Justicia privada en entornos voluntarios: el caso de Perú, Chicago y los «punteros» políticos

Para analizar las soluciones voluntarias a problemas de externalidades o bienes públicos es interesante investigar un entorno donde, básicamente, el estado no está presente. Tal el caso de los barrios informales. Antes vimos el caso de La Cava, ahora Perú, Chicago y los “punteros” en Argentina:

En algunos casos las organizaciones informales administran justicia, básicamente sobre temas relacionados con la propiedad o el crimen. En este segundo caso, de Soto et al (1987, p. 30) relata el procedimiento, que permite la presencia tanto de la víctima como del acusado, testigos y jurados, en contraste con el sistema judicial formal en Perú donde no hay jurados. Las penalidades incluyen golpizas o el destierro que se acompaña con la pérdida de la propiedad. Si hay resistencia o la expulsión fracasa se permite que un nuevo habitante ocupe el espacio libre del predio del criminal reduciendo su derecho de propiedad informal. Para los homicidios el criminal es entregado a la policía o puede ser “linchado”, particularmente por la violación de menores.

En cuanto a las cuestiones relacionadas con la propiedad, el sistema judicial peruano nunca se ocupó mucho de resolver disputas y se trasladaban a las autoridades administrativas, que también estaban abarrotadas y eventualmente aceptaban las decisiones de las organizaciones informales. Los Jueces de Paz son usualmente solicitados para mediar pero no resuelven las disputas siguiendo la ley formal sino las normas extra-legales.

Los líderes de las organizaciones informales actúan como jueces de primera instancia y las Asambleas como segunda instancia en cuestiones de delimitación de la propiedad y los contratos de venta o alquiler.

Resulta importante destacar que las organizaciones informales que administran justicia sobre cuestiones de propiedad se encuentran en un entorno competitivo: sus líderes son removidos si no cumplen con las expectativas de los ocupantes tanto sea en cuanto a vínculos con las autoridades formales como la provisión de bienes públicos o la administración de justicia. De Soto et al también comentan que no tienen remordimiento alguno para cambiar de líderes sin tomar en cuenta su alineamiento político o ideológico (p. 28); una visión compartida por Cravino (2009, p. 163)  sobre las “villas miseria” de Buenos Aires, quien encuentra que los “delegados” toman decisiones e incluso imponen medidas de control de la “vida cotidiana (cómo construyen, si hacen ruido, si tienen conflictos con otros vecinos, etc)”. Ese entorno competitivo reduce los problemas de agencia y alinea las decisiones de los jueces más estrechamente con los valores de los ocupantes.

Zarazaga (2010a) ha investigado el papel que cumplen los llamados “punteros” en Argentina, activos en los barrios informales que prosperan encontrando y asegurando votos para ciertos líderes políticos a cambio de servicios de todo tipo. El “puntero” es un residente de larga data quien puede conseguir planes sociales, alimentos, o materiales de construcción a cambio de votos el día de la elección.  Los intendentes de estos distritos construyen una red jerárquica con estos “punteros” para lograr el control político y ser relectos. La mayoría de los intendentes de los suburbios de Buenos Aires, donde se enfoca la investigación de Zarazaga, han sido relectos muchas veces. Pero si bien el voto es la recompensa para el político, el puntero puede quedarse con una parte del salario de los residentes o incluso con favores sexuales. Lo importante para nuestras consideraciones es que se trata de un intercambio basado en la conveniencia y vacío de un contenido político real. El papel del “puntero” se basa en la reputación para conseguir los bienes y sabe muy bien cuáles son las necesidades específicas de cada uno y mantendrá su posición en tanto continúe entregándolos y esté disponible en cualquier momento del día. De otra forma son abandonados y removidos sin remordimiento.

Como parte de su investigación Zarazaga (2010b) entrevistó a 120 “punteros” en diferentes villas de Buenos Aires, 92% de los cuales tenían un promedio de 24 años de actividades sociales y políticas allí, 94% conocían la composición y necesidades específicas de cada familia a la que entregaban bienes y servicios, 92% conocía también las preferencias políticas del grupo. La reputación se obtiene “resolviendo problemas”, lo que incluye la resolución de disputas.

En Maquis Park, Chicago, Ill., Venkatesh (2006, p. 4) informa sobre servicios similares: “Big Cat (líder de la banda local) no solamente ayudaba a Marlene a controlar a los miembros jóvenes de la banda; también le daba dinero para fiestas del club de chicos de la cuadra, y miembros de su banda patrullaban el vecindario tarde a la noche porque la presencia de la policía era muy escasa”. Y en relación al papel de las iglesias: “El Pastor Wilkins pertenece a ese pequeño grupo de seis a diez sacerdotes (el número cambia con el tiempo) quienes son el primer punto de contacto por incumplimiento de contratos y disputas sociales entre sombríos negociantes –bandas callejeras, prostitutas y ladrones entre ellos. Estos pastores y ministros recuperan objetos robados, arreglan una relación rota entre la prostituta y su proxeneta, y evita que las batallas entre bandas callejeras terminen en una guerra. Un ministro estimó que, entre 1989 y 1995 ganó aproximadamente 10.000 dólares por esos servicios” (p. 258).

Soluciones voluntarias para problemas de externalidades y bienes públicos: el caso de La Cava

Con los alumnos de Economía e Instituciones, en OMMA Madrid, vemos ahora las posibles soluciones voluntarias a problemas de externalidades o bienes públicos, en el Capítulo 8 del libro El Foro y el Bazar. Allí presento un ejemplo basado en una investigación que realizáramos con Marcos Hidding Ohlson en el barrio de La Cava, San Isidro.

En presencia de costos de transacción, las negociaciones sobre los efectos de externalidades negativas son costosas y las soluciones voluntarias pueden fracasar. Esto ha llevado a muchos economistas a descartar este tipo de soluciones analizando estas situaciones como un observador externo que evalúa cuán elevados estos costos son.

Sin embargo, para los economistas austríacos los costos son subjetivos también e inherentes al individuo actuante. La valoración se hace evidente solamente como “preferencia revelada” en la acción. Por lo tanto, no es mucho lo que un observador externo puede decir excepto que si la transacción se ha realizado debe asumirse que las partes pensaron que “llevaría a un incremento en el valor de la producción”, y si no, que los costos subjetivos eran superiores a los beneficios subjetivos.

En un estudio de campo realizado en un barrio informal de los suburbios de Buenos Aires donde no existe una definición formal de derechos de propiedad en las viviendas, encontramos una gran número de soluciones informales (Hidding Ohlson & Krause, 2010).

