Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el libro de Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”. En su introducción, Alberdi analiza las distintas escuelas económicas y a cual pertenece la Constitución:
“Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:
1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.
2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.
3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.
Sobre cada uno de esos elementos ha surgido la siguiente cuestión, que ha dividido los sistemas económicos: – En e1 interés de la sociedad, ¿vale más la libertad que la regla, o es más fecunda la regla que la libertad? Para el desarrollo de la producción, ¿es mejor que cada uno disponga de su tierra, capital o trabajo a su entera libertad, o vale más que la ley contenga algunas de esas fuerzas y aumente otras? ¿Es preferible que cada uno las aplique a la industria que le diere gana, o conviene más que la ley ensanche la agricultura y restrinja el comercio, o viceversa? ¿Todos los productos deben ser libres, o algunos deben ser excluidos y prohibidos, con miras protectoras?
He ahí la cuestión más grave que contenga la economía política en sus relaciones con el derecho público. Un error de sistema en ese punto es asunto de prosperidad o ruina para un país. La España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad.
Veamos, ahora, cómo ha sido resuelta esta cuestión por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política.
La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo. Colbert formuló y codificó el sistema económico introducido en Europa por Carlos V y Felipe II. Esa escuela, perteneciente a la infancia de la economía, contemporánea del mayor despotismo político en los países de su origen galo-español representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria.
A esta escuela se aproxima la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Por motivos y con fines diversos, ellas se dan la mano en su tendencia a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.
Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina.
Enfrente de estas dos escuelas y al lado de la libertad, se halla la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.
La filosofía europea del siglo XVIII, tan ligada con los orígenes de nuestra revolución de América, dió a la luz la escuela physiocrática o de los economistas, que flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: – dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.
En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.
A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución.”
1) Resumen del texto.
Alberdi explica como principio general que: es la riqueza la que lleva a la prosperidad de la Nación; y a lo largo del texto fundamenta esta afirmación. Comienza explicando que los principios están establecidos en la Constitución y que los legisladores no deben apartarse de ellos; pero que es una tarea difícil porque la economía política es un caos, ya que ninguna teoría se entiende con la otra, y hay variedad de ellas. Luego continúa haciendo un análisis de distintas teorías como la escuela mercantil, que es la que se aproxima a una estructura socialista donde se tiende a limitar la libertad del individuo, la cual es opuesta a los principios de la Constitución. Luego están las escuelas physiocrática y la industrial, y es en esta última donde Smith proclama el trabajo libre como principio de toda riqueza, y, por lo tanto, es esta doctrina la que pertenece la Constitución.
2) Novedoso o sorprendente.
Me llama la atención del texto como Alberdi pone el énfasis en la libertad y en la riqueza como principio esencial de prosperidad económica, y que el trabajo libre es el principio vital de la riqueza. A partir de la revolución de Mayo de 1810, se proclamaba la libertad, porque era el “manantial que hace a la riqueza de las naciones”. Para que la riqueza pueda producirse y crearse se debe asegurar la entera libertad al uso de los “instrumentos de producción” (tierra, capital, trabajo) no excluyendo de esa libertad a ninguno y asegurando a cada uno los frutos de su industria. Una vez que nace la riqueza, ésta debe ser repartida y distribuida entre los que han concurrido a producirla, para que no deje de colaborar, porque si la riqueza decae, así también la Nación.
3) Tres preguntas que le haría al autor.
a-¿Qué políticas económicas son las que llevarían a cabo el plan de Alberdi? ¿políticas de tinte liberal o un estado más bien presente e interventor?
b-¿Cómo podemos lograr que se cumpla con la Constitución, sin depender del sistema de gobierno o partido político que esté vigente?
c-¿A qué se refiere cuando expresa que, por fortuna, la libertad económica no es la libertad política?
Muy interesante. Justo hace un rato veía una conferencia del Dr. Jesús Huerta de Soto en la que explicaba cómo tantos males de la actual economía (es decir, los ciclos económicos), surgen de aquella omisión en la Ley de Peel de exigir un coeficiente de caja de un 100% en oro a los bancos con respecto a los depósitos (y respecto al papel moneda). Quizás el intervencionismo keynesiano y luego el monetarismo no se hubieran expandido por Europa -y de allí al resto del mundo, incluido Argentina-, si no se hubiera cometido tal omisión.
Saludos.
RESUMEN DEL TEXTO.
En su obra, JBA, tiene por objeto darle una estructura metodológica al sistema de política económica establecido en la CN, con la finalidad de generalizar su conocimiento y facilitar su ejecución. Sostiene que la CN, en materia económica es expresión de una revolución de libertad y en base a ello, consagra el PRINCIPIO DE LIBERTAD ECONÓMICA (Adam Smith). Conforme a ese espíritu, las disposiciones constitucionales establecen: libertad del trabajo, del capital y la tierra, ley natural de la distribución de la riqueza y discretos límites al consumo público. Sostiene que el progreso de la Nación va de la mano de la generación de riqueza y que lo que la CN debe hacer es garantizar y asegurar su curso natural y espontáneo a través de la plena libertad del trabajo. Que la riqueza, tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre, pero que la ley no debe interferir en los consumos privados, aunque sí pueden establecerse reglas y garantías para que los gastos del Estado se apliquen en bien y utilidad de la población y no en desmedro de la misma. Dichas garantías conforman el llamado “Sistema rentístico o financiero de la Confederación”. Concluye que la intervención de la ley en la producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada se reduce en garantizar su completa independencia y libertad.
NOVEDOSO O IMPORTANTE.
Significó un gran avance con respecto a la irracionalidad de la herencia organizativa española: el establecimiento de una forma de gobierno, la forma de Estado a adoptarse, su modelo económico, financiero y tributario, un modelo de producción y el régimen de la libertad e igualdad. La CN brinda el marco jurídico superior de la sociedad. Frente al problema de la producción de bienes y servicios, distribución de la riqueza, de la propiedad de los factores de producción, la CN establece un sistema de garantías y disposiciones de política económica reivindicando en el individuo el rol protagónico dentro del ámbito de la economía, reservando al Estado el papel de sancionar a aquellos individuos que se aparten de las leyes del mercado. En palabras de Alberdi “El gobierno no ha sido creado para hacerse rico, sino para ser el guardián y centinela de los derechos del hombre, el primero de los cuales es el derecho al trabajo, o bien sea la libertad de industria”.-
TRES PREGUNTAS QUE LE HARÍA AL AUTOR.
Cabe aclarar que las preguntas que le realizaría al autor se refieren exclusivamente al contexto temporal en que se halla inserta la obra…algunas podrían ser respondidas casi un siglo después con el surgimiento del constitucionalismo social.
1) ¿Cómo se logra que la riqueza generada por los particulares se traduzca en riqueza para la Nación? ¿Qué solución encontraría a la falta de iniciativa privada?
2) ¿Qué actitud asumiría el Estado ante la situación de aquellos ciudadanos que se encuentren marginados, por diversas causas, del sistema de trabajo?
3) ¿De qué manera se garantizaría el buen funcionamiento de las relaciones entre los diversos actores: empresario-trabajador, Estado-empresario, Estado-trabajador?
El autor Juan Bautista Alberdi explica en la introducción de su obra el sistema de la Constitución Nacional. Al respecto, dice que el sistema de política económica es completo al garantizar la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra (principales agentes de la producción). Deja sentado que el legislador debe tomar como guía los principios económicos adoptados por la Constitución, que que éste suele desviarse de ella y sus principios al no poder las escuelas ponerse de acuerdo sobre el modo de comprender y definir ciertos elementos. Marca la relación entre riqueza, trabajo, capital y tierra, llegando a la conclusión de que la riqueza es obra del hombre, por lo que se debe asegurar la libertad al uso de sus facultades productivas. Entiende que el origen y la finalidad de la riqueza es el consumo. La producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada es para garantizar la independencia y libertad.
Me ha llamado la atención la siguiente afirmación: “…Por eso es precisamente que la Constitución argentina ha hecho de sus sistema económico la facción que la distingue y coloca sobre todas las constituciones republicanas de la América del Sud…”. Me parece sorprendente que nuestra Constitución haya logrado, como dice Alberdi, “comprender que son económicas las necesidades más vitales del país y de Sudamérica” en una época que nos parece tan lejana.
Las tres preguntas que le haría al autor son:
1- ¿Tiene alguna propuesta para intentar lograr que las escuelas lleguen a ponerse de acuerdo, o al menos de acerquen en algunos puntos?
2- ¿Cuáles son para usted las necesidades secundarias, teniendo en cuenta que las económicas son las primarias?
3- En uno de los últimos párrafos asegura que el consumo es el fin y término de la riqueza, distinguiendo entre consumos privados y públicos y asegurando que la ley nada tiene que hacer en los consumos privados, pero que debe establecer reglas y garantías para que los consumos públicos o gastos del Estado no devoren la riqueza del país. ¿Cómo lo haría usted? ¿Qué reglas y garantías le parecería oportuno establecer para lograr ese fin?
ECONOMÍA POLÍTICA Y ECONOMÍA ARGENTINA.
Análisis de obra “Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina, según la constitución de 1853” de Juan Bautista Alberdi.
