    Como era de esperarse, en la tercera parte, al tratar los consumos públicos (tercer gran tema de la economía de la Constitución), Alberdi no introduce nuevos principios sino que analiza los principios ya estudiados, pero esta vez aplicados al nuevo tópico. Así, el objeto de esta parte versa sobre el “sistema rentístico” de nuestra ley fundamental, y el más importante de los principios, por cierto, es la libertad: Alberdi refiere que el Estado debe abstenerse de intervenir en los gastos privados del hombre, fiel al espíritu liberal de su personalidad y de la Constitución.
    Por otro lado, destaca en esta última parte la importancia de la formación de un Tesoro Nacional. ¿Cómo puede dotarse a la Confederación de un verdadero Tesoro? Alberdi contesta: “No son recursos los que faltan a la Confederación, sino un sistema administrativo que sepa darse cuenta de los infinitos recursos que posee, ordenados, colectados y encerrarlos en una arca común y nacional”.
    Por ello, tras demostrar que la Confederación tiene posibilidad de percibir ingresos por contribuciones –pues donde existe renta privada, puede existir renta pública–, Alberdi analiza el art. 4 de la Constitución punto por punto, sobre la idea central de la capacidad de las provincias de tener su renta. De este modo se ve completa –en forma (sistema administrativo rentístico que debe instaurarse) y en contenidos (art. 4 de la Constitución)– la potestad fáctica de las provincias de tener su renta.
    Seguidamente se encarga de analizar el devenir de la deuda pública y la emisión monetaria incluso desde antes de la creación del Banco de la Provincia de Bs. As.
    En los apartados finales, el mismo tema es analizado a la luz de principios considerados fundamentales.

    ASPECTOS RELEVANTES

    A propósito de un tema recurrente en esta segunda parte del curso, que es la costumbre social como modo de reforma tácita o implícita de la Constitución, me llama la atención una consideración a este respecto: “Sin embargo de esto, conviene no olvidar que si la forma política que se ha dado la República Argentina, confirma la antigua unidad en materia rentística, también es cierto que la confirma disminuida y reducida en cuanto a determinados recursos. Los hechos, admitidos y aceptados, sea cual fuere su origen y carácter, los hechos han cambiado el rigor de los principios que gobernaban la antigua unidad de rentas; y la Constitución ha sido y tenido que ser la expresión de esos hechos, ofrecidos como regla y medida de los poderes que debía delegar al gobierno federal por los tratados preexistentes, de que la misma Constitución era el resultado y confirmación”. Los hechos que suceden a la constitución de una determinada forma política pueden ser aceptados y admitidos, como vemos. Son esos mismos hechos signados por la costumbre de años los que responden la pregunta del título de esta publicación. ¿Cuándo reformaron la Constitución? La Constitución se reforma todos los días un poco, con las costumbres que la contradicen.

    PREGUNTAS AL AUTOR

    1) Ud. refiere que para prevenir [los conflictos entre impuestos provinciales y nacionales que concurren a gravar la misma renta], en lugar de tener que “remediarlos a costa de litigios capaces de agriar o enfriar el apego de cada provincia al sistema nacional, será conveniente que los gobiernos provinciales, antes de promulgar una ley local dispositiva de una contribución o de un recurso de los delegados a la Confederación por el art. 4 de la Constitución, la participe al gobierno nacional”. Si Ud. observara la situación actual de algunas provincias, que se ven obligadas a aumentar la presión impositiva local precisamente porque tienen “enfriada” su relación no tanto con el sistema nacional rentístico sino con el gobierno nacional, ¿seguiría manteniendo esta recomendación a las provincias de “participar” la ley local impositiva al gobierno nacional antes de sancionarla? ¿Qué solución alternativa imagina?
    2) Si como Ud. comenta, “los cambios de gobierno, la centralización mayor o menor de sus medios, no han alterado la condición de los bienes nacionales”, pero devenida la falta de autoridad central española las provincias recalaron en prácticas que luego resultarían contrarias a la Constitución de 1853, ¿qué disposiciones legislativas establecería Ud. para contrarrestar el poder de esos hábitos?
    3) El art. 31 de la Constitución establece: “Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales…”. Ud. menciona en su texto que esta disposición es un recurso paliativo de potenciales conflictos entre los sistemas rentísticos provinciales y el sistema federal. ¿Qué le agregaría hoy a este artículo?

  34. Siguiendo la idea central de Alberdi, el se preocupa por las prosperidad económica de la Nación, haciendo hincapié, en este caso, en la importancia del Tesoro Nacional en la generación de tal prosperidad. Entendemos que para Alberdi es necesario que el Estado posea recursos para financiar su estructura y afianzar su soberanía. Para ello primero ha definido cuales son los recursos nacionales con los que contará a tal fin generador de riqueza, pero que también generarán un costo de administración. Aquí hace una nueva comparación con la herencia de la Corona Española. Luego distingue aquellos componentes necesarios del Tesoro, remarcando las diferencias entre los gobiernos locales y el gobierno central.
    Volviendo a sus principios, asegura que para el cobro de impuestos, primero deben existir rentas privadas que permitan su cobro. Señalando las rentas obtenidas por la aduana, como uno de los principales (sino el gran) motivos por el cual Buenos Aires reniega de su integración a la Confederación.
    Por último hace referencia al crédito público como una fuente importante de financiación. Señala aquellos aspectos que harían de la Confederación un candidato para contraer emprésitos, separándola de Buenos Aires y sus deudas, aseverando incluso que la integración sería el único medio con el cual Buenos Aires podría hacer frente a sus compromisos dinerarios.

    Tal vez en la amplitud de temas y brevedad del comentario, se pierda la idea central de Alberdi. El quiere enfatizar que el gasto público es necesario para mantener la estructura de un Estado que, a la vez, genere prosperidad económica para sostener dicha estructura. Es decir, colocar el caballo delante de la carreta. Este no es un tema novedoso, pero no vendría mal que sea recordado en la actualidad.
    Algo que me llamó fuertemente la atención es la explicación que realiza de como los Estados se endeudan en esos tiempos con fondos de inversiones privados. En puntual, el intercambio que realizan los acreedores de los títulos de obligación y como la diferencia entre el premio del título y su precio corriente, permiten los sucesivos pagos. Comprendo que en la actualidad sería la posterior enajenación de bonos, luego de ser adquiridos por sus tenedores originales, buscando hacer una diferencia entre el precio corriente y una especulación de su valor a futuro. La gran diferencia con la actualidad, es que Alberdi manifiesta que dicha enajenación posterior permite el pago de la siguiente entrega al gobierno. Una visión interesante.

    Le preguntaría a Alberdi: ¿Cómo se aseguraría que el gasto público sea efectivamente asignado para mantener aquellas estructuras necesarias para garantizar la prosperidad del país? ¿No sería más eficiente reducir el gasto público solo para el mantenimiento de la seguridad y el imperio de la ley, permitiendo que sea la libre voluntad de los sujetos la que asigne el resto de los recursos?
    Me sitúo en una posición amistosamente crítica como observador actual, ¿En su acertado afán de lograr la prosperidad económica de la Nación, no está mezclando usted su ideario acerca de la «prosperidad» con las condiciones necesarias para generarla, es decir, si tanto usted como yo, entendemos que los sujetos actúan buscando su propio beneficio y que ello llevará a la libertad de asociación, a la asignación de propiedad privada y al imperio de la paz y la ley, toda otra condición afuera de eso que se intente imponer, será necesariamente menos eficiente que si fuesen los sujetos libres quienes las gestaran?

