El impacto de la tecnología. Todos se preocupan por sus costos y beneficios. A mí me interesa otra cosa: ¿nos hará más libres?

El tema del impacto de la tecnología en nuestras vidas me parece super interesante, pero me doy cuenta que lo miro desde un lugar distinto al que se suele plantear. Tal vez porque reflejan un enfoque “utilitarista” los comentarios suelen ser acerca de los beneficios y los costos que puedan ocasionar las nuevas tecnologías. Entonces, es por eso que tratan sobre, por ejemplo, el manido asunto del impacto en el trabajo, en la supuesta destrucción de empleos. U otras consecuencias.

Respecto a la destrucción de empleos, no sé porqué ahora va a ser diferente. Se vienen destruyendo desde la Revolución Industrial. Cada máquina nueva dejaba obsoleto un cierto empleo, pero la historia nos muestra que ha creado muchísimos más, y un nivel de riqueza nunca alcanzado en la historia.

En fin, me interesa otro punto respecto a la tecnología, y es el impacto que pueda tener en nuestra libertad. Como siempre, la tecnología es una herramienta, puede jugar a favor o en contra, pero tiendo a ser relativamente optimista. Escribí algo al respecto que publicaré acá más adelante, pero ahora va un informe de una de las consultoras de management más importantes, McKinsey. Bueno, en realidad del McKinsey Globa Institute.

También, por supuesto, con la evaluación costos-beneficios. Se titula:  Tech for Good: Using Technology to Smooth disruption and improve well-being; https://www.mckinsey.com/featured-insights/future-of-work/tech-for-good-using-technology-to-smooth-disruption-and-improve-well-being

Y dice:

“El desarrollo y la adopción de tecnologías avanzadas, incluida la automatización inteligente y la inteligencia artificial tiene el potencial no solo de aumentar la productividad y el crecimiento del PIB sino también para mejorar el bienestar de manera más amplia, incluso a través de una vida más saludable y longeva y más ocio. Para lograr estos beneficios, y reducir la interrupción y los efectos potencialmente desestabilizadores en la sociedad se requerirá un énfasis en el crecimiento impulsado por la innovación y una gestión cuidadosa de la mano de obra y otras transiciones relacionadas con la adopción y difusión de tecnología.

La tecnología no tiene un propósito general en sí mismo; sus efectos son impulsados ​​por elecciones humanas y comportamiento. La historia está llena de ejemplos de su potencial tanto para hacer el bien como para causar daño: la electricidad trajo ganancias sustanciales de productividad, pero también largas transiciones de la agricultura a la industria que estuvo acompañada en ocasiones por el estancamiento de los salarios reales.

Ciudades manufactureras y mineras una vez prósperas se han agotado por el cambio a una economía basada en los servicios. ¿Cuán diferentes serán la automatización y la inteligencia artificial a medida que se basan en tecnologías digitales ahora omnipresentes?

Estas tecnologías podrían desplazar algunos empleos pero también mejorar el trabajo cuando se utiliza la tecnología para complementar las capacidades humanas. Podrían causar estrés al aumentar la intensidad de funcionamiento, pero también mejorar la salud y la longevidad si sus usos incluyen avances de medicina personalizada y mejor prevención de enfermedades.

Su despliegue requerirá nuevas habilidades pero también podría ayudar a hacer que la educación sea más accesible. Consumen grandes cantidades de energía incluso cuando

ayudan a hacer que las casas, oficinas y vehículos ahorren más combustible. La automatización puede traer mayor riesgos de desempleo y cambio social, y ya ha contribuido a la polarización salarial entre trabajadores de alta y baja calificación. La robótica desplegada desde la década de 1980 ha aumentado la productividad y el cambio en el lugar de trabajo, al mismo tiempo que crea nuevos empleos en otros lugares.

En resumen, la tecnología no mejorará la vida por sí sola: necesitará una agenda de desarrollo para formuladores de políticas y líderes empresariales que mitigan algunos de los efectos negativos de la adopción de tecnología, tanto a corto como a largo plazo.”

 

Uhm!!! Mejor dejemos a los políticos fuera de esto, aunque seguro que se van a meter.

