Juan Bautista Alberdi sobre el derecho de propiedad y su relación con la producción industrial y la generación de riqueza

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en Sistema Económico y Rentístico sobre el papel del derecho de propiedad, consagrado en el artículo 17:

«La propiedad, como garantía de derecho público, tiene dos aspectos: uno jurídico y moral, otro económico y material puramente. Considerada como principio general de la riqueza y como un hecho meramente económico, la Constitución argentina la consagra por su artículo 17 en los términos más ventajosos para la riqueza nacional. He aquí su texto: – La propiedad es inviolable, ningún habitante de la Confederación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que expresa el art. 4. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley y de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo, de su obra, invento o descubrimiento por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.

La economía política más adelantada y perfeccionada no podría exigir garantías más completas en favor de la propiedad, como principio elemental de riqueza.

Se ha visto que la riqueza, o bien sea la producción, tiene tres instrumentos o agentes que la dan a luz: el trabajo, el capital y la tierra. Comprometed, arrebatad la propiedad, es decir, el derecho exclusivo que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo, de su capital y de sus tierras para producir lo conveniente a sus necesidades o goces, y con ello no hacéis más que arrebatar a la producción sus instrumentos, es decir, paralizarla en sus funciones fecundas, hacer imposible la riqueza. Tal es la trascendencia económica de todo ataque a la propiedad, al trabajo, al capital y a la tierra, para quien conoce el juego o mecanismo del derecho de propiedad en la generación de la riqueza general. La propiedad es el móvil y estímulo de la producción, el aliciente del trabajo, y un término remuneratorio de los afanes de la industria. La propiedad no tiene valor ni atractivo, no es riqueza propiamente cuando no es inviolable por la ley y en el hecho.

Pero no bastaba reconocer la propiedad como derecho inviolable. Ella puede ser respetada en su principio, y desconocida y atacada en lo que tiene de más precioso, -en el uso y disponibilidad de sus ventajas. Los tiranos más de una vez han empleado esta distinción sofística para embargar la propiedad, que no se atrevían a desconocer. El socialismo hipócrita y tímido, que no ha osado desconocer el derecho de propiedad, ha empleado el mismo sofisma, atacando el uso y disponibilidad de la propiedad en nombre de la organización del trabajo. Teniendo esto en mira y que la propiedad sin el uso ilimitado es un derecho nominal, la Constitución argentina ha consagrado por su artículo 14 el derecho amplísimo de usar y disponer de su propiedad, con lo cual ha echado un cerrojo de fierro a los avances del socialismo.»

 

31 pensamientos en “Juan Bautista Alberdi sobre el derecho de propiedad y su relación con la producción industrial y la generación de riqueza

  1. Resumen: Alberdi continuando con los tres factores que introdujo en su primer capítulo: tierra, capital y producción, y sus tres modos de explotación: agricultura, fabricación y comercio, analiza que la libertad que se asegura en la Constitución Nacional no es la política exclusivamente, sino que se desarrolló un concepto amplio de libertad que abarca todo género, y garantiza a todos los hombres que quieran habitar suelo Argentino, ya sean nacionales o extranjeros. Lo que se busca es el bienestar general. En base a esto se establecen garantías comunes de la producción de riquezas, estas son: la libertad, la propiedad, la igualdad, la seguridad y la instrucción. En relación a la agricultura se establece la no regulación ni intervención de la misma con la premisa de “dejar hacer, no estorbar”. Por ultimo en relación al comercio, el mismo se abre otorgando libertad de navegación y comerciar en contraposición al monopolio Español del régimen anterior.
    Lo más importante: Alberdi hace un análisis de las garantías y libertades comunes a los tres instrumentos (tierra, capital y trabajo) y a los tres modos de producción (agricultura, fábrica y comercio). Estas garantías son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. La libertad es para todos los habitantes y la CN le da rango de derecho, derecho al trabajo, a la locomoción, a la asociación, etc. La igualdad tiene como objetivo la verdadera independencia, todos los habitantes son iguales. La propiedad es inviolable, paralizar la propiedad hace imposible la producción de riquezas, el art 14 consagra el derecho de usar y disponer de la propiedad. La seguridad busca proteger al individuo contra otros individuos y contra el Estado. Por último, las instrucciones deben ser tan variadas como los objetivos que se buscan alcanzar, el art 59 garantiza la educación primaria gratuita, será propicio instruir sobre los nuevos métodos de producción.
    Preguntas: Si bien se destruye el monopolio Español del régimen anterior en relación al comercio ¿Cómo se podría garantizar que no se produzcan nuevos monopolios?
    Dado a que la premisa principal es la libertad individual y la no injerencia del Estado en la vida del hombre ¿Cómo financiaría el Estado la educación pública garantizada en el art 59 de la CN? ¿Mediante que impuestos?
    ¿Cómo se garantizaría la igualdad de los inmigrantes que llegan en precarias condiciones en relación a los dueños de las amplias tierras que quedaron del antiguo régimen?

  2. 
Según la Corte Suprema de Justicia Argentina, que se considera como el órgano independiente que tiene en su cabeza la interpretación final la Constitución Nacional, se considera a la propiedad como todo aquello que el hombre puede tener, exceptuando su vida, libertad y honor. Entonces, algunos ejemplos podrían ser aquellos actos jurídicos de disposición y uso de la propiedad, bienes personales, sueldos, honorarios, derechos y/u obligaciones que surgen de un contrato, derechos hereditarios e incluso sentencias firmes. Se la considera como un principio general de la riqueza y un hecho meramente económico, por eso la intención del artículo 17 de la Constitución Nacional tiende a ser la protección de la misma. La riqueza, tiene tres instrumentos o agentes protagonistas como lo son el trabajo, el capital y la tierra. En el presente texto, se expone que la propiedad tiene estrecha relación con los tres protagonistas nombrados.

    QUE ME SORPRENDIÓ E INTERESÓ:

- Me ha interesado que el autor no le alcanza con garantizar lo no inviolabilidad del derecho de propiedad, sino que va por más, y apunta al uso y/o mal uso de las ventajas que te proporciona la misma.

    PREGUNTAS AL AUTOR:

- Cual sería el aspecto moral de la propiedad?

- Con que intensión se intenta frenar al socialismo (con lo estipulado en el art. 14)?

  3. Alberdi enumera en el texto las garantías y libertades comunes a los tres instrumentos ya mencionados en la introducción y a los tres modos de producción. El autor hace fuerte hincapié en el derecho de propiedad: no sólo en la propiedad propiamente dicha sino también en su uso. Critica al socialismo el cual pretende haciendo uso de la propiedad ajena, nivelar el trabajo del genio con el del tonto.
    También hace mención a la igualdad en todos sus sentidos pero especialmente entre personas, para que así puedan ejercer el trabajo libre y hacer rica a la Nación. Y además, destaca que siendo los extranjeros europeos(más adelantados que los argentinos) iguales a los nacionales podrían así contribuir a nuestra economía y por ende, a la riqueza nacional. Por último, Alberdi afirma que la libertad es el medio, y no el fin de la política de la Constitución de 1853. A través de la libertad se permite el trabajo que hace viable la producción de riqueza.

    Lo más novedoso a mi parecer es la clara diferenciación que hace el autor entre Nación y gobierno. Atribuye el accionar del fisco a este último y menciona que el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del fisco, lo cual me permite hacer un paralelismo con la realidad actual.

    Preguntas:
    1.Usted hace mención a la inmigración europea con técnicas avanzadas pero ¿qué sucede cuando la inmigración ya no contribuye a la incorporación de técnicas sino que amenaza los puestos de trabajo de los nacionales?
    2.¿Qué opina del sistema tributario actual y qué reformas le haría?
    3.En vista de la realidad de crisis actual, ¿piensa que es desfavorable para la economía no priorizar un sector de producción por sobre otro mediante subsidios e impuestos?