  35. RESUMEN.
    En este capitulo Alberdi dice que, luego de organizar el Gobierno, es necesario darle medios para existir otorgando un Tesoro Nacional y así solventar con dinero los gastos que son necesarios tales como salarios de empleados públicos, edificios, soldados etc. Ello se encuentra en el art. 4to de la Constitución. Así, Alberdi dice que Tesoro y Gobierno son correlativos mutuamente, si un país no puede costear su gobierno no puede ser libre y no puede existir, pues es el ejercicio de su soberanía. Alberdi se cuestiona: ¿Esos recursos que designa la Constitución son legítimos y sensatos? Cree que si. Que importante fue la incorporación de Buenos Aires y el puerto para el Tesoro Nacional. La Constitución nacionalizó los recursos en cumplimiento de los pactos preexistentes y están dispuestos en su art. 4to, ellos son los recursos para solventar los consumos o gastos públicos de la Nación.

    ASPECTOS RELEVANTES
    Alberdi afirma así que todo el país es deudor de estos recursos que harán a la seguridad y libertad de la Nación, la observancia y respeto de los mandatos constitucionales. Lo que Buenos Aires hizo con la aduana los hicieron las provincias con las tierras, pues se hizo necesario unir las administraciones y formar un único tesoro nacional. El tesoro de las provincias se conforma por el poder no delegado a la Nación, pues este es el límite del Tesoro Nacional. Los recursos provinciales delegados son aquellos que enumera el art. 4to y de manera absoluta, son la aduana, los correos, el tonelaje y la amonedación. Hay una regla para evitar conflictos entre las provincias y la Nación y surge del articulo 5to y 31, pues para ello es menester que las provincias deleguen a la Nación los medios rentísticos de ejecutarlos. Así las provincias no renuncian a esa porción de la renta, sino que solo ceden a la Nación un modo local de crearla.

    ¿Qué medidas adoptaría hoy para equilibrar la redistribución de de la renta nacional?
    ¿Cree ud que la oposición política al gobierno de turno es relevante a tal fin?
    ¿Qué otros recursos se podrían agregar hoy si se modificara la constitución para mejorar la renta nacional?

  36. En el capítulo III de la parte 3, Alberdi comienza explicando que un Gobierno solo puede existir si hay un Tesoro Nacional que le de medios para costear todas sus expensas. Un Gobierno que no puede mantenerse, no es un Estado independiente. Alberdi explica sucintamente cómo el art. 4 de la CN establece qué recursos son los que aportan y conforman los fondos del Tesoro Nacional (los derechos de exportación e importación en la Aduana, la renta de correos, etc.) y qué recursos componen los fondos de los Tesoros Provinciales (que según el antiguo art. 101, eran todos los recursos no delegados expresamente al Tesoro Nacional.). El Tesoro Nacional le pertenece a todas las provincias reunidas en cuerpo de Nación y delegando sus recursos las provincias aumentan sus recursos. Solo Bs.As estaba en contra de las rentas nacionales, según Alberdi, de forma irracional. Lo que le flata a la Nación no son recursos, sino un sistema administrativo que permita organizadamente sacarles el máximo provecho posible. Entre algunos recursos, menciona la posibilidad de ingresar al Tesoro el producto de las tierras públicas, de las contribuciones en la Confederación (a través de impuestos que gravan ciertas rentas y capitales privados), de la renta de la Aduana y del crédito público (que se puede obtener gracias a las nuevas garantías constitucionales.). Luego Alberdi explica de dónde proviene la deuda de Bs. As y sostiene que la deuda es sólo de la provincia, no de la Confederación, por lo que ella no debería pagar. Explica cómo Rosas detuvo la amortización de la deuda emitiendo papel moneda, que en realidad no era más que «comprar una deuda con otra deuda», y que producía que la deuda acreciera todavía más. Acto deguido, Alberdi menciona los empréstitos sosteniendo que los gobiernos argentinos deben saber que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que «suicidarse» y que las nuevas garantías van a asegurar la estabilidad del Gobierno y el pago de las deudas que tenga con los particulares.
    En el último punto, Alberdi menciona distintas especies de fondos públicos y cómo se puede conseguirlos.

    Como dato relevante, puedo mencionar que es curiosamente contradictorio cómo Alberdi insiste que Bs. As se debe unir a lo que es el Tesoro Nacional, aportando parte de sus recursos para que se unifique el sistema, pero a la vez exime al resto de la Confederación cuando se trata de pagar las deudas que tiene la provincia. De alguna manera, estaría pidiendo que Bs.As entregue parte de la riqueza a la Nación y que se haga cargo por su propia cuenta de una inmensa deuda. ¿Por qué sacarle medios que lo pueden ayudar a saldar o amortizar esa deuda? ¿De verdad contribuyendo con el Tesoro Nacional, la provincia de Bs.As iba a obtener más que no contribuyendo?

    Preguntas:
    1)¿Que opinaría Alberdi acerca de la ley de coparticipación federal?
    2)¿Cree que los impuesto en la actualidad son «ahogantes»? ¿Podría subsitir el Gobierno si se redujese su base imponible?
    3)¿Que método propondría para morigerar o amortizar la deuda actual?

  37. Alberdi comienza el capitulo diciendo que cuando se organiza un gobierno es necesario darle los medios para su existencia, otorgándole un tesoro nacional. El Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente. El país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no poder ser libre.
    El tesoro nacional pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación, y esta destinado a invertirse en las necesidades de un gobierno elegido, creado, costeado por las provincias. No es un tesoro independiente y ajeno de las provincia. El tesoro de provincia se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación.
    El tesoro como medio de ejecución es para gobernar, el gobierno es para hacer cumplir la constitución. Según el art. 4 de la Constitución, el tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional debiera formarse:
    1° De valores capitales o bienes nacionales; en lo que entran las tierras baldías, los edificios públicos, los valores adeudados a la República, los establecimientos, obras y trabajos públicos de su propiedad y dominio, etc.
    2° De las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares.
    3° Del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso; en lo que entran de un modo exclusivo los derechos de aduanas, la renta de correos. los derechos de tonelaje y de amonedación; y conjuntivamente con el poder rentístico de provincia, la generalidad de las contribuciones y de los recursos del crédito público.
    4° Por fin, del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.

    Aspecto relevante:
    Me llamo la atención la referencia que hace Alberdi acera de los prestamos del estados, en donde lo importante es la confianza y estabilidad que este debe transmitir para que le puedan otorgar uno. No tener los fondos suficiente para pagárselo no es lo importante; lo que si hay que tener en un futuro son los intereses y rentas de manera puntual, ya que ambos forman parte de todo el precio de la deuda del estado. Por eso Alberdi dice no importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor es inmortal; y califica a quienes no pagan de ciegos.

    Preguntas:
    ¿Cree que es adecuado el sistema impositivo actual?
    ¿Qué opinaría acerca de emitir billetes por ejemplo de $500, o de $200?
    ¿Qué opinaría acerca del impuesto a las ganancias?

  38. En este capítulo Alberdi trata de los recursos que la Constitución establece para hacer frente a los gastos públicos. El autor resalta el hecho de que es indispensable para la existencia del gobierno, que tenga medios para existir, es decir, que tenga un Tesoro Nacional. Considera el Tesoro y el gobierno como elementos que se necesitan mutuamente. Agrega también que si un país no puede afrontar sus gastos, pierde su independencia y libertad, las cuales entrega a quien tenga los recursos para hacerlo. Teniendo en cuenta esta necesidad, al redactarse la Constitución se establecieron en su artículo 4 los medios para sostener el gobierno. En este capítulo también hace referencia a la situación de Buenos Aires con relación a la Confederación y menciona aquellas cosas a las que Buenos Aires debería renunciar para incorporarse, por ejemplo, el poder para establecer derechos de importación y exportación.

    Lo que yo considero más destacado en este capítulo es que Alberdi considere como el recurso más practicable y fecundo el crédito público. Al referirse a él menciona como aptitudes para contraer empréstitos que el país tenga con que pagar los intereses y la renta, el respeto a la puntualidad de las promesas, tener seguridad de ser estable y de que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores. Me llama la atención que el autor ya mencione que los gobiernos caerán en un error si faltan a sus promesas y deberes de pago, ya que de esa forma afectan su credibilidad y pierden el más valioso de sus recursos.