San Isidro es una localidad a 30 kilómetros al norte del lugar donde fuera fundada la ciudad de Buenos Aires, una zona límite entre las áreas ocupadas, o más bien, transitadas por las tribus Guaraníes y Querandíes. Juan de Garay, su fundador, distribuyó parcelas en la costa norte del Río de la Plata entre sus hombres, hasta un poco más allá de San Isidro. Sólo dos siglos después comenzó a crecer un pequeño pueblo con ese nombre, el del santo patrono de Madrid, que completara su desarrollo gracias a la inmigración que se originara con el despegue económico de Argentina en la segunda mitad del siglo XIX.

Las extensas propiedades fueron parceladas y originaron un centro urbano, por un lado, y unos barrios residenciales con parcelas mayores y casas llamado Lomas de San Isidro. La Cava es un barrio informal, creado principalmente sobre tierras públicas, vecino al barrio residencial. En 1946 la empresa estatal de agua, Obras Sanitarias, solicitó este terreno al gobierno para utilizar su tierra roja como filtro de agua y para la fabricación de ladrillos, generando un pozo o “cava”, que le diera su nombre. La excavación llegó pronto hasta la napa de agua y el proyecto fue abandonado. El pozo fue rellenado parcialmente y comenzó a ser ocupado. Diferentes censos estiman la ocupación entre 1700 y 2100 viviendas y entre 8 y 11 mil habitantes, aunque alcanzó un número superior en el pasado.

En La Cava, solamente el 16% de los encuestados manifestó poseer un título de propiedad sobre su vivienda. Entre los restantes, el 17% dijo poseer un documento informal, consistente usualmente en una factura informal de compra/venta. En total, el 84% dijo no tener documentación formal. En promedio han habitado en la misma casa por 15 años, lo que muestra una baja rotación. Cuando se les preguntó cómo obtuvieron la vivienda, el 37% dijo haberla comprado mientras que el 26% la construyó. En muchos casos, crecieron como anexos de la casa de familia; el 6% dijo haber recibido la vivienda del gobierno.

Preguntamos a los habitantes de La Cava cómo resolvían los problemas que pudieran tener con vecinos cuando había algún conflicto relacionado con la coexistencia, tal como externalidades negativas. Por ejemplo, ¿qué sucede si un vecino escucha música a un volumen muy alto, o emite humos y olores desagradables? ¿Qué sucedía si existían problemas en cuanto a la delimitación de las viviendas o límites poco claros entre una y otra, o se construía un segundo piso bloqueando la luz o dañando la propiedad vecina? Las casas son precarias, pequeñas y muy contiguas y estas posibilidades son reales.

Confirmando las conclusiones desde una interpretación subjetiva del Teorema de Coase, el 76% manifestó que resolvían estos problemas hablando con el vecino. Preferían no tener intermediarios, ni del barrio ni de fuera de él, y buscaban evitar la violencia. Sólo en casos extremos acudían a ella, conscientes de que no pueden acudir a la justicia y que nunca se sabe cuando termina. Además, cuando la gente vive tan cerca entre sí, mantener una buena relación con los vecinos es un activo importante. Los casos que no se resuelven  se relacionan con la naturaleza, usualmente violenta, del  vecino, por lo que en esos casos prefieren asumir el costo de la externalidad antes que intentar una solución negociada.

El origen del derecho de propiedad: donde todo pertenece al gobernante, hay esclavitud

Con los alumnos de Economía e Instituciones en OMMA Madrid vemos dos artículos sobre la institución social más importante: el derecho de propiedad. El primero presenta una teoría económica para explicar el origen y la utilidad del DP, por Harold Demsetz. El segundo es de Hayek, un capítulo de su libro “La Arrogancia Fatal”. Algunos párrafos:

“Nadie que valore la sociedad civilizada osará recusar la propiedad plural. La historia de una y otra están íntimamente ligadas. Henry Sumner Maine 

La propiedad…, por lo tanto, es intrínsecamente inseparable de la economía humana en su modalidad social. Carl Menger

El hombre está capacitado para disfrutar de las libertades civiles en la misma medida en que esté dispuesto a contener sus apetitos, sometiéndolos a algún condicionamiento moral; lo está en la medida en que su amor por la justicia prevalece sobre su rapacidad. Edmund Burke

 Hayek

La libertad y el orden extenso

  Establecido que, en definitiva, fueron la moral y la tradición —más que la inteligencia y la razón calculadora— las que permitieron al hombre superar su inicial estado de salvajismo, parece razonable también situar el punto de partida del proceso civilizador en las regiones costeras de Mediterráneo. Las posibilidades facilitadas por el comercio a larga distancia otorgaron ventaja relativa a aquellas comunidades que se avinieron a conceder a sus miembros la libertad de hacer uso de la información personal sobre aquellas otras en las que era el conocimiento disponible a nivel colectivo o, a lo sumo, el que se encontraba en poder de su gobernante de turno el que determinaba las actuaciones de todos. Fue, al parecer, en la región mediterránea donde por primera vez el ser humano se avino a respetar ciertos dominios privados cuya gestión se dejó a la responsabilidad del correspondiente propietario, lo que permitió establecer entre las diferentes comunidades una densa malla de relaciones comerciales. Surgió la misma al margen de los particulares criterios o veleidades de los jefes locales, al no resultar posible entonces controlar eficazmente el tráfico marítimo. Cabe recurrir a la autoridad de un respetado investigador (al que ciertamente no se puede tildar de proclive al mercado) que se ha expresado en los siguientes términos:

  “El mundo greco-romano fue esencial y característicamente un mundo de propiedad privada, tratárase de unos pocos acres o del las inmensas posesiones de los emperadores y senadores romanos; era un mundo dedicado al comercio y a la manufactura privados” (Finley, 1973:29).

  Tal orden, basado en la integración de muchos esfuerzos orientados al logro de una pluralidad de metas individuales, sólo devino posible sobre la base de eso que yo prefiero denominar propiedad plural, expresión acuñada por H. S. Maine y que considero más adecuada que la de “propiedad privada”. Si aquélla constituye la base de toda civilización desarrollada, correspondió en su día, al parecer, a la Grecia clásica el mérito de haber por vez primera advertido que es también intrínsecamente inseparable de la libertad individual. Los redactores de la Constitución de la antigua Creta “daban por sentado que la libertad es la más importante aportación que el Estado puede ofrecer; y precisamente por ello, y por ninguna otra razón, establecieron que las cosas perteneciesen indubitablemente a quienes las adquirieran. Por el contrario, en los regímenes en los que prevalece la esclavitud todo pertenece a los gobernantes” (Estrabón, 10, 4, 16).”