  4. Alberdi menciona los principios establecidos en la Constitución Nacional y los relaciona con la producción de las riquezas. Dicha producción, vista anteriormente en la introducción del texto, opera con tres elementos: trabajo, capital y tierra. La forma de producir esas riquezas comprende la agricultura, las fábricas y el comercio.
    El autor menciona que cada uno de los derechos reconocidos en la Constitución Nacional, están dirigidos a todos los habitantes de la Nación argentina, incluyendo a quienes encuentren su origen en el extranjero. Destaca que reconocer a todos los hombres como libres e iguales favorece notablemente a la producción de las riquezas, ya que la finalidad del trabajo es la dignificación de la persona, el medio por el cual alcanza su verdadera independencia, y una forma de contribuir al desarrollo de un país.

    Como punto a destacar, me gustaría señalar la importancia que le dedica Alberdi a los derechos que se le reconocen a los extranjeros y la necesidad de la época en fomentar la inmigración al territorio argentino. El objetivo de poblar la argentina, tenía sustento en poder desarrollar nuestro país en lo relativo a la economía, pero en la actualidad esas necesidades no se corresponden. Es utópico creer que la inmigración indiscriminada puede desenvolverse en el crecimiento de la economía, cuando la realidad es que requiere de importar mano de obra e ideas que fomente a la producción interna y con apoyo de medidas estatales.

    PREGUNTAS
    1) ¿Si el espíritu de la Constitución Nacional busca proteger la propiedad privada en sí y su uso, no sería considerado inconstitucional todas las normas de jerarquía inferior que busquen limitarla, como ser la actual «Ley de alquileres»?
    2) ¿Por qué considera que muchos regímenes políticos pregonan la limitación de la propiedad privada?
    3) Siendo el capital uno de los elementos esenciales para la producción de riquezas ¿la existencia de regímenes tributarios no fomenta el empobrecimiento individual y como efecto directo el empobrecimiento de la Nación?

  5. 1-
    Alberdi indica que la constitución asegura la libertad, y que los intereses materiales contribuyen de modo inmediato con el bienestar general. Explica que la libertad económica es para nacionales y extranjeros, y que esta es principio y manantial de riqueza pública y privada. La igualdad está asegurada en el artículo 16 y que, al no especificar en qué leyes, es extensiva para todos los habitantes, nacionales o extranjeros, en todos los ámbitos. Al igualar al extranjero con el nacional, se ayuda a la producción nacional pues el trabajo del extranjero es adelantado, inteligente, activo y capaz, contribuyendo por su ejemplo a la educación del productor nacional. Por su parte, la propiedad es el móvil y estímulo de la producción, el aliciente del trabajo, y un término remuneratorio de los afanes de la industria. Debe ser inviolable pues sino no posee atractivo o valor.
    2-
    Me sorprende que resalte que el sistema fiscal, heredado del sistema español, es enemigo de la riqueza del país, y que la constitución argentina antepone a la nación sobre el gobierno. Que toda ley, decreto, acto, que de algún modo restringa o comprometa el principio de libertad es un ataque a la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y al progreso material del país. Que la igualdad económica, por nuestra Constitución, es un medio de enriquecimiento y de prosperidad, toda ley o reglamento contrarios al principio de igualdad, son dañinos a la riqueza y bienestar de la República Argentina. Por ultimo, que todos los principios y garantías que protegen la propiedad contribuye a la riqueza publica.
    3-
    Aparte de tener en centro la nación sobre el gobierno, ¿qué otros métodos tiene la Constitución Nacional para evitar que el fisco nacional no sea igual al fisco español?
    ¿Hay otras libertades apartes de las mencionadas en la constitución nacional, y si las hay, como debería incluirlas y asegurarlas?
    ¿Puede haber leyes,actos o reglamentos que produzcan conflictos entre los principios de libertad e igualdad establecidos en la constitución?

  6. Resumen:
    La Constitución argentina distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno; y que, mirando a la última como rama accesoria de la primera halla que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.
    La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, que son:
    El trabajo,
    El capital,
    Y la tierra.
    Y establece todo tipo de libertades para el desarrollo de la riqueza, la constitución establece principios fundamentales en los que lo predominante es la liberdad para el desarrollo del comercio y produccion, liberdad hacia los inmigrantes generandoles los mismos derechos que los nacionales, fomentando al estudio y educacion libre y gratuita como capacitación, el derecho de propiedad y con el principio dejar hacer, que incluye tambien el evitar todo tipo de regulacion que limiten la libertad.

    Importante:
    El trabajo, el capital y la tierra no pueden desempeñar sus funciones
    productoras, ni la riqueza puede tener desarrollo cuando el hombre no ve asegurado el señorío de su
    persona por el apoyo de la Constitución contra las agresiones de la ley, de la autoridad y del interés
    individuales.

    Preguntas:
    Porque nuestra constitución debe garantizar tantos derechos y beneficios a extranjeros, cuando en realidad muchas veces estos dchos y beneficios no son reciprocos para con los Argentinos dentro de sus propios Estados?
    El dcho de propiedad es respetado por el Estado o hay abusos que se generan fundamentandose en el principio de la utilidad pública?
    Hay igualdad en la economía como lo establece la constitución?

  7. -1-
    En este capítulo Alberdi establece las acciones para generar riqueza y las garantías constitucionales que las tutelan. Éstas son:
    -La libertad como un derecho público (para lograr su exigibilidad) extendido a todos los habitantes del suelo Argentino ya sean nacionales o extranjeros. Un ataque a ella es un ataque a la riqueza.
    -Igualdad también extendida hacia los ciudadanos extranjeros. La Constitución establece que éstos poseen los mismos derechos civiles que los nacionales. Todos son iguales ante la ley y ante el principio de igualdad económica.
    -Propiedad como medio necesario para la producción de riqueza. La Carta Marga dispone su inviolabilidad y remarca el derecho a usar y disponer de ella.
    -Seguridad personal como agente inmunizador de las agresiones de la ley y de la autoridad para que el hombre pueda desempeñar las funciones productivas.
    -Instrucción como medio necesario para una mejor producción, educando y promoviendo la industria y los conocimientos traídos por la inmigración de ‘clases laboriosas e inteligentes en el trabajo’.
    Nuevamente Alberdi deja en claro el papel de la ley, el cual debe solo la protección de los fines productivos y el único medio para obtenerlos es la libertad.

    -2-

    Me resulta interesante la distinción que hace entre la riqueza de la Nación y la riqueza del Gobierno estableciendo que la primera es el medio para generar una Nación rica obteniendo grandes contribuciones.
    Establece que, por una determinación constitucional, la Nación esta por encima del gobierno y esto significa que primero se encuentra la riqueza publica y luego la fiscal.

    -3-

    -¿Cree usted qué en algún momento de la historia argentina se llego a la cumbre de la producción mediante la instrucción que usted indica?
    -¿Cómo cree que interviene la inmigración de la actualidad en la economía del país?
    -¿Cree que se sige priorizando la riqueza de la Nación por sobre la riqueza del Gobierno?

  8. RESUMEN:
    ALBERDI continua hablando con respecto de donde proviene la riqueza en lo referente a la producción con la utilización de los medio de producción como son tierra, trabajo y capital, pero en esta parte de los capítulos hace más énfasis en los factores, tierra como propiedad privada y el trabajo como la fuerza de trabajo impuesta por el hombre, ambas protegidas por los distintos artículos de la Constitución Nacional, generando igualdad para todos los habitantes del suelo argentino, en la propiedad como será protegida para que no se generen abusos, implementando seguridad para todos con la utilización de la instrucción para generar una mayor producción sin violar los artículos de la Constitución, y además como es que ella también protege a lo que realizan los hombres pero de manera más amplia, en lo referente a la implementación de su fuerza de trabajo en los ámbitos de la producción en general, la producción agrícola, la producción fabril y la producción comercial.

