Estamos muy lejos de esto. Límites al poder: al déficit fiscal, a la emisión monetaria, al endeudamiento

Con los alumnos de la materia Economía e Instituciones vemos algunas de las conclusiones normativas del Public Choice, en particular propuesta para limitar el oportunismo político. Aquí van solamente dos:

1.            Límites al déficit fiscal

Se impone una prohibición o límite al déficit fiscal. En el primer caso no puede gastarse más de lo que ingresa, pero el Estado, como cualquier empresa, se maneja con un presupuesto anual que se espera cumplirá. Si el dinero recaudado no alcanzara a cubrir el gasto presupuestado, el Estado terminaría sin cumplir algunos contratos y paralizando ciertos servicios. Para evitar esto, se impone la necesidad que el presupuesto presentado para su aprobación no tenga déficit, luego puede haber algún desvío si durante el transcurso del ejercicio fiscal los ingresos o los gastos difieren de lo presupuestado.  Para que la prohibición de déficit tenga alguna credibilidad ese límite al desvío debe ser pequeño y también considerarse un mecanismo para que sea compensado. Es decir, si el ejercicio termina con déficit podría pensarse en que ese exceso se cubrirá en el ejercicio siguiente, o que si termina con superávit, pasa a formar una reserva que sirva para cubrir desvíos negativos en el futuro.

En cuanto a establecer un límite al déficit fiscal, se lo suele hacer en relación al PIB. Así, por ejemplo, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, parte del  Tratado de Maastricht, establece un límite del 3% del PIB para los países miembros de la Unión Europea, un nivel superior impone la obligación de medidas correctivas. Argentina, promulgó una ley de “déficit cero” el 30 de Julio de 2001, pocos meses antes de que se desatara la peor crisis de su historia.

En este último caso la norma fue aprobada cuando ya era demasiado tarde. Pretendía ser más una señal que generara confianza en los mercados para que éstos siguieran financiado la renovación de la deuda argentina. En el primero, su incumplimiento por los países más importantes de Europa no generó suficiente credibilidad para las sanciones y no extraña que luego se desatara en la región una profunda crisis fiscal (2010-11) .

Una diferencia importante entre una y otra que analizaremos en mayor detalle adelante es el nivel constitucional de la norma. En el caso argentino era una ley aprobada por el Congreso, en el de la Unión Europea formaba parte de un tratado internacional. Algunos autores sostienen que cuanto más alto el nivel constitucional, mayor impedimento será para las conductas que se quieren evitar (mejor una ley a un decreto presidencial, mejor una cláusula constitucional a una ley, mejor un tratado internacional a una cláusula constitucional), pero la experiencia europea muestra que esto no es necesariamente así. Todo depende de dónde se encuentra el mayor poder de control sobre el cumplimiento de la norma. En el caso europeo, el tratado imponía un límite relativamente estricto pero con pocas posibilidades de control, generando un incentivo por parte de ciertos países a actuar como free riders de los esfuerzos de los demás. Ellos obtenían los beneficios de las garantías de estabilidad generadas por la UE, pero aplicaban políticas fiscales irresponsables con las que nunca podrían haber generado tal credibilidad por parte de los acreedores que financiaron esos déficits. El control más fuerte puede estar en manos de los votantes, como veremos en el punto 3.

La obligación de no incurrir en un déficit fiscal no necesariamente genera una restricción en el crecimiento del gasto público, ya que se lo puede aumentar al mismo tiempo que se aumenta la presión impositiva e igualmente se cumple con el requisito, y el Estado termina así llevándose una mayor parte de la riqueza producida por los ciudadanos. Para evitarlo se han propuesto límites al crecimiento del gasto y a la creación de nuevos impuestos o el aumento de las tasas de los existentes.

2.            Límites al crecimiento del gasto público

En este caso se establece un límite a su crecimiento, normalmente asociado a la evolución del PIB. Podría establecerse un límite algo por encima del crecimiento del PIB si se quiere que el gasto aumente en relación a ese indicador, igual para que se mantenga o menor para que se reduzca.