Douglass North (1920-2015): una evolución hayekiana sobre el origen y desarrollo de las instituciones

Con los alumnos de la materia “Economía e Instituciones” de OMMA Madrid vemos el aporte de Douglass North, economista e historiador, quien recibiera el Premio Nobel en Economía en 1993 junto a Robert Fogel, por sus aportes al desarrollo de lo que ahora se denomina “Economía Institucional”. North falleció recientemente, el 23 de Noviembre de 2015.

North

North, quien comenzara con una aproximación claramente “neoclásica” y economicista sobre el origen de las instituciones, basando su análisis en modificaciones “exógenas” a los incentivos económicos existentes en la sociedad, evolucionó hacia una visión que enfatiza el papel de las ideas, acercándose así a la visión clásica tradicional que sostuvieran Mises, Hayek y Milton Friedman. Veamos, por ejemplo, de su artículo con Robert Thomas, publicado originalmente en The Economic History Review, de 1970  y luego en castellano en Libertas 10: “Una teoría del crecimiento del mundo occidental”:

“En este artículo nos proponemos ofrecer una nueva explicación del crecimiento económico del mundo occidental. Si bien el modelo que presentamos tiene implicaciones igualmente importantes para el estudio del desarrollo económico contemporáneo, centraremos nuestra atención en la historia económica de las naciones que formaron el núcleo del Atlántico Norte entre los años 1100 y 1800. En pocas palabras, postulamos que los cambios en los precios relativos de los productos y los factores de producción, inducidos inicialmente por la presión demográfica malthusiana, y los cambios en la dimensión de los mercados, dieron lugar a una serie de cambios fundamentales que canalizaron los incentivos hacia tipos de actividades económicas tendientes a incrementar la productividad. En el siglo XVIII estas innovaciones institucionales y los cambios concomitantes en los derechos de propiedad introdujeron en el sistema cambios en la tasa de productividad, los cuales permitieron al hombre de Occidente escapar finalmente al ciclo malthusiano. La llamada «revolución industrial» es, simplemente, una manifestación ulterior de una actividad innovadora que refleja esta reorientación de los incentivos económicos”.

Y veamos ahora su visión en 2003, en un artículo publicado por Cato Institute: “Instituciones, ideología y desempeño económico”: http://www.elcato.org/instituciones-ideologia-y-desempeno-economico

“El argumento central de este ensayo es que las instituciones, junto con la ideología, dan forma al desempeño económico. Las instituciones afectan el desempeño económico al determinar (junto con la tecnología usada) el costo de transacción y de producción. Las instituciones se componen de reglas formales, restricciones informales, y características del cumplimiento de éstas. Mientras que las reglas formales pueden cambiarse de la noche a la mañana por la comunidad, las restricciones informales cambian muy lentamente. Ambas son moldeadas en última instancia por las percepciones subjetivas de la gente sobre el mundo que los rodea; a la vez, estas percepciones determinan opciones explícitas entre las reglas formales y las restricciones informales evolutivas. En las secciones siguientes desarrollaré esta estructura analítica, la cual utilizaré para diagnosticar el desempeño contrastante de las economías occidentales de mercado con las del tercer mundo y con las economías socialistas.”

Mientras discuten la intervención a la AFSCA, veamos cómo asignaron propiedad otros países (IV)

¿Cómo se podría implementar un sistema de derechos de propiedad en las frecuencias del espectro electromagnético? Sería necesario seguir una serie de pasos:

  1. Como se comentara, la asignación de segmentos de frecuencias para determinados usos es realizada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones. Por tratarse de un convenio internacional sobre el que un gobierno no puede imponer su voluntad, sería necesario seguir las asignaciones allí efectuadas con las siguientes consideraciones:
  1. plantear el problema de la asignación burocrática de frecuencias y proponer el desarrollo de derechos de propiedad;
  2. solicitar modificaciones a la asignación en la medida en que el funcionamiento del mercado así lo vaya mostrando.
  1. En materia local, el gobierno nacional tiene soberanía como para decidir la forma de asignar frecuencias, por lo que se definiría el mecanismo de asignación de derechos de propiedad dentro de los segmentos asignados por la UIT. Al respecto se presentan dos situaciones diferentes: las frecuencias que ya han sido asignadas a determinados usuarios y las que se encuentran libres.
  1. Con respecto a las primeras, éstas son por un tiempo limitado, por lo que se presentan las siguientes alternativas:
  2. a) esperar hasta el final de la concesión y licitar la venta de la frecuencia respectiva, o
  3. b) llegar a un acuerdo con el actual concesionario para finalizar la concesión y proceder a su licitación. Como ese acuerdo significaría una cierta “compensación” al concesionario actual, se permitiría el uso de aquélla como parte de la cotización en la licitación.
  4. Con respecto a las frecuencias libres, se procedería a su licitación al mejor postor, quien debería cumplir con los usos asignados por la UIT solicitar una modificación que el gobierno nacional presentaría ante el organismo.

 

¿Cómo resolverían los derechos de propiedad el problema de las interferencias?

Es necesario tener en cuenta que el nivel de interferencia no tiene por qué ser cero, como mencionáramos antes. Si la interferencia debería ser tolerada o reducida y quién debería ser responsable de ello son aspectos que dependen de los beneficios relativos de cada uso en comparación con los costos de obtener los niveles adecuados de servicios. El funcionamiento del mercado y la vigencia de los derechos de propiedad ofrecerían a los propietarios de las frecuencias dos caminos:

–          acuerdos voluntarios por los cuales el que causa interferencia en la propiedad de otro busca reducirla (modificación de la potencia de transmisión, direccionamiento de la antena, control de la frecuencia de emisión, antenas direccionales), o el interferido lo hace (filtros, etc.). Ambas acciones tienen costos, y lo que está en discusión es quién asume los costos. Una posibilidad es alcanzar acuerdos voluntarios;

–          acudir a mediadores o árbitros seleccionados por las dos partes, lo cual permitiría crear un paso previo, y más eficiente, al recurso a la justicia. Muy probablemente, asociaciones de los mismos usuarios de frecuencias, radios, radioaficionados, ofrecerían estos servicios de mediación, hasta en los casos que involucren a asociaciones de otras entidades.

Este tipo de solución fue adoptada por Nueva Zelanda. La Ley de Radiocomunicaciones de 1989 creó derechos de propiedad sobre las frecuencias o canales específicos (llamados “derechos de control”). Las empresas privadas adquieren su derecho por dos medios: (1) subastas públicas, en el momento que el Ministerio saca a la venta un canal o gama de frecuencias, y (2) en el mercado privado de estos derechos, es decir a otros que ya los poseen.

