Alberdi en Sistema Económico y Rentístico. Sobre las escuelas económicas y a cuál pertenece la Constitución Argentina

Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el libro de Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”. En su introducción, Alberdi analiza las distintas escuelas económicas y a cual pertenece la Constitución:

Alberdi 3

“Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:

1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.

2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.

3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.

Sobre cada uno de esos elementos ha surgido la siguiente cuestión, que ha dividido los sistemas económicos: – En e1 interés de la sociedad, ¿vale más la libertad que la regla, o es más fecunda la regla que la libertad? Para el desarrollo de la producción, ¿es mejor que cada uno disponga de su tierra, capital o trabajo a su entera libertad, o vale más que la ley contenga algunas de esas fuerzas y aumente otras? ¿Es preferible que cada uno las aplique a la industria que le diere gana, o conviene más que la ley ensanche la agricultura y restrinja el comercio, o viceversa? ¿Todos los productos deben ser libres, o algunos deben ser excluidos y prohibidos, con miras protectoras?

He ahí la cuestión más grave que contenga la economía política en sus relaciones con el derecho público. Un error de sistema en ese punto es asunto de prosperidad o ruina para un país. La España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad.

Veamos, ahora, cómo ha sido resuelta esta cuestión por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política.

La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo. Colbert formuló y codificó el sistema económico introducido en Europa por Carlos V y Felipe II. Esa escuela, perteneciente a la infancia de la economía, contemporánea del mayor despotismo político en los países de su origen galo-español representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria.

A esta escuela se aproxima la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Por motivos y con fines diversos, ellas se dan la mano en su tendencia a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.

Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina.

Enfrente de estas dos escuelas y al lado de la libertad, se halla la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.

La filosofía europea del siglo XVIII, tan ligada con los orígenes de nuestra revolución de América, dió a la luz la escuela physiocrática o de los economistas, que flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: – dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.

En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución.”

34 pensamientos en “Alberdi en Sistema Económico y Rentístico. Sobre las escuelas económicas y a cuál pertenece la Constitución Argentina

  1. RESUMEN:
    Alberdi plantea que la Constitución esta compuesta por un sistema de política económica vinculado a la libre acción del trabajo, el capital y la tierra como principales agentes de la producción. La riqueza esta conformada por las fuerzas productoras que son el trabajo, la tierra y el capital, el modo de aplicación dividida en fases: la agricultura, el comercio y la industria fabril y los productos de aplicación de esas fuerzas. Destaca las principales escuelas en que se divide la economía política: la escuela mercantil (representada por Colbert) la riqueza solo de adquiría mediante las manufacturas y el comercio. La Economía socialista en la que el Estado interviene en la organización de la industria. La tendencia era de limitar la libertad del individuo. Luego la escuela physiocrática (representada por Quesnay) y la de Adam Smith. Para el la libertad es la que nos dará el progreso. Nuestra constitucion es la mas asimilable a estas dos ultimas escuelas.

    LO NOVEDOSO:
    Alberdi plantea la forma en que debe ser conducido el país para generar el progreso. Se debe permitir la libertad a todos. Propone las políticas económicas que deben aplicarse en el país para que funcione. Así como la igualdad de trato a extranjeros para trabajar y habitar el suelo Argentino. Libertad civil para nacionales y extranjeros (todo habitante del país).

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    ¿Si la clave para el progreso el país y mejor conducción del mismo, son los que se plantea en dicha introducción, por que cree las políticas económicas no funcionaron?
    ¿Usted cree que la libertad para nacionales y extranjeros generaría un conflicto produciendo que la riqueza quede manos de algunos, y no finalmente para generar el progreso y crecimiento de la nación?
    ¿La constitución y su modelo resulto como usted esperaba?

    • Resumen: En este escrito Juan Bautista Alberdi describe la política económica de los principios que se señalan en la Constitución Nacional de 1853 en cuanto a la riqueza del país.
      Hay 3 elementos que concurren en la formación de la riqueza, el trabajo, el modo en que se emplea (agricultura, el comercio, industria fabril) y los productos que resultan de ese trabajo.
      La Constitución consagra el principio de la libertad económica (que es la política de la revolución de mayo 1810), esta libertad está ligada al pensamiento de la escuela Physiocrática y a la de Adam Smith, esta última proclamo la dignidad y libertad del trabajo y a esta escuela pertenece la doctrina económica de la Constitución.
      El conjunto de garantías y reglas que la ley debe establecer para que los consumos del gasto público no se devoren la riqueza del país se llama sistema rentístico o financiero de la Confederación.
      Lo llamativo: Lo que me sorprende como los gobernantes se alejan de los principios y disposiciones que se encuentran en la Constitución en cuanto a la producción de la riqueza y la relación con el fenómeno de los consumos públicos.
      Si bien cada gobierno debería tener su plan económico, debería ser para poder lograr cumplir con lo que se establece dicho sistema y no alejarse del mismo, sin tenerlo en cuenta.
      Preguntas:
      1- Cree que si dicho plan se hubiera cumplido, el desarrollo económico de la Argentina seria mas acertado?
      2- Porque cree que los gobernantes ignoraron y se alejaron del sistema económico que en la Constitución se menciona.
      3- Cual considera que seria un sistema adecuado, según la situación económica y social del país, para poder resolver los problemas del gasto público?

  2. Resumen:
    Contrario a lo que venía viviendo el país con la monarquía española, Alberdi plantea un cambio total de paradigma, sosteniendo que se asegure la libertad tanto agrícola, como de comercio y fabril, es decir, organizar el trabajo de modo tal de poder satisfacer las necesidades de la población. Para ello, procurar la ejecución de ciertos factores como el trabajo, la tierra y el capital. Considera que éstos son condición necesaria para que se dé la riqueza, la misma pensada como obra del hombre según la escuela physiocratica (Quesnay) y la escuela industrial (Adam Smith) y no como la mera noción de dinero.
    La riqueza es entendida como medio para lograr el progreso de la población y debe ser repartida entre aquellos que llevan a cabo la producción propiamente dicha y de manera tal que los beneficios resultantes puedan distribuirse en forma equitativa entre los referidos participantes.
    Alberdi sostiene la necesidad de asegurar una íntegra libertad y no excluir de esa libertad a ninguno de los habitantes de la Nación de modo de constituir una igualdad cívica entre ellos; proteger y asegurar a cada uno los resultados y frutos de su industria: he ahí toda la obra de la ley en la creación de la riqueza.

    Lo novedoso o sorprendente:
    Me sorprende su visión respecto de los demás habitantes de su época en la Nación, al plantear una menor injerencia del Estado en la distribución de las riquezas y pretendiendo mantener las leyes naturales de la economía.

    Preguntas al autor:
    ¿La propiedad y el comercio en esos momentos, estaban al alcance de todos los habitantes?
    ¿Qué decisiones económicas a lo largo de la historia cree que llevaron a nuestro país a estar en la situación en la que estamos?
    ¿Qué opina de la reforma constitucional de 1994?

  3. RESUMEN

    Alberdi nombra tres elementos que confluyen a la formación de las riquezas basándose en las fuerzas ( comprenden el trabajo, la tierra y el capital) , cómo se aplican ( contienen tres fases: agricultura, comercio e industria fabril) y los productos de la aplicación.
    El autor plantea sobre cada uno de esos elementos, cuestiones que han dividido los sistemas económicos relativos a la sociedad ( qué vale mas entre la regla y la libertad ) y el desarrollo de la producción ( deben ser libres todos los productos o excluidos con el objeto de protegerlos ) .
    Allí radica la cuestión mas grave que contiene la economía con el derecho público, la cuál se resuelve a través de las siguientes escuelas :
    1) La mercantil , representada por Colbert (quién seguía un sistema protector y restrictivo) visualizaba a la riqueza en el dinero no admitiendo otros medios de adquisición exceptuando las manufacturas y el comercio.
    2) La economía socialista, solicitando la intervención del Estado en la organización de la industria sobre un nuevo orden social mas favorable a la condición del mayor número.
    3) La physiocrática , representada por Quesnay , conoció como fuente de la riqueza a la tierra y profesó la libertad reaccionando contra los monopolios de toda especie.
    4) La Industrial de Adam Smith, quién proclamó la omnipotencia y dignidad del trabajo. A esta escuela de la libertad pertenece nuestra doctrina económica de la Constitución.

    NOVEDOSO

    El escrito de Alberdi recepta similitudes con las cuestiones planteadas actualmente, cada una de sus interrogantes designa la inversión de los recursos disponibles a costa de la mejor decisión cuyas consecuencias se verán reflejadas en los ámbitos sociales y productivos .
    Un error implicaría la prosperidad o ruina de un país e impactaría en la población en sentido opuesto a la libertad.
    El citado Adam Smith , se refiere a la riqueza dignificando el sentido del trabajo y la libertad , aporte que resulta esencial ya que “el interés del propio individuo conduce al bienestar general” .

    PREGUNTAS

    Según su entender : ¿Cuál es la fuerza mas valiosa para la formación de la riqueza?¿Por qué? ¿ Qué valor le asigna al trabajo?
    ¿ Es el trabajo productivo o improductivo ?

  4. Resumen.
    En esta introducción, el autor se propone reunir todas las disposiciones de materia económica que se encuentran esparcidas en la Constitución. Además, sostiene que se trata de un trabajo de economía aplicada y positiva, en el que se dejan de lado teorías y fórmulas abstractas que habitualmente se encuentran en escritos económicos. A su vez, remarca la importancia de la riqueza para el sostenimiento del Estado, y divide en tres elementos que hacen a su formación: las fuerzas o agentes productores, el modo de aplicación de esas fuerzas, y los productos de la aplicación de esas fuerzas. Por otro lado, señala que la economía política se halla dividida en cuatro escuelas principales: la escuela mercantil y la economía socialista, que son opuestas a nuestra Constitución; la escuela physiocrática, y la grande escuela industrial, de Adam Smith, que es a la que más se asemeja nuestra Constitución, en cuanto a que consagra principios de libertad.

    Novedoso.
    Lo que me pareció novedoso e interesante fue que en esa época el autor señala problemáticas económicas que subsisten hasta el día de hoy, y que el camino para superar esos problemas es la generación de riqueza mediante el trabajo, para poder satisfacer las necesidades del hombre.