Límites al endeudamiento

Estos límites pueden ser de dos tipos. Como en el caso del Tratado de Maastricht, se puede establecer un tope al endeudamiento total, en este caso del 60% del PIB. Tendrá que incluir, por supuesto, algún mecanismo de control y sanciones por incumplimiento. El otro puede ser como el que existe en los Estados Unidos, donde el Congreso establece un límite sobre el monto total de la deuda permitida —esto es una cantidad de dólares, no un porcentaje sobre el PIB—, techo que, cuando se alcanza, no puede ser superado: el Gobierno no puede emitir más deuda, a menos que sea modificado por el Congreso.

No obstante, la imagen siguiente es bastante clara respecto a la capacidad de este mecanismo para imponer algún tipo de límite, cuando la voluntad política y el control de los votantes no existen (Boaz 2011):

Otra forma de restringir el endeudamiento se refiere a su proceso de aprobación, entre los que se encuentra la que demanda que toda emisión de deuda sea aprobada por los votantes en un referéndum o por mayorías parlamentarias especiales, hasta llegar a la prohibición constitucional absoluta (Kiewiet y Szakaly 1996). Otra alternativa, aplicada por algunos gobiernos regionales en España, es limitar el plazo del endeudamiento de tal forma que se permita solamente el de corto plazo, lo que significa que la deuda debe ser cancelada dentro del propio ejercicio presupuestario. Kiewiet y Szakaly (1996), consideran que entre los estados en los Estados Unidos, veintiuno demandan la aprobación por referendo y doce por mayorías especiales, que pueden estar conformadas por tres quintos o cuatro quintos de los representantes.

No obstante, estos autores estiman que los gobiernos buscan, y muchas veces encuentran, diversos caminos para eludir esas restricciones, como, por ejemplo canalizar el endeudamiento por agencias estatales especiales que no están sujetas a ese tipo de control. ¿Sería efectivo un límite a través del voto popular emitido en referendo? Se puede argumentar que los votantes estarían predispuestos a aprobar el endeudamiento, porque disfrutarían del gasto ahora y lo terminarían pagando futuros votantes. Sin embargo, la evidencia empírica muestra que no actúan de esa forma y tienden a rechazar el endeudamiento.

Los Estados que tienen más de un control muestran menores niveles de endeudamiento, siendo el referendo popular mediante el voto el que mayor éxito muestra, junto con la prohibición total.

4 pensamientos en “Estamos muy lejos de esto. Límites al poder: al déficit fiscal, a la emisión monetaria, al endeudamiento

  1. ECONOMIA E INSTITUCIUONES
    PROFESOR: DR. MARTIN KRAUSE

    LECTURA: El Foro y el Bazar Capítulo 8 Límites al Oportunismo Político
    ALUMNO: Mario Villagómez

