Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I vemos «El problema del Costo Social» de Ronald Coase y «Hacia una teoría de los derechos de propiedad» de Harold Demsetz para que vean dos contribuciones fundacionales del «Law & Economics». Van párrafos del libro «El Foro y el Bazar»:
La visión tradicional respecto a las externalidades negativas era la presentada por Alfred C. Pigou (1920). Una visión alternativa fue presentada por Ronald Coase, quien critica a Pigou por considerar que solamente existe una solución a las externalidades, impuestos. Coase afirmó que en ausencia de o con bajos costos de transacción, las partes llegarían a acuerdos mutuamente satisfactorios para internalizar las externalidades, sin importar a quien se asignara el derecho, y el recurso sería destinado a su uso más valioso.
En su famoso artículo “El Problema del Costo Social” (1960) presenta distintos casos para ejemplificar su razonamiento. Veamos el caso “Sturges vs. Bridgmarn”. Un panadero usaba sus máquinas amasadoras en su propiedad desde hace sesenta años. Un médico se muda, y luego de ocho años construye su consultorio sobre la pared medianera. Al poco tiempo presenta una demanda por los ruidos y vibraciones, afirmando que le impiden desempeñar su profesión en su propiedad.
Notemos que lo que está en discusión aquí es la definición del derecho de propiedad. Todos sabemos que la propiedad inmueble puede tener límites físicos claros, una pared establece dicho límite. Pero el derecho de propiedad no es solamente eso, también define el uso que se puede hacer del recurso sujeto a propiedad. Por ejemplo, uno puede hablar en su propiedad, e incluso escuchar música o televisión y que parte de estos sonidos se escuchen en la casa vecina, pero ¿hasta qué volumen? Esto era lo que las partes discutían: en muchos casos suele haber una norma legislativa que establece un límite a los ruidos que pueden emitirse y delimita así el derecho de uso de la propiedad que el dueño posee, en otros casos el juez lo define antes un caso específico.
Coase sostiene que la solución de Pigou (impuesto a las emisiones de ruido o su prohibición)no toma en cuenta que la solución más eficiente debería permitir que el recurso sea asignado a su uso más valioso, algo que esa solución no permite. Por ejemplo, si la norma legal o la decisión judicial impidieran el funcionamiento de las máquinas amasadoras y éste fuera el uso más valioso del “espacio sonoro”, la solución sería ineficiente.
Veamos esto. Tenemos dos posibilidades en cuanto al derecho:
1. Que el derecho lo tenga el panadero y pueda utilizar sus máquinas
2. Que el derecho lo tenga el médico y deba tener silencio.
Y dos posibilidades respecto a las valoraciones del recurso:
1. Que el panadero valore más el uso del espacio sonoro que el médico (podríamos suponer que le cuesta más mover las maquinarias que al médico mover el consultorio)
2. Que el médico valore más dicho uso (en este caso mover el consultorio le resulta más caro que el panadero mover las maquinarias)
Estos dos elementos nos dan como resultado cuatro alternativas:
1. El derecho pertenece al panadero y éste valora el uso más que el médico, por lo que la solución posible es que el médico traslada el consultorio y el problema se resuelve. En este caso hay máquinas y hay ruido.
2. El derecho le pertenece al panadero, pero el médico valora más el espacio, por lo que decide pagarle al panadero para que mueva las maquinarias, siendo que esto es más barato que mover el consultorio. El médico paga, no hay máquinas y hay silencio.
3. El médico tiene derecho al silencio pero como el panadero valora más la posibilidad de emitir ruidos, le paga al médico para que éste traslade el consultorio, siendo que esto es más barato que mover las máquinas. Resultado: hay máquinas y hay ruido.
4. El médico tiene el derecho y también la valoración más alta, el panadero mueve las máquinas. Resultado: no hay máquinas y hay silencio.
Como se puede ver, cuando la valoración del panadero es mayor, habrá máquinas, y cuando la valoración del médico es superior habrá consultorio y las máquinas serán trasladadas. El resultado es el mismo en un caso u otro, sin importar a quien corresponda el derecho. Esto no quiere decir, por supuesto, que la posesión del derecho no sea importante, pero según Coase, no determina en uso del recurso sino solamente quién le paga a quién.
Ahora bien, si los costos de transacción son elevados, al menos para que los beneficios de la negociación no sean suficientes, entonces las alternativas 2 y 3 ya no son posibles. En ese caso, y solamente en ese caso, la decisión legal o judicial de asignar el derecho a uno o a otro efectivamente determinará el uso del recurso, es decir, si el espacio se va a utilizar para las maquinarias o para el consultorio.
Hasta aquí la parte “positiva” del teorema, pero Coase da un paso normativo al aconsejar a los jueces en este último caso (altos costos de transacción) de asignar el derecho a quien de esa forma se genere mayor valor económico, A o D, según sea mayor la valoración de uno u otro, o siguiendo nuestro simplificado ejemplo, según sea menos costoso trasladar las máquinas o el consultorio.
Como vemos, ésta es una solución muy distinta a la de Pigou, y tiene una alternativa “institucional”, pues pone énfasis en definir el derecho de propiedad para reducir los costos de transacción y permitir que las partes negocien.
Pigou planteaba como solución a las externalidades negativas, impuestos, los cuales no tenían por objetivo ser cobrados, sino que lo que se buscaba era cambiar la conducta de quien provoca la externalidad con resultado negativo. Así por ejemplo, a quien contaminada, se le imponía un impuesto de 1000 pesos, cuando solucionar el problema de la contaminación le costaba 500. Naturalmente se optaría por la opción más económica, por lo que este impuesto triunfaba cuando éste no se cobraba.
Coase, por otro lado, plantea la solución al mismo problema, por medio de acciones voluntarias, donde establecía que: las partes podían llegar a un acuerdo, de manera espontánea siempre y cuando los costos de transacción fuesen bajos, y no cuando, por ejemplo, los sujetos tuviesen que viajar largas horas para encontrarse y llegar a un convenio. Pero, de no ser así, teniendo el conflicto que solucionarse judicialmente, Coase le propone al juez que base su decisión según la eficiencia que uno u otro sujeto podían otorgarle al recurso. Esto se debe a que las valoraciones de las distintas personas son diferentes y su imposibilidad de cuantificarlas debería ser resuelto en miras a la maximización de la riqueza y no basándose en los derechos de propiedad.
Así Coase plantea las soluciones a las externalidades realizadas de forma voluntaria por la acción social, y a pesar de que el teorema de Coase ha sido cuestionado, brinda una alternativa a la intromisión del estado en la resolución de estas circunstancias.
Nº de Registro: 865569.
1- Este trabajo comienza con una introducción realizando un breve detalle de lo que Coase tiene como objetivo, que es corregir un concepto en la forma en que los economistas tratan cuestiones de política, ellos caen en el error debido a que consideran al gobierno como una fuerza correctiva de las fallas de mercado que no tiene costos, y esto según Coase dista de la realidad.
Más allá de la introducción va a comenzar con el problema a examinar, y el trabajo se va a centrar en las actividades de una empresa que tiene efectos perjudiciales en otras. A lo cual se pueden proponer varias soluciones, el problema es que la mayoría llevan a resultados no deseables. El problema que se plantea es un caso de naturaleza reciproca. Comienza planteando un caso en el cual el resultado será satisfactorio si el negocio que daña debe pagar por todo el daño causado, el sistema de precios aquí funciona correctamente, lo que implica que opera sin costos. Le sigue con otro problema, por más que el sistema de precios funcione correctamente (sin costos) el negocio que ocasiona un daño no es responsable por él. No debe pagarles a los perjudicados por sus actos, y la asignación de recursos será igual en ambos casos. Los efectos dañinos de las actividades de una firma pueden asumir muchas formas diferentes. Así va a seguir presentando y detallando diferentes ejemplos, como el del medico y el panadero, el del humo proveniente de una fabrica de sulfato de amonio, etc. Pero como se suponía va a argumentar que el supuesto de que se lleven a cabo transacciones en el mercado que no tiene costo alguno como muy irreal. Hay que obtener información de todo tipo, son suficientemente tan costosas para evitar que muchas transacciones que se darían con un sistema de precios sin costos no se lleven a cabo. Plantea que una forma alternativa de organización económica (como la empresa) puede lograr el mismo resultado a un costo menor que el que se incurriría usando el mercado, permitiendo así incrementar el valor de la producción. Va a hacer un detalle de lo planteado por Pigou y los ejemplos que él propone, sobre divergencia entre los productos social y privado.
Este autor concluye que lo que se necesita es un cambio de enfoque, el fracaso de los economistas en alcanzar soluciones correctas al tratamiento de los efectos dañinos surge de defectos en el actual enfoque de los problemas de la economía de bienestar, también se posee un concepto erróneo de lo que es un factor de producción.
2- Un punto interesante es como ve la naturaleza reciproca del problema. A le ocasiona un daño a B, pero prohibir a A para que no dañe a B también seria cargarle un perjuicio a A. La cuestión es evitar el mayor daño, hay que ver que se valora más en cada caso, si el producto producido por uno o por el perdido por el otro, si es mayor o menor.
Es admirable el detalle de los ejemplos descriptos por el autor acerca de cuando un negocio se hace cargo de los daños causados o no. Para resolver estos problemas se debe saber si el agente que realiza el perjuicio es responsable o no del daño causado, sin esta delimitación de derechos no se pueden realizar las transacciones de mercado para transferirlos y recombinarlos. Es posible modificar la delimitación legal inicial de los derechos, mediante transacciones de mercado, y si estas transacciones de mercado no tienen costo, siempre habrá un lugar para la reasignación de los derechos si lleva a aumentar el valor de la producción.
Cuando se introduce la existencia de costos de transacciones, este reordenamiento mencionado anteriormente se llevará a cabo si el nuevo valor de la producción es mayor a los costos en que se incurren. Si no fuera así, se podría suspender la actividad que tendría lugar si las transacciones de mercado no tuviesen costos. Incorpora la empresa, como nueva forma de organización económica, la cual no dice que sus costos administrativos de organizar una transacción sean si o si menores que los costos de las transacciones de mercado, pero si lo fueran y las ganancias fueran mayores que los costos adm. se justificaría una organización bajo la empresa.
