Populismo: el ‘tipo de cambio’ es una variable macroeconómica, no el resultado de intercambios de propiedad

Décadas de pensamiento populista y mercantilista han generado visiones que aún hoy se encuentran en cualquier lugar o medio, y pasan como ideas comunes o lógicas sin que nadie las cuestione. En el caso argentino, tal vez sea el tipo de cambio el que concentre la mayor cantidad. He aquí un ejemplo. Dice La Nación en una nota de Javier Blanco titulada “Tras el salto del fin del cepo, el dólar subió en el año la mitad que la inflación” al referirse al problema de revaluación de la moneda local que genera el ingreso de dólares por endeudamiento público:

“Para tratar de evitar estos efectos el BCRA tiene previsto avanzar en una nueva serie de flexibilizaciones para dosificar la oferta de divisas. Por caso, en la última reunión de directorio del año, la entidad eliminó la exigencia de ingresar al país las divisas que se obtienen por exportaciones de servicios, sólo la mantiene, con plazos laxos, para los que exportan bienes. Además, evalúa la posibilidad de elevar de 2500 a 5000 o 10.000 dólares, el tope que rige por mes para la compra de divisas en efectivo, además que tiene en estudio un mecanismo para que puedan cancelarse mediante transacciones electrónicas las operaciones inmobiliarias, que suelen pactarse en divisas.”

La nota describe bien el fenómeno y no podemos acusar a las autoridades del Banco Central de sustentar esas ideas populistas antes mencionadas, pero quiero llamar la atención a que tanto en un caso como en el otro, el tema es analizado desde la perspectiva de que el “tipo de cambio” es una variable macroeconómica (que lo es) principalmente, y ninguna mención se realiza a que el tipo de cambio es el resultado de contratos realizados entre partes, por los cuales se transfiere una divisa por otra. Es decir, como en todo contrato, se intercambian derechos de propiedad.

Tal vez nunca, nadie, haya cuestionado porqué el Banco Central tiene que tener el poder de obligar a un propietario de, digamos dólares, a traerlos y entregárselos a esa institución, en lugar de decidir sobre su propiedad como todos pensamos que deberíamos poder decidir con las cosas que nos pertenecen. Veamos esto más fácil: un productor ha invertido, ha trabajado, y ahora tiene una cierta cantidad de, digamos, aceite de oliva en la provincia de San Juan. Si se lo vende a alguien en Rosario y recibe pesos no pasa nada, no tiene mayores restricciones salvo los impuestos y regulaciones existentes. Incluso puede recibir ese pago del rosarino en dólares. Pero si le vende a un uruguayo entonces los dólares que le paguen tienen que pasar por el Banco Central en algún momento. Está obligado a traerlos. ¿Por qué? Si es “su” propiedad, como antes era el aceite de oliva, ahora son esos billetes. ¿Acaso estaba antes obligado a hacer algo con el aceite de oliva? Podría haberlo tirado en la zanja y “estaba en su derecho” aunque no muy cuerdo.

Por supuesto que está muy bien esta noticia arriba comentada por la que las exportaciones de servicios no tienen ahora esa exigencia y es de esperar que desaparezca pronto la misma sobre los bienes, pero el punto que quiero enfatizar aquí es que el Banco Central, o los políticos, los analistas o los jueces, parecen nunca cuestionarse que ese “poder” que posee la entidad sea violatorio del derecho de propiedad de quienes produjeron esos bienes, o servicios. Ni tampoco la justicia parece considerar que eso sea violatorio de este artículo, supuestamente vigente, de la Constitución Nacional:

“Artículo 17- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el art. 4°. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal Argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.”