Algo similar ocurrió en Guatemala a partir de la aprobación de una nueva Ley de Telecomunicaciones en 1996[1]. En el siguiente gráfico puede observarse la cantidad de subastas realizadas por tipo de frecuencia, durante los años 1996-2004:

El resultado era de esperar. Los propietarios de emisoras invierten más porque ya no tienen dudas sobre la licencia. La competencia entre las compañías de telefonía móvil es fuerte, pues saben que no existe un número limitado de licencias y que cualquiera puede ofrecer ese servicio con sólo pedir o adquirir derechos necesarios. Durante los nueve años del gráfico, Guatemala, siendo un país pobre de casi 13 millones de habitantes, pasó de tener 400.000 líneas a más de 10 millones. El país se ha convertido en un banco de pruebas de empresas como Qualcomm para investigar nuevos usos de las distintas frecuencias[2].

 

[1] Así lo comenta el Lic. José Toledo, quien fuera director de la Superintendencia de Telecomunicaciones: “Se creó la figura novedosa de los Títulos de Usufructo que es nominativo y tiene posibilidades de negociarse. Allí se hablaba de un mercado secundario de estos títulos. De alguna forma esto se dio. Yo fui testigo de muchos endosos de estos títulos, que se pueden transferir y endosar. Sólo basta con registrarlos, obviamente la única función de la Superintendencia es que se haga un registro y aquí viene la otra novedad – insisto la ley dice que el espectro radioeléctrico es propiedad del estado – entonces se creó la figura del Título de Usufructo por 15 años, pero bueno y después de 15 años ¿qué?, pues hay un pequeño artículo, un inciso allí en la ley que dice que basta con que el propietario demuestre que durante esos 15 años uso la frecuencia y se le prorroga automáticamente otros 15 y así sucesivamente, y eso basta que lo demuestre, pues puede haber sido una sola vez, no pone ningún tipo de limitación, la ley así pues crea esta novedad funcionando muy bien”. Toledo, José, (2005).

[2] Comenta David Couso Diaz: No hace mucho, el sector Radiocomunicaciones de la ITU, a través de la Unidad de Políticas de la ITU, ha reflexionado en un Taller (Workshop on radio spectrum management for a converging world, Ginebra, 16-18 de febrero de 2004 (http://www.itu.int/osg/spu/ni/spectrum/) sobre la gestión del espectro, tras constatar que la convergencia de los servicios no ha venido acompañada, en la mayor parte de los países, de un cambio en un modelo de gestión ya centenario. El primer dato relevante es el de los fallos en la planificación/atribución, ante el hecho evidente de que las fronteras entre los servicios contemplados en el Reglamento de Radiocomunicaciones se desdibujan: El teléfono móvil capta, en algunos países, la señal de televisión en directo, permite acceso de banda ancha inalámbrico, es mucho más que un servicio móvil. Por otra parte, la convergencia tecnológica impone que una sola aplicación/Terminal pueda prestar servicios diferentes, manejando diferentes rangos de frecuencias. La respuesta de los reguladores a estas dificultades no ha sido homogénea: en un extremo de la escala están los países que, como España, se mantienen fieles al modelo tradicional de mando y control, con atribución rígida y asignación concursada, en caso de escasez de frecuencias, mientras que en un lugar intermedio se situarían las legislaciones y los reguladores que optan por adjudicar cada vez más segmentos del espectro en base a competiciones de mercado (subastas) o, en tercer lugar, admiten posteriormente un mercado secundario de los derechos de uso que (con alguna variante) proporciona esa convergencia. Se busca así la asignación más rápida, flexible y eficiente del espectro, puesto que se espera que las frecuencias en cuestión sean destinadas a la tecnología más demandada y que ofrezca un mejor servicio al menor coste.

Normalmente estas medidas se introducen en un sistema de derechos exclusivos, pero también puede manifestarse en el incremento de bandas de espectro sin licencia que confiere mayor posibilidad de comercio a las empresas al recaer sobre determinadas bandas de frecuencias que por sí mismas no demandan un uso concreto. Aunque en España ni siquiera se haya utilizado sistemáticamente el modelo de “mercado primario” del espectro (es decir, la adjudicación y asignación de derechos de uso individuales mediante mecanismos de subasta competitiva) prefiriendo en general el “concurso” cuando exista limitación, o el otorgamiento a todos los solicitantes por orden de llegada, en la medida en que el Derecho comunitario optó por establecer esta posibilidad, ahora recogida, de forma un tanto tenue, en el párrafo final del número 2 del art. 45, al que luego nos referiremos (es claro que existe un modelo de gestión de mercado).

 

Mientras discuten la intervención a la AFSCA, veamos porqué sería mejor asignar propiedad (III)

Hasta el momento, los gobiernos han asumido la propiedad del espectro electromagnético y su distribución. Este proceso se efectúa a partir de acuerdos que han realizado los gobiernos en el marco de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, UIT, organismo que define el uso que ha de asignarse a cada segmento de bandas. El organismo nacional define a su vez quiénes harán uso de las bandas específicas en el segmento ya definido.

                Esta definición no solamente tiene un impacto económico, sino también político, de magnitud. Esto no solamente afecta a la eficiencia económica sino al derecho a la libertad de prensa. Como el gobierno asigna las frecuencias, también controla la forma en que se usan e incluso puede llegar a no otorgar o renovar una licencia si espera críticas por parte de un medio periodístico que las utiliza para hacer llegar sus contenidos. El caso reciente de Venezuela es un ejemplo. Sin calidad institucional, sin división y limitación al poder, las políticas regulatorias terminan siendo instrumento de los intereses creados o de los intereses del gobernante.

Ahora bien, la pregunta que debe hacerse en este punto, y que se relaciona con la posibilidad de los planificadores y reguladores de obtener información, es: ¿Sobre la base de qué criterios (información) ha de asignarse cierto segmento de bandas a determinado uso?

Dado el carácter técnico de esta materia, se aduce que son estos criterios los que se toman en cuenta. Sin embargo, dentro de las limitaciones que la tecnología del momento imponga, lo cierto es que existen distintos usos posibles del espectro.

Para empezar: la UIT ha dividido al mundo en tres zonas y las asignaciones no son las mismas en cada una de ellas, tratando de adaptarlas a las particulares necesidades de cada una. Si esto es así, ¿qué información permite tomar esa decisión sobre lo que es más deseable en Asia o en América?

