Los precios de los factores de producción (salarios incluidos), también los fijamos como consumidores

Con los alumnos de OMMA Madrid estamos leyendo a Mises, La Acción Humana, Cap XVI, (apartados 3 y 4) sobre los precios de los factores de producción. Dice Mises:

“Los precios de los bienes de orden superior (esto es, los más alejados del consumo), son finalmente determinados por los precios de los bienes de primer orden, u orden inferior, esto es, los bienes de consumo. Como consecuencia de esta dependencia, ellos están en última instancia determinados por las valoraciones subjetivas de todos los miembros de la sociedad de mercado.”

Mises3

Ahora bien, luego plantea una diferencia entre “valoraciones” y “precios”: “Sin embargo, es importante comprender que nos encontramos con conexiones de precios, no con conexiones de valoraciones”. ¿Qué quiere decir con esto?

Entiendo lo siguiente: son las valoraciones de los consumidores respecto de los bienes de consumo los que determinan luego los precios de todos los bienes intermedios y de los factores de producción que intervienen en el proceso de producción hasta llegar a la etapa final de consumo. Es decir, son las valoraciones de los consumidores de cigarros y cigarrillos las que determinan el precio del tabaco, pero en todo ese proceso que va desde la semilla del tabaco, su siembra, recolección, secado, molido y elaboración del cigarro, los precios transmiten las valoraciones de los consumidores finales, no las de los participantes de cada etapa. Estos reflejan las valoraciones finales.

De nuevo, es porque los consumidores están dispuestos a pagar cierto precio por el cigarro que luego se justifican todos los precios anteriores en la cadena de producción, hasta los primeros pasos o, como diría Mises, las etapas más alejadas.

Sigue Mises: “Los precios de los factores complementarios de producción están condicionados por los precios de los bienes de consumo. Los factores de producción son valorados en relación a los precios de los productos, y de esta valoración emergen sus precios.”…”Los precios de los bienes de consumo engendran las acciones que resultan en la determinación de los precios de los factores de producción”.

Este breve párrafo podría plantear cuestiones de importancia central en nuestras economías actuales. Por ejemplo, se deduce de ello que el nivel de la remuneración del trabajo en una cierta área de la economía depende, en última instancia, de las valoraciones de los consumidores respecto al producto final.

Esto sería difícil de entender para los sindicalistas. Deberían aceptar que las remuneraciones no están estrictamente determinadas por los empresarios que los contratan sino por los consumidores que están dispuestos a pagar el precio de los bienes que esos empresarios producen. El empresario simplemente combina factores de producción.

Esto es fácil de ver, por ejemplo, en algunos deportes o en el entretenimiento. ¿Por qué ganan tanto algunos futbolistas si no es porque los consumidores están dispuestos a pagar por ello, ya sea entradas, productos, etc? Lo mismo con actores o actrices famosos. ¿Qué explica si no sus altos niveles de remuneración?

Claro. Imagino que un sindicalista sentado a negociar los salarios con un empresario, no vería con agrado que le digan que, si quiere salarios mayores a los que pueden pagarse, vaya a hablar con los consumidores para que estos, a su vez, estén dispuesto a pagar más por los productos que ese trabajo produce. Pero eso es, en definitiva, lo que sucede. Los consumidores somos los que determinamos, en definitiva, la remuneración de los distintos factores de producción, entre ellos el trabajo, y también.

Comenta Mises más adelante:

“Compitiendo en cooperación y cooperando en competencia toda la gente es instrumental en obtener el resultado, esto es, la estructura de precios en el mercado, la asignación de factores de producción a las distintas ramas de satisfacción de necesidades, y la determinación sobre la porción de cada uno”.

Comprando o absteniéndonos de comprar, no solamente decidimos sobre las cosas que tendremos o no, sino mucho más, toda la configuración del mercado.

Sobre la relación entre la calidad institucional y las mejoras en calidad de vida y desarrollo humano

La historia no tiene leyes. Podemos aplicar el razonamiento y la comprensión para determinar una o varias relaciones causales de un determinado hecho histórico y sostener que esas fueron sus causas, pero no podemos elaborar desde esa base una ley que nos permita realizar proyecciones sobre situaciones futuras. El determinismo histórico se derrumbó con el Muro de Berlín.

Pero si la historia no tiene leyes, la ciencia económica sí las tiene. Son las leyes de la economía o —para ser más exactos— las leyes de la acción humana, la praxeología, las que prueban la relación causal entre la existencia de un marco institucional que respeta y promueve los derechos individuales —la propiedad, la libertad contractual y de intercambios, de expresión y opinión— y la mayor cantidad de oportunidades que se presentan a los individuos.