    Preguntas.
    ¿En qué momento de la historia se estuvo más cerca de llegar al modelo que plantea?
    ¿Funcionó como esperaba el sistema que plantea?
    ¿Si en la actualidad tuviera que marcar el camino para el desarrollo, que plantearía?

  5. El libro Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina, Juan Bautista Alberdi para facilitar la ejecución de la Constitución comenta y explica que la Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, el cual garantiza la libertad en cuanto a el trabajo, el capital y la tierra, y define a estos mismos como los principales agentes de la producción, explica que la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza. El mismo dice cuando desarrolla su sistema económico que: ¨ Sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado¨.
    El teoriza que la economía y los múltiples conceptos que las diferentes escuelas económicas poseen, sobre la riqueza , la producción, el valor, el precio, la renta, el capital, la moneda y el crédito entre otros y la posibilidad cierta de que el legislador u otro desvíen por esta causa el contenido y los principios de la constitución, y por eso mismo aclara que adhiere a la teoría de la libertad de Adam Smith, la para el contenido de la misma existen tres elementos que concurren a la formación de las riquezas, que son los agentes productores, el modo de aplicación de esas fuerzas y los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    La novedad que a mi modo de entender se introduce en el libro es una nueva y completa forma de entender un país y su política económica, basado en el estudio de las diferentes teorías económicas, Alberdi cree que la forma en que el país debe ser conducido es basada en la libertad amplia, adhiriendo a lo teorizado por Adam Smith, aplicando dicha libertad a cada ámbito del estado y sin discriminar si son nacionales o extranjeros.
    ¿Cuáles son las expectativas que tenía sobre la incursión del estado en el mundo y cuales serían las posiciones tomadas por las potencias europeas ante la aplicación de dicha política económica?
    ¿Qué modificación le haría a la teoría de Adam Smith para una mejor aplicación y progreso en la sociedad argentina?
    ¿Qué autocritica cree que merecería este sistema, siglos después?

  6. En la introducción del Libro, Alberdi da una explicación de las políticas económicas que Argentina debería llevar adelante para lograr crecimiento de las riquezas y de esa forma cubrir las necesidades que tiene el país.
    Esto no depende de sistema ni de partido político, pues la republica el único camino que tiene para escapar del desierto, de la pobreza y del atraso, es la libertad al trabajo industrial en todas las fuerzas. El mismo afirma, que nuestra constitución se ha puesto por encima de las demás Sudamericanas “comprendiendo que son económicas las necesidades más vitales del país y de Sudamérica, pues son las de su población, viabilidad terrestre y fluvial, importación de capitales y de industrias, y ella se ha esmerado en reunir todos los medios de satisfacer esas necesidades, en cuanto depende de la acción del estado”.
    Alberdi desarrolla su teoría basándose en, la producción, la distribución de las riquezas, y el consumo público. La riqueza se va a generar a través del capital y la tierra, estos son los principales agentes de la producción Argentina.
    El interés que tiene Alberdi en las riquezas se explica cuando el mismo afirma, “La riqueza importa la prosperidad de la Nación y la existencia del poder. Sin rentas no hay gobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado”.
    La doctrina económica de la Constitución Argentina pertenece a la escuela de Adam Smith, quien proclamo la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones como el principio esencial de toda riqueza. Es una escuela de libertad.

    Lo novedoso de este texto, es que aun hoy, en la realidad Argentina, seguimos teniendo las falencias que Alberdi nombra en el libro, a lo largo de los años no se prosperó en infraestructura, todo lo que se realizó se ha dejado deteriorar por el paso de los años. Siendo este un país muy rico por naturaleza, por el agua, los minerales, los distintos climas, no se explota de forma consciente y las pocas riquezas que se generan no están bien distribuidas. Tenemos muchas Ciudades de nuestro país colapsadas de personas, donde hay muchísima desocupación y no nos hemos encargado de extender la población a los lugares donde realmente se produce la riqueza del país y por lo tanto se necesita mano de obra.
    Como escribe Alberdi: “la riqueza no nace por nacer, tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre”, y la crea para luego distribuirla, y si el productor no recibe lo que corresponde va a dejar de producirla con el mismo entusiasmo, por lo tanto la riqueza decae al mismo tiempo que la prosperidad del país.

    Preguntas al Autor:
    Lo que me intriga saber, es
    ¿Cómo teniendo una constitución que nos da todas las herramientas para crecer como nación no hemos conseguido, siquiera, combatir la pobreza y el hambre de un país tan rico como el nuestro?
    ¿No supimos producir? ¿O lo que falló fue la Administración de las riquezas?

  7. Resumen:
    Diversas corrientes, de acuerdo al momento histórico y valores imperantes en la sociedad en que se han desarrollado, han brindado una solución a la dicotomía entre la economía política y el derecho público, en cuanto a la propiedad de las tierras, ganancias, trabajo y su disposición.
    Tales fueron conocidas como: La escuela mercantil, representada por Colbert; La escuela socialista; y en la misma línea se encuentran la escuela physiocrática o de los economistas y la grande escuela industrial de Adam Smith.
    Como contraposición a la Escuela de Colbert y a la escuela socialista – donde imperó un sistema protector y restrictivo que implicó la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria- se encuentran la Escuela physiocrática y la Escuela industrial de Adam Smith, que profesaron la libertad como principio de su política económica reaccionando contra los monopolios.

    De interés:
    La importante injerencia del derecho público en la economía política de un país, ya que una “mala” administración de las tierras, ganancias, trabajo y disposición pueden llevar al país a la ruina.
    El descubrimiento de que la excesiva intervención de la ley y la limitación a la libertad de los ciudadanos no son fuertes de una economía estable. Es así como la imposición de ideas liberales como principio de la política económica, puede llevar a que las personas se ajusten dinámicamente a las demandas del mercado de acuerdo a las circunstancias de tiempo y lugar, sólo conocidas por ellas.

    Preguntas:
    -Considerando las condiciones presentes del país, ¿Consideraría viable un modelo económico que siga los lineamientos de la Escuela de Colbert?
    -Si bien se menciona que una excesiva injerencia de la ley tiende al despotismo, ¿Cree, sin embargo, que sería necesaria una mayor regulación del trabajo, tierra y capital como elementos núcleo de las riquezas?
    -¿Se podrían llegar a considerar inconstitucionales las políticas de ajuste?

  8. Resumen:
    Diversas corrientes, de acuerdo al momento histórico y valores imperantes en la sociedad en que se han desarrollado, han brindado una solución a la dicotomía entre la economía política respecto al derecho público. En cuanto a la propiedad de las tierras, ganancias, trabajo y su disposición.
    Tales fueron conocidas como: La escuela mercantil, representada por Colbert; La escuela socialista; y en la misma línea se encuentran la escuela physiocrática o de los economistas y la grande escuela industrial de Adam Smith.
    Como contraposición a la Escuela de Colbert y a la escuela socialista – donde imperó un sistema protector y restrictivo que implicó la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria- se encuentran la Escuela physiocrática y la Escuela industrial de Adam Smith, que profesaron la libertad como principio de su política económica reaccionando contra los monopolios.

    De interés:
    La importante injerencia del derecho público en la economía política de un país, ya que una “mala” administración de las tierras, ganancias, trabajo y disposición pueden llevar al país a la ruina.
    El descubrimiento de que la excesiva intervención de la ley y la limitación a la libertad de los ciudadanos no son fuertes de una economía estable. Es así como la imposición de ideas liberales como principio de la política económica, puede llevar a que las personas se ajusten dinámicamente a las demandas del mercado de acuerdo a las circunstancias de tiempo y lugar, sólo conocidas por ellas.
    Preguntas:
    -Considerando las condiciones presentes del país, ¿Consideraría viable un modelo económico que siga los lineamientos de la Escuela de Colbert?
    -Si bien se menciona que una excesiva injerencia de la ley tiende al despotismo, ¿Cree, sin embargo, que sería necesaria una mayor regulación del trabajo, tierra y capital como elementos núcleo de las riquezas?
    -¿Se podrían llegar a considerar inconstitucionales las políticas de ajuste?

  9. La introducción de la obra escrita por Alberdi y titulada “Sistema Económico y Rentista”, hace referencia a la universalidad de la economía. El autor intenta reunir las disposiciones que aparecen en la Constitución Federal de 1853, de modo que sea útil para que se entienda el espíritu de ésta y no se desvirtúe según las ópticas de las diferentes escuelas económicas. Se dedicará a explicar dichas escuelas y cuál es la elegida por la Constitución, que es la gran escuela industrial de Adam Smith. Según Alberdi ésta se caracteriza por la “libertad” del trabajo como el principio de toda riqueza, y él mismo luego dirá que la riqueza requiere que la ley no le haga sombra por lo tanto así se asegurará una entera libertad y de ese modo se obtendrá igualdad civil.
    A mí particularmente, lo que me llama la atención, es la “desvergüenza” en la utilización que hace Alberdi de distintos términos empleados por Adam Smith y tan característicos de su obra, más allá de la referencia directa. Habla de riqueza de las naciones, de la libertad en dejar hacer, de la idea de un orden natural; por lo tanto destaco que se tuvo la idea de copiar un modelo Europeo y no se hizo quizás hincapié en las necesidades particulares de nuestro suelo.
    Al autor le preguntaría si:
    Hoy en día seguiría concibiendo la libertad económica como modelo de “igualdad civil”.
    No vería necesaria la intervención del Estado en la actualidad globalizada.
    Si seguiría tomando como referencia los modelos Europeos, cuando la realidad en América siempre fue distinta por una cuestión de poderes (económicos, armamentales, de historia).

  10. Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”
    RESUMEN
    Alberdi describe 3 elementos para la formación de las riquezas que son:
    El trabajo, la tierra y el capital, la aplicación de estas fuerzas que son la agricultura, el comercio y la industria fabril y por último los productos de la aplicación de estas fuerzas.
    Siguiendo con las Escuelas Económicas:
    Escuela Mercantil: hace hincapié exclusivamente en la riqueza, como único medio de adquirir las manufacturas y el comercio, teniendo como resultado ser totalmente protector y restrictivo.
    Escuela Socialista: la cual expone sobre una base de un orden social mucho más favorable, limitando la libertad del individuo en la posesión y distribución de la riqueza.
    Escuela Physiocrática, se encuentra representada por Quesnay: para esta escuela la única fuente de riqueza es la tierra, teniendo como principio general la libertad para su política económica, estando contra todos los monopolios.
    Adam Smith proclamó la dignidad del trabajo, totalmente libre, como principio de toda riqueza. Esta libertad, se encuentra plasmada en nuestra Constitución Nacional.
    NOVEDOSO
    Alberdi a través de su resumen de las diferentes escuelas Económicas, plantea un modelo utilizado en la actualidad en nuestra Constitución Nacional, receptando la libertad como principio general para las políticas económicas, utilizado a lo largo de nuestra historia. Siendo novedoso que en la actualidad sigamos teniendo problemas planteados por Alberdi en las diferentes escuelas,pero ya teniendo como premisa la libertad.
    PREGUNTAS
    Actualmente estás políticas económicas planteadas por el autor, en cuanto nos han beneficiado? Están dando el resultado deseado?
    Cuanto se asemeja la situación económica actual a la época en la cual el autor escribió? Tiene alguna comparación?
    Haría alguna reforma sobre estas políticas económicas para ser aplicadas en la actualidad?

