Juan de Mariana hace más de 400 años: el abuso de los impuestos y la moneda

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico y Social de UCEMA vemos a Juan de Mariana sobre la moneda, “Tratado y discurso sobre la moneda de vellón (1609)”. Algunos párrafos sobre el poder de cobrar impuestos y el envilecimiento de la moneda:

Juan de Mariana

“Digo pues que es doctrina muy llana, saludable y cierta que no se pueden poner nuevos pechos (impuestos) sin la voluntad de los que representan el pueblo. Esto se prueba por lo que acabamos de decir, que si el rey no es señor do los bienes particulares, no los podrá tomar todos ni parte de ellos sino por voluntad de cuyos son. Item, si, como dicen los juristas, ninguna cosa puede el rey en perjuicio del pueblo sin su beneplácito, ni les podrá tomar parte de sus bienes sin él, como se hace por via de los pechos. Demás que ni el oficio de capitán general ni de gobernador le da esta autoridad, sino que pues de la república tiene aquellos cargos, como al principio señaló el costeamiento y rentas que le parecieron bastantes para ejercellos; así, si quiere que se las aumenten, será necesario que haga recurso al que se las dio al principio.

“El rey no puede bajar la moneda de peso ó de ley sin la voluntad del pueblo Dos cosas son aquí ciertas: la primera, que el rey puede mudar la moneda cuanto á la forma y cuños, con tal que no la empeore de como antes corria, y asi entiendo yo la opinión de los juristas que dice puede el príncipe mudar la moneda. Las casas de la moneda son del rey, y en ellas tiene libre administración, y en el capítulo Regalía, entre los otros provechos del rey, se cuenta la moneda; por lo cual, como sea sin daño de sus vasallos, podrá dar la traza que por bien tuviere. La segunda, que si aprieta alguna necesidad como de guerra ó cerco, la podrá por su voluntad abajar con dos condiciones; la una que sea por poco tiempo, cuanto durare el aprieto; la segunda, que pasado el tal aprieto, restituya los daños á los interesados. Hallábase el emperador Federico sobre Faenza un invierno; alargóse mucho el cerco, faltóle el dinero para pagar y socorrer la gente, mandó labrar moneda de cuero, de una parte su rostro, y por revés las águilas del imperio; valia cada una un escudo de oro. Claro está que para hacerlo no pudo juntar ni juntó la dieta del imperio, sino por su voluntad se ejecutó; y él cumplió enteramente, que trocó á su tiempo todas aquellas monedas en otras de oro. En Francia se sabe hubo tiempo en que se labró moneda de cuero con un clavito de plata en medio; y aun el año de 1571, en un cerco que se tuvo sobre León de Holanda, se labró moneda de papel. Refiérelo Budellio en el lib. I De Monet., cap. 1º, núm. 34. Todo esto es de Colenucio en el lib. IV de la Historia de Napóles. La dificultad es si sin estas modificaciones podrá el príncipe socorrerse con abajar las monedas, ó si será necesario que el pueblo venga en ello. Digo que la opinión común y cierta de juristas con Ostiense, en el título De censib. ex quibus, Inocencio y Panormitano, sobre el cap. 4º De jur. jur., es que para hacerlo es forzosa la aprobación de los interesados. Esto se deduce de lo ya dicho, porque si el príncipe no es señor, sino administrador de los bienes de particulares, ni por este camino ni por otro les podrá tomar parte de sus haciendas, como se hace todas las veces que se baja la moneda, pues les dan por mas lo que vale menos; y si el príncipe no puede echar pechos contra la voluntad de sus vasallos ni hacer estanques de las mercadurías, tampoco podrá hacerlo por este camino, porque todo es uno y todo es quitar á los del pueblo sus bienes por mas que se les disfrace con dar mas valor legal al metal de lo que vale en sí mismo, que son todas invenciones aparentes y doradas, pero que todas van á un mismo paradero, como se verá mas claro adelante. Y es cierto que como á un cuerpo no le pueden sacar sangre, sea á pausas, sea como quisieren, sin que se enflaquezca ó reciba daño, asi el príncipe, por mas que se desvele, no puede sacar hacienda ni interés sin daño de sus vasallos, que donde uno gana, como citan de Platón, forzosamente otro pierde.

Un pensamiento en “Juan de Mariana hace más de 400 años: el abuso de los impuestos y la moneda

  1. Resumen sobre Tratado del Vellón (Juan de Mariana):
    A lo largo del escrito el escolástico español Juan De Mariana, expone a partir de principios desarrollados por los legistas escolásticos anteriores, cómo es inmoral e inconveniente que el Rey manipule el labrado de moneda sin consentimiento de la población del reino, para lo cual esgrime una serie de argumentos, entre los cuales se encuentra una concepción de la teoría cuantitativa del dinero, es decir, la concepción de que el valor del dinero está determinado por su cantidad dado una demanda de dinero en igualdad de condiciones. Esto lo deriva de que el rey no es dueño de la propiedad de todos sus súbditos y de que éstos no pueden hacer cosa en prejuicio de los ciudadanos sin su consentimiento. Así, dado que el rey es quien está a cargo de la casa de la moneda, sería indebido si éste decidiera sin consentimiento del pueblo o sin justa razón bajar el peso de la moneda y sostener el mismo valor por decreto, según Juan de Mariana, sería el equivalente a un robo o estafa por parte del soberano. En la conclusión del escrito, el autor también da ciertas recomendaciones para evitar caer en situaciones de necesidad de labrado de moneda en perjuicio de los súbditos, y ciertos límites morales al comportamiento del rey, en cuanto a su capacidad de disposición de bienes. De esta manera, entre las recomendaciones, el autor esgrime la conveniencia de un gasto estatal estrecho y de que el rey no puede disponer del dinero de las arcas como los individuos disponen de sus propios recursos personales.
    Lo novedosos:
    Me parece sumamente interesante lo versado que era un escolástico como Juan de Mariana en economía para la época, en este texto se puede ver como es precursor de la teoría cuantitativa del dinero y de la economía liberal, en cuanto a las exigencias de un gasto del estado reducido y un importante respeto a los derechos individuales de los súbditos.
    Preguntas a JDM:
    ¿Cree que hay algun freno institucional posible para evitar los posibles abusos del rey?
    ¿Pasaría lo mismo si la moneda fuera fiudiciaria?
    ¿Cree que la redistribución de bienes sería correcta en una economía?

Responder a Mauricio Comesaña Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *