Se destapa la corrupción en la Aduana: Alberdi dice, además, que no es instrumento de protección

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico referirse al papel que cumple la Aduana:

“La aduana es, sobre todo, el medio que ha mantenido al mundo español desierto y silencioso como una eterna Necrópolis. A la España pertenece la restauración en la Europa moderna de esta máquina de guerra industrial, inventada por el despotismo romano.

Baste observar que la aduana, considerada como impuesto, debe su origen al despotismo de los emperadores de Roma, para reconocer que el comercio y la industria, tan menospreciados por el gobierno de esa época, no merecían la menor atención de la política económica que inventó este impuesto. Las modernas naciones industriales lo han conservado, sin embargo, contra sus intereses por la obra de sus gobiernos, mejor servidos por ese impuesto sordo que la prosperidad de los pueblos ajenos a la dirección de sus destinos.

«A la política de Augusto, dice Flóres Estrada, es debido el establecimiento de las aduanas. Para asegurar su autoridad usurpada y su naciente despotismo, ocultando al pueblo las vejaciones que pagaban, inventó tener a su disposición una. suma considerable, sin necesidad de tener que pedir jamás subsidios a los pueblos. Carlos I de España, fértil en recursos para llevar a cabo sus ideas ambiciosas y tener sometidos a la voluntad sus dominios, hizo revivir este establecimiento olvidado ya en la Europa».

Los Españoles (nos dice el mismo autor) no conocían las aduanas. En los siglos XII, XIII y XIV el comercio que se hacía en toda la península, y particularmente en las provincias de la corona de Aragón, era inmenso. Hasta entonces toda la renta de los reyes se componía de las propiedades de la corona, de algunas obvenciones extraordinarias y de los únicos impuestos de la alcabala y de los cientos, contribución sobre toda mercancía, que primero fue de un cinco por ciento y después de un diez.. Desde fines del siglo XIV hasta mediados del XV, a medida que avanzaban las conquistas de los españoles y cedían el campo sus antiguos vencedores, se hacía sensible la decadencia de España. A Carlos I, el primer monarca de España que organizó metódicamente el despotismo, se debe el bárbaro reglamento de aduanas, estableciendo en 1529, y con él la ruina de la Nación, dice el brillante y sabio economista español.

El hecho es que por resultado de ese sistema aduanero y de otras instituciones económicas, o mejor, anti-económicas de su jaez, sin incluir la pérdida de los dos millones de Arabes expulsados por Felipe III, el resto de la población se halló disminuida en más de una mitad, pues en 1715, según aparece de un censo practicado entonces, no excedía la población de seis millones, al paso que en 1688 todavía constaba de doce millonesb.

El economista español, que acabo de citar, mencionado por Blanqui, del Instituto de Francia, en su Historia de la economía política, como uno de los primeros tratadistas de Europa en ese ramo, Flóres Estrada, opinaba en su libro citado por la abolición absoluta de las aduanas, y aun sin retribución o reciprocidad de otras naciones.

Si tal sistema fuese admisible en la hipótesis de la ciencia, por hoy fuera inaplicable a la República Argentina, que coloca por el art. 4 de su Constitución el producto de derechos de importación y exportación de las aduanas en el número de las fuentes de su Tesoro nacional. – Por su art. 64 da al Congreso el poder de legislar sobre las aduanas exteriores y establecer los derechos de importación y exportación que han de satisfacerse en ellas.

La aduana entra, pues, en el número de los males inevitables de la República Argentina, como figura en las rentas de los países más libres de la tierra. Es un legado doloroso de los errores de otros siglos.

Sin embargo, al legislador le incumbe reducirlo a sus menores dimensiones, dándole el carácter preciso que tiene por la Constitución, y poniéndolo en armonía, como interés fiscal, con los propósitos económicos, que la Constitución coloca primero y más alto que los intereses del fisco.

  • V

Carácter económico de la Aduana según la Constitución argentina. Es un impuesto, no un medio proteccionista ni exclusivo. Debe ser bajo el impuesto, y fácil la tramitación para no despoblar.

¿Qué es la aduana en el sentido de la Constitución argentina? Sus palabras textuales lo declaran: Un derecho de importación y exportación es decir, Un impuesto, una contribución, cuyo producto concurre a la formación del Tesoro, destinado al sostenimiento de los gastos de la Nación.(Art. 4 y 64).

Fuera de ese rol y carácter, la aduana no tiene otro en las rentas argentinas.

Luego ninguna ley de aduanas, orgánica de la Constitución en ese punto, puede hacer de la aduana un medio de protección, ni mucho menos de exclusión y prohibición, sin alterar y contravenir al tenor expreso de la Constitución.

27 pensamientos en “Se destapa la corrupción en la Aduana: Alberdi dice, además, que no es instrumento de protección

  1. En éstos párrafos, el autor hace notar la clara diferencia existente entre Europa y Sud América en cuanto a la población. Dice que la Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, viendo en ella la posibilidad de alcanzar la civilización y el bienestar del país. Para ello, contiene medios de fomentar la población: unos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, para traer pobladores y fundar colonias, y, otros son indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea. Los medios realmente poderosos (dice el Alberdi) son los medios indirectos. A través del articulado de la Constitución Nacional, se favorece a la población fijando el carácter de la aduana como impuesto y no como medio de protección y de exclusión. Luego, se habla de la abolición de aduanas interiores y nuevamente se remarca la libertad, igualdad, propiedad y seguridad a todos los habitantes sin exclusión de extranjeros.

    El Dr. Alberdi se inclina por aquel sistema que protege la población espontánea, entrega el fenómeno de la población a las leyes económicas que son inherentes a su desarrollo normal. Dice que la población es un movimiento instintivo, y que las naciones no son la creación, sino las creadoras del gobierno. Por ello resulta importante destacar el análisis que hace en cuanto a la aduana. La misma debe su origen al despotismo de los emperadores de Roma, para reconocer que el comercio y la industria no merecían la menor atención de la política económica. Actividades que como se ha señalado en párrafos anteriores implican la importancia máxima para un país hoy en día. La Constitución Nacional ve a la aduana solamente como un derecho de importación y exportación, una contribución para formar el Tesoro, jamás va a significar un medio de protección, exclusión o prohibición.

    ¿Para Alberdi, la Aduana seguiría cumpliendo los fines y objetivos por él concebidos o creería que los mismos se desvirtuaron?, ¿Qué opinaría hoy acerca de la economía política de Chile?, ¿Se habrá satisfecho para el Dr. Alberdi, actualmente, la necesidad de poblar el país?