3- ¿Existe algún ejemplo observable que podamos decir que las transacciones de mercado no tengan costo alguno?, Si es así, en tal caso ¿No debería existir incertidumbre en el mundo, es correcto?
¿Cómo trataría el tema de la existencia de la incertidumbre?, ¿Es la causante de los costos de transacción?
¿Podría proporcionar algún ejemplo del cambio de enfoque que explicita en la sección final del texto?
GUIA DE DISCUSION – Coase, El problema del costo social
RESUMEN
En su texto Coase usa tres ejemplos principales para explicar sus puntos. Primero, un pastor de ganado y un agricultor; segundo el caso de Sturges vs Bridgman; y tercero, la Ley de Ferrocarriles de 1905. Utilizando estos ejemplos Coase explica que si se viviera en un mundo donde no existiesen los costos de transacción, los agentes negociarían entre ellos a fin de realizar una distribución más eficiente de los recursos, sin importar cuál sea la asignación inicial de éstos. Asignación muy superior a la que se obtendría a través de la ley (por juicios). Esta idea se ilustra mejor en el ejemplo del caso Sturges vs Bridgman: 2 vecinos que recurren a la corte para definir quién debería mudarse. Coase afirma que sin importar el dictamen del juez, las partes podrían llegar a un acuerdo mutuamente beneficioso idéntico o mejor al que se llegaría mediante el juicio. Explica sin embargo, que cuando los costos de transacción son excesivamente altos, se justifica la intervención del estado que debe asegurar un resultado similar al que se produciría si los costos de transacción son eliminados.
CONCEPTOS DESTACADOS
Me parece interesante el concepto denominado por el autor como “Teorema de Coase”, el cual dice, que en un mundo sin costos de transacción, donde la negociación es posible, no interesa quien es el responsable de las externalidades o quien tiene el derecho de propiedad, ya que la negociación generara aquella asignación de recursos responsable de la maximización del valor de la producción. Esta solución a las externalidades sin intervención del estado (solo vía negociaciones) pude darse solo con derechos de propiedad claros y costos de transacción bajos (o nulos).
También es interesante como el autor se encarga de enfatizar el rol del estado ante estas situaciones de negociación: explica que la actuación pública será importante y necesaria solo en aquellos momentos en que el tamaño de la externalidad deja inviable la negociación. Se entiende así al estado y su accionar público como una medida de último recurso.
PREGUNTAS
1) ¿Por qué el estado no debe influir en las negociaciones salvo casos extremos?
2) ¿Considera que el estado está incapacitado para garantizar esta asignación eficiente de recursos?
3) ¿Cree que solo por ser racionales y maximizadores los agentes están capacitados para negociar la asignación más eficiente de los recursos?
Resumen
Al analizar una empresa cuyas actividades perjudican a otras es necesario ver el aspecto recíproco, ya que, también, el evitar el daño a estas últimas infligiría un perjuicio a las primeras. En todos los casos, se determinará si aquella empresa es responsable o no del daño causado, pero esto no tiene efecto en la asignación de recursos que maximiza el valor de la producción si el sistema de precios actúa sin costos, ya que siempre se dará la reasignación correspondiente sin importar el fallo del juez. Distinto es el caso, más real, de que existan costos de transacción. Estos pueden llegar a ser tales que eviten que se realicen muchas transacciones. En este escenario, la justicia está decidiendo cómo se emplearán los recursos, y el reordenamiento de los derechos sólo se dará cuando el incremento del valor de la producción sea mayor que los costos en que se incurrirá por este hecho. Se ve así que Pigou erraba al decir que se debe compensar a los damnificados, porque no siempre es beneficioso.
Conceptos destacados
Lo más interesante del texto es el mostrar la gran interrelación entre la economía y el derecho, vínculo que si no pasaba completamente por alto, no lo tenía mucho en cuenta. Esto lo hace con muchos ejemplos prácticos, mostrando las distintas posturas que existen entre los economistas, lo que evidencia la gran complejidad del tema y el gran camino que queda por recorrer. Otro aspecto novedoso para mí es su crítica a Pigou. Me interesó mucho porque uno tiende a pensar que el pensamiento de los economistas de mayor renombre es correcto. Aquí Coase demostró que no es siempre así. Por último, otra cosa que me llamó la atención son las alternativas para bajar los costos de transacción, específicamente la del gobierno, porque me hizo dar cuenta que muchas acciones que se ven diariamente son aplicadas con ese propósito.
Preguntas al autor
1) Ante la gran importancia que Coase le asigna a los costos económicos, ¿no toma en cuenta costos ajenos a la producción, como el respirar aire contaminado, que son difícilmente cuantificables?
2) En la mayoría de los casos propuestos por Coase, una empresa perjudica a otra o una persona a su vecino. ¿Incluye en su análisis la posibilidad de que empresas perjudiquen a un gran número de población? (Como es el caso de una empresa que contamina el agua del río, que no sólo estaría perjudicando a los residentes de esa ciudad, sino también a las de río abajo).
3) ¿Entra el factor tiempo en los costos de transacción? Por ejemplo: el ingreso que el granjero tiene por vender su cultivo es el mismo que el que tiene por compensación del ganadero que lo arruinó, pero el tiempo en los que obtiene uno y otro es distinto.
Ante la existencia de externalidades tanto negativas como positivas, Pigou sostiene que la mejor forma de solucionarlas es mediante la intervención estatal a través impuestos y subsidios respectivamente, buscando así desalentar las primeras e incentivar las segundas. Coase critica a Pigou por considerar a esta como la única solución. Para el, hay que definir el derecho de propiedad para así reducir los costos de transacción y permitir que las partes negocien. Como ejemplo, pone el caso del medico y el panadero, ambos tienen derecho al uso de su propiedad, el panadero a usar sus maquinas y el medico a tener silencio. Ante la disputa por los intereses opuestos, la salida judicial no seria la mas eficiente, ya que esta no considera las valoraciones personales de cada sujeto, ni aspectos económicos, como los costos de transacción o quien genera mayor valor. Como explica el texto, el fallo puede ser a favor del medico o del panadero, obligando al otro a retirarse del lugar. Pero si el que perdió, valora mas su propiedad, este puede optar por pagarle al ganador para que el se retire, siempre y cuando los costos de transacción no sean lo suficientemente elevados como para que los beneficios de la negociación no sean suficientes. Esto no quiere decir, que la posesión del derecho no sea importante, pero según Coase, no determina el uso del recurso sino solamente quién le paga a quién.
En caso de los altos costos de transacción, en el que el conflicto debe resolverse judicialmente, Coase aconseja a los jueces asignar el derecho a quien genere mayor valor económico, pero ¿esto no le estaría otorgando al juez la posibilidad de tomar decisiones de forma subjetiva e imparcial? Además, ¿esto no estaría defendiendo casos económicamente rentables pero indeseados en una sociedad? Como una fabrica en un barrio residencial. Y por ultimo, el aumento de la eficiencia logrado por esta medida ¿no se vería contrarrestado por el aumento de los costos del proceso de toma de decisión? Ya que fijar el impuesto seria mucho mas económico que tener que deliberar cada caso particular.
Resumen:
Ronald Coase aborda el problema de las externalidades desde una perspectiva económico-jurídica, introduciendo la noción de eficiencia dentro de su análisis. Esto marca un punto de inflexión respecto al paradigma anterior, de carácter normativo, que veía estas situaciones como problemas unilaterales en los cuales el Estado debía castigar mediante impuestos a los causantes del daño. En contraposición, lo plantea como un problema recíproco, donde se debería bregar por la eficiencia y la maximización agregadas, del uso de los recursos. Coase propone como solución, para los casos donde hubiera igualdad entre las partes, la delimitación clara de los derechos de propiedad y costos de transacción bajos. Son los mismos agentes, plantea, mediante la libre negociación, quienes lograrán maximizar el uso de los recurso y reducir el impacto de las externalidades.
Conceptos Novedosos:
Considero novedoso que se planteen cuestiones de eficiencia o de resultado económico desde las leyes. Creo que, intuitivamente, pienso a las mismas y a la justicia como instituciones que delimitan artificialmente lo que «debe ser», imponiendo así, aunque sean consensuadas, criterios éticos arbitrarios y por lo tanto, una construcción arbitraria de la sociedad. Por eso me resulta novedosa esta visión, porque se pregunta por la naturaleza de las cosas y su funcionamiento eficiente, y porque propone no legislar en contra del mismo.
Preguntas:
¿Cuál es el criterio para decretar la igualdad o no de las partes, y por tanto, la necesidad o no del Estado?
En caso de desigualdad ¿preferiría un impuesto o juicio al poderoso, o una negociación con el Estado como mediador?
Si las externalidades fueran amortiguadas, aunque no extinguidas, como plantea Coase ¿Qué pasaría con aquellas externalidades que suponen problemas, por ejemplo, para el medio ambiente?
Coase – La naturaleza de la Firma
Nº de Registro: 865569.
1- Coase comienza su Paper haciendo una pequeña introducción acerca de los supuestos que se utilizan en economía. Como dice Robinson, un set de supuestos será manejable y el otro corresponderá a la realidad (igual podemos encontrar teorías en las cuales sus supuestos sean tanto manejables como realistas al mismo tiempo). Es así que tratara de demostrar que la definición de “Firma” que se obtiene no solo corresponde a la realidad, con su definición del mundo real que conocemos, sino que a su vez será manejable por 2 instrumentos del análisis de Marshall, la idea de la marginalidad y la de la sustitución. Va a tratar de encontrar una definición de la Firma y sobre cómo funciona el sistema económico. El punto más destacable de una firma es el reemplazo/sustitución que hace del mecanismo de precios. Continúa con que una de las razones más importantes de que sea beneficioso establecer una firma es porque hay un costo por el uso del mecanismo de precios, como ajuste para asignar recursos.