Pincione sobre el último libro de Cass Sunstein: los «nudges» implican el poder de aplicar «nudges»; y este es peligroso

Muy buen artículo de Guido Pincione, profesor de filosofía en University of Arizona, comentando el último libro de Cass Sunstein, On Freedom. Recordarán a Sunstein por ser co-autor del libro Nudge, junto con el ahora premio Nobel en Economia Richard Thaler.

Guido trata el tema del “paternalismo libertario” que plantean esos autores y ahora Sunstein en el último libro. El artículo completo está en: https://www.lawliberty.org/book-review/on-freedom-paternalism-and-power/

Una traducción de un párrafo importante (como es con Google traductor tomarla con cuidado):

“Podría parecer que los requisitos democráticos de Sunstein para empujar (Nudge) (ver cuatro párrafos anteriores) prevendrían tales abusos del poder de empujar. ¿Por qué los derechos constitucionales, los tribunales independientes y otras instituciones y prácticas de una democracia liberal que funciona bien no bloquearían la pendiente resbaladiza de las políticas paternalistas libertarias de buena fe a las políticas no liberales o no democráticas? Tenga en cuenta, sin embargo, que no estoy diciendo que los empujones, no importa cuán defendibles puedan ser cuando se toman de forma aislada, ponen en marcha un proceso que termina en manipulando las preguntas, los sistemas de votación y distritos electorales, y otras manipulaciones hechas por el poder -políticos hambrientos. Si bien deberíamos tener cuidado con tales pendientes resbaladizas iliberales o antidemocráticas, el proceso que tengo en mente no es una pendiente resbaladiza. Asumí, arguyendo, que el poder de empujar es justificable como parte integral de la justificación basada en la libertad o el bienestar de jueces particulares. El problema es que el poder de empujar implica el poder de manipular, de manera contraria a la libertad de bienestar, el resultado agregado de empujones defendibles por separado. Sunstein juega con la idea de que los legisladores pueden empujar justificadamente a los ciudadanos a ahorrar para la jubilación, comprar un seguro de salud, conducir con más cuidado, etc., dado que esas medidas aumentan la libertad o el bienestar de esos ciudadanos. Ahora, como lo sugiere esta breve lista, existen varias maneras de ejercer el poder de dar empujones para mejorar la libertad o el bienestar. Los nudgers deben estar dotados de un margen de interpretación significativo cuando se trata de establecer prioridades. La impugnación de la concepción del bienestar que rige esas decisiones requeriría mayor margen de interpretación, lo que a su vez amplía el poder de elegir ganadores y perdedores entre los intereses especiales que compiten por la regulación egoísta de los contextos en los que los consumidores toman sus decisiones.”

Doce declaraciones de Milton Friedman, sin pelos en la lengua: desde drogas, economía y las políticas gubernamentales

John Miltimore, de FEE, recopila doce de las mejores frases de Milton Friedman: https://fee.org/articles/12-truth-bombs-from-milton-friedman/

