El derecho de propiedad, su origen y la tragedia de su ausencia

Para que los intercambios se realicen es necesario que los participantes “posean” las cosas, es decir, tengan uno de los atributos de la propiedad que es el derecho de su dueño a transferir su posesión a otro. Cualquiera de nosotros sabe bien que si tomáramos a cambio algo que no es propiedad de quien nos lo da, estaríamos recibiendo un problema: con el verdadero dueño, quien se lanzaría a la carga a reclamar lo suyo o, en sociedades organizadas, lo haría por medio de la justicia.

Cuidamos la propiedad, porque significa riqueza. Nos permite disfrutar los ingresos o beneficios que sean provenientes de ella. Propiedad es todo tipo de posesión personal: nuestros animales, libros, relojes, autos, ropa, dinero. Es decir, pueden ser sujetos de propiedad todos los recursos naturales de la tierra (minerales, ríos, etc.), herramientas, máquinas, fábricas, escuelas, casas, calles, mercaderías y más aún, hasta nuestras habilidades y talentos: nuestra habilidad para producir, nuestra capacidad para trabajar o crear son nuestra propiedad .

La propiedad, en realidad, no significa que el propietario disfrute solamente de los beneficios que ésta pueda darle, debe también soportar todas las cargas y responsabilidades de lo que haga con ella. Le toca asumir los costos de su mantenimiento o mejora y hacerse cargo de las pérdidas que generen sus equivocadas decisiones.

La creciente extensión de la propiedad privada, favoreció e impulsó el avance de la civilización en dos sentidos. El primero de ellos es el incentivo al progreso: está claro que pondré mis mayores esfuerzos en cualquier tipo de actividad en la medida que pueda gozar plenamente de los frutos del esfuerzo realizado en el aprovechamiento de mis recursos. En otros términos, si mi único recurso es mi capacidad de trabajo, sólo me esforzaré si tengo la seguridad de que el fruto de mi esfuerzo me pertenece, es mi propiedad. Vano resulta tratar de inducir a las personas a esforzarse al máximo si luego el resultado de esta acción es utilizado por otro, si no ejercen sobre ese esfuerzo su derecho de propiedad.

El segundo aspecto por el cual la extensión de la propiedad privada favoreció el avance de la civilización se refiere a la protección de los recursos, es decir, de las cosas que son objeto de propiedad. El “propietario” es un “protector” ya que recaen sobre él los efectos de sus acciones: si cuida el recurso y lo multiplica se enriquece; si es negligente y permite su deterioro se empobrece. Pensemos esto respecto al lugar donde vivimos. Si cuidamos nuestra casa, la pintamos y reparamos mantendrá su valor, incluso puede aumentarlo si la mejoramos; pero si nos descuidamos y se deteriora recibimos una multa automática a través de la caída de su precio.

Cuando no hay propiedad nos encontramos con una “tragedia” ya que todos pueden utilizar el recurso y así termina depredado, no existe la posibilidad de “excluir” a nadie de su uso como tampoco nadie tiene incentivo para cuidarlo y mejorarlo. La capacidad de “excluir” es fundamental, no ya para la propiedad sino para la existencia misma de la sociedad. Imaginemos una situación en la que no pudiéramos excluir a nadie de ingresar en nuestras casas, sentarse en nuestro sillón, prender nuestro televisor, abrir nuestra heladera. Precisamente porque podemos excluir a quienes no queremos que entren en nuestra casa es que los que sí lo hace son “invitados”. Si cualquier pudiera ingresar y llevarse lo que quisiera la “tragedia” nos llevaría a no tener nada que no podamos consumir en el momento; regresaríamos a la mera subsistencia.

La propiedad estatal es “propiedad” de todos, y cuando el estado que es su formal propietario no cumple adecuadamente ese papel se asemeja a la ausencia de propiedad anterior. Esto lo vemos en los espacios públicos que aparecen abandonados, y depredados. Lo dice el viejo refrán: lo que es de todos no es de nadie. A diferencia de sus propiedades privadas, pocos individuos tienen el tiempo o los recursos para poder informarse de las políticas de manejo de los recursos públicos y menos aún de las operaciones diarias. Tampoco pueden razonablemente influenciar en cada una de las decisiones, por lo que éstas son tomadas por un grupo reducido de individuos: con lo que se separa la autoridad de la responsabilidad. Mientras los deseos de la mayoría se ven así diluidos, en cambio algunos intereses bien organizados pueden dirigir sus claros intentos a orientar el manejo de esos recursos hacia su beneficio, centrando sus esfuerzos en influenciar a los que los manejan.

Por último, la posesión de propiedad es también posesión de poder. En la medida que la propiedad privada permite que la posesión se encuentre dividida entre un gran número de personas propietarias, y no concentrada en un rey o en el estado, distribuye el poder e impide que se concentre y sea controlado por unos pocos. Cuando todo es propiedad del Estado la libertad desaparece.

42 pensamientos en “El derecho de propiedad, su origen y la tragedia de su ausencia

  1. Antonio Salazar
    Alumno Omma-UFM

    No debería ser en absoluto controversial el derecho de propiedad como impulsor de las sociedades avanzadas y prósperas. A estas alturas deberíamos tener claro lo que ocurre cuando ésta no es respetada o, simplemente, no existe. Tras tantos años de ensayo y error -sobre todo error- las exigencias sociales no deberían estar enfocadas a abolir la propiedad privada sino a su extensión a campos y órdenes que a día de hoy se nos antojan impensables. Debemos ser conscientes que es una institución que puede preservar el orden social como, probablemente, ninguna otra.

    Dejando a un lado los principios que solemos atribuirle, me ha interesado la idea de H. Demsetz del rol que juega el derecho de propiedad en la internalización de externalidades y como se arbitran una vez las ganancias de la internacionalización son superiores a los costes.

    También resulta muy atractiva la idea de propiedad plural que defiende F. A. Hayek en ‘La fatal arrogancia’ y que entronca con la idea expresada en el último párrafo de la entrada de este blog: ‘La posesión de propiedad es también posesión de poder, así que en la medida que la propiedad privada permite que la posesión se encuentre dividida entre un gran número de personas y no concentradas en un rey o un estado, distribuye ese poder e impide que se concentre’

    Preguntas:

    1) F. Hayek afirma que la extensión y refinamiento de derecho de propiedad fue evolutivo, de manera gradual, no habiéndose alcanzado aun hoy sus estadios finales. ¿Cómo debemos interpretar esa evolución?
    2) En la constitución española (similar a lo que se contempla en otras cartas magnas) se dice en su artículo 128: ‘Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad estará subordinada al interés general’ Y aun antes, en el artículo 33.1 afirma: ‘Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia’ para a continuación (art. 33.2) subrayar ‘La función social de estos derechos delimitará su contenido de acuerdo con las leyes’. ¿Podemos considerar esto evolutivo? Es que más bien parece una involución donde la propiedad privada deja de ser un derecho individual para convertirse en uno de tipo estatutario.
    3) ¿Hay algún país del mundo donde la riqueza y los derechos de propiedad no estén subordinados a algún tipo de bien común objetivo? (Entiendo las dificultades para definir ese tipo de bien común objetivo aunque me refiero más a que aquí, con cualquier subterfugio, pueden asaltar tus legítimos derechos)

  2. RESUMEN:

    Hayek plantea el origen evolutivo de la propiedad, no planificado, que respondería a la eficiencia en las decisiones autónomas de los individuos para conseguir sus fines según sus preferencias. Hayek afirma que sin propiedad no existe justicia: el intercambio voluntario de derechos es incompatible con la usurpación o confiscación, y citando a Hume, expresa la solidez social basándose en la “estabilidad de los derechos de propiedad, transmisión voluntaria de éstos y respeto a los contratos establecidos”.

    Para Coase la función de los derechos de propiedad es la internalización de externalidades, sean éstas positivas o negativas. La aparición de nuevos derechos de propiedad vendrá dada cuando las ganancias son superiores a los costes en el proceso de internalización. Los cambios en los mercados y la tecnología condicionan ajustes en los derechos de propiedad, así como las preferencias sociales o los precedentes jurídicos. La propiedad privada surge como solución eficiente por la optimización de los recursos y obtención de incentivos.

    TEMAS RELEVANTES:

    La propiedad como institución, surgida espontáneamente, es, por una parte, marco en el que se desarrolla una sociedad libre y justa, imposible cuando no existe el intercambio voluntario o éste ha sido limitado mediante coacción. La transmisión de derechos de propiedad constituye la esencia del mercado como proceso eficiente para la satisfacción de las preferencias individuales.

    La propiedad, independientemente de ser un derecho individual, también es un elemento o factor necesario para el progreso ya que permite la internalización de externalidades y consecución de incentivos. La propiedad privada condiciona un uso racional de ésta y evita la sobre-explotación de los recursos

    PREGUNTAS:

    En muchos países existe la tendencia a castigar la propiedad privada con innumerables impuestos y gravámenes, siendo especialmente lacerantes los tributos referentes a las sucesiones (herencia y donaciones) o al patrimonio. ¿No sería ésta una política para eliminar finalmente los derechos de propiedad?

    Si la propiedad es inherente a la responsabilidad (uso eficiente de ésta) y la libertad es necesaria para el intercambio voluntario de derechos, ¿por qué muchas de las políticas hacen referencia a la libertad desdeñando los derechos de propiedad?

    ¿Por qué se tiende a sacralizar la propiedad pública o «lo público” y satanizar “lo privado” (propiedad privada)?

  3. Como sostiene Richard Pipes, a través de la historia del pensamiento, la propiedad ha disfrutado de una reputación ambivalente, y ha sido identificada en ocasiones con la prosperidad y la libertad, y otras veces con la corrupción moral, la injusticia social y la guerra. Las fantasías utópicas, como regla general, sitúan en el centro de su análisis la abolición de la distinción entre «mío» y «tuyo». Incluso
    muchos pensadores que defienden la existencia de la propiedad la ven, en el
    mejor de los casos, como un mal inevitable. Por otro lado, la historia de todas
    las sociedades, desde la más primitiva a la más avanzada, revela la universalidad
    de los derechos de propiedad y el fracaso de todos los intentos de establecer
    una comunidad sin propiedad, ya sea voluntariamente o por la fuerza. En
    este caso, por lo tanto, existe una disparidad excepcionalmente amplia entre
    qué es lo que la humanidad piensa que quiere y lo que, a juzgar por sus actos,
    realmente prefiere.

