Para Alberdi las libertades políticas tienen claros contenidos económicos. Tan claros que no los ven?

Con los alumnos de la Facultad de Derecho leemos los Caps 1 y 2 del libro “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina. Para Alberdi las libertades políticas tienen claros contenidos económicos.

Alberdi 3

Por ejemplo:

La libertad o derecho de petición, es una salvaguardia de la producción económica, pues ella ofrece el camino de obtener la ejecución de la ley, que protege el capital, la tierra y el trabajo, sin cuya seguridad la riqueza carece de estímulo y la producción de objeto.

La libertad o derecho de locomoción es un auxilio de tal modo indispensable al ejercicio de toda industria y a la producción de toda riqueza, que sin ella o con las trabas puestas a su ejercicio, es imposible concebir la práctica del comercio, v. g., que es la producción o aumento del valor de las cosas por su traslación del punto de su producción al de su consumo; y no es menos difícil concebir producción agrícola o fabril, donde falta el derecho de darle la circulación, que le sirve de pábulo y de estímulo.

La libertad de publicar por la prensa importa esencialmente a la producción económica, ya se considere como medio de ejercer la industria literaria o intelectual, o bien como garantía tutelar de todas las garantías y libertades tanto económicas como políticas. La experiencia acredita que nunca es abundante la producción de la riqueza, en donde no hay libertad de delatar y de combatir por la prensa los errores y abusos que embarazan la industria; y, sobre todo, de dar a luz todas las verdades con que las ciencias físicas y exactas contribuyen a extender y perfeccionar los medios de producción.

La libertad de usar y disponer de su propiedad es un complemento de la libertad del trabajo y del derecho de propiedad; garantía adicional de grande utilidad contra la tendencia de la economía socialista de esta época, que, con pretexto de organizar esos derechos, pretende restringir el uso y disponibilidad de la propiedad (cuando no niega el derecho que ésta tiene de existir), y nivelar el trabajo del imbécil con el trabajo del genio.

La libertad de asociación aplicada a la industria, es uno de los resortes más poderosos que reconozca la producción económica moderna; y en la República Argentina es garantía del único medio de satisfacer la necesidad que ese país tiene de emprender la construcción de ferrocarriles, de promover la inmigración europea, de poner establecimientos de crédito privado, mediante la acción de capitales asociados o unidos, para obrar en el interés de esos fines y objetos.

La libertad de asociación supone el ejercicio de las otras libertades económicas; pues si el crédito, si el trabajo, si el uso de la propiedad, si la locomoción no son del todo libres, ¿para qué ha de servir la libertad de asociación en materia industrial?

El derecho de profesar libremente su culto, es una garantía que importa a la producción de la riqueza argentina, tanto como a su progreso moral y religioso. La República Argentina no tendrá inmigración, población ni brazos, siempre que exija de los inmigrantes disidentes, que son los más aptos para la industria, el sacrificio inmoral del altar en que han sido educados, como si la religión aprendida en la edad madura tuviese poder alguno y fuese capaz de reemplazar la que se ha mamado con la leche.

La libertad de enseñar y aprender se relaciona fuertemente con la producción de la riqueza, ya se considere la primera como industria productiva, ya se miren ambas como medio de perfeccionar y de extender la educación industrial, o como derogación de las rancias leyes sobre maestrías y contratos de aprendizaje. En este sentido las leyes restrictivas de la libertad de enseñar y aprender, a la par que ofensivas a la Constitución que las consagra, serían opuestas al interés de la riqueza argentina.

Vemos, por todo lo que antecede, que la libertad, considerada por la Constitución en sus efectos y relaciones con la producción económica, es principio y manantial de riqueza pública y privada, tanto como condición de bienestar moral. Toda ley, según esto, todo decreto, todo acto, que de algún modo restringe o compromete el principio de libertad es un ataque más o menos serio a la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y al progreso material del país. – El despotismo y la tiranía, sean del poder, de las leyes o de los reglamentos, aniquilan en su origen el manantial de la riqueza -que es el trabajo libre-, son causas de miseria y de escasez para el país, y origen de todas las degradaciones que trae consigo la pobreza.

58 pensamientos en “Para Alberdi las libertades políticas tienen claros contenidos económicos. Tan claros que no los ven?

  1. Resumen
    En el preámbulo se enumera todos los beneficios que pretende asegurar la Nación. Y lo que considera es que el fisco ha sido y es el peor enemigo de la riqueza del país. También nos habla de los derechos y las garantías de la producción de las riquezas y las mismas son trabajo, capital y tierra, se puede decir que la Confederación sólo posee el primero, en la época presente siempre respetando la libertad económica de todos los habitantes y todas las libertades individuales pero desconoce las libertades del derecho realista que dividía a las personas por clases económicas. Dice que “para proteger mejor el fin social de la riqueza, he preferido la distribución libre a la distribución reglamentaria y artificial”…
    Las leyes protectoras de la producción tienen ya sus principios en la Constitución; no pueden ser arbitrarias, ni deben ser otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional. exponer los principios que la Constitución reconoce y garantiza como orígenes de la producción argentina. La propiedad, como garantía de derecho público, tiene dos aspectos: uno jurídico y moral, otro económico y material puramente.

    Aspectos Relevantes

    Considero que lo más llamativo de este texto es lo útil que resulta para descubrir cómo los gobiernos fueron violando el espíritu de la Constitución y sus consecuencias. Lo que queda en claro es lo que no puede hacer el Estado en materia económica en Argentina si es que quiere respetar los principios que sostiene la Constitución. Ya que considera que el fisco ha sido y es el peor enemigo de la riqueza del país. Cuando los gobiernos comenzaron a adoptar medidas contrarias a las Constitución Nacional, el país entró en una nebulosa, la decadencia se transformó en algo estructural. Y resulta más que evidente que su principal objetivo era procurar las líneas de acción que producirían el cambio fundamental en la realidad argentina. Algo que preocupaba a Alberdi, era que el país sólo disponía de extensas tierras y recursos naturales pero carecía de los otros y no menos importantes factores de la producción: capital y trabajo experimentado

    Preguntas:
    1-¿Considera usted que la pereza es el manantial de la miseria?
    2- ¿Que considera necesario modificar en la Constitución actual en materia de producción de la riqueza?
    3- ¿En la actualidad sigue pensando que el fisco es el peor enemigo de la riqueza de nuestro país?

  2. Alberdi comienza haciendo mención a que es, la Constitución Federal Argentina de 1853, la que debe promover al bienestar general y asegurar la libertad económica, siendo la primera en distinguir la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno. Reitera, como en la introducción de su obra, que la producción de riquezas parte de la acción combinada del trabajo, el capital y la tierra y que estos factores de producción operan de tres modos: la agricultura, las fábricas y el comercio. Luego, se refiere a las garantías comunes de protección de la producción tales como la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción; y enumera cada uno de los artículos de la Constitución Argentina que consagran dichas garantías. Hace hincapié, por ejemplo, en que la libertad económica es para todos los habitantes tanto nacionales como extranjeros, al derecho al trabajo libre estando prohibida la esclavitud, a que todos los hombres son iguales ante la ley y, fundamentalmente, a que toda ley que limite el principio de libertad es considerada un ataque al progreso de la Nación. También, al derecho a la propiedad privada, a usarla y disponer de ella.

    Alberdi hace amplia referencia a la libertad como base para el desarrollo, distinguiendo la libertad política de la económica. Considera que la primera tiene gran contenido económico mientras que la segunda resulta indispensable para que los factores de producción puedan desempeñar su función como fuerzas productivas y generar riqueza. Por eso, las leyes restrictivas de la misma, son opuestas al interés de la riqueza argentina. Por lo tanto, la idea que predomina en su obra es que el fin último buscado por la Constitución es proveer al bienestar general, a su crecimiento y a la prosperidad de la Nación.

    Entonces, a partir de la lectura realizada, me surgen ciertas preguntas para el autor tales como: ¿Siendo la tierra un factor de producción, al consagrar el principio de libertad económica, no puede esto dar lugar a la concentración de la propiedad en manos de unos pocos? Además, ¿No cree que, quienes no cuentan con capital para invertir, pueden verse perjudicados con el modelo de libertad que propone? Y, ¿Acaso dicho hincapié en garantizar la entera libertad, no puede dar lugar a que los derechos de uno entren en conflicto con los derechos del otro? Para evitar esto, ¿El establecimiento de límites a la misma no daría lugar a que dejara de ser “entera” libertad?

  3. En cuanto al resumen de los capítulos 1 y 2 del texto de Alberdi, se ve que la constitución proclama el bienestar general y los beneficios de la libertad, desde su preámbulo. Apunta Alberdi a que toda ley que restrinja la libertad ataca la riqueza del ciudadano y el progreso del país, afecta al trabajo libre. En el texto el autor describe los derechos y garantías protectores de la producción. Primero enumera las garantías comunes a los tres medios de producción (agricultura, fábricas y comercio, que luego son descriptos detalladamente uno por uno) que son: la libertad (sobre todo), la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Toda ley que quiera organizar la libertad económica, la restringe, atenta contra la Constitución y contra la riqueza nacional. Alberdi dice que las distintas libertades son las que permiten la producción de la riqueza y el bienestar general, y que si la libertad, sobre todo el trabajo libre, no se respeta, se caerá en la miseria y en la escasez. En cuanto a la igualdad, Alberdi dice que en los términos en los que está descripta en la Constitución, garantiza un inmenso flujo a la producción y distribución de la riqueza. Dice que todos son iguales ante la ley del trabajo, que preside a la producción de las riquezas. La igualdad económica es un medio de enriquecimiento y de prosperidad, y toda ley contraria al principio de igualdad daña la riqueza y el bienestar de la república. Luego Alberdi hace énfasis en la propiedad, considerada como principio general de riqueza. Arrebatar el derecho exclusivo de cada hombre al uso y goce de su propiedad, hace imposible la riqueza. La propiedad solo tiene valor cuando es inviolable por ley. De la seguridad personal en las relaciones con la producción, Alberdi dice que la riqueza no puede tener desarrollo cuando el hombre no ve asegurada su persona, apoyándose en la Constitución contra las agresiones de la ley, de la autoridad y del interés individual.

    En cuanto a lo más importante del texto, me gustaría destacar el papel que Alberdi le da a las distintas libertades para asegurar la riqueza del ciudadano, el bienestar general y el progreso material del país. Toda ley que pretenda limitar estas libertades, atenta contra la Constitución y la riqueza nacional. La primer libertad que describe es el derecho al trabajo y a ejercer toda industria lícita (el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza); luego dirá que la libertad de petición protege los medios de producción, sin cuya seguridad la riqueza carece de estimulo. Aparte, se habla de que la libertad de locomoción es indispensable para la producción de riqueza, ya que sin ella es imposible concebir la práctica del comercio. La libertad de publicar por la prensa importa a la producción económica, como medio de ejercer la industrial, o como garantía de todas las garantías y libertades económicas y políticas. La libertad de usar y disponer de la propiedad garantiza al hombre la seguridad de disponer de lo que es suyo, de su riqueza, y así forma un estímulo para la producción. Además, la libertad de asociación es reconocida y la libertad de profesar libremente el culto es clave para la producción de la riqueza ya que fomenta la inmigración que ayuda claramente a la producción. La libertad de enseñar y aprender ayuda a la producción de la riqueza ya que colabora con la especialización y el perfeccionamiento de los productores.

    Preguntas que le haría a Alberdi sobre el texto:
    1- Observando el panorama actual, ¿sigue considerando que toda ley que restrinja las libertades afectará la riqueza y el bienestar general?
    2- Con la Constitución actual, luego de todas sus reformas, ¿se fomenta la producción de la riqueza y el bienestar general?
    3- Hoy en día, ¿siguen siendo sólo 3 los medios de producción de riqueza? ¿o se han extendido?

  4. Guía de Estudio Capítulos 1 y 2 de Alberdi
    {Resumen}:
    En el Capítulo 1 Alberdi concluye su idea expuesta en la Introducción, haciendo referencia a las leyes protectoras de la producción, destacando la preeminencia que le da la Constitución a la producción de la riqueza nacional, sobre la riqueza fiscal. En el Capítulo 2 desarrolla con más detalle los derechos y garantías protectoras de la producción; dividiendo su análisis en 4 artículos: Art 1 sobre Garantías y Libertades Comunes a los 3 instrumentos y modos de producción, subdividido en varios apartados: 1.1) Igualdad en sus relaciones con la producción económica; 1.2) De la igualdad en sus relaciones con la producción; 1.3) De la propiedad en sus relaciones con la producción industrial; 1.4) De la seguridad personal en sus relaciones con la producción de la riqueza;1.5) de la instrucción en sus relaciones con la producción económica; Art 2 sobre Principios y Garantías relacionadas con la producción agrícola; Art 3 Principios y garantías de la producción comercial; y Art 4 Principios y disposiciones de la Industria Fabril. En todos los casos explica distintos pasajes de la CN desde la perspectiva de estos principios y garantías, siendo que la consagración de éstas últimas ha sido para asegurar la riqueza y prosperidad del país.

    {Lo más relevante del texto}:
    La frase de mayor resonancia a considerar del Cap. 1 “La CN es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno” se debe a que Alberdi considera que “el peor enemigo de la riqueza es la riqueza del Fisco.”, de tal manera que el sistema económico moderno debe dejar de seguir el régimen colonial de pueblo productor de rentas reales, para dar paso a una libertad económica amplia.
    Todas las libertades a las que se refiere en el Cap. 2, aluden principalmente a la libertad económica: es el comienzo y el fin de una Nación rica, haciendo hincapié en la necesidad de capitales, población extranjera, etc… En palabras de Alberdi “toda ley (…) que de algún modo restringe o compromete el principio de libertad es un ataque (…) a la riqueza del ciudadano, al Tesoro del Estado y al progreso material del país.” En concreto, “son contrarios al principio de igualdad económica (…) las leyes y reglamentos protectores de ciertos géneros de producción, por medio de prohibiciones directas o de impuestos”
    Una frase que me llamó la atención fue la alusión al despotismo y tiranía como causales de miseria y de pobreza de un país.

    {Preguntas al autor}:
    1) ¿Qué mecanismos prevé para evitar caer en el viejo sistema ideado para ser “pueblo productor de rentas”?
    2) Si bien expone que “arrebatad la propiedad [significa] arrebatad a la producción sus instrumentos y hacer imposible la riqueza”, ¿no considera que exista algún modo de regulación de la propiedad privada? Si se hiciera un mal uso de la propiedad ¿eso no conllevaría también a perjudicar la riqueza de la Nación?
    3) En el capítulo 2 se refiere a que la instrucción pública gratuita debe dirigirse a “la instrucción comercial, la enseñanza de artes y oficios, el gusto y afición por las materias mecánicas”, pero ¿no debería también dirigirse a instruir futuros propietarios, para que con su actividad económica contribuyan al “bienestar general del país”?.

  5. Alberdi comienza analizando el contenido del Preámbulo de la Constitución de nuestro país. Allí destaca la idea de promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para todos aquellos que habiten el suelo argentino. Aquí Alberdi destaca que esta libertad fomentada es muy amplia y hace referencia tanta a la civil, como a la religiosa, económica, etc. En relación al bienestar general, en este punto es donde se puede observar con mayor claridad como esto afecta o se relaciona directamente con la óptica económica, allí se menciona que este bienestar se lograría fomentando la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles, colonización de tierras, la introducción de nuevas industrias, etc. A partir de este análisis, Alberdi concluye que las leyes deben ser protectoras de la producción, y en virtud de esto resalta que nuestra Constitución haya introducido un cambio, esto consiste en la preponderancia que hace la constitución en posta de la producción de la riqueza nacional sobre la formación de la riqueza fiscal.
    Luego, Alberdi, continuara haciendo un análisis de determinados artículos de la constitución desde una perspectiva económica. Partiendo desde una base donde la riqueza opera sobre tres agentes (trabajo, capital y tierra) y como su combinación van desarrollando formas de trabajo o industria. Estas formas de trabajo debían ser protegidas y conducían a un desarrollo económico que producirían el progreso de la riqueza nacional que Alberdi destacaba.
    Si bien muchos enunciados de nuestra constitución presentan nítidamente su aspecto económico, existen otros que lo contienen en su interior y son, en mi opinión, los más relevantes o destacables. Por ejemplo, Alberdi, destaca que el derecho de petición, no implicaba un mero derecho civil, sino que conllevaba en su interior, la posibilidad de exigir el cumplimiento de la ley que fomentaba la riqueza. Otro aspecto destacable es “la posibilidad de profesar libremente su culto”, aquí Alberdi destaca que este derecho impactaba de forma muy relevante sobre la economía porque fomentaba la inmigración, la población, los “brazos” que serian el motor para la industria. También Alberdi analiza otros derechos, donde su aspecto de fomento a la producción son observados de una forma más evidente, por ejemplo, la libertad de asociación, la prohibición de la esclavitud, el principio de igualdad, el derecho de propiedad privada, etc.

    • ¿Consideraría Alberdi que muchas leyes actuales, las cuales generan una enorme carga tributaria e implican un detrimento de la producción nacional en pos de un aumento del tesoro fiscal, serian anticonstitucionales por oponerse al espíritu que presenta nuestra Constitución?
    • ¿No cree prudente y acertado que el fisco establezca determinados tributos a ciertos sectores de la economía con miras a posibilitar un salto cuantitativo de agentes desarrollando actividades económicas y ampliando el número de productores de riqueza?
    • ¿Actualmente, no consideraría más razonable que la ley brinde una mayor protección al “trabajo” por sobre “el capital”, considerando el aprovechamiento que hubo durante muchas décadas sobre lo que denominamos “trabajo” como agente de la riqueza?

  6. Resumen del capitulo 1
    En su Preámbulo la Constitución expresa como objetivos a alcanzar el promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para todos aquellos, nacionales y extranjeros,que quieran habitar el suelo argentino. Esta libertad es en todos los ámbitos de la vida (política, económica, intelectual, civil, religiosa, etc.). Alberdi menciona al interés material como el medio principal de lograr ese bienestar general y dentro del contexto de una Argentina desierta es quien conducirá al país a la opulencia y prosperidad. Y por tal razón los legisladores deben dictar normas que fomenten y protejan la producción argentina.
    En materia de derecho económico el hecho más notorio, como menciona el autor, consiste en que sea la propia Constitución quien hace ponderar la producción de riquezas nacional/publica sobre la del fisco, ya que se considera a este último enemigo número uno de la riqueza del país.

    Resumen capitulo 2:
    Alberdi comienza mencionando los 3 instrumentos (tierra, trabajo y capital) que combinados hacen a la producción de las riquezas y a los 3 modos del trabajo industrial (agricultura, fabricas y comercio). Luego hacer referencia a las Garantías y Principios constitucionales comunes a toda industria (por ejemplo art.14 dispone que la libertad económica se aplica a los nacionales como extranjeros, ya que se requiere de la aptitud y conocimiento de los extranjeros para generar riquezas cualidades que a los trabajadores argentino de la época carecen; art. 20 consagra el principio de igualdad ante la ley para todos los habitantes eliminándose así la distinción en castas que realizaba el anterior derecho realista a los efectos económicos,etc.) como a aquellos que son propios de la industria agrícola, comercial y fabril.

    Lo interesante: es apreciar como Alberdi sostiene a la libertad, en todos los aspectos de la vida, como el pilar fundamental que permite a todos los habitantes producir las riquezas necesarias para salir del régimen colonial y prosperar como Nación. En esta época el autor ya fomenta la inclusión o integración a través de la invitación con cortesía a los extranjeros a habitar nuestro suelo, debido a que ellos traían de sus países natales conocimientos mas adelantados que también permitiría a nuestro país salir de la miseria y el atraso.

    Preguntas al autor:
    1¿Por que razón la Constitución no le otorgo a la industria agrícola garantías especiales como si lo hizo con el comercio?
    2¿ Por que dice que la agricultura, el comercio y las fabricas son los únicos modos de trabajo industrial?
    3 Conforme el art. 64 inc16 el Congreso tiene el poder de realizar todo lo necesario para que las provincias prosperen pero en la actualidad provincias como el Chaco tienen un atraso importante en sanidad y educación ¿por que Nacion no se cumple con ello?

  7. Resumen capítulo 1 y 2
    La libertad aparece en la Constitución desde el Preámbulo » asegurar los beneficios de la libertad «, que no sólo es política sino económica, civil, religiosa. El poder legislativo debe fomentar la industria, la inmigración, la construcción de ferocarriles, etc. Existen leyes protectoras de la producción de la riqueza nacional y derechos y garantías de la producción de las riqueza: trabajo, tierra y trabajo,hay riquezas naturales ej los ríos, el algodón, oro etc. Son garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial: la libertad, la igualdad, la propiedad,la seguridad y la instrucción. Alberdi desarrolla cada uno de los derechos consagrados en la Constitución. La acción se opera en tres modos del trabajo industrial: la agricultura, las fábricas y el comercio.

    Aspectos importantes:
    La Constitución da a la producción de la riqueza Nacional un rango preponderante, es la primera que distingue la riqueza de la Nación con la del gobierno. Alberdi se preocupa por poblar el país y así enriquecerlo y llenarlo de capitales, y poner en ejecución el sistema económico de la Constitución, No se aniquila un régimen por un decreto , sino por la acción lenta de otro nuevo, porque destruir y olvidar es otro trabajo anterior. El régimen se arraiga en nuestras costumbres como sociedad.La libertad económica consagrada por la Constitución es para todos los habitantes sean nacionales o extranjeros. Toda ley, acto que restringe o compromete el principio de la libertad, ataca la Constitución y a la riqueza del tesoro del estado y el progreso nacional del país.El estado tiene la obligación de no intervenir.

    Preguntas al autor
    1- ¿ Inmigrantes de que países y profesiones se requieren para poblar y educar al país en la producción de la riqueza Nacional?
    2- si el estado no debe intervenir, ¿ qué pasará con los excluidos del sistema?
    3-¿si el estado sólo puede intervenir para fomentar la industria, porque no puede intervenir para protegerla?

  8. Alberdi comienza con el análisis del preámbulo de la Constitución Nacional en donde se establecen las miras que presiden a sus disposiciones, una de las mas importantes es la asegurar la libertad de todo genero.
    Este análisis continua con los artículos de la Constitución en relación con la producción de las riquezas (trabajo, capital y tierra), la cual opera por medio de la agricultura, las fabricas y el comercio. Como garantías y libertades comunes a esta la libertad (articulo 14: libertad económica, todos gozan de las mismas libertades, articulo 15 libertad de trabajo, eliminación de la esclavitud, y articulo 19: principio de reserva, libertad de acción), la igualdad (articulo 14, articulo 15, articulo 16: todos sus habitantes son iguales ante la ley, y articulo 20: los extranjeros gozan de todos los derechos civiles del ciudadano), la propiedad (articulo 17: principio de propiedad y sus garantías, y articulo 29: se prohíben facultades extraordinarias), la seguridad (articulo 18: principio de legalidad, articulo 19, y articulo 29), y la instrucción (articulo 59: las provincias deben asegurar educación primaria gratuita, articulo 64: el Congreso debe proveer la prosperidad del país, como promoviendo la inmigración). En forma particular en relación a la producción comercial, considera que es un medio de civilización y de enriquecimiento (articulo 14, articulo 20, y articulo 26: libre navegación de los ríos), y con respecto a la industria fabril establece, por medio de la Constitución, que el Estado solo puede intervenir por medio de «la educación e instrucción; los estímulos y la propiedad de inventos; la libertad de industria y de comercio; la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes».
    Algo que destaco del texto es ver las dos caras del derecho, por un lado las garantías que nos brinda y por el otro los peligros a los que su falta de limite nos puede someter. En el texto Alberdi puntualiza en forma minuciosa las trampas en las que puede caer el derecho de no haber sido establecidos ciertos limites a los legisladores, algunos ejemplos son la enumeración de las libertades o los medios validos para limitar el derecho a la propiedad.
    Me gustaría saber de haber tenido un país con comercio e industria ya establecidos en la época de sanción de la Constitución ¿Qué disposiciones estarían y cuáles no? ¿Se mantendría la ideología liberal en ese caso?

  9. Resumen
    Alberdi nos habla del preámbulo de nuestra CN donde se establece que se buscará promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad. Ésta libertad abarca a todo género de la misma. Para lograr estos dos principios, la CN demarca al gobierno legislativo los medios conducentes para arribar al bienestar y al mejoramiento en todo género.
    Los leyes que protejan al trabajo y al capital, son protectoras de la producción. Estas leyes deben seguir los principios de la CN basados en la economía constitucional.
    La CN Argentina fue la primera en distinguir la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno y el peor enemigo de la riqueza de un país es la riqueza del Fisco, pero este error lo debemos a nuestra época colonial, y cambiarlo no se soluciona con un decreto, sino por una acción lenta, un proceso de internalización.
    La producción combina trabajo, capital y tierra y la acción de estos tres agentes se operan por la agricultura, las fábricas y el comercio. Todos los elementos antes mencionados, han sido protegidos por nuestra CN por medio de derechos y garantías.
    Este cuerpo normativo en el artículo 14 hace referencia a la libertad de los habitantes del país, tanto naturales como extranjeros y ésta libertad permite que el hombre trabaje y ejerza la industria que es el principio de toda riqueza. Así, toda ley que restrinja el principio de libertad ataca la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y al progreso material del país.
    EL principio de libertad es garantía del influjo de la producción y distribución de la riqueza. Garantizando tales libertades (art. 14) la CN pone al ciudadano en el camino de su verdadera independencia y libertad personal, pues el trabajo es fuente de la fortuna.
    Otro principio protegido en nuestra CN es el de igualdad que se ve vulnerado por las leyes que protectoras de ciertos géneros de producción, atentando no solo contra la CN sino contra la riqueza del país.
    Además, es también necesario garantizar la seguridad personal que hace que sea posible desempeñar las funciones productores del trabajo, del capital y de la tierra.
    La producción se ve favorecida por la CN ya que la misma deja hacer, no restringe ni prohíbe.
    En cuanto a la agricultura, a la industria fabril y el comercio también se encuentran legistados. El derecho constitucional agrícola se basa en la no intervención reglamentaria, mientras que la libertad de ejercer el comercio, se encuentra regulada, junto con la navegación, que permiten aumentar el valor de los productos por medio de su traslación de un punto a otro. El comercio es un medio de civilización. Por último el Estado para fomentar la industria fabril puede invertir en enseñar al pueblo trabajador las diferentes fabricaciones que el país necesita como también las recompensas de estímulo.
    Para nuestro sistema, la libertad no es el fin de la política de nuestra CN sino el medio. En la mano opuesta, encontramos al sistema protector que busca prohibir importaciones e imponer fuertes derechos aduaneros, y lo único que consigues de este modo es atentar contra las libertades que la CN otorga.

    Aspectos relevantes:
    Creo que lo que busca Alberdi en estos dos capítulos es que podamos visualizar las garantías que surgen del articulado de la Constitución con un fin económico. Que entendamos cómo la economía constitucionalista busca proteger a la producción, fomentando así la libertad, en todos sus sentidos, para que el hombre libre logre producir su propia fortuna que colabora con el crecimiento del país. Así, establece ciertos pilares que son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción, como principios fundamentales para la producción del país.
    Llama mi atención que la agricultura no esté reglamentada para que el Estado no intervenga en la misma y el contraste de esto con la realidad. Y además cómo Alberdi establece que los sistemas proteccionistas coartan las libertades que establece la CN y nuevamente su contraste con la realidad, de allí surgen mis preguntas:

    ¿Por qué si los sistemas proteccionistas van en contra de nuestra ley suprema son muchas veces aplicados por los gobiernos?
    Si la agricultura fomenta la producción y por lo tanto la riqueza, ¿podrían crearse leyes que de alguna manera exijan ciertos resultados en producción de la misma, sin provocar un resultado negativo?
    ¿Por qué es más fuerte el antecedente del régimen colonial que nuestra propia Constitución, si sabemos que su política en cuanto al Fisco es un error?

  10. Resumen del texto:
    El preámbulo de la Constitución expresa como objetivos “promover al bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad”, esta última, de todo género (política, religiosa, civil, económica, etc.). A su vez, la Constitución pone a “la Nación primero que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal”; no obstante ello, Alberdi remarca lo dificultoso de modificar lo que vendrían a ser “instituciones informales” (relación con el texto de Douglass C. North).
    Las garantías (reconocidas constitucionalmente) comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial serían la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Dichas garantías no podrán ser alteradas por las leyes que reglamenten su ejercicio.
    El comercio (a diferencia de la agricultura) fue la industria (fuente natural de riqueza) que más libertades recibió de la Constitución porque era la que más había soportado el peso del antiguo régimen colonial. Ejemplo: libertad de navegación y “no hay más aduanas que las nacionales”. Finalmente, con respecto a la industria fabril, Alberdi sostiene que se debe optar por un modelo no proteccionista (“la única protección que la ley pueda darle es la libertad”). No obstante, la Constitución sí reconoce determinadas “recompensas de estímulo” (otro medio de protección diferente de prohibiciones y exclusiones. Ej: propiedad intelectual).
    Lo más novedoso o importante:
    En esta parte, me gustaría rescatar algunas vinculaciones que existirían entre lo mencionado precedentemente y los textos analizados en clase para esta segunda parte de la materia. En efecto, en primer lugar (como ya dije) Alberdi remarca lo dificultoso de modificar “instituciones informales” (Douglass C. North) incluso ante la existencia de una institución formal (en este caso la mismísima Constitución Nacional) que pregona una ideología contraria a la primera (“la Nación primero que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal”). Y en segundo lugar, en relación con el texto de Hayek, es de destacar la importancia de la idea de “libertad” (de todo género) en la Constitución, en tanto a mayor libertad, más derechos de los individuos; mayor margen de acción por parte de los mismos (siempre que en el marco de la legalidad, por supuesto).
    Tres preguntas que le haría al autor:
    1) Si bien ya formulé una pregunta similar al realizar la guía de lectura correspondiente a la “Introducción”, al ver que el tema se vuelve reiterativo, me veo obligado a formularla de nuevo: ¿Cómo se explica que, a pesar de los pocos cambios sustanciales que la Constitución Federal ha sufrido desde 1853 hasta la fecha, a lo largo de la historia argentina existieron gobiernos cuyas políticas económicas parecerían ir a contra mano de las teorías que la propia Constitución adopta (ya sea adopción del modelo económico descripto como “socialista”, o bien existencia de medidas proteccionistas)? ¿Acaso dichas medidas económicas podrían ser tildadas de “inconstitucionales” (en el sentido jurídico de este término)?
    2) Teniendo en cuenta el énfasis que se pone en la idea de libertad ¿Cuál sería su opinión respecto de las actuales zonas de libre comercio, uniones aduaneras y mercados comunes en tanto los mismos vendrían a potenciar (al menos en el plano teórico) las libertades de los individuos (libertad de circulación de mercaderías, capitales, personas, etc.) pero ya no ellos circunscriptos en un ámbito nacional (donde parece centrarse su obra “SISTEMA ECONOMICO y RENTISTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA”) sino en uno que comprende 2 o más jurisdicciones nacionales?
    3) Teniendo en cuenta su idea de que “es preciso que se cumpla la ley natural, que hace a cada productor dueño de la utilidad o provecho correspondiente al servicio de su trabajo, de su capital o de su tierra, en la producción de la riqueza común”; y su postura respecto a la “imposición de fuertes derechos de aduanas” (entendido esto último como una de las facetas de un modelo económico caracterizado por medidas proteccionistas), los cuales serían “vedados de todo punto por la Constitución argentina”; asimismo como su idea de desplazar al fisco como sinónimo de riqueza de una nación: ¿Deberían ser mínimos los impuestos a regir en una sociedad? Básicamente, ¿cuáles serían ellos? ¿Considera que la elevadísima presión fiscal propia de la actualidad argentina resultaría inconstitucional?

  11. En los Capitulos 1 y 2 Alberdi señala que la produccion de las riquezas se opera por la accion combinada de tres instrumentos: el trabajo, el capital y la tierra. Y la accion combinada de estas tres fuerzas productoras se operan de tres formas de trabajo industrial: la agricultura, las fabricas y el comercio.
    Menciona ademas las garantias comunes a los tres instrumentos y a los tres modos de produccion y estas son:
    1) la libertad. Alberdi considera a estos derechos en su aplicacion economica y en sus resultados practicos a la riqueza Argentina. Derecho es el nombre y rango que la Constitucion da a la libertad economica. Por ejemplo el derecho al trabajo y a ejercer la industria licita.
    2) la igualdad: nuestro derecho fundamental economico desconoce las distinciones del antiguo derecho realista que dividia a las personas para los efectos economicos.
    3) la propiedad: es considerada como principio general de la riqueza y como un hecho meramente economico. La constitucion la consagra en su. Articulo 17. Y no solo entabla el principio de propiedad sino que ha dado tambien los remedios para curar y prevenir los males en que suele perecer la propiedad.
    4) la seguridad: el trabajo, el capital y la tierra no pueden desempeñar sus funciones productoras ni la riqueza desarrollarse cuando el hombre no ve asegurado el señorio de su persona por el apoyo de la constitucion.
    5) la instruccion: para que la instruccion general y la educacion gratuita produzcan el efecto que les atribuye la constitucion de servir a la prosperidad y bienestar material del pais, sera preciso que se instruya a las nuevas generaciones en el ejercicio practico de los medios de produccion. Por ejemplo instruccion comercial, artes y oficios.
    Luego Alberdi contunua y habla de los principios y garantias constitucionales que tienen relacion con la agricultura, el comercio y la industria fabril en particular.
    Es interante como sostiene que la libertad es fundamental para la produccion y el desarrollo de la riqueza. Yo le preguntaria situandolo en la actualidad de nuestro pais:
    Actualmente considera que la libertad economica es fundamental para la produccion de riquezas?
    Que instrumentos consideraria hoy necesarios para la produccion y el desarrollo de las riquezas?
    Sigue sosteniendo que con el trabajo, el capital y la tierra alcanza?

  12. Alberdi nos presenta el plexo normativo de la Constitución, haciendo hincapié en como sus principios y garantías cumplen una función económica, para garantizar el incremento de la prosperidad. Llega a la conclusión que los constituyentes han querido garantizar la plena libertad para el ejercicio de las actividades productivas, dándole al Estado el poder de garantizar dicha libertad, expresada a través de derechos, pero impidiendo que pueda desnaturalizarla o restringirla. Señala, a su vez, la necesidad de desechar las prácticas coloniales tan arraigadas que facilitaron el empobrecimiento de las colonias, pero como resultado de un proceso gradual que debe calar en la mentalidad y verse expresado en las acciones de los privados y autoridades.

    Le preguntaría a Alberdi, ¿Cómo oponerse y derrotar a las viejas instituciones tan arraigadas en la práctica y en el pensamiento de los argentinos? ¿Cómo convencer de las bondades de la libertad en los medios de producción, venciendo la dependencia estatal que rige en la percepción argentina?
    Cayendo en un anacronísmo, le preguntaría ¿Cuál es su postura sobre el artículo 14º bis de la actual Constitución Nacional y sobre el Derecho Internacional de los Derechos Humanos?

    Hay una cuestión que me resulta muy interesante. El entendimiento que hace Alberdi de como la Constitución ha tenido que otorgar más garantías al comercio que a la agricultura, y como se relaciona con el hecho de que uno poseía menos trabas coloniales que permitía su explotación más eficiente, mientras que con el comercio ocurría lo contrario. La Constitución contiene expresamente el derecho a la navegación libre, pero no a la libertad de pastoreo, por ejemplo.
    Algo muy novedoso, por otro lado, es como Alberdi ya prevé que el Derecho Internacional es remedio para la volatilidad de las instituciones sudamericanas. No se si fue escrito en el siglo XIX o la semana pasada.

  13. El Preámbulo de la Constitución expresa, entre otros, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo Argentino.

    Como medio conducente de esos fines de bienestar y mejoramiento de genero “el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles, importación de capitales extranjeros y explotación de ríos.

    Como la industria, es decir el trabajo, como la inmigración y colonización , es decir los brazos, como los capitales no son mas que los agentes de la producción, se infiere que las leyes protectoras no son mas que protectores de la producción.

    La Constitución Nacional Argentina distingue la riqueza de la Nación de la del gobierno y observando halla que el verdadero medio de tener altas contribuciones es hacer rica y opulenta la Nación.

    Puede haber fisco rico de país pobre? El peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del fisco.