Crina Radu Ciobanu
I. Resumen:
En la introducción de la obra “Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina, según la constitución de 1853”, Alberdi asienta el tenor y enfoque del manual. En primer lugar, distingue los tres puntos clave de la Constitución en materia económica, siendo las fuerzas o “principales agentes de la producción”, la distribución de la riqueza y el papel del Estado en la economía, que serán abordados y explicados a lo largo del volumen.
En segundo lugar, la idea que prevalece y que quiere destacar el autor es el principio de libertad económica imbricado en la Constitución; libertad económica como pilar fundamental y único medio para lograr la “riqueza” que necesita el país como mecanismo de regeneración tras la independencia de España.
II. Reflexión:
Cabe resaltar como punto fundamental la concepción de la libertad económica como único modo de salvación de una nación que surge tras un proceso largo de colonización. La libertad económica implica a su vez una determinada política económica que pasa por la mínima intervención del Estado dentro de la economía; su labor sería la de facilitar al mercado los mecanismos necesarios para su funcionamiento, pero en ningún caso determinar el comportamiento del mismo, pues éste se regula por sí mismo. Todo ello nos induce a ver que el autor aboga por un sistema eminentemente liberal, inspirado en los postulados de Adam Smith.
En mi opinión es acertado que en primer lugar se enfoque la riqueza como punto de partida, pues es bien sabido, y ello no depende de épocas o momentos históricos, que aquellas naciones que han sabido explotar sus puntos fuertes y han obtenido lo que el autor denomina riqueza, han sido aquellas que han ostentado mayor poder y capacidad de control sobre sí mismas.
III. Cuestiones por resolver:
1. ¿Cuál es la distinción entre política económica y economía política?
2. ¿Sin libertad económica deviene imposible la consecución de las demás libertades?
3. ¿La pérdida de España de las colonias, se debe únicamente a su política económica restrictiva?
«Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina» – INTRODUCCIÓN
– Resumen
Juan Bautista Alberdi hace una introducción a los temas que desarrollará en su trabajo. En primer lugar distingue a los agentes de producción (tierra, capital y trabajo) desarrollándose libremente en la producción de riqueza. Destaca que argumentará acerca de política económica sin detenerse en teorías sino en la aplicación práctica de la economía con el fin de facilitar la ejecución acertada de la constitución nacional. Explica que tanto los los agentes de producción como sus modos de aplicación (agricultura, comercio e industria) y los productos que generan son los que forman riqueza. También, hace un breve repaso por las escuelas mercantiles, distinguiendo a las escuelas que consagran sistemas protectores e interventores (socialismo) como contrarias a la Constitución argentina. En cambio, asigna a las escuelas liberales como inspiradoras, ya que entiende que el principio de libertad económica consagrado en la Carta magna es el genera el ámbito propicio para atraer prosperidad y generar riqueza, que es hija de las fuerzas de producción que le pertenecen al hombre.
También hace alusión a la distribución y al consumo de la riqueza, distinguiendo entre el consumo público y privado.
– Cuestiones interesantes o novedosas
Me pareció interesante la postura que toma Alberdi acerca de los “consumos privados o públicos”, con una posición completamente liberal en relación al individuo pero suponiendo un límite al gobierno. Que los gastos del mismo deben ser bien administrados porque no es “generador de riqueza” y dilapidar recursos origina un daño grave al contribuyente. Relacionado a esto, es interesante hacer hincapié en la idea que presenta acerca de la distribución de la riqueza entendiendo que si el hombre, que es quién la produce a fin de satisfacer sus necesidades, no “percibe la parte que le corresponde” se ve incentivado negativamente, es decir, colabora menos y deja de producir eficazmente. A la vez, desde otro punto, si el Estado distribuye de manera justa el hombre generará más riqueza y a su vez, más prosperidad para la nación. Entiendo en este un punto de equilibrio notorio entre el actuar del Estado y lo que espera el individuo del Estado.
– Preguntas que le haría al autor:
1) ¿Cuál es el papel que debería tomar el Estado con aquellos individuos que no generen la riqueza suficiente para satisfacer sus necesidades básicas?
2) ¿Sobre qué actor recae la responsabilidad si un individuo no puede extinguir sus necesidades mínimas con lo que produce, es el Estado quién no generó el ambiente propicio para que el sujeto se desarrolle y pueda crear riqueza o es el individuo quién no aprovecha la libertad de producir?
3) Respecto a la idea de que si no se distribuye la riqueza de manera que vuelva a quién la produjo se desincentiva la producción ¿El efecto es el mismo si lo que existe es un Estado totalmente interventor?
“Sistema Económico y Rentístico”, de Juan Bautista Alberdi
En la introducción de su obra, Alberdi despliega una serie de puntos fundamentales para comprender las características del sistema económico en que se basa nuestra Constitución. Fija lo que no debe hacer el Estado en esta materia y toma la doctrina económica de Smith, basada en el trabajo libre como principio vital de la riqueza, riqueza ésta generada por el hombre por el instinto de su conservación y mejora a través del intercambio social. Son principales agentes de la producción el trabajo, el capital, y la tierra; la Ley debe ser garante de su independencia y libertad en el ejercicio de esas funciones del organismo económico argentino. A esta doctrina económica de libertad pertenece la Constitución, por lo que no debe desviarse y alejarse de esos principios, ni buscar otros, a estos mismos adoptarlos como guía .
Datos que llamaron mi atención en la introducción de la obra de Alberdi fueron por un lado, su énfasis en demarcar tanto una libertad individual y política como así también económica para el desarrollo y progreso del país y su claridad al explica porqué se debe adoptar este modelo y no otro . Su modo en que trasmite a los constituyentes de la época a evitar ensayar nuevos sistemas del ya adoptado por la Constitución y encomienda que solo basta estudiar los principios ya adoptados por la Constitución para todos los trabajos de legislación orgánica y reglamentaria. Por otro lado su frase, «la ley natural del equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos»
Preguntas que le haría al autor
El desvío de nuestro gobernantes de los principios constitucional y los cambios de sistemas económicos en el devenir de los años, son producto en nuestro país de la mala situación tanto política como económica en la que se encuentra hoy nuestro país .
¿ Qué piensa al respecto y que les diría hoy a nuestros gobernantes ?
¿ Qué rol adoptaría o debería adoptar el Estado en nuestra economía y que grado de intervención tendría en la misma ?
¿ Qué sistema económico desarrollaría y qué medidas económicas debería implementarse en el país y en latinoamérica para mejorar sus economías ?
Firma Galigniana Tintel Irene
ECONOMÌA POLITICA Y ECONOMÌA ARGENTINA
Sistema Econòmico y Rentìstico de la Confederaciòn Argentina
Segùn su Constituciòn de 1853
de Juan Bautista Alberdi
RESUMEN DEL TEXTO
INTRODUCCIÒN: Alberdi ve la posibilidad de darle un estructura al caos econòmico que hay, para lo cuasl distingue tres elementos que concurrren a la formaciòn de las riquezas que son: las fuerzas o agentes productores con ello se refiere al trabajo u el capital, el modo de aplicaaciòn de esas fuerzas destacando la agricultura, el comercio y la industria fabril y por ùltimo los productos de la aplicaciòn de esas fuerzas. Es por esto que se crea la divisiòn de los sistemas econòmicos , llegando a la conclusiòn que el paìs necesita un mecanismo de regeneraciòn para poder garantizar el interès pùblico y privado en total independencia y libertad en el ejercicio de organizar estas tres funciones para el mejor manejo de la economia, asì es que hace referencia a las disitntas escuelas que le dan base a la Contituciòn Argentina de 1853.
NOVEDOSO O SORPRENDENTE
El texto introductorio me parecio interesente teniendo en cuenta como la Constituciòn pudo saber enfocarse en temas fundamentales que para la època recièn empezaban a desarrollarse y que hoy een dìa son una base fundamental que muchos eeconomistas no logran desarrollarla correctamente. El hablar del sistema econòmico con indepencia y libertad hace darnos cuenta que el Estado aprendiò bien como es que funciona la econòmia y cual es el fin de està, tanto para la poblaciòn, como para el gobierno en sì, porque si no llevarìan las cosas correctamente hoy en dìa seguirìa existiendo el caos polìtico – econòmico que hace referencia el autor y el legislador estarìa tratando de definir el tema para lograr un ley o reglameto que se pudiere poner en ejercicio.
PREGUNTAS PARA EL AUTOR
1.- Cuàl cree que hubièse sido el factor comùn para que las escuelas se pongan de acuerdo?
2.- Cuàl es la diferencia entre enconomìa polìtica y polìtica econòmica?
3.- Si no se hubiera seguido el criterio de ninguna de estàs escuelas a las que se hace refencia, còmo cree que hubiera sido la economìa hoy en dìa?
Ryu, Gi Beom
Guía de discusión. Introducción de la obra “Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina, según su Constitución de 1853”
Resumen
En la introducción de su obra, Alberdi aclara que su texto pertenece al ámbito de la economía aplicada o positiva, siendo el suyo un libro de política económica, y no de economía política. Luego, manifiesta su voluntad primordial de establecer a qué escuela pertenece la doctrina económica de la CN, para que no se desvíe de su senda originaria. Existen, según su criterio, tres elementos que concurren a la formación de las riquezas; las fuerzas o agentes productores, el modo de aplicación de esas fuerzas y sus productos. Dependiendo del modo de relacionarse entre estos elementos, estamos ante una escuela u otra. De las cuatro principales, la mercantil, la socialista, la physiocrática y la industrial, Alberdi rechaza expresamente las dos primeras, por ser restrictivas a la economía. En cambio, se afilia a la escuela industrial de Adam Smith y considera el principio de la libertad económica como la base doctrinaria de la CN, por ser el más beneficioso para el progreso económico. Agrega que la riqueza es obra del hombre, y concluye que la ley debería reducirse sencillamente a garantizar la más completa independencia y libertad tanto en la producción como en la distribución de aquella riqueza.