    Preguntas al autor:
    1) ¿Cree que actualmente existe algún otro recurso para el sostenimiento del Estado?
    2) ¿Cómo considera que puede recuperarse la credibilidad de un país luego de haber faltado reiteradamente a sus obligaciones de pago?
    3) ¿Sería conveniente establecer más limitaciones al uso de los recursos para evitar situaciones de abuso en su utilización que lleven a perjuicios para el país?

  39. Guía de Discusión

    Sistema económico y rentístico

    Introducción

    1) Resumen 10 renglones
    2) Lo nuevo o lo importante 10 renglones
    3) 3 preguntas al autor

    1) Resumen 10 renglones
    Los temas tratados por Alberdi en este extenso capítulo son el consumo en conjunto con los gastos del Estado y su estrecha relación con el crédito público y el papel moneda. Para los consumos debe haber libertad, igualdad, seguridad, principios que también aplican según la Constitución a la producción de riqueza también. La clave respecto al papel moneda es que debe tener un respaldo real y no ficticio para poder ser emitido, de lo contrario se forma un problema macroeconómico muy grave. En relación a esto, el autor indica que no puede haber un déficit en el Tesoro nacional, que la producción del país debe alcanzar a cubrir los gastos del Estado, para poder expresar una soberanía plena.

    2) Lo nuevo o lo importante 10 renglones
    Resalta mucho la importancia del sistema federal en que está organizada la Nación y las provincias, marcando la importancia de las facultades que se reservaron las provincias al delegar algunos poderes en la Nación. El papel económico principal del Estado nacional será, para Alberdi, saber colocar ingeniosamente las recompensas y estímulos de los que habla la Constitución en la producción de riquezas a partir de los recursos más abundantes de nuestro país. También deberá el gobierno central evitar una devaluación del papel moneda hasta límites de completa falta de respaldo del mismo. Alberdi habla también de la deuda pública asegurando que constituye una de las garantías más poderosas en favor de la paz. Por ende, cada acreedor o cada poseedor de un fondo público será un defensor del orden económico.

    3) 3 preguntas al autor
    Alberdi: ¿qué opinión suya hubiese merecido, de haber vivido para verla, la convertibilidad de los años 1990 como sustento del valor de la moneda, basada en el endeudamiento y la venta de activos nacionales? ¿qué pensaría del unitarismo fiscal que existe actualmente en nuestro país, donde la Nación recauda la mayor parte de los impuestos y los distribuye como premios y castigos a los distintos gobiernos provinciales? ¿Respaldaría ud. el endeudamiento con acreedores del exterior para gastos corrientes del Estado o sólo para obras de infraestructura?

  40. ** RESUMEN TERCERA PARTE – CAPÍTULO III

    El Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente. El país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no poder ser libre
    La incorporación rentística de Buenos Aires a la Confederación en su calidad de provincia o Estado igual a los demás, exigiría por parte de Buenos Aires la devolución y entrega del poder de establecer derechos de importación y exportación, de crear derechos de tonelaje, de acuñar moneda, de reglar el comercio interior y exterior, de percibir derechos sobre las postas y de usar del producto de otras entradas, que pertenecen esencialmente al Tesoro nacional de todo país, sea unitario o federal
    La Constitución era dada con el objeto de constituir la unidad nacional y en cumplimiento de pactos preexistentes, como se expresa su preámbulo.
    El tesoro de provincia se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación. Este principio es la consecuencia rentística del art. 101 de la Constitución, que declara lo siguiente: – Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al gobierno federal. El gobierno federal garantiza a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.
    Según el art. 4 de la Constitución, el tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional debiera formarse:
    1° De valores capitales o bienes nacionales; en lo que entran las tierras baldías, los edificios públicos, los valores adeudados a la República, los establecimientos, obras y trabajos públicos de su propiedad y dominio, etc.
    2° De las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares.
    3° Del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso; en lo que entran de un modo exclusivo los derechos de aduanas, la renta de correos. los derechos de tonelaje y de amonedación; y conjuntivamente can el poder rentístico de provincia, la generalidad de las contribuciones y de los recursos del crédito público.
    4° Por fin, del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.
    La renta pública es una parte de la renta privada de los habitantes del país, y mejor para la doctrina que vamos a exponer, si es una parte del capital o haber cualquiera de los particulares. Es la unión de las porciones de rentas que los particulares satisfacen al cuerpo social en que viven, para asegurar el orden, que les protege el resto de su renta, el capital, la vida, la persona y su bienestar.
    La renta privada o particular es la utilidad o ganancia que deja el empleo de la tierra, del capital y del trabajo, agentes de la producción de toda riqueza, en la agricultura, en el comercio, en la industria fabril.
    Incorporar a Buenos Aires en la Confederación, es verter en el Tesoro nacional una parte de la renta de aduana que cobra esa provincia; es entregar al Presidente de la Confederación el mando del ejército que existe en esa provincia; es entregar al Congreso nacional el poder de legislar en Buenos Aires muchos intereses esencialmente nacionales, como tarifas de navegación y comercio, que hoy ejercen los legisladores provinciales de Buenos Aires por la autoridad de una revolución de hecho.
    La ley de 30 de octubre de 1821, que creó el sistema de crédito público y caja de amortización de esa provincia, dispuso lo siguiente por su artículo 29: – «Todos los capitales y réditos asentados en el libro de fondos y rentas públicas son garantizados por todas las rentas directas e indirectas que posee en el día la provincia de Buenos Aires y poseyere en adelante, por todos sus créditos activos y por todas las propiedades muebles e inmuebles de la provincia, bajo especial hipoteca y con todos los derechos de preferencia .en la totalidad de sus capitales y réditos»
    La deuda pública de Buenos Aires se compone de las siguientes deudas:
    1° Fondos públicos al 4 y 6 por ciento,
    2° Empréstito inglés,
    3° Papel moneda,
    4° Deuda particular exigible,
    5° Billetes de tesorería,
    6° Deuda clasificada.
    El artículo 4 de la Constitución federal comprende el producto de los empréstitos y de las operaciones de crédito que decrete el Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional, entre los fondos integrantes del Tesoro nacional.
    La Constitución argentina comprende en el recurso del crédito nacional los empréstitos y las operaciones de crédito, con lo cual admite el ejercicio de todos los medios conocidos de levantar fondos por medio del crédito del Estado.
    Las formas más conocidas y ordinarias del empréstito de fondos hechos a la Nación son las siguientes:
    1° Empréstito propiamente dicho.
    2° Fondos públicos con interés.
    3° Fondos públicos sin interés.
    4° Deuda consolidada.
    5° Deuda no consolidada.
    6° Deuda flotante, o billetes de oficinas del Tesoro por contribuciones anticipadas.
    7° Papel moneda

    Para que el Tesoro llene su destino común con los demás propósitos de la Constitución, que es el bienestar general, debe respetar en su formación los principios de que depende ese bienestar.

    ** DESTACADO:

    El Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente. El país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no poder ser libre
    El tesoro de provincia se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación. Este principio es la consecuencia rentística del art. 101 de la Constitución, que declara lo siguiente: – Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al gobierno federal.
    El artículo 4 de la Constitución federal comprende el producto de los empréstitos y de las operaciones de crédito que decrete el Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional, entre los fondos integrantes del Tesoro nacional.

    ** PREGUNTAS:
    1) ¿Cual es el recurso del que puede valerse Argentina actualmente para continuar con su desarrollo?
    2) ¿Cuál es su opinión acerca de la renegociación del pago de deuda que lleva adelante nuestro país?
    3) ¿El otorgamiento de subsidios, lo considera un gasto o una inversión?