  1. «Subyacente a la mayoría de los argumentos contra el libre mercado es la falta de creencia en la libertad misma». -> Capitalismo y libertad (2002)
  2. «Estoy a favor de legalizar las drogas. Según mi sistema de valores, si las personas quieren suicidarse, tienen todo el derecho de hacerlo. La mayor parte del daño que proviene de las drogas es porque son ilegales». – Como se cita en If Ignorance Is Bliss, ¿Por qué no hay más personas felices? (2009)
  3. «Con algunas excepciones notables, los empresarios favorecen la libre empresa en general, pero se oponen a ella cuando se trata de ellos mismos». Conferencia «El impulso suicida de la comunidad empresarial» (1983)
  4. «Es un problema moral que el gobierno está convirtiendo en delincuentes, que pueden estar haciendo algo que usted y yo no aprobamos, pero que están haciendo algo que no perjudica a nadie más». – Entrevista del Foro de Drogas de Estados Unidos (1991)
  5. «Uno de los grandes errores es juzgar las políticas y los programas por sus intenciones y no por sus resultados». – Entrevista con Richard Heffner sobre The Open Mind (7 de diciembre de 1975)
  6. «Debes distinguir claramente entre ser pro-empresa libre y ser pro-negocio». – Grandes empresas, gran gobierno (1978)
  7. «La sociedad que antepone la igualdad a la libertad no tendrá ninguno. La sociedad que antepone la libertad a la igualdad terminará con una gran medida de ambos». – De «Created Equal», un episodio de la serie de televisión PBS Free to Choose (1980)
  8. «Los gobiernos nunca aprenden; solo las personas aprenden». – Como se cita en The Cynic’s Lexicon: A Dictionary Of Amoral Advice (1984)
  9. «Tenemos que reconocer que no debemos esperar una utopía que sea inalcanzable. Me gustaría ver mucha menos actividad gubernamental de la que tenemos ahora, pero no creo que podamos tener una situación en la que no tengamos no necesito gobierno en absoluto «. – Como se cita en The Times Herald, Norristown, Pennsylvania (1 de diciembre de 1978)
  10. «La gran virtud de un sistema de libre mercado es que no le importa de qué color son las personas; no le importa cuál es su religión; solo le importa si pueden producir algo que usted quiere comprar. Es el sistema más efectivo descubrimos que permite que las personas que se odian se traten y se ayuden mutuamente «. – «Por qué el gobierno es el problema» (1 de febrero de 1993), pág. 19
  11. «El caso para prohibir las drogas es exactamente tan fuerte y tan débil como el caso para prohibir que las personas coman en exceso. Todos sabemos que comer en exceso causa más muertes que las drogas». – Entrevista del Foro de Drogas de Estados Unidos (1991)
  12. «Hay cuatro formas de gastar dinero. Puedes gastar tu propio dinero en ti mismo. Cuando lo haces, ¿por qué entonces realmente cuidas lo que estás haciendo y tratas de sacar el máximo provecho de tu dinero? Entonces puedes gastar tu propio dinero en otra persona. Por ejemplo, compro un regalo de cumpleaños para alguien. Bueno, entonces no tengo tanto cuidado con el contenido del presente, pero tengo mucho cuidado con el costo. Entonces , Puedo gastar el dinero de otra persona en mí mismo. Y si gasto el dinero de otra persona en mí mismo, ¡entonces estoy seguro de que voy a tener un buen almuerzo! Finalmente, puedo gastar el dinero de otra persona en otra persona. Y si gasto la de otra persona dinero para otra persona, no me preocupa cuánto es, y no me preocupa lo que obtengo. Y eso es el gobierno. Y eso es cerca del 40 por ciento de nuestro ingreso nacional «. – Entrevista de Fox News (mayo de 2004).

 

Hayek sobre la igualdad, el valor y el mérito. La justicia no es social, es individual. Se juzgan acciones, no pertenecer a ciertos grupos

Con los alumnos de la UBA Económicas, vemos a Hayek en Los Fundamentos de la Libertad. En ese gran libro uno de los capítulos trata los temas de la igualdad, el valor y el mérito. Así comienza:

“Ha constituido el gran objetivo de la lucha por la libertad conseguir la implantación de la igualdad de todos los seres humanos ante la ley. Esta igualdad ante las normas legales que la coacción estatal hace respetar puede completarse con una similar igualdad de las reglas que los hombres acatan voluntariamente en sus relaciones con sus semejantes. La extensión del principio de igualdad a las reglas de conducta social y moral es la principal expresión de lo que comúnmente denominamos espíritu democrático, y, probablemente, este espíritu es lo que hace más inofensivas las desigualdades que ineludiblemente provoca la libertad.

La igualdad de los preceptos legales generales y de las normas de conducta social es la única   clase de igualdad que conduce a la libertad y que cabe implantar sin destruir la propia libertad. La libertad no solamente nada tiene que ver con cualquier clase de igualdad, sino que incluso produce desigualdades en muchos respectos. Se trata de un resultado necesario que forma parte de la justificación de la libertad individual.

Si el resultado de la libertad individual no demostrase que ciertas formas de vivir tienen más éxito que otras, muchas de las razones en favor de tal libertad se desvanecerían. Las razones en favor de la libertad no exigen que el gobernante trate a todos igualmente, porque se presuma que los hombres son de hecho iguales, ni tampoco porque se pretenda hacerlos iguales. La dialéctica en pro de la libertad no sólo proclama que los individuos son muy diferentes, sino que en gran medida se apoya en dicha presunción; reitera, por lo demás, que las diferencias existentes entre los humanos no pueden servir de justificación cuando el gobernante intenta discriminar coactivamente entre los gobernados, y obstaculiza la implantación de aquel trato diferencial a  que habría de acudir la autoridad si deseara garantizar posiciones iguales en la vida de los individuos que de hecho presentan entre ellos notables diferencias.