    Resumen:
    Como en otros mercados encontramos “fallas de mercado” el estado no es diferente, en este caso encontramos fallas de los bienes públicos y las fallas de la política. Especialmente, debemos tener cuidado en acotar el poder del estado para evitar que abuse del monopolio de la violencia en contra de los individuos.
    Revelado la visión del profesor Krause a decir que no hay constitución o norma del estado que limite el abuso del poder, siempre y cuando los ciudadanos lo permitan, como dijo el político irlandés Edmund Burke “para que triunfe el mal, solo hace falta que los buenos no hagan nada”. El abuso del poder encuentra terreno fértil en la concentración del mismo, como bien lo mencionó lord Atkins. “el poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente”. Para evitar este abuso del poder, los individuos han creado una serie de instituciones que buscan eliminar las fuentes del poder, entre las más conocidas la división de poderes horizontales y verticales, esto es, la división del poder ejecutivo, legislativo y judicial, en el ámbito horizontal, y la descentralización del poder en gobierno subnacionales, en el ámbito vertical.
    Un aspecto crucial para evitar el abuso de poder y la limitación de los derechos de los individuos ha sido la creación de las Cartas de Derechos. La primera que tuvo ese nombre fue la aprobada en 1689 en Inglaterra, impuesta por el Parlamento al príncipe Guillermo de Orange, los derechos más importantes fueron:
    • No interferencia del rey en la justicia;
    • Solo se imponen impuestos con aprobación del Parlamento;
    • Libertad para presentar reclamos al Rey, sin es castigado;
    • No se podía mantener un ejército, en tiempo de paz, si la aprobación del Parlamento;
    • El rey no podía interferir en la elección de parlamentarios, en la libertad de poseer armas para su propia defensa, ni en la libertad de expresión.
    Así la declaración de los derechos de Virginia, escrita por George Mason, con su famosa frase “Que todos los hombres son por naturaleza libres e independientes,, lo que, cuando entran en sociedad no pueden ser desprovistos por ningún tipo de alianza o desposeer su potestad, tales como el goce de la vida y la libertad, con los medio para adquirir y poseer propiedad, persiguiendo y obteniendo felicidad y seguridad “, frase que posteriormente fue incluida en la declaración de la independencia de los Estado Unidos de Norte América por Thomas Jefferson, como “…sostenemos estas verdades como evidentes en sí mismas, que todos los hombres son creados iguales, que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, y que entre ellos se encuentran la Vida, la Libertad y la búsqueda de la Felicidad”.
    Se debe entender claramente que la división de los poderes del estado tiene como fin último limitar, por vía de la existencia de normas constitucionales, la protección de los derechos individuales que los excluyen de eventuales decisiones mayoritarias, la revisión judicial de los actos del gobierno, la renovación del mandato, entre otros. Pero la evidencia nos a demostrado una y otra vez que existe abierta y descaradamente el abuso del poder, en contra de las libertades y derechos de los individuos, el profesor Krause nos indica que el “…límite último y final al abuso de poder es la revolución”. Si el poder no cede en su constante atropello y abuso, a los derechos de los individuos, es una obligación de los individuos modificarlo o derribarlo. Las revoluciones son una manera de eliminar esta fuente de abuso de poder, estas pueden ser violentas o mediante la resistencia civil, generalmente pacíficas y han demostrado ser tremendamente eficientes. Pero aquí un llamado de atención al peligro de reemplazar a un gobernante abusivo, por lo que en la ciencia política se conoce como el “tiranicidio”, en la que llega al poder un tirano, en cuyo caso el remedio resultó ser peor que la enfermedad.
    Muy importante el detalle de los límites al poder que analiza el Profesor Krause, entre los más destacables:
    • Límites al déficit fiscal;
    • Límites al crecimiento del gasto público;
    • Impuestos explícitos;
    • Límites al endeudamiento;
    • Regla monetaria constitucional;
    • Renovación del mandato;
    • Mayorías especiales;
    • Mandatos expresos;
    • Democracia directa y revocación mandato;
    Interesante visión de Hayec con respecto de la separación de los poderes, y concordante con su visión de la libertad del individuo, al decir que “la evolución cultural es lo que en última instancia determina las limitaciones existentes al poder”. Para Hayec todas las medidas constitucionales, legales, que norman la separación de poderes solo son efectivas cuando los valores culturales de la sociedad así lo demandan, caso contrario no son efectivas en el combate al abuso del poder del estado.

    Temas Novedosos o Importantes:
    • “Ninguna constitución o norma detendrá la concentración y abuso del poder, si lo miembros de la sociedad lo toleran y no se oponen al mismo.”
    • “El objetivo de alcanzar el “bien común” no puede tener limitaciones respecto a ningún derecho o valor individual. Por consiguiente, según esa visión, el fin justifica los medios”
    • “…países con una buena base institucional son aquellos en los que fundamentalmente gobiernan las leyes y no las personas.”
    • La elección de los gobernantes por sorteo. Este esquema se utilizó en Atenas y se consideró el más democrático de todos los procesos de elección de gobernantes.
    • Democracia directa para evitar el problema de “Agencia”. Acciones democráticas directas como: referendos, consultas o iniciativas privadas.
    • En el siglo XIX solo votaba los que pagaba los impuestos.
    • Toda ley y regulación debe tener una fecha de vigencia, aquellas que vencen y no son tomadas en cuenta por los legisladores expiran y no se renovadas, por lo tanto, ya no obligan a los ciudadanos.
    • “El que gana gobierna y el que pierde controla”

