Una teoría económica sobre el origen del derecho de propiedad y Richard Pipes sobre Propiedad y Libertad

Con los alumnos de la materia, Instituciones, Derecho y Economia y Derecho, de ESEADE, vemos el artículo de Demsetz “Hacia una teoría de los derechos de propiedad”. También uno de Richard Pipes, titulado Propiedad y Libertad.

Libertas N 06 (Mayo 1987)

http://www.hacer.org/pdf/Pipes00.pdf

Demsetz comienza diciendo:

“Cuando en el mercado se realiza una transacción se intercambian dos «paquetes» de derechos de propiedad. Una parte de esos derechos está ligada al bien o al servicio concreto que se intercambia, pero es el valor de los derechos de propiedad el que determina el valor de lo que cambia de propietario. Las preguntas dirigidas a determinar la aparición y la combinación de tales componentes del paquete de derechos de propiedad son en realidad previas a las que comúnmente se hacen los economistas. Éstos, por lo general, toman los derechos de propiedad como un dato y buscan explicaciones para las fuerzas que determinan el precio o el número de bienes a los que se refieren tales derechos de propiedad.

En este trabajo procuro llamar la atención sobre algunos de los elementos para una teoría económica de los derechos de propiedad. El trabajo está organizado en tres partes. En la primera se desarrolla brevemente el concepto y el rol de los derechos de propiedad en los sistemas sociales. La segunda parte ofrece una guía para investigar la aparición de los derechos de propiedad. La tercera parte establece algunos principios pertinentes para comprender la combinación de los derechos de propiedad con vistas a formar determinados tipos de derechos y determinar así la estructura de propiedad que está asociada a los distintos tipos.

El concepto y el rol de los derechos de propiedad

En el mundo de Robinson Crusoe los derechos de propiedad no desempeñan ningún rol. Son un instrumento de la sociedad y su significación deriva del hecho de que ayudan a formarse las expectativas que se pueden sustentar razonablemente en las relaciones con otros. Estas expectativas encuentran su expresión en leyes, hábitos y costumbres de una sociedad. El propietario de ciertos derechos de propiedad posee el consentimiento de sus pares para permitirle actuar de determinadas maneras. Un propietario espera que la comunidad impida que otros interfieran en sus propias acciones a partir de que tales acciones no están prohibidas en la especificación de sus derechos.

Es importante notar que los derechos de propiedad conllevan el derecho a beneficiarse o perjudicarse a sí mismo así como a beneficiar o perjudicar a otros. Perjudicar a un competidor por el hecho de fabricar mejores productos puede estar permitido, mientras que pegarle un tiro no lo está. Por lo contrario, si puede estar permitido beneficiarse uno a sí mismo disparando un arma contra un intruso, puede no estarlo vender productos por debajo de cierto precio establecido. Está claro entonces que los derechos de propiedad especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse y, por tal razón, quién debe pagar a quién para modificar acciones llevadas a cabo por personas. El reconocimiento de esto permite entender fácilmente la estrecha relación que existe entre derechos de propiedad y factores externos o externalidad.

La externalidad es un concepto ambiguo. Para los objetivos de este trabajo, el concepto incluye costos externos, beneficios externos y externalidades tanto pecuniarias como no pecuniarias. Ningún efecto benéfico o perjudicial es externo al conjunto. Alguna persona siempre resulta perjudicada o beneficiada por tales efectos. Lo que convierte a un efecto benéfico o perjudicial en una externalidad es que el costo de hacer que gravite en la decisión de una o más de las personas interactuantes sea demasiado alto como para justificarse, y esto es lo que el término quiere decir aquí. La «internalización» de tales efectos está ligada a un proceso -usualmente un cambio en los derechos de propiedad- que permite a dichos efectos gravitar sobre todas las personas interactuantes. Una función primaria de los derechos de propiedad es la de promover incentivos para alcanzar una mayor internalización de las externalidades. Cada costo y beneficio asociado con interdependencias sociales es una externalidad potencial.

Una condición es necesaria para hacer que costos y beneficios sean externalidades: el costo de una transacción de derechos entre partes (internalización) debe exceder la ganancia de la internalización. En general, el costo de la transacción puede ser grande en relación con las ganancias por las «naturales» dificultades del intercambio comercial, o bien puede ser grande por razones legales. En una sociedad jurídicamente organizada, la prohibición de negociaciones voluntarias puede hacer infinito el costo de las transacciones. Algunos costos y beneficios no son tomados en cuenta por quienes utilizan los recursos, toda vez que las externalidades existen, pero permitir tales transacciones incrementa el grado en el cual las internalizaciones tienen lugar

12 pensamientos en “Una teoría económica sobre el origen del derecho de propiedad y Richard Pipes sobre Propiedad y Libertad

  1. RESUMEN

    Cualquier transacción que se realiza en el mercado comprende el intercambio de dos derechos de propiedad: ya sea de manera directa y/o indirecta. La principal función distributiva de las transacciones se produce con la internalizacion de los efectos perjudiciales y benéficos de dichos derechos de propiedad. La aparición de los derechos de propiedad es una respuesta a los deseos de las personas interactuantes de ajustar a nuevas posibilidades de costo- beneficios. Existe una estrecha relación entre el desarrollo de derechos de la propiedad y el comercio, ya que uno es imposible sin el otro. La asociación entre los cambios en los derechos de propiedad con la aparición de beneficios y aspectos perjudiciales hizo económico el control humano para prevenir desvíos que impidan desarrollar esos mismos derechos de propiedad. La propiedad privada reconoce el derecho del propietario a excluir del ejercicio de tales derechos a las demás personas. Otra forma novedosa de propiedad privada, es la administración y responsabilidad limitada, donde se respeta la propiedad acorde a la magnitud de propiedad que cada persona/ accionista posee en cuanto a derechos y obligaciones comprometidas.

