Con los alumnos de la materia Public Choice, vemos a Vincent Ostrom, quien fuera profesor de ciencias políticas y también marido de Elinor Ostrom, la única mujer galardonada con el premio Nobel en Economía, sobre un tema en el cual se especializara: el federalismo. Aquí, de su artículo “Consideraciones Constitucionales con particular referencia a los Sistemas Federales”, Revista Libertas IV: 7 (Octubre 1987):
“Madison (sin fecha: 337-338) resumió los principios constitucionales que se aplican a un sistema republicano de gobierno:
«Al constituir un gobierno que ha de ser administrado por hombres que regirán los destinos de otros hombres, la gran dificultad reside en que debemos darle la posibilidad de controlar a los gobernados y, en segundo lugar, obligarlo a controlarse a sí mismo. No hay duda de que el principal control depende del pueblo, pero la experiencia ha enseñado a los hombres la necesidad de tomar precauciones auxiliares.
Esta política de suplir, por medio de intereses opuestos y rivales, la falta de mejores motivos, podría rastrearse a lo largo de todo el manejo de los asuntos humanos, tanto públicos como privados. Tal política puede observarse particularmente en las distribuciones subordinadas del poder, cuyo objetivo consiste siempre en dividir y disponer los diversos cargos de manera que cada uno de ellos pueda controlar a los demás; en otras palabras, que los intereses privados de cada individuo vigilen y controlen los derechos públicos. Estas prudentes disposiciones son requisitos importantes para la distribución de los supremos poderes del Estado».
Los intereses opuestos y rivales de Madison se basan en el mismo presupuesto enunciado por Montesquieu (1966: Libro XI) cuando afirma que el poder debe ser usado para controlar al poder.
De acuerdo con esta concepción, ningún individuo o grupo de individuos gobierna la sociedad. Por el contrario, el gobierno depende de la concurrencia de diversos grupos que toman las decisiones. Pueden establecerse normas, y éstas pueden ser puestas en vigor, pero nadie ejerce privilegios ilimitados. Todo el mundo tiene acceso a prerrogativas que pueden utilizarse para recusar el inadecuado ejercicio de la autoridad por parte de cualquier funcionario o grupo de funcionarios. Este sistema, organizado sobre la base de intereses opuestos y rivales, depende decisivamente del conocimiento compartido que pueda tener el pueblo acerca de los estándares de valor fundamentales que se utilizan para establecer distinciones esenciales respecto del adecuado ejercicio de las funciones gubernamentales. Cuando surgen conflictos, las diversas estructuras de decisión proveen múltiples remedios para solucionarlos y transformarlos en relaciones mutuamente fecundas y productivas. La estructuración de esos intereses opuestos y rivales puede ser el preludio de un estancamiento o de un desacuerdo insuperable, a menos que se utilicen métodos de resolución de conflictos destinados a crear o restablecer comunidades de relaciones mutuamente fecundas. La implantación de un gobierno de este tipo debe tener necesariamente un alto costo. La utilización de intereses opuestos y rivales como principio básico de organización implica la aparición de altos niveles de conflicto; la retórica asociada con éstos dará una engañosa idea de desorden. Sin embargo, el conflicto se va diluyendo cuando los individuos se esfuerzan por encontrar los remedios que están disponibles en las diversas estructuras de decisión. Proporcionalmente, mucho tiempo y esfuerzo se dedicarán a la deliberación y a la toma de decisiones pública. El secreto será difícil de lograr incluso en áreas esenciales relacionadas con la seguridad nacional. El ejercicio de las prerrogativas de la función pública estará sujeto al escrutinio de la ciudadanía. Los procesos de gobierno deberán subordinarse a la dirección y al control de aquellos que se comprometen a ajustarse a los estándares de comportamiento y desempeño inherentes a un sistema de gobierno constitucional. La ciudadanía podría considerarse, entonces, como una suerte de unión compartida de asociaciones cívicas moralmente obligadas a defender y respetar los estándares de corrección, justicia y libertad en comunidades de relaciones mutuamente productivas. Los métodos basados en las Eidgenossenschaften podrían considerarse entonces como una alternativa de los métodos de Herrschaft, donde la Herrschaft es monopolizada por un centro único de autoridad o soberanía.”