    Preguntas:

    1. Me gusta las ideas de Murray Rothbard en el sentido que el mercado puede dotar de los bienes y servicios necesarios, para evitar la concentración del poder en el estado y su uso abusivo del monopolio de la violencia, ¿pero existe en la historia el caso de un país que haya sustituido al mercado por el estado?
    2. ¿En los estados modernos existe evidencia de algún país que elija a sus representantes mediante un esquema de sorteo?
    3. Mucho se habla de los límites al poder, pero me da la sensación de que la sociedad, sobre todo las clases políticas, son muy laxos con las normas para castigar el abuso del poder. Existe una abundancia de dictadores tiranos que han pasado a mejor vida sin pagar las atrocidades cometidas, ¿no se ha pensado en castigos como lapidación en la plaza pública o flagelación con alambre de púas como medios disuasivos?


    ECONOMIA E INSTITUCIUONES
    PROFESOR: DR. MARTIN KRAUSE

    LECTURA: El Foro y el Bazar Capítulo 10 Cambio Institucional
    ALUMNO: Mario Villagómez

    Resumen:

    El “orden espontaneo” concepto que sustenta que las instituciones son el resultado de una evolución espontanea, de la acción del hombre, pero sin la intencionalidad premeditada de crear una determinada institución, como dijo Adam Ferguson, “es el resultado de la “acción humana, no del designio humano”. El autor nos indica que. “La idea del orden espontaneo, que emerge como resultado de las acciones voluntarias de los individuos y no de las decisiones de un gobierno…”

    La visión de Buchanan que una norma evolutiva se convierte en una norma general, una vez que es aceptada por la sociedad, es decir por “consenso” esta se puede decir que es un “contrato social”. Buchanan, al igual que filósofos como Hobbes y Rousseau estipulan que el origen de las instituciones son actos creadores deliberados, en especial el “contrato social”. Evidentemente esta visión es divergente con la visión de otros pensadores como es el caso de Darwin, Spencer, Batistat, Menger, Hayec

    Son las instituciones producto de acciones de orden espontaneo evolutivas e inconscientes o por el contrario acciones conscientes, predeterminadas y consensuadas, no hay respuestas concluyentes al parecer. Si llama la atención la pregunta de por qué un individuo crearía conscientemente instituciones de las cuales no puede sacar beneficios y que a todas luces serán utilizadas por todos, sin que estos paguen por ellas, es decir, sería una fabrica de Free Riders. Brennan y Buchanan abordan este tema y cuestión ¿Dónde está el equivalente de las ganancias empresariales en el mercado de las ideas? Para responder esta pregunta y tal como lo menciona el Profesor Krause tal vez debemos regresar a ver al individuo que actúa con escalas de valor, que rompen el molde del homo economicus que solo busca maximizar sus beneficios, que busca “hacer el bien” debido a una gama de razones.

    Considero que, si existe un mercado de recompensas para las ideas, y al que identifico como Utilidades Reputacionales, tales como: prestigio, reconocimiento, aceptación de pares, invitaciones a seminarios (pagados por supuesto), conferencias, catedra, consultoría, asesoría, etc.

    Temas Novedosos o Importantes:
    • La idea del “orden espontáneo” que emerge como resultado de las acciones voluntarias de los individuos y no de las decisiones de un gobierno.
    • La norma evolutiva se convierte en una norma general en tanto es aceptada por todos los miembros de una sociedad y esto permite coordinar sus acciones.
    • Empresarios Institucionales, personas que de manera consciente o inconsciente buscan cambios.
    • Posición de R. Coase al decir que los intelectuales actúan proponiendo y divulgando ideas y se pregunta: “…por qué son tan firmes defensores de la libertad en el mercado de ideas, ya que defienden fervientemente su libertad de expresión y pensamiento, y no son igualmente firmes en la defensa de la libertad en el mercado de bienes y servicios.”
    • Douglas North, las creencias e instituciones que los seres humanos han desarrollado solo pueden tener sentido como un esfuerzo para hacer frente a la incertidumbre con la que nos confrontamos en un entorno físico y social evolutivo.
    • Emprendedores de ideas: los que tratan de participar en el debate público de ideas, más que nada a nivel intelectual, proponiendo visiones del mundo para interpretar lo que sucede.