No obstante, suelen presentarse también ejemplos históricos para mostrar la causalidad entre instituciones y desarrollo humano, y esto puede hacerse en el sentido antes mencionado. Los ejemplos abundan: la vigencia de los derechos individuales y las limitaciones al gobierno tras la Carta Magna y la Revolución Gloriosa, y la consiguiente Revolución Industrial y el progreso de Inglaterra; la conformación de los Estados Unidos y su avasallante crecimiento durante los siglos XIX y XX; el marco institucional de posguerra en Alemania Occidental y su comparación con los resultados de Alemania Oriental; lo mismo entre Corea del Sur y Corea del Norte, o entre Hong Kong y China; el gran cambio institucional ocurrido en Chile en dos etapas, una económica —bajo un gobierno dictatorial— y otra cívico-política —tras la restauración democrática—; el gran auge de Argentina tras su unificación bajo una Constitución basada en los principios antes expuestos.

No obstante, entre los economistas predomina el análisis estadístico basado en regresiones. Al margen de los problemas metodológicos que puedan plantearse, lo cierto es que pueden encontrarse estudios econométricos que parecen demostrar relaciones entre cualquier tipo de variables, sin determinar estrictamente relaciones de causalidad. Hay muchos que se han concentrado en la relación entre calidad institucional y desarrollo humano.

Así, por ejemplo, Roll & Talbott (2003) analizan los determinantes del ingreso bruto per cápita y concluyen que los derechos de propiedad tienen el mayor impacto positivo, al tiempo que el volumen de la actividad informal tiene también el mayor, pero negativo. También contribuyen a la explicación los niveles de la regulación (-), de la inflación (-), de las libertades civiles (+), de los derechos políticos (+), de la libertad de prensa (+), de los gastos gubernamentales (+) y de las barreras al comercio (-). Para comprobar que estas variables son causas y no efectos, analizan la trayectoria del ingreso bruto antes y después de importantes liberalizaciones políticas o golpes dictatoriales durante la segunda mitad del siglo XX. En promedio, las liberalizaciones son seguidas de notorios incrementos de los ingresos, mientras a los eventos antidemocráticos les siguen claras reducciones. Su conclusión es que los países pueden desarrollarse más rápidamente protegiendo los derechos de propiedad, promoviendo la independencia de la justicia, atacando la corrupción, desmantelando las pesadas regulaciones, permitiendo la libertad de prensa y protegiendo los derechos políticos y las libertades civiles.

Conclusiones similares obtienen Gwartney, Holcombe y Lawson (2004). Chong y Calderón (2000) midieron empíricamente el vínculo entre medidas de desarrollo institucional y pobreza durante el periodo 1960-1990 y concluyeron que, cuanto más eficientes son estas, menor es el grado, incidencia y severidad de la pobreza. Sus regresiones muestran resultados favorables para una medida general de calidad institucional como también para un índice de riesgo de expropiación y otro de calidad de la burocracia. Niclas Berggren (1999) mide la relación entre libertad económica e igualdad de ingresos y descubre que cuanto mayor fue el incremento de libertad económica durante el periodo 1975-1985, mayor es el nivel de igualdad en este último año [1].

Por supuesto, también la actividad emprendedora está vinculada con una mayor cantidad de oportunidades. Nyström (2008) y Bjørnskov y Foss (2007) ofrecen evidencias sobre los determinantes de la actividad emprendedora respecto a un conjunto de países, mostrando que mayores niveles de libertad económica, un menor tamaño del gobierno, una adecuada estructura legal y de respeto al derecho de propiedad, y menores regulaciones al crédito, al trabajo y a los negocios, tienden a incrementar la actividad emprendedora.

[1]. En cuanto a la relación con algunos indicadores sociales, Baldocci et al (2004) concluyen: “Mejorar la gobernabilidad es un poderoso instrumento para mejorar los indicadores sociales y el crecimiento. Un cambio en el índice de gobernabilidad desde un promedio bajo a uno alto es asociado con una reducción inmediata de 0,5 puntos porcentuales en la mortalidad infantil, un incremento de 6 puntos porcentuales en la tasa compuesta de ingreso a la educación, y un crecimiento de 1,6 puntos porcentuales en el crecimiento del PBI per cápita. A través del impacto reforzador de un mayor ingreso sobre el capital humano, esta medida puede llevar aun a mejores indicadores sociales. Por ejemplo, puede incrementar el ingreso a la escuela primaria en 10 puntos porcentuales en diez años sin recursos adicionales. El impacto positivo de elevar un país de un nivel menor a uno superior al promedio es comparable con un incremento del gasto en educación de 1% del PBI”. (p. 26).

Los costos no determinan los precios: lo esencial, no es visible a los ojos, hay que pensar

Con los alumnos de OMMA-Madrid leemos a Böhm-Bawerk sobre la relación entre los costos y los precios.

Lo esencial, no es visible a los ojos, decía el Principito, de Saint Exúpery. Algo así sucedió por mucho tiempo en relación a los precios y a los costos (que también son precios). Durante siglos, filósofos y luego economistas, discutieron la relación entre precios y costos, confundidos porque a simple vista parece que cualquier comerciante, por ejemplo, simplemente toma en cuenta su costo de compra y le suma un cierto porcentaje para establecer sus propios precios. Es cierto, ése es un método sencillo que utilizan muchos, pero no nos explica la real relación entre costos y precios. Sí lo hace Böhm-Bawerk:

Bohm Bawerk - Positive Theory of Capital

“En lo que sigue trataré, tan breve y claro como sea posible, de describir la concatenación entre Valor, Precio y Costos; y creo que no exagero al decir que, entender claramente esta conexión, es entender claramente la mejor parte de la Economía Política.”

