Alberdi y los tratados internacionales como una forma de garantizar la paz y la libertad económica

Con los alumnos de la UBA Derecho, vemos a Alberdi cuando comenta cómo transmitir confianza a los inversores extranjeros, y a los trabajadores inmigrantes, luego de años de guerras civiles:

Alberdi

“En países como los nuestros, en que la guerra civil es crónica, y en que las guerras con el extranjero tienen su germen inagotable en el odio que el sistema español colonial supo inocularles hacia él, no hay medio más eficaz y serio de asegurar la industria, la persona y la propiedad, que por estipulaciones internacionales, en que el país se obligue a respetar esas garantías, en la paz lo mismo que en la guerra. Esa seguridad dada a los extranjeros es decisiva de la suerte de nuestra riqueza, porque son ellos de ordinario los que ejercen el comercio y la industria, y los que deben dar impulso a nuestra agricultura con sus brazos y capitales poderosos. Este gran medio económico de asegurar la libertad y los resultados del trabajo, en esta América de constante inquietud, pertenece a la Constitución argentina, que por el art. 27 ya citado, declara, que el gobierno federal argentino está obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras, por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de derecho público establecido en esta Constitución. O más claramente dicho, que sirvan para asegurar los principios del derecho público que establece la Constitución argentina. En efecto, el sistema económico de la Constitución argentina debe buscar su más fuerte garantía de estabilidad y solidez en el sistema económico de su política exterior, el cual debe ser Un medio orgánico del primero, y residir en tratados de comercio, de navegación, de industria agrícola y fabril con las naciones extranjeras. Sin esa garantía internacional la libertad económica argentina se verá siempre expuesta a quedar en palabras escritas y vanas.

No vacilo, según esto, en creer que los tratados de la Confederación, celebrados en julio de 1853 con la Francia, Inglaterra y los Estados Unidos, son la parte más interesante de la organización argentina, porque son medios orgánicos que convierten en verdad práctica y durable la libertad de navegación y comercio interior para todas las banderas, que encerrada en la Constitución habría quedado siempre expuesta a ser derogada con ella. El día que la Confederación desconozca que esos tratados valen más para su riqueza y prosperidad que la Constitución misma que debe vivir por ellos, puede creer que su suerte será la misma que bajo el yugo de los reyes de España y de los caudillos como Rosas.”

Y luego:

«En efecto, el sistema económico de la Constitución Argentina debe buscar su más fuerte garantía de estabilidad y solidez en el sistema económico de su política exterior, el cual debe ser un medio orgánico del primero, y residir en tratados de comercio, de navegación, de industria agrícola y fabril con las naciones extranjeras. Sin esa garantía internacional la libertad económica argentina se verá siempre expuesta a quedar en palabras escritas y vanas.»

Alberdi sobre toda ley que da al gobierno el derecho exclusivo de ejercer cierta industria

Con los alumnos de la Facultad de Derecho, UBA, vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico. En esta sección sobre industrias del estado:

«Toda ley que da al gobierno el derecho de ejercer exclusivamente industrias declaradas de derecho común, crea un estanco, restablece el coloniaje, ataca la libertad.

Toda ley que atribuye al Estado de un modo exclusivo, privativo o prohibitivo, que todo es igual, el ejercicio de operaciones o contratos que pertenecen esencialmente a la industria comercial, es ley derogatoria de la Constitución en la parte que ésta garantiza la libertad de comercio a todos y cada uno de los habitantes de la Confederación. Por ejemplo, son operaciones comerciales las’ operaciones de banco, tales como la venta y compra de monedas y especies metálicas, el préstamo de dinero a interés; el depósito, el cambio de especies metálicas de una plaza a otra; el descuento, es decir, la conversión de papeles ordinarios de crédito privado, como letras de cambio, pagarés, escritura, vales, etc., en dinero o en billetes emitidos por el banco. Son igualmente operaciones comerciales las empresas de seguros, las construcciones de ferrocarriles y de puentes, el establecimiento de líneas de buques de vapor. No hay un solo código de comercio en que no figuren esas operaciones, como actos esencialmente comerciales. En calidad de tales, todos los códigos las defieren a la industria de los particulares. Nuestras antiguas leyes, nuestras mismas leyes coloniales, han reconocido el derecho de establecer bancos y de ejercer las operaciones de su giro, como derecho privado de todos los habitantes capaces de comerciara . La Constitución ha ratificado y consolidado ese sistema, declarando por sus artículos 14 y 20 que todos los habitantes de la Confederación, así nacionales como extranjeros, gozan del derecho de trabajar y de ejercer toda industria, de navegar y comerciar, de usar y disponer de su propiedad, de asociarse con fines útiles, etc., etc.