    Preguntas:
    1. La tradición austríaca critica la visión de la escuela neoclásica de pensar que se puede aplicar ciertos principios de las ciencias exactas a la economía. Pero parecería que los pensadores de la tradición austríaca caen en el mismo error al tratar de imponer las ideas de la evolución de Darwin a las ciencias sociales. ¿En el criterio del Profesor Krause pasa esto?
    2. Si la manera en que nacen las instituciones se debe al “orden espontáneo” parecería que los seres humanos hemos deambulado en la historia de la civilización como mentecatos bonachones ilusos y que nunca ha existido personas que actúan con plena intensión de buscar cambios en las instituciones. ¿No estaría el orden espontaneo en contra posición con la visión del emprendedor de ideas e institucional?
    3. Paul Romer pone como ejemplo de ciudades libres o “charter cities” a Hong Kong, pero dados los acontecimientos de hoy, parecería que los emprendedores institucionales, equivocaron su camino, si no es así, ¿cómo explicamos lo que pasa en Hong Kong hoy?

  2. Los límites al gasto público y el déficit fiscal no solamente del estado nacional sino de los subnacionales representan un asunto de extrema relevancia de las democracias LatAm en general y la argentina en particular. Así como la dirigencia no tiene los incentivos para trascender su propio interés corporativo y el enfoque cortoplacista asociado, los electores no tienen la información ó instrumentos constitucionales para controlar decisiones públicas soportadas por valoraciones subjetivas y parciales de la dirigencia puesta a asignar recursos públicos. Los dispositivos de control institucionalizado como el referendum o las mayorias especiales, las reglas de gasto u otros, aún no gozan de una generalización suficiente. Representan un desafío para la transparencia de los actos de gobierno y la productividad del gasto público, de cara a escenarios de clara astringencia de recursos y exacerbación de las demandas sociales. Muchas gracias.

  3. LECTURA: El Foro y el Bazar.
    Capítulo 8: Limites al Oportunismo Político.
    Capítulo 10: Cambio Institucional.
    Capítulo 11: Competencia Institucional y Globalización
    Alumno: David Bayo

    Una vez visto en temas anteriores los incentivos que los gobernantes tienen, a los cuales suelen sucumbir y que les lleva a abusar de su posición de poder sobre los ciudadanos, Martin Krause expone los mecanismos que la sociedad ha empleado, o puede emplear, para conseguir limitar dicho Poder.
    Sin embargo, cabe destacar la alta frecuencia en que estos mecanismos aun implantados en un determinado país acaban siendo vaciados de contenido o sorteado su mecanismo de control por parte de los gobiernos. Esto dependerá de las ideas que predominen en una sociedad en un determinado momento, y que harán más o menos fácil que esta limitación de poder pueda ser efectiva.

    Las Cartas de Derechos
    Las cartas de derechos, las constituciones, en las democracias constituyen la piedra alguna del sistema legislativo. Por tanto, una constitución que recoja como un derecho la libertad individual, la limitación de las funciones cedidas a la acción del gobierno, … favorecerán el control del poder que dicho gobierno pueda ejercer de forma arbitraria sobre los ciudadanos. Ejemplos modernos claros donde se tiene una estructura constitucional de este tipo son las constituciones de Estados Unidos, Inglaterra. Aun siendo así, las acciones de los gobiernos en estos países (que se pueden considerar con un alto nivel de Libertad Económica) han ido erosionando dichos límites dando competencias cada vez mayores a los gobernantes. Por ejemplo en Estados Unidos se han dado leyes, siempre bienintencionadas, que han derivado en una intervención cada vez mayor del gobierno en actividades que antes eran consideradas dentro del área de la libertad individual (The Second Bill of Right 1944, social security act of 1935, Sherman Antitrust Act of 1890, …).