“La formación del valor y el precio comienza con las valoraciones subjetivas de los consumidores sobre los productos terminados. Estas valoraciones determinan de la demanda de esos productos. Como oferta, contra esta demanda, se encuentra, en primer lugar, el stock de productos terminados que mantienen los productores. El punto de intersección de estas valoraciones bilaterales, la valoración de los pares marginales, determina, como sabemos, el precio y, por supuesto, determina el precio de cada clase de producto separadamente. Así, por ejemplo, el precio de rieles de hierro es determinado por la relación entre la oferta y la demanda de rieles, y, similarmente, el predio de todo otro producto hecho con el bien de producción hierro –tales como espadas, arados, martillos, láminas, calderas, máquinas, etc- es determinado por la relación entre la oferta y la demanda de cada uno de esos productos específicos.

Para que quede esto bien claro, asumamos que la relación entre los requerimientos y los stocks de distintos productos de hierro –y, por ende, sus precios- son diferentes; que el precio de una cantidad de un producto que puede fabricarse de una misma unidad de material- por ejemplo una tonelada de hierro- varía de 2 para el más barato a 20 para el más caro de los productos. Estos precios son el resultado de la posición del mercado en el momento, y hemos ya asumido que el stock de productos (la oferta) son una cierta cantidad. Pero lo son solamente por un momento. A medida que pasa el tiempo, están siendo siempre suplementados por la producción, y esto los convierte en una cantidad variable. Sigamos las circunstancias de esta producción.

Para la manufactura de productos de hierro los fabricantes, por supuesto, necesitan hierro. Bajo el sistema de la división del trabajo deben comprarlo en el mercado del hierro. Los fabricantes representan esta demanda de hierro. En cuanto a la magnitud de la demanda, está claro que cada productor comprará tanto hierro como le requiera producir la cantidad de bienes que espera vender entre sus clientes. Obviamente ningún fabricante pagará más por la tonelada de hierro de lo que pueda obtener de sus propios clientes en la forma del precio; pero hasta este punto, aun en el peor caso, podrá competir y competirá antes que dejar que su proceso se pare por falta de materia prima. El fabricante, entonces, que puede emplear rentablemente la tonelada de hierro si obtiene 20 de sus clientes será un comprador en el mercado; aquél que puede emplear rentablemente una tonelada de hierro a 16 naturalmente, no comprará a un precio superior a 16, y así sucesivamente.

De esta forma, el precio de mercado que cada productor de productos de hierro obtiene por sus productos específicos (o la proporción del precio de mercado que cae sobre el hierro según la ley de los bienes complementarios) lo provee de la valoración concreta que tienen en mente cuando se suma a la demanda de hierro.”

Public Choice levanta el velo: no tiene sentido asumir al Estado como ‘dictador benevolente’

Con los alumnos de Economía e Instituciones de OMMA-Madrid vemos los capítulos 4 y 5 sobre el supuesto de “dictador benevolente”. Algunos párrafos:

Durante mucho tiempo, buena parte de los economistas se concentraron en analizar y comprender el funcionamiento de los mercados, y olvidaron el papel que cumplen los marcos institucionales y jurídicos de los Gobiernos. Analizaban los mercados suponiendo que funcionaban bajo un “gobernante benevolente”, definiendo como tal a quien persigue el “bien común”, sin consideración por el beneficio propio, y coincidiendo en esto con buena parte de las ciencias políticas y jurídicas . Tal como define al Estado la ciencia política, tiene aquel el monopolio de la coerción, pero lo ejerce en beneficio de los gobernados.

Por cierto, hubo claras excepciones a este olvido. Inspirados en ellas, autores como Anthony Downs o James Buchanan y Gordon Tullock iniciaron lo que se ha dado en llamar “análisis económico de la política”, en el contexto de gobiernos democráticos, originando una abundante literatura. Su intención era aplicar las herramientas del análisis económico a la política y el funcionamiento del Estado, pues la teoría política predominante no lograba explicar la realidad de manera satisfactoria.

Uno de los primeros pasos fue cuestionar el supuesto del “gobernante benevolente” que persigue el bien común; porque, ¿cómo explicaba esto los numerosos casos en que los Gobiernos implementan medidas que favorecen a unos pocos? O más aún: ¿cómo explicar entonces que los gobernantes apliquen políticas que los favorecen a ellos mismos, en detrimento de los votantes/contribuyentes? Por último, ¿cómo definir el “bien común” ? Dadas las diferencias en las preferencias y valores individuales, ¿cómo se podría llegar a una escala común a todos? Esto implicaría estar de acuerdo y compartir dicha escala, pero el acuerdo que pueda alcanzarse tiene que ser necesariamente vago y muy general, y en cuanto alguien quiera traducir eso en propuestas específicas surgirán las diferencias. Por eso vemos interminables discusiones sobre la necesidad de contar con un “perfil de país” o una “estrategia nacional” que nos lleve a alcanzar ese bien común, pero, cuando se consideran los detalles, los “perfiles de país” terminan siendo más relacionados con algún sector específico o difieren claramente entre sí.

