Juan de Mariana: La inflación es un impuesto pero, ¿tiene el consentimiento de los contribuyentes?

La inflación hace que muchos paguen impuesto cuando antes no pagaban. Peor aún, la inflación “es un impuesto”. La pregunta es: ¿quién lo votó? ¿No es que los impuestos se aprueban en el Congreso como parte de una larga tradición que dice que no pueden ponerse impuestos sin el consentimiento de los ciudadanos? Parece que eso no corre para la inflación. Pero el principio es claro, está en la Carta Magna (1215) y lo comenta Juan de Mariana (1536-1624): Juan de Mariana Si el rey puede cargar pechos sobre sus vasallos sin consentimiento del pueblo Algunos tienen por grande sujeción que los reyes, cuanto al poner nuevos tributos, pendan de la voluntad de sus vasallos, que es lo mismo que no hacer al rey dueño, sino al común; y aun se adelantan á decir que si para ello se acostumbra llamar á Cortes, es cortesía del príncipe, pero si quisiese, podría romper con todo y hacer las derramas á su voluntad y sin dependencia de nadie conforme á las necesidades que se ofrecieren. Palabras dulces y engañosas y que en algún« reinos han prevalecido, como en el de Francia, donde refiere Felipe Comines, al fin de la vida que escribió de Luis XI de Francia, que el primero que usó de aquel término fue el príncipe de aquel reino, que se llamó Carlos VIl. Las necesidades y aprietos eran grandes; en particular los ingleses estaban apoderados de gran parte de Francia; granjeó los señores con pensiones que les consignó á cada cual y cargó á su placer al pueblo. Desde el cual tiempo dicen comunmente que los reyes de Francia salieron de pupilaje y de tutorías, y yo añado que las largas guerras que han tenido trabajada por tantos años á Francia en este nuestro tiempo todas han procedido de este principio. Veíase este pueblo afligido y sin substancia; parecióles tomar las armas para de una vez remediarse con la presa ó acabar con la muerte las necesidades que padecían, y para esto cubrirse de la capa de religión y colorear con ella sus pretensiones. Bien se entiende que presta poco lo que en España se hace, digo en Castilla, que es llamar los procuradores á Cortes, porque los mas de ellos son poco á propósito, como sacados por suertes, gentes de poco ajobo en todo y que van resueltos á costa del pueblo miserable de henchir sus bolsas; demás que negociaciones son tales, que darán en tierra con los cedros del Líbano. Bien lo entendemos, y que como van las cosas, ninguna querrá al príncipe á que no se rindan, y que seria mejor para excusar cohechos y costas que nunca allá fuesen ni se juntasen; pero aquí no tratamos de lo que se hace, sino de lo que conforme à derecho y justicia se debe hacer, que es tomar el beneplácito del pueblo para imponer en el reino nuevos tributos y pechos. No hay duda sino que el pueblo, como dice el historiador citado, debe siempre mostrar voluntad de acudir á la de su rey y ayudar conforme lo pidiesen las necesidades que ocurren; pero también es justo que el príncipe oiga á su pueblo y se vea si en él hay fuerza y substancia para contribuir y si se hallan otros caminos para acudir á la necesidad, aunque toquen al mismo príncipe y á su reformación, como veo que se hacia antiguamente en las Cortes de Castilla. Digo pues que es doctrina muy llana, saludable y cierta que no se pueden poner nuevos pechos sin la voluntad de los que representan el pueblo. Esto se prueba por lo que acabamos de decir, que si el rey no es señor do los bienes particulares, no los podrá tomar todos ni parte de ellos sino por voluntad de cuyos son. Item, si, como dicen los juristas, ninguna cosa puede el rey en perjuicio del pueblo sin su beneplácito, ni les podrá tomar parte de sus bienes sin él, como se hace por via de los pechos. Demás que ni el oficio de capitán general ni de gobernador le da esta autoridad, sino que pues de la república tiene aquellos cargos, como al principio señaló el costeamiento y rentas que le parecieron bastantes para ejercellos; así, si quiere que se las aumenten, será necesario que haga recurso al que se las dio al principio. Lo cual, dado que en otro reino se permitiera, en el nuestro está por ley vedado, fecha y otorgada á pedimento del reino por el rey don Alonso el Onceno en las Corles de Madrid, año de 1329, donde la petición 68 dice así: «Otrosí que me pidieron por merced que tenga por bien de les no echar ni mandar pagar pecho desaforado ninguno especial ni general en toda la mi tierra sin ser llamados primeramente á Cortes é otorgado por todos los procuradores que vinieren: á esto respondo que lo tengo por bien é lo otorgo.» Felipe de Comines, en el lugar ya citado, por dos veces generalmente dice en francés: «Por tanto, para continuar mi propósito no hay rey ni señor en la tierra que tenga poder sobre su estado de imponer un maravedí sobre sus vasallos sin consentimiento de la voluntad de los que lo deben pagar, sino por tiranía y violencia»; y añade poco mas adelante «que tal príncipe, demás de ser tirano, si lo hiciere será excomulgado », lo cual ayuda á la sexta «comunión puesta en la bula In Coena Domini, en que descomulga á los que en sus tierras imponen nuevos pechos, unas bulas dicen : «sin tener para ello poder»; otras «fuera de los casos por derecho concedidos»; de la cual censura no sé yo cómo se puedan eximir los reyes que lo contrario hacen, pues ni para ello tienen poder ni por derecho les es permitido esta demasía; que como el dicho autor fue seglar y no persona de letras, fácilmente se entiende que lo que dice por cosa tan cierta lo pone por boca de los teólogos de su tiempo, cuyo parecer fue el suyo. Añado yo mas, que no solamente incurre en la dicha excomunión el príncipe que con nombre de pecho ó tríbulo hace, las tales imposiciones, sino también con el de estanque y monipodio sin el dicho consentimiento, pues todo se sale á una cuenta, y por el un camino y por el otro toma el príncipe parte de la hacienda de sus vasallos, para lo cual no tiene autoridad. En Castilla de unos años á esta parte se han hecho algunos estanques de los naipes, del solimán, de la sal, en lo cual no me meto, antes los tengo por acertados; y de la buena conciencia del rey, nuestro señor, de gloriosa memoria, don Felipe II, se ha de creer que alcanzó el consentimiento de su reino; solo pretendo probar que lo mismo es decir poner estanques que pechos y que son menester los mismos requisitos. Pongamos ejemplo para que esto se entienda. En Castilla se ha pretendido poner cierto pecho sobre la harina; el reino hasta ahora ha representado graves dificultades. Claro está que por via de estanque si el rey se apoderase de todo el trigo del reino, como se hace de toda la sal, lo podría vender á dos reales mas de lo ordinario, con que se sacaría todo el interés que se pretende y aun mas, y que seria impertinente pretender no puede echar pecho sin el acuerdo dicho, si por este ú otro camino se puede sin él salir con lo que se pretende. Por lo menos de todo lo dicho se sigue que si no es licito poner pecho, tampoco lo será hacer esta manera de estanques sin voluntad de aquellos en cuyo perjuicio redundan.