Lo novedoso o importante
Me resultó interesante el vínculo que señala el autor entre el principio de la libertad económica y la revolución de mayo de 1810, ya que se da a entender que fue precisamente ése el fundamento que sirvió como base para la constitución de la República Argentina. De ahí se puede observar la importancia que le quiso dar Alberdi a la libertad económica como ideología primordial de la CN, de la cual fue su autor intelectual. También resulta importante señalar que el papel que el autor le atribuye al Estado, o al ministerio de la ley, el de asegurar la libertad, es entendido como una organización de la libertad negativa, es decir, se trata de la abstención de intervenciones, el laissez faire, laissez passer.
Preguntas
-¿Qué papel vendría a cumplir el respeto por la propiedad privada en la política económica que propone?
-En el texto se sostiene que la solución brindada por la doctrina de libertad económica es la más apta para el progreso económico de Argentina. ¿Recomendaría también lo mismo a otros países que se encuentran en condiciones radicalmente diferentes?
-¿Qué papel debería cumplir el Estado en actividades como la emisión de moneda?
Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina.
Resumen de la introducción.
La Constitución Nacional Argentina, describe en su texto un sistema completo de políticas económicas, donde garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra. Que son los principales agentes de la producción y distribución de la riqueza.
La riqueza importa la prosperidad de la Nación y la existencia del poder; ya que “sin rentas no hay gobierno, sin gobierno no hay población, sin capitales no hay Estado”.
Como dice Alberdi, dicho escrito refleja el estudio de las reglas y principios señalados por la ley constitucional argentina sobre el desarrollo de los hechos que interesan a la riqueza de aquel país, hechos que pertenecen a la económica aplicada: política económica.
Alberdi sostiene que tanto el legislador, como el hombre de Estado, el publicista y el escritor deben estudiar estos principios económicos adoptados por la CN, para “tomarlos como guía obligatoria en todos los trabajos de legislación orgánica y reglamentaria”.
¿Cuál es la escuela económica que sigue la CN? Es la escuela Physiocrática de Quesnay complementándose con la escuela industrial desarrollada por Adam Smith.
Dicha corriente lo que profesa es la LIBERTAD como principio de su política económica, reaccionando contra monopolios. “dejar hacer, dejar pasar por toda intervención en la industria”.
Smith lo que proclama es la omnipotencia y la dignidad del trabajo; el trabajo libre, como principio esencial de toda riqueza. Y nuestra Constitución Nacional consagra este principio de libertad económica.
“La prosperidad viene de la libertad concedida del modo más amplio del trabajo industrial en todas sus fuerzas (tierra, capital y trabajo) y en todas sus aplicaciones (agricultura, comercio e industria)”.
Podríamos decir, que la economía es una cadena que posee 3 eslabones principales:
El primer eslabón, es la producción: La riqueza es obra del hombre impuesto por el instinto de conservación y mejora. El segundo eslabón es la distribución de dicha riqueza; que también el hombre debe tener la más completa libertad de percibirla. El tercer eslabón es el consumo. El fin y término de la riqueza; que cada hombre pueda satisfacer sus propias necesidades con el fruto de lo que ha producido.
Dentro del consumo, puede existir un consumo productivo o improductivo; un consumo privado o público. Y como dice Alberdi, “la ley nada tiene que hacer en los consumos privados, pero puede establecer reglas y garantías para que los consumos públicos o gastos del estado no devoren la riqueza del país; para que el Tesoro nacional destinado a sufragarlos, se forme, se administre y aplique en bien y utilidad de la Nación, y nunca en daño de los contribuyentes”. Este conjunto de garantías forma el Sistema rentístico o financiero de la Confederación argentina.
Lo que realiza dicho sistema en la intervención de la producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada, es garantizar su completa independencia y libertad.
Opinión:
Lo que más me intereso es la actualidad que posee dicho texto. Creo que se condice con lo que sucede actualmente.
Además, creo que es fundamental poder comprender realmente lo que dice el texto de la Constitución Nacional, dándole un marco más allá de lo jurídico. No creía que ella estaba cargada de contenido económico, más allá de los derechos que consagra.
Preguntas:
1) Actualmente, ¿la corriente que se elige para la interpretación de la Constitución no se acercaría más a la Escuela socialista?
2) ¿De qué forma considera usted que podría colaborarse con “no hacer sombra” para fomentar y desarrollar la riqueza de la nación teniendo en cuenta el contexto social y político actual?
3) ¿No considera que la prosperidad si proviene de una libertad absoluta como plantea, puede producir una inminente desigualdad?
Introducción:
Resumen
La constitución argentina garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como principales agentes de producción conteniendo así un sistema de política económica además se refiere a la riqueza e indica que es esencial para la prosperidad de la nación.
Hay tres elementos que concurren a la formación de la riqueza son el trabajo a través de los agentes productores, su modo de aplicación y los productos de esta.
Hay cuatro principales escuelas en que se divide la política económica: la mercantil representada por Colbert solo veía la riqueza en el dinero, la socialista con la intervención del estado, ambas opuestas a lo que establece la constitución argentina por ultimo la escuela physiocrática representada por Quesnay y la industrial de Adam Smith.
La constitución argentina pertenece a la escuela de libertad ya que es una expresión de una revolución de libertad, consagrada por la revolución social de América, consagrando el principio de libertad económica.
Nuevo o sorprendente
La existencia de cuatro escuelas de la política económica la mercantil, la socialista, la industrial, la de libertad.
La existencia de dos tipos de consumo, el consumo improductiva y el consumo productivo, el privado y el público.
La libertad del trabajo hay que organizarla en todos sus ramos la libertad agrícola, de comercio y la fabril, esta organización es negativa de dejar de hacer.
La distinción entre economía pura y economía positiva o aplicada.
Con cuál de las escuelas se identifica Alberdi
Cuál es la diferencia entre la economía pura y la positiva
En que artículos de la constitución ubica al principio de libertad económica?
Resumen:
Alberdi en la introducción a su libro explica como era el sistema que conformada la constitución de 1853 de acuerdo a lo económico. Por lo cual plantea, que es la libertad de las facultades productivas del hombre,y la riqueza lo que nos llevara al desarrollo de la nación. Comenta el autor que para lograrlo, es el legislador quien no debe desviarse de estos principios constitucionales provenientes de la escuela de la riqueza, en contraposición con otras escuelas también mencionadas en el texto como la mercantil, cuyas bases se oponen a los principios de la prosperidad.
novedoso:
Me pareció novedoso la parte de la introducción en la que Aberdi expone que la prosperidad en argentina no dependerá de ningún sistema o partido político, sino que solo de la economía, que se desprende de la propia constitución, afirmando que la nación «no tiene ni tendrá más camino para escapar del desierto, de la pobreza y del atraso, que la libertad concedida del modo más amplio al trabajo industrial en todas sus fuerzas (tierra, capital y trabajo), y en todas su aplicaciones (agricultura, comercio y fábricas)» y esto colocaba a la constitución argentina por encima de todas las constituciones republicanas de América del Sud,era algo nuevo y novedoso.
preguntas:
1- ¿ Como cree que funcionara a futuro el sistema pensado por la constitución de 1853?
2- ¿ que sistema o mecanismo utilizaría hoy en dia para la distribucion de las riquezas privadas?
3 El país sigue careciendo en cierta medida de caminos, de puentes, de canales, de muelles etc. ¿porque le faltan medios para obtenero(capital, riqueza)?¿o si no también por otras cuestiones adicionales?
SISTEMA ECONOMICO y RENTISTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA SEGUN SU CONSTITUCION DE 1853.
En ésta obra se dan los lineamientos y fundamentos de los principios económicos adoptados en la Constitución Nacional del año 1853, para que sean utilizados y puestos en funcionamiento, diferenciándose y alejándose de los postulados de escuelas de doctrina mercantilista y socialista. No es otra que la escuela de libertad económica, que haya como mayor exponente a Adam Smith, la doctrina económica de la Constitución Argentina.
Se consagra el principio de la libertad económica como premisa mayor, para la consagración de una nueva regeneración económica, en un contexto histórico y político en particular como lo es el antecedente de la Revolución de Mayo de 1810, comprendiendo las nuevas necesidades que abocan al país, es Alberdi quien mediante la Constitución dictada que adopta la libertad económica en su más amplio sentido, de libertad al trabajo para atraer prosperidad, y fundamentalmente lograr mediante el trabajo la Riqueza necesaria para cubrir las necesidades económicas que oprimen y retrasan al país.
Para resumir en pocos renglones lo que llamó mi atención es entender como Alberdi, quien seguía una corriente clara de liberalismo económico, sentó las bases de todo nuestro sistema económico. En el esquema que él presenta pareciera de cierta simpleza el lograr la riqueza “dejando pasar” y ubicando al Estado en un mero rol de gendarme, siendo la Ley quien deba garantizar la pura libertad e independencia de la producción, distribución y consumo de la riqueza pública y privada.