    Los análisis sobre la propiedad desde los tiempos de Platón y Aristóteles hasta
    el presente han tenido que ver con cuatro cuestiones principales: su relación
    con la política, con la ética, con la economía y con la psicología.
    1. El argumento político a favor de la propiedad sostiene que ésta (a menos
    que se distribuya de una forma extremadamente injusta) promueve estabilidad
    y limita el poder del gobierno. En contra de la propiedad se argumenta
    que la desigualdad, que necesariamente la acompaña, genera intranquilidad
    social.
    2. Desde el punto de vista moral se afirma que la propiedad es legítima porque
    todo el mundo tiene derecho a los frutos de su trabajo. A lo que los críticos
    responden que muchos dueños no realizan ningún esfuerzo para adquirir lo
    que poseen, y que la misma lógica demanda que todos deben tener las mismas
    oportunidades a la hora de adquirir propiedad.
    3. El razonamiento económico que defiende la propiedad sostiene que es el
    modo más eficiente de producir riqueza, mientras que sus opositores afirman
    que la actividad económica impulsada por el afán de obtener beneficios conduce
    a una competencia destructiva.
    4. La defensa psicológica de la propiedad sostiene que eleva el sentido de
    identidad y auto estima del individuo. Otros afirman que corrompe la
    personalidad al infectarla con la avaricia.
    Estos cuatro enfoques abarcan, prácticamente, el espectro de argumentos a
    favor y en contra de la propiedad articulados en los últimos trescientos años.

    Lo que genera la idea de la libertad es el sentido de independencia económica
    y el del valor personal. La propiedad es un ingrediente indispensable de la prosperidad y la libertad.

    El derecho de propiedad no garantiza en sí y de por sí los derechos y libertades
    civiles. Pero, históricamente, ha sido el mecanismo más efectivo para
    asegurar ambas cosas, porque crea una esfera autónoma en la que, de mutuo
    acuerdo, ni el Estado ni la sociedad pueden incurrir en usurpación: al trazar
    una línea entre lo público y lo privado, hace al propietario cosoberano.

    • Muy interesante, pero es un gravísimo error afirmar que la propiedad privada es indispensable para la prosperidad y la libertad.
      ¿Cómo puede serlo si la misma no garantiza los derechos y las libertades civiles? Existe una clara contradicción de ideas en los últimos dos párrafos.

      Además, ¿ha sido realmente el mecanismo más efectivo o la humanidad no ha sido lo suficientemente inteligente para plantear otros modelos apartados del comunismo y del capitalismo?

      Vivimos en la era de la información. No se dan cuenta de ello porque la competencia por el capital los ha segado. Gracias a los avances tecnológicos podemos pensar por primera vez en cambiar nuestras costumbres, costumbres que desde hace ya bastante nos mantienen inclinados hacia la esclavitud laboral.

      Y no es una fantasía utópica que el agua que tanto tú como yo bebemos es la misma. Puedes consultar acerca del ciclo hidrológico en la internet si es necesario.

  4. Resumen:
    Efectivsmente es necesario que la propiedad exista para que se puedsn dar una serie de intercambios que van ligados al desarrollo de sociedades. La propiedad es parte de la evolución cultural que los hombres han ido adquiriendo y pasando a través de las generaciones. Ha sido un proceso de prueba y error, donde los errores han sido externalidades que han tenido que quitar para que la coordinación se diera. «El desarrollo de la propiedad ha sido necesario para el desarrollo del comercio». De no haber sucedido esto, las relaciones/transacciones humanas existirian oero de forma menos desarrolladas. También se ha podido comprobar que sin la propiedad, la institución de la justicia no es posible. Tales instituciones evolucionan conforme evolucionan las nececidades de la sociedad y como las sociedades no son estáticas, se da la posibilidad de que las instituciones tambien evolucionen. El problema se da cuando los seres humanos quieren tomar deciciones basadas en positivismo legal y del racionalismo constructivista, haciendo a un lado las tradiciones y normas que se han heredado a traves de la experiencia. Lo que se deriva son externalidades costosas para la sociedad.
    Conceptos interesantes:
    -Costos de externalidades influyen en el desarrollo del derecho de la propiedad.
    -en los derechos comunales siempre habra alguien que termine pagando las externalidades de otro miembro.
    -desarrollo del derecho de propiedad permite la economizacion de recursos sobre los cuales el propietario tiene derecho de excluir s otros.
    -informacion fluye
    Preguntas:
    Existe una forma de compensar a una comunidad por ejemplo a la hora de talar árboles sembrando mas arboles para evitar la deforestación o tiene esto un costo de transacción demasiado alto?
    El ejemplo de excalibur, este tipo de leyendas de una ley superior que escogia a un rey o a un noble, eran necesarias para explicar el derecho de propiedad de la nobleza? (Ya que la nobleza no tenia realmente propiedad sinesta ley superior)

  5. Resumen:

    En el primer capítulo el autor repasa todos los elementos de la praxeología que hacen posible la comprensión y estudio de la Economía y los mercados. A continuación plantea el desarrollo institucional que ha hecho posible el desarrollo de las sociedades en mayores cotas de complejidad y riqueza.

    Temas a resaltar:

    La riqueza y complejidad de institucional fruto de la evolución órdenes espontáneos. De alguna forma esa evolución social podría considerarse la continuación por otros medios de la evolución genética de la humanidad.

    Preguntas:

    ¿Hasta qué punto la violencia estatal (o de otras formas políticas anteriores) no es también producto de la evolución natural y complejidad de las sociedades? ¿Es posible separar esa violencia monopolística de la vida en sociedad de los hombres?

    ¿Es posible que existan ciclos también en el proceso de evolución de las instituciones? ¿Que tras una época capitalista la fatal arrogancia planificadora que también es parte de la naturaleza humana nos condene a derrochar el capital acumulado?

  6. Resumen:

    En el texto de Hayek expone el origen evolutivo de la propiedad intrínsicamente relacionado al proceso civilizatorio así como las instituciones en las que se apoya y son necesarias para que se desarrolle. Por otra parte, Demetz trata de exponer en su artículo una teoría de los derechos de propiedad y como interactúan en los sistemas sociales así como su surgimiento. Para Demetz, “los derechos de propiedad se desarrollan cuando se hace económico, para quienes se ven afectados por externalidades, internalizar los costos y los beneficios”.

    Temas a resaltar:

    Las dos perspectivas contrapuestas sobre los derechos de propiedad sobre las patentes, para Hayek perjudiciales para la creatividad mientras que serían positivas para Demetz asegurando la propiedad intelectual.

    La idea hayekiana de que el proceso civilizatorio sustentando en el derecho de propiedad no es irreversible y que el Estado lejos de ser el apogeo de nuestra civilización puede se su punto final.

    Preguntas:

    ¿Existe el derecho a la propiedad intelectual? ¿Hay casos de asignación de esos derechos de propiedad intelectual espontáneos y evolutivos sin la intervención planificadora estatal?

    ¿Es posible que existan ciclos también en el proceso de evolución de las instituciones? ¿Que tras una época capitalista la fatal arrogancia planificadora que también es parte de la naturaleza humana nos condene a derrochar el capital acumulado?

  7. Mediante este articulo se puede tratar dos textos tratados a lo lardo de la cursada; el del autor Von Hayek «Sobre libertad y ley» donde se pregunta ¿los hombres son libres u obedecen la ley?, y propone separar dos conceptos: el mandato y la ley. El mandato se impuso en la monarquia, son concretos y especificos, no habia libertad, era un mandato que provenia de dios y al no haber libertad tampoco habia derecho de propiedad. Todo era propiedad del monarca. Con la ley se disuelve o divide el poder y se produce la autonomia de la voluntad de las personas lo cual obtienen libertad y por lo tanto gozan del derecho de propiedad. Con la ley se imponen limites al poder soberano y por lo tanto deben ser generales, es decir, para todos, y abstractos ( implementadas hoy y durar decadas su vigencia). Los hombres no obedecen a los hombres que hacen la ley sino a la ley misma, por eso hay libertades individuales y aseguran el derecho de propiedad.
    El otro texto que trata temas relacionados al articulo es el del autor Garrett Hardin en «La tragedia de los comunes» donde se observaba mediante un estudio por satelite un predio muy chico de vegetacion verde para pastoreo y el resto estaba depredado. El espacio verde estaba cercado porque era de propiedad privada en cambio el resto que era de «todos» no era de «nadie» y mediante el egoismo llevaban a pastorear la mayor cantidad de ovejas posibles. Se produce la mano invisible de Adam Smith. Si la propiedad es privada , se va a cuidar el recurso, porque si gana, gana el propietario (beneficio) y si pierde, pierde el (perdidas).
    Tambien se propone que para el predio de vegetacion que es publico sea el Estado quien administre este recurso ( el problema es que puede haber corrupcion y no haya incentivo para proteger el recurso) . Lo importante para este autor es la gestion, la administracion.
    OPINION PERSONAL: Mientras haya libertad en las personas podran obtener mediante sus recursos necesarios para satisfacer sus necesidades. La propiedad privada es fundamental para darle un valor al bien ya que al ser propio, se lo va a cuidar de otra forma tratando de que le genere un excedente, una ganancia y a su vez poder realizar otras transacciones para que el mercado siga su vuelta.
    Lo que no debemos permitir es que el Estado monopolice las libertades individuales y que haya una distribucion equitativa de poder y de propiedad.

  8. La propiedad es un derecho que nos brinda la facultad de poner limites a terceros como al estado mismo.
    Esto nos genera un efectivo sentimiento de pertenencia que nos motiva a competir por mejorar nuestra situación en una interacción continua con la sociedad.
    La posibilidad de poner limites a terceros como al estado mismo dándonos este derecho la facultad de acceso, retiro, administración, exclusión y disposición sobre nuestra propiedad (entendida en un sentido amplio, abarcando todo lo que pertenece a una persona, incluyendo su vida y libertad) es lo que nos motiva al progreso, a competir, a buscar la decisiones mas eficientes, y a cuidar de las cosas, ya que además de limitar a terceros nos obliga con respecto a ellos, produciendo un ida y vuelta de derechos y obligaciones, incentivos y sanciones.
    En el texto de Pipper * Propiedad y libertad, veremos como el autor asocia el derecho al nacimiento del sentimiento de libertad en cuanto este nos brinda una independencia económica, consecuencia de las limitaciones, favoreciendo y posibilitando nuestras propias elecciones, al actuar como limitador a la intromisión de otros inmediatamente y mediatamente al goce de los frutos de ellos.
    Conocimos que el mismo sentimiento de propiedad antecede a cualquier derecho, a cualquier instituto a cualquier organización, desde los mismos animales en cuanto a sus territorios y presas como a los humanos hace millones de años hacia tierras, herramientas, ya que de no haber existido esa motivación de beneficio propio y no expropiable la evolución nos hubiera llevado a otro lado y ante su ausencia no encontraríamos incentivos ni castigos para buscar, motivarnos, esforzarnos en la elección eficiente de nuestro comportamiento, llevando esto a un resultado inevitable, la desidia, el desinterés, la ruina, y no solo material.

  9. El tema en cuestión lo puedo relacionar con el texto visto la clase pasada “Hayek sobre la libertad y ley”, en donde plantea como punto de eje la libertad y la propiedad, busca saber si los hombre al existir las leyes las obedecen o en realidad están obedeciendo a otros hombre, y llega a la conclusión de que las leyes al establecer limites y normas que las personas deben seguir, aumentan de esta forma su autonomía individual, a diferencia de lo que sucedía en los estados totalitarios, en donde el rey o monarca era el que imponía las reglas, por designio divino y los individuos solo debían obedecerlas. También menciona la diferencia entre mandato y ley, en donde en el primero las personas debían obedecer, y no gozaban de ningún tipo de libertad, y en el segundo al existir limites, esto no quitaba que las personas sean dueñas y pudieran elegir lo que mas le convenía, siempre y cuando fueran responsables de sus acciones, de allí el famoso refrán” dueños de sus actos y responsables de sus acciones”.Es por eso la importancia tanto de la libertad como de los derechos de propiedad.

  10. Estoy de acuerdo con que la propiedad crea incentivos en los individuos para proteger sus bienes y en la mayoría de los casos, mejorarlos. Harold Demsetz, argumentaba que «un propietario espera que la comunidad impida que otros interfieran en sus propias acciones, a partir de que tales acciones no están prohibidas en la especificación de sus derechos», y esto es porque los derechos de propiedad especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse. Ya que la propiedad permite generar mayores incentivos para la internalización de externalidades, siempre y cuando las ganancias sean mayores a sus costos, porque entonces no habría incentivos para ello, volvemos al caso de los impuestos y «la curva de Laffer», cuando trabajo y gano un cierto salario, pero luego de cobrarlo debo pasar por otra ventanilla para dejar el 100% en concepto de impuestos, se termina con el incentivo de la propiedad sobre la capacidad de producción humana, y buscare otro bien de mi propiedad que me resulte rentable para obtener lo que necesito.

  11. 1. Resumen
    En el texto de Demsetz (Hacia una teoría de los Derechos de Propiedad), se establece que los derechos de propiedad conllevan externalidades, tanto positivas (beneficios) como negativas (perjuicios), pero sólo se desarrollan cuando se hace económico internalizar los costos y los beneficios, proporcionando a los propietarios los incentivos necesarios para utilizar los recursos de la manera más eficiente posible, tal y como hemos visto anteriormente con la tragedia de los comunes. Los elementos que permiten su desarrollo (economías de escala, costos de negociación, externalidades y modificación de derechos de propiedad) se encuentran en todos los ejemplos citados: tierras, corporaciones, derechos de reproducción y patentes.
    En el texto de Hayek (Los orígenes de la propiedad, la libertad y la justicia, de su libro La fatal arrogancia), se hace un repaso histórico de la evolución gradual de los derechos de propiedad, que posiblemente no existieron cuando el hombre era cazador y recolector, pero que han ido transformándose continuamente, siempre que el poder político ha buscado su protección para defender las libertades individuales y no la determinación de su contenido, observándose una estrecha relación entre propiedad y justicia (ejemplos orígenes greco-romanos de nuestra civilización occidental, burguesía incipiente del medievo tardío, etc). Las decisiones pueden ser individuales o colectivas en ausencia de coerción, pero la aparición espontánea de instituciones y normas que regulan los derechos de propiedad forman parte de un orden extenso no determinado arbitrariamente.

    2. Conceptos relevantes (a mi juicio)
    Ejemplo de los indios de la Península del Labrador frente a los indios de las llanuras del sudoeste americano: asociación de derechos de propiedad (tierras de caza privadas) y comercio (valor de las pieles de los animales. Similar situación en los indios del noroeste.
    Interferencia y exclusión de las partes involucradas en las distintas formas idealizadas de propiedad: comunal, privada y estatal.
    Evolución natural de las modificaciones legales necesarias para determinar distintos tipos de propiedad en las corporaciones empresariales: accionistas versus gestores, sociedad anónima versus sociedad limitada, etc.
    Propiedad plural de Hayek entendida como evolución de la mano invisible de Smith: el mercado y los precios como explicación natural de la relación entre el comercio y los derechos de propiedad.
    Evolución dentro de Europa siempre que el poder político no fue absoluto en el sentido de impedir el desarrollo de iniciativas individuales: Grecia, Roma, Renacimiento Italiano, Inglaterra. No así en regiones y épocas con fuerte imposición del Estado (Asia, América Central, Edad Media en Francia o España).
    Colapso inevitable cuando el Estado sucumbe a la tentación de controlar la propiedad: Egipto, Imperio Romano, etc.
    Leyes fundamentales de la naturaleza para Hume: estabilidad de la propiedad, transmisión consensuada y respeto a los compromisos establecidos.
    Distinción entre bienes económicos y bienes inmateriales en función de sus posibilidades de reproducción y, por tanto, de la escasez de los medios necesarios para conseguir fines individuales según valoraciones subjetivas.

    3. Preguntas
    a) ¿Se puede establecer que el concepto de costes de transacción de Coase tiene su origen en los costes de negociación asociados a los derechos de propiedad, dado que éstos aumentan con el número de partes implicadas?
    b) ¿Qué tipos de derechos de propiedad podemos anticipar, dado que no parece haber un óptimo como consecuencia de su evolución continua, similar al equilibrio dinámico que el mercado busca y nunca alcanza?
    c) ¿Se pueden aplicar los mismos criterios de derechos de propiedad a un descubrimiento científico, repetible por definición, que a una obra artística, necesariamente única? ¿No sería más lógico conceder patentes al artista y derechos de propiedad a los inventores?

  12. El artículo permite reflexionar sobre la importancia de proteger el derecho de propiedad, lo que lleva al desarrollo de la sociedad. Por eso, es necesario que existan leyes claras que ordenen a la sociedad y permitan que cada uno tenga la libertad de usar e intercambiar las cosas que posee. De otra manera, otras personas o el Estado podrían violar el derecho de una persona sobre sus cosas, quitandole a este el incentivo a proteger y acrecentar su bien.
    Por otro lado, el respeto a la propiedad genera confianza entre los individuos lo que atrae la llegada de inversiones ya que cada uno sabe que podrá gozar de los beneficios que obtenga por su producción.
    Considero que nuestro país debería mejorar en este aspecto, generar confianza para atraer inversiones y así poder desarrollarse y brindar a sus ciudadanos una mejor calidad de vida.

  13. En primer lugar considero que el derecho de propiedad es uno de los derechos cuyo raigambre constitucional se encuentra fuera de discusión (art. 17 de la Constitución Nacional), ya que es una de la garantías que poseemos todos los ciudadanos de confiar en que ningún tercero puede expropiarnos de ella, salvo por supuesto que nuestra propiedad afecte el orden público.
    Pero haciendo referencia a la nota en cuestión concuerdo al considerar que la propiedad significa riqueza y que nos permite disfrutar de nuestros ingresos provenientes de ella, pero siempre y cuando este derecho se encuentre protegido por nuestro ordenamiento jurídico, porque podemos disfrutar de estos ingresos mientras nos sean reconocidos tanto personalmente como por tercero que determinada propiedad es privada.
    Respecto a que “la propiedad, en realidad, no significa que el propietario disfrute solamente de los beneficios que ésta pueda darle, debe también soportar todas las cargas y responsabilidades de lo que haga con ella”; considero que valdría hacer referencia a “La tragedia de los comunes” por Garrett Hardin, quien ilustra un ejemplo de unas fotos tomadas en el África donde puede ver gran cantidad de suelo devastado y llama su atención un área verde. Así, explicando el asunto, nos enseña que esa área había sido cercada y se reconocía abundante hierba a diferencia de todo su alrededor, según él esto se explica porque esa área verde era una propiedad privada, y al ser una propiedad privada los propietarios tenían un gran incentivo para cuidad sus tierras. Por eso “Cuando no hay propiedad nos encontramos con una “tragedia” y a partir de ello Garrett Hardin explica “la tragedia de los comunes” ya que si una propiedad es común, es decir, no es de nadie y es de todos, no hay incentivos para cuidarlo y reproducir ese capital o bien, y al ser el ser humano por naturaleza egoísta explica como las personas usan un recurso común persiguiendo su propio interés a expensas de los demás.
    Es por ello que concluyo que una propiedad que no se encuentra protegida, produciría el consumo desmedido y hasta la disipación, mientras que una propiedad protegida, provocaría el incentivo de cuidarla, y reproducir sus frutos.

  14. La propiedad privada genera incentivos para cuidar las cosas, mejorar las cosas, y por sobre todo, explotar las cosas y obtener frutos de ellas. La certeza de saber que si pongo empeño y sacrificio, los resultados serán míos, genera incentivos en pos del progreso, la creatividad y el desarrollo humano.
    En cambio, la falta de recompensas genera estancamiento, desincentivos, incompetencia, y falta de desarrollo.
    También, cuando el Estado es indefectiblemente dueño de todo, éste tampoco tiene incentivos en mejorar las condiciones de vida de las personas, cercenando la libertad.
    Y respecto de la cuestión de «ley y mandato», del texto de Von Hayek, me gustaría citar una frase de Fray Mamerto Esquiú, al ser jurada la Constitución Argentina de 1853: «Los hombres se dignifican postrándose ante la ley, porque así se libran de arrodillarse ante los tiranos».

    • ¿La providad privada genera incentivos para cuidar las cosas? Es broma, ¿verdad?.
      Gracias al consumismo y la propiedad privada se han despercidiado más recursos humanos y naturales en los últimos cien años que en cualquie otro periodo de tiempo.
      El hombre primitivo desarrolló herramientas para su supervivencia. ¿No puede el hombre actual, el hombre actual como tú, desarrollar herramientas para el progreso sin pensar en perjudicar a otro de su misma especie?

  15. Hemos visto que una de las instituciones que necesita el mercado para funcionar adecuadamente es el derecho de propiedad: para que los intercambios se realicen es necesario que los que participan en el mercado, posean las cosas, teniendo el derecho de transferirlas, explotarlas, percibir sus frutos, venderlas, donarlas, alquilarlas, intercambiarlas, etc. Vimos en el capítulo I de «El foro y el bazar» que los dueños tienen el incentivo de cuidar sus propiedades porque estas significan riqueza. También son los dueños de las cosas, los que soportarán las cargas y las responsabilidades de lo que decidan hacer con ellas.
    Como bien dice Armen Alchian en el texto «Derechos de propiedad», los derechos de propiedad son derechos humanos y como tales, deben estar garantizados en los ordenamientos jurídicos de las naciones. Es muy habitual que los gobiernos con políticas socialistas busquen diferenciar al derecho de propiedad de los derechos humanos, buscando en nombre del bienestar general y de políticas mas inclusivas, que la propiedad privada ó parte de ella, pase, de muchas formas posibles, a manos de Estado para el uso público ó para hacer frente a los déficits fiscales. También cuando la propiedad privada está mas concetrada en el Estado, este tiene mas poder y en consecuencia, hay menos libertad. Por el contrario, cuanto mas distribuída estén las propiedades privadas en una sociedad, hay mas libertad porque el poder está disperso.
    Lamentablemente, muchos sectores siguen viendo en la defensa de los derechos de propiedad privada un apoyo incondicional a los grupos empresariales y a los grandes intereses económicos y siempre alegan que esto va en desmedro de las clases mas bajas y oprimidas. Obvian considerar que si la propiedad privada genera riqueza y esto trae mas incentivos para cuidarla y mejorarla, se realizan así mas intercambios en el mercado y esto genera mayor división de trabajo y oportunidades en una sociedad.

  16. Sin lugar a dudas tal como manifiesta Alchian en “Derechos de Propiedad”, el peor resultado se produce cuando los derechos de propiedad son abolidos realmente y no me cabe duda de que los derechos de propiedad son derechos humanos.
    El propietario es un “protector” ya que recaen sobre el los efectos de sus acciones.
    Así como en el mercado lo costos de una mala decisión recaen exclusivamente sobre quien la toma, claramente que si el propietario preserva, cuida, multiplica el recurso se va a ver favorecido, por el contrario, si actúa negligentemente obrando inversamente a las acciones descriptas, se empobrece. El derecho de propiedad privada elimina el dilema del prisionero y lo reemplaza por un juego cooperativo en el que cada jugador recibe los beneficios y los costos de sus acciones, llevándolo a buscar un uso óptimo del recurso. Pues bien, cuando no existe propiedad privada, nos encontramos frente a una situación realmente desfavorable ya que, si se puede hacer un uso y goce de un recurso de manera abusiva, colectiva, y sin limitación alguna, el recurso finaliza depredado. También si no existe la posibilidad de “excluir” a ningún individuo de dicho uso, como así tampoco incentivos para cuidarlo, mejorarlo, multiplicarlo, sin lugar a dudas, hablar de una “tragedia” no sería para nada descabellado. De líneas anteriores se desprende que la capacidad de excluir es fundamental y me animo a decir que no sólo podemos circunscribir dicha facultad a lo que concierne a la propiedad en sí, sino a preservación de la sociedad toda.
    Dicho esto, resulta evidente, que protegemos la propiedad porque significa riqueza, y si hablamos de propiedad, nos referimos a todo tipo de posesión personal. Pues bien, no es ilógico pensar que la posesión de propiedad es también posesión de poder, y por ende, hacer la analogía de que si todo es propiedad del Estado, la libertad desaparece, resulta alarmante que así sea.
    Considero relevante hacer mención de los tres elementos de la propiedad enunciados por Alchian en el texto leído:
    1) Exclusividad de los derechos de elección del uso de un recurso;
    2) Exclusividad de los derechos de los servicios de un recurso, y
    3) Derecho de intercambiar el recurso bajo unos términos mutuamente aceptables.
    Dicho esto queda claro que el derecho de propiedad es un derecho humano que lejos está de entrar en conflicto con ellos, más bien, es de tal importancia como el resto de ellos.
    Ahora bien, cabe preguntarnos cuáles son los efectos de la propiedad privada, la pregunta halla respuesta en todo lo dicho en líneas anteriores: exclusión, no depredación del recurso, explotación eficaz del mismo, eliminación de la discriminación, limitación del poder del Estado, etc. No caben dudas, la protección de la propiedad privada es necesaria.
    Concluyo este comentario con una frase, “Lo que es de todos no es de nadie”.

  17. Este artículo en cuestión tiene fuerte vinculación con dos textos desarrollados a lo largo del cuatrimestre. Uno de ellos es el texto de Hardin: “La tragedia de los comunes”. En este se demuestra la importancia que adquiere la propiedad privada para la conservación de los recursos. Había un predio con un espacio verde, administrado por algunas personas, y el resto era amarillo, que pertenecía a todos, por lo que se generaba la depredación del recurso y la solución suscitaba en imponer la propiedad privada de dicho bien o bien que la administración sea llevada a cabo por el Estado (aunque se realizaba la pregunta ¿quién vigila, a los que vigilan? Haciendo referencia a casos de corrupción por ejemplo, en donde hay una carencia de incentivos en realmente velar por el cuidado del recurso). Se indicó que si había una serie de tribus de pastores y cada uno colocaba una cabra más a pastear, lo que consumía esa cabra, con respecto a los demás, socializaba los costos, de modo tal que se desmentía la “mano invisible” de Adam Smith.
    Es por ello, que la propiedad privada es esencial: cuando el recurso pertenece a alguien, ese alguien es quien va a protegerlo, asumiendo los beneficios y las pérdidas que se deriven de la administración. Además, mediante ella, se pone límites a terceros y al Estado mismo, pudiendo ejercer todo tipo de derecho sobre el bien, como el de la exclusión en el uso del mismo.
    El autor llega a una conclusión, en que no es en sí misma la propiedad privada lo que garantiza la eficiencia, sino la administración/gestión. Los recursos se podrán gestionar en la medida que sean ilimitados, ya que cuando son bien administrados se consumen y reproducen continuamente.
    El otro texto con el que el artículo está fuertemente vinculado es con el de Hayek: “Leyes, mandatos y orden social”. Allí se plantea la cuestión de si los hombres son libres al obedecer la ley u obedecer la ley implica obedecer a otros hombres. A su vez realiza una distinción entre mandato y ley. El primero se encuentra relacionado con la monarquía; el monarca daba órdenes y ello era considerado como un poder de Dios, que debía ser obedecido por el resto. Los mandatos eran específicos y concretos y ante la ausencia de libertad, no existía el derecho de propiedad. Luego, con la ley, estas cosas comienzan a cambiar. La ley es un límite, donde el individuo hace lo que, en cuanto a su conveniencia, puede hacer. Él es responsable de su gestión, fuera y dentro de la ley. Como consecuencia de la misma, se divide el poder y surge la autonomía individual de los sujetos, naciendo el derecho de propiedad. Por lo que el hombre obedece a la ley y no a otros hombres que hacen normas y eso lo hace libre, ya que hay estado de derecho. Y esto conlleva a que los preceptos deben ser generales (iguales para todos) y abstractas (ser impuestas hoy, y si están bien realizadas, tener vigencia a lo largo del tiempo).
    Si todos somos iguales y dueños de hacer lo que deseamos, dentro de lo que la ley manda, la libertad impera.

  18. Con relación a este articulo,por un lado, recuerdo uno de los textos que vimos en clases , el de «La tragedia de los comunes», en donde aparecen tres sistemas de propiedad desde el punto económico, que son la propiedad común, la propiedad estatal y la propiedad publica. En donde la propiedad común, se caracteriza por no tener un titular determinado que tenga derechos y obligaciones sobre dicha propiedad y la propiedad privada, que se caracteriza por ser utilizada por un numero reducido de individuos.
    Y por otra lado, con el tema de derecho propiedad se relaciona con la diferencia entre los bienes públicos y bienes privados, en donde los primeros son lo que no hay rivalidad en el consumo ni son excluyente y en cambio, en el segundo caso, si hay rivalidad en el consumo y ademas es excluyente.

  19. Chapter 14 & 15

    Alcanzar un mercado extranjero empieza con los cuatro P’s de Marketing, o Price, Place, Product, y Promotion. Hay que tomar en cuenta que cambiaran entre los paises y es clave que la empresa se cambie para comunicar con algunos mercados. El precio es algo muy complicado porque el precio maximo que pagaria un pais puede ser diferente en otro lugar sin embargo podria dañar la marca cobrar un precio diferente en otro lugar. Promocion tambien tiene que cambiar entre los paises diferentes para alcanzar los gustos distinctos. Hay que decidir entre un plan que sea decentralizado o centralizado y luego hay que adaptar un Global Brand Strategy o un Multiple Brand Stratedy depiendiendo en la ampliatud del producto y la marca (si le atraeria a varios mercados). Supply Chain Management es el estudio en lo cual la empresa trata de averiguar las formas en las cuales sean mas baratas y eficientes para llevar el producto al mercado. Para introducer un producto nuevo a un mercado, hay tres estrategicas entre los cuales una empresa puede elegir: Product Extention, Product Adaptation, y Product Invention. En total es muy importante averiguar como maneja el pais antes de tratar de llevarle un producto y que el efecto del pais de origin puede afectar el resultado (el hecho de ser de un pais puede cambiar la mentalidad de alguna gente). Global Sourcing es cuando una empresa usa los recursos de otros paises para conseguir un precio mas bajo. Luego para entrar al otro mercado una empresa puede hacer un Joint Venture, contractar con una empresa domestica, o desarollarse completemente de nuevo en el pais extranjero. En addicion la empresa decide donde construara sus productos y puede ser en el pais de origin, mitad y mitad, o en el pais nuevo. Accounting es un departamento que le communica la gestion lo que es la situacion de las finanzas de la empresa; asi que es muy importante que usa las mismas estandares y practicas para mantener datos claros. Hedging refiere al uso de instrumentos para evitar el problema de la fluxuacion del tipo de cambio.