  2. Alberdi explica que la Constitución de la Confederación Argentina para alcanzar la civilización y el bienestar del país, entendió que era necesario poblarlo, haciendo de este el medio inevitable para lograr aquel fin. Para ello, la Constitución consagra, mediante artículos, un sistema de población directo consistente en medidas especiales encaminadas a fundar colonias, sin embargo, el autor sostiene que los medios indirectos son más eficaces ya que fomentan la población espontanea, en vez de la colonización. Con miras a atraer inmigrantes, (poblar), surge la necesidad de remover las leyes e instituciones coloniales que han despoblado el país, propiciando la libertad a la vez que garantizando la seguridad a las personas y a su propiedad, que es la misma libertad considerada en sus efectos prácticos.
    Llamo mi atención la consideración que hace el autor acerca de las aduanas, explicando que una de las maneras de alejar al extranjero es desconociendo por medio de leyes el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir de un territorio. Lo cual España ha puesto en práctica, alejando al extranjero y por lo tanto despoblando el territorio de la Confederación. Dice Alberdi, que la misma ha tomado el camino opuesto ya que su Constitución, con el fin de acrecentar la población, consagro estos derechos en favor de los inmigrantes. En todo esto, las aduanas cumplen el rol de ser un impuesto y no un medio de protección que han contribuido a volver desierto el territorio. Para revertir esta situación, la Constitución ha establecido que no habrá otras aduanas que las nacionales, prohibiéndose las aduanas interiores que obstaculizan el paso libre de personas y mercaderías dentro del territorio de la Confederación.
    PREGUNTAS QUE LE HARIA AL AUTOR:
    ¿Cómo se conduciría a la prosperidad del país colonizando tierras que son de propiedad nacional?
    ¿A qué se refiere cuando expresa que la aduana como impuesto constituye un “impuesto sordo” a la prosperidad de los pueblos? ¿Se lo debe entender como un impuesto contrario a la necesidad de poblar existente en aquel tiempo o que no atiende a ella?
    ¿Por qué no sería posible suprimir totalmente el impuesto aduanero?

  3. En esta nueva entrega se analiza el capítulo final de la segunda parte del libro del Dr. Alberdi, y en esta oportunidad es el turno de hablar y evaluar las disposiciones constitucionales que se refieren a la población de la República Argentina. En la primer parte comienza con una pequeña aclaración que consiste en afirmar que a la temática de la población en América son inaplicables las doctrinas Europeas debido a la desproporción entre ambos continentes. “La Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país” esta es una de las afirmaciones más importantes que hace el autor acerca de la importancia de poblar el suelo Argentino en esos tiempos. La Constitución reconoce dos sistemas: el de población artificial y el de población espontanea. Más adelante comienza a analizar la figura de la aduana como un medio de protección y exclusión, lo cual significa un medio erróneo para favorecer el crecimiento poblacional.
    Como punto para destacar en esta oportunidad, me resulta de interés el tema sobre los medios de poblar el territorio. Establece que estos medios se pueden agrupar en dos clases: algunos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, y están encaminados a traer pobladores y fundar colonias, y otros son indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones orientado a formar corrientes de población espontánea. La constitución Argentina consagra dentro de sus articulados los medios de población directos (arts. 25, 64 y 104). Pero es de mi especial interés como a pesar de que la Constitución propone estos medios, los más importantes o fructíferos son los medios indirectos tal como lo recalca Alberdi: “Los medios realmente poderosos son los medios indirectos, los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, en lugar de colonizar tierras desiertas”. Destacando así de manera indirecta si se quiere la necesidad de apertura en cuanto a la temática poblacional como económica, las cuales están íntimamente ligadas.
    TRES PREGUNTAS: ¿Considera que actualmente la aduana es un medio de protección y exclusión o funciona como un impuesto más? ¿El sistema aduanero no afecta la libertad económica? ¿Actualmente consideraría que la legislación está hecha para despoblar?

  4. Resumen: el autor en este capitulo da continuación al tema que empieza a tratar en el capitulo anterior sobre como poblar la confederación, entonces trata las disposición que hay en el texto de la constitución que refieren a la población, en ella se refleja el fin inmediato de poblar y era el fin mas poderos de alcanzar su fin ulterior de civilizar y darle bienestar al país. En América aumentar la población era sinónimo de extender el bienestar, se asiente el principio de que gobernar es poblar. La Constitución Argentina fue un ejemplo para América respecto del espíritu de hospitalidad y de fraternidad hacia el ciudadano extranjero otorgándole los mismos derechos que a los nacionales. Los derechos civiles declarados formaban un sistema protector de la inmigración espontanea y del aumento de población.
    Importante: el autor se refiere a la aduana como instrumento de despoblación, como un mal evitable de la república y es el legado doloroso de otros siglos. El legislador es quien debe reducir la dimensión y darle el carácter que la constitución pretende, darle un estatus armonioso, como un interés fiscal, con propósitos económicos que es donde la constitución pone en primer lugar de los intereses del fisco. Se debe condenar el impuesto aduanero exorbitante y que sea la población y la libertad los propósitos fundamentales. La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población. Otro tema que es para destacar es el de la seguridad porque Alberdi dice que donde exista seguridad de la persona y de la propiedad como hecho inviolable, entonces la población se desarrollara sola.
    Preguntas: Considera que actualmente la inseguridad es una causa de despoblación? Teniendo en cuenta que de aquella constitución ha pasado un siglo y medio, creería que estos temas están desactualizados y habría que modificar algunos aspectos que pierden sentido de aplicación? De ser afirmativo, como encararía el tema de los ciudadanos extranjeros?

  5. En el capítulo V de la parte 2ª de la obra de Alberdi se aborda el tema de las disposiciones constitucionales referidas a la población. Aquel hace una comparación entre Europa y Sud América sosteniendo que en la primera hay una población mayor con respecto a la cantidad de subsistencias que tiene y que estas se encuentran en pocas manos, habiendo pobreza y división social en consecuencia, surgiendo doctrinas económicas que según Alberdi van en contra de las libertades y la propiedad privada. Se sostiene que la Confederación Argentina no debe tener en cuenta esas doctrinas ya que tiene una mejor proporción entre la población y sus subsistencias, lo cual se debe a que tiene un territorio con poca población y con abundantes recursos. Establece Alberdi que hay dos maneras de poblar un territorio y contribuir así a generar riqueza: una directa y otra indirecta.
    La directa consiste en el fomento de las autoridades a la inmigración por el establecimiento de beneficios, cesión de tierras, etc. La indirecta implica tener un conjunto de garantías constitucionales que protejan las libertades de los habitantes, la propiedad privada, el debido proceso, que no haya regulaciones en exceso, etc.
    La Constitución argentina consagra ambas maneras de poblar el territorio, la directa en los artículos 64 y 104, mientras que la indirecta en los artículos 14, 16, 17, 18 y 20 de la norma. Alberdi prefiere la indirecta para poblar el país ya que responde al modo natural de cómo se dan los movimientos migratorios y además con las garantías que establece nuestra Constitución la población se incrementaría en pocos años. Alberdi también hace una comparación entre legislaciones que pueblan y otras que despueblan utilizando el ejemplo de España Y Estados Unidos, en el primer caso una legislación altamente restrictiva y arbitraria ha generado la expulsión de población mientras que en el segundo las amplias garantías que su legislación consagra ha fomentado la inmigración.
    También Alberdi está en desacuerdo con el establecimiento de aduanas ya que considera que va en contra del fomento de la inmigración, pero al estar aceptadas en gran cantidad de países las tolera pero con atribuciones recortadas para que no constituya un instrumento para despoblar.
    ¿Cómo vería actualmente el papel de la aduana ya que además de tener funciones económicas tiene funciones sanitarias?
    ¿Qué le parecerían las políticas migratorias restrictivas tan comunes en la actualidad?
    ¿A caso la aduana no forma pate del poder eminente del Estado por razines de seguridad?

  6. En materia de población, más que en ninguno de los otros objetos comprendidos en la división de la ciencia económica que trata de la distribución de las riquezas aumentar la población es extender el bienestar maximizando el resultado.

