Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico y la protección de la industria:
Las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estímulo son, según el artículo citado, otro medio que la Constitución pone en manos del Estado para fomentar la industria fabril que está por nacer.
Este medio es delicadísimo en su ejercicio, por los errores en que puede hacer caer el legislador y estadista inexpertos, la analogía superficial o nominal que ofrece con el aciago sistema proteccionista de exclusiones privilegiarías y de monopolios.
Para saber qué clase de protección, qué clase de privilegios y de recompensas ofrece la Constitución como medios, es menester fijarse en los fines que por esos medios se propone alcanzar. Volvamos a leer su texto, con la mira de investigar este punto que importa a la vida de la libertad fabril. Corresponde al Congreso (dice el art. 64) proveer lo conducente a la prosperidad del país, etc., promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas indus-trias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores (¿por qué medio? – la Constitución prosigue), por leyes protectoras de estos FINES, y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estimulo (protectoras igualmente de esos FINES, se supone) .
Según esto, los FINES que las leyes, los privilegios y las recompensas están llamados a proteger, son:
La industria,
La inmigración,
La construcción de ferrocarriles y canales navegables,
La colonización de tierras de propiedad nacional,
La introducción y establecimiento de nuevas industrias,
La importación de capitales extranjeros,
Y la exploración de los ríos interiores.
Basta mencionar estos FINES para reconocer que los medios de protección que la Constitución les proporciona, son la libertad y los privilegios y recompensas conciliables con la libertad.
En efecto, ¿podría convenir una ley protectora de la industria por medio de restricciones y prohibiciones, cuando el art. 14 de la Constitución concede a todos los habitantes de la Confederación la libertad de trabajar y de ejercer toda industria? Tales restricciones y prohibiciones serían un medio de atacar ese principio de la Constitución por las leyes proteccionistas que las contuviesen; y esto es precisamente le que ha querido evitar la Constitución cuando ha dicho por su artículo 28: – Los principios, derechos y garantías reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. Esta disposición cierra la puerta a la sanción de toda ley proteccionista, en el sentido que ordinariamente se da a esta palabra de prohibitiva o restrictiva.
Guía de discusión N° 3
Alumno: Florencia Villaclara
1) Resumen:
Respecto de la producción comercial, el autor sostiene la importancia de salir del sistema de opresión mercantil colono y para eso la Constitución debe garantizar a todos los habitantes ejercer libremente el comercio y la navegación, sin poder alterárselos por leyes reglamentarias.
Respecto de la industria fabril,
Luego de las nefastas consecuencias de Felipe II y Carlos V, es necesario recuperar la industria y para ello es necesario, por un lado la enseñanza gratuita de las clases obreras y la inmigración de clases laboriosas e inteligentes, por el otro. Se requiere para ello concesiones temporales de privilegios y recompensas de estimulo.
2) Lo novedoso o sorprendente para mi es que plantea el crecimiento de la industria no empleando un sistema protector o proteccionista consistente en la prohibición de importar ciertos productos o la imposición de fuertes derechos aduaneros sino, al contrario, derogando la legislación vigente que atente contra la libertad a todas las industrias como trabas institucionales opuestas a l libertad de consumos nacionales y encomendar al Congreso a dictar nuevos códigos para proteger los nuevos principios de la Constitución republicana.
3) Preguntas al autor:
a) ¿Qué legislación se aplicaba antes de la redacción de los nuevos Códigos?
b) Cuál era la industria fabril más próspera en la época?
c) ¿Existían trabas aduaneras y de importación antes de la nueva Constitución?
ANALISIS: Alberdi analiza la situación fabril del país, sostiene que los Españoles son quienes nos llevaron a las ruinas de la libertad económica, ya que contentos con el oro de América, desatendieron sus fábricas y para imponernos el consumo de sus productos, no nos dejaron exportar ni establecer manufacturas, allí se encuentra la razón de la nulidad de en materia industrial. Menciona los medios que debe utilizar el Estado para intervenir en la creación y el fomento de la industria fabril, alguno de ellos son: la educación e instrucción, los estímulos, la libertad de industria y comercio, entre otros. Retoma el papel que tiene la educación enunciando la obligación del Congreso a proveer el progreso. En cuanto a la inmigración, cree que se debe fomentar la inmigración de clases laboriosas e inteligentes. Insiste en que los fines de las leyes protectorias, de privilegio, de recompensa y de fomento nunca pueden restringir ni prohibir la libertad, porque en su caso, estaría atacando al principio establecido en la Constitución.
NOVEDOSO: Me llama la atención el énfasis que pone Alberdi en la libertad, como esa palabra es la riqueza de un país. Con respecto a la educación, trata de que todos puedan tener una formación ya sea por medio de la instrucción docente o por la experiencia de otros trabajadores, busca que los residentes no sean “vividores” sino que sepan a honrar y amar el trabajo.
PREGUNTAS AL AUTOR: 1) Cree que el “Plan progresar” funciona como estímulo?
2) Está de acuerdo en que exista libre importación y exportación?
3) Cree que el sistema de educación implementado actualmente en las escuelas secundarias es el correcto?
RESUMEN.
En la primera parte del fragmento que se nos dio para analizar, Alberdi analiza la importancia del comercio como medio de producción y de generación de riqueza. El mismo comenta que tal rama de la economía fue la más fustigada por el yugo español y que, por ende, requiere de las mayores protecciones constitucionales. En este sentido, además del reconocimiento explícito respecto del reconocimiento del derecho a la libertad de comercio y navegación, Alberdi dice que la Constitución impuso ciertas libertades auxiliares que asisten a tales libertades principales. Estas son la igualdad de derechos entre extranjeros residentes y los naturales argentinos, el derecho al libre tránsito en el territorio de la República, el derecho a la libre navegación, la prohibición de aduanas interiores y luego lo que él llama la garantía de la irrevocabilidad y la obligación al Estado de fomentar las relaciones de comercio con potencias extranjeras mediante la firma de tratados. En la segunda parte del fragmento a analizar, Alberdi diagnostica que la falta de industria fabril en la Argentina se debe al descalabro económico generado por las políticas de Carlos V y que por ende la Argentina debe crearla. Los medios para la misma son la educación por dos vías: instrucción profesional (académica) y luego el aprendizaje por la copia de buenos ejemplos. Para la primera se garantiza la educación primaria gratuita y para la segunda la promoción de la inmigración europea. Por último, Alberdi se dedica a querer reinterpretar una cláusula constitucional que puede derivar en la imposición de medidas proteccionistas para decir que la lectura armónica de la misma impide, por ejemplo, la imposición de aranceles muy costosos, la prohibición de importaciones, entre otras medidas.
NOVEDOSO O IMPORTANTE.
Uno de los primeros puntos que me pareció digno de rescatar es el énfasis que realiza la Constitución, y que explicita Alberdi, respecto de la prohibición de las aduanas internas, mediante la prohibición expresa de la misma en cuatro oportunidades separadas. Tal insistencia demuestra lo traumática que fue esta cuestión para la formación de la República Argentina. Otra cuestión que me parece sumamente importante de rescatar es la vigencia que tiene el fragmento mediante el cual reconoce la debilidad de la institucionalidad argentina y como la misma puede llegar a sufrir vaivenes y modificaciones de toda índole, inclusive constitucional, y que por ende cree que un medio para lograr cierto grado de continuidad en ciertas políticas internas puede darse mediante la fijación de ciertas políticas externas, como la promoción y el mantenimiento de relaciones comerciales con potencias extranjeras mediante la firma de los tratados. El paralelismo que hago con nuestro presente es lo que fue la antesala y luego la firma del tratado de comercio entre la Unión Europea y el Mercosur donde se decía que el Presidente Macri impulsaba tales medidas para, entre otras cosas, forzar la competitividad de ciertos sectores que, a lo largo de los años, han logrado imponer sus intereses sectoriales y por ende obtener privilegios en detrimento de la economía en general. Por último, al igual que desde el primer trabajo práctico, me sigue sorprendiendo la insistencia de Alberdi de que la Revolución de Mayo fue una revolución económica más que política. Es decir, que el principal motor fue siempre económico y no tanto basada en cuestiones políticas, sea conceptuales de libertad individual como también cuestiones geopolíticas.
PREGUNTA.
¿Por qué únicamente la enseñanza primaria debe ser gratuita y no la secundaria o universitaria? ¿No cree que su interpretación restrictiva a la cláusula de concesiones de privilegios es medio estirada? ¿Con qué finalidad agregó usted tal cláusula a la Constitución, o fue doblegado usted contra su voluntad? ¿Cree que con las sucesivas reformas constitucionales sigue siendo inconstitucional, como en su época, las limitaciones al movimiento de capitales y el control de cambios?
Alumna: Micaela R. Naveira
RESUMEN: Relata Alberdi que nuestra Constitución busca salir completamente del modelo que la España colona había establecido para el área fabril y de consumo, en la, ahora, República Argentina. Dice que nuestra Constitución limita al mínimo la intervención del Estado en la actividad fabril, quedando esta relegada solo a la educación e instrucción y a la estimulación; debiendo abstenerse de emitir leyes prohibitivas y con la obligación de derogar las preexistentes, respetando como máxima la libertad de industria y de comercio. Dice también que es importante, en miras del desarrollo, la promoción de la inmigración. La Constitución plantea que el Estado proteja la libertad y crecimiento de la industria fabril Argentina, pero veda la posibilidad de imposibilitar la importación de productos ya que considera que esto resulta violatorio de la libertad de consumo.
NOVEDOSO:
Resulta novedoso, o curioso, esta cuestión que plantea Alberdi de la la protección de la industria fabril Argentina, pregonando como máxima la libertad, que, creo, en la actualidad se ve coartada, o por lo menos, perjudicada por la políticas económicas implementadas por los gobiernos, que, emiten leyes, que, en vez de resultar protectorias y estimulantes, no hacen mas que trabar el ejercicio de la libre producción y comercio.
PREGUNTAS:
¿Cree que seria conveniente emitir leyes que respeten estos principios, específicamente destinadas a la protección de las PyMEs?
¿Cree que las políticas económicas de los últimos gobiernos han respetado el principio de libertad para la industria y el comercio?
RESUMEN:
En esta sección, Alberdi comienza con una descripción de la situación en que se encontraba la industria fabril por aquellos tiempos. Una vez más hace referencia al régimen instaurado durante la ocupación española, pero esta vez con mayor énfasis, destacando lo nefastas que fueron las políticas aplicadas y que, por consecuencia de ello, la industria fabril en la confederación era prácticamente nula, debiendo la Nación crearla desde sus bases. El autor propone lograr este fin a través de garantías consagradas en la Constitución, que tienen por objeto incentivar y proteger la industria fabril. A su vez, aclara que estos serán los únicos medios con los que el Estado contará para intervenir.
