Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en su «Sistema Económico y Rentístico». Aquí, en la conclusión, sobre el rumbo que debería tomar la República:
«Figuraos un buque que navega en los mares del cabo de Hornos con la proa al polo de ese hemisferio; esa dirección lo lleva al naufragio. Un día cambia de rumbo y toma el que debe llevarlo a puerto. ¿ Cesan por eso en el momento la lluvia, el granizo, la oscuridad y la tempestad de los sesenta grados de latitud? – No, ciertamente; pero con solo persistir en la nueva dirección, al cabo de algún tiempo cesan el granizo y las tempestades y empiezan los hermosos climas de las regiones templadas. – Pues bien: toda la actual política argentina, todo el sistema de su Constitución general moderna, es de mera dirección y rumbo, no de resultados instantáneos. La nave de nuestra Patria se había internado demasiado en regiones sombrías y remotas, para que baste un solo día a la salvación de sus destinos. – Nuestra organización escrita es un cambio de rumbo, un nuevo derrotero. Nuestra Constitución es la proa al puerto de salvación. Sin embargo, como todavía navegamos en alta mar, a pesar de ella tendremos borrascas, malos tiempos, y todos los percances del que se mueve en cualquier sentido, del que marcha en el mar proceloso de la vida libre. Sólo el que está quieto no corre riesgos, pero es verdad que tampoco avanza nada.
La libertad, viva en el texto escrito y maltratadac en el hecho, será por largo tiempo la ley de nuestra condición política en la América antes española. Ni os admiréis de ello, pues no es otra la de nuestra condición religiosa en la mayoría del mundo de la cristiandad. Porque en el hecho violemos a cada instante los preceptos cristianos, porque las luchas de la vida real sean un desmentido de la Religión que nos declara hermanos obligados a querernos como tales, ¿se dirá que no pertenecemos a la Religión de Jesucristo? ¿Quién, en tal caso, tendría derecho de llamarse cristiano? Impresa en el alma la doctrina de nuestra fe, marchamos paso a paso hacia su realización en la conducta. En política como en religión, obrar es más difícil que creer.
La libertad es el dogma, es la fe política de la América del Sud, aunque en los hechos de la vida práctica imperen con frecuencia el despotismo del gobierno (que es la tiranía) o el despotismo del pueblo (que es la revolución). Hace dos mil años que los hombres trabajan en obrar como creen en materia de moral. ¿Será extraño que necesiten largos años para obrar como creen en materia de política, que no es sino la moral externa aplicada al gobierno de los hombres?
Dejad que el pueblo sud-americano ame el ideal en el gobierno, aunque en el hecho soporte el despotismo, que es resultado de su condición atrasada e indigente. Dejad que escriba y sancione la república en los textos; un día vendrá en que la palabra de libertad encarne en los hechos de la vida real, misterio de la religión política de los pueblos comprobado por la historia de su civilización: y aunque ese día, como los límites del tiempo, nunca llegue, es indudable que los pueblos se aproximan a él en su marcha progresiva, y son más felices a medida que se acercan al prometido término, aunque jamás lo alcancen, como el de la felicidad del hombre en la tierra. Por fortuna no es de Sud-América únicamente esta ley, sino del pueblo de todas partes; es ley del hombre así en política como en moral. Su espíritu está cien años adelante de sus actos.
Pero todo eso es aplicable a la libertad política más bien que a la libertad económica – objeto de nuestro estudio, la menos exigente, la menos difícil, la más modesta y practicable de las libertades conocidas. La libertad económica esencialmente civil es la libertad de poseer y tener, de trabajar y producir, de adquirir y enajenar, de obligar su voluntad, de disponer de su persona y de sus destinos privados. Accesible, por la Constitución, al extranjero en igual grado que al ciudadano, y asegurada doblemente por tratados internacionales, recibe de esta condición su más fuerte garantía de practicabilidad, y asegura ella misma el porvenir de las otras libertades, tomando a su cargo su educación, su nutrición, su establecimiento y desarrollo graduales, como el de la capacidad siempre ardua de intervenir en la gestión de la vida política o colectiva del Estado.