    Por esta cuestión la Constitución argentina aspiró ante todo a poblar nuestro suelo. Por ello contiene todos los medios de fomentar la población que reconoce la ciencia. En la ciencia y en la Constitución esos medios se reducen a dos clases principales. Unos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias consagrados por los artículos 25 y 64. Otros son indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea. Es doblemente eficaz y preferible el sistema indirecto, que protege la población espontánea, porque es el de la naturaleza. Ese sistema entrega el fenómeno de la población a las leyes económicas que son inherentes a su desarrollo normal. Porque la población es un movimiento instintivo, normal de la naturaleza del hombre, que se desenvuelve y progresa con tal que no se le resista.

    Sería un error pernicioso al aumento de la población, el comprender la aduana proteccionista en el número de los medios de proteger el establecimiento de nuevas industrias que autoriza la Constitución por sus artículos 64 (inciso 16) y 104. La Constitución autoriza allí todos los medios conocidos de protección en favor de la industria, con tal que no sea a expensas de la libertad, que es el supremo medio de protección reconocido por ese código. La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población, porque hace vivir mal, todo en obsequio de la industria local, que permanece siempre atrasada por lo mismo que cuenta con el apoyo de un monopolio que la dispensa de mortificarse en mejorar sus productos.

    Ahora bien si nos transportamos a la actualidad, situación en la que gran parte del territorio fue poblado, podemos observar que las nuevas corrientes inmigratorias que llegan principalmente desde américa latina, no en su totalidad claro esta, pero en determinados casos arriban al país en busca de una mejor calidad de vida y mayores oportunidades pero terminan reduciéndose estas expectativas a habitar por ejemplo tierras del estado, como es el caso de las villas, evadiendo así ciertos impuestos. Y que si bien el beneficio para el estado seguramente es el consumo y el trabajo que es lo que mueve la economía terminan estas situaciones afectando por otra vía el bienestar y orden público, etc. Entonces: ¿Cabría la posibilidad de establecer mínimos requisitos para la entrada a el país? ¿Poner un mínimo limite a la entrada de inmigrantes generaría mejor seguridad jurídica y estabilidad social a nivel global captando más interesados en venir al país en busca de progreso?

  7. El Autor en el Cap. 5 de esta Segunda parte, se va a detener analizando las disposiciones de la CN en materia de población. Destaca los contenidos de los artículos que se refieren a la misma y dan al extranjero igualdad de derechos que a los argentinos nativos, en todos los ámbitos fundamentales de la economía, partiendo de la Tierra, sumando Capital y Trabajo, sin esas restricciones con más despoblación que, por aquellos años el Autor veía como fracaso de España. Esa lucha de la opulencia contra la miseria, genera una desigualdad atroz que es lo no deseado para América, sigue diciendo. Como en todo su libro, es crítico de esas políticas llevadas adelante por España, en época de los Reyes Católicos, donde se expulsaron Musulmanes y Judíos profesionales y capacitados que habían generado riquezas por aquellos años. Es en este contexto que destaca el camino que ha elegido la Confederación para acrecentar su población, y lo hizo a través del Art. 14 de la CN entre los más destacados, reclamando que las leyes orgánicas cumplan su papel siguiendo ésa línea directriz. Rechaza las políticas aduaneras de Indias y reconoce dos enemigos para Sud América a combatir que son: El Despotismo y La Anarquía. Toma como ejemplo de prosperidad a Chile por sus últimos 20 años pero marca las diferencias con lo escrito para Argentina. Dice que:…” Chile ha buscado la paz que conviene al aumento de su población en el vigor del poder, más bien que en la expansión de la libertad y que en la rapidez de los progresos. – La Constitución argentina, cediendo a la índole de su país y a las exigencias de su suelo y posición, ha buscado la seguridad y tranquilidad que conviene al aumento rápido de su población en anchas garantías de progreso y de libertad civil.” (SIC). No obstante, difiere su postura respecto del conservadorismo que reinó en Chile en esos años de esplendor.
    COMENTARIO:
    Alberdi, mantiene su postura de rechazar al colonialismo con sus políticas señoriales y se aboca a puntualizar lo que tuvo en mira al escribir el texto de la CN y más precisamente a la población, señalando que es el legislador quién debe promover las medidas que garanticen el cumplimiento de la CN en todos sus aspectos, reafirmando la igualdad para toda persona que, con fines de trabajo y enriquecimiento quiera poblar el suelo argentino. Entiende que Argentina, necesita poblar rápidamente su tierra, sin títulos de nobleza y privilegios, evitando la tradición aristocracia, el mayorazgo y sin clero influyente. Rescata los logros de Chile por muchos años pero, no cree que el conservadorismo genere progreso en Argentina y por eso remarca esta diferencia con el país vecino.
    PREGUNTAS AL AUTOR:
    1.- Analizado a la distancia, entiende que Argentina cumplió con lo preceptuado por la CN en materia de población?
    2.- Cree Usted que los Gobiernos posteriores a la CN, distribuyeron bien las tierras para su aprovechamiento integral?
    3.- Con una CN que respeta a los Extranjeros como verdaderos Argentinos. Entiende que el legislador interpretó correctamente este marco, al ir generando leyes?

  8. En este capítulo Alberdi empieza haciendo notar la diferencia que hay entre América del Sud y Europa en cuanto a la población. Luego dice Alberdi que “la constitución de 1853 hizo de la población su fin inmediato porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país “, para este fin consagro 21 artículos los cuales contienen un sistema para el desarrollo de la población. La constitución sugiere medios prácticos para proteger la población estos medios son directos e indirectos, los primeros en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias; y los segundos en formar un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea , para Alberdi los medios más poderosos son los Indirectos. Luego habla de las aduanas y se vuelven a remarcar los principios de libertad, igualdad, propiedad y seguridad de los habitantes.
    Me parece importante destacar cuando habla de la legislación y dice que en vez de colaborar con la población lo único que hace es despoblar y que en vez de servir para poner en ejercicio los principios consagrados en ella solo sirve para impedir su ejercicio y violar los principios que protegen a la población; otro punto a destacar es cuando habla de la aduana como otro de los medios despoblación, la misma constitución la define como un impuesto, una contribución habla de la aduana estéril, la aduana de despoblación, conoce dos medios de prohibir: uno directo, por la exclusión absoluta; otro indirecto, por la contribución elevada, por el impuesto exorbitante y que el impuesto aduanero es un mal inevitable ya que está reconocido por todas las naciones.
    PREGUNTAS
    1. ¿Cómo podríamos definir a la aduana argentina hoy?
    2. ¿Qué pasaría actualmente si se suprimiera el impuesto aduanero? ¿se contribuiría a la población?
    3. Actualmente ¿Está lo suficientemente poblada la República Argentina