Si tales actos, pues, corresponden y pertenecen a la industria comercial, y esta industria como todas, sin excepción, han sido declaradas derecho fundamental de todos los habitantes, la ley que da al Estado el derecho exclusivo de ejercer las operaciones conocidas por todos los códigos de comercio, como operaciones de banco y como actos de comercio, es una ley que da vuelta a la Constitución de pies a cabeza; y que además invierte y trastorna todas las nociones de gobierno y todos los principios de la sana economía política.

En efecto, la ley que da al Estado el poder exclusivo o no exclusivo de fundar casas de seguros marítimos o terrestres, de negociar en compras y ventas de especies metálicas, en descuentos, depósitos, cambios de plaza a plaza, de explotar empresas de vapor terrestres o marítimas, convierte al gobierno del Estado en comerciante. El gobierno toma el rol de simple negociante; sus oficinas financieras son casas de comercio en que sus agentes o funcionarios compran y venden, cambian y descuentan, con la mira de procurar alguna ganancia a su patrón, que es el gobierno.

Tal sistema desnaturaliza y falsea por sus bases el del gobierno de la Constitución sancionada y el de la ciencia, pues 10 saca de su destino primordial, que se reduce a dar leyes (poder legislativo), a interpretarlas (judicial), y a ejecutarlas (ejecutivo). Para esto ha sido creado el gobierno del Estado, no para explotar industrias con la mira de obtener un lucro, que es todo el fin de las operaciones industriales.

La idea de una industria pública es absurda y falsa en su base económica. La industria en sus tres grandes modos de producción es la agricultura, la fabricación y el comercio; pública o privada, no tiene otras funciones. En cualquiera de ellas que se lance el Estado, tenemos al gobierno de labrador, de fabricante o de mercader; es decir, fuera de su rol esencialmente público y privativo, que es de legislar, juzgar y administrar.

El gobierno no ha sido creado para hacer ganancias, sino para hacer justicia; no ha sido creado para hacerse rico, sino para ser el guardián y centinela de los derechos del hombre, el primero de los cuales es el derecho al trabajo, o bien sea la libertad de industria.

Un comerciante que tiene un fusil y todo el poder del Estado en una mano, y la mercadería en la otra, es un monstruo devorador de todas las libertades industriales, ante él todo comercio es imposible: el de los particulares, porque tienen por concurrente al legislador, al Tesoro público, la espada de la ley, nada menos; el del Estado mucho menos, porque un gobierno que además de sus ocupaciones de gobierno abre almacenes, negocia en descuentos de letras, en cambios de moneda, emprende caminos, establece líneas de vapor, se hace asegurador de buques, de casas y de vidas, todo con miras de ,explotación y ganancias, aunque sean para el Estado, y todo eso por conducto de funcionarios comerciales o de comerciantes fiscales y oficiales, ni gobierna, ni gana, ni deja ganar a los particulares.

Con razón la Constitución argentina ha prohibido tal sistema, demarcando las funciones esenciales del gobierno, ajenas enteramente a toda idea de industria, y dejando todas las industrias, todo el derecho al trabajo industrial y productor, para el goce de todos y cada uno de los habitantes del país.

Alberdi sobre la protección a la industria: el art. 14 dice que hay libertad de ejercer toda industria

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico y la protección de la industria:

Las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estímulo son, según el artículo citado, otro medio que la Constitución pone en manos del Estado para fomentar la industria fabril que está por nacer.

