Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el texto de Alberdi, Sistema Económico y Rentístico. Alberdi sostenía que incluso las libertades que hoy llamaríamos “políticas” tenían también un contenido de libertad económica. Por ejemplo:
“La libertad o derecho de petición, es una salvaguardia de la producción económica, pues ella ofrece el camino de obtener la ejecución de la ley, que protege el capital, la tierra y el trabajo, sin cuya seguridad la riqueza carece de estímulo y la producción de objeto.
La libertad o derecho de locomoción es un auxilio de tal modo indispensable al ejercicio de toda industria y a la producción de toda riqueza, que sin ella o con las trabas puestas a su ejercicio, es imposible concebir la práctica del comercio, v. g., que es la producción o aumento del valor de las cosas por su traslación del punto de su producción al de su consumo; y no es menos difícil concebir producción agrícola o fabril, donde falta el derecho de darle la circulación, que le sirve de pábulo y de estímulo.
La libertad de publicar por la prensa importa esencialmente a la producción económica, ya se considere como medio de ejercer la industria literaria o intelectual, o bien como garantía tutelar de todas las garantías y libertades tanto económicas como políticas. La experiencia acredita que nunca es abundante la producción de la riqueza, en donde no hay libertad de delatar y de combatir por la prensa los errores y abusos que embarazan la industria; y, sobre todo, de dar a luz todas las verdades con que las ciencias físicas y exactas contribuyen a extender y perfeccionar los medios de producción.
La libertad de usar y disponer de su propiedad es un complemento de la libertad del trabajo y del derecho de propiedad; garantía adicional de grande utilidad contra la tendencia de la economía socialista de esta época, que, con pretexto de organizar esos derechos, pretende restringir el uso y disponibilidad de la propiedad (cuando no niega el derecho que ésta tiene de existir), y nivelar el trabajo del imbécil con el trabajo del genio.
La libertad de asociación aplicada a la industria, es uno de los resortes más poderosos que reconozca la producción económica moderna; y en la República Argentina es garantía del único medio de satisfacer la necesidad que ese país tiene de emprender la construcción de ferrocarriles, de promover la inmigración europea, de poner establecimientos de crédito privado, mediante la acción de capitales asociados o unidos, para obrar en el interés de esos fines y objetos.
La libertad de asociación supone el ejercicio de las otras libertades económicas; pues si el crédito, si el trabajo, si el uso de la propiedad, si la locomoción no son del todo libres, ¿para qué ha de servir la libertad de asociación en materia industrial?
El derecho de profesar libremente su culto, es una garantía que importa a la producción de la riqueza argentina, tanto como a su progreso moral y religioso. La República Argentina no tendrá inmigración, población ni brazos, siempre que exija de los inmigrantes disidentes, que son los más aptos para la industria, el sacrificio inmoral del altar en que han sido educados, como si la religión aprendida en la edad madura tuviese poder alguno y fuese capaz de reemplazar la que se ha mamado con la leche.
La libertad de enseñar y aprender se relaciona fuertemente con la producción de la riqueza, ya se considere la primera como industria productiva, ya se miren ambas como medio de perfeccionar y de extender la educación industrial, o como derogación de las rancias leyes sobre maestrías y contratos de aprendizaje. En este sentido las leyes restrictivas de la libertad de enseñar y aprender, a la par que ofensivas a la Constitución que las consagra, serían opuestas al interés de la riqueza argentina.
A los principios que anteceden, consagrados por la Constitución argentina a favor de la producción de la riqueza, añade otro ese código, que procurando satisfacer solamente una necesidad de moral y religión, sirve a los intereses del trabajo industrial, curándole de una llaga afrentosa. El trabajo esclavo mengua el provecho y el honor del trabajo libre. El hombre-máquina, el hombre-cosa, el hombre-ajeno, es instrumento sacrílego, con que el ocioso e inmoral dueño de su hermano obliga a malbaratar el producto de un hombre libre, que no puede concurrir con el esclavo, pues trabaja de balde porque trabaja para otro.”