RESUMEN:
En este ensayo el autor esclarece las consideraciones básicas que se aplican a la constitución de las sociedades humanas. Empieza identificando las condiciones universales que se aplicarían a todas las sociedades humanas conforme a relaciones ordenadas por medio de normas. Pero allí donde se usan normas para ordenar las relaciones sociales surgen problemas para especificar la naturaleza de las relaciones entre gobernantes y gobernados. Uno de los enfoques se basa en las tradiciones de dominación inherentes al concepto de Herrschaft. El otro, en las tradiciones de las Eidgenossenschaften. La lógica fundamental de estos dos tipos de soluciones para la relación entre gobernantes y gobernados es desarrollada respectivamente por Thomas Hobbes en Leviatán y por Montesquieu en «El espíritu de las leyes», así como por Alexander Hamilton y James Madison en The Federalist. La relación norma-gobernante-gobernado es la principal fuente de desigualdades en las sociedades humanas: La observancia forzosa de las normas depende del uso potencial de sanciones destinadas a imponer castigos a quienes las infringen. El ejercicio del gobierno implica necesariamente que algunos individuos son investidos legalmente de autoridad para imponer a otros castigos y sanciones. La forma en que las sociedades modernas han diferenciado los procesos de toma de decisiones en relación con estructuras separables tales como cuerpos legislativos, tribunales de justicia, instrumentos administrativos, partidos políticos, etc., implica que el carácter unitario del Estado ha dado paso, de hecho, a grados sustanciales de policentrismo, donde la coordinación tiene lugar en grado creciente a través de las tendencias equilibradoras alcanzadas por los procesos de ajuste mutuo (Polanyi, 1951). El único rasgo que conserva un carácter unitario es una presunción de supremacía que se aplica al eslabonamiento de alguna estructura con otras estructuras de gobierno. Pero las doctrinas de la supremacía parlamentaria son acompañadas habitualmente por doctrinas de independencia judicial y privilegio ejecutivo. Cuando estos distintos eslabonamientos se unen a sistemas electorales multipartidarios, el concepto de un monopolio en el ejercicio de las prerrogativas políticas es cada vez menos sostenible. Montesquieu, más bien que Hobbes, anticipó los métodos de organización que más se prestaban para extender las fronteras de la artesanía política en el mundo moderno.
NOVEDOSO:
En Leviatán, Hobbes desarrolla una compleja serie de argumentos dentro de una teoría política general. Al formular su teoría sobre la naturaleza humana, afirma que los individuos están motivados para buscar su propio bien. Pero si no existen restricciones políticas de ningún tipo, Hobbes prevé que, en un mundo signado por la escasez, los individuos que buscan su propio bien habrán de luchar unos contra otros, de modo que cada uno estará en pugna con todos los demás. En ausencia de toda restricción, las pautas de interacción humana producirán miseria antes que el bienestar que cada individuo procura alcanzar. Dadas las contradicciones entre las motivaciones y las consecuencias, Hobbes sostiene que los seres humanos serían inducidos a explorar las condiciones necesarias para establecer la paz como una alternativa de la guerra. Su análisis lo lleva a especificar una serie de normas que, de ser adoptadas, constituirían la base para el desarrollo de relaciones pacíficas y mutuamente fecundas en las sociedades humanas.
Estas normas, como tales, no son más que «palabras» y «carecen de fuerza para proteger al hombre en modo alguno» (Hobbes 1960:109). Los pactos de paz descansan en la espada de la justicia para asegurar su cumplimiento. Para que exista un cuerpo legal común debe existir una fuente legal común. Es la ley la que transforma un conjunto de individuos en una comunidad; y la comunidad deriva su unidad de la unidad de quienes hablan y actúan en su nombre como colectividad, y no de los miembros individuales de esa colectividad. Una vez establecida la presunción del monopolio, tal como es aplicado al ejercicio del gobierno, se infieren naturalmente los atributos de la soberanía postulados por Hobbes: la soberanía del soberano es inalienable, ilimitada e indivisible. El monopolio de la autoridad no puede mantenerse sin estos atributos: los monopolios tienen un centro único y son exclusivos. De aquí se deduce, entonces, que la autoridad del soberano como fuente legal está por encima de la ley y no pueda ser responsable ante la ley. Y la inobservancia de los mandamientos de Dios traerá como consecuencia para los soberanos una serie de castigos naturales que amenazan la paz y la estabilidad de las comunidades: suele suceder que la intemperancia es castigada naturalmente con enfermedades, la temeridad con infortunios, la injusticia con la violencia de los enemigos, el orgullo con la ruina, la cobardía con la opresión, el gobierno negligente de los príncipes con la rebelión, y la rebelión con la matanza. Si consideramos que los castigos son una consecuencia del quebrantamiento de las leyes, el castigo natural debe ser, naturalmente, una consecuencia del quebrantamiento de las leyes de la naturaleza, y por lo tanto, lo sigue como su efecto natural y no arbitrario».