    LO NOVEDOSO
    Lo novedoso en este texto es como la propiedad privada atraves de los precios ya tienen internalizados tanto los costos como los beneficios de dejar de lado la propiedad comunal. La propiedad privada permite operar a partir de los gustos y preferencias. La doble tendencia preferente de la propiedad de privada al individuo y de la propiedad de minimizar los costos de transacción es parte de lo que mantiene vigente el desarrollo y mantenimiento del sistema capitalista. En cambio, el aumento de propietarios lleva a mayores costos de internalización. La concentración parcial de beneficios y la reducción de costos de negociación son las todas las ventajas de la propiedad privada.

    PREGUNTAS

    1) ¿Podría existir algún otro tipo de propiedad mixta que reduzca tanto los costos de transacción como la propiedad privada?
    2) ¿Cómo puede evolucionar la propiedad privada con la revolución tecnológica actual?
    3) ¿Puede la emergencia justificar la violación de la propiedad privada, través de instrumentos legales como la expropiación?

  2. Resumen · Harold Demsetz, “Hacia una teoría de los Derechos de Propiedad”
    El intercambio implica un intercambio de “paquetes de derechos de propiedad” y es ese derecho lo que otorga valor a lo que se intercambia a diferencia de tomar como dados los derechos de propiedad y proponer una teoría de los precios en el mercado. Considera que los derechos de propiedad son un instrumento de la sociedad, y como tal, requieren un consentimiento de los pares sobre el uso de los bienes que poseemos.
    El texto destaca tres cuestiones fundamentales en materia de derechos de propiedad a fin de comprender el funcionamiento del mercado.
    1) El concepto y el rol de los derechos de propiedad en los sistemas sociales.
    2) Ofrece una guía para investigar la aparición de los derechos de propiedad.
    3) Determinar la estructura de propiedad.
    Los derechos de propiedad representan una institución importante en la relación con los demás. Especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse mediante la interacción. Cumplen una función distributiva ya que permiten internalizar los costos y beneficios asociados a la interacción voluntaria, por lo tanto, existe un vínculo entre externalidades y derechos de propiedad. Esta concentración de costos y beneficios en los propietarios crea incentivos para utilizar más eficientemente los recursos y disminuir los costos de negociar una internalización. Por lo tanto, la sociedad obtendrá mayores beneficios si quien detenta los derechos asume las responsabilidades que implica la propiedad.

    Lo novedoso en el autor
    Resulta novedoso una teoría acerca de los derechos de propiedad ya que esta es escasa en la literatura económica. Su propuesta ofrece una explicación acerca del funcionamiento de los mercados, otorgándole una posición de variable explicativa a la hora de determinar el valor de un bien. Manifiesta como los derechos de propiedad permiten una distribución eficiente de los recursos como resultado de un intercambio voluntario ya que otorga responsabilidades a quien detenta la propiedad permitiéndole una negociación más rápida y la vez menos costosa por la limitación de intereses que impone la propiedad privada. Explica con mucha claridad como los derechos de propiedad se establecen y cambian para dar respuestas a los cambios en el mercado. Este enfoque permite una comprensión del rol que juega el derecho de propiedad en los mercados y en el sistema de precios e incentivos hacia la optimización de los recursos, solución del problema económico y disminución de los conflictos derivados de la falta o mala asignación de los derechos de propiedad.

    Preguntas al autor
    1) ¿La teoría propuesta por Harold Demsetz sobre los derechos de propiedad contempla las asimetrías de poder entre las partes que intercambian?
    2) ¿Pueden darse situaciones de “injusticia social” en el proceso de asignación de derechos de propiedad, que esta teoría no contempla y por lo tanto si se justifique la intervención del Estado?
    3) ¿Por qué a pesar de estar correctamente asignados los derechos de propiedad, surgen los llamados problemas de “coalición de derechos”, como el caso de la propiedad privada y el derecho a una vivienda digna?
    ChatGPT (pregunta 3)

    Según Harold Demsetz en este PDF, incluso cuando los derechos de propiedad están correctamente asignados, pueden surgir problemas de «coalición de derechos». Esto se debe a que los derechos de propiedad no son absolutos y pueden entrar en conflicto con otros derechos. Por ejemplo, el derecho a la propiedad privada puede entrar en conflicto con el derecho a una vivienda digna. En estos casos, es necesario encontrar un equilibrio entre los diferentes derechos para lograr una solución justa y eficiente. Demsetz argumenta que la solución a estos problemas no es simplemente asignar más derechos o cambiar la estructura de propiedad, sino encontrar formas innovadoras de resolver los conflictos entre los diferentes derechos.

    Constanza Almirón

  3. Resumen Diego Zeballos Eseade Maestría en ciencias políticas y economía.

    Resumen Texto de HAROLD DEMSETZ

    En el mundo de la economía, la teoría de los derechos de propiedad de Harold Demsetz asume un papel primordial. La decisión de los precios de los artículos e instalaciones en las instituciones sociales y los mercados está significativamente influenciada por los derechos de propiedad. Cuando se comercializan en los mercados, los títulos «agrupados» se intercambian alternativamente. En una parte, los bienes y servicios que se intercambian son poderosos, mientras que el valor del cambio de propiedad depende únicamente del valor de los derechos de propiedad. Comprender la composición de un paquete de título es esencial. Es necesario establecer cómo los componentes aparecen y cooperan en la actualidad. Los principios relevantes para comprender la combinación de derechos pueden establecerse utilizando la teoría económica formulada por Demsetz. Esta teoría ayuda a investigar la ocurrencia y los diversos tipos de fuerza asociados con combinaciones específicas de derechos, lo que conduce a la identificación de estructuras relacionadas en los mercados.