    LO NOVEDOSO:
    Es como desde los comienzos de la creación de la constitución nacional, ya se fomentaba la protección de los medios de producción para generar la riqueza en el país, pero como fue que esa protección poco a poco se fue deteriorando generando en la sociedad y el país abusos tanto sean en la propiedad privada ya que el estado a través de la expropiación se puede quedarse con la tierra como propiedad siendo que la misma es inviolable, y en la implementación de la mano de obra del hombre, ya que se supone que la esclavitud esta erradicada, pero hoy en día se siguen escuchando casos de personas que son esclavizadas para realizar todo tipo de trabajo.
    . PREGUNTAS PARA EL AUTOR:
    1) ¿Es posible aplicar sanciones desde el Estado para los que violen los fundamentos constitucionales?
    2) ¿Será posible que la Argentina actual logre salir de la escasez laboral?
    3) ¿con sus postulados en lo referente a la producción fabril y comercial, se podría llegar a implementar en la Argentina actual?

  9. I. RESUMEN.
    El autor retoma el tema de la producción de riqueza y los modos de producción explicando cómo la Constitución contiene disposiciones especiales y comunes que los garantizan. Enumera para ello una serie de artículos, remarcando como hizo desde el principio en la importancia de la libertad y agregando la igualdad, la propiedad (a la cual también le da particular relevancia), la seguridad y la instrucción. Posteriormente, se centra en los modos de forma separada asignándole, para aquellos que habían sido permitidos desde la época colonial (agricultura), simplemente la garantía de no intervención reglamentaria y legislativa, es decir, de “dejar hacer”. Por el contrario, para los que habían sido “oprimidos” (comercio), asignó una serie amplia de libertades, centrándose no sólo en asegurarlas sino también en evitar que leyes reglamentarias pudieran derogarlas.

    II. LO NOVEDOSO.
    Cómo el autor insiste en todo momento en que la libertad es lo necesario para la producción de riqueza. En que las leyes deben limitarse en garantizar y ampliar las libertad, no interponerse, porque de hacerlo sólo ser convertirían en un obstáculo.
    También me pareció interesante el análisis económico que realiza del artículo 14, cómo muestra otra perspectiva de las libertades planteadas por este.

    III. PREGUNTAS AL AUTOR.
    ¿Cuál cree que es el camino para dejar de ser un estado fiscal y convertirse en una Nación rica?
    ¿Es posible la producción de riquezas sin que operen necesariamente todas las garantías expuestas?
    ¿Qué opina de que los derechos de propiedad intelectual tengan un período de duración?

  10. RESUMEN:
    En el primer capítulo, Alberdi destaca el contenido del Preámbulo de la Constitución y la importancia que aquel le da a la libertad, como el principio conducente a la prosperidad del país.
    Expresa que nuestra Constitución Nacional reconoce la diferencia entre la riqueza de la Nación y la riqueza del gobierno. Entiende que el principal enemigo de la riqueza del país es el Fisco, por lo tanto, confiere un rango preponderante a la Nación sobre el gobierno.
    Para el autor, la producción de las riquezas se logra mediante la acción combinada de las tres fuerzas productoras que son la tierra, el capital y el trabajo, cuya interrelación da lugar a la agricultura, las fabricas y el comercio como modos de producción.
    Luego, Alberdi expone las garantías que la propia Constitución reconoce a los tres modos de producción, que son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Detalla cómo son acogidas en distintos artículos de la Constitución y de qué manera operan, procurando la protección de estos tres elementos que son productores de riqueza. Por lo que toda ley, reglamento o todo acto contrario a estos principios, consiste en un ataque a la riqueza y bienestar de la República Argentina.
    Respecto a la agricultura, Alberdi sostiene que todo el derecho constitucional agrícola de la Republica Argentina se reduce a la no intervención reglamentaria y legislativa (dejar hacer, no estorbar).
    Y finalmente, en lo relativo a las libertades aseguradas al comercio, el autor concluye reconociendo a la libertad como el medio para el enriquecimiento y la prosperidad.

    LO SORPRENDENTE:
    Nuevamente como en la lectura anterior, me sorprende que el paso de los años no ha resuelto discusiones sobre el modelo de país necesario para el bienestar de sus habitantes. Mientras Alberdi decía que la nueva Constitución colocaba a la Nación primero que al Gobierno priorizando la riqueza pública antes que la riqueza fiscal, hoy estamos en una situación absolutamente preconstitucional. Entiendo que esta situación, como expresó Alberdi, nos coloca después de ser maquinas del fisco español en maquinas del fisco nacional. La diferencia entre lo que dijo Alberdi y esto son 150 años.

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    – Entendiendo sus pensamientos y la situación actual del campo y la economía argentina, ¿Cree que parte de la solución sería volver a los principios básicos por usted reconocidos de liberar las energías productivas del campo?
    – Dado que hoy, en términos generales, el inmigrante no tiene un aporte diferenciador que el trabajador argentino, entiende que debería haber un cambio en la legislación?
    – Si ser un esclavo significaba no tener ingresos y depender de la voluntad de su amo, que hoy el Estado disponga de parte de la riqueza privada, ¿nos convierte en semi-esclavos de un nuevo amo?

  11. RESUMEN
    Juan Bautista Alberdi refiere que el derecho de “propiedad” reviste gran importancia y funciona como garantía de derecho público. Destaca dos aspectos de la propiedad: uno jurídico-moral y otro económico-material. Considera a la propiedad como un principio elemental de la riqueza y de la economía, razón por la cual, nuestra Constitución la ha adoptado en su art. 17, el cual establece pautas generales, entre ellas, la inviolabilidad de la propiedad; la expropiación por causa de utilidad pública; la eliminación de la confiscación de bienes, entre otras.
    Por otro lado, el autor enfatiza los instrumentos o agentes principales que le dan vida a la riqueza (la producción), los cuales son: a) el trabajo; b) el capital y c) la tierra.
    Desde este punto de vista, el derecho de propiedad es exclusivo, dado que es el derecho que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo, de su capital y de sus tierras para producir lo conveniente a sus necesidades. Es decir, la propiedad es el móvil y el incentivo de la producción y del trabajo.
    En última instancia, Alberdi relaciona al derecho de la propiedad con el artículo 14 de la CN, el cual nos enseña que todas las personas gozamos del derecho de usar y disponer de nuestra propiedad.
    LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE
    Considero que lo novedoso del texto analizado radica en proponer o enlazar las fuerzas o elementos básicos de la riqueza con el derecho de propiedad, el cual se encuentra íntimamente relacionado con la economía, funcionando como un elemento primordial y como una garantía de derecho público.
    Resulta interesante también que, para la Constitución, la propiedad es abarcativa de los bienes materiales e inmateriales, incluso de los derechos de las personas, siempre que éstos tengan valor económico (como, por ejemplo, los derechos de autor, etc.).
    PREGUNTAS
    1) ¿Cuál o cuáles fueron los acontecimientos históricos que inspiraron a la creación de un derecho subjetivo referido a la protección de la propiedad?
    2) ¿Cuál es el alcance de la expresión “inviolabilidad de la propiedad?
    3) ¿Cuáles son los requisitos que una autoridad debe cumplir para que la expropiación de una propiedad sea válida?