PREGUNTAS PARA EL AUTOR:
1)¿Por qué dice Hobbes que la autoridad del soberano es inalienable, ilimitada e indivisible?
2) Considera Ud. que la división de poderes entre Ejecutivo, Legislativo y Judicial, propuesta por Montesquieu, limita en realidad los poderes del gobierno.
3) ¿En qué consiste el Federalismo y cree Ud que sería útil aplicarlo en América Latina?
1) La tendencia general a utilizar un único concepto, el «Estado», como el monopolio del uso legítimo de la fuerza o la coerción en la sociedad.
2) Hay otras formas de conceptualizar las relaciones de autoridad y diferentes tipos de organización. El lenguaje de una sociedad dada refleja concepciones que corresponden a una «realidad» social particular.
3) La relación norma-gobernante-gobernado es la principal fuente de desigualdades en las sociedades humanas. En el ejercicio del gobierno algunos individuos son investidos legalmente de autoridad para imponer a otros castigos y sanciones.
4) La estructura general de la relación norma-gobernante-gobernado tiene dos representaciones. A) Teoría de la soberanía formulada por Hobbes, en la cual la relación gobernante-gobernado implica una completa desigualdad. B) Donde las prerrogativas del ejercicio del gobierno están limitadas por normas observables de derecho constitucional que especifican una relación fiduciaria limitada entre gobernantes y gobernados.
5) Una constitución es un instrumento legal destinado a especificar los límites que se aplican al ejercicio de las prerrogativas gubernamentales. Límites a las prerrogativas de los individuos, que también pueden especificarse como límites a las prerrogativas del gobierno.
6) Este sistema, organizado sobre la base de intereses opuestos y rivales, depende decisivamente del conocimiento compartido que pueda tener el pueblo acerca de los estándares de valor fundamentales que se utilizan para establecer distinciones esenciales respecto del adecuado ejercicio de las funciones gubernamentales
7) La ciudadanía podría considerarse, entonces, como una suerte de unión compartida de asociaciones cívicas moralmente obligadas a defender y respetar los estándares de corrección, justicia y libertad en comunidades de relaciones mutuamente productivas.
NOVEDOSO
Gobernar por medio de una asamblea de todos los ciudadanos implicaría que una democracia directa debería limitarse a una comunidad relativamente pequeña de ciudadanos.
A medida que aumenta el tamaño de la asamblea, se reduce la voz proporcional de cada uno de los miembros y se acrecienta la voz proporcional de quienes tienen el liderazgo.
Por lo tanto, las democracias directas pueden enfrentar serios problemas de fracaso institucional que están en función del tamaño.
Montesquieu Concebía la creación de una república confederada, lo cual permitiría que las pequeñas repúblicas se unieran formando una república confederada más grande en la que podrían obtenerse ventajas simultáneas recurriendo a escalas pequeñas y más grandes de organización.
Los esfuerzos realizados por los norteamericanos para crear un sistema de repúblicas constitucionales se basaron en métodos similares a los concebidos por Montesquieu. Tocqueville se reiteraron en la constitución de las diferentes unidades que integraban el sistema norteamericano de gobierno: «la comuna fue organizada antes que el condado, el condado antes que el estado, y el estado antes que la nación.
El método propuesto por Montesquieu para transformar las repúblicas confederadas en complejas configuraciones de disposiciones convencionales proporcionaba una alternativa del método hobbe-siano de recurrir a un soberano único que regía la sociedad.
Preguntas
Para el caso Argentino, si llegase a estallar una nueva crisis fiscal. Establecer una confederación que contemple la opción de salirse para no volver a sufrir una nueva situación caótica, seria viable?
Sería factible pensar que nuestras sociedades seria mas de tipo hobbesiana, es decir con un reclamo oculto a hiperpresidencialismos o temor a que alguien no tenga poder (por eso prefiere que alguien tenga exceso del mismo antes que no lo tenga)? A diferencia de las de tipo anglosajonas, “lockeanas” donde el exceso de poder del ejecutivo los alerta?
