¿Peligro de default de la deuda pública en Estados Unidos? Viejo truco de los políticos

En estos momentos se discute en Estados Unidos si van a caer en el default de su deuda. Es una discusión política sesgada. Desde hace tiempo el Congreso de ese país a impuesto un “techo” a la deuda pública. Supuestamente, cuando se alcanza no se puede tomar más (por ejemplo, para pagar la deuda existente o sus intereses). Pero cada vez que se llega a ese techo el Congreso finalmente cede y lo amplía.

En un interesante artículo en su blog, The Grumply Economist, John Cochrane señala que no es así, que alcanzado el límite simplemente podría decir que no tiene recursos para pagar el gasto. El gobierno, en ese caso, amenazaría con que van a cerrar los servicios mas esenciales, la gente enferma va a morir en la calle, etc. Esto dice el autor:

“Todo el mundo sigue repitiendo que alcanzar el límite de la deuda requeriría un incumplimiento del principal y los intereses. El mismo Tesoro dice:

No aumentar el límite de la deuda tendría consecuencias económicas catastróficas. Haría que el gobierno no cumpliera con sus obligaciones legales, un evento sin precedentes en la historia de Estados Unidos. Eso precipitaría otra crisis financiera y amenazaría los empleos y los ahorros de los estadounidenses comunes, poniendo a los Estados Unidos nuevamente en un profundo agujero económico, justo cuando el país se está recuperando de la reciente recesión.

La primera afirmación es correcta. El segundo no lo es. El gobierno todavía está recaudando ingresos fiscales. El Tesoro podría decir fácilmente «dada la catástrofe que produciría un incumplimiento, siempre pagaremos los intereses y el capital de la deuda del Tesoro antes que cualquier otro pago». El Congreso podría aprobar una ley declarando ese hecho. No hay ninguna razón económica por la que un límite de deuda deba forzar un incumplimiento.”

https://johnhcochrane.blogspot.com/2023/01/two-points-on-debt-limit-1-serious-1-fun.html

Si la inflación es multicausal, al gobierno no le van a gustar cuáles son las múltiples causas

El ministro de Economía argentino, y muchos líderes políticos del actual gobierno creen y enfatizan que el problema inflacionario es “multicausal”. En realidad, todos los fenómenos sociales son multicausales, pero ellos lo dicen para desestimar el impacto del déficit fiscal y la emisión monetaria y buscar otras causas de las cuales no sean responsables.

James Dorn publica un artículo en Cato at Liberty titulado “The Menace of Fiscal Inflation”, donde también plantea la multicausalidad, pero seguramente una que no les gustará a nuestros políticos y funcionarios, ya que las “múltiples” causas que destaca son el descalabro fiscal y la emisión para cubrir el gasto.

https://www.cato.org/blog/menace-fiscal-inflation

“Hoy, la inflación ha alcanzado un máximo de 40 años, en respuesta al despilfarro fiscal y la política monetaria acomodaticia. Los pagos directos en efectivo a individuos y empresas en 2020 y 2021, que totalizaron más de $5 billones, junto con el rápido crecimiento del dinero base, bajo el programa de compra de activos a gran escala de la Fed (también conocido como expansión cuantitativa o QE), han combinado con interrupciones en la cadena de suministro global para generar tasas de inflación que están sustancialmente por encima del objetivo a largo plazo de la Reserva Federal del 2 por ciento.

John Cochrane (2022), miembro sénior de la Institución Hoover, presenta un caso convincente de que, aunque la inflación generalmente se puede entender como un fenómeno monetario, sus raíces a menudo se pueden rastrear hasta el dominio fiscal, es decir, a la presión política para usar el banco central para acomodar el gasto deficitario del gobierno. Tanto la monetización de la deuda como las caídas en helicóptero fiscal, o lo que Cochrane llama «inflación fiscal», deben reconocerse.

Este artículo examina las fuentes fiscales y monetarias de la inflación actual y enfatiza la importancia de la rectitud fiscal y el control monetario en la formación de expectativas sobre la inflación futura. Sin instituciones fiscales y monetarias sólidas que sean transparentes, restringidas por el estado de derecho y confiables para el público, persistirá el peligro de una inflación futura.”

