Juan Bautista Alberdi, las escuelas económicas y a cuál pertenece la Constitución Argentina, o pertenecía

Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el libro de Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”. En su introducción, Alberdi analiza las distintas escuelas económicas y a cual pertenece la Constitución:

Alberdi 3

“Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:

1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.

2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.

3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.

Sobre cada uno de esos elementos ha surgido la siguiente cuestión, que ha dividido los sistemas económicos: – En e1 interés de la sociedad, ¿vale más la libertad que la regla, o es más fecunda la regla que la libertad? Para el desarrollo de la producción, ¿es mejor que cada uno disponga de su tierra, capital o trabajo a su entera libertad, o vale más que la ley contenga algunas de esas fuerzas y aumente otras? ¿Es preferible que cada uno las aplique a la industria que le diere gana, o conviene más que la ley ensanche la agricultura y restrinja el comercio, o viceversa? ¿Todos los productos deben ser libres, o algunos deben ser excluidos y prohibidos, con miras protectoras?

He ahí la cuestión más grave que contenga la economía política en sus relaciones con el derecho público. Un error de sistema en ese punto es asunto de prosperidad o ruina para un país. La España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad.

Veamos, ahora, cómo ha sido resuelta esta cuestión por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política.

La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo. Colbert formuló y codificó el sistema económico introducido en Europa por Carlos V y Felipe II. Esa escuela, perteneciente a la infancia de la economía, contemporánea del mayor despotismo político en los países de su origen galo-español representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria.

A esta escuela se aproxima la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Por motivos y con fines diversos, ellas se dan la mano en su tendencia a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.

Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina.

Enfrente de estas dos escuelas y al lado de la libertad, se halla la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.

La filosofía europea del siglo XVIII, tan ligada con los orígenes de nuestra revolución de América, dió a la luz la escuela physiocrática o de los economistas, que flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: – dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.

En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución.”

16 pensamientos en “Juan Bautista Alberdi, las escuelas económicas y a cuál pertenece la Constitución Argentina, o pertenecía

  1. Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina. Juan B. Alberdi.

    Resumen de la introducción.
    La Constitución Argentina de 1853 consagra el principio de la libertad económica con el objetivo de promover el trabajo digno de todos sus habitantes. Precisamente, la libertad económica implica que la población trabaje, adquiera y enajene bienes privados libremente, aunque con posterioridad, se le exija el pago de rentas determinadas para mantener la riqueza de la Nación.
    Por su parte, el sistema financiero de la Confederación se conforma por reglas y garantías que procuran regular el gasto estatal, evitando perjudicar a los contribuyentes. Contrariamente, la ley no interfiere en el consumo privado ya que éste es el fin de la riqueza; a partir del consumo privado se satisfacen las necesidades humanas.

    Aspectos novedosos.
    La intervención de la ley en la producción, distribución y consumo de la riqueza es necesaria para garantizar su independencia y libertad. Asimismo, la riqueza es una creación del ser humano que surge de los instrumentos de producción, es decir, del trabajo, del capital y de la tierra, para satisfacer las necesidades propias de su naturaleza. Por ello, cuando el trabajador no percibe la riqueza que le corresponde, su efectividad en el trabajo disminuye provocando que la riqueza y prosperidad de la Nación también decaiga. Finalmente, corresponde aclarar que, a diferencia de la libertad económica, la libertad política permite formar parte del gobierno y “manejar la suerte de todos”.

    Preguntas al autor.
    Cuando el Estado gasta inadecuadamente la riqueza obtenida por la contribución de su población en perjuicio de la misma ¿considera que se produce el mismo fenómeno desalentador que al no percibir las ganancias que le corresponden por realizar su labor?

    ¿De qué otra manera podría obtener riquezas el Estado Argentino independientemente del aporte de su población?

    ¿A qué se refiere con el consumo productivo?