21 pensamientos en “Juan de Mariana: La inflación es un impuesto pero, ¿tiene el consentimiento de los contribuyentes?

  1. Si la emision monetaria es uno de los caminos elegidos para solventar el deficit fiscal. Si tambien asumimos que dicho deficit fiscal es producto del gasto publico, que deberia ser en favor de los intereses del pueblo. Entonces seria el pueblo mismo el que decide gastar y luego pagar el mismo por el desequilibrio fiscal.

    El problema surge en el medio. Como no se puede dar entidad a la existencia de un interes colectivo, porque seria la sumatoria de todos los intereses individuales, que incluso llegarian a ser contrarios unos con otros. ?Quien decide en que se debe gastar y en que no? ?Que es un interes colectivo y que no?
    ?O seria mejor pugnar solo por la existencia de los intereses individuales, y quitarle al poder politico la «estresante» tarea de tener que decodificar que es un interes para cada uno de nosotros y en que estamos dispuestos a destinar dinero?

    Pero en realidad, volviendo al asunto en cuestion, si consideramos a la inflacion una carga impositiva mas, solo puede existir gracias a la sancion que recibe del resto de la sociedad. ?Sabemos de que items se compone el gasto publico? ?Nos interesa ajustar nuestro estilo de vida para reducirlo? En realidad no es necesario que nos hagamos estas preguntas. Pero si tendriamos que saber el criterio que tienen aquellos a quienes elegimos para que deban responderlas. Si es un tema que no nos interesa, entonces ya hemos avalado el impuesto, o el endeudamiento nacional, o inclusive la venta de patrimonio.

    (Lamento la falta de acentos).

  2. Trabajo sobre el texto “Tratado y discurso sobre la moneda de vellón”

    Resumen:
    El autor comienza el artículo planteando las limitaciones de los reyes, a tal punto de decir que sin el consentimiento del pueblo, los mismos no pueden hacer nada en su perjuicio, es decir que no pueden quitarle toda su hacienda ni parte de ella. El rey que cumpla esto será justo y razonable, siendo el que no un tirano. Por lo dicho también plantea que solo se podrán agregar impuestos si es voluntad de los que representan al pueblo. Algo similar se ve a cerca de “bajar” la moneda, lo que entiendo sería devaluar en términos más modernos, ya que solo el rey podrá hacerlo si el pueblo está de acuerdo, y solo si se está en guerra o condiciones de extrema necesidad, de todas formas aun así tendrá que restituirse en poco tiempo. Sobre la moneda también habla sobre su valor intrínseco, según la calidad del metal, y su valor legal, debiendo ser ambos lo más parecidos posibles. Si se baja el dinero del valor legal, las demás mercaderías van a subir su valor necesariamente, se va a perjudicar el comercio y se empobrecerá a la gente, por lo que, lo que en un principio parecería un recurso favorable al rey, a la larga tiene efectos no deseados.

    Argumentos novedosos del texto:
    Es interesante y me llamó la atención que, hace ya más de 700 años, como se hace notar en el texto, se manipulara con el valor de la moneda como un recurso para salir de situaciones fiscales insostenibles. Así también como se describe todo el proceso en que esto perjudica al pueblo, llevando a que se genere un odio hacia el rey por bajar el valor de la moneda, lo que podría verse en un paralelismo en la actualidad hacia los gobernantes responsables de situaciones similares. De la misma forma también me sorprendió que, como una alternativa para solventar los grandes gastos, además de disminuir los gastos superfluos de la casa real, se plantee el de investigar a los funcionarios públicos y ver cómo es posible que incrementen su patrimonio de forma exponencial en tan poco tiempo, haciendo alusión a que muchos de ellos son corruptos (lo que no sería entonces una novedad de nuestra época), ya que dice en el texto “(…) de pocos años acá no hay oficio ni dignidad que no se venda por los ministros con presentes y besamanos (…)”.

    Preguntas al autor:
    En una parte del texto, el autor hace mención a que se puede abajar la moneda si es por poco tiempo y si se restituye mas tarde a los afectados, entonces una pregunta es: ¿Cuánto seria ese poco tiempo?, ya que sabiendo eso uno como gobernante podría saber si puede contar con ese recurso o no para salir de alguna situación extrema, y otra pregunta es: ¿Cómo puede saber el soberano quienes fueron los afectados puntualmente, y en qué cuantía cada uno?, ya que considero que este control es muy difícil de llevar a cabo, por lo que difícil será la restitución a los afectados.