  9. En la presente ocasión Alberdi va a exponer cómo nuestra carta magna hace referencia a la temática Población. Nuestra carta magna es coherente al principio “GOBERNAR ES POBLAR”. Afirma el autor que “aumentar la población es extender el bienestar. Expresión de esta necesidad suprema de un país desierto, la Constitución argentina aspiró ante todo a poblarlo” (es por ello que la Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin más inmediato).Alberdi establece la existencia de dos mecanismos que se emplean en la práctica para lograr fomentar la población: unos son DIRECTOS y otros (como oposición) INDIRECTOS. La diferencia reside en que los directos consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias; mientras que los indirectos forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea. Ahora bien ¿cuál de estos dos es más eficiente a la hora de lograr un aumento poblacional efectivo? Alberdi destaca que Los medios realmente poderosos son los medios indirectos, los que tienen por objeto, entre otros los de abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, en lugar de colonizar tierras desiertas, etc.
    Me llama poderosamente la atención el hecho de que según Alberdi, no existiría constitución que iguale a la argentina en espíritu de hospitalidad y de fraternidad hacia el extranjero. Es decir, teniendo como base la idea de que no hay una constitución en el mundo que iguale a la Argentina ¿por qué hoy en día no se reciben tantos extranjeros como en un principio se procuró? Al respecto Alberdi sostuvo lo siguiente “Así la buena legislación, la regularidad en la administración de justicia y la rectitud y energía de las autoridades son hechos que por sí solos hacen afluir la población en los países nuevos, que carecen de ella y abundan de subsistencias. Al respecto, Alberdi sostuvo lo siguiente “Así la buena legislación, la regularidad en la administración de justicia y la rectitud y energía de las autoridades son hechos que por sí solos hacen afluir la población en los países nuevos, que carecen de ella y abundan de subsistencias”.

    3 PREGUNTAS.
    1- Si la constitución Argentina está destinada a recibir a una cantidad considerable de extranjeros, y pese a ello éste hecho no sucede en la actualidad ¿puede ser esto consecuencia una mala calidad constitucional que no incentiva lo suficiente a los sujetos a movilizarse del país donde viven y asentarse en nuestra república?.
    2- ¿Existe actualmente alguna ley organiza que dificulte el ingreso y establecimiento de extranjeros en nuestro país?
    3- ¿Qué instituciones deben de funcionar correctamente, y que derechos debes ser garantizados con mayor seguridad, para lograr aumentar la población en la Argentina actual?

  10. En el capitulo V el autor aborda el tema población,uno de los elementos esenciales para gobernar un país , fue la constitución quien aspiro a poblar el suelo, y resolvió una de las cuestiones principales , como poblarlo, por lo cual Alberdi expresa que esta ofrece dos maneras : la población artificial y la población espontánea el cual como principal garantía es la seguridad: sobre las bases del art 18, la libertad , Inviolabilidad de la propiedad , del domicilio ,la correspondencia epistolar y los papeles privado . Pero tenemos una legislación hecha para despoblar un ejemplo de ello es la aduana considerada como un impuesto producto fruto del antiguo régimen colonial , el cual debería ser bajo y fácil la tramitación, no debe ser proteccionista,para no despoblar el suelo. La aduana de la despoblación, como la llama el autor, conoce dos formas de prohibir ellas son: uno directo (exclusión absoluta) y otro indirecto (por la contribución elevada).
    Lo que rescato del texto es cuando dice que en materia de población espontanea, la seguridad prometida por la Constitución al poblador puede fallar por muchas causas: o bien porque la Constitución carezca de leyes que la pongan en ejercicio; o bien porque las leyes, en vez de reglar su ejercicio, la alteren o anulen; o bien porque las leyes no se observen.
    Preguntas al autor: cuando usted dice que la Argentina en espíritu de hospitalidad y fraternidad hacia el extranjero dará por resultado en breves años al aumento y prosperidad de su población en dimensiones colosales, lo que efectivamente sucedió, cuando esta cumplido el objetivo, ósea el de poblar el suelo, ¿seria necesario la regulación y control del Estado en materia de inmigración como por ejemplo sucede en otros países? . Con respecto a la aduana, ¿porque Ud. Cree que no se lo concibe como un impuesto bajo como establece la constitución, volviéndose una carga elevada? Y por ultimo Ud. Establece que la constitución condena virtualmente el impuesto aduanero estéril y proteccionista, ¿por que no lo prohíbe expresamente?.

  11. El autor refiere que para la constitución Argentina la población a sido su principal propósito en razón que era un país desierto, por lo cual el gobierno no tenía otro fin serio y urgente que el de poblar su territorio a gran prisa. Menciona diferentes medios de fomentar la población, entre ellos los medios directos y los indirectos. Los primeros que consisten en medidas y expedientes especiales con el fin de atraer pobladores y fundar colonias; los segundos los ve como mas poderosos dado están encaminados a fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades y multiplicar la población de las campañas en lugar de colonizar tierras desiertas. Ese sistema entrega el fenómeno de la población a las leyes económicas que son inherentes a su desarrollo normal. Se refiere a la aduana como instrumento de despoblación, como el medio que ha mantenido al mundo español desierto y silencioso. Para nuestra Constitución la Aduana es un derecho de importación y exportación, un impuesto cuyo producto concurre a la formación del Tesoro y esta destinado a los gastos de la Nación; no debe el impuesto de aduana perjudicar a la población, a la libertad de comercio y a la industria a través de medios de prohibir, como son la exclusión absoluta o el impuesto exorbitante, lo cual solo contribuye a volver desierto al territorio. Que la Constitución protege a la población al establecer que no habrá otras aduanas que las nacionales, prohibiéndose las aduanas interiores que obstaculizarían el libre transito de las personas y mercaderías dentro del territorio.
    Me llamó la atención lo estratégico de su pensamiento, cuando refiere “…que el camino seguro para saber como debían obrar para poblar nuestro territorio, bastaba con indagar como había hecho España para despoblarse ella y despoblarnos a nosotros o mantener estacionaria nuestra población, este camino era el camino seguro porque era el de la experiencia y contaba además con la sanción de la ciencia…”.
    Preguntaría al Autor: ¿si ve factible suprimir totalmente el impuesto aduanero y cual sería la forma de generar ingresos por otros conceptos para suplir los gastos que se cubren con dicho impuesto? ¿ Si suprimir el impuesto aduanero atraería inversión extranjera y podría ser un factor que beneficie a la producción nacional y al aumento de la población? ¿En función de la producción de riqueza y aumento de la población, qué aconsejaría a las ideologías que con argumentos de protección al trabajador y la producción nacional reafirman gravar con altos impuestos a productos extranjeros?

  12. El este capítulo Alberdi trata sobre las disposiciones de la Constitución que se refiere a la población y acerca de sí conviene poblar o despoblar el país. La Constitución aspiró a poblarlo más allá de que continuara la desigualdad en la distribución de la riqueza. El autor sostiene que la Constitución veía en la población el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior que es la civilización y el bienestar del país Los medios para fomentar la población son directos: medidas y expedientes especiales que tienden a traer poblaciones y fundar colonias y medios indirectos: sistemas de instituciones encaminadas a formar corrientes de población espontánea .El autor ,está a favor de la inmigración ,de las tierras infundadas y en contra de la aduana ,ya que es un impuesto y por tanto un factor de despoblación.
    Me resulto interesante, el análisis que Alberdi realiza, sobre como España se fue despoblando. Por un lado, se excluyeron a una gran cantidad de extranjeros por intolerancia y persecución ideológica, por otro, se obligo a gran cantidad de nacionales industriales a emigrar a países más favorables para ejercer la industria. Alberdi, señala que la Argentina no puede cometer los mismos errores que cometió España, ya que su objetivo es poblar su territorio.
    Preguntas
    ¿Qué opina usted de la actual ola inmigratoria proveniente de países latinoamericanos?
    ¿Qué otros medios propone para proteger la industria Nacional que no sea mediante contribuciones aduaneras?
    ¿Cree que es posible quitar el impuesto de Aduana? ¿De qué manera?