  12. Resumen:
    Alberdi en el capitulo primero establece que la Constitución persigue el bienestar general y asegura la Libertad en todas sus formas (económica ,religiosa, civil)
    Expone los principios que la Constitución reconoce y garantiza como origines de la producción Argentina.
    En su capitulo 2 establece la producción de las riquezas se da por la combinación de 3 agentes que son el trabajo, el capital, y la tierra y que se opera de 3 modos o formas de trabajo industrial que son : agricultura fabricas y el comercio.
    Enumera las garantías concedidas a la producción de riqueza argentina. Realiza un análisis de los artículos de la constitución en base a estas garantías, En cuanto a LA libertad y igualdad que son derechos establecidos, considera en base al aspecto económico que es para todos los habitantes nacionales y extranjeros . Considera el derecho al trabajo y de ejercer toda industria licita libre de esclavitud . Hace alusión que para favorecer a la producción de las riquezas se reconoce la igualdad entre hombres libres e iguales
    La propiedad considerada como principio general de la riqueza es importante para la producción , al ser inviolable la propiedad , toda persona tiene libre derecho de disponer y usar su propiedad. Le da una importancia moral jurídica y económica .

    Lo importante o llamativo del texto:
    En mi opinión lo sorprende del texto es el análisis detallado de cada garantía que considera que es importante para la riqueza y producción . El valor que le da a la libertad, igualdad, propiedad para poder desarrollar la industria , el comercio . También me parece interesante el rol que se le da a la propiedad tanto en su protección y el derecho que tiene cada ciudadano de poder gozar y usar libremente de la propiedad así como la garantía de la protección. Ademas le da un gran concepto de propiedad entendiendo como tal tanto la propiedad de inmueble así como la propiedad intelectual por ejemplo,

    Preguntas:
    1: En base a la sociedad de nuestros tiempos, ¿Reformaría algunos derechos o garantías de la constitución ?
    2:Viendo la actualidad ¿Que podría opinar tomando en base a la libertad del trabajo, y la prohibición de esclavitud, sobre los talleres clandestinos de producción ?
    3: En tanto la cantidad de inmigrantes de otras nacionalidades que libremente usan y gozan la educación y salud publica, ¿seguiría manteniendo la igualdad entre nacionales y extranjeros ?

    Kramer Claudia Andrea
    Comisión :0003

  13. RESÚMEN:
    En principio, Alberdi señala que el Preámbulo de nuestra CN promueve el bien estar general (sobre todo los intereses materiales de la sociedad) y la libertad para los nacionales y extranjeros en todos sus aspectos (civil, política, económica, religiosa); y faculta al Poder Legislativo a realizar todo lo posible, mediante una regulación adecuada, para así conseguir dichos fines. Por otro lado, distingue la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno, coloca primero a la nación que el gobierno, la riqueza pública antes que la fiscal. Luego describe una por una las garantías constitucionales protectoras de la producción: 1° de las garantías de la producción en general; el 2° de las relativas a la producción agrícola; el 3° a la producción fabril, y el 4° a la producción comercial.
    CONSIDERACIONES IMPORTANTES:
    Dentro de la descripción de cada garantía se mencionan aspectos fundamentales como la libertad e igualdad para todos los habitantes del país; la prohibición de la esclavitud; el fomento del principio de la autonomía de la voluntad, que hace a un hombre libre de accionar y producir lo que considere pertinente; la garantía del debido proceso; la libertad de expresión y de prensa; defiende la propiedad privada y sostiene que sólo puede ser afectado si así lo dispone una ley formal; a la igualdad contributiva a las arcas del Estado; el fomento de la libre industria, navegación, comercio y educación para así generar más riqueza y, por ende, prosperidad a la nación. En cuanto a la agricultura, menciona que es la industria principal de Argentina y que debe desarrollarse plenamente dado a nuestras riquezas naturales, por lo que el Estado le debe procurar un camino libre de trabas y obstáculos regulatorios para así desarrollarse.
    PREGUNTAS:
    1) Si cada ciudadano es propietario de su riqueza y ganancias generado por el uso de su fuerza de trabajo según el Derecho de propiedad privada ¿hoy en día consideraría el autor que el impuesto a las ganancias es una violación al mismo?
    2) Si Alberdi sostenía que la agricultura era/es la principal industria nacional y que debe desarrollarse sin ningún tipo de trabas regulatorias ¿cómo explicaría el autor las altas retenciones a las exportaciones del campo?
    3) Teniendo en cuenta el Derecho a la igualdad entre nacionales y extranjeros, y que uno de los elementos fundamentales para la producción de riqueza, es el empleo de la fuerza laboral, ¿cómo explicaría hoy las diferencias que hay a la hora de contratar un empleado nacional y uno extranjero?

  14. El preámbulo de la constitución expresa promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que deseen habitar el suelo Argentino. La constitución es la primera que distingue la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno y Alberdi plantea que el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del fisco. Coloca la nación primero que el gobierno, y a la riqueza publica antes que la riqueza fiscal. A su vez expone los principios que la constitución reconoce y garantiza como orígenes de la producción argentina. Establece que la producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres instrumentos: el trabajo, el capital y la tierra(naturales y abundan en la republica argentina) y los tres modos de producción que son la agricultura, las fabricas y el comercio. Son garantías a todo genero de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial, la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Luego de esto enuncia específicamente cada una de estas garantías constitucionales.
    Libertad: la libertad económica es para todos los habitantes, para los nacionales y extranjeros. El derecho al trabajo y ejercer toda industria licita, es una libertad que abraza todos los medios de producción humana. Y menciona que la escuela de Adam Smith esta reducida a demostrar que el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza creada. (artículos 14 15 y 19) Igualdad: la CN no especifica cual es la ley ante la cual sean iguales todos los habitantes, lo cual demuestra que se refiere a la ley civil, económica y fiscal, lo mismo que la ley poltiica respecto de los naturales del país. (artículos 14, 15, 16 y 20) Propiedad: es considerada como principio general de la riqueza y como un hecho meramente económico. La constitución a su vez establece las soluciones para prevenir los daños que le pueden ocurrir. (artículo 17 y 29 ) Seguridad: el trabajo no puede existir sin el hombre .El capital y la tierra no pueden desempeñar sus funciones productoras, ni la riqueza tener desarrollo. (artículos 18 19 29) Instrucción: servicio que presta a la producción en general, interviniendo en favor de la instrucción política gratuita. Para que esta produzca el efecto que le atribuye la cn de servir a la prosperidad y bienestar material del país, es preciso que se contraiga a instruir a las nuevas generaciones en el ejercicio práctico de los medios de reproducción. Para Alberdi la mejor escuela del productor argentino es el productor europeo, hace referencia a la educación gratuita en busca de la prosperidad y el bienestar del país. (artículos 59 y 64).
    Luego establece que la agricultura no ha sido objeto de garantías especiales, se deduce que todo el derecho constitucional agrícola se reduce a la no intervención reglamentaria y legislativa “dejar hacer, dejar pasar”. Por último, Alberdi plantea que los economistas entienden por producción a la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo por lo tanto un valor.
    Lo que me resulta novedoso es que Alberdi plantea en todos los aspectos que es imprescindible la presencia de inmigrantes Europeos ya que consideraba que la sabiduría provenía de los extranjeros estableciendo que la mejor escuela del productor argentino es el ejemplo practico del productor Europeo, y la realidad demuestra que el productor extranjero envía las ganancias que toma del país las envían a sus países de orígenes en lugar de ampliar la producción en nuestro país. A su vez me llama la atención que se pregunta si la nación esta hecha para el fisco y no el fisco para la nación cuando en la realidad vemos que en nuestro país ni el fisco ni la nación son ricos, sino que solo algunos sectores privados se enriquecieron y la nación y el fisco siguen empobrecidas.
    • Alberdi planteaba que era muy importante el trabajo de la tierra y la minería y eso incremento el trabajo de muchas personas pero con la mecanización del campo y de la industrialización hoy en día el campo da mucho menos trabajo que antes ¿Cómo se puede lograr volver a aumentar la mano de obra a partir de la industrialización, si nuestra principal fuente de ingreso es la venta de materia prima, no industrializada?
    • ¿Porque a pesar de haber tenido tanta inmigración extranjera a lo largo del tiempo, nuestra economía tanto la de la nación como la del fisco en consecuencia la de todo el pueblo han fracasado?
    • ¿Porque ejerciendo todas las libertades constitucionales que usted plantea, los países mas poderosos e industrializados que se consideran liberales ponen barreras al ingreso productos de los países menos desarrollados como el nuestro?