Es novedosa su propuesta de atraer inmigrantes para conformar una población suficientemente dotada de libertad económica, para alcanzar el crecimiento, y la invitación de capitales extranjeros para lograr su finalidad de una República comercial.
¿A qué se refiere Alberdi, cuando al hablar del consumo como el fin de la riqueza, realiza la distinción entre consumo improductivo del productivo?.
¿Cuáles son las reglas que garantizan que los consumos públicos o gastos del Estado no devoren la riqueza del país? ¿Cree que dependen de una cuestión netamente económica? O de mala administración por funcionarios incompetentes?.
¿Considera que la distribución de la riqueza es igualitaria y equitativa en nuestro país? El autor acuerda una libertad amplia a la distribución al igual que la producción de la riqueza, pero ¿no debería restringirse esa libertad en un sentido protectorio al trabajador productor de esa riqueza?.
Yohana Fernández
DNI 35872937
Guía de discusión.
SISTEMA ECONÓMICO Y RENTISTICO DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA.
Alberdi distingue entre la economía universal y la práctica. La primera es aquella que estudia los hechos económicos en su generalidad filosófica y la segunda cuando se ocupa de modificaciones que esos hechos reciben de la edad, terreno y condiciones de un país en particular.
El autor hace referencia así a la economía aplicada.
Nuestra Constitución contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza a la libre acción del trabajo, capital y tierra como principales agentes de producción.
Colbert represento a la escuela mercantil que solo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que la manufactura y el comercio.
La economía socialista sigue su línea en la tendencia de limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza. Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en la que se basa nuestra Constitución.
Frente a estas dos escuelas se halla la physiocratica y la industrial.
La primera flaqueo por no conocer más fuente de riqueza que la tierra; pero reacciono contra monopolios de toda especie.
Adam Smith proclamo la dignidad y omnipotencia del trabajo: del trabajo libre.
A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Nacional. En materia económica la Constitución es una revolución de libertad. No intenta hacer del país un mercado.
El deber de una ley escrita es abstenerse, no estatuir ni reglar lo que no conoce. La Constitución nada crea ni da. Ella declara del hombre lo que es del hombre por obra de Dios, su legislador primitivo; es en cierto modo una gran ley derogatoria en favor de la libertad, de las leyes que constituían la originaria servidumbre.
El legislador tiene que estudiar los principios económicos adaptados por la Constitución. Para salvar la libertad comercial de todo cambio reaccionario se vuelve al art 27 de la Constitución donde manifiesta que el gobierno federal está obligado a afianzar la paz y comercio con potencias extranjeras.
IMPORTANTE:
El autor explica que el gobierno no crea riqueza, sino que interviene ayudando o no a la producción. La regla es la libertad económica.
Uno de los estancamientos de la producción es la ideología de los legisladores, que reglamentan el derecho de la Constitución y no deberían alejarse de sus principios.
La riqueza no es más que producto del trabajo, del capital y de la tierra.
Alberdi se apoya en la escuela de Adam Smith para planear la economía establecida en la Constitución, la que habla del trabajo libre, como principio general de la riqueza. Un proceso que debe ser fomentado por la acción del hombre.
PREGUNTAS AL AUTOR:
¿Hasta qué punto puede ser planteada la llamada libertad económica?
¿ Qué opina sobre otras formas de obtener riquezas y como interviene la ley en esa producción de obtener riquezas?
¿El principio de libertad económica se puso en práctica en nuestro país?; ¿como se distingue la economía política de la política económica?.
RESUMEN DEL TEXTO: Alberdi, en su libro “Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina”, comienza planteando que su finalidad es reunir las disposiciones constitucionales de forma metodológica para generalizar el conocimiento sobre las mismas y así facilitar la ejecución de la Constitución, ya que los legisladores solo pueden aplicar los principios económicos que ésta adopta y debe tomarlos como guía obligatoria.
A continuación enumera los 3 elementos que intervienen en la formación de riqueza, los cuales son: 1) fuerza o agentes de producción (trabajo, tierra y capital); 2) modo de aplicación de esa fuerza (agricultura, comercio e industria); 3) los productos que surgen de la aplicación de la fuerza.
Alberdi considera, así, que el Estado no es formador de riqueza, pero sí debe regularla. Mediante diversas preguntas, plantea que la cuestión mas grave de la economía política es hasta donde se debe “entrometer” el Estado en la formación de riqueza. Para poder responder ese interrogante es necesario saber en cual de las 4 principales escuelas económicas se encuadra la Constitución. Luego de explicar cada una de ellas, establece que pertenece a la “escuela industrial” de Smith la cual plantea la dignidad del trabajo, del trabajo libre en todas sus aplicaciones como principio de toda riqueza. Entonces, organizar el trabajo no es mas que organizar la libertad y que todas puedan ejercerla sea cual sea el sistema de gobierno.-
NOVEDOSO/SORPRENDENTE: me resulta sorprendente como Alberdi logro tantos años atrás comprender tan fácilmente como debe intervenir el Estado en materia económica, y que hoy en día se siga discutiendo cual es su rol. Me parece importante resaltar que el Estado debe asegurar la libertad de los agentes de producción, sin excluir a nadie y sin importar el tipo de gobierno existente. Pero esta libertad económica no implica que el Estado no debe intervenir, si debe hacerlo pero mínimamente, solo debe asegurar el cumplimiento de esas libertades y facilitar los mecanismos necesarios para el funcionamiento de esa cadena de formación de riqueza. Ni mas ni menos que eso.-
3 PREGUNTAS AL AUTOR:
1- Considerando que cada gobierno tiene planes económicos y convicciones sobre que sector en particular se debe fomentar, diferentes ¿Cómo se puede lograr que cada gobierno garantice la libertad de todos por igual y no favorezca a algunos facilitándoles mas mecanismo para la formación de riqueza?
2- En relación a la pregunta anterior, si bien comprende que se debe asegurar la libertad económica independientemente del tipo de gobierno, ¿Qué pretendió expresar exactamente cuando escribió: “por fortuna la libertad económica no es la libertad política”?
3- ¿No considera que el Estado debería intervenir un poco mas de lo planteado en la introducción de su libro, para asegurar que las personas que no tienen los medios necesarios para producir riqueza sean insertados en el sistema de algún modo? Por ejemplo, asegurar que de una u otra forma los que no tienen tierras sean contratados para trabajar. ¿Por qué?
RESUMEN:
La Constitución Nacional dispone de un sistema político económico que permite la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales elementos de la producción. La formación de riqueza está dado por tres elementos: a) Las fuerzas o agentes productores (el trabajo); b) El modo de aplicación de esas fuerzas (la agricultura, el comercio y la industria fabril); c) Los productos.
Existen diferentes escuelas doctrinarias de fuerte intervención estatal en la organización de la industria (Esc. Mercantil; Economía Socialista), opuestas a la que ha seguido la Constitución en su plan económico y rentístico que han sido las escuelas de la “libertad económica” (Physiocrática; Esc. Industrial). Quedando de esta forma establecido el principio de división de riqueza, y solo encerrando en limites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos, o bien sea de la formación, administración y empleo del Tesoro Nacional.
NOVEDOSO:
Lo que me resulta llamativo del texto es como se estableció, teniendo como partida la Revolución de Mayo de 1810 y la lucha contra el sistema colonial, es ese principio de libertad económica tan fuerte que sirvió como base del plan económico y rentístico de la Constitución, donde el Estado no toma parte en la creación de la riqueza sino que tiene el poder de ayudar con la misma, o bien, no estorbar.
La frase “Por fortuna la libertad económica no es la libertad política”, me parece muy interesante, donde a continuación Alberdi explica de excelente manera el fundamento de la misma; donde asimila al dominio de la libertad económica con la libertad civil contemplada en la Constitución en los artículos 14 y 20.
PREGUNTAS AL AUTOR:
1) ¿A qué se refiere cuando habla de economía pura y cuál es la diferencia con la economía aplicada?
2) ¿Hoy en día ese principio de libertad económica no se encuentra de cierta forma afectado por un control estatal?
3) ¿Por qué el Estado solo debe limitarse a acompañar o no estorbar en la producción de riqueza y no podría formar parte en la misma? ¿No cuenta con alguno de los elementos necesarios (trabajo, capital, o tierra) para tal producción?
“El Sistema Económico y Rentístico”
1. Resumen:
En su introducción al libro “El Sistema Económico y Rentístico”, Alberdi busca determinar el sistema económico sobre el cual se asienta la Constitución Nacional, con el fin de facilitar su conocimiento y aplicación.
Alberdi, sostiene que la Constitución adopta el sistema de libertad económica.
Para lograr tal conclusión, realiza un breve análisis entre las distintas Escuelas Económicas.
Establece como contraria a la doctrina económica de la Constitución, a la Escuela Mercantil, que se caracteriza por la intervención del estado y, resalta como fuente de la Constitución, a la Escuela Physiocrática y Escuela Industrial, las cuales consideran a la libertad económica como el principal medio para lograr la riqueza.
2. Interesante o Novedoso
El hincapié que realiza Alberdi en el término riqueza.
Considerando, que si la riqueza es el principal motor para el desarrollo de un estado, se tiene que lograr no hacerle sombra a la misma y para ello se requiere que tanto el gobierno, no generador de riqueza, como la ley, le brinden una entera libertad a la riqueza.