Podria pensarse que si se trasladasen mas atribuciones a los municipios, con sus correspondientes recursos fiscales, elevaría la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos y serian limites al poder central?
Resumen del Texto
– El uso de las normascon el fin de ordenar relaciones en las sociedades humanas, incluye un serio problema ya q esas normas no son aplicadas ni formuladas o puestas en vigor x los propios individuos.
Es decir, son palabras y sólo palabras q tienen signicacion respecto a la comprensión q los seres humanos comparten cuando se comunican entre si.
-Las relaciones autorizadas dependen de las relaciones autoritarias y son 2 aspectos clave de las relaciones de autoridad.
-Un sistema de normas depende de quienes actúan como gobernantes y aplican normas respecto a quienes son gobernados.
-Para q exista un cuerpo legal comun debe también existir una fuente legal comun. Es la ley la q convierte a un grupo de individuos en comunidad y ésta deriva su unidas de la unidad de quienes hablan y actuan en su nombre cono colectividad y no de los miembros individuales de esa colectividad.
-Una constitución es un conjunto de normas que se aplican a la conducción esencial del gobierno a diferencia de una ley que es un conjunto de normas que tienen más que ver con el ejercicio de la autoridad subordinada y con las relaciones comunes entre los miembros de una sociedad.
Lo Más Destacado
-La estructura general de la relación norma-gobernabte-gobernado está sujeta a importantes variaciones estructurales que deben ser especificadas al considerar los problemas relativos a la dirección, control y evaluación del funcionamiento de las sociedades humanas.
– Una de esas está representada por la teoría de la soberanía de Hobbes y la otra es aquella donde las prerrogativas del ejercicio del gobierno están limitadas con normas observables de derecho constitucional que especifican una relación fiduciaria limitada entre gobernantes y gobernados.
-La soberanía del soberano es inalienable, ilimitada e indivisible. El monopolio de la autoridad no puede mantenerse sin esos atributos. Los monopolios tienen in centro único y son exclusivos. Todo esfuerzo destinado a imponer una norma legal al soberano investiria de autoridad final a aquellos q juzgan. La soberanía es una condición necesaria pero no suficiente para la paz.
-Gobernar por medio de una asamblea de todos los ciudadanos implicaría una democracia directa debería limitarse a una comunidad de ciudadanos bien chica. Las democracias directas se verían constreñidas por la distancianque cada individuo tendría que recorrer para asistir a las reuniones de asamblea.
Los procedimientos que se imponen en el seno de estas imponen restricciones adicionales que están en función del tamaño y dependen de que hablen una persona a a la vez.
Preguntas
1- ¿Porque las asambleas democráticas están sujetas a fuertes tendencias oligarquicas?
2 – ¿Porque Hamilton sostenía q las Confederaciones como forma de gobierno se basaban en una concepción falaz?
3 – ¿Qué alternativa plantea Hobbes al hecho de plantear o crear un poder comun que sea capaz de obligar a los hombres a actuar de acuerdo con las normas legales?
RESUMEN
El autor trata de las normas básicas que organizan las comunidades políticas. El artículo comienza puntuando que los términos que designan el estado, gobierno, autoridad poseen significados diferentes en diversas sociedades, y eso implica en varias realidades, como por ejemplo: Herrschaft que significa autoridad con dominio directo y Eidgenossenschaft para referirse a una confederación. Es a partir de estos significados que Ostrom analiza las normas de organización Hobbesiana y la Constitucional. En la primera, el poder es invertido por el pueblo a un hombre o grupo (asamblea) cuyo fuerte y centralizador poder garantiza la ley a la orden. Sin embargo, esta soberanía es necesaria, pero no es suficiente porque en último caso son las disposiciones individuales para el bien que garantizan la paz. En el segundo, la soberanía es instituida por el pueblo pero está regida por una ley magna que es la constitución. De esta manera, el poder de la comunidad política es dividido entre el soberano (limitado por la constitución) y por las varias órbitas y nichos de la comunidad política: estado, condados. Esta propuesta nace con Montesquieu y es desarrollada por Hamilton, Jay y Madison. Montesquieu entiende que una confederación puede resolver el problema de las menores y las mayores comunidades posibilitando que se organicen para la seguridad manteniendo sus independencias. Es a partir de ahí que Hamilton, Jay y Madison cuestionan el ejercicio de la soberanía de la confederación para el cumplimiento de leyes y sansones, proponiendo que ésta pase a una federación, o sea, un poder articulado de la base al principio entre los diversos grupos políticos. Es sobre este último tipo de organización que Ostrom cree. El poder descentralizado o policéntrico es un arreglo más eficiente estable que el centralizador o el Hobbesiano.