Este medio es delicadísimo en su ejercicio, por los errores en que puede hacer caer el legislador y estadista inexpertos, la analogía superficial o nominal que ofrece con el aciago sistema proteccionista de exclusiones privilegiarías y de monopolios.

Para saber qué clase de protección, qué clase de privilegios y de recompensas ofrece la Constitución como medios, es menester fijarse en los fines que por esos medios se propone alcanzar. Volvamos a leer su texto, con la mira de investigar este punto que importa a la vida de la libertad fabril. Corresponde al Congreso (dice el art. 64) proveer lo conducente a la prosperidad del país, etc., promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas indus-trias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores (¿por qué medio? – la Constitución prosigue), por leyes protectoras de estos FINES, y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estimulo (protectoras igualmente de esos FINES, se supone) .

Según esto, los FINES que las leyes, los privilegios y las recompensas están llamados a proteger, son:

La industria,

La inmigración,

La construcción de ferrocarriles y canales navegables,

La colonización de tierras de propiedad nacional,

La introducción y establecimiento de nuevas industrias,

La importación de capitales extranjeros,

Y la exploración de los ríos interiores.

Basta mencionar estos FINES para reconocer que los medios de protección que la Constitución les proporciona, son la libertad y los privilegios y recompensas conciliables con la libertad.

En efecto, ¿podría convenir una ley protectora de la industria por medio de restricciones y prohibiciones, cuando el art. 14 de la Constitución concede a todos los habitantes de la Confederación la libertad de trabajar y de ejercer toda industria? Tales restricciones y prohibiciones serían un medio de atacar ese principio de la Constitución por las leyes proteccionistas que las contuviesen; y esto es precisamente le que ha querido evitar la Constitución cuando ha dicho por su artículo 28: – Los principios, derechos y garantías reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. Esta disposición cierra la puerta a la sanción de toda ley proteccionista, en el sentido que ordinariamente se da a esta palabra de prohibitiva o restrictiva.

Juan Bautista Alberdi, las escuelas económicas y la de la Constitución: la escuela «industrial» de Adam Smith

Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el libro de Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”. En su introducción, Alberdi analiza las distintas escuelas económicas y a cual pertenece la Constitución:

Alberdi 3

“Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:

1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.

2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.

3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.

Sobre cada uno de esos elementos ha surgido la siguiente cuestión, que ha dividido los sistemas económicos: – En e1 interés de la sociedad, ¿vale más la libertad que la regla, o es más fecunda la regla que la libertad? Para el desarrollo de la producción, ¿es mejor que cada uno disponga de su tierra, capital o trabajo a su entera libertad, o vale más que la ley contenga algunas de esas fuerzas y aumente otras? ¿Es preferible que cada uno las aplique a la industria que le diere gana, o conviene más que la ley ensanche la agricultura y restrinja el comercio, o viceversa? ¿Todos los productos deben ser libres, o algunos deben ser excluidos y prohibidos, con miras protectoras?

He ahí la cuestión más grave que contenga la economía política en sus relaciones con el derecho público. Un error de sistema en ese punto es asunto de prosperidad o ruina para un país. La España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad.

Veamos, ahora, cómo ha sido resuelta esta cuestión por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política.

La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo. Colbert formuló y codificó el sistema económico introducido en Europa por Carlos V y Felipe II. Esa escuela, perteneciente a la infancia de la economía, contemporánea del mayor despotismo político en los países de su origen galo-español representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria.

A esta escuela se aproxima la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Por motivos y con fines diversos, ellas se dan la mano en su tendencia a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.

Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina.

Enfrente de estas dos escuelas y al lado de la libertad, se halla la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.

La filosofía europea del siglo XVIII, tan ligada con los orígenes de nuestra revolución de América, dió a la luz la escuela physiocrática o de los economistas, que flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: – dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.

En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución.”

El impacto de la tecnología. Todos se preocupan por sus costos y beneficios. A mí me interesa otra cosa: ¿nos hará más libres?