Para José Luis Espert, Dabos y Vignoli, el tipo de cambio real multilateral está apreciado en 58,6%

En un interesante trabajo, los economistas José Luis Espert, Marcelo Dabós y Guido Vignoli analizan la evolución del Tipo de Cambio Real Multilateral en la Argentina durante los últimos 50 años, y su situación actual. El trabajo se titula “Determinantes del tipo real de cambio en la Argentina: una aproximación empírica 1961-2014”, Escuela de Negocios de la Universidad de Belgrano N° 309: http://www.ub.edu.ar/investigaciones/dt_nuevos/309_Dabos.pdf

Aquí va el resumen:

“Este trabajo estima un tipo de cambio real multilateral de comportamiento de Argentina. El análisis econométrico estima un modelo de corrección de errores en vectores. Las regresiones muestran que las variables significativas para explicar el comportamiento de largo plazo del tipo de cambio real multilateral son los gastos del gobierno y los términos de intercambio. Los coeficientes de las variables fundamentales son usados para identificar períodos de apreciación y depreciación reales. Usando las variables fundamentales, el tipo de cambio real multilateral de Argentina en 2014 está significativamente apreciado con respecto al valor de equilibrio calculado.”

Y sus conclusiones:

“Este estudio estima el equilibrio del TCRM de la Argentina para el período 1961-2014 de acuerdo a un modelo de comportamiento que se basa, en parte, en la literatura existente.

La técnica econométrica empleada es la de corrección de errores en vectores (VECM) por su sigla en inglés. Las principales variables explicativas que se hallan y son significativas son el gasto del gobierno y el índice de términos de intercambio. Tal como lo hallan Espert y Maino (2000), el aumento del gasto del gobierno aprecia el TCRM en el largo plazo. En cuanto a los términos de intercambio se halla que un aumento de estos tiende a depreciar el TCRM en el largo plazo, posibilidad sugerida por Edwards (1989). Las variables explicativas Activos Externos Netos y el Índice de Productividad Multilateral fueron no significativas.

El ajuste del TCRM a su valor de equilibrio en ausencia de nuevos shocks es lento y solo de 1,66% por año. Sin embargo se producen grandes ajustes en poco tiempo como “saltos” en las variables o “cambios de régimen” o situaciones de “crisis” que recurrentemente caracterizan la economía Argentina y de las cuales el TCRM no es una excepción. En el largo plazo se ajusta vía crisis mientras que en el corto plazo el ajuste es pequeño, acumulándose tensiones que finalmente afloran.

En el período total de 50 años considerado, el TCRM estuvo durante 37 años apreciado y solo durante 13 años estuvo depreciado. Es decir históricamente ha habido una tendencia a la apreciación del TCRM en el último medio siglo de la historia económica argentina de acuerdo a nuestro modelo y datos.

El nivel del TCRM en 2014 es sustancialmente inferior a los 2 máximos de los años 1980 y 2001, siendo estos 2 puntos pre-crisis. O sea que no estamos tan apreciados como previamente a las crisis de 1980 y 2001. Comparando 2014 contra 1980 en 2014 el TCRM está depreciado en 36,9% y comparando 2014 contra 2001 en 2014 el TCRM está depreciado el 32,6%.

Desde un año que sepuede consi derar como “normal” de la convertibilidad que es 1996 (crecimiento alto, con estabilidad de precios) el año pre-crisis 2001 contra 1996 muestra una apreciación en 5 años del 23,6%, lo que da una tasa promedio acumulativa anual de 4,3%.

Desde un año que se puede considerar como “normal” en la última década que es 2004 (crecimiento alto, con estabilidad de precios o baja inflación) tenemos que 2014 contra 2004 muestra una apreciación en 10 años del 54,0%, lo que da una tasa promedio acumulativa anual de 4,4%.

Finalmente, de acuerdo a las estimaciones de nuestro modelo para el último año estimado 2014 el TCRM está apreciado en 58,6% respecto a su valor de equilibrio es decir sería necesaria una depreciación del TCRM del 58,6% para llevarlo a su valor de equilibrio.”

 

La «política cambiaria» o la desgracia de mezclar el tipo de cambio con la política.

Las declaraciones del presidente del Banco Central argentino, en relación a una posible reducción de las prohibiciones y restricciones existentes en el mercado de cambios (http://www.lanacion.com.ar/1753835-el-presidente-del-banco-central-ahora-anticipa-que-habra-una-apertura-gradual-del-cepo-cambiario) ha desatado, como era de esperar, una interesante discusión entre economistas acerca de las posibilidades de hacerlo dadas las restricciones que impone la actual situación y las perspectivas en cuanto a las reservas de la autoridad monetaria.