Ante la ausencia de mecanismos de mercado (precios), ya hemos analizado la imposibilidad de evaluar las distintas alternativas, si no es tomando solamente en cuenta las personales preferencias de los funcionarios encargados de la asignación. Al realizar esa asignación, tanto la UIT como la agencia local deben juzgar la utilidad económica para los consumidores de cada uno de los servicios. Si se asignan a un uso determinado, reducen al mismo tiempo la cantidad de frecuencias (utilidades TAF) para otros usos. Ya comentamos cómo se quitaron las frecuencias de radio FM para la televisión, y lo mismo sucede con el uso de la transmisión directa satelital y los servicios de microondas. El poder que tienen las agencias estatales que administran el espectro equivale al que tendría el Estado si definiera el tamaño y la forma de todas las propiedades inmuebles y aprobara todas las transacciones de tierras.

Precisamente, una de las principales enseñanzas del reciente fracaso del socialismo en todo el mundo ha sido destacar la importancia de la propiedad, tanto por los incentivos que genera como por la información (su intercambio), esto es, los precios. Los precios envían información sobre la disponibilidad o la escasez de los bienes y servicios en una sociedad, y permiten comparar usos alternativos de acuerdo con las valoraciones individuales. Si existe una alta demanda de servicios telefónicos celulares, habrá emprendedores que ofrecerán precios más altos por el uso de frecuencias con este destino, y quienes las utilicen para otros servicios se sentirán motivados para reasignar su uso.

Los precios proveen un estándar objetivo para realizar esa asignación, que, en su ausencia, debe realizarse como se hace actualmente, siendo el funcionario estatal el que evalúa, como menciona la ley de radiodifusión, la calidad “moral” de cierto interesado y controla quiénes forman parte de los directorios de las radios.

La existencia de precios es importante, además, pues el uso del espectro electromagnético para las telecomunicaciones está compitiendo además con otros medios de transmisión como los cables, lo que está experimentando un gran avance (fibra óptica). Nuevamente, no existe forma de comparar entre la utilización de frecuencias o cables.

La alternativa es permitir el desarrollo de derechos de propiedad en unidades TAF que posean dueños con derechos exclusivos de uso, la transferencia entre usos o a otros usuarios, la subdivisión y la posibilidad de obtener ganancias o de sufrir pérdidas. Esto daría origen a precios de estas unidades TAF y crearía los siguientes incentivos:

  • llevaría a una asignación más eficiente de este recurso escaso
  • permitiría el libre ingreso y aumentaría la competencia. El ejemplo de las radios FM “informales” y su imposibilidad de ingresar legalmente en el mercado con la planificación es claro. Si hubieran podido adquirir esas bandas no utilizadas nunca habría existido tal cosa como una radio “informal”;
  • nuevos servicios podrían ensayarse e ingresar en el mercado adquiriendo ciertas frecuencias y no debiendo esperar una asignación del ente regulador;
  • aumentaría la eficiencia en el uso de las frecuencias, ya que sus propietarios tendrían el incentivo de reducir, “angostar” el uso de sus bandas para permitir otros usos y obtener así mayores beneficios. Esto fomentaría el desarrollo de nuevas tecnologías y equipos. La “escasez” del espectro sería efectivamente reducida. A medida que la tecnología avanza es posible reducir las separaciones entre frecuencias y crear espacio para nuevos usos o usuarios. Por ejemplo, es técnicamente factible reducir el ancho de la banda de TV por 5, 10 y hasta 100, pero no existe un incentivo económico para ello, ya que se está utilizando hasta este momento un recurso “gratuito”.

Mientras discuten la intervención a la AFSCA, veamos si no es mejor tener derechos de propiedad (II)

La intervención de la AFSCA ha generado un debate acerca del método y la supuesta autonomía de la agencia. Pero no se discute el fondo: ¿debería existir? En el post anterior vimos los argumentos que se presentan para justificar la propiedad estatal de las frecuencias. Ahora comenzaremos a ver las que justifican la propiedad privada:

«Esta ha sido la justificación para la intervención estatal y el control del gobierno sobre el espectro electromagnético. Se pensaba que el mercado iba a llevar al caos, ya que los emisores se superpondrían, y era necesario poner “orden”. Esto también se basa en la experiencia de los primeros años de la radio, donde los TAF eran “propiedad común”, es decir, de nadie en particular, y los usuarios se lanzaban no sólo a emitir sino a interferir en las señales de sus competidores.

Sin embargo, lo que sucedía no era el “caos” del mercado, sino que no se había permitido la evolución de los derechos de propiedad sobre las unidades TAF, de tal manera que sus propietarios pudieran hacer valer sus derechos ante la justicia, así como el propietario de un inmueble puede hacerlo ante su invasión. El uso simultáneo de una unidad TAF no era diferente de los problemas que se plantean para el uso simultáneo de cualquier otro recurso[1].

Como todo recurso escaso, debe ser administrado su uso, ya que si fuera de acceso abierto nos encontraríamos nuevamente en presencia de la “tragedia de los comunes”, la que en este caso adquiriría la forma de interferencia entre las señales de unos y otros, entre los intentos de comunicarse de las distintas personas.

Nuevamente, como hemos visto antes, tenemos dos alternativas principales: la que hace uso de esa institución “evolutiva” que es el derecho de propiedad, tan utilizado para resolver otras “tragedias de los comunes”, el que termina definiendo el uso del recurso en forma descentralizada y con múltiples ensayos; o podemos intentar hacerlo a través de la regulación centralizada y la decisión de alguna agencia regulatoria.

La experiencia con este segundo método no es muy alentadora (Coase, 1959). La Federal Communications Commision es el organismo regulador del espectro de frecuencias en los Estados Unidos. La FCC, por ejemplo, se manejó con extrema lentitud para evaluar una propuesta para reducir la separación que existe entre las frecuencias de radio AM de 10 kHz a 9 kHz, lo cual hubiera significado el nacimiento de unas 1.000 estaciones de radio nuevas. Otro tanto ha sucedido con el desarrollo de la AM estéreo. En ambos casos, la lentitud se ocasiona por cuestiones “políticas”, en el sentido de que los licenciatarios de frecuencias AM se oponen al ingreso de nuevos oferentes, mientras que quienes tienen licencias de FM se oponen al desarrollo de la AM estéreo, en ambos casos para impedir una mayor competencia.

Otro ejemplo se relaciona con la LPTV (“Low Power TV”), conocida también como sistema MMDS o microondas[2].     A la FCC le llevó diez años finalizar los criterios de asignación de la TV convencional y otros 30 años modificarlos para permitir la aparición de la LPTV. También se demoró tres años en resolver una disputa entre la radio FM y la televisión VHF sobre ciertas frecuencias y diez años en reasignar ciertas frecuencias de la televisión UHF a los teléfonos celulares.