El tema del impacto de la tecnología en nuestras vidas me parece super interesante, pero me doy cuenta que lo miro desde un lugar distinto al que se suele plantear. Tal vez porque reflejan un enfoque “utilitarista” los comentarios suelen ser acerca de los beneficios y los costos que puedan ocasionar las nuevas tecnologías. Entonces, es por eso que tratan sobre, por ejemplo, el manido asunto del impacto en el trabajo, en la supuesta destrucción de empleos. U otras consecuencias.

Respecto a la destrucción de empleos, no sé porqué ahora va a ser diferente. Se vienen destruyendo desde la Revolución Industrial. Cada máquina nueva dejaba obsoleto un cierto empleo, pero la historia nos muestra que ha creado muchísimos más, y un nivel de riqueza nunca alcanzado en la historia.

En fin, me interesa otro punto respecto a la tecnología, y es el impacto que pueda tener en nuestra libertad. Como siempre, la tecnología es una herramienta, puede jugar a favor o en contra, pero tiendo a ser relativamente optimista. Escribí algo al respecto que publicaré acá más adelante, pero ahora va un informe de una de las consultoras de management más importantes, McKinsey. Bueno, en realidad del McKinsey Globa Institute.

También, por supuesto, con la evaluación costos-beneficios. Se titula:  Tech for Good: Using Technology to Smooth disruption and improve well-being; https://www.mckinsey.com/featured-insights/future-of-work/tech-for-good-using-technology-to-smooth-disruption-and-improve-well-being

Y dice:

“El desarrollo y la adopción de tecnologías avanzadas, incluida la automatización inteligente y la inteligencia artificial tiene el potencial no solo de aumentar la productividad y el crecimiento del PIB sino también para mejorar el bienestar de manera más amplia, incluso a través de una vida más saludable y longeva y más ocio. Para lograr estos beneficios, y reducir la interrupción y los efectos potencialmente desestabilizadores en la sociedad se requerirá un énfasis en el crecimiento impulsado por la innovación y una gestión cuidadosa de la mano de obra y otras transiciones relacionadas con la adopción y difusión de tecnología.

La tecnología no tiene un propósito general en sí mismo; sus efectos son impulsados ​​por elecciones humanas y comportamiento. La historia está llena de ejemplos de su potencial tanto para hacer el bien como para causar daño: la electricidad trajo ganancias sustanciales de productividad, pero también largas transiciones de la agricultura a la industria que estuvo acompañada en ocasiones por el estancamiento de los salarios reales.

Ciudades manufactureras y mineras una vez prósperas se han agotado por el cambio a una economía basada en los servicios. ¿Cuán diferentes serán la automatización y la inteligencia artificial a medida que se basan en tecnologías digitales ahora omnipresentes?

Estas tecnologías podrían desplazar algunos empleos pero también mejorar el trabajo cuando se utiliza la tecnología para complementar las capacidades humanas. Podrían causar estrés al aumentar la intensidad de funcionamiento, pero también mejorar la salud y la longevidad si sus usos incluyen avances de medicina personalizada y mejor prevención de enfermedades.

Su despliegue requerirá nuevas habilidades pero también podría ayudar a hacer que la educación sea más accesible. Consumen grandes cantidades de energía incluso cuando

ayudan a hacer que las casas, oficinas y vehículos ahorren más combustible. La automatización puede traer mayor riesgos de desempleo y cambio social, y ya ha contribuido a la polarización salarial entre trabajadores de alta y baja calificación. La robótica desplegada desde la década de 1980 ha aumentado la productividad y el cambio en el lugar de trabajo, al mismo tiempo que crea nuevos empleos en otros lugares.

En resumen, la tecnología no mejorará la vida por sí sola: necesitará una agenda de desarrollo para formuladores de políticas y líderes empresariales que mitigan algunos de los efectos negativos de la adopción de tecnología, tanto a corto como a largo plazo.”

 

Uhm!!! Mejor dejemos a los políticos fuera de esto, aunque seguro que se van a meter.