Quienes modernamente abogan por una igualdad material de más largo alcance, rechazan constantemente que su pretensión se fundamenta en el supuesto de que todos los mortales, de hecho, sean iguales. Ello no obstante, amplios sectores todavía creen que esta es la principal justificación de tales aspiraciones. Pero nada produce más daño a la pretensión de igualdad de tratamiento que basarla en una presunción tan obviamente falsa como la de la igualdad de hecho de todos los hombres. Basar los argumentos para la igualdad de trato de las minorías nacionales o raciales en el aserto de que no difieren de los restantes hombres es admitir implícitamente que la desigualdad de hecho justificaría un tratamiento desigual y la prueba de que en realidad existen algunas diferencias no tardaría en manifestarse. Es esencial afirmar que se aspira a la igualdad de trato no obstante el hecho cierto de que los hombres son diferentes.”

Filosofía política y jurídica para estudiantes de economía: Hayek sobre las leyes, los mandatos y el orden social

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II, Escuela Austriaca, de la UBA, vemos ahora a uno de los principales economistas austriacos internarse en el mundo de las ciencias políticas y jurídicas. Así, leemos el Capítulo X del libro “Los Fundamentos de la Libertad”, que se titula “Las Leyes, los Mandatos y el Orden Social”, que es presentado de esta forma:

Hayek

“Uno de los mayores juristas del siglo pasado definió así la concepción básica de la ley de la libertad: «Es la regla en cuya virtud se fija la frontera invisible dentro de la cual el ser y la actividad de cada individuo tienen una segura y libre esfera». Con el discurrir del tiempo, dicho concepto de ley, que constituyó la base de la libertad, se ha perdido en gran medida. Principal objetivo de este capítulo será recuperar y hacer más preciso el concepto jurídico sobre el que se constituyó el ideal de libertad bajo el derecho haciendo posible hablar de este último como «ciencia de la Iibertad».

La vida de los hombres en sociedad, o incluso la de los animales gregarios, se hace posible porque los individuos actúan de acuerdo con ciertas normas. Con el despliegue de la inteligencia, las indicadas normas tienden a desarrollarse y, partiendo de hábitos inconscientes, llegan a ser declaraciones explícitas y coherentes a la vez que más abstractas y generales. Nuestra familiaridad con las instituciones jurídicas nos impide ver cuán sutil y compleja es la idea de delimitar las esferas individuales mediante reglas abstractas. Si esta idea hubiese sido fruto deliberado de la mente humana, merecería alinearse entre las más grandes invenciones de los hombres. Ahora bien, el proceso en cuestión es, sin duda alguna, resultado tan poco atribuible a cualquier mente humana como la invención del lenguaje, del dinero o de la mayoría de las prácticas y convenciones en que descansa la vida social.

Incluso en el mundo animal existe una cierta delimitación de las esferas individuales mediante reglas. Un cierto grado de orden que impide las riñas demasiado frecuentes o la interferencia en la búsqueda de alimentos, etc., surge a menudo del hecho de que el ser en cuestión, a medida que se aleja de su cubil, tiene menos tendencia a luchar. En consecuencia, cuando dos fieras se encuentran en alguna zona intermedia, una de ellas, normalmente, se retira sin que realmente trate de demostrar su fortaleza, y de esta forma la esfera que corresponde a cada bestia no se determina por la demarcación de un límite concreto, sino por la observancia de una regla, desconocida como tal regla por el animal, pero a la que se ajusta en el momento de la acción. El ejemplo demuestra cuán a menudo tales hábitos inconscientes envuelven cierta abstracción: la generalización de que la distinción del lugar donde el animal habita determinará la respuesta de dicho animal en su encuentro con otro. Si tratáramos de definir algunos de los más reales hábitos sociales que hacen posible la vida de los animales gregarios, tendríamos que exponer muchos de ellos mediante reglas abstractas.