Juan Bautista Alberdi sobre la deuda pública, su cumplimiento y la estabilidad de un gobierno

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi sobre la deuda pública:

“¿Qué condiciones necesita poseer el gobierno que toma prestado, para infundir esa confianza en el valor de sus títulos de obligación? ¿El gobierno de la Confederación Argentina reúne esas condiciones?

El gobierno que toma prestado no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda. Le bastará tener el necesario para pagar los intereses o renta puntualmente. Este interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor tiene vida inmortal en la tierra, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas, que inevitablemente tienen que ser más ricas y abundantes de año en año. Al tenedor de los títulos o efectos del gobierno poco le importa que éste no reembolse su valor nominal, si hay otras personas dispuestas a tomárselos por ese valor. Para que haya compradores de esos títulos, basta que el interés o renta estipulados en ellos se pague puntualmente, lo cual depende, en el crédito público como en el crédito privado, que el gobierno deudor tenga con qué pagar los intereses y respeto a la puntualidad de sus promesas. Necesita, a más de ser puntual y fiel en sus promesas, tener seguridad de ser estable y de que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores.

Todas estas condiciones en que estriba el crédito público, asisten al gobierno de la Confederación Argentina, y le hacen capaz del ejercicio de este recurso del modo más efectivo. Hemos demostrado que tiene fuentes abundantes y positivas de renta pública; luego tiene lo suficiente para el pago de los intereses de su deuda. Posee inmensas tierras públicas, que han adquirido valor real por el nuevo régimen político; luego es capaz de amortizar gradualmente el capital de su deuda.

Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria por ser de creación y formación, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. El gobierno argentino acaba de dar una prueba de que comprende esta verdad en toda su latitud, cambiando la organización que había ensayado por error para su crédito público, por otra que le restablece a sus bases más normales y más firmes.

La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraído por el gobierno es garantía que acompaña a los del gobierno actual de la Confederación Argentina, por ser constitucional y enteramente legítima su existencia, lo cual hace que sea la Nación misma, más bien que el gobierno, que la sirve de intermedio, quien se obliga por los actos legislativos del Congreso que la representa, y a cuya autoridad ha dejado la facultad de contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Confederación, por el art. 64,. inciso 3 de su Constitución federal. Y como ese mismo Congreso vota anualmente por ley la forma en que ha de invertir los valores obtenidos a préstamo como todos los que sirven al gasto público, la Constitución, que esto determina, da en ello una nueva garantía a los prestamistas, de que la inversión útil, moderada y tal vez reproductiva de los fondos prestados, se hará de un modo que asegure el pago de su renta y sostenga el valor de sus capitales escritos. De este modo el gobierno constitucional y responsable contribuye, por el hecho mismo de existir, a ensanchar las riquezas del Estado.

En cuanto a la estabilidad del gobierno, es decir, a la paz y al mantenimiento del orden, en que reposa el edificio del crédito y de toda la industria, jamás la Confederación ha tenido garantías comparables a las que hoy aseguran su tranquilidad.

La paz es firme y estable hoy día, porque hay un gobierno nacional que cuide de mantenerla. Ese gobierno ha faltado enteramente por espacio de treinta años, en que las provincias vivieron aisladas unas de otras y destituidas de gobierno interior común. En la ausencia total del gobierno interior, la paz no podía existir por sí sola en las provincias del Plata, como no existiría en los condados de Inglaterra, si faltase el gobierno general del Reino Unido, cuyo principal atributo es sostenerla.

El gobierno será estable porque tiene elementos reales de poder, lo cual no sucedía en el tiempo en que las provincias privadas del comercio directo por la clausura de sus ríos, en vano tenían el derecho abstracto de gobernarse a sí mismas como Nación independiente y soberana; las rentas, en que consiste el poder de hecho, quedaban en manos de la provincia que tenía el privilegio exclusivo de la aduana exterior.

El comercio directo a que deben las provincias el goce de sus medios materiales de gobierno es estable para siempre, porque descansa en la libre navegación de los ríos, en cuyas márgenes están los puertos de las provincias, abiertos a ese comercio directo de la Europa, por tratados internacionales de duración indefinida.”

Federalismo, división de poderes, límites a la deuda o embargo de bienes estatales en Brasil

  • Descentralización y federalismo en Brasil
     

La división de poderes es uno de los elementos centrales de la calidad institucional y esta puede ser, digamos, horizontal (entre los distintos poderes a cierto nivel de gobierno: ejecutivo, legislativo y judicial) o vertical (entre los distintos niveles de gobierno: nacional, provincial o estadual y municipal).  