Destaca a la educación como la principal herramienta para activar la industria, a través de la enseñanza y de la inmigración de trabajadores que aporten conocimiento, para fomentar en la población la cultura del trabajo. Además, menciona como principal pilar para el fomento de la industria la necesidad de infraestructura en la totalidad del país, abarcando los ríos y canales navegables, la construcción de ferrocarriles y la urbanización del vasto territorio con que se contaba. Son estos fines los que la Constitución manda a desarrollar, a través de leyes protectorias y de fomento. Por último, aclara que a partir de la aplicación de la Constitución debía derogarse todo vestigio legal del régimen colonial y tampoco debía permitirse la creación de leyes que tengan por finalidad obstaculizar la libertad de la industria.
NOVEDOSO:
Mas que novedoso, noto una contradicción en el hecho de que, siendo Alberdi un férreo defensor del liberalismo clásico, introduzca disposiciones constitucionales que tengan como finalidad la intervención del Estado, para proteger una determinada industria. Si bien estas medidas, a mi entender, eran necesarias y son poco cuestionables desde ese sentido, me llama la atención que haya incluido tales herramientas, a pesar del recelo, que el mismo afirma en más de una oportunidad a lo largo del libro, que tiene con los legisladores de aquel momento y sabiendo que era muy probable que estas fueran utilizadas en el sentido contrario en que el las propone, dejando así la eficacia de sus preceptos a la interpretación que debían hacer aquellos de los que el tanto temía.
PREGUNTAS:
-Una vez consolidada la industria fabril, ¿Qué protecciones debieran mantenerse y cuales derogarse?
-¿Cuáles fueron los factores que impidieron un avance significativo de la industria fabril en nuestro país?
– Situándonos en el contexto actual del país ¿una total apertura de los mercados, sería beneficioso para las industrias locales?
Análisis: Alberdi en el art4 nos da una visión de la situación fabril del país y la necesidad de una industria fabril para levantarnos de las ruinas económicas provocadas por las colonias europeas. Y para lograrlo salir los medios: la educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de la industria y el comercio, la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar la existentes. El autor analiza cada medio empleado. En cuanto a la educación e institución nos dice qué hay dos trabajadores uno educado dentro del país y otro que vienen del extranjero . Lo más importante es que los jóvenes aprendan a amar el trabajo. Para ello el Estado debe destinar parte de su tesoro. Otro medio las leyes protectoras … para fomentar la industria . Es muy importante fijarse lo fines que persiguen para ello . Preguntas al autor: 1) cómo lograr que los jóvenes tengan interés en la industria fabril? 2) Qué privilegios legislativos podría darse al país para fomentar la industria fabril? 3) la importación de capitales ayuda o condiciona a la industria fabril?
Análisis: Alberdi en el art4 nos da una visión de la situación fabril del país y la necesidad de una industria fabril para levantarnos de las ruinas económicas provocadas por las colonias europeas. Y para lograrlo salir los medios: la educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de la industria y el comercio, la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar la existentes. El autor analiza cada medio empleado. En cuanto a la educación e institución nos dice qué hay dos trabajadores uno educado dentro del país y otro que vienen del extranjero . Lo más importante es que los jóvenes aprendan a amar el trabajo. Para ello el Estado debe destinar parte de su tesoro. Otro medio las leyes protectoras … para fomentar la industria . Es muy importante fijarse lo fines que persiguen para ello . Preguntas al autor: 1) cómo lograr que los jóvenes tengan interés en la industria fabril? 2) Qué privilegios legislativos podría darse al país para fomentar la industria fabril? 3)
Resumen
En esta parte del texto Alberdi empieza resaltando la importancia de proteger al hombre con las garantías que establece la constitución, explica que la tierra y el capital sin la intervención transformadora del hombre no es nada no puede producir riquezas por si sola , debido a esto es que la constitución busca fervientemente darle las garantías y libertades indispensables para asegurarse que el sea libre para generar riqueza.Ademas protege la propiedad , una esfera de privacidad excepto de la intromisión estatal siempre que no afecte a la moral ni al orden público, establece que no puede ser obligado a hacer lo que no manda la ley no privado de lo que ella no prohibe , que el congreso no puede conceder al ejecutivo nacional o provincial la facultad extraordinaria que pongan la vida del hombre a Merced de gobierno o de persona alguna.Tambien se considera que la educación es muy importante ya que la población necesita aprender las nuevas industrias por lo cual la enseñanza primaria debe ser gratuita ya que la institución va de la mano con el desarrollo económico y tecnológico , se reconoce la importancia del comercio para el crecimiento del país con lo cual se justifica que se garantice su libre ejercicio y que se eviten poner impuestos que afecten su desarrollo.
Lo novedoso
Me sorprendió que considere que el comercio es un medio de civilización además de enriquecimiento ya que generalmente uno solo lo ve como un medio para ganar o satisfacer las necesidades , que debido a la importancia del derecho de ejercer el comercio y la navegación que se establece en el art.14 lo convirtió en un derecho público y fundamental de los habitantes incluyendo a los extranjeros ya que en el sistema de las indias era todo lo contrario ya que era muy restrictivo respecto a los extranjeros y el comercio en el territorio , esto nos hace ver que el crecimiento y el desarrollo no está en tener recursos sino en poder intercambiarlos por otros que necesitamos para crear industrias , necesitamos tecnología y la única forma es otorgando libertades a todos los que pis n o habiten el país , también vemos la importancia del comercio cuando dice que contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las máquinarias , aumentando el valor de los productos de hecho el comercio es el que más ganancias tiene en la cadena de producción y por último que plantee que no deberían ponerse impuestos o que sean los mínimos para beneficiar el comercio exterior si bien eso nos beneficia a los consumidores no es así con las industrias locales ya que sus productos son más caros y la gente prefiere lo más barato en cierto modo estaríamos matando nuestro propio desarrollo y beneficiando solo a los extranjeros que no invierten en la Argentina.
Preguntas al autor
1_ Cree que la educación actual es la adecuada para satisfacer las exigencias que el mercado económico demanda de Argentina para ser una potencia industrial?
2_ Cree que sería adecuado una política protecciónista en cuanto a las importaciones para estimular el desarrollo del comercio e industria local?
3_Que piensa acerca de que muchos argentinos creen que tanto la educación como otros beneficios gratuitos deberían ser pagos para los extranjeros?
INTRODUCCIÓN
En este capítulo, Alberdi desarrolla como nuestra Constitución ha determinado los únicos medios de intervención de parte del Estado en la creación y fomento de la industria fabril: la educación e instrucción, la libertad de industria y de comercio, entre otros medios. Además se admiten dos géneros de educación industrial para nuestras clases trabajadoras, la que se obtiene por la instrucción profesional recibida en escuelas y la que se forma por la acción dele ejemplo trabajadores ya formados.
Admite que el principal medio que el Estado tiene de fomentar la industria fabril en la Republica consiste en gastar una parte del tesoro publico en enseñar al pueblo trabajador las diferentes fabricaciones y manufacturas que el país necesita.
NOVEDOSO
Me resulta novedoso como expresa que la Constitución le brinda al Estado la posibilidad de promover la derogación de infinitas leyes proteccionistas legadas por el antiguo régimen colonial, como por ejemplo la prohibición de importar ciertos productos. Esta intervención podría ser considerada de un modo negativo, pero eficaz en favor de la industria fabril de Argentina.
PREGUNTAS
¿Esta de acuerdo con las medidas proteccionistas de hoy en día?¿Cree que puede repercutir en el aumento de desempleo?¿Cree que son correctas para fomentar la industria fabril?¿Cree que es conveniente que exista tanto la libre exportación como la libre importación?
Resumen:
Alberdi explica la regulación de la producción comercial y de la industria fabril que establece la Constitución bajo las ideas de la libertad como medio y de la obligación del Estado de no intervenir, postura que justifica contrastando el fracasado proteccionismo español, régimen en el que ubica el origen de todas las preocupaciones y todo lo malo que sufre el país naciente.
Expone sin embargo, que el Estado podrá intervenir en el fomento de la industria fabril, aunque únicamente con determinados medios que son: la educación e instrucción –con inversión en la enseñanza gratuita de artes y oficios y promoción de la inmigración europea, en la que destaca “clases laboriosas e inteligentes en el trabajo”-; los estímulos y la propiedad de los inventos -mediante el ejercicio delicado de sanción de leyes y ofrecimiento de privilegios temporales y recompensas, siempre conciliables con la libertad, y solamente con miras a determinados fines que puntualiza -; la libertad de industria y de comercio –garantizándola de la manera más completa y sin reglamentaciones restrictivas-; y la imposición por un lado, de abstenerse el Estado desde ese momento y hacia el futuro de sancionar cualquier ley prohibitiva y, del deber de derogar, por otro, las existentes, provenientes del antiguo régimen colonial.
Aspectos destacables/ importantes:
Es interesante la clara distinción que establece entre protección y prohibición o restricción al poner a la libertad como centro al que afectan estas conductas. Si bien resulta simple comprender la idea por el desarrollo puntual que realiza de los medios de intervención del Estado, podría admitirse que no tan así, ubicar donde está el límite entre una y otra al momento de tomar medidas en contextos de crisis. En estos casos, será importante entender al autor en su contexto, tomando como guía sus conceptos pero resolviendo en base a la actualidad. Por otro lado, como contrapunto, digno me parece de destacar como aspecto a tener en mira para la resolución de problemas en toda época, el énfasis que debe ponerse en la educación y el trabajo, como factores claves de progreso económico y hasta sociológico.
Preguntas:
1) Podríamos decir que si bien la industria no está por nacer como en el aquel momento, hoy día se encuentra en recesión y necesita crecer, objetivo en el que coinciden. ¿Consideraría como un fomento conciliable con la libertad que el Estado otorgue subsidios temporarios a pymes y emprendimientos, o entendería eso como una intervención fuera de los límites precisados que no podría brindar una solución?
2) ¿Cuál sería su postura frente al caso actual de las entidades protectoras que recaudan en concepto de derechos de autor cobrándoles a hoteles y restaurantes cada vez que se registra la comunicación de una obra protegida? ¿Es una cuestión cuya solución depende de los montos y lo que se considere razonable o es de por sí una intervención excesiva?
3) ¿Encontraría hoy en las escuelas secundarias técnicas las escuelas de artes y oficios a las que refiere?