El que tales reglas abstractas sean observadas regularmente en la acción no significa que los individuos las conozcan en el sentido de que puedan comunicadas. La abstracción tiene lugar siempre que un individuo responde de la misma manera a circunstancias que tienen solamente algunos rasgos en común. Los hombres, generalmente, actúan de acuerdo con normas abstractas en el sentido expuesto, mucho antes de que puedan formularlas. Incluso cuando los humanos han adquirido el poder de la abstracción consciente, su pensamiento y su actuación están guiados probablemente por muchas reglas abstractas que obedecen sin ser capaces de formularlas. El hecho de que una regla determinada sea obedecida generalmente a la hora de actuar, no significa que haya de ser descubierta y formulada mediante palabras.”

Murray Rothbard y la soberanía del consumidor. No es un buen término, la soberanía es el realidad el individuo

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II (Escuela Austriaca) vemos a Murray Rothbard en “Monopolio y Competencia” plantear el tema de la soberanía del consumidor y señalar que sería mejor hablar de la soberanía del individuo:

Hemos visto que en la economía de mercado libre, la gente tiende a producir aquellos bienes de los que haya más demanda por parte de los consumidores.1 Algunos economistas han llamado a este sistema “la soberanía del consumidor”. Con todo, esto no implica compulsión alguna. Se trata de una elección que reside única e independientemente en manos del productor, cuya dependencia del consumidor es puramente voluntaria, resultado de su propia elección, con el fin de aumentar todo lo posible la utilidad, y puede decidir en cualquier momento dejarla sin efecto. Muchas veces hemos puesto de manifiesto que el hecho de perseguir el provecho monetario (consecuencia de la demanda del consumidor) es algo a lo cual cada individuo se dedica sólo en la medida en que no se alteren otras cosas. Esas otras cosas son las evaluaciones psíquicas individuales del productor, y pueden actuar en contra de las influencias monetarias. Un ejemplo sería el caso del obrero o del dueño de un factor productivo que se dedica a cierto tipo de tarea por una retribución monetaria menor que la correspondiente a otra ocupación cualquiera. Lo hace por la satisfacción que le produce ese trabajo particular y también debido a que le disgustan otras oportunidades.

En lugar de hablar de “soberanía del consumidor”, sería más preciso afirmar que en el mercado libre hay soberanía del individuo: soberano en cuanto a su persona y a sus propios bienes. Esto puede denominarse propia soberanía individual. Para obtener un provecho monetario, el productor individual tiene que satisfacer la demanda del consumidor, pero el punto hasta el cual persigue ese provecho monetario, y el grado hasta el que se afana por otros motivos no monetarios, son exclusivamente materia librada a su propia elección.

La expresión soberanía del consumidor constituye un ejemplo típico del abuso, en materia económica, de un término (soberanía) que sólo es apropiado para el campo político. Es un caso ilustrativo para demostrar cuán peligroso resulta el uso de metáforas extraídas de diferentes disciplinas. “Soberanía” indica la calidad del último y definitivo poder político; es el poder que se apoya en el uso de la violencia. En una sociedad auténticamente libre, todo individuo es soberano en cuanto a su persona y bienes y, en consecuencia, tal “autosoberanía” es la que predomina en el mercado. Nadie es “soberano” respecto de los actos o intercambio de cualquier otro. Ya que los consumidores no tienen facultad para ejercer coerción sobre los productores obligándolos a dedicarse a diversas ocupaciones o trabajos, los primeros no son “soberanos” en relación con los últimos.”

Alberdi sobre las disposiciones de la Constitución que tienen que ver con los salarios y la libertad de trabajo

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico sobre la libertad de trabajo y los salarios.

De la libertad en sus relaciones con los salarios.

La libertad o derecho al trabajo, concedido a todos los habitantes de la Confederación por los artículos 14 y 20 de la Constitución, envuelve esencialmente el derecho a los provechos del trabajo. Todos tienen opción a los beneficios del trabajo, bajo las reglas de una entera libertad sobre su tasa entre el que ofrece el trabajo y el que lo busca.

El salario es libre por la Constitución como precio del trabajo, su tasa depende de las leyes normales del mercado, y se regla por la voluntad libre de los contratantes. No hay salario legal u obligatorio a los ojos de la Constitución, fuera de aquel que tiene por ley la estipulación expresa de las partes, o la decisión del juez fundada en el precio corriente del trabajo, cuando ocurre controversia.

