Alberdi sobre los recursos de las provincias: conservan todo el poder no delegado a la Nación

Con los alumnos de la UBA Derecho, vemos a Juan Bautista Alberdi en Sistema Económico y Rentístico sobre los recursos fiscales de las provincias:

El tesoro de provincia se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación. Este principio es la consecuencia rentística del art. 101 de la Constitución, que declara lo siguiente: – Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al. gobierno federal. 

Los recursos provinciales delegados -cal Tesoro federal están designados por el art. 4 de la Constitución, que hemos trascrito más arriba. 

De éstos hay unos que se han delegado de un modo absoluto y sin reserva. Tales son el producto de las aduanas, de la renta de correos, de los derechos de tonelaje, de la amonedación. (Artículos 9, 10, 11 y 105.) 

Otros se han delegado a medias, y son, por ejemplo: -la renta y locación de tierras públicas, las contribuciones directas e indirectas, y el crédito. (Artículos 4 y 105.) 

Otros recursos provinciales no se han delegado al Tesoro nacional de ningún modo. Tales son: los tesoros o huacas, los bienes mostrencos, los bienes de intestados, los bienes y recursos municipales, las donaciones especiales recibidas, el producto de las multas por contravenciones de estatutos locales, el producto de rentas imponibles sobre la explotación de riquezas espontáneas del suelo, como la grana silvestre, las frutas silvestres, la miel silvestre, las maderas de terreles de cuadrúpedos, volaterías y de anfibios – (Artículos 4 y nos baldíos, los lavaderos de oro, la caza y pesca industria105, combinados con el art. 101.) 

En los impuestos de la primera y última de estas tres divisiones, no puede haber conflicto entre el poder provincial y el poder nacional de imposición. La dificultad puede ocurrir en los impuestos de la segunda división, que, según la Constitución, pueden ser establecidos por la provincia y por la Confederación. La regla de solución de esta dificultad para cada vez que ocurra, está trazada por la Constitución misma y es muy sencilla: – el impuesto provincial cede al impuesto nacional por la siguiente regla: – «Esta Constitución (dice el art. 31), las leyes de la Confederación que en su consecuencia se dicten por el Congreso, son leyes supremas de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ellas, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales». – La supremacía o prelación de la ley nacional sobre la de provincia, en caso de conflicto, se funda en el principio contenido en el art. 5 de la Constitución federal, por el cual: – el gobierno federal garantiza a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones. – Para que esta garantía en que estriba toda la nacionalidad del país se haga efectiva, es menester que las provincias dejen en manos de su gobierno común o general los medios rentísticos de ejecutarlo. 

50 pensamientos en “Alberdi sobre los recursos de las provincias: conservan todo el poder no delegado a la Nación

  1. En la tercera parte de su obra, Alberdi enseña los rasgos característicos de los consumos públicos y el empleo del Tesoro nacional. Destaca que rigen para los consumos los mismos principios y garantías constitucionales que velan por los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza. Esos principios, dice, son siempre la libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Asimismo, aquellas garantías acompañan a la riqueza desde que se produce hasta que desaparece y todo el apoyo que se exige de la ley para producir y enriquecer, es tan solo un apoyo negativo, es decir, que no estorbe, que no restrinja la libertad de gastar o consumir. El autor señala que el gasto público y el gasto privado son dos modos de un mismo gasto, que tiene por único participante al hombre en sociedad, por un lado, en la satisfacción de sus necesidades de familia y, por el otro, por intermedio del gobierno, en la satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva. En cuanto al ejercicio de los gastos o consumos privados, comenta que cuando las leyes y reglamentos que intervienen en la producción, so pretexto de reglamentar, limitan los usos del capital, de la tierra y del trabajo, tanto en la industria comercial, agrícola como fabril, se coarta la libertad de consumir consagrada en nuestra Constitución. Por otra parte, en relación a los consumos o gastos públicos, sostiene que no puede haber gobierno gratis, el Tesoro y el gobierno se suponen mutuamente. Dice Alberdi, lo que agota y destruye la riqueza privada no es la contribución, ya que al contrario ésta la defiende, sino el despojo que hace el despotismo, no para sus gastos, sino para sus excesos.

    Es dable destacar el notable abordaje que Alberdi hace en relación a la importancia del Tesoro y el gobierno, como dos hechos correlativos. Es de fundamental importancia comprender que un país que no puede costear su gobierno no puede existir como nación independiente, desplegar el ejercicio de su soberanía. Ha llamado mi atención ver las cosas desde este punto de vista. Lo importante es ver que el Tesoro nacional, tal como señala el autor, pertenece a todas las provincias, juntas, reunidas en un único cuerpo de nación. Delegando recursos, las provincias no hacen más que aumentar su tesoro. Tanto la aduana como el impuesto percibido en ella, así como también el crédito, son de incumbencia de todo el país, pues sin su consolidación no existiría el crédito público. Es indispensable entender que crear un Tesoro nacional, centralizar la renta, es precisamente el modo de gestar la unidad política de la Republica. Es cierto que el crédito es responsabilidad de todo el país, nadie prestaría donde no existen garantías ni autoridades costeadas para honrarlo. Coincido con aquello que sostiene, la integridad del Tesoro público y de sus rentas, hace a la integridad del país.

    PREGUNTAS QUE LE HARIA AL AUTOR:
    En virtud del análisis que hace acerca de la riqueza que puntualmente posee cada provincia de la Confederación, sus vastos recursos naturales, sus características geográficas y, en algunos casos puntuales, cercanía a ríos o puertos, ¿Cree usted que los gobiernos provinciales cuentan con un sistema administrativo que aprovecha al máximo el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio? ¿Modificaría en algún aspecto los recursos provinciales delegados al Tesoro federal, designados por el art. 4 de nuestra Constitución?
    ¿Cómo imagina usted que seria la importación y exportación, de acuerdo al fecundo poder productor de las tierras de la Confederación, de no existir gobiernos o antiguas leyes que apuntan a estorbar su desarrollo, tomando sus palabras, “dándole la esterilidad que no había recibido de la naturaleza?”
    En relación a la delegación efectuada por las Provincias a la Nación de la atribución de recaudar las contribuciones, retener su porción y redistribuir el resto. ¿Cree usted posible un régimen distinto, mas eficiente, de Coparticipación Federal?

  2. -EL TESORO PUBLICO HOMOLOGADO AL CONSUMO DE BIENES PUBLICOS EN TANTO FINANZAS DE LA CONFEDERACION GOZA DE LA APLICACION DE LOS PRINCIPIOS DE SIEMPRE DEBIDO A QUE RIQUEZA, DISTRIBUCION Y TESORO NACIONAL SON UNA UNIDAD INESCINDIBLE EN LA PRACTICA PARA EL PROGRESO.
    LA LIBERTAD DEBER VERSAR EN LOS CONSUMOS PARA EXPANSION DE LA EXPRESION DEL SER COMO ULTIMO FIN EN TANTO LA LIBERTAD ES SU PRINCIPIO, Y EL BUEN JUICIO SU LIMITE PARA RESPETAR LOS DESIGNIOS DE LA AUTOCONSERVACION HACIENDO VER LAS NECESIDADES DE HOY Y MAÑANA. ESTO SE REALIZA A TRAVES DEL GASTO PRIVADO Y EL GASTO PUBLICO.
    NO HAY QUE LIMITAR LEGISLATIVA O COERCITIVAMENTE NI LOS GASTOS REPRODUCTIVOS NI LOS ESTERILES, CORRESPONDE A LA MORAL OCCIDENTAL ESE PAPEL.
    LA CONFEDERACION APLICANDO ESTE METODO PUEDE AVANZAR A PESAR DE BUENOS AIRES. LO QUE QUIERE DECIR QUE VALE MAS EL PRIMERO (METODO) QUE LAS BUENAS CONDICIONES INICIALES QUE PUEDA LLEGAR A TENER ALGUN FACTOR

    -EL FIN DE LA RENTA Y DEL TESORO NACIONAL EN TERMINOS DE GASTO PUBLICO DEBEN SER DEDICADOS AL MANTENIMIENTO DE LA INTEGRIDAD DE LA NACION. CON ESTO NOS REFERIMOS A SU TERRITORIO, INDEPENDENCIA Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES QUE ASEGURAN EL EJE DE ORDENAMIENTO EN LA PATRIA.
    ESTO ES IMPRESINDIBLE PUESTO QUE NO ES CADA PROVINCIA DUEÑA DE SU TIERRA NI DE SU CAPACIDAD RENTISTICA SINO EN TANTO COMO PARTE DE LA NACION SIENDO ESTA UN TODO.
    ES DECIR QUE LAS PROVINCIAS OTORGAN SU PODER A LA CONFEDERACION, PERO ESTAS EXISTEN EN TANTO PODER OTORGADO. NO ES POSIBLE PENSAR EN LA PROVINCIA SIN SU PODER DELEGADO, BAJO LA COSMOVISION DE UNA CONFEDERACION COMO LA DEL RIO DE LA PLATA. ESTO MISMO SE APLICA AL TESORO POSEYENDO ENTONCES DOS UNIDADES DE AQUEL.

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    -SI BIEN SON CATEGORIAS A LOS FINES DE ESTABLECER LOS FINES DEL GASTO ¿NO RESULTA EL GASTO REPRODUCTIVO E IMPRODUCTIVO UNA MALA TERMINOLOGIA QUE INDUCE A LA CONFUSION EN TANTO QUE AMBOS TIENEN EL FIN DE REPRODUCIR AL HOMBRE Y EXTENDERLO EN EN TODO SENTIDO?

    POR EJEMPLO: UN HOMBRE REALIZA GASTOS QUE LE PERMITEN INCORPORAR UNA IDEA A SU PRAXIS DIARIA A FIN DE MEJORAR MORALMENTE. AUNQUE NO TRABAJE PUNTUALMENTE CON ESA IDEA SINO MAS BIEN LA “UTILICE” EN SU VIDA PRIVADA ENALTECIENDO SU CAPACIDAD INTELECTUAL, ¿NO SERA UN GASTO PRODUCTIVO?

    -PODRIAMOS INFERIR QUE TODO EL PENSAMIENTO ALBERDIANO SE BASA EN UNA PROFUNDA MORAL CRISTIANA. SI ESTO ES ASI ¿COMO ARGUMENTAR EL FONDO DE LA CUESTION SIN CAER EN PREMISAS METAFISICAS?

    -¿CUAL ES EL LIMITE O SOBRE QUE MATERIAS ES MENESTER APLICARSE EL GASTO PUBLICO? ¿COMO SABER SI ESTA BIEN O MAL IMPLEMENTADO BAJO LA COSMOVISION ALBERDIANA?

  3. Resumen:
    El primer capítulo de la tercera parte del libro de Alberdi hace referencia a los principios generales que establece la Constitución en materia de consumos. Allí expresa que los principios son: libertad, igualdad, propiedad y seguridad. El capítulo dos hace referencia a la aplicación de estos principios al consumo privado. En cuanto al principio de libertad expresa que son contrarias a la libertad las leyes y reglamentos de aduana, que buscan proteger a las industrias nacionales. Sin embargo, esto obliga a los ciudadanos a consumir aquellos productos del país que son malos. El capitulo tres hace referencia al Tesoro Nacional. Alberdi, expresa que el Tesoro está destinado a sostener los gastos del gobierno nacional. Además, establece que éste debe formarse con bienes nacionales (como los edificios públicos, establecimientos, obras públicas) y del producto de las contribuciones que imponga el Congreso (como, por ejemplo, los derechos de aduana, la renta de correos).

    Lo novedoso o sorprendente:
    Una vez leído el texto, me resulto sorprendente cuando expresa que de inmensas formas pueden las leyes y reglamentos de la Constitución alterar sus garantías protectoras del consumo privado improductivo. En relación a esto, expresa que por siglos nos han regido leyes españolas que dividían la sociedad en clases para el ejercicio de los consumos y gastos públicos, por ejemplo, los plebeyos tenían prohibido adquirir ciertos productos. Sin embargo, la Constitución con sus artículos 15 y 16 ha derogado este principio al establecer como principio la igualdad. Además, me resulto sorprendente también como expresa que las leyes de aduana son contrarias a la libertad de consumo para los habitantes del país. Esto esta destinado a proteger la industria nacional. Sin embargo, restringen y alteran las libertades. Finalmente, me resulta interesante como esto acontece también en la actualidad.

    Preguntas que le haría al autor:
    1: Expresa que la Constitución ha sido fiel a su sistema de buscar riqueza por el camino de la libertad. ¿Considera que actualmente se sigue este camino de libertad?
    2: Menciona que el Tesoro Nacional pertenece a todas las provincias como un único cuerpo y que cada una de ellas tiene dos tesoros: el de su localidad y el de la Nación. ¿Actualmente se respeta esto?
    3: ¿Qué significa que el enemigo del comercio nuevo es el comercio establecido?