    Para mi, estos capitulos demuestran como interrelacionan los departaments de la empresa para que la empresa sea sana y competitiva. Nos ensenya la importancia de cada departamento porque la empresa es esencialmente un conjunto de todos ellos. El departamento de Marketing, Contadoras, Recursos Humanos, y Finanza tienen que incorporarse para que la empresa funcione en una manera rentable. Cada aspecto de los negoicos affecta a la empresa y es clave averiguar la situacion acutal del pais con lo cual se realizara un intercambio. Hay que tomar muchas decisiones en la cadena de sumiminstrio para manejarse effficientamente y tienen que convenir con el pais nuevo.

    Puede ser que una empresa no tenga una necesidad de tener cada departamento?
    Que es un ejemplo de una empresa en la cual ya haya tenido exito en Product Invention (me parece muy peligroso y no puedo pensar en una vez donde uno lo haya hecho exitosamente)?
    Que seira un ejemplo de un lanzamiento de producto que fallo en un marcado por el efecto de pais de origin?

  20. Justamente es un tema que venimos trabajando en clase y más ahora con «El misterio del capital» de Hernando de Soto, donde los más pobres se caracterizán por su restringido acceso al Derecho de Propiedad. Aun teniendo fuerza de trabajo y tierra bajo sus pies, no tienen riqueza.
    Unos pocos pueden disfrutar de tener algo a su nombre, unos pocos tienen la libre disposición y administración de determinados bienes, por lo tanto, no pueden intercambiar, quedan excluidos inmediatamente del mercado, de ese sistema de precios que transmite información y permite alcanzar una eficiencia.
    Personalmente, opino que la falta de propiedad es una falla más de la sociedad, imposibilita una economía con plena libertad, excluye a muchos e incluye a unos pocos.
    No todo se basa en la acumulación del capital, al contrario, la concentración del mismo permite la explotación de unos sobre otros, donde éstos últimos no tienen la posibilidad de elegir y solo pueden subordinarse.
    Tener la propiedad, implica, poder disponer de ella, poder gozar de sus frutos, poder excluir e incluir y poder intercambiar con libertad plena y una capacidad de elección más que extensa.

  21. La propiedad privada nos permite disfrutar de diversos beneficios, a la vez que nos responsabiliza por los mismos. Podemos hablar de los tres elementos básicos de la propiedad privada : 1) exclusividad de los derechos de elección del uso de un recurso, 2) exclusividad de los derechos de los servicios de un recurso, y 3) derecho de intercambiar el recurso bajo unos términos mutuamente aceptables. Quienes critican la propiedad privada desean traspasarla al gobierno, que obviamente debería administrar esos bienes de acuerdo a la normativa, y destinando esfuerzos a que no se produzca el deterioro de los mismos. ARMEN A ALCHIAN, hablaba acerca de que las restricciones o limitaciones a la propiedad privada van en detrimento de la sociedad, y pone como ejemplo el tema de la discriminación. Si hay controles de precios, por ejemplo en los alquileres, el negocio estará basado simplemente en consideraciones personales, en lugar de alquilarlo a quien puede generar una oferta aceptable. Con todo esto quiero decir, que la propiedad privada, lejos de significar algo negativo, es fundamental para el progreso y la generación de riqueza. Garret Hardin en «La tragedia de los comunes» decía “La ruina es el destino hacia el cual corren todos los hombres, cada uno buscando su mejor provecho en un mundo que cree en la libertad de los recursos comunes. La libertad de los recursos comunes resulta la ruina para todos.” También me parece correcto relacionar estos temas con «El misterio del Capital» de Hernando de Soto; básicamente llega a la conclusión de que los pobres no lo son por no tener capital, ya que sí lo tienen, y son las tierras en que viven, pero al no tener la propiedad de las mismas, por no estar titularizadas, no pueden explotarlas y por ende multiplicar las riquezas. Otro claro ejemplo de cómo la propiedad privada genera poder y progreso. Por otra parte, y como corolario, las consecuencias de la propiedad común de aquellos bienes que por su propia naturaleza o esencia no pueden serlo porque se extinguen, se observan en la explotación de los bosques o las mineras. El problema reside en que las personas que actúan según intereses propios experimentan beneficios inmediatos a raíz de estas acciones, mientras que las pérdidas que el impacto del calentamiento global conlleva no se experimentan de forma inmediata. La solución adecuada consiste en que la gente tome decisiones que logren alterar el comportamiento de todos, incluidos ellos mismos. Una forma de llevar a cabo esto es tomar iniciativas que respeten el medio ambiente y que tengan resultados positivos inmediatos.(http://www.planetseed.com/es/relatedarticle/tragedia-de-los-elementos-comunes).

  22. El articulo esta relacionado con el texto de Hayek sobre la libertad y ley . En el texto se hace una distinción entre mandato y ley, en un primer momento los hombres se movían a través de mandatos que provenían del poder, el mandato esta ligado a la monarquía no había derechos individuales simplemente el rey mandaba y la gente obedecía. el mandato era especifico y concreto.En la medida que nace la ley el individuo gana autonomía pudiendo moverse dentro de los limites que la ley propone , es decir que la ley es el limite para los hombres. Las leyes deben ser generales y abstractas ya que tienen que ser iguales para todos, y evitar los privilegios, a la vez, en la medida que una ley es general obtiene la facultad de perdurar en el tiempo. La pregunta que surge de este texto es si el hombre es libre obedeciendo leyes o a otro hombres, la respuesta que surge del texto es que el hombre es libre en la medida que vive en un estado de derecho, y la principal herramienta para llegar a la libertad es el derecho de propiedad.

  23. Hayek en uno de sus textos plantea la evolucion del derecho de propiedad que respondea as decisiones que los individuos toman para conseguir sus preferencias. A la vez, afirma y plantea que sin derecho de propiedad no hay justicia.
    Pudiendo citar a otro autor como Hume respecto de esto podemos decir que la estabilidad de los derechos de propiedad, la transmicion voluntaria de estos y respecto del contrato.
    Para Coase la mecanica de los derechos de propiedad es la internalizacion de externalidades (positivas o negativas).

  24. Se viene buscando durante muchos años la libertad,cuando había un régimen de monarquía absoluta donde el rey daba mandato y todos obedecían,no existía la libertad .Porque la propiedad estaba concentrada en el poder de unos pocos.Todo cambia cuando se divide el poder y las conductas se regulan con leyes. Ya no obedecemos a un rey sino que obedecemos a una ley. La ley es un limite,todos tenemos libertades hasta donde la ley no regule es decir ponga un limite y cada uno puede a ser responsable de sus propios actos.Con la división de poderes surgen diferentes derechos fundamentales entre ellos el derecho de propiedad privada donde esta se divide entre un gran numero de propietarios y así el poder se distribuye y la libertad aumenta, porque cuando la propiedad privada es toda del estado la libertad desaparece. La propiedad privada favoreció e impulso al avance de la civilización.Incentivo al progreso y protege los recursos.Cada uno cuida lo que es suyo y saca sus propios frutos.En cambio si la propiedad privada seria de todos se desgastaría y no se cuidaría.

  25. La primer cuestión que se deja a fuera es la prescripción adquisitiva por el paso del tiempo. Claramente recibir o intentar transferir algo que no es de nuestra propiedad conlleva un problema. Sin embargo a través de la prescripción podemos adquirir la propiedad. Casos que suceden en la realidad demuestran que no todo puede simplificarse a teorías objetivas.

    Comparto las conclusiones del texto, la falta de propiedad privada conlleva a la depredación de los recursos. Sin embargo ¿qué se entiende por propiedad privada? Donde incluimos los casos de ONG que tienen a su cargo predios o terrenos que pertenecen a varios voluntarios o personas a la vez, en donde no se ve tal depredación de los recursos.

    Hayek dirá que la ley es un límite y un marco, que acrecenta la libertad de las personas. Por lo tanto el derecho de propiedad que nace con la ley da mayor libertad y seguridad, lo que conllevaría a la no depredación de los bienes propios.

  26. El texto anterior se relaciona con varios de los temas tratados en clase tales como «Derechos de propiedad» y «La Tragedia de los comunes», entre otros. Hemos visto que el derecho de propiedad es fundamental, y esto por varias razones: en primer lugar porque cuando el bien es publico, los individuos tienden a sobre explotarlo en busca del beneficio personal, depredando el recurso. Por otro lado, al existir los derechos de propiedad, el propietario cuida lo que le pertenece, porque como dice mas arriba, la propiedad genera riqueza. Pero es importante destacar tambien, que si el propietario administra mal los recursos que son de su propiedad, sera el quien deba soportar las consecuencias desfavorables de su mal uso. Ademas, la propiedad entendida como un derecho es fundamental para el desarrollo de las sociedades, ya que solo a través de esta pueden efectuarse intercambios en forma efectiva y claramente delimitada, sin perjudicar a terceros en el proceso. Esta cuestión esta intimamente relacionada con el texto de Hayek «Sobre la libertad y la ley», en donde el autor se plantea el interrogante de si los hombres al obedecer la ley, son libres o no. Esto es asi porque la ley o el derecho, amplia la esfera de autonomía del individuo y por ende su ámbito de actuación. La ley, que debe ser general y abstracta (igual para todos) constituye un limite al poder soberano, lo que genera a su vez que el individuo sea libre.

