El origen evolutivo de las instituciones de la justicia: su papel para resolver el conflicto

Otro artículo más del destacado investigador argentino Daniel Sznycer (Oklahoma Center for Evolutionary Analysis, junto a AaronSell  y Keelah E.G.Williams Department of Psychology, Hamilton College. Se titula: “Justice-making institutions and the ancestral logic of conflict”; https://doi.org/10.1016/j.evolhumbehav.2022.12.003

“Las instituciones que hacen justicia se basan en una vasta red de reglas, personas y artefactos. El código penal federal de los Estados Unidos, por ejemplo, tiene cientos de secciones con disposiciones sobre robo y allanamiento de morada, bonos falsificados, armas químicas, disturbios, gastos para influir en la votación y muchos otros. Esta complejidad se puede rastrear hasta un puñado de juegos biológicos jugados por nuestros ancestros forrajeros en sus pequeñas sociedades sin estado. El tema general es el conflicto. La justicia se basa en conflictos de intereses reales o posibles. Los cerebros individuales incluyen una variedad de adaptaciones que fueron seleccionadas porque regulaban el conflicto de manera que promovían la aptitud: conceptos (p. ej., acto ilícito, distribución injusta), intuiciones (p. ej., un error merece un castigo) y sistemas emocionales (p. ej., ira). ), entre otros. Estas antiguas adaptaciones parecen formar el núcleo de las instituciones de justicia en las sociedades modernas, un núcleo que se ve reforzado por los sistemas de deliberación y escritura. Esta teoría de las instituciones de justicia puede generar predicciones distintivas. Por ejemplo, la lógica de las instituciones de justicia se hará eco de la lógica de sus adaptaciones subyacentes y, por lo tanto, será evidente en las interacciones de las personas. Además, los laicos podrán recrear intuitivamente las características básicas de las instituciones de justicia cercanas y lejanas, pasadas y presentes, porque tienen una naturaleza humana común con los legisladores nacionales y extranjeros. Aquí, revisamos la evidencia relevante para (i) el sistema de justicia penal y (ii) la redistribución del gobierno a la luz de esta teoría adaptacionista. Concluimos que el adaptacionismo es un marco productivo para dilucidar las instituciones de justicia.”

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