  3. Guía de discusión acerca de ‘El padre Juan de Mariana’ de Lucas Beltran.

    1) Resúmen del artículo:
    El discurso que realiza el padre Juan de Mariana anticipa un debate muy posterior. Desde su óptica, Beltrán elige introducirlo explicando la vocación algo ‘desubicada’ de Mariana para con las personas de poder, especialmente en el contexto en el que se vivía y bajo su condición de hombre de la Iglesia. El núcleo de la cuestión, de todos modos, es el análisis del pensamiento económico del Padre, que incursionó buscando la suma del poder en favor de la Iglesia, cuestionando las injusticias sociales y proponiendo medidas distributivas para acabar con ellas. Sin embargo, al leer el tratado, inequívocamente la defensa del cuidado del valor de la moneda sobrentiende el respeto irrestricto por la propiedad privada. Los cuestionamientos coinciden con muchos de los argumentos esgrimidos siglos más tarde por las escuelas liberales, y Beltran no encuentra otra razón en esa anticipación que atribuir ello a la Escuela de pensamiento de Salamanca.

    2) Consideraciones propias
    El aparente viraje del padre Mariana, si bien tuvo rechazos, no parecieron ser por su raíz ideológica sino por su vocación crítica. Interesa entonces, preguntarse acerca de si es la esencia de la literatura religiosa partidaria de alguno de los dos caminos (la intervención, moderada o completa, o el librado a las fuerzas del mercado) o si es más bien neutral en esa discusión. Por otra parte, no conocía la existencia de la Escuela de Salamanca: una escuela de pensamiento fundante de los principios liberales, tal vez no del todo ligado a la economía sino más bien a la acción humana, muy previa al mismo Adam Smith.

    3) Preguntas al autor
    El viraje que usted ve en el pensamiento del padre Mariana, del que desconoce la causa pero propone dos necesariamente ligadas a la intimidad y a la evolución autónoma del pensamiento del padre, ¿no puede en realidad ser producto de una transformación de toda la Iglesia en el marco de la disputa de época con la nobleza?
    La pretensión de, en el marco de un programa aconsejado de reducción del gasto público, crear nuevos impuestos destinados a los artículos de lujo, ¿no es otra prueba en favor de un resentimiento hacia la nobleza, más que una transformación ideológica fruto de la investigación?
    Por último, ¿cree que esos mecanismos de orden colectivo espontáneo que tiene el ser humano en su acción individual –como, se me ocurre, el surgimiento de los idiomas y los lenguajes- es fácilmente trasladable a un ámbito como el mercado? ¿No habría, por tratarse de una estructura tan grande y compleja, muchas más consecuencias no deseadas que en otros ámbitos de interacción espontánea?

  4. Los reyes tienen el poder legítimo de la republica cuando el pueblo los nombra como tal, originalmente esto fue para que los acaudillasen y defendiesen en tiempo de guerra. Para ejercer estos cargos con la autoridad y fuerzas convenientes, les señaló sus rentas ciertas y la manera cómo se debían recoger. Pero el rey no es señor de los bienes particulares, no los podrá tomar sino por voluntad de cuyos son, como dicen los juristas, ninguna cosa puede el rey en perjuicio del pueblo sin su beneplácito, ni les podrá tomar parte de sus bienes sin él.
    Las casas de la moneda son del rey, por lo que si aprieta alguna necesidad como de guerra, la podrá por su voluntad abajar con dos condiciones: que sea por poco tiempo, y que pasado el tal aprieto, restituya los daños a los interesados.
    El valor intrínseco natural de la moneda (cuño) y el valor legal (el que el príncipe le pone por su ley), deben ir ajustados tanto como sea posible. Si baja el dinero del valor legal, suben todas las mercaderías sin remedio, á la misma proporción que abajaron la moneda, pudiendo afectar la economía del pueblo en general.

    Me resalto interesante el relato del emperador Federico, que ante la necesidad de dinero, mandó labrar moneda de cuero, cada una con un valor de un escudo de oro. Claro esta que para hacerlo no logro juntar dicho valor en oro, pero igualmente se ejecuto y a su tiempo el fue remplazando todas aquellas monedas de cuero, por las de oro. Asi mismo, hubieron casos similares en Francia y Holanda que utilizaron la emisión monetaria ya por aquel entonces para salvar la crisis.

    En caso de que el rey emitiera moneda en exceso ¿los ciudadanos no podrían optar por usar una moneda extranjera mas estable?, es decir ¿no habían diversas monedas circulando como para elegir la mas confiable?

  5. Sinopsis:
    El texto de Juan de Mariana es la continuación de «El Príncipe» de Maquiavelo, una serie de mandamientos para aquel rey o señor que quiera gobernar al pueblo bajo condiciones justas y equitativas en el contexto medieval. El uso justo del poder como tal para ayudar, para oír las necesidades del pueblo y sus representantes, y no como una posición ventajosa para aprovecharse de los bienes particulares, incluso habla de esta situación como «saludable» para el rey y para su pueblo, disocia al poder como forma de imposición sin consentimiento.
    Luego repara en las dificultades de la manipulación de las monedas y de los desordenes/daños que esto provoca no solo a los particulares, sino también al propio reinado con los inconvenientes políticos que devienen de los problemas monetarios, la emisión convertida en inflación y como éstos desajustes convergen al pueblo. Es casi una explicación de un ISLM medieval, si sirve la analogía.
    Por ultimo da una interesante reflexión sobre el gasto de la casa real y como el pueblo puede acudir al rey con sus necesidades, y los destinos «impuros» del gasto, sugiere el autor, no debería tener, como comprar voluntades por ejemplo. Habla de un gasto moderado, ordenado a la vez evitar prácticas de corrupción que no son, para él, propias de un buen soberano y sanas para el pueblo.

    Conceptos importantes:
    Me sorprende y es inevitable la comparación con la actualidad. Cómo el texto en todo momento trata los temas con la impronta de lo justo, lo equitativo, describiendo al poder como una forma de asistencia y colaboración con los demás sin perder la posición de soberano.
    La idea central me parece que esta en las causas y efectos de realizar el manejo de la economía en este caso de una forma u otra, y los daños que causan incluso al ejecutor de las políticas, aquí el rey. La buena administración para el bien común, que parecieran cosas tan difíciles hoy día, y el autor las describe con máxima sencillez.
    Me quedo con eso, palabras como: consentimiento, bien común, orden, voluntad, trazan todo el texto en un marco económico sobre temas centrales como tributación, emisión, gasto publico, etc.

    Preguntas:
    1) ¿Qué injerencia tenía la iglesia?¿Alentaba este tipo de análisis?
    2) ¿Que lo impulsó a escribir el texto?¿Qué situación/es fueron observadas en relación al texto?
    3) Si bien este texto colabora a realizar con más dignidad el papel de soberano, ¿realmente cumplía o cumplió con su cometido?

  6. Creo que la cuestión se reduce a la forma que tenemos de denominar las cosas. La pregunta del título refiere al «consentimiento»; inmediatamente después se nos propone, entre comillas, que la inflación «es un impuesto». Pero luego de leer todo el artículo, concluyo que si el pueblo consiente o no la inflación es un interrogante que va más allá de la discusión acerca de la necesidad de llamar al Congreso para que sancione un impuesto. Por un lado, porque necesitamos saber qué significa «consentir» en nuestros días, y a qué llamamos «inflación».

    Dentro de mis acotados conocimientos sobre Economía tengo el de que la inflación tiene por causa la emisión de moneda: cuantos más billetes circulan, menos valor tienen éstos porque pasan a ser menos escasos. Entonces, ¿quién tiene la potestad de emitir moneda? ¿El pueblo? Si un gobierno emite para financiar gasto público generando así inflación y los bienes aumentan en precio, este es un incremento del costo de vida que fue «impuesto», como adjetivo. Ahora bien, no es un «impuesto» (sustantivo), en el sentido técnico de la palabra, puesto que no cumplió con las formalidades para serlo (entre ellas, la de ser aprobado por el Congreso).

    Juan de Mariana, hacia el final del texto, menciona que «incurre en la dicha excomunión el príncipe que con nombre de pecho […] hace las tales imposiciones». Si le hiciéramos caso deberíamos pensar que, no importa como se llame, un menoscabo a la propiedad privada que fue «impuesto» (léase, sin el consentimiento de aquel a quien se «impone») conculca la costumbre que inauguró la Carta Magna, esa de no permitir un impuesto sin que haya una ley previa. Ardua discusión que supera los límites de las ciencias económicas.

    La otra pregunta no tiene una respuesta inequívoca, a mi entender. Si los contribuyentes consienten o no la inflación es una duda que tendrán que quitarme personas versadas en economía, teoría del Estado e incluso filósofos. ¿Consentimos las causas de la inflación? ¿Nos informamos para poder opinar y defendernos, en caso de que si hiciera falta? La economía de un país la hacemos todos, todos los días; así como consentimos el semáforo en rojo, consentimos que los precios suban inusitadamente. Quizás ésa sea una respuesta posible.

  7. Resumen
    Es llamativo como un escrito tan temprano (1609) señale que “el príncipe no es señor, sino administrador de los bienes de particulares”, o bien que “el príncipe no puede echar pechos contra la voluntad de sus vasallos” señalando límites legales al poder real. Que al bajar el valor de la moneda está robando a sus vasallos “pues les dan por mas lo que vale menos”, O bien que “todo es quitar á los del pueblo sus bienes por mas que se les disfrace con dar mas valor legal al metal de lo que vale en sí mismo” dando un marco legal a una devaluación. Ejemplifica un caso de depreciación y tipo de cambio por él conocido y señala, con suposiciones y hechos históricos, las consecuencias de una emisión excesiva, su impacto en los precios y en las posibles acciones tributarias resultantes. Como alternativa plantea la reducción del gasto público.

    Puntos significativos
    Los recursos ilustrativos son para remarcar: “¿sería lícito que el rey se metiese por los graneros de particulares y tomara para sí la mitad de todo el trigo y les quisiese satisfacer en que la otra mitad la vendiesen al doble que antes?” O bien “¿sería justo que el rey mandase á los particulares vendiesen sus paños; sus sedas al tres doble de lo que valen, y que con la una parte se quedé el dueño, y con las dos acudía al rey?”
    Lo mismo que los ejemplos de reducción de gasto: “No puede el rey gastar la hacienda que le da el reino con la libertad que el particular los frutos de su viña ó de su heredad, ítem, que el rey evite, excuse empresas y guerras no necesarias, que corte los miembros encancerados y que no se pueden curar.”

    Le preguntaría al P. Juan de Mariana, SJ:
    ¿Qué motivó la redacción de este tratado?
    ¿Qué tiempo le llevó recopilar la información sobre Bulas y Edictos para argumentar junto con las Regalías?
    ¿Estaba consciente del impacto que sus “observaciones” podrían ocasionarle?

  8. Resumen
    Juan de Mariana describe algunos desordenes y abusos sobre los que se debe tener cuidado. En cuanto al poder del rey, cuando se extiende fuera de sus términos, degenera en tiranía. Es por esto, que no puede disponer de las haciendas de los particulares ni apoderarse de ellas. Tampoco puede este poner pechos o bajar la moneda de peso (volverla a labrar) sin la voluntad del pueblo. El autor le presta especial atención a las graves consecuencias de hacer esto último: los productos encarecerán, el comercio disminuirá y el mismo reino empobrecerá. El rey debe recurrir a otros métodos para suplir las necesidades del reino: cuidar sus gastos y evitar guerras principalmente.

    Conceptos destacados
    El punto más importante de la obra es el estudio de las consecuencias de labrar nuevamente la moneda. En este sentido, Juan de Mariana debe de ser de los primeros en presentar una subida de precios, lo que hoy llamaríamos inflación y los aspectos muy negativos que trae consigo. Por otra parte, el hecho de que el rey no sea señor de los bienes particulares de sus vasallos no es de menor importancia. El autor lo usa para discutir varias capacidades del mismo: si es sólo administrador de los bienes particulares, no podrá tomar parte de las haciendas (cobrando pechos) y, al no poder hacer esto, tampoco puede bajar la moneda, ya que sería una forma de cobrar impuestos.

    Preguntas al autor
    1) Muchas de las acciones que puede realizar un rey estarían sujetos a la voluntad del pueblo pero, ¿cómo sabe la voluntad del pueblo? (con esto me refiero a que las acciones traen siempre distintas consecuencias para distintos grupos, en ciertos casos, algunos pueden resultar beneficiados cuando otros no)
    2) El labrar nuevamente la moneda ¿trae necesariamente las consecuencias negativas que enumera el autor?
    3) Al hablar del fundamento de la contratación, ¿a qué se refiere con peso y medida?

  9. Sinopsis:
    Juan de Mariana se atreve a escribir sobre un secreto a voces en su época, la manipulación del valor de la moneda por el soberano, en este caso el Rey. Primero aclara que el Rey no puede simplemente tomar pertenecías de ninguno de sus vasallos sin su consentimiento e incluso se condena el instituir impuestos sin la aprobación de los contribuyentes. si estos no están de acuerdo el Rey tendría que usar algún medio coercitivo para cobrarlo lo que lo convertiría en un tirano. Sin embargo el Rey controla los lugares donde se acuñan monedas y algunas veces en “tiempos difíciles” este ha modificado el valor de la moneda por decreto o ha entregado otros tipos de moneda lo que produjo en varias ocasiones un reajuste de los precios en detrimento del pueblo.
    Destacado:
    Una de las cosas que más llamo mi atención es que en la antigüedad se considerara causa de excomulgación que se cobren “pechos” sin la aprobación de la gente, me parece que en la actualidad muchos de nuestros representantes ya tendrían vario lugares reservados en el infierno. Otro punto que me pareció interesante es la manera en la que Mariana diferencia a las monedas de buena y de baja ley, y como describe que las personas van a intentar no usarlas, los comerciante van a aceptarla menos o la van a cobrar más en esa moneda para compensar el riego de que la misma pierda valor. Finalmente es curioso que desde hace tanto tiempo se hable sobre los problemas de los burócratas estatales y sin embargo sigamos hoy discutiendo de los mismos temas.

    Preguntas:
    ¿Por qué si el acuñar monedas de “baja ley” deviene en un empobrecimiento del mismo rey este sigue aplicando el método?
    ¿Si viera el mundo hoy, consideraría que se cumple que “los reyes sin consentimiento del pueblo no pueden hacer cosa alguna en su perjuicio…”?
    ¿Por qué considera que el rey toma medidas que perjudican a sus vasallos si “contra cuya indignación no hay fuerza ni arma bastante” y la prosperidad de u reino depende de ellos?

  10. Alumno: Aste Maria Belén.
    Nº de Registro: 865569

    1- Este Paper se mueve entre los límites del poder del Rey acerca del valor de la moneda de Vellón y los bienes de los vasallos. Estos límites se extienden por un lado que el Rey no es dueño ni puede utilizar como le plazca los bienes de los vasallos, amenos que este amparado por el consentimiento del pueblo. En caso de hacer lo contrario se considerara un tirano. En el caso de que el rey necesite disponer de los bienes para las necesidades del momento, no puede tomarlos de los vasallos como le plazca ya que dijimos que no es dueño de ellos, a menos que estos estén de acuerdo, con lo cual deberá encontrar otros caminos para cumplir con las necedades. Es así que se introduce el valor de la moneda. El Rey no puede bajar el valor de la moneda, y dar más valor al metal cuando vale menos, lo que lleva a aumentar los precios de las mercancías y a restringir el comercio junto con las rentas que percibe el Rey.

    2- Lo que se destaca del Paper, es la diferencia persistente que se hace sobre el poder del Rey y la tiranía. El Rey se mueve entre la razón y la justicia, y si le dan el derecho puede disponer de los bienes de los vasallos.
    Otro tema importante es el valor de la moneda, el Rey no puede interferir en él. Si baja su valor y da más valor a algo q posee menos, sube el precio de las mercancías en la misma proporción que lo que la moneda bajo, lo que termina retrayendo el comercio y ocasionando una caída en las rentas del rey, lo cual lleva todo a un mismo círculo. Una forma para poder ahorrar seria reducir el gasto del Rey, que sea mas moderado, sin tocar el valor de la moneda ni los bienes que por derecho no son de él.

    3- A- ¿Podríamos encontrar evidencia empírica de no tiranía y cumplimiento en su totalidad de los limites del poder del Rey?
    B- Si el Rey necesita nuevos tributos para cumplir con las necesidades del momento, y no puede disponer de los bienes del pueblo e interferir en el valor de la moneda, ¿Cómo los obtiene, ya que creo que reduciendo solo los lujos del Rey no alcance?
    C- ¿En que magnitud, temporal, podría mantener esta nueva fuente de tributos si no puede disponer de los bienes de los vasallos ni interferir en el valor de la moneda?