  41. Resumen
    Alberdi se pregunta si existe la posibilidad de la supervivencia de la Confederación sin Buenos Aires. Resuelve que si, que la ventaja que tiene Buenos Aires es que tiene toda la información y estructura de la administración, pero que es posible tener una igual o mejor.
    También hace referencia a que se debe esperar unos años para que las cláusulas de la Constitución comiencen a cumplirse y surgir efecto para que haya un gran crecimiento, por ejemplo en los puertos, gracias a la libre navegación de los rios interiores.
    Comparandose con Buenos Aires, habla de la cantidad de tierras disponibles para su venta o locación, que es varias veces superior.
    Siguiendo con la comparación, habla de la posibilidad de pedir créditos, que debería ser mayor a la de Buenos Aires, por tener mayor población, mayor cantidad de puertos y, en el futuro, mayor cantidad de comercio.
    Luego habla de la imposibilidad de emitir moneda y de como debe financiarse la Confederación.

    Aspectos relevantes
    Claramente lo que mas me llamo la atención fue lo remarcado en el blog, la imposibilidad para emitir moneda como manera de financiamiento. También me sorprendió el analisis en comparación de Buenos Aires, y la posibilidad de tener un mayor crecimiento, si se mantenía el respeto a la Constitución. Para esto debía de velar por la libertad de económica, derecho de propiedad y de trabajo plenamente respetado, seguridad jurídica e igualdad ante la ley.

    Preguntas al autor
    ¿Qué medidas tomaría hoy en día ? ¿Ve positivo que el Gobierno comience a financiarse con deuda y no con emisión? ¿Reformaría el Banco Central para restringirle funciones?

  42. Resumen:
    En este capítulo Alberdi habla de consumos, gastos públicos y la importancia de la formación de un Tesoro Nacional, como de la unión de Buenos Aires a la Confederación y la ventaja de los rentistas. Además enumera las ventajas económicas de cada provincia y habla de la navegación, que ya no se haga indirectamente por Buenos Aires para la prosperidad de las mismas. Analiza cómo el crédito público puede ser un recurso posible. Con la posesión de las rentas de la aduana y por tratados con Estados Extranjeros en materia de navegación y comercio es posible amortizar el crédito. Finalizando hace una comparación de las diferentes maneras de amortización que aplicaron tanto Rivadavia como Rosas.

    Relevante:
    Respecto a la manera de emplear el crédito público por la emisión de papel moneda al estilo de Buenos Aires, la Confederación tiene la ventaja inapreciable de no poder ejercer, aunque quiera, ese terrible medio de arruinar la libertad política, la moralidad de la industria y la hacienda del Estado. Es una ventaja positiva para las rentas de la Confederación la impotencia en que se halla de hacer admitir como valor efectivo un papel, sin más valor ni garantía que el producto de contribuciones tan inciertas como la estabilidad del orden, y que jamás alcanzaría para amortizar una deuda que se agranda por su misma facilidad de dilatación, y que ensanchándose da al gobierno el hábito de una dilapidación para la que no bastarán después todas las rentas del mundo.

    Preguntas:
    1.¿No deberían participar activamente los ciudadanos en la decisión sobre el destino de los impuestos recaudados, que ellos aportan?
    2. ¿Cual es su opinión sobre el impuesto al valor agregado?
    3.¿ Y sobre el impuesto a las ganancias? ¿Lo considera constitucional?

  43. Resumen:
    Alberdi en este capitulo diferencia el gasto publico del privado, analiza los recursos del país para poder costear los gastos públicos, pues no hay gobiernos gratis; ya que un país que no puede cubrir los gastos de su Estado, no puede existir como país independiente, libre, al no poder ejercer su soberanía, es necesario la existencia de un Tesoro Nacional, que se encargara de recibir, utilizar y organizar los ingresos; ” el Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente”; de aquí los principios y garantías de la Constitución Argentina siendo esencial que exista el apoyo político. Enumerara y describirá la gran riqueza del país en cuanto a recursos, necesitando, sin embargo, un sistema administrativo que ordene, colecte y encierre los infinitos recursos que posee.
    Lo más relevante: Por un lado Alberdi opina acerca del endeudamiento del Estado, pudiendo compararlo con un círculo vicioso, es decir, el endeudamiento con el fin de emitir mas moneda, no puede derivar en otra cosa que mas endeudamiento; por otro lado, destaca que lo fundamental en un país no es solo los recursos que este tenga disponible, sino que la capacidad para administrarlos y ordenarlos, demostrando de este modo la importancia de la responsabilidad del Estado; comprendiendo que la unidad de un país es económicamente y políticamente imprescindible, y por lo tanto, el alejamiento de Buenos Aires es un problema que se debe solucionar.
    Preguntas:
    Como cree que esta administrando el país este gobierno de turno?
    Que opina acerca de todo el alboroto que se ha creado con respecto a los Fondos Buitres?
    Cree que la falta de nacionalismo en la actualidad tiene algo que ver con el aumento de corrupción de las ultimas décadas?

  44. En el tercer capítulo de este libro, denominado formación administración y empleo del tesoro nacional, comienza hablando de los objetos de la política, los cuales son riqueza producción y distribucion, a su vez, el autor expresa que los mismos no poseen independencia entre si. Los principios de la constitución argentina tienen una estrecha relación con los consumos. En esta tercera parte, se mensionara la aplicación de los principios.
    Como ya sabemos, la constitución nacional de 1853, busca la riqueza por el camino de la libertad, aquí también se habla de la libertad de los consumos como en la producción y la distribucion; es decir, «el hombre que elabora su propia riqueza con el sudor de su frente», no posee restricciones al momento de su utilización individual.
    Una vez enumerado esto, Alberdi, explica la relación que tienen dichos consumos con la vida política y menciona la necesidad, una vez organizado y constituido un gobierno, de la creación de un tesoro nacional.

    Aspectos relevantes
    El principio mas importante segun Alberdi, para el crecimiento y funcionamiento de un país, como nombra desde el comienzo de su libro es la libertad. En esta tercera parte, expone que la constitución nacional presenta garantías especiales para el hombre en sociedad, en ellas aparecen los principios mas importantes como la libertad, igualdad seguridad y propiedad que acompañan a la riqueza desde el comienzo.
    Algo que me pareció muy importante es cuando Alberdi explica que dentro del consumo » el arte de gastar, forma parte de enriquecer «, en mi opinión el consumo interno de un país, es uno de los motivos principales de enriquecimiento, crear un mercado interno.
    Otro aspecto muy importante es que un país que no puede cubrir los gastos públicos realizados e impulsados por su gobierno, no podrá tener viabilidad como nación, ta que no podrá ejercer soberanía por si mismo

    Preguntas
    Cree que un modelo económico que apunte a crear un mercado interno, subsidiando a las personas que menos tienen para que puedan consumir en el mercado es viable para la riqueza de una nación?
    Ustded lo nominaría como necesidad o como progreso?
    Que opinión tiene sobre la deuda externa? Que solución, o cual seria la mejor solución que le ve a este problema?
    Cree conveniente bajar intereses de la deuda para hacer mas accesibles el pago de la misma, contraída por el estado argentino?

  45. Alberdi presenta una premisa esencial al principio de este capítulo: No existe Estado Independiente si éste no es capaz de poder administrar su propio tesoro. Es indispensable administrar los recursos que él genera (sobre todo con la vasta cantidad con la que cuenta, y ya contaba en ese entonces Argentina y él bien nombra), ver como la renta privada también termina siendo renta pública, y analizar como aprovechar al máximo los recursos provistos por la Constitución para que el Tesoro aumente. Al final del mismo realiza un análisis sobre la deuda pública, estableciendo cuales son sus ventajas para configurarse como otro tipo de recurso para el país, cómo con las bases ya establecidas en Buenos Aires y como se crea para la Confederación un sistema incluso más efectivo que el que allí se tenía.