Los autores antes mencionados decidieron, entonces, asumir que en la política sucede lo mismo que en el mercado, donde el individuo persigue su propio interés, no el de otros. En el mercado, esa famosa “mano invisible” de Adam Smith conduce a que dicha conducta de los individuos termine beneficiando a todos. ¿Sucede igual en el Estado? Se piensa en particular en el Estado democrático, porque se supone que los Gobiernos tiránicos o autoritarios no le dan prioridad a los intereses de los gobernados.

Algunos economistas intentaron definir ese “bien común” en forma científica, como una “función de bienestar social”, pero sin éxito (Arrow 1951). Además, si hubiese alguna forma de definir específicamente ese bien común o bienestar general como una función objetiva, no importaría si es el resultado de una decisión democrática, de una decisión judicial o simplemente un decreto autoritario que lo imponga.

Como veremos, al cambiar ese supuesto básico, la visión que se tiene de la política es muy distinta: el político persigue, como todos los demás y como él mismo fuera de ese ámbito, su interés personal. No se puede definir algo como un “bien común”, un resultado particular que sea el mejor, pero sí se puede evaluar un proceso, en el que el resultado “bueno” sea aquél que es fruto de las elecciones libres de las personas. ¿Existe entonces un mecanismo similar a la “mano invisible” en el mercado, que guíe las decisiones de los votantes y las acciones de los políticos a conseguir los fines que persiguen los ciudadanos? Este enfoque, llamado en general “Teoría de la Elección Pública” (Public Choice) se centra en los incentivos. De ahí que también se le conozca como “análisis económico de la política”.

Pero no son los incentivos el único problema que se presenta en el supuesto del dictador benevolente. También está el problema de la información, similar al planteado por Mises y Hayek en relación con la planificación económica, aunque originalmente presente en un autor anterior .

Estos dos cuestionamientos plantean entonces dos principales problemas al funcionamiento de la política, como mecanismo para satisfacer las necesidades de la gente: un problema de información, relacionado con la formación de las preferencias y su “revelamiento”, y los medios y procedimientos para satisfacerlas; y un problema de incentivos, por los que las acciones de los representantes deben dirigirse a ese objetivo.

 

El equilibrio general y las fallas de Mercado: ¿si elaboramos la teoría, cómo no va a existir?

Con los alumnos de Economía e Instituciones de OMMA-Madrid vemos los capítulos 2 y 3 sobre la teoría de las fallas de mercado. Algunos párrafos sobre el equilibrio general:

Si el punto de equilibrio de un mercado es óptimo en el sentido de Pareto, ¿no ha de ser óptima una situación en la que todos los mercados estén en equilibrio? Imaginemos una situación así: se maximiza el superávit de los demandantes y el de los oferentes; no existen excedentes involuntarios en el mercado, ya que todo el que quiso comprar lo hizo, y todo el que quiso vender también, y los productos quedaron en manos de quienes más los valoran: los compradores, que adquirieron de los oferentes que los valoraban en menos, y los vendedores, cuando sus valoraciones eran superiores a las de los compradores.

Por supuesto que el equilibrio general es un modelo “ideal”, una configuración imaginada, no descubierta en el mundo real. ¿Cuál sería el sentido de considerar mundos ideales que no existen? Pues como en las ciencias sociales no pueden realizarse experimentos como en las ciencias naturales, el uso de este tipo de construcciones imaginarias permite llegar lógicamente a determinadas conclusiones, suponiendo algún tipo de cambio, mientras que todo lo demás se mantiene igual. Esto es lo que solemos describir con las palabras latinas ceteris paribus, con lo cual se quiere decir que todo lo demás sigue igual, no ha cambiado. Un modelo ideal de este tipo nos permite deducir cuáles son los efectos de alguna modificación en alguna de las variables.

Volviendo al equilibrio general, el problema es que el modelo del mercado competitivo en equilibrio, como suele ser presentado, demanda unas condiciones de imposible realización en el mundo limitado y real en el que los humanos vivimos.

Esto exige que ni las dotaciones de recursos, ni las posibilidades tecnológicas, ni las preferencias de los consumidores cambien. No existe un beneficio empresarial, sino una tasa de remuneración de los factores, que es igual a todos ellos. Es una economía sin cambios, sin innovación, sin emprendedores. Demanda, adicionalmente, un conocimiento omnisciente: todas las decisiones antes mencionadas solo pueden cumplirse si se tiene un conocimiento perfecto y anticipado de las acciones y reacciones de los demás actores del mercado.

El precio del mercado nunca coincidirá con ese precio final, pero es necesario considerar a este último para comprender el mecanismo de ajuste del mercado hacia el mismo. Ese precio será un blanco móvil que nunca será alcanzado, debido fundamentalmente a que los cambios en los factores que determinan la formación de los precios no suceden en forma simultánea, sino que requieren tiempo, y es durante ese tiempo cuando se producen nuevos cambios.