Brasil es un país federal, y estamos viendo en estos momentos una puja que, con algunos bemoles, es un caso del control de poder que una división puede generar, aunque no lo logre en todos los casos. El gobierno nacional ha generado un Régimen de Recuperación Fiscal (RRF) por el que ayudará a los gobiernos estaduales en el pago de sus deudas si estos implementan un plan de reformas, que debe incluir no crear nuevos cargos, ni conceder aumentos, ni aumentar los gastos, y debe privatizar empresas bajo su órbita y otras medidas para reducir sus gastos.  El gobierno nacional ha vetado la propuesta del estado de Rio de Janeiro pese a que el Consejo de Supervisión del RRF la hubiera aprobado, en base a opiniones técnicas del Tesoro Nacional y de la Procuraduría General de la Hacienda Nacional. El Consejo de Supervisión del RFF está formado por miembros del gobierno nacional, del gobierno de Rio y del Tribunal de Cuentas de la Unión.  

No parece sorprendente que el plan de ajuste presentado por el gobierno de Rio de Janeiro contemplara aumentos de los sueldos de sus empleados y pospusiera el ajuste hasta 2030, el último del programa. El Tesoro señala que no hay ajuste del gasto.  

En fin, son intentos de un gobierno nacional de presionar a un gobierno estadual para que realice reformas que, aparentemente, éste no quiere realizar. Estamos de nuevo en la cuestión de cómo se impone la disciplina en un estado que no quiere tenerla: en este caso viene desde arriba, pero también podría ser que la reclamaran los votantes y, por último, que la imponga en mercado: en Diciembre de 2020 el Estado Federal pagó una deuda de 4,7 billones de reales al BNP Paribas.  

Autores de Public Choice han sugerido reformas institucionales para hacer frente a este problema, tales como la prohibición de tomar endeudamiento o la posibilidad de embargo de los bienes del Estado. Es decir, o que no pueda tomar deuda con ese banco o que luego se haga cargo de que le embarguen sus bienes.  

https://oglobo.globo.com/rio/governo-federal-veta-entrada-do-rio-no-regime-de-recuperacao-fiscal-25356980  

Alberdi y la capacidad del gobierno de tomar deuda: mantendrá su crédito pagando puntualmente

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi sobre la deuda pública:

“¿Qué condiciones necesita poseer el gobierno que toma prestado, para infundir esa confianza en el valor de sus títulos de obligación? ¿El gobierno de la Confederación Argentina reúne esas condiciones?

El gobierno que toma prestado no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda. Le bastará tener el necesario para pagar los intereses o renta puntualmente. Este interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor tiene vida inmortal en la tierra, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas, que inevitablemente tienen que ser más ricas y abundantes de año en año. Al tenedor de los títulos o efectos del gobierno poco le importa que éste no reembolse su valor nominal, si hay otras personas dispuestas a tomárselos por ese valor. Para que haya compradores de esos títulos, basta que el interés o renta estipulados en ellos se pague puntualmente, lo cual depende, en el crédito público como en el crédito privado, que el gobierno deudor tenga con qué pagar los intereses y respeto a la puntualidad de sus promesas. Necesita, a más de ser puntual y fiel en sus promesas, tener seguridad de ser estable y de que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores.

Todas estas condiciones en que estriba el crédito público, asisten al gobierno de la Confederación Argentina, y le hacen capaz del ejercicio de este recurso del modo más efectivo. Hemos demostrado que tiene fuentes abundantes y positivas de renta pública; luego tiene lo suficiente para el pago de los intereses de su deuda. Posee inmensas tierras públicas, que han adquirido valor real por el nuevo régimen político; luego es capaz de amortizar gradualmente el capital de su deuda.

Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria por ser de creación y formación, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. El gobierno argentino acaba de dar una prueba de que comprende esta verdad en toda su latitud, cambiando la organización que había ensayado por error para su crédito público, por otra que le restablece a sus bases más normales y más firmes.