Cuando la Constitución proclama la libertad o derecho al trabajo, no da por eso a todo trabajador la seguridad de hallar trabajo siempre. El derecho de ganar no es el poder material de hacer ganancias. La ley puede dar y da el derecho de ganar el pan por el trabajo; pero no puede obligar a comprar ese trabajo al que no lo necesita, porque eso sería contrario al principio de libertad que protege al que rechaza lo que no quiere ni necesita.

La Constitución, por sí, nada crea ni da: ella declara del hombre lo que es del hombre por la obra de Dios, su primitivo legislador. Dios, que ha formado a todos los hombres iguales en derecho, ha dado a los unos capacidad y a los otros inepcia, creando de este modo la desigualdad de las fortunas, que son el producto de la capacidad, no del derecho. La Constitución no debía alterar la obra de Dios. sino expresarla y confirmarla. Ni estaba a su alcance igualar las fortunas, ni su mira era otra que declarar la igualdad de derechos.

Garantizar trabajo a cada obrero sería tan impracticable como asegurar a todo vendedor un comprador, a todo abogado un cliente, a todo médico un enfermo, a todo cómico, aunque fuese detestable, un auditorio. La ley no podría tener ese poder, sino a expensas de la libertad y de la pro-piedad, porque sería preciso que para dar a los unos lo quitase a los otros; y semejante ley no podría existir bajo el sistema de una Constitución que consagra en favor de todos los habitantes los principios de libertad y de propiedad, como bases esenciales de la legislación.

  • II

De la igualdad en sus aplicaciones a los salarios

El principio de igualdad, tal como ha sido consagrado por los artículos 15 y 16 de la

JUAN BAUTISTA ALBERDI 70

Constitución, tiene consecuencias infinitas en la buena distribución de los beneficios del trabajo.

La Constitución ha enriquecido los provechos del trabajo libre, aboliendo el trabajo esclavo y servil, que le hacía concurrencia desastrosa. En la Confederación Argentina no hay esclavos. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen infamante, dice el art. 15.

Desconociendo las prerrogativas de sangre y de nacimiento, los fueros personales y los títulos de nobleza, haciendo a todos los habitantes de la Confederación iguales ante la ley, y fijando el principio de igualdad como base del impuesto y de las cargas públicas, el art. 16 de la Constitución ha concluido con las antiguas divisiones de los hombres, respecto al trabajo y sus beneficios, en privilegiados y plebeyos, trabajadores y ociosos, extranjeros y nacionales, tributarios y no tributarios, clientes y señores feudales, bajo cualquiera denominación. Todos son admitidos por la ley a tomar igual asiento en el banquete de los beneficios del trabajo.

Con la abolición de los privilegios de todo género, dejan de ser constitucionales las leyes que establecen gremios cuerpos y matrículas de trabajadores. Tales instituciones son tradición de las corporaciones industriales de la edad media en Europa, que pudieron ser útiles en aquel tiempo, pero que hoy constituyen privilegios ofensivos de la igualdad, designada como base de la distribución de los beneficios del trabajo, declarado libre para todos los habitantes del país. Las inmigraciones extranjeras no podrán dirigirse en busca de trabajo y de salarios a países donde sea preciso incorpo-rarse en gremios, matricularse en corporaciones, someterse a cierta disciplina, para poder trabajar y ganar el pan.

Juan Bautista Alberdi, las escuelas económicas, y cuál de ellas inspiró a la Constitución argentina

Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el libro de Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”. En su introducción, Alberdi analiza las distintas escuelas económicas y a cual pertenece la Constitución:

Alberdi 3

“Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:

1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.

2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.

3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.

Sobre cada uno de esos elementos ha surgido la siguiente cuestión, que ha dividido los sistemas económicos: – En e1 interés de la sociedad, ¿vale más la libertad que la regla, o es más fecunda la regla que la libertad? Para el desarrollo de la producción, ¿es mejor que cada uno disponga de su tierra, capital o trabajo a su entera libertad, o vale más que la ley contenga algunas de esas fuerzas y aumente otras? ¿Es preferible que cada uno las aplique a la industria que le diere gana, o conviene más que la ley ensanche la agricultura y restrinja el comercio, o viceversa? ¿Todos los productos deben ser libres, o algunos deben ser excluidos y prohibidos, con miras protectoras?

