La emisión monetaria genera ganadores y perdedores. En nuestro caso es claro: gana el Estado y perdemos los demás

La política monetaria no es neutral, el dinero que la autoridad monetaria genera beneficia a algunos y castiga a otros, lo cual desata una puja de distintos sectores para recibir los beneficios y no tanto los costos de la emisión. En el caso argentino la cuestión parece clara, el beneficiario de la creación de moneda es el Estado, que tiene para cubrir los gastos que interesan a los políticos que estén en su control. EL tema es tratado en este artículo: Rouanet, L., de Western Kentucky University y Hazlett, P., de George Mason University:  “The redistributive politics of monetary policy”. Public Choice 194, 1–26 (2023). https://doi.org/10.1007/s11127-022-01009-w

“Si bien la ausencia de un efecto sistemático de la política monetaria sobre la riqueza y la distribución del ingreso puede parecer desalentadora para los investigadores, esta ausencia tiene, paradójicamente, importantes consecuencias para la economía política de las instituciones monetarias. En este artículo, argumentamos que el efecto de la creación de dinero en la distribución del ingreso y la riqueza dependerá tanto del equilibrio económico como político prevaleciente. En otras palabras, las consecuencias distributivas de la inflación dependerán de qué grupos de interés sean capaces de controlar el proceso de creación de dinero para su propio beneficio. Sin embargo, es precisamente debido a la dificultad de identificar a los perdedores de la inflación que es poco probable que los perjudicados por la política monetaria desempeñen un papel en su formación. La política monetaria puede entenderse como un proceso que brinda beneficios concentrados a grupos de intereses especiales mientras impone pérdidas dispersas y no fácilmente identificables a otros grupos. Por lo tanto, mientras que algunos economistas, especialmente los economistas de la tradición austriaca, han enfatizado cómo el impacto de los cambios en la oferta monetaria depende de los canales a través de los cuales el dinero se “inyecta” en la economía (Hayek, 1931; Mises, 1949; Garrison, 2000). ), es probable que la selección de tales canales esté determinada por la lógica de los grupos de interés. Por otro lado, mientras que la literatura existente sobre la economía política del dinero se ha centrado principalmente en el impacto del ciclo electoral (Abrams & Iossifov, 2006; Nordhaus et al., 1989; Drazen, 2000), así como en cuestiones de tiempo inconsistencia (Kydland & Prescott, 1977; Barro & Gordon, 1983) y la maximización del señoreaje (Cagan, 1956), tiende a dejar de lado el papel de los grupos de interés en la configuración tanto de las herramientas como de los objetivos que subyacen a la política monetaria. Las políticas de creación de dinero y asignación de crédito, por otro lado, permiten aplicar la lógica de los grupos de interés a la organización de la producción de dinero. Los efectos Cantillon son una cuestión de elección pública.”

Alberdi sobre la emisión monetaria: causa terror la idea de una institución que emita billetes al portador

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en “Sistema Económico y Rentístico”, para considerar cuál era el espíritu original de la Constitución en cuestiones económicas. Aquí cuestiones sobre la moneda:

Alberdi

“Según esto, la facultad que el art. 64, inciso 4 de la Constitución argentina da al Congreso de «establecer y reglamentar un Banco nacional en la capital y sus sucursales en las provincias, can facultad de emitir billetes», lejos de hacer del giro comercial de bancos un monopolio constitucional del Estado, no lo impone siquiera como uno de los medios en que la Confederación deba ejercer su crédito pública, dejándolo cuando más como un arbitrio admisible para el caso en que las circunstancias lo hicieren practicable y necesario.”

“Sólo bajo la condición de una garantía en dinero efectivo para pagar a la vista los billetes emitidos, sería prudente que el Estado emprendiese la creación de un Banco como el previsto por la Constitución; pero el gobierno argentino es precisamente el que dista más que los particulares de po-der ofrecer esa garantía, por la sencilla razón de que carece de un capital efectivo disponible para la fundación de un banco de verdad en el pago instantáneo de sus cédulas. ¿Y cuál gobierno de Sud-América no se halla en el mismo caso? – Bueno es no olvidar a este propósito, que ni los gobiernos de Inglaterra y de Francia tienen bancos de Estado creados y fundados por ellos, pues tanto el Banco de Londres como el de Francia son establecimientos de particulares, por mucha relación que tengan con los gobiernos. En otra parte hemos hecho ver que emitir papel moneda que no se pague al portador y a la vista en plata u oro, es organizar la bancarrota y crear la omnipotencia política bajo la capa de una simple institución de rentas.”