Esa construcción imaginaria de un “estado final de reposo” o equilibrio general walrasiano continúa funcionando como una “economía de giro uniforme”, donde existe…

… un conjunto de precios tal que cada consumidor elige la cesta que prefiere de entre las que son asequibles y todas las decisiones de los individuos son compatibles en el sentido de que la demanda es igual a la oferta en todos los mercados. (Varian 1993, p. 509).

… fue elevada posteriormente a la categoría de “óptimo”, según el Primer Teorema de la Economía del Bienestar, al lado de la cual todo lo demás es un “fracaso”:

Este teorema garantiza que un mercado competitivo obtiene todas las ganancias derivadas del comercio: la asignación de equilibrio lograda por un conjunto de mercados competitivos es necesariamente eficiente en el sentido de Pareto. Quizá no tenga ninguna otra propiedad deseable, pero es necesariamente eficiente. (Varian 1993, p. 518).

Se pregunta Varian: “La existencia de un equilibrio competitivo es importante en la medida en que sirve para comprobar la coherencia de los diferentes modelos que hemos analizado en los capítulos anteriores. ¿De qué serviría desarrollar complejas teorías del funcionamiento de un equilibrio competitivo, si este normalmente no existiera?” (p. 515).

Parece un razonamiento de este tipo: tenemos una linda teoría, la realidad tendría que ser como ella indica… y, si así no es, será la realidad la que tiene problemas. La teoría, sin embargo, tiene que ayudarnos a comprender la realidad, lo cual es muy distinto de pretender que esta se acomode a ella.

 

El arte del precio: microeconomía aplicada por Rafi Mohammed, un experto en marketing

Con los alumnos de Microeconomía de OMMA-Madrid hacemos una pausa en la teoría económica para considerar cómo establecen precios los comercios y las empresas. Para eso vemos el libro de Rafi Mohammed “El arte del precio” donde comienza analizando el carácter totalmente subjetivo del valor, el establecimiento de un precio en una subasta y luego cómo podemos asimilar este análisis a la política de una empresa:

“Todos los negocios, en cierta medida, incorporan la ley de la demanda a sus prácticas de fijación de precios. Por ejemplo, en las tiendas de venta al por menor, los precios empiezan siendo elevados al principio de la temporada y acaban por caer para dejar sitio a los productos de la siguiente temporada. Ésta es una estrategia de fijación de precios intemporal. FIlene’s Basement, un minorista de moda de precios bajos, utiliza abiertamente la ley de la demanda para poner en movimiento la mercancía. Todos los productos están sujetos a un precio inicial y a una rebaja programada durante los siguientes treinta días. La mercancía se descuenta después de doce días de venta en un 25 por ciento; tras dieciocho días de venta, el descuento es el 50 por ciento; y finalmente, después de veinticuatro días de venta, el precio se rebaja en un 75 por ciento. Todos los artículos que no se vendan después de treinta días se donan a alguna asociación benéfica.

A los clientes les encanta este método de fijación de precios.” Y, tomando en cuenta la pendiente negativa de la curva de demanda o, dicho de otra forma, que hay distintos demandantes con diferentes valoraciones, que estarían dispuestos a comprar pero a distintos precios, propone: “Una estrategia de precios múltiples es una serie de estrategias que nos permiten sacar beneficios de la valoración única de un producto que realiza cada cliente. ¿Se acuerda de esos clientes que pensaba que iban a pagar más? La estrategia de precios múltiples les cobra precios más elevados, que están dispuestos a pagar. La estrategia de precios múltiples rinde tributo a la ley de la demanda reconociendo que los precios reducidos darán lugar a nuevos clientes.”

“La valoración diferencial le permite vender su producto con precios distintos a diferentes clientes. Por ejemplo, las salas de cine suelen utilizar la valoración diferencial para atraer a clientes que realizan valoraciones distintas de su producto. Para atraer a los clientes que no están dispuestos a pagar precios de admisión regulares, se ofrecen descuentos a estudiantes, a niños y a jubilados. Como consecuencia de ellos, los clientes que, a menudo, pagan precios significativamente distintos acaban viendo juntos la misma película.”

“El versionamiento ofrece una línea de productos, basada en un producto base, diseñada para atraer nuevos clientes y revelar implícitamente sus valoraciones. Por ejemplo, algunos productos ofrecen versiones buenas, mejores y óptimas, y cada una de ellas tiene un nivel de calidad con un precio distinto. El versionamiento seduce a los clientes que realizan valoraciones más bajas para que adquieran el producto con un margen inferior de ‘bueno’, y aquellos clientes que realizan valoraciones superiores para que compren el producto más caro considerado como ‘”óptimo’.”