  4. RESUMEN:
    En este fragmento del libro, Alberdi nos describe que la riqueza recibe en su destino natural en la economía al consumo y que la economía consiste en consumir sin empobrecerse, es decir, tener juicio en lo que se gasta. El consumo se divide en dos: gasto privado y gasto público. El primero es el que hace el hombre para satisfacer sus necesidades y la ley no debe tener injerencia en eso. El segundo es el gasto que realiza por intermedio del gobierno para saciar necesidades colectivas. Restringir la libertad del consumo industrial es atacar la riqueza del país. Para la existencia del gobierno es necesaria la creación de un Tesoro que reúna las recaudaciones de las diferentes provincias. Explica sobre la organización del sistema federal y su financiamiento, así como la distribución de la recaudación para las provincias y para el estado central. Alberdi habla del poder político y económico no delegado de las provincias a la Nación. Finalmente, desarrolla acerca de como armar un sistema para poder recaudar fondos sobre las diferentes actividades productivas en las provincias que conforman la Confederación, que efectivamente están, pero cuya materia imponible se encuentra mal recaudada.
    NOVEDOSO SOBRE EL TEXTO:
    Es interesante el planteamiento que realiza Alberdi sobre que el Tesoro es inherente a la existencia del Estado, ya que este se utilizaría para el financiamiento de las instituciones que mantienen el gobierno democrático liberal. Es importante el énfasis que realiza el autor sobre que primero existe la actividad privada y luego mediante impuestos, esta permite la existencia del Tesoro. Sobre la distribución de las recaudaciones y gastos entre provincias y Nación, hace un acertado análisis, pues durante mucho tiempo (incluso hoy en día) se vio afectado en el modo que el gobierno central ocupó un rol más predominante, pero más erróneo.
    TRES PREGUNTAS QUE LE REALIZARÍA A ALBERDI:
    ¿Cómo recuperaría económicamente ese modelo federal del que habla y su consecuente modelo de recaudación?
    ¿Cómo haría para desincentivar el gasto improductivo del gobierno?
    ¿Cuáles serían las consecuencias de que el gasto público supere sobremanera al gasto privado?

  5. RESUMEN
    En este fragmento Alberdi desarrolla las disposiciones de la Constitución argentina en relación a los consumos. Los principios y garantías aplicados a ese instituto son los mismos que rigen a la producción y distribución de riqueza. Es decir, va a hacer a un análisis de principios ya mencionados pero aplicados de manera diferente.
    Dejó, el autor, este asunto para explicar la prelación que existe o preferncia a la riqueza de la nación sobre la del fisco, prelación que lejos de tener por mira la disminución de los recursos del poder, se dirige a fecundarlos y a ensancharlos, dándoles en la legislación la fuente que los alimenta en la realidad de los hechos económicos. Respecto a consumir riqueza nos dice el Alberdi que es ejercer el derecho más precioso que tenga el hombre a su respecto, porque no es más que alimentar y desenvolver su existencia física y moral.
    Luego el autor hace una distinción y desarrollo sobre dos asuntos, los consumos privados y los públicos. Sobre este último plantea todo un desarrollo para entender la necesidad imperiosa de los mismos para la existencia misma de una república soberana.
    Finalmente, en el desarrollo de los consumos públicos Alberdi hace distinción de los recursos que conservan las provincias y aquellos delegados al poder federal de modo absoluto y sin reserva y otros en que concurren entre Nación y provincia.

    NOVEDOSO

    En este fragmento del texto, lo que rescato como más novedoso es la distinción que hace Alberdi sobre cuál es el rol de la ley en los consumos privado y en los consumos públicos. Respecto del primero, el autor plantea la abstención completa de intervención estatal, un apoyo negativo que no la estorbe, que no restrinja libertad de consumir, que el juicio propio de las personas es el mejor legislador. Respecto del consumo público todo el apoyo que exige de la ley, es que ella intervenga sólo para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien general; para impedir que exceda este objeto, y para cuidar que el impuesto levantado para sufragarlo no atropelle la libertad, ni esterilice la riqueza. Agrega que esos gastos o consumos públicos son aquellos que satisfacen las necesidades de su existencia colectiva, que consiste en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales.
    Por otro lado es interesante respecto de las facultades en materia de tributos que tiene la nación y provincias de manera autónoma y concurrente y la manera en que para el autor se solucionarían los conflictos entre nación y provincias. En ese sentido ver como en el desarrollo del país ha ocurrido una forma diferente de plasmarse y recién pudo solucionarse, al menos en parte de la doble imposición a través de otra reforma constitucional, la de 1994 con el establecimiento de la ley de coparticipación.

    PREGUNTAS

    ¿Qué entiende Alberdi por Nación?
    ¿No decía Alberdi que la aduana era un resabio de antepasados que no valoraban y descreían del comercio?
    En la actualidad ¿Cuál es el rol de un Gobierno en materia económica desde una perspectiva liberal?

  6. RESUMEN
    En esta tercera parte, el autor comenta sobre las disposiciones de la CN que se refieren al fenómeno de los consumos públicos, el conjunto de reglas y garantías constitucionales, a lo que denomina el sistema rentístico, y el plan de hacienda o sistema de finanzas de la CN. Retoma los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad como aquellos propios de la función económica. Introduce el capítulo explicando la diferenciación entre el gasto privado y el gasto público y la aplicación de las garantías económicas de la CN con aplicación a ambos tipos de gastos o consumo. Luego la profundidad del capítulo analizado versa sobre los elementos o posibilidades que conforman el Tesoro Nacional. Alberdi en distintas instancias se pregunta, en cuanto al art. 4 CN, si los recursos del Tesoro Nacional son posibles o legítimos, y por último, el sistema de impuestos sobre las facultades provinciales y el Tesoro Nacional, presentándose la tensión entre cómo se define imponer impuestos a aquellos recursos que han sido delegado al Tesoro Nacional por parte de las provincias «a medias».
    NOVEDOSO
    Destaco del texto la mención que hace Alberdi, cuando introduce esta tercera parte del libro, la aplicación de las garantías económicas de la CN a los gastos o consumos privado del capítulo II. Me resulta interesante como el autor alega que aquellos gastos improductivos (los de consumo diarios como aquellos para satisfacer nuestras necesidades de la vida) son resguardados por el art. 14 CN y que pueden llegar a ser violados por leyes y reglamentos. Remarco la siguiente cita del autor: «Si dejáis a la ley el poder de definir el lujo, abrís a la existencia privada una puerta por donde la ley puede asaltar el hogar y hollar todas las garantías individuales en nombre de la moral y del bien público.». Actualmente en nuestro país, existen numerosas leyes que definen nuestro consumo diario, como precios cuidados, ahora 12, entre otras más, por lo que considero, a la par de Alberdi, que están definiendo nuestro «lujo», aunque realmente no sea lujo ya que son necesidades básicas que tienen las personas.
    PREGUNTAS
    a) ¿Qué opinaría el autor sobre medidas adoptadas por gobiernos anteriores sobre las declaraciones juradas ante AFIP cada vez que una persona viajaba al extranjero? ¿Considera que es violatorio a los principios de la CN como alega en el capítulo III?
    b) ¿Cómo explica el paso de una Buenos Aires del siglo XIX como aquella que quería considerarse independiente del Tesoro Nacional, a una Buenos Aires actual que es la que genera el mayor gasto público de la Nación?
    c) Si una Nación no puede costear su gobierno, con la fuerte deuda extranjera, ¿somos un país independiente?

  7. RESUMEN
    Alberdi comienza el capítulo reafirmando la prelación de la riqueza del país sobre la del fisco, la Constitución busca la riqueza a través de la libertad.
    Seguidamente detalla la importancia económica y social del consumo y explica que toda ley que restrinja el consumo merma la libertad.
    Detalla Alberdi cuales son los recursos que las provincias delegaron al gobierno federal para su sustento, en esta inteligencia afirma que esos son los únicos que delegaron, quedándose con todos los demás concursos ya que el fisco de la provincia se compone de todos los demás recursos que no delegaron explícitamente por medio de la Constitución.
    Se autopregunta si los recursos de Argentina son suficientes para costear el gasto del mantenimiento de un gobierno, a lo que responde con un rotundo si explicitando la gran cantidad de recursos que tiene el país, lo necesario es centralizar la renta y crear una eficiente administración.
    Siguiendo la inteligencia de buscar la riqueza del país por sobre la del fisco, afirma que la existencia de renta privada es requisito para la renta publica, a modo de contribuciones.

    COSAS SORPRENDENTES
    Me sorprende como los mismos principios postulados en los primeros capítulos se repiten y se aplican en todas las disposiciones de los capítulos siguientes.
    También me sorprende o me interesó como la regla que estudiamos en tantas materias de que las provincias se guardan todas las materias que no están enumeradas y son delegadas explícitamente al gobierno federal, tiene un fundamento económico claro.
    La claridad con la cual repite que para un gobierno prospero se necesita la prosperidad económica de los particulares, es muy claro cuando afirma que no existe renta publica sin renta privada. Una ley que merme demasiado las ganancias de los privados hace que no sean posibles establecer rentas públicas.
    La fuerte presencia del federalismo pero con un actuar claro propenso a la creación de un gobierno central, la claridad con la que ven la importancia del mismo.
    Cuando el autor afirma que leyes que restrinjan el consumo improductivo también son contrarias a la Constitución ya que si se permite la limitación en un consumo deja abierta la puerta a que limite todos los demás. Dichas limitación ademas son contrarias a la igualdad.

    PREGUNTAS

    ¿Qué diría Alberdi hoy al ver un país que gasta mas de lo que produce?
    ¿Qué opinión tendría sobre los sueldos del estado, deberían ser altos?
    ¿Qué opinión tendría Alberdi frente a alguna provincia que quisiera independizarse?

  8. RESUMEN:
    En esta tercera parte del libro, Alberdi nos habla sobre los consumos públicos. Divide el consumo en dos: gasto privado como aquel que hace el hombre para satisfacer sus necesidades y en el cual la ley no debe intervenir, y por otro lado el gasto publico que es aquel que se realiza a través del gobierno para sacias necesidades colectivas. Nuevamente el autor hace mención a los ppios generales que establece la Constitución Nacional (libertad, igualdad, propiedad y seguridad) pero en relación al consumo. Dichos principios son garantías que acompañan a la riqueza desde que se produce hasta que desaparece. En cuanto al papel de las leyes que reglamenten la producción, las mismas no deben limitar el uso del capital, la tierra y del trabajo porque limitaría la libertad de consumir, la misma no se debe atacar en el gasto improductivo ni en el gasto reproductivo. En el gasto privado la ley tiene que ofrecer un apoyo negativo que no estorbe, y en el gasto publico la ley tiene que intervenir solo para impedir que se distraiga del verdadero destino, que es el bien general.
    LO NOVEDOSO:
    Me parece importante el papel del Tesoro Nacional. “El tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente”. Dicho esto, la razón de que sea así es porque el gobierno necesita poder costear los gastos de su gobierno para poder ejercer su soberanía, para poder ser independiente, de otra forma no existiría una nación independiente. La integridad del tesoro publico y de sus rentas hace la integridad del país. De lo expuesto por Alberdi nos deja ver que si una Nación no cuenta con un Tesoro, no podria ser una Nación. El hecho de centralizar la renta, crear un Tesoro Nacional, es lo que forma la unidad nacional. En cuanto a las provincias, delegan los recursos establecidos en el art 4 CN. Sin embargo el Tesoro Nacional no es un tesoro independiente y ajeno de las provincias, el mismo pertenece a las provincias unidas en un cuerpo de la nación. Cabe destacar que se trata de un tesoro que pertenece a todas las provincias juntas reunidas en un cuerpo de la nación.
    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1. ¿Cambiaria algo de lo dispuesto por el art 4 de la Constitución Nacional?
    2. ¿Qué pasa con el Tesoro Nacional o que papel cumple en los casos en los que se contrae una deuda externa?
    3. Actualmente ¿se puede decir que las leyes que reglamentan la producción no atentan contra el principio de libertad?

  9. Resumen:

    En esta parte, el autor menciona que se hablará sobre los consumos; más precisamente sobre el gasto público o como tal como se lo denomina, el sistema de rentas (impuestos, etc.). se hace una distinción entre consumo privado (que es el que hace uno en beneficio propio o de su familia, por ejemplo) y consumo público (que es el que hace uno en nombre del estado). Lo mejor para el país, seria buscar la soberanía nacional. Además, se nos habla sobre el tesoro nacional y como de este, se desprendían los tesoros provinciales que conformaban una relación integral de cooperación. Se deberían buscar tierras baldías que sirvan para incrementar la renta pública del país. Por último, Alberdi nos da definiciones sobre la renta pública y privada; las contribuciones (que servían para la formación del Tesoro nacional) y, además, menciona que el ahorro deberá ser una pieza clave para el crecimiento económico.

    Lo novedoso o sorprendente:

    Encuentro como algo sorprendente, el hecho de que el autor haga referencia al consumo como algo que no es negativo, sino que lo ve como como un medio para consumir la riqueza que es producida por los hombres. En cuanto a lo novedoso, se observa una clara distinción entre la mirada que tenía Alberdi sobre el gasto público, con lo que sucede en la actualidad en el país; el autor, sostenía que este no tenía que ser un medio para aprovecharse y/o empobrecer al país. Argentina debía ser un país que tenga sus propios ingresos ya que no estaba más bajo el poder de la corona española. Se debía constituir una unidad nacional. El territorio nacional debía ser explotado en su totalidad para la generación de riquezas que antes no eran visibles y/o no podían obtenerse.

    3 preguntas al autor:

    1. ¿Por qué cree que ahorrar es más importante que consumir? ¿Cómo explicaría lo que sucede actualmente en el país en base al poco ahorro y al consumo masivo?
    2. ¿Qué alternativas existen para bajar el gasto público y/o gasto que genera el estado?
    3. ¿Cuál es la relación existente entre las contribuciones y los impuestos?