La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraído por el gobierno es garantía que acompaña a los del gobierno actual de la Confederación Argentina, por ser constitucional y enteramente legítima su existencia, lo cual hace que sea la Nación misma, más bien que el gobierno, que la sirve de intermedio, quien se obliga por los actos legislativos del Congreso que la representa, y a cuya autoridad ha dejado la facultad de contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Confederación, por el art. 64,. inciso 3 de su Constitución federal. Y como ese mismo Congreso vota anualmente por ley la forma en que ha de invertir los valores obtenidos a préstamo como todos los que sirven al gasto público, la Constitución, que esto determina, da en ello una nueva garantía a los prestamistas, de que la inversión útil, moderada y tal vez reproductiva de los fondos prestados, se hará de un modo que asegure el pago de su renta y sostenga el valor de sus capitales escritos. De este modo el gobierno constitucional y responsable contribuye, por el hecho mismo de existir, a ensanchar las riquezas del Estado.

En cuanto a la estabilidad del gobierno, es decir, a la paz y al mantenimiento del orden, en que reposa el edificio del crédito y de toda la industria, jamás la Confederación ha tenido garantías comparables a las que hoy aseguran su tranquilidad.

La paz es firme y estable hoy día, porque hay un gobierno nacional que cuide de mantenerla. Ese gobierno ha faltado enteramente por espacio de treinta años, en que las provincias vivieron aisladas unas de otras y destituidas de gobierno interior común. En la ausencia total del gobierno interior, la paz no podía existir por sí sola en las provincias del Plata, como no existiría en los condados de Inglaterra, si faltase el gobierno general del Reino Unido, cuyo principal atributo es sostenerla.

El gobierno será estable porque tiene elementos reales de poder, lo cual no sucedía en el tiempo en que las provincias privadas del comercio directo por la clausura de sus ríos, en vano tenían el derecho abstracto de gobernarse a sí mismas como Nación independiente y soberana; las rentas, en que consiste el poder de hecho, quedaban en manos de la provincia que tenía el privilegio exclusivo de la aduana exterior.

El comercio directo a que deben las provincias el goce de sus medios materiales de gobierno es estable para siempre, porque descansa en la libre navegación de los ríos, en cuyas márgenes están los puertos de las provincias, abiertos a ese comercio directo de la Europa, por tratados internacionales de duración indefinida.”

Alberdi y la deuda pública: si el Estado argentino alguna vez tuvo capacidad para pagarla, eso es ya historia

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi sobre la deuda pública:

“¿Qué condiciones necesita poseer el gobierno que toma prestado, para infundir esa confianza en el valor de sus títulos de obligación? ¿El gobierno de la Confederación Argentina reúne esas condiciones?

El gobierno que toma prestado no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda. Le bastará tener el necesario para pagar los intereses o renta puntualmente. Este interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor tiene vida inmortal en la tierra, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas, que inevitablemente tienen que ser más ricas y abundantes de año en año. Al tenedor de los títulos o efectos del gobierno poco le importa que éste no reembolse su valor nominal, si hay otras personas dispuestas a tomárselos por ese valor. Para que haya compradores de esos títulos, basta que el interés o renta estipulados en ellos se pague puntualmente, lo cual depende, en el crédito público como en el crédito privado, que el gobierno deudor tenga con qué pagar los intereses y respeto a la puntualidad de sus promesas. Necesita, a más de ser puntual y fiel en sus promesas, tener seguridad de ser estable y de que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores.

Todas estas condiciones en que estriba el crédito público, asisten al gobierno de la Confederación Argentina, y le hacen capaz del ejercicio de este recurso del modo más efectivo. Hemos demostrado que tiene fuentes abundantes y positivas de renta pública; luego tiene lo suficiente para el pago de los intereses de su deuda. Posee inmensas tierras públicas, que han adquirido valor real por el nuevo régimen político; luego es capaz de amortizar gradualmente el capital de su deuda.

Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria por ser de creación y formación, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. El gobierno argentino acaba de dar una prueba de que comprende esta verdad en toda su latitud, cambiando la organización que había ensayado por error para su crédito público, por otra que le restablece a sus bases más normales y más firmes.