Para Alberdi, la riqueza, es hija del trabajo, del capital y de la tierra y estas fuerzas, consideradas como instrumentos de producción, no son más que facultades que el hombre pone en ejercicio para crear los medios de satisfacer las necesidades de su naturaleza, la riqueza es obra del hombre, impuesta por el instinto de su conservación y mejora.
3. Tres preguntas que le harías al autor
-¿Considera que la forma en la cual se aplica en sentido económico la Constitución actualmente, es similar a la que imagino?
-Si la riqueza nace para satisfacer las necesidades de los hombres que la forman. ¿Cómo se logra satisfacer las necesidades de aquellos hombres que no pueden formarla?
-¿Considera necesaria una reforma de la Constitución Nacional en sentido económico?
Resumen:
El preámbulo del texto «Alberdi, sistema económico y rentistico» describe el sistema político económico establecido desde la Constitución Federal, el cual prioriza los agentes de producción que son tierra, capital y trabajo. A su vez ratifica la ley natural del equilibrio que abarca la distribución de la riqueza y los limites de consumo publico. Por lo tanto, los tres elementos que concurren a la formación de las riquezas destinado a generar riqueza son: fuerzas y agentes productores(trabajo, tierra y capital), modo de aplicación (agricultura, comercio y la industria fabril), y productos de la aplicación de esas fuerzas. En este texto, Alberdi también describe las escuela mercantil y phsiocratica brevemente. Finalmente concluye, estableciendo cuales son las garantías que forman el sistema rentistico o financiero del organismo económico financiero.
Cuestiones interesantes o novedosas
Lo que me pareció nuevo y sorprendente de este preámbulo, es cuando Alberdi responde la pregunta respecto al origen de la riqueza: «¿ quien hace la riqueza? ¿ Es la riqueza obra del gobierno? ¿Se decreta la riqueza?, ya que generalmente uno vincula la riqueza que genera un país con el gobierno que este de turno cuando en realidad no es así. El autor sotiene que el gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción pero no es obra suya la creación de la riqueza. A su vez sostiene que la riqueza es hija del trabajo, del capital y de la tierra; y como estas no son mas que facultades que el hombre pone en ejercicio para crear los medios de satisfacer las necesidades de su naturaleza, la riqueza es obra del hombre impuesta por el instinto de su conservación y mejora y obtenida por las facultades de que se halla dotado para alcanzar su destino en el mundo.
Preguntas que le haria al autor:
· ¿Existe algún tipo de limite a la política económica?
· ¿A que se llama consumo productivo e improductivo?
· ¿la libertad plena de las facultades productivas puede generar efectos negativos?
ECONOMIA POLITICA
ALBERDI INTRODUCCION
La economía se encuentra compuesta de tres grandes hechos, la producción, la distribución de la riqueza y el consumo
La constitución contiene un sistema completo de economía política, con principios para resolver cuestiones económicas
La política económica se divide en cuatro escuelas principales
La escuela mercantil, son un sistema protector y restrictivo, la riqueza era el dinero y el medio para adquirirla era la manufactura y comercio
Se aproxima a esta escuela, la económica socialista, que pide la intervención del estado en la industria, para el logro de un orden social más favorable
Ambas escuelas limitan la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de riqueza opuestas a la doctrina de la CN
Enfrente de estas dos escuelas y del lado de la libertad: Escuela physiocratica y la escuela industrial. La primera flaqueo por no conocer más fuente de riqueza que la tierra pero profeso la libertad como principio. Luego Adam Smith padre de la escuela industrial plantea el trabajo como principio esencial de la riqueza. A esta escuela que proclama la libertad, pertenece la CN
La libertad concedida al trabajo industrial en todas sus formas y aplicaciones, conviene para responder a las necesidades de la Republica
La riqueza es consecuencia del trabajo, capital y tierra, estas fuerzas son facultades que el hombre utiliza para saciar necesidades, por lo cual la riqueza es obra del hombre
Para que la riqueza se pueda crear se debe asegurar la libertad, no excluir de esa libertad a ninguno, lo que constituye la igualdad civil de todos los habitantes
El consumo es el fin y término de la riqueza, que tiene por objeto desaparecer en servicio de las necesidades y goces del hombre
La ley puede establecer reglas y garantías para que los consumos públicos o gastos del Estado no devoren la riqueza del país, para que el tesoro nacional se utilice para el bien común. El conjunto de estas garantías forma lo que se llama el sistema rentístico o financiero de la Confederación
Pensando el texto en la época que el autor lo redacto, no me llama la atención la intencionalidad e importancia que Alberdi le presta a la libertad, a la independencia.
La libertad se encuentra en el centro de todo el análisis acerca de la elección de la doctrina seguida por la Constitución Argentina.
No era momento de restricciones sino de expandir los horizontes de la Nación.
Para poder hacer prosperar a la Republica naciente, era necesario la fuerza de trabajo de todos los habitantes, para la satisfacción de necesidades.
Lo que no me quedo claro es de qué manera se distribuirá la riqueza de la nación, tema que me parece importante y en el que debió hacer más hincapié
¿Cuál es el límite a la libertad que tanto proclama Alberdi?
¿Los sectores privados, cuentan con esas mismas libertades?
¿En qué consiste la libertad civil a la que refiere?
a. Resumen del texto
Los políticos y legisladores deben respetar la doctrina económica y rentística que adoptó la Constitución con el objetivo de lograr la prosperidad de la Nación.
Siguiendo los lineamientos de la escuela de Adam Smith, la Carta Magna tiene como fin ayudar a los habitantes, nacionales y extranjeros por igual, a generar riqueza.
En lo económico: la intervención del Estado se reduce a garantizar la libertad de producción, distribución y consumo de la riqueza (pública y privada)
En lo rentístico: establece reglas y garantías para que el consumo público, o sea, el gasto público, se administre teniendo en miras el bien de la Nación.
En consecuencia, el presente libro se divide en tres partes: sobre la producción de la riqueza, sobre su distribución y sobre el consumo público.
b. Novedoso o importante
Me parece novedoso que haya una obra que explique la doctrina económica en la que se basó el texto constitucional original. Sin duda esta obra es de gran ayuda al interpretar el articulado de la Constitución y cualquier otra norma de nuestro ordenamiento pues como bien lo dice Alberdi, la doctrina subyacente es un mandato para los políticos y los legisladores, sean del partido político que sean.
c. Tres preguntas que le haría al autor
1. Qué diferencia hay entre política económica y economía política?
2. Qué opina usted del rol actual del Estado que ya no se limita a garantizar la libertad de trabajo sino que interviene en un grado importante en la economía?
3. No considera que una evolución «natural» de la economía puede implicar abusos hacia sectores más indefensos? No debería intervenir el Estado en ese caso?
Las distintas escuelas economicas, tenian posturas diferentes acerca de la formacion de la riqueza. Por un lado, la escuela Mercantil, que solo veia la riqueza en el dinero, seguia naturalmente el sistema protector y restrictivo. Frente a estas, la escuela de los physiocratas que profesaban la libertad que habia nacido en la revolucion de 1810 frente a la colonia española, vinculada al “dejar hacer” y por otro lado, en visperas de la Revolcion Francesa, Adam Smith proclamaba el trabajo libre como principio esencial de riqueza. La Libertad Economica fue el motivo principal de la revolucion contra el sistema colonial, lo cual llevaria a tener grandes necesidades por la falta de capital, caudales y riqueza. Esa Libertad no solo era economica sino tambien debia ser politica. El problema de la riqueza, la cual era creada por el hombre, era como se repartiria. El sistema economico de nuestra Constitucion Nacional coloca a la riqueza de la Nacion por sobre la riqueza del fisco. Mas alla de esto, lo mas dificil es que esas palabras se traduzcan en hechos.
El prologo me parecio muy interesante ya que plantea una vision economica de la Constitucion del 53 que no habia analizado anteriormente. Siempre analizamos el lado juridico, los derechos y garantias, los vacios legales, pero nunca habia pensado la constitucion desde una perspectiva economica, es mas, nunca pense que tendria bajo sus palabras un sentido economico. Creo que los conceptos de libertad economica y politica de ese entonces habian surgido con alma revolucionaria, lo cual fue de gran valentia contra la hegemonia española. Por otro lado, la riqueza no es creada por los gobiernos pero son ellos los que la manejan a su criterio, defendiendo intereses sectoriales por sobre los del hombre. Me gusto el prologo y me atrapo bastante.
La Constitucion actual de la Argentina, ¿ plantea el mismo sistema economico de prevalecer la riqueza de la nacion por sobre la del fisco? ¿Cómo?
Luego de tantos años de aquel prologo…¿Hoy tenemos libertad economica y politica?
¿Que tipo de sistema comprende la actual Constitucion Argentina, restrictiva o mas bien de mayor libertad?
Resumen:
La introducción es un resumen de lo que va a tratar el libro. Sin embargo nos deja ya pinceladas muy importantes de las ideas de Alberdi. Nos dice que la Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, el cual garantiza, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra. Y que en la C.N están todos los principios en cuyo sentido se han de resolver todas las cuestiones económicas del dominio de la legislación y de la política argentina. Es decir nos habla de que es una obra que si bien es del año 1853 nos marcará el camino de nuestra economía por siempre. Juan Bautista también nos adelanta que hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas: 1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital. 2° El modo de aplicación de esas fuerzas. 3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas. Y concluye con que el trabajo libre es el principio vital de las riquezas.