    Aspectos Relevantes:

    Encuentro interesante como analiza comparativamente la situación frente a la que se presenta la Confederación al estar Buenos Aires aislada de la misma. Se ve como una posición política tirana tenía poco sustento en lo que a la materia rentística hacía, ya que soslaya a lo largo del capítulo como nuevas situaciones como la libre navegación de los ríos internos y la posibilidad de comercio directo con Europa favorecían más que nada a la Confederación, y dejaban a Buenos Aires en una posición no mala, pero menos favorable. . Es importante ver también como históricamente la situación de Buenos Aires parece ser de alguna manera determinante para el resto del país, configurando una especie de marionetas las Provincias, dominadas por la gran metropoli. Creo por eso interesante su idea en ese entonces que de alguna manera pretendía en determinados aspectos una especie de descentralización, y profundización de economías regionales.

    Preguntas:

    ¿Cree que el sistema de coparticipación argentino es el correcto?

    ¿Considera conveniente endeudarse con el propio país (ANSES, Bco. Central) o prefiere realizar esas operaciones con entes internacionales?

    ¿Es lo mismo endeudarse para gastos corrientes que para aquellos que no lo son?

  46. Guía de Estudio de la Tercera Parte, Capítulo 3

    {Resumen}:
    En esta Tercera Parte del libro, Alberdi se refiere al consumo de las riquezas, en concreto al plan de hacienda de la CN, es decir, el sistema rentístico. En el capítulo 1 se refiere a que la riqueza tiene por objeto satisfacer necesidades, y la aplicación de la riqueza para ese motivo se denomina Consumo, que es regido por la Constitución en base a los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Alude al gasto público y al gasto privado, distinguiendo que en el primer caso la ley debe brindar un apoyo negativo que no estorbe la libertad de gastar o consumir; y en el segundo caso, que sólo intervenga para impedir que se aleje del destino que es el bien general. En el capítulo 2 distingue entre gasto improductivo y gasto reproductivo, y sostiene que “limitar el consumo reproductivo es limitar la libertad de la industria.”
    Finalmente en el capítulo 3 el análisis reside principalmente en el Tesoro Nacional, la base del sistema rentístico, que se compone por los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación (art 101); los recursos provinciales delegados (art 4); recursos delegados a medias (art 4 y 105); y los recursos provinciales no delegados (art 4, 105, 101). Y en cuanto a los elementos que forman el Tesoro, estos son: 1) los valores capitales o bienes nacionales; 2) las rentas de valores capitales dados en locación y en enfiteusis a particulares, 3) del producto de las contribuciones directas e indirectas; 4) el crédito y los valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.
    También alude a los deudas que componen la Deuda Pública: 1) los fondos públicos, 2) empréstito inglés, 3) papel moneda, 4) deuda particular exigible, 5) billetes de tesorería, 6) deuda clasificada. Crítica que el empréstito inglés, en vez de usarse para fines de utilidad pública, se utilizó para guerras. De todos modos la Confederación podría hacer un buen uso de los empréstitos:»la Confederación tiene capacidad de ahorrar..para tener una renta suficiente para llenar su gasto…»

    {Lo más relevante del texto}:
    -Sobre los consumos improductivos: “son contrarias a la libertad del consumo improductivo de los habitantes del país las leyes y reglamentos de aduana que, por proteger industrias o fabricaciones nacionales obligan a los particulares consumir los malos productos del país, en lugar de los productos extranjeros encarecidos por los impuestos excesivos.”
    -Sobre el Tesoro Nacional: “el país que no pueda costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo.”
    -Sobre las contribuciones: “todo el país es deudor de la contribución, que debe gastarse en lo que cuesta defender su territorio, conservar su independencia y reducir a verdad de hecho las garantías constituidas en la Constitución para la observancia y respeto de sus mandatos…”

    {Preguntas al autor}:
    -Ud. Menciona que el gobierno que toma un empréstito no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda, y que le bastará tener el fondo necesario para pagar los intereses o renta; ¿entonces considera que nuestro país en la actualidad podría funcionar de esa manera?
    -Además Ud. plantea que es necesaria la confianza en la estabilidad del gobierno para que los compradores adquieran los documentos que emite éste ¿en el caso de Argentina no estaría perjudicada por factores como el riesgo país, las tasas altas de interés que debe pagar a los inversores extranjeros, etc.?
    -¿Cómo podría mejorarse la situación en cuanto a los préstamos con inversionistas extranjeros? ¿Qué solución Ud. podría plantear para este asunto?

  47. RESUMEN

    El Tesoro y el gobierno son hechos correlativos que se suponen mutuamente; todo país que proclama su independencia y asume el ejercicio de su soberanía debe costear su gobierno, sin limitación de medios para costearlo y sostenerlo. La Constitución designa para la formación del Tesoro nacional al producto de los derechos de importación y exportación de las aduanas, del de la renta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos, de las contribuciones, empréstitos y operaciones de crédito que imponga el Congreso; Alberdi consiente que estos son los medios rentísticos correctos para que la Confederación exista y prospere, luego de un tiempo funcionando de esta manera se logrará que ésta se asiente y recién allí será posible la reincorporación de Buenos Aires a la Confederación.

    ASPECTOS RELEVANTES

    Destaca que los pactos federales celebrados con anterioridad a la Constitución de 1853 fueron preparando la unidad rentística de la República, plasmada luego en ella; y por ello se debe reconocer que aunque el Tesoro nacional es ilimitado y supremo en ciertos aspectos, no es único, ya que se ha admitido la existencia de gobiernos provinciales soberanos en su poder no delegado a la Confederación, y con ello la posibilidad de tesoros provinciales y de contribuciones y recursos locales. Es así que entonces hay recursos provinciales que se han delegado totalmente, como el producto de las aduanas, la renta de correos, los derechos de tonelaje y la amonedación; otros que se han delegado a medias, como la renta y locación de tierras públicas, las contribuciones directas e indirectas y el crédito; y otros que no se han delegado de ningún modo, como los bienes y recursos municipales, las donaciones especiales recibidas, etc. En la segunda división es el único caso en que podrían surgir problemas porque pueden ser establecidos tanto por la provincia como por la Confederación, pero ellos han sido previstos por la Constitución, y es así que ella ha resuelto que ante un conflicto hay supremacía de la ley nacional sobre la de provincia; para que esta garantía pueda efectivizarse es menester que las provincias dejen en manos del gobierno nacional los medios rentísticos de ejecutarlo y Alberdi establece que para prevenir esos conflictos sería conveniente que los gobiernos provinciales participen al gobierno nacional antes de promulgar una ley local de estas características.

    PREGUNTAS

    ¿Considera que finalmente se organizo correctamente la incorporación de Buenos Aires a la Confederación, es decir, logrando la mejor manera para que el país progrese?
    Es una realidad innegable que el país no ha crecido a la par, Buenos Aires ha sido la provincia con mayor crecimiento poblacional y económico, mientras hay otras que rozan permanentemente la pobreza ¿por qué cree que esto se dio así? ¿piensa que hay posibilidades de revertir esto?
    ¿Que opina sobre toda la problemática que ha surgido en torno al impuesto a las ganancias, considera que éste está bien aplicado?