Es así que las organizaciones como las firmas existen, y nos encontramos en una economía de intercambio en la cual es asumida que la distribución de los recursos es organizada/coordinada por un mecanismo de precios. Entonces una firma es un sistema de relaciones que existe cuando la dirección de los recursos depende del empresario. Por ultimo termina detallando como una firma puede agrandar el número de sus transacciones y hasta que punto lo persigue debido a que a partir de allí los costos serán mayores. El autor concluye que la definición presentada de la Firma es una que se aproxima a la considerada en el mundo real.
2- Es interesante el detalle que realiza el autor acerca del ajuste vía precios que se da en el mercado, y como la localización de los factores de producción entre los diferentes usos es determinada por este mecanismo y como en otros (por ejemplo en la industria de algodón de Lancashire) la coordinación de varios factores de producción se lleva a cabo sin la intervención del ajuste de precios. Hay una diferencia entre la localización de los recursos de una firma y los del sistema económico, un instrumento de coordinación para algunos es el mecanismo de ajuste vía precios y otros admiten la función de coordinación de los empresarios.
Otro punto a destacar es el siguiente: que una de las razones más importantes de que sea beneficioso establecer una firma es porque existen costos por el uso del mecanismo de precios. El costo de organizar la producción a través del mecanismo de precios es el de descubrir cuales son los precios relativos. Este costo puede ser reducido pero no eliminado. Operar en el mercado tiene un costo y formar una organización reduce algunos de estos costos. Es así que es improbable que una firma emerja sin la existencia de incertidumbre.
3- ¿Qué teorías podría Coase detallar como ejemplo de que poseen supuestos manejables por el modelo y que a su vez sean realistas (lo que implica que los podamos apreciar en el mundo real)?
¿El ajuste vía precios, presupone un mercado perfecto sin incertidumbre? ¿De esta forma lograríamos obtener los precios relativos del mercado sin costos?
¿La firma es capaz de reducir los costos al máximo y operar eficientemente en el mercado?
1)Nos muestra con sus ejemplos como el sistema de precios funciona correctamente sin costos, el negocio que ocasiona el daño no es responsabilidad por el que ocasiona y no paga a los que perjudica y además en los diferentes ejemplos se nos muestra cuando se da el cambios de ingreso después de producidas las alternativas en los métodos de producciones y que las regulaciones son el resultado necesarios y nos dice que no se debe dar la administración estatal si bien están de acuerdo en esta regulación y que los fallos judiciales no les perjudiquen en la valoración de su producción.
2) Me parece importante la intervención del gobierno así como el sistema ricardiano que dice » la apoteosis del egoísmo » , y como alternativa se propone la intervención publica para reducir el poder económico de los industriales , para llevar a cabo la justicia , legal de distribución y así colocar al proceso económico bajo control del principio moral, pero ahorra se da la competencia entre individuos egoístas la que aparece con el vehiculo de la cooperación social y de justicia , basta ver los fallos de la justicia que influyen en la actividad económica.
3..A..Cual es la distinción entre costo privado y costo sociales
ò es solo la ausencia de rendimientos constantes.
B.. Si con una población creciente , y lo que importa es la MAXIMIZAR EL VALOR DE LA PRODUCCION, sin perjudicar ni dañar el planeta , habría a largo plazo un problema de distribución ò con el cambio tecnológico el costo social m será menos y es legal.
C.. Podemos decir cuando se plantea una regulación directa por parte del gobierno que es para reducir el poder económico de los industriales , para llevar a cabo la justicia distributiva , esta de acuerdo con este principio MORAL.
Resumen:
Coase trata en este paper el problema del costo social. Para ello,comienza con una introducción sobre los supuestos que se utilizan en economía. Habla de la «Firma» e incorpora conceptos tales como la idea de la marginalidad y la de la sustitución, del análisis propuesto por Marshall. Su objetivo es hallar una definición, entonces, sobre lo que es una Firma. Luego, intenta explicar una solución para el problema del costo social de ciertas acciones y su influencia en el bienestar social. Es decir, que los agentes son los que deben llegar a un acuerdo y así minimizar las externalidades negativas que sus acciones causan.
Conceptos:
«En este artículo se ha limitado el análisis, (…) a comparaciones del valor de producción, tal como lo mide el mercado.Pero es, por supuesto, deseable que la elección entre los diferentes ordenamientos sociales para la solución de los problemas económicos sea llevado a cabo en términos más amplios que éstos, y que sea tomado en cuenta el efecto total de estos arreglos en todas las esferas de la vida.» «Una razón final del fracaso en desarrollar una teoría adecuada para
manejar los problemas de los efectos dañinos surge de un concepto erróneo
de lo que es un factor de producción. Este usualmente se entiende como una
entidad física que el hombre de negocios adquiere y usa (una hectárea de
tierra, una tonelada de fertilizantes) antes que como un derecho para desarrollar
ciertas acciones (físicas).»
Preguntas:
1- Todos los países deberían ponerse de acuerdo para eliminar el costo social. Por ejemplo, en el caso del calentamiento global hay muchos países que están tomando acciones para frenarlo, pero otros se rehúsan. Se convierte en un proceso muy largo y complicado si se espera a que todos tomen parte, no?
2-¿tienen suficientes incentivos para minimizar sus costos sociales la Firmas?
3-¿qué pasa en el caso en que una empresa perjudique a una población? Coase no lo considera en su análisis, pero esto sucede en muchos casos.
Resumen
A lo largo del texto se analizan diferentes formas de enfrentar el problema de elegir los arreglos sociales adecuados para manejar los efectos nocivos de las diferentes actividades económicas, todas las soluciones tienen costos. Uno de los dilemas consiste en discernir si las empresas deben hacerse cargo de los daños que producen o no y en cómo debe afrontarse ese pago. La comparación entre la utilidad y el daño producido es un elemento para decidir si un efecto nocivo debe a ser considerado como una molestia, el efecto dañino debe ser sustancial para que actué la justicia. Las cortes directa o indirectamente realizan este análisis A lo largo de los años se ha legalizado el tratamiento de numerosas molestias. Coase discute con Pigou en primer lugar porque considera que no es necesaria la intervención gubernamental para solucionar las externalidad, si el sistema judicial realiza una adecuada asignación de las responsabilidades y en segundo lugar porque no comprende que el problema es en realidad saber si la empresa debe o no compensar los daños, para comparar ordenamientos sociales alternativos. El procedimiento correcto es comprar el producto social total brindado las alternativas. Coase concluye que al diseñar y elegir entre ordenamientos sociales se debe considerar el efecto total, este es el cambio de enfoque que propone.
Conceptos importantes
Coase plantea que las actividades de una empresa tienen efectos perjudiciales en otras. Es un problema de naturaleza recíproca, A le ocasiona daño a B, pero evitar el daño a B, influiría un perjuicio a A. debe decidirse si permitir que A dañe a B o que B dañe a A, la cuestión es evitar el daño mayor.
El producto privado es el valor del producto adicional resultante de la actividad particular de un negocio. El producto social es igual al producto privado menos la disminución en el valor de la producción en otra parte, por la que no paga una compensación el propietario del negocio
Un factor de producción es una entidad física que el hombre adquiere y usa antes que como un derecho para desarrollar ciertas acciones físicas. Esta definición permite comprender que el derecho de causar un efecto dañino también es un factor de producción
Coase plantea que el error de análisis de los economistas radica en considerar al gobierno como una fuerza correctiva de fallas de mercado que no tiene costo. Según Coase al diseñar y elegir entre ordenamientos sociales se debe considerar el efecto total
El teorema de Coase argumenta que a medida que los costos de transacción sean bajos o inexistentes y que los derechos de propiedad establecidos en los fallos judiciales no permitan una solución económica eficiente, se producirá una reasignación de estos derechos hacia quienes los valoran más. Son muchos los casos en los que los altos costos de transacción impiden una reasignación de derechos establecidos en los fallos judiciales, las cortes deben minimizar los costos asociados a sus fallos.
Preguntas
1. Hoy en día persiste el problema de las externalidades, usualmente como el texto lo plantea a la empresas que las producen se le cobran impuestos, pero los montos recaudados no van dirigidos necesariamente a la población que se ve afectada. Podría ser el empleo de subsidios como plantea Pigou una alternativa viable hoy en día para evitar que se produzcan ciertas externalidades?
2. A lo largo del texto se plantea que las externalidades pueden ser compensadas por un tercero por la sanción de un juicio o porque el estado aplica subsidios o impuestos, puede ser que Coase se oponga a ellas por la rigidez que ambas suponen?
3. Según el teorema de Coase, si los costos de transacción son bajos, el mercado generara una asignación de derechos eficiente. Qué medidas propone cuando estos costos no son bajos?
Trabajo sobre el texto de Ronald H. Coase, “El problema del costo social”
Resumen:
Coase en el texto sostiene que su objetivo principal es corregir un concepto erróneo de los economistas, que es básicamente considerar al gobierno como una fuerza correctiva de las fallas de mercados que no tiene costos, lo que está muy lejos de la realidad. Examina el problema en que las actividades de una empresa tienen efectos perjudiciales en otras, siendo la verdadera cuestión a decidirse: ¿debe permitirse que A dañe a B o que B dañe a A? Ya que es un problema de naturaleza recíproca. Después distingue entre si el sistema de precios actúa sin costos o con ellos ya que eso influirá en la posibilidad de que se realicen transacciones de mercado o no lo hagan con el fin de un incremento en el valor de la producción. Plantea que visiones satisfactorias de política solo pueden provenir de un estudio consciente de cómo el mercado, las empresas y el gobierno manejan, en la práctica, el problema de los efectos nocivos. Finalizando el texto, propone un cambio de enfoque de estos temas, postulando que al diseñar y elegir entre ordenamientos sociales debemos considerar el efecto total.
Argumentos novedosos del texto:
Es interesante cuando el autor interrelaciona el derecho con la economía, lo que puede verse reflejado en la frase: “Los jueces tienen que decidir sobre la responsabilidad legal, pero esto no debe confundir a los economistas sobre la naturaleza del problema económico”.
También es llamativo el análisis que hace acerca de los casos en que hay efectos nocivos en una actividad, como por ejemplo, el caso del ganado que daña a la cosecha, pero que el autor plantea como: “resulta evidente que no existiría daño a la cosecha sin el ganado, pero es igualmente cierto que no existiría daño a la cosecha sin la cosecha”.
