Con los alumnos de la materia Public Choice, vemos una conferencia que dictara Gordon Tullock en Chile publicada luego en la revista académica Estudios Públicos con el título “Votación y Sistemas Electorales”. Comenta sobre la representación proporcional:
Hay otra proposición que es de una naturaleza similar, tiene aproximadamente el mismo efecto, es muy común y además está contemplada en vuestra nueva Constitución. Consiste en tener un cuerpo legislativo bicameral. Si los miembros de ambas cámaras son elegidos mediante dos sistemas distintos, el número efectivo de votantes que se requiere como respaldo para cualquier proyecto de ley es mucho mayor que la mayoría simple, porque es necesario tener la mayoría de los votantes de los distritos según se hayan organizado en una cámara y, además, la mayoría entre los votantes de los distritos según se hayan organizado en la otra cámara. Estas dos mayorías normalmente no coinciden. Por lo tanto, este sistema va en la dirección que he indicado.”
“Me parece, sin embargo, que en este caso puede que ustedes se hayan equivocado al diseñar vuestro cuerpo legislativo bicameral; no los puedo culpar demasiado, puesto que nosotros los norteamericanos cometimos el mismo error. Una de las Cámaras está básicamente distribuida en forma pareja en función de la población y, la otra, se constituye a partir de representantes por regiones, lo que significa que distintas personas tendrán grados de influencia radicalmente diferentes. Si me acuerdo bien, la región metropolitana elegirá a dos senadores y habrá algunas áreas escasamente pobladas del extremo austral que también elegirán la misma representación. Hacemos lo mismo en los Estados Unidos, ya que Alaska cuenta con dos senadores, al igual que California. No es infrecuente ver esto en democracias, pero en general creo que es menos eficiente que tener representatividad equivalente en ambas cámaras.
Si van a tener representatividad equivalente en ambas cámaras, entonces la cuestión se convierte en determinar en qué medida los votos de los ciudadanos tendrán distinta ponderación.
Lo que yo recomendaría es que ustedes usen simultáneamente lo que llamo el procedimiento anglosajón, es decir, cada circunscripción escoge a una persona para una de las cámaras y la variante europea de representación proporcional para la otra cámara, para tener así dos ordenaciones drásticamente diferentes. Tal como está redactada ahora la Constitución, sería posible elegir la Cámara Baja por medio de representación proporcional. Eso dejaría con la Cámara Alta en abierta desproporción. Por lo mismo, les sugeriría que esto fuese modificado en términos tales que la Cámara Alta tenga una distribución pareja. En todo caso, creo que el ideal sería tener una cámara constituida con régimen electoral mayoritario y la otra elegida por representación proporcional.
Me referí a esto como «representación proporcional continental». No creo que ustedes estén familiarizados con esto, pero en el mundo de habla inglesa las palabras «representación proporcional» se refieren a algo denominado como método de Haré, el que no es usado seriamente en ninguna otra parte; Australia e Irlanda lo tienen, pero normalmente tiene poco efecto. A lo que me refiero es al tipo de esquema usado en Suiza, Italia, la República Federal de Alemania, etc. En general, esto se reduce a que la cantidad de escaños que un partido determinado tiene en el Congreso es proporcional al número de votos que obtuvo en las elecciones nacionales generales.”