Como siempre, también, la discusión se centra en cuestiones de coyuntura, las que adquieren prioridad sobre temas de fondo. En general, los economistas son de la opinión que esas prohibiciones y restricciones deben eliminarse pero son tan cuidadosos respecto a la coyuntura que se termina olvidando el objetivo final, si es que en verdad éste existe dentro de tal análisis.

Olvidemos la coyuntura por un momento (aunque después volveremos sobre ella). Veamos la situación en términos de derechos. Si el objetivo final es recuperar la vigencia los derechos de propiedad y la posibilidad de disponer de ellos en la moneda que a uno le parezca mejor, ya que con su propiedad cualquiera puede hacer lo que estime mejor en tanto y en cuanto no dañe la propiedad de otros, alcanzar esa situación será lograr un “tipo de cambio libre”.

¿Hay algún objetivo “colectivo” superior que determine la restricción de tales derechos en aras de algo como el ‘bien común’? Seguramente muchos mencionarán cosas tales como la ‘estabilidad macroeconómica’, pero lo cierto es que la libertad de disponibilidad de la propiedad no es una fuente de inestabilidad, más bien lo contrario. La historia muestra que la inestabilidad macroeconómica es generada por los gobiernos, por sus déficits fiscales, su endeudamiento y su manejo de la emisión monetaria, no porque la gente disponga de sus derechos de propiedad.

Si esto es así, el objetivo final sería restituir esos derechos, situación que, además, recuperaría la vigencia de la Constitución Nacional. En tal sentido, los objetivos serían:

  1. Devolver el derecho de propiedad a los exportadores. Eliminar la obligación de entregar las divisas que obtienen al Banco Central; podrían ingresarlas o no, según su criterio. El efecto económico de esta disposición sería el siguiente: si ingresaran esas divisas contribuirían a la revaluación del peso (con política monetaria neutra) en relación a los ahora más abundantes dólares en el mercado.
  2. Devolver el derecho de propiedad a los importadores. Eliminar las licencias previas y todas las trabas sobre las importaciones. Esa mayor capacidad de importar contribuiría a la devaluación del peso en relación al dólar.
  3. Se removerían todo tipo de restricciones para el ingreso o egreso de divisas por cualquier motivo (inversiones, turismo, ahorro). El ingreso de inversiones, el turismo entrante y el ahorro de extranjeros en pesos tendería a revaluar la moneda local; el flujo de inversiones al exterior, el turismo saliente y el ahorro de locales en moneda extranjera tendería a devaluar la moneda local.

Volvamos ahora a la coyuntura. Si todo esto ocurriera, ¿cuál sería el saldo entre presiones devaluatorias y revaluatorias? En verdad, es muy difícil de decir, habrá muchas otras variables en juego que afectarán las expectativas de todos y determinarán nuestra conducta, aunque está claro que esas tres medidas, si fueran creíbles, generarían mucha más confianza que desconfianza.

Pero buena parte de la discusión actual sobre el relajamiento de los controles se centra en la cantidad de reservas que pueda tener el Banco Central. Puede ser que esa preocupación esté asociada a que no se genere un cambio brusco que altere drásticamente la posición patrimonial de la gente (esto es, una fuerte devaluación o una fuerte revaluación). Pero puede ser también que, en verdad, el objetivo final no sea devolver derechos como se planteara más arriba sino que se está pensando en sostener un determinado tipo de cambio. ¿Ycuál debería ser?

Muchos analistas consideran saberlo. Tal vez tendrían que tener algo de humildad. Pero el meollo de la discusión es que consideran al tipo de cambio como una herramienta de la política económica, no como su resultado.

Hemos tenido muchas décadas ya con políticas económicas que consideran el tipo de cambio como una herramienta. Esto fue así tanto en los 70s, como en los 80s, como en los 90s, como ahora. No pueden decir que haya sido un éxito. Mientras se ocupaban del tipo de cambio cometían un exceso fiscal tras otro. ¿Hubieran sido los costos económicos mayores si el tipo de cambio lo hubieran determinado oferentes y demandantes en lugar de algún experto (sea presidente del Banco Central o ministro de Economía)?

La “política cambiaria” ha demostrado que no hay nada peor que mezclar la “política” con el “tipo de cambio”… O tal vez sí, la “política monetaria”, esto es, mezclar la “política” con la “moneda”.