  48. Alberdi no dice que el gobierno ocupa hombres en el servicio de la administración civil, necesita edificios para las oficinas del servicio, necesita soldados para hacer respetar y obedecer las leyes y su autoridad, éstos consumen municiones de guerra y de boca, y necesitan armas. Todo a expensas del Estado, todos implican gastos, sueldos y mantenimientos dinerarios. Todo ello objetos del gasto público, pero indudablemente no puede haber gobierno gratis.
    Por otra parte dice que tanto el Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente. El país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. No poder costear su gobierno, es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no poder ser libre. La Constitución dispuso en su artículo 4.- «El gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional, formado del producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas, del de la renta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a su población imponga el Congreso federal y de los empréstitos y operaciones de créditos que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional». Estos fondos que la Constitución designa para la formación del Tesoro de la Confederación, y son legítimos y sensatos. A su vez la Constitución ha confirmado la integridad de la República Argentina en materia de rentas. Nacionalizando las aduanas, los terrenos baldíos, el producto de la posta, el crédito y el poder de imponer contribuciones, la Constitución argentina ha ratificado en ello la centralización que siempre existió de derecho en ese punto. La Constitución no podía dejar de nacionalizar esos recursos, o, por mejor decir, de confirmar su nacionalidad tradicional.
    Por otro lado el Tesoro nacional no es un tesoro independiente y ajeno de las provincias, pues, estaría formado de las contribuciones pagadas por todas ellas, de los fondos en tierras y en valores que a todas pertenecen, de los créditos contraídos bajo su responsabilidad unida, el Tesoro nacional pertenece a las provincias unidas en cuerpo de nación, y está destinado a invertirse en las necesidades de un gobierno elegido, creado, costeado por las provincias, cual es su gobierno común y nacional, que es gobierno tan suyo como es de cada provincia su gobierno local. Toda la diferencia está en que, en vez de pertenecer a cada provincia aisladamente, el Tesoro nacional pertenece a todas juntas reunidas en cuerpo de nación. Así cada provincia, en vez de tener un tesoro, tiene dos: el de su localidad y el de la Nación.
    Alberdi señala que la deuda pública de Buenos Aires se componía de las siguientes deudas: 1° Fondos públicos al 4 y 6 por ciento, 2° Empréstito inglés, 3° Papel moneda, 4° Deuda particular exigible, 5° Billetes de tesorería, 6° Deuda clasificada.
    Hace mención a que fue Rivadavia quien fundó un sistema de amortización para la deuda pública de Buenos Aires, creado por ley de 30 de octubre de 1821. – Según ella, los fondos que debían componer el capital de la caja de amortización, unos especiales y fijos, otros generales y eventuales, consistían todos en rentas, contribuciones y entradas verdaderas, y en el producto de toda venta de tierras y bienes raíces que a la sazón poseyere Buenos Aires. La caja de amortización debía pagar las rentas de los fondos circulantes, a plata de contado y caja abierta. La caja debía emplear mensualmente en compra de fondos la parte de capital amortizante que hubiere recibido en el mes anterior, y los productos de los fondos generales y eventuales asignados a su capital. Esa ley corrió la suerte de todas las leyes de Buenos Aires, que se observó con más o menos regularidad, hasta que Rosas las restauró todas a la más completa inobservancia. Por algunos años la amortización fué real y verdadera. Las rentas públicas, inclusa la parte que en ellas tenían las provincias, fueron aplicadas a la amortización de la deuda de Buenos Aires.
    Todas las Constituciones argentinas, promulgadas o proyectadas, admitieron el crédito público entre los primeros elementos del naciente Tesoro argentino. Dice que muchas son las formas que puede tomar la deuda pública, muchos los modos de que se puede endeudar a la Nación, pero todos ellos son modificaciones del empréstito o préstamo, que es el medio genérico y común de poner en ejercicio la confianza que inspira el Estado para obtener los fondos ajenos, que el público nacional o extranjero pone a su disposición bajo diversas condiciones. Las formas más conocidas y ordinarias del empréstito de fondos hechos a la Nación son las siguientes: 1° Empréstito propiamente dicho. 2° Fondos públicos con interés. 3° Fondos públicos sin interés. 4° Deuda consolidada. 5° Deuda no consolidada. 6° Deuda flotante, o billetes de oficinas del Tesoro por contribuciones anticipadas. 7° Papel moneda. Me bastará exponer ligeramente el mecanismo de cada uno de estos modos de contraer la deuda pública, para demostrar la posibilidad de su empleo en la presente aptitud de la Confederación.
    Llama mi atención esta parte del texto, la cual comparto plenamente con Alberdi, el dice :»El que no cree en la libertad como fuente de riqueza, ni merece ser libre, ni sabe ser rico. La Constitución que se han dado los pueblos argentinos es un criadero de oro y plata… La Constitución es un título de propiedad que os llama al goce de una opulencia de mañana. El que no sabe ser pobre a su tiempo, no sabe ser libre, porque no sabe ser rico. Y en tanto que esa riqueza viene, hay una política económica de transición que sabe hacer llegar los recursos del tesoro, por menguado que sea, hasta cubrir todos los gastos. Consiste lisa y llanamente en gastar poco. La Confederación tiene en su capacidad notoria de ahorrar una nueva probabilidad de tener renta suficiente para llenar su gasto, sobrio como la condición de su vida de orden y buen juicio. Firmar tratados, postergar guerras, prevenir disturbios, es agrandar el Tesoro nacional».
    Preguntas:
    ¿que diferencian un sistema recaudatorio eficiente de uno persecutorio?
    ¿La garantía que nos brinda tal artículo 4 de la Constitución, podría considerarse insuficiente en la actualidad?
    ¿Qué opina acerca del manejo del gasto público actual?

  49. Alberdi nos dice en este capitulo que luego que se organiza o erige un gobierno, es necesario darle medios de existir, formar un Tesoro nacional. La Confederación Argentina tuvo esto presente al constituirse en la forma que hoy tiene. Muy juiciosa ha sido, pues, la Constitución Argentina en dar principio a la organización de un gobierno nacional por la creación de un Tesoro nacional. Según el art. 4 de la Constitución, el tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional debiera formarse: 1° De valores capitales o bienes nacionales; en lo que entran las tierras baldías, los edificios públicos, los valores adeudados a la República, los establecimientos, obras y trabajos públicos de su propiedad y dominio, etc. 2° De las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares. 3° Del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso; en lo que entran de un modo exclusivo los derechos de aduanas, la renta de correos. los derechos de tonelaje y conjuntamente con el poder rentístico de provincia, la generalidad de las contribuciones y de los recursos del crédito público. 4° Por fin, del crédito y valores obtenidos a préstamo por el Gobierno Federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República. El tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional, según el artículo 4, debiera formarse de valores capitales o bienes nacionales, de las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis particulares, del producto de las contribuciones directas e indirectas y del crédito y valores obtenidos a préstamos por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la república.
    La Constitución garantiza la libertad del hombre en sus gastos sean estos de existencia como para producir y las leyes no deben intervenir bajo el pretexto de reglamentar el mejor uso de los factores de producción: el art. 14 declara el derecho de usar y disponer libremente de la propiedad.

    De que como se puede controlar el gasto público?
    Como utiliza las reservas del Tesoro Nacional el Estado?
    En que situación esta hoy en la actualidad el Tesoro Nacional?

  50. Resumen

    Una vez organizado un gobierno, es necesario formar un Tesoro Nacional. Tesoro y gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente. Dice Alberdi, que «el país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente». Un país para desarrollarse, debe estar integrado por su tesoro público y sus rentas.
    El Tesoro Nacional, no debe ser ajeno a las provincias, no debe ser independiente. Por el contrario, debe pertenecer a todas en su conjunto, conformadas en un «cuerpo de nación». De tal manera, cada provincia tendrá dos tesoros: el de su localidad y el de la Nación.
    El Tesoro destinado a sostener los gastos del gobierno nacional, debía formarse según el art 4 de la Constitución: de valores capitales y bienes nacionales; de las rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares; del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el congreso y del crédito y valores obtenidos a préstamo por el gobierno federal, sobre la garantía de los bienes y rentas de la República.
    A la Confederación, no le faltaban recursos, sino saber administrarlos, ordenarlos, colectarlos en una unidad nacional.