Me resultada muy acertada la postura de Pigou que dice que si el interés propio promueve el bienestar económico, ello se debe a que las instituciones humanas han sido creadas para hacerlo así. Y me llama la atención porque generalmente se lo da como un hecho, pero esto que Pigou dice parecería bastante real, ya que desde mi punto de vista hay todo un proceso detrás que lleva a que el interés individual promueva el bienestar económico.
Por último, me gusta mucho la frase de Coase que dice “sea lo que sea que tengamos en mente como nuestro mundo ideal, aun no hemos descubierto como obtenerlo a partir de donde estamos”:
Preguntas al autor:
En la página 115, cuando Pigou habla sobre las mejoras en los ordenamientos existentes que determinan el uso de recursos, no me queda claro: ¿cómo determina que esto se logra solo con la acción del estado? ¿No hay otra alternativa para hacer los cambios necesarios? Más adelante, en la página128, no me queda claro por qué el autor dice que es imposible estar seguros de si hemos comprendido completamente a Pigou, y ¿por qué dice que la fuente principal de esta obscuridad es que Pigou no había pensado con detenimiento en su posición?
Coase utiliza varios ejemplos, tanto aritméticos como de casos resueltos por la justicia para fundamentar el concepto principal de su texto, que se diferencia de la tradición proveniente de Pigou, al establecer que los resultados obtenidos a partir de la corrección de los daños que genera un agente económico sobre otro no necesariamente son los deseados. El autor establece que la verdadera solución se encuentra en evitar el daño mayor a través de la valoración de las actividades ejecutadas por cada una de las partes. Finalmente, se refiere a la participación directa del gobierno en la resolución de estos asuntos. Coase plantea que no necesariamente podrá alcanzar una solución de mercado ya que su participación también genera sus propios costos, pero si puede conducir a un aumento de la eficiencia económica.
Considero que a partir de la introducción de los costos de transacción en el mercado los fundamentos del autor empiezan a tomar más fuerza. Coase dice que en un mercado sin costos, la asignación de recursos no modificará nada, ya sea que la firma es responsable o no de los daños realizados. La exclusión de dicho concepto hace que su estudio sea más bien abstracto, ya que es un reduccionismo que simplifica demasiado el análisis de los costos sociales. Cuando los reintroduce, queda claro que solo cuando los mismos son superados por los beneficios, los agentes estarán motivados a llevar a cabo el reordenamiento para lograr el óptimo social y económico, a traves de la valoración de sus actividades económicas.
Coase plantea que la verdadera solución de los costos sociales está en evitar el daño mayor, ¿Qué relación tiene esto con el Utilitarismo de Bentham?
El autor plantea que la maquina administrativa del Gobierno puede ser extremadamente costosa. Teniendo en cuenta que el objetivo es evitar el daño mayor, ¿la participación del Estado, por más costosa que sea, no lograría dicho objetivo?
¿Es posible medir y comparar de forma objetiva el valor de las actividades económicas de las partes involucradas, de forma que se pueda resolver el conflicto?
En su artículo, “El problema del costo social”, Ronald H. Coase presenta distintos casos legales que surgen de externalidades. Las define como efectos perjudiciales que provocan las actividades de una empresa en otras empresas.
En la resolución de cada caso interpreta como al evitar un daño se inflige un perjuicio al agente restringido, siendo el objetivo final evitar el daño mayor. Por ello la solución del problema depende principalmente de si el daño ocasionado por inculpado agrega más ingreso del que se priva al damnificado.
Si se acuerda una indemnización monetaria entre las partes se disminuye el valor de la producción, debido al efecto dañino es un costo para ambas partes.
A su vez crítica a los economistas y sus teorías sobre las fallas de mercados, principalmente porque no consideran los costos del gobierno por su intervención. Así es como sobrestiman las ventajas que provienen de la regulación gubernamental. Esto surge de defectos básicos en el actual enfoque de los problemas de la economía del bienestar. El autor propone un cambio de enfoque.
Como error conceptual del análisis económico cita a los factores de producción. Equívocamente lo definen como una entidad física que el agente adquiere y usa. El propietario en realidad lo que posee es el derecho a llevar a cabo acciones. Estos derechos no son ilimitados.
Si los factores productivos son considerados como derechos, se hace más fácil comprender que el derecho a hacer algo que tenga un efecto dañino (tal como la creación de humo, ruido, olor, etc.) es también un factor de producción. El costo de ejercitar un derecho (de usar un factor de producción) es siempre la pérdida que sufre la otra parte como consecuencia del ejercicio de ese derecho.
El hilo conductor del texto se refiere a los costos de transacción y la posibilidad de una distribución más eficiente de los recursos. Tanto privados como públicos enfrentan estos costos. Lo que lleva a considerar el papel del Estado de bienestar y su ausencia, un Estado de laissez faire.
No deteriorar el costo social neto es lo que se debería poder alcanzar.
En caso de dos empresas que se damnifican recíprocamente, ¿debe el Estado apoyar a aquella actividad que tenga mayor importancia para la economía nacional aunque sea la más “dañina”?
Si las externalidades son objetivas, ¿el problema no debería ser la búsqueda de una solución objetiva? ¿cómo diferenciamos los daños subjetivos cuando se trata de algo que en definitiva afecta a la sociedad, física o psicológicamente?
¿No es el Estado quién debe garantizar mínimos costos de transacción mediante instituciones creadas para tales propósitos?
En este texto Ronald Coase analiza el aspecto recíproco de las externalidades. Cuando la actividad que lleva a cabo una empresa perjudica a terceros debe tratar de recompensar a los damnificados pero sin dañar a la empresa que causa el daño. En el mundo real existen costos de transacción, los cuales si son muy altos pueden causar un efecto negativo en el mercado. Coase no estaba de acuerdo con la idea de Pigou de que la única manera de solucionar las externalidades, tanto negativas como positivas, sea que el estado intervenga y grabe con un impuesto a las primeras y otorgue un subsidio a las segundas. Para Coase la solución estaba en definir el derecho de propiedad privada y permitir que las partes negocien entre sí, para de esa manera evitar los costos de transacción mencionados anteriormente.
Lo que más interesante del texto fue la crítica que el autor le hace a Pigou y todos los ejemplos prácticos que utiliza para clarificar sus ideas.
¿Qué solución propondría Coase al problema de una empresa que desforesta un bosque para poder llevar a cabo su actividad económica? En este caso la empresa no causa daño a una persona en particular, sino a todo el ecosistema. A raíz de esta pregunta también podría hacer una pregunta más general, ¿Que pasa cuando una empresa perjudica a toda la población en lugar de a un sujeto en particular?
Coase, Ronald H. : El problema del costo social
El trabajo se centra en el estudio de las externalidades en la producción y las soluciones propuestas para mitigar los efectos de la divergencia entre costo privado y social buscando que el producto sea máximo, pero desde una perspectiva alternativa y desafiante a la predecesora de A. C. Pigou tal como usualmente se la comprende. Incorpora a tal fin la “naturaleza recíproca del problema”, no existen buenos y malos enfrentados sino que los dos son responsables y debe evitarse el daño mayor. Nos ilustra acabadamente sobre las opiniones y fallos de los jueces que no es lo mismo que deben observar los economistas, que siempre mediante transacciones de mercado sin costo se puede modificar el límite inicial de un derecho si ello contribuye a elevar el valor del producto. En el mundo real estas transacciones conllevan costos tanto de elaboración como de seguimiento y eventualmente legales en caso de incumplimiento. Por lo mismo importan las condiciones iniciales en la delimitación de los derechos, lo razonable, lo usual u ordinario, pues quizás no es posible llegar a un óptimo. Una vía alternativa es la regulación estatal con todo su aparato que dista de ser “sin costo” y en el que probablemente sus agentes carezcan del espíritu competitivo necesario y no hay que suponer que tales regulaciones no puedan resultar inadecuadas protegiendo a los dañinos en casos, pero dado un Estado benefactor presente, el fiel de la balanza se inclina por los bienes públicos y la sociedad tiene un mayor grado de tolerancia con estas soluciones que si lo mismo fuera hecho por una empresa privada ,derechos de propiedad mediante. Por último resta desentenderse del problema cuyas consecuencias son fáciles de prever particularmente en lo que a contaminación se refiere. Más adelante criticará el procedimiento seguido por Pigou al comparar ordenamientos sociales alternativos sugiriendo que lo que hay que comparar es el producto social que brindan los mismos. El autor se inclina por considerar el costo de oportunidad para encarar estos problemas
Es extraña la definición de producto social, nada aporta y la mera compensación pecuniaria resulta de no comparar el producto total con los posibles arreglos sociales alternativos, se le da mucha importancia al uso de impuestos -que no van para los afectados- y a los subsidios. Las soluciones óptimas no suelen ser las extremas. Importa siempre ganar más de los que se pierde. Como conclusión existe la posibilidad de apelar a la jerarquía empresarial en vez del mercado dado los altos costos de transacción en éste, los derechos de propiedad deben estar bien definidos y deben ser respetados para que los incentivos funcionen plenamente. Y lo que garantiza ese respeto es un buen sistema – diseño institucional. Pero al mismo tiempo ¿podemos descansar en éste? Es necesario entonces precisar el contexto social y político dentro del cual se realiza esta defensa de los derechos de propiedad.
¿La negociación entre partes sin intervención de una agencia supragubernamental, dado el estado del arte, no es condición sine que non?
¿No es posible confundir negociación eficiente con negociación eficaz?
¿El artículo no debiera brindar mecanismos posibles probados de negociación como solución además de las respuestas a las problemáticas existentes?
1) Sinopsis
En el enfoque de los efectos dañinos de la economía del bienestar, surgen defectos: donde hay que sopesar las ganancias que se producirían eliminando el daño, se tiende a restringir a los responsables compensando a los damnificados.
En los costos de reordenar los derechos, delimitándolos, la justicia decide económicamente cómo emplear los recursos de manera óptima, reconociendo la naturaleza del problema y transformando en legal lo que sería molestia.