  2. Resumen de la introducción.

    Alberdi comienza el texto dando una breve reseña sobre las garantías económicas que establece la Constitución Argentina de 1953, como la “libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, como principales agentes de la producción”. Luego menciona como el legislador debe interpretar la Constitución para poder sancionar derecho infra-constitucional que esté en concordancia con los principios liberales de dicha Constitución.
    Posteriormente, realiza un sucinto repaso sobre las principales escuelas de economía política de la época y estipula, a su parecer, cual la escuela que siguieron los constituyentes al momento de la sanción de la Constitución Nacional Argentina. Según Alberdi, los constituyentes adoptaron la escuela económica formulada por Adam Smith sobre “la omnipotencia y la dignidad del trabajo”.
    Por ultimo, sostiene como debe ser la actuación del Estado frente a la creación de riqueza, y cuales son las razones y el origen de la misma. Alberdi menciona que la ley debe “Asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre…; proteger y asegurar a cada uno los resultado y frutos de su industria”.

    Aspecto novedoso.

    Lo que más me llamó la atención del texto es como Alberdi realiza una interconexión entre la Revolución de las Américas con la sanción de la Constitución Argentina. El autor sostiene que los principios liberales de la Constitución derivan de los principios de libertad de la revolución de mayo, que hizo de “esa libertad el motivo principal de la guerra contra el sistema colonial o prohibitivo”.

    Las preguntas que le realizaría al autor son

    1) Con las diferentes modificaciones ¿Cree que la Constitución Nacional sigue teniendo el mismo espíritu liberal?
    2) El derecho interno actual ¿Se condice a la concepción liberal de la Constitución?
    3) En la actualidad ¿La riqueza sigue teniendo como único fin “satisfacer las necesidades del hombre que la forma”?

  3. Introducción de Sist. Económico y rentístico.: La introducción al libro expone un principio y valor que el autor considera esencial ; que a sí mismo se encuentra, según él, presente en el texto de la constitución nacional de 1853. Este principio, que según el autor es el punto de partida para convertir a la entonces joven república en un país próspero, pujante, poblado y civilizado, requiere además que la clase gobernante adopte una determinada doctrina económica y una específica metodología de gobierno en lo que refiere a la sanción y promulgación de leyes. Y es que según Alberdi las doctrinas y las leyes pueden ir de manera subsidiaria a los principios de la constitución, apoyándolos y reforzándolos o bien, pueden ir completamente en contra y anularlos de manera reglamentaria. Lo último implicará el estancamiento crónico en una situación de miseria y pobreza para nuestra, entonces joven patria. Es más, él entiende que ir en sintonía con el contenido de la ley fundamental es continuar con el espíritu y la labor independentista de nuestros próceres de 1810, quienes consiguieron para nosotros la independencia de la cerrada y atrasada España.
    El ideal fundamental aquí es la Libertad, económica y civil, aplicada de manera igualitaria tanto para con el nacional y el extranjero. La doctrina económica por adoptar será la propuesta del Británico Adam Smith y la metodología legislativa será que el estado sancione leyes que intervengan, estorben u obstaculicen lo menos posible la actividad productiva de los ciudadanos y habitantes de la república. Ya sea que estos se dediquen a la agricultura, el comercio o la industria. Así mismo, la disciplina en el manejo de las arcas públicas debe ser impecable a fines que el tesoro pueda financiarlas sin necesidad de recurrir a medidas coercitivas que dañen, ataquen o desmotiven a los agentes productores, el trabajo, la tierra y el capital. Esta concepción de cómo deberían ser las cosas aplica también a la distribución de la riqueza, siendo el productor quien podrá disponer a discreción cómo gastar su ganancia.
    En tanto consagremos la Libertad como axioma máximo de nuestro ordenamiento jurídico y defendamos dicho ideal como el más elevado, a nuestra patria le deparará un camino de riqueza, prestigio y poder.

    Lo novedoso/sorprendente: Es de notar que Alberdi, ardiente defensor de la Libertad, tanto económica como civil, no agregue a este dúo la libertad política. Esgrime que “por fortuna” la libertad económica no va ligada a la libertad política. Sucede que al parecer, habría restricciones en materia de libertad política que tienen buenas razones para existir. Todo el mundo sería apto para ejercer actividades económicas, más no todos serían capaces de gobernar, porque la libertad política es esencialmente la capacidad de participar en el gobierno y por tanto en los destinos del país. “(…) Gobernar, aunque no sea más que por el sufragio, requiere educación, cuando no ciencia, en el manejo de la cosa pública. (…)”. Si bien esto es factible de tomarse como una interpretación subjetiva del texto, se podría concluir (aún más si tenemos en cuenta el contexto sociohistórico en que vivió Alberdi donde la instrucción y educación eran cualidades que únicamente poseían un grupo minoritario de la población) que hay individuos, quienes en virtud de su condición social u académica, no son aptos para participar en la conducción de los destinos de la nación. Ser un individuo instruido sería condición Sine equa non para acceder a la libertad política.