Importante:
Cabe resaltar varias afirmaciones:
“La riqueza importa a la prosperidad de la Nación. y a la existencia del poder. Sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado.”
“La escuela mercantil y la escuela socialista son son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina”
“Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina,”
“..la Constitución ha consagrado el principio de la libertad económica, por ser tradición política de la revolución de mayo de 1810 contra la dominación española, que hizo de esa libertad el motivo principal de guerra contra el sistema colonial o prohibitivo.”
3 preguntas al autor:
¿Qué rol le daría al Estado en materia financiera especulativa?
¿Cómo buscaría arreglar el déficit fiscal de nuestro país? ¿Y cómo lo explicaría, como constante de nuestros últimos 100 años?
¿Que regulación sería la conveniente para consensuar entre sectores como empleadores-empleados, empresarios-gremios?
Introduccion
Comienza explicando que el libro busca distinguir la ideología detrás de la CN y se apoya en tres temas principales: la necesidad de que haya libertad sobre la tierra el capital y el trabajo, la distribución nacional de la riqueza (como se consigue) y los límites que se aplican al consumo público. Luego explica lo siguiente
Hay dos dimensiones de la economía: una universal (teorías económicas) y una práctica que no es otra cosa que la nacional o aplicada. En esta reside la importancia de que el legislador, el hombre de estado etc. comprendan la ideología económica detrás del texto constitucional.
Entre escuelas Mercantil, Socialista y pyshiocratica a esta última pertenece la CN cuando defiende la libertad. Ya que en carácter de ley, en lo único que puede contribuir para la riqueza del país es garantizando la libertad económica y no la libertad política.
En un sistema de libertad de intercambio el problema de la distribución se resuelve por el movimiento natural del mercado. El productor no debe ser limitado en su ganancia pues esto es limitar el consumo privado individual. En cambio se debe limitar el consumo fiscal publico que es la riqueza de la nación.
Lo destacado
El autor realiza un paralelo entre las ideas planteadas en la CN con la ideología que hubo detrás de nuestra revolución libertadora. Señala que el texto constitucional es una “consagración” de la revolución social de américa. Y que impresa en ella esta la libertad económica, la libertad de cambio. En ello reflexiona que las limitaciones que la corona española imponía a la economía de nuestro territorio son las que se necesitan evitar en la instauración de un sistema constitucional.
Es particularmente interesante que al describir la escuela pysiocratica, señala que esta profesaba la libertad económica “reaccionando contra los monopolios de toda especie”. Si la reacción proviene del gobierno, esto lo interpreto como una contradicción.
Llama la atención la descripción de Argentina en cuanto a la carencia de “caminos, de puentes, de canales, de muelles de escuadras, de palacios para las autoridades.” En comparación con los resultados económicos de principio de siglo siguiente en que estos y más elementos pudieron conseguirse.
Preguntas
1. Si pudiera conocer Argentina actual, ¿Cree que los principios de libertad económica aun reflejados en la CN son suficientes para garantizarla?
2. ¿Cuál es su análisis sobre el control de constitucionalidad en los últimos años?
3. En la Introducción a su libro menciona que la escuela pysiocratica defiende la libertad económica “reaccionando contra los monopolios de toda especie”¿ De que tipo de reacción habla en este caso en particular?
1_ En la introducción al libro, Alberdi aborda el sistema económico dispuesto en la Constitución Nacional. Para esto, en principio se propone en forma corta explicar diversos modelos económicos inspirados en distintas escuelas económicas. Señala, brevemente, cuales son las fallas, a su juicio, de cada uno de dichos modelos, apuntando por ejemplo al fracaso del modelo adoptado por España. Con dichas explicaciones trasluce a viva voz su adopción de los principios de Adam Smith para introducir a la Constitución, tales como la libertad de los hombres para trabajar en cualquier industria según su propia decisión, ya que del trabajo es de donde surge la riqueza y no es el gobierno quien la genera. Este debe ser, a su criterio, el primer eslabón para el desarrollo social, económico y político de la Nación, que llevará a la expansión y crecimiento de la República. Con la libertad viene el progreso, el desarrollo.
2_ Lo que me sorprendió del texto es que en ese momento histórico el autor ya era consciente de los riesgos del poder. Es decir, entendía claramente que era el gobierno quien debía trabajar para el pueblo y en este principio se sostuvieron las garantías constitucionales para los habitantes. Quien trabaja es dueño de esas riquezas, por lo cual se decanta a través de la lectura, que Alberdi ya entendía los riesgos de la presión fiscal excesiva marcando que si cuando se reparte la ganancia, el productor no percibe lo que le corresponde luego su trabajo decaerá. Teniendo esto en cuenta es que piensa que el consumo privado no merece mayores restricciones, pero si apunta que el Estado debe ser controlado mediante leyes para que el país crezca, y no que debido al gobierno que esté su riqueza se vea perjudicada por ser dilapidada según los criterios de quien este en el poder.
3_ a) ¿Ya vislumbraba la posibilidad de la evasión fiscal al momento de la redacción? (en relación a respetar a rajatabla que las ganancias son de quién las produce, más allá de la contribución)
b) ¿Creía que la aceptación de los principios de igualdad constitucionales que planteaba serían fácilmente aceptados por toda la población?
c) ¿La libertad planteada era absoluta o concebía la explotación casi esclava del trabajador?
RESUMEN:
Juan Bautista Alberdi, en su introducción escribe que la Constitución Federal Argentina garantiza la libre acción de los agentes de la producción; ratifica la ley natural de equilibrio frente al fenómeno de distribución de la riqueza; y limita de forma discreta y justa a los consumos públicos.
Luego, continua enumerando los tres elementos que concurren a la formación de las riquezas: primero los agentes productores (trabajo tierra y capital); segundo, el modo de aplicación de las fuerzas (agricultura, comercio e industria fabril) y por último a los productos de la aplicación de esas fuerzas.
¿Regla o libertad?, dependiendo de la respuesta, Alberdi, encierra en dos grupos a cuatro escuelas del pensamiento económico. En el grupo de la regla, se encuentran la escuela mercantil y la socialista. Del otro lado del rio, se reúnen la escuela physiocratica y la industrial de Adam Smith, sobre esta última es en base la cual se alinea la doctrina económica de la Constitución Nacional.
La libertad en el ámbito económico es el camino para salir del desierto, de la pobreza y del atraso, sostiene Alberdi.
En síntesis, es de vital importancia garantizar la libertad e independencia de las funciones del organismo económico (producción, distribución y consumo).
NUEVO O SORPRENDENTE:
Como nuevo o sorprendente, resalto algunas líneas que llamaron mi atención.
“sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado”.
“La Constitución es, en materia económica, la expresión de una revolución de libertad, la consagración de la revolución social de América”.
El célebre memorial presentado por Moreno al último virrey español, pidiendo la libertad de comercio con Inglaterra.
Nuevo también me pareció el sistema de garantías y reglas establecidas a los consumos públicos para que no devoren la riqueza del país, esto es, el sistema rentístico o financiero de la Confederación.
PREGUNTAS AL AUTOR:
¿Qué opina de la gestión del gobierno saliente? ¿Hubo más regla que libertad? Siempre desde la óptica económica.
La riqueza, ¿la considera el motor o el producto de un economía prospera?
¿Demasiada libertad en el ámbito de la distribución de la riqueza, no puede ser peligrosa?
SISTEMA ECONOMICO Y RENTISTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA. J.B.ALBERDI
1º GUIA DE DISCUSION – MINGRONE, Noelia Paola
RESUMEN:
Hay dos escuelas en las que se divide la ciencia económica, cuyo punto de división se apoya en 3 elementos que conforman la riqueza: 1) Fuerzas o agentes productores (trabajo, tierra y capital), 2) Modo de aplicación de esas fuerzas y 3) Los productos de aplicación de esas fuerzas.
Hay dos vertientes en las que se apoyan estas escuelas: 1) Escuela Mercantil (Colbert): riqueza en el dinero, «sistema protector y restrictivo»; y la Escuela de Economía Socialista: intervención del Estado en la industria. Ambas escuelas opuestas a la doctrina económica de la Constitución. 2) Escuela Physiocrática (Quesnay): fuente de riqueza: la tierra, principio de libertad por su política económica contra los monopolios; y la Escuela Industrial (Adam Smith): trabajo como principio esencial de toda riqueza. La escuela de la libertad pertenece a la doctrina económica de la Constitución Argentina. La Constitución es la expresión de una revolución de libertad.
NOVEDOSO O IMPORTANTE:
El autor pone énfasis en el principio de la libertad económica. La riqueza nace del trabajo, capital y tierra, y como estas fuerzas consideradas como instrumentos de producción, no son más que facultades que el hombre pone en ejercicio para satisfacer necesidades de su naturaleza, la riqueza es obra del hombre, siguiendo su instinto de conservación y mejora. El Gobierno puede estorbar o ayudar a su producción, pero no es el creador de la riqueza.
El trabajo libre es el principio vital de las riquezas. Organizar el trabajo no es mas que organizar la libertad.
La riqueza no nace por nacer: tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre que la forma.
TRES PREGUNTAS AL AUTOR:
1) ¿Por qué la Constitución Argentina esta basada en la libertad económica y no en un Estado interventor y proteccionista?