    Después del ser maquinas del fisco español, hemos pasado a serlo del fisco nacional.
    Alberdi en este punto me recuerda a Carlos Gardel con su tema Cambalache.

    La riqueza proviene de los llamados instrumentos o factores de produccion: trabajo, capital y tierra ( llamada tambien riqueza natural), y es el hombre quien crea los medios para satisfacer sus propias necesidades. Éste es el objeto de la riqueza, que se reparte o distribuye entre los que ayudaron a producirla. Si el productor no la percibe, deja de colaborar, la riqueza cae y con ella la prosperidad de la nacion. De allí la importancia de la riqueza, sin renta no hay gobierno, sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay estado. ¿Pero que seria la busqueda de riqueza sin la libertad? La libertad economica es la libertad de trabajar, de producir ( transformacion que los objetos reciben de la industria obteniendo un valor), de adquirir, de disponer de su propiedad, etc. ( articulos 10,11,12 y 14) y es para todos los habitantes por igual asi lo establece la constitucion nacional. Estas libertades son derechos concedidos a la produccion economica:la libertad es el medio no el fin de la politica de nuestra constitucion.
    Hay un derecho que es exclusivo e inviolable llamado propiedad, que cada hombre tiene de usar y de disponer su trabajo, capital y tierra para sus necesidades.Esta puede ser atacada de muchas maneras pero, sin embargo, la constitucion nacional lo impide a traves de sus articulos.
    El trabajo no existe sin el hombre, el capital es el resultado de dicho trabajo y la tierra necesita de estos dos factores de produccion para su aprovechamiento. Pero si el hombre no se ve asegurado por la constitucion no puede producir, ni generar riqueza. Por eso es que se contempla la seguridad individual en el articulo 18.
    Yo destaco que todo hombre produce porque tiene la necesidad de consumir para vivir, porque si no tuviera necesidades no existiria la produccion economica. El hombre gasta o consume para subsistir en todo sentido: ya sea para comer y vivir ( gasto improductivo o consumo privado) o para su industria o empresa ( tierra, maquinaria , salarios) que son los gastos reproductivos que van a satisfacer las necesidades del mañana. Si se restringe la libertad de consumir se ataca la riqueza y asi al pais. El hombre gasta como asi conserva para producir y enriquecer.

    Preguntas:

    1. Cuan importante considera la distinción que realiza la Constitución Nacional en cuanto a la riqueza de la Nación y la del gobierno?

    2. Como haría usted para controlar la riqueza del fisco de un país pobre?

    3. Porque considera que estos fiscos no contribuyen a redituar la economía del pais?

    4. Estableciendo que hoy en día es difícil llevar adelante una industria por los altos costos que esta demanda ¿que políticas o medidas llevaría a cabo para fomentar el desarrollo de empresas que no solo generan empleo sino que contribuye a la economía de un país?

    5. Mas allá de que el hombre es el responsable de su propia perdida a la hora de elegir su inversión ¿cree que a pesar de ello, la economía actual es un medio apropiado para invertir y poder generar riqueza?

    6. ¿Que piensa de los factores de producción de hoy en día? ¿piensa que no tienen el mismo valor que antes? ¿piensa que la tierra se explota como debería explotarse, que el impuesto agropecuario implementado es correcto? ¿que el capital ha perdido fuerza? ¿y que el trabajo se ha vuelto un medio de vida para sobrevivir con lo justo, muchas veces no quedando ninguna reserva?

  14. Ambos capítulos refiere a las disposiciones y principios referentes a la producción de la riqueza que establece la C.N.
    Desde el preámbulo se expresa que uno de sus objetivos es “promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para todo aquel que quiera habitar el suelo argentino”.
    Para alcanzar el interés general se requiere fundamentalmente el interés material, para ello la CN le ha otorgado al PL la atribución de realizar todo lo que puede ser conducente a la prosperidad del país, utilizando como medio, el fomento de la industria, la inmigración, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos, por leyes protectoras de estos fines, es decir tiene la atribución de crear “leyes protectoras de la producción”.
    Lo relevante del primer capítulo es la idea de que “no se aniquila un régimen por decreto, aunque sea constitucional”, es decir, que aquella primigenia Constitución introdujo con rango preponderante a la producción de la riqueza nacional, sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal. En este punto considera que el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco el cual quedó de legado del régimen colonial. En palabras de Alberdi -Despues de ser máquinas del fisco español, hemos pasado a serlo del fisco nacional-,-Siempre máquinas serviles de rentas-.
    Culmina diciendo que si bien el “moderno” régimen está en nuestros corazones, el colonial en nuestros hábitos, el cual es mucho más poderoso, siendo labor del legislador reglar la ejecución del nuevo sistema en sus relaciones con la producción d e la riqueza nacional.
    En el segundo capítulo expresa que la riqueza conformada por el trabajo, el capital, y la industria se manifiesta a través de 3 modos de producción: la agricultura, las fábricas y el comercio, y que cada uno de estos modos ha sido objeto de disposiciones en la Constitución, en ello se centrará este capítulo, la relación de cada garantía y el modo de producción.
    Se observa la preponderancia de la libertad en todos sus formas, el rol de los inmigrantes Europeos como impulsores de la producción, el papel de la reglamentación como medio para modificar las garantías y en contraposición los recaudos que toma la Constitución, en síntesis se observa por medio de todas las disposiciones el afán de consolidar el nuevo sistema económico intentando dejar atrás el antiguo régimen colonial.

    Preguntas:
    Considerando la relevancia que le otorga a la inmigración, cual seria su opinión de las políticas migratorias actuales?
    se logró el cambio institucional esperado?
    Considera que en la actualidad existe algún otro modo de producción que requiera protección, o siguen siendo los tres modos expresados?

  15. Remarca Alberdi que tanto en el preámbulo como en el resto de la Constitución, se enumeran disposiciones tendientes a proteger los beneficios de la libertad para todos los individuos tanto argentinos como extranjeros. Y para protegerlos acentúa la importancia de leyes protectoras; protectoras principalmente de la producción de riquezas, la cual se lleva adelante por la acción de tres instrumentos: el trabajo, el capital y la tierra. A su vez, la acción de estas fuerzas productoras se opera de tres formas (que no son otra cosa que la división de la industria): la agricultura, las fábricas y el comercio. Las mismas cuentan con garantías que las protegen, que son comunes a todo género de industria, entre las que se destacan la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Pero por otro lado, también existen garantías propias de cada una: con relación a la agricultura se promueve la no intervención reglamentaria o legislativa; en cuanto al comercio, aumentar el valor de sus productos transportandolos de un punto donde valen menos a uno donde valgan más; y referidas a la industria fabril se plantea la intervención estatal únicamente a través de medios como la educación y la instrucción; los estímulos y la propiedad de los inventos; la libertad de industria y de comercio; y la abstención de leyes prohibitivas y el deber de derogar las existentes.

    No es lo más relevante del texto, pero me parece importante destacar el énfasis que otorga el autor a cuán importante es para la Nación fomentar la industria fabril, gastando una parte del Tesoro público para enseñar al pueblo trabajador las diferentes fabricaciones y manufacturas de que el país necesita. Además, destaca como medio para aumentarla a las leyes protectoras en manos del Estado. Y agrega, que es de suma importancia definir los fines que se pretenden alcanzar, y si tales se logran con los medios mencionados. Si bien como comenté anteriormente no es lo esencial del texto, me pareció bueno destacarlo para compararlo con lo que se vive en la realidad de hoy, donde la mayoría de las veces el Estado implementa medidas económicas avaladas por leyes que al contrario de fomentar el crecimiento de la economía, colocan trabas que provocan un estancamiento de la misma influyendo directamente en un retroceso de otras áreas.

    *¿Podría llegar a desarrollarse una situación donde exista una ley que reglamente el ejercicio de la libertad económica pero que sin embargo, la misma no pueda llevarse a cabo?
    *¿Hasta qué punto es beneficioso para un país promover la inmigración extranjera? ¿No es mas productivo en términos económicos invertir en los habitantes nacionales para que sean éstos quienes provoquen mejoras a nivel Nación?
    *En el texto nombra una serie de fines que las leyes deben proteger, tales como la industria y la inmigración, pero ¿se podría pensar que aquellos son en realidad medios para alcanzar un solo fin que es el enriquecimiento del país?

  16. La única manera de enriquecer al gobierno es enriquecer a la nación, a través del desarrollo productivo. Invertir este orden de prioridades fue el error fundamental de la economía colonial. El principio y manantial de la riqueza de la nación es la libertad, por sus efectos en la producción económica, y toda regulación arbitraria no hace sino aniquilarla y conducir a la miseria.
    La propiedad es el derecho de cada hombre de usar y disponer ampliamente de su trabajo, capital y tierras para producir lo conveniente a sus necesidades. Si se arrebata a la producción de sus instrumentos, se imposibilita la riqueza, y estos ataques suelen ser llevados a cabo más a menudo por el Estado que por los individuos.
    La defensa de la libertad se encuentra en los distintos principios y garantías de la Constitución, que si bien tienen un interés político y civil, también tienen inmensa trascendencia en el ejercicio de la producción económica. En miras al desarrollo, la Constitución protege diversos fines a través de leyes protectoras, y privilegios y recompensas temporales.

    De las palabras de Alberdi me resulta novedoso como prevé que la capacitación del trabajador argentino estará no solo basada en la instrucción recibida en escuelas e institutos, sino por el ejemplo del trabajador extranjero, lo cual me hace entender el porqué del notable ánimo pro-inmigratorio que campea en la Constitución.
    Es asimismo interesante la vinculación que Alberdi realiza entre diversos clausulas constitucionales que suelen analizarse desde el punto de vista civil y social, y su correspondiente efecto en la esfera económica: por ejemplo, al analizar el articulo 19, menciona que no podría existir seguridad en las transacciones con un comerciante que pudiera ser espontáneamente arrestado o desterrado.

    Preguntas:
    Alberdi basa su defensa de la inmigración irrestricta en la idea de que el inmigrante esta mas capacitado que el trabajador local, y que lo instruiría a este ultimo mediante el ejemplo. Dado que esa situación en la actualidad parece haber cambiado, y la mano de obra argentina suele ser más calificada que la de los países limítrofes, de los cuales proviene la mayor parte de su inmigración actual, ¿persistiría Alberdi en su promoción de la inmigración?

    La inclusión del artículo 14 bis supone un mandato del constituyente al Estado a fin de que proteja al trabajo en sus diversas formas. ¿Consideraría Alberdi que esta intervención es positiva y beneficiosa?

    Visto que la asignación de la propiedad de las tierras se llevo a cabo, en muchos casos, previamente a la consolidación del estado de derecho, ¿qué opinión le merecería a Alberdi que se llevara a cabo una reforma agraria, a efectos de redistribuir las tierras y desintegrar los latifundios? ¿Es justo, o incluso económicamente favorable, que tanto en sus tiempos como en el siglo actual el capital y las tierras estén en manos de unos pocos?

  17. Resumen:

    En el primer capítulo, Alberdi se refiere al Preámbulo de nuestra Constitución, donde hace referencia a la libertad que existe en nuestro país no solo para los habitantes sino para todas las personas que quieran habitar nuestro suelo, y que en el sistema económico debe primar la riqueza pública a la riqueza fiscal mediante leyes que protejan la producción del país. Se puede tributar en un país rico pero no en uno desértico.
    El segundo capítulo lo dedica a las garantías de la producción en general, las relativas a la producción agrícola, a la producción fabril y a la producción comercial y comenta los artículos de la Constitución donde están garantizadas las libertades económicas y políticas.
    El poder legislativo debe dictar las leyes protectoras para fomentar el crecimiento de nuestro país en todos los aspectos, permitiendo la inmigración, sobre todo de personas que tienen oficios aprendidos en su lugar natal y que pueden enseñar a los nativos, pero se les debe permitir profesar libremente su religión sin imponerle ninguna.
    Debe haber instrucción general y educación gratuita referida a la enseñanza de métodos prácticos para la agricultura y para la industria y debe haber libre circulación de personas y cosas dentro del territorio nacional, es decir el no pago de tarifas aduaneras internas.

    Aspecto relevante

    Cuando nuestro país era colonia de España, la riqueza del Fisco no permitía que nuestra nación pudiera desarrollar una mayor riqueza pública porque eramos simples tributarios y así continuó siendo después de la revolución hasta que el sistema económico de la Constitución prioriza la riqueza pública a la riqueza fiscal pero esto no se logra rápidamente porque el hábito no es fácil de desterrar y por lo tanto el nuevo régimen llevará mucho tiempo para ejecutarlo, el mismo que estuvo en vigencia el anterior.

    Preguntas

    1-El artículo 15 de la Constitución Nacional dice: en la Confederación Argentina no hay esclavos ¿qué puede decir sobre el trabajo esclavo que todavía hoy perdura en nuestro país?
    2-¿Por qué los gobiernos de nuestro país prefieren la riqueza fiscal a la riqueza pública?
    3- Hay provincias en nuestro país que no han prosperado teniendo posibilidades para hacerlo, ¿cree Ud. que se debe a la falta de leyes protectoras locales?

  18. Los beneficios de la libertad, en especial, la económica es lo que procura asegurar la Constitución establece Alberdi en el comienzo del capítulo primero. En segundo lugar, destaca la preponderancia que da la Constitución a la producción de la riqueza nacional sobre la formación de la riqueza fiscal. El fisco es el peor enemigo de la riqueza y eso se debe al antiguo régimen colonial para superarlo está el nuevo Sistema Económico de la Constitución, esto llevo tiempo y creación de nuevos hábitos, por eso expone Juan Bautista Alberdi existen: las garantías protectoras de la producción.
    En el capitulo segundo, se establecen tres modos de producción (agricultura, fabricas y el comercio) basa en la acción combinada de trabajo, capital y tierra. Dividiendo el capitulo en cuatro artículos que tratan las garantías de: la producción en general, luego la producción agrícola, en tercer lugar la producción fabril y, por último, la producción comercial.
    Las garantías comunes a todo modo de producción son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. En lo que refiere a las garantías para la producción agrícola y comercial, el académico tucumano propone que se debe desembarazar de toda traba y la Constitución debe solo organizar la libertad de la primera. Con respecto al comercio ninguna de las fuentes naturales se hallaba tan cegada como esta por el régimen colonial por ello es la industria la que más libertad ha recibido de la constitución. Por último se analiza la situación fabril, analizado la pobre situación anterior de la colonia y plantea que el gasto del Tesoro público debe emplearse en hacer enseñar al pueblo trabajador las diferentes fabricaciones y manufacturas que el país necesita. Finaliza el capitulo con críticas al sistema proteccionista atentatorios de la libertad.

    Lo que considero más importante de estos dos capítulos es la distinción que hace Alberdi entre la riqueza de la nación y la riqueza del gobierno. La preponderancia que le da a la riqueza fundamentada en la libertad en detrimento del fisco. Es interesante el análisis que realiza afirmado que el cambio de la mentalidad colonial mercantilista es difícil de superar debido a que está instalada en los hábitos de la sociedad pero en base a la constitución lo cambios se pueden realizar lenta pero gradualmente. Destaco el pensamiento de que todo reglamento que pretexto de organizar la libertad en su ejercicio no hace más que restringirla. Influido por Voltaire, destaca la siguiente información que me quedo patente luego de leer el texto: “el hombre indigente es libre en el nombre: no tiene opinión, sufragio ni color. Lo da todo cambio de su pan, que no sabe ganar por el trabajo inteligente y viril.”

    ¿Considera adecuado extender el fomento de la inmigración desde países no europeos?
    ¿Qué opina del sistema de retenciones aplicado por el actual gobierno?
    ¿Cree que puede existir una modificación o agregado de las garantías comunes a todo modo de producción?

  19. Resumen:
    Alberdi indica en estos capitulos que la Constitucion nacional esta destinada a permitir un ambito de libertad para propiciar la produccion y el aniquilamiento que este prefiere hacia la independencia fiscal, oer aunque este incito en la letra de la ley lo mas costoso seria ponerlo en accion. Hacia el capitulo 2 alberdi esboza los tres modos de produccion que hacen crecer a la nacion,el trabajo, el capital, y la tierra y como la libertad es el obice fundamental para que estas crezacan.
    A su vez da marco a las instituciones dadas en la constitucion como la igualdad, la seguridad, la propiedad, a la luz de las intenciones del lesgislador en miras de el crecimiento economico. Se dispone a analizar estas dispociones constitucionales acerca del comercio y la industria fabril y hace una critica hacia la administracion que no permitio el crecimiento de esta ultima, y la necesidad de recrearla.
    Por ultimo hace un analisis a cerca de la tarea reglamentaria de las dispocisiones constitucionales, indicando qeu es menester el cuidado y proteccion de las leyes que hacen que nuestro derecho se encamine a su finalidad.

    Novedoso:
    me parecio interesante que Alberdi ubique entre sus dispocisiones constitucionales que llevan a promover el desarrollo economico a la IGUALDAD, es comun ver otros elementos como la libertad, la propiedad o la educacion.
    En principio Alberdi indica como la constitucion pone en pie de igualdad a todoslos habitantes de suelo argentino sean nacionales o extranjeros, sean esclavos o libres, la dificultad es saber bajo que ley. Concluye el autor que la libertad esta dada por el trabajo que es la fuente de la fortuna nacional. La CN pone al ciudadano en el camino de su independencia y libertad. Lo contrario a esta libertad se dan en las leyes y reglamentos protectoras de la produccion. por esto indica que siendo la iguladad economica mas u medio de enriquesimiento que un fin, la existencia de estas legislaciones por fuera de la CN son dañinas a la riqueza y el bientestar.

    Preguntas:
    1) Como espera iguales condiciones para todos sin leyes que lo regulen?
    2) Las valoraciones de trabajo son diferentes para todos nacidas de el contexto en el qeu se formaron, especialmente los esclavos, como impedir que los dueños del capital y la tierra no abusen de esta posicion?
    3)Porque el crecimiento no puede darse en otro ambito que no sea esos tres demarcados?