    Lo novedoso

    El texto hace referencia a los precios relativos, que son los precios de un bien o servicio en relación con los precios de otros bienes y servicios. El cambio en los precios relativos puede influir en la aparición de nuevos derechos de propiedad privada , ya que puede hacer que ciertos recursos sean más valiosos y, por lo tanto, más propensos a ser objeto de propiedad. Además, el texto menciona que los cambios en los valores económicos pueden estar relacionados con el desarrollo de nuevas tecnologías y la apertura de nuevos mercados, lo que también puede afectar a los precios relativos y la aparición de nuevos derechos de propiedad.

    Preguntas al autor

    1) Sabiendo que los países dende no se respeta los derechos a la propiedad, tiene menos probabilidad de ser prósperos económicamente, ¿porque lo hacen?
    2) Como actúa China con el derecho a la propiedad, teniendo un sistema jurídico sometido al poder político.
    3) Argentina donde la ubicaría en cuanto a derechos a la propiedad privada.

    Respuesta CHATGPT de pregunta 2

    China ha experimentado cambios significativos en su política de derechos de propiedad en las últimas décadas. En la década de 1950, el gobierno comunista abolió la propiedad privada y nacionalizó todas las tierras y empresas. Sin embargo, a partir de la década de 1980, China comenzó a implementar reformas económicas que permitieron la propiedad privada y la inversión extranjera. Hoy en día, China tiene un sistema de derechos de propiedad mixto que combina elementos del socialismo y el capitalismo. El gobierno todavía posee gran parte de los recursos naturales y las empresas estratégicas, pero también ha permitido la propiedad privada y la inversión extranjera en muchos sectores. Sin embargo, algunos críticos argumentan que los derechos de propiedad en China todavía no están completamente protegidos debido a la falta de independencia judicial y el control del gobierno sobre los medios de comunicación. Además, hay preocupaciones sobre el respeto a los derechos de propiedad intelectual en China. En general, el sistema de derechos de propiedad en China es complejo y está sujeto a cambios constantes debido a las políticas gubernamentales cambiantes.

    Resumen Texto de Pipe
    A lo largo de la historia, la propiedad ha sido vista de manera ambivalente, asociada con la prosperidad y libertad, pero también con la corrupción moral, injusticia social y guerra. Sin embargo, en Occidente, la propiedad privada ha sido una herramienta clave para el desarrollo económico y creación de riqueza. Muchos filósofos políticos han visto la propiedad como un derecho natural y fundamental. También se discute cómo algunos sistemas políticos han utilizado la propiedad para garantizar igualdad social y económica, como el socialismo.

    Además, se aborda cómo la propiedad intelectual es importante para fomentar innovación y progreso tecnológico. Sin embargo, también se discuten las críticas al sistema de propiedad privada, incluyendo su impacto en desigualdad social y económica. A pesar de estas críticas, el sistema de propiedad privada puede ser utilizado para promover el bienestar común a través del uso adecuado de regulaciones gubernamentales.
    1. La propiedad es fundamental para garantizar la libertad individual y el bienestar económico, ya que permite a los individuos tener control sobre sus propios recursos y tomar decisiones económicas y políticas.
    2. La cultura de propiedad privada se desarrolló en Occidente, lo que permitió a los individuos tener control sobre sus propios recursos y tomar decisiones económicas y políticas.
    3. A lo largo de la historia, se ha demostrado que una de las razones principales de la preeminencia económica de Occidente es la institución de la propiedad, que se originó allí y allí mismo alcanzó su mayor desarrollo.
    4. La propiedad es un ingrediente indispensable para la prosperidad y libertad.
    5. A pesar de los cambios en la concepción de la propiedad en el siglo XX, incluyendo el surgimiento del socialismo y el comunismo como alternativas al capitalismo, sigue siendo un ingrediente indispensable para la prosperidad y libertad.
    6. Existe un límite para lo que la legislación y la educación pueden lograr en términos de eliminar ciertos prejuicios sociales.
    7. Los intentos por emplear la legislación y la educación para eliminar ciertos prejuicios sociales probablemente producirán el efecto contrario.
    8. La propiedad es una herramienta clave para garantizar la libertad individual y el bienestar económico, pero también se reconoce que existen otros factores sociales y culturales que deben ser abordados adecuadamente.
    9. El autor destaca cómo en Occidente se desarrolló una cultura de propiedad privada que permitió a los individuos tener control sobre sus propios recursos y tomar decisiones económicas y políticas.

    Preguntas al autor

    1-Como cree que va evolucionar el derecho a la propiedad privada? ¿O hacia donde cree que se va?
    2- ¿Cómo cree que la propiedad y la libertad se relacionan entre sí y cómo podemos equilibrar adecuadamente estos dos conceptos en nuestra sociedad?
    3- ¿Cómo cree que la propiedad intelectual puede ser protegida adecuadamente para fomentar la innovación y el progreso tecnológico, mientras se equilibra con el acceso a la información y los derechos de los consumidores?

  4. Harold Demsetz en su artículo «Hacia una teoría de los derechos de propiedad» desarrolla el concepto y el rol de los derechos de propiedad en un sistema social, comenta cómo fueron apareciendo, y establece algunos principios esenciales que rigen el desarrollo de los derechos de propiedad en sociedades orientadas hacia la propiedad privada.
    Sostiene que los derechos de propiedad “especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse y, por tal razón, quién debe pagar a quién para modificar acciones llevadas a cabo por personas”. Argumenta que la principal función distributiva de los derechos de propiedad es la internalización de los costos y beneficios (cuando es económico para quienes se ven afectados por externalidades), y que la aparición o ajustes de los derechos de propiedad se desarrollan debido al surgimiento de nuevos o diferentes efectos benéficos o perjudiciales, asociados a cambios en los hábitos sociales, el conocimiento, la tecnología, los precios relativos y en los precedentes jurídicos. A lo largo del artículo reafirma los derechos de propiedad como incentivos para utilizar los recursos de manera eficiente.