  13. El capitulo 5 de Alberdi comienza hablando de la necesidad de poblar la llamada por el, “desierta Republica Argentina, ya que la tierra es el único instrumento que el país posee para comenzar la obra múltiple de su riqueza, población, crédito y gobierno. luego continua hablando que tiene necesidad de leyes y de instituciones que favorezcan el empleo más útil posible de la tierra, por ser el más poderoso y casi el único de los instrumentos de producción que en esa época existía a su alcance. La Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin, que es la civilización y el bienestar del país. A este fin consagró veintiunoa de sus artículos, que contienen todo un sistema de política económica en servicio del desarrollo de la población’. Posteriormente nombra algunos medios directos e indirectos que autoriza la Constitución para atraer pobladores. Los medios realmente poderosos son los medios indirectos, los que tienen por objeto abrir corrientes de inmigración, fomentar la población espontánea, agrandar las ciudades, multiplicar la población de las campañas, en lugar de colonizar tierras desiertas.
    Termina el capitulo hablando de la aduana de ese momento, esta en contra de la misma tal como se implementaba en esa época, y las medidas proteccionistas y prohibitivas implementadas por esta misma.
    Lo que me pareció novedoso del texto es cuando cita a el economista español que opinaba en su libro citado por la abolición absoluta de las aduanas, y aun sin retribución o reciprocidad de otras naciones.
    Si tal sistema fuese admisible en la hipótesis de la ciencia, por hoy fuera inaplicable a la República Argentina, que coloca por el art. 4 de su Constitución el producto de derechos de importación y exportación de las aduanas en el número de las fuentes de su Tesoro nacional. – Por su art. 64 da al Congreso el poder de legislar sobre las aduanas exteriores y establecer los derechos de importación y exportación que han de satisfacerse en ellas.

    Termina sosteniendo por ciertos Articulos citados por la Constitución, la aduana interior o provincial no puede existir en la Confederación argentina, ni como impuesto, ni mucho menos como prohibición o protección, ni como derecho o arbitrio municipal, ni bajo cualquier otra denominación, que encubra un derecho aduanero, como deja entender claramente el art. 11 de la Constitución. La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población. Preguntas:
    Alberdi sostiene que se debe abolir totalmente el sistema proteccionista de aduana?
    Como funcionaria un nuevo sistema de aduana siguiendo las posturas de Alberdi?
    sobre que productos se implementaban mas prohibiciones?

  14. Población y Aduana.

    El instituto de la Aduana como tal fue instaurado en época de los romanos como un modo de obtener recursos de los ciudadanos en la época de Augusto. Se instaura en España con Carlos I ante la paradójica decadencia en la que la Corona se sumía a medida que avanzaba en sus conquistas en América. El modo de captación de recursos se efectuó como un impuesto a las exportaciones e importaciones, bajo un disfraz de proteccionismo, aunque la Corona no estaba en absoluto interesada en el desarrollo del comercio e industrias locales, sino en los beneficios que el impuesto le brindaba para llevar a cabo sus propias ambiciones. El panorama en el que se hallaban los ciudadanos, que directa o indirectamente estarían afectados por estas imposiciones aduaneras (restricciones a la libertad), conllevaron a la despoblar España (junto con otras medidas tales como la falta de tolerancia a culturas diversas, las restricciones a la práctica de cultos y religiones, etc.).
    Con respecto al tema inmigratorio, la postura diametralmente opuesta se implementó en América, tanto en el norte (Estados Unidos) como en el Sur, ya que se plasmaron en las constituciones amplias libertades de culto y religiones, así como derechos y garantías para atraer a los extranjeros que quisieran contribuir al desarrollo de estos territorios. Pero, respecto del tema libertad de comercio, se tomó un cariz totalmente desfavorable en el Sur, ya que lamentablemente, a pesar de ser una nación libre, Argentina adoptó los institutos instaurados por la Corona, tales como el consabido Regimen Aduanero que significó una contradicción en sí misma. Todas las libertades que la CN aportaba para el comercio, el legislador las “borraba con el codo” bajo la excusa de proteccionismo de la industria local, aplicando a la vez impuestos exorbitantes que afectan el derecho de propiedad, impidiendo el ingreso de mercancías de elevada calidad, quitando incentivo al establecimiento de pobladores que propendieran a mejores standards de vida y no contribuyendo a la interdependencia comercial entre las naciones.

    NOVEDOSO:
    Me llamo la atención poderosamente, la vigencia de todos los temas que se estaban tratando ya en ese entonces, y que aún hoy siguen en boga en el día a día, lo inalterable del paso del tiempo y la falta de afectación en los mismos tópicos que ya ensombrecían la economía argentina en esos años de Alberdi. Por otro lado, la falta de originalidad, capacidad resolutiva y de visión de tantos políticos que pasaron por los gobiernos de RA sin haber podido modificar este estado de cosas en la economía. Por momentos, di un parpadeo, para verificar si estaba leyendo el texto de Alberdi o un artículo sobre actualidad económica argentina en el diario “La Nación” o en el Wall Street Journal.
    PREGUNTAS:
    1. ¿Por qué sería inevitable modificar el impuesto aduanero o pensar en la eliminación del mismo, si es ocioso?
    2. En un mundo globalizado pero con países con economías tan disimiles, los países aún no desarrollados o en vías de desarrollo ¿de qué modo tendrían la oportunidad de que sus productos (ejemplo “limones” importados a Estados Unidos, no sean depreciados? Se nos hace aceptable pagar un impuesto elevado a la importación de I-phone sin embargo, estamos a merced de exportan nuestros productos básicos al valor más bajo del mercado ¿existe un modo de hacer que se equilibre la balanza?
    3. Contenida en la pregunta anterior.

  15. En este capitulo Alberdi nos explica que uno de los objetivos de la Constitución fue poblar el país y como debería ser este proceso de población. La Constitución ofrece dos sistemas: el de la población artificial y el de la población espontanea. Uno es directo y consiste en medidas encaminadas a traer pobladores y fundar Colonias, mientras que el otro es indirecto y consiste en formar un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontanea. La Constitución de 1853 consagra el sistema de población por medios directos en sus art. 25, 64 (inciso 16) y 104. De todas formas, Alberdi sostiene que los medios mas poderosos son los indirectos y nos da como ejemplo la población de Estados Unidos y la “despoblación” de España. Entiende que un importante instrumento de despoblación es la aduana y que esta es la razón por la cual se ha mantenido al mundo español desierto.

    Me pareció interesante la seguridad que Alberdi tiene sobre lo rápido y en la dimensión en que se poblara el país, lo cual creo que no ocurrió. Al respecto nos dice “…No tengo noticia de que Constitución alguna de ambas Américas, ni de ningún país del mundo, iguale a la argentina en espíritu de hospitalidad y de fraternidad hacia el extranjero; por cuyo motivo abrigo la firme convicción de que su estabilidad y permanencia dará por resultado en breves años el aumento y prosperidad de su población en dimensiones colosales…”. También lo necesario que seria la libertad de culto para acompañar la población del país. “…La libertad de cultos no es aquí de espontánea elección; es de necesidad inevitable, un medio impuesto por la necesidad de salvar de la conquista y de la desaparición como raza…”.