Alumno Ignacio Fernández Diaz
Resumen:
El autor hace un breve análisis sobre la situación fabril del país, empezando desde los gobiernos de los reyes Carlos V y Felipe II, los cuales encuentra totalmente equívocos y responsables incluso de las guerras que ocurrían en Europa. Apartándose totalmente de las políticas implementadas por estos gobernantes durante la época colonial, Alberdi establece los únicos medios de intervención estatal en materia fabril para lograr la prosperidad: la educación, los estímulos y propiedad de los inventos, la libertad de industria y comercio, la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Alberdi considera que la educación primaria debe estar garantizada por el Estado, siendo la educación estatal fundamental a la hora de instruir a la población en materia y cultura del trabajo. Con respecto a los medios de protección, el autor reconoce que solo la libertad, los privilegios y las recompensas son compatibles con la Constitución, cualquier norma que fuese en contra de estos principios sería totalmente contraria al espíritu de la Ley Suprema, especialmente de sus artículos 14, 17, 25, entre tantos otros.
Novedoso:
Es muy interesante el abordaje que Alberdi hace sobre la educación, siendo esta para el autor un factor fundamental, junto con la fomentación de la inmigración inteligente en materia del trabajo, puesto que buscaba que las próximas generaciones entendiesen la importancia del esfuerzo y la prosperidad. Asimismo, dice que es importante que el Estado instruya a la población en las diferentes manufacturas y fabricaciones que el país requiera, lo cual suena lógico considerando que en la época en la que Alberdi escribió este texto, el país se encontraba en plena construcción y era necesario asentar las bases de la que sería -o podría haber sido- la industria nacional.
Preguntas al autor:
1) ¿Por qué cree que, en las últimas décadas, en materia industrial el país tomó un rumbo más proteccionista totalmente ajeno al que usted ideó?
2) ¿Cree usted que el proteccionismo puede llevar a los empresarios locales a cierto grado de «comodidad», haciendo que estos no quieran tener que competir en el mercado?
3) ¿Cuáles son las industrias en las que Argentina podría haberse especializado y dedicado a producir?
Resumen
Alberdi en este artículo hace un recorrido por la historia económica y su relación con el trabajo, comenzando por la organización económica que se adoptó en las colonias españolas. Hace referencia a su vez de la industria fabril y de su desarrollo, destacando que nuestra constitución determina los medios de intervención del estado con relación a la industria donde resalta la gran importancia de la educación para la clase trabajadora para crear en la sociedad una especie de consciencia y respeto al trabajo, pero nuestra constitución no se limita solo a la población argentina, sino que incentiva la inmigración europea para que pueda trabajar en nuestro territorio, ya que como menciono anteriormente los consideraba más preparados y capaces para las labores. Alberdi hace un detenido análisis en cuanto al artículo 64 para especificar de qué clase de protección, recompensas y privilegios que se hablan en dicho articulo
Novedoso
El énfasis que hace en la importancia de la educación para el desarrollo de la industria, al expresar que “Más que la inteligencia de las partes, importa que la juventud aprenda en esas escuelas a honrar y amar el trabajo” encontrando como fuente la constitución en su artículo 14 al hablar de la educación gratuita.
Lo sorprendente es que al hablar del desarrollo fabril lo relaciona directamente a la educación formal tanto pública como privada y a la preparación practica o técnica del trabajo en sí, si bien parece algo lógico y que en la práctica da resultados no veo que se aplique en la actualidad
Preguntas
1)Considera Alberdi que hoy en día se educa para respetar y honrar el trabajo?
2)Que recaudos toma con respecto a las ganancias que generen empresas o industrias extranjeras?
3)Sirve realmente la prohibición de importar algunos productos?
Resumen:
Alberdi explica que los precedentes nefastos del régimen español durante los reinados de Carlos V y de Felipe II, incidieron para que nuestro país no tenga industria fabril, esto se debe a que España, satisfecha con el oro de América, desatendió y perdió sus fábricas, motivo por el cual, para imponer el consumo de sus productos fabriles en Argentina, prohibió la importación del extranjero, que se hagan manufacturas, que se construyan buques y que se eduquen hijos en otro país europeo que no sea España. Ante esta situación, para fomentar la industria fabril en el país, en la Constitución se determinó que los únicos medios de intervención por parte del Estado son: la educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de industria y comercio, y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes. Se remarca que la única protección que la ley puede dar es la libertad, y es por eso que ni las leyes viejas ni las leyes nuevas deben alterar los principios, garantías y derechos constitucionales con motivo de reglamentar u organizar su ejercicio.
Lo interesante:
Me pareció interesante el hecho de que los orígenes de la falta de industria fabril en Argentina estén en la época colonial. Me sorprendió que Alberdi tenga en claro que no sería fácil lograr tener una industria de este tipo sin que haya libertad económica, y fue por eso que dispuso que ni las leyes viejas ni las nuevas podrían coartar las libertades establecidas en la Constitución. Además, remarcó nuevamente que la clave para lograr una Argentina pujante en la industria, estaba en la inmigración europea y en la educación de los trabajadores para que aprendan a amar y a honrar el trabajo.
Preguntas para el autor:
-Usted buscaba fomentar la inmigración, principalmente que sea de europeos del norte, y al final terminaron llegando, en su mayoría, italianos y españoles, ¿Cree que eso influyó para que Argentina no explotara su potencial económico?.
-¿Cree usted, si viviera en la actualidad y habiendo repasando la historia Argentina, que en algún momento de ella, pudimos realmente tener una industria fabril con posibilidades de estar a la altura de las grandes potencias?.
-Hoy en día, ¿Qué medidas adoptaría para reactivar la industria?.
1) RESUMEN:
En el artículo IV del libro el autor sostiene que existen dos sistemas a través de los cuales se puede organizar la economía, uno es mediante las prohibiciones y exenciones y el otro sistema es el fomento de la libertad. La constitución opto por el segundo sistema permitiendo la intervención del Estado solo con el fin de crear y fomentar la industria fabril a través de la educación e instrucción; estímulos y la propiedad de los inventos; la libertad de industria y de comercio y la abstención de crear leyes prohibitivas y el deber de derogar las ya existentes. El autor considera que para alcanzar los fines que se proponen en la constitución, esta misma le otorga medios de protección que son la libertad, los privilegios y las recompensas. El Estado debe abstenerse de emplear medios del sistema proteccionista que atente contra la libertad de las industrias.
2) NOVEDOSO:
Lo que me llama la atención es que opte por completo por un sistema liberal, en donde la principal función del Estado vendría a ser no prohibir e impedir que el poder legislativo dicte leyes que así lo hagan, considerando que las prohibiciones como por ejemplo prohibir la importación de productos o imponer derechos aduaneros atentan contra el progreso del país.
3) PREGUNTAS AL AUTOR:
¿Considera que los últimos gobiernos argentinos fomentaron la industria fabril o atentaron contra ella?
¿La libertad de importación perjudica o no a los productos nacionales?
¿La educación pública de hoy en día colabora a fomentar la industria?
RESUMEN
Juan Bautista Alberdi comienza hablando sobre los principios y disposiciones de la Constitución que se refieren a la producción comercial. Por producción, los economistas entienden a la transformación que los objetos reciben de la industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo un valor. El comercio contribuye a la producción como las máquinas y la agricultura, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto que valen menos a otro que valen más.
Con respecto a la industria fabril, la Constitución ha determinado los medios de intervención de parte del Estado en su creación y fomento. Ellos son: la educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de industria y de comercio, y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes. Alberdi destaca que el principal medio que tiene el Estado para fomentar la industria fabril consiste en gastar una parte del Tesoro público en enseñar al pueblo trabajador las diferentes fabricaciones y manufacturas que el país necesitaba. A demás, establece que los fines que las leyes, los privilegios y las recompensas deben proteger son: la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros, y la exploración de ríos interiores. Por lo tanto, estos fines reconocen que los medios de protección que la Constitución brinda son la libertad, los privilegios y recompensas conciliables con la libertad.
NOVEDOSO
A mi parecer, lo novedoso de esta parte del texto es que el autor señala que en las libertades aseguradas al comercio y a la navegación, la Constitución sirvió a la producción de la riqueza argentina. Para él, las libertades son derechos concedidos a la producción económica. Es por eso que define que la libertad es el medio y no el fin de la política de la Constitución. Ella ha impuesto al Estado la obligación de no intervenir por leyes ni decretos restrictivos. En la economía política, la libertad del individuo y la no intervención del Gobierno son dos cosas que expresan el mismo hecho.
PREGUNTAS:
1-¿Cuáles serían en la actualidad los fines que las leyes, privilegios y recompensas deberían proteger?
2-¿Qué tipo de industria fabril funcionaria mejor en nuestro país? ¿Con que criterio seleccionó los medios de intervención de parte del Estado en la creación y fomento de la industria fabril?
3-¿Por qué establece que el comercio es un medio de civilización?
Resumen
El autor comienza detallando el principio de libertad que rige para el comercio y para la navegación. Esta es igual para los extranjeros, ya que no se distingue ningún tipo de diferencia.
Además al referirse a la industria fabril, destaca la importancia de la instrucción profesional al pueblo trabajador para que ellos tomen conocimiento y valoren el trabajo de la fábrica.
Novedoso
Me gusta la importancia que le da Alberdi al aclarar la importancia de que la Constitución no debe tener restricciones excepcionales ni ser anulada por leyes reglamentarias. Por eso la redacción del artículo 28, en la cual se establece “los principios, derechos y garantías reconocidos en los anteriores artículos no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”.
Preguntas
1. ¿Ve como un acto positivo la celebración de Tratados Internacionales?
2. En la actualidad, ¿ve vulnerado el principio de la libertad para comerciar?
3. ¿Cree que la instrucción profesional y la educación fue bien llevada a cabo?
En el artículo IV del capítulo II de su libro, Alberdi analiza, frente a la ruina de la libertad económica de Europa producida por las políticas proteccionistas de Carlos V y Felipe II, que sistema económico debía adoptar la República Argentina; este sistema podría ser de prohibiciones y exenciones, tal como el europeo, o de fomentos conciliables de la libertad. Recopilando lo que la Constitución expresa, sobre todo en sus artículos 14, 25 y 64, entre otros, Alberdi concluye que los únicos medios de intervención por parte del Estado son la creación y el fomento de la industria fabril, a través de la educación e instrucción, ya sea por medio de las escuelas públicas o por la inmigración de la clase laboriosa e inteligente en el trabajo, para que le enseñe a los trabajadores argentinos; los estímulos y la propiedad de los inventos; la libertad industrial y de comercio; y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
El artículo 64 dice que le corresponde al Congreso proteger, a través de leyes, privilegios y recompensas: la industria; la inmigración; la construcción de ferrocarriles y canales navegables; la colonización de tierras de propiedad nacional; la introducción y el establecimiento de nuevas industrias; la importación de capitales extranjeros; y la exploración de los ríos interiores. Pero, ¿se podría concebir, teniendo en cuenta de los principios sentados por la Constitución, leyes que protejan lo antes mencionado a través de restricciones y prohibiciones? Alberdi menciona que leyes de esta índole atacarían los principios de libertad de la Constitución, y que la única protección real que la ley puede y debe darle, es la libertad.