    Por un lado, resultan interesantes las ideas y ejemplos sobre las externalidades que resultan de la propiedad comunal, al establecer un sistema de “pago para el uso de la propiedad”, y la dificultad para limitar derechos que originan la incidencia de los altos costos de negociación y de instrumentación de las políticas de control necesarias. Por otro lado, expone de manera muy clara cómo se combinan la propiedad de hecho de la administración y la responsabilidad limitada para minimizar el costo de operar una corporación.

    1) ¿Los derechos de propiedad entran o pueden entrar en conflicto con el concepto de “justicia social”?

    2) ¿Los derechos de propiedad pueden llegar a ser utilizados como un medio para excluir o discriminar a ciertos grupos?

    3) ¿Considera que el desarrollo actual de los derechos de propiedad es adecuado frente a los avances de la tecnología?

    Richard Pipes en su artículo «Propiedad y Libertad: La Piedra Angular de la Sociedad Civil» expone sus ideas sobre la importancia de la propiedad privada y la libertad individual como fundamentos de una sociedad libre y próspera. Argumenta que la propiedad – y su complemento, la ley – y la libertad son interdependientes, y que los derechos de propiedad son esenciales para la protección de las libertades individuales.
    Sostiene que la libertad y los derechos personales no están necesariamente incluidos en la democracia política y que, incluso en las sociedades democráticas, el concepto de propiedad se ha transformado “de ser un dominio absoluto a algo parecido a la posesión condicional y que, como resultado, los derechos de los individuos a sus bienes han sido y continúan siendo sistemáticamente violados”.
    El derecho de propiedad no garantiza en sí y de por sí los derechos y libertades civiles, pero lo considera el mecanismo más efectivo para asegurarlos, al trazar una línea entre lo público y lo privado, y esencial para prevenir la tiranía del Estado y proteger a las personas de la arbitrariedad de los gobiernos.

    Pipes es novedoso en su análisis de la relación entre el bienestar social, la pobreza y la desigualdad, al considerar que las medidas sobre el bienestar social – pensadas para combatir la pobreza y la desigualdad – son contraproducentes y encuentra su fundamento en que el bienestar social incita a la dependencia y la dependencia promueve la pobreza. Advierte también que, en nombre de la justicia social, los gobiernos han podido abolir o lesionar los derechos de propiedad y/o restringir las libertades personales. Piensa que la principal amenaza para la libertad hoy en día no procede de la tiranía sino de la igualdad definida como uniformidad de compensación (igualdad de resultados).
    Expresa su preocupación sobre la aparente tendencia actual de los ciudadanos de las democracias a entregar sus libertades despreocupadamente a cambio de la igualdad social (junto con la seguridad económica), sin tener en cuenta las consecuencias.

    1) ¿Qué condiciones cree que deberían darse para que el Estado cumpla con un papel regulador con reticencia o en el menor grado posible?

    2) ¿Qué factores promueven en una sociedad que el gobierno se ocupe en re distribuir el capital privado y en subordinar los derechos individuales a los derechos de sectores sociales?

    3) ¿Qué incentivos tendría un político para no satisfacer los reclamos de diversos grupos de sus derechos a satisfacer sus carencias a expensas de la sociedad en su conjunto?

  5. Comenzando con el artículo de Harold Demsetz, el autor busca explicar los derechos de propiedad y su relación directa con las externalidades. Entendiendo a estas como los efectos positivos o negativos de cierta acción realizada que recaen no solo sobre las personas involucradas en ella, sino también sobre terceros, Demsetz sostiene que los derechos de propiedad son una herramienta del hombre para poder “controlarlos” y beneficiarse de ellos a través de la internalización.
    A partir del análisis de caso de los indios del noroeste estadounidense, el autor concluye que la instalación de la propiedad privada sobre el territorio surge como una solución efectiva ante la disminución de los animales de caza por la sobreexplotación de estos territorios, hasta ese momento, comunes. De esta forma, el autor describe como a partir de la privatización de lo hasta entonces “común” puede resolver no solo un problema de escases si no también disminuir los costos de negociación y transacción en la sociedad. A partir de implementar este nuevo tipo de derechos sobre la tierra, las decisiones que pueden tomar las personas son mas eficientes, aumentando los beneficios posibles de sus actividades y facilitando la resolución de conflictos.
    Lo novedoso de este articulo creo que radica en la fácil explicación que realiza sobre el proceso de internacionalización de las externalidades que en definitiva explica el origen de la propiedad privada, detallando también su relación con los costos de transacción.
    Por otra parte, el artículo de Richard Pipes se concentra principalmente en uno de los principales desafíos de los derechos de propiedad en los últimos años: la injerencia estatal en los asuntos privados, sobre todo en materia de “igualdad”. Entendiendo a la propiedad como un concepto fuertemente ligado al hombre y a su evolución, el autor expone su preocupación ante los movimientos actuales que atentan contra ella.
    En un escenario de prevalencia de las libertades políticas por sobre las económicas, Pipes describe como los gobiernos comenzaron a tener mayor injerencia sobre la propiedad a partir de los procesos democráticos donde mayorías optaban por modelos o esquemas redistributivos, en post de la igualdad y el aseguramiento de nuevos “derechos”. El autor argumenta la incongruencia de estos nuevos derechos (que van en detrimento de libertades de otros individuos) y las consecuencias opuestas a las buscadas en la sociedad por los procesos redistributivos (no solo no cambiaba la realidad de las personas “en necesidad” si no que a su vez incrementaban las ineficiencias).
    Lo novedoso de este segundo articulo creo que radica en la argumentación de la propiedad privada como promotora en primera instancia de la libertad, y sobre todo como la mejor forma de alcanzar una mayor eficiencia en la asignación de recursos, a la vez que nos invita a reflexionar sobre el rol de las democracias y el concepto de libertad.