  10. Resumen
    En esta segunda parte, el Dr. Alberdi se explaya acerca de cómo está conformado el Tesoro Nacional. Específicamente, se dedica a estudiar los distintos principios y garantías que nuestra Constitución establece para reglar en materia de consumos, a los que en conjunto llamaba el Sistema Rentístico. A lo largo de los dos primeros capítulos, el autor se dedica a exponer aquellos principios generales en materia de consumos, pasando por la descripción de aquello que llamaba principio de conservación, que todos los hombres tienen para ayudarles a consumir sin empobrecerse; también se explaya en cuanto a cómo se aplican esas garantías constitucionales en materia económica a los consumos privados, postulando que “gastar o consumir con juicio, es satisfacer las necesidades de hoy sin desatender las necesidades de mañana”, y que toda ley que limitara el consumo reproductivo atentaba contra la libertad. Para finalmente en el tercer capítulo, a lo largo de las primeras 5 partes, dedicarse a hablar del gasto público.
    Novedoso
    Me parece muy llamativa aquella frase de Alberdi que dice “el país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente”; simplemente en base a este dicho suyo, no puedo dejar de pensar, teniendo en cuenta la situación actual, en la terrible situación en que nos encontramos actualmente. En este país el gasto público no para de crecer a niveles desmesurados, y aun así no alcanza para poder sostener a una nación cada vez más pobre, nación en la que todos sabemos que los recursos no faltan, pero son pésimamente administrados. Lo cual me lleva hacia otra frase del autor: “lo que agota y destruye la riqueza privada […] es el despojo, el pillaje que hace el despotismo, no para sus gastos, sino para sus exceso”; sinceramente, pareciera que, y lamento ser reiterativo en esto, aún después de haber muerto hace más de un siglo, pudiera Alberdi relatar sobre la situación actual. Tal es el grado de poco o nulo aprendizaje que la sociedad argentina posee sobre los errores del pasado, constantemente reproducidos.
    Preguntas al autor
    -¿Cómo podría prevenirse, desde el punto de vista legal, el despilfarro de la renta pública hecho por los sucesivos gobiernos? ¿Qué castigos les merecería este accionar, que no hace otra cosa que destruir la riqueza privada?
    -Si bien han crecido algunos puertos del Interior, sigue hoy en día el de Buenos Aires como el principal del país. ¿De qué maneras podría potenciarse actualmente el crecimiento de los del Interior para así estar a la par del de la Capital?
    -¿No le parece contraproducente la existencia de leyes que gravan bienes considerados suntuarios”, teniendo en cuenta que, según usted, de esta forma “la ley asalta el hogar”?

  11. Lectura 03/10: tercera parte hasta V. comenzando la lectura, Alberdi establece que los mismos principios ya vistos y concernientes a la producción y distribución de la riqueza, son los aplicados al consumo, estos son, libertad, igualdad, propiedad y seguridad, que acompañan a la riqueza desde su producción hasta satisfacer las necesidades del hombre. A su vez, define al “consumo” cuando se refiere a la idea de que la riqueza tiene por objeto y fin satisfacer las necesidades de su ser, por lo tanto, “consumir la riqueza, es ejercer el derecho más precioso que tenga el hombre a su respecto”. Luego, define dos tipos de consumo, el gasto o consumo privado que se refiere al que hace el hombre para satisfacer sus necesidades y el gasto o consumo público que se trata del que el hombre efectúa por intermedio del gobierno y para satisfacer necesidades colectivas. Habiendo hecho tal introducción en relación al consumo y su definición, continua por desarrollar la aplicación de las garantías de la Constitución a los gastos o consumos privados, y vuelve a dar nuevas definiciones del consumo, ahora será el gasto o consumo improductivo que es aquel que se relaciona a lo que consumís hoy para satisfacer la necesidad de la vida o el reproductivo que es aquel fasto para conservar o agrandar por la reproducción el valor que aplicaras mañana al colmo de la necesidad de vivir. Luego, y más relacionado al principio de libertad, sostiene que las leyes y reglamentos orgánicos de la constitución pueden alterar las garantías del consumo privado improductivo, y destaca algunas de ellas, como lo son las leyes suntuarias o restrictivas del lujo o también las de reglamentos de aduana. Siguiendo por el consumo o gasto público, ahora, Alberdi destaca la idea de que “no puede haber gobierno gratis, ni debe haberle por ser el más caro de los gobiernos”. También, introduce al Tesoro nacional y lo relaciona al hecho de que para que un país sea independiente y tenga su propia soberanía, entonces debe tener un gobierno costeado por el sin limitación, siendo todo este deudor de la contribución para defender su territorio y conservar su independencia. “la integridad del país quiere decir la integridad de su Tesoro público y de sus rentas”. Continua, desarrollando la historia de nuestro país en cuanto a la existencia de tesoros provinciales y el Tesoro nacional, para llegar a lo establecido hoy por nuestra Constitución acerca de estos dos. Hoy, el tesoro de provincia, según la Constitución argentina, se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro Nacional, algunos delegados de forma absoluta y sin reserva, otros a medias y otros que no se han delegado al Tesoro nacional de ningún modo, y todo, bajo el principio de que el impuesto provincial, cede al nacional, pero, a su vez, destacando que el Tesoro nacional no es independiente y ajeno de las provincias sino que pertenece a ellas unidas en cuerpo de nación. Para darle cierre a la lectura, Alberdi aplica de forma aún más práctica, detallando en cada provincia la riqueza natural existente y la forma en que las leyes antiguas y actuales la esterilizaron.
    Lo que más destaco de esta lectura o más me llamo la atención fue la frase “restringir la libertad del consumo industrial, es atacar la riqueza, es empobrecer al país”
    3 preguntas: ¿Por qué cree que, aunque los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad desarrollados en cuanto a la producción, riqueza y consumo, y establecidos por la Constitución Argentina, en la práctica se ven afectados? ¿Según la idea de “no puede haber gobierno gratis ni debe haberle por ser el más caro de los gobiernos, coincide con la idea de que hoy en día nuestro gobierno se destaca por el segundo concepto de esa frase? ¿Afecta al tesoro nacional, más allá de las disposiciones que lo dividen del provincial, la existencia de los provinciales?

  12. En esta Tercera Parte, se analizan los principios y garantías que la Constitución argentina establece con relación a los consumos, siendo estos el tercer elemento base de la riqueza (producción y distribución son los dos primeros). Esto se denomina Sistema Rentístico. Este sistema expresa las políticas de gastos y consumos, que se mantienen respaldados por el mismo principio de libertad, y tienen por objetivo que la función de gastar y consumir sea a criterio del hombre para desenvolver su existencia física y moral.
    El consumo puede ser improductivo, refiriéndose a los consumos propios de la supervivencia humana; mientras que los consumos aplicados a generar valor y mejorar la producción, son los gastos reproductivos.
    Mas adelante, en el siguiente capítulo, el autor detalla la importancia de un Tesoro, y como éste, resulta fundamental para la existencia de un Estado soberano. Sin dinero para financiarse, el Estado no puede ser independiente y quedaría a la deriva de quien si pueda hacerlo.
    En el caso de Argentina el Tesoro se encuentra centralizado en Buenos Aires, siendo éste quien toma las decisiones de financiamiento, gastos y consumos de toda la Nación. Este es el motivo por el cual el autor describe como debería ser la recaudación de fondos de las provincias de la Confederación solucionando los problemas entre ellas.

    Alberdi señala de manera contundente como un Estado que no tiene dinero para financiarse no puede ejercer su soberanía como tal. A mi me resulta algo especialmente novedoso ya que hace tiempo que Argentina no posee dinero para financiarse y, sin embargo, no parece mostrar interés en poner sus gastos en orden. A pesar de estar quebrado, no parece tener fin el estado de endeudamiento y déficit que sufre hace décadas.
    Hoy las palabras “prosperidad” y “soberanía” se utilizan para discursos de quienes mantienen al país en el camino contrario.

    a. ¿Considerando que un país sin dinero para financiarse está a la deriva, Argentina es un país soberano?
    b. Siempre se señala los aspectos negativos que España le heredo a Argentina en materia constitucional ¿existen aspectos positivos? ¿Cuales?
    c. ¿Qué medidas utilizaría para que un gobierno deje de gastar de manera improductiva y lo haga de manera reproductiva? ¿En primer lugar debería continuar con el mismo financiamiento o debería reducirlo?

  13. En esta tercera parte Alberdi va a realizar un examen sobre los consumos y va a aplicar los principios ya vistos aplicaciones al consumo. Estos principios son el de igualdad, libertad, propiedad y seguridad. Si se ataca el consumo tanto improductivo como reproductivo se estaría atacando al ppio de libertad que consagra la CN. Por ejemplo, si se ataca al consumo que se realiza en salarios, o maquinaria, se estaría atacando el la libertad de industria que es garantizada en la CN.
    Por ultimo, en el cap 3 Alberdi entiende que para organizar un Estado debe existir un Tesoro nacional y que la sociedad sume que que el gobierno debe ser costeado por ella y por establecimientos públicos, créditos y por todas. Y los recursos provinciales delegados (productos de las aduanas, de la renta de correo, de derechos de tonelaje). De los delegados a medias como la renta y locación de tierras públicas.

    Relevante.
    Lo mas interesante del texto es como a lo largo del capitulo 1 muestra como pueden verse afectados los principios que emana la Constitución en el consumo tanto productivo como improductivo, y plantea la no intervención estatal que no restrinja la libertad de consumir.
    Otra cosa a tener en cuenta es el abordaje que le da el autor a la importancia del Tesoro nacional y su relacion estrecha con el gobierno, y como la sociedad debe aceptar tal relacion, donde el tesoro pertenece a todos, a pesar de existir la delegación de los recursos el tesoro es un solo, y que esto favorece a la unidad de la Republica.

    En cuanto a las contribuciones que hace la sociedad al Estado, ¿a partir de donde considera que las contribuciones son un exceso y comienzan a restringir la libertad?
    Con las medidas de restricción que se dieron en el marco de la cuarentena, ¿usted cree que se están alterando los principios emanados de la CN? ¿o se encuentra justificado por ser una situacion extrema?
    ¿podria existir un régimen que tenga mayor efectividad que el régimen de coparticipación federal?

  14. Resumen.
    En este apartado, Alberdi hace alusión al tercer objeto de la política económica que acompaña a la producción y a la distribución de las riquezas. En este caso, se examina la disposición de la Constitución argentina relacionada con el consumo. Entiende que el hombre actúa y trabaja bajo la motivación de satisfacer sus necesidades, lo que en economía se denomina consumo. Este ultimo puede conllevar un gasto improductivo o reproductivo. Luego en los demás capítulos hace hincapié en la organización de un Tesoro nacional, que le de medios de existir al gobierno, actuando así ambos como hechos correlativos. Para ello, hace referencia a constituir una unidad nacional en materia de rentas bajo un sistema administrativo que valore, ordene y encierre en un arca común los recursos que poseemos.
    Lo sorprendente o novedoso.
    Me resulta sorprendente que al gasto improductivo lo llame a todos aquellos consumos presentes que tienen como objetivo cumplir necesidades vitales, remarcando que lo reproductivo sería los consumos con miras al bienestar de las generaciones futuras. Luego, me llama la atención su referencia a que el gobierno depende de un Tesoro nacional para existir como nación soberana, dejando a entender que el Tesoro se iguala o constituye el poder de un Estado.
    Preguntas a Alberdi.
    ¿Cree que nuestro actual país, realiza más gastos improductivos que reproductivos? ¿ello se puede deber a la crisis económica que estamos viviendo?
    ¿Cree que hoy en día, no hay contradicciones respecto a los recursos destinados al tesoro nacional vs. provincial, en materia tributaria?
    ¿Cree que logramos la unidad nacional?

  15. Alberdi en esta tercera parte refiere a el consumo y habla de la relación y composición de la riqueza que se lleva a cabo junto con las anteriores dos partes (producción y distribución de la riqueza), compartiendo los mismos principios y garantías (igualdad, libertad, propiedad, seguridad). Define al consumo como la producción de riqueza por parte del hombre a partir de su sudor, para satisfacer sus necesidades. Desarrolla que en el consumo la riqueza tiene leyes de conservación, al igual que en la producción y distribución, siendo que el hombre conoce y observa por el instinto de su conservación misma, enseñándole a consumir sin empobrecer, constituyendo así la economía. Alberdi describe al consumo privado como aquél que se lleva en satisfacción de sus necesidades, y describe al consumo público como aquél que el mismo hombre hace por intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva, que consisten en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales. El autor lleva adelante la diferenciación del gasto improductivo, aquel que se consume en el día para satisfacer una necesidad vital, y gasto productivo, que es el gasto para conservar o agrandar por la reproducción el valor que se aplicará en el mañana para la necesidad de vivir. Habla de como restringir la libertad del consumo industrial, es atacar la riqueza, es empobrecer el país. En el tercer capitulo Alberdi describe al tesoro nacional y dice que un país que no puede costear su gobierno, no puede vivir como nación independiente, es no tener tener medios para ejercer su soberanía. Se habla del tesoro de provincia, siendo aquel que se compone de todos los recursos no delegados al Tesoro de la Confederación, de éstos, algunos se han delegado de un modo absoluto y sin reserva como el producto de las aduanas, de la renta de correos, de los derechos de tonelaje, de la amonedación. El Tesoro nacional pertenece a todas las provincias juntas reunidas en cuerpo de nación, teniendo así dos tesoros.

    Me parece sorprendente el abordaje que se hace al tesoro nacional y sus conceptos, y como se explica que sin un país que pueda costear o mantener a su gobierno entonces no puede llevar adelante su soberanía, perdiendo su independencia. También me llama la atención como se hace referencia a que en la Argentina no hay una escasez o falta de recursos, sino que nos hace falta una buena administración de estos para poder llevar adelante la explotación convenida y sacar los mayores beneficios que se puedan, me sorprende que en la actualidad sucede lo mismo, seguimos en el mismo desequilibrio que nos lleva a que la mala disposición y organización de ellos y que no nos permita generar las riquezas que podríamos generar.

    ¿Cómo administraría los recursos de forma tal que se aprovechen en lo maximo posible?
    ¿Se lleva un correcto control y administración del tesoro nacional?
    Cree que a partir de los graves procesos inflacionarios que venimos sufriendo año tras año hubo una gran caída en el consumo? ¿Cómo solucionaría y fomentaría al consumo en el día de hoy? ¿Que recursos aplicaría para acrecentar el consumo?