    Preguntas al autor. ¿Cómo compatibilizar este sistema fundamentado en la libertad económica de todos los individuos con un algún mecanismo (que no necesariamente debería ser estatal) que no permita o prevea los abusos de poder que pueden surgir entre particulares con disímil poder económico, teniendo en cuenta que usted mismo ha afirmado en su introducción que la “Riqueza importa a la existencia del poder”?
    ¿Si no todos los individuos son aptos para ser sujetos de derechos políticos por falta de instrucción, debería ser el estado quien garantice su educación o debe abstenerse?
    ¿Existen en su visión alguna otra forma de creación de riqueza que no sean la Agricultura, Comercio o Manufacturas?

  4. Guía 1:
    Resumen de lo leído:
    En la introducción Alberdi hace una explicación del sistema económico argentino (donde se garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra como sus principales agentes de producción) entendiendo que se encuentra este plasmado en la constitución deben tomarse como guía para obligatoria la las legislaciones y reglamentaciones; por ello hace un estudio de las distintas escuelas tiene la ciencia económica entendiendo que hay 3 elementos principales de formación de la riqueza : a) ) la fuerza de los agentes productores que son el trabajo, la tierra y el capital b) el modo de aplicación de esas fuerzas que son la agricultura, el comercio y la industria fabril c) los productos de la aplicación de esa fuerzas; La escuela mercantil solo veía la riqueza en dinero y no veía otros medios de adquirirla mediante la manufacturación y el comercio siguiendo un sistema protector y restrictivo, la escuela de la economía socialista ha pedido la intervención de la industria en base a un nuevo orden social más favorable, la escuela physiocrática profesaba que la riqueza era la tierra, la escuela industrial de Smith proponiendo el trabajo libre, omnipotente y digno.
    Lo novedoso o sorprendente:
    En este texto Alberdi tiene una visión de cómo tiene que ser el futuro de la argentina basándose en el trabajo, la economía, el capital con una visión más humana de la economía argentina dando la posibilidad a las personas de generar su propia riqueza asegurando su libertad y la de los demás.
    Preguntas:
    ¿Qué piensa usted del sistema económico actual?
    ¿Qué mecanismos creen que sean necesarios para mejorar el sistema en la argentina?
    ¿Qué cree que ha modificado el transcurso del tiempo en el sistema económico actual?

  5. Alberdi en la introducción de su libro hace una explicación de la política económica de la constitución nacional donde explica que ésta concuerda con la grande escuela industrial proclamada por Adam Smith en el siglo XVIII cuyo fundamento se encontraba en la omnipotencia en la dignidad del trabajo, en el trabajo libre y del trabajo en todas sus aplicaciones como el principio esencial de toda riqueza.
    Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas: Los agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.
    • El modo de aplicación de esas fuerzas (la agricultura, el comercio y la industria fabril).
    • Los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    Se dice que la riqueza es obra del hombre, ya que ésta es generada por el trabajo, la tierra y el capital y al ser el hombre él que pone en ejercicio estas fuerzas se le atribuye ese resultado. Así mismo, ésta es generada para satisfacer las necesidades del hombre, por lo que cuando se genera se produce la redistribución de la misma entre todos aquellos que participaron de su formación. Esta redistribución debe ser equitativa para que llegue a todo aquel que la produjo, ya que de lo contrario el productor de la riqueza deja de participar en detrimento de la grandeza de la nación. Ahora bien, el fin último de la riqueza es el consumo, que es la etapa final de ésta, y su objeto es que esa riqueza se transforme en el consumo de las necesidades y goces del hombre.
    Lo novedoso o llamativo de esta introducción es observar el pensamiento que tenían las personas siglos atrás y como ese pensamiento sigue siendo contemporáneo. También sorprende lo avanzada que estaba nuestra constitución en comparación a las demás de Sudamérica con respecto a seguir las ideas liberales de Adam Smith y como eso también ayudo a la independencia de nuestro país.
    Las preguntas que le haría al autor, ¿cambiaría su pensamiento si estuviera viviendo en el año 2022? ¿cree que la concepción de la riqueza ha evolucionado a lo largo del tiempo? ¿si piensa que a lo largo del tiempo Argentina ha mantenido las ideas que marcaba la Constitución de 1853?