    Preguntas:
    1. ¿Como podría fomentarse el fortalecimiento de la propiedad privada en países con políticas redistributivas tan arraigadas?
    2. ¿Cuál es su visión sobre la propiedad intelectual y su protección en el contexto actual de la era digital?

    3. ¿Crees que el sistema de patentes y derechos de autor actual fomenta la innovación o la limita de alguna manera?
    Respuesta CHATGPT:
    Perspectiva de Richard Pipes: Richard Pipes podría argumentar que el sistema de patentes y derechos de autor actual fomenta la innovación al otorgar a los creadores e inventores la protección necesaria para disfrutar de los beneficios de su trabajo. Según Pipes, al garantizar los derechos de propiedad intelectual, se crea un incentivo para que las personas inviertan tiempo, esfuerzo y recursos en la creación de nuevos productos, tecnologías y obras artísticas. Al permitir que los creadores obtengan beneficios económicos de su trabajo, se promueve un entorno propicio para la innovación y la creatividad.
    Perspectiva de Harold Demsetz: Harold Demsetz podría argumentar que el sistema de patentes y derechos de autor actual tiene ciertas limitaciones y puede restringir la innovación en ciertos casos. Demsetz podría señalar que los derechos de propiedad intelectual pueden llevar a monopolios temporales, lo que limita la competencia y dificulta la entrada de nuevos competidores en el mercado. Además, podría argumentar que los largos períodos de protección otorgados por las patentes y los derechos de autor pueden frenar la innovación, ya que los creadores pueden volverse complacientes o utilizar su poder de propiedad para bloquear el avance de nuevas ideas.

  6. Texto: Pipes, Richard, «Propiedad y libertad»

    1. Resumen
    Pipes desarrolla 5 ejes temáticos: definiciones básicas de posesión, propiedad y libertad; análisis conceptual del término propiedad; análisis institucional y desarrollo histórico de la propiedad; cuestionamientos y revisión del concepto de propiedad en el siglo XX; y, finalmente, amenazas actuales a la propiedad.
    Respecto del primer punto, distingue entre la posesión como control físico de activos a título informal y la propiedad como derecho formal reconocido por autoridad pública. A su vez, diferencia propiedad productiva (para crear más propiedad) y personal (para uso). Sin embargo, Pipes aclara que, en sentido moderno, la propiedad incluye también la libertad y la propia vida. Separa propiedad colectiva de propiedad privada, y cierra con la consideración de cuatro aspectos o dimensiones de la libertad: política, legal, económica y de derechos personales.
    En segundo lugar, identifica 4 dimensiones del análisis conceptual de la propiedad que han llevado a controversia, confrontando una mirada pragmática con otra moral sobre el asunto: estabilidad y limitación del gobierno versus desigualdad e intranquilidad social; legitimidad versus ilegitimidad moral de los derechos de propiedad; eficiencia versus competencia destructiva; reforzamiento de la autoestima versus corrupción por avaricia.
    En tercer lugar, sintetiza los saberes sobre la universalidad del fenómeno del “deseo de adquirir” en todo tiempo, lugar y especie. Señala su presencia en el control del territorio y de los efectos personales, del ganado, de la vivienda y sus pertenencias, de la tierra; pero también habla de la importancia de la emergencia de la autoridad pública para garantizar la seguridad en la posesión y la propiedad. La herencia fue, en este sentido, una institución fundamental. Pipes puntualiza la relevancia del comercio, las ciudades y la industria en su ulterior desarrollo. Por último, relaciona las libertades civiles y políticas con la consolidación de la propiedad privada, dado que los individuos reclaman en torno a derechos que protegen a estos del Estado. Este reclamo se funda en Occidente, en última instancia, por la asociación de la libertad con la independencia económica y el valor personal (el dueño contrastado con el no dueño).
    Los dos últimos puntos tratan a propósito de cuestionamientos y amenazas a la propiedad desde el siglo XX hasta nuestros tiempos. En esa línea, además de la interdicción de los totalitarismos, también las sociedades democráticas desplazaron el concepto de propiedad hasta llevarlo a ser una posesión condicional en aras de la mejora social, sin resultados óptimos en la provisión de bienestar más allá de las necesidades básicas. Pipes estima que las políticas de bienestar han sido contraproducentes, y entiende que es el derecho de propiedad el mecanismo más efectivo para asegurar derechos y libertades civiles porque crea una esfera autónoma del Estado.
    No obstante, la idea de igualdad como “uniformidad de compensación” y la búsqueda de seguridad asociada a aquella siguen siendo una amenaza para la libertad en estos tiempos. Pipes reflexiona que la igualdad ante la ley y la igualdad de oportunidades son compatibles con la libertad, pero no la igualdad de resultados. La propia pretensión de igualdad destruye tanto a esta como a la libertad, dado que convierte a los garantes de la igualdad en captores de privilegios y resulta en una corrupción generalizada. Entiende que el concepto de bienestar social tal y como se ha abordado desde la segunda mitad del siglo XX es incompatible con la libertad individual, al permitir que grupos de interés se activen y alíen contra otros en perjuicio de la sociedad en su conjunto. Considera imposible retornar al compromiso y la responsabilidad privadas con la ayuda social como cierre al avance del Estado, pero postula que una solución intermedia es posible: se debe abandonar la igualdad de resultados, pero el Estado puede regular si considera con cuidado derechos económicos y civiles de sus ciudadanos. Propiedad, libertad y prosperidad forman, para el autor, una unidad inescindible, así como la propiedad privada es condición necesaria de la democracia.
    2. Novedoso o sorprendente
    Pipes propone la interesante idea de asociar posesión, propiedad, libertad y democracia en una misma secuencia lógica y argumentativa, lo cual es de interés para el debate en materia de filosofía política, filosofía del derecho, teoría económica y antropología histórica. No obstante, de mayor interés para el debate de la filosofía y de las ciencias sociales contemporáneas resulta su propuesta de la propiedad como institución “natural”, en virtud de la preeminencia en aquellas del supuesto de base del construccionismo social radical, que parte de que todo lo humano tiene un sustrato de artificio socio-histórico.
    3. Tres preguntas al autor
    -¿Qué efectos genera la idea de igualdad de oportunidades sobre la libertad?
    -¿Qué objetivo es más compatible con un menor perjuicio a la libertad: la igualdad de oportunidades o su multiplicación? ¿Es el primer objetivo siquiera posible?
    -¿Cómo calibrar el límite de esa solución intermedia entre Estado y dominio privado en materia? ¿Es una frontera móvil, inestable, susceptible de variación histórica de acuerdo con el estado del debate en la esfera pública?
    4. Pregunta a ChatGPT
    -¿Qué objetivo es más compatible con un menor perjuicio a la libertad: la igualdad de oportunidades o su multiplicación? ¿Es el primer objetivo siquiera posible?