Pincione sobre el último libro de Cass Sunstein: los «nudges» implican el poder de aplicar «nudges»; y este es peligroso

Muy buen artículo de Guido Pincione, profesor de filosofía en University of Arizona, comentando el último libro de Cass Sunstein, On Freedom. Recordarán a Sunstein por ser co-autor del libro Nudge, junto con el ahora premio Nobel en Economia Richard Thaler.

Guido trata el tema del “paternalismo libertario” que plantean esos autores y ahora Sunstein en el último libro. El artículo completo está en: https://www.lawliberty.org/book-review/on-freedom-paternalism-and-power/

Una traducción de un párrafo importante (como es con Google traductor tomarla con cuidado):

“Podría parecer que los requisitos democráticos de Sunstein para empujar (Nudge) (ver cuatro párrafos anteriores) prevendrían tales abusos del poder de empujar. ¿Por qué los derechos constitucionales, los tribunales independientes y otras instituciones y prácticas de una democracia liberal que funciona bien no bloquearían la pendiente resbaladiza de las políticas paternalistas libertarias de buena fe a las políticas no liberales o no democráticas? Tenga en cuenta, sin embargo, que no estoy diciendo que los empujones, no importa cuán defendibles puedan ser cuando se toman de forma aislada, ponen en marcha un proceso que termina en manipulando las preguntas, los sistemas de votación y distritos electorales, y otras manipulaciones hechas por el poder -políticos hambrientos. Si bien deberíamos tener cuidado con tales pendientes resbaladizas iliberales o antidemocráticas, el proceso que tengo en mente no es una pendiente resbaladiza. Asumí, arguyendo, que el poder de empujar es justificable como parte integral de la justificación basada en la libertad o el bienestar de jueces particulares. El problema es que el poder de empujar implica el poder de manipular, de manera contraria a la libertad de bienestar, el resultado agregado de empujones defendibles por separado. Sunstein juega con la idea de que los legisladores pueden empujar justificadamente a los ciudadanos a ahorrar para la jubilación, comprar un seguro de salud, conducir con más cuidado, etc., dado que esas medidas aumentan la libertad o el bienestar de esos ciudadanos. Ahora, como lo sugiere esta breve lista, existen varias maneras de ejercer el poder de dar empujones para mejorar la libertad o el bienestar. Los nudgers deben estar dotados de un margen de interpretación significativo cuando se trata de establecer prioridades. La impugnación de la concepción del bienestar que rige esas decisiones requeriría mayor margen de interpretación, lo que a su vez amplía el poder de elegir ganadores y perdedores entre los intereses especiales que compiten por la regulación egoísta de los contextos en los que los consumidores toman sus decisiones.”

Doce declaraciones de Milton Friedman, sin pelos en la lengua: desde drogas, economía y las políticas gubernamentales

John Miltimore, de FEE, recopila doce de las mejores frases de Milton Friedman: https://fee.org/articles/12-truth-bombs-from-milton-friedman/