1)Haciendo un resumen de las ideas de Alberdi puedo mencionar que:
a) Afirma que el bienestar general se promoverá, con un pensamiento libre y garantizado en todo aspecto, por lo que realiza un desarrollo acerca de las garantías generales de la producción (libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción), desde un punto de vista mas económico que político, al entender que las derechos protegidos en la Constitución tienen la intención de asegurar las fuentes o principios de riqueza y el bienestar material para el país.
b) Procura que las garantías (antes mencionadas) deben ser otorgadas no solo a los hijos del país, sino a todos los que quieran habitar el suelo argentino, entendiendo necesaria la aceptación de la inmigración para el aumento de la productividad y desarrollo de la riqueza.
c) Encuentra en cada uno de los derechos de libertad consagrados en el art. 14 y en demás disposiciones, fundamento necesario para el desarrollo y protección de todos los medios y modos de producción de nuestro país; al igual que destaca la importancia de la igualdad (principalmente en el trabajo, y en las cargas publicas hacia la promoción de la riqueza), de la propiedad (considerada como principio general de la riqueza) , de la seguridad (necesaria para el apto desempeño de los agentes de producción), y de la instrucción (facilitadora de la inmigración libre y el aprendizaje de las generaciones futuras).
2) Con respecto al fomento de la inmigración, resulta destacable que el apoyo y las facilidades otorgadas a los inmigrantes por nuestra Constitución, hayan permitido realmente el crecimiento y desarrollo de nuestra Nación, entendiendo a Alberdi como un adelantado en el tiempo, ya que, supo ver las necesidades y problemas, no solo de su actualidad, sino las del futuro de un país (que no todos los políticos, economistas, gobernantes hoy en día saben visualizar). Ademas, con respecto a su punto de vista económico acerca de las garantías constitucionales, me sorprende, que pudo encontrar explicaciones no solo políticas, culturales para cada una de las garantías, siendo un notable personaje histórico de avanzado pensamiento.
3) Con respecto a la inmigración ¿Qué pensaría en la actualidad de la calidad de inmigrantes que han llegado a nuestro país, fue la que usted esperaba en su época?
Con respecto al valor que le daba a la garantía de la igualdad ¿Qué pensaría en la actualidad de las desigualdades sociales, culturales, laborales y económicas que se viven, siente que se respeta el valor de la igualdad?
Con respecto al fomento de la industria ¿Que pensaría en la actualidad, teniendo en cuenta la falta de industrialización con la cantidad de recursos que hay en nuestro país?
RESUMEN
Alberdi sostiene que el texto constitucional contrasta con una base material que es la relación colonial entre la Argentina y España, donde existía un sometimiento de las colonias al fisco español que concluyó con la independencia. Sin embargo, la Nación no puede desentenderse de la herencia de los hábitos al asfixiante peso del fisco.
La riqueza de la Nación no es lo mismo a decir la riqueza del fisco pero sí es preciso decir que no puede haber fisco rico con una Nación «desierta y pobre». El Estado debe dar garantías a los productores y los trabajadores para que estos generen riqueza a la Nación.
Finalmente detalla que la Constitución reconoce el derecho a la libertad también en la explotación económica; la igualdad como base para los impuestos y las cargas públicas, para eliminar el esclavismo, y la extensión de los derechos a todos los extranjeros que quieran habitar la República; la garantía de la propiedad tanto intelectual como productiva pero también del salario; y reconoce sustancial la seguridad personal para proteger a los ciudadanos.
NOVEDOSO
Creo que lo más novedoso que surge de la lectura de los pasajes es que Alberdi tiene un razonamiento central en que funda todas sus posiciones: la necesidad de poblar, producir y crecer como Nación.
La perspectiva ideológica en la que se sustenta procura una poco frecuente (para la época) diferenciación entre riqueza de una Nación y la riqueza de su tesoro, siendo que la primera es la riqueza de los privados y la segunda la de su gobierno. Esto rompe con la idea monárquica de la opulencia como demostración de poder, y se acerca al criterio de riqueza que florece en la capacidad productiva de la Nación.
También es relevante que identifica el desafío para la Nación en poder concluir con los hábitos heredados del viejo régimen, sabiendo que dicho proceso será largo y dificultoso.
PREGUNTAS
1. Entendiendo que la historia colonial Argentina tenía una tendencia hacia reproducir las formas del sistema monárquico ¿no era mejor entonces acotar los poderes del Ejecutivo aún más para asegurar una compensación armoniosa que le dé más primacía a los ciudadanos?
2. A la luz de los hechos actuales y nuestra tradición ¿es posible imaginar una Argentina que logre transitar más rápidamente hacia un sistema de generación de riqueza privada y que no se centre en la riqueza de su fisco?
Federico Esswein
34.705.227
Guía de discusión N°2: Primera Parte Capitulo Primero y Capitulo Segundo (artículo °1 y °2)
SINTESIS
El primer capítulo hace referencia a los medios conducentes a los fines de bienestar general de la población (fomento de la industria, inmigración, importación de capitales extranjeros, etc) como instrumentos de la producción de la riqueza. Sin embargo, plantea la necesidad de crear un régimen moderno donde la riqueza del fisco no sea el principal enemigo de la riqueza del país.