La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraído por el gobierno es garantía que acompaña a los del gobierno actual de la Confederación Argentina, por ser constitucional y enteramente legítima su existencia, lo cual hace que sea la Nación misma, más bien que el gobierno, que la sirve de intermedio, quien se obliga por los actos legislativos del Congreso que la representa, y a cuya autoridad ha dejado la facultad de contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Confederación, por el art. 64,. inciso 3 de su Constitución federal. Y como ese mismo Congreso vota anualmente por ley la forma en que ha de invertir los valores obtenidos a préstamo como todos los que sirven al gasto público, la Constitución, que esto determina, da en ello una nueva garantía a los prestamistas, de que la inversión útil, moderada y tal vez reproductiva de los fondos prestados, se hará de un modo que asegure el pago de su renta y sostenga el valor de sus capitales escritos. De este modo el gobierno constitucional y responsable contribuye, por el hecho mismo de existir, a ensanchar las riquezas del Estado.

En cuanto a la estabilidad del gobierno, es decir, a la paz y al mantenimiento del orden, en que reposa el edificio del crédito y de toda la industria, jamás la Confederación ha tenido garantías comparables a las que hoy aseguran su tranquilidad.

La paz es firme y estable hoy día, porque hay un gobierno nacional que cuide de mantenerla. Ese gobierno ha faltado enteramente por espacio de treinta años, en que las provincias vivieron aisladas unas de otras y destituidas de gobierno interior común. En la ausencia total del gobierno interior, la paz no podía existir por sí sola en las provincias del Plata, como no existiría en los condados de Inglaterra, si faltase el gobierno general del Reino Unido, cuyo principal atributo es sostenerla.

El gobierno será estable porque tiene elementos reales de poder, lo cual no sucedía en el tiempo en que las provincias privadas del comercio directo por la clausura de sus ríos, en vano tenían el derecho abstracto de gobernarse a sí mismas como Nación independiente y soberana; las rentas, en que consiste el poder de hecho, quedaban en manos de la provincia que tenía el privilegio exclusivo de la aduana exterior.

El comercio directo a que deben las provincias el goce de sus medios materiales de gobierno es estable para siempre, porque descansa en la libre navegación de los ríos, en cuyas márgenes están los puertos de las provincias, abiertos a ese comercio directo de la Europa, por tratados internacionales de duración indefinida.”

Alberdi pensó que la posibilidad del Estado de tomar crédito era algo positivo; la historia mostró lo contrario

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en Sistema Económico y Rentísitico, cuando se refiere a la deuda pública. Dada nuestra historia posterior, esas ventajas que Alberdi encuentra en la posibilidad de acceder al crédito han demostrado no ser un beneficio sino una condena. Sus palabras:

Los que dudan de la posibilidad que asiste al gobierno de la Confederación de obtener empréstitos, razonan del siguiente modo, y precisamente dudan porque razonan así:

«No es creíble, dicen, que haya banquero que. consienta en desembolsar cuatro o cinco millones de pesos para prestarlos al gobierno general de la Confederación, porque sabe todo el mundo que este gobierno no tendría con qué reembolsar los millones gastados en el servicio público». – Este modo de razonar procede de ignorancia en la manera de estipular y realizar los préstamos hechos al Estado. Ni los banqueros que prestan tienen que desembolsar sus millones, ni los gobiernos quedan obligados a reembolsar los valores obtenidos. He aquí lo que sucede. El gobierno que necesita cinco millones de duros, no acude a un capitalista que los tenga en caja, solicitando su desembolso instantáneo. No habría capitalista tan inhábil que conservase en caja esa suma. Así se contraen los empréstitos pequeños en la América del Sud; pero hace mucho tiempo que en Europa se realizan los grandes empréstitos. de un modo colectivo, por asociaciones anónimas de infinitos accionistas, que hacen entregas graduales, las cuales producen títulos que se negocian por los directores del empréstito, para levantar los fondos con que deben realizar las entregas sucesivas.

Nunca se entregan al contado las grandes sumas ofrecidas en préstamo. Se estipulan plazos para ello. A medida que el gobierno recibe las entregas por el orden de los plazos estipulados, va entregando los títulos o documentos de obligación al prestamista, que contienen la garantía de su débito. Según esto; toda la dificultad del prestamista está en disponer de la cantidad efectiva para llenar el primer plazo; cantidad que puede ser tanto más pequeña cuanto mayor sea el número de plazos estipulados para la entrega total. En posesión de los efectos públicos o títulos de obligación dados por el gobierno en cambio de la primera entrega, pone en circulación dichos documentos, y vende este papel a cambio del dinero que necesita para efectuar las entregas ulteriores, quedándole en beneficio la diferencia entre el premio convenido con el gobierno y el precio corriente de dichos títulos en el mercado. Lo que hizo con el producto de los efectos o títulos obtenidos por la primera, hace con los de la segunda, y así sucesivamente hasta realizar la entrega de cinco y más millones, sin haber tenido necesidad. de disponer para ello sino del valor de medio millón, más o menos.