  6. RESUMEN:

    Alberdi en su obra plantea que nuestra Constitución Nacional recepta un sistema de política económica que garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra, como fuerzas o agentes productores que intervienen en el proceso de formación de las riquezas. Es decir, la riqueza de un país vendría a generarse a partir de tres instrumentos de producción: la tierra, el trabajo y el capital.

    El autor desarrolla su teoría basándose en la producción de la riqueza, la distribución de los provechos y, finalmente, el consumo. Señala la importancia de la riqueza al principio de su obra, cuando afirma que “La riqueza importa a la prosperidad de la Nación, y a la existencia del poder. Sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado”.

    Asimismo, señala que en la CN impera el principio de libertad económica y que la doctrina económica en que ella descansa pertenece a la escuela industrial de Adam Smith, que consagra la omnipotencia y la dignidad del trabajo en todos sus ámbitos como principio fundamental de la riqueza.

    LO NOVEDOSO:

    Me parece importante destacar que el autor en su escrito prevé que, ante un eventual desvío en la interpretación de los principios económicos consagrados en la Constitución Nacional, podría devenir el desorden y el atraso del país. A esa posibilidad le atribuye la existencia de escuelas de la ciencia económica que profesan doctrinas rivales y opuestas a la que ha seguido la CN en su plan económico.

    Es decir, dependiendo de la escuela en que se reciba instrucción, existe la posibilidad de que puedan alterarse las disposiciones económicas constitucionales por una interpretación alejada de la doctrina que la CN profesa. Para evitar el peligro que señala, Alberdi lo que hace es especificar en qué doctrina económica descansa nuestra ley fundamental, a qué escuela pertenece y cuáles son los ideales que profesa dicha escuela.

    PREGUNTAS:

    1. Teniendo en cuenta los instrumentos de producción que señala en su escrito, ¿cuál le parece a usted el más indispensable para la formación de la riqueza y la consecuente prosperidad de la Nación?

    2. ¿Cuál le parece que fue el periodo histórico en el que se estuvo más cerca de alcanzar el modelo usted plantea en su obra?

    3. ¿Qué opina de la última reforma constitucional que fue llevada a cabo en 1994?

  7. Resumen del texto
    En primer lugar, Alberdi realiza un análisis sobre las escuelas económicas, mencionando la escuela mercantil, la socialista, la physiocrática y la industrial. Esta última, proclama la libertad y dignidad del trabajo en todas sus aplicaciones e industrias como motor esencial para la formación de la riqueza. Esto quiere decir que las personas puedan trabajar, producir, adquirir bienes libremente, por más que después el Estado le exija el pago de ciertas rentas con el fin de aportar a la riqueza de la Nación.
    Ahora bien, Alberdi indica que aquella escuela de libertad se encuentra consagrada en la Constitución argentina, ya que la libertad convenía a las necesidades de a República, la cual debe atraer la población, los capitales y las industrias. Por último, el autor afirma que nuestra Constitución es la expresión de un revolución de libertad, la consagración de la revolución social de América.

    Cuestiones novedosas
    Considero que uno de los aspectos más interesantes que plantea Alberdi es que el Estado debe intervenir en la producción, distribución y consumo de las riquezas para así garantizar la libertad. El autor hace alusión a una organización de los poderes públicos orientada a la tutela y al pleno ejercicio de los derechos individuales. Indica que la libertad es el medio de la economía constitucional y que existe un sistema para reglamentar la libertad en beneficio de los habitantes, el cual no perjudique la libertad de los demás porque sino la estaría oprimiendo.
    Por otro lado, se puede decir que el autor tenía fe tanto en los gobernantes como en los gobernados, suponiendo una sociedad civil y un Estado respetuosos de derechos y obligaciones. Por lo tanto, se debería reconsiderar si lo planteado por Alberdi se podría aplicar en la actualidad.