En el segundo capítulo (art. °1) se enumeran los derechos y garantías protectoras de la producción: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. En cada uno de estos aspectos destaca la inmensa trascendencia en el ejercicio de la producción económica. Con respecto a la libertad enumera cuestiones fundamentales para todos los habitantes, nacionales o extranjeros (derecho al trabajo y a ejercer industria licita; derecho a petición; derecho a publicar ideas sin censura; derecho a locomoción; derecho a la propiedad, a la libertad de asociación, a profesar libremente el culto, y libertad de enseñar y aprender). Por otro lado, consagra que “todos los habitantes son iguales ante la ley” y es por ello que en relación con la producción la CN otorga al ciudadano la libertad personal glorificando el trabajo que en definitiva es la fuente de su fortuna. Destaca que la propiedad es inviolable y atribuye exclusivamente al Congreso el poder de establecer contribuciones o enajenación forzosa de ésta prohibiendo la delegación de tal facultad en el PE. A favor de la seguridad individual, sanciona las garantías del art.°18 (defensa en juicio, ley previa, etc.) y la inviolabilidad del hogar en el art.°19. Niega además, facultades extraordinarias al PE. Por último, interviene en favor de la instrucción libre y gratuita, debiendo ser variada atendiendo objetos y necesidades que se presentan en la vida social, para instruir a las nuevas generaciones en el ejercicio práctico de los medios de producción.
Finalmente, en el art. °2 hace hincapié en la necesidad de organizar la agricultura según la mente de una Constitución moderna, facilitando todos los medios y poniendo al alcance de todos los opulentos recursos y manantiales de riqueza que presenta nuestra tierra.
ASPECTO NOVEDOSO
Es increíble como el principal enemigo de la riqueza del país es la riqueza del Fisco, cuando en realidad las rentas deberían destinarse a combatir la miseria y el atraso. A pesar de todas las garantías comunes referenciadas, en cada una de ellas se ve cómo es posible vulnerar el espíritu de la ley, y puntualmente en relación a la producción económica, ya sea mediante el pretexto de “organizar “la libertad o atentando contra la Constitución. Parece que olvidamos que proteger el capital, la tierra y el trabajo asegura la riqueza. Lamentablemente la peor inseguridad para las personas es la que nace del vicio de las leyes y de la arbitrariedad de los magistrados.
PREGUNTAS
1. ¿Cómo se pueden prever y evitar los peligros que acarrea limitar las garantías en el ámbito de la igualdad, cuando se crean leyes o reglamentos protectores de ciertos géneros de producción por medio de prohibiciones o altos impuestos? Ejemplo. Fallo Hileret sobre “impuestos ahogantes”
2. ¿Consideraría suficiente el estímulo existente a la hora de enseñar y aprender, para perfeccionar la educación industrial?
3. ¿No resulta contradictorio que el Estado pueda atacar a la propiedad reconocida como un derecho inviolable, en nombre de la utilidad pública? Si bien el Congreso debe calificar por ley tal necesidad, está en juego la fortuna de los argentinos. ¿El único límite es el art.°29 que prohíbe la delegación al PE?
Resumen:
Alberdi en esta sección destaca un hecho que significó el cambio más profundo que nuestra Constitución haya introducido. Aquel rango preponderante que ésta le otorga a la producción de la riqueza nacional. De hecho, es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del Gobierno. (La riqueza pública antes que la fiscal, la rama accesoria). Y remarca que su importancia se debe que este hecho constituye casi toda la revolución argentina contra España, y lo más importante es poner en ejecución este moderno régimen, ya que el colonial sigue en nuestros hábitos. Para ello, expone aquellas garantías constitucionales protectoras de tal producción; (“solo los intereses materiales son los que constituyen inmediatamente al bienestar general”).
La producción de las riquezas, opera a través de tres agentes (trabajo, capital y tierra) y la acción de estos opera a través de tres modos (la agricultura, las fábricas y el comercio). En base a dicha descripción, nuestra Carta Magna, estableció garantías comunes, como la Libertad, la Igualdad, la Propiedad, la Seguridad y la Instrucción y al consagrarlas lo que quiso hacer, fue asegurar el bienestar material.
Novedoso
Alberdi deja en claro que la riqueza del Fisco siempre ha sido, nada más ni nada menos, que el peor enemigo de la riqueza del país, legado del antiguo régimen colonial. Y la Constitución viene zanjar dicho error, por ende se hace necesario poner en ejecución, que deje de ser un deseo abstracto.