NOVEDAD O IMPORTANTE
Con la descentralización del poder las decisiones se toman en el nivel en que son más sentidas.
El papel de la autoridad y del estado se ve de manera diferente en varias comunidades.
PREGUNTAS AL AUTOR
A partir de su afirmación que la descentralización es preferible a la centralización, la sociedad orgánica (medieval, pre-constitucional) no sería mejor que la constitucional?
Si hay diferentes entendimientos para autoridades, puedo afirmar que hay arreglos más adecuados al temperamento de un pueblo, teniendo en vista por ejemplo que varios pueblos tienen estabilidad sobre un gobierno autoritario?
¿Cuál es su opinión sobre el poder moderador de las monarquías constitucionales?
Swiss Management Center
PhD. Economics
Public Choice
Fifth Class Review
Javier Enrique Delgado Pérez
CONSIDERACIONES COSNTITUCIONALES CON PRTICULAR REFERENCIA A LOS SISTEMAS FEDERALES
Vincent Ostrom
1. ABSTRACT
El documento presenta una interesante aproximación a los acuerdos fundamentales que mantienen unida y cohesionada una sociedad, la cual, para efectos del análisis se organiza en torno a los principios de nación y se legitima a través del liderazgo del estado. Y es precisamente analizando el concepto de estado que inicia la lectura, dejando clara la etimología del rol del individuo perteneciente a ese estado, el ciudadano. En este análisis etimológico se encuentra el sentido de los pactos sociales formalizados en leyes magnas o la constitución. Hace también una descripción de las normas como formas de hacer permanentes y visibles los acuerdos tácitos necesarios para la unidad social, pasando luego a presentar la teoría de la soberanía de Hobbes, este concepto que debe legitimarse más allá de los pactos verbales y como se explica a lo largo del documento, transformarse en leyes o normas, siendo la principal de ellas La constitución.
2. FINDINGS
Es fundamental y por demás práctico y útil para la ciencia económica poder reconocer el origen y esencia de los acuerdos sociales, son estos los que definen la manera como la economía será dirigida y le dan el marco legal a cualquier modelo económico. Es por eso que los modelos políticos y los económicos están tan íntimamente ligados. La “Carta Magna” de una sociedad se convierte entonces en la carta de navegación, se espera que esos acuerdos sobre lo fundamental sean precisos y perdurables a pesar de las trasformaciones y la evolución de la sociedad. Claramente los sistemas federales se entienden como una forma de acuerdo que se fundamenta en la confianza entre los acuerdos fundamentales y el desarrollo reglamentario de los mismos, aplicado a cada subconjunto de organización territorial del Estado. Lo que más resalto de la lectura es el uso del análisis lingüístico y su influencia en la formalización de acuerdos, algo característico del derecho.
3. QUESTIONS
a. ¿Cómo re interpretar la lectura bajo el supuesto de la ruptura del paradigma Estado-Nación?
b. ¿Es el modelo feudal el más propicio para desarrollar el modelo económico de libre mercado?
c. ¿Qué tanta validez tiene hoy en día la separación de poderes?
Resumen
Vincent Omstrom, indica en su artículo la importancia de que existan normas básicas, tales como constituciones políticas, que determinan los contratos políticos entre los miembros de las comunidades. Así, estado, gobierno y sociedad tiene significados diferentes el este contexto y roles diferentes debido a su autoridad. De estos arreglos normativos surgen las distribuciones del poder en la sociedad, entre los cuales está el poder de los gobernantes, estado y gobernados. En la mayor parte de las constituciones reza que el poder reside en el pueblo. Por esta razón también se legitima al estado como el monopolista de la fuerza. Diversos autores discutieron el tema de la solución de los problemas de las comunidades minoritarias y mayoritarias, pero Montesquie fue quien manifestó que la confederación sería la más apropiada para resolverlos. Finalmente hay que señalar que Omstrom considera al poder que centralizado como la mejor organización política para gobernar a las sociedades con los arreglos políticos necesarios, aunque recalca que “La relación norma-gobernante-gobernado es la principal fuente de desigualdades en las sociedades humanas.: La observancia forzosa de las normas depende del uso potencial de sanciones destinadas a imponer castigos a quienes las infringen. El ejercicio del gobierno implica necesariamente que algunos individuos son investidos legalmente de autoridad para imponer a otros castigos y sanciones. Algunos son investidos de una autoridad legítima para valerse de instrumentos de fuerza o violencia con respecto a otros individuos. El concepto de Herrschaft está implícito en las relaciones ordenadas por medio de normas, y entraña necesariamente una desigualdad fundamental entre gobernantes y gobernados”.