Una historia ya legendaria sobre el manejo político de la autoridad regulatoria se refiere al origen de la FM y al destino de su creador, Edwin Armstrong. Con la determinación de convencer sobre las bondades de la FM, Armstrong solicitó a la FCC frecuencias y un permiso para crear su estación de radio FM. En 1940 la FCC otorgó a la FM el uso de las frecuencias de 40 a 52 MHz. Para fines de la guerra, en 1945, existían ya más de 50 estaciones de FM y unos 500.000 receptores.

No obstante ello, la FCC cambió las asignaciones, trasladando a FM a las actuales bandas de 88-108 MHz y otorgando a la televisión las frecuencias 44-88 MHz (canales 1 a 6) y 174-216 MHz (canales 7-13). Las FM fueron así liquidadas, ya que los usuarios se encontraron con equipos receptores no aptos para captar las transmisiones en las nuevas frecuencias asignadas. Por supuesto que nadie los indemnizó por ello.

Por último, le costó a la empresa de comunicaciones a larga distancia MCI cerca de 2 millones de dólares y 7 meses de trabajo construir sus torres de microondas pero unos 7 años y 12 millones de dólares en costos legales y regulatorios hasta obtener la licencia. [3]

Según han observado muchos investigadores, las agencias regulatorias comienzan su vida como reguladores agresivos de la industria pero, con el transcurso del tiempo, son capturadas por los mismos regulados y terminan compartiendo sus puntos de vista e intereses.

[1] “La interferencia creada por el uso simultáneo de la misma unidad del espectro por dos o más usuarios no es diferente de la interferencia entre usos simultáneos competitivos de cualquier otro recurso. Una porción de tierra no puede utilizarse para cultivar trigo y como parque al mismo tiempo sin interferir un uso con el otro. Un ómnibus no puede transportar cargas desde A hasta B y pasajeros desde A hasta C al mismo tiempo. Los mismos cinco minutos de tiempo de una secretaria no pueden utilizarse para escribir a máquina o para hacer llamadas telefónicas sin cierta degradación de cada función”. (Fountain, John, 1989, p. 135).

[2] “El atractivo de la LPTV no es difícil de entender. Autorizando la construcción de alternativas de baja energía a las estaciones dominantes actualmente en el aire, la FCC no sólo abría una puerta a unas 8.000 estaciones transmisoras nuevas, sino también al relativamente exclusivo mundo capital-intensivo de la transmisión de TV a un nuevo grupo de emprendedores. La FCC empezó a investigar la LPTV hace varios años como una solución casi perfecta al problema de la escasez que había estado en el centro de muchas de sus decisiones regulatorias y que había guiado el otorgamiento de licencias por más de medio siglo. En teoría, otorgándole a una estación de LPTV suficiente energía para transmitir su señal, digamos, de 5 a lo millas, se resolvería el problema de utilización del espectro, que era la razón técnica para limitar las licencias en determinado lugar”.

“Pero la FCC, como otros proponentes de la LPTV, también vio un segundo impacto interesante: el bajo costo relativo de los equipos necesarios -una fracción del equipamiento de toda una estación de televisión- daría acceso a la LPTV a minorías, grupos comunitarios y otros que durante años han luchado mucho, tanto ante la FCC como en las cortes, para tener mayor acceso a la transmisión de TV regular.»

«Después de abrir la puerta a la LPTV, la comisión fue inundada con 6.500 solicitudes, creándose tal desorden administrativo -literalmente una montaña de papeles con pocos lineamientos para decidir quién recibiría los 3.000 a 4.000 lugares disponibles- que congeló el proceso en forma temporaria. Esto demoró la llegada de la LPTV al mercado mientras la cantidad de papel crecía; la montaña creció hasta contener 12.000 solicitudes.» (Diamond, et al, 1983, p. 26).

[3] Confirmando lo anterior, comenta el Dr. John Fountain con respecto a Nueva Zelanda (1989, p. 18): “La vulnerabilidad a los grupos de presión no se elimina con procedimientos de salvaguardia. En verdad, éstos pueden inhibir la eficiencia económica al ser incorporados a los juegos estratégicos de los participantes en la actividad. Más aun, no importa cuán bien dirigidas estén, las agencias regulatorias inevitablemente se hallan limitadas en la sabiduría de sus decisiones por el flujo de información de que disponen”.

“Los grupos de interés que aparecen ante las agencias regulatorias proveen mucha información y análisis que a sus funcionarios les sería imposible o muy costoso obtener en forma independiente. Naturalmente, cada grupo presenta su evidencia de tal manera que sea favorable para su propio caso. Dada la legalidad y formalidad de los procesos, o la falta de acceso a influencias con costos reducidos, la participación en los procesos regulatorios por parte de gran número de consumidores es simplemente muy costosa. Como resultado, es extremadamente difícil -tal vez imposible- que las agencias regulatorias tomen decisiones que sean económicamente eficientes.”

Mientras discuten la intervención a la AFSCA, veamos mejor si esta agencia debería existir (I)

Mientras se discute la intervención de la AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual) presentaré parte del contenido del libro El Foro y el Bazar sobre uno de los aspectos que administra y regula esta agencia, las frecuencias electromagnéticas:

                «Uno de los temas más controvertidos en materia de telecomunicaciones es el del manejo del espectro de frecuencias radioeléctricas, tal vez porque se trata de un tema con alto contenido técnico que parece fuera del alcance de quien no tenga conocimientos avanzados en ingeniería.

                Sin embargo, como trataremos de explicar aquí, no se diferencia de cualquier otro recurso como la tierra, las maquinarias, los minerales o los bosques. No obstante ello, los derechos de propiedad sobre el espectro electromagnético no se han desarrollado por haber quedado bajo el mandato de instituciones de planificación centralizada, tanto a nivel nacional como, a través de tratados e instituciones, internacional.

                ¿Qué es, específicamente, el espectro electromagnético? La energía electromagnética se traslada en forma de campos eléctricos y magnéticos oscilantes. Lo que se denomina “frecuencia” es el nivel de oscilaciones que se mide en unidades de ciclos por segundo, o hertzios. El espectro de frecuencias varía desde 0 Hz hasta los rayos cósmicos, con una frecuencia de 1025 (diez a la veinticinco). Lo que normalmente se denomina frecuencias de radio son las que sirven para las telecomunicaciones, desde 10 kHz hasta 300.000 MHz.