  11. RESUMEN
    Alberdi describe tres elementos para la formación de la riqueza: 1) las fuerzas productivas (trabajo, tierra y capital) 2) modo de aplicación de las fuerzas en 3 fases (agricultura, comercio e industria fabril) 3) los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    La escuela mercantil seguía el sistema protector y restrictivo. Indica una intervención limitada y despotica de la ley en el ejercicio de la industria.
    La economía socialista, en cambio pide la intervención del estado en la organización de la industria. Limitan la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza. Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica de la Constitución Nacional Argentina.
    La escuela physiocratica la dio a luz la filosofía europea. Está escuela no conocía otra riqueza más que la tierra. Pero profesaba la libertad como principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios.
    Adam Smith proclamó la omnipotencia y dignidad del trabajo. Considerándolo como el principio esencial de toda riqueza. A esta escuela es que pertenece la doctrina económica de la Constitución Nacional Argentina.
    LO NOVEDOSO
    Alberdi plantea problemáticas que subsisten hasta estos días. Son prácticamente las bases de nuestra economía. Cómo fue evolucionando la apreciación de la riqueza.
    PREGUNTAS
    Teniendo en cuenta las situación actual de la Argentina¿ estamos teniendo una mala apreciación de las riquezas? ¿Es necesaria una mejor regulación de las riquezas por el Estado? ¿Qué modificaciones se podrían hacer al sistema Argentino para poder progresar?

  12. Alberdi, adentrándonos a su obra “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, comentará, y hará referencia, al sistema económico adoptado en nuestra Constitución Nacional.
    Ello explicado desde el análisis de las políticas reguladas en nuestra carta magna, y analizando en conjunto las diversas escuelas económicas que rigen, o que intentan primar en los diferentes Estados.
    Luego del rápido repaso por las diversas escuelas económicas, Alberdi llegará a la conclusión de que nuestra Constitución Nacional adopta, para las políticas reguladas en su contenido, la escuela physiocrática, o la también llamada, Escuela de Libertad.
    El autor arribará a dicha conclusión explicando que, la esencia de la escuela, adoptada para las políticas económicas de nuestro cuerpo legal, no es otra que la de la “profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie”. Para ello también citará a Adam Smith, quien “proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo, del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza”.
    Luego de leer la introducción a la obra de Alberdi, y comparando lo analizado por el autor y la realidad económica que hoy atraviesa nuestro país, en lo que a su economía se refiere, podría llegar a la conclusión de que no se ha desarrollado, potenciado, ni logrado las metas que se propusieron alcanzar con las políticas económicas de nuestra Constitución Nacional de 1853.
    Ello a la luz de que, como bien recitaba Juan Bautista, la riqueza se encuentra en el libre trabajo, en el libre acceso de los factores de producción. Ahora bien, dados los tiempos actuales, y el sistema capitalista en el que nos vemos inmersos, nada de ello es posible, pues los monopolios (si bien fueron criticados y hasta contraindicados para el óptimo desarrollo de la economía nacional) pulularon y crecieron inmensamente en manos, y a costa, de negocios a los que solo tuvieron acceso quienes contaban con poder político. Y ello no hizo más que generar más, y más, restricciones al libre trabajo y al libre acceso de los factores de producción.
    Analizando el texto, por momentos, sentía que estaba leyendo El Manifiesto Comunista, obra que también critica y devasta a los monopolios económicos y de poder.
    Ahora bien, si tuviera la posibilidad de contar con unos minutos para charlar con Juan Bautista Alberdi, le preguntaría si él, viendo a la distancia su texto y analizando la actualidad, cree que podría retrotraerse la situación y el sistema, hoy de restricciones al libre acceso a los factores de producción para el simple ciudadano, a la utopía de la escuela de la grande industria o si cree que ya no será posible tal cambio.-

  13. RESUMEN
    en la introducción se hace referencia al contenido del libro: el estudio de reglas y principios económicos señalados en la constitución. la escuela industrial de Adam Smith a la que pertenece la doctrina económica de la constitución argentina proclamó el trabajo libre, en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza.
    La constitución garantiza la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción Comprendiendo que son económicas las necesidades más vitales del país, ella se ha esmerado en reunir todos los medios de satisfacer esas necesidades. La República no tiene más camino para escapar de la pobreza y del atraso, que la libertad concedida de modo amplio al trabajo industrial en todas sus fuerzas (tierra, capital y trabajo), y en todas sus aplicaciones (agricultura, comercio y fábricas).
    Lo que exige la riqueza de parte de la ley para producirse y crearse es que esta Asegure la libertad al uso de las facultades productivas del hombre.
    Es decir, el trabajo libre es el principio vital de las riquezas. organizar el trabajo es organizar la libertad; organizarlo en todos sus ramos, agrícola, de comercio y fabril.
    La obra también Distingue los consumos en privados y públicos. En los primeros la ley nada tiene que hacer; pero puede establecer reglas y garantías para que los segundos no devoren la riqueza del país; para que el Tesoro nacional, destinado a sufragarlos, se forme, administre y aplique en bien de la Nación. El conjunto de estas garantías forma lo que se llama el sistema rentístico o financiero de la Confederación. todo el círculo de la intervención de la ley en la producción, distribución y consumo de la riqueza se reduce a garantizar su independencia y libertad.

    LO NOVEDOSO O SORPRENDENTE:

    Lo novedoso o sorprendente del texto es que nunca había contemplado a la constitución nacional desde el punto de vista de lo estrictamente económico. sin embargo resulta coherente que dado el contexto y la época se comulgaran con las ideas del liberalismo, incluido el liberalismo económico. es interesante ver como la idea de dejar librada la economía al libre juego se repite de manera cíclica desde los inicios del estado hasta nuestros días.

    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1. . ¿a que se refiere cuando menciona “la ley natural de equilibrio”?
    2. . ¿cuál sería para el autor un gasto publico necesario?
    3. ¿Cuál sería un consumo productivo y uno improductivo?

  14. ECONOMIA
    La economía tiene como función principal de ocuparse de los hechos económicos y sus modificaciones en su generalidad, en cambio la política económica trata el estudio de otros elementos como el trabajo, capital y tierra junto con la distribución de la riqueza en relación al consumo de los individuos. Se muestra como fue mutando el objeto de estudio de la economía, empezando por el mercantilismo que solo veía la riqueza en el dinero, adquirida mediante el comercio, y con un estado sin mucha participación dentro de un sistema restrictivo en el proceso de intercambio de mercancía.
    Luego vino la economía socialista, que trajo la necesidad de la intervención del estado y una forma de organización en la producción y distribución de la riqueza más equitativa. Esta termino de asentarse con la revolución de América primero y luego con la revolución industrial, que trajo el pensamiento de la economía política y el trabajo libre en todas sus formas como base para obtener la riqueza.

    LO NOVEDOSO
    Que toma a la constitución como una gran ley derogativa en favor de la libertad.
    Y plantea que la constitución solo se encarga de declarar la voluntad de Dios, que le ha otorgado algunos más capacidades que a otros, y aquí con ello deviene la desigualdad de las riquezas.

    PREGUNTAS AL AUTOR
    Si plantea la libertad de trabajo e industria, ¿porque determina que el hombre de estado solo puede estudiar los principios económicos apegados a las bases de esta constitución, y que no pueden tomar otra doctrina económica que no sea esta?
    ¿Qué quiere decir cuando plantea que los gobiernos deben dejar hacer, dejar pasar?
    ¿Por qué relaciona la satisfacción de necesidades económicas únicamente con la satisfacción de las exigencias económicas cristianas y filosóficas?

  15. Alumna: Sandra Nicolaiczuk
    JUAN BAUTISTA ALBERDI
    “SISTEMA ECONOMICO Y RENTISTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA SEGÚN SU CONSTITUCION DE 1853”
    En una época donde las naciones se preguntaban cómo generar riqueza, Alberdi, escribe este libro, apenas sancionada la Constitución de 1853, con un país convulsionado por guerras internas, muchas de las cuales, se relacionaban con la puja por establecer modelos diferentes de país, tanto en lo económico como en lo político y cultural. ¿Qué modelo de riqueza debía adoptar nuestra patria naciente? ¿Un modelo basado en la explotación de la tierra como actividad principal? O ¿un modelo basado en la industria? ¿Qué papel debería jugar el comercio internacional? Alberdi como muchos otros, estudiaba los países extranjeros que a partir de su crecimiento se habían convertido en modelo para aquellos que aún permanecían en la pobreza o no se habían incluido en el ámbito internacional. Mientras Sarmiento miraba el modelo norteamericano, Alberdi, sin descartarlo, miraba hacia Inglaterra en cuanto a su crecimiento económico y a Francia en su legislación. De esta forma, su sistema, incluido en la Constitución de 1853, cuyas bases, eran suyas, habla de la tierra, el trabajo y el capital, como principales factores de la producción de riqueza de un país. Alberdi realiza una lectura de los economistas clásicos como Quesnay o Adam Smith, intentando conjugar las posturas clásicas en un tratado económico que resalta los factores de producción interrelacionados al comercio internacional emergente.
    Lo novedoso del texto:
    Por un lado, en aquellos años, donde había innumerables luchas internas, que un hombre como Alberdi, tuviera la lucidez necesaria para plantear las bases en que debía sustentarse el modelo de nación para la Confederación o República Argentina, resulta novedoso, que sus posturas puedan trasladarse a la actualidad y continúen vigentes.
    Por otro lado, con respecto a los factores de la producción de riqueza, Alberdi se basaba en los economistas clásicos, no es novedosa su postura en este sentido, tal vez lo novedoso, fue conjugar las posturas clásicas en un solo modelo económico.
    Preguntas que le haría al autor:
    1) ¿Qué papel debería jugar la renta en el crecimiento de la nación?
    2) ¿Qué sería necesario incluir en su Tratado, para que las provincias tengan un crecimiento económico equilibrado?
    3) El modelo de república propuesto, ¿incluye un modelo educativo necesario para que ese modelo económico sea posible?