  11. Resumen
    El texto habla principalmente de los límites que debe tener el poder del rey para evitar ser odiado por el pueblo. Si bien el autor considera que el mismo debe ayudar a su rey a satisfacer sus necesidades, este último debe tener en cuenta cuales son las capacidades de sus súbditos. El rey no puede quitarles a los particulares su hacienda o parte de la misma sin el consentimiento de los mismos. Esto implica que no puede cargar nuevos tributos, hacer estanques con las mercancías, ni debería, a pesar de ser el dueño de las casas de la moneda, bajar su valor. Se resaltan cuáles son sus principales consecuencias como para desalentarlo, dentro de las que se destaca el hecho de que esta actividad se traduce en el aumento equivalente de las mercaderías. Además se detallan algunas posibles soluciones a las necesidades del reino.
    Comentarios
    Los conceptos más importantes y novedosos del texto rondan en torno a las consecuencias de labrar la moneda. Independientemente de que está contra la ley, también es contra razón y derecho natural, hacerlo implica que el que tiene la moneda pierde parte de su valor y el rey se apropia del resto, por lo que nadie querrá vender las mercaderías por la misma cantidad de monedas que antes. Entonces si baja el dinero del valor legal, suben todas las otras mercaderías, a la misma proporción. Además, las deudas contraídas en moneda buena no pueden ser pagadas con la de baja ley y que nadie querrá vender las mercaderías por la misma cantidad de monedas que antes. Todo esto redunda en odio al rey, quien incluso se verá empobrecido.
    Preguntas al autor:
    1. Cuáles son los métodos que puede implementar el rey para reparar los daños causados por bajar la moneda?
    2. Ante que situaciones, independientemente de las guerras, el rey podría solicitarle al pueblo más tributos y este aceptarlos?
    3. Qué métodos propone para solucionar los problemas del reino, diferentes a las reducciones del gasto público?

  12. Tratado y discurso sobre la moneda de vellón

    Resumen

    Se detalla en resumidas cuentas el impacto monetario como gran protagonista de la gobernabilidad de los reyes. En un comienzo se discute sobre el concepto de propiedad privada, y que conlleva al pueblo a buscar el “padrinazgo” del rey. Distingue claramente entre los bienes particulares de los vasallos y aquello del reino, así como las voluntades propias de los que representan al pueblo (como figura que limita al rey y su poder) y las del rey. Bajo la misma lógica, no se puede imponer un impuesto sin la voluntad de quienes lo deben pagar. Luego se introduce la moneda y se da cuentas de las dos características, su valor intrínseco y su valor por mercancías. Discute el impacto negativo que se causa al bajar la moneda, que genera una apropiación indebida de los recursos ajenos al rey en su beneficio (hoy llamado impuesto inflacionario) y explica las consecuencias negativas de la inflación. Y por último detalla una serie de medidas para acudir las necesidades del reino sin bajar la moneda.

    Comentario

    Me pareció novedoso como se hacía ya referencia a muchos conceptos que tienen que ver con la moneda (el dinero) y sus usos que pensé que se comenzaron a discutir recién en el último siglo. El autor ahonda (en otras palabras por supuesto) en el concepto de liquidez, impuesto inflacionario y sus impactos. Esencialmente concluyendo que los desaciertos y las impopularidades de los reyes siempre venían de la mano con una moneda baja. Luego recomienda soluciones para la estabilización que son lo que hoy llamamos responsabilidad fiscal, transparencia y la corrupción (el control de ella en este caso).

    • ¿Qué efectos (ya que no había bancos) tendría en cuenta para balancear el gasto público, la emisión y no causar la baja de la moneda a causa de la inflación?
    • ¿De qué manera se podría resguardar el valor de la moneda ante el ingreso de riquezas ajenas? (Supongamos que una conquista trae mayor riqueza y así dispara la demanda)
    • ¿Hasta qué punto le conviene al rey bajar la moneda antes que intentar una suba de impuestos?

  13. GUIA DE DISCUSION – Juan de Mariana, “Tratado y Discurso sobre la Moneda de Vellón”

    RESUMEN
    En los primeros capítulos, Mariana, se centra en describir cómo un Rey debe comportarse para que su reinado sea legítimo y no tirano, diciendo que “el tirano es el que todo lo atropella y todo lo tiene por suyo; el rey estrecha sus codicias dentro de los términos de la razón y de la justicia”. Un rey justo y razonable es quien toma la voluntad del pueblo en consideración a la hora de tomar decisiones y de realizar imposiciones. Así, el rey no podrá apropiarse de los bienes de la población sino es por voluntad del pueblo. Luego hace referencia a la problemática del valor de la moneda, haciendo también una serie de sugerencias para la solución de dicho problema, entre las que se mencionan la importancia de un gasto ordenado y moderado. Termina por mencionar lo que él considera como el mayor inconveniente de todos, que es el odio que se generará ante un rey que insista en comportarse como tirano, aquel que no considera la voluntad del pueblo a la hora de tomar decisiones, «que si se hace sin acuerdo del reino, es ilícito y malo»

    CONCEPTOS IMPORTANTES Y NOVEDOSOS:
    Mariana hace una constante referencia a la importancia de la propiedad privada, cuyo carácter debe ser inviolable tanto directa como indirectamente por parte del rey, a través de excesivos tributos o medidas de moneda que generen pérdida de valor en la misma. Este concepto va de la mano con la idea de un rey justo, que considere la voluntad del pueblo. Aquí es donde se presenta la primera diferencia entre “lo que se hace” y “lo que se debe hacer”. El deber sería tomar en consideración la voluntad y el beneficio del pueblo a la hora de imponer en el reino nuevos tributos, aunque en la realidad esto no se cumpla. Se presentan llamados de atención del autor con respecto a un tema fundamental de la actualidad, que es la inflación, aunque no se la mencione como tal, y cómo la política monetaria y el gasto publico indiscriminado lleva al alza de los precios de las mercaderías, diciendo “que si baja el dinero del valor legal, suben todas las mercadurías sin remedio, á la misma proporción que abajaron la moneda”. Se podría decir, que esta frase puede ser considerada como una primera aproximación a la teoría cuantitativa del dinero.

    PREGUNTAS:
    1) ¿No cree que la idea (democrática) de un rey que considera la voluntad del pueblo no es coherente con un régimen político monárquico (y por lo tanto no-democrático)?
    2) ¿Qué tan objetiva puede ser la visión del rey con respecto a la voluntad del pueblo para tenerla en cuenta a la hora de tomar decisiones?
    3) ¿Qué busca exactamente con esta publicación? ¿Hacer un llamado de atención real, o influir en la toma de decisiones en favor de otra institución?