2) ¿Cuál es el criterio para determinar cuáles son las necesidades más vitales del país?
3) ¿A qué se refiere con la premisa «libertad económica no es libertad política?
Economía política y economía argentina
Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina según su Constitución de 1853 – Juan Bautista Alberdi
Según Juan Bautista Alberdi la Constitución de 1853, de acuerdo con el momento histórico de la época, adopta como principio fundamental en materia económica la libertad a fin de garantizar la completa independencia de los elementos que son considerados necesarios para la formación de la riqueza: los agentes de producción, la distribución y el consumo. En su desarrollo, el autor hace una breve reseña de las escuelas en que se divide la economía política, a saber: la escuela mercantil y la socialista – de tinte proteccionista-; la physiocratica y la industrial, la última profesa la libertad como principio. Luego plantea la distinción entre la libertad política y la económica y finaliza haciendo una reflexión sobre lo acertado de los constituyentes al momento de adoptar tal decisión que hace a la Constitución Argentina novedosa frente a las demás de Latinoamérica.
Me resultó sorprendente la vehemencia con la que Alberdi aborda, defiende y justifica la libertad económica respecto de los elementos que hacen a la riqueza de una nación – producción, distribución y consumo. Alberdi considera fundamental la libertad económica porque ello hace a la riqueza de las naciones, y en consecuencia, es esencial para la organización y el florecimiento del Estado Argentino.
“La riqueza importa a la prosperidad de la Nación y a la existencia del poder. Sin rentas no hay gobierno, sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado.”
“Nuestra revolución abrazó la libertad económica, porque ella es el manantial que la ciencia reconoce a la riqueza de las naciones: porque la libertad convenía esencialmente a las necesidades de la desierta República Argentina, que debe atraer con ella la población, los capitales, las industrias de que carece hasta hoy[…]”
¿Cree usted que sigue siendo viable en la actualidad el sistema económico adoptado por la CN de 1853 teniendo en cuenta el rol actual del Estado?
¿Hasta dónde es posible proclamar el principio de libertad sin que ello sea perjudicial para sectores más indefensos de la economía y generar desigualdad como resultado?
¿Cuál es la escuela que influenció a los constituyentes para establecer la libertad económica como lineamiento a seguir en la CN?
Resumen del Texto:
Alberdi busca explicar el aspecto económico de la constitución, parte explicando las cuatro principales escuelas económicas: dos de ellas restringen la libertad: la mercantil, que solo ve la riqueza en la acumulación del dinero y la socialista, que limita la libertad de la producción, posesión y distribución de riqueza. Por otro lado están las escuelas physiocratas, que si bien se basaba en la riqueza de la tierra, introdujo el principio de la libertad, y la escuela industrial de Adam Smith, que expresa la libertad de todos sus elementos. En esta escuela se basa nuestra constitución, que consagra el principio de libertad, también como representación de la independencia de España.
Novedoso:
Me pareció interesante que el autor haya un texto doctrinario, pero en el aspecto económico. En un aparte del mismo, explica que el busca evitar que legistas y publicistas interpreten mal la constitución, para que no sea desviado de sus principios y fines económicos.
El autor consagra a la libertad económica en todos sus aspectos como principio. El país necesitaba crecer, y la única forma era que no haya trabas, asegurando plena libertad productiva, y de capital. Recalca todo el tiempo el principio de la libertad, pero también por el momento en que se vivía, de revoluciones.
Preguntas al autor:
1- ¿Qué sistema económico adoptaría hoy en día?
2- ¿Volvería a elegir el mismo sistema económico?
3- ¿Qué medidas adoptaría para evitar que el Tesoro Nacional, se aplique plenamente en utilidad de la Nación?
Alberdi preocupado por la falta de una organización política que garantizara las libertades individuales, explica en su obra el sistema republicano a que aspiraba y pensó un proyecto de Constitución para dar una idea práctica del modo de convertir en institución y en ley la doctrina allí expuesta.
Considera la libertad individual como principio fundamental e inalienable y generador de riquezas en todas las naciones.
Sostiene que la riqueza proviene de: 1-Factores productivos, trabajo, capital y tierra.
2-la aplicación de los factores, 3-los productos de la aplicación de esos factores.
Analiza las cuatro escuelas de Economía Política: la escuela mercantil: que sólo veía la riqueza en el dinero, la escuela económica socialista: sus bases sobre un nuevo orden social, la escuela psysiocrática: representada por Quesnay y la gran escuela industrial de Adam Smith que proclama el trabajo libre y la dignidad del trabajo, a la que considera que pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina.
Su Constitución debe reconocer entre sus grandes fines la inviolabilidad del derecho de propiedad y la libertad completa del trabajo y de la industria como tambien la necesidad de promover la inmigración como aliciente para el desarrollo y explotación de la riqueza.
Novedoso o importante:
Me parece importante que exista una obra de Alberdi que explique los fundamentos y principios fundamentales que dieron origen a nuestra Constitución.
El Derecho es la regla fundamental de la sociedad humana, el guardián de la libertad individual, estableciendo los límites al poder gubernamental concordante con los inalienables derecho a la vida, la libertad, la propiedad privada y la igualdad ante la ley de todos los habitantes.
La Constitución que Alberdi esperaba era para él, el medio más poderoso de pacificación y paz interior.
Preguntas:
¿Que causas originaron el actual déficit fiscal en la Rca Argentina?
¿Cuál sería la política económica más adecuada a seguir?
¿En qué casos sería necesario el intervencionismo estatal en la economía de un país?
El Sistema Económico y Rentistico.
Resumen:
Juan Bautista Alberdi, en su introducción de su obra alude a la existencia de un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, como principales agentes de la producción y distribución de la riqueza. Los principios de la economía están plasmados en la constitución nacional y por ende los legisladores no pueden seguir otros principios, ni otras doctrinas que los adoptados en la constitución, porque adoptar otro sistema, es desviarse de la constitución
Pero como la economía política es un caos es muy fácil que el legislador se desvié de la CN.
También, hace una breve reseña sobre las principales escuelas en que se divide la economía política. La escuela mercantil, socialista, pysiocratica y la industrial a esta ultima escuela pertenece la doctrina económica de la CN.
Como aspecto a destacar considero interesante que la creación de la riqueza no es obra del gobierno sino del hombre. La riqueza es hija del trabajo, del capital y de la tierra.
En este sentido, la constitución debe hacer es garantizar y asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre; no excluir de esa libertad a ninguno. La riqueza no nace por nacer: tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre. La prosperidad de la Nación depende de la generación de la riqueza. La ley nada tiene que hacer en los consumos privados; pero puede establecer reglas y garantías para los consumos públicos.
preguntas al autor:
1- Qué pasaría a la economía de un país si el estado deja de intervenir en la libertad económica?
2- Qué es la economía pura y aplicada?
3-beneficia completamente y en todos los aspectos que el estado intervenga en la libertad económica?
En la introducción del libro, Alberdi trata de explicar sobre que preceptos se basa el sistema de la política económica de la Nación en su Constitución: la libre acción del trabajo, el capital y la tierra como bases para la producción, la forma en la que se aplican a través de la agricultura, comercio e industria fabril, y finalmente los resultados obtenidos y la aplicación de los mismos que seria la distribución de la riqueza.
La Constitución Argentina se centra en los principios de la libertad económica basándose en una Nación en formación que debía atraer población, capitales, industrias para lograr la prosperidad.
El alcance de la Constitución seria el de garantizar la completa independencia y libertad de estos tres preceptos (trabajo, capital y tierra) y la regulación de los consumos públicos o gastos del tesoro nacional.
Según Alberdi, la libertad económica esta por sobre todas las cosas, y es la base de la riqueza de una Nación y en especial sobre la libertad política, que a mi parecer, en ningún momento de la historia argentina, la libertad económica pudo ser completamente independiente de la política. Considero que es una idea un tanto utópica, ya que cada gobierno utilizo la distribución de la riqueza a su manera.
Preguntas que le haría al autor:
-a partir de sus ideas y preceptos sobre la libertad económica y la regulación de los consumos públicos, ¿que tipo de estado querría, uno pequeño que achique el gasto publico o uno grande que garantice a la sociedad sanidad, educación, salud?
-¿que medidas tomaría para fomentar la agricultura, el comercio y la industria?
INTRODUCCIÓN
– Resumen del texto (Aprox. 10 renglones)
El autor busca reunir las disposiciones referentes a materia económica de la constitución Nacional y condensarlas en un instrumento de tipo científico. Se trata de economía política, y desviar las disposiciones constitucionales sobre economía, es desviarse de la misma. Los elementos que forman la riqueza son: las fuerzas o agentes productores, el modo de aplicación de las fuerzas, y los productos de las mismas. Las 4 escuelas de pensamiento económico del momento son: la escuela mercantil, que solo ve riqueza en el dinero, y es proteccionista y restrictiva, la economía socialista, que es similar, y favorece a aquellos con mayor número; estas 2 son caracterizadas como enemigas de la libertad y de la constitución. Del lado de la libertad, se presentan la escuela physiocrática, que cree que la única fuente de la riqueza es la tierra y la escuela industrial de Adam Smith del laissez faire. Las ideas de la libertad son las de las revoluciones americanas, y son las necesarias para traer prosperidad. El gobierno no crea riqueza, sino que estorba. El trabajo libre es el principio vital de las riquezas. La libertad económica es distinta de la libertad política, una es manejar la vida individual, y la otra, la vida de todos. La ley no debería regular los consumos privados, pero sí los consumos públicos; las garantías para la distribución de esto forma el sistema financiero de la confederación, para garantizar riqueza y libertad.