  16. RESUMEN
    INTRODUCCION
    Cuatro principales escuelas en que se divide la economía política:
    -La escuela mercantil: solo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio.
    -La escuela de la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria.
    -La escuela llamada Phystocratica (Quesnay)
    -La escuela industrial (Adam Smith).
    A esta escuela de libertad pertenece la Constitución Argentina
    La ley debe asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre.
    Organizar el trabajo no es más que organizar la libertad .Esta organización es negativa en su mayor parte.
    A su vez, la ley tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre, que forma la riqueza.
    El consumo es el fin y termino de la riqueza, que tiene por objeto desaparecer en servicio de las necesidades el hombre, o en utilidad de su propia reproducción (consumo productivo y consumo improductivo). Distinguese también los consumos privados y los públicos. La ley nada tiene que ver con los consumos privados pero si con los públicos.

    LO NOVEDOSO
     El autor plantea la obligación que tiene los legisladores de no apartarse a los principios económicos de la Constitución y a su vez, admite que esto es complicado muchas veces.
     Alberdi advierte que libertad económica no es lo mismo a libertad política.
     La libertad concebida desde el modo más amplio al trabajo industrial y todas sus fuerzas y aplicaciones, es la única manera que tiene un país para salir de su pobreza y atraso.
     La organización del trabajo que se exige es negativa, es decir, pretende que esta organización lleve el precepto de dejar hacer a todos los puntos en que los otros sistemas prohibitivos hacían por si o impedían hacer.
     Al hablar de la distribución de la riqueza se sigue la misma línea de pensamiento liberal. La ley debe garantizar la más completa libertad del hombre, debe abstenerse de regular su provecho.

    PREGUNTAS:
    1. Si la Constitución exige una libertad económica, ¿Por qué el Estado (o algunos gobiernos) la rechaza y pretende regular la economía?
    2. ¿Es posible una no regulación de la distribución de la riqueza sin general extrema desigualdad social? (Se destaca la palabra “extrema” por considerar que siempre va a existir desigualdad social necesariamente).
    3. Si la ley “nada tiene que hacer en los consumos privados”, entonces ¿hasta qué punto estos se pueden gravar?

  17. En primer termino el autor divide la economia en lo que se podria decir teorica pues tiene principios universales y generales que rigen a todo el mundo. Y por otro lado hay una economia que se podria decir practica y aplicada a las condiciones particulares de suelo, edad, y demas condiciones especiales de los habitantes de determinado lugar. Es decir, una economia que se circunscribe a las caracteristicas especificas de determinado pais y debe ser aplicada para optimizar sus recursos.
    La primera a la que se refiere el autor (la teorica) seria la economia politica y la segunda mencionada, seria la politica economica.
    La Constitucion de la Nacion Argentina, conlleva una politica economica que apunta a la libertad del trabajo, el capital y la tierra, lo que se podria considerar de carácter liberal en oposicion a la doctrina economica de intervencionismo que pregona el socialismo. El intervensionismo, trae aparejado un plan o proyecto al que apunta un estado (regla) el cual debe seguir a rajatabla para llegar a las metas asumidas. En oposicion a esto se encuentran las escuelas de Quesnay y Adam Smith, que pregonan el liberalismo, es decir, la libertad de cada habitante de disponer y administrar sus recursos como mejor le parezca y dentro de ese contexto de libertad es como se llegara a la riqueza. La Constitucion de nuestro pais, abraza esta ultima teoria. Dice el autor, que nuestra Constitucion como ley mas importante deroga toda ley que apunte a desvirtuar la libertad economica que ella en sus fundamentos establece. La unica forma que podria dejar de lado esta escuela filosofica economica seria mediante una nueva constitucion (es decir, mediante una reforma), siendo uno de los medios mas eficaces de asegurar la industria, la persona y la propiedad, los tratados de libre comercio con otros paises.

    1. ¿Como dentro del sistema economico que establece nuestra constitucion se puede proteger a las clases menos pudientes?
    2. ¿Podria el autor admitir una teoria mixta que englobe en conjunto lo bueno del intervensionismo y lo bueno del liberalismo?
    3. Teniendo en cuenta que la economia politica es la teoria general que utiliza todo el mundo y la politica economica es esa teoria aplicada según las caracteristicas especificas de cada pais ¿Cuánto hay de economia politica y cuanto de politica economica en la economia de nuestro pais?

  18. RESUMEN:
    La Constitución debe interpretarse a la luz de la doctrina en la que fue inspirada, que corresponde con la escuela de pensamiento económico de Adam Smith, y evitar desviarse del principio de libertad, como lo harían escuelas con ideas intervencionistas, porque eso significaría entorpecer la productividad, y prosperidad del país. El rol de la ley es apoyar y no obstaculizar la creación de riqueza y el progreso, por lo tanto debe: garantizar igualdad civil, libre uso de facultades productivas; que cada uno reciba lo correspondiente por su trabajo/capital/tierra (de lo contrario dejaría de colaborar eficientemente); abstenerse de regular el consumo privado, e imponer límites a los consumos públicos, para que el Estado no devore la riqueza.

    LLAMATIVO/NOVEDOSO:
    Es llamativa la idea de que habrá mayor prosperidad económica en cuanto más libertad de acción tengan todos los individuos para desenvolverse en en trabajo, la producción y el comercio, tomando decisiones por sí mismos, sin necesidad de un control estricto que ordene las cosas de forma planeada y centralizada.
    Y también llama la atención como ha cambiado la forma de pensar desde 1850 hasta hoy en día, ya que actualmente esta extendida mayoritariamente en el país la idea de que el intervencionismo estatal es necesario para el progreso y el Estado tiende a crecer año tras año, contrario a las ideas que exponía Alberdi.

    PREGUNTAS:
    -¿Qué países o ciudades han demostrado que la libertad de los individuos para producir conduce a una prosperidad común?
    -Si los impuestos son una forma de limitación de libertad de las fuerzas productivas, ¿deberían quitarse? ¿Cuáles?
    -¿De qué forma debería financiarse un Estado idealmente?

    COMISIÓN 682 – AGUSTINA NALDI

  19. GUIA DE DISCUSION.
    Resumen . En la introducción de su libro Alberdi expone que en la Constitución Argentina la política economica garantiza la libre acción de trabajo, capital y tierra.
    Explica las distintas doctrinas económicas de la época: -Escuela mercantil, (Colbert) que solo veía la riqueza en el dinero, intervención limitada y despotica de la ley en el ejercicio de la industria. –Economía socialista, pide intervención del Estado para la organización industrial, limitar la libertad del individuo en producción, posesión y distribución de la riqueza. Estas 2 corrientes son opuestas a la de nuestra Constitución. Las 2 corrientes opuestas a las anteriores son la -Escuela physiocrática (representada por Quesnay) cuyo principio se encuentra en profesar la libertad contra los monopolios y la –Escuela Industrial de Adam Smith, caracterizada por la omnipotencia y la dignidad del trabajo del libre trabajo como principio esencial de toda riqueza (Esta ultima es la que se encuentra en nuestra Constitución)
    Observaciones novedosas: * La manera de pensar del escritor en referencia a la igualdad civil y las libertades económicas teniendo encuesta el contexto tanto nacional, como global.
    También me sorprende que las necesidades del carácter publico ahí expuestas no sean distintas a las de la actualidad (caminos, puentes, muelles etc)
    Que la facción económica de nuestra constitución sea lo que la distingue y coloca sobre todas las constituciones republicanas de la región.
    Preguntas que le realizaría al autor: Viendo que con el paso del tiempo las problemáticas del país siguen siendo las mismas de la época.;¿ Cree que se deben al sistema económico elegido?
    Usted en su libro dice que el gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a la producción, ¿cuál de las dos variantes cree que esta haciendo el Estado en la ultima década?
    ¿Cree qué los consumos públicos y/o gastos del Estado ha devorado las riquezas de nuestro país?

  20. `SISTEMA ECONOMICO Y RENTISTICO DE ALBERDI

    RESUMEN:ALBERDI EN SU LIBRO DESCRIBE A LA CONSTITUCION NACIONAL COMO LA CODIFICACION DE LA DOCTRINA ,DIVIDE LA MATERIA ECONOMICA EN TRES PARTES DISTINTAS :a)FENOMENO DE PRODUCCION DE RIQUEZA ,b)ESTUDIO A QUE SE REFIERE LA PRODUCCION DE LA RIQUEZA ,c)FENOMENOS DE CONSUMO PUBLICO O SEA DE FORMACION ADMINISTRATIVA Y EMPLEO DEL TESORO NACIONAL.
    A LA ESCUELA DE LIBERTAD PROCLAMADA POR ADAM SMITH PERTENECE LA DOCTRINA ECONOMICA DE LA CONSTITUCION NACIONAL .
    LA LIBERTAD ECONOMICA NO ES LIBERTAD POLITICA .EL CONSUMO ES EL FIN Y TERMINO DE LA RIQUEZA QUE TIENE POR FIN EL GOCE DEL HOMBRE.