  16. En este capítulo Alberdi sostiene que para ser un gobierno independiente y soberano es necesario independencia económica, es decir no estar dependiendo de otros estados u organismos como el actual FMI.
    El artículo 4 de la constitución hace mención a las formas de adquirir contribuciones para así poder formar el tesoro nacional, como por ejemplo los derechos de importación y exportación de las aduanas, es curioso porque en el capítulo anterior Alberdi critica a las adunas fuertemente, y en este capítulo no las crítica, ayudan a contribuir con el tesoro nacional.
    “La independencia doméstica” de Buenos Aires era perjudicial para la república, era necesario que se una a la Confederación, y así por ejemplo podría ceder el poder para establecer derechos de importación y exportación.
    Uno de los aspectos que aparece en el texto es que el tesoro nacional pertenece a todas las provincias, ya que todas contribuyen a su creación, pero además tiene su propio tesoro, que está formado por todos los recursos no delegados al estado.
    SORPRENDENTE: una de las cosas que más me llama la atención, son las antiguas leyes coloniales que no permitían el comercio directo entre las provincias y Europa. Los buques extranjeros quedaban siempre en los puertos de Buenos Aires y Montevideo. ¿Con que objeto?
    Preguntas
    ¿Sería beneficioso para el cuidado del tesoro nacional que los cargos políticos duren más años y en consecuencia que se mejore la política económica de nuestro país?
    ¿Argentina es un país independiente? Desde el punto de vista económico.

  17. RESUMEN:
    En esta nueva lectura, se detalla que la economía política es importante para la riqueza. Se hace una distinción entre el gasto publico, aquel donde el hombre efectúa por intermedio del gobierno y gasto privado, donde el hombre lo hace para satisfacer sus propias necesidades. Los ataques que la ley puede hacer a la libertad de los consumos privados son de tantas especies como los consumos mismos.
    Por otro lado encontramos dos conceptos importantes, el gasto improductivo, aquello que consumís hoy para satisfacer una necesidad de la vida; y el gasto productivo, aquello que gastas para conservar o agrandar por la producción.
    Para Alberdi, restringir la libertad del consumo industrial, es atacar la riqueza, es empobrecer al pais.
    Todo pais que no pueda costear su gobierno, no puede existir como nacion independiente. La integridad del pais hace referencia a la integridad de su tesoro publico y de sus rentas.
    Otro concepto importante de este capitulo, el Tesoro Nacional. El mismo es ilimitado y supremo en ciertos aspectos, pero no único porque cada provincia tiene el suyo, además de que pertenecen a ellas.
    Por ley existió un comercio directo que se realizaba en los puertos de Montevideo y Buenos Aires, esto genero un comercio indirecto (no regulado por eso llamado así) en los puertos de las provincias.
    Cabe destacar la renta publica, que es la unión de porciones de rentas de los particulares que satisfacen al cuerpo social en el que viven. Por ultimo, lo que agota a la riqueza privada no es la contribución (esta la conserva), si no el despojo, aquellos gastos en exceso.
    ALGO A DESTACAR:
    Me resulta interesante el análisis sobre el Tesoro Nacional, Alberdi va por distintos aspectos importantes (como esta compuesto, quienes forman parte, entre otros). Crear un Tesoro Nacional es lo que forma a la unidad política de la Republica, detalla el autor, y esto lleva a una reflexión sobre la importancia del Tesoro. Se encuentra en constante relacion con el gobierno, porque le brinda la independencia. Creo también que el saber manejar/administrar el Tesoro es la clave del éxito o fracaso de los gobiernos, calcular los impuestos, la distribución de las ganancias, saber como actuar frente a aciertos o desaciertos.
    PREGUNTAS:
    1.En uno de los párrafos dice «se convierten los ataques a la riqueza por todas las leyes y reglamentos que intervienen a la producción», ¿por que cree que se buscan estos ataques a la riqueza? ¿Sera por miedo a no poder controlar la expansión de la misma?
    2.Hablando del Tesoro Nacional me surge la duda de ¿Cómo se obtiene el porcentaje de distribución para cada provincia?
    3.¿Que pasaría si en la actualidad se generara una reducción en los impuestos de los productos importados?

  18. Resumen:
    El autor resalta la importancia del gobierno a la hora de manejar el Tesoro Nacional. Países que no puedan costear sus gastos inevitablemente perderán soberanía e independencia para gobernar, más allá de si sus gobiernos sean unitarios o federales. Identifica en el sistema rentístico argentino las fuentes necesarias para proveer recursos. Las provincias deben conservar su autonomía, para ello el art 101 de la Constitución les delega todos los recursos que no tengan como destino el tesoro nacional; incluyendo multas y contravenciones, el producto de intestados, bienes que se explotan bajo su jurisdicción, donaciones, entre otros. Las provincias al delegar sus recursos no están abandonando su tesoro, sino que poseen tanto su tesoro provincial y también el nacional. La incorporación de terrenos baldíos se utilizó como crédito para el gobierno federal y sirvió para no contraer deuda externa.
    Novedoso:
    Los antecedentes constitucionales en el sistema rentístico son el Acuerdo de San Nicolás y la ley fundamental de la república, ambos firmados por las provincias de la Confederación. Los mismos trataban temas tales como el manejo de la deuda externa, el cobro y distribución de los recursos fiscales y el comercio. Dentro de las rentas nacionales podemos incluir la nacionalización de la Aduana, una única aduana y la incorporación de terrenos baldíos al patrimonio nacional. De existir superposición de tributos, dudando si asignarlas al gobierno central o a las provincias la Constitución tomará las necesidades del gobierno central como una jerarquía superior, que ninguna provincia podrá disponer en contra. El argumento sería que el gobierno federal garantiza el correcto funcionamiento de las provincias.
    Preguntas:
    1. ¿Existía en la época algún antecedente del Régimen de Coparticipación?
    2. Porcentajes de recaudación fiscal de una provincia, ¿cuánto asignaba al tesoro nacional y cuánto al provincial?
    3. ¿Qué tan asimilable fue el sistema rentístico nacional con el de Estados Unidos?

  19. I
    En esta parte, Alberdi se encamina a determinar las disposiciones constitucionales relativas a la relación con los consumos.
    Los principios y garantías que la CN establece con relación a los consumos, son los mismos que rigen los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza.
    La Constitución fue fiel al sistema que prioriza la libertad para el crecimiento de la riqueza.
    Los principios que rigen al consumo son, al igual que para la producción y distribución de riqueza, la libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Esto porque, son estas garantías las que acompañan a la riqueza desde que se produce hasta que desaparece en el hombre.
    De estos principios surge que, estorbar el consumo estéril, implica atentar contra la libertad de usar y disponer de su propiedad y también “marchita” la producción y riqueza general.
    II
    En lo personal destaco la frase de que “no puede haber gobierno gratis, ni debe haberle por ser el más caro de los gobiernos”.
    Costear el Estado, es una especie de forma en la cual se mantiene la soberanía.
    Es claro el orden de prelación que tienen los impuestos, más allá de la redacción del art 31. El impuesto nacional va a primar por sobre el impuesto nacional, esto dado por la forma de gobierno adoptada en el Art 5 de nuestra Constitución.
    Cada provincia va a tener 2 tesoros, el nacional y el de su localidad.
    III
    1. Teniendo en cuenta que el Tesoro nacional no es un tesoro independiente y ajeno de las provincias ¿Cuál es su opinión sobre el Régimen de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales?
    2. ¿Qué tan lesivo a la producción de riqueza general implica la aplicación de un “impuesto a las grandes fortunas”?
    3. ¿Cuál sería la forma más fructífera de incentivar el consumo como medio de generación de riqueza?

  20. En esta tercer parte Alberdi nos presenta los principios y garantías aplicados en la relaciones de consumo. Se le aplican a las relaciones de consumo los principios de igualdad, libertad, seguridad y propiedad. Luego en el capítulo 1, nos cuenta que la riqueza elaborada por el hombre tiene por objeto y fin sastifacer las necesidades del hombre. También nos habla de las diferencias entre gasto público como aquellos gastos realizados por el estado y el gasto privado como aquellos que realizan las personas para sastifacer su interés. Luego en el capítulo 2, habla de las garantías que de le aplican al gasto privado para evitar los ataques de las leyes, cómo limitar el gasto improductivos o productivo de las personas. El cual el entiende que estaría a un paso de convertirse en una tiranía. Por último en el capítulo 3, nos habla de las formas que tiene el estado para recaudar por medio del tesoro nacional art4 y la distinción con la facultad de recaudar de las provincias.
    Novedoso, me relevante cuando en la pág 107 dice «si dejáis a la ley el poder de definir el lujo, abrís a la existencia privada una puerta por donde la ley puede asaltar el hogar y hollar todas garantías individuales en nombre de la moral y del bien público» por las cosas que estamos viviendo hoy en día y como lo utilizan los políticos para romper con la propiedad privada y la libertad de las personas en nombre de la salud pública, igualdad y bienestar general. Entiendo que esto mismo fue utilizado en los países de cuba y Venezuela.
    Preguntas
    1¿ Que modificarias del sistema rentisticos que tenemos hoy en día?
    2¿ El estado tiene que regular el gasto privado?
    3¿ Que medidas aplicarlas hoy en día para bajar el gasto público ?

  21. Al iniciar esta nueva parte, Alberdi detalla acerca de los distintos recursos e ingresos de las provincias. Explicita que las mismas conservan todo el poder no delegado a la Nación, pilar básico del federalismo. A lo largo del texto, se dedica a distinguir entre aquello que fue expresamente delegado a la nación en la Constitución, remarcando fuertemente, entre otras cuestiones, la necesidad de Buenos Aires de renunciar a emitir moneda, controlar los derechos de importación y exportación y demás cosas que hoy por hoy le competen a la nación. En esa misma línea, describe que hay impuestos delegados y otros que mantienen las provincias al no haberlos transmitido expresamente. Pero también menciona casos en que pueda haber controversia entre la Nación y las provincias, solucionando dicho problema con la supremacía de la Constitución y las leyes del Congreso sobre las disposiciones provinciales y la garantía federal que debe el gobierno asegurar.

    Lo que más me conmovió de la lectura es el pensamiento de Alberdi en cuanto a la sostenibilidad del gobierno. Dado que no puede ser gratis, porque sino sería el gobierno más caro de todos según sus palabras, un gobierno debe ser capaz de sostenerse económicamente para así lograr ser independiente y soberano. Este precepto aplica tanto para el tesoro de la Nación como el de las provincias. Estas últimas, en mi opinión, deberían contar con dos tesoros para cumplir con determinadas funciones fijadas por la Constitución. Desde la perspectiva actual de la Argentina resulta obvio que el gobierno en ambos niveles no tiene sostenibilidad económica y eso hace inevitable dejar de pensarlo cuando uno lee estos pasajes.

    Las preguntas, en consecuencia, son:

    ¿Cómo calificaría el régimen de coparticipación federal de impuestos? ¿Es impropio del sistema federal que plantaba al sancionar la Constitución?
    Observando el estado actual de la economía argentina, con déficits en ambos niveles de gobierno ¿Cuáles son gastos que se deberían recortar para alcanzar el equilibrio fiscal?
    ¿Cree que hoy por hoy el gobierno federal tiene demasiadas atribuciones delegadas comparado con otros Estados federales como Suiza o los Estados Unidos?

  22. En la tercera parte Alberdi analiza los consumos desde la misma óptica que analizó la producción y distribución de la riqueza. Como la constitución garantiza el derecho al consumo, pero bajo los mismos principios que las otras dos.
    Primero el gasto privado, en el que la ley no debe entorpecer ni entrometerse en el ciudadano a quien lo rige el juicio propio y su instinto de preservación, y en el gasto público, donde debe intervenir pero para garantizar que se use para el bien público, y no perjudique la libertad. Ambos gastos del hombre son uno solo, uno para satisfacer sus necesidades de forma individual y otro para las necesidades pero de forma colectiva.

    Con respecto al gasto privado, lo divide en productivo(para conservar o agrandar el valor) e improductivo (para necesidades de la vida). Si se limita el productivo, se ataca la libertad de industria, la riqueza, por ende se empobrece el país. Si se limita el improductivo se ataca también la libertad de uso de su propiedad, y se afecta de otras formas a la población
    Con respecto al público, Alberdi aclara que no hay gobierno gratis, que sin solventarlo no hay soberanía, que hay que formar un tesoro y para eso está el artículo 4 de la Constitución. Luego continúa describiendo cuales son las cosas que forman el tesoro nacional y cuales no han sido delegados por las provincias.

    Me resultó interesante el resalto que le da Alberdi al gasto privado improductivo, que es generalmente atacado y sujeto a juicios de valor, como así también la idea de que no se puede limitar de modo irrevocable el tesoro nacional

    Preguntas:
    Aboliría el sistema de coparticipación o que reformas le haría?
    ¿Qué opinión tiene de las tasas y otros impuestos encubiertos que municipios y provincias cobran? ¿Son más o menos perjudiciales que los nacionales, o son consecuencia de estos ultimos?
    ¿Qué medidas tomaría primero en la actualidad para que el gasto productivo aumente?

  23. RESUMEN:
    Alberdi en su texto comienza dando una breve introducción del tema del fenómeno de los consumos públicos y que se va a ver en esta parte del texto, y denomina que el objeto de esta tercera parte va a ser el sistema rentístico, el plan de hacienda o sistema de finanzas de la Constitución Argentina. Para comenzar habla de los principios generales que tiene la constitución en materia de consumos, que estos son los mimos nombrados anteriormente en la producción y distribución de las riquezas: libertad, igualdad, propiedad y seguridad; estas garantías acompañan a la riqueza desde que se produce hasta que desaparece en servicio de las necesidades del hombre. Esta aplicación que seria que la riqueza se elabora para satisfacer las necesidades de su ser, en la economía recibe el nombre de consumo. Este, tiene leyes de conservación y desarrollo que le son propias y que el hombre conoce y observa para poder conservar la misma. A su vez, aclara el apoyo que hace la ley tanto en el gasto privado, teniendo un apoyo negativo, que no lo estorbe, que no se restrinja la libertad de gastar o consumir; y en el gasto público, es que la ley solo intervenga para impedir que de distraiga el propio destino, que sería el bien general. El autor señala que tanto el público como el privado, son dos modos de un mismo gasto, pero con exigencias y deberes diferentes, en el gasto o consumo privado, el hombre lo hace en satisfacción de sus necesidades de familia, pero en cambio en el gasto público, es el que el hombre efectúa para satisfacer las necesidades de la existencia colectiva. En relación con los consumos públicos, dice que el Tesoro Nacional está destinado a los gastos del gobierno, el cual este reúna las recaudaciones de las diferentes provincias. También explica cómo está organizado el sistema federal y como se financia, como también como se distribuye lo recaudado entre las provincias y el Estado.