                La transmisión se origina cuando se produce energía en una frecuencia específica en un transmisor, y se carga en ella un mensaje codificado controlando cuidadosamente las características físicas de la energía (modulando). Esa codificación se realiza como variaciones en el modelo de oscilación de la frecuencia. Toda fuente de energía emite estas señales; los transmisores, las manchas solares, el encendido de un auto, etcétera. La energía ya codificada con un mensaje es lanzada por una antena y es interceptada y seleccionada por un receptor que la decodifica.

                Distintos tipos de transmisión requieren distintos anchos de bandas de frecuencias. Así, por ejemplo, una estación de radio FM ocupa unos 240 kHz, una llamada telefónica entre 12,5 kHz para los celulares, 25 kHz utilizando “banda ciudadana” y 36 kHz con modulación FM, un programa de televisión utiliza entre 5.000 y 7.000 kHz y unas diez veces más cuando es transmitido desde un satélite.

                Existen algunos principios que es necesario tener en cuenta:

1.            La potencia de la señal decrece a medida que uno se aleja de la fuente emisora (algo que cualquiera comprueba claramente cuando viaja en automóvil).

2.            Las señales emitidas no pueden limitarse exactamente a la frecuencia señalada sino que generan cierta energía en otras bandas. Esto se debe a un problema de costos y tecnología para evitar esta “externalidad”, es decir, el perjuicio impuesto por los actuales transmisores a otras bandas es menor que el costo que significaría desarrollar nuevos equipos que eliminen el problema, aunque el avance tecnológico con el tiempo lo hará posible.

3.            El comportamiento de la señal emitida no puede predecirse exactamente, ya que, por ejemplo, su alcance depende de ciertos factores como los edificios, las maquinarias y otros de carácter didáctico, como las condiciones atmosféricas, así como de las irregularidades del terreno, de la actividad solar, etcétera.

4.            Lo que interesa es la potencia relativa de la señal, esto es, en cl caso de una radio, que la emisión en una frecuencia determinada supere y “ahogue” la externalidad mencionada en el punto 2. Cuanto más se acerque la relación señal-interferencia a la unidad, mayor será la interferencia y los receptores no podrán diferenciar entre las dos señales que reciben. Si la señal es lo suficientemente superior y puede filtrarse la interferencia, se elimina el problema.

                La necesidad de asignar frecuencias a usos y usuarios específicos se debe a la capacidad limitada de los receptores de diferenciar señales. Por esa razón, si dos transmisores coinciden en la frecuencia de sus mensajes, en el tiempo y en el espacio geográfico, se interfieren entre sí. Debe conseguirse diferenciar entre por lo menos una de las variables antes mencionadas. Esto es, o las transmisiones se realizan en tiempos diferentes (unas por la tarde, otras por la noche, por ejemplo) en las mismas frecuencias y zona geográfica; o se realizan en distintas frecuencias, pudiendo coincidir en el tiempo y en la zona geográfica (como las distintas radios AM y FM en una ciudad ); o deben estar suficientemente separadas para que la potencia de ambas no interfiera entre sí (un radio de una ciudad y de otra) para lo cual existen dos formas de separarlas, sea asignando a un emisor una zona geográfica determinada (por ejemplo, Buenos Aires y un radio de 50 km.) o una potencia de emisión determinada (lo que es lo mismo, pues se calcula que con esa potencia se cubre cierta área geográfica).

                Estas dimensiones componen lo que se conoce como TAF (tiempo/área/frecuencia), que sirve como unidad para definir una unidad de recurso. No puede haber dos usos simultáneos en cada unidad TAF, pues si no se genera interferencia.

Alberdi: la propiedad es el derecho exclusivo que tiene cada persona de usar su trabajo y su capital

Con los alumnos de UBA Derecho vemos “Sistema Económico y Rentístico” de Juan Bautista Alberdi. Allí, en su primer capítulo, quien inspirara la Constitución Argentina explica los principios en que se sustenta. El texto muestra, también, cuán lejos se encuentra ahora el país de esos principios aunque mantenga en su esencia el mismo texto escrito:

Alberdi 3

“La propiedad, como garantía de derecho público, tiene dos aspectos: uno jurídico y moral, otro económico y material puramente. Considerada como principio general de la riqueza y como un hecho meramente económico, la Constitución argentina la consagra por su artículo 17 en los términos más ventajosos para la riqueza nacional. He aquí su texto: – La propiedad es inviolable, ningún habitante de la Confederación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que expresa el art. 4. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley y de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo, de su obra, invento o descubrimiento por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.

La economía política más adelantada y perfeccionada no podría exigir garantías más completas en favor de la propiedad, como principio elemental de riqueza.

Se ha visto que la riqueza, o bien sea la producción, tiene tres instrumentos o agentes que la dan a luz: el trabajo, el capital y la tierra. Comprometed, arrebatad la propiedad, es decir, el derecho exclusivo que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo, de su capital y de sus tierras para producir lo conveniente a sus necesidades o goces, y con ello no hacéis más que arrebatar a la producción sus instrumentos, es decir, paralizarla en sus funciones fecundas, hacer imposible la riqueza. Tal es la trascendencia económica de todo ataque a la propiedad, al trabajo, al capital y a la tierra, para quien conoce el juego o mecanismo del derecho de propiedad en la generación de la riqueza general. La propiedad es el móvil y estímulo de la producción, el aliciente del trabajo, y un término remuneratorio de los afanes de la industria. La propiedad no tiene valor ni atractivo, no es riqueza propiamente cuando no es inviolable por la ley y en el hecho.

Pero no bastaba reconocer la propiedad como derecho inviolable. Ella puede ser respetada en su principio, y desconocida y atacada en lo que tiene de más precioso, -en el uso y disponibilidad de sus ventajas. Los tiranos más de una vez han empleado esta distinción sofística para embargar la propiedad, que no se atrevían a desconocer. El socialismo hipócrita y tímido, que no ha osado desconocer el derecho de propiedad, ha empleado el mismo sofisma, atacando el uso y disponibilidad de la propiedad en nombre de la organización del trabajo. Teniendo esto en mira y que la propiedad sin el uso ilimitado es un derecho nominal, la Constitución argentina ha consagrado por su artículo 14 el derecho amplísimo de usar y disponer de su propiedad, con lo cual ha echado un cerrojo de fierro a los avances del socialismo.

La Constitución no se ha contentado con entablar el principio de propiedad, sino que ha dado también los remedios para curar y prevenir los males en que suele perecer la propiedad.