Por otro lado, es interesante todo el desarrollo contenido en las disposiciones constitucionales; cómo cada garantía se interrelaciona con la otra, formando una engranaje óptimo.
La “libertad” es para todos, nos nutrimos también, gracias a la aptitud extranjera. Nuestro derecho fundamental desconoce todo tipo de distinciones del antiguo derecho realista, solo la libertad y la independencia es amada donde hay “hombres libres”. La “propiedad” es el móvil y estímulo de la producción, y como tal puede ser atacada por el Estado en nombre de la Utilidad pública, o del derecho penal, por ejemplo; por ello la Constitución la protege. También sin su apoyo que “asegure el señorío personal”, la riqueza no puede tener desarrollo. Y por último, es indispensable una “instrucción general” al efecto de servir a la prosperidad y bienestar material.
Preguntas que le haría al autor:
1) ¿Es posible ir más allá de la ambición gubernamental, priorizar la riqueza de un país, cuando un sector grande de la misma población se opone, por más que lo garantice la Constitución?
2) Teniendo en cuenta que toda ley, decreto o acto que restrinja o comprometa la Libertad es un ataque a la riqueza, al progreso material del país, ¿Cuáles serian los parámetros objetivos que tiene que tener en cuenta en la realidad un legislador para no cruzar esa línea tan delgada?
3) ¿El reconocimiento al derecho de Propiedad, implica concretamente echar por tierra cualquier avance socialista?
Resumen: En este texto Alberdi nos demuestra con claridad y erudición la forma en que las llamadas “libertades políticas” son indisolubles de las libertades de índole económica. Para sostener su tesis, nos invita a repasar las diversas facetas que imperaban, en el momento en que el autor escribía ese texto, respecto de las libertades políticas. Así, vemos la relevancia que tienen, por ejemplo, el derecho de petición, la libertad de culto o el derecho de locomoción en el pleno desarrollo de las sociedades capitalistas. Siempre relacionándolas con la forma en que estas se vinculan, en algún sentido, con los derechos económicos. Es claro que el autor ve en el respeto de estas instituciones, la única vía para que el capital, la tierra y el trabajo conviertan al territorio argentino, de un gran desierto, al faro del progreso y la libertad de Latinoamérica.
Lo novedoso: En este punto lo que me resulta más interesante, es la forma en que Alberdi percibía los derechos. Interpreto que estaba lejos de percibirlos como cúmulos separados de reconocimientos de prerrogativas ante el poder estatal, sino que veía a los derechos como una estructura mucho más compleja, de modo que el jurista no sería capaz de limitar un derecho sin estar desconociendo, al menos, de modo indirecto a otros de distintas categoría. Por lo que esta estructura compleja de interconexión entre derechos me resulta lo más novedoso en la obra alberdiana. En cierto punto me recuerda a la obra de Alexis de Tocqueville, “democracia en América”, en el que el autor nos muestra como el ejercicio de ciertas libertades por parte de los ciudadanos norteamericanos puede llegar a tener las consecuencias más insospechadas. De modo que a pesar de que a los autores los separaban continentes, sus concepciones, en este caso, son muy similares respecto a lo beneficiosa que resulta la libertad.
Preguntas:
1. Tomando en cuenta la gran importancia que le da a los derechos individuales: ¿Considera posible que exista el abuso de derecho?
2. En cuanto al derecho de aprender y los inmigrantes ¿Sería acertado someter a los ciudadanos extranjeros al pago de una cuota por el beneficio de cursar una carrera en nuestras universidades públicas?
3. ¿El estado debe garantizar y promover la educación religiosa de todo ciudadano que profese culto alguno? (Como reconoce el Pacto de San José de Costa Rica) ¿O esa esfera debe quedar reservada a la esfera privada de cada ciudadano?
Recalde Eugenio.Sintesis J.J Alberdi
Afirma que el preambulo,consagra la libertad de todos los que viven en suelo argentino,que se trata de recibir la mayor cantidad de personas sin importar su, raza,creencias,o religiones que argentina necesita de esa mano de obra como asi tambien la imigracion de nuevos capitales,el ingreso de nuevas industrias,y que no se puede cometer los herrores que cometieron la colonia española que la creacion de riqueza era la economia confiscatoria,y que no se debe interponer el fisco a la Nacion.La Nacion, cuenta con la riqueza de sus recursos naturales que son en gran cantidad y calidad que los legisladores deben gobernar con leyes que sean protectoras a este sistema economico y que no deben de apartarse de la supremacia de la C.N,que la libertad esta garantizada tanto en la produccion como, la propiedad privada asi tambien como la libre expresion
y la libertad de todos los exclavos.Finalmente hace un analisis de los art.14,15,16 y 20 de la C.N.donde encuentra todas las herramientas para el mejor vivir de todos los ciudadanos y extranjeros y que es el legislador quien no se debe apartar de todos estos principios.