He ahí la cuestión más grave que contenga la economía política en sus relaciones con el derecho público. Un error de sistema en ese punto es asunto de prosperidad o ruina para un país. La España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad.

Veamos, ahora, cómo ha sido resuelta esta cuestión por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política.

La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo. Colbert formuló y codificó el sistema económico introducido en Europa por Carlos V y Felipe II. Esa escuela, perteneciente a la infancia de la economía, contemporánea del mayor despotismo político en los países de su origen galo-español representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria.

A esta escuela se aproxima la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Por motivos y con fines diversos, ellas se dan la mano en su tendencia a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.

Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina.

Enfrente de estas dos escuelas y al lado de la libertad, se halla la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.

La filosofía europea del siglo XVIII, tan ligada con los orígenes de nuestra revolución de América, dió a la luz la escuela physiocrática o de los economistas, que flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: – dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.

En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución.”

Milton Friedman: una mente libre y abarcativa: teoría y política monetaria, la evolución de las ideas y la responsabilidad social empresaria

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I, UBA Económicas, vemos las contribuciones de Milton Friedman. Son tan extensas que es imposible encontrar un sólo texto que las resuma. Por eso leemos uno que resume sus contribuciones a la teoría económica, y otros dos sobre temas laterales. También es difícil abarcar todo porque fue un autor que tanto escribió en el campo de la más pura teoría, como también textos de divulgación económica y hasta columnas semanales en una revista de noticias.

Para ver sus contribuciones a la teoría económica vemos un artículo de Antonio Argandoña titulado “El pensamiento económico de Milton Friedman”: http://www.iese.edu/research/pdfs/DI-0193.pdf , el cual permite tanto conocer los principales pasos de su carrera académica como también los principales temas que desarrollara.

La teoría económica avanza como un proceso de presentación de nuevas teorías, confirmaciones y refutaciones. En definitiva, es como un diálogo entre sucesivos autores. Aunque no los mencionen, cada autor está debatiendo con algún autor anterior. En el caso de Milton Friedman, parece claro que todas sus contribuciones parten de una discusión con la ortodoxia predominante en ese momento, que era el legado de Keynes. Y, dada su perspectiva epistemológica (que plantearía en un artículo famoso), se dirige a revisar la validez empírico de algunas conclusiones keynesianas, comenzando con el papel del consumo. De allí deriva el concepto de “renta permanente”.

En definitiva, podemos decir que fue el fundador de una Escuela, que agrupa a una serie de autores, algunos incluso previos al mismo Friedman, que comparten ciertos principios básicos, tales como la toma de decisiones raciona, la idea que los precios ‘vacían’ los mercados, que los participantes tienen la información necesaria…., que los mercados son eficientes. Las desviaciones de corto plazo no alejan al mercado del equilibrio de largo plazo; las supuestas rigideces de precios son conductas óptimas ante la incertidumbre, por ejemplo, los contratos a largo plazo. Los monopolios son infrecuente y causados por el gobierno cuando limita el ingreso de nuevos competidores.

En fin, la lista es larga. Seguramente, y de allí que a estos autores se los denomine “monetaristas”, las principales contribuciones, y también las más polémicas, lo han sido en el ámbito de la teoría monetaria, donde rescata de la crítica keynesiana a la Teoría Cuantitativa del Dinero, avanza sobre el análisis de la estabilidad de la demanda de dinero, discute sobre el impacto de la política monetaria en relación a la política fiscal y resume su visión en aquella famosa frase de que la inflación es siempre y en todo momento un fenómeno monetario.

El artículo de Argandoña considera en detalle los aportes monetarios, incluyendo cuestiones tales como la regla monetaria o las reservas fraccionarias, pero como queremos poder ver también otros de sus aportes hubo dos artículos más en consideración.

El primero de ellos, escrito junto a su mujer Rose, se titula “La corriente en los asuntos de los hombres”: http://www.eseade.edu.ar/files/Libertas/39_3_Friedman.pdf En este texto, los autores analizan el papel de las ideas en la evolución de la sociedad, y plantean la existencia de ciclos que muestran un proceso de crecimiento y envejecimiento de distintos paradigmas.