    Preguntas al autor
    ¿Qué medidas de deberían tomar si al Estado no le alcanza – por el motivo que sea – la riqueza que le aporta su población a través de las rentas?
    ¿Considera que el modelo que sostiene funcionaría en todos los sistemas económicos? ¿Por qué?
    ¿En la actualidad cómo definiría el concepto de riqueza, su concepto seguiría siendo el mismo?

  8. Introducción “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina según su Constitución de 1853” de Juan Bautista Alberdi.

    Resumen:

    En la introducción de esta obra Alberdi expresa la importancia que tiene la relación entre la doctrina y los principios económicos establecidos en la Constitución y la normativa de nuestro país. Este correlato es fundamental a tal punto que, en caso de corromperse, puede significar la ruina del país en cuestión.
    El autor identifica a la doctrina económica de la Constitución con la libertad, haciendo hincapié en que el gobierno debe inmiscuirse a través de la regulación únicamente para asegurar dicha libertad en beneficio de los hombres quienes son los creadores de la riqueza, así como también abstenerse de intervenir en la distribución de ésta, lo cual corresponde únicamente al productor de la misma. La normativa sólo debe regular el consumo del estado.

    Aspectos novedosos y sorprendentes:
    En mi opinión es realmente sorprendente ver cómo lo que Alberdi expresa en su obra se replica en la realidad actual, ya que considero que en nuestro país el gobierno vigente y los gobiernos que hemos tenido a lo largo de los años han intervenido en la economía contrariando lo que sostiene el autor y eso ha llevado a que su predicción se cumpla y que la Argentina se encuentre en una situación tan negativa.
    Resultaría muy interesante ver cambiar este patrón y seguir los lineamientos liberales de la constitución para verificar la aplicación de lo que Alberdi sostiene, pero considero que lo que será más complicado de llevar a cabo es la regulación destinada a que los consumos del Estado «no devoren la riqueza del país».

    Preguntas al autor:

    ¿Cómo podríamos mejorar la situación económica del país?
    ¿Considera que en la Argentina las medidas económicas tomadas por el gobierno actual han sido beneficiosas en algún punto?
    ¿De qué manera podríamos asegurar la no intromisión de los gobiernos en la economía?

  9. Díaz María.
    Sistema Económico y Rentístico. Juan B. Alberdi.
    Desde las primeras páginas de su obra, Alberdi, se propone dejar un mensaje a los que dirigían en ese momento histórico los destinos de la Nación pero también a los futuros dirigentes de la República Argentina, señalando que la base de la prosperidad de toda Nación es la riqueza entendida como como “…hija del trabajo, del capital y de la tierra…” ya que sin ello no hay Gobierno y si sumado, no hay población ni capitales no hay Estado. Para definir riqueza, producción, renta, capital…no hay que apartarse de la Constitución, en la cual está plasmada la doctrina de la escuela de la libertad, de la dignidad del trabajo libre, en todas sus aplicaciones, agricultura, comercio, fábricas. Apartarse de esto es sinónimo de desorden y atraso. La Constitución Nacional debe ser el faro para los legisladores. Prima el principio de la libertad individual, en este sentido, las leyes deben abstenerse de regular dichas voluntades. En tal caso, agrega Alberdi, la ley puede establecer reglas y garantías para que los gastos del Tesoro Nacional sean utilizados hacia el bien común. De esta manera, el autor, piensa en una Nación de hombres libres, responsables y organizados, en lo político y en lo económico y en un país construido sobre la no intervención del poder cualquiera sea la justificación ideológica.
    Aspectos Novedosos
    En lo personal, lo que más me llamó la atención, es el contexto histórico en que Alberdi escribió esta obra, a solo un año de la sanción de la Constitución y en un país aún dividido, Él pudo soñar con una Nación unida a futuro y vislumbrar (acertadamente) que doctrinas opuestas podrían apartarse de los principios de la libertad que emanan de nuestra Ley Fundamental.
    También, llamó mi atención el carácter práctico con que presenta su obra en la introducción, al decir que la Constitución es la “guía obligatoria” para el trabajo del legislador y como de alguna manera vislumbra que ciertas leyes o decisiones gubernamentales pueden influir negativamente en el comportamiento de los individuos en la sociedad.
    Preguntas al autor.
    Teniendo en cuenta de que Alberdi escribió esta obra en un país “desierto” al cual era necesario poblar, y la misma Constitución en su preámbulo así lo postula “para todos los hombres del mundo…”: 1) La política migratoria llevada a cabo en los primeros años de la Organización Nacional es lo que él se había imaginado o bien, hubiera realizado algún cambio o aporte a dicha inmigración? 2) Y en la inmigración de las primeras décadas del siglo xx?
    En su escrito usted expresa que primero hay que producir riqueza para luego tener Instrucción, entre otras cosas más, 2) Considera entonces que la ley 1420 fue apresurada o bien acertada según el tiempo histórico en que se sancionó?