Lo que mas me sorprende de este pensador es la vision futurista y la informacion y su compromiso con la Nacion,y con el pensamiento de Adan Smith, del libre mercado y la no intervencion del Estado en la economia.
Preguntas
¿Que opinion le merece la flexibilidad laboral a la hora de protejer la economia y la produccion?
¿Que opinion tiene refernte al libre mercado de hoy,cuando los paises con poder economico dañan las exportaciones de paises como la Argentina y los EE.UU,.ej.la exportacion de limones y la de biocombustibles.
¿Que diria hoy sobre la posible,imigracion de mano de obra de paises Africanos y Musulmanes con referencia a las cuestiones religiosa que afectan la seguridad a nivel mundial.
Resumen
La Constitución Nacional establece una serie de garantías dispersas en varios artículos de la misma. Garantías en materia de libertad, igualdad, propiedad, seguridad, instrucción, prensa, petición, asociación, de culto, etc. Detallando cada una de ellas a lo largo de todo el texto. Hace especial referencia al principio de libertad, tanto civil como comercial. Se ve a ésta como principal instrumento para el desarrollo de la riqueza de un país, teniendo en cuenta que el gran motor de la economía es la producción agrícola, hace mención a que toda norma, decreto o acto que la restrinja, estaría yendo en contra de un país, y que en caso de no ayudar a el avance de la producción, deberían dejar que estos hagan lo que consideran más adecuado y no inmiscuirse.
Lo novedoso
Lo más novedoso del artículo fue lo expuesto en su página 8 donde habla del Tesoro Fiscal. Vale preguntarse si; realmente somos una población que busca el bienestar general, o simplemente somos máquinas que estamos para «agrandar» la riqueza del fisco, somos reales productores de una economía que quiere avanzar o solo tratamos de cubrir esa «cuota» que nos imponen para cumplir con nuestro rol de ciudadano, buscamos con vocación el crecimiento de la Nación o simplemente nos llenamos los pulmones con frases hechas tales como «sin trabajo no hay futuro», y en realidad solo buscamos llegar a ese piso mínimo de dinero para poder sobrevivir un día más.?
Preguntas
– Considera usted que un extranjero tiene mejor voluntad para el trabajo que un Nacional?
– Estás garantías expuestas, se respetan a raja tabla hoy en día?
– Si el trabajo no puede existir sin el hombre, tampoco el capital ni la tierra. Cuál sería una alternativa posible para suplir al hombre, si vemos que de su parte no hay interés en realizar su trabajo?
Resumen
Juan B. Alberdi estipula que el bienestar general, uno de los objetivos que se encuentran en el Preámbulo, está formado por varios intereses pero que el interés material contribuye de manera inmediata para lograrlo, ya que “el bienestar material es el punto de partida y el resumen de la prosperidad presente”. Para ello nos relata cuáles son los derechos y garantías postulados en la Constitución que protegen a la producción: la libertad económica, basándose principalmente en el art. 14, para trabajar y ejercer industria licita, publicar ideas por la prensa, enseñar y aprender, entre otras; la igualdad, para todos los habitantes (nacionales y extranjeros); la propiedad, en la cual existe el amplio derecho de uso y disposición de la misma que siendo arrebatada solamente significaría arrebatar a la producción sus instrumentos; la seguridad personal, ya que los agentes de producción no pueden llevar a cabo sus funciones sin la intervención del hombre por lo cual éste es protegido contra las agresiones de la ley, de la autoridad y del interés individual; y por último, la instrucción de las nuevas generaciones en el ejercicio de los medios de producción.
NOVEDOSO
“La Constitución Argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno…” es interesante que la Constitución ponga de relieve que es fundamental colocar a la Nación primero que el gobierno ya que por medio de la prosperidad de la Nación se podrán lograr obtener contribuciones.
También es novedoso el punto de vista económico que otorga a los artículos de la Constitución, por ejemplo en el art.14 que se habla de “el derecho de profesar libremente su culto” se lo relaciona con el respeto hacia distintas religiones que podrían tener los extranjeros y nacionales que serán agentes de producción.