  15. Resumen.-
    La argumentación de Alberdi, en este tramo inicial del texto, orbitara en razón de lo que se plantea como una premisa fundamental, «la producción de riqueza nacional»; que ha de entenderse por ello, su relevancia y como sentar las bases para su creación. Es tan importante la formación de la riqueza nacional, que, como nos dice el autor, se le otorga un rol por demás preponderante a nivel constitucional, hecho que, agrega, puede verse de manera clara tras constatar que el resultado del actuar combinado de los agentes productivos se encuentra resguardado por una serie de principios que serán comunes y otros que serán específicos.

    Interesante, Novedoso.-
    Es por demás interesante la argumentación que respalda el desarrollo de los principios protectorios y la fundamentación de aquellos, como por ejemplo, cuando al hablar de la libertad, Alberdi nos comenta que (parafraseando a François Guizot) a nivel constitucional se le da un rango de derecho porque de lo contrario sería un don ilusorio. O el desarrollo sobre el principio de igualdad, es también excelente, proponiéndolo como (…) “nuestro derecho económico fundamental” (…) desconociendo absolutamente cualquier distinción.
    Por otro lado, resulta también muy interesante el planteo sobre la importancia de la generación de la riqueza nacional y como, sobre esta luego, podrá generarse la riqueza del gobierno.

    Preguntas.-
    1. Entendiendo que la agricultura es “la industria por excelencia para la Republica Argentina” y bajo el principio laissez faire, laissez passer, acogido por Alberdi. Sería interesante preguntar ¿Cuál es su opinión sobre las retenciones al campo?, es decir, son medidas impostivas que suelen aparecer -o reforzarse- en contextos de fuerte devaluación y a prima facie con el único objetivo de elevar la recaudación fiscal.
    2. ¿Cuál es su opinión sobre el impuesto a las ganancias?, ¿no deberíamos todos pagarlo, porque en realidad es el “famoso impuesto” sobre la renta, o en todo caso plantear un mínimo no imponible más abarcativo con alícuotas realmente progresivas?. ¿O es que indiscutiblemente debería ser desechado.?

  16. Resumen:
    El preámbulo de la Constitución enumera diferentes objetivos como promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad en general, a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. La constitución hace referencia a promover la industria el trabajo, como la inmigración y colonización, y las leyes protectoras de la producción. La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno y que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.
    Capitulo II – La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, son: El trabajo, El capital, Y la tierra. Los tres modos o formas del trabajo industrial son: La agricultura, Las fábricas, Y el comercio.
    Las garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial: La libertad, La igualdad, La propiedad, La seguridad, La instrucción. Estas garantías tienen dos aspectos, uno moral y político, y otro material y económico. a) La libertad consagrada en el art 14 de la CN ,todos los habitantes tiene derecho a ejercer industria licita, navegar y comerciar, de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y de aprender. b) la igualdad, art 15 no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento, no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. c) la propiedad, como garantía de derecho público, tiene dos aspectos: uno jurídico y moral, otro económico y material puramente. La propiedad es inviolable, ningún habitante puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La riqueza tiene tres instrumentos o agentes que la dan a luz: el trabajo, el capital y la tierra. La propiedad el derecho exclusivo que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo, de su capital y de sus tierras para producir lo conveniente a sus necesidades o goces.
    Preguntas: En la redacción de la constitución cuál de las garantías continua sosteniéndose más fiel?
    Considera que se respetan las libertades y garantías de la constitución?
    Porque considera el derecho a la propiedad como fuente de riqueza?

  17. RESUMEN:
    En primer lugar, Alberdi menciona las tres formas de trabajo industrial mediante las cuales se produce riqueza: la agricultura, las fábricas y el comercio. Luego, expone las garantías constitucionales que resguardan estos modos de producción: la libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción. Considera que, estas bases de la política económica guían a la República hacia el progreso material, indicando en reiteradas ocasiones que toda legislación orgánica o reglamentaria que de algún modo comprometa estos principios, será un ataque al bienestar y a la riqueza del país.

    NOVEDOSO:
    Hay temas centrales en el pensamiento de Alberdi que resultan proyectos innovadores para la época. La inmigración como requisito para comenzar a transitar la senda del progreso e impulsarlo (Europa debe traer sus hábitos y sus prácticas de industria para contribuir al desarrollo argentino), entendiendo que la falta de población/instrucción trae aparejada consecuencias económicas, políticas y jurídicas.

    PREGUNTAS:
    ¿Continúa opinando que la inmigración contribuye al desarrollo argentino?
    ¿Cómo podría disminuir la ineficiencia del gasto público?
    ¿Cómo podría asegurarse que la demanda de los productos agrícolas de Argentina sea estable a mediano y largo plazo?

  18. La Constitución Nacional establece una serie de garantías dispersas en varios artículos de la misma. Garantías en materia de libertad, igualdad, propiedad, seguridad, instrucción, prensa, petición, asociación, de culto, etc. Detallando cada una de ellas a lo largo de todo el texto. Hace especial referencia al principio de libertad, tanto civil como comercial. Se ve a ésta como principal instrumento para el desarrollo de la riqueza de un país, teniendo en cuenta que el gran motor de la economía es la producción agrícola, hace mención a que toda norma, decreto o acto que la restrinja, estaría yendo en contra de un país, y que en caso de no ayudar a el avance de la producción, deberían dejar que estos hagan lo que consideran más adecuado y no inmiscuirse.
    Lo novedoso
    Lo más novedoso del artículo fue lo expuesto en su página 8 donde habla del Tesoro Fiscal. Vale preguntarse si; realmente somos una población que busca el bienestar general, o simplemente somos máquinas que estamos para «agrandar» la riqueza del fisco, somos reales productores de una economía que quiere avanzar o solo tratamos de cubrir esa «cuota» que nos imponen para cumplir con nuestro rol de ciudadano, buscamos con vocación el crecimiento de la Nación o simplemente nos llenamos los pulmones con frases hechas tales como «sin trabajo no hay futuro», y en realidad solo buscamos llegar a ese piso mínimo de dinero para poder sobrevivir un día más.?

    Preguntas
    – Considera usted que un extranjero tiene mejor voluntad para el trabajo que un Nacional?
    – Estás garantías expuestas, se respetan a raja tabla hoy en día?
    – Si el trabajo no puede existir sin el hombre, tampoco el capital ni la tierra. Cuál sería una alternativa posible para suplir al hombre, si vemos que de su parte no hay interés en realizar su trabajo?

  19. Alberdi comienza explicando que el preámbulo de la constitución promueve el bienestar general y asegura los beneficios de la libertad , estos como herramientas para lograr prosperidad , con la producción como eje central , por ende Alberdi pone el foco en las garantías constitucionales protectoras de la producción , para que no se avasalle la creación de riqueza.
    Este señala que los 3 instrumentos de la producción son el trabajo, el capital y la tierra y a su vez enumera 3 modos de producción (las fabricas , la agricultura y el comercio). Alberdi explica las garantías comunes tanto de los instrumentos como de modos de producción , estas son : libertad, propiedad, seguridad,igualdad e instrucción, las cuales tienen 2 aspectos un moral y político , y otro material y económico.
    Alberdi resalta que la libertad económica que la constitución brinda como derecho, rige para todos los habitantes tanto nacionales como extranjeros, también aborda el principio de igualdad , es decir la igualdad ante la ley , contrariamente a lo que establecía el régimen español. y también la importancia de la propiedad, estos como pilares de la creación de riqueza y bienestar.