Sin esto no pueden existir transacciones de mercado, las que son muy costosas como para que el sistema de preciosa funcione sin costos. Los reordenamientos sólo ocurrirán cuando el aumento del valor de producción sea mayor que los costos involucrados, dando lugar a formas alternativas de organización económica, como la empresa, donde los costos también pueden ser altos o la regulación del gobierno con poderes para obtener cosas a un costo menor, pero no siempre con mejores resultados.
El desafío es diseñar ordenamientos prácticos que corrijan estos defectos, entendiendo que un factor de producción es también un derecho de llevar a cabo acciones y considerar los costos de operar en estos distintos ordenamientos, teniendo siempre en cuenta el efecto total de sistema.
2) Conceptos
-Daño: efecto indeseado que se produce por un curso de acción, que puede ser disminuido o neutralizado luego de evaluar, en términos económicos, el valor tanto de lo que se obtiene como de lo que se sacrifica. Puede asumir una amplia variedad de formas y es un elemento siempre a determinarse, no una consideración abstracta de la cosa sino con referencia a sus circunstancias.
-Factor de producción: siempre entendido como una cosa material, entidad física. El sistema legal amplía el concepto como un derecho de llevar a cabo acciones, cuyos efectos dañinos (si existieren) serán también considerados como un factor de producción. El costo de ejercitar un derecho será la pérdida que sufre la parte perjudicada.
3) Preguntas
a- El relativismo con que la justicia trata cada tema, ¿es una práctica difundida dentro del sistema legal?
b- ¿Habría peligro de aplicar libre arbitrio?
c- Salud/enfermedad/muerte causados por algún modo de producción, ¿serían temas a considerar dentro de la doctrina de los efectos dañinos?
Sinopsis:
Coase en “La naturaleza de la firma” trae una discusión que resulta importante cuando estudiamos economía, me refiero a que implican los supuestos que se hacen en economía y que tan realistas son estos. En su artículo él se refiere específicamente a los supuestos que recaen sobre las firmas y se pregunta si estos son realistas en la forma en la que los analizamos. Además, él propone es su artículo, que la definición de firma como el la propone no solo es realista, sino es también manejable desde el punto de vista teórico porque responde a propuesta de sustitución y de marginalidad de Marshall. Así mismo Coase discute bajo qué condiciones es esperable que una empresa emerja y que ventajas presenta la misma. También, nos presenta los incentivos que existen en una firma para crecer indefinidamente y los contrapone contra los frenos “naturales” de los costos crecientes de la administración y manejo de una firma cada vez más grande. En resumen Coase concluye que la idea de firma que usamos representa a una firma del mundo real.
Destacado:
La primera idea que me llamo mucho la atención (porque me parece muy interesante la discusión) es la idea de cómo interpretar a los supuestos, y si deberíamos o no evaluar cuando usamos una teoría la “realidad” de sus supuestos. Por otro lado me parece que la pregunta se plante Coase de bajo qué condiciones se espera que emerja una firma es muy relevante, Ya que, si bien hoy la existencia de firmas parece algo muy natural, hay en su nacimiento alguna particularidad que es la que Coase intenta compartir en parte de su artículo. Finalmente, me parece que Coase resuelve un dilema que se presentaba en la parte teórica de forma muy elegante, cuando nos dice que una firma no puede crecer hasta el infinito y producir todo, ya que se enfrente a costos crecientes de manejo y administración de la empresa.
Preguntas
¿Estamos seguros que supuestos más realistas nos llevaran a mejores conclusiones?
¿Se puede juzgar a una teoría por tener supuestos irrealistas, que piensa del artículo de Friedman “la metodología de la economía positiva”?
¿La forma en la que se analiza los monopolios es realista?
Sinopsis:
Ronald Coase, en el “Problema del costo social”, retomo la discusión de cómo tratar las externalidades. En particular Coase propone una forma diferente de enfrentar el problema que estos provocan, en la vida cotidiana. Además cuestiona la propuesta existente en el momento, que fue realizada por Pigou. A lo largo de la exposición Coase resalta la importancia de definir los derechos de propiedad ya que, si costos de transacción estos nos permitirían llegar a acuerdos ya sea para recompensar a los que “sufren” por la externalidad, o para recompensar al que tiene que dejar de producir dicha externalidad. También nos dice que estos arreglos pueden llegar a ser más eficientes (o no) que grandes oficinas de gobierno que regulen las externalidades. Coase realza la importancia del derecho y la interrelación con la economía.
Destacado:
Me parecieron muy interesantes los casos legales, que cito Coase sobre todo el de los vecinos y la chimenea. En ese caso me parece se entiende claramente lo importante que es definir los derechos para saber cuál es el procedimiento “justo”, sobre todo teniendo al productor de humo quejándose del propio humo que produce. Me parece también interesante la critica que hace Coase a los que proponen un mundo laissez faire sin aclarar que es lo que eso quiere decir en última instancia, ni sus implicancias. Finalmente me parece que Coase entiende que para poder hacer compensaciones entre individuos es necesario asignarles un valor monetario, de lo contrario no queda claro cuál es la magnitud del “daño”.
Preguntas:
¿El gobierno podría generar un espacio para negociaciones y arreglos privados?
¿Cómo asignarle un costo a preferencias ordinales?
¿Cómo bajar los costos de los arreglos entre privados?
Guìa de Debate de Lunes 08.06.2015
Texto Ronald H Coase El problema del costo Social
Javier Pereyra 860818
Resumen
El autor sugiere por medio de este trabajo una modificación de la perspectiva tomada en el análisis del costo social en la economía de bienestar moderna. Detallando diferentes casos, señala que las soluciones alcanzadas no correspondían a soluciones de largo plazo, argumentando que el establecimiento de derechos de propiedad por fallos judiciales que no alcanzasen una solución eficiente, cuando sus costos de transacción fuesen bajos o nulos, producirá en consecuencia una reacción de reajuste de estos derechos para aquellos que más los valoren, aunque las cortes fallen contra estos.
Siendo para Coase el objetivo principal corregir la perspectiva en que se enfocaba dicha problemática, èl consideraba que el error de los economistas radicaba en asumir que la fuerza correctiva del gobierno hace la disminución de los costos de transacción, fundamento que según el autor se originaba en una posible mala lectura o falta de claridad en el libro de Pigou: Economics of Welfare. Entonces, para alcanzar las conclusiones correctas Coase propone realizar un cambio de enfoque, entendiendo a los factores de producción como derechos, y que el costo de ejercer ese derecho será la pérdida que sufre la otra parte en una actividad. De esta forma, el análisis de las políticas se conducirían a un reconocimiento explicito de la naturaleza recìproca del problema de las externalidades.
Puntos relevantes:
a) El teorema de Coase: En la medida que los costos de transacción sean bajos o inexistentes y que los derechos de propiedad establecidos en los fallos judiciales no permitamn una solución económica eficiente, se producirá una reasignación de estos derechos a quienes los valoren mas.
b) La naturaleza reciproca y el problema: El problema por el enfoque tradicional ha tendido a decidir cómo restringir al que perjudica al damnificado, pero esto es erróneo. Existe una naturaleza reciproca, en donde los derechos permiten el daños sobre ambos. El enfoco debería girar hacia còmo evitar un daño mayor.
Preguntas:
1) Según señala, Pigou se contradice al igualar las tendencias naturales con la acción del Estado. ¿Por qué cree que el Estado no pueda entenderse como el resultado del devenir “natural” de la sociedad? ¿ Hasta qué punto se puede rechazar a la institución social del Estado como una expresión natural de los intereses de la sociedad?.
2) Aplicando el cambio de perspectiva, en donde consideramos los factores productivos como derechos, ¿Podríamos decir que la solución eficiente estarà en el punto de equilibrio de un mercado adonde confluyen todos los derechos valuados según las compensación recibidas por no usarlos? ¿Este sistema no estaría lejos de la realidad, ya que debería de existir transacciones de costo nulo?
3) Siendo que la empresa representa una alternativa a la organización de la producción a través de las transacciones de mercado. Se puede entender entonces una tendencia natural a la concentración de la toma de decisiones y el monopolio de poder de mercado?
Resumen
Para Coase, el problema del costo social tiene una arista legal y otra económica. Generalmente, el problema surge cuando se resuelven los problemas mediante la ley, sin considerar la naturaleza económica, generando un resultado poco eficiente. Dicho resultado igualmente resultará en la reasignación de los derechos en discusión a quienes lo valoren más, independientemente de lo que fallen las cortes. Este razonamiento es la razón principal por la que Coase considera ineficiente que el gobierno interceda; él argumenta que no existe una fuerza correctiva de las fallas de mercados que no tiene costos.
Por último destaco en palabras del propio autor acerca del costo social, donde no se logra la correcta valorización económica del mismo, “el problema económico en todos los casos de efectos nocivos es cómo maximizar el valor de la producción.”
Comentario
Me pareció muy clarificador los ejemplos de los que dispuso Coase para tratar de explicar lo complejo del “Problema del costo social”, en especial me quedó claro con el ejemplo del productor de cerveza y el olor que debiera soportar su vecino. “El problema económico era decidir qué elegir: un costo más bajo de la cerveza y vida menos agradable en las casas vecinas, o mayor costo de la cerveza y una vida más agradable.” Todas las consideraciones y las diferencias en las decisiones judiciales nunca están alineadas con los costos económicos de los problemas sociales. A mi modo de ver, esta es la razón por la cual debe ser dejado este reordenamiento al equilibrio del mercado. Cuando no hay costos de transacciones (algo imposible, pero sin dudas útil como punto de partida del razonamiento), el reordenamiento de las mismas decisiones se harán a través del mercado, siempre logrando incrementar el valor de la producción. A través de este razonamiento, Coase defiende una vez más la no intervención gubernamental en el sistema de mercados.
Preguntas
• ¿Según la visión de Coase, existe algún caso en que se justifiqué la intervención del gobierno y que realmente se logre que la ganancia proveniente de la regulación de dichas acciones con efectos nocivos sea menor a los costos asociados a la regulación?