Sin embargo me pregunto, luego del establecimiento y el correcto desarrollo de la industria fabril en nuestro país, ¿considera que el sistema económico debería seguir siendo un sistema de libertades en su totalidad, o debería restringirse en algún punto?
Con respecto a la actualidad, ¿consideraría Alberdi que los subsidios otorgados al sector agropecuario podrían ser “privilegios” como los mencionados en el artículo 64? ¿Qué privilegios o recompensas podrían aplicarse hoy en día para fomentar la industria fabril?
La situación fabril del país contempla dos posibilidades de adopción de sistemas distintos, por un lado el sistema de las prohibiciones y excenciones; y por el otro los de fomentos conciliables con la libertad. en function de promover las liebrtades nuestra Constitución Nacional concede al Estado la intervención por medios que determina para ello, estos medios son: la educación e isntrucción, los estimulos y la propiedad de los inventos, la libertad de industria y comercio, la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Asi se dipone la educación gratuita desde grados iniciales, hasta niveles universitarios, asi tambien la enseñanza de artes y oficios para la clase obrera disponiendo para ello parte del Tesoro Nacional. Asi tambien fomenter la inmigración de clases laboriosas e inteligentes.
Los legisladores debe promover la protección, con el sustento constitucional, de todo aquello conciliable con la libertad para el fomento de la industria, el trabajo y la propiedad industrial e intelectual.
Me sorprende la vision moderna de plantear un Mercado libre y abierto, y el rechazo por el rpoteccionismo por sus medidas de prohibición de importación, como hace cien años se veía como un problema que debía ser tratado con deciciones concretas.
1- cuáles serían las recompensas de estimulo a la industria?
2- Porque piensa que la clase obrera puede estar interesada en el aprendizaje las las artes?
3- Se podria pensar un contro del crecimiento de la industria en proporción con el crecimiento demográfico? para que todas las personas que vivan en el territorio Argentino tengan estimulos de crecimiento, de educación y que todos puedan tener trabajo, comida, educación y un techo digno, elementos indispensables para poder desarrollarse.
Resumen Articulo IV (capitulo 2):
Alberdi relata en esta sección que España impuso el consumo de sus productos
fabriles, nos impidió obtenerlos en el extranjero y nos prohibió establecer
manufacturas, entre otras cosas. Esto marca el origen de nuestra nulidad en
materia fabril.
Indica también Alberdi que Argentina debe crearla e incentivarla de alguna
forma. Nombra así la educación industrial, estímulos y propiedad de los
inventos, libertad de industria y comercio, abstención de leyes prohibitivas
y el deber de derogar las existentes.
Se dedica luego a examinar y relatar cada uno de estos medios.
Me parece interesante:
«En efecto, ¿podría convenir una ley protectora de la industria por medio de
restricciones y prohibiciones, cuando el art. 14 de la Constitución concede a
todos los habitantes de la Confederación la libertad de trabajar y de ejercer
toda industria? Tales restricciones y prohibiciones serían un medio de atacar
ese principio de la Constitución por las leyes proteccionistas que las contuviesen;
y esto es precisamente le que ha querido evitar la Constitución cuando ha dicho por
su artículo 28: – Los principios, derechos y garantías reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio.
Esta disposición cierra la puerta a la sanción de toda ley proteccionista, en el
sentido que ordinariamente se da a esta palabra de prohibitiva o restrictiva.
Tal es la obligación política que nace del artículo 28 de la Constitución,
que dice: – Los principios, garantías y derechos (de libertad) reconocidos en los
anteriores artículos, no podrán ser alterados por leyes que reglamenten su ejercicio.
Este artículo habla de las leyes pasadas, lo mismo que de las leyes futuras: a las
unas les prohíbe nacer, a las otras les ordena desaparecer. Lo que quiere es que no
haya leyes, viejas o nuevas, que alteren los principios, garantías y derechos
constitucionales con motivo de reglamentar u organizar su ejercicio.»
Preguntas al autor:
– Cual es su opinión sobre la industria fabril actual?
– Cree que se vieron reflejados los medios para que crezca la industria fabril? (educación industrial, estímulos y propiedad de los inventos, libertad de industria y comercio, abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes)
– Cual cree son los problemas de la industria fabril en Argentina?
RESUMEN:
En el Art. IV el autor va a analizar la segunda forma o modo de trabajo industrial: Las fábricas. Para ello el autor hace un recorrido histórico de la nulidad en materia fabril de nuestro país y la necesidad de crearla. Alberdi enarbola la idea de fomentar la industrial fabril sin el menor ataque a la libertad. Por ello sostiene que los medios de intervención para la creación, fomento y protección de la industria fabril que la Constitución le proporciona al Estado son: la educación e instrucción; los estímulos y la propiedad de los inventos; la libertad de industria y de comercio; la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Luego, va a sintetizar estos medios en: libertad, privilegios y recompensas y una faz negativa: la obligación del legislador de derogar la legislación colonial fabril para conciliar, así, el sistema adoptado por la constitución y la legislación industrial de la nueva república, las cuales se basan en la libertad.
El autor advierte que los legisladores deben evitar caer en un sistema proteccionista de exclusiones privilegiadas y de monopolios, y que para ello deben mirar los FINES (art. 64 de la Constitución del 53) que se proponen alcanzar o proteger con los medios descritos.
NOVEDOSO:
Dos cosas puntuales me quedaron resonando cuando termine la lectura del Capítulo 2, la primera la importancia que Alberdi le da a la educación gratuita, no solo como un medio de fomento de la industria fabril sino como un medio para inculcar tanto el valor, como el amor por el trabajo.
Hoy es común escuchar el comentario: “falta cultura del trabajo”, me animo a cuestionar esto por la volatilidad del mercado laboral y sobre todo pensando en el estado de la educación argentina actual.
La segunda idea, es con respecto a la obligación política del art 28, donde se habla de las leyes pasadas y futuras. El convencional constituyente del 53, ¿puede condicionar a los legisladores actuales? No hay en nuestra constitución ningún contenido pétreo, por lo que el legislador tiene y debe tener la libertad de rediseñar el sistema conforme se direcciona el desarrollo del país y de los ciudadanos. Esto tiene que ver con una elección conjunta sobre qué sistema económico queremos desarrollarnos los argentinos.
Pero esto me lleva a pensar que no hay una responsabilidad institucional por parte de la corporación política que justifique la libertad del legislador para rediseñar el sistema en pos de lo que queremos los argentinos, sino que todo se resuelve entre pasillos del Congreso teniendo en cuenta los intereses de pocos por sobre los de muchos.
PREGUNTAS:
1. ¿Que opina el autor sobre la educación argentina actual? ¿Coincidiría con la reforma educativa “NES” llevada adelante en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?
2. ¿Qué opina sobre las cláusulas de libre comercio pactadas entre el Mercosur y la UE en donde se otorga un plazo de 15 años en el caso de la argentina para eliminar los aranceles? ¿Las categorizaría como disposiciones protectoras de la industria pero que se basan sobre una restricción o prohibición eventual?
3. ¿Considera que las cargas de seguridad social que recaen sobre el empresario de grandes, medianas y grandes empresas es un modo de atacar la libertad y el desarrollo próspero de la industria?
El artículo desarrolla cuáles son los medios que prevé la Constitución para el desarrollo de la industria fabril. Estas son las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estímulo. Cada una de ellas debe ser utilizada con precaución y tomando consideración el fin que se quiere alcanzar; puede ser la promoción de la industria, la inmigración, importación de capitales extranjeros, entre otros.
Ademas Alberdi analiza la relación de estos medios, conforme al artículo 28 CN, con la libertad de trabajo e industria prevista en el artículo 14 CN.
Novedoso
Lo interesante o novedoso es que para el autor el valor o principio más importante es la libertad, aun cuando se trate de impulsar o fomentar la industria fabril. El estado tiene el deber de impulsar pero a la vez la misma Constitución proclama la defensa de dicho principio.
Preguntas
¿Cuando se alcanza o cumple el fomento de la industria fabril?
¿Considera que en la actualidad las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estímulo son suficientes o insuficientes?
¿Los fines enumerados en el artículo han cambiado en la actualidad?
CAPITULO II
La situación fabril del país contempla dos posibilidades de adopción de sistemas distintos, por un lado el sistema de las prohibiciones y excenciones; y por el otro los de fomentos conciliables con la libertad. en function de promover las liebrtades nuestra Constitución Nacional concede al Estado la intervención por medios que determina para ello, estos medios son: la educación e isntrucción, los estimulos y la propiedad de los inventos, la libertad de industria y comercio, la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Asi se dipone la educación gratuita desde grados iniciales, hasta niveles universitarios, asi tambien la enseñanza de artes y oficios para la clase obrera disponiendo para ello parte del Tesoro Nacional. Asi tambien fomenter la inmigración de clases laboriosas e inteligentes.
Los legisladores debe promover la protección, con el sustento constitucional, de todo aquello conciliable con la libertad para el fomento de la industria, el trabajo y la propiedad industrial e intelectual.
Me sorprende la vision moderna de plantear un Mercado libre y abierto, y el rechazo por el rpoteccionismo por sus medidas de prohibición de importación, como hace cien años se veía como un problema que debía ser tratado con deciciones concretas.
1- cuáles serían las recompensas de estimulo a la industria?
2- Porque piensa que la clase obrera puede estar interesada en el aprendizaje las las artes?
3- Se podria pensar un contro del crecimiento de la industria en proporción con el crecimiento demográfico? para que todas las personas que vivan en el territorio Argentino tengan estimulos de crecimiento, de educación y que todos puedan tener trabajo, comida, educación y un techo digno, elementos indispensables para poder desarrollarse.
Resumen:
Alberdi menciona que la Constitución ha determinado los únicos medios de intervención de parte del Estado con el objetivo de la creación y fomento de la industria fabril.