    Lo novedoso que brinda Alberdi en esta ocasión , cuando este aborda el tema de la riqueza del fisco , la cual según Alberdi esta , es el peor enemigo de la riqueza del país ,Alberdi analiza esto en función de que el fisco solo funciona sirviéndose de rentas de las personas , es decir no produce riqueza , este solo gasta, por eso es muy novedosa esta visión ya que actualmente el fisco solo se mantiene por impuestos ,deuda y emisión monetaria(inflación) , este no genera riqueza alguna.
    también es novedoso como se aborda la igualdad de derechos y garantías tanto para nacionales como extranjeros.

    ¿en la sociedad actual cual debería ser el limite de la riqueza del fisco, para no perjudicar la riqueza del país?
    ¿que piensa de la aplicación de políticas de discriminación positiva en relación a la igualdad?
    ¿que piensa de la libertad de los pueblos originarios de tener su propio sistema normativo y que este entre en tensión con la constitución?.¿ podrían coexistir ambos sistemas normativos?

  20. RESUMEN
    El autor comienza el capitulo marcando los 3 agentes o instrumentos que dan a luz la riqueza: trabajo, capital y tierra. De este ultimo, Argentina abunda .
    A su vez los 3 agentes se operan de 3 modos: agricultura, fabricas y comercio. Cada uno de esos 3 ha sido objeto de la constitución nacional. Divide en 3 articulos las garantías y libertades comunes a los 3 instrumentos y a los modos de producción. Las garantías comunes son: libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción.
    La libertad ha sido consagrada por el art. 14 de la constitución nacional donde se destacan el derecho a trabajar y ejercer toda industria licita, navegar y comerciar, peticionar a las autoridades, publicar sus ideas en la prensa sin censura previa, pero si con responsabilidad ulterior y el derecho a enseñar y aprender. De todos estos se puede considerar su aplicación económica.
    Derecho es el nombre y rango que le da la constitución a la libertad económica.
    También enuncia la aplicación económica de la igualdad en relaciones con la producción ya que no genera privilegios en cuanto derechos civiles y políticos. Y por ultimon la propiedad con sus relaciones en la producción industrial, marcando las ventajas que brinda el art. 17, garantizando la propiedad privada, para la riqueza de las naciones.
    SORPRENDENTE
    “La libertad, considerada por la C.N en sus efectos y relaciones con la producción económica, es principio y manantial de la riqueza publica y privada, tanto como condición de bienestar moral. Toda norma que de algún modo restrinja el principio de libertad es un ataque a la riqueza del ciudadano al tesoro del estado y al progreso material del país”
    Al establecer en el art. 15 que en la confederación argentina no hay esclavos, los pocos que existen, quedan libres desde la jura de esta constitución y todo contrato de compraventa de personas es un crimen. A partir de esta norma se desconocen las antiguas distinciones del derecho realista que dividia a las personas entre: libres y esclavos; nobles y plebeyos; etc.
    “Toda la escuela de Adam Smith se reduce a demostrar que el trabajo libre es el principio esencial de roda riqueza”
    PREGUNTAS AL AUTOR
    1) ¿Las antiguas distinciones que dividían a las personas según el derecho realista, no crearon suficiente desigualdad que hace imposible que la simple igualdad civil y política los empareje?
    2) ¿ que considera necesario de las regulaciones económicas estatales para que no signifiquen un ataque de la riqueza del ciudadano y el tesoro del Estado?
    3) ¿ considera a la libertad el instrumento mas importante a proteger para generar riqueza?

  21. Alberdi continúa desarrollando la idea de la libertad de la constitución, que no se limita a una libertad solamente económica, sino en todos los aspectos lícitos en los que pueda darse. Esta idea de libertad va acompañada del derecho a la propiedad privada, y la producción de la riqueza, que no solo beneficia a quien la produce, sino también al Estado y el resto de la población.
    Al tener garantizado el derecho de la propiedad privada en diferentes artículos de nuestra constitución, los inmigrantes se verían atraídos a nuestras tierras e invertir en ellas.
    También nos habla de los diferentes tipos de gastos, aquellos productivos que mantienen en funcionamiento la generación de riqueza económica, como aquellos gastos estériles, para satisfacción personal del individuo pero que no generen ingresos, pero los defiende diciendo “Está en camino de llegar a la tiranía en los consumos reproductivos toda ley que se permite restringir el ejercicio del gasto improductivo”

    Lo que me parece sorprendente es como puso por encima de todo, el derecho a la libertad y todo lo que se deriva desde esta y no puso por encima las facultades del Estado

    1- ¿Qué piensa del nuevo mercado donde genera más riqueza la distribución que la producción en si misma?
    2- ¿Estaría bien permitir el ingreso de productos extranjeros a costa de perjudicar la industria nacional, pero mejorar la calidad de vida de la población?
    3- ¿Por qué si la libertad es tan importante, estamos obligados a pagar los impuestos, pero no así el estado a darnos algo a cambio? Pregunto mas puntualmente por los sectores carenciados que de todos modos deben pagar sus impuestos y durante décadas el Estado no ha mejorado su calidad de vida (asfaltos, cloacas, iluminación, etc)

  22. RESUMEN: Según lo planteado por Alberdi, es en el preámbulo de la Constitución Nacional donde se asentaron las bases de sus disposiciones tales como el bienestar general y el goce de la libertad, traducidos en los derechos y garantías que fueron consagradas en aquella y que no van dirigida únicamente a los ciudadanos argentinos sino también a toda persona de origen extranjero que habite el suelo argentino, siendo estos los principios que contribuyen a la generación de riquezas de la Nación. No obstante la libertad que promete asegurar la Constitución, no es exclusivamente política sino que se trata de la libertad de todo género. Y además especifica que la producción de riquezas se alcanza con la combinación de tres agentes o factores, estos son: trabajo, capital y tierra; y sus tres modos de producción: agricultura, fábrica y comercio; otorgando, nuestra Constitución, como garantías comunes a todo género de industria: la libertad, igualdad, propiedad, seguridad y la instrucción, que son concedidas para la producción de riquezas y bienestar material de la Nación.

    LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE: lo novedoso, para mí, según el texto trabajado, es cuando plantea que las leyes, decretos o todo acto restrictivo de la libertad en cualquier ámbito, resultarían ofensivas a la Constitución Nacional y totalmente opuesto a la importancia de generar riquezas, ya que le parece un ataque al principio de las riquezas del ciudadano, al Tesoro del Estado y al progreso material del país.

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    ¿Usted cree que los argentinos gozamos, de manera efectiva, de todas estas garantías establecidas en la Constitución Nacional?
    ¿No cree que en la actualidad para alcanzar determinados objetivos y así generar riquezas en el país, se están restringiendo ciertas libertades que deberían ser garantizadas?
    ¿Por qué considera que el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco?

  23. resumen :Alberdi comienza aludiendo al preámbulo de la constitucional que sostiene como objetivo la consecución del bienestar general en mayor medida y la libertad en todos sus géneros ,para todos los que habiten el suelo argentino. por lo que propone que el mejor camino con mira a dicho objetivo es primordial mente a partir de la emancipación material es decir priorizar los intereses materiales . la constitución nacional establece las garantías defensoras de la producción; estas son la libertad , la igualdad y la propiedad. aquellas van a posibilitar la riqueza sin embargo la constitución hace una distinción importante en cuanto a que la riqueza que genera el bienestar general es aquella que pertenece a la nación por el contrario de la riqueza del fisco o de los gobernantes que genera el efecto contrario.

    Esto ultimo mencionado es claramente lo que mas interés me genera , Alberdi intenta muy brevemente introducir la cuestión sobre la improductividad del gobierno en tanto administrador de recursos y es claro que al justamente la riqueza del fisco provenir específicamente de una «inversión» coactiva esto es a través de todas las modalidades de impuestos; da cuenta que la libertad es condición necesaria para generar riqueza, aquí la coacción elimina la libertad por lo que en realidad el estado no produce riqueza sino la pobreza de la nación.