Finalmente, un artículo que ya con su título no podía dejar de causar polémica, “La Responsabilidad Social de los Empresarios es ganar dinero”: http://www.umich.edu/~thecore/doc/Friedman.pdf . Publicado originalmente en la revista dominical de The New York Times, no podía sino ser desafiante para una audiencia, digamos, “progresista”. No obstante, el texto no solamente generó polémica en ese ámbito. Un empresario “libertario”, John Mackey, creador de la cadena de supermercados de productos naturistas Whole Foods, lo discute: http://reason.com/archives/2005/10/01/rethinking-the-social-responsi

Alberdi: no se puede concebir la libertad para producir y otro criterio para la distribución del valor que se ha producido

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi, quien luego de haber tratado el marco institucional de la producción libre se dirige a considerar la distribución de sus resultados:

“No se podría concebir libertad de una especie para producir Un valor, y libertad de otra especie para aprovechar del valor producido. El principio de igualdad, v. g., que reconoce en todos el derecho al trabajo, o, lo que es igual, a producir valor, no podría desconocer el mismo derecho aprovechar de la utilidad correspondiente a su parte de producción. El derecho al trabajo, v. g., está tan ligado al derecho al producto o resultado del trabajo, que no son más que un solo derecho considerado bajo dos aspectos. Sólo la iniquidad ha podido admitir el uno y desconocer el otro; sólo ella ha desconocido el derecho al trabajo, para disputar el de optar a sus provechos.

La justicia natural, regla común de los hechos morales, económicos y políticos de que consta la humana sociedad, la justicia divide y distribuye los beneficios de todo producto entre los agentes o fuerzas que concurren a su producción. Dar utilidades a los unos y excluir de ellas a los otros, sería contrario a la moral cristiana, que haciendo de todos el deber del trabajo, ha dado a todos el derecho a vivir de su producto.

La Constitución argentina ha hecho de esta parte de la política económica el objeto predilecto de sus garantías. Ella vio que dar garantías en favor del provecho que corresponde a los servicios del capital, del trabajo y de la. tierra en la producción de las riquezas, era no solamente el medio de conseguir el bienestar de los habitantes del país, que la Constitución comprende entre sus propósitos supremos, sino también el verdadero medio de fomentar su producción, cuyo estímulo no es otro que el deseo de alcanzar ese provecho, necesario a la satisfacción de las necesidades del hombre y al sostén de su existencia de un modo digno de su noble naturaleza.

Reconociendo que la riqueza es un medio, no un fin, la Constitución argentina propende por el espíritu, de sus disposiciones económicas, no tanto a que la riqueza pública sea grande, como bien distribuida, bien nivelada y repartida; porque sólo así es nacional, sólo así es digna del favor de la Constitución, que tiene por destino el bien y prosperidad de los habitantes que forman el pueblo argentino, no de una parte con exclusión de otra. Ella ha dado garantías protectoras de este fin social de la riqueza, sin desconocer que el orden social descansa en las bases de la libertad, igualdad, propiedad, seguridad, etc.

Ella ha querido que las riquezas, que son obra del trabajo combinado de todos los servicios productores, redunden en el bienestar y mejora de todos los que asisten a su producción, por medio de sus respectivos servicios; es decir, de la mayoría de la sociedad, en que reside la nación, no de una porción privilegiada de ella. No haya esclavos, ha dicho en esa virtud; es decir, no haya hombre-máquina, hombre-tierra, hombre-capital, que teniendo hambre gane el pan con su sudor para satisfacer el hambre de otro. Ella ha hecho un crimen de esa torpeza tan ofensiva a la riqueza del país, como a la moral del Evangelio. No haya extranjeros, ha dicho; no haya excluidos en el banquete de la riqueza nacional, haciendo del suelo argentino la patria de todo el mundo para lo que es formar riqueza y disfrutarla en su provecho propio.

Para proteger mejor el fin social de la riqueza, ha preferido la distribución libre a la distribución reglamentaria y artificial. La distribución de las riquezas se opera por sí sola, tanto más equitativamente cuanto menos se ingiere el Estado en imponer le reglas.

Así la Constitución argentina, en vez de inventar despóticamente reglas y principios de distribución para las riquezas, las ha tomado de las leyes naturales que gobiernan este fenómeno de la economía social, subordinado a las leyes normales que rigen la existencia del hombre en la tierra.”