Con los mismos documentos del gobierno, puestos en circulación, ha obtenido el prestamista el dinero que ha dado en préstamo a ese gobierno; pero para encontrar compradores de esos efectos o títulos, ha tenido que acreditarlos con todas sus fuerzas, es decir, que infundir confianza en los medios y en la estabilidad del gobierno deudor de dichos títulos para cumplir las condiciones de su préstamo. No de otro modo se contrajo en Inglaterra el empréstito inglés de Buenos Aires.”

¿ Qué condiciones necesita poseer el gobierno que toma prestado, para infundir esa confianza en el valor de sus títulos de obligación? ¿El gobierno de la Confederación Argentina reúne esas condiciones?

El gobierno que toma prestado no necesita tener fondos disponibles para reembolsar más tarde la totalidad de su deuda. Le bastará tener el necesario para pagar los intereses o renta puntualmente. Este interés o renta forma todo el precio de la deuda del Estado. No importa que la deuda sea perpetua cuando el deudor tiene vida inmortal en la tierra, es dueño de un vasto territorio y dispone de rentas públicas, que inevitablemente tienen que ser más ricas y abundantes de año en año. Al tenedor de los títulos o efectos del gobierno poco le importa que éste no reembolse su valor nominal, si hay otras personas dispuestas a tomárselos por ese valor. Para que haya compradores de esos títulos, basta que el interés o renta estipulados en ellos se pague puntualmente, lo cual depende, en el crédito público como en el crédito privado, que el gobierno deudor tenga con qué pagar los intereses y respeto a la puntualidad de sus promesas. Necesita, a más de ser puntual y fiel en sus promesas, tener seguridad de ser estable y de que sus obligaciones serán respetadas por sus sucesores.

Todas estas condiciones en que estriba el crédito público, asisten al gobierno de la Confederación Argentina, y le hacen capaz del ejercicio de este recurso del modo más efectivo. Hemos demostrado que tiene fuentes abundantes y positivas de renta pública; luego tiene lo suficiente para el pago de los intereses de su deuda. Posee inmensas tierras públicas, que han adquirido valor real por el nuevo régimen político; luego es capaz de amortizar gradualmente el capital de su deuda.”

Juan Bautista Alberdi y las «finanzas de engaño» de Rosas, la amortización de deuda con emisión monetaria

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico referirse al financiamiento del gasto público con deuda y a la “falsa” amortización que realizaba Rosas con la emisión de moneda:

“La amortización dejó de ser una verdad desde que Rosas, nombrado dictador por la provincia de su mando, tuvo que contraer todo el producto de la renta pública al sostén de su gobierno carísimo y violento. La parte de renta de la Nación no se aplicó más a la amortización de la deuda de fondos públicos de Buenos Aires, pero no por eso dejó de quedar allí aplicada a otros servicios de la administración de Buenos Aires; de modo que el cambio del sistema de amortización tuvo por resultado el aumento de la deuda de Buenos Aires, sin producir igual efecto en la obligación, cualquiera que sea, de las provincias hacia Buenos Aires.

Como la amortización es el aliento de la deuda pública, y Rosas vió que sin el auxilio del crédito (fondos públicos y papel moneda) no le quedaba medio rentístico de gobierno, pues las aduanas eran inconciliables con las guerras extranjeras que tenía que alimentar para defensa del continente americano, Rosas puso en alto la amortización, y la hizo desempeñar un gran papel en el sistema de sus finanzas o rentas. Rosas amortizó con más actividad que todos sus predecesores, y debía de ser así; pues explotó el crédito de la provincia hasta dejarle una deuda más pesada que su dictadura. «La deuda pública ha quedado en una tercera parte (decían sus periódicos); los fondos públicos emitidos en su origen al precio corriente del 60 %, se hallan al 96; y la confianza en el crédito público es tan grande, que el Estado no puede emplear los fondos destinados a la amortización por falta de vendedores»,

El menor examen hubiera bastado para descubrir el dolo insolente de estos manejos; pero el. examen era crimen que costaba la cabeza, y el de las rentas, base de toda la dictadura de Rosas, hubiera sido calificado de traición a. la patria. Eso era mantener el crédito a punta de bayoneta; finanzas muy fáciles a veces, pero tan útiles al país como el saqueo y el pillaje.