  27. Como venimos estudiando en clase la propiedad privada permite poder disponer de nuestros bienes libremente ya sea usarlos, alquilarlos, venderlos, nos permite gozar de sus frutos y beneficios, los cuales van a ser mejores si cuidamos de ella. Ademas, facilita la libertad contractual, lo cual nos permite mediante los contratos expresar nuestras valoraciones personales a traves de los intercambios que hacemos a diario, lo que llega a fomentar un dinamismo en el mercado que se ve reflejado de forma directa en la economia. Coincido con muchos de mis compañeros en que en nuestro sistema se ve tan limitada que irremediablemente se genera un efecto domino repercutiendo tanto en la vida cotidiana de las personas como en la economía en su conjunto.
    Logre entender porqué es un pilar tan importante en el desarrollo de un pais, y de la magnitud de los conflictos que se generan cuando las leyes no la resguardan debidamente, ya que sin propiedad privada no tenemos el poder de accionar y en conclusion nos vemos privados de intercambiar, mejorar las condiciones de vida, producir, invertir, etc.
    Como lei en un texto la propiedad privada no excluye a los derechos humanos, ya que es en si misma un derecho humano.
    Finalmente, para concluir me parece interesante algunas politicas que se toman para permitir que las personas que viven en asentamientos puedan tener su porcion de propiedad.

  28. Claramente el texto hace referencia a que la Institución de la propiedad privada es la que otorga la mayores incentivos a los hombres para protegerla, para generar que aquella le otorgue beneficios, porque no sólo se va a ver beneficiado por lo que le permita realizar la propiedad sino que también debe hacer frente a los gastos que aquel bien le trae por lo cual va a cuidarla. Hemos visto en clase que es el hecho de que en los sistemas comunistas no exista la propiedad privada que los bienes se destruyen, ya que existen el incentivo no para cuidar la cosa común a todos, sino de obtener el mayor beneficio y que en todo caso el costo se socialice y se distribuya en la totalidad de la comunidad. El hombre no puede ver que en definitiva se termina perjudicando porque va a llegar un momento en que el bien se destruye y ninguno va a poder acceder.
    Cuando el Estado es el propietario, lo que se produce es que como quien lo administra no es el dueño de la cosa, sino que lo somos todos y ello es lo mismo que decir que nadie es el dueño, lo que se genera es que ese sujeto de la burocracia no tiene ningún incentivo para proteger la cosa y tomar las medidas necesarias para que de aquella se pueda obtener el mayor beneficio posible, y eso se debe a que quien lo administra no se va a ver beneficiado por las mejoras que se obtengan como tampoco repercutirá en él los perjuicios de su mala administración. Y en la política ello genera que nuestros representantes,que tienen acceso a los recursos que obtiene el Estado que son bienes de todos siendo ellos quienes lo administran el único incentivo que tienen es utilizarlo para lograr mantenerse en el poder, pero no tienen ningún objetivo de conservar la cosa, porque ellos no son dueños de los recursos.
    Recurriendo al texto de “Hayek sobre la libertad y ley” visto hace pocas clases este autor rescata como una de las dos instituciones más importante la propiedad junto con la libertad. Claramente los sujetos tendrán acceso a la propiedad siempre y cuando exista leyes pero leyes en el sentido de la «gran ley», es decir, aquella que lo único que realiza es un marco dentro del cual el ciudadano sabe que puede actuar y por lo tanto dentro de este marco de libertad que se le es consagrado puede adquirir propiedad privada. Sin embargo aquella ley no debe establecer diferencias concediendo privilegios para algunos solos, la leyes deben ser iguales para todos. No puede otorgar el derecho a propiedad a algunos y para otros no, sin embargo ello no sucede en la práctica.

  29. OMMA
    Economía e Instituciones
    Alumno: Miguel Ángel Guevara
    Profesor. Martín Krause
    Resumen de la lectura del documento: Los derechos de propiedad
    Los derechos de propiedad surgen de manera evolutiva, al igual que muchas instituciones, y según Hayek, corresponden a un proceso que todavía no ha concluido, atribuyéndole a dichos derechos un rol preponderante en el desarrollo del comercio y la formación de los precios. Al contrario de lo que muchos ignoran y otros defienden, la propiedad no ha sido un regalo del estado capitalista a una clase dominante a expensas de otra clase desposeída, ha sido una institución que inclusive antecede al propio Estado. Por otra parte, los derechos de propiedad son una expresión de las formas en que la gente puede beneficiarse o perjudicarse y están estrechamente relacionados con la internalización de las externalidades.
    Aspectos importantes
    Este es un tema que reviste gran importancia para entender el funcionamiento de la economía en la sociedad y los intentos fallidos y recurrentes en los cuales caen los estados totalitarios e interventores para tratar de planificar la vida de la gente a través de la llamada ingeniería social. Hayek desmonta esta gran farsa calificando de arrogante el error intelectual en el cual incurre el socialismo al tratar de reemplazar las instituciones evolutivas y los derechos de propiedad. Además me parece un planteamiento polémico y digno de ser tomado en consideración la afirmación de que los derechos de propiedad contribuyen a la protección de los recursos.
    Preguntas

    1. ¿Cómo el socialismo, calificado como un error intelectual de manera convincente por pensadores de la talla de Mises o Hayek puede contar con la defensa y promoción de tantos intelectuales, académicos, artistas y políticos?
    2. Hayek sostiene que donde no hay propiedad no puede haber justicia. ¿Hay justicia donde sólo hay derechos de propiedad?. ¿Es este el derecho más importante?
    3. ¿Puede considerarse que los derechos de propiedad están siendo entendidos por la sociedad, cuando en realidad la gente pide más Estado?

  30. Este extracto del libro se refiere a la importancia que tiene el derecho de propiedad en el marco de las relaciones sociales, y a las dificultades y los problemas que genera su inexistencia.
    Hemos visto a lo largo del cuatrimestre que el derecho de propiedad tiene una doble virtud, ya que incentiva a que las personas se esfuercen en sus actividades en virtud de que van a ser ellas las que gocen de los esfuerzos realizados; y por otro lado incentiva a que los propietarios protejan los recursos que les pertenecen, ya que van a recaer sobre ellos los efectos positivos o negativos de sus acciones respecto a estos. Y es precisamente este último aspecto el que se relaciona directamente con los perjuicios que puede causar la ausencia de estos derechos de propiedad. Como sostiene Garrett Hardin en «La Tragedia de los Comunes», cada persona está guiada por el egoísmo, por ende, en el caso de no existir la propiedad privada, cada uno buscaría alcanzar su beneficio propio en perjuicio del resto de la comunidad (esto desmiente en parte la teoría de la mano invisible de Adam Smith). Es a esto a lo que se denomina «tragedia», ya que al no existir la posibilidad de excluir a nadie del uso de los recursos comunes, todos pueden utilizarlos y por ende terminan depredados. A su vez, existe otra consecuencia negativa, que es la falta de incentivo de las personas que no son propietarias para cuidar y mejorar dichos recursos. Lo que propone Hardin es que si la propiedad es privada, los beneficios y las perdidas las soportan los propietarios, por ende tienen incentivos para proteger dichos recursos.
    Es en este sentido en que el derecho de propiedad termina siendo de vital importancia para la existencia de la sociedad, y las leyes deben estar encaminadas a facilitar su existencia y protección. A una conclusión similar arriba Armen Alchian, quien considera que uno de los requisitos mas fundamentales de un sistema económico capitalista es un sistema fuerte de derechos de propiedad. Ya que sostiene que cuando estos están bien definidos y protegidos, reemplazan la competencia a través de la violencia por la competencia a través de métodos pacíficos.

  31. El artículo me remite a lo que sostiene Demsetz en el texto “Hacia una teoría de los Derechos de Propiedad” sugiriendo una aproximación a los problemas de estos derechos pero como una forma de observar problemas tradicionales, esclareciendo problemas socioeconómicos.
    Los derechos de propiedad son un instrumento de la sociedad y su significación deriva de que ayudan a formar las expectativas en las relaciones con otros; que encuentran su expresión en leyes y costumbres de una sociedad. El propietario de estos derechos posee el consentimiento de sus pares para permitirle actuar de determinada manera. A su vez estos derechos se desarrollan cuando se hace económico para quienes se ven afectados por externalidades, internalizar los costos y los beneficios.
    En cuanto a las formas de propiedad, la propiedad privada implica que la comunidad reconoce el derecho del propietario a excluir a otros del ejercicio de tales derechos; crea incentivos para utilizar más eficientemente los recursos y economizar su uso. Reduce los costos de negociación permitiendo que las externalidades se internalicen a un costo más bajo.
    La propiedad estatal implica que el Estado puede excluir a cualquiera del uso de un derecho, en la medida en que el Estado respeta procedimientos políticamente aceptados que determinan quien no puede utilizar propiedad de pertenencia estatal.
    En palabras de North, no hay modo de especificar lo que es un gobierno eficiente subyacente a la estructura económica de los derechos de propiedad; evitando tomar una estructura institucional y explorando distintas reglas o normas y su implicancia en los D. de Prop. Los mercados eficientes requieren un gobierno que no solo especifique y haga cumplir una serie de derechos de propiedad sino que también disminuya los costos de transacción hacia el ideal de Coase y, que opere dentro de un marco de actitudes hacia la honestidad, integridad , rectitud y justicia que haga posible disminuir los costos de transacción por unidad de intercambio.
    Hernando de Soto sostiene que la gente es capaz de generara leyes, acuerdos y formas de resolver sus disputas mediante procesos espontáneos. Relaciona un adecuado sistema de propiedad con el funcionamiento de mercado que permite y estimula la generación de capital. Muestra la importancia de que los sistemas de propiedad legal se adecuen a las leyes que surgen espontáneamente de los intercambios voluntarios de las personas.
    Su investigación muestra que existen capitales muertos, por estar fuera de la campana legal; no pudiendo acceder a los beneficios de un mercado más amplio y desarrollado permitiendo un sistema de libertad.

  32. Considero acertada la estrecha relación abordada en el artículo entre el derecho de propiedad privada y el avance de las civilizaciones.