– Qué encontré de nuevo/sorprendente? (Aproximadamente 10 renglones)
Increíble cómo habla de la miseria en el país, incluso desde ese entonces. La libertad de la que habla parece completamente ausente del sistema político, y sobre todo financiero en la actualidad. Aún más, mencionar tal concepto hoy en día en círculos de debate intelectual, sean públicos o privados, conlleva estigmatización automática, y la equiparación de la persona a sistemas totalitarios. Sorprende la mención de riqueza en otras partes de la región, aunque sea el Perú y aunque sea circunstancialmente: actualmente, Perú es parte de la alianza del pacífico y el TPP, y atraviesa una etapa de prosperidad enorme, de la cual argentina solo puede envidiar, aún teniendo Perú una fracción de la población, recursos y potencial en general que la Argentina. Esto también se ve reflejado en que un banco peruano cualquiera, tiene más valor financiero que todo el sistema financiero argentino. Los ejemplos de los países de la region son varios. Se evidencian actualmente 2 bloques dentro de la region, que Alberti comunaba bajo las mismas ideas revolucionarias: la alianza del pacífico, que tiene diversos acuerdos de libre comercio con varios países del mundo, y mantiene, en líneas generales, los gastos de la administración pública a raya (citando el caso de chile, primero en la región en el índice de libertad económica de la fundación heritage), frente al MERCOSUR, que tiene a Argentina y Brasil de potencias, y sigue las directrices que Alberti considera como opuestas al sentido de la Constitucion Nacional y la libertad, encuadrándose en el denominado “soclismo del SXXI”. Este ultimo bloque tiene origen en un tratado de libre comercio y cooperación entre países, que fue dejado sin efecto casi en su totalidad debido a la falta de voluntad de Argentina de integrarse a la region, y se vio reducido a un pacto de libre comercio entre Brasil y Uruguay en la actualidad. El primer bloque, crece, en promedio, 2 a 3 veces más que el segundo. Claramente, la posición de Alberdi suena completamente actual, y las ideas para lograr la prosperidad se han revelado, como varias veces, acertadas. Una lástima que, en la confederación argentina, hayan sido reducidas a la categoría de tabú.
– Qué 3 preguntas le haría al autor?
1) Si estuviese vivo ahora, y observase el país, la region, y el mundo, qué pensaría con respecto a lo dicho en el capítulo? Alteraría esto su visión del sistema rentístico?
2) Porqué equipara el sistema mercantilista al sistema socialista? De encontrarse en la actualidad, y analizando la historia que nos separa del momento de escritura del libro, cómo explicaría la evolución y radicación del sistema de pensamiento y doctrina económica socialista?
3) Dada la importancia fundamental de las disposciones económicas, no previó ulteriores problemas con violaciones a las mismas? Porqué no hubo una legislación más precisa, concisa y restrictiva en la Constitucion Nacional a fin de defender estos principios?
Juan Ignacio Molina
GUIA DE DISCUSIÓN. SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA
Capítulo: Introducción.
Resumen: En la introducción de su obra, Alberdi nos empieza a hablar del sistema completo de política económica que contiene la Constitución Nacional donde además propone hacer una recopilación de esas disposiciones para hacer al mejor entendimiento de las mismas. Clasifica su análisis dentro de un estudio real o como lo llama el autor economía aplicada o positiva. Nos acerca una clasificación de las principales escuelas económicas con sus virtudes y falencias y cuales son las diferencias entre ellas tomando en cuenta ejes que hacen a la formación de las riquezas (fuerzas productoras, modo de aplicación de estas fuerzas y el producto del mismo). Nos remarca que la Constitución se inclina por la doctrina de la escuela industrial, de Alan Smith y la justifica con que es así debido a que los principios de libertad enunciados en esa escuela tienen en los hechos acontecidos durante la Revolución de Mayo de 1810 una base ideológica para la creación de la CN con esos pensamientos. Además, resalta que para lograr un progreso y una evolución de la Nación no se puede contradecir en términos ecónomicos aquella idea que se volcó en la CN originalmente, porque iría a trasmano del ritmo que tome el país. Finalmente, explica como se genera, según el pensamiento del autor, la riqueza, quienes la generan y que función debe cumplir el gobierno de turno para acompañar esas políticas económicas para seguir el deseo original de los constituyentes.
Lo Novedoso o llamativo: Me resultó impactante como Alberdi a través de su pensamiento respecto de la escuela industrial de Smith, cree que van a resolverse los problemas acaecidos con los otros sistemas económicos que el previamente contrasta. Expone una situación futura dónde analizando situaciones hipotéticas de acuerdo a decisiones naturales como el laissez faire o laissez passer sumado al acompañamiento de políticas de gobierno generen una situación de prosperidad indpendientemente de las condiciones políticas, sociales y culturales de cada lugar. Habla de un análisis por fuera de una generalidad filosófica y, sin embargo, sostiene que ciertas variables van a dar el mismo resultado en todos lados.
Preguntas: ¿Considera que actualmente podrían darse esas condiciones de prosperidad con el sistema de A. Smith, luego de aplicarse en distintos lugares del mundo?
Si la distribución de la riqueza debe darse de manera natural y sin ninguna intervención, ¿Es justo que se genere mucha desigualdad entre algunos individuos?
¿Es posible diferenciar la libertad económica de la libertad política hoy en día? ¿Como influye el impacto en la sociedad respecto de las medidas tomadas o no segun las distintas libertades?
GUÍA DE DISCUSIÓN. SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA Capítulo: Introducción.
La Constitución de nuestra república enmarca un sistema complejo de política económica a los fines de garantizar la libre acción del trabajo, el capital y la tierra, como principales agentes de producción, instituyendo limites, mediante la ley, en lo que respecta a los consumos públicos, a los fines de mantener un natural equilibrio en la distribución de las riquezas. Por tal motivo, a los fines de facilitar la ejecución de tales preceptos constitucionales, Alberdi, se embarca en el estudio de tales disposiciones constitucionales, partiendo de la base de que la riqueza es la clave de la prosperidad de una nación y de la existencia del poder, mediante un exhaustivo análisis de los tres agentes que concurren en de conformación de ella -fuerzas o agentes productores (trabajo, tierra y capital), el modo de aplicación de esas fuerzas, y los productos de la aplicación de estas-. Sosteniendo que a los fines de la concreción de tales ideales constitucionales, el legislador deberá legislar en materia económica con suma cautela, debido a que es asunto de prosperidad o ruina de un país, sin desviarse de la Constitución no alterar sus principios ni miras económicas.
Analiza, seguidamente, el consumo como fin y termino de la riqueza, a los fines de la satisfacción de necesidades del hombre -distingue entre: consumo productivo y consumo improductivo, publico y privado-, haciendo inca pie en que la ley no debe de legislar sobre los consumos privados (pues ests al legislador para nada le competen), pero si deberá de hacerlo sobre los consumos públicos, estableciendo reglas y garantías para la preservación de la riqueza del Estado, conformando, en su conjunto, lo que denomina: Sistema Rentístico o Financiero.
SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA
INTRODUCCIÓN (Resumen)
El Sistema económico y rentístico de La Confederación Argentina, estaba destinado a brindar los lineamientos generales para una política económica coherente con las disposiciones consagradas por la Constitución Nacional de 1853. Ésta constitución federal argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, como principales agentes de la producción. Ratifica la ley natural de equilibrio que preside el fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.Toda esta materia económica se halla comprendida en estas tres grandes divisiones de los hechos que la constituyen. Hace puro hincapié en la libertad económica que otorga la Constitución de 1853 como clave fundamental para el desarrollo de una guía sobre cuáles deberían ser los principios y reglas inamovibles de las futuras leyes reglamentarias de los derechos, deberes y garantías establecidos en la sección dogmática que el legislador debería respetar.
SORPRENDENTE O NOVEDAD:
En el momento en que Alberdi escribe su libro, todavía perduraba el arraigo al esquema de la vida comercial y jurídica del viejo virreinato, y de alguna manera impone que el futuro legislador deba promover la derogación expresa y terminante de todas las leyes y reglamentaciones anteriores a la Constitución de 1853, que limiten o alteren los principios del nuevo sistema constitucional liberal, y me parece sorprendente que prevé que la política es un caos en el cual es muy fácil que el legislador o el publicista se desvíen y alteren sus principios y miras económicas. Asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre constituye la igualdad civil de todos los habitantes y esa libertad protege y asegura los frutos de la industria, toda creación de riqueza. Así organizar el trabajo no es mas que organizar la libertad y es por esto que la Constitución Argentina se coloca sobre todas las Constituciones Republicanas de América del Sur, a mi entender una novedad importante.
PREGUNTAS QUE LE HARÍA AL AUTOR:
1) ¿La deliberada limitación de la actuación del Estado, es justamente todo lo contrario del pensamiento dominante actualmente?
2) ¿La Constitución de 1853 consagro un sistema orgánico y coherente con el fin de crear las condiciones político-institucionales futuras?
3) ¿Necesitaba Alberdi un país constituido sobre una base contraria a toda intervención y desborde de poder?