  24. 1) En el libro se describen los principios estipulados en la Constitución Nacional y los relaciona con la producción de las riquezas (trabajo, tierra y capital). La riqueza se produce por medio de tres elementos: la agricultura, las fábricas y el comercio, en función del bienestar general. Tras esto, Alberdi hace mención a la frase, “para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino”, invitando a las personas de otras naciones para ocupar las tierras, que en su momento estaban deshabitadas, y ser parte de la nación. Por lo tanto, la propiedad es el medio de la libertad con el fin de generar riqueza. Por otra parte, él hace una diferenciación entre la riqueza nacional y la riqueza de gobierno, predominando la nacional y critica al fisco.
    2) Me parece sorprenderte como Alberdi ideó un mecanismo pretendiendo que las personas de diferentes lugares del mundo se integren a la población del país obteniendo ciertos derechos. La gran inmigración ayudó al crecimiento de la economía a través de la división del trabajo.
    3) Si la propiedad es un bien inviolable, ¿Que opina sobre la causa de utilidad pública?. ¿ Hay igualdad económica entre los nativos y extranjeros?. ¿ la superpoblación hasta que punto es buena para la economía?.

  25. Anailisis Alberdi. Tercer envio

    Resumen

    Lo que nos cuenta Alberdi en esta parte del libro es que las políticas económicas llevadas por Carlos V y Felipe II fueron nefastas para la industria española. La sobreabundancia de oro traído desde las américas hizo que naturalmente se desatendiera la industria, y algo que no menciona pero que también sucedió es que llevó al encarecimiento de las manufacturas en toda Europa porque la demanda española bancada con oro era inagotable y las fuentes de producción corrían detrás de la demanda.

    Un tema que menciona es que la constitución se dicta sobre un entramado de leyes coloniales restrictivas herencia de aquel modelo post medieval que tanto critica Alberdi, entonces remarca la importancia que las leyes que se dicten a partir de la constitución, no deben anular los principios liberales que ella sostiene.

    También nos cuenta del nacimiento del código comercial que es un hijo del derecho romano nacido en tiempos modernos, donde principalmente el foco del derecho de propiedad se desplaza de los derechos reales y pasa a la propiedad de las industrias y patentes (de alguna manera empieza a protegerse el conocimiento)

    Restringe la actividad estatal a la facilitación de la educación, el estímulo de la propiedad de los inventos, libertad de industria y comercio, abstención de leyes prohibitivas y derogación de las existentes.

    Lo novedoso.

    Si bien es un hecho que existió siempre, para mi, había pasado inadvertido que la constitución fue rupturista respecto de las leyes coloniales que eran proteccionistas de la corona, y que a partir de la sanción de la misma había que desarrollar un cuerpo normativo acorde, lo cual fue una ardua tarea, cosa que lleva a que antes de fin de siglo XIX apareciera Velez Zarsfield con el código civil que reemplazaría a las leyes coloniales.

    Preguntas

    ¿Que quiso decir en pag 23 con “propiedad transitoria cuando se refiere a los derechos de propiedad intelectual e inversiones?

    ¿Cuál era su idea de como poblar el país, porque desarrollar una industria sin un mercado para abastecer es como poner el cabllo delante del carro?

    ¿En que sustenta su valor el Bitcoin?

  26. RESUMEN
    Aquí Alberdi continua con la idea de que la producción de las riquezas se da por la combinación del trabajo, el capital y la tierra, y que la acción de estos tres agentes se opera de tres formas de trabajo industrial, que son la agricultura, las fabricas y el comercio; y que fuera de estos tres modos no hay otros.
    Plantea que son garantías comunes de éstos la libertad (art 14) para todos los habitantes nacionales y extranjeros; la igualdad (varios art hacen referencia a ella, 14, 15, 16, 20) hoy en día todos son iguales ante la ley; la propiedad (art 17) se reconoce como un derecho inviolable, se puede usar y disponer de ella según el art 14; la seguridad (art 18) el hombre debe ver asegurada su persona por el apoyo de la Constitución, contra las agresiones de la ley, de la autoridad y del interés individual; y la instrucción, que plantea que debe ser tan variada en sus ramos y materias, y en sus objetos y necesidades que presenta la vida social.
    NOVEDOSO O SORPRENDENTE
    Para mi es como la Constitución interviene en favor de la producción, para garantizar y asegurar el libre y amplio ejercicio de sus fuerzas naturales, que son el trabajo, el capital y el terrazgo.
    Con todas estas libertades, como la Constitución ha servido a la producción de la riqueza Argentina.
    PREGUNTAS
    1) En la realidad, se cumple con la protección a estas 5 garantías?
    2) Estas 5 garantías son suficientes para la protección de los modos de producción? Si no lo son, ¿Cual otra implementaría?
    3) Realmente es la libertad la causa generadora de riquezas? Existe alguna otra causa tan importante como ella?

  27. RESUMEN
    Alberdi comienza destacando la importancia que se le da a la libertad en el Preámbulo de la Constitución, como el principio que entiende, llevará al país a la prosperidad.
    Entiende que la Nación debe estar por sobre el gobierno ya que reconoce en los impuestos al principal enemigo respecto a la riqueza. Ya que nuestra Constitución diferencia entre la riqueza de la Nación y la del gobierno. Por eso es que el autor basa la riqueza de un país en tres fuerzas que son la tierra, el capital y el trabajo, que da lugar a la agricultura, las fábricas y el comercio como los modos para la producción de la riqueza.
    Ahora bien, para garantizar estos tres modos de producción, Alberdi sostiene la libertad, igualdad, propiedad, seguridad y la instrucción como las garantías que brinda la CN. Lo que traducido a la práctica, sería dejar hacer para la producción y no intervenir con legislaciones privativas de crecimiento económico o que limiten al trabajo y la evolución productiva.

    NOVEDOSO/SORPRENDENTE
    Lo que me resulta llamativo es que Alberdi entiende fundamental la inclusión de inmigrantes europeos para mejorar el país, ya que nos podrían brindar conocimientos que para nosotros eran nuevos. En lo que se entiende, el autor supuso que el inmigrante europeo nos iba a contagiar sus formas productivas volviendo al ciudadano que hasta ese momento estaba acostumbrado a cumplir pero sin tener la finalidad de la riqueza, en un sujeto que buscaría el crecimiento económico. Pues es esto lo que me resulta sorprendente, Alberdi se planteó el escenario positivo, pero nunca creyó que el inmigrante europeo se pudiese ir convirtiendo en el mismo ciudadano promedio del país.

    PREGUNTAS
    1) ¿Cree que el inmigrante terminó cumpliendo el rol que esperaba en la teoría?
    2) ¿Cuál entiende que es la garantía más vulnerada a día de hoy?
    3) ¿Cómo es posible que siendo el Fisco el mayor enemigo de la riqueza del Estado, hoy tengamos una presión impositiva tan alta?