    -Respuesta
    El debate sobre el equilibrio entre la igualdad de oportunidades y la multiplicación de oportunidades es complejo y puede tener diferentes perspectivas según la ideología y la teoría política que se adopte. No hay una respuesta definitiva o consensuada sobre cuál de los dos objetivos es más compatible con un menor perjuicio a la libertad, ya que ambos pueden tener implicaciones en la libertad individual.
    La igualdad de oportunidades se refiere a la idea de garantizar que todos los individuos tengan un punto de partida igualitario para competir y tener acceso a oportunidades. Esto significa eliminar barreras y discriminaciones estructurales que puedan limitar las opciones de las personas. La igualdad de oportunidades busca nivelar el terreno de juego, proporcionando un punto de partida justo para que las personas persigan sus metas y aspiraciones. Este enfoque tiende a favorecer la redistribución de recursos y la intervención del Estado para lograr una mayor igualdad en la sociedad.
    Por otro lado, la multiplicación de oportunidades se enfoca en generar un entorno en el cual haya una amplia diversidad de oportunidades disponibles para las personas. Esto implica fomentar la innovación, el emprendimiento y la creatividad, de manera que se generen nuevas oportunidades y opciones para los individuos. Este enfoque tiende a favorecer la libertad individual y la autonomía, permitiendo a las personas elegir entre una variedad de opciones sin restricciones excesivas del Estado.
    En cuanto a la posibilidad del primer objetivo, es importante destacar que la igualdad de oportunidades perfecta puede ser difícil de lograr en la práctica debido a las complejidades inherentes a las sociedades. Sin embargo, eso no significa que no se puedan hacer esfuerzos para reducir las desigualdades y garantizar un punto de partida más igualitario para todos. A través de políticas públicas, legislaciones y programas de acción afirmativa, es posible trabajar hacia una mayor igualdad de oportunidades.
    Es importante tener en cuenta que la relación entre igualdad de oportunidades y multiplicación de oportunidades no es necesariamente excluyente. Ambos enfoques pueden coexistir y complementarse mutuamente en la búsqueda de una sociedad más justa y libre. La clave radica en encontrar un equilibrio adecuado entre la igualdad y la libertad, reconociendo que no existe una solución única y que los contextos sociales, económicos y culturales pueden influir en cómo se abordan estas cuestiones en cada sociedad.

  7. HACIA UNA TEORÍA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD *
    RESUMEN
    El autor escribe sobre el derecho de propiedad y los diferentes tipos de propiedades. Comunal, individual y estatal. Y realiza una tesis sobre cómo estos benefician y perjudican a los individuos. Además el autor destaca la relación con las externalidades y la internalización
    NOVEDAD
    Me pareció interesante la idea del autor sobre que los derechos de propiedad conllevan el derecho a beneficiarse o perjudicarse a sí mismo así como a beneficiar o perjudicar a otros y que estos se desarrollan para internalizar externalidades cuándo las ganancias de la internalización son mayores que sus costos. También me pareció valiosa la distinción entre los distintos tipos de propiedades. Podríamos decir entre muchas comillas que el autor para fijar el valor deja de lado el análisis de costo de producción para empezar hablar de un costo – beneficio según la externalidad.
    PREGUNTA
    Según Demsetz, ¿el derecho comunal se da en el anarquismo?
    No, según la perspectiva de Harold Demsetz, el derecho comunal no se limita únicamente al anarquismo. En su análisis, Demsetz reconoce que existen diferentes formas de organización social y estructuras legales que pueden incorporar el derecho comunal.
    El derecho comunal implica la existencia de derechos de propiedad compartidos o colectivos sobre recursos y bienes, en contraste con el derecho de propiedad privada. Estos derechos pueden estar arraigados en una comunidad local, un grupo étnico, una organización cooperativa u otras formas de asociación colectiva.
    En el contexto del anarquismo, que es una filosofía política que busca la abolición del Estado y la autoridad jerárquica, es posible encontrar visiones que promueven el derecho comunal como una alternativa a la propiedad privada y al gobierno centralizado. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el anarquismo no es el único sistema en el que se puede encontrar el derecho comunal.
    Demsetz no limita el derecho comunal exclusivamente al anarquismo, sino que reconoce que puede haber otras formas de organización social en las cuales se den derechos de propiedad compartidos o colectivos sobre los recursos y bienes.