El ladrón privado es el más débil de los enemigos que la propiedad reconozca. Ella puede ser atacada por el Estado, en nombre de la utilidad pública. Para cortar este achaque, la Constitución ha exigido que el Congreso, es decir, la más alta representación del país, califique por ley la necesidad de la expropiación, o mejor dicho, de la enajenación forzosa, pues en cierto modo no hay expropiación desde que la propiedad debe ser previamente indemnizada.

Puede ser atacada la propiedad por contribuciones arbitrarias o exorbitantes del gobierno. Para evitar este mal ordinario en países nacientes, la Constitución atribuye exclusivamente al Congreso el poder de establecer contribuciones.

La Constitución remacha el poder concedido a las garantías protectoras de la propiedad, declarando por su artículo 29 que el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las legislaturas provinciales a los gobiernos de provincias, facultades extraordinarias ni la suma del poder público, ni otorgar les sumisiones o supremacías por las que queden a merced de gobiernos o persona alguna las fortunas de los Argentinos.

En todos estos principios y garantías con que la Constitución defiende el derecho de propiedad contra los ataques que de diversos modos lo persiguen, la Constitución hace otros tantos servicios a la riqueza pública, que tiene en la propiedad uno de sus manantiales más fecundos.”

A ver quien pesca la Copa America, o sobre el tema de los derechos de propiedad de la pesca en Chile

La Copa América en Chile ha puesto el foco de atención en ese país. Quisiera ahora comentar un tema poco mencionado en las noticias, referente al desarrollo de la pesquería en ese país. El diario La Tercera comenta una noticia relacionada con la decisión de la mayor empresa productora de salmón del mundo, la noruega Marine Harvest (“Marine Harvest reestructura negocio en Chile”, 30/6/2015). Se refiere a la situación de corto plazo en el mercado, pero quisiera relacionar esto con el tema de los derechos de propiedad sobre la pesca. Al respecto, esto digo en el libro:

Acuacultura

La pesca es un buen ejemplo de los problemas a los que se enfrentan las políticas públicas y las distintas alternativas de regulación y mercados que pueden considerarse. Se estima que, como resultado del mal manejo estatal de las pesquerías en los últimos cincuenta años, muchas están colapsadas o en serio peligro (Costello et al 2008). Se considera “colapsada” a una pesquería cuando su producción es un 10% inferior al máximo alcanzado. Según esta definición, el 23% de las pesquerías estaban en esta condición el año 2003. Extrapolando esta tendencia, el 100% de las mismas lo estarían en el año 2048 (p. 1679). Los problemas de acceso común a un recurso no son nada nuevos, y distintas sociedades han desarrollado soluciones que es necesario estudiar y tener en cuenta.

Una institución evolutiva de larga data es la administración conjunta de un recurso, particularmente aplicada en las pesquerías costeras. En el noroeste de Brasil, por ejemplo, los pescadores demandan y sostienen un acceso exclusivo a ciertas áreas del mar, que denominan pesqueiros, y se encargan de controlar que no ingresen a pescar quienes no pertenecen al grupo “propietario”. Estos derechos incluso se transmiten como “herencia” por medio de largos periodos de aprendizaje y tutoría. Se han encontrado estructuras de este tipo en lugares tan dispares como la costa de Maine, en Estados Unidos, Newfoundland, en Canadá, o en las islas del Pacífico (Cordell 1989, p. 4), y tan diversas como arreglos informales, comunales o de posesión privada. En estos sistemas de propiedad de facto encontramos todas sus características: sus miembros controlan el recurso, dividen su acceso y una tasa de extracción, impiden su explotación por quienes no son miembros del grupo y defienden su organización.

En particular florecen en el Pacífico. En Vanuatu, por ejemplo, se multiplicaron a partir de 1990, con arreglos comunitarios que son asegurados por las autoridades de las villas locales, no por el Departamento de Pesca, que es el que los ha alentado. Lo mismo ocurre en Samoa, en las islas Cook, Fiji, Palau e incluso en Hawaii, en la comunidad de Ho’olehu Hawaiian Homesteads, en la isla de Moloka’i.

Son estructuras que han evolucionado en largos periodos, adaptándose a las culturas locales, e incluso estas, desarrollándose para facilitar el funcionamiento de estos sistemas. Los pescadores son capaces de establecer zonas de pesca, pese a que no se puede “alambrar” el mar. En verdad, cuando muchos de estos lugares fueron colonizados, tales arreglos institucionales fueron reemplazados por la doctrina jurídica de la “apertura de los mares” para todos los que quisieran aprovecharlos, una doctrina de larga data en Occidente. Pero esa apertura abría las puertas para el acceso irrestricto y los convertía en la “tragedia de los comunes”.

Estos arreglos institucionales pueden funcionar en espacios geográficos relativamente pequeños, con características que permitan su delimitación y con especies no migratorias. Cuando estas características están presentes —por ejemplo en el caso de especies con alta migración—, este tipo de control no es eficaz.

En este caso, hay dos tipos de soluciones novedosas. La primera de ellas es la piscicultura. Esta tecnología, que en verdad tiene también una larga tradición, ha permitido en las últimas décadas resolver el problema del acceso irrestricto. Es, en realidad, una “tecnología institucional”, ya que permite el establecimiento de claros derechos de propiedad y, por lo tanto, genera el incentivo para multiplicar la especie, no para acabarla. En términos simples, se trata de un sistema de “alambrado” en el agua, que permite la exclusión de los no propietarios y donde el inversor espera “multiplicar” los peces para “cosechar” un cierto número en vistas a su comercialización.

Dentro del ámbito de la piscicultura, además, tenemos dos posibilidades que reflejan una más fuerte o más débil definición de derechos de propiedad. En el primer caso se construyen grandes piletones donde se crían y cosechan determinadas especies. Esta simple tecnología ha logrado establecer el derecho de propiedad sobre el recurso y, entonces, su propietario se encarga de multiplicarlo. Las externalidades han sido internalizadas y tanto los costos como los beneficios recaen directamente sobre el propietario. En el segundo, se delimita con redes determinadas zonas en ríos o mares y dentro de ellas se cultivan y cosechan las especies. Aquí ha mejorado la definición del derecho de propiedad debido a que se establece la “exclusión” sobre los peces para los no propietarios, pero no llega a internalizar todas las externalidades ya que esas exclusiones que establecen las redes se encuentran en la propiedad común del agua, que fluye de unas a otras. Esto ha generado problemas de externalidades como los casos de contagio de ciertas enfermedades de unos productores a otros, tal el caso de la producción de salmón en Chile. No obstante, es necesario destacar que, al margen de estos problemas, la asignación del derecho de propiedad ha generado una industria que procesa miles de toneladas.