    ASPECTOS RELEVANTES:LA CONSTITUCION FEDERAL ARGENTINA CONTIENE UN SISTEMA DE POLITICA ECONOMICA ,GARANTIZA LA LIBRE ACCION DEL TRABAJO ,DEL CAPITAL Y DE LA TIERRA COMO AGENTES DE PRODUCCION .
    HAY QUE TENER EN CUENTA A CUAL ESCUELA EN QUE SE HALLA DIVIDIDA LA CIENCIA ECONOMICA PERTENECE LA DOCTRINA DE LA CONSTITUCION NACIONAL Y CUALES SON LAS ESCUELAS QUE PROFESAN DOCTRINAS RIVALES QUE HA SEGUIDO LA CONSTITUCION EN SU PLAN ECONOMICO RENTISTICO .
    PUNTO PRINCIPAL QUE LOS DIVIDE:HAY 3 ELEMENTOS QUE COMPONEN LA FORMACION DE LA RIQUEZA.a)FUERZAS O AGENTES PRODUCTORES QUE SON EL TRABAJO ,LA TIERRA Y EL CAPITAL b)MODO DE APLICACIÓN DE LAS FUERZAS,CONTIENE 3 FASES LA AGRICULTURA ,COMERCIO ,INDUSTRIA FABRIL c)PRODUCTORES DE APLICACIÓN DE LAS FUERZAS.
    DESCRIBE LAS ESCUELAS PRINCIPALES EN QUE SE DIVIDE LA POLITICA ECONOMICA:
    ESCUELA MERCANTIL:REPRESENTADA POR COLBERT,EN DONDE LA RIQUEZA ERA EL DINERO
    ESCUELA EN DONDE SE APROXIMA A LA SOCIALISTA,EN DONDE EL ESTADO INTERVIENE EN LA INDUSTRIA
    ESTAS 2 ESCUELAS SON OPUESTAS A LA QUE DESCANSA LA CONSTITUCION NACIONAL
    ESCUELA PSYOCRATICA:QUESNAY, LA FUENTE DE RIQUEZA ERA LA TIERRA
    ESCUELA INDUSTRIAL:REPRESENTADA POR ADAM SMITH,PROCLAMABA LA DIGNIDAD DEL TRABAJO LIBRE
    ESTA ESCUELA INDUSTRIAL ES LA CUAL PERTENECE LA DOCTRINA DE LA CONSTITUCION NACIONAL.

    PREGUNTAS QUE HARIA A ALBERDI:
    1)EN LOS TIEMPOS DE HOY ESTA BIEN DISTRIBUIDA LA PRODUCCION DE LA RIQUEZA?
    2)ACTUALMENTE SE CUMPLE CON LAS GARANTIAS QUE DA NUESTRA CONSTITUCION DE LIBRE ACCION DE TRABAJO Y CAPITAL ?
    3)PORQUE NO PUEDEN CONTROLAR LA INFLACION Y ESTABILIZAR LOS PRECIOS?

  21. RESUMEN:
    El autor identifica tres elementos fundamentales que concurren en la formación de la riqueza:
    a) Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital;
    b) El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril;
    c) Y los productos de la aplicación de esas fuerzas.
    Luego, establece cual es el modelo económico que la constitución adopta y a través del cual los tres elementos antes mencionados deberán ser interpretados e instrumentados para obtener el crecimiento económico del país. Este modelo es el pregonado por Adam Smith, el de la escuela industrial que establece como principio fundamental “la libertad”. Alberdi distingue dos tipos de libertades, la económica y la civil, e incluye y garantiza ambas en la redacción de la constitución. Por último, habla de “el consumo”, el cual, el mismo menciona como fin y termino de la riqueza, y que tiene por objeto, desaparecer en servicio de las necesidades y goces del hombre, o en utilidad de su propia reproducción, por esto lo divide en consumo improductivo y productivo.

    ASPECTO NOVEDOSO:
    Alberdi plasma en la constitución nacional el principio que, a su criterio, considera fundamental para constituir una nación, la libertad. Pero no solo la libertad económica, sino también la civil. Recoge con acierto el cambio de paradigma que se estaba llevando a cabo en el mundo; que había iniciado con la revolución tanto industrial como francesa, y que había tenido lugar también en nuestro país, primero con la emancipación de España el 25 de Mayo de 1810 y luego finalmente con la independencia ocurrida el 9 de Julio de 1816. Rompe definitivamente con el sistema esclavista vigente durante siglos en Europa y América. Establece a su vez, una estrecha relación entre la “libertad económica” de cada individuo, y el “consumo privado”, elemento en el que hace principal énfasis para lograr el crecimiento económico del país; y que es objeto de múltiples discusiones aún en la actualidad.

    PREGUNTAS:
    1) La desigual distribución de las riquezas, que produce inexorablemente la acumulación de grandes capitales en pocos individuos y el aumento de la brecha económica entre unos y otros, en cierto punto, ¿atenta, o no, contra la “libertad económica” que tiene por objetivo garantizar la constitución?
    2) Considera que la reforma constitucional del año 1957, que incorpora derechos sociales y principalmente destinados a los trabajadores, ¿beneficia o perjudica al modelo económico buscado?
    3) El continúo fomento, por parte del estado, de construcción de obra pública para impulsar una economía que se encuentra afectada por el fenómeno de “estanflación”, ¿es contraria a la búsqueda de libertad económica?

  22. Resumen
    Este libro esta dirigido al escritor,publicista o abogado y no tiene que ver con la economía pura (abstracta) sino con la economía aplicada (concreta). Alberdi trata de fijar cual es la escuela económica a la que se adhieren los principios economicos de la Constitución Argentina a fin de que, a la hora de interpretarla y ponerla en ejercicio, se ajusten a ellos. Esto es importante, dado que las escuelas económicas no concuerdan en diversos temas y esto produce que se interprete una dispocision constitucional de una manera incorrecta produciendo errores infranqueables. La escuela a la que adhieren los principios economicos constitucionales son la Fisiocrata y la Clasica que fomentan la libertad del trabajo (en sus diversas aplicaciones), la distribucion de la riqueza que genera la aplicacion de ese trabajo y la regulación del consumo (es decir, el gasto publico). La materia económica esta constituida por estas tres divisiones: trabajo, distribución y consumo. La consecuencia de desviarse de tales principios económicos es: ’echar al país al desorden y al atraso’.
    Sorprendente o Novedoso
    En lo personal, lo sorprendente es el manejo de las ideas económicas por parte de Alberdi que hasta el momento desconocía. Por otra parte, también creo que lo novedoso es que lo que trata de establecer es como debe ser interpretada la constitución, cual es el rol de los gobernantes (que desde ya aclara que no son los generadores de la riqueza sino que ayudan a colaborar u obstruirla) y cual es la actividad que debe regularse bajo ciertos parámetros como lo es el gasto publico. De alguna manera lo que trata de decirnos es basta de tantas discusiones abstractas, de teorías que nada tienen que ver con la constitución, y pongamos énfasis en entenderla y aplicarla de la manera mas justa posible a las ideas económicas que la conformaron. Por ello mismo, ejecutar la constitución ateniéndose a escuelas mercantilistas, o socialistas van de modo opuesto a su concepción que es el de las libertades civiles.
    3 Preguntas que le haria:
    1- Según su concepción de la libertad, ¿Cuáles fueron los motivos que causaron la guerra con Paraguay durante los años 1864 – 1870?
    2- Si tanto cree en la teoría clásica como el criterio mas acertado de la economía, ¿Cómo consideraría la teoría de valor-trabajo sin caer en la teoría marxista?
    3- ¿Cómo considera los derechos sociales establecidos en Argentina durante el peronismo (es decir, buenos o malos?

  23. Resumen:
    Alberdi, a partir de los elementos que considera que concurren a la formación de riquezas, analiza cuáles son las escuelas económicas aplicables desde la economía política y el derecho público, y cómo éstas favorecen o no a dicha formación de riquezas.
    Para él, un error en la relación entre la economía política y el derecho público, puede ser la diferencia entre la prosperidad, y la ruina para un país. Lo ejemplifica con el caso de España, en el cual vincula su ruina con haber tomado resoluciones en el sentido opuesto a la libertad.
    Desarrolla primero el mercantilismo, con Colbert como su exponente, como un sistema protector y restrictivo, considerándolo despótico y restrictivo.
    La economía socialista considera que limita la libertad del individuo en producir, poseer y distruibuir riqueza, al estar el Estado interviniendo en la organización de la industria.
    La escuela physiocrática (o fisiócrata), como aquella que si bien tiene el mérito para él de profesar la libertad por principio, sólo ve como fuente de riqueza la tierra.
    Por último, nos dice que la Constitución Argentina, es opuesta a estas escuelas, salvo a la de la libertad a cual pertenece. La que proclaman exponentes como Adam Smith, Roberto Peel, y a quien considera como el más lúcido, Juan Bautista Say.
    Lo novedoso:
    En los albores del Estado Liberal, Alberdi analiza el rol del Estado en la política económica y sus fines. Su punto de vista y las cuestiones que él plantea en el siglo XIX, siguen vigentes en la actualidad, en cuanto a la intervención del Estado en la economía y como ésta, influye o no en la formación de riquezas.
    Preguntas al autor:
    -¿Debe tener el Estado algún rol para evitar los monopolios –aun cuando estos fueran por “dejar hacer, dejar pasar, toda intervención”?
    -¿Es dañino que el Estado dicte normas de orden público que afecten en la actividad económica, como ser los derechos laborales en el siglo XX, en lugar de la absoluta libre contratación?
    -¿Cree que en el contexto actual, se generarían más riquezas con menor intervención del Estado?

  24. RESUMEN: Alberdi plasma, en esta breve introducción, la doctrina económica que inspiró la letra de la Constitución Argentina de 1853. Reafirma y defiende a la libertad como valor máximo y base del sistema económico de la joven Argentina. Destaca la importancia de los agentes productores –trabajo, capital y tierra- como los generadores de la riqueza; lo que arroja como consecuencia que la riqueza es una mera obra del hombre, obtenida por la puesta en ejercicio de sus facultades a los fines de cubrir sus necesidades. El gobierno puede aumentar la productividad de la riqueza generada por los ya mencionados instrumentos de producción, o bien resultar un estorbo; pero nunca crea riqueza. Alberdi promueve el trabajo libre, y le otorga gran importancia al problema de la organización del trabajo.
    Ahora bien, la riqueza no nace con otro fin que el de cubrir las necesidades de quien la produce, motivo por el cual es vital considerar su correcta distribución. El productor debe percibir su parte correspondiente, ¿o que otra motivación tendrá para producir dicha riqueza?
    En todas estas cuestiones es necesario considerar el rol de la ley. He aquí el principal conflicto que divide las escuelas de pensamiento económico, ¿hasta qué punto la intervención estatal favorece el desarrollo de las naciones?, ¿vale más la libertad que la regla? La Constitución Argentina está fuertemente inspirada por los principios del liberalismo clásico, y la adhesión a esta doctrina la ha destacado entre las constituciones sudamericanas. En este sentido, Alberdi resalta que el rol de la Constitución Argentina es brindar un marco de garantías al curso espontáneo de la economía, y no “hacer sombra”, es decir, no obstruir ni entorpecer con restricciones a las libertades, la generación de riqueza.
    PREGUNTAS QUE LE HARÍA AL AUTOR:
    1) “Luego la economía de la Constitución escrita es expresión fiel de la economía real y normal que debe traer la prosperidad argentina; que no depende de sistema ni de partido político interior, pues la República, unitaria o federal (la forma no hace al caso), no tiene ni tendrá más camino para escapar del desierto, de la pobreza y del atraso, que la libertad concedida del modo más amplio al trabajo industrial en todas sus fuerzas (tierra, capital y trabajo), y en todas su aplicaciones (agricultura, comercio y fábricas).”