Esos medios son la educación e instrucción, que es aquella recibida por medio de las escuelas y de los trabajadores ya formados; los estímulos y la propiedad de los inventos, que son medios de protección de la industria; la libertad de industria y de comercio; la abstención de leyes prohibitivas, que podrían considerarse trabas inconstitucionales y opuestas a la libertad de consumo; y, el deber de derogar las leyes existentes para introducir la lógica y la armonía entre la Constitución y la legislación industrial.
Lo interesante:
Me llamó la atención que normalmente se asocia el proteccionismo con el fomento de la industria nacional y, en este capítulo del libro Alberdi plantea algo distinto.
El autor considera que los medios ordinarios de estímulo de la industria empleados por el sistema protector, que consisten en la prohibición de importar ciertos productos, en los monopolios indefinidos concedidos a determinadas fabricaciones y en la imposición de fuertes derechos de aduana, son vedados por la Constitución Nacional argentina y considerados como atentatorios de la libertad que ella misma garantiza a todas las industrias, como trabas inconstitucionales opuestas a la libertad de los consumos privados, y sobre todo, como ruinosas de las mismas fabricaciones nacionales, que se trata de hacer nacer y progresar.
Preguntas:
¿Por qué Alberdi cree que las medidas proteccionistas son ruinosas para las fabricaciones nacionales?, ¿Cree que colaboran al fomento de la industria fabril los sistemas de pasantías que existen en las escuelas técnicas?.
Resumen: En este artículo Alberdi se ocupa de describir la situación fabril del país; comienza explicando que la organización económica proviene del sistema colono español, donde se limitaba la libertad económica a través de políticas prohibitivas como consumo de productos exclusivamente españoles. Continua explicando cual es el sistema adoptado por nuestra constitución; el cual radica en fomentar la industria fabril pero siempre y cuando los medios de intervención sean compatibles con la libertad, entre ellos se pueden encontrar la educación e instrucción, libertad de industria como así también de comercio y abstención de leyes prohibitivas. Respecto a esto último el autor hace una aclaración en cuanto al sistema proteccionista con situaciones como la prohibición de importar o derechos de aduana los cuales serían contrarios a la libertad y por lo tanto también contrarios de la constitución.
Importante: Considero que es destacable la naturaleza de los medios -las leyes protectoras, privilegios o recompensas- para fomentar la industria. Entre los fines que aquellos buscan proteger se puede encontrar, además de la industria; las inmigraciones, la construcción de ferrocarriles, colonización de tierras, entre otros. Así también es interesante la forma en que estos medios de protección -siempre respetuosos de la libertad- interactúan con los artículos de la constitución.
Preguntas: 1) Hay obligación de derogar leyes pasadas y evitar futuras que limiten la libertad consagrada en la Constitución ¿Considera que a través de los años se ha cumplido con ese trabajo? 2) Actualmente ¿Considera que no debería existir ningún tipo de limitación? 3) ¿Se debería dar preferencia a alguno de los dos géneros de educación industrial?
Resumen:
Alberdi menciona que la organización económica fabril de las colonias españolas (hoy republicas de América del Sud) tuvieron origen en el sistema de Carlos V y Felipe II, a quienes se atribuye la ruina de la libertad económica en Europa.
Propone dos sistemas a adoptar, el de las prohibiciones y excensiones, y el de fomentos conciliables con la libertad.
Lo interesante:
Me resultó interesante el siguiente párrafo:
“ He aquí el principal medio que el Estado tiene de fomentar la industria fabril en la República: consiste en gastar una parte del tesoro público en hacer enseñar al pueblo trabajador las diferentes fabricaciones y manufacturas de que el país necesita.”
Lo reflejado en el párrafo anterior me resulta novedoso dado la situación actual en que el gobierno no destina fondos suficientes para dichas escuelas.
Preguntas:
1- De que manera reflotaria la industria en el país ?
2- Cuáles serían sus prioridades de inversión de fondos públicos ?
3- Se le ocurre alguna nuevo método de protección de la industria nacional?
Karen Duarte.
En este capitulo Alberdi nos explica el origen de nuestra nulidad absoluta en materia de industria fabril; la cual se solucionaría a través de la intervención estatal en dicha industria a través de diferentes medios que se establecieron en nuestra Constitución.
Los medios mencionados supra son los siguientes:
La educación e instrucción. Los estímulos y la propiedad de los inventos. La libertad de industria y de comercio. La abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Además, se toman en cuenta dos géneros de educación industrial para las clases trabajadoras aquella que es recibida en las escuelas y la que se adquiere por el ejemplo de los trabajadore
La Constitución argentina admite dos géneros de educación industrial para nuestras clases trabajadoras: el que se obtiene por la instrucción profesional, recibida en escuelas públicas o privadas; y el que se opera por la acción del ejemplo de trabajadores ya formados, venidos de países fabriles.
Novedoso
Me resulta llamativo el hincapié que Alberdi realiza al aclarar que ninguna ley puede violar los principios que se ven plasmados los artículos específicos que hacen referencia a la protección a la inmigración y de trabajar y ejercer la industria.
Preguntas al autor:
¿Piensa que hoy en día se educa en las escuelas de la manera óptima para lograr lo que se considera como desarrollo de la industria?
¿Se respeta el artículo 17 de la Constitución Nacional?
¿Resulta efectiva a su entender la prohibición de importar productos?
RESUMEN
En esta última parte del Capítulo 2, Alberdi desarrolla brevemente la historia de por que la República Argentina se encuentra hoy con esta economía. Así, se pregunta ¿qué sistema debemos adoptar?, se presentan dos: el de las prohibiciones y exenciones, y el de fomentos conciliables con la libertad. A su vez, sostiene que la Constitución determinó los únicos medios de intervención del Estado en creación y fomento de la industria fabril, siendo estos la educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de la industria y el comercio, y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las mismas. Por otro lado, el principal medio que el Estado tiene de fomentar la industria fabril consiste en gastar una parte del tesoro publico.
NOVEDOSO
Desde mi punto de vista, me pareció novedoso el hecho de que Alberdi hiciera tanto hincapié en la importancia de la educación para la creación y fomento de la industria fabril. Es decir, la libertad (siendo, para él, la mayor impulsora de la riqueza) sin la educación no sería nada; hace falta que se eduque para honrar al trabajo y recién cuando eso se cumpla, la libertad será el mejor medio para llegar a la riqueza, porque sin que la educación fomente esta aspiración y respeto al trabajo, la libertad no es suficiente para lograr el objetivo.
PREGUNTAS
1) ¿Por qué se permiten ciertas restricciones y limitaciones a la industria fabril, teniendo en cuenta que la Constitución establece la “abstención de las leyes prohibitorias y el deber de derogarlas?”
2) ¿Cómo cree que la educación puede fomentar el respeto y la honra al trabajo? ¿Cree que se cumple?
3) ¿Cree que si el Estado tuviera más medios de intervención en la creación y fomento de la industria fabril, ésta podría desarrollarse más y ser mas exitosa?
RESUMEN:
En la última parte de este capítulo Alberdi hace alusión a los medios que la Constitución pone en manos del Estado para de esta forma fomentar la industria. Alguno de estos medios que ofrece la constitución son la protección, los privilegios y recompensas. La finalidad de ellos es proteger la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y la colonización de tierras de propiedad nacional, entre otras.
Además, explica que la constitución cierra la puerta a la sanción de toda ley proteccionista o de aquella que establezca restricciones y prohibiciones a las libertades que protege nuestra carta magna.
En definitiva, Alberdi deja en claro que aquellos medios que emplea el sistema protector o proteccionista que se basan en la prohibición de importar ciertos productos o en los monopolios indefinidos concedidos a determinadas fabricas son totalmente vedados por nuestra Constitución, ya que son considerados atentatorios de la libertad que nuestra carta magna busca garantizar.
NOVEDADES:
Me resulta novedoso lo determinante que era Alberdi respecto de aquellos modelos constitucionales que eran proteccionistas o protectores. También me parece interesante la importancia que le da a las concesiones temporales de privilegios y a las recompensas de estímulo.
PREGUNTAS:
– ¿Por qué Alberdi se oponía tanto a un sistema proteccionista?
– ¿Que opina de la industria fabril actual?
– ¿Cree que hoy en día Argentina termino adoptando de cierta forma un sistema proteccionista?
Resumen del texto
El autor comienza destacando que durante el reinado de Carlos V y Felipe II de España se produce la ruina de la libertad económica en Europa y el establecimiento de políticas de prohibiciones y exclusiones, entendiendo que estas decisiones castigaron fuertemente a ese continente y que posteriormente se trasladó a la américa española en forma de una política económica muy compleja y la total nulidad en materia fabril.
Por otro lado distingue que la Republica Argentina se encuentra en una posición diferente, ya que su constitución reconoce momentos únicos donde el estado puede intervenir, consagrando de esa manera la Libertad Económica. Los puntos de intervención nombrados son: la educación, los estímulos y la protección de los inventos, la libertad de industria y comercio y la abstención y eliminación de leyes prohibitivas.
A la pregunta si conviene una ley protectora de la industria el autor responde que eso sería atacar el principio consagrado por la Constitución Nacional en su art. 28.
Novedoso
El análisis que el autor describe en cuanto a que nuestra constitución consagra fuertemente la libertad económica a diferencia de las otras constituciones de la América Española significa una total decisión de abrir las puertas del País para lograr un crecimiento que permita desarrollar las habilidades de aquellos ciudadanos y extranjeros que quisieran venir a la Argentina.
Claramente se observa en aquel artículo 64 que fue una prioridad el fomento de la industria, los ferrocarriles para el transporte y para poblar de manera progresiva toda la extensión de nuestro territorio junto con la inmigración.
Preguntas
1. Cree que en la actualidad el Estado cumple con los medios de intervención previstos por la Constitución Nacional?
2. Cree que el cierre a las importaciones aplicado por algunos gobiernos afecto la libertad económica y también perjudico en algunos aspectos la industria nacional?
3. En qué medida se pudo cumplir con los fines plasmados en el articulo 64?
Resumen
En el análisis del artículo 4 de la Constitución Nacional de 1853, Alberdi plantea la importancia del desarrollo industrial en Argentina, y expone dos formatos: uno, que es el de los inmigrantes europeos que ya vienen con formación y conocimientos, y por otro lado, la educación que se debe impartir para nuevas generaciones bajo la instrucción y educación de los mismos, ya que considera importante que la juventud honre y ame el trabajo. Para llevar a cabo todo esto, es necesario que el Estado reparta parte del Tesoro Nacional en la fomentación de la educación. Por último, señala que debemos tener en cuenta cuáles son los fines del Estado para reconocer los medios de protección.