• ¿Qué consideraría Coase la gestión eficiente de una firma, si esta fuese integrada verticalmente y de carácter monopolístico?
• Pensando en el carácter de la “Super empresa” (que sería el gobierno), ¿Estaría a favor de limitar el poder y el tamaño de las firmas?
Resumen
En su trabajo Coase comienza haciendo un breve resumen de lo que se discutirá, hace una crítica al trabajo de Pigou, quien describe como mejor situación imponer un impuesto a las empresas que generen externalidades negativas, estos «cursos de acción sugeridos son inadecuados porque llevan a resultados que no son necesariamente deseables.»
Luego el autor presenta varios casos en los que analiza diversas situaciones, tales como el costo cuando una empresa es responsable del daño ocasionado, como los un ganadero cuyo rebaño come los cultivos de un granjero. Luego con otros ejemplos plantea casos donde no hay responsabilidad de daño y finalmente termina mencionando el costo de transacciones y el marco legal. En todos los casos, Coase pone el foco en los beneficios de cada actividad, es decir, en todo caso hay dos actividades, A y B, hay que identificar cuál genera mayores beneficios económicos para determinar cómo se debe aplicar una restricción.
El beneficio económico es central en su trabajo y una de las idea que se ven repetidas a lo largo del mismo, a través de varios ejemplos muy claros.
Conceptos
La idea del beneficio económico es sumamente novedosa pero para mi hay algo que todos los autores no toman en cuenta, si vemos el caso del granjero y el ganadero, de acuerdo, tanto a Pigou como a Coase, si una tonelada vale $1 en el mercado y ése es el daño, ése debe ser el pago. Pero esa tonelada tiene varios usos y puede ser materia prima de otra industria, genera trabajo para el transportista, para quien la cosecha. Vamos al punto extremo donde es económicamente beneficioso que no se cultive, hay una serie de personas que se ven afectados por eso y no reciben ninguna compensación.
Lo mismo con otros ejemplos como el humo, olor, contaminación, no sólo lo económico está en juego, si un río se contamina por una actividad, no sólo los pescadores que no pueden pescar se ven afectados, hay personas que se bañan, que toman del río, que riegan sus cultivos que también se ven afectados.
Preguntas
1) Para el caso del ganadero y el granjero, la reducción en la cantidad cosechada afecta a varias personas del sector, ¿Cómo puede compensarse esto?
2) Hay costos que no pueden ser mensurables económicamente, como la contaminación, salud, valor afectivo, etc., ¿Cómo se hace en estos casos?
3) Ante la infinidad de casos y la limitada información y comprensión en detalle de cada uno, ¿Es el Estado un buen mediador? En caso de no serlo, ¿Existe un mediador capaz de solucionar todos los problemas?
Resumen
El autor señala que el análisis económico de las actividades de una empresa que tienen efectos perjudiciales en otras se ha realizado usualmente en términos de una divergencia entre el producto privado y social de la empresa, siguiendo el tratamiento de Pigou. Coase propone tratarlo como un caso de naturaleza recíproca. La cuestión real que debe decidirse es: ¿Debe permitirse que A dañe a B o que B dañe a A?
Pasa a señalar 3 ejemplos en donde ilustra la importancia de la información contenida en el sistema de precios, con y sin responsabilidad de daños. Luego, torna a la visión jurídica y el abordaje que ha realizado en algunos otros casos ejemplificadores.
Concluye que si los factores productivos son considerados como derechos, se hace más fácil comprender que el derecho a hacer algo que tenga un efecto dañino y que el costo de ejercitar un derecho (de usar un factor de producción) es siempre la pérdida que sufre la otra parte como consecuencia del ejercicio de ese derecho.
Puntos de interés
Cuando trata el problema de reordenamiento de los derechos legales a través del mercado, sostuvo que se haría a través del mercado cada vez que esto condujera a un incremento del valor de la producción, suponiendo transacciones de mercado sin costo. Si son tomados en cuenta, sólo se emprenderá cuando el incremento en el valor de la producción sea mayor que los costos en que se incurriría por este hecho.
La delimitación inicial de los derechos legales tiene un efecto en la eficiencia con que opera el sistema económico. Pero si este arreglo de derechos no es establecido por el sistema legal, los costos de alcanzar el mismo resultado alterando y combinando los derechos a través del mercado pueden ser tan grandes que este arreglo óptimo de los derechos, y el mayor valor de la producción que ocasionaría, puede que nunca se logre.
Propone que, al diseñar y elegir entre ordenamientos sociales debemos considerar el efecto total.
Preguntas al autor:
Ante tantas promesas incumplidas en el saneamiento de la cuenca del Riachuelo Porteño, ¿sobre quién recae la responsabilidad y quién debe ejercer su derecho de compensación?
Las consecuencias económicas de las fallas de mercado, en particular la asimetría de información, ¿son derechos expropiados?
¿Cuál es el rol del interés público a nivel económico y jurídico?
Resumen:
En el texto Coase sostiene que es erroneo considerar al gobierno como una fuerza correctiva de las externalidades negativas que no tiene costos.
Un ejemplo, es cuando las actividades de una industria perjudican a otras. Entonces analiza el efecto de los precios, si actua con o sin costos y eso tendria influencia sobre la conveniencia de hacer las transacciones de mercado y en los costos de produccion. Establece que son las politicas las que pueden intervenir con un estudio de como funciona ese mercado con la externalidad negativa.
Concepto a destacar:
Me parece importante sobresaltar como se plantean desde lo legal y en la realidad social, las cuestiones de eficiencia, lo dificil que resulta poder unir ambas.
Preguntas
1) Que otra solucion podria haber sin el estado interviniendo en el conflicto ?
2) Se puede medir cuantitativamente esa externalidad con fines de solucionarla economicamente ?
3) Como consideraria un pago por parte de la otra parte para que no se produzca la externalidad ?
Resumen:
El autor comienza describiendo como errónea la visión de Pigou acerca de las externalidades, la cual implica solucionar el problema mediante una compensación (subsidio) o un castigo (impuesto) por la producción de una externalidad positiva o negativa, respectivamente, teniendo en cuenta los productos social y privado. Coase comienza cuestionándose si es mayor el beneficio de la parte produce una externalidad negativa que el perjuicio que se ocasiona a la otra parte. Así, mediante diversos ejemplos, define que si el sistema de precios funciona correctamente, el reordenamiento de los derechos legales a través del mercado conducirá a maximizar el valor de la producción en toda ocasión. Pero si ocurre lo contrario; es decir, si hay costos de transacción, este reordenamiento se dará solamente cuando el incremento del valor de la producción consecuente sea mayor a los costos asociados a la misma, alterando de este modo la eficiencia. Puede decirse que Pigou apoya una mayor intervención estatal que Coase.
Conceptos novedosos:
El principal concepto del texto es el teorema de Coase, que plantea que en un mercado en que los costos de transacción sean bajos o inexistentes, y que los derechos de propiedad establecidos en los fallos judiciales no permitan una solución económica suficiente, se producirá necesariamente una reasignación de estos derechos hacia aquellos que los valoran más, aunque los tribunales fallen en contra de éstos. Son muchos los casos en que los altos costos de transacción impiden una reasignación de los derechos establecidos en los fallos judiciales, y en estos los tribunales deben intentar minimizar los costos asociados, siempre que ello no altere la tesis de la ley.
Es llamativa la relación que existe entre derecho y economía: nos muestra la interconexión amplísima que hay entre las ciencias sociales. Ya desde los escolásticos, cuando se hablaba de un precio “justo”, hasta el día de hoy, donde se estudia la (in)eficiencia en los fallos judiciales.
Preguntas al autor:
1- ¿Cuál sería la asignación más eficiente de los recursos si suponemos que los costes de transacción son altos y los individuos no son racionales? ¿Podría decirse que estaría dictaminada por la ley?
2- ¿Qué hacer cuando una externalidad perjudica no a uno, sino a un gran número de agentes? ¿Es acaso viable continuar produciéndola aunque maximice el valor de la producción? El ejemplo más común a la hora de estos cuestionamientos es la contaminación ambiental.
3- ¿Puede ser que lo más beneficioso, aunque no maximice el valor de la producción, sea que un Estado preocupado por el bienestar de su población utilice su poder para pasar por encima del mercado para determinar las condiciones de producción de externalidades negativas?
Resumen
El texto presenta claramente el objeto de análisis: el costo social en términos económicos, en la resolución de conflictos
entre distintos agentes de una sociedad. Para ello utiliza distintos ejemplos que durante su análisis siempre diferencia entre
la esfera judicial y la esfera de lo económico.
Cabe desctacar que el objetivo central de la resolución económica de los conflictos se centra en «maximizar el valor de la producción».
Todo este esquema de análisis cruza la definici{on de propiedad que por momentos entra en contradicción con los objetivos capitalistas
de maximización productiva.
En ese sentido la herramienta definida por Coase es el sistema de precios que se genera a partir de las situaciones de conflicto y su
capacidad para «reasignar derechos y condicur a un incremento de la producción».
Se visualiza a las «externalidades» como elementos a «endogeneizar» dentro del sistema de precios. La propiedad
de la externalidad (en términos de responsabiliad de los agentes), realiza un ajuste en le esquema de costo y bebeficio de las actividades
económicas en conflicto y a partir de este nuevo juego de suma cero, se reorienta la producción.
El autor propone una forma alternativa de organización económica, que permita alcanzar un esquema productivisata y así resuelva favorablemente
el conflicto de intereses. En particular, discute con el concepto de externalidad planteado por Pigou, y la influencia de este
en la mirada de los economistas en la resolución de problemas y la economía del bienestar.
Principales conceptos
Creo que un aporte interesante se realiza a partir del análisis de una situaci{on conflictiva y su «inversión» en los costos analizados
desde los económico y no desde lo jurídico. La visión de generar un mal menor en términos productivos creo que habilita una discución
interesante en términos del alcance económico de la justicia y lo justo de las definiciones económicas
Preguntas
¿Porqué entiende al problema económico exclusivamente como el de maximización del beneficio? ¿No podria ser parte de la resolución de un
conflicto, la distribución «justa» a pesar de que no incremente en primera instancia la producción?