  1. «Subyacente a la mayoría de los argumentos contra el libre mercado es la falta de creencia en la libertad misma». -> Capitalismo y libertad (2002)
  2. «Estoy a favor de legalizar las drogas. Según mi sistema de valores, si las personas quieren suicidarse, tienen todo el derecho de hacerlo. La mayor parte del daño que proviene de las drogas es porque son ilegales». – Como se cita en If Ignorance Is Bliss, ¿Por qué no hay más personas felices? (2009)
  3. «Con algunas excepciones notables, los empresarios favorecen la libre empresa en general, pero se oponen a ella cuando se trata de ellos mismos». Conferencia «El impulso suicida de la comunidad empresarial» (1983)
  4. «Es un problema moral que el gobierno está convirtiendo en delincuentes, que pueden estar haciendo algo que usted y yo no aprobamos, pero que están haciendo algo que no perjudica a nadie más». – Entrevista del Foro de Drogas de Estados Unidos (1991)
  5. «Uno de los grandes errores es juzgar las políticas y los programas por sus intenciones y no por sus resultados». – Entrevista con Richard Heffner sobre The Open Mind (7 de diciembre de 1975)
  6. «Debes distinguir claramente entre ser pro-empresa libre y ser pro-negocio». – Grandes empresas, gran gobierno (1978)
  7. «La sociedad que antepone la igualdad a la libertad no tendrá ninguno. La sociedad que antepone la libertad a la igualdad terminará con una gran medida de ambos». – De «Created Equal», un episodio de la serie de televisión PBS Free to Choose (1980)
  8. «Los gobiernos nunca aprenden; solo las personas aprenden». – Como se cita en The Cynic’s Lexicon: A Dictionary Of Amoral Advice (1984)
  9. «Tenemos que reconocer que no debemos esperar una utopía que sea inalcanzable. Me gustaría ver mucha menos actividad gubernamental de la que tenemos ahora, pero no creo que podamos tener una situación en la que no tengamos no necesito gobierno en absoluto «. – Como se cita en The Times Herald, Norristown, Pennsylvania (1 de diciembre de 1978)
  10. «La gran virtud de un sistema de libre mercado es que no le importa de qué color son las personas; no le importa cuál es su religión; solo le importa si pueden producir algo que usted quiere comprar. Es el sistema más efectivo descubrimos que permite que las personas que se odian se traten y se ayuden mutuamente «. – «Por qué el gobierno es el problema» (1 de febrero de 1993), pág. 19
  11. «El caso para prohibir las drogas es exactamente tan fuerte y tan débil como el caso para prohibir que las personas coman en exceso. Todos sabemos que comer en exceso causa más muertes que las drogas». – Entrevista del Foro de Drogas de Estados Unidos (1991)
  12. «Hay cuatro formas de gastar dinero. Puedes gastar tu propio dinero en ti mismo. Cuando lo haces, ¿por qué entonces realmente cuidas lo que estás haciendo y tratas de sacar el máximo provecho de tu dinero? Entonces puedes gastar tu propio dinero en otra persona. Por ejemplo, compro un regalo de cumpleaños para alguien. Bueno, entonces no tengo tanto cuidado con el contenido del presente, pero tengo mucho cuidado con el costo. Entonces , Puedo gastar el dinero de otra persona en mí mismo. Y si gasto el dinero de otra persona en mí mismo, ¡entonces estoy seguro de que voy a tener un buen almuerzo! Finalmente, puedo gastar el dinero de otra persona en otra persona. Y si gasto la de otra persona dinero para otra persona, no me preocupa cuánto es, y no me preocupa lo que obtengo. Y eso es el gobierno. Y eso es cerca del 40 por ciento de nuestro ingreso nacional «. – Entrevista de Fox News (mayo de 2004).

 

Hayek sobre la igualdad, el valor y el mérito. La justicia no es social, es individual. Se juzgan acciones, no pertenecer a ciertos grupos

Con los alumnos de la UBA Económicas, vemos a Hayek en Los Fundamentos de la Libertad. En ese gran libro uno de los capítulos trata los temas de la igualdad, el valor y el mérito. Así comienza:

“Ha constituido el gran objetivo de la lucha por la libertad conseguir la implantación de la igualdad de todos los seres humanos ante la ley. Esta igualdad ante las normas legales que la coacción estatal hace respetar puede completarse con una similar igualdad de las reglas que los hombres acatan voluntariamente en sus relaciones con sus semejantes. La extensión del principio de igualdad a las reglas de conducta social y moral es la principal expresión de lo que comúnmente denominamos espíritu democrático, y, probablemente, este espíritu es lo que hace más inofensivas las desigualdades que ineludiblemente provoca la libertad.

La igualdad de los preceptos legales generales y de las normas de conducta social es la única   clase de igualdad que conduce a la libertad y que cabe implantar sin destruir la propia libertad. La libertad no solamente nada tiene que ver con cualquier clase de igualdad, sino que incluso produce desigualdades en muchos respectos. Se trata de un resultado necesario que forma parte de la justificación de la libertad individual.