    Separación de Poderes
    Quizá sea la más extensamente aplicada y defendida, quizá por lo evidente de su argumentación, buscando que no se acumule en una persona o un grupo reducido de personas todo el poder. Krause diferencia entre dos tipos: horizontal (división del poder ejecutivo, legislativo y judicial) y vertical (estado central, federación, confederación). Una división efectiva de poderes aumentará la competencia entre cada grupo y hará además más costoso la actividad del lobista.
    Krause nos explica, sin embargo, como a día de hoy no hay una evidencia clara sobre qué sistema de descentralización (federación – mayor poder central, confederación – mayor poder local) produce mejores resultados. ¿Un gobierno central fuerte que asegure no hay abusos por los gobiernos o estado locales, o viceversa un gobierno central coordinador y con menos poder que asegure que limita su abuso?. Krause nos presenta un caso de confederación, la confederación de Suiza, como un ejemplo factible de gobierno estable de este tipo y con un éxito relevante a la hora de preservar la libertad de los individuos y la limitación del poder del gobierno. Como indica Krause, creo casi imposible sacar una conclusión al respecto de si el funcionamiento de un sistema u otro produce mejores resultados, en un caso como el de Suiza se intuye que hay muchos más parámetros que influyen decisivamente en este asunto, como el tamaño y población del país, su orografía, su cultura y tradiciones resultado de siglos de convivencia,…

    Límites al oportunismo político
    Krause hace un recorrido sobre las medidas, que nos permitirían limitar el oportunismo político. Las normas o restricciones serán tanto más efectivas cuanto más difícil le sea al político cambiarlas o evitarlas. Por ello será mejor que queden reflejados estos límites en tratados internacionales o en una constitución, más que en leyes o decretos de fácil modificación.

    Algunos de los límites mencionados por Krause relacionados con el ámbito económico sería:
    – Límites al déficit fiscal (evitando el diferimiento del pago a futuros votantes. evitando el efecto de costos difusos en la evaluación por parte del votante)
    – Límites al crecimiento del gasto público (evitando la tendencia de la burocracia a crecer de forma ineficiente como se vio en capítulos anteriores).
    – Aprobación electoral de nuevos impuestos (evitando el efecto de costos difusos en la evaluación por parte del votante, los votantes deberán votar el impuesto).
    – Impuestos explícitos (evitando el efecto de costos difusos en la evaluación por parte del votante)
    – Limitación de los aranceles y barreras no arancelarias (encaminadas a preservar el derecho a la propiedad privada y el libre comercio de los individuos).
    – Limitación al endeudamiento, tendría efectos similares a los perseguidos con la limitación del déficit fiscal.
    – Regla monetaria constitucional. El objetivo sería limitar la última vía que le quedaría a un gobierno, siempre y cuando el déficit y el endeudamiento estuviesen limitados, para conseguir cubrir gastos de una forma donde el costo para los votantes sea fácil de evaluar.
    Como se ve la mayor parte de las propuestas están encaminadas a defender la propiedad privada y que los costes de las decisiones políticas sean más evidentes para el votante.