    ¿Por que seguimos siendo un país relativamente despoblado?; Las instituciones de hoy en día, ¿favorecen la inmigración?; ¿Que medida indirecta se podría tomado para atraer inmigrantes?

  16. En esta ocasión el autor nos explica la importancia que tiene la constitución desde su perspectiva para lograr poblar el territorio. La constitución de 1853 hizo de la población su fin inmediato, para que de esta manera se pudiera desarrollar el país y alcanzar el bienestar y la civilización del país
    La constitución contaba con dos sistemas, uno de población artificial y el otro de población espontanea. Los derechos civiles declarados formaban un sistema protector de la inmigración espontánea y del aumento de población.
    Para el autor, la aduana es considerada como un instrumento de despoblación, como un mal evitable de la republica, ya que es el legado doloroso de siglos pasados, en palabras del autor “La aduana entra, pues, en el número de los males inevitables de la República Argentina, como figura en las rentas de los países más libres de la tierra. Es un legado doloroso de los errores de otros siglos.
    Sin embargo, al legislador le incumbe reducirlo a sus menores dimensiones, dándole el carácter preciso que tiene por la Constitución, y poniéndolo en armonía, como interés fiscal, con los propósitos económicos, que la Constitución coloca primero y más alto que los intereses del fisco.”
    Preguntas para el autor:
    1-) ¿Por qué piensa que la argentina paso de ser un lugar al que los extranjeros querían llegar, a un lugar en el cual sus habitantes buscan emigrar a otros países?
    2-) ¿Hoy en día piensa que sigue siendo necesario buscar la inmigración para asi lograr un desarrollo mayor?
    3-) ¿Por qué piensa que en la actualidad existe una distribución del territorio tan desigual, cuando por un lado tenemos miles de personas viviendo amontonados(villas y asentamientos precarios) y por otro lado la administración miles de kilómetros cuadrados de tierra en cabeza de pocas personas ?

  17. Segun Alberdi CAP 5 Segunda parte:Aumentar la población es extender el bienestar maximizando el resultado.Gobernar es poblar.
    La Constitución Argentina aspiró ante todo a poblar nuestro suelo. Para ello contiene medios de fomentar la población .Esos medios se reducen a dos clases principales:Unos son directos y consisten en medidas y expedientes especiales, encaminados a traer pobladores y fundar colonias consagrados por los artículos 25 y 64. otros son indirectos, los cuales forman un sistema de instituciones encaminado a formar corrientes de población espontánea. Es doblemente eficaz y preferible el sistema indirecto, que protege la población espontánea, porque es el de la naturaleza. Ese sistema entrega el fenómeno de la población a las leyes económicas que son inherentes a su desarrollo normal. Porque la población es un movimiento instintivo, normal de la naturaleza del hombre, que se desenvuelve y progresa con tal que no se le resista.
    Alberdi se refiere a la aduana como instrumento de despoblación, como un mal evitable de la república y es el legado doloroso de otros siglos. El legislador es quien debe reducir la dimensión y darle el carácter que la constitución pretende, darle un estatus armonioso, como un interés fiscal, con propósitos económicos que es donde la constitución pone en primer lugar de los intereses del fisco. Se debe condenar el impuesto aduanero exorbitante y que sea la población y la libertad los propósitos fundamentales. La aduana proteccionista es opuesta al progreso de la población.
    Es para destacar el tema de la seguridad porque Alberdi dice que donde exista seguridad de la persona y de la propiedad como hecho inviolable, entonces la población se desarrollara sola.
    1-Donde exista seguridad de la persona y de la propiedad como hecho inviolable, entonces la población se desarrollara sola.¿Que nos intenta dar a entende’r?
    2-¿Por qué no sería posible suprimir totalmente el impuesto aduanero?
    3-¿En la Actualidad sigue siendo conveniente poblar’?

  18. En el capítulo 5 de Alberdi estamos viendo acerca de la población en la constitución Argentina comienza haciendo una comparación de los dos continentes de las diferencias sustanciales que existen entre ambos respecto a población y subsistencia. Allí la opulencia, concentrada en pocas manos privilegiadas, viviendo enfrente de una muchedumbre despedazada por la miseria, hizo nacer dos grandes opiniones rivales, sobre el medio de distribuir con más equidad los beneficios de la riqueza. La opulencia dijo: -Es menester disminuir la población. La miseria dijo: -Es preciso demoler esas torres de opulencia. La doctrina de Malthus fue la expresión de la primera; los socialistas expresaron la segunda. Ambas soluciones son incompletas por egoístas. La Constitución argentina de 1853 hizo de la población su fin inmediato, porque vio en ella el medio más poderoso de alcanzar su fin ulterior, que es la civilización y el bienestar del país. A este fin consagró veintiuno de sus artículos, que contienen todo un sistema de política económica en servicio del desarrollo de la población’. Habla de cómo es utilizada la aduana como un impuesto y como interviene en la despoblación. Lo que más me impacto del capítulo es cuando dice:- en presencia de una Constitución hecha para poblar, tenemos una legislación hecha para despoblar. De modo que en vez de servir para poner en ejercicio la Constitución, en ese punto, sólo sirve para impedir su ejercicio, para violar sus principios protectores de la población. Según esto, el medio más expedito y pronto de allanar el ejercicio de la Constitución en sus disposiciones dirigidas a poblar el país, consiste en remover todas nuestras leyes e instituciones capaces de despoblarlo por su acción indirecta y contraria a la economía de la Constitución. La aduana entra, pues, en el número de los males inevitables de la República Argentina, como figura en las rentas de los países más libres de la tierra. Es un legado doloroso de los errores de otros siglos. Cada país ha sabido colocarse en la senda que le trazaban su pasado, las condiciones de su presente y las necesidades de su porvenir.
    Teniendo en cuenta que Alberdi tuvo en consideración que el impuesto a la aduana perjudicaba el aumento de la población ¿que hubiera propuesto para poder contrarrestar ese sistema en la actualidad? ¿Todavía seguimos necesitando poblar en la argentina? ¿Seguimos teniendo una legislación hecha para despoblar?

  19. En el texto el autor manifiesta una evidente diferencia existente entre los países de Europa y Sud América en cuanto a la población, explicando que hay cuestiones respecto a la población en América que son inaplicables con respecto a doctrinas Europeas, evidentemente por las diferencias notorias entre ambos. Se desprende del texto que la Constitución argentina hizo de la población su fin inmediato, viendo en ella la posibilidad de alcanzar la civilización y el bienestar del país. Se entiende además que el autor hace referencia de un sistema de población directo, de una población artificial, el cual apunta a medidas especiales encaminadas a fundar colonias, aunque por otro lado el autor sostiene que los medios indirectos serian más eficaces porque fomentan la población espontanea. Posteriormente, comienza a analizar la figura de la aduana como un medio de protección y exclusión.