Si el resultado de la libertad individual no demostrase que ciertas formas de vivir tienen más éxito que otras, muchas de las razones en favor de tal libertad se desvanecerían. Las razones en favor de la libertad no exigen que el gobernante trate a todos igualmente, porque se presuma que los hombres son de hecho iguales, ni tampoco porque se pretenda hacerlos iguales. La dialéctica en pro de la libertad no sólo proclama que los individuos son muy diferentes, sino que en gran medida se apoya en dicha presunción; reitera, por lo demás, que las diferencias existentes entre los humanos no pueden servir de justificación cuando el gobernante intenta discriminar coactivamente entre los gobernados, y obstaculiza la implantación de aquel trato diferencial a  que habría de acudir la autoridad si deseara garantizar posiciones iguales en la vida de los individuos que de hecho presentan entre ellos notables diferencias.

Quienes modernamente abogan por una igualdad material de más largo alcance, rechazan constantemente que su pretensión se fundamenta en el supuesto de que todos los mortales, de hecho, sean iguales. Ello no obstante, amplios sectores todavía creen que esta es la principal justificación de tales aspiraciones. Pero nada produce más daño a la pretensión de igualdad de tratamiento que basarla en una presunción tan obviamente falsa como la de la igualdad de hecho de todos los hombres. Basar los argumentos para la igualdad de trato de las minorías nacionales o raciales en el aserto de que no difieren de los restantes hombres es admitir implícitamente que la desigualdad de hecho justificaría un tratamiento desigual y la prueba de que en realidad existen algunas diferencias no tardaría en manifestarse. Es esencial afirmar que se aspira a la igualdad de trato no obstante el hecho cierto de que los hombres son diferentes.”

Filosofía política y jurídica para estudiantes de economía: Hayek sobre las leyes, los mandatos y el orden social

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II, Escuela Austriaca, de la UBA, vemos ahora a uno de los principales economistas austriacos internarse en el mundo de las ciencias políticas y jurídicas. Así, leemos el Capítulo X del libro “Los Fundamentos de la Libertad”, que se titula “Las Leyes, los Mandatos y el Orden Social”, que es presentado de esta forma:

Hayek

“Uno de los mayores juristas del siglo pasado definió así la concepción básica de la ley de la libertad: «Es la regla en cuya virtud se fija la frontera invisible dentro de la cual el ser y la actividad de cada individuo tienen una segura y libre esfera». Con el discurrir del tiempo, dicho concepto de ley, que constituyó la base de la libertad, se ha perdido en gran medida. Principal objetivo de este capítulo será recuperar y hacer más preciso el concepto jurídico sobre el que se constituyó el ideal de libertad bajo el derecho haciendo posible hablar de este último como «ciencia de la Iibertad».

La vida de los hombres en sociedad, o incluso la de los animales gregarios, se hace posible porque los individuos actúan de acuerdo con ciertas normas. Con el despliegue de la inteligencia, las indicadas normas tienden a desarrollarse y, partiendo de hábitos inconscientes, llegan a ser declaraciones explícitas y coherentes a la vez que más abstractas y generales. Nuestra familiaridad con las instituciones jurídicas nos impide ver cuán sutil y compleja es la idea de delimitar las esferas individuales mediante reglas abstractas. Si esta idea hubiese sido fruto deliberado de la mente humana, merecería alinearse entre las más grandes invenciones de los hombres. Ahora bien, el proceso en cuestión es, sin duda alguna, resultado tan poco atribuible a cualquier mente humana como la invención del lenguaje, del dinero o de la mayoría de las prácticas y convenciones en que descansa la vida social.

Incluso en el mundo animal existe una cierta delimitación de las esferas individuales mediante reglas. Un cierto grado de orden que impide las riñas demasiado frecuentes o la interferencia en la búsqueda de alimentos, etc., surge a menudo del hecho de que el ser en cuestión, a medida que se aleja de su cubil, tiene menos tendencia a luchar. En consecuencia, cuando dos fieras se encuentran en alguna zona intermedia, una de ellas, normalmente, se retira sin que realmente trate de demostrar su fortaleza, y de esta forma la esfera que corresponde a cada bestia no se determina por la demarcación de un límite concreto, sino por la observancia de una regla, desconocida como tal regla por el animal, pero a la que se ajusta en el momento de la acción. El ejemplo demuestra cuán a menudo tales hábitos inconscientes envuelven cierta abstracción: la generalización de que la distinción del lugar donde el animal habita determinará la respuesta de dicho animal en su encuentro con otro. Si tratáramos de definir algunos de los más reales hábitos sociales que hacen posible la vida de los animales gregarios, tendríamos que exponer muchos de ellos mediante reglas abstractas.