Sobre todo si se tiene en cuenta que una mejor distribución del ingreso interviene positivamente en el incremento de producto.
Sinopsis:
El texto discute acerca de cuales son las fuerzas que hacen que se reasignen recursos, factores; sujetos a los derechos de propiedad, y que, si bien los jueces pueden fallar hacia un lado o hacia otro, la forma económicamente más eficiente hará que esos derechos se trasladen hacia los lugares en que se valoren más, tanto en relación a los costos o la obtención de beneficios. La cuestión es qué debe tenerse en cuenta a la hora de asignar recursos; la valoración de determinada producción que genere algún tipo de externalidad para decidir qué conviene sacrificar, dado un sistema de precios que indique la relación costo/beneficio.
Coase identifica las distintas situaciones que pueden darse comparando y relacionando el sistema de precios con y sin responsabilidad por daños, desligando al «daño causado», y si bien identifica que conocer la responsabilidad puede ayudar conocer la de-limitación de los derechos, no será este sistema de derechos el que maximice el valor de la producción sino que el resultado final se verá afectado por un correcto sistema de precios donde se vislumbren las distintas valoraciones de los recursos; a modo de síntesis en la situación del panadero/médico: «…la solución del problema depende de si el uso de la maquinaria agrega más al ingreso del panadero que lo que disminuye el ingreso del medico.» Se destaca la importancia de las regulaciones estatales más allá de los costos que en esto se derivase, pero con seguridad este ordenamiento de derechos tendrá un efecto en la eficiencia del sistema económico.
Luego discute con Pigou sobre el pago de compensaciones de daños sujeto a las «responsabilidades de daño», pero Coase demuestra nuevamente que el pago o no de compensaciones no debe estar atado a la responsabilidad o no del daño (sea éste deseable o no), lo importante en nuestro mundo actual es «comparar el daño y el bien que provocan determinadas acciones» y cuanto beneficia una actividad al producto social más allá de que pueda haber algún tipo de compensación por el efecto de una externalidad. Lo central del texto es poder comprar el resultado de un producto total atendiendo a los perjuicios que éste pueda causar y si es merecedor aquel que sufre el daño de algún tipo de compensación.
Conceptos importantes:
La comparación de las responsabilidades en cuanto al daño y la vuelta que Coase le dá para explicarnos que, intuitivamente uno piensa en que el responsable debería pagar, pero nos muestra que debemos prestarle atención a otras cuestiones debidamente sujetas al sistema de precios. Lo cual me lleva a la preocupación sobre la distorsión en nuestro actual sistema de precios.
En base al texto de Keynes y este texto realmente surge esta inquietud, incluso discusiones que habitualmente uno escucha; pero a través de estos grandes autores se logra ver la importancia de un sistema de precios confiable no distorsionado.
Preguntas:
1) ¿Cómo evaluaría la situación de nuestro Riachuelo y las industrias allí ubicadas, según este modo de análisis?
2) ¿Con un sistema de precios relativos distorsionados puede NO maximizarse el valor de la producción?
3) ¿Qué ha sucedido en países como Finlandia, que han decidido «mudar» industrias nocivas como la pastera BOTNIA en cuanto a los costos de producción y los derechos de propiedad de esta industria?
RESUMEN
Coase analiza cómo resolver de manera más eficiente las externalidades de acuerdo a la existencia o no de costos transaccionales y el marco legal bajo el cual se producen los fallos judiciales con el objetivo de maximizar la producción. A pesar de que los economistas sostenían como alternativas para solucionar este inconveniente recompensar el daño, fijar un impuesto equivalente al daño producido o excluir al causante, para Coase no es necesario que se produzca el daño sino que es evitable previo acuerdo entre el perjudicado y el causante para detener la producción del bien o servicio afectado. Este tipo de acuerdo (haya o no responsabilidad por los daños) depende de los costos que implica realizarlos y en el valor de la producción que se ve afectada. El marco jurídico inicial establece un límite a la cantidad de acuerdos posibles y otorga derechos que establecen el nivel de eficiencia de la producción aunque luego en el caso de no haber costo transaccional se producirá una reasignación de derechos mediante transacciones. Otra alternativa puede ser regular a través del Gobierno, por su capacidad de imponer condiciones y forzar su cumplimiento, sin embargo no garantiza mayor eficiencia. Finalmente hace una crítica a Pigou que sostenía que existiera compensación a quienes sufren los daños.
CONCEPTOS DESTACADOS
Coase distingue entre el producto privado y el producto social, lo que implica una elección importante a nivel jurídico por parte de los jueces en el cumplimiento de las leyes, tanto por su interpretación como el espíritu con el cual se han sancionado ya que tienen un efecto económico relevante en el producto total que se puede alcanzar.
Por otro lado introduce el concepto de costos de oportunidad para comparar el valor de la producción y que de acuerdo al sistema de precios se dan las señales para encontrar la mejor combinación de factores de producción que maximicen el producto al mejor costo posible.
PREGUNTAS
¿En el caso de haber distorsiones en el sistema de precios podríamos afirmar que es imposible alcanzar el mayor nivel de eficiencia?
¿Cuál es el límite de este enfoque desde el punto de vista social? ¿Solamente incluye a dos agentes económicos o puede extenderse a casos donde el perjudicado sufra consecuencias que excedan lo económico?
¿No cree que el Estado puede utilizar ciertos arreglos jurídicos para introducir un orden social y económico con vistas a realizar cambios profundos con beneficios a largo plazo y posponer maximizar el producto total de ese momento?
Ronald Coase recorre una gama muy amplia de posibilidades de ‘externalidades’ explicando cada uno de los casos, y planteando las ambigüedades que aparecen. Su posición parece más clara en la medida que se conoce la solución que realiza la economía ‘de manual’ a todo este tipo de externalidades, basándose en general en la doctrina de Pigou que el autor critica: la concepción de las ‘fallas del mercado’ hacen necesaria la intervención del Estado a su solución. Coase, quien hacia el final del texto se declara agnóstico respecto al laisse faire, afirma que la colisión que produce la externalidad no es más que la colisión entre dos necesidades, por lo que la libre negociación permite la solución, donde se privilegiará la que mayor beneficio traiga: en el caso de las empresas se tratará de la mayor riqueza. Establece las salvedades a lo dicho (justamente, el enorme costo social que implican ciertos cambios) pero no por ello deja de ver que la negociación particular puede producir una solución satisfactoria.
Ideológicamente, la doctrina de Coase es muy interesante: no se la puede calificar de estatista (pues se opone a la intervención desmedida del Estado) pero su pensamiento se basa en la optimización social de los beneficios. Resulta algo paradójico que alguien que se afirme estatista seguramente apoye la decisión judicial para cada caso de externalidad, pero también lo haga alguien que se defina liberal (pues la justicia estaría encargada de actuar conforme a los derechos de propiedad, y no a una justicia de eficiencia como plantea Coase). Muchas veces consideré algo parecido al autor pero en otro sentido: alguna medida estatal coercitiva de la competencia (el sostenimiento de redes ferroviarias, de empresas públicas o de aeropuertos) puede parecer injusta, pero sus beneficios en algunas zonas pueden ser enormes y generar beneficios que no se hubieran producido de otro modo. ¿Qué debe priorizarse en esos casos?
Con esto último; ¿El sentido de la mayor eficiencia debe aplicarse en todos los casos? ¿Es el Estado un jugador más en esas controversias o no puede producir ni recibir externalidades? Coase no habla nunca de ‘Estado’ sino de ‘Gobierno’, ¿Esa diferenciación presume cierta discrecionalidad adicional?
Resumen
El texto comienza comentado acerca de la enorme trascendencia del Coase en el pensamiento económico.
Lo que Coase intenta es corregir el error de análisis presente en el pensamiento económico, que considera al gobierno como un corrector de las fallas de mercado sin costo alguno.
Se hace mención del teorema de Coase, que en resumidas palabras explica como el derecho de propiedad a veces no permite la solución económica más eficiente, produciéndose una reasignación de estos derechos.
Se plantea el problema en torno al cual girará el trabajo, las empresas que tienen efectos nocivos en otras.
Luego se enumeran distintos tipos de medidas para resarcir a los perjudicados y/o castigar al perpetuador.
Coase dice que en su opinión los cursos de acción tradicionales llevan a resultados no necesariamente deseables.
Si la empresa de A perjudica la de B, solo se puede restringir el perjuicio de B en detrimento de A.
Coase reduce el problema a un determinar que camino de acción genera el menor daño posible, cuantificar los daños ocasionados por cada curso de acción tomando el que produzca el menor.
Luego presenta distintos escenarios que demuestran su tesis, un sistema de precios con y otro sin responsabilidad por daños, y varios ejemplos que ilustran su teoría.
Más adelante expone las consecuencias que generan los costó de transacción.
Hace hincapié en la necesidad de que las cortes tomen consciencia de las consecuencias económicas de sus decisiones.
Termina por resaltar la necesidad de un cambio de enfoque del análisis económico, de tener en cuenta todos los efectos colaterales al momento de tomar alguna decisión política, dado que a menudo los mismos son más perjudiciales que el bien producido por la implementación.
Conceptos innovadores
El problema planteado es innovador (empresas con efectos nocivos en otras).
El análisis de los costos transaccionales.
Preguntas
En el sistema de precios CON responsabilidad por daños
Si asumimos que el ganadero y el agricultor pueden llegar a un acuerdo para que el agricultor no siembre una parcela adicional ¿no existe la posibilidad de que el agricultor exija ser resarcido por todas las parcelas de tierra que potencialmente podría sembrar, cambiando así el cálculo de costo beneficio planteado, haciendo que la opción más beneficiosa para el ganadero siempre termine siendo el cercado?
Cuando se plantea la situación en la que el agricultor y el ganadero llegan a un acuerdo en cuanto a si el agricultor siembra una parcela más de tierra o no ¿No se está haciendo omisión del hecho de que el sembrar una parcela adicional, reduce el riesgo de que el ganado dañe otras?