    165 años después, podemos afirmar que estos ideales constitucionales se han visto frustrados. Los gobiernos han puesto en práctica sus propias ideologías en materia económica, más allá del espíritu de la constitución. La forma hizo al caso. Y Argentina no ha logrado escapar de la pobreza y el atraso. No aún. Mi pregunta es, actualmente, habiendo visto y analizado el devenir del país ¿Continúa predicando los mismos ideales?

    2) ¿Sostiene que los consumos públicos y gastos del Estado han devorado las riquezas del país en la última década?

    3) “… Así es que luego que existe, ocurre averiguar cómo se reparte o distribuye entre los que han concurrido a producirla. Para esto es producida; y si el productor no percibe la parte que corresponde a su colaboración, deja de colaborar en lo sucesivo, o trabaja débilmente, la riqueza decae y con ella la prosperidad de la Nación.”

    ¿Qué solución propondría al problema de la distribución de la riqueza, para lograr una nación más próspera?

  25. RESUMEN
    Alberdi en el comienzo del desarrollo de su obra reconoce tres modos de producción que son el trabajo, el capital y la tierra. Entiende que son los caminos fundamentales para el desarrollo de la naciente república Argentina. Para implementar estos modos de producción, señala que deben existir unas garantías mínimas para el desarrollo de la economía del País. Estas garantías se encuentran descritas en el preámbulo de la Constitución y en la parte dogmática y son: la libertad, la propiedad, la seguridad, y la instrucción. Desarrolla cada uno de estas garantías en los Artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19 20, 25, 29, 64, y 104 de la carta fundamental. Para el autor, estas garantías tienen dos aspectos: uno moral y político y otro material y económico. Enfatiza en la necesidad de implementar el “dejar hacer, dejar pasar como principio fundador de la libertad en todos los aspectos (libertad económica, de locomoción, de publicar ideas, de administrar la propiedad y de ejercer todos los derechos civiles.
    PARA DESTACAR
    Me llamo la atención el hecho de que el autor enfatice en la adecuación del sistema normativo al ingreso de extranjeros al país, con el objeto de afianzar la economía territorial. La Argentina del Siglo XVIII era un país en crecimiento con un enorme territorio por explorar, y se hacía necesaria la adecuación de las vías tanto terrestres como marítimas, la creación de marcos normativos que garantizaran el ingreso y la actividad de extranjeros en el territorio nacional, la formación académica y la incorporación del conocimiento al país con el objeto de impulsar la ciencia como contribución al avance de la economía nacional.
    TRES PREGUNTAS
    ¿Considera que en los tiempos que corren se puede continuar con el estímulo al ingreso de extranjeros al país?
    ¿Impulsaría un marco normativo que mejorara la calidad de la educación de los niños, jóvenes y adultos que habitan el país?
    ¿Es suficiente la garantía al debido proceso legal consagrado en el Artículo 18 (CN)? Los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos contribuyen al retroceso del sistema acusador?

  26. En el apartado dedicado a la libertad en sus relaciones con la producción económica, Alberdi desarrolla el Artículo 14 bis de la Carta Fundamental, dice que los principios consagrados en este articulado, deben aplicarse de manera práctica a la realidad del país.
    En cuanto a los derechos, propone que estos deben ser otorgados ampliamente a todos los habitantes del territorio Nacional, y abre la opción de participación a los extranjeros por ser estos portadores de conocimiento, voluntad de trabajo y aptitud para desempeñarse en el país. Otorga especial preponderancia a la libertad de industria y trabajo para todos los actores vivos de la sociedad, basando estos principios en la teoría de Adam Smith. Enumera cada una de las formas de libertad que deben son respaldadas por la Constitución como son la libertad de comercio, locomoción, publicación de ideas, de asociación, libertad de culto, libertad de enseñar y aprender, se reglamenta por primera vez la obligación de liberar a los esclavos, de realizar toda actividad que no esté explícitamente prohibida en la norma. Cierra este acápite diciendo que la falta de liberta, es el caldo de cultivo para la tiranía y la debacle social del país.
    Lo novedoso
    En este capítulo se enfatiza en la libertad que establecida en todas sus formas, debe garantizar un amplio desarrollo de la economía del país. Me llama mucho la atención que la Argentina de la época apenas estaba entrando en los albores de su autonomía estatal, y ya se establecía por vía Constitucional la obligatoriedad de liberar a los esclavos y acabar definitivamente con este modo de producción. También se ordenaba a los administradores de la ley a liberar al Estado de todo aquello que pudiera haberse heredado de la época colonial.
    Tres preguntas
    ¿No puede ser contraproducente otorgar demasiada libertad a los hombres? No cree que esta debe sujetarse a la condición de que exista cierto grado de culturización?
    ¿Cree que la población de esta época (siglo XXI) estaría en la capacidad de manejar tanto grado de libertad?
    ¿Cree que la Constitución del país debe ser adaptada a los tiempos que corren?

  27. Acerca del Artículo Primero tercer capítulo
    Alberdi en el Capítula tercero Artículo I de su obre, se propone demostrar cómo las leyes que reglamentan el ejercicio de los Derechos establecidos en la parte orgánica de la Constitución Nacional, pueden ser contrarias a esta cuando legislan sobre asuntos que contradicen el espíritu de la Norma de 1853.
    En diez acápites, el autor presenta como ejemplos los códigos de fondo como el código Civil, el Código de Comercio, Código penal, Códigos aduaneros, de comercio y leyes procesales, mediante normativas restrictivas coartan la libertan que se proclama con bastante firmeza desde el preámbulo de la Carta fundamental. Los fines de las ramas del poder, señala Alberdi, son legislar, interpretar y ejecutar las normas, y no les está permitido crear escollos que embaracen de impedimentos, impuestos, trámites y excesivas regulaciones a los códigos de fondo. Como justificación de su negativa a aprobar leyes restrictivas de la libertad de quienes nacen, viven y transiten por el territorio Nacional, el autor señala que estas normas estimulan el ocio en los nativos y hacen que los extranjeros aborrezcan el ingreso al país, con lo que se perdería el crecimiento económico y se perdería la oportunidad de crecimiento como país soberano.
    Lo sorprendente
    Dentro de todas las restricciones que menciona el autor, me llama la atención el hecho de que hoy existen innumerables leyes que de ser observadas con lupa, estarían en contra del espíritu que Alberdi quiso implantar en la Constitución Argentina. Ejemplo de todo esto lo encontramos en los códigos que se han venido aprobando y que si bien se han convertido en importantes logros en favor de las clases menos favorecidas, y en todo caso, de quienes se encuentran en desventaja contractual frente a sus conciudadanos, De cierta manera se convierten en barreras infranqueables para los intereses de algunos ciudadanos. Como ejemplo de esta codificación que Alberdi llamaría derogadora de la Constitución, encontramos las normas en favor de los consumidores, leyes laborales, y en general las denominadas normas de orden público que buscan poner en pie de igualdad a todos los ciudadanos pero que estarían en contra de lo libertan proclamada de manera reiterada por nuestro autor.
    TRES PREGUNTAS QUE LE HARÍA AL AUTOR
    1. Tomando en cuenta la lectura de esta sección, Considera que la industria en manos del Estado puede ser un caldo de cultivo para la corrupción que hoy pone a América latina como protagonista de este flagelo?

    2. Considera que las actuales leyes laborales atentan contra la Constitución Nacional?

    3. Las Normas que reglamentan el ejercicio de derechos, deben ser reformadas constantemente?

  28. Alberdi Segunda parte Artículos I, II, y III
    Juan Bautista Alberdi, en la segunda parte de su libro, capítulos I, II, y III referente a las garantías laborales establece con arreglo a la Constitución Nacional, la abolición de la esclavitud, la libertad laboral. Enfatiza en la libertad, seguridad, igualdad con respecto al derecho del trabajo. Estos principios aplicados a la práctica se llevan a cabo, según el autor, mediante la liberación de los salarios, con el objeto de que no exista incumbencia del Estado en las relaciones entre trabajador y empleador. Considera que la intervención del Estado en las relaciones laborales, constituyen un escollo que coarta la autonomía de la voluntad de las partes en los contratos de trabajo, y que la intervención de un tercero debe ser estrictamente judicial y al solo fin de mediar para acordar el salario. No cree que sean necesarios los gremios de trabajadores, las normas que regulen las relaciones laborales, ni controles que puedan desincentivar a los trabajadores o empleadores a desarrollar sus actividades.
    Por último enfatiza en la necesidad de abolir la obligatoriedad del servicio militar y a cambio de ello impulsar buenas relaciones internacionales. Concluye diciendo que el salario debe ser libre accesible y seguro.
    LO SORPRENDENTE
    El autor basa su análisis en este punto sobre una naciente sociedad argentina que procura echar raíces en el país con las mejores intenciones de progreso y libertad. Sin embargo considero que deja de lado las posibles desigualdades que históricamente han acompañado a todas las sociedades del mundo. Considero que es necesaria no solo la regulación de los acuerdos entre particulares, sino, principalmente el control gubernamental en las relaciones de trabajo. Desafortunadamente el auge de la industrialización y la necesidad de crecimiento de las empresas, han llevado a los hombres a desarrollar una mentalidad egoísta y es evidente que el empresario siempre se ha aprovechado de la hiposuficiencia que tienen los trabajadores frente a los empleadores. Por ese motivo en estos tiempos se hace necesaria una intervención del Estado en las relaciones de trabajo con el fin de garantizar que en estas, los empleados cuenten con herramientas jurídicas para hacer valer sus derechos.
    TRES PREGUNTAS AL AUTOR
    ¿Cree que la eliminación de normas laborales pude contribuir al desarrollo económico del país en la actualidad?
    ¿Considera que la existencia de la “mano invisible” en las relaciones de trabajo garantiza la igualdad entre trabajadores y empleadores?
    ¿el conjunto de normas laborales existente en el país obstaculiza la libertad accesibilidad y seguridad de las partes en una relación de trabajo’

  29. Resumen: Puedo entender por las palabras de Alberdi, que para él, la conformación de la riqueza de un país, tiene que contar con 3 factores en su conjugación y aplicación.
    1) Los Agentes Productores de La Nación: El Capital, la Tierra y El Trabajo.
    2) El Modo De Aplicación en la Economía de estas fuerzas: La Agricultura, El Comercio, y la Industria Fabril.
    3) Y por último los productos de la conjunción y la aplicación de esas fuerzas.