“Por lo mismo que el rédito público es un recurso tan indispensable al Tesoro de la Confederación, es menester cuidar de no comprometerlo, ejerciéndolo en formas alarmantes. La más capaz de producir este resultado desastroso es la emisión de la deuda pública en forma de papel moneda. En Europa causa terror la sola idea de cualquier institución de crédito investida de la facultad, muy legítima por otra parte, de emitir billetes al portador y a la vista, ya pertenezca a particulares, ya con doble motivo si pertenece al gobierno. Precisamente porque conocen allí por experiencia propia las numerosas condiciones de estabilidad, de orden, de inteligencia, de progreso general, que han acompañado a la formación lenta de su crédito público, se asustan de ver ejercer este elemento en sus formas más arduas y delicadas, por pueblos que recién abren los ojos al mundo de la industria y de la libertad.

Siendo la moneda el instrumento con que se opera el cambio de nuestros productos por los artefactos en que la Europa nos trae su civilización, toda alteración grave en el valor de esa mercancía intermediaria del cambio de las otras, introduce una perturbación en el comercio, siempre funesta a la suerte de estos países llamados a fomentar su civilización por los beneficios de esa industria representativa de tantos y tan variados intereses para la América del Sud. – Según eso, es opuesta a las miras expresas de la Constitución argentina toda manera de ejercer el crédito público o privado capaz de enajenarnos la confianza del comercio, de los capitales y de las poblaciones de la Europa, que la Constitución argentina se empeña en atraer por las palabras terminantes de sus artículos 20, 25, 26, 27 y 64, inciso 16, y por todos los principios de su política económica y rentística.”

El dinero emitido llega primero a los que no producen, al final (devaluado) llega a los que producen

Argentina, o Venezuela, han vuelto al conocimiento y la comprensión que se tenía hace unos sesenta años en cuanto a la inflación se refiere. En Junio de 1959, Ludwig von Mises dictó seis conferencias en Buenos Aires. Éstas fueron luego publicadas y las consideramos con los alumnos de la UBA en Derecho. Su cuarta conferencia se tituló, precisamente “Inflación”. Mises comenta:

Mises4

“La expresión metafórica ‘nivel de precios’ nunca debe usarse. Cuando la gente habla de un ‘nivel de precios’ piensa en la imagen del nivel de un líquido que va hacia arriba o hacia debajo de acuerdo con el aumento o reducción de su cantidad, pero que, como el líquido en un tanque, siempre sube uniformemente. Pero en los precios no existe tal cosa como un ‘nivel’. Los precios no cambian con la misma amplitud y en el mismo momento. Siempre hay precios que cambian más rápidamente, subiendo o bajando más rápidamente que otros precios. Y existe una razón para ello.

Considere el ejemplo del empleado público que recibió ese nuevo dinero agregado al dinero circulante. La gente no compra hoy precisamente los mismos bienes y en las mismas cantidades en que lo hizo ayer. El dinero adicional que el gobierno imprimió e introdujo en el mercado no es utilizado para comprar todos los bienes y servicios. Es utilizado para la compra de ciertos bienes, cuyos precios subirán, mientras que otros productos se mantendrán en los mismos precios vigentes antes que el nuevo dinero fuera puesto en el mercado. Por ello, cuando la inflación comienza, diferentes grupos dentro de la población son afectados por esta inflación en forma diferente. Aquellos grupos que consiguen el nuevo dinero son los primeros en ganar un beneficio temporario.

Cuando el gobierno infla la cantidad de dinero para librar una guerra, tiene que comprar municiones, y los primeros en obtener el dinero adicional son los fabricantes de municiones y los trabajadores de esas industrias. Estos grupos están ahora en una posición muy favorable. Tienen mayores ganancias y mayores sueldos; su negocio se mueve. ¿Por qué? Porque ellos fueron los primeros en recibir el dinero adicional. Y teniendo ahora más dinero a su disposición, están comprando. Y están comprando a otra gente que está fabricando y vendiendo los productos que desean estos fabricantes de municiones. Esta otra gente forma un segundo grupo. Y este segundo grupo considera a la inflación como muy buena para los negocios. ¿Por qué no? ¿No es maravilloso vender más? Por ejemplo, dice el propietario de un pequeño restaurante en la vecindad de una fábrica de municiones: ‘¡Es realmente fabuloso! Los trabajadores de la fábrica de municiones tienen más dinero, hay muchos más trabajadores ahora que antes, todos vienen a mi restaurante. Estoy muy feliz por eso’. No ve razón alguna para pensar de otra manera.

Esta es la situación: aquella gente a quien el dinero llega primero ahora tiene un mayor ingreso y todavía pueden comprar muchos productos y servicios a precios que corresponden a la anterior situación del mercado, la situación que existía al comienzo de la inflación. Por consiguiente están en una posición favorable. Y así la inflación continúa paso a paso, de un grupo de la población a otro. Y todos aquellos a quienes el dinero adicional les llega al principio de la situación inflacionaria se benefician, porque están comprando algunas cosas a precios todavía correspondientes a la fase previa del tipo de intercambio entre el dinero y los bienes.

Pero existen otros grupos en la población a quienes este dinero adicional les llega mucho, mucho más tarde. Esta gente está en una posición desfavorable. Antes que ese dinero adicional les llegue, están forzados a pagar mayores precios que los que pagaban antes por algunos – o por prácticamente todos – los productos que desean comprar en tanto que su ingreso ha continuado siendo el mismo, o no se ha incrementado proporcionalmente con los precios.»