    Algunos de los límites mencionados por Krause relacionados con la capacidad de ostentar el poder y los ámbitos en que ejercerlo:
    – Renovación de mandatos, de forma periódica y con limitaciones a la reelección. Estos límites asegurara a los votantes la posibilidad de elegir a nuevos gobernantes. Sin embargo hay puntos contraproducentes en esta medida, ya que gobernantes buenos podrían cambiarse por otros de menor nivel. O incluso puede incentivarse la rapiña y corrupción teniendo en cuenta el político que estará por un corto plazo de tiempo ostentado el poder.
    – Mayorías especiales. Encaminadas a que modificaciones relevantes, por ejemplo introducir cambios en una constitución, requieran una mayoría especial (digamos por ejemplo 4/5) que asegure un consenso extenso. El coste de dichas modificaciones es mucho más elevado al necesitar de un mayor consenso, limitando el poder arbitrario de un gobernante, aunque por otra parte tendremos la dificultad de llevar a cabo cambios de este tipo.
    – Mandatos Expresos. Creo que sería una gran medida a implementar, definir formalmente que actividades corresponden, y qué objetivos tiene que alcanzar, el gobierno de un país (independientemente del partido de turno que ostente el cargo). La forma de medir el desempeño del mismo sería muchísimo más directa, y quedarían claras las intrusiones en ámbitos que no le corresponden.
    – Mayor competencia electoral. Tiene que ver con la posibilidad de formarse nuevos partidos políticos, y también que dentro de estos se puedan presentar candidatos con facilidad, y está muy relacionado con el sistema electoral que se emplee. Esta competencia limitaría en parte el efecto monopólico que el estado ostenta por definición. Aun así se puede observar que existe un comportamiento endogámico dentro de la profesión política. Llama especialmente la atención del sistema de elección del Dux de Venecia, con un interminable número de sorteos y elecciones,… que muestra cuan claramente veían los riesgos de abusos y corrupción asociados con la posesión del poder.
    – Democracia Directa y Revocación de Mandatos. Parece lógica la propuesta de pedir la participación de los votantes para modificaciones de calado propuestas por un gobernante, y no dejarlo supeditado a la aprobación por una mayoría especial de una cámara.
    – Pactos y tratados internacionales. La adhesión a tratados internaciones hará que el incumplimiento de los mismos sea mucho más difícil.
    – …..
    Krause continúa enumerando un buen número de límites existentes o propuestas de autores de límites a implantar para un mejor control del poder cedido a los gobernantes. Igualmente hay autores que proponen constituciones o sistemas de gobierno que prevendrían del crecimiento del estado y su abuso de poder.

    Hayek destaca un punto que yo creo relevante y con el que estoy totalmente de acuerdo. Las medidas que se adopten serán efectivas cuando los valores y la cultura predominantes en una sociedad así lo demanden. En cuanto al modelo propuesto por Hayek, considero que no es que muy consistente, quizá al propio Hayek le resultase complicado diseñar una organización de estado planificada… (No va contra sus principios?)

    Buchanan, con un enfoque más práctico, propone diferentes mayorías necesarias para las aprobaciones de normas o leyes. Un enfoque más racional frente a Hayek y su visión evolucionista.

    Bruno Frey hace una propuesta de lo más interesante. Su propuesta en jurisdicciones funcionales, superpuestas, en competencia. A primera vista parece una fórmula que fomentaría la competencia entre diferentes jurisdicciones que deberían estar más preocupadas por cumplir con las expectativas de sus ciudadanos tanto en el corto plazo como en el largo plazo.

    Rothbard y Friedman.
    Van más allá de la propuesta de Frey, considerando que todo servicio (aun manteniendo jurisdicciones funcionales) debiera ser producido por el mercado.

    Preguntas:

    Opinión sobre cada uno de los modelos al final de capítulo me gustaría su opinión al respecto.

    – Hayek, su propuesta de estado parece poco robusta, ¿no es una contradicción para Hayek intentar proponer una solución racional de este tipo cuando defiende el carácter evolutivo de las normas e instituciones?. Estoy totalmente de acuerdo con Hayek en su visión evolucionista, la relevancia de las ideas que sean generalmente aceptadas como un elemento fundamental para que cualquier modelo, norma, ley,… sea efectiva o no, pero su modelo

    – Buchanan, ¿no existen economías con este modelo en mayor o menor medida en la actualidad?.

    – Frey, me parece una opción muy interesante. Seguiríamos manteniendo un estado pero muy descentralizado y en competencia. ¿Ve posible su implantación?