  20. Guía de discusión – Capítulos 1 y 2

    Resumen:
    En el capítulo 1 Alberdi enseña que la libertad consagrada en la Constitución no es la política solamente, sino la «libertad de todo género», y por tanto comprende necesariamente a la libertad económica. Seguidamente, menciona que la Constitución le da un rango preponderante a la producción de la riqueza nacional sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal.
    En el capítulo 2 comienza recordándonos que los tres instrumentos de la producción son la tierra, el capital y el trabajo, y que las tres formas en que opera la producción son la agricultura, las fábricas y el comercio. Y a continuación enumera las garantías que son comunes a todo tipo de producción: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Estas garantías tienen dos aspectos para el autor: uno moral y político, y otro material y económico. Por supuesto, Alberdi se encarga de desarrollarlas en su aspecto económico. El tratamiento más extenso lo hace al hablar de las garantías en relación con la producción en general, aunque luego se encarga de analizarlas en relación con cada una de las formas de la producción: agricultura, industria fabril y comercio.

    Aspectos novedosos:
    Me llama la atención la pregunta de Alberdi en el capítulo 1: «¿puede haber fisco rico de país desierto y pobre?». Dentro de la preocupación por desterrar las costumbres arrastradas desde la época colonial, una de ellas era la diferenciación entre la riqueza de la Nación y la riqueza del gobierno, poniendo el acento donde corresponde: no puede haber un país pobre y un gobierno enriquecido. En sus propias palabras: «Simples tributarios o colonos,
    por espacio de tres siglos, somos hasta hoy la obra de ese antecedente, que tiene más poder que nuestras constituciones escritas».
    Otra característica a destacar es la tarea que hace el autor, minuciosa, en desglosar las aplicaciones que las garantías constitucionales fundamentales adquieren cuando se las relaciona con cada una de las formas de la producción. Convendría releer cada tanto a Alberdi en estas épocas que corren, pues olvidamos que las garantías no son sólo civiles y políticas sino también económicas. Y nadie puede negar la verdad de lo que el autor sostiene cuando analiza esas aplicaciones de los principios básicos de la Constitución.

    Preguntas al autor:
    1) Para asegurar la operatividad de las garantías constitucionales que Ud. menciona, ¿los mecanismos propuestos para el aspecto «material y económico» sirven también para el aspecto «moral y político» o es necesario idear otro tipo de instituciones al efecto?
    2) ¿Cómo describiría Ud. los límites dentro de los cuales debería «reglamentarse» la libertad, de forma tal que se puedan legislar reglas de juego claras pero que no encadenen la libertad económica, a la luz de lo dispuesto por el artículo 14 de la Constitución Nacional?
    3) Si para Ud. la Constitución «previene la concurrencia desastrosa entre el trabajador libre que produce para sí y el trabajador esclavo que produce para su amo» (y esto lo hace al abolir para siempre la esclavitud), ¿cómo conceptualizaría Ud. la diferencia entre aquel que hace uso de la libertad de trabajar por medio de la puesta en marcha del trabajo de otros, y aquel cuyo único medio de hacer valer su libertad es ofrecer su propio trabajo, produciendo para otros?

  21. Propone un concepto integral de la libertad: no solo civil, sino también económica, religiosa y no solo para nosotros sino también para todos lo que vengan a poblar nuestras tierras. Resalta que lo más importante son los intereses materiales y es por ello que nuestra CN otorga al P.Legislativo la facultad de reglar todo aquello que pueda conducir a la prosperidad del país: «El fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional….”. El sistema económico de la CN quiere colocar primero a la Nación y luego al gobierno, la riqueza publica antes que la riqueza fiscal. Además, Alberdi enumera ciertas garantías comunes a todos los modos de producción: La libertad, La igualdad, La propiedad, La seguridad, La instrucción. Hace hincapié en las libertades en las relaciones de producción: de transitar, enseñar y aprender, petición, uso y disposición de la Prop. Privada, asociación, etc., la igualdad: establece que todos los habitantes (nativos o extranjeros) gozan de las mismas libertades, no hay esclavos y no hay privilegios. Rehabilita y dignifica el trabajo, antes mal visto como el rol del esclavo, siendo el trabajo la base de la fortuna. Permite la existencia de gremios y el uso de las tierras según la conveniencia de cada productor, como también lo garantiza el derecho a la propiedad: la propiedad no es riqueza si no es inviolable. Prevé los remedios en caso de violación de la misma. Busca extinguir la arbitrariedad de los magistrados y la inseguridad, ya que esto desincentiva el trabajo. Y por último, incentiva la instrucción a través de la educación primaria gratuita y el dictado de planes universitarios: instruir a las nuevas generaciones en el ejercicio práctico de los medios de producción.
    Me ha llamado la atención la manera en la que Alberdi tenía todo previsto, hasta los mínimos detalles: ha dispuesto hasta la libertad de culto con fines económicos: Establecer un determinado culto atentaría contra llegada de inmigrantes de todas partes del mundo que permitirían poblar estas tierras desiertas y que luego serian la mano de obra, necesaria para lograr la riqueza y el progreso. También menciona la libertar de enseñar y aprender como manantial de perfeccionamiento, que en caso de que se limitase sería negativo para la riqueza del país, algo que hoy no se tiene en cuenta demasiado y cuyo nivel cada vez desciende mas. Hace hincapié en la importancia del extranjero como mano de obra, más adelantado que nosotros que servirá de ejemplo a la educación del productor nacional. En vez de discriminar o comparar enseña a aprender y cooperar entre hombres de diferentes nacionalidades.
    Si Alberdi viviese en nuestros tiempos ¿Hubiese hecho más hincapié en la educación y hubiese dispuesto el derecho a la enseñanza primaria, secundaria e universitaria gratuita como pilares fundamentales? ¿Hubiese dispuesto algún requisito para permitir el ingreso de extranjeros al país como muchos países lo hacen actualmente? (visados por ejemplo en USA o en los Emiratos Árabes) ¿Qué diría Alberdi de las formas de esclavitud que existen hoy en día?(trabajo infantil y de embarazadas en Fabricas que hasta viven allí, sist. de cama caliente)

  22. Breve resumen
    De la lectura del Cap I y II de Alberdi se puede vislumbrar los lineamientos esenciales en base a los cuales Alberdi redactó los artículos de la Constitución. La búsqueda de la riqueza (nacional, en contraposición de la indeseada y perjudicial riqueza del Fisco), su objetivo principal, se ve reforzada y resguardada por una serie de derechos y garantías que protegen recelosamente la libertad, igualdad, propiedad, seguridad personal e instrucción, principios fundamentales para la organización de una economía próspera que llevará al progreso y desarrollo nacional. Para alcanzar este fin y luchar contra los perniciosos hábitos coloniales arraigados en las costumbres de los ciudadanos, Alberdi desarrolla un articulado detallado de derechos y deberes directamente dirigido a velar por la producción agrícola, comercial, fabril y los medios de los que se vale. De la lectura de las normas es posible observar la delicada arquitectura erigida exclusivamente en miras al progreso nacional.
    Lo más relevante
    En cuanto a lo que me resultó más relevante del texto, podría decirse que es esta tarea “de hormiga”, detallada, esmerada y cuidadosa que efectúa Alberdi en la redacción de los artículos constitucionales. Es sorprendente como crea todo un entramado de normas que prevén y protegen en todos los huecos en los que podrían llegar a inmiscuirse acciones, leyes y decisiones perjudiciales para la libertad económica, pilar esencial del desarrollo nacional. Artículos como el 5, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 28 ilustran a la perfección los fines alberdianos, e incluso hoy en día siguen rigiendo con la misma fuerza y contundencia que hace siglo y medio atrás. Nadie podría dudar de la eficacia que tuvieron y tienen para cumplir con los objetivos para los que fueron creados. Libertad para comerciar, trabajar, navegar, para profesar el culto, igualdad de los hombres, propiedad privada, inviolabilidad de la defensa en juicio, instrucción pública; herramientas de excelencia para resguardar los principios fundamentales de la nación.
    Preguntas:
    1. Teniendo en cuenta la inspiración estadounidense de Alberdi al redactar estas letras, ¿es lógico y en última instancia posible lograr el fin buscado por medio de estas herramientas tomadas de otros ordenamientos desarrollados en contextos diferentes?
    2. ¿Podría decirse que estas garantías fueron realmente exitosas, en el marco y la medida de lo esperado por el autor?
    3. Planteada la cuestión de que las leyes nunca deberían contrariar o restringir los instrumentos de progreso económico, sino acompañarlos, ¿cómo sería posible compatibilizar eso teniendo en cuenta que Alberdi diseño un Poder Ejecutivo fuerte para guiar un territorio despoblado y desierto?

  23. RESUMEN CAPITULO 1
    La Constitución, promueve el bienestar general (a través de los intereses, sobre todo los materiales) y asegura los beneficios de la libertad para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. Los encargados de realizar lo conduncente al bienestar son los legisladores. El aspecto más importante que tiene, es que se habla de libertad de todo género (civil, religiosa, etc.).
    Otro punto fuerte, lo tiene la modificación que hizo la Constitución en lo pertinente a la producción. Es decir, ahora, tiene un rango preponderante en ella. Además. ella distingue la riqueza de la Nación de la del gobierno.
    Por último, el peor enemigo que tiene la riqueza del país, es la riqueza del Fisco.

    RESUMEN CAPITULO 2
    La producción de las riquezas se da por la acción del trabajo, del capital y la tierra. Esta acción, se opera a través de la agricultura, las fábricas y el comercio. Hay ciertas garantías que protegen a la industria. Por un lado está la LIBERTAD, donde todos los habitantes ya sean nacionales o extranjeros gozan de los mismos derechos. Luego, la IGUALDAD, todos son iguales hoy en día ante la ley de trabajo, que preside a la producción de las riquezas. A su vez, la PROPIEDAD, con sus dos aspectos: el jurídico-moral y el económico-material. Es el móvil y estímulo de la producción y ésta es inviolable. Y la aclaración, de la propiedad intelectual. La SEGURIDAD PERSONAL, donde el trabajo, el capital y la tierra no pueden desempeñar sus funciones productoras si el hombre no ve asegurado el señorío de la persona. Por último, la INSTRUCCION, para que ésta y la educación gratuita produzcan el efecto que les atribuye la Constitución, de servir a la prosperidad y bienestar material del país, será preciso que se contraiga a instruir a las nuevas generaciones en el ejercicio práctico de los medios de producción.

    ASPECTOS IMPORTANTES
    Me llamó la atención, lo que aclara acerca de la propiedad, en donde el derecho exclusivo que tiene cada hombre de disponer y usar su trabajo, capital y tierra para su conveniencia, lo único que produce es paralizar a las funciones y hacer imposible a la riqueza. Yo consideraba, que eran puntos que iban a la par.
    Otro aspecto importante, lo tiene la distinción entre riqueza de la Nación y del gobierno, que son dos aspectos diferentes y hay que diferenciar. Siendo el Fisco, el peor enemigo que tiene el país.
    Además, de que el trabajo agrícola siempre fue importante para el país pero nunca le brindaron las garantías necesarias. Sino, que se rige por las garantías generales a toda la industria y al trabajo.
    Por último, el texto explica cada una de las garantías que tiene la Constitución, pero todas ellas tienen un «pero», es decir, un aspecto negativo que no las dejan ser perfectas.

    LAS PREGUNTAS QUE LE HARIA:
    1) ¿Considera que es necesario establecer garantías constitucionales específicas para el trabajo agrícola?
    2) Ya que usted considera que la propiedad hace imposible la riqueza, ¿Creé que se podría llegar hasta un punto en donde la riqueza y la propiedad vayan de la mano, sin molestarse entre sí?
    3) Por último, ya que los hábitos coloniales siguen estando presentes, a pesar de los errores que presentaron y siguen presentando, ¿En algún momento desaparecerán?

  24. Resumen:
    El el primer capítulo habla de que la Constitución Argentina es la primera en distinguir la riqueza de la Nación con el gobierno. Se refiere como al peor enemigo de la riqueza del país, a la riqueza del fisco, debido al sistema que heredamos del régimen colonial, basado en generar rentas y con ello miseria, pero a la vez enriqueciendo al fisco. En el segundo capítulo habla de la producción de las riquezas, y como se genera por la acción combinada del trabajo, la tierra y el capital. A su vez, la acción de estas fuerzas productoras puede generar tres formas del trabajo industrial, como: la agricultura, las fábricas y el comercio. Por otro lado, establece que las garantías comunes a toda la industria son: la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Éstas tienen dos aspectos, uno moral y uno político, otro material y otro económico.

    Importante:
    Me parecio importante como Alberdi relaciona a la economía con cada derecho de cada artículo de la Constitución. Dice que el goce de las libertades económicas es cooncedido conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio. La libertad o derecho de petición es una protección de la producción económica. La libertad o derecho de locomoción es indispensable para el ejercicio de la industria ya que sin ella o con trabas a su ejercicio es imposible concebir la práctica del comercio. La libertad de prensa es esencial para la producción económica, como garantía de las demás garantías y libertades económicas y políticas. La libertad de asociación es indispensable para el ejercicio de otras libertades económicas. La libertad de usar y disponer de la propiedad es un complemento de la libertad del trabajo ya que el trabajo constituye la propiedad mas genuina del hombre, la propiedad no tiene valor ni atractivo, no es riqueza, cuando no es inviolable por la ley. El trabajo, el capital y la tierra no pueden producir, ni desarrollar riqueza cuando el hombre no se ve asegurado su apoyo por la Constitución contra las agresiones de la ley, la autoridad o el interés individual.

    Preguntas al autor:
    1.-¿Realmente cree que la ley es igual para todos?
    2.- Si dice que la riqueza del fisco es el enemigo de la riqueza de la Nación, que opina de sistemas como Suiza.
    3.-Que opina de las retenciones del gobierno actual y del impuesto a las ganancias en los sueldos. Ya que indica que el trabajo es la propiedad mas genuina del hombre. Y que opina del alto nivel de desocupación y como haría para minimizarlo.

  25. Alberdi, en el capitulo I y II, explica los propósitos establecidos en la CN de 1853, en los cuales se busca garantizar el bienestar general y asegurar la libertad para todos los habitantes, tanto nacionales como extranjeros. Esa libertad no sólo en el aspecto político, sino que se extiende en el plano civil, religioso, económico, etc. Las leyes que protejan la producción no deben ser arbitrarias. Según Alberdi, toda ley que «restrinja» la libertad sería violatoria de los principios de la Constitución Nacional. La producción opera como generador de riqueza, y esta se lleva a cabo mediante la acción combinada del trabajo tierra y capital, a través de 3 modos que son la agricultura, el comercio y la industria fabril. Los principios que son garantizados por la Constitución para generar riqueza son los siguientes: igualdad, propiedad, seguridad e institución.

    Lo interesante de los dos capítulos es la forma en que se otorgaban grandes libertades a fin de promover la producción de riqueza. Alberdi nos dice que cualquier ley que restrinja o reglamente la libertad en el plano económico, es violaroria de los de la Constitución Nacional .

    1 – ¿La libertad establecida en la CN está siendo violada, actualmente, por la intervención del Estado?
    2 – ¿Estad usted de acuerdo con la falta de garantías especiales a la actividad agrícola, siendo esta la principal actividad economía argentina, generadora de riquezas?
    3 – ¿Podría mantener su postura acerca de la garantía amplia de libertad? ¿ Considera que alguna medida implementada por el Estado con posterioridad, ha sido útil o necesaria para producción de riqueza?

  26. Resumen capítulos 1 y 2:
    En el preámbulo de la Constitución Argentina se expresan como objetivos a alcanzar el bienestar general y la “libertad” de nacionales y extranjeros, que quieran habitar o habiten el suelo argentino. Esta libertad debe ser política, económica, intelectual, civil, religiosa, pero por sobre todo menciona Alberdi, que sus efectos y relaciones con la “producción económica”, es principio y manantial de riqueza pública y privada, tanto como condición de bienestar moral. Toda ley o decreto, todo acto, que de algún modo restrinja o comprometa el principio de libertad es un ataque a la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y al progreso material del país. El despotismo y la tiranía, sean del poder, de las leyes o de los reglamentos, aniquilan el manantial de la riqueza -que es el trabajo libre-, son causas de miseria y de escasez para el país, y origen de todas las degradaciones que trae consigo la pobreza.
    Alberdi menciona los instrumentos (tierra, trabajo y capital) que hacen a la producción de la riqueza y a los modos del trabajo industrial (agricultura, fabrica y comercio). Luego hace referencia a las “garantías y principios constitucionales” comunes a toda industria (por ejemplo la libertad económica se aplica a los nacionales como extranjeros, ya que se requiere de la aptitud y conocimiento de éstos últimos, así como también el principio de igualdad ante la ley para todos los habitantes eliminándose la distinción por castas) como a aquellos que son propios de cada industria.

    Interesante:
    Alberdi considera que el peor enemigo de la riqueza del país es el «Fisco”, por lo que el sistema económico moderno que plantea deja de seguir el régimen colonial de pueblo productor de rentas reales, para dar paso a una libertad económica amplia.

    Preguntas:
    1.¿Ud. cree que sigue siendo fructífero para la producción/ riqueza de nuestro país darle acogida a un gran número de inmigrantes, según las circunstancias actuales?
    2. ¿Por qué las distintas gestiones de gobierno de nuestro país prefieren la riqueza fiscal a la riqueza pública?
    3. ¿Actualmente siguen siendo sólo tres los medios de producción de riqueza?