    Al respecto, cabe citar a Hayek quien establece que el avance de las civilizaciones no sólo está dado por el fortalecimiento de la propiedad privada sino que también en la medida que los gobiernos se abstengan de determinar el contenido de la misma.

    El autor ejemplifica la relación referida con el origen de la expansión industrial moderna, que tuvo lugar a partir del fortalecimiento de la burguesía y no en aquellos contextos en los que prevalecía la fuerza de la espada. Lo que, en definitiva, logró poner los cimientos de la posterior estructuración de esa extensa red mercantil que, finalmente, dio paso al orden extenso.

    En ese sentido es condición imprescindible para la existencia del mismo la seguridad en la posesión que propicia la limitación del uso de la fuerza a la imposición de unas normas delimitadoras del dominio de cada sujeto.

    En ese entendimiento, Harold Demsetz establece que “un propietario espera que la comunidad impida que otros interfieran en sus propias acciones, a partir de que tales acciones no están prohibidas en la especificación de sus derechos”.

    Es decir que para que una sociedad se desarrolle es necesario garantizar por parte del ordenamiento normativo, lo suficientemente abstracto (en términos de Hayek «Gran Ley»), el goce de los derechos de propiedad. Sólo de esta forma los individuos harán los sacrificios necesarios para obtener los frutos de su propiedad.

    Caso contrario si los gobiernos se extralimitaran en la reglamentación de este derecho fundamental para la vida en sociedad, los individuos carecerían de incentivos para desarrollar sus propios recursos y esto conduciría a lo relatado por Hardin como “La tragedia de los comunes”; donde la ruina es el destino hacia el cual corren todos los hombres, cada uno buscando su mejor provecho en un mundo que cree en la libertad de los recursos comunes.

  33. Considero acertada la estrecha relación abordada en el artículo entre el derecho de propiedad privada y el avance de las civilizaciones.

    Al respecto, cabe citar a Hayek quien establece que el avance de las civilizaciones no sólo está dado por el fortalecimiento de la propiedad privada sino que también en la medida que los gobiernos se abstengan de determinar el contenido de la misma.

    El autor ejemplifica la relación referida con el origen de la expansión industrial moderna, que tuvo lugar a partir del fortalecimiento de la burguesía y no en aquellos contextos en los que prevalecía la fuerza de la espada. Lo que, en definitiva, logró poner los cimientos de la posterior estructuración de esa extensa red mercantil que, finalmente, dio paso al orden extenso.

    En ese sentido es condición imprescindible para la existencia del mismo la seguridad en la posesión que propicia la limitación del uso de la fuerza a la imposición de unas normas delimitadoras del dominio de cada sujeto.

    En ese entendimiento, Harold Demsetz establece que “un propietario espera que la comunidad impida que otros interfieran en sus propias acciones, a partir de que tales acciones no están prohibidas en la especificación de sus derechos”.

    Es decir que para que una sociedad se desarrolle es necesario garantizar por parte del ordenamiento normativo, lo suficientemente abstracto (en términos de Hayek «Gran Ley»), el goce de los derechos de propiedad. Sólo de esta forma los individuos harán los sacrificios necesarios para obtener los frutos de su propiedad.

    Caso contrario si los gobiernos se extralimitaran en la reglamentación de este derecho fundamental para la vida en sociedad, los individuos carecerían de incentivos para desarrollar sus propios recursos y esto conduciría a un posible escenario de lo relatado por Hardin como “La tragedia de los comunes”; donde la ruina es el destino hacia el cual corren todos los hombres, cada uno buscando su mejor provecho en un mundo que cree en la libertad de los recursos comunes.

  34. Considero acertada la estrecha relación abordada en el artículo entre el derecho de propiedad privada y el avance de las civilizaciones.

    Al respecto, cabe citar a Hayek quien establece que el avance de las civilizaciones no sólo está dado por el fortalecimiento de la propiedad privada sino que también en la medida que los gobiernos se abstengan de determinar el contenido de la misma.

    El autor ejemplifica la relación referida con el origen de la expansión industrial moderna, que tuvo lugar a partir del fortalecimiento de la burguesía y no en aquellos contextos en los que prevalecía la fuerza de la espada. Lo que, en definitiva, logró poner los cimientos de la posterior estructuración de esa extensa red mercantil que, finalmente, dio paso al orden extenso.

    En ese sentido es condición imprescindible para la existencia del mismo la seguridad en la posesión que propicia la limitación del uso de la fuerza a la imposición de unas normas delimitadoras del dominio de cada sujeto.

    En ese entendimiento, Harold Demsetz establece que “un propietario espera que la comunidad impida que otros interfieran en sus propias acciones, a partir de que tales acciones no están prohibidas en la especificación de sus derechos”.

    Es decir que para que una sociedad se desarrolle es necesario garantizar por parte del ordenamiento normativo, lo suficientemente abstracto (en términos de Hayek «Gran Ley»), el goce de los derechos de propiedad. Sólo de esta forma los individuos harán los sacrificios necesarios para obtener los frutos de su propiedad.

    Caso contrario si los gobiernos se extralimitaran en la reglamentación de este derecho fundamental para la vida en sociedad, los individuos carecerían de incentivos para desarrollar sus propios recursos y esto conduciría a un posible escenario de lo relatado por Hardin como “La tragedia de los comunes”; donde la ruina es el destino hacia el cual corren todos los hombres, cada uno buscando su mejor provecho en un mundo que cree en la libertad de los recursos comunes.


    Ara

  35. Guía de Lectura:
    Demsetz, Harold: “Hacia una teoría de los Derechos de Propiedad”.
    Hayek, Friedrich: “La Fatal Arrogancia”, Capítulo 3.

    RESUMEN CONJUNTO.-
    El desarrollo de la extensión y del refinamiento del derecho de propiedad privada (o “plural”, expresión de H. S. Maine preferida por Hayek)se produjo de manera graudual, no habiéndose alcanzado aún hoy sus estadíos finales, y ha sido la condición imprescindible para la aparición del comercio y, por lo tanto, para la formación de esquemas de interrelación humana más amplios y coherentes. De hecho, como señala Demsetz, dichos derechos de propiedad se desarrollan para internalizar externalidades cuando las ganancias de la internalización son mayores que sus costos, dependiendo la aparición de nuevos derechos de propiedad (y la extensión y perfección de los ya existentes) de los cambios tecnológicos y de precios relativos.

    CUESTIONES MÁS RELEVANTES: Son varias las cuestiones de interés que, a mi juicio, ofrecen los textos:
    1) En primer lugar, es muy interesante destacar el papel esencial que el desarrollo del derecho de propiedad tiene para la evolución económico-social de los pueblos. Ello no obstante, tal y como resalta el texto de Demsetz, la aparición, desarrollo y “refinamiento” de esos derechos depende de los cambios tecnológicos y de los precios relativos. Ambos procesos, por tanto (desarrollo económico – desarrollo de los derechos de propiedad) se retroalimentan. Como dice Ferguson, y cita Hayek: “la propiedad y el progreso han ido siempre unidos”, pero en un proceso de mutua “colaboración”.
    2) En segundo lugar, la necesidad de que existan derechos de propiedad reconocidos y protegidos para que pueda haber justicia. En ese sentido es muy interesante recordar el planteamiento de Hume y la necesidad de que las libertades queden supeditadas a lo que denominó “las tres leyes fundamentales de la naturaleza: la estabilidad en la propiedad de las cosas, su transmisión consensuada y el respeto a los compromisos establecidos”.
    3) Resulta también muy interesante el planteamiento de Demsetz según el cual “la aparición de los derechos de propiedad tiene lugar como respuesta a los deseos de las personas interactuantes de ajustarse a nuevas posibilidades de costos-beneficios. La tesis puede ser formulada de manera ligeramente distinta: los derechos de propiedad se desarrollan para internalizar externalidades cuando las ganancias de la internalización son mayores que los costos”. Este planteamiento abre un debate muy interesante en relación con la necesidad o no de que intervenga el Estado para corregir las mal llamadas “fallas de mercado” ocasionadas precisamente por esas “externalidades”.
    PREGUNTAS.-
    1) En línea con el último de los puntos tratados: ¿Acaso la intervención del Estado para solucionar los problemas que generan las llamadas “externalidades” no suponen un freno al desarrollo de los derechos de propiedad, y, en definitiva, un freno a que se desarrollen y afiancen unas cada vez más sólidas y consolidadas instituciones que permitan un ulterior desarrollo y progreso económico?
    2) En contra de la tesis que parece sostener Demsetz, Hayek afirma que “personalmente, dudo mucho que, de no haber existido los derechos de autor, hubiera dejado de escribirse ninguna de las grandes obras literarias, razón por la que considero que tal tipo de concesiones legales deben quedar limitadas a aquellos casos en los que sufriesen menoscabo en su publicación obras tan valiosas como las enciclopedias, diccionarios o libros de texto, en la medida en que, una vez editados, cualquiera pudiera indiscriminadamente proceder a su reproducción”. ¿Se debe proteger la propiedad por meros motivos utilitaristas, o como una exigencia del reconocimiento de la dignidad humana y de la justicia? ¿No es cierto que, si bien es cierto que muchos artistas/autores/científicos están movidos por las ansias de alcanzar la fama, por la mera satisfacción personal o por otros motivos, otros muchos actuaban también por dinero, como Dostoyevski, por ejemplo, o aquéllos otros, como Balzac, que utilizaban “negros” para escribir sus obras? Y, en cualquier caso, aún suponiendo que, como afirma Hayek, “no es en modo alguno evidente que el fomento de dicha escasez artificial [a través de la protección de los derechos de autor] sea la manera más efectiva de estimular el correspondiente proceso creativo”, ¿sirve ese mero argumento “utilitarista” para negar la protección a un autor para que se beneficie de su obra limitando las posibilidades de reproducción? ¿No atenta eso contra la afirmación que sirve para titular uno de los apartados del capítulo de Hayek, según la cual “donde no hay propiedad no puede haber justicia?
    3) Si los distintos derechos de propiedad se van creando, desarrollando puliendo y perfeccionado a medida que se desarrolla una sociedad, ¿codificar esos derechos de propiedad existentes (determinando en las leyes los derechos y deberes de las partes etc…) no supone un freno a ese desarrollo y perfeccionamiento, al hacerlo más difícil y lento? Pero, por otra parte, ¿no es cierto que la codificación puede dar “seguridad jurídica” abaratando el coste de las transacciones, al evitarle a la gente la necesidad de regular todo con detalle en cada contrato? ¿Dónde está el equilibrio?