Amortizar con verdad, era distraer rentas que no bastaban a los usos del despotismo. Convenía emplear una amortización sin rentas, una amortización fingida, que sólo sirviese para infundir confianza en los papeles de crédito del gobierno, que se emitían con una actividad febril y voraz. Las finanzas de Rosas dieron fácilmente con el remedio. En vez de amortizar con el producto efectivo de las rentas públicas, como quería la ley de Rivadavia que se aparentaba observar, se amortizaba con papel moneda emitido a este fin. Comprando papel de fondos públicos con papel moneda, se compraba una deuda con otra, no se amortizaba la deuda del Estado. Ese artificio indigno de un gobierno leal tenía estos resultados: en la amortización de los fondos públicos, se daba por una deuda hipotecaria una deuda sin gravamen; por una deuda con rentas de 4 y 6 por ciento un papel moneda sin interés alguno. Había en esto una ganancia para el Estado, es verdad; pero es la ganancia estéril de la defraudación obtenida a expensas de la moral pública y de la riqueza del país. He ahí la razón porque los. tenedores de fondos públicos no acudían a cambiar sus cédulas con rentas y con hipotecas, por un papel moneda sin valor ni ganancia.

Traer en abono de los efectos de tal sistema que los fondos públicos estaban a la par, era usar de otro artificio doloso para alucinar al público aletargado por el terror. Cuando los fondos se emitieron en 1821 y en años posteriores al mínimum de un 60, se entendía de pesos fuertes, moneda de ese tiempo. Corriendo a 96 en 1850, lejos de hallarse a la par, habían decaído a la décima parte del valor con que fueron emitidos, siendo constante que veinte pesos de papel moneda hacían un peso fuerte.

Las finanzas de engaño que Rosas hizo prevalecer por el terror, y de las cuales hizo su más poderoso resorte de despotismo, de corrupción y de empobrecimiento del pueblo de su mando, han continuado inapercibidas al favor del hábito en manos de sus sucesores en el poder, que en vez de disminuir la deuda pública con rentas acrecentadas por la libertad, por la industria y por la paz en la política, la han aumentado por nuevas y colosales emisiones de papel moneda. En sólo seis meses del sitio que terminó por la compra del jefe de la escuadra nacional, se han emitido cincuenta millones de papel moneda en Buenos Aires, aumentando en otros tales su deuda pública.”

Alberdi sobre el financiamiento del gasto con deuda y su preocupación por que un gobierno dejara de pagarla

Con los alumnos de la UBA Derecho, vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico, tratar el tema del “crédito público”, o sea, de la deuda.

Dice:

“Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraordinaria por ser de creación y formación, será preciso que los gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. El gobierno argentino acaba de dar una prueba de que comprende esta verdad en toda su latitud, cambiando la organización que había ensayado por error para su crédito público, por otra que le restablece a sus bases más normales y más firmes.

La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraído por el gobierno es garantía que acompaña a los del gobierno actual de la Confederación Argentina, por ser constitucional y enteramente legítima su existencia, lo cual hace que sea la Nación misma, más bien que el gobierno, que la sirve de intermedio, quien se obliga por los actos legislativos del Congreso que la representa, y a cuya autoridad ha dejado la facultad de contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Confederación, por el art. 64,. inciso 3 de su Constitución federal. Y como ese mismo Congreso vota anualmente por ley la forma en que ha de invertir los valores obtenidos a préstamo como todos los que sirven al gasto público, la Constitución, que esto determina, da en ello una nueva garantía a los prestamistas, de que la inversión útil, moderada y tal vez reproductiva de los fondos prestados, se hará de un modo que asegure el pago de su renta y sostenga el valor de sus capitales escritos. De este modo el gobierno constitucional y responsable contribuye, por el hecho mismo de existir, a ensanchar las riquezas del Estado.

En cuanto a la estabilidad del gobierno, es decir, a la paz y al mantenimiento del orden, en que reposa el edificio del crédito y de toda la industria, jamás la Confederación ha tenido garantías comparables a las que hoy aseguran su tranquilidad.