  27. Capítulo 1 y 2 del Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina

    Resumen

    Las ideas que postula Alberdi en el Capítulo 1 se relacionan con la producción de Riquezas y en cómo se genera éste proceso para poder asegurar el bienestar general teniendo en cuenta el bienestar material como punto de partida. Enumera una serie de pautas que debían realizarse teniendo al desarrollo del trabajo , a la producción y a la inmigración como valuartes indiscutibles para el crecimiento económico del país. Un hecho importante que introduce la Constitución Nacional es la mayor importancia que le da a la producción de la riqueza de la Nación por encima de la riqueza del gobierno , evidenciado en la riqueza del Tesoro o riqueza Fiscal.
    A su vez , Alberdi expone que al ser un país con una herencia fiscal pasada producto de la colonización espanola hemos heredado éste sistema en los gobiernos patrios sucesivos constituyendo un sistema dependiente de las rentas que iban por encima de la misma Constitución. Este es el mayor riesgo que se expone , de encontrarnos presos de las rentas y del sistema fiscal que aniquila al país generando sólo miseria y atraso. El nuevo sistema de la Constitución Nacional propuesto hecha por tierra ésta costumbre engendrada , la cual tenía más importancia que la letra misma de la ley y pone de relieve a la riqueza pública sobre la riqueza fiscal.
    Luego en el segundo Capítulo , Alberdi pone de relieve los tres factores indispensables que tiene la Constitución en cada una de sus disposiciones y que organizan la producción. Estas son el trabajo , el capital y la tierra , en ése órden. estas fuerzas productores se desarrollan a través de la agricultura , las fábricas y el comercio.
    En el desarrollo del autor se exponen distintas garantías que otorga la Constitución Nacional en numerosos artículos y que permiten el goce de las distintas herramientas que otorga la producción en general , la producción fabril , la agrícola y la comercial. En principio , la libertad consagrada en el Artículo 14 de la Constitución Nacional es un valor importantísimo que contribuye a asegurar el desarrollo de la producción en todas las esferas , ya sea derecho de trabajar , profesar libremente su culto , derecho de usar y disponer de su propiedad por parte de cada individuo , de ejercer toda industria lícita , libertad de ensenar y aprender , entre otros. Todos ellos se encuentran consagrados en la Nueva Constitución que intenta diferenciarse de la antigua y colonial proteccionista y limitativa en cuanto a éste derecho y que contribuye sólo a generar grandes monopolios y pobreza en la Nación. Otro elemento importante desarrollado por Alberdi es el de la igualdad y relaciona éste aspecto con los derechos de los extranjeros , los cuales son equiparados para aprovechar su mejor destreza y aptitud y así poder mejorar la producción y también el desarrollo de la instrucción para que todos puedan desarrollar el trabajo y el crecimiento. También se enumeran garantías con respecto al desarrollo del trabajo agrícola que se reduce básicamente a la no intervención reglamentaria ni legislativa para no restringir ésta libertad mencionada anteriormente y las garantías relativas a la producción comercial en cuanto al establecimiento de recompensas de estímulo empleados en la producción y que son permitidas por la Constitución. Por último , las garantías que se refieren a la industria Fabril deben asegurar la educación e instrucción , la producción de inventos y sobre todo la abstención de prohibiciones y exclusiones que puedan generar las leyes.

    Lo más importante

    Dentro de los aspectos relevantes de Alberdi , debe citarse la importancia que se otorga a la libertad como valor preponderante y esperanzador para generar riqueza pública ya que donde hay restricción hay monopolio , hay esclavitud y la economía decrece. Otro aspecto importante es la igualdad que asegura la Constitución en cuanto ya no se discrimina a los extranjeros sino que se les da una importancia trascendental en la producción ya que además de poblar a nuestra nación traen su destreza y lo nuevo impidiendo el atraso. También son importantes el derecho de propiedad , de asociación , de ensenar y aprender y sobre todo el derecho al trabajo de ejercer toda industria lícita y de comerciar libremente. Todo ello llevado a cabo a través de la instrucción y del avance de la educación como de la inmigración Europea.Todos éstos principios son consagrados en la Constitución Nacional y tienen que ver con un crecimiento de las libertades en cuanto al desarrollo económico para intentar diferenciarse del Sistema Colonial restrictivo , monopolístico , prohibitivo de la libertad y de la desigualdad que estábamos acostumbrados a transitar a lo largo de la historia a través de la rentas fiscales que contribuyen al crecimiento de la riqueza de los gobiernos solamente y no a la riqueza Pública o de la Nación.

    Preguntas al autor:

    1) Ud cree que la Nación no podría crecer hoy en día sin la inmigración extranjera y Europea?
    2) Estos principios enumerados por ud. se pusieron de base para crear la Constitución Nacional. Cree que hoy en día éstos principios se siguen sosteniendo en la realidad social y económica?
    3) Este Sistema Económico basado en la libertad para obtener riqueza en la Nación propuesto por ud , es el único medio que puede generar riqueza o puede haber otros en la realidad actual?

  28. Resumen

    En el primer capítulo Alberdi hace hincapié en los principios esenciales de la Constitución Argentina, partiendo desde el preámbulo, en la protección de la libertad e igualdad de los individuos tanto nacionales como extranjeros, garantías que tienen como consecuencia dorecta, favorecer a la prosperidad de la riqueza de la Nación, es decir, de sus habitantes y de lo que puedan obtener mediante los instrumentos de producción, que son el capital, trabaja y la tierra, e indirectamente, y aquí lo importante de la distinción, favorecer la riqueza del gobierno, del Fisco en sí , ya que al tener contribuyentes “ricos”, es más justa y sencilla la recaudación de contribuciones.

    En el segundo capítulo divide dicha fuerza productora que genera la riqueza de la nación, en 3 modos, que son la Agricultura, el Comercio y las Fabricas, y con respecto a ellas nos distingue una serie de garantías en general que la constitución brinda, como son el derecho a la libertad. La igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción, los cuales dejan en claro que la Constitución intentaba proporcionarles derechos a los habitantes, que protegieran que cualquier habitante pueda elegir como obtener su riqueza,; que el sistema económico no excluya personas por prerrogativas que contradigan el principio de igualdad ante la ley y no discriminación; garantizar que una vez adquirida esa riqueza no podrá ser tomada ilegítimamente por otros y a su vez brindar la seguridad de que el Estado procurará que esto se cumpla.

    Novedoso

    Dejo por último el derecho a la instrucción como aspecto novedoso del texto, ya que parece evidente que todo habitante de la nación tiene derecho a la educación, pero cabe resaltar la valía que Alberdi le otorga a éste derecho, ya que en si mismo, aparte de favorecer la calidad y exactitud con que se ejercitan los distintos medios de producción (Debido al simple hecho de que una persona instruida es evidentemente más capaz en su tarea específica), éste derecho tiende a llevar consigo, una traducción mucho más realista del principio de igualdad entre productores, y brindarles también a los mismos más libertad de elegir, a su vez hace fuerte hincapié en la importancia de adquirir conocimientos de los extranjeros, y fomentar la inmigración.

    Preguntas para el autor

    1) ¿Considera que hoy en día en la Argentina, existe una proporcionalidad entre la riqueza fiscal y la riqueza de la Nación? ¿Qué factores de la producción habría que modificar para tender aún más a dicha igualdad? ¿Qué derechos y garantías deberían acrecer para lograrlo?

    2) Teniendo en cuenta que las mayorías en el congreso pueden variar y en ocasiones pueden ser tan absolutas que representen casi en su totalidad a un mismo partido político ¿No considera que es demasiado amplia la potestad de promover el “Bienestar General”? ¿El panorama ideal sería aquel en el cual el parlamento tuviese voces representando todos los intereses de los distintos grupos sociales?

    3) Siendo la instrucción y educación derechos y garantías fundamentales para la prosperidad de la producción y la riqueza de la Nación (y por lo tanto del gobierno), y teniendo en cuenta los casos de familias marginales en donde se les inculca a los hijos una cultura contraria a lo que éstos derechos persiguen ¿Sería adecuada una intervención estatal a fines de procurar que éstos derechos alcancen a la mayor parte de la población posible?

  29. Alberdi, explica las ideas económicas para el crecimiento del país, respaldadas por la Constitución, asociaba al bienestar con la libertad, personal y económica
    Promueve el bienestar general y asegura los beneficios de la libertad de todo género ,su objetivo es lograr el crecimiento del país Pretendía herir de muerte al sistema fiscal colonial y convertirse en un país creador de riquezas
    Establece garantías y derechos a la libertad de trabajo para la producción de riquezas y asi aumentar el bienestar de la nación , estos derechos y garantías a la producción estan basados en la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción
    Defiende el derecho de propiedad (manantial fecundo de riqueza)ya que la intervención del estado pone limites a la libertad de la propiedad y distribución de la riqueza Promueve el libre ingreso de capitales y la fijación de la tasa de interés
    Considera al capital extranjero clave para el desarrollo y a los tratados internacionales como ley fundamental para la nación.
    El liberalismo económico sólo cede ante la protección de la actividad agrícola todo el derecho constitucional agrícola se reduce a la no intervención reglamentaria y legislativa

    Consideraciones
    La Constitución:_ GarantIza la libertad y el progreso económico ,el legislador puede reglamentar, pero Los principios, derechos y garantías no podrán ser alterados por leyes que reglamenten su ejercicio
    _ Prioriza la Nación antes que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal
    ( que la ley fiscal respete y proteja derechos, lejos de atacarlos)
    Teniendo en cuenta todas las garantías y derechos que nos da la Constitución
    Sumados a las consideraciones de Alberdi en cuanto a que no existe libertad productiva si los sistemas proteccionistas ponen restricciones las cuales atentan contra la libertad de las industrias , del consumo privado y arruinan las fabricaciones nacionales ¿Por qué los gobiernos de turno se encargan de hacer todo lo contrario?Lejos de seguir con la ideas desarrollistas de Alberdi, en cuanto al respeto por la libertad individual ,de la propiedad privada , de un gobierno limitado, se empeñan en imponer una política intervencionista ,donde todo pasa por el gobierno.Priorizan la riqueza fiscal a la riqueza pública si bien. Imponen leyes proteccionistas , prohiben la importación, controlan la moneda , la entrada de capitales todo eso agrava el estado de la economía, limitan el crecimiento tanto económico como social.
    Preguntas: Se puede recuperar esa libertad perdida?cómo?? Con el cambio del gobierno alcanzará para recuperarla?

  30. Siguiendo con la idea de que nuestra constitución sentó las bases del progreso de nuestra nación entre otrascosas en el bienestar general y la libertad como máximos principios que se encuentran plasmados en el preámbulo continua diciendo que dicha libertad no es solo política sino, que comprende a todo género de libertad, económica, civil, religiosa, etc.. y que del bien estar general ninguno es mas inmediato que el interés material y es por eso que la constitución ha sentado principios para que sean de guía para que las leyes los protejan y a la vez no sean arbitrarias.
    Siendo el sustento de la nación la riqueza de la misma y sus instrumentos el trabajo, el capital y la tierra y que la combinación de estos tres agentes opera a través de tres modos de trabajo a saber la agricultura las fábricas y el comercio, cada uno de ellos con disposiciones en la constitución que consagran garantías y libertades, comunes entre si y especiales a cada una.
    En las primeras se encuentra la libertad consagrada en principio en el art 14 que entre otros consagra el derecho a trabajar, ejercer la industria enseñar y aprender. También en el art 15 que elimina la esclavitud y el art 19 que consagra la libertad personal.
    Otro principio es la igualdad, que se encuentra en varios artículos pero se refleja con mayor especificidad en el art 16.
    A este le continúa uno muy importante que los complementa que es la propiedad privada consagrada en el art 17 de la constitución razón de la producción, fruto de la libertad del trabajo y fuente de la riqueza.
    De ello se deriva la necesidad de la seguridad pues que sentido a de tener todo lo antes visto si nada nos lo ha de asegurar, asi el art 17 contempla los modos en que la propiedad privada será limitada y el art 18 declara el debido proceso agregándose el art 19 en tanto nadie es obligado si no por ley justa
    Por finalizado agrega el principio a la instrucción en donde predomina la celebre máxima de dejar hacer dejar pasar.

    Los mas importante o tracendente es entre otas cosa son la idea de que, las leyes no pueden ser arbitrarias y deben guiarse por estos principios, que la riqueza nacional debe preponderar la riqueza nacional por sobre la riqueza fiscal.
    Que la libertad es pricipio de riqueza y que toda ley que la restrinja no hace mas que atacar la riqueza del ciudadano del estado y el progreso del país y en fin que de nada sirve consagrar el principio lo que mas importa en palabras de Alberdi es su ejecución.
    Preguntas:
    1- ¿cree que el socialismo al consagrar la igualdad a su modo priva de libertad económica al hombre?
    2- En base a eso ¿ es mas importante la libertad que cualquier otro principio o son todos necesarios?
    3- No reconoce que puedan llegar a existir otros medios de producción a parte de la agricultura el comercio y la industria….

  31. En su capitulo I , Alberdi comienza diciéndonos que El Preámbulo de la Constitución enumera entre otras varias la de promover el bienestar general para nosotros y todos aquellos que quieran habitar el suelo argentino, podemos decir que ese bienestar es en todo los ámbitos de la vida, todos los intereses contribuyen al bienestar general pero ninguno tan inmediato como los intereses materiales.
    Es por ello que le demarca como medios conducentes a esos fines de bienestar y mejoramiento de todo género el fomento de la industria. La constitución Argentina es la primera que distingue la riqueza de la nación del gobierno y que el medio de verdadero de tener atribuciones abundantes es hacer rica y opulenta a la Nación y el peor enemigo de la riqueza de un país es la riqueza del Fisco, pero este error lo debemos a nuestra época colonial, y cambiarlo no se soluciona con un decreto, sino por una acción lenta, un proceso de internalización.
    En su capitulo II, La producción combina trabajo, capital y tierra y la acción de estos tres agentes se operan por la agricultura, las fábricas y el comercio. Todos los elementos antes mencionados, han sido protegidos por nuestra CN por medio de derechos y garantías.
    Este cuerpo normativo en el artículo 14 hace referencia a la libertad de los habitantes del país, tanto naturales como extranjeros y ésta libertad permite que el hombre trabaje y ejerza la industria que es el principio de toda riqueza. Así, toda ley que restrinja el principio de libertad ataca la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y al progreso material del país. Los términos en que la Constitución Argentina establece el principio de igualdad dan a esta garantía una inmenso influjo en la producción y en la distribución de la riqueza Otro principio protegido en nuestra CN es el de igualdad., la propiedad, la seguridad, la educación gratuita que se ve vulnerado por las leyes que protectoras de ciertos géneros de producción, atentando no solo contra la CN sino contra la riqueza del país. La Constitución interviene en favor de la producción a solo efecto de garantizar y asegurar el amplio ejercicio de sus fuerzas naturales que son el capital, el trabajo y el terrazgo.
    Preguntas:
    1)Porque cree Usted que el fisco es el peor enemigo de la riqueza de un país?
    2)Porque no aseguro la educación gratuita?
    3) Porque no protegió a la agricultura como así lo hizo con el comercio?

  32. Alberdi comienza destacando el preámbulo de la Constitución en donde se expresa como objetivos promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino.
    La libertad a la cual hace referencia el preámbulo no es solo una libertad política, sino que es una libertad de todo género. Los medios que conducen a esos fines son : el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores. Aparte de destacar los fines a los cuales la constitución apunta, Alberdi también pone énfasis en que la constitución prioriza la riqueza publica antes que la fiscal mencionando en el comienzo del capítulo dos que la producción de riqueza proviene de tres instrumentos que son: el trabajo, el capital y la tierra, y que estas fuerzas productoras se manifiestas en tres modos: agricultura, fabricas y comercio. Alberdi divide al capítulo 2 en diferentes artículos en donde trata las garantías de la producción en general, agrícola, fabril y comercial. Menciona las garantías comunes a todo género de la industria que son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.

    El aspecto relevante: Alberdi destaca que la constitución diferencia entre la riqueza del gobierno y la de la nación; priorizando la riqueza nacional antes que la fiscal, y considerando el peor enemigo de la riqueza del país la riqueza del fisco. El sistema económico de la Constitución argentina coloca la Nación primero que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal.

    Preguntas:
    ¿Qué opinaría de la propuesta que surgió en Argentina acerca de expulsar a los inmigrantes que cometen delitos y son condenados?

    ¿En la actualidad considera que existen los mismos 3 modos de producción de riqueza? ¿ o podría considerar algún otro?

    Otra de las preguntas seria ¿qué pensaría de aquellas personas que someten a otras a trabajar en talleres clandestinos en pésimas condiciones laborales aprovechándose de su pobreza? ¿Considera que se pueden considerar esclavos? ¿Qué solución aplicaría para que esto acabe?

  33. La Constitución expresa que tendrá como objetivo promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino, y señala como medios conducentes a esos fines de bienestar y mejoramiento de todo género, «el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines».

    La producción tiene a su vez tres instrumentos que son: trabajo capital y tierra.
    Alberdi menciona 3 formas de trabajo industrial que son: Agricultura, fábrica, comercio.
    Son garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial: La libertad, La igualdad, La propiedad, La seguridad, La instrucción

    LIBERTAD: La constitución expresa que todos los habitantes gozan de los siguientes derechos: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y de aprender.

    IGUALDAD: Todos los habitantes de la Nación gozan de las mismas igualdades. En Argentina no habrá esclavos. No admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento, no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. Los extranjeros gozan de todos los derechos civiles del ciudadano, lo que beneficia a toda la producción en su conjunto.

    LA PROPIEDAD: Es el derecho exclusivo que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo, de su capital y de sus tierras para producir lo conveniente a sus necesidades o goces, si se le es quitado, perjudicara a la producción y economía del país.

    LA SEGURIDAD: El trabajo, el capital y la tierra son realizadas por el hombre y no pueden desempeñar sus funciones cuando el hombre no se ve asegurado o protegido por la Constitución.

    LA INSTRUCCIÓN: La constitución intervine en favor de la instrucción pública gratuita según las necesidades que presenta la vida social. El objeto de enseñanza sera contribuir al desarrollo de la producción, enseñando métodos para hacerlo.
    Luego, arberdi estblece que la AGRICULTURA es un instrumento principal de produccion, pero la constitucion no la protege expresamente, sino que hace referencia a las garantias ya expresada.
    Sigue mencinando que EL COMERCIO es una fuente de riqueza y la constitucion garantiza el derecho a ejercer el comercio y la navegacion.
    Por ultimo la constitucion determina los unicos medios de intervencion de estado en creacion y fomento de industria fabril: educacion e instruccion, los estimuos y la propiedad de los inventos, la inmigracion, la libertad de industria y de comercio, abstencion de leyes prohibitivas y es deber dederogar las existentes.

    PREGUNTAS:

    ¿A QUE HACE REFERENCIA LA LEY CON BIEN ESTAR GENERAL?
    ¿CUAL ES LA LEY FRENTE A LA CUAL SOMOS IGUALES?
    ¿DE QUE FORMA LA CONSTITUCION GARANTIZA LA LIBERTAD EN LA INDUSTRIA EL COMERCIO E INDUSTRIA FEBRIL?