  8. Richard Pipes sostiene que el intercambio en el mercado implica la transferencia de derechos de propiedad, tanto directa como indirectamente, y que estos derechos son fundamentales para distribuir los efectos beneficiosos y perjudiciales de las transacciones. Destaca la relación inseparable entre el desarrollo de los derechos de propiedad y el comercio, y la importancia de controlar los desvíos que puedan obstaculizar su desarrollo. Además, reconoce la propiedad privada como una forma de derechos de propiedad en la que el propietario tiene el derecho de excluir a otros, y también menciona la propiedad basada en la administración y responsabilidad limitada. Con lo cual, argumenta que los derechos de propiedad son cruciales en el mercado, facilitando la distribución de beneficios y perjuicios, y que tanto la propiedad privada como otras formas innovadoras de propiedad juegan un papel esencial en este contexto.

    Lo novedoso se encuentra en la importancia de los derechos de propiedad en el contexto del mercado y el desarrollo económico. Su análisis resalta la relación estrecha entre los derechos de propiedad y el comercio, así como la necesidad de controlar los desvíos que puedan afectar su desarrollo. Además, al reconocer la propiedad privada y explorar otras formas novedosas de propiedad, Pipes destaca la importancia de adaptar los derechos de propiedad a las circunstancias específicas de cada individuo o grupo. Esto implica reconocer que la propiedad no es un concepto estático, sino que puede adaptarse y evolucionar para impulsar el crecimiento económico y la libertad individual.

    1. ¿Podríamos con solo dar derechos de propiedad en los barrios populares (villas y asentamientos) mejorar significativamente los niveles de vidas? 2. ¿Podemos aplicar lo que nos dice el autor a las comunidades colectivas con las cuales inicia Israel? ¿Es compatible? 3. ¿Cuáles son las implicaciones prácticas de adoptar medidas específicas para fortalecer y proteger los derechos de propiedad en el entorno empresarial y cómo podrían influir en la competitividad, la innovación y el crecimiento económico a largo plazo?

  9. HACIA UNA TEORÍA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD.

    RESUMEN:

    El autor nos explica que los derechos de propiedad nacen y desarrollan cuando se hace económico, para aquellos que se ven afectados por externalidades, internalizar los costos y beneficios. En esta postura la asignación de derecho de propiedad no es algo que da una sola vez y para siempre, sino que tiene un carácter evolutivo y dinámico,y se ajustan los nuevas y cambiantes expectativas y necesidades de los agentes económicos. También explica que la principal función de los derechos de propiedad es la internalización de efectos benéficos o perjudiciales y nos habla de tres tipos de propiedad, a saber, propiedad común, privada y propiedad estatal y nos desarrolla su características distintivas.

    Lo novedoso del artículo es la tesis de que los derechos de propiedad no son una institución social estática, sino más bien dinámica, que se ajusta conforme los agentes económicos descubren nuevos costos – beneficios. La idea que los derechos de propiedad internalizan efecto benéficos o perjudiciales lo que hace que los agentes tengan incentivos de explotar mejor los recursos ya que estos beneficios redundan en ganancias directas y no se dispersan.

    Preguntas:

    ¿Es su teoría de derechos de propiedad evolutivos una teoría superadora a la teoría lockeana de los derechos de propiedad?

    Desde este punto de vista, ¿la sobreexplotación de los recursos naturales, la matanza indiscriminada de animales, son resultado de la no asignación de derechos de propiedad?

  10. Guía de Discusión. Derechos de Propiedad Privada
    Lecturas:: Harold Demsetz, “Hacia una teoría de los Derechos de Propiedad”, Libertas Nº 6 (Buenos Aires ESEADE, 198
    Richard Pipes: “Propiedad y libertad
    Resumen
    El autor comienza con algunas definiciones: Propiedad rodo lo que pertenece a una persona incluida la vida y la libertad.
    Diferencia la propiedad colectiva de la privada, considera que la colectiva es una contradicción en términos ya que no se tiene derechos sobre ella:
    Analiza la libertad bajo cuatro aspectos, libertad política, legal, económica y personal, luego de propiedad con su consecuencia positiva para algunos: prosperidad y libertad y negativa para otros: injusticia social, corrupción moral, guerra.
    Las sociedades sin propiedad han resultado un fracaso. El análisis de la propiedad desde la política trae estabilidad y límites al poder, para los críticos, desigualdad. Desde la ética, legitima esfuerzos para los que se oponen, no da igualdad de oportunidades. Desde la economía, trae productividad y riqueza, para los opositores, competencia destructiva. Desde la psicología, eleva la autoestima y el sentido de identidad, para los que no comparten, promueve la avaricia.
    El deseo de adquirir es un fenómeno universal, que s consecuencia del instinto de autoconservación, sentimiento de competencia y confianza en uno mismo.
    La propiedad es una institución legal, convencional natural, es el tejido de la sociedad. Nació con el territorio tribal para la caza, fue evolucionando con la agricultura y luego con el comercio y la industria.
    La propiedad debe ser protegida por el estado y a su vez sirve de límite del poder del mismo.
    La propiedad como un aspecto de la libertad, es el primero de todos los derechos.
    El concepto de libertad comienza en occidente, origen greco romano, no tuvo cabida en medio ni lejano oriente, llega a Rusia por Catalina La Grande, desde occidente.
    Se defina al hombre libre como en posesión de su propia persona, autosuficiente, y esto sólo es posible con el reconocimiento de la propiedad privada.
    El bienestar social con lleva a más pobreza y mayor desigualdad. No soluciona los problemas al contrario los agrava. Lleva a la dependencia, promueve la pobreza.
    La línea bien definida entre lo público de lo privado, hace de límite al poder Se considera más importante la propiedad privada que el voto.
    La propiedad privada sufre debilitamiento por mecanismos de la distribución de la riqueza en nombre del bienestar social y la intromisión en derechos de contratación, y en desmedro de la libertad.
    La libertad y la igualdad son una utopía. La libertad debe estar por encima de la igualdad. La desigualdad no conduce a la falta de libertad. La falta de libertad conduce al despotismo.
    El peligro actual para la libertad es la pretensión de igualdad. Si igualdad ante la ley, pero no igualdad de resultados, que es antinatural y sólo por coerción. Imposible que todos lo hombre sean libres e iguales. No se pueden abolir ciertas conductas humanas como la envidia social, la antipatía racial o la hostilidad al homosexualismo, imponer educación y leyes produciría el efecto contrario. Es imposible reformar el deseo de poseer, está en los niños y adultos en todas la culturas, es consecuencia del instinto de supervivencia y como medo de autorrealización. La adquisición de la propiedad es la más importante de las libertades.
    La propiedad privada es indispensable para la prosperidad y para la libertad.
    Es necesario un equilibrio entere Derechos civiles y derechos de propiedad. Cualquier supuesto derecho que viole el derecho de otro, no puede ser ni es un derecho.
    En la sociedad liberal es más fácil llegar a un consenso.
    Tocqueville vió en la búsqueda de la igualdad, un peligro a la libertad, y lo llamó despotismo democrático.