    Dentro de lo más destacado, podemos ubicar las consideraciones que hace Alberdi en su texto respecto a la aduana como instrumento de despoblación. Tal como lo fue en el mundo español desierto. Baste observar que la aduana debe ser considerada como impuesto. Y no debería tener otros motivos. De hecho, según el carácter económico de la aduana según la Constitución argentina, este debe ser tomado como un impuesto, no un medio proteccionista ni exclusivo. “Debe ser bajo el impuesto, y fácil la tramitación para no despoblar”, según palabras de Alberdi. Contrario a los usos que se encontraron en Europa, la aduana en el sentido de la Constitución argentina, lo declaran: “Un derecho de importación y exportación es decir, Un impuesto, una contribución, cuyo producto concurre a la formación del Tesoro destinado al sostenimiento de los gastos de la Nación”.
    Preguntas al autor:
    – ¿Considera que la función de la aduana sigue al pie de la letra la establecida por la constitución?
    – ¿Se puede hablar de riesgos de despoblación?
    – ¿Considera usted que las funciones de la aduana inhiben las llegada de elementos extranjeros?

  20. En este capitulo Alberdi hace hincapié en lo importante que es la inmigración para la República Argentina, ya que para él aumentar la población es extender el bienestar. Afirmando que la Constitución tiene como fin inmediato poblar la tierra y que es el medio para alcanzar un objetivo. Cómo poblar el país es un tema que deben resolver las leyes que reglamentan el ejercicio de la Constitución. Hay medios directos e indirectos. Los medios directos son aquellos que encaminan a traer pobladores y fundar colonias. Los indirectos forman un sistema de instituciones encaminados a formar corrientes de población espontanea. Para Alberdi los medios más poderosos son los indirectos.
    La idea de Alberti era cierta en cuanto a la población que realmente habitaba nuestro país. Sabiendo la idea industrialista que tenía en cuanto al sistema económico que poseía. La población es el elemento.es escencial junto.al capital y la tierra para crear la riqueza en la República Argentina.
    ¿cuales son aquellas instituciones que pueden ser características de un despoblamiento?¿Los medios indirectos siguen siendo necesarios para poblar la Argentina? ¿Cómo explica la concentración territorial en Buenos Aires?

  21. Alberdi cuenta en el capítulo V sobre la importancia de la población, y como es influida por leyes que pueden favorecer el aumento de la inmigración, poblando el vasto territorio de la Nación, como también pueden existir leyes que despueblan dichos territorios.Para llevar a cabo el principio de que gobernar es poblar, la Constitución ofrece dos sistemas: el de la población artificial y el de la población espontanea. Este último es el más importante, ya que se produce de manera indirecta, pero va más allá de la simple tolerancia, sino que se transforma en una garantía, ofreciendo seguridad para que los inmigrantes pueblen la Nación y realicen sus actividades económicas y produzcan riquezas.También Alberdi comenta que la aduana, siendo un mal necesario, tiene que cobrar impuestos bajos, porque de otra forma, habría un monopolio de la industria nacional, y sería un mercado limitado donde se estaría a merced de la calidad y precio que quieran vender los fabricantes de bienes nacionales.

    Me llamo la atención la importancia que tiene la aduana, y la afirmación de Alberdi de que “el pasaporte es la aduana de las personas, y la aduana es el pasaporte de las cosas”. Esto lo asocio al concepto del SISTEMA DE PREFERENCIAS, para lograr la asignación de recursos a la satisfacción de necesidades. El productor, que también es consumidor, tiene que elegir con que bienes producir. Si el gobierno establece impuestos altos de importación, el productor no podrá escoger bienes de otros países, para producir bienes locales, y tendrá que contentarse con usar bienes nacionales. Qué sentido tiene proteger una industria que solo fomenta la competencia interna, donde al estar confiados por los altos impuestos aduaneros, las empresas se pueden poner de acuerdo en precios y calidades, perjudicando la calidad de los bienes y venderlos excesivamente caros?. Un ejemplo de este concepto son los celulares Smartphones, en todas sus gamas (baja, media y alta)

    -preguntas para el autor:

    Si las medidas proteccionistas perjudican a poblar la nación. ¿Qué medidas se pueden tomar para fomentar la industria nacional?

    ¿Cree que aumento la burocracia aduanera, con la limitación de compras de bienes al exterior mediante páginas de internet, como Ali express?

    ¿Cuál cree que es la razón principal del contrabando? ¿Impuestos excesivamente altos, funcionarios corruptos, o una combinación de ambos?

  22. En el cap. V Alberdi habla de la importancia de empezar a poblar. El fin inmediato de la CN es poblar el territorio y este fin lo llevaba a alcanzar su fin ulterior que es la civilización y el bienestar del país, para ello fomentó la inmigración europea a través de algunos de sus arts. prohibiendo límites a los ingresos de los inmigrantes, aboliendo aduanas interiores, dando derechos civiles iguales a los extranjeros y también permitiéndoles profesar libremente su religión.
    Mientras España obligaba a emigrar por sus leyes y reglamentos opresores a ejercer el trabajo, la CN buscaba atraerlos permitiéndoles ejercer su industria, comercio o profesión (art. 20) y otorgandoles seguridad a su propiedad (art 17) y a su persona porque de lo contrario la población se iría espontáneamente.

    Lo que me pareció más novedoso es que se relaciona la población con el poder de gobernar y más tratándose de un territorio tan extenso y tan rico como el de la Argentina que necesita ser explotado y así como mencionó Alberdi en el capítulo anterior, que cuando más habitantes de encuentren explotando la tierra mayor será la riqueza obtenida de ella.
    En América se considera que aumentar la población es extender el bienestar y la Argentina era aún un país desierto para gobernar.

    1. Que la CN haya fomentado la inmigración europea, ¿significa que la inmigración proveniente de otros continentes estaban restringidas?
    2. ¿ Por qué la CN consagró el sistema de población por medios directos y no indirectos?
    3. De haber elegido los indirectos ¿qué hubiera cambiado?

  23. En este capítulo, Alberdi analiza cómo la Constitución fomenta la población, y afirma que existen dos tipos de medios para hacerlo. Los medios directos, que están consagrados en el artículo 64 CN, permiten al Congreso aplicar políticas activas para atraer inmigrantes. Pero Alberdi sostiene que los medios indirectos son los realmente poderosos, y se tratan de aquellos basados en una aduana única, que tiene carácter de impuesto y en los derechos de libertad, igualdad, propiedad y seguridad a todos los habitantes, sin excluir a los extranjeros, lo cual está establecido en los artículos 14 a 21 de la CN.
    Alberdi prefiere el sistema indirecto que protege la población espontánea ya que para él, las naciones tienen el poder material de despoblar pero no pueden atraer por la violencia, sino que lo tienen que hacer por las garantías.
    Advierte que existe una contradicción entre la Constitución que fomenta la población y la legislación que la desincentiva. Y en este punto, destaca la importancia del derecho de tanto entrar y de permanecer, pero también de salir del territorio argentino, y sostiene que las leyes orgánicas deben respetar este derecho. También resalta la necesidad de reducir la aduana, al cual califica como un mal inevitable. Explica que la aduana tiene dos modos de despoblar: la exclusión absoluta, y el impuesto exorbitante.

    1. ¿Considera que todavía existe necesidad de continuar poblando el país?
    2. ¿Por qué es inevitable el impuesto aduanero?
    3. ¿Cuál es la mejor forma de terminar con la corrupción aduanera? ¿Reduciendo sus funciones?