    – Rothbard y Friedman. Parece la propuesta ideal desde el punto de vista de una liberal o anarcocapitalista, ¿pero cuál es su opinión al respecto?, en especial en las siguientes líneas:
    o El cuestionamiento de Nozick (anarquía, estado y utopía) que defiende que el estado es inevitable. Incluso partiendo de un estado como el descrito por Rothbard, argumenta teniendo un estado aunque fuese mínimo.
    o Igual que es aceptada la ley de preferencia temporal del ser humano, creo que existe una ley de preferencia de menor incertidumbre (igual hay algún estudio sobre este tema – si lo hay le agradecería me indicara), los individuos intentarán reducir la incertidumbre de todas sus acciones en la medida que puedan. Creo que esto promueve el desarrollo del estado, que sería una evolución de nuestra sociedad y que haría muy difícil de aceptar un sistema anarcocapitalista, ¿qué opina?, ¿el estado ha surgido como un proceso social evolutivo?

  4. Límites al Oportunismo político:

    Resumen:

    El profesor Martín Krausse expone en su tesis la necesidad de limitar el poder político mediante la separación de poderes, tanto a nivel horizontal como vertical. El gobernante absoluto tendria muy fácil destruir los derechos de la población, aunque estos estuvieras teóricamente asegurados por una constitución. Al final, es la inacción de los demás lo que provoca que se comentan atropellos a la ley. Con la separación de poderes a nivel horizontal, esto es, separación de los tres poderes fundamentales, ejecutivo, legislativo y judicial, se busca que los tres se vigilen a si mismos, en una competición para limitar el poder de los unos sobre los otros, y por lo tanto, del estado sobre la ciudadanía. A nivel vertical, se puede limitar el poder del estado con entes subestatales, los cuales deberían gozar de competencias bien definidas y diferenciadas de la del estado central. De esta forma se premia la competencia entre entidades y se limita el poder del gobierno central y sus potenciales abusos.

    Novedades:

    El profesor Krausse expone algunas opciones novedosas para limitar el poder del estado. Una de las más llamativas es volver a la política ateniense del gobernante elegido por sorteo, de forma que no se pudiera caer en personalismos. Otra es la de volver a la costumbre del siglo XIX de que sólo pudieran votar los que pagan impuestos, ya que en las democracias modernas los individuos deficitarios para el estado tienen fuertes incentivos a votar en continuar en esa dirección. Fechas de expiración de las leyes, para evitar la sobrelegislación por pura omisión y democracia directa para evitar tener que elegir entre paquetes ideológicos.

    Preguntas para el autor:

    ¿El modelo ateniense pudo funcionar por aquel entonces, pero requería de participación directa. ¿Es escalable ese modelo? ¿O tendríamos que implementarlo a nivel local, como en municipios o provincias?

    ¿Acaso la democracia directa no puede derivar en un populismo mucho más acentuado que con la partitocracia?

    ¿Cómo podría calar en la ciudadanía la necesidad de que sólo votaran aquellos que pagaran impuestos?

    Cambio Institucional:

    El autor compara la tesis de autores como Bachunan,Hobbes y Rousseau, que opinan que las instituciones son acciones deliberadas de los individuos. Por su parte, Darwin, Menger o Hayek, defienden una tesis es precisamente la contraria: las instituciones son el resultado no deliberado, espontaneo, surgido de acciones individuales que sí son deliberadas. Al parecer, según el autor, no hay hechos concluyentes al respecto. Plantea la pregunta de como podrían crearse instituciones de forma deliberada en las que muchos usuarios no pagaran por ellas. La respuesta que da es incluir en su idea de ser humano los valores como algo a tener en cuenta, más allá de la visión racional del homo económicos clásica.

    Temas novedosos:

    La idea de que las instituciones surgidas por ensayo y error se convierten la norma y coordina la sociedad. Existen empresarios institucionales, individuos cuyo fin no es maximizar su bienestar económico si no introducir cambios en la sociedad y también emprendedores de ideas, que buscan introducir en el público nuevas visiones del mundo.

    Preguntas:

    ¿No sería más bien que la introducción de nuevas ideas o los cambios institucionales son una forma de hacer negocio?

    ¿No son acaso los empresarios institucionales y los emprendedores de ideas, un producto de su tiempo y por lo tanto, del orden espontáneo?

    ¿Cómo podemos predecir, si se puede, los nuevos ordenes espontáneos?

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