El que tales reglas abstractas sean observadas regularmente en la acción no significa que los individuos las conozcan en el sentido de que puedan comunicadas. La abstracción tiene lugar siempre que un individuo responde de la misma manera a circunstancias que tienen solamente algunos rasgos en común. Los hombres, generalmente, actúan de acuerdo con normas abstractas en el sentido expuesto, mucho antes de que puedan formularlas. Incluso cuando los humanos han adquirido el poder de la abstracción consciente, su pensamiento y su actuación están guiados probablemente por muchas reglas abstractas que obedecen sin ser capaces de formularlas. El hecho de que una regla determinada sea obedecida generalmente a la hora de actuar, no significa que haya de ser descubierta y formulada mediante palabras.”

Murray Rothbard y la soberanía del consumidor. No es un buen término, la soberanía es el realidad el individuo

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II (Escuela Austriaca) vemos a Murray Rothbard en “Monopolio y Competencia” plantear el tema de la soberanía del consumidor y señalar que sería mejor hablar de la soberanía del individuo:

Hemos visto que en la economía de mercado libre, la gente tiende a producir aquellos bienes de los que haya más demanda por parte de los consumidores.1 Algunos economistas han llamado a este sistema “la soberanía del consumidor”. Con todo, esto no implica compulsión alguna. Se trata de una elección que reside única e independientemente en manos del productor, cuya dependencia del consumidor es puramente voluntaria, resultado de su propia elección, con el fin de aumentar todo lo posible la utilidad, y puede decidir en cualquier momento dejarla sin efecto. Muchas veces hemos puesto de manifiesto que el hecho de perseguir el provecho monetario (consecuencia de la demanda del consumidor) es algo a lo cual cada individuo se dedica sólo en la medida en que no se alteren otras cosas. Esas otras cosas son las evaluaciones psíquicas individuales del productor, y pueden actuar en contra de las influencias monetarias. Un ejemplo sería el caso del obrero o del dueño de un factor productivo que se dedica a cierto tipo de tarea por una retribución monetaria menor que la correspondiente a otra ocupación cualquiera. Lo hace por la satisfacción que le produce ese trabajo particular y también debido a que le disgustan otras oportunidades.

En lugar de hablar de “soberanía del consumidor”, sería más preciso afirmar que en el mercado libre hay soberanía del individuo: soberano en cuanto a su persona y a sus propios bienes. Esto puede denominarse propia soberanía individual. Para obtener un provecho monetario, el productor individual tiene que satisfacer la demanda del consumidor, pero el punto hasta el cual persigue ese provecho monetario, y el grado hasta el que se afana por otros motivos no monetarios, son exclusivamente materia librada a su propia elección.

La expresión soberanía del consumidor constituye un ejemplo típico del abuso, en materia económica, de un término (soberanía) que sólo es apropiado para el campo político. Es un caso ilustrativo para demostrar cuán peligroso resulta el uso de metáforas extraídas de diferentes disciplinas. “Soberanía” indica la calidad del último y definitivo poder político; es el poder que se apoya en el uso de la violencia. En una sociedad auténticamente libre, todo individuo es soberano en cuanto a su persona y bienes y, en consecuencia, tal “autosoberanía” es la que predomina en el mercado. Nadie es “soberano” respecto de los actos o intercambio de cualquier otro. Ya que los consumidores no tienen facultad para ejercer coerción sobre los productores obligándolos a dedicarse a diversas ocupaciones o trabajos, los primeros no son “soberanos” en relación con los últimos.”