  14. Poetiquísimo el Sr. De Mariana. La inflación es un «impuesto», escribe. Nosotros no somos poetas (Dios nos libre). Somos estudiantes de Abogacía. Y, como estudiantes de Abogacía, tenemos, para bien y para mal, una cosmovisión un poco más… “down-to-earth”, si se me permite el anglicismo.

    Quien, en sus días de estudio de la materia “Derecho Tributario y Finanzas Públicas”, haya tenido la valentía (si no la temeridad), de abrir uno de sus característicamente extensos Manuales o Tratados, sabrá que el concepto de “impuesto” es, palabras más, palabras menos, el de un tributo impuesto por el Estado a aquellos ciudadanos que están en una determinada situación y cumplen con determinadas condiciones, tipificadas por la ley respectiva.

    Teniendo en mente esa definición, proponer la idea de que la inflación es un impuesto no es particularmente coherente, y hasta hace que se nos dibuje una sonrisa en el rostro.

    Es verdad, el desarrollo de De Mariana se extiende más allá de este punto. Pero la metáfora sobre la que lo basó es…, para ser eufemístico, mala. Y si bien el edificio de ideas que construyó sobre ella se mantiene en pie, se tambalea…

  15. 1) Sinopsis:
    Este tratado escolástico hace advertencias sobre desórdenes y abusos de corrupción en el reino de Castilla en el ámbito de irrespetar los límites o estrecheces en los que el poder otorgado por la república debe desarrollarse para no convertirse en tiranía. Enuncia con demasiado remilgo advertencias de los excesos que se propiciaban con la manipulación del valor de la moneda obviando un recurso legal existente que consistía en recurrir a la corte y dejar en mano de los procuradores la otorgación de un nuevo o más alto tributo cuando la corte creía que este era necesario.

    2) Conceptos destacados
    Moneda de vellón: arbitrio por el cual se manipulaba el valor de la moneda, única mercancía propiedad del rey, junto con las casas de las monedas y su poder de acuñación. La manipulación permitía alterar y desajustara los valores del resto de las mercaderías, donde el valor legal y el valor real no coincidían siendo su diferencia o transferencia de valor tomada siempre a favor del rey.
    Desórdenes y abusos: calamidades que actualmente se conocen como tiranía y corrupción que debían atajarse para evitar daños mayores que amenazaban la estabilidad del reino, como ser: falta de consenso, codicia, autoritarismo, ilícitos, adulteración, fraude, devaluación, empobrecimiento y derroche, entre otros.

    Preguntas:
    a- ¿Es el poder una entidad que se corrompe indefectiblemente derivando en otra cosa o categoría siempre de menos cualidad?
    b- ¿Pueden convivir el poder y la prudencia sin anularse o corromperse mutuamente?
    c- ¿Se puede mantener esperanza de que estos males sean alguna vez superados tomando como modelo algún régimen moderno en vistas de que se aprecia una existencia nefasta de larga data?

  16. Por Fernando Del Puerto
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    @fernadp

    Sobre Juan de Mariana. Discurso sobre la moneda de vellón

    En Padre Juan de Mariana expone las razones por las que existen los monarcas y su papel en la sociedad. Los reyes sólo son administradores del Estado, no dueños, por lo que no pueden apropiarse de los bienes de los súbditos excepto en casos excepcionales previstos por el Derecho. Juan de Mariana advierte al rey de que cualquier actuación para apropiarse de los bienes de los súbditos sin que le correspondan por Derecho, le deslegitimaría como rey, convirtiéndolo en tirano. En este punto se puede recordar la legitimación que daban los jesuitas al tiranicidio, al considerar al tirano como una amenaza para el pueblo.
    El Padre recuerda al rey que, para poner nuevos impuestos se debe consultar al pueblo a través de las Cortes, ya que los impuestos equivalen a tomar parte de las propiedades de los súbditos y por ello sólo debe aumentarse en casos de necesidad y con el consentimiento de éstos.

    También explica el modo y condiciones en que debe llevarse a cabo la acuñación de moneda de vellón: siempre que no empeore su valor evitando que los vasallos sean perjudicados o bien en caso de guerra, en cuyo caso debería hacerlo sólo durante el tiempo que durase la contienda, restituyendo su valor a la moneda en cuanto acabase la necesidad. Para el Jesuita la moneda de vellón equivale a robar a los vasallos.

    Preguntas para el autor:

    1) Si para el Padre Mariana la acuñación de esta moneda sirve de solución a corto plazo, pero a la larga, supone un daño para el pueblo y, en consecuencia, para el rey. De que manera el Rey podría financiar sus actividades publicas?

    2) Actualmente se podrían aplicar sus medidas dirigidas a disminuir los gastos de la Hacienda Real y aumentar su patrimonio sin tener que robar a los súbditos mediante la acuñación de monedas a través de la recaudación tributaria?

    3) Su propuesta de carga impositiva a los artículos de lujo no constituye una medida que podría evitar la reactivación económica dado que disminuye el ingreso disponible de los mas ricos?

  17. RESUMEN
    Juan de Mariana apunta contra la práctica de modificar la moneda, ya sea en su composición o forma por parte del rey y en cómo ello puede perjudicarlo. En primer lugar objeta que se trata de la aparición de un impuesto encubierto o de una apropiación ilegal de recursos, es decir, sin aprobación del pueblo atentando contra las leyes. Esto en términos económicos se traduce en una pérdida de valor de los bienes del pueblo en beneficio del reino para hacer frente a sus desajustadas cuentas reduciendo la firmeza del comercio y del reino. Sin embargo, resalta que el mayor inconveniente es el repudio del común de las personas sobre quien tome la decisión de realizar esta práctica. Finalmente como solución propone un ajuste de los gastos del reino, poniendo el foco sobre todo en los excesos.