    Aspectos relevantes

    Dice Alberdi: «amortizar, es un medio de extinguir gradualmente la deuda pública comprando las obligaciones del estado al precio con que circulan en el mercado, para destruirlas si se obtuvieron caras, o revenderlas con utilidad del Erario si se consiguieren a bajo precio. Comprar un documento y destruirlo, es lo mismo que pagarlo. Para que el pago extinga la deuda, es preciso que sea real y verdadero, que se haga con dinero o con el producto de una renta». Es decir, que si un gobierno se propone amortizar su deuda con verdad y buena fe, es preciso que lo haga con rentas verdaderas, efectivas. Sin embargo, Rosas al quedarse sin el auxilio del crédito (fondos públicos y papel moneda) exploto el crédito de Buenos Aires hasta endeudarla.
    Como amortizar con verdad era distraer rentas que no bastaban a los usos del despotismo, convenía amortizar sin rentas, (una amortización fingida) que solo sirviese para infundir confianza en los papeles de crédito del gobierno. En lugar de amortizar con el producto efectivo de las rentas públicas, se amortizaba con papel moneda. «Comprando papel de fondos públicos con papel moneda, se compraba una deuda con otras, no se amortizaba ladeada del Estado».

    Preguntas

    ¿Podríamos afirmar que las economías más endeudadas, son las mas irresponsables en el gasto público?
    ¿Cómo es el sistema tributario argentino, actualmente?
    Desde el punto de vista económico ¿cual es el principal propósito de un régimen de coparticipación de impuestos? Y, ¿cuáles son las cuestiones esenciales de dicho régimen?

  51. En este capítulo Alberdi analiza la relación que tienen con los consumos con la vida política,respecto al crédito público y al papel moneda. Según la Constitución el gasto público se compone de todo los factores necesarios para constituir la unión nacional, afianzar la justicia,consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad.
    Una vez que un gobierno es constituido y organizado, en necesario que cuente con medios para existir y por esta razón se debe formar un Tesoro Nacional.
    La Confederación Argentina proveyó al medio de llenar los gastos o consumos exigidos por el sostenimiento del gobierno, así el art. 4 establece que el gobierno federal provee de los gastos a la Nación con los fondos del Tesoro Nacional y establece las diferentes formas de que el mismo puede ser formado.
    La autoridad central que reemplazó al virreinato hizo que cada provincia dispusiera de las rentas causadas en su territorio como propias y el ejercicio continuado hizo olvidar el carácter de nacionales de las mismas. Así también cada provincia creó su aduana interior en la frontera doméstica pero incluso así no se dividió entre ellas la renta aduanera percibida en Buenos Aires.
    El Tesoro de provincia se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación. Algunos se han delegado en absoluto, otros a medias y otro no se han delegado al Tesoro nacional de ningún modo.
    Preguntas:
    I-¿Cree que es necesario emitir deuda para solventar los gastos publicos en la situacon actual?
    II-¿Cree que es necesario limitar el gasto publico cuando las invenciones que ingresan al pais son escasas?
    III-¿Cual considera que es una politica de des endeudamiento adecuada?

  52. Resumen:
    En este capítulo Alberdi comenta que el país necesita la creación del Tesoro Nacional para cubrir los gastos del gobierno para ser una nación libre y soberana. El art.4 de la Constitución Nacional establece como debe formarse el Tesoro Nacional : 1° El producto de derechos de importación y exportación, 2° De la renta o locación de las tierras de propiedad nacional, 3° La renta de Correos, 4° El producto de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente imponga el Congreso, 5° De los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional.
    Y que la Confederación necesita un sistema administrativo para organizar la recaudación de los recursos.

    Aspecto relevante:
    «Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria por su creación y formación, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastrozo que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre.

    Preguntas:
    1-¿Qué opina de las grandes extensiones de tierra de nuestro país que fueron vendidas a extranjeros?
    2- Hace algunos años se consideró la idea de trasladar la capital de nuestro país a otra provincia, ¿cree que hubiera sido correcto?
    3- ¿Cree que el sistema administrativo de recaudación impositiva actual de nuestro país es el correcto?

  53. En este capitulo lo primero que nos dice Alberdi es que luego que se organiza un gobierno es necesario darle los medios para existir, a lo que entiende que Gobierno y Tesoro son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente. El país que no puede costear su gobierno, no puede ejercer su soberanía, es decir no puede presumirse independiente.
    La confederación Argentina tuvo esto presente y dispuso en su art. 4 como estaría conformado el Tesoro Nacional, el cual pertenece a todo las provincias unidas en cuerpo de nación.
    Nos dirá que crear un Tesoro Nacional es crear gobierno nacional, un Estado con patria, en lugar de ser un grupo disperso, con sus fuerzas divididas.
    A continuación detallara cada uno de los recursos que forman el Tesoro, recursos necesarios para la actividad financiera, los cuales sera el sustento del gasto publico, es decir de las necesidades que deben ser cubiertas. Dicho articulo es el que nos sigue rigiendo en la actualidad y pone en cabeza del Poder Legislativo la atribución de establecer los medios que la Nación necesita para solventar los gastos, y principalmente para tener Soberanía.

    Preguntas:
    Cual seria su opinión con respecto a que se asumiera la deuda publica contraída por un gobierno de facto, en virtud de que esa facultad es exclusiva y excluyente del P.L?

    Considera que es posible crear algún tipo de indicador o indice de medición que determine que gasto publico es eficiente, y de este modo evitar el derroche o la subjetividad del gobierno de turno a la hora de asignar recursos?

    Cuanto tiempo se puede sustentar una política de consumo, sin ahorro, por medio de subsidios, sin priorizar la producción?

  54. Aquí en este capítulo Alberdi analiza la institución del Tesoro Nacional y la renta nacional. Para ello una vez que un gobierno está constituido y organizado, en necesario que cuente con recursos para subsistir y por esta razón se debe formar un Tesoro Nacional, para recaudar fondos. El Tesoro nacional debe formarse de valores capitales o bienes nacionales, de rentas de los valores capitales dados en locación y enfiteusis a particulares, del producto de las contribuciones directas e indirectas que imponga el Congreso y de los créditos y valores obtenidos por el gobierno federal sobre la garantía de los bienes y rentas de la República. Otra forma de contribuir al Tesoro Nacional es por medio de los derechos de importación y exportación de las aduanas. Son una contribución indirecta que aumentó cuando se estableció la libre navegación de los ríos interiores, ya que sino todo el comercio se realizaba por medio del puerto de Buenos Aires haciendo que sólo ahí se recaudara la contribución de la aduana exterior. Otra forma, según la Constitución, para constituir el Tesoro Nacional es el crédito público. Por medio de éste el país contrae empréstitos donde se hacen entregas graduales de dinero, las cuales producen títulos que se negocian.
    Lo más destacado es la posibilidad de aceptar el crédito como recurso del Tesoro. El art. 49 de la Constitución Nacional, establece las contribuciones como bases para la formación del Tesoro Nacional, a lo que Alberdi se pregunta si las éstas pueden generar renta pública. Es importante tener en cuenta que endeudarse para emitir moneda, no puede derivar en otra cosa que más endeudamiento. Otra forma, es la deuda pública, pero para ello es necesaria la confianza que un gobierno inspira al resto con el fin de que se le otorguen préstamos sin que este tenga los fondos necesarios para posteriormente devolverlos, solo basta que tenga el dinero para pagar los intereses o rentas puntualmente. No importa que la deuda sea eterna si se sabe que el Estado deudor es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas que año tras año deben ser más ricas y abundantes.

    1.- ¿Considera siempre necesario y además adecuado contraer préstamos para contribuir al tesoro?
    2.- ¿Es necesario siempre endeudarse?
    3.- ¿Que opina del nivel de gasto publico que tiene la argentina hoy en dia y como se emplea?

  55. En el capítulo objeto de estudio, el autor procede a analizar el Tesoro Nacional, tanto la forma de recaudar los recursos que lo conformarán como así también la forma de administrarlos a través del modo en que deciden gastarse, partiendo de la premisa fundamental de que ningún gobierno puede funcionar sin estos recursos.