“Muchas personas se encuentran con este tipo de versionamiento una vez a la semana, cuando tienen que decidir con qué clase de gasolina llenan el depósito de su coche. Las estrategias de fijación de precios por segmentos pueden dirigirse hacia los clientes latentes y motivarlos a comprar. La idea que subyace bajo este concepto es que las nuevas estrategias de fijación de precios atraerán nuevos clientes. Algunas veces, el modo en el que fijamos el precios simplemente no resulta atractivo a los clientes interesados (Por ejemplo, algunos pueden preferir alquilar un bien o servicio en lugar de comprarlo). Así, la estrategia de fijación de precios de multipropiedad ha creado un enorme desarrollo económico en el sector de las viviendas de vacaciones, dividiendo las propiedades en segmentos de cincuenta y dos semanas. Los clientes adquieren una semana específica, que es suya de por vida. La fijación de precios de la multipropiedad se dirige a los clientes que desean ‘poseer’ una vivienda de vacaciones pero que no disponen de los recursos económicos necesarios (o no tienen interés) para realizar una compra completa.”

Demsetz propone una teoría económica sobre el origen del derecho de propiedad

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I de la UBA Económicas vemos un artículo que ya es un clásico: Harold Demsetz en “Hacia una teoría de los derechos de propiedad’ donde se propone desarrollar una explicación económica sobre el origen de este derecho.

Algunos de sus puntos centrales:

“En el mundo de Robinson Crusoe los derechos de propiedad no desempeñan ningún rol. Son un instrumento de la sociedad y su significación deriva del hecho de que ayudan a formarse las expectativas que se pueden sustentar razonablemente en las relaciones con otros. Estas expectativas encuentran su expresión en leyes, hábitos y costumbres de una sociedad. El propietario de ciertos derechos de propiedad posee el consentimiento de sus pares para permitirle actuar de determinadas maneras. Un propietario espera que la comunidad impida que otros interfieran en sus propias acciones a partir de que tales acciones no están prohibidas en la especificación de sus derechos.

Es importante notar que los derechos de propiedad conllevan el derecho a beneficiarse o perjudicarse a sí mismo así como a beneficiar o perjudicar a otros. Perjudicar a un competidor por el hecho de fabricar mejores productos puede estar permitido, mientras que pegarle un tiro no lo está. Por lo contrario, si puede estar permitido beneficiarse uno a sí mismo disparando un arma contra un intruso, puede no estarlo vender productos por debajo de cierto precio establecido. Está claro entonces que los derechos de propiedad especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse y, por tal razón, quién debe pagar a quién para modificar acciones llevadas a cabo por personas. El reconocimiento de esto permite entender fácilmente la estrecha relación que existe entre derechos de propiedad y factores externos o externalidad.

La externalidad es un concepto ambiguo. Para los objetivos de este trabajo, el concepto incluye costos externos, beneficios externos y externalidades tanto pecuniarias como no pecuniarias. Ningún efecto benéfico o perjudicial es externo al conjunto. Alguna persona siempre resulta perjudicada o beneficiada por tales efectos. Lo que convierte a un efecto benéfico o perjudicial en una externalidad es que el costo de hacer que gravite en la decisión de una o más de las personas interactuantes sea demasiado alto como para justificarse, y esto es lo que el término quiere decir aquí.

La «internalización» de tales efectos está ligada a un proceso -usualmente un cambio en los derechos de propiedad- que permite a dichos efectos gravitar sobre todas las personas interactuantes. Una función primaria de los derechos de propiedad es la de promover incentivos para alcanzar una mayor internalización de las externalidades. Cada costo y beneficio asociado con interdependencias sociales es una externalidad potencial.

Una condición es necesaria para hacer que costos y beneficios sean externalidades: el costo de una transacción de derechos entre partes (internalización) debe exceder la ganancia de la internalización. En general, el costo de la transacción puede ser grande en relación con las ganancias por las «naturales» dificultades del intercambio comercial, o bien puede ser grande por razones legales. En una sociedad jurídicamente organizada, la prohibición de negociaciones voluntarias puede hacer infinito el costo de las transacciones.”

Alberdi se plantea cómo mantener los principios económicos de la Constitución. No fue suficiente

Vemos con los alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires el texto de Alberdi: «Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina».

Rige en Argentina la Constitución de 1853 inspirada por Alberdi. Está claro que poco tiene que ver la organización actual de la sociedad argentina con los principios que inspiraron a quien inspirara esa constitución. Sin embargo, para Alberdi, ella contenía “un sistema completo de política económica”. Así lo dice:

Alberdi 2

“La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos. Toda la materia económica se halla comprendida en estas tres grandes divisiones de los hechos que la constituyen.”

“Esparcidas en varios lugares de la Constitución, sus disposiciones no aparecen allí como piezas de un sistema, sin embargo de que le forman tan completo como no lo presenta tal vez constitución alguna de las conocidas en ambos mundos.”

¿Acaso no se dio cuenta Alberdi que el espíritu de esa Constitución podía ser alterado luego por las leyes y otras medidas gubernamentales que se aprobaran. Al respecto, esto dice:

“Conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, es concedido el goce de las libertades económicas. La reserva deja en manos del legislador, que ha sido colono español, el peligro grandísimo de derogar la Constitución por medio de los reglamentos, con sólo ceder al instinto y rutina de nuestra economía colonial, que gobierna nuestros hábitos ya que no nuestros espíritus. Reglamentar la libertad no es encadenarla. Cuando la Constitución ha sujetado su ejercicio a reglas, no ha querido que estas reglas sean un medio de esclavizar su vuelo y movimientos, pues en tal caso la libertad sería una promesa mentirosa, y la Constitución libre en las palabras sería opresora en la realidad.”