La paz es firme y estable hoy día, porque hay un gobierno nacional que cuide de mantenerla. Ese gobierno ha faltado enteramente por espacio de treinta años, en que las provincias vivieron aisladas unas de otras y destituidas de gobierno interior común. En la ausencia total del gobierno interior, la paz no podía existir por sí sola en las provincias del Plata, como no existiría en los condados de Inglaterra, si faltase el gobierno general del Reino Unido, cuyo principal atributo es sostenerla.

El gobierno será estable porque tiene elementos reales de poder, lo cual no sucedía en el tiempo en que las provincias privadas del comercio directo por la clausura de sus ríos, en vano tenían el derecho abstracto de gobernarse a sí mismas como Nación independiente y soberana; las rentas, en que consiste el poder de hecho, quedaban en manos de la provincia que tenía el privilegio exclusivo de la aduana exterior.

El comercio directo a que deben las provincias el goce de sus medios materiales de gobierno es estable para siempre, porque descansa en la libre navegación de los ríos, en cuyas márgenes están los puertos de las provincias, abiertos a ese comercio directo de la Europa, por tratados internacionales de duración indefinida.”

Nueva deuda: ahora, los que se gastaron todo, muestran ‘responsabilidad fiscal’

El gobierno argentino está por cerrar el mayor y más largo default de la historia, y muchos de quienes multiplicaron el gasto público como nunca se han vuelto ahora los abanderados de la responsabilidad fiscal. Plantean un tema, sin embargo, que es necesario discutir: ¿estaremos, una vez más, abriendo otra puerta para continuar financiando el despilfarro fiscal?

¿Cómo evitar esto? Pues, en definitiva, no hay forma si es que los argentinos siguen demandando servicios públicos suecos pagando impuestos…., argentinos. Pero podría entenderse que la situación coyuntural hace necesario este endeudamiento. Y para que no sea volver a la misma historia de siempre, tal vez esta demanda coyuntural podría estar acompañada de una reforma institucional que comprometa a la política a limitarse en el futuro. Ninguno de estos mecanismos es perfecto, pero aquí va alguno que se trata en el libro:

“6.          Límites al endeudamiento

Pueden ser de dos tipos. Como en el caso del Tratado de Maastricht, se puede establecer un tope al endeudamiento total, en este caso del 60% del PIB. Tendrá que tener, por supuesto, algún mecanismo de control y sanciones por incumplimiento. El otro puede ser como el que existe en Estados Unidos, donde el Congreso establece un límite sobre el monto total de la deuda permitida (esto es una cantidad de dólares, no un porcentaje sobre el PIB), techo que cuando se alcanza no puede ser superado, el gobierno no puede emitir más deuda, a menos que sea modificado por el Congreso.

No obstante, la imagen siguiente es bastante clara respecto a la capacidad de este mecanismo para imponer algún tipo de límite cuando la voluntad política y el control de los votantes no existen (Boaz, 2011):

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Otra forma de restringir el endeudamiento se refiere a su proceso de aprobación entre los que se encuentra el que demanda que toda emisión de deuda sea aprobada por los votantes a través de un referendo o por mayorías parlamentarias especiales, hasta llegar hasta la prohibición constitucional absoluta (Kiewiet & Szakaly, 1996). Otra alternativa, aplicada por algunos gobiernos regionales en España es limitar el plazo del endeudamiento de forma tal de permitir solamente el de corto plazo, cuya deuda debe ser cancelada dentro del ejercicio presupuestario. Kiewiet & Szakaly (1996), encuentran que entre los estados en los Estados Unidos, 21 demandan la aprobación por referendo y 12 por mayorías especiales que pueden ser de tres quintos o cuatro quintos de los representantes. . 

No obstante, estos autores encuentran que los gobiernos buscan, y muchas veces encuentran, diversos caminos para eludir esas restricciones, tales como canalizar el endeudamiento por agencias estatales especiales que no están sujetas a ese tipo de control. ¿Sería efectivo un límite a través del voto popular en referendo? Se puede argumentar que los votantes estarían predispuestos a aprobar el endeudamiento porque disfrutarían del gasto ahora y lo terminarían pagando futuros votantes. Sin embargo, la evidencia empírica muestra que no actúan de esa forma y tienden a rechazar el endeudamiento.

Los estados que tienen más de un control muestran menores niveles de endeudamiento siendo el referendo popular por medio del voto el que mayor éxito muestra, junto con la prohibición total.”