    El Tesoro Nacional está compuesto por los bienes nacionales, como los edificios públicos y otros bienes de capital, las rentas producidas por estos bienes y, fundamentalmente, de las contribuciones que el Congreso imponga a los ciudadanos donde debe primar el principio de equidad proporcional, donde cada particular tributa de acuerdo a su nivel de renta. Corresponde a las provincias toda facultad tributaria no delegada en el gobierno nacional.

    Por otra parte, realiza una crítica histórica a la secesión de Buenos Aires del resto de la Confederación con la intensión de retener para sí los beneficios producidos por los tributos generados por el comercio con las potencias extranjeras, privando al interior del país de desarrollarse. Este problema fue revertido gracias a las disposiciones constitucionales que permitieron la federalización de la aduana y la libre navegación de los ríos, mejorando las posibilidades de progreso en todas las provincias.

    Además, resalta la importancia del crédito público como fuente de recursos para el Estado, que por aquella época resultarían en vitales inyecciones de capital que tanto hacía falta para el desarrollo de la nación. No obstante, exhorta a su uso razonable a fin de no cargar al Estado con deudas impagables y a honrar los compromisos de crédito.

    1- Considerando el modo en que defiende la administración racional de los recursos públicos, ¿qué opinión le merece la forma en que se asignan las partidas presupuestarias en la actualidad en el país, donde más de la mitad de los recursos son aplicadas a gastos de transferencia –que algunos tributaristas califican de “gastos improductivos”- en lugar de dirigirlos al desarrollo del país a través de inversiones en infraestructura y servicios públicos?

    2- ¿Piensa que la presión fiscal en el país debería reducirse en el contexto económico actual?

    3- ¿Considera válida la negativa del Estado argentino a pagar a los así llamados “fondos buitres” por razones de soberanía nacional o bien piensa que lo apropiado sería pagar?

  56. Alberdi en este capítulo menciona que el gobierno necesita para subsistir la formación, administración de un Tesoro Nacional, para que el Estado pueda proyectar metas que despues deberá cumplir.
    El Tesoro Nacional está compuesto por valores capitales o bienes nacionales, los edificios públicos, trabajos públicos etc. Dicha fomación es indispensable para el Estado.
    Alberdi nos menciona la posibilidad de tener un fondo que es el c´redito público y lo califica como una riqueza del Estado.
    Que el Estado puede endeudarse pero solo si hay estabilidad y confianza.

    1)- Cual sería la política económica que usted implementaría hoy en relación al país?
    2)- Como cree que está hoy el Tesoro Nacional?
    3)- Usted cree que hoy hay estabilidad y confianza?

  57. Ultimo Capítulo del Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina
    Juan Bautista Alberdi

    Resumen

    En éste Capítulo Alberdi hace alusión a los gastos públicos que tiene a su cargo el Estado Nacional y los divide en dos : gastos local y gasto provincial. A su vez , menciona que el gasto general es aquel que interpreta el Sistema de rentas de la Constitución Nacional a la perfección y que su despilfarro constituye una violación a la misma. Se habla de un gobierno eficiente en cuanto a la distribución de éste sistema de rentas realizándose en forma descentralizada por parte del gobierno Nacional y los gobiernos provinciales. Este implica la autonomía propia de cada provincia y la aplicación de un buen sistema administrativo de contabilidad en el cual cada provincia puede gobernar su Tesoro. También Alberdi califica los gastos generales de la Constitución en ordinarios y extraordinarios. La Paz y el órden interior son el principal objeto de gasto público. También establece las condiciones para llevar a cabo el empleo de las naciones extranjeras y atraer a éstos capitales a través de la firma de tratatos y de cultivar las buenas relaciones con éstos países. A su vez también se establece una proporción importante al gasto público del culto y para ello se gasta una proporción importante del Tesoro Nacional para mantener el culto Católico , apostólico y romano. Principalmente Alberdi experimenta que es necesario poder costear económicamente el gobierno a través del gasto público para poder ser una nación independiente , y formar el Tesoro Nacional en un cuerpo unificado , organizado para poder estructurar y poder afrontar económicamente los gastos que conlleva el culto , la religión , la justicia como elementos indispensables para tener soberanía y poder afrontarlo. Esto es establecido en el Artículo 4 que dispone como estaría conformado el Tesoro Nacional y cuales son las materias que no pueden faltar.

    Aspectos Relevantes

    Resulta interesante destacar como Alberdi establece que la creación de obras públicas como caminos , puentes edificios , etc , si bien conllevan un gasto público en la defensa del bien común , a la larga logran incrementar el Tesoro Nacional si son gastados en forma reproductiva y pensada. La idea es la de gastar en bienes productivos que aumenten la interacción y el espectro de desarrollo y como se traza ese paralelismo con las políticas de los estados de Sudamérica de endeudarse inútilmente porque se considera que nada se tiene y ellos gastas sólo son utilizados para la guerra. Alberdi propone una idea diferente , clara , a través de la ocupación extranjera , el trabajo y el desarrollo y de utilizar la renta proporcionadamente en recursos más eficientes que incrementen el Tesoro Nacional.

    Preguntas

    1) Cree que nuestro Sistema de gasto público es eficiente para nuestro desarrollo económico a futuro en la actualidad?
    2) Considera que los gobiernos de Sudamérica continúan utilizando políticas de endeudamiento o gasto público excesivo para demostrar una realidad ficticia?
    3) Qué política sería la más adecuada en nuestro país para no continuar emitiendo gasto público excesivo?

  58. El capítulo 3 de la tercera parte del libro de Alberdi “Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina”, habla sobre los consumos o gastos públicos, la incorporación de Buenos Aires a la Confederación, la nacionalización de recursos. También enfatiza que hay que constituir la unidad nacional y cumplir con los pactos preexistentes, y lo podemos evidenciar en el preámbulo de nuestra constitución.
    Tiene en cuenta los impuestos, las rentas tanto públicas como privadas, todo lo relativo a los impuestos respecto a la aduana, y cómo alrededor de éste último impuesto gira toda la política argentina desde el principio d la revolución.
    Por último estipula la posibilidad de crédito público como recurso de la Confederación comparativamente a Buenos Aires, y por otro lado establece el carácter local de la deuda pública de Buenos Aires, y lo demuestra con diversos elementos.
    Considero lo mencionado a continuación es lo que consideré más relevante; “La política debe buscar el bien común de la República, no el amalgama instantáneo de intereses puestos en oposición por desaciertos anteriores que no es del caso juzgar, sino en el progreso, en la población, y bienestar”; desafortunadamente en este lapso de tiempo preliminar a las elecciones en el cual estamos transitando, podemos ver todo lo contrario a lo mencionado anteriormente por Alberdi.
    Por otro lado establece que “No son los recursos los que faltan a la Confederación, sino un sistema administrativo que sepa darse cuenta de los infinitos recursos que posee, ordenarlos, colectarlos y encerrarlos en un arca común y nacional”.
    Por ultimo “El vulgo oye sonar un órgano mecánico, y dice: -Aquí hay un músico-, sin advertir que los sonidos que escucha salen de una máquina de tonos armónicos”.

    1) Retrocediendo en el tiempo, podemos decir que según Alberdi, Sevilla y Cádiz estorbaban el comercio, la libertad ¿En la actualidad quien o quienes obstaculizan la libertad de comercio?
    2) “El despotismo suele nacer por su propio instinto, como cualquier animal dañino…que con su sable en mano os arrebata el pan de la boca y os reduce a desnudez” ¿En el día de la fecha, con que gobierno asimilaría al despotismo?
    3) Respecto a la deuda pública y la emisión de moneda que cada vez es mayor, ¿Cómo considera a la situación actual de la nuestro país?

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