Alberdi nos dice que de un día para el otro no se realizara de forma literal el nuevo sistema proclamado,sino con el pasar del tiempo. En su análisis, advierte de que es el tiempo el colaborador para la formación del hombre y de sus obras, como para formar la ley y formar ese ser colectivo en la tierra a la que arriba como Nación. Al referirse sobre la libertad política inevitablemente hace hincapié en la Libertad económica como la libertad de poseer y tener , de trabajar y producir, de obligar su voluntad y de disponer de su persona.
Los pueblos cuanto mas tiernos ,mas aptos para la libertad. Su pobreza, su debilidad misma son una garantía de su aptitud de recibir la moderna constitución con eficacia. Dicho pueblo, por el hecho de existir , es un SISTEMA, una idea realizada y puesta en obra por la acción de sus leyes. Encuentra al decir esto, que el medio de sustituir un gobierno a otro, radicalmente diferentes , es crear y formar pueblos nuevos bajo el principio que busca establecer . La primera necesidad de la reforma en la República Argentina , es colocar la iniciativa de su nueva organización republicana.
La opinión que designaba a Buenos Aires para Capital de la Confederación estaba fundada, en que siendo de origen externo ,la población y la cultura de que estaba formada la sociedad y debiendo la Constitución buscar en el mismo origen, los elementos de su prosperidad futura,pareció natural colocar las autoridades en el punto del territorio que estaba en contacto con la Europa.Buenos Aires organiza el gobierno de su propia provincia con separación e independencia de las demás, asumiendo por sus leyes fundamentales los poderes esencialmente nacionales.
La guerra contra Rosas y su caída tuvo como consecuencia terminar con el desorden interior de las instituciones políticas de las Repúblicas y reinstalarlas sobre bases bases de igualdad y de justicia para todas las provincias.
La forma en que Buenos Aires sea incorporada a la Nación es lenta : es por la reforma de sus leyes , en que retiene atribuciones de toda la república.
La Constitución económica ,rige en toda la República Argentina excepto en Buenos Aires, porque para Buenos Aires hacer cumplir fielmente la Constitución federal , seria contrariar su Constitución de provincia y sus leyes de 30 años. Se busca someter su interés de provincia al interés de la Nación.
¿En que basa Alberdi sus teorías de LIBERTAD política y económica de una Nación ?¿Cuáles son las diferencias en términos económicos y recentísimos entre la Constitución de 1853 y la Constitución actual? ¿En que basamos el nombramiento de Buenos Aires como capital política y económica de la Confederación Argentina ?
Alberdi comienza en esta conclusión a pedir que practique paciencia sobre los tiempos. Nos invoca a la conclusión de que debido el país venía de tiempos tormentosos habrá que esperar para ver la redirección que se tomo a través de la Constitución. Menciona que esta norma general por encima de todas da un rumbo y dirección duradero y no respuestas o resultados instaneos los cuales van a durar por un corto plazo. Alberdi hace toda una analogía sobre un barco llegando a puerto, explicando que la Constitución es una guía hacia un rumbo mejor, pero eso no quita que en el medio aparezcan distintas complicaciones que harán dudar si el camino que se está siguiendo es el correcto, no hay que entrar en desesperación y perder el rumbo porque eso nos llevará de nuevo al punto inicial y así se iniciría un ciclo donde nunca habrá un progreso.
Hace unos últimos con respecto a las libertades, tanto de ideología contra el despotismo de la religión. Y un comentario más relevante acerca de la libertad económica la cuál realmente enfocó el objeto del estudio.
En cuanto a lo más interesante del libro y de la conclusión, es que Alberdi sea un autor tan adelantado que leyendo sus conceptos al día de hoy se encuentran varias situaciones que le son aplicables a la actualidad o los años recientes. Situaciones por ejemplo donde se modifica la Constitución debido a la situación política del país, dandole ganancias de las empresas a los empleados, cuando en la Constitución de Alberdi se garantiza la propiedad privada y esto nunca podría haber sucedido. Donde surgen leyes votadas en el Congreso por mayoría simple que modifican convenciones internacionales con rango constitucional, como la reciente ley del aborto legal la cuál posee media sanción en diputados.
¿Cuáles son las bases intocables de la constitución que nunca podrían ser modificadas de ninguna manera? Para la actualidad Argentina, ¿sería mejor adoptar el sistema del derecho anglosajón? ¿Cómo lo adaptaría para el país?