Con los alumnos de la UBA Derecho vemos “El Sistema Económico y Rentístico…” de Alberdi. Aquí lo que el inspirador de la Constitución dice respecto a la emisión de moneda:
“Respecto a la manera de emplear el crédito público por la emisión de papel moneda al estilo de Buenos Aires, la Confederación tiene la ventaja inapreciable de no poder ejercer, aunque quiera, ese terrible medio de arruinar la libertad política, la moralidad de la industria y la hacienda del Estado. Es una ventaja positiva para las rentas de la Confederación la impotencia en que se halla de hacer admitir como valor efectivo un papel, sin más valor ni garantía que el producto de contribuciones tan inciertas como la estabilidad del orden, y que jamás alcanzaría para amortizar una deuda que se agranda por su misma facilidad de dilatación, y que ensanchándose da al gobierno el hábito de una dilapidación para la que no bastarán después todas las rentas del mundo.
La falta de este medio de ejercer el crédito del Estado aumenta en la Confederación la posibilidad de ejercer los anteriores con mayor ventaja. En Buenos Aires, la deuda del papel moneda ha desacreditado la deuda de los fondos públicos. En todas partes el falso crédito es el enemigo del verdadero crédito.
El poco éxito que ha tenido la tentativa de la Confederación para fundar el papel moneda, no prueba que tenga menores garantías de crédito público que Buenos Aires, poseedor de un papel moneda aceptado, de cualquier modo que sea, como medio circulante. El mal éxito ha nacido de que la Confederación no dió a su papel moneda la base real y positiva en que descansa todo papel de crédito, destinado a circular como moneda corriente; y dejó de dársela, no por imposibilidad, sino porque desconoció las causas especiales que hacen existir al papel moneda de Buenos Aires sin base metálica ni obligación de pagar a la vista.
La misma Buenos Aires con todas sus rentas no habría sido capaz de establecer de nuevo su papel moneda en la forma que lo intentó la Confederación. Importa no olvidar cómo le vino al papel monetario de Buenos Aires el valor de que disfruta, sea cual fuere. Ese papel debió su origen a un Banco de particulares, fundado por una sociedad de accionistas, con los privilegios que obtuvo por ley de 22 de junio de 1822. Dió principio a sus operaciones con un capital de un millón de pesos fuertes. Pagados en dinero sus billetes con puntualidad religiosa por espacio de algunos años, el público se acostumbró a considerarlos como dinero efectivo
El Banco particular de descuentos, que creó el papel de Buenos Aires, fué refundido en el Banco de las Provincias Unidas del Río de la Plata, fundado por ley de 28 de enero de 1826, con un capital nominal de diez millones de pesos fuertes, los cuales se integraron en -parte con el millón de duros del Banco de descuentos, y tres millones que procedían del empréstito obtenido en Inglaterra. Con esa base metálica, real y positiva, el papel moneda siguió convirtiéndose en dinero efectivo por el moderno Banco nacional, que afirmó en algunos años la costumbre del público de reputarle como dinero efectivo. La falta del capital prometido de diez millones que nunca llegó a integrarse, y las emisiones extraordinarias para suplir las rentas de aduana que paralizó la guerra del Brasil, fuente de nuevos gastos, fueron la primera causa de que el valor comparativo del papel comenzase a descender, habiendo obtenido el Banco el permiso temporal de suspender el pago de sus billetes, por ley del Congreso de 5 de mayo de 1826. – Cuando se acercaba el término de dos años fijado a la suspensión, una ley de la Sala de Buenos Aires de 14 de agosto de 1828 relevó al Banco de la obligación de cambiar sus notas por metálico, sin designación de término, y con la sola garantía de que la emisión de billetes quedaría cerrada en lo futuro hasta el balance de 1° de setiembre de 1827, en que el papel emitido por el Banco ascendía a la cantidad de diez millones doscientos mil pesos. Sin embargo de que al mes siguiente la misma Legislatura decretó dos emisiones de billetes, el papel conservó su valor relativo, en fuerza de la declaración que hizo la Legislatura de Buenos Aires por ley de 3 de noviembre de 1828, en que la provincia reconoció como suya la deuda contraída con el Banco por el gobierno general y por el de la provincia, la garantizó con todas sus rentas y propiedades, y reconoció el papel como moneda corriente. Los billetes contenían siempre la promesa de pagar su valor en metálico, promesa qué, aunque nominal, dejaba la esperanza de un reembolso futuro. Eso duró hasta 1838, en que Rosas, ejerciendo el poder omnímodo de Buenos Aires, declaró disuelto el Banco Nacional desde la fecha de su decreto de 30 de mayo de 1836, y mandó comprar a sus accionistas la casa de moneda. Constituido así el gobierno único e inmediato amonedador del papel circulante, dió principio esa moneda al vuelo de Icaro que recorre hasta hoy; los billetes dejaron de prometer re-embolso, y se redujeron a un simple reconocimiento de deuda sin garantía. Pero para tomar ese vuelo, para establecerse y vivir en el aire ese papel, tuvo que andar primero catorce años por una base metálica de más en menos positiva, pero siempre verdadera en algún modo. El terror reemplazó a las garantías; pues una repulsa del papel declarado moneda obligatoria por orden del dictador, se habría considerado delito de rebelión contra la patria, digno del último suplicio. Catorce años de garantías verdaderas y otros catorce de terrorismo, han dado al papel moneda de Buenos Aires su existencia facticia que hoy debe a la costumbre y al imperio de esos antecedentes, que no es fácil repetir.”