Novedades
Según el artículo, la descentralización del poder facilita el desarrollo de las sociedades locales.
Preguntas
1. ¿Por qué si el poder legítimo reside en el pueblo aún hay tiranías y dictaduras?.
2. La igualdad social realmente es imposible, pero ¿Por qué aún persiste la desigualdad de extrema en las sociedades?
3. ¿Por qué el soberano está exento de cumplir la ley? Esto es una dictadura muy peligrosa los intereses de toda la sociedad, quizá sea bueno para un grupo social et.
Dr. Carlos Aguilar León
Guia de trabajo: CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES CON PARTICULAR REFERENCIA A LOS SISTEMAS FEDERALES
Resumen:
Ostrom parte de la metáfora que así como hay distintos orígenes de la palabra ciudadano hay distintas concepciones de gobierno, estado y confederación en distintos idiomas como por ejemplo: “en alemán equivale a citizen (ciudadano) es Burger”; “ para los suizos citizen (ciudadano) es, en contraposición, Eidgenosse, donde Eid se refiere a un juramento y Genosse a un compañero o camarada; Genossenschaft es una. asociación. Eidgenossen son compañeros o camaradas que forman una asociación y están ligados por un juramento”; y “El término suizo Eidgenossenschaft se emplea para referirse a una confederación”, etc.
Describe dos grandes tipos de concepciones de gobierno:
1) La teoría de la soberanía de Hobbes: Donde se parte de la naturaleza del hombre en favor de la guerra para mejorar su posición y que al final la paz es un acuerdo entre los hombres para entre todos mejorar su posición, pero que esta paz es muy frágil y que es sencillo volver al estado de guerra. Hobbes, establece una formula para que los individuos renuncien a su estado natural en favor del “Leviatan” donde “autorizo y transmito a este hombre o asamblea de hombres el derecho que me asiste de gobernarme a mí mismo, a condición de que vosotros transmitáis también a él igual derecho y autoricéis sus actos de igual forma”. De tal manera que: “Los pactos de paz descansan en la espada de la justicia para asegurar su cumplimiento.”
a. Donde el estado Hobbesiano es un estado donde el soberano tiene una poder superior a los súbditos para mantener el orden, donde es muy probable que se usurpe ese poder para perpetuarse en el. Por eso: “Para Hobbes, la soberanía es una condición necesaria, pero no suficiente, para la paz.”
2) La norma constitucional: Basada en las ideas de Montesquieu, Toc-qeville, Alexander Hamilton y James Madison. Donde los ciudadanos son los que escriben la constitución y de la constitución sale el gobierno que hace y ejerce las leyes para mantener la ciudadanía. Bajo este modelo el ciudadano no renuncia a su libertar como lo hace en el modelo hobbesiano, sino más bien admite que su influencia tiene una limitación; por ende el municipio le da paso a la ciudad, la ciudad al estado y el estado a la confederación de estados. La división de poderes entre el judicial, legislativo y el ejecutivo es clave para mantener el balance “Que el poder frene al poder” así como la fricción entre los estados contribuye al mismo objetivo.
Concluye diciendo que el estado de Hobbes tiende al imperio y que “La civilización occidental fracasó en todos sus intentos de alcanzar formas imperiales estables. El método de federaciones o confederaciones propuesto por Montesquieu brinda la oportunidad de avanzar hacia comunidades nacionales no imperiales tales como la Comunidad Europea.”
Preguntas:
• Queda claro que si voy solo voy más rápido pero si vamos en conjunto vamos más lejos. Ahora ¿En condiciones extremas como: guerras, catástrofes, etc; no es preferible lo rápido sobre lo lejos, es decir el modelo de Hobbes sobre el Confederado?
• A la larga es sostenible la Confederación? O el Gobierno central tiene una fuerza centrípeta que siempre lo va a sobre poner?
• En estados como los Latino Americanos donde la confederación dentro de cada país es débil o inexistente y las independencia institucional es débil que sugiere para fortalecer o establecer el modelo de la norma constitucional?