    CONCEPTOS DESTACADOS
    Considero como más importantes los conceptos donde el autor deja evidenciada su postura en temas que hoy en día siguen en discusión: La relevancia que adquiere la propiedad privada y los límites que el poder debe tener sobre la misma. La importancia del valor de la moneda, sobre todo la claridad conceptual con la que el autor explica lo que llamamos en la actualidad “impuesto inflacionario” y todas las consecuencias que implica para el sistema económico y político, por último la mención del orden y la estabilidad como importantes para un ideal funcionamiento general de una economía.

    PREGUNTAS
    -En caso de que existiese la voluntad del pueblo, ¿cuáles cree que serian los límites aceptables para modificar el valor de la moneda?
    – ¿Qué métodos implementaría para controlar el gasto de la casa real?
    – ¿Cree que independizar a las casas de la moneda del mando del rey puede ser un método efectivo para impedir que se realice esta práctica?

  18. Resumen:
    En este texto, Juan de Mariana desarrolla una discusión acerca de la propiedad privada en cierta manera. Habla sobre las libertades que creen que se pueden tomar los soberanos sobre las tierras y posesiones de los vasallos y de las limitaciones que deberían tener. A esto le suma una explicación acerca de la moneda, su uso y los problemas que traen las revalorizaciones que se van generando a causa de las modificaciones sobre la cantidad de metal que poseen. En cierta forma, realiza un breve análisis de lo que era la inflación en la Edad Media y los intentos fallidos por solucionarla.
    Conceptos:
    Es interesante ver cómo se pueden vislumbrar en este texto tan antiguo conceptos como los de propiedad privada, voluntad popular y limites del gobierno, mezclándolo con doctrinas religiosas. A pesar de la prosa en la que está escrito, explica claramente cómo funcionaba la inflación en aquel entonces y los motivos que la provocaron. Incluso, se puede ver un indicio de lo que hoy conocemos como precio absoluto y precio real del dinero cuando habla de los dos valores que tiene la moneda.
    Preguntas:
    – ¿Le parece que crear una moneda unificada podría haber servido para evitar parte de la inflación y la desconfianza?
    – ¿cuál cree sería el mecanismo para evitar los problemas de los montos de las deudas cuando la moneda tiene claros vestigios inflacionarios?
    – ¿Cree que los reyes deberían ser controlados por algún tipo de comité para evitar que realicen acciones en contra del pueblo?

  19. La inflación se impone, esta impuesta en la economía debido a la emisión monetaria sin respaldo de generación de bienes y/o servicios, y mucho menos por reservas.
    En un periodo de inflación los precios los determinan los comerciantes sin ninguna referencia ya que tratan de «cubrirse» para cuando deban reponer sus bienes o brindar sus servicios, y esto genera una cadena interminable ya que todos están intentando subsistir y quieran o no los consumidores deben pagar ese aumento generalizado.

  20. En el texto, el Padre Juan de Mariana intenta describir la situación económica y social de la relación del rey con su pueblo en la época medieval española. Empieza analizando el aspecto político, donde predomina una opinión de crítica hacia el uso que el rey le da al poder que se le otorga. Allí, propone un acercamiento más justo y equitativo con sus vasallos donde se intenta que la razón gobierne la codicia y no permita actitudes propias de un tirano.
    En términos económicos, el Padre distingue entre el valor intrínseco de la moneda y su valor de intercambio, resaltando que debe haber una relación de coherencia entre ambos que no permita el traslado a precios de la emisión. A su forma, deja entender algunos fenómenos inflacionarios de ese tiempo causados por falta de conocimiento acerca de políticas monetarias. Siendo el rey el dueño de las Casas de la Moneda, le corresponde tomar decisiones al respecto inclusive bajo una mirada egoísta, ya que la suba de precios no favorecería el comercio o la renta de los cuales él mismo se beneficia.
    Me pareció interesante que en un contexto histórico absolutamente distinto, Juan de Mariana enuncie planteos acerca del gasto público y la corrupción. En el texto, opina a favor de una reducción de los gastos de la Casa Real que genere una visión más austera y moderada. A su vez, cuestiona la compra de títulos de nobleza y la necesidad de corromperse ante las autoridades públicas para la obtención de ciertos beneficios.

    Preguntas al autor:
    1. ¿Si bien cuestiona formas y maneras de ejercer el poder por parte de los reyes, está dado el contexto como para hacer un planteo más profundo en términos de igualdad ante la ley y abolición de títulos de nobleza?
    2. ¿Qué opinión tiene acerca del comercio internacional, análisis de la balanza de pagos y su injerencia en la estabilidad de la moneda local?
    3. ¿Considera más conveniente tener un gasto público más austero o ante un mismo gasto público, cambiar la política de redistribución de los recursos?

  21. El texto claramente nos habla del vasallamiento de los Reyes a los súbitos No hay duda sino que el pueblo, como dice el historiador citado, debe siempre mostrar voluntad de acudir á la de su rey y ayudar conforme lo pidiesen las necesidades que ocurren; pero también es justo que el príncipe oiga á su pueblo y se vea si en él hay fuerza y substancia para contribuir y si se hallan otros caminos para acudir á la necesidad, aunque toquen al mismo príncipe y á su reformación. Los reyes tienen el poder legítimo de la republica cuando el pueblo los nombra como tal, originalmente esto fue para que los acaudillasen y defendiesen en tiempo de guerra. Para ejercer estos cargos con la autoridad y fuerzas convenientes, les señaló sus rentas ciertas y la manera cómo se debían recoger. Pero el rey no es señor de los bienes particulares, no los podrá tomar sino por voluntad de cuyos son, como dicen los juristas, ninguna cosa puede el rey en perjuicio del pueblo sin su beneplácito, ni les podrá tomar parte de sus bienes sin él. Considero relevante este texto en como se asemeja a la realidad que hoy en día vivimos. Los gobernantes no escuchan a su pueblo y el pueblo es el que elige.

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