    NOVEDOSO:
    Me pareció novedoso la distinción que hace Alberdi entre el consumo privado y público y como resalta la importancia de que haya una ley que los regule para que se puedan conservar. A su vez me parece muy interesante como el autor, resalta la no prohibición de libertades, en este caso en el consumo privado, cuando dice que el estado no debería intervenir, ya que no debería estorbar ni restringir la libertad de consumir.

    PREGUNTAS:
    ¿Usted cree que el régimen de coparticipación actual es eficiente?
    ¿Cree que se respetan las leyes puestas al consumo?
    ¿Opina que se respetan actualmente los principios generales establecidos para el consumo?

  24. RESUMEN:
    El hombre con la riqueza que genera busca satisfacer sus necesidades y ante esto la Constitución tiene la necesidad de proteger el consumo y lo hace con las mismas garantías especiales dispuestas para la producción y distribución de la riqueza. A partir de esto en el texto vemos lo que es el gasto privado y el gasto público, siendo el primero el gasto para uno mismo.

    Luego Alberdi recalca que es lo que compone al tesoro nacional y al de la provincia, este último es formado por todos los recursos no delegados al tesoro de la Confederación. El tesoro está destinado para solventar los gastos del gobierno nacional, pero para esto necesitamos de una buena administración ya que recursos tenemos dice Alberdi.

    NOVEDOSO:
    Resaltar que el derecho al consumo está protegido por la Constitución porque para nosotros como sociedad, el consumo es un derecho. Aparte es importante darle libertad al consumo porque funciona como incentivo para el hombre, es decir este va a querer trabajar y producir para luego, consumir eso que produce y satisfacer necesidades. Si se le pusiesen trabas al consumo eso tendrá un impacto directo EN la generación de riqueza y eso no le conviene a la nación.

    Para que se de todo esto entonces, se necesita que se pongan en marcha y se respeten las garantías de protección que le da la Constitución al consumo, en especial creo yo que hay que garantizar la libertad en el consumo para que la gente se sienta incentivada.

    PREGUNTAS:
    1- ¿Tiene un marco regulatorio la Argentina donde en la práctica veamos que se garantizan las garantías especiales dados por la Constitución tanto para proteger como incentivar el consumo?
    2- ¿Cómo podemos hacer para reducir el gasto publico improductivo?
    3- ¿Qué modificaciones se necesitan hacer en materia de los poderes delegados de la provincia y estas, aprovechan de manera correcta sus propios recursos?

  25. RESUMEN
    En este tercer apartado del libro, Alberdi decide hacer un estudio acerca fenómeno del consumo en relación a lo que dispone la Constitución. A ese respecto, la Constitución manifiesta los mismos principios expresados previamente en relación a la producción y distribución de la riqueza: libertad, igualdad, respeto de la propiedad privada y seguridad.
    En cuanto a los consumos privados, el autor plasma que es parte de la esencia y del instinto humano saber consumir sin empobrecerse y que por eso mismo se debe respetar la libertad de consumo. Los reglamentos y leyes que buscan estorbar el “gasto estéril” son contrarios al artículo 14 de la CN, ya que están en contra de la libertad de usar y disponer de la propiedad. También son contrarios a la Constitución, y por ende a la libertad de consumo, los reglamentos de aduana que buscan proteger las industrias nacionales, obligando a los particulares a consumir productos malos.
    Por último, Alberdi desarrolla como debe de erigirse el Tesoro Público Nacional. Aquí, Alberdi establece cuales deben ser los gastos necesarios del gobierno. Por otro lado, también menciona la importancia de que exista gobierno, el cual debe poder costearse, lo que hace a su soberanía. Al fin y al cabo, la solución a este respecto era la unidad integral del sistema del Tesoro y rentas conjuntamente con la unidad de la Nación.
    NOVEDOSO
    En primer lugar, me sorprendió el maravilloso análisis que realiza Alberdi al mencionar la separación de Buenos Aires de Argentina. Aquí, el autor menciona que era un proceso que no debería “solucionarse” con las armas, sino mitigarse con el tiempo, comparándolo con lo que sucedió siglos atrás en España, Francia o Inglaterra.
    Por otro lado, siguiendo el lineamiento de los capítulos previos, Alberdi realiza otra comparación interesante entre lo que debe ser el derecho argentino y lo que era el derecho argentino proveniente de la España de Carlos V y Felipe II. A modo de ejemplo, ciertas normativas españolas provenientes de esas épocas (y que fueron operativas en nuestro país) prohibían a los plebeyos a utilizar ciertas vestimentas por el hecho de pertenecer a una clase/estamento. Nuestro derecho argentino, por mandato de la CN, deroga esas leyes por ser contrarias al principio de igualdad, establecido en los artículos 15 y 16 de la constitución federal.
    PREGUNTAS
    a) ¿Qué opinión le merece la coparticipación federal de impuestos?
    b) ¿Cuál es en la actualidad la mejor fuente de financiación del gobierno?
    c) En concordancia con la libertad de consumo mencionada en este apartado de tu libro ¿La prohibición de acceder libremente a monedas extranjeras es inconstitucional? ¿Es necesaria una moneda de curso legal impuesta por el Estado?

  26. Resumen:
    Al principio Alberdi comienza describiendo los principios generales de la constitución en materia de consumos entre los que se encuentran en el ambito privado el principio de abstencion casi completa y en el ambito publico la intervencion para intervenir desvios del veradero destino. Luego se centra en la aplicacion de las garanticas economicas de la constitucion a los gastos o consumos privados. En lo siguiente menciona dentro del ambito de los consumos o gastos publicos, los recursos que marca la consittucion para poder costearlos. Y habla tambien sobre los elementos o la posibilidad de que exista un tesoro nacional en la condicion de la confederacion en ese momento. Tambien cuenta la posibilidad de crear producto de las tierras publica y de la posibilidad de los recursos que la Constitución asigna para la formación del Tesoro nacional.

    Sorprendente: Algo sorprendente y muy cierto que dice Alberdi en este fragmento del texto es que “El
    país que no puede costear su gobierno, no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. No poder costear su gobierno, es
    exactamente no tener medios de ejercer su soberanía; es decir, no poder existir independiente, no
    poder ser libre”. Y es justamente lo que vemos que le pasa hoy a nuestro hermoso pais, ya que algunos hablan de perder soberania a la hora de por ejemplo dolarizar la economia pero en esta cita bien lo marca Alberdi y es que la soberania ya se pierde en el momento que un propio pais no puede mantener a su propio gobierno, que bien sabemos esta dado por el mal manejo que le dan los politicos a los recursos producidos por sus habitantes.

    Preguntas: Cual es para Alberdi el mal gasto que produce que haya tanto deficit y el tesoro del pais se vea disminuido? Y que metodo implementaria el para cambiar esto?
    La ultima pregunta seria si cree que existe una mala distribucion entre las provincias del tesoro total del pais?

  27. Resumen
    En esta selección de textos Alberdi señala que la nacionalización de los recursos representará la conformación de la unidad nacional.
    En su art.4 la Constitución enumera los recursos del Tesoro Nacional,pertenecientes a todo el país,asimismo,el art.101 establece el autogobierno de las provincias y su administración propia.Los poderes no delegados al Gobierno Federal,en cuanto a sus recursos y tesoros locales que harán a su propio sostenimiento y soberanía.
    Ante la posibilidad de un conflicto en relación de competencias ,entre el poder provincial y el nacional,la propia Constitución intenta resolverlo cuando establece que el mismo Poder encargado de hacer las leyes, tendrá como límite de sus facultades legislativas a la Constitución (art. 31).
    La cesión de una porción de la renta por cada provincia al Tesoro Nacional se justifica en la concreción de de invertir sus utilidades en pos de las necesidades del gobierno nacional.
    Para ello es primordial la creación de un Sistema de hacienda que administre y organice las contribuciones de toda la población.
    El carácter territorial (por su tierras baldías más numerosas y extensas) colocan a la Confederación –respecto de Buenos Aires – en un lugar ventajoso por las rentas y créditos públicos,las aptitudes productivas del suelo de las provincias, la libertad fluvial y sus puertos interiores y el consumo que forma parte de la vida cotidiana, constituyen asimismo una mirada de cara a un futuro próspero.

    Lo novedoso o sorprendente:
    Si procuramos realizar un revisionismo histórico nos encontraremos frente a la gran complejidad que han presentado los sistemas tributarios.
    Luego de tantos años e intentos por dar con un plan que resulte de efectiva aplicación,resulta sorprendente que aún se siga debatiendo en relación al medio más adecuado de respetar las autonomías provinciales que propicien a un sistema tributario federal basado en los principios perseguidos por la Constitución,en una democracia ya consolidada como la nuestra.
    La pólitica recaudadora pareciera no encontrar un camino de equilibrio en cuanto a la distribución de recursos, junto a medidas de gobiernos que han contribuido al endeudamiento público, cuyo origen principal ha sido la necesidad de financiamento externo para palear lo que deja como consecuencia el enorme déficit fiscal y todas aquellas acciones que van en detrimento del Tesoro Nacional.

    Preguntas al autor:

    Considera Ud. que el sistema de Coparticipación federal representa un esquema de distribución de recursos adecuado o qué otro mecanismo sería más conducente en materia tributaria?
    Afirmaría que por el sistema antes mencionado las provincias “gastan recursos que no recaudan” y esto afecta al mejoramiento de la capacidad fiscal?

    Qué rol debería ocupar la Corte Suprema frente a una colisión de intereses entre el Gobierno Nacional y las provincias en relación a políticas tributarias?

  28. En esta tercera parte, Alberdi estudia la aplicación de los principios que la constitución consagra, al fenómeno de los consumos, derecho tan esencial del hombre en sociedad, por lo que toda ley orgánica referida a los gastos públicos o privados, deben tener como punto de partida este derecho natural de gastar o consumir en función de conservación y de progreso, ya que consumir es producir y restringir esta libertad seria atacar la riqueza y empobrecer al país.
    Por ultimo analiza los recursos que quedan bajo poder de las provincias y aquellas que fueron cedidas a la Nación de manera absoluta, como también los que quedaron bajo “poder” de provincias y nación. Analiza al tesoro nacional y si los recursos que le cedieron son legítimos así como los impuestos de este.
    NOVEDOSO O SORPRENDENTE.
    Es sorprendente la manera en que apunta a que los consumos improductivos deben satisfacerse con los productos extranjeros sin importar su encarecido impuesto, porque que de esta manera de alienta al consumo y por lo tanto a la riqueza. Pues entiendo que al gastar todos los días en nuestro consumo improductivo con productos de afuera, aumentaría no solo en consumo sino también productividad local, pues así se incentivaría a los productores locales a mejorar sus productos, lo que implicaría mayor necesidad de producción, mano de obra e inversión, se tendría así en funcionamiento perfecto la rueda de la economía.
    PREGUNTAS
    1) Se respeta de manera absoluta la libertad de consumo en miras de la obtención de riqueza para el país?
    2) Cree usted que deberían modificarse o agregarse más recursos al tesoro nacional? Ayudaría al gasto público?
    3) Con respecto a los recursos delegados de manera absoluta y sin reserva a la Nación, cree usted que deberían haberse delegado a medias con las provincias entendiendo que ayudaría de manera más eficaz a la obtención de riqueza para el país? Esto seria posible?

  29. En la tercera parte de sistema económico y rentístico Alberdi comienza expidiéndose acerca de como los principios de libertad individual consagrados por la constitución resultan en la libertad para el consumo personal, vinculándolo a los conceptos de gastos improductivos y productivos, a medida que avanzamos en la lectura el autor va a plasmar su visión acerca de la necesidad de formar un tesoro nacional con carácter federal y como este se instrumentará por medio de la distribución de la recaudación a la vez que hace mención a la creación de tesoros provinciales. Es con respecto a esta materia que en pasajes posteriores el prócer hace un desglose acerca de las rentas que le serán delegadas por parte de las provincias al gobierno central y cuales quedarán bajo sus arcas. Por último en el fragmento que nos ocupa nos encontramos con la postura del autor acerca del hasta entonces vigente sistema de aduana nacional y la necesidad de dinamizar el sistema de puertos fluviales que hasta entonces se encontraba monopolizado por Buenos Aires y resultaba muy vetusto para la economía del país.
    Entre lo novedoso del texto encontré muy interesante la caracterización que Alberdi hace acerca de la forma en que los individuos tienen de emplear su riqueza , ya que conceptos similares a este los he asociado a autores más cercanos a nuestro tiempo , sin embargo el padre de la constitución nacional los antecede mucho en el tiempo.
    Preguntas:
    I ) Con respecto al pasaje en el que se hace mención al potencial de producción del suelo nacional y como hasta entonces se encontraba subdesarrollado por diversos factores: Existe actualmente alguna actividad productiva en la que el país se explota por debajo de su potencial?
    2 ) con respecto al concepto de viejo comercio enemigo de nuevo comercio: cree que podría trazarse un paralelismo entre las línes de Alberdi y lo que sucede actualmente con respecto a las Fintech o nuevas formas de comercio con respecto a las tradicionales? (ejemplos: Uber vs taxistas , Aerolineas low cost )
    3) Con respecto a la repartición de los ingresos rentísticos por parte del tesoro nacional a las provincias: cree en la actualidad debería perfeccionarse en virtud de lo inequitativo e ineficaz de regímenes como el sistema de coparticipación actualmente vigente?