Ministros que no leyeron a Hume y tampoco a Juan de Mariana

Comenté anteriormente que los ministros de Economía de Argentina y Venezuela no habían leído a David Hume.

En el caso argentino, el libro de Kicillof es “De Smith a Keynes”, por lo que se perdió la contribución de Hume sobre la moneda, y también la de algunos escolásticos, en particular Juan de Mariana (1536-1624), quien dice en su “Tratado y Discurso sobre la moneda de vellón”:

Juan de Mariana

“El rey no puede bajar la moneda de peso ó de ley sin la voluntad del pueblo.

Dos cosas son aquí ciertas: la primera, que el rey puede mudar la moneda cuanto á la forma y cuños, con tal que no la empeore de como antes corria, y asi entiendo yo la opinión de los juristas que dice puede el príncipe mudar la moneda. Las casas de la moneda son del rey, y en ellas tiene libre administración, y en el capítulo Regalía, entre los otros provechos del rey, se cuenta la moneda; por lo cual, como sea sin daño de sus vasallos, podrá dar la traza que por bien tuviere. La segunda, que si aprieta alguna necesidad como de guerra ó cerco, la podrá por su voluntad abajar con dos condiciones; la una que sea por poco tiempo, cuanto durare el aprieto; la segunda, que pasado el tal aprieto, restituya los daños á los interesados. Hallábase el emperador Federico sobre Faenza un invierno; alargóse mucho el cerco, faltóle el dinero para pagar y socorrer la gente, mandó labrar moneda de cuero, de una parte su rostro, y por revés las águilas del imperio; valia cada una un escudo de oro. Claro está que para hacerlo no pudo juntar ni juntó la dieta del imperio, sino por su voluntad se ejecutó; y él cumplió enteramente, que trocó á su tiempo todas aquellas monedas en otras de oro. En Francia se sabe hubo tiempo en que se labró moneda de cuero con un clavito de plata en medio; y aun el año de 1571, en un cerco que se tuvo sobre León de Holanda, se labró moneda de papel. Refiérelo Budellio en el lib. I De Monet., cap. 1º, núm. 34. Todo esto es de Colenucio en el lib. IV de la Historia de Napóles. La dificultad es si sin estas modificaciones podrá el príncipe socorrerse con abajar las monedas, ó si será necesario que el pueblo venga en ello. Digo que la opinión común y cierta de juristas con Ostiense, en el título De censib. ex quibus, Inocencio y Panormitano, sobre el cap. 4º De jur. jur., es que para hacerlo es forzosa la aprobación de los interesados. Esto se deduce de lo ya dicho, porque si el príncipe no es señor, sino administrador de los bienes de particulares, ni por este camino ni por otro les podrá tomar parte de sus haciendas, como se hace todas las veces que se baja la moneda, pues les dan por mas lo que vale menos; y si el príncipe no puede echar pechos contra la voluntad de sus vasallos ni hacer estanques de las mercadurías, tampoco podrá hacerlo por este camino, porque todo es uno y todo es quitar á los del pueblo sus bienes por mas que se les disfrace con dar mas valor legal al metal de lo que vale en sí mismo, que son todas invenciones aparentes y doradas, pero que todas van á un mismo paradero, como se verá mas claro adelante. Y es cierto que como á un cuerpo no le pueden sacar sangre, sea á pausas, sea como quisieren, sin que se enflaquezca ó reciba daño, asi el príncipe, por mas que se desvele, no puede sacar hacienda ni interés sin daño de sus vasallos, que donde uno gana, como citan de Platón, forzosamente otro pierde. Así hallo en el cap. 4.° De jur. jur. que el papa Inocencio III da por ninguno el juramento que hizo el rey de Aragón don Jaime el Conquistador por conservar cierta moneda por un tiempo que su padre el rey don Pedro II labró baja de ley; y entre otras causas apunta esta: porque hizo el tal juramento sine populi consensu, sobre la cual palabra Panormitano é Inocencio notan lo que de suso se dijo, que ninguna cosa que sea en perjuicio del pueblo la puede el príncipe hacer sin consentimiento del pueblo (llámase perjuicio tomarles alguna parte de sus haciendas). Y aun sospecho yo que nadie le puede asegurar de incurrir en la excomunión puesta en la bula de la Cena; pues, como dije de los estanques, todas son maneras disfrazadas de ponerles gravezas y tributos y desangrarlos y aprovecharse de sus haciendas. Que si alguno pretende que nuestros reyes tienen costumbre inmemorial de hacer esta mudanza por sola su voluntad, digo que no hallo rastro de tal costumbre, antes todas las leyes que y hallo en esta razón dé los Reyes Católicos, del rey don Felipe II y de sus antecesores, las mas muy razonables, se hallará que se hicieron en las Cortes del reino.