Lo sorprendente..
Lo que me llamó la atención de este artículo es el enfásis que se les da a los privilegios exclusivos, que están relacionados con la propiedad intelectual; y la relación que conlleva con la llegada de inmigrantes, que son un fin primordial en la Constitucion Nacional de 1853.
¿Qué le preguntaría a Alberdi?
1- ¿Considera que las pocas restricciones a los inmigrantes que la Constitución de 1853 plantea deberían ser in eternum?
2- Si estuviera en el año 2019, ¿Consideraría que los objetivos de fomentar la educación industrial se han cumplido o se están cumpliendo? ¿Qué modificaría?
3- ¿Los fines del Estado no deberían ser dinámicos? En base a eso, ¿los privilegios y recompensas deberían ser modificados o deberían agregarse a medida que surgen nuevos fines?
En este artículo Alberdi plantea la mejor forma de proteger y fomentar el desarrollo de la Industria fabril en Argentina. Primero establece el “doble origen de nuestra absoluta nulidad en materia de industria fabril”, al ligarlo al hecho de que España nos impuso el consumo de sus productos fabriles, sin poder obtenerlos de otro lugar y prohibió “establecer manufacturas, construir buques y educar nuestros hijos en otro país europeo que la España”. Y como principales soluciones para el desarrollo, Alberdi plantea el fomento de la educación para la producción fabril y la inmigración de clases laboriosas e inteligentes en el trabajo. Al mismo tiempo, en función de las leyes protectoras que emite el Estado, establece que primero deben fijarse los fines para determinarse los medios para lograrlos. Al establecer, por ejemplo, la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles, la importación de capitales extranjeros como fines, Alberdi plantea que la Constitución da como medios de protección “la libertad y los privilegios y recompensas conciliables con la libertad.
La integralidad del sistema de normas que establece la Constitución es de desatacar. En aras de conseguir un resultado, cualquier desviación de la libertad en el ejercicio de los derechos, mediante la imposición de leyes prohibitivas o restrictivas, dará como resultado lo opuesto a lo deseado. Alberdi da como ejemplo, entre otros, a la inmigración: “¿Podéis concebir una ley que proteja la inmigración por restricciones y prohibiciones?” Porque justamente esas leyes posteriores, restrictivas y prohibitivas, atentarían contra la misma Constitución, que fomenta la inmigración. En definitiva, la mejor manera de proteger mediante la ley, es otorgando la mayor libertad posible. El lugar que se le da a la educación y a la instrucción, también es sorprendente en relación al desarrollo económico del país, en un pasaje Alberdi establece: “Más que la inteligencia de las artes, importa que la juventud aprenda en esas escuelas a honrar y a amar el trabajo, a conocer que es más glorioso saber fabricar un fusil que saberle emplear contra la vida de un argentino.”
1.¿El camino de la libertad termina siendo el más largo y “costoso” para lograr mejores objetivos? ¿Es por eso que muchos no lo toman?
2.¿Las medidas proteccionistas no han funcionado, y no dan resultados favorables, porque hay quienes las siguen protegiendo y fomentando?
3.A medida que el desarrollo económico avanza, la educación lo hace también –o por lo menos debería-. En Argentina parece haberse estancado la manera y formas de la educación ¿Qué medidas tomaría usted de cara al futuro?
En su articulo III, Alberdi nos habla de los principios y disposiciones que regian en la Constitucion, con respecto a la produccion general. Aquí nos muestra cual era la importancia de el comercio, como productor de riqueza, y como había sido amparado constitucionalmente, donde se establecía la libertad de navegación y comercio, las cuales incluian los derechos de los extranjeros residentes y naturalizados argentinos. La libre navegación, el libre transito, prohibir las aduana interiores. El Estado debia generar relaciones con potencias extranjeras mediante la firma de tratados.
Luego se refiere a los principios constitucionales referidos a la industria fabril.
Aqui, la Constitución ha determinados los medios de intervención de parte del Estado para el fomento de la industria fabril, entre los cuales se encuentra la educación e instrucción, en sus dos genero, la profesional, recibida en las escuelas publicas y privadas y la de los trabajadores ya formados, venidos de países fabriles. La Constitución declara la libertad de enseñanza y aprendizaje en su art. 14 el deber de los gobiernos de provincia de dar educacion gratuita al pueblo (art. 5)
Los demas medios mencionados son, los estimulos y la propiedad de los inventos, la libertad de la industria y comercio, la abstencion de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Lo Novedoso: me llama la atencion , el modo de pensarla industria y relacionarla con la educacion y la preparacion para la misma. Tambien como se incitaba a la inmigracion a esta produccion fabril, y esto de no implementar leyes prohibitivas.
Preguntas:
1) Como adapataria en la actualidad nuestra Constitucion para fomentar la industria nacional, tan golpeada durante muchos años?
2) Cree que la implementacion de una ley con mas restricciones y prohibiciones seria una salida para activar la economia actual?
3) Como ve la educacion vinculada con la industria en estos tiempos?
Resumen
Alberdi atribuye nuestra nulidad en materia de industria fabril a las autoridades españolas ya que la imposición del consumo de sus productos fabriles nos impidió obtenerlos de otros países, y nos prohibió establecer manufacturas, construir buques y recibir educación en Europa.
El autor manifiesta que la misma constitución Argentina ha determinado los únicos medios de intervención de parte del Estado en la creación y fomento de la industria fabril, tales como La educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de industria y de comercio o la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Los fines que las leyes, los privilegios y las recompensas están llamados a proteger, son: La industria, La inmigración, La construcción de ferrocarriles y canales navegables, La colonización de tierras de propiedad nacional, La introducción y establecimiento de nuevas industrias, La importación de capitales extranjeros, Y la exploración de los ríos interiores.
Los medios de protección que la Constitución les proporciona, son la libertad y los privilegios y recompensas conciliables con la libertad.
Interesante
Me pareció interesante la protección constitucional a la libertad para el ejercicio de la actividad industrial, tanto por nacionales como por extranjeros, estas actividades que son tan necesarias para generar riqueza y permitir el crecimiento de una nación. Convirtiéndose ésta libertad en un derecho fundamental de todos los que habiten el suelo argentino. Tanto es así que la Constitución protege esta libertad en varios de sus artículos contra posibles reglamentaciones que puedan restringirla.
Preguntas
¿Entre los cuatros medios propuestos para desarrollar la industria fabril, cuál sería el más importante?
¿Qué medidas cree usted que se deberían tomar para fomentar la industria hoy?
¿Cuáles serían las consecuencias de una mayor injerencia estatal?
Resumen:
En el texto a analizar, Alberdi se refiere a la industria fabril y comenta como era el sistema anterior al de la Constitución, el de organización económica de las colonias españolas cuyo origen fue en el sistema de Carlos V y Felipe II que fueron los responsables de llevar a la ruina la libertad económica en Europa debido a sus prohibiciones y exclusiones. Luego afirma que el camino de la República Argentina ha tomado otro rumbo por medio de la constitución, la cual determino los únicos medios de la intervención por parte del Estado en la creación y fomento de la industria fabril que fueron: La educación e instrucción (admitiendo dos géneros de educación industrial: por instrucción profesional recibida en escuelas publicas o privadas o por el que se opera por la acción del ejemplo de los trabajadores ya formados, venidos de países fabriles) ; los estímulos de la propiedad de los inventos, la libertad de industria y de comercio y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
También se refiere a las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estimulo como medio que la Constitución pone en manos del Estado para fomentar la industria fabril pero advierte que esto es delicado porque se puede caer en el error de ir a un sistema proteccionista de exclusiones privilegiarías y de monopolios por lo cual es necesario fijarse en los fines a los que la Constitución quiere llegar y estos son: La industria, la inmigración, construcción de ferrocarriles y canales navegables; la colonización de tierras de propiedad nacional; la introducción y establecimiento de nuevas industrias; la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores.
Como conclusión de lo leído la ley tiene que estar al servicio de la libertad y no de la restricción, tiene que generar las condiciones para que se pueda fomentar, sin inconvenientes, a la industria.
Lo Importante:
Lo que destaco del texto es la importancia que Alberdi le da a la libertad y que la ley tiene que ser protectora de ella pero que es un medio delicado en su ejercicio porque podría incurrir en exclusiones privilegiarías y de monopolio, lo que nos llevaría a un sistema proteccionista como el anterior a la Constitución y eso no haría mas que perjudicarnos en el largo plazo. A pesar de esto terminamos yendo a un sistema proteccionista y en la actualidad somos un país muy cerrado lo cual nos perjudica y beneficia solo a algunos sectores de la industria nacional.
Preguntas:
1- A raíz de que los hechos demostraron que las leyes tendieron,hasta el día de hoy, a privilegiar a algunos sectores ¿Estaría de acuerdo de que no se legisle sobre la industria y que se regule por medio del mercado?
2-¿ Cuales leyes de la actualidad considera que fomenta la industria sin perjudicar la libertad?
3-En la actualidad ¿Agregaría otro fin que la ley, los privilegios y las recompensas deberían proteger para fomentar la industria fabril?
Guia de discusion 3
En este articulo Alberdi plantea la descripcion de la situacion fabril y comercial de pais cuando se encontraba bajo el regimen español. Lo que se resalta Alberdi de estos temas es que las politicas instauradas por las españoles fueron nefastas y que por eso no hubo crecimiento de la industria y fue la Nacion la que tuvo que crearla desde sus bases. La solucion que planteaba era la garantias en la constitucion, la cual proponian incentivar y proteger a la industria fabril.
Por otro parte tambien Alberdi habla de como la inmigracion, la educacion y la necesidad de infraestructura seran los pilares para que la industria fabril crezca en el pais. Por un lado resaltaba que la inmigracion sobre todo europea fomentaria el conocimiento y cultura del pais. Tambien la educacion y la necesidad de contruir infraestructura como ferrocarriles harian que el pais crezca.
Lo novedoso
Creo que lo interesante del texto es que muchas de las ideas de Alberdi que fueron las que empezaron a florecer la economia del pais y el momento en donde mas crecio economicamente, todavia son abordadas hoy en dia y son las bases de muchas propuestas economicas. Creo que la base de cualquier gobierno deberia ser la educacion y la inversion mas grande que deberia hacer un pais y eso Alberdi lo puedo haber muchisimos años atras.
1) Por que cree el que pais hoy en dia no aplica las politicas de hace tantos años atras?
2) Que medidas aplicaria para reactivar la industria hoy?