  30. Resumen – GUÍA 8

    Alberdi menciona los objetos de la política económica que cumplen tres funciones que forman la vida de la riqueza y estos son: la producción de la riqueza, la distribución de la misma y los consumos. La riqueza tiene por objeto satisfacer las necesidades de las personas, esta aplicación de la riqueza es lo que se denomina consumo. Los principios constitucionales que lo protegen son los mismos que para los otros dos objetos que ya hemos analizado: seguridad, libertad, igualdad y propiedad. El autor menciona la diferencia entre consumo privado y consumo público y cómo la constitución los regula. Por último, resalta la idea federal de la constitución y como el tesoro de cada provincia es formado por todos los recursos que no delegaron al Tesoro de la nación.

    Lo novedoso:

    Me pareció interesante la división de los consumos que hace el autor, por un lado, el gasto improductivo que es lo que se gasta para satisfacer las necesidades diarias, y por otro, el gasto reproductivo que es el utilizado en agrandar o conservar el valor de lo que se posee hoy, que son los que permitirán satisfacer las necesidades del futuro.

    Preguntas:

    1- ¿Cuáles eran las consecuencias negativas de la independencia relativa de Buenos Aires respecto de la Confederación?

    2- ¿Considera que debería reformarse en la actualidad el sistema de coparticipación federal? ¿O cree que este es beneficioso tanto para las provincias como para la nación?

    3- ¿Qué medidas pueden tomarse para fomentar el consumo reproductivo? ¿A qué se refiere cuando dice que limitar el consumo reproductivo es embarazar la producción?

  31. RESUMEN:
    En este capítulo, Alberdi habla de las disposiciones de la CN que tienen relación con el consumo, esto es, la satisfacción de necesidades. La CN garantiza la libertad, propiedad, igualdad y seguridad. Las leyes que reglamentan la CN deben abstenerse de alterar estas garantías. Esas leyes serían las industriales y de policía, no las suntuarias. Por ejemplo, la ley de aduanas.
    Luego habla del Tesoro Nacional y el gasto público, sin medios económicos un país no puede mantener su soberanía.
    La CN nacionalizó recursos con el objeto de construir la unidad nacional.
    Continúa con los recursos del Tesoro Nacional, y cuáles forman parte del tesoro provincial, y cuenta sobre los conflictos entre los impuestos entre las divisiones.
    Lo que falta no son recursos, sino un sistema para identificarlos.

    NOVEDOSO:
    Me parece novedosa la distinción entre el gasto improductivo y reproductivo. No me había imaginado que podrían existir distintas formas de ver al consumo. Hasta llegaría a considerar a todo consumo como «reproductivo», ya que, por ejemplo, se considera alimentarse un consumo improductivo, pero sin la alimentación, el hombre no puede seguir consumiendo, porque ya no existe. Haciendo de la alimentación un consumo reproductivo.

    PREGUNTAS:
    -Los impuestos y restricciones que se imponen a ciertos bienes, como por ejemplo, el cigarrillo, ¿no atentan contra la libertad de consumir?
    -¿Existe la soberanía de un país si la mayor parte de su Tesoro Nacional está compuesto por deuda externa?
    -¿El gobierno tiene consumo esteril?

  32. Alberdi en el texto distingue al gasto privado y al gasto público, el primero de ellos es aquel que realiza el hombre en satisfacción de las necesidades de su familia, el segundo, el gasto o consumo público, es el que ese mismo hombre realiza por el intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva. Establece que al consumo deben aplicarse las mismas reglas de la libertad que se le aplican a la producción de riquezas porque están directamente relacionadas entre sí. Al consumir, se produce, se enriquece. Por lo que restringir la libertad del consumo es atacar a la riqueza.
    El sistema rentístico consolida la unidad rentística de toda la república. El tesoro federal se compone de los recursos delegados de la provincia, pero también cada provincia cuenta con su propio tesoro de acuerdo al sistema federal.
    Novedoso/Importante
    Me resultó novedoso que previo a la sanción de la Constitución ya existían pactos en los cuales se trataba el tema del sistema rentístico, que luego fueron respetados dentro de la propia Constitución. También como explica Alberdi cual es la importancia de que cada persona pueda optar por cómo realizar el consumo.
    Preguntas:
    ¿Cómo ve las leyes actuales en relación a la libertad de consumo?
    Teniendo en cuenta el funcionamiento del sistema de coparticipación ¿Debería modificarse o sustituirse?
    ¿Cómo afecta la situación de crisis económica en la cual se encuentra el país en las decisiones sobre los gastos que realizan las personas? ¿Afecta a la libertad de elección?

  33. Resumen:
    En esta tercera parte se examinan las disposiciones de la Constitución Nacional, sobre la producción de las riquezas y en la segunda hace referencia a la distribución.
    En el capítulo 1 menciona que la riqueza que el hombre elabora en base a su trabajo tiene por objeto satisfacer las necesidades de él mismo. Y que esa aplicación se conoce como consumo. Consumir la riqueza es ejercer el derecho más precioso que tenga el hombre.
    La Constitución Nacional no podía dejar sin garantías este derecho esencial del hombre. Estos principios son: la libertad, igualdad, propiedad y seguridad.

    Lo novedoso:
    Me resulta interesante y novedoso comprender la función del consumo en la economía. También las leyes y regulaciones que pueden restringir el consumo de los particulares.
    No estoy de acuerdo a que el consumo tenga que tener un límite, teniendo la posibilidad de consumir todo lo que el usuario crea conveniente para él y su familia.

    Preguntas:
    1- ¿Qué opinión tiene respecto del gasto publico de la actualidad?.
    2-¿Que opinión tiene respecto de la malversación de fondos públicos? actualmente.
    3- ¿Cómo deberían ser regulados los impuestos?

  34. Resumen

    Distinción entre gasto público y privado, el primero debe ser dirigido al bienestar general y en el segundo el legislador no puede meterse. Protegidos por la igualdad, seguridad y libertad; 3 aristas que también protegen la producción y la riqueza.
    Distinción dentro del consumo privado entre gasto productivo e improductivo, muy estrechamente relacionados con la producción. No es favorable restringir ninguno de estos, ya que de hacerlo con el primero, se limita la producción de riquezas, y hacerlo con el segundo también, ya que, que incentivos hay para el hombre de producir y esforzarse si no puede disfrutar de la renta obtenida.
    En relación al consumo público, el autor continúa la delimitación de las funciones esenciales del Estado, sugiere que las rentas estatales deben ser dirigidas a defender su territorio, conservar su independencia y a llevar a la realidad las garantías constitucionales. La conformación de un tesoro nacional hace a la unidad política de la República. Pero el Estado no tiene un precio fijo, sino se regala la soberanía al mejor postor, su riqueza depende de la riqueza de los particulares.

    Situaciones novedosas

    Nuevamente, observo una crítica muy fuerte a lo que posteriormente se conoció como Industrialización por sustitución de importaciones, por cuanto obligan a los habitantes a consumir productos caros y malos, en detrimento de los buenos y baratos que otras naciones pueden ofrecer a través del comercio. Esto atenta claramente contra el Derecho de Propiedad.
    También se repite la inclinación del autor a favor de leyes de policía que contra los ociosos y jugadores. Es hasta esta parte de la lectura, el único punto en el que estoy en total desacuerdo, si un individuo elige la ociosidad como su estilo de vida no tendría por qué imponérsele la moral del estado a través de la violencia legítima (que en definitiva es la moral de la mayoría), hay que respetar su proyecto de vida.

    Preguntas al autor

    ¿Qué opinión le merece la Ley de Coparticipación Federal donde las provincias más ricas redistribuyen hacia las más pobres?
    ¿Cómo vería la repartición de servicios como salud, educación y eventualmente alguna infraestructura del estado nacional a los provinciales? Quedando a cargo del último solamente cuestiones como seguridad, defensa, diplomacia, etc.

  35. Como resultado del desarrollo económico de la nación, la constitución ha puesto los derechos del hombre en cuanto al ejercicio de los gastos o consumos privados bajo el amparo de sus garantías de libertad, propiedad, igualdad y seguridad.
    La desarrollo del gobierno lleva a la creación de un tesoro nacional. La necesidad del tesoro nacional radica en que es necesario para el desarrollo y subsistencia del gobierno. Los recursos que utiliza como por ejemplo, civiles para desempeñar el trabajo administrativo de las dependencias gubernamentales, propiciar el lugar físico para radicar las dependencias, etc; todo ello para el normal desenvolvimiento del gobierno y que constituye el gasto publico.
    Encuentro novedoso que la puja entre las provincias y el estado nacional, en virtud del poder que les propicia el art 4, sobre el poder no delegado de la nación; sea ya que las provincias entregan su porción al tesoro, el cual “está destinado a invertirse en las necesidades de un gobierno elegido, creado, costeado por las provincias, cual es su gobierno común y nacional, que es gobierno tan suyo como es de cada provincia su gobierno local”. El tesoro es el mecanismo por el cual el estado se financia. Hoy en día también es así, las provincias cuestionan el uso de los fondos del tesoro nacional, que pareciera beneficiar a un sector o ministerio o provincia, sobre otra y sin permitir un uso equitativo.
    Las preguntas que realizaría son: ¿ el modelo federal de gobierno es equitativo con respecto al aporte de las provincias que producen menos y por ende hacen un aporte menor al Tesoro Nacional?
    ¿Si el proteccionismo es desalentador para el desarrollo del país, cual serian las políticas publicas correctas, al día de hoy, para equilibrar la economía y permitir una cuota de protección a la producción nacional sin desalentar el libre comercio?.
    ¿El gasto publico puede moderarse sin alterar el gasto privado?.

  36. Resumen | Sobre el sistema rentístico, los gastos públicos y el Tesoro Nacional.

    Cap I – El consumo de la riqueza que satisface las necesidades humanas está garantizado por la Constitución, a través de los principios de la libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Sobre el gasto privado, la ley debe abstenerse completamente para apoyar el gasto regido por el propio instinto humano. Sobre el gasto público, aquel que el hombre efectúa por intermedio del gobierno, la ley interviene solo para evitar distraer del bien general. Son dos modos de un mismo gasto

    Cap II – Sobre la aplicación de garantías constitucionales a los gastos privados. La ley es capaz de limitar tanto el gasto productivo, lo cual retrasa la producción. También es capaz de limitar el gasto improductivo, y si se permite definir que consiste en lujo, se abre la puerta para que la ley asalte la esfera privada y todas las garantías individuales en nombre de la moral y del bien público.

    Cap III (i-v) – Cualquier nación soberana debe poder costearse a sí misma, que de acuerdo al Art. 4 de la Constitución, sale del Tesoro nacional. Este está formado por el producto de los derechos de importación y exportación, de la renta de tierras nacionales, de correos y demás contribuciones y empréstitos. Bajo esta premisa, la independencia doméstica de Buenos Aires respecto de la Confederación se cura con su incorporación rentística y volviendo nacional los recursos antes bajo el poder de Buenos Aires. Mismo así se regularon las aduanas internas que estableció cada provincia, volviéndolas nacionales. El tesoro provincial se compone entonces de lo no delegado al gobierno federal, como los bienes de intestados, donaciones especiales recibidas, producto de multas locales, rentas sobre explotación de riquezas locales no minerales, entre otros. Cada provincia tiene dos tesoros, la nacional y la propia.
    Pero para lograr costearse, falta un sistema administrativo que pueda organizar todos los recursos poseídos. Las numerosas tierras baldías de la Nación, sumamente productivas, no se gravan y se trabajan, aun siendo más accesibles con el nuevo sistema de navegación interior. En la época colonial los buques solo podían cargar y descargar en los puertos de Montevideo y Buenos Aires. Después de la revolución, siguen trabajando los mismos comercios creados por la ley que prohibían otras banderas extranjeras. Mismo así con las vías de trenes, forzadas a trabajar sin los inversores extranjeros porque se mantienen los comercios ya establecidos anteriormente.
    Las contribuciones o renta pública presuponen de la existencia de renta privada, donde existan agentes de producción y materia imponible. La Argentina cuenta con las condiciones económicas necesarias, tal como otras naciones civilizadas usaron para construir sus Tesoros públicos, para establecer todas las contribuciones conocidas generalmente por la ciencia de las rentas.

    Destacado | Es claro el asalto a la libertad individual de trabajar cuando se fuerzan un sinfín de fiestas y celebraciones por cada hito que el gobierno de turno considere digno. Alberdi comenta que esto obliga a la gente a para la producción y malgastar el fruto de su trabajo, tal como en el contexto actual se imponen feriados puentes e inauguraciones variadas para subir temporalmente el consumo interno y la imagen política, a costa de mayores ahorros que el individuo pueda elegir tener.

    Preguntas |
    1. Hoy en día está en vigencia la Coparticipación Federal de Impuestos, ¿cómo consideraría Alberdi esta evolución con lo que propuso en su momento para paliar la situación contributaria de Buenos Aires y el resto de las provincias?
    2. De acuerdo a lo expuesto sobre la limitación a los gastos privados, ¿qué otras formas de limitación existen hoy en día además de los ya mencionados? Los más obvios serían el cepo al dólar, los impuestos a la importación de electrodomésticos, ¿cuáles otras medidas actuales más indirectas podrían ser consideradas limitaciones al gasto improductivo?
    3. En comparación a otros países ricos en recursos naturales, ¿cuál es el estado del sistema administrativo argentino?