Coase entiende el problema de los efectos externos como un problema recíproco, es decir, se debe al hecho de que evitar un daño lleva a causar otro. Por otro lado, el autor plantea que el problema económico básico de la sociedad es un problema de eficiencia, dar el mejor uso posible a los recursos disponibles. Para Coase, si viviéramos en un mundo sin costos de transacción, la gente negociaría unos con otros para producir una distribución más eficiente de los recursos, independientemente de la asignación inicial. Cuando los costos de transacción son excesivamente altos, como en el caso de las externalidades ambientales, se cierra el camino a la negociación y resulta imposible alcanzar la combinación optima de derechos que permitirá corregir el efecto externo. Solo para estos casos donde no es posible la negociación, el autor admite la intervención estatal como último recurso. Entonces, para Coase, donde los costos de transacción no existen y las negociaciones son posibles con derechos de propiedad específicos la economía va a ser eficiente y no se verá afectada por externalidades.
Concepto importante: el concepto que resalto de esta obra es la idea de Coase de que para alcanzar la eficiencia (dar el mejor uso posible a los recursos disponibles, problema esencial de la economía) es fundamental definir claramente los derechos de propiedad.
Preguntas:
1. ¿Qué casos considera el autor como imposibles de negociación en los que podríamos recurrir a la intervención estatal?
2. ¿En qué aspectos de la sociedad actual, el autor considera que no se cumplen los derechos de propiedad?
3. Si los costos de transacción existen, y no son bajos, ¿Cómo cree el autor que podría resolverse el problema?
Resumen
“El Problema del costo social”: Este estudio de Ronald Cosae tuvo un gran impacto en el pensamiento y la ciencia económica (En opinión de George Stigler).
El autor argumenta que, en la medida que los costos de transacción sean bajos o inexistentes y que los derechos de propiedad establecidos en los fallos judiciales no permitan una solución económica eficiente, se producirá una reasignación de estos derechos hacia aquellos que los valoran más, aunque las cortes fallen en contra de éstos. Esta proposición es conocida como el Teorema de Coase.
En el artículo se establece el procedimiento ¿Para? y ¿Cómo? Llegar a la solución de la externalidad generada. El primer apartado es “El problema a examinar”: En este ítem dice que muchas veces establecer un costo monetario, no siempre es la mejor solución, ósea estableciendo un responsable que genera esa externalidad en perjuicio de otro (solución a la que se arribaría según el tratamiento de Pigou).
Después establece “La naturaleza reciproca del problema”, donde plantea que el problema se formula comúnmente como uno en el que A ocasiona daño a B y lo que tiene que decidirse es: ¿Cómo se puede restringir a A? Pero esto es erróneo. Porque se está tratando un caso de naturaleza recíproca. Evitar daño a B infligiría un perjuicio a A. La cuestión real que debe decidirse es: ¿Debe permitirse que A dañe a B o que B dañe a A? La cuestión es evitar el daño mayor.
Para llegar a la mejor solución de este problema, establece el ejemplo del panadero cuya maquinaria, con sus ruidos y vibraciones, perturbaba el trabajo de un médico. Y evitar daños al médico ocasionaría perjuicios al panadero. Desarrolla, todos los costos, producción y costos de oportunidad de uno y otro y/o posibles escenarios. (“Donde el problema debe ser considerado en su totalidad y marginalidad”)
En el análisis el Coase, el problema económico básico de la sociedad es un problema de eficiencia: dar el mejor uso posible a los recursos.
Argumenta que si viviéramos en un mundo sin costos de transacción, la gente negociaría unos con otros para producir una distribución más eficiente de los recursos, independientemente de la asignación inicial. Cuando los costos de transacción son excesivamente altos, como en el caso de las externalidades ambientales, se cierra el camino a la negociación y resulta imposible alcanzar la combinación optima de derechos que permitirá corregir el efecto externo que son una falla de mercado.
Para este tipo de casos, donde no es posible la negociación, Coase admite que la intervención por parte del estado puede estar justificada. El reacciona contra una forma de entender la actuación pública, deja al accionar estatal como remedio de último recurso.
Conceptos Destacados:
La forma de la valuación de los costos de oportunidad de uno y otro, y que la solución se `puede reflejar desde los costos de transacción y no del daño (como estigmatizante).
Preguntas
1) En un escenario como el actual, de calentamiento global y efecto invernadero, donde los costos de transacción serian muy elevados para las empresas ¿El efecto Pigou sería el más indicado para esta externalidad?
2) En el caso donde una empresa provoca una externalidad negativa, y esta tiene costos que puede afrontar aunque sean altos y que la compañía los traslade a precios. ¿Se puede considerar como una externalidad ese aumento en el precio?
3) En el caso de una externalidad positiva, por ejemplo conocimiento (la forma de un mejor uso racional del agua) ¿El estado debería ser el encargado de su promoción de este conocimiento? ¿En términos de eficiencia?
El autor establece que cualquier sistema de asignación de precios tiene un costo y que es posible hacer un análisis económico de las reglas, las formas organizativas y los métodos de pago. El problema se basa en la traslación de cada una de las fases del proceso productivo dentro del análisis de costos que cada una de ellas conlleva. En estas divisiones de funciones y procesos, se destacan por ejemplo los costos de información, costos de búsqueda, costos de contratación y de coordinación. Según Coase, la conglomeración de todas las fases productivas dentro de la empresa, genera una reducción de los costos de transacción, punto que desmonta la mano invisible de Adam Smith y el funcionamiento perfecto de los mercados. Trasladando el análisis de costos al entorno, aparece el costo social, por la falta de definición de la propiedad privada, la propiedad pública y el baremo de responsabilidades. El ejemplo práctico se ve en la fábrica que genera humos que molestan a sus vecinos. Originalmente, Arthur Pigou enfoca este problema en términos de una divergencia entre el producto privado y social de la contaminación de las fábricas. La solución práctica para la mayoría de economistas consiste en responsabilizar al dueño de la fábrica por el daño causado a los afectados por el humo, o alternativamente, fijar un impuesto variable al propietario de la fábrica según la cantidad de humo, equivalente en términos monetarios al daño que causa, o, finalmente, excluir a las fábricas de los distritos residenciales. En estos supuestos estaríamos aplicando un mecanismo de cuantificación de las externalidades como vehículo corrector es el sistema propuesto y variar el beneficio marginal de las personas afectadas. No obstante, Coase aboga por una cuantificación económica de los daños, una delimitación de la responsabilidad y por el beneficio marginal que supone seguir realizando la actividad a pesar de resarcir el daño, clarificando previamente si la fábrica debe perjudicar a los vecinos o los vecinos deben perjudicar a la fábrica. En todo caso, nos encontramos frente a un Óptimo de Pareto, dado que siempre vamos a mejorar el bienestar de una de las partes en detrimento de la otra. En cualquier actividad económica, siempre se optará por aquella solución que reporte mayor beneficio marginal después de indemnizar por la pérdida a la otra parte. Lo novedoso del Teorema de Coase de abordar la corrección del enfoque político que tienen muchos economistas en los análisis entre la gestión pública y privada. Según el autor, el error de análisis político se encuentra fundamentalmente en considerar al gobierno como una fuerza correctiva de las fallas de mercados que no tiene costos, punto que Coase cuestiona y se ha comprobado a posteriori que realmente si existen dichos costos. Argumenta que, en la medida que los costos de transacción sean bajos o inexistentes y que los derechos de propiedad establecidos en los fallos judiciales no permitan una solución económica eficiente, se producirá una reasignación de estos derechos hacia aquellos que los valoran más, aunque las cortes fallen en contra de éstos.
Preguntas al Autor:
1) La introducción de manager en el mundo empresarial y el diseño de las empresas dinámicas, tal y como las concebimos hoy día, ¿se le deben a los estudios y avances experimentales en economía de Coase y sus análisis sobre los costos de transacción?
2) Puede resolver cualquier costo social por contaminación, ejemplo el problema de la contaminación del Riachuelo en la Capital Federal o Papeleras en Uruguay, cono solo definir los derechos de propiedad y existiendo altos costos de transaccionales y jurídicos?
3) En un mundo de competencias y mercados la solución tradicional al problema de las externalidades es la intervención del estado a través de regulaciones, prohibiciones o impuestos correctores o la intervención del estado para corregir externalidades no es necesaria porque, si se las leyes de propiedad están claras y el coste de firmar un contrato libre entre las partes es pequeño nulo, las partes acabarán llegando a un acuerdo privado que sea socialmente beneficioso?
EL PROBLEMA DEL COSTO SOCIAL: El texto explica los efectos que dañan la economía del bienestar, surgen por defectos. Primero cuando se debería compensar las ganancias que se producirían eliminando el daño, se tiende a restringir a los responsables compensando a los damnificados. Y segundo los costos de reordenar los derechos, delimitándolos, la justicia decide económicamente cómo emplear los recursos de manera óptima, reconociendo la naturaleza del problema y transformando en legal. Para Coase, con la aplicación de derechos de propiedad que internalicen la externalidad la solución va a ser eficiente. Los reordenamientos sólo ocurrirán cuando el aumento del valor de producción sea mayor que los costos involucrados, dando lugar a formas alternativas de organización económica, como la empresa, donde los costos también pueden ser altos o la regulación del gobierno con poderes para obtener cosas a un costo menor, pero no siempre con mejores resultados. También criticaba a la solución de Piguo de poner un impuesto a las externalidades, debido a que no necesariamente lleva a una solución eficiente.
Las ideas de Coase muestran nuevamente la importancia de los derechos de propiedad en la economía, en este caso llevándolo al análisis de las externalidades. Me gusta que la idea no sea imponer un impuesto al que genera el daño, sino otorgarle el derecho a que genere cierta cantidad limitada de el mismo.
3) Preguntas
a- ¿Por qué fallaron los bonos verdes?
b- ¿Cómo solucionar los problemas, en los cuales la mayoría de los países se proponen por ejemplo reducir sus cantidades de emisiones de CO2, beneficiando a todo el mundo, pero otros no aceptan el acuerdo?
c- ¿Existe diferencias entre el costo de políticas económicas y el costo social de las políticas económicas?
Agustín Santellan 878677