  34. resumen del texto:

    En los capitulos 1 y 2 del texto, Alberdi manifietsa lo relevante que significa el Preambulo de la Constitucion de la Confederacion en consideracion a la garantia de la libertad en todos sus aspectos, no solo politico, fundamentalmente economico y para todos los habitantes, en miras al bienestar general y el progreso como paradigma, encomendando esa tarea al proder legislativo mediante leyes economicas constitucionales. Diferencia entre riqueza de la Nacion y de Gobierno que, siendo la segunda accesoria del primero, mediante las contribuciones, se hace rica la Nacion. No hay Fisco rico de pais pobre y desierto. Los agentes productores de riquezas, trabajo, tierra y capital, operan por medio de fabricas, agricultura y comercio y fuera de ellas no hay otras. Asi, enumera las garantias y libertades que los hacen posible como un medio para tal logro mediante instituciones: garantias a la procuccion en general que son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instruccion. La Constitucion economica favorece la produccion en general garantizando la libertad de dejar hacer y dejar pasar, imponiendo este deber a las leyes y reglamentos.

    lo mas novedoso o importante:

    Entiendo la importancia de la Cosntitucion economica en pos del progreso de una Nacion en crecimiento como la Argentina de 1853 y sus acontecimientos politicos. Alberdi nos deja en claro la trascendencia de los preceptos de Adam Smith para la construccion de un pais, en base a la politica y la ecnomia con pilares fundamentales como la libertad y la propiedad privada fundamentalmente; la igualdad, la seguridad y la educacion. La distincion entre Nacion y Gobierno, un Fisco para la Nacion y que es imposible una Fisco rico en un pais pobre y desierto. La importancia de poblar el pais citando como ejemplo la superioridad de conocimientos de trabajo e industria del extranjero para imitar y poner en practica. La relevancia de la jerarquia constitucional que funciona como base para la instituciones y la prohibicion de derogarla o desobedecerla.

    preguntas:
    ¿Cómo competirán todos esos esclavos, ahora libres, con mano de obra extranjera mas capacitada?
    ¿No le parece haber cierta contradiccion entre los articulos 14 y 28 de la CN?
    ¿Què opina del gobierno presidencialista de hoy y sus decretos? haciendo uso de facultades exclusivas del Congreso la Nacion.

  35. Resumen:
    I. Alberdi nos habla de la necesidad de asegurar todo lo necesario para contribuir al bienestar general y prosperidad de nuestro país, partiendo de los ideales de nuestra Constitución para la protección de tales fines, remarcando para ello ciertos principios a los cuales las leyes deben adaptarse.
    Por otra parte nos hace saber que nuestra Constitución es la primera en distinguir entre la riqueza de la Nación y la riqueza del Fisco, considerando a esta última su peor enemiga.
    II. Alberdi comenta ya en su segundo capítulo, que la producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes, los cuales serían, el trabajo, el capital y la tierra. Que se logra por medio de la agricultura, las fabricas y el comercio.
    La Constitución dispone de garantías para cada uno de ellos, como la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad, la instrucción, la educación y derecho de comerciar, entre otros.
    A mi entender, lo más relevante además de los términos vertidos en mi resumen, es en cuanto refiere: a que toda ley, que de algún modo restringa o comprometa el principio de libertad es un ataque a la riqueza del ciudadano, al Tesoro del Estado y al progreso material del país, pues serían contrarios al principio de igualdad económica, las leyes y reglamentos protectores de ciertos géneros de producción, valiéndose todo ello por medio de prohibiciones directas o de impuestos.
    Preguntas:
    -¿Si en su época la riqueza del fisco era el peor enemigo, lo sigue siendo en la actualidad?
    -¿Cree que hoy en día los motores generadores de riqueza son los mismos que los mencionados en el texto o es posible ampliar la enumeración? ¿Cual sería hoy el medio mas idóneo para generar riqueza?
    -Si se fija que todo el derecho constitucional tiende a la idea de que la no intervención reglamentaria y legislativa, el dejar hacer y no estorbar contribuye a una manera mas eficaz para la libertad en la economía, y recalcando que no debe quedar en un principio sino llevarlo a la práctica, en esta última década no se estaría haciendo todo al revés?

  36. Resumen:
    La libertad, cuyos beneficios procura asegurar la Constitución, no es la política exclusivamente, sino la libertad de todo género, tanto la civil como la religiosa, tanto la económica como la inteligente, pues de otro modo no la prometería a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino.
    Todos los intereses contribuyen al bienestar general, pero ninguno de un modo tan inmediato como los intereses materiales.
    Como la industria, es decir el trabajo, como la inmigración y colonización, es decir los brazos, como los capitales no son más que los agentes e instrumentos de la producción de las riquezas, se infiere que las leyes protectoras de esos medios son otras tantas leyes protectoras de la producción, las cuales tiene sus principios protectores en la Constitución, sin ser estos arbitrarios ni otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional.
    Novedoso:
    Alberdi hace denotar que el peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del fisco, y como es que hemos adoptado el mismo sistema que teníamos durante los tiempos de la colonia y que fue el error fundamental de la economía Española.
    Establece que somo un país de complexión fiscal, un pueblo producido para generar rentas reales, y que no se aniquila un régimen como este por decreto, aunque sea constitucional, sino por la acción lenta de otro nuevo, cuya creación cuesta el tiempo mismo que costo la formación del malo, y muchas veces mas, porque el destruir y olvidar es otro trabajo anterior. el moderno régimen esta en nuestros corazones, pero el colonial en nuestros hábitos.
    Preguntas:
    1-¿Cual cree que es el mejor sisea de tributos para mejorar las rentas de la Nación si que esto afecte el crecimiento del País?
    2-¿Considera que realmente existe un pie de igualdad para todos los que quieran habitar suelo argentino?
    3-¿Realmente todos los intereses contribuyen al bienestar general?

  37. Resumen
    El preámbulo de la constitución expresa el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad, para todos nosotros y para los hombres de todo el mundo que quieran habitar el suelo argentino. Según el, todos intereses contribuyen al interés general, pero ninguno de modo tan inmediato como los intereses materiales.
    En el segundo capitulo enumera los derechos y garantías protectoras de la producción. Pasa a enunciar las garantías comunes a los modos de producción: a) la producción agrícola b) la producción comercial y c) la industria fabril con su correlativos derechos: la libertad económica, la igualdad, la propiedad, la seguridad personal y la instrucción. Sucesivamente analiza las que se relacionan con cada género de producción en particular. Al analizar la agricultura sugiere que la constitución debe organizar su libertad y desembarazarla de toda traba y obstáculo facilitando todos los medios para poner a su alcance los recursos y manantiales de riqueza. Respecto a la producción comercial esta goza de garantías especiales para no poder ser derogada por reglamentos dictados involuntariamente por la rutina que gobierna las nociones económicas de todo legislador ex colono, dotándolo de libertades auxiliares. Otro modo de afianzar estas garantizas es la adhesión a tratados internacionales que las contenga como un modo de evitar que por la versatilidad de nuestra democracias sud-americana sean destruidas. Finalmente al analizar la situación fabril de país sostiene que debemos elegir el sistema que conduce a la libertad rechazando toda prohibición y exclusiones.
    Lo más relevante:
    Lo que resulta mas descatable del texto fue un concepto que expreso “La Constitución Argentina es la primera que distingue la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno. El verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.
    El peor enemigo de la riqueza del país ha sido la riqueza del Fisco, después de ser maquinas del Fisco Español, hemos pasado a serlo del Fisco Nacional, siempre maquinas serviles de rentas, que jamás llegan, porque la miseria y el atraso nada pueden redituar. No se aniquila un régimen por decreto, aunque sea constitucional, sino por la acción lenta de otro nuevo, cuya creación cuesta el mismo tiempo que costo la formación del malo, y muchas veces más.
    Preguntas:
    ¿De que manera reorganizar el sistema fiscal argentino de manera que no distorcione las garantías constitucionales establecidas para los modos de producción enunciados?
    ¿De que manera podría liberarnos de las trabas a las importaciones y retenciones a las exportación sin que esto afecte el normal desenvolvimiento de país?
    ¿Cuál serian los índices correctos para medir la riqueza de la Nación y separadamente la del Fisco?

  38. Resumen
    Alberdi parte de la base de entender cuál es la función que cumplen las disposiciones de la Carta Magna en torno a la política económica, entonces encuentra en su preámbulo la de promover el bienestar general y asegurar la libertad de todos. Entiende en materia económica que la riqueza del país debe tener como premisa la libertad de producción, la cual haya su salvaguarda en las disposiciones de la ley fundamental. Pero a su vez, distingue entre la riqueza del gobierno y la del país, señalando que hasta el momento –como herencia de un sistema colonial- el peor enemigo de la riqueza del país había sido la riqueza del fisco. Retomando lo que expuso en la introducción, señala que la acción combinada de los factores productivos se desarrolla en la agricultura, la fábrica y el comercio, y busca en la Constitución las garantías que les permiten conducir a la riqueza: libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción
    Lo novedoso
    Algo interesante que se haya en estos capítulos es un concepto muy recordado de su obra más conocida, Bases y puntos de partida y lo vemos cuando escribe que la Constitución busca asegurar la libertad para todos los hombres del mundo que busquen habitar el suelo argentino. Es la forma más saludable de entender a cualquier persona que colabore en la producción de riqueza de nuestro país.
    También es interesante entender la relación que plantea entre la riqueza del fisco y la riqueza del país, no es cierto que Alberdi defina categóricamente que la riqueza del gobierno siempre va en detrimento de la del país. Más bien, entiende que la riqueza del fisco debe estar puesta al servicio del desarrollo económico nacional, y que por el contrario le es nociva cuando pretende subordinarla.
    Preguntas
    1) Del modo que el autor entiende la relación entre la recaudación y la riqueza del país ¿Qué rol le asignaría al Estado en materia de Educación y Salud?
    2) Partiendo de que la Constitución busca garantizar la libertad de todos los hombres del mundo que quieren habitar el suelo argentino, ¿Cómo entiende que debiera obrar la ley frente a la fuga de capitales?
    3) En el marco de la libertad en el empleo de los factores productivos, ¿cómo se armonizan los factores capital y trabajo?

  39. Resumen:
    Los capítulos 1 y 2, del libro Sistema económico y rentístico de la confederación Argentina, hablan principalmente de la libertad de todo género, y cómo ésta es asegurada por la Constitución.
    Asimismo establece que la producción de riquezas tiene como instrumentos al trabajo, el capital y la tierra. Y que casi siempre la acción es combinada, de los tres agentes mencionados y se operan de tres modos: agricultura, fábricas y comercio.
    Las garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial; son la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción.
    Dispone que “Para saber qué clase de protección, qué clase de privilegios y de recompensas ofrece la Constitución como medios, es menester fijarse en los fines que por esos medios se propone alcanzar”.
    Como aspecto relevante considero por un lado, la distinción que hace sobre la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno, siendo la última una rama accesoria de la primera; “el peor enemigo de la riqueza del país ha sido el fisco”.
    En lo concerniente al socialismo “Nivelar el trabajo del imbécil con el trabajo del genio”.
    También me parece trascendental cuando manifiesta la “necesidad de moral y religión, sirve a los intereses del trabajo industrial, curándole de una llaga afrentosa”; o cuando aspira alejarse del derecho realista, por ejemplo que no haya más distinciones entre las personas, que todos sean iguales, la eliminación de mayorazgos, establecer principios republicanos, etc.
    Por último esta frase “Más que la inteligencia de las artes, importa que la juventud aprenda en esas escuelas a honrar y a amar el trabajo”.
    Preguntas:
    – Queriendo desvincularse del sistema del antiguo régimen colonial, en cuanto a impuestos, ¿Por qué estamos retrocediendo y volviendo a dicha época de la cual nos “liberamos”?
    -Una persona que es instruida y trabaja, es una persona libre, en contraposición del “hombre indigente” que es libre solo conforme al nombre; éste “no tiene opinión, sufragio, ni color. Lo da todo a cambio del pan, que no sabe ganar por el trabajo”; ¿Será por esto que la educación está siendo pulverizada, al igual que la conciencia del trabajo?
    -Tomo la frase del Alberdi: “Los privilegios y recompensas de estímulo, que también admite como medio de protección, ellos son aplicables a las invenciones o importaciones de novedades de grande utilidad…” ¿Por qué hoy se premia al que no hace nada, al que no trabaja, al que no estudia, y al que roba será para ganar más votos?

  40. Resumen:
    En el primer capítulo, Alberdi se dedica a reflexionar acerca del preámbulo:
    En el preámbulo de la Constitución, se pronuncia o enumeran la cantidad de derechos y garantías que pretende asegurar la Nación, para la producción de riquezas, trabajo-capital- tierra, proclamando el bienestar general y los beneficios de su libertad, ““promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para todo aquel que quiera habitar el suelo argentino”.
    En el segundo capítulo, se dedica a reflexionar acerca de las garantías de la producción en general:
    Alberdi enumera las garantías comunes de los tres medios de producción (agricultura, fábricas y comercios) que combinados hacen a la producción de las riquezas, haciendo referencia a los distintos artículos de la constitución, en donde están garantizadas las libertades económicas y políticas.
    Las distintas libertades son las que permiten la producción de la riqueza y el bienestar general, y que si la libertad, sobre todo el trabajo libre, no se respeta, se caerá en la miseria y en la escasez. Toda ley que quiera organizar la libertad económica, la restringe, atenta contra la Constitución y contra la riqueza nacional; porque todos son iguales ante la ley del trabajo, que preside a la producción de las riquezas. La igualdad económica es un medio de enriquecimiento y de prosperidad, y toda ley contraria al principio de igualdad daña la riqueza y el bienestar de la república.
    Luego Alberdi hace énfasis en la propiedad, considerada como principio general de riqueza. El arrebatar el derecho exclusivo de cada ciudadano al uso y goce de su propiedad, hace imposible la riqueza, es el derecho de cada hombre de usar y disponer ampliamente de su trabajo, capital y tierras para su producción; por lo que la propiedad solo tiene valor cuando es inviolable por ley.
    De aquí el art 18 el que contempla la seguridad individual de cada uno de los ciudadanos a los que protege y contempla.
    Aspectos relevantes:
    Me parece asombrosa la mirada de Alberdi acerca de la libertad en dicha época, independientemente si esto se cumple o no en la realidad fáctica. Fomentando la inclusión social y sobre todo el trabajo para los habitantes del suelo argentino, promoviendo la inmigración, que traería nuevos conocimientos. Diferenciando claramente la riqueza de la población de la riqueza del Estado.
    Preguntas:
    ¿Cree que las libertades están siendo limitadas en la actualidad?
    ¿Considera los impuestos a las ganancias son restricciones al crecimiento de la población; dado a que se lo lleva el Estado?
    ¿ Sigue pensando acerca de la inmigración, de la misma manera en la actualidad?

  41. Resumen:

    En el Capítulo 1, Alberdi, por un lado, analiza el artículo 75, inciso 18, que establece la facultad del Congreso de legislar teniendo como objetivo la riqueza del Estado, su progreso y el bienestar, pero, y esto es lo que más destaca el autor, limitando sus medios a, principalmente, la promoción de la inmigración y colonización, de las industrias y de la importación de capitales extranjeros, y, por otro lado, distingue nuestra Constitución en cuanto a que separa la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno, y antepone la primera a la segunda, para, en el final, incorporar un párrafo sobre lo que en Economía estudiamos como “instituciones”, cuando escribe que: “No se aniquila un régimen por un decreto, aunque sea constitucional, sino por la acción lenta de otra nuevo, cuya creación cuesta el mismo tiempo que constó la formación del malo, y muchas veces más, porque el destruir y olvidar es otra trabajo anterior”.

    En el capítulo 2, Alberdi describe los principios constitucionales que protegen la producción de la riqueza a través de la agricultura, el comercio y la industria. Primero, aquellos que son comunes a las tres formas de producción: la libertad económica, establecida, principalmente, en el artículo 14, en sus diversas manifestaciones del derecho a trabajar y ejercer industria lícita, a entrar, permanecer, transitar y salir del territorio, a comerciar, y otros, no pudiendo las leyes que reglamentan su ejercicio limitarlos irrazonablemente; la igualdad económica establecida en el artículo ya citado, pero también el 15, y, sobre todo, en el 16, especialmente, en lo referido a la prohibición del trabajo esclavo para, entre otras cosa, redignificar y glorificar la idea de trabajo, único medio por el que “el hombre sacude todo yugo servil, y se constituye verdadero señor de sí mismo”, y también a la equiparación del extranjero al nacional, para impulsar la inmigración; la propiedad, como motivación para la producción, que tiene como premio la riqueza, y para la invención, a través de las patentes, limitando la facultad de expropiación del Estado a la existencia de una causa de utilidad pública declarada por ley del Congreso y al pago de una indemnización previa; la seguridad personal, que no son sino las garantías constitucionales del Derecho Penal; y la instrucción, en la que Alberdi reconoce la necesidad de una acción positiva por parte del Estado a través de la educación pública gratuita. Después, analiza la importancia que estos principios tienen específicamente para cada una de estas formas de producción.

    Elementos Interesantes:

    Un breve párrafo de estos dos capítulos fue lo que más me impresionó. Lo cito:
    “Son también contrarios al principio de igualdad económica, consagrado por la Constitución, las leyes y reglamentos protectores de ciertos géneros de producción, por medio de prohibiciones directas o de altos impuestos, que equivalen a prohibiciones indirectas.”
    Y esto especialmente por la poca atención que los sucesivos gobiernos en el transcurso de la Historia le han dado, máxime durante los últimos años. Los propios constituyentes de 1994 (y ni hablemos de los de 1949, si es que podemos llamarlos “constituyentes”) desoyeron la advertencia de Alberdi cual paredes de hormigón.
    Cito, para justificar lo que escribo, y por citar una cosa, que podrían citarse numerosas más, partes del artículo 75, inciso 19, con el que la Reforma pretendió complementar el artículo 75, inciso 18 (que antes era el artículo 64, inciso 16, al que, entre otros, hace referencia Alberdi):
    “Corresponde al Congreso: Proveer […] al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo […].
    “Proveer al crecimiento armónico de la Nación […]; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones […].”
    Reafirma y extiende esta idea en el final del segundo capítulo, cuando escribe que:
    “En efecto, los medios ordinarios de estímulo que emplea el sistema llamado protector o proteccionista, y que consisten en la prohibición de importar ciertos productos, en los monopolios indefinidos concedidos a determinadas fabricaciones y en la imposición de fuertes derechos de aduanas, son vedados de todo punto por la Constitución argentina, como atentatorios de la libertad que ella garantiza a todas las industrias del modo más amplio y leal, como trabas inconstitucionales opuestas a la libertad de los consumos privados, y, sobre todo, como ruinosas de las mismas fabricaciones nacionales, que se trata de hacer nacer y progresar. Semejantes medios son la protección dada a la estupidez y a la pereza, el más torpe de los privilegios.”