  37. RESUMEN.
    En esta tercer parte del libro de Juan Bautista Alberdi hace referencia a los principios generales en materia del consumo de la Constitución Nacional. Estos principios que son libertad, igualdad, propiedad y seguridad. También hace referencia a la protección de la industria nacional, que no hace justa la competencia, sino que el ciudadano se vea obligado a consumir producto nacional, cuando en realidad elegir que consumir es un derecho que deben tener los hombres.
    También hace una distinción entre el gasto público y privado. También hace referencia al tesoro nacional que es el que sostiene los gastos del gobierno, y que la riqueza de este tesoro depende de la riqueza de los ciudadanos. La ley debe estar dirigida a evitar que el gasto público se desvirtúe de su principal función que es el bienestar general.
    NOVEDOSO.
    Me sorprende como Juan Bautista Alberdi aborda la cuestión del Tesoro Nacional, la importancia que le da a este y como el gobierno “depende” de éste. Cuando hace mención a que el gobierno debe sostenerse para lograr la independencia como estado soberano, me hace recordar a como las provincias menos productivas deben acatar las directrices de nación por su baja capacidad de producción y depender pura y exclusivamente de Nación, como por ejemplo algunas provincias del norte.
    PREGUNTAS.
    ¿Qué soluciones propondría para que provincias poco productivas encuentren incentivos para dejar de hacerlo?
    Argentina desde 2017 viene con una caída de su PIB ¿Cree que las actuales leyes y políticas del gobierno hará que sufra una caída aún peor?
    Con el actual contexto argentino ¿reduciría drásticamente el gasto público?

  38. A lo largo de la tercer parte, el autor refiere a los principios generales que establece la Constitución Nacional en materia de consumos. Estos principios son la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad.
    Por otro lado Alberdi refiere al Tesoro Nacional y analiza los gastos públicos y los gastos privados. A través del primero se busca la satisfacción de necesidades colectivas mientras que a través del segundo se busca la satisfacción de las necesidades de familia.
    Personalmente coincido con la afirmación que hace el autor al decir que restringir la libertad del consumo industrial es atacar la riqueza del país. Es harto sabido que cuando la población se ve privada de una posibilidad que antes tenía, no dejará de buscarla sino que lo hará a través de mecanismos paralelos e informales, afectando inevitablemente la recaudación del Tesoro.
    Me resultó interesante el hecho de que Alberdi menciona que primero existe la actividad privada y luego mediante impuestos surge el Tesoro. Y no solamente el Tesoro sino todo el aparato estatal dado que no produce riquezas sino que depende de la contribución del sector privado.

    1) ¿Considera necesaria la existencia de un Tesoro que administre el dinero brindado por la población a través de impuestos para satisfacer bienes colectivas o quizás aun cuando no existiese esas necesidades se verían cubiertas por el propio desarrollo del mercado?

    2) ¿Considera adecuado que a partir de la ley de coparticipación las provincias se vean privadas del cobro de determinado tributos y que aquellos solo puedan ser cobrados por el Estado Nacional?

    3) ¿Cómo se explica el sostenimiento hoy en día de un sistema estatal improductivo que debería brindar soluciones colectivas pero que generalmente falla en su misión y que es totalmente deficitario y por ende arrastra consigo a los productores privados?

  39. RESUMEN
    En esta tercera parte, Alberdi habla sobre las disposiciones de la constitución que se refieren al fenómeno de los consumos públicos, o sea de la formación, administración y empleo del tesoro nacional.
    La riqueza tiene por objeto y fin satisfacer las necesidades del hombre. Esto recibe en la economía el nombre de consumo. Consumir la riqueza es ejercer el derecho esencial del hombre en sociedad. La CN le otorga garantías especiales a este derecho, que son los mismos principios que la Constitución asegura en favor de la producción y distribución de la riqueza: libertad, igualdad, propiedad y seguridad.
    En el consumo la riqueza tiene leyes de conservación y desarrollo que le son propias, y que el hombre conoce y observa por el instinto conservación. La política económica es la política de los gastos y consumos, el sistema de rentas. En el gasto privado, el apoyo que se le exige a las leyes es el de su abstención completa; un apoyo negativo que no le estorbe, que no le restrinja su libertad de gastar o consumir, de que su juicio propio y el instinto de su cons8rvación son los mejores legisladores. En el gasto público, todo el apoyo que exige de la ley es que ella intervenga sólo para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien general; para impedir que exceda este objeto, y para cuidar que el impuesto levantado para sufragarlo no atropelle la libertad, ni esterilice la riqueza. Gasto o consumo privado el que hace el hombre en satisfacción de sus necesidades de familia, téngala propia o sea soltero; y se llama gasto o consumo público el que ese mismo hombre efectúa por el intermedio del gobierno, en satisfacción de las necesidades de su existencia colectiva, que consiste en verse defendido, respetado, protegido en el goce de su persona, bienes y derechos naturales.
    Las leyes suntuarias, también las industriales y de policía, son las que de ordinario restringen y alteran la libertad de los consumos improductivos. El Tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente, por lo que el país que no puede costear su gobierno no puede existir como nación independiente, porque no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por sí mismo. La Confederación Argentina proveyó al medio de llenar los gastos o consumos exigidos por el sostenimiento del gobierno, que se daba en cumplimiento de los pactos preexistentes de ser nación independiente, desde el Acta firmada en Tucumán en 1816 hasta el acuerdo de San Nicolás. La Confederación tiene la misma aptitud que Buenos Aires para sostener y costear su gobierno de circunstancias respectivo, y que esta circunstancia cede grandemente en provecho común de la nacionalidad del país entero. La Constitución ha confirmado la integridad de la República Argentina en materia de rentas y entre otros temas, expone lo relativo al Tesoro provincial y Nacional. La diferencia es que, en vez de pertenecer a cada provincia aisladamente, el Tesoro nacional pertenece a todas juntas reunidas en cuerpo de nación.
    Todas las provincias argentinas se prestaron a restablecer la unidad tradicional. Solamente Buenos Aires se opone a que las rentas nacionales, percibidas en el territorio de su provincia, entren en el Tesoro común de las Provincias Unidas. No son recursos los que faltan a la Confederación, sino un sistema administrativo que sepa darse cuenta de los infinitos recursos que posee, ordenados, colectados y encerrarlos en una arca común y nacional. Desarrolla los recursos que la Constitución asigna para la formación del Tesoro nacional, la posibilidad del producto de las tierras públicas, así como también la posibilidad del recurso de las contribuciones en la Confederación. La Constitución dispuso en su artículo 4.- «El gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional, formado del producto de derechos de importación y de exportación de las aduanas, del de la renta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a su población imponga el Congreso federal y de los empréstitos y operaciones de créditos que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional».
    NOVEDOSO
    Me parece sorprendente la visión de Alberdi sobre la Confederación y Buenos Aires sobre que la independencia relativa de Buenos Aires es un “mal profundo para el país”, ya que contribuye a la descentralización política. Ese mal será un achaque crónico, con que tendrá que existir la República Argentina, sin dejar por eso de ser una nación, aunque mal centralizada, como ‘ha sucedido desde que adquirió el desarrollo que hoy tiene por sus instituciones políticas de provincia-nación, comenzadas desde el año de 1821, y confirmadas por la reciente Constitución de 11 de abril de 1854. Ese mal no es sin ejemplo, pues lo han llevado largo tiempo en su seno la Inglaterra, la Francia y la España, cuya unidad política es de siglos más reciente que su nacionalidad.
    Preguntas:
    1. ¿Es diferente la distribución de las riquezas del país en la actualidad en comparación de lo que era al escribir este libro?
    2. ¿Qué leyes actuales usted interpretaría que entorpece el consumo privado?
    3. ¿Qué cambiaria de la política económica actual para que crezca el tesoro nacional?

  40. En este nuevo capitulo, Alberdi se dedica al tratado de dos temáticas, que en realidad están unidas. El consumo y la conformación del tesoro nacional. Para Alberdi, las garantías y formas establecidos para este aspecto conforman el sistema rentístico nacional. Nos dice también que el sistema que establece la CN hace prevalecer la riqueza de la Nación sobre la riqueza del fisco.
    El trabajo de las personas tiene como finalidad satisfacer las necesidades de su ser, esto es a lo que se llama consumo. En este sentido, la CN defiende el consumo de los particulares con instituciones/derechos firmemente consagrados como la libertad, la propiedad, la igualdad, la seguridad, etc. Lo que termian dejando en claro es que la misión del estado en lo que respecta al consumo privado es una postura ya repetida a lo largo de la obra, la no intervención. Los particulares saben en que gastar y como hacerlo sin necesidades de regulaciones.
    En segundo lugar Alberdi trata la temática del consumo publico. Es claro que organizado un estado, sus órganos y otorgadas sus potestades y funciones, el paso siguiente es otorgarle los recursos de los que se valera para llevar estas acabo. Es la misma constitución la que es consciente de su propia financiación para cumplir con su texto. Dice Alberdi “el tesoro y el gobierno son dos hechos correlativos que se suponen mutuamente”. Para que exista un gobierno soberano, debe tener la potestad de obtener sus recursos propios.
    Finaliza hablando de la conformación del tesoro nacional, de los recursos que le corresponden propia y exclusivamente a la nación y también las potestades propias de las provincias. El tratamiento de las aduanas, las cuales lógicamente son nacionales ya que solo puede existir una, de lo contrario se volvería a la problemática de la época colonial donde cada provincia tenia su propia aduana.

    Lo que me pareció mas interesante de la lectura es cuando el autor se dedica a analizar los recursos contenidos en el articulo 4 de la Constitución. En primer lugar habla de la venta o locación de las tierras nacionales, tal vez un recurso que hoy en día no tiene tanta vigencia pero es lógico ver la importancia que si tenia en ese tiempo, teniendo en cuenta los grandes terrenos desérticos y desaprovechados que tenia la republica. En segundo lugar el caso de las aduanas, de la lógica que tiene que solo haya una controlada por el gobierno nacional, ya que la barrera de entrada al territorio nacional es solo una. También el caso de los impuestos nacionales y provinciales, según entiendo trata aquellos casos de doble imposición (nacional y provincial) resolviéndolos a partir del art. 31 CN, en los que los impuestos provinciales ceden ante los nacionales por la supremacía de la CN, cuestión que hoy en día ser resuelve via cooparticipacion.

    ¿Cree Alberdi que la presión impositiva que sufren los ciudadanos hoy en día es coincidente con su modelo de tesoro nacional?
    ¿Podriamos decir que hoy en día se opta por la riqueza del fisco y no la de la nación?
    ¿Qué función cumplirían las aduanas en un sistema de libre comercio?

  41. Resumen: En esta tercera parte Alberdi habla sobre los consumos, en el cual los principios y garantías que la Constitución argentina establece con relación al consumo, son los mismos que rigen los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza, estos son la libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Este derecho es esencial para el hombre en sociedad. Hace una distinción entre el consumo privado, que es la acción que realiza el hombre para satisfacer sus necesidades y el consumo público cuando se da por intermedio del gobierno para satisfacer necesidades de existencia colectiva. Después también define lo que es un gasto improductivo, ósea el gasto destinado para vivir y gozar, la intervención de esto atenta la libertad de usar y disponer de su propiedad que da el art 14 de la CN y las garantías constitucionales que protegen el consumo de las personas. En una segunda parte se habla sobre el tesoro nacional, donde el art 4 de la CN va decir como esta conformado. Este está destinado a sostener los gastos del gobierno nacional. Se centraliza la renta, formando una unidad política en el país.
    Novedoso: como se ve en estos capítulos es muy importante según Alberdi el consumo, pero más en especial el consumo privado improductivo, que seria el que el estudia en su libro. Este según los economistas es el consumo destinado a vivir y gozar de todas las personas. Por ende este consumo es de suma importancia para los habitantes del país, ya que así el estado también se vería beneficiada, porque las personas tendrían libertad de elegir que consumir, y el estado vería como la economía interna funciona correctamente.
    Preguntas:
    1) Siendo que el consumo privado es tan importante para las personas, ¿Cómo podría hacer el estado para que las personas que no tienen trabajo puedan consumir sus necesidades básicas sin tener que depender de una ayuda constante del estado en el corto plazo?
    2) ¿cree usted que hoy en día la recaudación del tesoro nacional esta bien distribuida entre las provincias, teniendo en Argentina una forma de gobierno federal?
    3) hoy en día el país cuenta como excesivos impuestos y aun así el estado cuenta con muchísima deuda pública, ¿cómo podría esto ser resuelto sin que surjan nuevos impuestos que afecten aun mas a las personas?

  42. En esta oportunidad, Alberdi se refiere a la deuda de Buenos Aires, se enfoca en medirla, nos cuenta que hay dos medios, la verdadera amortización y la falsa amortización, siendo esta ultima la optada por rosas y sus sucesores, aumentando la deuda mediante el empleo de papel moneda, dejando de lado la Ley de Rivadavia. Consecuentemente también nos habla de los medios de ejercer el crédito publico, destacando entre ellos el empréstito/préstamo y sus modernas versiones, como por ejemplo deuda flotante, papel moneda, deuda no consolidada, etc.
    Alberdi también nos enseña deben ser reglados por la ley orgánica esos recursos para dar abundantes resultados al Tesoro, sin perjudicar las miras de libertad y de progreso en cuyo interés ceden y se vinculan los del mismo fisco, según la Constitución que estudiamos en su sistema de hacienda. Además, Alberdi nos cuenta sobre la reglamentación de las leyes orgánicas respecto de los recursos para acrecentar el Tesoro, sin pasar por encima de la libertad y de progreso. Para esto, nuestro sistema rentístico se basa en los siguientes derechos: la propiedad, la libertad, la igualdad, la seguridad en sus relaciones prácticas con la producción, distribución y consumo de las riquezas, derechos que la constitución manda a proteger de leyes fiscales. Por último, nos menciona a la venta o locación de tierras como recurso del Tesoro Nacional, considerando a la venta como la mas adecuada por Alberdi.
    Me gustaría consultarte a Alberdi si hoy en día el observara nuestro país: ¿considera que las leyes fiscales, destinadas a la recaudación de recursos, funcionan para amortización?