    Que cosas me sorprendieron y que fue novedad en este texto:
    a) La relación existente entre personas productivas y personas que no lo son en Suecia
    b) La gravedad de la forma en que se da importancia la igualdad en detrimento a la libertad
    c) Cómo no se entiende que es esclavitud el hecho de que se le saque parte de su propiedad a quien lo ha conseguido con esfuerzo para darle a otros que no ha hecho nada.

    Preguntas que le haría a los autores:
    1) Como evitaría una confrontación de generaciones por el tema del aumento de promedio de vida?.
    2) Cómo eliminar el mito de la igualdad y libertad simultáneas en los mismos individuos?
    3) Cree que el llamado despotismo democrático que predijo Tocqueville se puede evitar, dadas las condiciones actuales?

  11. 1. Resumen
    Hay que comprender que existe relación entre el desarrollo de derechos de la propiedad y el comercio, ya que uno no es posible sin el otro. La asociación entre los cambios en los derechos de propiedad con la aparición de beneficios y aspectos perjudiciales hizo económico el control humano para prevenir desvíos que impidan desarrollar esos mismos derechos de propiedad.
    Los derechos de propiedad cumplen una función distributiva porque permiten internalizar lo beneficios y los costos del intercambio, es por ello que, aquí podeos encontrar una relación estrecha entre externalidades y derechos de propiedad. Estos (los perjuicios y los beneficios) generan incentivos para minimizar los costos y maximizar los beneficios para ser más eficientes en el uso de los recursos.
    “La propiedad debe ser protegida por el estado y a su vez sirve de límite del poder del mismo. La propiedad como un aspecto de la libertad, es el primero de todos los derechos”.
    2. Lo novedoso
    El respeto de los derechos de propiedad hace al uso y disposición de las cosas y eso hace al comercio porque a partir de allí se genera la compra y venta, es decir, intercambio. Además, es interesante la argumentación de la propiedad privada como impulsora de la libertad, y sobre todo como la mejor forma de utilizar más eficientemente todos los recursos de la economía. También, los derechos de propiedad son muy importantes para la libertad y la democracia porque nos da la potestad a nosotros o a los consumidores o al conjunto de la economía de votar voluntariamente lo que demandamos.
    3. Preguntas
    – ¿Cómo actuaríamos los humanos si se nos respetarían totalmente nuestros derechos de propiedad con respecto a la contaminación ambiental? ¿Sería mejor o peor, sabiendo que podríamos hacer lo que queramos en “nuestro jardín”?
    – ¿Por qué sigue habiendo economistas e intelectuales que siguen defendiendo ciertas teorías que amenazan los derechos de propiedad, siendo una de las bases principales de la libertad y el comercio justo?

  12. H. Demsetz defiende en su ensayo «Hacia una teoría de los derechos de propiedad» que la propiedad privada es esencial para el correcto funcionamiento del mercado y la economía. Para el, los derechos de propiedad permiten a los individuos y empresas tomar decisiones y asumir los riesgos necesarios para alcanzar sus objetivos, lo que conduce a un mayor bienestar económico. Demsetz también argumenta que la asignación de recursos es más efectiva en un mercado donde los derechos de propiedad están claramente definidos y protegidos. Además, sostiene que la intervención gubernamental para proteger ciertas formas de propiedad, como la propiedad intelectual, puede ser justificada si se demuestra que aumenta el bienestar social general.
    Aspecto interesante: Costo de transacción
    Demsetz sostiene que los derechos de propiedad también ayudan a reducir los costos de transacción. Cuando los derechos de propiedad están bien establecidos, las partes involucradas en una transacción pueden negociar y acordar términos de intercambio de manera más eficiente. Esto facilita la transferencia de recursos.

    Preguntas:
    1-En su artículo, menciona la internalización de las externalidades a través de los derechos de propiedad. ¿Cómo se podrían aplicar estas ideas al ámbito medioambiental, donde a menudo existen externalidades negativas como la contaminación o la degradación del ecosistema?.
    2-Considerando la preocupación por el calentamiento global y el cambio climático, ¿cómo podrían los derechos de propiedad y los mecanismos de mercado abordar los problemas asociados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero?.
    3-Respecto de los principios del derecho de propiedad, como podemos crear incentivos para que el privado vuelque sus esfuerzos en la reduccion de los problemas ambientales?

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