1) ¿Considera que en esta época se da preponderancia a la producción de la riqueza nacional o a la formación del Tesoro?
2) Los inmigrantes han ayudado a formar la Nación, ahora bien, es inevitable que cada tanto aparezca un discurso xenófobo acerca de su incidencia en el mercado laboral, ¿Cuáles serían sus argumentos acerca de lo fundamental que es su mano de obra para el desarrollo de la producción?
3) ¿Por qué cree que el art.25 sólo establece que el gobierno fomentara la inmigración europea?
En este fragmento que analizamos, Alberdi da cuenta del cambio de paradigma que sustenta el texto constitucional en cuanto al cambio de objetivo del derecho tributario o fiscal, dando prioridad al desarrollo individual como estrategia nacional de acceso a la riqueza para la prosperidad común. Junto a esto explica la dificultad para su puesta en práctica por la inercia de la herencia colonial al respecto.
Analiza diversos artículos de la Constitución que refieren a lo que denomina “garantías de la producción en general” y los amalgama con su ideario Liberal de la economía nacional.
Da cuenta pormenorizada de la importancia de cada una de las garantías en la fluidez del sistema y las consecuencias de sus alteraciones mediante una regulación o intervención estatal que las inhiba de algún modo.
Sin duda es novedosa para la época una visión sumamente universalista de los derechos, más allá de su motivación económica, no deja de comprender un compromiso con lo social. Expresa un pensamiento de vanguardia complejo para la sociedad de ese entonces, base interesante todavía para analizar el derecho económico de la actualidad.
Las preguntas serían:
En un mundo donde los capitales concentrados hacen a las empresas más poderosas que muchos Estados, como por ejemplo el nuestro; ¿el abuso de derecho no se hizo más nocivo al progreso común que las cargas desmedidas en política fiscal?
Las políticas reparadoras que se activan globalmente y de manera creciente con las comunidades originarias; ¿tienen punto de encuentro con las valoraciones de su época respectivas a la promoción inmigratoria?
Con un conocimiento más avanzado y los aggiornamientos de las propuestas socialistas actualmente, ¿puede imaginar alguna síntesis que le guste entre paradigmas contrapuestos?
Resumen Capitulo Primero y Capitulo Segundo (artículo °1)
En los primeros capítulos de la obra “ Sistema Económico y Rentistico de la Confederación Argentina según su constitución de 1853″ de Juan Bautista Alberdi, se centra en analizar los capítulos de la constitución argentina, expone los principios que la Constitución reconoce y garantiza como orígenes de la producción argentina. En primer lugar afirma que el preámbulo tiene como objetivos promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad pata todos los habitantes. Y afirma también que esta libertad no es sólo política, sino que también es civil, religiosa, de pensamiento y libertad económica. La Constitución otorga al poder legislativo el poder de realizar las acciones tendientes a alcanzar la “prosperidad del país” ; también dispone como medios para alcanzar este fin. La primera observación importante es que se antepone la producción de la riqueza nacional por sobre la riqueza fiscal, distingue la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno.
En el segundo capitulo el autor se va a ocupar de reseñar los instrumentos constitucionales de protección de la producción nacional. Señala en primer lugar que la producción de riquezas opera por la acción combinada de 3 agentes (trabajo, capital, y la tierra). La acción combinada de estos tres agentes se opera en 3 formas del trabajo industrial (agricultura, las fabricas y el comercio). En el articulo primero el autor va a detallar las garantías comunes a todo género de industria, que son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.
Lo novedoso del texto es como Alberdi pudo ver las necesidades del país no solo de esa de poca sino las de la actualidad. Lo que considero más importante de estos dos capítulos es la distinción que hace Alberdi entre la riqueza de la nación y la riqueza del gobierno. Alberdi considera que el peor enemigo de la riqueza del país es el “Fisco”, por lo que el sistema económico moderno que plantea deja de seguir el régimen colonial de pueblo productor de rentas reales, para dar paso a una libertad económica amplia.
Preguntas para el autor
1) ¿Porque cree que el fisco es el peor enemigo de la riqueza de un país?
2) ¿Podría mencionar otras garantías?
3) ¿ Por que dice que la agricultura, el comercio y las fabricas son los únicos modos de trabajo industrial?
RESUMEN
En este capítulo de la Primera Parte de la obra, Alberdi se propone exponer los principios que la Constitución reconoce y garantiza como orígenes de la producción argentina y su riqueza y su aplicación sobre los agentes o instrumentos de la producción. Éstos son el trabajo, el capital y la tierra, los cuales deben ser preservados para garantizar la protección de la producción de la riqueza nacional. La acción de estas tres fuerzas productoras se opera de tres modos de trabajo industrial: la agricultura, las fábricas y el comercio.