  43. Alberdi comienza por hablar sobre el consumo y la necesidad de que se apliquen para este los mismos principios que se aplican para la producción. Dice que cualquier tipo de legislación que intente limitar el consumo es un ataque a la libertad. También diferencia entre el gasto publico y el gasto privado. Luego vuelve a mencionar la riqueza del fisco y diferenciarla de la riqueza de la nación. Finalmente habla sobre el tesoro y los recursos de las provincias y los recursos del Estado Nacional. Acá menciona algo que es vital para el federalismo consagrado en el texto constitucional: las provincias conservan todo el poder no delegado a la Nación.

    Me resulta muy novedosa y positiva la visión del consumo que tiene Alberdi, desconozco lo que opinaban sus contemporáneos pero me da la impresión que su postura debió haber sido muy avanzada.

    ¿Considera que se respeta el federalismo, tanto fiscal como general, hoy en día en la Argentina?

    ¿Cree que en el siglo 20/21 hubo medidas que hayan querido limitar el consumo?

    ¿Como haría hoy para bajar el gasto público en Argentina?

  44. Resumen:
    El autor describe los principios generales que establece la Constitución Nacional en cuanto al consumo. Estos principios son la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad. Luego realiza una distinción entre el gasto público y privado separando dentro del consumo privado entre gasto productivo e improductivo, muy estrechamente relacionados con la producción. Sostiene que no hay que restringir ninguno de los gastos, ya que se estaría limitando la libertad de la riqueza. Por último desarrolla el sistema rentístico. Las provincias le delegan recursos al Tesoro Federal, pero también cada provincia es poseedora de su propio tesoro.

    Novedoso:
    El autor analiza todos los aspectos en base a la productividad o improductividad mientras que desde un punto de vista enfocado al ocio es común que existan gastos dedicados a otras cuestiones como por ejemplo el entretenimiento. Pero estos igual deben ser tomados en cuenta a la hora de analizar un individuo o un grupo económico.

    Preguntas:
    ¿El actual sistema de coparticipación es acorde a lo que produce cada provincia?
    ¿Existen leyes actuales que podrían ser aplicadas cuando el libro fue escrito?
    ¿Cuál es el principal aspecto o pasivo que conforma el gasto público actual?

  45. Resumen:
    Alberdi en esta tercera parte se va a referir a los principios y garantías de la constitución nacional vistos anteriormente con relación a los consumos, que según ella rigen los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza. El conjunto de estas reglas y garantías forma lo que se llama el sistema rentístico, que será objeto de esta parte. El gasto público y el gasto privado forman el consumo, el privado se refiere al hombre y la satisfacción de necesidades de su familia, mientras que el público es el gasto por el cual interviene el gobierno para soluciones a necesidades colectivas. Afirma que el Tesoro está destinado a sostener los gastos del gobierno nacional y debe conformarse de bienes nacionales y del producto de las contribuciones que imponga el Congreso, ej. renta de correos. Alberdi hace referencia a lo que agota y destruye la riqueza privada no es la contribución, sino el despojo que hace el despotismo para sus excesos. También habla del poder político y económico no delegado de las provincias a la Nación.

    Novedoso o sorprendente:
    En esta ocasión me llamó la atención la división que realiza Alberdi sobre los consumos. Primero habla del gasto improductivo, el gasto que se genera para satisfacer las necesidades diarias, y luego tenemos, el gasto reproductivo, el gasto que se utiliza para agrandar o conservar el valor de lo que se posee hoy, que son los que permitirán satisfacer las necesidades del mañana. Lo que me lleva a pensar si esto es realmente así, o si se puede analizar desde una perspectiva un tanto más subjetiva.

    Preguntas al autor:
    – ¿Consideraría que el préstamo emitido por el FMI a la Argentina supone dejar de existir como una nación independiente?
    – ¿Cuál sería el límite del gasto público para que no caiga en gastos improductivos?
    – Volviendo sobre el gasto público, que medidas tomaría para la situación actual de Argentina, ¿lo reduciría? ¿Por qué?

  46. En esta parte alberdi nos trae el analsis de prinicpios y garantias conyiyucioanles pero con una nueva aplicacion. Dentro de esta parte estos prioncipios y garantias seran aplicados al consumo.
    En el capitulo primero es donde Alberdi comienza a hablar de los principios generales de la constituicon en materia de consumo, donde establece que los prinicpaios que aseguran la prduccion y la distrivucion de la riqueza es la libertad, igualadad,propiedad y seguridad.
    En el capitulo dos nos trae la aplicacion de las garantias de la Constitucion a los gastos o consumos privados. Entendiendo en este que la formulacion de leyes restringen este consumo privado.
    en el tercer capitulo comienza a hablarnos del tesoro nacional como un medio de existencia del gobierno, entendiendo al tesoro y el gobierno como dos hechos correlativos que se superponen entre ellos dado que el Gobierno debe sostenerse con algo y en este caso este sostenimiento se dara a partir del tesoro-
    La confederacion dado los problemas que tenia a nivel internos las provincias gestionaban cada una los ingresos de que les eran «dueños» es decir gestionaba la forma de recaudacion de divissas de acuerdo a lo que teniean dentros de la provicnia, por ejemplo buienos aires con el puerto, las difetnes provincias con las tierras etc. Esto dado a la no existencia de un gobierno centrar generaba esta division entre las provincias esto o sea era que habia 12 cajas pero 1 solo tesoro hot eso no cambio las provicnias no delgan ni se desprenden de esa renta que le entregan al teosoro nacioanl para componerlo y este tesoro entonces les pertenece a toas unidas. Entonces estas picias tiene dos tesores el local pero ademas tienen el nacioanl.
    Alberdi luego ahce un analisis en relacion a cuales son los posibles fondos o maneras de generar y acrecentar el teosor hablando asi de las tierras, es decir de los terrenos fiscales o tierras fiscales y ademas de las contribuciones directas o indirescas de las provincias.
    Lo interesante es como vamos entendiendo la formacion del tesoro nacional y la importancia que tienen las provincias en relacion a la conformacion del mismo
    mis pregutnas serian:
    1- Que piensa alberdi de la Copaorticipacion?
    2- Lo cree que es justo? o cada provinia deberia de gestionar y formar su tesoro sin ayuda del resto?
    3- Que consideraciones tiene en relacion a la toma de terrenos fiscales?

  47. RESUMEN: Es parte de la riqueza de la nación la economía al consumo y que la economía consiste en consumir sin empobrecerse. Es necesario distinguir la división del gasto, este puede ser gasto privado y gasto público. El primero es el que hace el hombre para satisfacer sus necesidades y la ley no debe tener injerencia en eso. El segundo es el gasto que realiza por intermedio del gobierno para saciar necesidades colectivas. Para Alberdi restringir la libertad del consumo industrial es atacar la riqueza del país.
    Para la existencia del gobierno es necesaria la creación de un Tesoro que reúna las recaudaciones de las diferentes provincias. Los recursos provinciales han sido delegados al gobierno federal para su sustento. De un modo absoluto y sin reserva algunos se han delegado: el producto de las aduanas, de la renta de correos, de los derechos de tonelaje, de la amonedación. Otros se han delegado a medias: la renta y locación de tierras públicas, las contribuciones directas e indirectas, y el crédito. El fisco de la provincia se compone de todos los demás recursos que no delegaron explícitamente por medio de la Constitución.
    Novedoso:
    Me parece interesante la importancia del tesoro nacional, el gobierno necesita poder costear los gastos de su gobierno para poder ejercer su soberanía, ser independiente, de otra forma no existiría una nación independiente dice Alberdi. El país que no puede costear su gobierno no puede existir como nación independiente. La integridad del tesoro radica en que pertenece a todas las provincias juntas reunidas, pertenece a todos, a pesar de existir la delegación de los recursos el tesoro es un solo.
    Preguntas:
    1. ¿Sobre el gasto público, cree que este es un gasto que en general debería reducirse? ¿Estaría a favor o en contra de la amplitud de gasto que emana el gobierno actual para cubrir cada vez más contingencias de la seguridad social?
    2. Qué otros recursos deberían delegarse a medias con las provincias?
    3. De que forma defendería las restricciones al consumo privado?

  48. En esta parte Alberdi habla sobre los consumos y de los principios que rigen los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza, y son: son la libertad, igualdad, propiedad y seguridad. Alberdi distingue entre consumo privado (lo realiza el hombre para satisfacer sus necesidades) y el publico (realizado por el gobierno para satisfacer necesidades colectivas). Alberdi también define lo que es un gasto improductivo, es el gasto destinado para vivir, y explica que la intervención de esto en este tipo de gastos atenta directamente contra la libertad de usar y disponer de su propiedad. Alberdi termina hablando de la conformación del tesoro nacional, de los recursos que le corresponden exclusivamente a nacion y tambien las potestades propias de las provincias. El tratamiento de las aduanas, las cuales lógicamente son nacionales ya que solo puede existir una, de lo contrario se volvería a la problemática de la época colonial donde cada provincia tenia su propia aduana.
    Lo que mas interesante encontre en este tramo fue la visión de Alberdi sobre la Confederación y Buenos Aires y que la independencia de Buenos Aires es un “mal profundo para el país”, dado que contribuye a la descentralización política. Tambien me llamo la atencion como Bautista Alberdi aborda la cuestion del Tesoro Nacional, la importancia que le da a este y como el gobierno “depende” del mismo. Cuando menciona que el gobierno debe sostenerse para lograr la independencia como estado soberano, me hace recordar a como las provincias menos productivas deben acatar las directrices de nación por su baja capacidad de producción y depender pura y exclusivamente de Nación, como por ejemplo algunas provincias del norte.

    1) Ya que Alberdi establecio que el proteccionismo es negativo para el desarrollo economico de una nacion , cual serian las políticas publicas correctas, para hacer florecer la economía ?
    2) Existe alguna forma de limitar el gasto publico sin que se vea afectado el privado?
    3) ¿Qué opinaria de la Ley de Coparticipación Federal que establece que las provincias mas ricas deben distribuir riqueza hacia las más pobres?

  49. El Tesoro Nacional pertenece a todas las provincias juntas reunidas en cuerpo de Nación. Así cada provincia, en vez de tener un tesoro, tiene dos: el de su localidad y el de la Nación. Los dos son invertidos en su provecho: el uno en sostén del gobierno encargado de hacer cumplir la Constitución general, y el otro en sostener al gobierno que tiene a su cargo el orden local de la provincia; el uno se invierte en el gasto que cuesta sostener la independencia nacional, el otro en el gasto ocasionado por la necesidad de mantener la independencia y soberanía relativas y domésticas de cada provincia. Uno y otro tesoro son creados por el pueblo de cada provincia: en ambos existen las contribuciones salidas de su bolsillo; de los dos dispone el pueblo contribuyente; por sus representantes en el Congreso general vota el impuesto y el gasto nacional, y por su Legislatura de provincia dispone de su tesoro reservado y local.

    Según Alberdi, no son recursos los que faltan, sino un sistema administrativo que sepa darse cuenta de los infinitos recursos que posee, ordenados, colectados y encerrarlos en una arca común y nacional. El gobierno central está investido de la facultad de traer los recursos dispersos a un centro común de dirección y gobierno. El establecimiento y distribución de las contribuciones que deba pagar todo el pueblo, sirven para el sostén de su administración general, en la creación de un sistema de oficinas y de una jerarquía de funcionarios o empleados fiscales, para la recolección, contabilidad y guarda del Tesoro procedente de esas contribuciones. Centralizar la renta, crear un Tesoro nacional, es precisamente lo que forma la obra de la unidad política de la Republica.

    Preguntas:
    1- ¿El grado de autonomía política y fiscal de los gobiernos provinciales depende de una economía privada pujante en cada jurisdicción?
    2- ¿La mayoría de los tributos son progresivos o regresivos?
    3- ¿Un sistema de coparticipación federal de impuestos como está diseñado en Argentina, resulta suficiente para lograr que las provincias más pobres crezcan más que las ricas?

  50. Alberdi se ha dedicado a describir el rol que la Constitución Argentina le atribuye a la Ley en gastos y consumos privados y públicos. Ratifica “buscar la riqueza por el camino de la libertad”, es decir, que los impuestos no deben dañar este fin liberal. Consumir la riqueza es el derecho más precioso, cuyas garantías otorgadas por los principios de la Constitución son siempre la libertad, igualdad, propiedad y seguridad. El gasto privado y público, son dos modos de un mismo gasto. El privado se debe acompañar con abstención de la Ley, el público, que se intervenga sólo para impedir “que se distraiga de su verdadero destino”.
    Alberdi hace hincapié en que no poder costear un gobierno es no poder ejercer la soberanía, por ende, la libertad. Para lograr la integridad de un país es necesaria la de su Tesoro Público nacional. Es importante, a su vez, que las leyes provinciales respeten las de la unidad nacional.
    Alberdi logra una enorme coherencia en materia de derechos y libertades económicas y sociales (por ejemplo en la mención a la no discriminación de clases sociales). Es llamativo como, aún promulgando la libertad individual, el autor es consciente de una necesidad de financiar una nación independiente que defienda esas libertades. Cómo discrimina esos usos de financiación de los tesoros es, no solo novedoso en materia económica, sino también filosófica, en la distinción de derechos y deberes individuales y sociales, en el marco del derecho y la filosofía política. También es interesante cómo pretende integrar a la nación, permitiendo que cada provincia pueda sacar rédito de esta unidad, otorgándole a cada una fuerza y también dinero. Para aquel momento histórico llevar a la unidad de la Confederación era todo un desafío, que ha logrado suplir.
    ¿Qué postura impositiva tendría ante consumos ociosos que tengan impacto negativo en la sociedad?
    ¿Cree que en la Argentina de hoy los impuestos dañan los fines del progreso y la libertad?
    ¿Considera al actual sistema de coparticipación una herramienta alineada con su tesoro nacional?
    ¿Alberdi es casta?

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