  10. Alberdi, realiza un análisis de la Constitución Federal Argentina, donde dice que contiene un sistema completo de política económica, garantiza la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la distribución de las riquezas y encierra en límites discretos y justos los actos que tiene relación con el consumo público. El presente escrito contraído al estudio al estudio de las reglas y principios señalados por la ley constitucional argentina pertenece a la economía aplicada.
    No hay dos escuelas que se entiendan sobre el modo de comprender y definir la riqueza, la producción, el valor, el precio, la renta, el capital, la moneda, el crédito. Cuatro principales escuelas en que se divide la economía política, la escuela mercantil (solo veía la riqueza en el dinero y no admite otros medios para adquirirla), la economía socialista (ha pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre la base de un nuevo orden social), estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución Argentina; Physiocratia representada por Quesnay, las cuales tienen el merito de profesar la libertad por principio económica, pertenece la formula de –dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.
    Lo novedoso
    La riqueza importa a la prosperidad de la Nación y a la existencia del poder. Sin rentas no hay gobierno, sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado.
    Al legislador, al hombre de Estado, al publicista, al escritor, solo toca estudiar los principios económicos adoptados por la Constitución, para tomarla por guía obligatoria en todos los trabajos de legislación orgánica y reglamentaria, ellos no pueden seguir otros principios que los adoptados ya en la Constitución. Es muy fácil que el legislador y el publicista, según la escuela en que reciban su instrucción, se desvíen de la Constitución y alteren sus principios y miras económicas, sin pensarlo ni desearlo, con solo adoptar principios opuestos en las leyes y reglamentos orgánicos que se dieren para poner la Constitución en ejercicio.

    Preguntas
    1. ¿No debería la Constitución tener predispuesta los puntos económicos de un país?
    2. ¿Haría algún cambio para respetar los principios Constitucionales de la Libertad?
    3. ¿Si no tuviera el sistema de libertad, cuál sería el correcto para el funcionamiento de la economía?

  11. Diaz Maria .
    Sistema Economico y Rentistico. Juan B. Alberdi.
    Desde las primeras páginas de su obra, Alberdi, se propone dejar un mensaje a los que dirigían en ese momento histórico los destinos de la Nación pero también a los futuros dirigentes de la República Argentina, señalando que la base de la prosperidad de toda Nación es la riqueza entendida como como “…hija del trabajo, del capital y de la tierra…” ya que sin ello no hay Gobierno y si sumado, no hay población ni capitales no hay Estado. Para definir riqueza, producción, renta, capital…no hay que apartarse de la Constitución, en la cual está plasmada la doctrina de la escuela de la libertad, de la dignidad del trabajo libre, en todas sus aplicaciones, agricultura, comercio ,fábricas. Apartarse de esto es sinónimo de desorden y atraso. La Constitución Nacional debe ser el faro para los legisladores.Prima el principio de la libertad individual, en este sentido, las leyes deben abstenerse de regular dichas voluntades. En tal caso, agrega Alberdi, la ley puede establecer reglas y garantías para que los gastos del Tesoro Nacional sean utilizados hacia el bien común. De esta manera, el autor, piensa en una Nación de hombres libres, responsables y organizados, en lo político y en lo económico y en un país construido sobre la no intervención del poder cualquiera sea la justificación ideológica.
    Aspecto Novedoso
    En lo personal, lo que más me llamó la atención, es el contexto histórico en que Alberdi escribió esta obra, a solo un año de la sanción de la Constitución y en un país aún dividido, El pudo soñar con una Nación unida a futuro y vislumbrar (acertadamente) que doctrinas opuestas podrían apartarse de los principios de la libertad que emanan de nuestra Ley Fundamental.
    También, llamó mi atención el carácter práctico con que presenta su obra en la introducción, al decir que la Constitución es la “guía obligatoria” para el trabajo del legislador y como de alguna manera vislumbra que ciertas leyes o decisiones gubernamentales pueden influir negativamente en el comportamiento de los individuos en la sociedad.
    Preguntas al autor
    Teniendo en cuenta de que Alberdi escribió esta obra en un país “desierto” al cual era necesario poblar, y la misma Constitución en su preámbulo así lo postula “ para todos los hombres del mundo..” : 1) La política migratoria llevada a cabo en los primeros años de la Organización Nacional es lo que él se había imaginado o bien, hubiera realizado algún cambio o aporte a dicha inmigracion? 2) Y en la inmigracion de las primeras décadas del siglo xx?
    En su escrito usted expresa que primero hay que producir riqueza para luego tener Instrucción, entre otras cosas más, 2) Considera entonces que la ley 1420 fue apresurada o bien acertada segun el tiempo histórico en que se sancionó?