Existen cinco garantías y libertades comunes a los tres agentes y a los tres modos de producción mencionados, los cuales el autor analiza y desarrolla a lo largo de este capítulo: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Consisten en medios de enriquecimiento y de prosperidad que tienen como fin el estímulo de la producción. Si se restringe o compromete alguno de estos principios, ésto constituye un menoscabo para la riqueza de la Nación y un perjuicio para el bienestar general de la población.
NOVEDOSO
Resulta interesante, en el análisis de este capítulo, la observación que realiza Alberdi sobre la formación del Tesoro de la Nación. Señala que el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco y agrega que éste fue un error fundamental para la economía española y su decadencia. “¿O la Nación es hecha para el fisco y no el fisco para la Nación?”
Al respecto, el sistema económico que defiende el autor y se plasma en la Constitución argentina es la que prioriza a la Nación por sobre el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal cuya razón de ser de esta última debe ser la Nación y su bienestar. Apoyándose en el sistema de garantías y libertades constitucionales que analiza a continuación, se logra la protección de la producción y, a su vez, el crecimiento de la riqueza de la Nación.
PREGUNTAS
¿Qué piensa sobre la presión fiscal actual en la Argentina?
¿Cree que es necesaria o que beneficia a la Nación para su crecimiento?
¿Cree que se garantiza la instrucción para el desarrollo de la producción actual?
RESUMEN (Primera Parte: Capitulo Primero, Capitulo Segundo –artículo primero–)
En la primera parte de su libro “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, Alberdi nos habla sobre las disposiciones y principios de la Constitución Argentina (1853) referentes a la producción de riquezas (garantías constitucionales protectoras de la producción). Señala que la libertad cuyos beneficios procura asegurar la constitución, no es la política exclusivamente sino la libertad de todo género, la civil, la religiosa y la económica; y estos beneficios de la libertad se los promete a los habitantes y a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino, para promover el bienestar y progreso general de la Nación.
Dice que hay tres agentes/instrumentos que actúan de manera combinada en la producción de riquezas que son: el trabajo, el capital y la tierra. También, que hay tres modos de producción: la agricultura, la industria fabril (fábricas) y el comercio. Y señala que existen garantías y libertades comunes de estos tres instrumentos y tres modos de producción antes mencionados: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.
NOVEDOSO
Que al hablar de la instrucción, se remarca constantemente como necesaria la inmigración europea como el método de educación más conveniente para las clases industriales, diciendo que la mejor escuela del productor argentino es el ejemplo práctico del productor europeo; también que la materia industrial tiene derecho a ocupar un lugar prominente en las divisiones de la enseñanza pública. En este orden, la constitución en el artículo 25 marca como deber general del Gobierno Federal fomentar la inmigración europea y que no podrá restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias, e introducir y enseñar las ciencias y las artes. Asimismo, en el artículo 64 entre las atribuciones del Congreso se encuentra la de promover la inmigración. La instrucción general y la educación gratuita que habla la constitución tienen como objeto servir a la prosperidad y bienestar material del país, para instruir a las nuevas generaciones en el ejercicio práctico de los medios de producción.
PREGUNTAS
1) ¿Usted cree que el sistema ferroviario argentino actual es eficiente? ¿Por qué?
2) ¿Qué opinión tiene sobre el artículo diecisiete (17) de la Constitución que habla sobre el derecho de propiedad? ¿Le parece correcto el sistema de expropiación establecido?
3) ¿Cree que en las escuelas de enseñanza primaria y secundaria de nuestro país se debería enseñar de manera más profunda e intensa sobre agricultura y ganadería?
En esta primera parte, el autor se propone abordar desde la Constitución a la producción de riquezas consagrada para nuestro país. En primer lugar expone sus consideraciones generales dejando en claro que la libertad de todo género (económica, política, etc.) traerá el bienestar general; y en un segundo lugar las garantías protectoras de la producción implícitas en la Constitución Nacional. El autor detalla que la producción de riquezas es fruto de la combinación de tres acciones productoras: el trabajo, el capital y la tierra; las cuales operan de tres formas distintas de trabajo industrial: en la agricultura, en las fábricas y en el comercio. Es por ello que dividió su análisis de garantías constitucionales en cuatro, a fin de explicarlas con mayor eficiencia: relativas a la producción en general, a la producción agrícola, a la producción fabril y a la producción comercial.
