Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi sobre la deuda pública:
“¿Qué condiciones necesita poseer el gobierno que toma prestado, para infundir esa confianza en el valor de sus títulos de obligación? ¿El gobierno de la Confederación Argentina reúne esas condiciones?
El gobierno que toma prestado no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda. Le bastará tener el necesario para pagar los intereses o renta puntualmente. Este interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor tiene vida inmortal en la tierra, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas, que inevitablemente tienen que ser más ricas y abundantes de año en año. Al tenedor de los títulos o efectos del gobierno poco le importa que éste no reembolse su valor nominal, si hay otras personas dispuestas a tomárselos por ese valor. Para que haya compradores de esos títulos, basta que el interés o renta estipulados en ellos se pague puntualmente, lo cual depende, en el crédito público como en el crédito privado, que el gobierno deudor tenga con qué pagar los intereses y respeto a la puntualidad de sus promesas. Necesita, a más de ser puntual y fiel en sus promesas, tener seguridad de ser estable y de que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores.
Todas estas condiciones en que estriba el crédito público, asisten al gobierno de la Confederación Argentina, y le hacen capaz del ejercicio de este recurso del modo más efectivo. Hemos demostrado que tiene fuentes abundantes y positivas de renta pública; luego tiene lo suficiente para el pago de los intereses de su deuda. Posee inmensas tierras públicas, que han adquirido valor real por el nuevo régimen político; luego es capaz de amortizar gradualmente el capital de su deuda.
Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria por ser de creación y formación, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. El gobierno argentino acaba de dar una prueba de que comprende esta verdad en toda su latitud, cambiando la organización que había ensayado por error para su crédito público, por otra que le restablece a sus bases más normales y más firmes.
La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraído por el gobierno es garantía que acompaña a los del gobierno actual de la Confederación Argentina, por ser constitucional y enteramente legítima su existencia, lo cual hace que sea la Nación misma, más bien que el gobierno, que la sirve de intermedio, quien se obliga por los actos legislativos del Congreso que la representa, y a cuya autoridad ha dejado la facultad de contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Confederación, por el art. 64,. inciso 3 de su Constitución federal. Y como ese mismo Congreso vota anualmente por ley la forma en que ha de invertir los valores obtenidos a préstamo como todos los que sirven al gasto público, la Constitución, que esto determina, da en ello una nueva garantía a los prestamistas, de que la inversión útil, moderada y tal vez reproductiva de los fondos prestados, se hará de un modo que asegure el pago de su renta y sostenga el valor de sus capitales escritos. De este modo el gobierno constitucional y responsable contribuye, por el hecho mismo de existir, a ensanchar las riquezas del Estado.
En cuanto a la estabilidad del gobierno, es decir, a la paz y al mantenimiento del orden, en que reposa el edificio del crédito y de toda la industria, jamás la Confederación ha tenido garantías comparables a las que hoy aseguran su tranquilidad.
La paz es firme y estable hoy día, porque hay un gobierno nacional que cuide de mantenerla. Ese gobierno ha faltado enteramente por espacio de treinta años, en que las provincias vivieron aisladas unas de otras y destituidas de gobierno interior común. En la ausencia total del gobierno interior, la paz no podía existir por sí sola en las provincias del Plata, como no existiría en los condados de Inglaterra, si faltase el gobierno general del Reino Unido, cuyo principal atributo es sostenerla.
El gobierno será estable porque tiene elementos reales de poder, lo cual no sucedía en el tiempo en que las provincias privadas del comercio directo por la clausura de sus ríos, en vano tenían el derecho abstracto de gobernarse a sí mismas como Nación independiente y soberana; las rentas, en que consiste el poder de hecho, quedaban en manos de la provincia que tenía el privilegio exclusivo de la aduana exterior.
El comercio directo a que deben las provincias el goce de sus medios materiales de gobierno es estable para siempre, porque descansa en la libre navegación de los ríos, en cuyas márgenes están los puertos de las provincias, abiertos a ese comercio directo de la Europa, por tratados internacionales de duración indefinida.”