  12. Resumen:
    El autor expone que la materia económica está dividida en tres grandes aspectos, como principal se encuentra los agentes de la producción (como lo son el trabajo, el capital y la tierra), estos de la alguna manera implican un equilibrio en la distribución de la riqueza, que a su vez sirve pero también limita al fenómeno del consumo público. Pero estos tres grandes rasgos, no van a ser posibles sin la riqueza; hay muchas maneras para generarla, y por ende existen muchas escuelas sobre cómo se debe desarrollar los sistemas económicos para lograrlo, pero el que recoge la Constitución Argentina es el de la escuela de la libertad, el trabajo libre, como principio esencial y generador de riqueza; entonces al darle libertad al hombre en sus facultades productivas, le das la posibilidad de desarrollarse y evolucionar.
    Lo novedoso:
    Creo que dispuesto por Alberdi en su libro y lo implementado en la Constitución Argentina hace mas de cien años está vigente y lo seguirá estando porque no hay forma de desarrollar un sociedad que no sea mediante la generación de productos que cubran las necesidades de las personas, y no hay otra forma de producirlo que con el aparato productivo humano, siendo fundamental la libertad de trabajo para poder sostener y mantener a flote todo el sistema.
    Preguntas al autor:
    ¿Cómo controlaría los monopolios en un sistema de libertad?
    ¿Cree conveniente que en la economía actual argentina se deba pasar a otro sistema económico o modificar el ya implementado?
    ¿De que manera la era de la globalización afecta esa libertad a la que usted se refiere?

  13. RESUMEN DE LA INTRODUCCION

    En este escrito Alberdi hacia alusion a la economia politica en su relacion con el derecho publico y describe los tres elementos que concurren a la formacion de riquezas: las fuerzas productoras, que son, el trabajo, la tierra y el capital; el modo de aplicar dichas fuerzas que se dividen en la agricultura, el comercio y la industria fabril y por ultimo los productos de la aplicacion de esas fuerzas.
    A su vez divide la economica politica en cuatro escuelas:
    – La escuela mercantil, representada por Colbert, adquiria la riqueza mediante las manufacturas y el comercio; sometiendose a una intervencion limitada y despotica.
    – La escuela socialista, donde existe una intervencion del estado en la organizacion de la industria que limita la libertad del individuo.
    – La escuela physiocratica, representada por Quesnay, donde prevalece la libertad del individuo.
    – Y la escuela de Adam Smith en la que, al igual que la escuela physiocratica, se destaca la libertad del individuo, la libertad economica para adquirir y enajeanar bienes privados.
    Estas dos ultimas son las a las que pertenece la doctrina economica de la Constitucion Argentina.

    NOVEDOSO

    Alberdi plantea la necesidad de poblar la nacion, dandole al extranjero los mismos derechos que al ciudadano argentino, mediante el articulo 20 de la Constitucion Nacional, dando al trabajo la carta de ciudadania.

    PREGUNTAS AL AUTOR

    ¿Cree que el metodo que planteó fue el correcto?
    ¿Que piensa sobre la distribucion de la riqueza actual?
    ¿Que modificaciones le haria a la escuela de Adam Smith?