    Preguntas al Autor:

    1) ¿Qué piensa sobre el artículo 75, inciso 19 incorporado por la Reforma de 1994 como complemento del que era el artículo 64, inciso 16 (actual artículo 75, inciso 18)?, especialmente, ¿qué piensa sobre el establecimiento de nuevas facultades del Congreso sin una delimitación de los medios?, y ¿cómo afecta esto la enumeración de los medios que sí se hace en el inciso 18?

    2) ¿Por qué cree que la facultad de expropiación del Estado, si bien limitada, continúa siendo necesaria?

    3) Si la instrucción es, conjuntamente con la libertad económica, la igualdad económica, la propiedad y la seguridad personal, una garantía para la producción de riquezas, pero la educación pública necesita, a diferencia de para los otros principios, de un comportamiento, y no pasivo, por parte del Estado, ¿cómo evitar que este derecho sea garantizado únicamente en forma nominal, y no real?

  42. Resumen
    Alberdi en los capítulos 1 y 2 de su texto “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” comienza a explicar que la constitución argentina de 1853 en su preámbulo promueve el bienestar general y asegura los beneficios de la libertad, y cuando habla de libertad no se refiere únicamente política, sino también a la libertad económica, civil, religiosa. Estas libertades son las que permiten la producción de la riqueza y el bienestar general, por lo que, si se restringen atenta contra la Constitución y lograran que el país caiga en la escasez. El autor menciona los tres instrumentos que combinados hacen a la producción de las riquezas, que son la tierra, el trabajo y el capital, y los tres modos del trabajo industrial que son la agricultura, las fábricas y el comercio. Luego explica detalladamente los derechos y garantías que protegen la producción, como por ejemplo la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción. Las leyes deben fomentar la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles, entre otros. Por este motivo es que los legisladores, al momento de legislar, deben crear normas que protejan la producción. Es así como Alberdi afirma que toda ley que restrinja la libertad, afectando principalmente al libre trabajo, ataca la riqueza del ciudadano y el progreso del país.

    Hechos relevantes
    Considero como relevante como Alberdi hace hincapié en el fin económico que tienen las garantías de nuestra Constitución, protegiendo las libertades, pero principalmente el trabajo libre. De esta manera se logra fomentar la producción y lleva a un aumento de la riqueza nacional y crecimiento de la misma. Al mismo tiempo, la Constitución distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno y explica que el principal enemigo de la riqueza de un país es la riqueza del Fisco, pero este es un error que surge de la época colonial, y sostiene que solo podremos corregirlo por medio de un proceso lento de internalización. Nuestra Constitución Nacional ha realizado un gran cambio: la preponderancia que hace la misma constitución en la producción de la riqueza nacional por sobre la formación de la riqueza fiscal.

    Preguntas
    1- ¿Actualmente las garantías consagradas en la Constitución nacional logran promover la producción y consecuente crecimiento de la Nación?
    2- ¿Podría decirse que hoy en día el fisco continua siendo el peor enemigo de la riqueza de nuestro país? En ese caso, ¿en que etapa del proceso de internalización podría decirse que la argentina se encuentra, en pos de eliminar el error de la riqueza del fisco como peor enemigo?
    3- Hoy dia seguiría manteniendo la postura de que es fundamental que las normas al momento de crearse tengan como finalidad proteger las libertades para lograr el beneficio general? O existen otros medios también fundamentales para alcanzarlo?

  43. En el capítulo 1 Alberdi hace referencia a que en el preámbulo de la Constitución se establece el objetivo de promover y asegurar los beneficios de la libertad para todos los hombres que quieran habitar el suelo argentino. Dentro de dicha libertad considera la económica, ya que el desarrollo de la riqueza es esencial para la existencia del estado. En el segundo capítulo desarrolla los derechos y garantías constitucionales protectoras de la producción. Al hacerlo establece que existen garantías comunes a todos los modos de producción (libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción) y otras que son particulares de cada uno de los tres modos de producción: producción agrícola, comercial e industria fabril.

    Destaco como relevante en estos capítulos la forma en que la historia del desarrollo de nuestro país condicionó las normas constitucionales. Al tratar los principios y garantías relacionadas con la producción agrícola Alberdi explica que éstas no se encuentran prácticamente desarrolladas en la Constitución debido a que anteriormente a su sanción dicha forma de producción se encontraba ampliamente aceptada y desarrollada, resultando innecesaria su excesiva protección. La situación es la opuesta en el caso de la producción comercial debido a que ésta se encontraba oprimida durante el régimen colonial, siendo indispensable su regulación y protección para su desarrollo.

    Preguntas al autor:
    1) ¿Qué tan eficaces son estos principios y garantías para la obtención de la riqueza sin leyes que regulen su ejercicio?
    2) ¿Considera que podría hacerse un uso abusivo de las concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo por parte de los gobiernos de turno para obtener beneficios personales? De ser así, ¿cómo podría evitarse?
    3) En las condiciones actuales, ¿considera que es necesaria la inmigración para el desarrollo de la producción?

  44. En el Capítulo 1, introduce a la Constitución como elemento esencial para la producción de la nación antes que del Gobierno, riqueza pública antes quie riqueza del fisco, produciendo así un cambio en el paradigma tradicional respecto a los objetivos que se dieron históricamente. Un gran propósito se propone en el final del capítulo: Argentina debe dejar de ser un títere, de quien domina los hilos que es su propio fisco, y encaminar a la República a través de los preceptos constitucionales para la producción de la riqueza nacional con la producción.
    Ya en el Segundo capítulo, Alberdi se encarga de enunciar diferentes garantías y -libertades comunes – primero en general y luego en particular – que la Constitución otorga a los modos de producción, que son, sin ir mas lejos, los vectores para la creación de la riqueza nacional. En general para todos los modos, propone como pautas libertad, igualdad, seguridad, propiedad e instrucción. Llama la atención como en ciertos temas que parecen nada tienen que ver con la actividad económica, son en realidad trascendentales como por ejemplo, el juicio previo y su relación con la confiabilidad con el comerciante.
    Ahora, como mencioné anteriormente, se realiza un análisis en general pero también en particular. En este sentido, en lo que respecta a agricultura, comienza estableciendo su acepción amplia, sin reducirla al mero cultivo de cereales por ejemplo. Su análisis respecto a este modo se centra en una cosa: la agricultura es una de las mayores fuentes de riqueza que tiene el país, sin embargo el atamiento al monopolio con los españoles en cuanto a comercio nos impedía que se desarrollase: ésto ha de ser el motor de la Constitución, establecer absolutas libertades para este campo en base al «dejar hacer». En lo que respecta a la actividad comercial, equipara su nivel con los otros modos, desmintiendo a aquellos que pueden llegar a creer que no es de gran importancia. Para diferenciar este régimen del antiguo, le asigna al comercio y a la navegación un rol de derecho público y fundamental para todos los habitantes, junto con demás derechos auxiliares. En lo fabril, para poder avanzar y saltar los problemas ocasionados por las pésimas manos coloniales, organiza a través de un sistema de medios (libertad, privilegios y recompensas) la consecución de los fines propuestos por el art. 64 siendo alguno de ellos industria, construcción de ferrocarriles, importación de capitales.

    Aspectos relevantes:
    No deja de sorprenderme la actualidad que tiene esta escritura que data de dos siglos atrás. Más allá de eso, destaco la capacidad que tuvo Alberdi de poder buscar como motor de la nación a la riqueza de ella, y no del Gobierno, alejándose de cualquier tentación de poder promoviendo el bienestar futuro. Otra cosa que creo importante es la gran importancia que le da tanto a la seguridad, que en un nivel actual la aplico a nivel institucional; a la propiedad pero también y sobre todo a la educación. Es trascendental ver como con el tiempo parece que las escuelas técnicas han ido desvaneciéndose en determinados lugares, y nadie se percata lo valioso que es lo que ahora llamaríamos «enseñanza de oficios».

    Preguntas:
    Otorgaste diferentes potestades al Congreso ya que en él los representantes se encargarían de dirimir cuestiones «solemnemente»: ¿que piensas cuando límites, por ejemplo, impositivos, se votan a través de lo que se denomina una mayoría automática? ¿Que dirías de esa forma de hacer política a los legisladores?
    ¿Crees que una inmigración masiva, ya sea europea, o de donde sea, permite una continuidad de valores nacionales sin mucha pérdida?
    ¿No hizo falta alguna suerte de artículo inderogable en la Constitución respecto de la libertad del país, de manera tal que cada nuevo gobernante no lo interprete de la forma que más le conviene a él y su séquito sino a la sociedad entera?

  45. Alberdi comienza haciendo describiendo que es, la Constitución Federal Argentina de 1853, y que es lo que ella debe promover, o sea, bienestar general y asegurar la libertad económica, dice que es la primera en distinguir la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno.
    Sostiene que la producción de riquezas parte de la acción combinada del trabajo, el capital y la tierra y que estos factores de producción operan de tres modos: la agricultura, las fábricas y el comercio.
    Prepondera sobre todas las cosas la libertad, y defiende un sistema económico liberal por lo cual sienta los pilares básicos para que este sistema económico funcione, y estas pautas son la libertad en sentido amplio, la propiedad privada, la igualdad ante la ley, la seguridad jurídica.
    Luego describe cuales son los derechos y garantías que protegen estos principios, los que están detallados en la constitución.
    En cuanto a lo más importante del texto, creo que es la defensa que hace a la libertad individual, está muy claro cuáles eran las políticas de gobierno que pretendían llevar adelante.
    También me parece súper importante distinguir la riqueza de la nación de la riqueza del gobierno, y el hecho de que le conceda al poder legislativo, el menos concentrado de los tres, la tarea de llevar adelante las tareas de prosperidad del país
    En cuanto a las preguntas, en un país de tan extenso territorio con culturas tan diversas incluidas en el ¿es posible hablar de una sola nación entendiendo como tal: Nación es el conjunto de personas, por lo general de la misma etnia, que hablan el mismo idioma y tienen las mismas costumbres, formando de esta manera un pueblo? ¿ Y entonces no sería necesario un gobierno que núclee sus riquezas?.
    Frente a tanta libertad no es posible la acumulación de capital y la especulación financiera alejándonos de los principales factores de producción?

  46. Resumen

    Comienza Alberdi en el capítulo 1, haciendo referencia al Preámbulo de la Constitución argentina, que tiende a promover el bienestar general y a asegurar los beneficios de la libertad (no la libertad política exclusivamente, sino la libertad de todo género) para todos los habitantes del suelo argentino.
    Las leyes protectoras de los medios de producción de la riqueza nacional (trabajo, capital y tierra) no pueden ser arbitrarias ni deben ser otras que las leyes orgánicas de la economía constitucional. El peor enemigo de la riqueza ha sido la riqueza del fisco. Por ello, el sistema económico de la Constitución coloca a la nación primero que el gobierno, la riqueza publica antes que la fiscal. No se aniquila un régimen por un decreto, aunque sea constitucional, sino por la acción lenta de otro nuevo.
    Continúa, en el capítulo 2, desarrollando los derechos y garantías protectoras de la producción. La acción de las tres fuentes productoras de riqueza, se opera de tres modos o formas del trabajo industrial: agricultura, fábricas y comercio.
    Alberdi, pregona que son garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial, la libertad; la igualdad; la propiedad; la seguridad y la instrucción.
    Todas estas son garantías que importan a la producción de la riqueza argentina y a su progreso. Toda ley, todo decreto, todo acto que restrinja o comprometa el principio de libertad es un ataque a la riqueza de ciudadano, al Tesoro del estado y al progreso material del país.
    El trabajo, el capital y la tierra, no pueden desempeñar sus funciones productoras, ni la riqueza puede desarrollarse cuando el hombre no ve asegurado el señorío de su persona por el apoyo de la Constitución (imponiendo a la legislación orgánica y reglamentaria un solo deber: dejar hacer, dejar pasar) contra las agresiones de la ley, de la autoridad y del interés individual.

    Las libertades aseguradas al comercio y a la navegación, no son sino derechos concedidos a la producción económica: la libertad es el medio, no el fin de la política de nuestra Constitución. Cuando se dice que ella ha hecho de la libertad un medio y una condición de la producción económica, significa que la Constitución ha impuesto al Estado la obligación de no intervenir por leyes ni decretos restrictivos en el ejercicio de la producción o industria.

    Aspectos relevantes

    Alberdi instaura la necesidad de abstenerse a promulgar leyes prohibitivas y comprometerse a derogar las existentes que atenten contra la libertad. Considera que tanto la libertad individual como la no intervención del Gobierno son dos fundamentos que expresan el mismo hecho.
    Sin embargo, a pesar de su firme posición liberal, admite “privilegios y recompensas de estímulos”, entendidas como medios para fomentar nuevas industrias, importaciones e invenciones de gran utilidad, pero no aplicar un monopolio taxativo, sino «premiar» la novedad y propiedad intelectual. Los fines de estos privilegios deben estar orientados a promover la industria, inmigración, infraestructura, importación de capitales, etc.

    Preguntas

    Hoy día, ¿el desarrollo industrial se puede lograr sin proteccionismo?
    Teniendo en cuenta que la Constitución Argentina debe buscar la renta en los tres campos de su elaboración, a saber: la agricultura, el comercio y la industria fabril, ¿qué otros modos del trabajo industrial serían relevantes hoy en día?
    Considerando que entre fines del siglo XIX y principios del XX, Argentina fue un país con fuerte crecimiento, al punto tal que recibía inmigrantes de todas partes del mundo por las perspectivas de prosperidad que ofrecía ¿cómo se puede volver a ello? ¿cómo recuperamos el legado de Alberdi?

  47. El capítulo II de Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina, Alberdi lo dedica a desarrollar cómo a través de sus artículos la Constitución consagra los derechos y garantías protectoras de la producción. Considera que son garantías comunes a todo género de la producción la libertad, la igualdad, la propiedad, y la instrucción, ellos todos en su aspecto tanto moral y político, como material y económico. Al quedar protegidos se le aseguran las fuentes de riqueza y bienestar material al país.
    La libertad entendida en todos sus aspectos: a trabajar y ejercer industria lícita, de peticionar a las autoridades, de locomoción, de expresión, de asociación, de culto, de enseñar y aprender, y el repudio al trabajo esclavo debe garantizarse, y toda ley que restrinja la libertad, significa un ataque a la riqueza del ciudadano y el progreso de la Nación.
    La igualdad consagrada en los artículos 14, 15 y 16 de nuestra Constitución se refiere a la más amplia concepción igualitaria y todas sus derivaciones: ante la ley, ante el trabajo, del extranjero con el nacional, de los herederos, como principio de la imposición.
    La propiedad privada goza de la protección del derecho público. La protege combatiendo los males que la ponen en peligro como las expropiaciones, que deben ser mediante ley del congreso e indemnizada. Propicia y protege la propiedad intelectual, condenando el plagio. Garantiza la seguridad personal a través del principio de legalidad –art. 18-, el principio de reserva –art. 19- y condenando como traidores a la Patria quienes otorguen al Poder ejecutivo la suma del Poder Público -art. 29-.
    Por último, la instrucción pública se garantiza a través del art. 5, que impone a las provincias el deber de asegurar la educación primaria gratuita y del art. 64, que faculta al Congreso Nacional a desarrollar planes generales y universitarios.
    Finalmente, también faculta a Congreso Nacional a redactar los códigos civil, comercial y de minería en consonancia con los criterios de libertad económica detallados.
    Me parece destacable la moderna y actual concepción que tiene de la libertad y de la igualdad y la convicción de que la tiranía y el despotismo son causas de miseria. También es llamativa la claridad con que relaciona cada aspecto de la igualdad con una consecuencia directa económica como con la supresión de los mayorazgos o la abolición de la esclavitud para darle dignidad al trabajo de todos los hombres. Asimismo otorgarle al ciudadano la propiedad de los frutos de su trabajo, para que en búsqueda de satisfacer sus necesidades generara riqueza a través de la producción.
    Dr. Alberdi, de qué región del mundo cree que habría que procurar inmigración con miras a lograr un pase de conocimientos a los argentinos? Se puede establecer un paralelo entre el nivel de riqueza alcanzado por las distintas provincias y la predominancia en ellas de sistemas caudillistas, más allá de la letra de sus constituciones? Qué país de Latinoamérica le parece un modelo a tener en cuenta como ejemplo de respeto a las ideas que plasma nuestra Constitución?

  48. Capítulo 1

    Resumen

    Los intereses materiales contribuyen al bienestar general de forma inmediata. La industria, el trabajo, la inmigración, la colonización y los capitales son los instrumentos de la producción de las riquezas, las leyes protectoras de esos medios son leyes protectoras de la producción. Las garantías constitucionales protegen la producción.

    Aspectos importantes

    La Constitución Nacional busca asegurar los beneficios de la libertad, la libertad de todo género. La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno. Enriquecer el país, poblarlo, llenarlo de capitales es agrandar el Tesoro fiscal. El peor enemigo de la riqueza del país es la riqueza del Fisco. La Nación va primero que el gobierno. No se aniquila un régimen por un decreto, sino por la acción lenta de otro nuevo, cuya creación cuesta el tiempo mismo que costó la formación del malo, y muchas veces más.

    Preguntas

    1°) Alberdi: ¿Cómo llenarías de capitales nuestra Nación?

    2°) Alberdi: ¿Cómo fomentarías la creación de industrias?

    3°) Alberdi: ¿Cómo deberíamos hacer para abandonar esa antigua costumbre histórica colonial de ser máquinas fiscales?

    Capítulo 2

    Resumen

    Las riquezas naturales no son producidas. La producción de las riquezas es generada por la acción combinada del trabajo, el capital, y la tierra. La acción de estas tres fuerzas productoras, se opera de tres formas del trabajo industrial, son: La agricultura, las fábricas y el comercio. La libertad económica es para todos los habitantes, nacionales y extranjeros. El comercio es la producción o aumento del valor de las cosas por su traslación del punto de su producción al de su consumo. La propiedad es un principio general de la riqueza y un hecho meramente económico.