  36. Guía de Lectura:
    Demsetz, Harold: “Hacia una teoría de los Derechos de Propiedad”.
    Hayek, Friedrich: “La Fatal Arrogancia”, Capítulo 3.

    RESUMEN CONJUNTO.-
    El desarrollo de la extensión y del refinamiento del derecho de propiedad privada (o “plural”, expresión de H. S. Maine preferida por Hayek)se produjo de manera gradual, no habiéndose alcanzado aún hoy sus estadios finales, y ha sido la condición imprescindible para la aparición del comercio y, por lo tanto, para la formación de esquemas de interrelación humana más amplios y coherentes. De hecho, como señala Demsetz, dichos derechos de propiedad se desarrollan para internalizar externalidades cuando las ganancias de la internalización son mayores que sus costos, dependiendo la aparición de nuevos derechos de propiedad (y la extensión y perfección de los ya existentes) de los cambios tecnológicos y de precios relativos.

    CUESTIONES MÁS RELEVANTES: Son varias las cuestiones de interés que, a mi juicio, ofrecen los textos:
    1) En primer lugar, es muy interesante destacar el papel esencial que el desarrollo del derecho de propiedad tiene para la evolución económico-social de los pueblos. Ello no obstante, tal y como resalta el texto de Demsetz, la aparición, desarrollo y “refinamiento” de esos derechos depende de los cambios tecnológicos y de los precios relativos. Ambos procesos, por tanto (desarrollo económico – desarrollo de los derechos de propiedad) se retroalimentan. Como dice Ferguson, y cita Hayek: “la propiedad y el progreso han ido siempre unidos”, pero en un proceso de mutua “colaboración”.
    2) En segundo lugar, la necesidad de que existan derechos de propiedad reconocidos y protegidos para que pueda haber justicia. En ese sentido es muy interesante recordar el planteamiento de Hume y la necesidad de que las libertades queden supeditadas a lo que denominó “las tres leyes fundamentales de la naturaleza: la estabilidad en la propiedad de las cosas, su transmisión consensuada y el respeto a los compromisos establecidos”.
    3) Resulta también muy interesante el planteamiento de Demsetz según el cual “la aparición de los derechos de propiedad tiene lugar como respuesta a los deseos de las personas interactuantes de ajustarse a nuevas posibilidades de costos-beneficios. La tesis puede ser formulada de manera ligeramente distinta: los derechos de propiedad se desarrollan para internalizar externalidades cuando las ganancias de la internalización son mayores que los costos”. Este planteamiento abre un debate muy interesante en relación con la necesidad o no de que intervenga el Estado para corregir las mal llamadas “fallas de mercado” ocasionadas precisamente por esas “externalidades”.
    PREGUNTAS.-
    1) En línea con el último de los puntos tratados: ¿Acaso la intervención del Estado para solucionar los problemas que generan las llamadas “externalidades” no suponen un freno al desarrollo de los derechos de propiedad, y, en definitiva, un freno a que se desarrollen y afiancen unas cada vez más sólidas y consolidadas instituciones que permitan un ulterior desarrollo y progreso económico?
    2) En contra de la tesis que parece sostener Demsetz, Hayek afirma que “personalmente, dudo mucho que, de no haber existido los derechos de autor, hubiera dejado de escribirse ninguna de las grandes obras literarias, razón por la que considero que tal tipo de concesiones legales deben quedar limitadas a aquellos casos en los que sufriesen menoscabo en su publicación obras tan valiosas como las enciclopedias, diccionarios o libros de texto, en la medida en que, una vez editados, cualquiera pudiera indiscriminadamente proceder a su reproducción”. ¿Se debe proteger la propiedad por meros motivos utilitaristas, o como una exigencia del reconocimiento de la dignidad humana y de la justicia? ¿No es cierto que, si bien es cierto que muchos artistas/autores/científicos están movidos por las ansias de alcanzar la fama, por la mera satisfacción personal o por otros motivos, otros muchos actuaban también por dinero, como Dostoyevski, por ejemplo, o aquéllos otros, como Balzac, que utilizaban “negros” para escribir sus obras? Y, en cualquier caso, aún suponiendo que, como afirma Hayek, “no es en modo alguno evidente que el fomento de dicha escasez artificial [a través de la protección de los derechos de autor] sea la manera más efectiva de estimular el correspondiente proceso creativo”, ¿sirve ese mero argumento “utilitarista” para negar la protección a un autor para que se beneficie de su obra limitando las posibilidades de reproducción? ¿No atenta eso contra la afirmación que sirve para titular uno de los apartados del capítulo de Hayek, según la cual “donde no hay propiedad no puede haber justicia?
    3) Si los distintos derechos de propiedad se van creando, desarrollando puliendo y perfeccionado a medida que se desarrolla una sociedad, ¿codificar esos derechos de propiedad existentes (determinando en las leyes los derechos y deberes de las partes etc…) no supone un freno a ese desarrollo y perfeccionamiento, al hacerlo más difícil y lento? Pero, por otra parte, ¿no es cierto que la codificación puede dar “seguridad jurídica” abaratando el coste de las transacciones, al evitarle a la gente la necesidad de regular todo con detalle en cada contrato? ¿Dónde está el equilibrio?

  37. El artículo se relaciona mucho con el texto visto en clase “Leyes, Mandatos y orden social”. En el mismo, Hayek sostiene que los hombres han podido vivir en sociedad con límites que son los derechos. De esta forma se puede prever el accionar de los demás. El autor hace un trabajo sobre el concepto de mandato ligado a la monarquía. Cuando se crea la ley crece la autonomía de las personas y nace el derecho de propiedad.
    En los regímenes absolutistas el rey ponía la ley y el pueblo obedecía. Cuando nace la ley funciona como un límite dentro del cual el individuo puede actuar. Este es dueño de sus actos y responsable de sus acciones, crecen los derechos de las personas y su esfera individual. La rectitud delas leyes es lo que nos hace libres.
    Según el autor, el derecho de propiedad es el elemento esencial para el desarrollo de las sociedades funcionando como incentivo para cuidar de los recursos y tratar de obtener mayores beneficios.

  38. Las enseñanzas de la economía de los derechos de propiedad todavía tienen que materializarse efectivamente en la política de los organismos de ayuda bilateral y multilateral. Transferir los recursos de la ayuda desde los programas de desarrollo en boga hacia mecanismos institucionales que protejan la propiedad, mejoren los sistemas de precios del mercado y reduzcan las barreras comerciales puede brindar a los pobres la oportunidad de un futuro económico mejor. Más probable es que los países necesiten desarrollar por sí mismos las instituciones necesarias. Promover el libre comercio es una forma práctica de fomentar el estado de derecho y la protección de la propiedad privada.
    La propiedad privada es la herramienta que permite el control y la pertenencia de todo y todos en manos de una minoría, la que permite que los derechos de unos pocos pasen por encima de los intereses de la mayoría, es la forma moderna de organizar esclavitud y servidumbre de las masas que no tienen medio de adquirir lo que ya ha sido adquirido por uno por que llego antes, como puede ser un trocito de tierra para poder vivir libremente

  39. Resumen UFM:
    I.
    En el texto de Hayek se plantea la «creación espontánea» de los derechos de propiedad y su rol esencial en el mercado libre. Las preferencias de los consumidores se puede ver descentralizadamente solo por la libre disponibilidad de la propiedad. Esta institución ha logrado velar por el crecimiento y expansión económica «inintencionadamente».

    Por otro lado, Demsetz nos muestra otro rol de la propiedad: el de internalizador. Conforme se va extendiendo el rango de los derechos de propiedad se pueden «ver» mejor los conflictos que hay entre los sujetos. Por ejemplo el caso de externalidades positivas o negativas. Conforme esto se expanda se pueden resolver y economizar en los conflictos.

    II.
    Me pareció un tema sumamente interesante el rol que juega la propiedad como internalizador de conflictos. Esto implica que cuando existe algún problema de iteraciones de conflictos o conflictos estructurales se debe estar viendo un problema de atribución o clarificación necesaria de los derechos de propiedad.
    III.
    ¿Existe la posibilidad de justicia fuera de la propiedad privada?
    ¿Si en general todas las sociedades humanas han tendido a la propiedad de alguna u otra formase puede decir que es una consecuencia «natural» del hombre?
    ¿?

  40. Resumen:

    Los derechos de propiedad especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse y, por tal razón, quién debe pagar a quién para modificar acciones llevadas a cabo por personas. El reconocimiento de esto permite entender fácilmente la estrecha relación que existe entre derechos de propiedad y factores externos o externalidades. Los derechos de propiedad pueden distinguirse en comunal, privada y estatal. Aunque las formas adoptadas de propiedad sean fundamentalmente fruto de las costumbres, y aunque los esquemas legales hayan ido forjándose a lo largo de milenios, ninguna razón hay para suponer que las específicas formas de propiedad que hoy prevalecen deban considerarse definitivas.

    Puntos importantes:

    Una función primaria de los derechos de propiedad es la de promover incentivos para alcanzar una mayor internalización de las externalidades. Una internalización resulta de cambios en los valores económicos, cambios que se entroncan en el desarrollo de nuevas tecnologías y en la apertura de nuevos mercados, cambios para los cuales los derechos de propiedad actuales no están preparados. A partir de determinados gustos de la sociedad, la aparición de derechos de propiedad privados a estatales estará en función de los cambios en la tecnología y en los precios relativos.

    Dudas/preguntas:

    1. ¿Pueden ser las externalidades una excusa del Estado para fomentar el intervencionismo? ¿Qué costos asumiría el Estado con el afán de regular dichas externalidades para tener control sobre el mercado?

    2. ¿Es hoy en día más alto el costo de pelear por los derechos de autor y patentes que compartir información específica que puede estimular el desarrollo y crecimiento económico, tal como el caso de Elon Musk?

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