3) Considera que el pais necesita hoy de la inmigracion?
Resumen:
Principios que se refieren a la producción comercial:
La producción para los economistas es entendida como transformación y por esto, se logra un mayor valor del producto.
El comercio debe entenderse como un medio de civilizar y enriquecer a los hombres y es por ello que nuestra CN le otorga amplias libertades, y es necesaria para el desarrollo, ya que antes al estar monopolizado por España, impedía el crecimiento. Argentina fomenta esto y recepta otorgando primero 2 privilegios fundamentales, navegar y comerciar tanto para el nacional, como el extranjero (arts 11, 26), son dos fuerzas que no pueden limitarse con normas provinciales.
Hace efectiva esta libertades prohibiendo a las provincias cobrar impuestos desde sus aduanas desde el art 10, que otorga la libre circulación, los buques no pagarán impuestos siendo obligados a amarrar en puertos provinciales. Todos esta normas CN, son aseguradas con el aft 28 que prohíbe que las normas que reglamentan estos derechos, desvirtúen el espíritu de las mismas. Y por último, el art 27, obliga al estado a afianzar relaciones de paz y comercio con las potencias.
Principios que refieren a la industria fabril:
Debemos alejarnos de las políticas Europeas impuestas por Carlos V y Felipe II, que tanto daño causaron. Argentina se alejó de esos preceptos constitucionalizando 4 principios fundamentales para el crecimiento: Educación e industria, estimular para la creación de nuevos inventos, libertad de industria y abstenerse de crear leyes prohibitivas.
Novedoso:
Era fundamental salirse de las restricciones impuestas por el colonialismo, y la CN estaba en la línea correcta, pero era de suma importancia entenderla con amplísima libertad. La errónea interpretación que se le diera, podría llevarnos a las antiguas concepciones y acotar el espíritu de progreso y libertad. Por ello el empeño y esfuerzo de Alberdi, para que esto se entendiera de la manera acertada posible.
Preguntas:
Porque Argentina no crece exponencialmente como Estados Unidos, si ambas fueron colonias? Es por el tipo de inmigrantes que recibimos, que parece todo va un poco más lento ( situándonos en época)? O por el número de habitantes que hay a la fecha (situándonos en época 1.900.000 aprox.)?.
Resumen
El texto comienza haciendo referencia a un sistema aplicado por Carlos V y Felipe II al cual Alberdi critica con gran énfasis adjudicando la ruina de la libertad económica europea. Como también comentando la situación en la cual nos obligaba a estar la españa de aquel entonces, imponiendonos el consumo de sus productos fabriles. Esto deja de ser así con la Constitución Argentina, donde se garantiza la libertad de industria y de comercio. Aquí destaca la obligación de la nación con el pueblo, de instruirlos gratuitamente. Como también de fomentar la inmigración para extender las posibilidades de crecimiento de la industria. Asi es que concluye criticando también fuertemente el sistema proteccionista, como cualquier otro que atente contra la libertad que la constitución garantiza a todas las industrias.
SORPRENDENTE:
Lo que me sorprendió del texto es una parte del principio donde dice «Este solo antecedente basta para apreciar la complexión económica que debemos a la política de
nuestro origen, y cuánto trabajo y tiempo serán necesarios para cambiar ventajosamente nuestro modo de ser originario y secular». Considero que hoy en dia, tampoco hemos aprendido mucho ya que Argentina nunca logro un progreso elocuente. Siempre fue considerado como una «posible» potencia, pero en eso nos hemos quedado, en algo «posible» carente de certeza alguna.
PREGUNTAS
¿Cree que hoy en día Alberdi seguiría fomentando la inmigración sin impuesto alguno?
¿Cree que la industria hay crecido como Alberdi hubiese esperado?
¿Qué cree que hoy en día Alberdi buscaría garantizar como prioridad?
Alumna: Natalia Torres
Resumen: Alberdi en este articulo II sobre principios y disposiciones referencia en general a la importancia de la castigada relación comercial que padeció por años la Argentina, en posibilidades de hacer intercambios comerciales con otros que no fueran España. Resalta el autor desde una mirada ubicada en los principios básicos de nuestra constitución, sobre la libertad de transitar permanecer en el territorio, e indica y desarrolla la importancia como factor de producción del libre comercio y la libre navegación. En cuanto al artículo siguiente sobre principios y disposiciones de la industria fabril, el autor expone una firme convicción de que hasta ese momento el mayor fracaso en los avances y crecimiento productivo fabril estaba vinculado directamente con la educación y preparación de la mano de obra.
Aparece aqui desde nuestra Constitución determinado como medios de intervención validos del Estado en la creación e impulso de la industria fabril: la educación, la libertad fabril y el ansiado libre comercio, hace una distinción entre formas de educación posible en el marco de la preparación para la industria fabril, destacando la que se puede adquirir en escuelas formales, publicas o privadas, y el aparendizaje de oficio. Enfatiza como el Tesoro nacional debería apuntar a establecer políticas para capturar manos laboriosas, instruir a los trabajadores para mayor efectividad y hasta establecer leyes protectoras para estas políticas.
PREGUNTAS
¿cree que la mejor manera de impulsar la educación fabril seria estableciendo mas escuelas técnicas y de oficios las cuales han ido desapareciendo?¿Cree que estas escuelas podrían colaborar a la inserción laboral de adolescentes? Cuando hablamos de libre comercio, no cree que seria mas beneficioso previo a esto asegurar la producción interna a mejores costos y mejor calidad para ser competitivos con los productos de las otras potencias?
1. Resumen
El articulo numero 4 del capitulo 2,comienza comentando de que manera es importante la organización del trabajo,comparando también maneras de llevarse a cabo en Europa y en América,vale tener presente que estamos hablando de esa época en donde las cosas eran diferentes y en Sud-América había riesgo de que el salario suba hasta el despotismo, al revés de lo que sucedía en Europa, donde el salario era insuficiente para alimentar al trabajador,por ende allá el hombre es siervo del capitalista; aquí es su rey y soberano.
El argentino de esa época según Alberdi,es pobre porque es vago y holgazán; y no es holgazán por falta de trabajo sino por sobra de alimentos. Básicamente Alberdi se encarga de comentar la pobre en sentido de trabajo ,capacidad,inovacion,que tenia el ciudadano argentino de ese entonces,pareciendo a mi forma de ver, como sin importarle lo que podía perder y desaprovechando totalmente las oportunidades de un país rico como el que teníamos ese entonces,teniendo una educación mala,con pereza y desganada sin intención de crecimiento sino de conformismo,incluso con la corrupción a la vista de los virreyes.
2. Lo mas importante y novedoso del texto.
Lo que mas destaco del comentario de Alberdi,es que,las leyes que han arruinado al español peninsular como agente de producción y de riqueza, han obrado doblemente en la anulación industrial del Español de Sud-América. Durante tres siglos estuvo prohibido trabajar y producir todo lo que la España podía traernos en cambio del oro y de la plata, a cuya explotación se redujo nuestra industria colonial. Hemos sido ociosos por derecho, holgazanes legalmente. Según Alberdi y en algo que en parte concuerdo se nos enseñó a consumir sin producir, para ser útiles a las necesidades de la producción peninsular,debido a que la ley organiza demasiado, interviene más de lo preciso, estrechando el dominio de la libertad individual en el ejercicio del trabajo y en el goce de sus beneficios. Bajo este aspecto es conveniente la reorganización del trabajo, es decir, la reforma de la legislación común en sus aplicaciones a los beneficios del trabajo, sobre las bases de la igualdad, libertad, propiedad y seguridad, dadas por la Constitución. La organización que el trabajo necesita en el interés de la buena distribución de sus provechos, no es precisamente la que puede darle el Estado: sino la que depende de la voluntad libre de los trabajadores que saben asociar sus esfuerzos y poner en armonía sus intereses rivales, por medio del derecho de asociación
3. Preguntas al autor.
*¿ Por que razón considera que la argentina es tan conformista y pareciera que no tiene ánimos de crecimiento ni gran parte de la población ni mucho menos nuestros gobernantes?
*¿Porque considera que hoy en día esta mejor condiciones Europa que nosotros?
*¿ Como piensa que se puede generar ese intensivo que adolece de progreso económico y social en nuestro país? (Otra medida distinta a la organización del trabajo)
ARTICULO IV PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES QUE SE REFIEREN A LA INDUSTRIA FABRIL
Alberdi señala que satisfecha con el oro de América, la España desatendió y perdió sus fábricas. Para imponernos el consumo de sus productos fabriles, nos impidió obtenerlos del extranjero, y nos prohibió establecer manufacturas, construir buques y educar nuestros hijos en otro país europeo que la España
He ahí el doble origen de nuestra absoluta nulidad en materia de industria fabril. Nos hallamos en el caso de crear la, como está toda la América española. Para ello se presentan dos sistemas: el de las prohibiciones y exenciones, y el de fomentos conciliables con la libertad. – La historia fabril puede estar dividida en este punto, aunque no lo esté la ciencia económica de nuestros días, cuyas verdades son de todas las edades como los fenómenos de la química. Esta cuestión ha dejado de serlo para la República Argentina, cuya Constitución ha determinado los únicos medios de intervención de parte del Estado en la creación y fomento de la industria fabril. Esos medios son: La educación e instrucción. Los estímulos y la propiedad de los inventos. La libertad de industria y de comercio. La abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.
Es innovador como relaciona como relaciona la industrial fabril con el concepto de libertad
¿Como fomentar la industria fabril sin restringir el ingreso de productos extrangeros que compiten con los productos nacionales?
¿Cuáles son los estimulos apropiados?
¿Como fomentar la importación de capitales extranjeros?
La agricultura es la industria por excelencia de la República Argentina de la época presente, por la actitud prodigiosa de sus tierras para la producción agrícola. Organizar la agricultura según la mente de Constitución moderna es organizar su libertad. Entienden por producción los economistas la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre adquiriendo por lo tanto valor. En este sentido el comercio contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las maquinas, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto en que valen menos a otro punto en que valen más. En el interior de la Republica, dice el art 10, es libre de derechos la circulación de los efectos de producción o fabricación nacional, así como la de los géneros y mercancías de todas clases, despachadas en las aduanas exteriores. Nuestra Constitución ha determinado los únicos medios de intervención de parte del Estado en la creación y fomento de la industria fabril. Esos medios son: la educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de industria y comercio y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes. En efecto, los medios ordinarios de estímulo que emplea el sistema llamado protector o proteccionista. Y que consisten en la prohibición de importar ciertos productos, en los monopolios indefinidos concedidos a determinadas fabricaciones y en la imposición de fuertes derechos de aduanas, son vedados de todo punto por la Constitución argentina, como atentatorios de la libertad que ella garantiza a todas las industrias del modo más amplio y leal, como trabas inconstitucionales opuestas a la libertad de los consumos privados, y , sobre todo, como ruinosas de las mismas fabricaciones nacionales, que se trata de hacer nacer y progresar.