“Todo reglamento que es pretexto de organizar la libertad económica en su ejercicio, la restringe y embaraza, comete un doble atentado contra la Constitución y contra la riqueza nacional, que en esa libertad tiene su principio más fecundo.”

Este tema es toda una preocupación en esta obra. Más adelante, en una sección titulada “Garantías de la Constitución contra las derogaciones de la ley orgánica – Base constitucional de toda ley económica”, dice:

“De dos medios se ha servido la Constitución para colocar sus garantías económicas al abrigo de los ataques derogatorios de la ley orgánica: primero ha declarado los principios que deben ser bases constitucionales y obligatorios de toda ley; después ha repetido para mayor claridad explícita y terminantemente, que no se podrá dar ley que altere o limite esos principios, derechos y garantías con motivo de reglamentar su ejercicio.”

No obstante, esto no le parecía suficiente, y más adelante agrega:

“En efecto, el sistema económico de la Constitución argentina debe buscar su más fuerte garantía de estabilidad y solidez en el sistema económico de su política exterior, el cual debe ser Un medio orgánico del primero, y residir en tratados de comercio, de navegación, de industria agrícola y fabril con las naciones extranjeras. Sin esa garantía internacional la libertad económica argentina se verá siempre expuesta a quedar en palabras escritas y vanas.”

Aun así todo eso fue insuficiente. Hemos visto en otros posts la importancia de los valores e ideas en la evolución de las sociedades. Si estos cambian, no hay ninguna disposición constitucional o tratado internacional que pueda detener esa marea de cambio. No lo pudo en el caso de la Argentina. Otros valores e ideas comenzaron a prevalecer en la sociedad y, tarde o temprano, el cambio se produjo (y también cien años de estancamiento y retroceso).

El problema del costo social o la definición del derecho de propiedad resuelve externalidades

 Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I vemos «El problema del Costo Social» de Ronald Coase y «Hacia una teoría de los derechos de propiedad» de Harold Demsetz para que vean dos contribuciones fundacionales del «Law & Economics». Van párrafos del libro «El Foro y el Bazar»:

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La visión tradicional respecto a las externalidades negativas era la presentada por Alfred C. Pigou (1920). Una visión alternativa fue presentada por Ronald Coase, quien critica a Pigou por considerar que solamente existe una solución a las externalidades, impuestos. Coase afirmó que en ausencia de o con bajos costos de transacción, las partes llegarían a acuerdos mutuamente satisfactorios para internalizar las externalidades, sin importar a quien se asignara el derecho, y el recurso sería destinado a su uso más valioso.

En su famoso artículo “El Problema del Costo Social” (1960) presenta distintos casos para ejemplificar su razonamiento. Veamos el caso “Sturges vs. Bridgmarn”. Un panadero usaba sus máquinas amasadoras en su propiedad desde hace sesenta años. Un médico se muda, y luego de ocho años construye su consultorio sobre la pared medianera. Al poco tiempo presenta una demanda por los ruidos y vibraciones, afirmando que le impiden desempeñar su profesión en su propiedad.

Notemos que lo que está en discusión aquí es la definición del derecho de propiedad. Todos sabemos que la propiedad inmueble puede tener límites físicos claros, una pared establece dicho límite. Pero el derecho de propiedad no es solamente eso, también define el uso que se puede hacer del recurso sujeto a propiedad. Por ejemplo, uno puede hablar en su propiedad, e incluso escuchar música o televisión y que parte de estos sonidos se escuchen en la casa vecina, pero ¿hasta qué volumen? Esto era lo que las partes discutían: en muchos casos suele haber una norma legislativa que establece un límite a los ruidos que pueden emitirse y delimita así el derecho de uso de la propiedad que el dueño posee, en otros casos el juez lo define antes un caso específico.

Coase sostiene que la solución de Pigou (impuesto a las emisiones de ruido o su prohibición)no toma en cuenta que la solución más eficiente debería permitir que el recurso sea asignado a su uso más valioso, algo que esa solución no permite. Por ejemplo, si la norma legal o la decisión judicial impidieran el funcionamiento de las máquinas amasadoras y éste fuera el uso más valioso del “espacio sonoro”, la solución sería ineficiente.

Veamos esto. Tenemos dos posibilidades en cuanto al derecho:

1. Que el derecho lo tenga el panadero y pueda utilizar sus máquinas

2. Que el derecho lo tenga el médico y deba tener silencio.

Y dos posibilidades respecto a las valoraciones del recurso:

1. Que el panadero valore más el uso del espacio sonoro que el médico (podríamos suponer que le cuesta más mover las maquinarias que al médico mover el consultorio)

2. Que el médico valore más dicho uso (en este caso mover el consultorio le resulta más caro que el panadero mover las maquinarias)

 

Estos dos elementos nos dan como resultado cuatro alternativas:

1. El derecho pertenece al panadero y éste valora el uso más que el médico, por lo que la solución posible es que el médico traslada el consultorio y el problema se resuelve. En este caso hay máquinas y hay ruido.