Entre las generales se encuentran: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad personal y la instrucción.
Resalta mi atención el hecho de que nuestra Constitución, en teoría, sea la primera en diferenciar la riqueza nacional y la riqueza fiscal en virtud de no contribuir al legado de la colonia española, y que aún así, nuestra Nación sigue un Estado que produce riquezas fiscales. En palabras del autor “después de ser máquinas del fisco español, lo hemos sido de nuestros gobiernos patrios. Siempre Estados fiscales”.
Preguntas:
1) Teniendo en cuenta que el cometido propuesto por el autor de poblar al país con extranjeros europeos se ha logrado, ¿considera que la frase de su texto donde expone «la aptitud e inteligencia que de ordinario le asisten al trabajador extranjero y faltan al trabajador argentino de esta época» sigue siendo acertada?
2) ¿Considera que seguimos siendo Estados fiscales?
3) ¿Qué opinión tiene sobre la expropiación?
Resumen de la Introducción.
Se propone reunir esas disposiciones en un cuerpo metódico de ciencia para lograr el conocimiento y facilitar la ejecución de la constitución en la parte económica. Asimismo, analiza la economía en las cuatro variantes dominantes de la época y en la cual está apoyada la Constitución Nacional; dándoles las herramientas a los legisladores, quienes no deberán apartarse de ella para el mejor funcionamiento económico. A su vez, Alberdi establece que la riqueza no nace por nacer sino para producir la satisfacción del hombre. De esta manera, se permite que el productor pueda satisfacerse de sus ganancias en un libre mercado; donde el Estado solo debe intervenir en los gastos y en la administración de la economía y nunca en el daño de los contribuyentes. Por ende, el conjunto de estas garantías forma lo que se denomina sistema rentista financiero de la Confederación .
Lo mas relevante desde mi punto de vista:
Con respecto a la Introducción de Juan Butista Alberdi, me resulta de gran importancia la información con la que se nutre en esa época. Realizando un pasaje histórico -económico de los grandes pensadores desde Aristóteles hasta Adam Smith; y la comparación que hace entre el Nuevo Continente y el Viejo, quedándose en su análisis con la Revolución Francesa y así tomando la parte económica del libre mercado de los Estados Unidos. A su vez, se puede decir que establece con gran inteligencia una defensa hacia a la Constitución Nacional cuando habla de la libre inmigración, del libre mercado, de la unión del esfuerzo del trabajo para el bienestar de la población y de los recursos naturales; dejando de esta forma en claro que el Estado no debe de intervenir bajo ningún punto de vista entre la economía y el trabajo, solo debe ser el Estado un gran organizador de las riquezas donde el ciudadano debe ser participe.
Preguntas que le realizaría a Alberdi:
1-¿Qué opinión establecería respecto a los resultados económicos, dividiéndolos en los primeros cien años y hasta la actualidad?
2- ¿Que piensa sobre la intervención estatal en los medios económicos y financieros?
3- ¿Cuál sería para usted la mejor vía para generar una industria de calidad que pueda exportarse y así competir en el mercado internacional?
En este texto Alberdi sostiene que el contenido económico de la libertad económica está presente también en los postulados de las libertades políticas.
Libertades y derechos como la de publicar por la prensa, la locomoción, la petición, el de usar y disponer de la propiedad, son algunos casos que detalla.
En particular se detiene en la libertad de asociación Libertad aplicada a la industria y la define como uno de los resortes más poderoso que reconozca la producción económica moderna.
Destaca la importancia de la libertad del hombre, y hace referencia a que estos principios están consagrado por la Contitucion Argentina a favor de la producción de la riqueza y que la satisfacción de la necesidad de moral y religión interesa de trabajo industrial, ya que atenta contra el trabajo esclavo al que califica como ajeno a estos intereses.
Novedoso.
Me resulta novedoso el hincapié que hace en materia de inmigración y respeto de la condición del hombre como individuo que debe desarrollarse en el marco de la libertad. Ambos temas van, sin duda, de la mano y tienen una profunda interrelación. Y Alberdi tiene una clara visión de futuro sobre la importancia del papel que cumplen todos los hombres de buena voluntad que quieren habitar el suelo argentino.
PREGUNTAS:
¿Así como el trabajo esclavo conocido atenta contra el liberalismo, no cree usted que ese trabajo esclavo puede adquirir nuevas formas de la mano de la concentración de la riqueza?
¿No cree que la Constitución o las leyes deberían fijar claros límites para que lo anterior no suceda?
¿El liberalismo extremo no atenta contra las libertades de los que menos recursos tienen?