  14. La Constitución Nacional tiene un sistema completo de política económica libre de acción de trabajo, del capital y de la tierra como agentes de producción; encierra en limites justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.
    La riqueza importa a la prosperidad de la Nación y a la existencia del poder. Sin rentas no hay gobierno , sin población, sin capitales no hay Estado.
    La economía es universal cuando estudia hechos económicos generales, y práctica o nacional cuando modifica sus hechos.
    Luego el autor relata las principales escuelas en que se divide la economía política.
    La primera la escuela Mercantil de Colbert que verá la riqueza en el dinero, que representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria. Después la escuela Physiocrática y luego la Escuela Industrial de Adam Smith, donde el trabajo es libre en todas sus aplicaciones agricultura, comercio, fabricas, como principio esencia de todo riqueza.
    La riqueza es una obra del hombre y la Constitución Nacional da garantía y seguridad al curso espontaneo de esa riqueza.
    Según la Constitución organizar el trabajo no es mas que organizar la libertad, tanto la agrícola como la de comercia y porque no la fabril.
    Lo mas novedoso:
    Me pareció novedoso la relación que hace el autor entre el principio de la libertad económica con la revolución de mayo de 1810, ya que sostiene que ese deseo de libertad es lo que provocó la quiebra entre el sistema colonial o prohibitivo de los españoles.
    3 preguntas que le haría al autor:
    1) ¿Cual es la visión sobre el sistema económico en la Argentina?
    2) ¿Realmente cree que todas las personas en la República Argentina que acceden al sufragio o toman parte en el gobierno tienen la educación adecuada para eso?
    3) ¿Que cambiaría en nuestro sistema económico actual?

  15. En su introducción, Alberdi analiza la constitución argentina haciendo referencia a que contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos.
    También refiere a que hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo,la tierra y el capital.2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril. 3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    A su vez divide la económica política en cuatro escuelas:
    La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo.
    La escuela socialista, donde existe una intervención del estado en la organización de la industria que limita la libertad del individuo.
    La escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.

    Lo mas novedoso:
    Uno de los aspectos novedosos que plantea Alberdi es que el Estado debe intervenir en la producción, distribución y consumo de las riquezas para así garantizar la libertad. Refiriendo a la organización de los poderes públicos.
    También pone en énfasis la importancia de la libertad de trabajo (consagrada en la CN) para la producción de bienes que cubran las necesidades de las personas.-

    Preguntas:

    ¿Qué diferencias encuentra con el estado actual argentino?
    ¿Además de la producción humana a través del trabajo, que propondría para la producción de bienes que cubran las necesidades de las personas?

  16. En la introducción Alberdi explica como la constitución contiene un sistema completo de política económica en donde se garantiza la libre acción del trabajo, del capital y de la tierra siendo estos principales agentes de la producción.
    Plantea claramente que la riqueza importa la prosperidad y la misma existencia de la nación.
    Menciona como el legislador debe estudiar los principios de la constitución para no desviarse de ellos, tomarlos como guía ya que adoptar principios opuestos seria sumergir al país en desorden y atraso.
    Explica que hay tres elementos que concurren a la formación de la riqueza:
    1. Fuerzas o agentes productores, que son el trabajo
    2. El modo de aplicación de esas fuerzas (agricultura, comercio y la industria)
    3. Los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    Sobre estos puntos se dividieron las diferentes escuelas económicas.
    La escuela mercantil solo veía la riqueza en dinero, la escuela de la economía socialista ha pedido la intervención de la industria en base a un nuevo orden social más favorable, la escuela physiocrática profesaba que la riqueza era la tierra, la escuela industrial de Smith proponiendo el trabajo libre, omnipotente y digno.
    A la escuela de la libertad económica pertenece la constitución Argentina fiel a los principios de la revolución de mayo.
    Novedad
    Como Alberdi ya avizoraba que la desviación de estos principios puede llevar al país al desorden y desviación aclarando permanentemente a que escuela económica adhiere la Constitución Argentina
    Preguntas.
    1. ¿Además de tierra, capital y trabajo cree que hoy el conocimiento es otro elemento importante?
    2. ¿En la actualidad que reformularía para mejorar la economía?
    3. ¿cambiara hoy su concepto de riqueza?

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