  28. Resumen:

    Alberdi intenta plasmar en la primer parte de su libro, la relevancia que le otorga la Constitución Nacional a la libertad, no exclusivamente entendida como libertad en sentido político, sino también abarcando la económica, religiosa, de prensa, de propiedad privada, de culto, de trabajo, entre otras, para todos los que deseen habitar el suelo argentino.
    Critica fuertemente al Socialismo, insistiendo en la importancia que tiene la libertad de la propiedad privada, ya que restringir su uso y disponibilidad generaría una limitación a su independencia y libertad personal. Los principios constitucionales protegen estas libertades y las leyes no deberían ser arbitrarias ni contrarias a la misma.
    Considera que la Constitución ampara a la producción de la riqueza, que esta es un medio y que procura ser distribuida de manera proporcional para lograr el bienestar de los ciudadanos, teniendo en miras a la sociedad en su conjunto y no a grupos particulares.
    Lo novedoso o sorprendente:

    Me resulta sorprendente la manera en que la Constitución intenta abordar la libertad en sentido amplio, excluyendo todo tipo de distinciones y privilegios entre los habitantes, hechos que antes no ocurrían.
    Preguntas al autor:

    Dado la ola inmigratoria a nivel mundial, sean por las guerras, por situaciones económicas, por terrorismo, etc. En un país como Argentina donde no hay una estabilidad económica constante sino más bien cíclica, usted considera que la llegada de extranjeros en masa es favorable para nuestra nación? ¿O podría generarse un desequilibrio que afecte no solo a nuestro país sino también a la región?
    ¿Qué propondría para que hoy en día se distribuyan las riquezas de manera eficiente?
    En Argentina donde existen tantos impuestos ¿es factible que el país pueda generar inversores reales en nuestra economía dado que las condiciones que se crean son adversas para los mismos? ¿No sería más favorable para ellos que vuelquen sus capitales a plazos fijos, a moneda extranjera (más estable) o bonos emitidos por nuestro país (Lebacs), en vez de volcarlos al crecimiento económico del país?

  29. Alberdi en atención al modelo instaurado por la Constitución, traza una batería de derechos y garantías para que sea llevado a cabo y así desplazar al régimen anterior colonial. Comenzando con la libertad en su sentido más amplio, procura poblar el territorio llamando a aquellos que quieran habitarlo, garantizando el respeto por su religión, seguridad personal, instrucción pública, enseñar, aprender, comerciar, abolición de la esclavitud; con éste elemento fundamental se dirige luego al fomento de la industria, la construcción de caminos, la introducción de nuevas industrias, importación de capitales y exploración de los ríos. De todo ello surgen las leyes protectoras de la producción. El autor realiza un análisis de las garantías y libertades comunes a los tres agentes de producción de la riqueza (el trabajo, el capital y la tierra) y a las fuerzas productoras (agricultura, fábricas y el comercio). De las libertades en relación a la producción económica cita al Art. 14 en el cual la libertad económica es para todos los habitantes nacidos y extranjeros, éste establece el derecho a trabajar y ejercer una industria lícita. Insistiendo en que el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza. Luego continúa con el derecho de petición, de expresión y de usar y disponer de la propiedad. Libertad de asociación como elemento más poderoso de producción. Respecto al principio de igualdad ésta garantía indica que todos somos iguales ante la ley del trabajo. La protección de la propiedad es uno de los pilares de la riqueza nacional. La CN también ha dado remedios para curar y prevenir los males en que suele perecer. Respecto a la producción agrícola se reduce a la no intervención reglamentaria y legislativa. Respecto del comercio existe una expresa libertad de comerciar y navegar en el art. 9 y sgtes. Finalmente respecto a la industria fabril la CN ha determinado los únicos medios de intervención de parte del Estado y creación y fomento de la industria fabril, educación e instrucción, estímulo y propiedad de los inventos, libertad de industria y comercio, abstención de leyes prohibitivas.
    ¿Sería útil hoy volver a la educación que plantaba Alberdi en cuanto a la enseñanza de oficios?
    ¿De qué manera hoy debería intervenir o no el Estado para fomentar la industria fabril?

  30. RESUMEN:
    En el primer capítulo, Alberdi comenta que la Constitución Argentina asegura en su preámbulo la libertad tanto civil, religiosa y económica para quienes decidan habitar el país. También se le da al poder Legislativo el poder de realizar todo lo conducente al bienestar general, dentro del cual se encuentra el fomento de la industria, siendo una de las leyes protectoras de la producción. La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno y que el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco. Antes éramos esclavos del fisco español, ahora del argentino. El sistema económico de la Constitución pone en preferencia a la riqueza pública ante la fiscal.

    REFLEXIÓN:
    Es difícil tomar en cuenta que el sistema fiscal no ha dejado de existir ni con una revolución como sucedió con el derrocamiento del Virreynato. Evidentemente, el hábito de los Estados de recaudar riquezas de sus habitantes, es uno que atraviesa tanto fronteras como religiones, ideologías e idiomas.
    PREGUNTAS:
    1) El sistema fiscal, ¿Es tan necesario como nos hace creer el Estado?
    2) ¿Es posible disminuir la presión fiscal al mínimo indispensable para que todos los habitantes puedan ser contribuyentes?
    3) ¿Se cumplen los principios que Alberdi destaca del preámbulo de la Constitución Argentina?

  31. RESUMEN:
    Adentrándonos en la Primera Parte de la obra, Alberdi explica que el texto de la Constitución Nacional no sólo busca preservar la libertad en su faz civil y política, sino en todos los ámbitos, y preferentemente la libertad económica. Para servir a este objetivo, se propone efectuar un análisis de las garantías constitucionales que protegen cada uno de los modos de producción (agricultura, comercio e industria fabril). Previamente, trata sobre las garantías de la producción en general -libertad, igualdad, propiedad, seguridad personal e instrucción-, detallando cómo se encuentra prevista cada una en los distintos artículos de la Constitución, y de qué manera operan en busca de proteger a aquellos tres elementos productores de riqueza. Luego, se refiere a las garantías constitucionales en relación con la producción agrícola, estableciendo que ésta no ha sido objeto de garantías especiales más que las ya mencionadas, por lo que deduce que todo el derecho constitucional agrícola se reduce a la no intervención reglamentaria y legislativa, es decir, al sistema “de dejar hacer, de no estorbar”. Por último, en relación con la producción comercial, Alberdi reconoce a la libertad como el medio para el enriquecimiento y la prosperidad, e indica que el comercio se abre otorgando a nacionales y extranjeros el derecho de navegar y comerciar (arts. 14 y 20), en contraposición al monopolio del anterior régimen español.

    LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE:
    En el presente apartado, Alberdi destaca como el mayor cambio que la Constitución Nacional introdujo en el derecho económico argentino, al rango preponderante que le da a la riqueza de la Nación por sobre la riqueza del Fisco, siendo ésta última una rama accesoria de la primera. El autor explica que en el antiguo régimen colonial, “el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco”, ya que los ciudadanos se constituían en máquinas contribuyentes del Fisco Español, al igual que del Fisco Nacional en los cuarenta años posteriores a la Revolución. El nuevo sistema económico instaurado por la Constitución viene a desplazar al régimen español, colocando a la Nación antes que al Fisco, ya que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes “es hacer rica y opulenta a la Nación”; para ello se pregunta: “¿Hay otro medio de nutrir el brazo, que engordar el cuerpo de que es miembro?”. Por otra parte, indica en reiteradas oportunidades que toda legislación orgánica o reglamentaria que comprometa los principios constitucionales que guían a la República, será un ataque a la riqueza y al progreso material del país. Por último, también resulta novedosa para la época la importancia que le da a los derechos reconocidos a los extranjeros en el territorio argentino, y la necesidad de fomentar la inmigración, principalmente europea como lo estipula la Constitución, para comenzar a transitar la senda del progreso.

    TRES PREGUNTAS AL AUTOR:
    – El artículo 25 de la Constitución Nacional estipula que “el gobierno federal fomentará la inmigración europea”, ¿qué opinión tiene acerca de la inmigración desde otros países, en especial la que se da actualmente desde países latinoamericanos?
    – ¿Se encuentra dentro de la libertad económica el derecho del extranjero de “fugar” sus ganancias fuera del país? En caso afirmativo, ¿cómo lo alentaría para que reinvierta dichas ganancias en nuestro país, aumentando la producción nacional?
    – ¿Cómo conformaría el sistema impositivo de la Nación -con qué impuestos, y a qué actividades gravaría- de modo tal de respetar las garantías constitucionales indicadas, pero a la vez que pueda financiar el gasto público (seguridad, justicia, educación, etc.)? ¿Es preferible gravar la renta o el consumo?

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