    Aspectos Importantes

    Son garantías comunes a todo género de industria y al ejercicio de toda fuerza industrial: La libertad, La igualdad, La propiedad, La seguridad y La instrucción. La escuela de Adam Smith demuestra que el trabajo libre es el principio esencial de toda riqueza. Sin seguridad jurídica la riqueza carece de estímulo y la producción de objeto. La economía socialista con el pretexto de organizar derechos, restringe el uso y disponibilidad de la propiedad, hasta a veces niega el derecho que ésta tiene de existir, y nivela el trabajo del imbécil con el trabajo del genio. Los inmigrantes disidentes son los más aptos para la industria. La libertad y la producción económica son principio y manantial de riqueza pública y privada. El trabajo es la fuente de la fortuna. El hombre indigente no sabe ganar su pan por el trabajo inteligente y viril. Voltaire decía que amaba la riqueza como medio de independencia y libertad.

    Preguntas

    1°) Alberdi: ¿De qué forma combinarías el trabajo, el capital y la tierra con el fin de generar riqueza?

    2°) Alberdi: ¿Qué ejemplo podrías darnos sobre la nivelación del trabajo del imbécil con respecto al trabajo del genio por culpa de la economía socialista?

    3°) Alberdi: ¿Cómo llegas a la conclusión de que los inmigrantes disidentes son los más aptos para la industria?

  49. CAPÍTULO I y II:

    RESUMEN:

    El preámbulo enumera disposiciones, entre otras cosas, tales como la de promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino.
    El sistema económico de la Constitución Argentina coloca la Nación primero que el gobierno, la riqueza pública antes que la riqueza fiscal.
    La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, que son: el trabajo, el capital y la tierra.
    Los términos en que la Constitución argentina establece el principio de igualdad dan a esta garantía un inmenso influjo en la producción y distribución de la riqueza. El artículo 14 establece que todos los habitantes de la Confederación gozan de las mismas libertades conforme a las leyes; el artículo 15 determina que en la Confederación Argentina no hay esclavos; el artículo 16 dispone lo siguiente en favor del principio de igualdad: todos sus habitantes son iguales ante la ley, y la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas; y el artículo 20 dice que los extranjeros gozan de todos los derechos civiles del ciudadano dentro del territorio de la Confederación.

    DESTACADO:

    La producción de las riquezas se opera por la acción combinada de tres agentes o instrumentos, que son: el trabajo, el capital y la tierra.
    La Constitución Nacional en su artículo 14 establece: “Todos los habitantes de la Confederación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, a saber: – de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y de aprender.”
    La libertad económica es para todos los habitantes, para nacionales y extranjeros. Derecho es el nombre y rango que la Constitución da a la libertad económica. Conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, es concedido el goce de las libertades económicas.
    REGLAMENTAR LA LIBERTAD NO ES ENCADENARLA

    PREGUNTAS:

    1) ¿El método para controlar la riqueza del Fisco es idéntica para países ricos y pobres?
    2) ¿Hasta qué punto puede considerar que la reglamentación no encadena la libertad?
    3) En base a lo descripto en su capítulo I y II ¿considera que se estaría violando la constitución nacional o las medidas tomadas son necesarias para el momento de la Argentina y el mundo y protección de sus habitantes?

  50. Resumen: Alberdi en este primer capitulo expone que el peor enemigo de la riqueza de la nación es la riqueza del fisco. Aquí también enumera los principios que la constitución reconoce y garantiza los orígenes de la producción argentina, donde la misma a su vez distingue riqueza de la nación, de la riqueza del gobierno, priorizando a la primera sobre la segunda en simples palabras, como nombra el autor la riqueza publica.
    En el capitulo numero dos Alberdi manifiesta que la producción de las riquezas se genera por la acción de tres factores esenciales, trabajo capital y tierra operándose por medio de agricultura fabrica y comercios.
    Y a modo de finalización son nombradas y explicadas cada una de forma detallada como infieren en la riqueza los principios de libertad igualdad, propiedad seguridad e instrucción

    Aspectos relevantes: llamo mi atención la frase donde dice en el capitulo uno que las leyes protectoras de la producción no pueden ser arbitrarias y deben ser puramente orgánicas. Otro aspecto nombrado en el mismo articulo es que al dejar de ser colonizados por España, pasamos a serlos de nuestros gobiernos patrios, convertidos en estados fiscales.
    En relación al capitulo dos, el hincapié que hace Alberdi a los principios sobre todo de libertad y propiedad, la forma en que para el influyen en la riqueza nacional, como la garantizan y la prosperan.

    Preguntas: que opina de la reforma constitucional que se quiere llevar a cabo?
    Es consciente que tenemos una constitución sumamente liberal, y que a nivel igualdad tal como expone en el articulo 16 no aplicado a toda la sociedad?
    La reforma constitucional realizada en 1949, luego derogada por un gobierno defacto en 1957, seria la mejor opción a nivel nación, para nuestro país, con el modelo económico que lleva adelante nuestro gobierno?

  51. Guía de Discusión

    Sistema económico y rentístico

    Capítulo I y capítulo II

    1) Resumen 10 renglones
    2) Lo nuevo o lo importante 10 renglones
    3) 3 preguntas al autor

    1) Resumen 10 renglones
    En el capítulo 1 y 2 lo que desarrolla Alberdi es la producción de las riquezas y los derechos y garantías que la protejen. El primer capítulo está escrito más a modo de resumen general, donde menciona que un rasgo distintivo de nuestra constitución es que se pone a la producción de las riquezas de la nación por encima de la del Tesoro público y que se diferencia notoriamente a aquella de la riqueza del gobierno. En el segundo capítulo, el autor realiza un desarrollo de los tres modos de trabajo industrial: agricultura, comercio y fábricas. Habla primero de las garantías y libertades comunes a las tres, y luego analiza en profundidad a cada una, haciendo notar que la libertad económica, la inmigración, la eneñanza pública, son algunos de los elementos más importantes y comunes a los tres modos de industria.

    2) Lo nuevo o lo importante 10 renglones
    Del primer capítulo, extraigo que lo más nuevo o importante se refiere a esta cuestión de que nuestra constitución es la primera de Latinoamérica en diferenciar la riqueza de la nación de la del gobierno y poner aquella por sobre ésta. También se destaca (y tiene que ver con lo que explica en la introducción) el hecho de que Alberdi sabe que la Constitución por sí sola no hará caer el régimen cultural que ya viene de la colonia, sino que será cuestión de mucho tiempo hasta que el régimen constitucional se arraiga a la cultura nacional.
    Del segundo capítulo hay numerosas novedades, pero en lo que más hace hincapié Alberdi es en hablar de los medios y fines que propone la constitución. Allí encontramos que dice que la libertad es el medio y no el fin para la producción de la riqueza, y dice que en economía política, la libertad del individuo y la no intervención del gobierno son dos locuciones que expresan un mismo hecho. En consonancia con esto, analiza que la Constitución requiere que el gobierno se limite a dejar hacer, dejar pasar y no estorbar para que la industria florezca, y que el Estado sí tiene algunos medios por los cuales puede fomentarla: enseñanza pública, inmigración y leyes protectoras, concesiones temporales de privilegios y recompensas de estimulo que no coarten a libertad en ningún aspecto.

    3) 3 preguntas al autor
    Situándome en el contexto, le consultaría a Alberdi sobre lo más ecomplicado de la cuestión que analiza, especialmente en el capítulo 2 sobre las leyes protectoras, los privilengios y recomensas de estímulo. Le preguntaría, ¿qué criterios objetivos podrían tomarse para que el legislador evite caer en una restricción de la libertad económica o de los derechos de propiedad de terceras personas al querer fomentar la industria en cualquiera de sus aspectos? ¿Existe claramente alguna herramienta constitucional que pueda utilizarse? ¿O quedará a criterio subjetivo de las mayorías legislativas de cada gobierno la interpretación de este punto, con el consecuente riesgo de que en el futuro ocurran la ruina y la miseria del país a causa de una intervención estatal desastrosa en la economía que provoque la destrucción de la riqueza de la Nación?

  52. Resumen

    Se hace especial énfasis en la importancia de que la Constitución no sea letra muerta. La diferencia entre nuestro “espíritu liberal” y nuestras “costumbres colonialistas”.
    También se trata el tema de que la regulación que se da a los principios de la Constitución deben ser libertad, y no la vieja tradición española de restringir.
    La mejor forma de engrandecer la patria es dejando libre los capitales y brindando la libertad que tanto asegura la Constitución, de la que hace un buen análisis.

    Aspectos relevantes

    Me sorprenden algunas interpretaciones de ciertos términos, que hoy en día se toman diferentes.
    A lo largo del libro se trata de restringir la interpretación de la Constitución a lo que en ese momento, ese autor, entendía. Es sumamente útil para entender como se pensaba e interpretaba en ese momento.

    Preguntas al auto
    ¿Cómo entendería el nuevo rol que tomo el Estado con los derechos de segunda y tercera generación? ¿Esto ha desvirtuado el carácter que tenia la Constitución de 1853? El hecho de que pueda haber incentivos a la producción, ¿solo debería tomarse como la extrema libertad o puede haber incentivos económicos?

  53. Alberdi hace hincapié en cómo el preámbulo de la CN se le da importancia a la libertad en todas sus formas e incluso se promueve el bienestar general no sólo para los habitantes de la república, sino también para todos los extranjeros que quieran habitar el suelo argentino, promoviendo también la inmigración. También diferencia la riqueza de la nación de la riqueza del fisco, y atribuye la unión que hasta entonces había, con el sistema colonial del cual todavía se había desprendido, y el cual el considera que va a ser un proceso largo.

    Me resulta interesante el hecho de que Alberdi estuviera tan a favor de la inmigración y de la igualdad de condiciones ante la ley de los residentes y los extranjeros. Incluso plantea que los inmigrantes pueden instruir a los argentinos en diversos trabajos.

    Una vez escuché decir que Alberdi había favorecido la inmigración pensando en determinado tipo de gente, personas educadas, de buenas familias, pero en cambio vino gente de menores recursos, algunos ni siquiera educados. De haber sabido esto, ¿hubiera apoyado tan fervientemente la inmigración? ¿cree que las cosas se hubieran dado de manera diferente si hubiera sido otro tipo de personas?

  54. Desde el Preámbulo de la Constitución la libertad aparece mencionada, no solo habla de la libertad civil sino también religiosa, política y económica. Considero que la libertad es muy importante. Continua hablando del trabajo, la tierra, el capital, operando éstos por medio del comercio, las fábricas, la agricultura, asi podemos mencionar entre otros los art. 14, art 15, art 16, art 17, art 19, art 20. Otros principios ademas de la igualdad, son los de la propiedad, la seguridad y dichas garantías no pueden ser alteradas por leyes que reglamenten su ejercicio. Alberdi sostiene que la libertad es fundamental para el desarrollo y la producción de la riqueza, dándole al Estado el poder de garantizarla a traves de derechos.
    1- En este momento que opinaria de la Inmigración?
    2- En este momento opina que se logró abolir la esclavitud (pensando en trabajo esclavo, trata de personas, trabajo infantil)?
    3- Podría mencionar otras garantías?

  55. En estos capítulos Alberdi propone que la riqueza del fisco es destructora de la riqueza de la nación. Hace hincapié en el progreso y bienestar del estado y señala como punto de partida la inmigración calificada y la atracción de capitales. Asimismo, deja entrever que las normas no son modificatorias de la realidad, sino que crean una guía, para que a partir de su nacimiento sean observadas por la sociedad en su conjunto. Asimismo, en el capítulo 2, explicita los diversos artículos constitucionales que favorecen la libertad en materia económica, producción y desarrollo.

    Lo que me parece más destacable de esta exposición de Alberdi, es el quiebre y divorcio que propone en cuanto a riqueza de la Nación y del gobierno. Ya visualiza en aquél tiempo, cómo algunos se aprovechan y en nombre del interés general actúan en procura de su beneficio propio. Realmente, estas ideas lo transforman en un visionario de la época, éstos temas son de una actualidad tan fuerte que no parecen haber sido escritas hace más de 150 años.

    Preguntas:

    1) ¿Como debe entenderse el término «inmigración europea» expreso en la constitución; como lo que es o como calificada?

    2) ¿Que hacer con la inmigración no calificada?

    3) Actualmente, ¿Sería posible pensar en una nación promotora del bienestar general? ¿Como podría pensarse con un fisco pobre?

  56. Resumen capítulos 1 y 2.
    Alberdi en el capítulo 1 habla sobre el preámbulo de la Constitucional Nacional Argentina (CN), que dispone promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad. Cuando habla de libertad refiere no sólo ala política sino también a la de género, civil, religiosa y económica. Para lograr el bienestar general hay que fomentar la industria que produce riquezas. Alberdi expresa que nuestra CN le da un rango preponderante a la producción de la riqueza nacional sobre la formación de la riqueza fiscal.
    En el capítulo 2 Alberdi sostiene que la producción de las riqueza se da gracias al trabajo, el capital y la tierra. Esto se opera mediante la agricultura, las fábricas y el comercio. A lo largo del capítulo el autor explica cada una de ellas y detalla como infieren en la riqueza los principios de libertad, igualdad, propiedad, seguridad e instrucción.

    Me pareció interesante la explicación del autor de cómo los principios de propiedad y libertad influyen en la riqueza nacional.

    Preguntas:
    1- ¿Por qué motivo la CN le da más importancia a la riqueza nacional que a la riqueza fiscal?
    2- ¿No considera que debe haber un límite a la libertad para que no se cometan excesos y pueda de esa manera disfrutarse de los beneficios de la libertad como corresponde?
    3- ¿Es fundamental la libertad para la producción de riquezas?

  57. Me había quedado pendiente el resumen de la introducción, cosa que haré a continuación:
    En la Introducción, Alberdi hace una presentación inicial de su obra. Sostiene que la CN sigue la escuela económica industrial, representada por Adam Smith. Como seguidora de aquella corriente, la Constitución proteje libertades económicas rodeando de garantías y seguridades a las fuentes de riqueza de la Nación (que son el trabajo, la tierra y el capital y a todo el círculo de su triple empleo (la agricultura, el comercio y las manufacturas). Alberdi asegura que la economía política es un «caos» y que es fácil que el legislador se desvíe de la Constitución y altere sus principios con sólo adoptar principios opuestos en las leyes y reglamentos. Además de tratar la riqueza producto de los recursos de producción, trata cómo ella se reparte y cómo el gasto público debe ser administrado y solventado. Por ello, divide al estudio que hará de la CN en tres partes: Primero, el examen de las disposiciones de la Constitución, que se refieren al fenómeno de la producción de la riqueza; segundo, el estudio de los principios constitucionales, que se refieren a la distribución de la riqueza; y tercero, al examen de las disposiciones relacionadas con los consumos públicos.

    Como hecho interesante podría destacar el movimiento que era popular en aquella época, el liberal. Que implicaba la mínima o, directamente, la no intervención del Estado en el Mercado. Es interesante cómo se aseguraban las libertades más amplias intentando que los movimientos del Mercado no se vean afectados por políticas públicas.

    Preguntas:
    1)¿Cree que la extrema libertad económica, como usted la concebía, funcionaría en la actualidad?
    2)¿Que diría acerca de la crisis ocurrida en el año 2001, producto residual del neoliberalismo y de la poca intervención del Estado?
    3)¿Si obviamente hipotéticamente pudiese reformar la CN en este año 2015, cambiaría alguno de sus puntos en lo relacionado a las garantías? ¿Cuales?

  58. En el capítulo 1, Alberdi comenta acerca de las miras del preámbulo de la CN, entre los que se encuentran «promover al bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino». La libertad que se asegura, aclara, es de todo género. Para lograr alcanzar esos objetivos que se proponen, se estudia el antiguo art.64 incº16 de la Constitución, que le da al gobierno legislativo el poder de realizar todo lo que puede ser conducente a la prosperidad del país. De forma innovadora comparado al antiguo régimen, coloca la riqueza pública antes que la riqueza fiscal y a la Nación por sobre el Gobierno.

    El capítulo 2, Alberdi trata las garantías y libertades comunes a los tres instrumentos (tierra, trabajo y capital) y a los tres modos de producción (la agricultura, las fábricas y el comercio). Acto seguido, comienza a explciar ciertas garantías comunes a los tres, entre las que se encuentran la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la instrucción; vistos en sus aspectos, moral y político, y material y económico.Dentro de estas garantías de libertad e igualdad en sus relaciones con la producción económica, trata al art. 14, 15, 16, 17, 18 y 19 entre otros de la CN, dentro de los cuales resalta la libertad económica, el derecho al trabajo y a ejercer toda industria, la libertad o derecho de petición, el derecho de locomoción, la libertad de publicar por la prensa, la libertad de usar y disponer de su propiedad, entre otros. Con respecto a la instrucción, Alberdi habla de la educación primaria gratuita y de la educación industrial y comercial. Luego pasa a estudiar particularmente a los principios y garantía consitucionales que tiene relación con la producción agrícola, con la producción comercial y con la industria fabril, siempre garantizando la libertad económica,a través de leyes protectoras que cuiden la industria, la inmigración, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros, la seguridad individual, etc. Agrega Alberdi, casi para el final, que los medios emprleados por el sistema llamado «protector o proteccionista» (p.e. prohibición de importar ciertos productos) son vedados de todo punto por la Constitución argentina, como atentatorios de la libertad que ella garantiza a todas las industrias del modo más amplio y leal. Es decir, que el Estado debe abstenerse de estorbar y reafirma la supremacía de la Constitución Nacional.

    Me parece irónico descubrir la amplitud y el repertorio de cuestiones que protege la CN y que hoy en día se ven adulteradas. ¿Libertad de comercio sin ningún tipo de restricción o barrera? ¿Libertad para ejercer la industria? ¿Se pueden ver siquiera atisbos de los ideales que demuestra Alberdi en su obra? ¿Acaso pudimos proteger alguno de los puntos que él tan fervientemente sostenía? Como ciudadana de la República actual, lamentablemente no puedo decir que vea que muchos de estos principios aún son protegidos, en el sentido en que lo intentaba hacer Alberdi.

    Preguntas:
    1)¿Con las nuevas tecnologías que fueron surgiendo en las últimas décadas, considera que hay nuevos modos de producción o sigue limitando estos al comercio, la agricultura y la industria/fábricas?
    2) ¿Considera que los subsidios son «privilegios»?
    3) ¿Cree que en estos momentos se podría restringir toda intervención del Estado en el Mercado, quitando todas las excesivas barreras impositivas y las barreras de exportación e importación, no haciendo que el país caiga en crisis y permitiendo que salga a flote?

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