  24. En este capítulo, Alberdi analiza cómo la Constitución fomenta la población, y afirma que existen dos tipos de medios para hacerlo. Los medios directos, que están consagrados en el artículo 64 CN, permiten al Congreso aplicar políticas activas para atraer inmigrantes. Pero Alberdi sostiene que los medios indirectos son los realmente poderosos, y se tratan de aquellos basados en una aduana única, que tiene carácter de impuesto y en los derechos de libertad, igualdad, propiedad y seguridad a todos los habitantes, sin excluir a los extranjeros, lo cual está establecido en los artículos 14 a 21 de la CN.
    Alberdi prefiere el sistema indirecto que protege la población espontánea ya que para él, las naciones tienen el poder material de despoblar pero no pueden atraer por la violencia, sino que lo tienen que hacer por las garantías.
    Advierte que existe una contradicción entre la Constitución que fomenta la población y la legislación que la desincentiva. Y en este punto, destaca la importancia del derecho de tanto entrar y de permanecer, pero también de salir del territorio argentino, y sostiene que las leyes orgánicas deben respetar este derecho. También resalta la necesidad de reducir la aduana, al cual califica como un mal inevitable. Explica que la aduana tiene dos modos de despoblar: la exclusión absoluta, y el impuesto exorbitante.

    PREGUNTAS
    1. ¿Considera que todavía existe necesidad de continuar poblando el país?
    2. ¿Por qué es inevitable el impuesto aduanero?
    3. ¿Cuál es la mejor forma de terminar con la corrupción aduanera? ¿Reduciendo sus funciones?

  25. Breve resumen
    capitulo 5– en esta sección Alberdi nos ejemplifica los distintos instrumentos que puede hacer que un país se pueble o se despueble ,. Ubicando como principal factor a la libertad y al respeto y garantías que el estado pueda ofrecer a las personas , en este sentido enumera los múltiples factores que hacen a la libertad consagrada a todos por igual en la constitución argentina refiriéndose al reconocimiento de la libertad de religión, disposición transito y permanencia de las personas.
    Respecto de la aduna también las fija como un sentido práctico de acceso a la libertad, debiendo ser las mismas facilitadoras y no restrictivas ni proteccionistas, eliminando las adunas interiores y todo elemento que restrinja o altere el principio libertario de nuestra constitución.

    Que me sorprendió-
    Me sorprende saber que España fue el país que más se despobló y había encarado tantos actos contra grupos seculares tan distinto, grupos que en ese entoces representaban el estimulo del desarrollo del capital industrial.
    También me sorprende ver cómo a pesar de estar tan explícitamente enunciada en nuestra constitución la prohibición de alterar o restrinja / limitar mediantes leyes el espíritu de nuestra constitución eso no fue suficiente para tener hoy un orden legal que sin dudas restringe las libertades individuales a la hora de producir e intercambiar entre particulares y terceros , generando un régimen proteccionista que sin dudas nos expulsa de la matriz industrial del mundo y acceso en forma competitiva con el mismo, a consta de un estado insaciable, corrupto y mal administrado que nos hace pagar a todos los vicios de nuestros gobernantes
    Preguntas
    ¿Cómo se podría hoy plantear un sistema de adunas que tenga por fin facilitar los intercambios sin dilapidar la industria nacional?
    ¿Qué ordenamiento deberíamos generar hoy para penar un estado justo y competitivo?
    ¿De que forma podríamos terner un estado sano sin manejos oscuros que solo genera desigualdad y exclusión limitando al emprendedor y condenando a pobre a la miseria de las migajas de un estado “proteccionista” ?

  26. En este capitulo Alberdi se centra en la población y como nuestra Constitución hace hincapié en los derechos que tiene la misma. El autor se centra en la disputa entre que seria más conveniente para el territorio si poblarlo o despoblarlo. La constitución se inclina por la primera opción, la de poblar las tierras a pesar de las desigualdades. Los medios para fomentar la población pueden directos que son aquellos que permiten al Congreso aplicar políticas activas para atraer inmigrantes. Pero también se encuentran los medios indirectos que hacen mención a una población más espontánea. Para todos los habitantes priman los derechos de libertad, igualdad, propiedad y seguridad, tanto para con los nativos como para con los extranjeros en nuestro territorio. Alberdi no esta a favor de la aduana porque cree que es una barrera a la hora de atraer personas a nuestro país, considera que la inmigración puede ser un factor de civilización.

    Me parece interesante como destaca el marco de nuestra constitución que fomenta a poblar, pero a su vez como a veces la normativa se posiciona en contra y negativamente de dicho principio. Nuestra constitución es clara cuando menciona que cualquier persona será libre de habitar nuestro territorio y tendrá los mismo derechos base en caso de decidir quedarse pero a la vez es libre de migrar hacia otras tierras también. En cierto punto la aduana es considerada como un impuesto y que como tal tendría que ser bajo.
    Al autor le preguntaría:
    ¿Hoy en día la inmigración es vista de la misma manera?
    ¿Cree que el ciudadano argentino es selectivo a la hora de permitir o no inmigrantes?
    Si bien se debería fomentar la inmigración: ¿La misma debe tener un control para evitar caer en la informalidad?

  27. La Constitución argentina de 1853 aspiró a poblar el país. Considero a la población como el medio para alcanzar la civilización y el bienestar del país.
    Por ejemplo, la libertad religiosa tiene un fin económico: es dirigida a poblar el país del poblador mas útil a la libertad y la industria.
    La Carta Magna, siguiendo estos fines, abolió las adunas interiores refundiéndolas en una sola exterior.
    Gracias a la aduana se puede producir la despoblación de un país utilizando cualquiera de los dos medios para prohibir: uno es por la exclusión absoluta y otro es por la contribución elevado.
    Alberdi entiende que una aduana proteccionista es contraria al progreso de la población, es decir, perjudica tal progreso porque “hace vivir mal, comer mal pan, beber mal vino, vestir ropa mal hecha, usar muebles grotescos, todo en obsequio de la industria local, que permanece siempre atrasada por lo mismo que cuenta con el apoyo de un monopolio que la dispensa de mortificarse en mejorar sus productos”
    Novedoso
    Debido al fanatismo de los reyes católicos de España, este país excluyo al extranjero que no compartía la misma religión. Sufrieron una persecución religiosa.
    Fueron expulsados judíos, capitalistas o industriales en su gran mayoría, quienes se hospedaron en Liorna, Toscana. Dicha ciudad le debe gran parte de su prosperidad y crecimiento a los judíos. Lo mismo sucedió con inmigrantes de origen árabe, también fueron expulsados. España se despobló y mantuvo estacionaria y escasa la población de América por la exclusión sistemática que siempre hizo del extranjero.
    Un gobierno posee el poder material de despoblar, porque puede desterrar, oprimir, perseguir, vejar a los que habitan el suelo de su mando; pero como no tiene igual poder en los que están fuera, no está en su mano atraerlos por la violencia sino por las garantías. Por esta razón es mucho mayor el poder que tiene para poblar que el que tiene para despoblar su territorio.

    Tomando lo que dice en el séptimo título ¿Un monopolio que no dispense a la industria local es lo que hace falta para que ésta mejore?
    ¿De qué manera cree usted que se podría generar empleos si no es a través de las industrias nacionales?

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