    Nuestro prócer se pregunta si en el mayor interés de la Nación, es mejor la intervención del Estado en los procesos Económicos o No. El cree como creo yo, que la libertad de dichos factores Económicos que integran la economía, se deberían dejar en libertad para su expansión y desarrollo. Como Adam Smith: El Sistema De Libertad Natural, beneficia sin proponérselo al bien común y genera riqueza. Y en eso radica sencillamente LA RIQUEZA DE LAS NACIONES, cualquier otro camino no llevara a buen puerto a ninguna Nacion, por mas buenas intenciones que se tengan. Pone Alberdi el ejemplo de España y la decadencia conseguida por seguir políticas erróneas, como las de Colvert que hoy estaría cercana a la escuela Keynesiana o el Socialismo. Sin la libertad económica nuestro destino será el mismo de esos países que mantienen encadenadas sus fuerzas de libertad económicas a los caprichos de la dirección estatal. Seremos una triste y pobre sombra, de la gloriosa Nación que una vez supimos ser…

    QUE ME PARECIO NOVEDOSO: que en esa época de absolutismo estatal, alguien fuera contra toda la corriente, es de una valentía y visión que es muy escasa en estos días.

    PREGUNTAS QUE LE HARIA AL AUTOR:
    1) ¿Cómo se cambia a una mentalidad emprendedora, en un País que nos ha enseñado por decenios a esperarlo todo del Estado?
    2) ¿Cuánto tiempo y por cuáles medios se puede lograr esta conversión?
    3) ¿Cuál sería el rol del estado para lograr este cambio?

  30. En el capítulo séptimo de su libro, juan Bautista Alberdi llama la atención sobre un tema que en la actualidad cobra bastante vigencia como es el del gasto público y su objeto.
    En primer lugar dice el autor que el verdadero gasto que contribuye al crecimiento de la Nación y al fortalecimiento de las instituciones es aquel que esté de acuerdo con la letra de la Constitución Nacional y principalmente con el cumplimiento de los principios establecidos en el preámbulo.
    Considera que el gasto público se debe reducir a la inversión en cinco ministerios específicos que se encargan del crecimiento económico, la educación de los habitantes de la Nación, la seguridad, e inversiones de interés general para todo el territorio, sin descuidar el carácter federal del país, en virtud del cual cada provincia tendrá su propio control sobre los ingresos y egresos económicos.
    Finalmente el autor llama la atención sobre la importancia de la contribución económica de cada ciudadano para invertir su dinero en infraestructura del país, como una forma de apropiarse y participar activamente en el crecimiento de la Nación.
    Lo sorprendente.
    Me llamo mucho la atención el carácter de sobriedad económica con el que el autor aboca el tema del gasto público. La desburocratización del Estado y el gasto mínimo deberían ser los principios que rijan el sistema de gobierno actual. Considero en línea con el autor, que cuanto menos funcionarios públicos con excelente preparación se aboquen a cumplir con las obligaciones propias de la cosa pública, mejores resultados se podrán obtener en favor de la república.
    Me parece positiva la idea de que cada ciudadano ponga una parte de sí para contribuir al crecimiento de la nación en cada una de sus instituciones. La simple crítica de aquellas acciones que realicen los gobiernos no es suficiente para alentar el progreso del país. Si cada uno de nosotros pusiésemos de nuestra parte y aportáramos nuestro conocimiento, recursos y capacidad para impulsar el crecimiento de la nación, veríamos mejores avances y serían menores los retrocesos que se observan con cada crítica destructiva en contra de los gobiernos de turno.
    Tres preguntas al autor
    ¿Cuál sería su mejor estrategia para hacer que cada ciudadano se convirtiera en parte activa del crecimiento de la nación?
    ¿Cree que con la eliminación de algunos ministerios actuales el país podría marchar de manera eficaz?
    ¿La educación, el mejor aprovechamiento de recursos y la creación de un marco normativo estable pueden garantizar el crecimiento económico del país?

  31. RESUMEN: En la introducción de su libro, Juan Bautista Alberdi busca mostrarnos todas las disposiciones de materia económica que se previeron a lo largo de de nuestra Constitución. Para el autor se busca un trabajo de economía aplicada y positiva, en el que no sean utilizadas teorías y fórmulas abstractas escritas en distintos textos económicos. A su vez, pone énfasis en la importancia de la riqueza para el sostenimiento del Estado, y menciona los tres factores que contribuyen a su desarrollo, siendo: las fuerzas o agentes productores, su modo de aplicación, y los productos que se obtienen de su aplicación. Por otro lado, menciona a la escuela mercantil y la economía socialista, que son opuestas a nuestra Constitución; la escuela physiocrática, y la grande escuela industrial, de Adam Smith, que es a la que más se asemeja nuestra Constitución en cuanto a que consagra principios de libertad, como las cuatro escuelas económico políticas del momento.

    NOVEDOSO: Aunque resulta coherente que Alberdi reconozca en la Constitución los principios y lineamientos del modelo económico que se buscaba para nuestro país, esto no deja de sorprenderme debido a que hoy en día ninguno de nuestros políticos se respalda en algo tan básico y fundamental como nuestra Constitución para planear un modelo de país, y su estructura económica. Creo que la mejor manera para empezar a resolver ciertos problemas de nuestra economía sería apoyarnos en nuestra constitución y en el modelo de país que pensaron nuestros constituyentes, tal como pensaba Alberdi.

    PREGUNTAS: ¿Usted cree que siguiendo los lineamientos de nuestra constitución en relación al modelo económico podríamos empezar a resolver algunos problemas básicos?

    ¿Cree que en cierta forma nuestra constitución en su aspecto económico ha sido derogada?

  32. CAPITULO I Y II.
    CAPITULO III ARTICULO I.
    CAPITULO III ARTICULO II HASTA PUNTO IX.
    CAPITULO III ARTICULO II PUNTO X ,Y,XV.
    CAPITULO III ARTICULO I PUNTO IX, X, XV ,IX .
    CAPITULO
    HABLA EL CAPITULO DE LO QUE SE REDACTA EL PREAMBULO DE LA CONSTITUCION NACIONAL EN VERDAD DE LO QUE SERIA EN CUANTO A SU REDACCION HABLA DE QUE SE PROMUEVE EL BIENESTAR GENERAL A LOS HABIRTANTES DEL SUELO ARGENTINO.
    EN CUANTO AL PODER QUE OTORGA PARA REALIZAR LEYES EN EL ARTICULO 64 QUE LE DA ESA FACULTAD AL CONGRESO.
    IMPORTACION DE CAPPITALES EXTRANJEROS Y FORTALECIMIENTO DE LA INDUSTRIA EN CUANTO EXPLOTACION DE LA INDUSTRIA EXPLOTACION DE LAS INVERSIONES.
    EN CUANTO A LA CONFORMACION DEL TESORO INDUSTRIAL.
    EL ENRRIQUECIMIENTO DEL PAIS EN PROBARLO
    LA REVOLUCION DE AREGE NTINA EN CONTRA LA ESPAÑA COLONIAL.
    CAPITULO II
    DERECHOS Y GARANTIAS PROTECTORAS DE LA PRODUCCION
    EN CUANTO A LO QUE EN CUANTOA LA FORMA QUE SE PRODUZCA.
    ARTICULO PRIMERO
    HAY GARANTIAS QUE SON COMUNES A TODOS LOS GENEROS DE INDUSTRIA
    LIBERTAD PROPIEDEAD SEGURIDAD INSTRUCCIÓN
    ESTO SI TIENE COMO MORAL Y NO POLITICA HABLA DEL BIENESTAR DEL PAIS
    CON LA PRODUCCION ECONOMICA EL ARTICULO 14
    EN CUANTO A LAS LEYES QUE REGLAMENTAN SU EJERCICION EL ARTICULO 28
    SON VARIOS LOS REGLAMENTOS
    SE PUEDE PROFESAR LIBREMENTE SU CULTO
    SE PUEDE EJERCER LIBREMENTE SU INDUSTRIA
    SE PUEDE CESAR Y DISPONER DE SU PROPIEDAD
    SE PUEDE ASOCIA CON FINES UTILES
    LAS LIBERTADES ECONOMICAS ETC. SIEMPRE SERAN ACORDES A LAS LIBERTADES QUE REGLAMENTAN SU EJERCICIO
    CUANDO AL FIN LOS REGLAMENTOS Y LAS LIBERTADES LAS PUEDEN CESAR COMETEN ATENTADO CONTRA LA CONSTITUCION.
    LIBERTAD DE DERECHO DE PRENSA
    LIBERTAD DE DERECHO DE PETICION
    LIBERTAD DE USAR Y DISPONER DE SU PROPIEDAD LIBERTAD DE ASOCIARSE
    LIBERTAD PARA PROFESAR LIBREMENTE EL CULTO
    LIBERTAD DE ENSEÑAR Y APRENDER
    HAY PRIVACIDAD DE LAS ACCIONES DE LOS HOMBRES
    NO EXISTE MAS EL TRAFICO DE PERSONAS
    CAPITULO II ARTICULO II
    HAY PRINCIPIO DE IGUALDAD
    CUANDO EL APARTAD II
    SE ENUNCIAN LOS PRIMEROS ARTICULOS DE LA PARTE ORGANICA SON DERECHO Y GARANTIAS ASI SE LLAMAN EN SU REDACCION Y FUNDAN LAS BASES DE LA DEMOCRACIA
    EN CUANTOA LOS EXTRANJEROS GOZARAN EN EL SUELO ARGENTINO LOS MISMODÇS DERECHO ARTICULO 20
    QUE NO EXISTEN MAS ESCLAVOS QUE NO HAY PRERROGATIVAS DE SANGRE NI DE NOBLEZA
    SIEMPRE SE REFIEREN A LAS LEYES
    CIVILES
    FISCALES ECONOMICA
    A. PRODUCCION DE LAS RIQUEZAS.
    B. B. PRODUCCION ECONOMICA.
    C. DE LA PRODUCCION NACION
    D. EN CUANTO A LA SUCESION HEREDITARIA SE EXCLUYE AL MAYORAZGO
    E. SE VE EN PARTE LA FABRICACION DE MAQUINAS
    F. SE AMPLIA LA POBLACION CON INMIGRACION EUROPEA Y SE HACEN FERROCARRILES Y ESCUALAS.