2. El derecho le pertenece al panadero, pero el médico valora más el espacio, por lo que decide pagarle al panadero para que mueva las maquinarias, siendo que esto es más barato que mover el consultorio. El médico paga, no hay máquinas y hay silencio.

3. El médico tiene derecho al silencio pero como el panadero valora más la posibilidad de emitir ruidos, le paga al médico para que éste traslade el consultorio, siendo que esto es más barato que mover las máquinas. Resultado: hay máquinas y hay ruido.

4. El médico tiene el derecho y también la valoración más alta, el panadero mueve las máquinas. Resultado: no hay máquinas y hay silencio.

 

Como se puede ver, cuando la valoración del panadero es mayor, habrá máquinas, y cuando la valoración del médico es superior habrá consultorio y las máquinas serán trasladadas. El resultado es el mismo en un caso u otro, sin importar a quien corresponda el derecho. Esto no quiere decir, por supuesto, que la posesión del derecho no sea importante, pero según Coase, no determina en uso del recurso sino solamente quién le paga a quién.

Ahora bien, si los costos de transacción son elevados, al menos para que los beneficios de la negociación no sean suficientes, entonces las alternativas 2 y 3 ya no son posibles. En ese caso, y solamente en ese caso, la decisión legal o judicial de asignar el derecho a uno o a otro efectivamente determinará el uso del recurso, es decir, si el espacio se va a utilizar para las maquinarias o para el consultorio.

Hasta aquí la parte “positiva” del teorema, pero Coase da un paso normativo al aconsejar a los jueces en este último caso (altos costos de transacción) de asignar el derecho a quien de esa forma se genere mayor valor económico, A o D, según sea mayor la valoración de uno u otro, o siguiendo nuestro simplificado ejemplo, según sea menos costoso trasladar las máquinas o el consultorio.

Como vemos, ésta es una solución muy distinta a la de Pigou, y tiene una alternativa “institucional”, pues pone énfasis en definir el derecho de propiedad para reducir los costos de transacción y permitir que las partes negocien.

 

Bienes o servicios complementarios y sustitutos: todos los precios están interconectados

Con los alumnos de Microeconomía de OMMA-Madrid vemos los precios de bienes y servicios sustitutos y complementarios. Leemos a Mises, quien analiza en “La Acción Humana” la interconexión de los precios y considera las distintas expresiones de este fenómeno:

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“Si un proceso definido de producción da como resultado los productos p y q simultáneamente, las decisiones y acciones empresariales estarán dirigidas por la evaluación de la suma anticipada de los precios de p y q. Los precios de p y q están particularmente conectados entre sí ya que cambios en la demanda de p (o de q) generan cambios en la oferta de q (o de p). La relación mutua de los precios de p y q puede llamarse conexión de producción. El empresario llama a p (o q) un subproducto de q (o p).”

Luego señala la conexión de consumo. Esta sería cuando la producción de un bien de consumo requiere el empleo de dos factores y no importa que la combinación de esos factores la realice una misma empresa o distintas, o incluso el mismo consumidor comprando dos productos y combinándolos luego.

Finalmente la “conexión de sustitución”: “Si los servicios que brinda un producto b puede ser sustituidos, aunque no sea de forma perfecta, por otros que brinda el producto a, un cambio en el precio de uno de ellos afectará al precio del otro. La relación mutua entre los precios de a y b puede llamarse conectividad de sustitución”.

Pero luego, existe una conectividad mucho más general. Así la presenta Robert P. Murphy en la “Guía para el estudio de La Acción Humana”:

“Los precios de ciertos bienes tienen una conexión especial; el rebaja de precio de la manteca de maní puede afectar al precio de las mermeladas. Y aún más generalmente, los precios de todos los bienes están interconectados porque todos los bienes y servicios compiten por el dinero de los compradores. Y como se requiere de trabajo para la producción de todo bien, están todos interrelacionados tanto por el lado del consumo como por el de la producción. Es imposible analizar un precio específico en forma aislada.”

Esta conectividad se debe a la existencia de muchos factores que no son específicos. Dice Mises que en un mundo ideal en el que cada factor fuera específico cada actividad estaría aislada de las otras.

Concluye en este tema:

“Sería absurdo considerar a un precio definido como si fuera un objeto aislado en sí mismo. Un precio expresa la posición que los hombres actuantes le otorgan a una cosa en el estado presente de los esfuerzos para remover una insatisfacción. No indica relación con algo inmutable, sino solamente una posición instantánea en un conjunto permanentemente cambiante. En esta colección de cosas que son consideradas valiosas por los juicios de valor de las personas actuantes el lugar de cada una de ellas está interrelacionado con todas las demás. Lo que llamamos precio es una relación, dentro de un sistema integrado, que es el efecto compuesto de las valoraciones humanas.”