¿Se podría asegurar que hoy en día sigue siendo la agricultura la industria por excelencia?
¿Se puede en la actualidad evitar tomar medidas proteccionistas sin graves consecuencias en la industria?
¿ Considera el autor que aquellos medios mencionados para la creación y fomento de la industria fabril son suficientes o deberían ser complementados hoy en día con algunos otros?
Valentin Alfredo Bonato
Resumen:
Alberdi expone la importancia que representa el desarrollo industrial para el país, y la necesidad de que este se haga bajo la idea de libertad comercial, en contraste con el fracaso de España que al conformarse con el oro de América y descuidar su industria la llevó a la decadencia.
Menciona que la intervención del Estado es necesaria para promover la industria, pero respetando la libertad de los ciudadanos a través de los fomentos conciliables con esta. De este modo, la inversión en educación y formación de los ciudadanos y la promoción de la inmigración de trabajadores laboriosos. Resalta la delicadeza de las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estímulo, y de manera muy acertada remarca que no deben entorpecer el ejercicio liberal de los derechos de los ciudadanos mediante su reglamentación (art. 28 CN).
Finalmente, llama al Estado a no sancionar leyes prohibitivas de las libertades constitucionalmente otorgadas, así como a derogar las antiguas leyes proteccionistas del orden colonia que impiden a la nación prosperar.
Destacable:
Me resulta fascinante la visión largoplacista de Alberdi, por ejemplo, al entender que el gasto en educación es un gasto muy provechoso para la nación y del cual el Estado sacará gran partido, o promoviendo la primacía de la libertad como el principal recurso para desarrollar la industria. Hoy en día, lamentablemente, los políticos (como menciona el libro “El foro y el bazar”) y la mayoría de las personas tienen visiones que se condicen con sus intereses a corto plazo, lo cual distorsiona los beneficios que trae aparejada una visión a largo plazo de la economía e impide tomar los cursos de acción que verdaderamente podrían convertir al país en desarrollado y terminar con la pobreza que afecta a gran parte de la población.
Preguntas:
¿Cómo podría salirse del circulo vicioso de la visión a corto plazo de los políticos y la población?
¿Es posible conciliar la libertad con la toma de medidas proteccionistas para el desarrollo de sectores industriales de interés estratégico para el país?
RESUMEN
En este articulo Alberdi analiza los principios y disposiciones constitucionales que se refieren a la industria fabril. Teniendo como antecedente en la organización económica de las colonias españolas, es donde podemos ver cuanto trabajo y tiempo serán necesarios para cambiar ventajosamente nuestro modo de ser originario y secular dice Alberdi, lo cual es totalmente real. Se mencionan dos sistemas, el de las prohibiciones y exenciones y el de fomentos conciliables con la libertad. Sin embargo, en Argentina la Constitución ha determinado que los únicos medios de intervención de parte del Estado en la creación y fomento de la industria fabril son la educación e instrucción, los estímulos y la propiedad de los inventos, la libertad de industria y de comercio y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes. Con respecto a la educación industrial existen dos clases trabajadoras, la que se obtiene por instrucción profesional en las escuelas, y el que opera por la acción del ejemplo de trabajadores ya formados de origen de países fabriles. Y a través de esa enseñanza fomentar la industria fabril. Las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estimulo son otro medio que tiene el Estado, denominado en la Constitución, para fomentar la industria fabril. Y para esto, Alberdi aclara que hay que mirar los fines que por esos medios se propone alcanzar, para ver que clase de privilegios y recompensas se ofrecen. Estos fines son la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores. En el caso de las recompensas de estimulo, no se ataca a la libertad, ya que ninguno de sus fines se compromete, sin necesidad de meterse en prohibiciones y exclusiones. Es decir, que cualquier sistema protector que consista en prohibición es vedado por la Constitución por ir en contra de la libertad.
INTERESANTE
El doble origen que menciona de nuestra absoluta nulidad en materia de industria fabril por las colonias españolas que nos impidieron obtener productos del extranjero, nos prohibió establecer manufacturas y si construir buques y educar nuestros hijos en otro país europeo.
PREGUNTAS
¿Que provoco en nuestro país la prohibición de establecer manufacturas aparte de la poca educación de industria fabril?
¿Realmente en la actualidad ninguna ley va en contra de la libertad consagrada en la Constitución?
¿Existe algún principio protectorio de prohibición que no atente contra la libertad de la Constitución?
Guia de discusión n3
Alumno: Ignacio Bartolelli
1) Resumen
Respecto de la producción comercial, el autor sostiene la importancia de salir del sistema de opresión mercantil colonial, para eso la Constitución Nacional debe garantizar la libertad de ejercer el comercio y la navegación, sin poder alterárselos mediante excesivas reglamentaciones.
Respecto de la industria fabril, el autor repasa las nefastas consecuencias de las políticas de Felipe II y Carlos V respecto a este tema, es necesario crear una industria en el país y para ello es necesario, por un lado la enseñanza gratuita de las clases obreras y la inmigración de clases laboriosas e inteligentes, por el otro. Para esto es necesaria la concesión de recompensas y asignaciones estimulo.
2) Novedoso
Lo novedoso o sorprendente para mi es que plantea el crecimiento de la industria no empleando un sistema proteccionista, como parece ser común hoy en día sino, al contrario, derogando toda legislación que atente contra la libertad de industria y encomendar al Congreso a dictar nuevos códigos para proteger los nuevos principios de la Constitución republicana.
3) Preguntas al autor:
1) ¿Qué piensa usted de la educación Argentina actual? ¿Cree que la solución está en tarifarla?
2) Específicamente, ¿Que concesiones y privilegios aplicaría usted hoy en día?
3) ¿Está en contra de toda medida proteccionista o solo de que estas sean la regla en lugar de la excepción?
En este tramo Alberdi establece como origen de los males de ese momento al sistema político de prohibiciones y exclusiones de Carlos V y Felipe II que iba en contra de las libertades generando una dependencia con España sin poder de establecer libremente relaciones económicas con otros países europeos.
Frente a este modelo entiende que la constitución a tomado otro de fomentos conciliables con la libertad. Los únicos medios que la constitución acepta para la creación y fomento de la industria fabril son: La educación e instrucción, los estímulos y propiedad de inventos, La libertad de industria y de comercio y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes. En cuanto a la educación plantea dos ejes, uno es la educación publica utilizando recursos del tesoro público como fundamental para la formación industrial de las clases trabajadoras; el otro es el fomento de la inmigración de “clases laboriosas e inteligentes en el trabajo.
Por último, plantea nuestra constitución permite la utilización de leyes protectoras, concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estimulo pero que deben entenderse como medios para proteger los Fines que son: La industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales, la colonización de tierras, la importación de capitales y la exploración de ríos interiores. Todos estos medios deben conciliar con la libertad siempre pregonada.
Sorprendente y novedoso:
En principio me llama la atención la importancia de esa generación en la concepción ya arraigada en nuestro país de la educación pública, en que el estado debe garantizar esta para la formación de ciudadanos. Se me vino a la cabeza mientras leía el texto a Sarmiento quien también, tenia como Alberdi a la educación como formadora de consumidores, teniendo los dos, el eje en la economía, en el comercio en la industria y no quizás en otros valores, morales o de formación ética, de igualdad, histórica, etc que también puede pensarse a la educación.
Preguntas:
¿Debería el estado fomentar determinadas orientaciones de formación? ¿Me refiero a promocionar determinadas carreras que quizás son más necesarias para determinados momentos como puede ser hoy la robótica, tecnologías etc o debe esperar que el mercado oriente estas elecciones?
¿Cómo se puede conciliar el fomento industrial y las prohibiciones por cuestiones ecológicas por ejemplo?
CAPITULO 2 – ARTICULO 4
RESUMEN:
En este texto el autor se refiere principalmente a la industria fabril haciendo hincapié a los principios y a las disposiciones constitucionales que las garantizan.
El autor comienza con una breve introducción sobre la historia de la organización económica de las colonias españolas. Y como España nos imponía el consumo de sus productos fabriles, y nos prohibió establecer manufacturas, construir buques y educar nuestros hijos, etc. culpando a ello nuestra absoluta nulidad en materia de industria fabril.
Sostiene que una vez lograda nuestra independencia nos tocaba crear, experimentar y tratar de desarrollar esta industria que hasta entonces resultaba desconocida. Pero Para ello deberíamos tomar nuevos medios, sistemas y mecanismos de fomento; y se tomaron dos: el de las prohibiciones y exenciones, y el de fomentos conciliables con la libertad.
Esos medios fueron: La educación, Los estímulos y la propiedad de los inventos. La libertad de industria y de comercio, La abstención de leyes prohibitivas, entre otras.
Alberdi continua su texto describiendo cada uno de estos medios y por ejm dice que nuestra Constitución admite dos géneros de educación industrial para nuestras clases trabajadores: la profesional, recibida en escuelas públicas o privadas; y el que se opera por la acción del ejemplo de trabajadores ya formados, venidos de países fabriles.
Pero también se necesita a quienes lleven a cabo estas tareas industriales, la mano de obra, para ello el estado busco fomentar la inmigración de clases laboriosas e inteligentes en el trabajo. Mediante leyes protectoras como por ejm el art. 25 de la CN que prohibía restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias e introducir y enseñar las ciencias y las artes. Entre otras leyes que garantizaban y buscaban proteger la industria, La inmigración, La construcción de ferrocarriles y canales navegables, La colonización de tierras de propiedad nacional, La introducción y establecimiento de nuevas industrias, La importación de capitales extranjeros, Y la exploración de los ríos interiores. Puntos fundamentales para el desarrollo y progreso de nuestro país.
PREGUNTAS:
1) ¿Considera que nuestra industria fabril esta por fin consolidada? Tanto a nivel local como a nivel mundial.
2) ¿Cree que las protecciones y limitaciones actuales a la industria fabril son las mejores? ¿Cuáles propondría ud? en base a nuestra realidad económica.
3) ¿Considera que sigue siendo producente en todos los aspectos que nuestro país siga permitiendo el libre ingreso a nuestro país de extranjeros? ¿No considera conveniente algún tipo de requisito o limitación a este libre ingreso?