    APARTADO III
    HABLA SOBRE
    LA INVIOLABILIDAD DE LA PROPIEDAD 17
    LA CONFISCACION DE LOS BIENES NO EXISTE EN LA CONSTITUCION 17,18
    EN CUANTO A LA EXPROPIACION ES PREVIANTE INDEMNIZADA
    SIEMPRE POR LEY PREVIA 17, 64
    NO PUEDE OTORGARSE AL PODER EJECUTIVO NI A LA POBLACION CIVIL LA SUMA DE PODERES EXTRAORDINARIOS 29
    LA PRODUCCION AGRICOLA
    LA PRODUCCION MINERA COMO TAMBIEN LOS AGRCULTORES EN ESTA N MENCIONADOS EN ALGUN CAPITULO EN PARTE SE HABLA DE NO PODER SACAR DE TRIBUNALES NATURALES CONSTITUIDOS AL EFECTO DEL JUZGAMIENTO RAZONABLEMENTE CREADOS POR LEYES O TAMBIEN CAMBIEN LA FINALIDAD DE LA PROPIEDAD LOS CODIGOS REGULAN ESTAS PARTES.
    APARTADO V
    LA PRODUCCION ES EL FORTALECIEMIENTO
    HABLA EN VARIOS ARTICULOS QUE PUEDE ADEMAS HABER PRODUCCION EN PARTICULAR RESTANTE HABLARAN DE PROPIEDAD PRIVADSA Y DE CUANTO SE EMPLEA EN SU PROTECCION AL GOBIERNO FEDERAL SOLO SE REFIERE A LA EDUCACION.
    ARTICULO 64 ARTICULO 25 ARTICULO 104 ARTICULO 59
    DEL ARTICULO II
    SOLO SE REFIEREN A LA PRODUCCION DE FAUNA Y FLORA CON MENCION DE SUS RESPECTIVOS REGLAMENTOPS
    ARTICULO III
    HABLA DEL COMERCIOP EN LA INDUSTRIA QUE DE FORMA QUE LA PROTEJE Y SE REGULA LA CONSTITUCION FEDERAL Y NO LOS CODIGOS DE FONDO
    LA NAVEGACION Y EL COMERCIO DE LOS RIOS INTERIORES
    LAS LIBERTADES QUE TIENEN LOS EXTRANJEROS A LA REPUBLICA ARGENTINA
    EN CUANTO A LAS ADUANAS NACIUONALES REGULAN LOS IMPUESTOS INTERNO
    HAY LIBERTAD DE COMERCIO
    HAY TRATADOS CON LAS NACIONES EXTRANJERAS
    ARTICULO 14 , ATRTICULO 20.
    EXISTEN ENTONCES PRINCIPIOS DE DERECHO PUBLICO EN CUANTO EN CUANTO A LOS TRATADOS DE COMERCIO O TRATADOS INTERN ACIUONALES
    ARTTICULOS 75 INCISO 22, ARTICULO 27.

    TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS
    ARTICULO 27 ARTICULO 28 ARTICULO 9 ARTICULO 11 ARTICULO 12
    APUNTA A LEYES PROTECTORIAS
    SE FOMENTA A LA INMIGRACION PARA EL EMPLEO DE LA INDUSTRIA.
    SISTEMA PROTECCIONISTA EXCLUYE EL MONOPOLIO
    SIEMPRE DENTRO DE LOS TERMINOS QUE LAS MISMA COSNTITUCION EXIGE PARA PODER REGLAMENTAR EN SU METERIA
    SE EXCLUYEN LOS PRIVILEGIOS
    EL SISTEMA ADUANAS
    POLITICAS PROTECCIONISTAS
    NO PODRAN HABER MONOPOLIOS
    A ESE FIN SE CREAN LAS ADUANAS SE GENERAN LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS DE DISTRIBUCION FEDERAL
    ARTICULO 25 ARTICULO 17 ARTICULO 14 ARTICULO 64 INCISO 16
    CAPITULO III
    ESCOLLOS Y PELIGROS A QUE ESTAN EXPUESTAS LAS LIBERTADES PROTECTORAS DE LA PRODUCCION.
    COMO GARANTIAS ECONOMICAS DE LA CONSTITUCION PUEDEN SER DEROGDAS POR LAS LEYES QUE SE DICEN PARA ORGANIZAR SU EJERCIO.
    SIEMPRE VA A HABER RELACION ENTRE DERECHO DE LAS PARTES ORGANICAS Y LA PARTE DOGMATICA DE LA CONSTITUCION SE CONSIDERA NECESARIA PRIMERO PARA LA PROTECCION E INVIOLABILIDAD DE TODAS SUS GARANTAIAS NO SOLO SE REFIERE A LA PROTECCION E INVIOLABILIDAD DE TODAS SUS GARANTIAS TAMBIEN SE REFIERE A LA RACIONALIDAD CON QUE SE SANCIONAN ENTRE LEYES PERO SI A SU FORMA SIEMPRE ES POR EL CONGRESO NACIONAL QUE SON SANCIONADAS.
    SIEMPRE DE EVADIR EL PELIGRO DE QUE HAY UNA FORMA DE NO SER MENOSCABADO O EXPUESTO A DEGRADACION DE ALGUNOS DE LOS ARTICULOS QUE PROTEGEN ESOS INSTITUTOS QUE SE MENCIONAN O SE REDACTEN EN LA PRIMERA PARTE DE LA CONSTITUCION.
    HABLA DEL SISTEMA COLONIAL Y SE REFIERE A ESTE COMO DE LA TIRANIA QUE SE ENFRENTA A LA REPUBLICA DE UNA CONSTIRUCION FEDERAL SANCIONADA POR CONGRESO CONSTITUIDO ARTICULO 30 ARTICULO 31 ARTICULO 27 ARTICULO 28 ARTICULO 64 ARTICULO 75 INC 22.
    ES NADA MAS QUE “LA TIRANIA EN OPOSICION DE LA CONSTITUCION FEDERAL PARA EXPRESAR EL METODO COLONIAL DEL REGIMEN ANTERIOR A LA CONSTTUCION.
    LIBERTADES: SE PODRIA HABLAR DE LIBERTAD POLITICA A ESO DEBERA APUNTAR EL LEGISLADOR.
    TAMBIEN SE FIJA EL PRECEPTO CONSTITUCIONAL PARA LA SANCION DE LOS CODIGOS.
    HABRA QUE REPUNTAR INDUSTRIA PROPIEDAD PRIVADA INDUSTRIA FABRIL Y COMERCIO
    HABRIA ENTONCES FORMAS DE DEROGAR LAS GARANTIAS CONSTITUCIONAL
    ENTONCES REGULARIA LA AGRICULTURA LA PRODUCCION FABRIL Y EL COMERCIO
    NO HAY CONFISCACION DE BIENES NO HAY DECOMISO
    TAMPOCO EXISTE EL EMBARGO PENAL
    LAS LEYES PENSLES EN BLANCO SE REFIEREN SOLO A LAS LEYES PENALES INCOMPLETAS QUE GENERAN EL CRIMEN
    HAY REGULACION DE LA AGRICULTURA DE LA INDUSTRIA FABRIL DEL COMERCIO.
    CAPITULO IX
    LA REGLAMENTACION QUE HACE LA CONSTITUCION SE LLEVE A CABO
    LEYES REGLAMENTACION DE LAS LEYES ORGANICAS
    ARTICULO 30 ARTICULO 31 ARTICULO 28 ARTICULO 27 ARTICULO 75 INCISO 22
    CAPITULO X
    DEROGACION DE LAS LEYES ORGANICAS
    COMO LA CONSTITUCION HACE LA FPORMA DE LLEVAR AL CABO LO QUE SU PROPIA FORMA REQUIERE
    EL ARTICULO 14 SE ESTABLECE QUE LOS HABITANTES DE LA CONFEDERACION GOZARAN DE CIERTOS DERECJHOS DE TRABAJAR Y EJERCER SU INDUSTRIA LICITA.
    EN EL ARTICULO 17 NO HAY CONFISCACION DE BIENES ES ESO EN CUANTO A LA EXPROPIACION CON PREVIA INDEMNIZACION LAS LEYES QUE REGLAMENTAN SU EJERCICIO SON EL DERECHO QUE SE APLICA YA SE MENCIONARA QUE LA INTERPRETACION PERTENECE AL PODER JUDICIAL.

  33. RESUMEN DE LA INTRODUCCION

    En este escrito Alberdi hacia alusion a la economia politica en su relacion con el derecho publico y describe los tres elementos que concurren a la formacion de riquezas: las fuerzas productoras, que son, el trabajo, la tierra y el capital; el modo de aplicar dichas fuerzas que se dividen en la agricultura, el comercio y la industria fabril y por ultimo los productos de la aplicacion de esas fuerzas.
    A su vez divide la economica politica en cuatro escuelas:
    – La escuela mercantil, representada por Colbert, adquiria la riqueza mediante las manufacturas y el comercio; sometiendose a una intervencion limitada y despotica.
    – La escuela socialista, donde existe una intervencion del estado en la organizacion de la industria que limita la libertad del individuo.
    – La escuela physiocratica, representada por Quesnay, donde prevalece la libertad del individuo.
    – Y la escuela de Adam Smith en la que, al igual que la escuela physiocratica, se destaca la libertad del individuo, la libertad economica para adquirir y enajeanar bienes privados.
    Estas dos ultimas son las a las que pertenece la doctrina economica de la Constitucion Argentina.

    NOVEDOSO

    Alberdi plantea la necesidad de poblar la nacion, dandole al extranjero los mismos derechos que al ciudadano argentino, mediante el articulo 20 de la Constitucion Nacional, dando al trabajo la carta de ciudadania.

    PREGUNTAS AL AUTOR

    ¿Cree que el metodo que planteó fue el correcto?
    ¿Que piensa sobre la distribucion de la riqueza actual?
    ¿Que modificaciones le haria a la escuela de Adam Smith?

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